Comité de los Derechos del Niño
Examen de los informes presentados por los Estados partes con arreglo al artículo 44 de la Convención
Segundo informe periódico que los Estados partes debían presentar en 2000
Camerún
[3 de abril de 2008]
Índice
Párrafos Página
Introducción1–44
I.Información general sobre el Camerún 5–284
A.Territorio y población5–154
B.Estructura política16–176
C.Políticas y programas18–217
D.Marco jurídico general de protección de los derechos humanos22–247
E.Información y publicidad25–288
II.Medidas de aplicación general29–389
A.Textos legales309
B.Otras medidas319
C.Medidas de divulgación de la Convención 32–3612
D.Obstáculos diversos 37–3813
III.Definición del niño39–5314
A.Concepto de niño39–4014
B.Consentimiento para el matrimonio41–4314
C.Edad mínima de admisión al empleo4415
D.Acceso a la educación45–4715
E.Consulta de médico48–5115
F.Estupefacientes y consumo de alcohol52–5316
IV.Principios generales54–7216
A.No discriminación 54–5816
B.El interés superior del niño59–6117
C.Derecho a la vida, a la supervivencia y al desarrollo62–6918
D.Respeto de la opinión del niño70–7219
V.Libertades y derechos civiles73–9219
A.Nombre, nacionalidad y preservación de la identidad73–8319
B.Libertad de expresión, de pensamiento, de conciencia y de religión, de asociación y de reunión pacífica84–8521
C.Protección de la intimidad86–8721
D.Acceso a información apropiada88–8921
E.Derecho a no ser sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes90–9222
VI.Entorno familiar y otro tipo de tutela93–12622
A.Orientación y responsabilidad de los padres93–9422
B.Separación de los padres95–10022
C.Reunificación familiar, traslado y retención ilícitos101–10523
D.Pago de la pensión alimenticia del hijo106–10923
E.Niños privados de su medio familiar110–12124
F.Examen periódico de las condiciones de acogida122–12325
G.Abandono o negligencia, incluida la recuperación física y la reinserción social124–12626
VII.Salud y bienestar127–19326
A.Niños con discapacidad127–13326
B.Salud y servicios médicos134–18127
C.Seguridad social y centros de acogida de niños182–18934
D.Nivel de vida190–19335
VIII.Educación, esparcimiento, actividades recreativas y socioculturales194–20736
A.Educación, incluidas la formación y orientación profesionales194–20636
B.Esparcimiento y actividades socioculturales20738
IX.Medidas especiales de protección de la infancia208–24139
A.Niños en conflicto con la ley208–21639
B.Niños sometidos a explotación o víctimas de violencia217–23240
C.Los niños que viven o trabajan en la calle233–24142
X.Niños pertenecientes a las minorías242–24343
Conclusión244–24943
Introducción
1.El 27 de octubre de 1990 el Camerún firmó la Convención sobre los Derechos del Niño ("la Convención"), que ratificó el 11 de enero de 1993. El 4 de abril de 2000 presentó su informe inicial (CRC/C/28/Add.16) al Comité de los Derechos del Niño ("el Comité") que fue examinado en su 28º período de sesiones (sesiones 737ª, 738ª y 749ª), celebrado en octubre de 2001.
2.De conformidad con el artículo 44 de la Convención, el presente informe periódico contiene información sobre las medidas legislativas, administrativas, judiciales y de otra índole adoptadas por el Camerún para aplicar las disposiciones de este instrumento jurídico. También tiene en cuenta las observaciones finales y las recomendaciones formuladas tras el examen del informe inicial por el Comité (CRC/C/15/Add.164).
3.El presente informe abarca los períodos comprendidos entre 1996 y 2000 y entre 2001 y 2005, circunstancia que se debe principalmente a las necesidades que se produjeron hasta la fecha de su preparación, pero también a la voluntad de exponer algunas medidas cuya puesta en práctica se ha extendido a lo largo de ambos períodos. A modo de ejemplo, la Ley Nº 2005/007 de 27 de julio de 2005 sobre el Código de Procedimiento Penal que contiene importantes disposiciones relacionadas con el niño es el resultado de trabajos que se iniciaron hace más de un decenio.
4.Este informe periódico contiene:
Información general sobre el Camerún;
Medidas generales de aplicación;
Principios generales;
Definición del niño;
Derechos y libertades civiles;
Entorno familiar y otro tipo de protección;
Salud y bienestar;
Educación, esparcimiento y actividades culturales;
Medidas especiales de protección.
I.Información general sobre el Camerún
A.Territorio y población
5.El Camerún está en África, en la región del golfo de Guinea, y limita al sur con las Repúblicas de Guinea Ecuatorial, el Gabón y el Congo; al este, con la República Centroafricana; al nordeste, con la República del Chad; al oeste, con la República Federal de Nigeria; y al sudoeste, con el océano Atlántico a lo largo de 400 km de costa. El país tiene forma de triángulo, abarca una extensión de 475.442 km2 y tiene una población estimada de 15 millones de habitantes según el censo general de población de 1975. El Camerún es un país con una población eminentemente joven, dado que el 40% son menores de 15 años.
6.El país vivió bajo el doble mandato de 1919 a 1946 y presenta un pluralismo jurídico en el que conviven el derecho de tradición romanista con el de tradición anglosajona, y el derecho consuetudinario.
7.El Camerún se caracteriza por una gran diversidad de medios naturales como es bastante corriente en África. Esta particularidad le ha procurado el sobrenombre de "África en miniatura". Se distinguen tres grandes conjuntos bioclimáticos:
a)La zona de clima ecuatorial con cuatro estaciones, una pluviosidad superior a 1.500 mm, una temperatura media de 25ºC y una amplitud térmica de 2ºC. Esta zona abarca casi toda la parte sur del país, incluido el litoral y las regiones montañosas del oeste.
b)El sector tropical húmedo, que registra una pluviometría de 300 a 1.500 mm al año. La temperatura media es de 28ºC y la amplitud térmica de 6ºC. A este clima tropical húmedo, llamado sudanés, corresponden grandes sabanas arbustivas o boscosas, que se extienden desde la parte norte de la provincia del Este a la parte sur de la provincia del Norte y por toda la provincia de Adamaoua.
c)El sector tropical seco tiene clima sudanosaheliano, muy influido por la continentalidad: entre 300 y 900 mm de precipitaciones anuales, 28ºC de temperatura media y 7ºC de amplitud térmica. El rigor de las condiciones climáticas anuncia los climas sahelianos y desérticos del África sudanesa. Este sector abarca una gran parte de las provincias del Norte y del extremo Norte.
8.El país está en general irrigado por cursos de agua permanentes, algunos de los cuales nacen en las zonas del interior del país y desembocan en el océano, lo que es una ventaja socioeconómica importante.
9.La diversidad ecológica y climática condiciona tanto el modo de vida de la población como sus ideas sobre la educación de los niños.
10.El pueblo camerunés se compone de casi 230 tribus, distribuidas en general en cuatro grupos socioculturales: los bantúes, los bantoides o semibantúes, los sudaneses y la población pigmea. Esta diversidad étnica, lejos de constituir un factor de conflicto y un obstáculo para la vida en común, es más bien un factor de enriquecimiento y desarrollo, fruto de los incansables esfuerzos de los poderes públicos y la determinación de las poblaciones. La paz, tanto en el interior del país como con los países vecinos, es una de las principales bases de la construcción de la nación, y el hombre está en el centro del proceso de desarrollo. Por ese motivo el Camerún se ha adherido recientemente al movimiento mundial en favor de la infancia, cuyo objetivo es construir un mundo mejor en el tercer milenio. El Camerún aporta también su contribución al logro de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM) y colabora activamente a poner en pie la Nueva Alianza para el Desarrollo de África (NEPAD).
11.En el Camerún viven aproximadamente 4 millones de extranjeros, que conviven pacíficamente con la población nacional, lo que hace que sea un país hospitalario en el sentido de las prácticas y tradiciones africanas.
12.La economía camerunesa es fundamentalmente primaria y rural, ya que se basa en la agricultura y la ganadería, que generan más del 21% del PIB y ocupan al 73% de la población activa. Sin embargo, gran parte de la producción se comercializa directamente, sin transformación y, por lo tanto, sin valor añadido. De ahí un sector secundario muy incipiente que ocupa al 6,3% de la población activa y aporta el 34% del PIB. A lo largo de los últimos años, este sector industrial ha registrado perturbaciones muy importantes relacionadas con la liberalización de los mercados mundiales y la competencia resultante; el rigor de las condiciones que acompañan a los capitales extranjeros y la insuficiencia del suministro de energía. Por consiguiente, el desempleo, en particular en el caso de los jóvenes, es uno de los principales problemas sociales del país, que afecta de un 17 a un 25% de la población y al 33% de las zonas urbanas. Existen otros muchos problemas sociales, como los resultantes de fenómenos evolutivos o emergentes, por ejemplo los niños que viven o trabajan en la calle (entre 15.000 y 20.000 aproximadamente en las principales ciudades), los niños que son víctimas de la explotación sexual o económica, la prostitución, el contrabando o la trata de mujeres y niños en sus diferentes formas.
13.Sin embargo, los poderes públicos han desplegado esfuerzos constantes para sanear la economía general del país, que han permitido mejorar los indicadores macroeconómicos, empezando por el control del gasto público. En efecto, incluido desde el 13 de octubre de 2000 el Camerún en la Iniciativa en favor de los países pobres muy endeudados, espera que, una vez traspasado el punto decisivo de esta, sea posible mejorar su situación social, lo que dará lugar a la aprobación definitiva de medidas de reducción de la deuda comercial hasta el 90% y un reescalonamiento a 40 años con 16 años de gracia de la deuda en concepto de ayuda pública al desarrollo. Los beneficios de este famoso "punto decisivo" se destinarán regularmente a inversiones sociales (construcción de aulas, centros de salud, hospitales, carreteras y otras infraestructuras sociales), que facilitan el ejercicio de los derechos del niño, y por consiguiente, el bienestar de la población. Se abre así una nueva era de esperanza para el país. Conviene observar que en el Camerún la esperanza de vida al nacer varía considerablemente según el sexo, pues es de 59 años para las mujeres (51% de la población) y de 54,5 años para los hombres.
14.Según el Documento de estrategia de lucha contra la pobreza, elaborado por el Gobierno, cuatro de diez cameruneses viven por debajo del umbral de pobreza (menos de 1 dólar por día).
15.En el plano religioso, cabe destacar el carácter laico del Estado. La libertad de religión está garantizada (preámbulo de la Constitución, Ley Nº 6 de 18 de enero de 1996, por la que se revisó la Constitución de 1972). Los cristianos —católicos y protestantes—constituyen junto con los musulmanes los principales grupos religiosos del país. Se registra un gran número de asociaciones y movimientos religiosos denominados "renacidos" y considerados pentecostistas. De todas formas, muchos cameruneses mantienen lazos con las religiones ancestrales.
