Subcomité para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes
Comentarios del mecanismo nacional de prevención sobre las recomendaciones y las observaciones que se le han dirigido en relación con la visita del Subcomité a Costa Rica del 3 al 14 de marzo de 2019 * **
[Fecha de recepción: 18 de marzo de 2020]
I.Introducción
1.En relación con las recomendaciones emitidas por el SPT, el artículo 13º del Decreto Ejecutivo Nº 39062-MJP, Reglamento de la Ley Nº 9204, Ley de Creación del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura de Costa Rica, señala que:
a)El Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura deberá observar y aplicar los señalamientos y directrices emitidos por el Subcomité de Naciones Unidas para la Prevención de la Tortura, ya sea a través de sus informes anuales o mediante informes particulares, o cualquier otro tipo de comunicación;
b)Las observaciones provenientes del Subcomité para la Prevención de la Tortura serán estrictamente confidenciales, salvo que dicho organismo internacional establezca lo contrario;
c)El Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura brindará seguimiento a las recomendaciones que el Subcomité emita al Estado costarricense en sus visitas o informes. Asimismo, el Mecanismo brindará informes de cumplimiento al Subcomité para la Prevención de la Tortura.
2.Por medio de un correo electrónico emitido el 9 de diciembre de 2019, el MNPT de Costa Rica autorizó al SPT hacer público el Informe de recomendaciones emitido, de conformidad con el artículo 16, párrafo 2, del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.
A.Cuestiones estructurales e independencia
Observaciones del mecanismo nacional de prevención sobre las recomendaciones que figuran en los párrafos 16-17 de las recomendaciones y observaciones que se le formularon en relación con la visita del Subcomité (CAT/OP/CRI/RONPM/1)
3.Con respecto a la preocupación externada por el SPT por la falta de personal es una preocupación que este Mecanismo comparte, la incorporación de funcionarios (as) en las áreas de psicología y medicina vendría a fortalecer el mandato del mecanismo en la prevención de la tortura, no obstante, la solución no depende de este mecanismo, en el tanto que se trata de un asunto presupuestario. Actualmente el Estado costarricense sufre de una fuerte depresión económica y fiscal, por lo que el otorgamiento de nuevas plazas al sector público se encuentra en este momento suspendido.
4.El MNPT se compromete que una vez se instaure una mejoría y estabilidad en las finanzas públicas, procederá a solicitar dichas plazas fundamentado en el informe del SPT.
B.Visibilidad
Observaciones del mecanismo nacional de prevención sobre las recomendaciones que figuran en los párrafos 20, 21, 22, 23, 24, 25 y 26 de las recomendaciones y observaciones que se le formularon en relación con la visita del Subcomité
5.El MNPT presenta sus informes anuales a los jerarcas de las instituciones públicas y realiza una conferencia de prensa para darlo a conocer. Durante el 2019 fue una excepción debido a que el informe salió fuera del plazo establecido debido a que hubo situaciones laborales no previstas que impidió realizar la conferencia de prensa; sin embargo, el informe fue remitido a las autoridades públicas.
6.El MNPT considera acertada la recomendación emitida por el SPT en cuanto al acercamiento con los medios de comunicación en forma positiva y asertiva, siempre y cuando ello no obstaculice la magistratura de persuasión del MNPT con las autoridades públicas y las mesas de diálogo.
7.En cuanto al acercamiento con otros actores de la sociedad civil a fin de que se reconozcan el mandato del MNPT y el intercambio de informaciones, se considera una recomendación positiva. En virtud del poco personal con que cuenta el MNPT, tal y como lo comprobó el SPT, el MNPT se ha enfocado en posesionarse y tener incidencia con las autoridades que dirigen los centros de detención del país o bien que participen de procesos de detención.
8.El MNPT ha ido incursionando en el tema de la capacitación en la escuela de capacitación del sistema penitenciario y en la academia para dar a conocer el mandato del MNPT y para capacitar en el tema de prevención de la tortura y los malos tratos y sobre las salvaguardias de las personas privadas de libertad; sin embargo, esta actividad se realiza sin sacrificar el mandato principal que es el monitoreo de los centros de detención. Es así que el MNPT ha priorizado su labor en donde pueda tener mayor incidencia dada la escasez de recurso humano con que se cuenta.