B.Estructura política
16.El Camerún es un Estado unitario de régimen semipresidencial, en el que existe la separación entre los poderes ejecutivo, legislativo y judicial:
a)El poder ejecutivo está encarnado por el Presidente de la República, Jefe del Estado. Elegido por toda la nación por sufragio universal directo por un período de siete años, encarna la unidad nacional. Vela por el respeto a la Constitución y a las instituciones de la República, define la política de la nación, nombra al Gobierno y tiene diferentes funciones de carácter supremo y con su función de árbitro constituye el funcionamiento ordenado de los órganos del Estado. Es garante de la independencia nacional, de la integridad territorial, de la permanencia y continuidad del Estado y del respeto de los tratados, convenios y acuerdos internacionales firmados y ratificados por el Camerún.
b)De conformidad con el artículo 14 de la Ley Nº 06 de 18 de enero de 1996 por la que se revisó la Constitución de 1972, en el Camerún el poder legislativo reside en el Parlamento que se compone de dos cámaras: la Asamblea Nacional y el Senado. El Parlamento legisla y controla la acción del Gobierno. La Ley de 9 de julio de 2004 relativa a la descentralización y la ley relativa a la organización del Senado marcan una evolución perceptible hacia la instauración de las instituciones creadas por la Constitución.
c)La justicia se administra en el territorio de la República en nombre del pueblo camerunés. El poder judicial se encarna en el Tribunal Supremo, los tribunales de apelación y los tribunales de primera instancia. El poder judicial independiente de los poderes ejecutivo y legislativo (artículo 37 de la Constitución).
17.El sistema administrativo actual asegura la coexistencia de los tres grandes modelos de organización administrativa: la centralización, la desconcentración y la descentralización. A dicho efecto, el artículo 55 de la Constitución dispone que las colectividades territoriales descentralizadas son las regiones y los municipios. La transformación de las provincias en regiones va tomando forma progresivamente con la Ley de 9 de julio de 2004 sobre la descentralización.
C.Políticas y programas
18.En el Camerún, la situación del niño en general y el trabajo infantil en particular se integra en el marco general de la política de protección y promoción de la infancia. A partir de la orientación indicada por esta política gubernamental, las estrategias elaboradas tienen por objeto:
Sensibilizar y movilizar a la comunidad respecto de las cuestiones relativas al trabajo infantil;
Mejorar la enseñanza y el aprendizaje, tanto clásico como informal;
Precisar y mejorar la legislación sobre el trabajo infantil;
Coordinar y dar continuidad a las actividades de lucha contra la trata de niños.
19.Esos grandes ejes estratégicos se tuvieron en cuenta en el proyecto de plan de acción de lucha contra el trabajo infantil, cuyo principal obstáculo son las dificultades financieras.
20.En cuanto a la cooperación técnica y la asistencia internacional, el Camerún colabora con la cooperación francesa en el marco del proyecto Multi-Bi, la cooperación belga en el marco del Programa de apoyo al desarrollo económico y social de los baka (PADES/Baka) y la cooperación japonesa en el ámbito de la educación básica. Además se ha puesto en marcha un programa de cooperación Camerún/UNICEF y un Programa de cooperación con el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA) en el marco de la política nacional de la juventud, con la Organización Internacional del Trabajo (OIT) para la aplicación del Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (IPEC) y con el Fondo Mundial de Lucha contra el SIDA, la Tuberculosis y el Paludismo (el "Fondo Mundial") para el cuidado de los huérfanos y niños vulnerables.
21.Por último, el Camerún colabora con organizaciones internacionales no gubernamentales (ONG) como Plan Internacional, en lo que concierne al desarrollo comunitario centrado en el niño, Aldeas Infantiles SOS, que se dedica al cuidado de los huérfanos en las Aldeas Infantiles, e Iniciativa "Hope for African Children", Iniciativa Sociedad Abierta para África Occidental (OSIWA) y CARE Camerún, dedicadas al cuidado de los huérfanos y niños vulnerables.
D.Marco jurídico general de protección de los derechos humanos
22.La protección de los derechos humanos en general y del niño en particular se recogen en el Camerún en un acervo jurídico formado por protocolos, cartas y convenciones internacionales ratificadas y leyes y reglamentos nacionales. Los instrumentos internacionales ratificados prevalecen sobre la legislación nacional.
23.En ese sentido, cabe señalar que la Ley Nº 06 de 18 de enero de 1996 por la que se revisó la Constitución de 1972, proclama en su preámbulo que el ser humano, sin distinción por motivos de raza, religión, sexo o creencia, posee derechos inalienables y sagrados. Asimismo se afirma la adhesión del Camerún a las libertades fundamentales inscritas en la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Carta de las Naciones Unidas, la Carta Africana de los Derechos Humanos y de los Pueblos y otros instrumentos internacionales de derechos humanos debidamente ratificados.
24.En el plano internacional, el Camerún es parte en los siguientes instrumentos:
El Convenio Nº 138 de la OIT sobre la edad mínima de admisión al empleo;
El Convenio Nº 182 de la OIT sobre la prohibición de las peores formas de trabajo infantil;
El Protocolo Facultativo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, de 7 de enero de 2005;
El Protocolo Adicional de la Convención para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, (de 15 de noviembre de 2000), ratificado por el Camerún mediante Decreto de 18 de noviembre de 2004;
La ley por la que se transforma el Comité Nacional de Derechos Humanos y Libertades en órgano independiente más operativo y eficaz;
La Ley de orientación pedagógica, que establece la escolaridad obligatoria hasta los 14 años;
El Código del Trabajo y las normas relativas a los trabajos prohibidos a los niños;
El Código Penal y todos los aspectos represivos de los delitos contra el niño y las buenas costumbres;
El nuevo Código de Procedimiento Penal, que entró en vigor el 1º de enero de 2007.
E.Información y publicidad
25.El Camerún publica un Boletín Oficial en el que aparecen, en inglés y francés todas las leyes y reglamentos. Con la corriente de la liberalización, el país vive una evolución inédita de los órganos de prensa, tanto escrita como hablada o televisada. Este sector se rige por una ley de medios de comunicación social, los cuales, a pesar de diferencias de tono, informa periódicamente a la población sobre sus derechos y los sucesos relacionados tanto con la promoción de los derechos como con los posibles abusos. Muchas emisoras de radio MF, de las cuales por lo menos 15 se encuentran en Yaundé, informan diariamente a la administración y los órganos encargados de la promoción de los derechos del niño y a todos los sectores de la población. Las radios rurales realizan la misma labor en el campo.
26.Además, periódicamente se organizan en el país seminarios y talleres sobre los derechos humanos, los derechos del niño, las personas con discapacidad, las personas de edad y las mujeres. Estos seminarios, al igual que los cinco talleres de capacitación sobre justicia de menores celebrados en Kribi, Garoua, Ngaoundéré y Douala, generalmente congregan a funcionarios (jueces, trabajadores sociales, miembros de la policía, funcionarios de prisiones, personal de los servicios de salud y educación, etc.) y organizaciones de la sociedad civil.
27.Siguiendo el ejemplo de la Declaración Universal de Derechos Humanos, publicada en más de 5.000 ejemplares en lenguaje simplificado, algunas ONG y asociaciones tienen la intención de publicar próximamente en los idiomas del país textos jurídicos nacionales o supranacionales relativos a los derechos del niño. Los poderes públicos les animan a hacerlo.
28.Las confesiones religiosas participan en la difusión de los derechos. Sin embargo, el analfabetismo de una gran parte de la población y el acceso difícil a algunas zonas del país siguen siendo obstáculos que hay que tener en cuenta en el contexto de la divulgación de los derechos del niño.
II.Medidas de aplicación general
29.El Camerún ha proseguido metódicamente sus esfuerzos encaminados a establecer un entorno favorable al desarrollo del niño.
A.Textos legales
30.En aplicación de las recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño y habida cuenta de las realidades locales, el Camerún ha aprobado, en los períodos de que se informa, textos jurídicos de enorme importancia para el ejercicio de los derechos del niño, y otros se encuentran ya en avanzada fase de elaboración. Se trata de los textos siguientes:
La Ley Nº 2005/015 de 29 de diciembre de 2005, relativa a la lucha contra el tráfico y la trata de niños;
La Ley Nº 2005/007 de 27 de julio de 2005, sobre el Código de Procedimiento Penal;
El Decreto Nº 2004/320 de 8 de diciembre de 2004, sobre la reorganización del Gobierno, que crea en diversos ministerios una serie de servicios que se ocupan de la protección de los derechos del niño; así, el Ministerio de Asuntos Sociales se ocupa de la promoción de los derechos y la protección social del niño, el Ministerio de Educación básica, de la educación preescolar y primaria general, el Ministerio de Enseñanza Secundaria, de la enseñanza técnica y general, el Ministerio de Salud Pública, de la prevención y de la salud maternoinfantil, el Ministerio de Promoción de la Mujer y de la Familia, de la educación para la paternidad responsable y promoción del bienestar familiar y el Ministerio de la Juventud, de la promoción de actividades de esparcimiento y extraescolares;
El futuro código de las personas y la familia;
El anteproyecto de código de protección de la infancia, en fase final de elaboración, que armoniza los diversos textos legales nacionales con los tratados internacionales ratificados.
B.Otras medidas
31.Más allá del marco jurídico mencionado, el Camerún y otros Estados han iniciado una serie de actividades de interés directo en este contexto. Se trata de:
La adopción de un convenio de cooperación entre el Camerún y el UNICEF para el período 2003-2007. Consta de cinco programas principales (educación básica, educación complementaria y desarrollo integrado del niño, participación y desarrollo del adolescente, protección especial y planificación, evaluación y comunicación). Este programa, asentado en el derecho, tiene en cuenta los grupos de edad y se propone en última instancia contribuir a la creación de un entorno en que se garanticen los derechos del niño a la supervivencia, al desarrollo, a la protección y la participación. El Plan marco de operaciones se firmó el 5 de noviembre de 2002.
La aprobación de la Ley Nº 97/009 de 10 de enero de 1997 sobre la lucha contra la tortura.
La aprobación de la Ley Nº 98/004 de 14 de abril de 1998 de orientación de la educación en el Camerún.
El Decreto Nº 2001/041 de 19 de febrero de 2001 sobre la organización de los establecimientos de enseñanza públicos, que determina las atribuciones de los responsables de la administración escolar y cuyo artículo 47 suprime las tasas anuales que pagaban los alumnos de las escuelas primarias públicas para hacer efectiva la gratuidad de la enseñanza primaria decidida por el Presidente de la República el 10 de febrero de 2000.
La circular sobre la organización de las modalidades prácticas de suministro a las escuelas primarias públicas del "conjunto mínimo" de material didáctico y pedagógico.
La Circular Nº 38/B1/1464 de 8 de diciembre de 2000 sobre la lucha contra la violencia en los establecimientos escolares.
La Circular Nº 10/B1/ de 13 de mayo de 2002 sobre la situación de violencia y vandalismo en los establecimientos escolares.
La Circular Nº 005/B1/1464 de 13 de febrero de 2002 sobre la lucha contra las prácticas ocultas en los establecimientos escolares.
La Circular Nº 006/B1/1464 de 4 de marzo de 2002 sobre la laicidad de los establecimientos escolares públicos.
El desarrollo del Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil, cuyo protocolo de acuerdo entre el Camerún y la Organización Internacional del Trabajo (OIT) se firmó el 22 de octubre de 2004. En virtud de este programa, entre 2004 y 2005, se llevaron a cabo dos proyectos específicos de lucha contra el trabajo infantil. Se trata del proyecto de lucha contra la explotación infantil en las plantaciones de cacao (WACAP) y del proyecto de lucha contra la trata de niños con fines de explotación en el África occidental y central (LUTRENA). El segundo proyecto ha dado lugar a un estudio preliminar que, sobre la base de las características de la trata, confirma la existencia de este fenómeno en el Camerún, en especial en las provincias del Noroeste, Este y del Norte extremo y Sur. Posteriormente y al paso que se intensificaba la sensibilización y se procedía a redactar una ley específica, la cooperación directa, bajo la supervisión del Ministerio de Asuntos Sociales, la OIT, NKUMU Fed-Fed y las Asociaciones ETA, hizo posible la rehabilitación de 103 niños víctimas de la trata en las provincias del Noroeste y del Centro. En lo que respecta precisamente al Noroeste, el GWAN MULTIPURPOSE CENTRE, de Bali Nyanga, a unos kilómetros de Bamenda, acogió a 70 niños, de los cuales 33 niñas. Además de la ayuda psicosocial, se enseñó a cada niño un oficio, se trató de localizar a los padres en cuyo favor se organizaron proyectos destinados a crear una obra social privada y después se llevó a cabo la reinserción de los niños. Se impartió un cursillo para formar a 60 comunicadores rurales en la problemática de la trata y el tráfico, que contó con el apoyo de la Embajada de los Estados Unidos, y, al igual que los clubes y cooperativas de padres e hijos, la formación tiene por fin consolidar los beneficios de esta actividad y frenar la trata de niños en las zonas en cuestión.
La realización del proyecto conjunto MINAS/Cruz Roja de Bélgica para la reinserción socioeconómica de los niños de la calle de Yaundé. Se trata de sensibilizar, identificar y favorecer la reinserción duradera de los niños que viven y trabajan en la calle, sacarlos de ese medio readaptándolos a la vida moral, reintegrándolos a la familia para luego fomentar su escolarización, la formación profesional o la realización de actividades generadoras de ingresos. Entre julio de 2003 y agosto de 2005, este proyecto específico incluyó por diversos conceptos a unos 15.000 niños y se tradujo en la reinserción de 480. Este proyecto, por desgracia se interrumpió al agotarse las fuentes de financiación, aun cuando sigue siendo necesario proteger a esta categoría de niños.
La Cooperación Camerún-Japón con objeto de aumentar la oferta de educación básica.
La Cooperación Fondation Chantal BIYA/EDICEF, que permitió la construcción, el equipamiento y la entrega al Estado de cinco escuelas primarias.
La participación del Fondo Mundial en la identificación y la atención de los niños huérfanos y vulnerables, bajo la responsabilidad del Ministerio de Asuntos Sociales en el marco del Comité Nacional de lucha contra el SIDA y cuya actividad a nivel nacional está destinada a ofrecer servicios sociales a 300.000 huérfanos y niños vulnerables en 2010.
La cooperación Francia/UNICEF/Camerún, en el marco del proyecto "Bi-Multi" cuyos objetivos contribuyen al logro del fin indicado.
La asociación MINAS/CTB (Cooperación Técnica Belga) (PADES-BAKA) con miras a prestar asistencia a los pigmeos, incluidos los niños pigmeos en Djoum y Mintom en la provincia del Sur.
La asociación Camerún/Plan Internacional en los ámbitos de aplicación de los derechos del niño (5.000 certificados de nacimiento expedidos en 2005, construcción de canalizaciones y puntos de agua), de educación (varias aulas construidas y equipadas), de la salud (promoción de la salud) y fortalecimiento de capacidades comunitarias y agricultura.
El aumento de la participación de las organizaciones de la sociedad civil en campañas de sensibilización y de asistencia a los niños: Fundación Chantal BIYA, Synergies africaines pour la lutte contre le SIDA et les souffrances humaines (Sinergias africanas para la lucha contra el SIDA y el sufrimiento humano), el Programa Hábitat de las Naciones Unidas, la Association Enfants Jeunes Avenir (ASSEJA) (Asociación por los niños, los jóvenes y el futuro), la Coalición de organizaciones no gubernamentales por los derechos del niño del Camerún (COCADE), la Asociación Mundial de la Escuela como Instrumento de Paz (EIP), DET, la Association camerounaise d'aide aux familles affectées par le sida (Asociación Camerunesa de ayuda a las familias afectadas por el SIDA) (ACAFAS), AGIR International, la Association Emmanuel du Cameroun (Asociación Emmanuel del Camerún) (AEC-CM), así como las comunidades locales descentralizadas.
Inclusión del tema de los derechos del niño en las pláticas y sermones religiosos (carta apostólica de 9 de octubre de 2005 de Monseñor Paul Verdzekav, Arzobispo de Bamenda, a todos los cristianos en relación con el tráfico de niños; organización por la Federación de Iglesias y Misiones Evangélicas del Camerún (FEMEC) de un seminario de formación del clero en los derechos del niño en Kribi, en julio de 2004; campaña en agosto de 2005 en favor de la elaboración de una ley específica de lucha contra la trata; sensibilización de los fieles y oyentes de toda clase mediante los programas difundidos por Radio Nacional (CRTV), Canal 2 internacional, STV 2 y las radios confesionales; por la iglesia católica, protestante y musulmana; nota del Secretario Nacional de enseñanza privada islámica por la que se establece la gratuidad de los cursos de preescolar y primaria islámica en la parte septentrional, con objeto de luchar contra la infraescolarización endémica de la región. Es también importante señalar que en el Camerún las escuelas confesionales están abiertas a todos los niños sin discriminación.
C.Medidas de divulgación de la Convención
32.El Camerún, en aplicación de la recomendación del párrafo 22 de las observaciones finales del Comité de los Derechos del Niño (CRC/C/15/Add.164), ha adoptado las siguientes medidas con el fin de difundir los principios y disposiciones enunciados en la Convención y de suscitar una movilización social:
Organización de campañas de divulgación de los derechos del niño durante el Día del Niño Africano (16 de junio), la Fiesta Nacional de la Juventud (11 de febrero) y diversas actividades.
Organización de siete ediciones del Parlamento de los Niños, con formación de los jóvenes diputados en los derechos del niño y distribución de material diverso.
Producción de 15.000 tiras cómicas sobre la Convención, distribuidas a los niños de las escuelas y otros ámbitos en el curso de campañas.
Producción de carteles y folletos para sensibilizar a la gente acerca de la violación de los derechos del niño. El Ministerio de Enseñanza Secundaria, en el marco del Plan Camerún, contribuyó a la producción de algunos carteles.
Organización de varias ediciones anuales de las Jornadas de Radio y Televisión para los niños, basadas en la divulgación y promoción de los derechos del niño.
Integración gradual de los módulos de enseñanza de los derechos humanos y del niño en los programas escolares y universitarios (educación para la ciudadanía; DESS (Diploma de Estudios Superiores Especializados) en derechos humanos en la Universidad de Dschang, formación centrada en los derechos humanos en la Universidad Católica de África Central (UCAC), especialidad en el Instituto de Relaciones Internacionales del Camerún (IRIC).
En lo que respecta a la traducción de la Convención en los idiomas locales, el obstáculo lo constituyen la pluralidad de lenguas y el analfabetismo.
33.De acuerdo con lo recomendado en el párrafo 16 de las observaciones finales del Comité sobre los recursos asignados en favor de los niños, cabe señalar lo siguiente:
El aumento sustancial de los presupuestos asignados a las administraciones encargadas de la aplicación de los derechos del niño, es decir el Ministerio de Educación Nacional, el Ministerio de Enseñanza Secundaria, el Ministerio de Asuntos Sociales, el Ministerio de la Juventud y el Ministerio de Salud.
La elaboración sistemática de estrategias ministeriales y sectoriales, como por ejemplo la del sector de desarrollo social, con miras a planificar mejor las medidas y la asignación de los recursos necesarios para mejorar las condiciones de vida de la población, en particular, los niños y otras personas vulnerables.
La formulación de diversos programas y proyectos con efecto directo en los niños, tanto con recursos nacionales como con la ayuda de los asociados para el desarrollo. Por ejemplo: la atención integrada de las enfermedades de la infancia, el Programa Nacional de lucha contra el SIDA, el Programa Nacional de lucha contra el paludismo, el Programa de atención de los niños huérfanos y vulnerables (Fondo Mundial y Bi-Multi), el Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (LUTRENA y WACAP), el Programa de Cooperación Camerún-UNICEF 2003-2007.
De cara al futuro, los efectos previstos del logro por el Camerún del punto de culminación de la iniciativa Cooperación de deuda y desarrollo (C2D: Coopération des endettement-développement) con Francia; aplicación de los planes de acción nacionales de lucha contra la explotación sexual y la trata de niños.
34.En cuanto a la recomendación que figura en el apartado b) del párrafo 16 sobre la evaluación sistemática del efecto de los recursos asignados, se empieza a poner en práctica con la evaluación sistemática de los programas y proyectos en favor de la infancia. El examen a mitad de período del Programa de cooperación con el UNICEF se llevó a cabo en diciembre de 2005, y la evaluación final del programa IPEC, tras las evaluaciones periódicas, se realizará en 2006.
35.Se ha tenido en cuenta la recomendación que figura en el apartado a) del párrafo 17 de las observaciones finales del Comité sobre los indicadores relativos a los niños y las mujeres; en el censo general de la población realizado en 2005 se procuró recoger la información básica.
36.La práctica actual del Camerún consiste en asociar sistemáticamente a las organizaciones de la sociedad civil en todas las actuaciones del Estado. Tal es el caso de la elaboración de los anteproyectos del código de las personas y la familia y de protección del niño.
D.Obstáculos diversos
37.La aplicación efectiva de la Convención en el Camerún tropieza con las siguientes dificultades fundamentales:
La insuficiencia de coordinación de las políticas sectoriales de atención a la infancia;
La recesión económica que tiene como corolario la reducción de los medios financieros del Estado y su repercusión desfavorable en los presupuestos de los servicios sociales y en particular los dedicados a la infancia;
La persistencia de costumbres y tradiciones desfavorables al ejercicio de los derechos del niño;
La agravación de la pandemia del VIH/SIDA, que aumenta la mortalidad de los padres y el número de niños huérfanos y vulnerables.
38.Además, el Camerún atraviesa dificultades prácticas a la hora de determinar la naturaleza y los mecanismos de funcionamiento de la estructura recomendada en los puntos 12 y 14 de la sección D.1. Mientras tanto, el Decreto Nº 2005/160 de 25 de mayo de 2005 sobre la organización del Ministerio de Asuntos Sociales, creó una dirección de Protección Social del niño. Se ha reactivado la Comisión Nacional de protección de los niños en peligro moral, y los niños delincuentes o abandonados (Decreto Nº 90/524).
III.Definición del niño
A.Concepto de niño
39.El Camerún ha suscrito la definición del niño que se enuncia en la Convención. Por lo tanto, "se entiende por niño todo ser humano menor de 18 años de edad".
40.La reforma en curso de la legislación (los anteproyectos de código de las personas y la familia y el de protección del niño) intenta, por un lado, unificar la edad del niño en todas las esferas y constituye un avance significativo al definir al niño como "persona humana menor de 18 años de edad".
B.Consentimiento para el matrimonio
41.En el Camerún, el matrimonio se basa en la libre voluntad de un hombre y una mujer de unirse como marido y mujer. Por consiguiente, el consentimiento libre y solemne de los contrayentes es fundamental para que el matrimonio sea válido. Es uno de lo datos que figuran en la partida de matrimonio. El párrafo 4 del artículo 52 de la Orden Nº 81/02 de 28 de junio de 1981 sobre el estado civil dispone que solo podrá celebrarse el matrimonio si los futuros cónyuges otorgan su consentimiento. El legislador camerunés ha querido indicar de forma categórica la importancia del consentimiento para el matrimonio, con objeto de mostrar su firme oposición al matrimonio forzado. Por otra parte, al reconocer el matrimonio como una forma de emancipación del menor, ha dado prueba de prudencia en las disposiciones del título VI, capítulo III, de la orden referida, al agregar la precaución del consentimiento de los padres, tutores o responsables habituales en lo que respecta al matrimonio del menor (15 años para la mujer y 18 para el marido).