9.Sobre este tema, el MNPT está en conversaciones con personas de la sociedad civil para la conformación de un Consejo Consultivo el cual se nombrará mediante un acuerdo de la Dirección Ejecutiva del Mecanismo, con la finalidad de darle participación, intercambiar información y retroalimentar el mandato del Mecanismo.
10.Cabe señalar que la población privada de libertad en algunos centros o dependiendo de su condición jurídica es muy fluctuante. El mecanismo considera que posiblemente siempre va a existir un grado de confusión por parte de la población privada de libertad, debido a que es la Defensoría de los Habitantes quien les atiende las denuncias, aunque el mecanismo se la reciba. Para atender la recomendación, tal y como se señala en párrafos anteriores, se utilizará siempre el distintivo, carné y material informativo alusivo al MNPT.
11.Sobre la recomendación de una indumentaria que identifique al MNPT de la Defensoría de los Habitantes ante la población privada de libertad, es necesario señalar que el personal del mecanismo actualmente tiene dos chalecos distintivos, uno color caqui y otro color celeste con el nombre del mecanismo visible, además, los funcionarios del mecanismo portan su carné de identificación en forma visible, se utilizan para ingresar a los distintos centros de detención u hospitales psiquiátricos y albergues de personas menores de edad. Por otra parte, se confeccionaron documentos informativos (brochur) para hacer entrega a la población detenida, con lo cual se cumple con la recomendación.
12.Con respecto a la presentación ante autoridades y personas privadas de libertad, el informe no establece claridad sobre esta recomendación, no obstante, la recomendación fue debidamente revisada por el equipo del mecanismo.
C.Visita conjunta y metodología de entrevistas
Observaciones del mecanismo nacional de prevención sobre las recomendaciones que figuran en los párrafos 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35 y 36 de las recomendaciones y observaciones que se le formularon en relación con la visita del Subcomité
13.En atención a las recomendaciones emitidas sobre la visita conjunta y la metodología de entrevistas, el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura agradece las recomendaciones emitidas por el Subcomité de Naciones Unidas para la Prevención de la Tortura en estos puntos.
14.Al respecto, el MNPT ha realizado varias reuniones entre sus miembros con la finalidad de hacer una revisión profunda de los programas de inspección, de las guías de monitoreo y de los documentos previos a una inspección, instrumentos que se utilizan siempre para realizar una inspección. Actualmente se está trabajando en la reforma de algunos puntos de estos documentos, así como en el documento final del informe de inspección, con la finalidad de obtener mayor incidencia.
15.El Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura de Costa Rica realiza cuatro tipos de inspecciones:
a)Las inspecciones generales o exhaustivas, tienen una duración mayor, por lo general se realizan desde dos días hasta una semana; ello dependerá de la dimensión del establecimiento. El MNPT ha llegado a realizar hasta 17 visitas consecutivas a un solo establecimiento durante una sola inspección de monitoreo, para conseguir la información requerida.Este tipo de inspecciones son a fondo, y analizan todos los aspectos del funcionamiento de un establecimiento. Se procura documentar exhaustivamente la situación, los factores de riesgo y las buenas prácticas;
b)Las inspecciones ad hoc: Son inspecciones breves, por lo general de un día a un establecimiento en particular y principalmente se realizan como seguimiento a recomendaciones realizadas, o examinar un asunto específico;
c)Las inspecciones temáticas: Usualmente se plantea de previo un objetivo temático de investigación, por lo que todas las gestiones y averiguaciones versan sobre el mismo. Puede que llegue a realizase en un solo establecimiento, en un grupo de ellos en los cuales se transversaliza un tema en particular. El objetivo es realizar un análisis transversal de los factores de riesgo de violación a los derechos humanos, o de buenas y malas prácticas;
d)Inspecciones a solicitud de autoridades jurisdiccionales: Son aquellas inspecciones que se realizan a petición de las autoridades del Poder Judicial, como prueba para mejor resolver ya sea por un incidente de queja interpuesto ante un Juzgado de Ejecución de la Pena o por un Recurso de Amparo o Recurso de Habeas Corpus, ante la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia.