42.Este marco jurídico nacional aprobado en 1981, antes de la ratificación de la Convención, está en curso de revisión. El anteproyecto de código de protección del niño guarda silencio total sobre el posible matrimonio del niño y, por consiguiente, sobre el consentimiento. El consentimiento para el matrimonio que sigue siendo parte de las prerrogativas de la patria potestad, desaparecerá cuando se apruebe el código de protección del niño, junto con el concepto de patria potestad sobre el niño (título IV del libro I). Esta se define como el conjunto de derechos y obligaciones que se confieren al padre y a la madre en interés del niño. Asimismo se indica que la patria potestad corresponde al padre y a la madre hasta la mayoría de edad o la emancipación del niño, a fin de proteger su seguridad, su salud y su moral, y de velar por su educación y desarrollo progresivo. A este respecto, los padres solo tienen los derechos y deberes de cuidado, vigilancia y educación. De este modo, el anteproyecto de código de protección del niño, al prohibir pura y simplemente el matrimonio del niño, suprime también el requisito del consentimiento de los padres.
43.Conviene, sin embargo, destacar que, si el anteproyecto de código en cuestión intenta armonizar la legislación interna con los instrumentos internacionales de conformidad con la recomendación del Comité, este nuevo marco legal oculta una realidad que, sin embargo, será preciso afrontar: la precocidad sexual es un hecho. Se convierte, además en problema importante con la publicidad que se hace del preservativo como medio de lucha contra el VIH/SIDA y de su alternativa, que es la fidelidad. Esto provoca en los adolescentes, a falta de matrimonios precoces, condenados unánimemente, una tendencia al libertinaje y la depravación en lo que concierne a las costumbres y la sexualidad.
C.Edad mínima de admisión al empleo
44.El artículo 14 de la Ley Nº 92/007 de 14 de agosto de 1992, que contiene el Código del Trabajo, fija en 14 años la edad mínima de admisión al empleo; se deduce de ahí fácilmente que, hasta esa edad, el niño debe ir a la escuela. El menor de 17 años no podrá ser reclutado en las fuerzas armadas del Camerún. Hay, sin embargo, una franja de edad en que las personas carecen de estatuto jurídico y permanecen en un limbo legal. Según las legislaciones en curso de armonización, son niños de los 0 a 18 años y mayores a partir de los 20 ó 21 años. Convendría atribuirles una situación jurídica, lo que podría hacerse recurriendo a la figura de la "emancipación de pleno derecho".
D.Acceso a la educación
45.En el Preámbulo de la Constitución de 18 de enero de 1996 se indica que el Estado garantiza el derecho de los niños a la instrucción. La enseñanza primaria es obligatoria. La organización y supervisión de la enseñanza a todos los niveles son obligación insoslayable del Estado.
46.En el artículo 47 del Decreto Nº 2001/041, de 19 de febrero de 2001, sobre la organización de los establecimientos escolares públicos, que establece las atribuciones de los responsables de la administración escolar, se consagra la gratuidad de la enseñanza primaria pública, conforme a la decisión del Presidente de la República de 10 de febrero de 2000.
47.Todos los años se crea y se inaugura un gran número de establecimientos escolares de todos los niveles y de todos los tipos de enseñanza, con el fin de satisfacer una demanda que aumenta a un ritmo vertiginoso. Numerosos participantes en el desarrollo, por ejemplo, el Banco Africano de Desarrollo (BAD), las Éditions classiques d'expression française (EDICEF), el Japón e incluso el mundo asociativo, participan en la oferta nacional de educación. El empeño en mejorar la calidad es constante y se refleja en la gobernanza (cuatro ministerios encargados de diversos aspectos de la educación y la formación), el recurso frecuente a órganos de seguimiento, inspección y supervisión, la formación del profesorado (escuelas normales para la formación del magisterio, la contratación progresiva de 1.700 maestros no titulares al año), profesionaliza la enseñanza para favorecer la aparición de talentos y promover la adaptación del sistema educativo al mercado del empleo y el trabajo.
E.Consulta de médico
48.Hasta el presente, no se requiere la autorización o el consentimiento de los padres para que un médico examine al niño. Muy al contrario, el Ministerio de Sanidad, los servicios de promoción de los derechos del niño y la sociedad en general del Camerún apoyan el recurso a la atención médica sin exclusiones.
49.La salud en general, y la de la mujer y el niño en particular, que se presenta como uno de los sectores sociales prioritarios, ocupan un lugar importante en las reivindicaciones políticas. El acceso de los niños a las consultas médicas y a una atención de calidad es un indicador del desarrollo y del bienestar general. Por ello, el Estado viene dedicando, de manera creciente, recursos para mejorar el sistema de salud y ofrecer a toda la población una atención sanitaria de calidad:
Aprobación de una ley de bases de la sanidad.
Elaboración de un mapa sanitario, con una cobertura casi total.
Medicamentos asequibles gracias a subvenciones públicas, apoyo multilateral, creación de farmacias de hospital y venta de medicamentos genéricos.
La formación de los médicos y demás personal sanitario continúa y este personal calificado se distribuye en todo el territorio nacional.
El precio de la consulta médica en los hospitales públicos es de 600 francos CFA. Los niños de la asistencia pública gozan de exención, caso por caso, a instancia del asistente social.
50.Sin embargo, hay algunas dificultades fundamentales para el pleno acceso de todos los habitantes a la consulta médica. Se trata del éxodo masivo de médicos y otros especialistas a consecuencia de la falta de plazas y de los bajos sueldos que ofrece la administración pública y de la insuficiencia cuantitativa y cualitativa del personal e infraestructuras sanitaria y de equipo, factores todos que hacen más difícil ofrecer atención médica a todos los niños. El precio de los medicamentos sigue estando fuera del alcance de muchas familias pobres.
51.Pese a todo, gracias a la firme voluntad de los responsables políticos los niños son los principales beneficiarios de todos los programas de salud del Camerún. El acceso a los medicamentos antirretrovirales es gratuito para todos los niños hasta los 15 años que conviven con el SIDA.
F.Estupefacientes y consumo de alcohol
52.Es evidente que en el Camerún los niños están expuestos a los estupefacientes y al consumo de alcohol. Este riesgo afecta en particular a los niños no escolarizados, los que merodean en torno a los locales de venta de bebidas y principalmente a los niños de la calle. Contribuyen también la precariedad de las condiciones de vida, el libertinaje, los excesos y la imitación servil de los modelos que presentan los medios de comunicación.
53.Aunque no se haya hecho estudio específico sobre este fenómeno, las observaciones empíricas permiten deducir que es urgente proteger a los niños. Los Ministerios de Asuntos Sociales (servicio de lucha contra las lacras sociales), el de Sanidad y la Policía hacen tímidos esfuerzos por establecer esa protección. Para ser eficaces, convendría que su labor tuviera el complemento de centros de desintoxicación operativos, de existencia de psicólogos, sociólogos y asistentes sociales y de emprender actividades orientadas a ofrecer a esos niños y adolescentes una formación adecuada y la posibilidad de una inserción socioeconómica duradera.
IV.Principios generales
A.No discriminación
54.El principio de no discriminación es irrenunciable, y está consagrado y garantizado en el Preámbulo de la Constitución. El Gobierno lo aplica en todos los ámbitos relativos al niño.
1.En el plano escolar
55.Según las normas en vigor, no hay edad límite para la escolarización y todos los niños son admitidos en la escuela.
2.En el plano de la protección y de la seguridad social
56.Hay una serie de novedades legislativas:
Decreto Nº 2001/109/PM de 20 de marzo de 2001: establece la organización y el funcionamiento de las instituciones públicas de atención de menores y de reeducación de los menores con inadaptación social (este texto prevé, en particular la creación de centros de acogida y observación, de los centros de acogida y tránsito y de centros de alojamiento);
Decreto Nº 2001/110/PM de 20 de marzo de 2001: establece la organización y el funcionamiento de las instituciones públicas de atención a la primera infancia;
La Circular Nº 2002/9062/ DAPG de 15 de octubre de 2002, sobre la jurisdicción de menores autores de infracciones de derecho común;
Decreto Nº 2005/160 sobre la organización del Ministerio de Asuntos Sociales, en el que se crea una Dirección de Protección Social del Niño;
Anteproyecto de ley de la violencia contra la mujer, adoptado en abril de 2004;
Anteproyecto de ley que contiene el código de las personas y la familia, en cuya virtud:
Los derechos enunciados en el código son aplicables también a los extranjeros;
El niño, de cualquier sexo, sea legítimo o natural reconocido, tendrá los mismos derechos a heredar.
Anteproyecto de código de protección del niño, que reúne en un solo texto el derecho positivo aplicable al niño e integra los principios fundamentales contenidos en los instrumentos jurídicos internacionales ratificados.
57.Se ha iniciado la reforma del sistema de seguridad social para que la cobertura se extienda también a la enfermedad y el paro. Se prevé celebrar un foro nacional sobre esta materia.
3.Derechos de los grupos vulnerables
58.Se va a revisar la legislación y los programas relativos a la protección de las personas vulnerables. El Ministerio de Asuntos Sociales organizó en junio de 2005 un foro sobre la solidaridad nacional. Luego, se iniciaron conversaciones con distintos servicios de la Administración y asociaciones para poner en práctica las recomendaciones adoptadas. El proceso de revisión de la Ley de protección y promoción de las personas con discapacidad está muy avanzado. Asimismo, se ha iniciado la elaboración de una política de solidaridad nacional. Esta reforma hará hincapié en:
La ayuda a la educación;
La asistencia médica;
El apoyo a la educación especial de los niños discapacitados;
El apoyo a la readaptación y la reeducación funcional;
Las medidas de prevención médica y social.
B.El interés superior del niño
59.En el informe anterior se exponía toda una serie de textos legales al respecto.
60.El anteproyecto de ley que contiene el código de las personas y la familia prevé en materia civil:
Que la atribución de la custodia de los hijos en caso de crisis matrimonial, previa investigación de un asistente social competente, tenga en cuenta el interés superior del niño;
Que dicha investigación social tenga también en cuenta la situación material de los padres a los efectos de fijar la pensión alimenticia para el mantenimiento de los hijos;
Que se tome en consideración el interés superior del niño en materia penal, administrativa y social.
61.En cuanto al anteproyecto de código de protección del niño, regula el ejercicio de la patria potestad sobre este y la preservación de la masa hereditaria de este.
C.Derecho a la vida, a la supervivencia y al desarrollo
62.El derecho a la vida está consagrado por la Constitución del Camerún que en su Preámbulo dispone que toda persona tiene derecho a la vida y a la integridad física y moral, lo que se refleja en una serie de disposiciones de tipo penal, civil y social.
1.Salud escolar
63.Creación de Direcciones de salud escolar en el Ministerio de Educación básica. El Ministerio de Enseñanza Secundaria ha creado inspecciones médicas en todas las capitales de provincia, enfermerías en los establecimientos de más de 1.000 alumnos y una farmacia controlada en los demás.
2.Acceso a los servicios de salud para los niños detenidos
64.Aunque el principio esté reconocido, el acceso de los niños detenidos a la atención médica es insuficiente. En vista del hacinamiento en las cárceles y de los escasos fondos asignados a la atención médica de los detenidos, es evidente que debe intensificarse la protección. Lo mismo puede decirse de los niños ingresados en instituciones especializadas de tratamiento y reeducación.
3.Atención sanitaria de los niños que necesitan medidas especiales de protección
65.La política sanitaria del Camerún está muy marcada por el principio de cubrir gastos, es decir que todo enfermo ha de contribuir a los gastos que ocasione su tratamiento. Este sistema supone que paga el propio enfermo o su tutor o la persona bajo cuya responsabilidad se encuentre. El presupuesto del Ministerio de Asuntos Sociales que se ocupa de la protección social del niño no permite, sin embargo, cubrir todos los gastos. Únicamente las negociaciones y las consideraciones humanitarias permiten obtener algunas exenciones, lo cual no siempre resulta fácil en el caso de los medicamentos, que el Camerún no fabrica. Es indispensable una campaña de sensibilización para aumentar los presupuestos correspondientes y obtener apoyo financiero.
4.Acceso de los detenidos a la educación
66.Es un ámbito no regulado para los menores encarcelados. No obstante, se imparte formación escolar y/o profesional a los menores ingresados en instituciones de reeducación y de reinserción social en las propias instituciones.
5. Condiciones de vida de los detenidos
67.La vetustez de los locales penitenciarios y el hacinamiento en las cárceles no constituyen las mejores condiciones de vida en el contexto carcelario. Sin embargo, las familias están autorizadas a traer comida a los familiares detenidos para aliviar la insuficiencia de la ración alimenticia de la cárcel.
68.Actualmente se negocia con organismos internacionales a fin de hallar mecanismos y medios para atender las necesidades de los niños encarcelados. Se trata, en particular, de la creación de pabellones para menores (niñas y niños) en las cárceles, de la creación de pabellones-escuelas para escolarizar y dar formación profesional a los niños detenidos, de bibliotecas, videotecas y espacios de juego, y sobre todo en la ciudad de Duala, de la transformación del Centro de Acogida y Observación de Bepanda en institución experimental de atención a los niños que necesitan medidas especiales de protección (niños huérfanos y vulnerables, niños de la calle, niños en conflicto con la ley, niños víctimas de la trata y del tráfico). Si este proyecto, que cuenta con el apoyo del Programa de protección especial del UNICEF, se lleva a efecto, servirá de referencia para toda la zona del África central. No obstante, es necesario movilizar los fondos necesarios para su realización práctica.
69.De todas formas, los niños encarcelados disfrutan de actividades de esparcimiento como baile, televisión, cine, juegos de mesa, deportes y semanas culturales, etc.
D.Respeto de la opinión del niño (artículo 12)
70.La Constitución del Camerún reconoce en su Preámbulo la libertad de opinión de todos los ciudadanos en los términos siguientes: se reconocen la libertad de comunicación, la libertad de expresión, la libertad de prensa, la libertad de reunión, la libertad de asociación, la libertad sindical y el derecho de huelga están en las condiciones establecidas por la ley.
71.El Camerún celebra todos los años el Día del Niño Africano, de manera que el Parlamento de los Niños permita a estos expresar sus opiniones sobre la educación, la salud, la lucha contra la corrupción, el fenómeno de los niños de la calle, etc.
72.Además, en aplicación de la Recomendación Nº 31 de D.3, se han creado 24 centros de información, educación y escucha en los establecimientos de enseñanza secundaria con ayuda del UNICEF en el marco del Programa de participación y desarrollo de la adolescencia. También se han multiplicado los clubes de salud en las escuelas primarias y secundarias para la lucha contra el VIH/SIDA; se han creado escuelas experimentales "Escuela amiga de los niños y las niñas" con miras a que ejerzan su derecho a la participación. Asimismo, se han creado gobiernos infantiles y ayuntamientos de niños y jóvenes en Duala, Yaundé, Ngaundéré y Bertua con el apoyo del UNICEF.
V.Libertades y derechos civiles
A.Nombre, nacionalidad y preservación de la identidad (artículos 7 y 8)
1.Constancia jurídica de los nacimientos
73.Además de la legislación vigente (Orden Nº 81/02), los anteproyectos de Código de las Personas y la Familia y del Código de Protección de la Infancia enuncian los trámites asociados a la inscripción de los nacimientos que serán obligatorios para los padres o para toda persona que tenga conocimiento de un nacimiento. Se ha sensibilizado a este respecto a los jefes tradicionales, religiosos y a otros líderes de opinión.
74.A propósito de las poblaciones marginales y desfavorecidas (bororos, pigmeos, mafa, pueblos de las bahías fronterizas), el Camerún, en colaboración con los asociados internacionales, promueve desde hace dos años el registro de los nacimientos. Esta actuación está orientada al pleno disfrute de los derechos civiles y a la escolarización de los niños de esos grupos marginales.
75.Para apoyar los esfuerzos del Gobierno, el UNICEF (Programa para la protección especial) ha establecido cerca de 300 centros de registro civil distribuidos por la provincia de Adamaua, donde la tasa de registro de los nacimientos sigue siendo la más baja. Las campañas de sensibilización organizadas con motivo del Día del Niño Africano en junio de 2003, cuyo tema era el registro de los nacimientos, se han traducido en la inscripción de más de 3.000 niños.
76.Por otro lado, se procura inscribir todos los nacimientos en el Registro Civil. A este respecto, está en marcha un proyecto para expedir partidas de nacimiento a los niños de las poblaciones marginales (bororo, baka, bakola – comúnmente llamados pigmeos en las provincias de Adamaua, del este y del noroeste), que cuenta con el apoyo del UNICEF y de la ONG Plan Cameroun.
77.Este proyecto pretende, merced a campañas de sensibilización y de movilización de personas y recursos, expedir más de 20.000 partidas de nacimiento en los lugares identificados entre 2000 y 2005.
2.Atribución de nombre
78.El artículo 8b del anteproyecto de Código de Protección de la Infancia, de acuerdo con lo previsto en los instrumentos internacionales ratificados por el Camerún, reconoce a todos los niños el derecho a identidad y a nacionalidad desde el nacimiento. Los elementos constitutivos de esta identidad son principalmente el nombre, la edad (fecha y lugar de nacimiento) y la filiación.
79.Esta norma se aplica ya antes incluso de su entrada en vigor, y todos los niños que viven en el Camerún llevan un nombre, con lo que se respeta su honor y dignidad.
3.Nacionalidad
80.La nacionalidad del niño se rige por una diversidad de textos. Sin embargo, el anteproyecto de Código de las Personas y la Familia supondrá la innovación más importante, ya que en él se considera camerunés:
Al nacido de padre o madre cameruneses;
Al menor adoptado por persona de nacionalidad camerunesa;
Al nacido en el Camerún (sin perjuicio de la nacionalidad extranjera de los padres);
Al hijo de padres desconocidos que se halle en el Camerún, salvo prueba en contrario.
81.Además, la persona que no tenga derecho a otra nacionalidad adquirirá válidamente la nacionalidad camerunesa por el mero hecho de haber nacido en territorio del Camerún.
4.Preservación de la identidad
82.El artículo 12 de la Orden Nº 81/02, de 29 de junio de 1981, que regula la organización del Registro Civil, dispone que "los documentos de estado civil indicarán la fecha de los hechos consignados, la fecha de expedición así como el apellido, el nombre, la profesión, el domicilio y la residencia de los interesados". Así pues, estos documentos contienen ciertos datos sobre la identidad de la persona.
83.Además de las disposiciones vigentes, diversas ONG de carácter internacional (Plan Cameroun, Cooperación Técnica Belga) y nacional ayudan al Gobierno del Camerún a facilitar el ejercicio de los derechos civiles por medio de campañas de expedición de documentos nacionales de identidad. De esta forma, 5.000 pigmeos de la provincia del este, obtuvieron el documento nacional de identidad gracias al Plan Cameroun.
B.Libertad de expresión, de pensamiento, de conciencia y de religión, de asociación y de reunión pacífica (artículos 13, 14 y 15)
84.El Estado es laico y las religiones ejercen libremente su actividad. Asimismo, están autorizadas la enseñanza religiosa y las obras sociales religiosas.
85.La Constitución garantiza la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión. En efecto, todos los ciudadanos son libres de profesar o no una religión, de tener el credo religioso de su elección y de propagar su doctrina o credo, a condición de respetar las demás religiones. El niño sigue la educación religiosa de sus padres.
C.Protección de la intimidad (artículo 16)
86.La Constitución reconoce y protege la intimidad de la vida privada de todos los ciudadanos. No obstante, el artículo 300 del Código Penal del Camerún, que castiga la violación de la correspondencia, da a los padres, al tutor o al responsable consuetudinario el derecho a abrir e incluso a destruir la correspondencia de sus hijos menores no emancipados.
87.El análisis comparativo de la legislación del Camerún sobre el niño con la Convención contiene propuestas para corregir esta infracción del artículo 16 de la Convención, pues, de un lado, establece una distinción en función de la edad del niño y, por otro, atiende a la naturaleza posible y el origen probable de la correspondencia, todo ello en el interés superior del niño.
D.Acceso a información apropiada
88.Se han observado algunos cambios en las actividades y los programas que tienen como objetivo ofrecer al niño una información apropiada. En materia de comunicación oral, se han multiplicado las estaciones de radio MF que difunden programas para niños y comentan disposiciones de la Constitución. En el año escolar 2004/05, la CRTV inició una serie de programas destinados a preparar a los niños que viven en las regiones aisladas, que, por lo general, carecen de maestros y de libros de textos apropiados, para los exámenes oficiales. También ofrece programas para y por los jóvenes, por ejemplo "juventud, hablemos de la". La prensa escrita ofrece también publicaciones especiales destinadas a los niños que exponen temas educativos, por ejemplo, "100% jeunes". Asimismo, la televisión emite anuncios y programas especiales destinados especialmente a los niños y a los adolescentes.
89.El único punto negro sigue siendo el uso anárquico de Internet por parte de los adolescentes y los jóvenes, que tienen acceso en la red a todo tipo de programas.
E.Derecho a no ser sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes (apartado a) del artículo 37)
90.Desde 2004, vienen organizándose periódicamente para el personal de las fuerzas armadas y de la policía, el personal penitenciario y los funcionarios de la administración de justicia, seminarios sobre derechos humanos.
91.Los diversos ministerios que se ocupan de la educación han elaborado diferentes módulos educativos sobre la lucha contra todas las formas de violencia, que se impartirán a partir del inicio del curso 2006. En ese mismo plano, se están realizando estudios sobre la violencia contra los niños.
92.No obstante, no se ha tomado ninguna medida específica hasta el momento en lo que concierne a la investigación, indemnización, rehabilitación y estructura de atención a los niños víctimas de tortura y malos tratos. Los casos señalados no han sido denunciados oficialmente, pero el Estado interviene siempre.
VI.Entorno familiar y otro tipo de tutela (artículo 5; 9 a 11; párrafos 1 y 2 del artículo 18; 19 a 21; 25; párrafo 4 del artículo 27; y 39)
A.Orientación y responsabilidad de los padres
93.Los anteproyectos de Código de las Personas y la Familia y de Código de Protección de la Infancia, ya en su fase final, reforzarán la legislación referente a la familia y la protección de los derechos del niño tanto en el ámbito de la propia familia como en el de la sociedad.
94.El Ministerio competente está elaborando diversos módulos sobre la educación en la vida familiar y en materia de población, y se impartirán a partir del inicio del curso 2006 para reforzar la formación sobre los derechos del niño.
B.Separación de los padres (artículo 9)
95.El preámbulo de la Constitución de 18 de enero de 1996 proclama que "el Estado protege y promueve la familia, base natural de la sociedad humana…". Además, la política social del Camerún se basa esencialmente en la protección de la familia. Toda persona tiene derecho a una familia y debe crecer en su seno.
96.En este sentido el artículo 8 del anteproyecto de Código de Protección de la Infancia dispone que, "de acuerdo con las disposiciones pertinentes de los instrumentos jurídicos internacionales ratificados por el Camerún, todo niño tiene derecho… a no ser separado contra su voluntad de sus padres y de su familia".