16.Con respecto a la inspección conjunta realizada, si bien el SPT anunció con meses de antelación la posibilidad de realizar dicha inspección, por un asunto de logística, el MNPT no tuvo noticias sobre la fecha de la inspección y tampoco el motivo, como tampoco hubo coordinación del lugar a visitar. El MNPT ofreció en su momento realizar la inspección en la Provincia de Puntarenas para abarcar tres centros distintos, pero no fue posible por motivos de seguridad, por lo que el MNPT no lo programó, como tampoco programó la inspección al Centro de Atención Institucional Vilma Curling Rivera, la que se hizo sin un análisis previo y sin realizar el documento previo de inspección y el respectivo seguimiento.
17.El MNPT de Costa Rica no tuvo presente que dicha visita —no inspección— al Centro de Atención Institucional Vilma Curling Rivera, iba a ser evaluada en todo su contexto, como una inspección general, de tal manera, que el MNPT se abocó a realizar una visita conjunta con el SPT de tipo informativa, no se ejecutaron los instrumentos de inspección como la conformación del documento previo, no se aplicó el programa ni la guía específica para un centro de penitenciario de mujeres, sino que se dio importancia en dar a conocer a los miembros del SPT cómo funciona el Sistema Penitenciario Nacional. El MNPT no conocía el sistema de trabajo del SPT y su idea fue más de colaboración que realizar una inspección.
18.En ese orden de ideas, el MNPT decidió ofrecerle al grupo de SPT la división en dos grupos durante la visita para que tuvieran un conocimiento más general sobre el funcionamiento de un centro penitenciario de nuestro país. Cabe señalar que en un grupo solamente iba un funcionario del MNPT que realiza monitoreo, la otra funcionaria era la encargada de la parte administrativa, con lo cual era sumamente difícil realizar un monitoreo general.
19.En un ejemplo claro, las entrevistas con un director o directora de un centro penitenciario, no dura más de diez minutos, en caso de que haya que obtener mayor información, una o dos personas se quedan en la entrevista y otro grupo inicia de inmediato con la inspección en las áreas de mayor riesgo para ejecutar actos de tortura o malos tratos, para evitar el ocultamiento de situaciones comprometedoras con la violación de derechos. En este caso, este plazo se amplió para que los miembros del SPT pudieran realizar sus preguntas.
20.En cuanto al tema de las entrevistas, este Mecanismo reconoce que se cometieron errores durante esa visita y al respecto, dentro del grupo de funcionarios y funcionarias se hizo una reunión para analizar lo sucedido y tomar nota de las recomendaciones emitidas por el SPT. No obstante, hubo consenso entre los miembros del MNPT, que ese no es el proceder durante las inspecciones que se realizan y que se mantuvo como una visita informativa.
21.Mediante el método de observación, el MNPT escoge a personas que desean ser entrevistadas y se le brinda toda la información, en algunos casos, para evitar represalias la entrevista se lleva a cabo dentro de los pabellones para evitar que las autoridades de seguridad observen cuales personas brindan información, el MNPT tiene una estrategia de distracción con las autoridades para evitar que se acercan a escuchar o bien puedan ver a quien se entrevista, cuando las personas así lo solicitan o aceptan, la entrevista se realiza fuera de los pabellones en forma privada.
22.Sobre las posibles represalias a las personas privadas de libertad y sobre la presencia de los agentes de seguridad, el MNPT toma nota para evitar y fortalecer este aspecto observado por el MNPT y aprovecha para solicitar capacitación en este tema sensible.
V.Próximos pasos
Observaciones del mecanismo nacional de prevención sobre las recomendaciones que figuran en el párrafo 41 de las recomendaciones y observaciones que se le formularon en relación con la visita del Subcomité
23.El Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura realizó reuniones de análisis del Informe del SPT, y había establecido el primer semestre del 2020 para cumplir con las recomendaciones, no obstante, con la emergencia sanitaria por el Covid-19, algunas acciones se retomarán para los primeros meses del segundo semestre.
IV.Estrategia de seguimiento de las recomendaciones del Mecanismo
24.El MNPT toma nota sobre las recomendaciones emitidas en este apartado. Sobre la celeridad para presentar los informes antes las autoridades, el plazo de presentación son de 15 a 20 días naturales, dependiendo de los hallazgos y lo extenso del informe. Cabe señalar que, en este caso concreto, el MNPT no tenía agendada esta inspección y que se encontraba inmerso en un concurso público para la contratación de un (a) funcionario (a) del MNPT y, además, se encontraba en la redacción del Informe Anual de Labores.