97.Fuera de la práctica tradicional del "pupilaje" que consiste, por razones de distinta índole y en interés del niño, en confiarle temporalmente a un pariente próximo, amigo o conocido, al niño camerunés solamente se le separa oficialmente de sus padres a título de pena o para colocarle en una institución de vigilancia o de reeducación.
98.Ambas medidas competen al juez, que actúa en aplicación de las disposiciones del Decreto de 1935 o del artículo 80 del Código Penal. Siempre se consulta al trabajador social.
99.En 2005 se dio un paso más dictándose normas sobre los casos nuevos de niños víctimas de la trata y, por lo tanto, separados sin razón válida de sus padres. En el futuro, los autores de estos actos serán severamente castigados, mientras que el Estado, con la ayuda de las organizaciones de la sociedad civil, se dispone a identificar, recoger y velar por la seguridad de esos niños en centros de acogida para luego proceder a su reintegración en la sociedad.
100.No obstante, será necesario contar con apoyos para crear y poner en funcionamiento estas nuevas instituciones.
C.Reunificación familiar, traslado y retención ilícitos (artículos 10 y 11)
101.El Camerún sigue siendo partidario de centrar la seguridad de todo niño en la familia. De ahí que, todas las políticas, programas y proyectos orientados a la protección especial del niño están concebidos para el mantenimiento o el retorno del niño al seno de su familia.
102.En este sentido, la Orden Nº 81/02 sobre el estado civil no solo contiene disposiciones sobre el reconocimiento sino también sobre la determinación de la paternidad y castiga con el pago de una pensión alimenticia toda forma de abandono del hijo por su progenitor.
103.Dentro del marco de su labor de asistencia a los individuos y a las familias, los centros sociales resuelven a diario conflictos conyugales y familiares. Velan así por la preservación de la unidad de las familias y el buen funcionamiento del sistema familiar. Esta acción es más intensa si cabe cuando hay hijos, pues su equilibrio psicoafectivo se resiente al desintegrarse la célula familiar.
104.Por otro lado, los anteproyectos de Código de las Personas y la Familia y de Código de Protección de la Infancia recogen el principio de igualdad en el plano sucesorio de todos los hijos cuya filiación esté legalmente establecida, con independencia de su condición de hijos legítimos o naturales.
105.Los traslados y/o retenciones ilícitas están severamente castigados. Así sucede con la trata y el tráfico, a propósito de los cuales se aprobó una ley específica en diciembre de 2005.
D.Pago de la pensión alimenticia del hijo
106.Como se ha indicado anteriormente, al progenitor que abandona a su familia o que pierde el proceso de divorcio se le condena generalmente al pago de la pensión alimenticia para la manutención de los hijos cuya custodia recae en el otro progenitor o en una institución especializada.
107.El desconocimiento de este mecanismo y del procedimiento para obtener el pago de la pensión representa el primer obstáculo para la eficacia de esta medida de protección del niño. Los servicios competentes del Estado y las organizaciones de la sociedad civil han acometido una labor de difusión en esta esfera. El Ministerio de Promoción de la Mujer y la Familia repite en un lenguaje simplificado e indicaciones prácticas, las guías de información jurídica sobre temas como el matrimonio, el divorcio, la pensión alimenticia, o el contrato laboral. Las responsables rurales, uno de los brazos de la acción de este Ministerio, han preparado sobre esta base módulos de animación, sensibilización y alfabetización funcional para las mujeres y las colectividades, con el fin de animar a las mujeres, víctimas principales del abandono familiar, a acudir ante la justicia.
108.La Association camerounaise des femmes juristes (Asociación Camerunesa de Mujeres Juristas) participa en esta misma acción, haciendo especial hincapié en las modalidades prácticas y el apoyo a la resolución de los casos pendientes. La iniciativa llega a las diez provincias del país.
109.Ahora bien, la pensión alimenticia en favor del hijo topa con dos obstáculos esenciales:
La cuantificación en proporción a las necesidades del hijo. Por lo general, esta es reducida y no cubre los gastos esenciales (alimentación, atención médica, vivienda, gastos escolares, etc.). Resulta aún más mísera cuando los hijos beneficiarios son muchos.
Los mecanismos de cobro. Si bien es relativamente fácil cobrar la pensión alimenticia de un progenitor asalariado, procediendo a embargar el sueldo de este, el proceso es más laborioso cuando el progenitor condenado al pago de la pensión alimenticia se desenvuelve en el medio rural. Según el mecanismo jurídico actual, debe procederse por la vía ejecutiva, pero, lamentablemente, las mujeres carecen en su mayoría de recursos para pagar los gastos de la ejecución.
E.Niños privados de su medio familiar (artículo 20)
1.El abandono de niños: un fenómeno nuevo
110.El abandono de niños es un fenómeno nuevo en el Camerún. Fruto de la sexualidad descontrolada de los adolescentes, de la irresponsabilidad de los padres y de la pobreza en un contexto de deterioro de los vínculos de solidaridad ancestrales, este problema se ha acrecentado durante estos últimos tiempos con el azote del VIH/SIDA y los nuevos fenómenos de tráfico y trata de niños.
111.Solamente a causa del VIH/SIDA y de su estigmatización, cerca de 300.000 huérfanos y niños vulnerables corren el riesgo de encontrarse sin amparo, fuera del medio familiar.
112.Los poderes públicos, con el respaldo de los asociados para el desarrollo (el Fondo Mundial y Bi-Multi), se esfuerzan por aportar soluciones al problema. Cuentan con la ayuda de las organizaciones de la sociedad civil.
113.De todos modos, las acciones actuales se concentran en la identificación y el acceso de estos niños a los servicios sociales básicos. No obstante, debe garantizarse la seguridad física de los niños afectados y su inserción debería estar prevista con mecanismos adecuados.
114.Asimismo, se prevé hacer un esfuerzo para crear centros de acogida para niños en dificultades como los de Yaundé y Garoua, centros de alojamiento y otros. En este sentido, el apoyo financiero será determinante. Además, está previsto regular la condición de "niño de la asistencia pública", a fin de determinar los requisitos que deben cumplirse para la adopción plena.
2.Medidas de sustitución
115.En la actualidad, existen en el Camerún dos tipos de medidas de sustitución. Se trata de la sustitución provisional y de la sustitución definitiva.
a)La sustitución provisional
116.Por lo general, se produce como consecuencia de una situación especialmente difícil de un niño cuya seguridad física requiere una intervención urgente. En ese caso, y según el Decreto Nº 109 de 20 de marzo de 2001, el Delegado del Ministerio de Asuntos Sociales, a instancia del responsable de un centro de acogida para niños en dificultades o cualquier otra persona interesada, ordena el ingreso provisional del niño en el centro apropiado. Este centro sustituye entonces a los padres del niño mientras no se les localice.
117.A pesar de que ya es operacional en las ciudades de Yaundé y Garoua, la aplicación de esta medida al conjunto del país pasa por el establecimiento de instituciones apropiadas en todo el territorio nacional. La modestia del presupuesto del Ministerio de Asuntos Sociales es el obstáculo principal para atender esta necesidad que, no obstante, se deja sentir en las ciudades de Douala, Bafoussam, Maroua y Bertoua, por citar solamente las principales.
118.Es también importante que esta medida, que por el momento beneficia únicamente a los niños de corta edad y a los niños de la calle de Yaundé, incluya igualmente a los niños víctimas de la trata, del tráfico, de abusos y de diferentes tipos de explotación y pueda ofrecer alternativas al encarcelamiento de los niños que transgreden la ley.
b)La sustitución definitiva (Adopción, artículo 21)
119.La adopción es la forma de sustitución definitiva practicada en el Camerún. Esencialmente, tiene como finalidad resolver un doble drama social: el de una persona o familia que no han podido procrear y el de un niño que se encuentra sin padres.
120.En la actualidad, la adopción se rige por un arsenal jurídico consistente en textos internacionales y nacionales. Reviste dos formas: la adopción simple (de común acuerdo) y la adopción plena (legitimación adoptiva). Para llegar a una armonización y a una actualización de este marco jurídico, el Camerún ha incluido la adopción entre las materias principales que ha de regular el anteproyecto de Código de Protección de la Infancia. Dicho texto contempla asimismo la adopción interna y la adopción internacional.
121.En este sentido, ha dado comienzo el trámite parlamentario para la ratificación del Convenio de La Haya sobre la Protección de los Niños y la Cooperación en materia de Adopción Internacional de 1993.
F.Examen periódico de las condiciones de acogida (artículo 25)
122.Según el Decreto Nº 110/PM, de 20 de marzo de 2001, sobre la organización y el funcionamiento de las instituciones públicas de acogida de los menores y de reeducación de los menores inadaptados sociales y/o delincuentes, la acogida institucional es objeto de un examen periódico. Este se lleva a cabo en el marco de reuniones pedagógicas, consejos de caso o consejos de centro y tiene por finalidad evaluar la evolución del caso para reorientar la actuación o dar por acabada la estancia del niño en la institución.
123.En cuanto a los exámenes médicos, son sistemáticos a la entrada y en caso de epidemia, pero se efectúan luego individualmente según el problema médico que presente el niño.
G.Abandono o negligencia (artículo 19), incluida la recuperación física y la reinserción social (artículo 39)
124.Además de aplicar la recomendación que figura en el apartado a) del párrafo 41 de las observaciones finales del Comité, el Camerún ha llevado a cabo, con el apoyo del UNICEF y de la OIT, diversos estudios sobre la explotación sexual de los niños, la presencia de los niños en el sector informal de la economía y la trata de niños.
125.Estos estudios exploratorios han confirmado la existencia en el Camerún de estas formas de violencia contra los niños. Para abordar el problema se han elaborado planes de acción nacionales que giran alrededor de la prevención, la colocación y la reinserción. También está previsto llevar a cabo estudios complementarios para evaluar su alcance y delimitar las zonas donde esta situación es más frecuente.
126.Entretanto, un taller celebrado en Bandjoun en diciembre de 2005 ha permitido elaborar un código de conducta de los trabajadores en la esfera de la protección especial del niño, así como guías de prevención de la explotación sexual del niño, destinadas al menor (saber para protegerse), a los padres (saber para proteger) y a los educadores (saber para prevenir).
VII.Salud y bienestar (artículo 6; 18, párrafos 3; 23 y 24; 26; 27, párrafos 1 a 3)
A.Niños con discapacidad (artículo 23)
1.Atención social
127.No hay estadísticas fiables sobre el número exacto de niños con discapacidad en el Camerún. Sin embargo, en el censo general de población de 2005 se incluyó la mención "discapacidad", y sus resultados permitirán disponer de datos pertinentes sobre la situación actual de esos niños. En cualquier caso, en las comunidades se realizan campañas de sensibilización sobre el problema de la discapacidad, y desde 2001 la evolución de la situación de los niños con discapacidad se caracteriza por:
La revisión, en fase ya muy avanzada, de la Ley de protección de las personas con discapacidad.
La celebración de sendas reuniones del Comité Nacional de Rehabilitación para Personas con Discapacidad en 2002, 2003 y 2005.
La celebración en 2004 del Congreso de la Unión Mundial de Ciegos en Yaundé.
La concesión de ayudas escolares y material móvil a los alumnos con discapacidad.
La firma, en julio de 2004, del acuerdo de asociación con la ONG italiana AIAS di Afragola.
La inauguración en 2003 del Centro de Niños Ciegos Rehabilitados del Camerún.
Ultimación del plan de acción que debe servir de base para el convenio de asociación entre el Camerún y la ONG internacional Emmaüs Suisse (ALES).
La auditoría del Centro Nacional de Rehabilitación para Personas con Discapacidad de Yaundé y del Instituto de Rehabilitación para ciegosde Buéa, entre otros.
La concesión de permisos de establecimiento y subvenciones a la actividad de los promotores privados de instituciones de educación especial.
Las ayudas a la educación especial para jóvenes cameruneses matriculados en instituciones nacionales o extranjeras. Estas ayudas sirven generalmente para sufragar los gastos de escolaridad y adquirir material apropiado.
128.En la realización de estas iniciativas se plantean una serie de dificultades entre las que cabe destacar:
La escasez de medios del Estado, que impide atender las innumerables necesidades de los niños con discapacidad;
La falta tanto cualitativa como cuantitativa de instituciones especializadas y de personal de supervisión.
2.Atención sanitaria de los niños con discapacidad
129.La atención sanitaria de los niños con discapacidad se intensificará con la inminente construcción de un Centro Nacional de Rehabilitación para Personas con Discapacidad en Maroua y la formación de personal especializado en el marco de la cooperación con la organización no gubernamental AIAS di Afragola.
130.Además está previsto que en Garoua se construya un centro de fabricación de prótesis y de aparatos de ortopedia con el apoyo de una organización internacional no gubernamental.
131.Estas instituciones descongestionarán el Centro Nacional de Rehabilitación para Personas con Discapacidad de Yaundé.
132.En cuanto a la formación de personal especializado, el proyecto de modernización del ENNAS que, entre otras cosas, tiene por objeto formar a los especialistas que intervienen en los diferentes ámbitos del servicio social, resolverá en un plazo razonable la necesidad de contar con personal especializado.
133.El Camerún continúa celebrando todos los años, junto con la comunidad internacional, el Día Internacional de las Personas con Discapacidad, que brinda la oportunidad de concienciar a la opinión pública sobre los derechos fundamentales de las personas con discapacidad, en particular de los niños con discapacidad.
B.Salud y servicios médicos (artículo 24)
1.Oferta sanitaria
134.Las autoridades camerunesas, a través del Ministerio de Salud Pública, han intensificado los programas de atención primaria de salud mediante el acercamiento de las instituciones de salud a las poblaciones beneficiarias (Distritos de salud y centros integrados de salud).
135.Gracias a los esfuerzos desplegados en esa esfera, ese sector disponía en 2005 de 2.521 unidades sanitarias en 267 hospitales de todas las categorías y 2.254 centros de salud repartidos por todo el país. En los próximos cinco años se prevé que se construyan 1.000 nuevos centros de salud, incluidos los 150 ya previstos para este año. A pesar de la grave escasez de personal en el sector, que se debe en particular a la congelación de la contratación en la administración pública, la proporción en este ámbito es del orden de aproximadamente un médico por 10.000 habitantes y un enfermero por cada 2.000. En 2002 y 2003 se contrató excepcionalmente a 1.800 personas, es decir, 148 médicos y asimilados y 1.652 profesionales de la salud.
136.En el marco de la estrategia sectorial del Ministerio de Salud Pública se elaboran programas de lucha contra las enfermedades (Programa ampliado de inmunización, Programa de lucha contra el paludismo, Programa de lucha contra la tuberculosis, Programa de lucha contra el SIDA, etc.) con la creación de secretarías permanentes.
137.El acceso al agua potable y a un saneamiento adecuado son algunos de los compromisos que, en el marco de la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social celebrada en Copenhague en 1995, se incluyeron entre las necesidades básicas y esenciales para una vida sana. Sin embargo, la mayoría de las personas que viven en la pobreza extrema o en las zonas rurales en general se contentan con tener aguas superficiales, a menudo insalubres (ríos, manantiales o pozos).
138.Por consiguiente, se han articulado tres programas para garantizar el acceso de la población al agua potable:
La intensificación de la construcción de infraestructuras de acceso al agua potable;
El establecimiento de mecanismos de gestión de las infraestructuras por parte de las poblaciones usuarias;
El fortalecimiento de los mecanismos de control de la calidad del agua destinada al consumo.
139.Cabe señalar que la proporción de hogares con acceso al agua potable pasó del 51% en 2001 al 63% en 2004.
2.Salud de la madre y del niño
140.La atención de la salud y el bienestar del niño continúa siendo motivo de preocupación entre los poderes públicos del Camerún. Se han realizado progresos en esa esfera aunque se siguen planteando importantes retos en lo que se refiere a: el elevado índice de mortalidad de los recién nacidos y los niños menores de 5 años, el elevado porcentaje de madres que mueren durante el parto, la pandemia del SIDA, el paludismo, la tuberculosis y la poliomielitis, que contribuyen a poner seriamente en peligro la supervivencia y el desarrollo del niño.
a)Salud del niño
141.Se continúa aplicando la Estrategia de atención integrada de las enfermedades del niño con el objetivo de reducir la morbilidad y la mortalidad causadas por las enfermedades infantiles comunes, incluidas las infecciones respiratorias agudas, las enfermedades diarreicas, el paludismo y la desnutrición.
142.La cobertura de inmunización ha mejorado gracias al fortalecimiento de la capacidad de acción del Programa ampliado de inmunización y al hecho de que desde 2003 las vacunas y jeringas son gratuitas en los centros sanitarios.
143.En concreto, cabe señalar:
Un aumento de la tasa de vacunación contra el sarampión, la parotiditis y la rubéola que pasó del 43% en 2001 al 72% en diciembre de 2004.
La reducción del 90% de la morbilidad y del 98% de la mortalidad causadas por el sarampión.
El avance notable hacia el logro del objetivo mundial de erradicación de la poliomielitis. De hecho, en el Camerún no se ha registrado ningún caso de virus salvaje de la poliomielitis desde 1999, y en 2002 se pudo alcanzar el nivel necesario para obtener la certificación previa de la erradicación, ya que en los tres últimos años consecutivos no se había tenido conocimiento de ningún caso de poliomielitis. Lamentablemente, este proceso se vio drásticamente interrumpido en 2003 al registrarse dos casos del poliovirus salvaje importados de un país vecino. Este rebrote se mantuvo en 2004, año en el que se registraron 13 nuevos casos. Sin embargo, se siguen desplegando e intensificando esfuerzos para lograr el objetivo de la erradicación.
144.Por otro lado, en el Programa ampliado de inmunización se han introducido nuevos antígenos contra la hepatitis B y la fiebre amarilla.
145.En la esfera de la nutrición se acaba de adoptar un programa nacional, cuya aplicación permitirá mejorar el estado nutricional de los niños. Periódicamente se proporciona un suplemento de vitamina A a los niños de entre 6 y 59 meses. El Camerún ha realizado importantes avances en la eliminación de los trastornos causados por la carencia de yodo al adoptar el programa universal de yodación de la sal de cocina, gracias a lo cual esos trastornos han dejado de ser un problema de salud pública y los niños están protegidos. De hecho, más del 90% de los hogares ya consumen sal yodada y la prevalencia del bocio ha disminuido drásticamente.
146.Se registró una leve mejora en la tasa de mortalidad de los niños menores de 5 años. De 150,7 por 1.000 nacidos vivos en 1998 se pasó a 142,0‰ en 2004. Del mismo modo, la tasa de mortalidad de los niños menores de 1 año pasó de 77,0 por 1.000 nacidos vivos a 74,0‰ durante el mismo período.
b)Salud de la madre
147.La salud de la madre es una de las esferas prioritarias de acción del sector de la salud. La ejecución del programa nacional de salud reproductiva, recientemente adoptado, y la puesta en práctica de los cuidados de atención obstétrica y neonatal de urgencia en algunos establecimientos sanitarios de salud pueden contribuir considerablemente a mejorar la salud de este grupo concreto.
148.En particular, la proporción de partos atendidos por personal médico calificado ha mejorado, pasando del 54,3% en 1998 al 59,0% en 2004, al igual que el porcentaje de mujeres que acudieron a consultas prenatales, que pasó del 78,8% en 1998 al 83,3% en 2004. Aunque la tasa de mortalidad materna continúa siendo elevada cabe señalar que se dispone de una gran capacidad de mejora del seguimiento de las mujeres embarazadas y después del parto.
Cuadro 1
Evolución de los indicadores de salud maternoinfantil
|
Indicador |
1991 |
1998 |
2004 |
|
Mortalidad materna |
430* |
669* |
|
|
Probabilidad de fallecimiento, por cada 100.000 nacidos vivos |
- |
(1989-1998) |
(1995-2004) |
|
Visita prenatal |
78,8% |
78,8% |
83,3% |
|
Parto en un centro de salud |
62,4% |
54,3% |
59% |
|
Utilización de métodos anticonceptivos modernos |
4,2% |
7,1% |
12,5% |
|
Mortalidad infantil |
|||
|
Probabilidad de morir antes de cumplir 1 año, por cada 1.000 nacidos vivos |
65 |
77 |
74 |
|
Mortalidad de menores de 5 años |
|||
|
Probabilidad de morir antes de cumplir 5 años, por cada 1.000 nacidos vivos |
126,3 |
150,7 |
142 |
|
Desnutrición crónica |
24,4% |
29,3% |
31,7% |
|
Desnutrición aguda |
43% |
6% |
5% |
* El método utilizado permite apreciar la situación entre 0 y 9 años antes de la encuesta.
Fuente : Encuestas demográficas y de salud de 1991, 1998 y 2004.
c)Mutilación genital femenina
149.En lo que se refiere a la preocupación del Comité por la mutilación genital femenina (MGF), se observa que la práctica ha disminuido considerablemente en las zonas tradicionales (las provincias del extremo norte, este y sudoccidental). En 1998 el Camerún elaboró y puso en marcha un Plan estratégico de lucha contra la mutilación genital femenina, que abarca tres esferas:
a)La prevención por medio de la sensibilización de las mujeres que practican la mutilación genital femenina en lo que respecta a la violación de los derechos de sus víctimas y el atentado a su integridad física, así como de la sensibilización de las autoridades tradicionales y religiosas en seminarios organizados para ellas.
b)El trato dispensado a las víctimas en forma de apoyo psicosocial, a los autores, a través del apoyo financiero o material para que se ganen la vida de otra forma, ya que la mutilación genital femenina representa una fuente de ingresos para quienes la practican.
c)El castigo de quienes practican la mutilación genital femenina. En ese contexto, el Ministerio de Justicia propuso que se castigara en el Código Penal la práctica de la mutilación genital femenina, cosa que todavía no se ha hecho.
3.Programa nacional de lucha contra el SIDA
150.En el Camerún, el VIH/SIDA se considera un problema de desarrollo. Por ese motivo, la lucha contra esta pandemia es una de las prioridades del Documento de estrategia de lucha contra la pobreza (DELP).
151.En este contexto, el Gobierno ha puesto en marcha un plan estratégico nacional de lucha multisectorial 2000-2005.
152.Entre 2001 y 2004, el Camerún ha realizado importantes progresos tanto en el acceso al tratamiento como en la intensificación de la prevención de nuevas infecciones con el fin de invertir el curso de la epidemia.
153.Se están desplegando esfuerzos concretos en materia de lucha contra el SIDA y las enfermedades infantiles (paludismo, diarrea, malnutrición).
154.Además, esas iniciativas se han ido reforzando gracias al desarrollo de estrategias en los sectores conexos. En este contexto, cabe mencionar:
a)El examen del Plan sectorial (asuntos sociales, educación, etc.) de lucha contra el VIH/SIDA;
b)La elaboración y ejecución de los proyectos "Bi-Multi", del componente "huérfanos y niños vulnerables" del Fondo Mundial de lucha contra el paludismo, la tuberculosis y el VIH/SIDA, la Iniciativa "Hope for African Children", la Iniciativa de Sociedad Abierta para África Occidental (OSIWA) cuyos componentes son:
i)La lucha contra la estigmatización y la lucha por el reconocimiento de los derechos de los huérfanos a causa del VIH/SIDA;
ii)El fortalecimiento de la capacidad de las comunidades y las instituciones locales de apoyo al cuidado de los huérfanos y los niños vulnerables;
iii)La mejora del acceso de los huérfanos y los niños vulnerables en el contexto del VIH/SIDA a los servicios sociales básicos (salud, educación y nutrición);
iv)La capitalización de los resultados con miras a elaborar una estrategia global para la protección de los niños huérfanos a causa del VIH/SIDA.