25.Sobre la redacción de las recomendaciones el MNPT toma nota, sobretodo en que los aspectos examinados sean exhaustivos y mensurables. Sobre ello, tal y como se comentó en líneas anteriores, los instrumentos de guías de inspección, los programas de inspección, el formato de los documentos previo de inspección y el formato de redacción de los informes se encuentra en este momento en una fase de redacción y de reforma de algunos aspectos con la finalidad de mejorar en forma sustantiva las inspecciones, las recomendaciones y la incidencia de las recomendaciones.
26.En el caso del seguimiento de las recomendaciones, tal y como lo señaló en el informe del SPT, el MNPT no cuenta suficiente recurso humano, de tal forma que el MNPT debe idear sistemas de seguimientos que establezca un equilibrio con el monitoreo de los centros de detención, es decir, que con la disponibilidad del recurso humano y del tiempo no se sacrifique el monitoreo ni el seguimiento.
27.En la reunión sostenida entre los miembros del MNPT, se resolvió establecer un sistema logístico que permita agilizar el seguimiento, una de ella es mediante oficios a las autoridades y la otra es fomentando las inspecciones ad hoc, con desplazamientos cortos para verificar los cumplimientos.
Disposiciones finales
28.El Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura de Costa Rica agradece la visita realizada por los miembros del Subcomité de Naciones Unidas para la Prevención de la Tortura, las reuniones sostenidas con los miembros, la colaboración por parte del Punto Focal o Relator para este Mecanismo, Sr. Roberto Feher, antes, durante y después de la visita a Costa Rica ha sido ampliamente positiva.
29.El MNPT cataloga la visita del SPT como muy positiva, la cual nos permite mediante sus recomendaciones, retroalimentarnos para mejorar con el mandato de prevenir la tortura y los malos tratos y establecer métodos de coordinación entre ambas instituciones.
30.A nivel institucional, la visita y el acercamiento del SPT con el MNPT, viene a reforzar nuestro mandato y a mantener la credibilidad ante las autoridades.
31.Sobre el mandato establecido en el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, como un instrumento de nueva generación, el mandato preventivo debe ser fortalecido y estar presente en el trabajo de los mecanismos y de los órganos que trabajan en la prevención de la Tortura, y que, no debe llamarse a confusión con un trabajo reactivo y de denuncia, ya que ello podría desvirtuar el trabajo de los Mecanismos Nacionales de Prevención de la Tortura.
32.Cada Mecanismo desarrolla sus propias estrategias preventivas de acuerdo al contexto socio político y a la fortaleza o no de la institucionalidad y el grado de democracia que se vive en cada Estado, tomar en consideración estos elementos es imperativo al momento de establecer las estrategias de trabajo.
33.Es necesario y fundamental que cada Mecanismo busque tener un grado alto de posicionamiento y de credibilidad ante las autoridades, de ello dependerá tener incidencia con sus recomendaciones. Un medio eficaz en el caso del MNPT de Costa Rica es mediante la magistratura de persuasión a través del diálogo.
34.De ahí que un posible acercamiento con los medios de comunicación se debe realizar con mucha cautela, y no en el plano necesariamente denunciativo, en el tanto en que los mecanismos no se deben caracterizar como un órgano de denuncia, y que hacerlo de esa forma, no solo desvirtúa el mandato y la filosofía establecido en el Protocolo Facultativo, sino que también podría obstaculizar mesas de diálogos con las autoridades para obtener resultados eficaces de sus recomendaciones.
35.Las denuncias por parte de los Mecanismos de Prevención de la Tortura, se debe enmarcar como una excepción ante un hallazgo determinado que comprometa en forma eminente los derechos de una persona privada de libertad o bien de la colectividad, lo anterior en el marco del artículo 19, inciso a) del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura, que señala la protección de los derechos de las personas privadas de libertad.
Observaciones del mecanismo nacional de prevención sobre las recomendaciones quefiguran en los párrafos 41, 42, 43 y 44 de las recomendaciones y observaciones quese le formularon en relación con la visita del Subcomité
36.Sobre los puntos 41, 42, 43 y 44, el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura de Costa Rica se encuentra anuente a continuar con un diálogo continuo con el SPT y atender solicitudes futuras que nos hagan llegar, asimismo, sobre la visita realizada el MNPT mantiene interés a entablar diálogos con sus miembros. El Mecanismo solicita capacitación sobre los temas de entrevistas y represalias, dentro de las posibilidades del SPT.