155.Entre 2003 y 2005, el Fondo Mundial atendió a unos 20.000 huérfanos y niños vulnerables, la Iniciativa "Hope for African Children" y las sinergias africanas ofrecieron ayuda a 1.000 huérfanos y niños vulnerables, y el proyecto "Bi-Multi", a 3.200 huérfanos y niños vulnerables.
156.De cara al futuro, la fase Nº 4 del Plan nacional de lucha contra el SIDA para 2006-2010 tiene el objetivo de atender al 75% de los 122.000 huérfanos y niños vulnerables del Camerún.
157.Los niños participan en cierta medida en la elaboración y aplicación de políticas y programas preventivos, en particular en las fases de análisis de la situación y de recopilación de datos a través de redes de asociaciones de niños y de algunas ONG. A dicho efecto, el proyecto "Bi-Multi" prevé la integración de los niños en el comité directivo.
a)Situación de la pandemia en el Camerún
158.Se calcula que frente al 11,8% registrado en 2001, la seropositividad de la población en general tuvo una tasa de prevalencia del 5,5% en 2004: el 6,8% correspondía a las mujeres y el 4,1% a los hombres. El modo de transmisión a través de la actividad heterosexual sin protección sigue siendo el más habitual, pero la transmisión del VIH de madre a hijo es motivo de preocupación. De hecho, se calculó que el número de infecciones pediátricas era de 69.000 casos a finales de 2001 y de 43.000 a finales de 2003 (ONUSIDA, 2003). Según las estimaciones del ONUSIDA, en 2005 el número de personas que vivían con el VIH/SIDA era de 470.000 adultos (15 años) y 35.000 niños (0 a 14 años). Según la misma fuente, el número de muertes acumuladas por VIH/SIDA desde el comienzo de la epidemia sería de 48.700, de las cuales 40.000 de adultos y 8.700, de niños. Por otra parte, en 2005 en el Camerún había 122.670 huérfanos a causa del SIDA.
159.Los grupos de riesgo son principalmente las prostitutas, los colectivos uniformados, los policías y asimilados, los camioneros, los prisioneros, los jóvenes y los niños.
Cuadro 2
Estadísticas de base sobre el impacto del VIH/SIDA en el Camerún en 2005
|
Número de personas que viven con el VIH |
Año 2005 |
|
Hombres |
183 300 |
|
Mujeres |
286 700 |
|
Niños |
35 000 |
|
Total |
505 000 |
|
Número de personas que viven con el VIH y necesitan terapia |
75 750 |
|
Número de huérfanos |
122 670 |
b)Estrategia de lucha
160.La lucha contra el SIDA incluye varios aspectos que se detallan en los párrafos siguientes.
i)Prevención
161.Es la estrategia principal. El componente esencial que inicialmente se denominaba información-educación-comunicación (IEC) en la actualidad se conoce por "Comunicación para el cambio de comportamiento" (CCC) y consiste en sensibilizar a la población en general y a los grupos de riesgo particular sobre:
Los modos de transmisión.
Los medios de prevención basados en el comportamiento sexual responsable y la utilización de material médico de un solo uso o esterilizado.
La seguridad del suministro de sangre, que consiste en reducir al máximo las transfusiones sanguíneas y a prescribirlas sólo en los casos indicados, después de haber examinado previamente la sangre que se destinará a las transfusiones. A dicho efecto, una red de laboratorios equipados con material serológico cubrirá todos los distritos de salud. Se ha elaborado una guía sobre la transfusión de sangre.
Las pruebas de detección voluntarias y gratuitas.
La prevención de la transmisión del VIH/SIDA de la madre al niño.
162.En cuanto a este último punto, se ha adoptado un enfoque que pretende ser integral y sistemático. El número de mujeres que utilizan este servicio aumenta constantemente y el promedio de aceptación para someterse a las pruebas de detección es de casi el 63% de las mujeres encuestadas. La nevirapina se proporciona gratuitamente a las mujeres seropositivas y a sus hijos recién nacidos.
ii)Atención eficaz de enfermos, huérfanos, padres y personas seropositivas
163.Inicialmente hubo problemas en este ámbito debido al costo exorbitante de los antirretrovirales (300.000 francos CFA). Hoy en día, la opción escogida por el Gobierno es el acceso universal al tratamiento. Así, desde 2003, el Gobierno se comprometió a subvencionar los antirretrovirales, lo que provocó la reducción drástica de los costos (15.000 francos CFA) y en 2004 esa cantidad se volvió a revisar a la baja (7.000 y 3.000 francos CFA según el protocolo). El tratamiento es gratuito para niños de 0 a 15 años.
iii)Vigilancia epidemiológica
164.Además de la vigilancia epidemiológica rutinaria, la vigilancia preventiva sigue siendo la principal fuente de información.
165.Diferentes encuestas y estudios permiten disponer de información puntual sobre la pandemia.
166.La vigilancia preventiva se centra en las mujeres embarazadas.
iv)Investigación
167.Se basa en:
Las formas virales;
La vacuna;
El tratamiento en colaboración con los curanderos tradicionales.
168.La creciente exposición a la enfermedad de determinados grupos socioprofesionales ha permitido identificar cinco grandes grupos de riesgo en el Camerún:
Las prostitutas;
Los militares, policías y asimilados;
Los camioneros;
Los prisioneros;
Los jóvenes, incluidas las niñas, cuya tasa de prevalencia es más elevada.
169.Con el fin de ofrecer una atención global a las comunidades en el marco del programa, la lucha contra las infecciones de transmisión sexual y el VIH/SIDA es uno de los componentes del conjunto mínimo de actividades de los establecimientos sanitarios. El componente información-educación-comunicación (IEC) también concede importancia a esta lucha.
170.En lo que respecta a la seropositividad tratada en establecimientos sanitarios, se establecen los siguientes principios:
Utilización de métodos anticonceptivos;
Consultas prenatales periódicas de las embarazadas hasta el momento del parto y consultas postnatales estrictas;
Seguimiento periódico del niño desde el nacimiento: atención global y pruebas sucesivas.
171.En algunos casos aislados se ha observado una negativización de la seropositividad debido a la seroconversión espontánea y natural.
v)Lucha contra las infecciones de transmisión sexual
172.Esta lucha abarca tres grandes puntos:
La consulta en un establecimiento sanitario desde que aparecen los primeros signos para evitar la automedicación;
El uso de algoritmos que permiten que el personal atienda fácilmente a los pacientes de infecciones de transmisión sexual;
La promoción, mediante la información-educación-comunicación (IEC), de comportamientos sexuales responsables.
173.Hasta 1997 el Programa nacional de lucha contra el SIDA ha funcionado exclusivamente con financiación externa. Desde el ejercicio económico 1998-1999 un plan de acción quinquenal, financiado con cargo al presupuesto del Estado, ha venido a sumarse a la acción de los donantes.
4.Lucha contra el paludismo y la tuberculosis
a)Paludismo
174.Esta enfermedad causa estragos de forma endémica en el Camerún: es el motivo de consulta del 45% de los pacientes que acuden a establecimientos sanitarios y la causa del 35% de la mortalidad entre los niños menores de 5 años.
175.En la Cumbre de Abuja (Nigeria), celebrada el 25 de abril de 2000, los Jefes de Estado y de Gobierno de 46 países de África se comprometieron a adoptar las medidas adecuadas para reducir la incidencia del paludismo en un 50% al final de 2010. En respuesta a este compromiso regional, el Gobierno se embarcó en un proceso de reforma de la lucha contra el paludismo. De esta forma, se adoptó un plan estratégico nacional de lucha contra el paludismo para el período comprendido entre 2002 y 2006. En su ejecución se insiste en la prevención mediante el empleo de mosquiteros impregnados. Los dos grupos más vulnerables a esta enfermedad, a saber las embarazadas y los niños menores de 5 años, reciben una atención especial en el contexto de la aplicación de esta estrategia. Los mosquiteros impregnados se proporcionan gratuitamente.
176.Para las mujeres embarazadas se adquirieron 610.000 mosquiteros, de los cuales se distribuyeron aproximadamente 250.000. Para 2005 se han adquirido 800.000 mosquiteros más.
177.Para los niños menores de 5 años se adquirieron 150.000 mosquiteros, de los cuales se distribuyeron 40.000. Para 2005 se han adquirido 1.100.000 mosquiteros más.
178.Con el fin de mejorar el acceso del resto de la población a los mosquiteros impregnados se rebajó el precio de venta de 5.000 francos CFA (9 dólares) a 3.500 francos CFA (6 dólares) en 2004.
b)Tuberculosis
179.En los últimos años ha habido un rebrote de tuberculosis debido a la precariedad en la que vive una gran parte de la población, pero también debido a la expansión de la pandemia del VIH/SIDA, de la que sigue siendo la primera infección oportunista. El programa nacional de lucha contra la tuberculosis cuenta con 173 centros de diagnóstico y tratamiento repartidos por todo el país.
180.Después de haber reducido el costo del tratamiento de esta enfermedad a 5.000 francos CFA en 1997, desde el 1º de octubre de 2004 el Gobierno decidió administrar el tratamiento de forma gratuita.
5.Poblaciones desfavorecidas
181.En lo que respecta a los niños de las poblaciones marginales, la mayoría de los programas elaborados para ellos se ejecutan sobre el terreno con el apoyo institucional de los organismos del sistema de las Naciones Unidas, la cooperación bilateral y ONG internacionales y nacionales.
C.Seguridad social y centros de acogida de niños (artículos 26 y 18, párrafo 3)
182.En virtud del artículo 26 de la Convención, el niño debe gozar de todos los beneficios de la seguridad social.
183.En el Camerún, la seguridad está administrada por:
a)La Caja Nacional de Previsión Social (CNPS) en el caso de los trabajadores que se rigen por el Código de Trabajo, es decir, trabajadores de empresas privadas y semipúblicas;
b)El Ministerio de la Función Pública y la Reforma Administrativa y el Ministerio de Economía y Finanzas, así como cada Ministerio en lo que concierne a los funcionarios propios y el personal no inscrito en plantilla.
184.Se observa, pues, que el derecho a las prestaciones de seguridad social sigue abierto principalmente a los trabajadores asalariados y, en segundo término, a sus hijos o a quienes están habitualmente a su cargo.
1.Marco normativo
185.No se ha registrado ningún cambio importante desde 2001. La seguridad social a nivel de la CNPS y la función pública sigue articulada en torno a los mismos mecanismos (leyes y reglamentos) e incluso a este nivel continúan planteándose problemas en relación con:
La complejidad de los procedimientos;
La debilidad estructural e institucional;
La complejidad del sistema;
Las disparidades en los dos regímenes mencionados;
La falta de informatización de las prestaciones;
La actualización discontinua del banco de datos;
Los atrasos de las contribuciones debidos a las dificultades económicas que enfrentan las empresas privadas y el Estado con respecto al personal acogido al Código de Trabajo;
La acumulación de atrasos en las prestaciones en favor de los beneficiarios de la CNPS a causa de los retrasos en el pago de las cuotas y la disminución consiguiente de recursos financieros, así como por efecto de la reducción del número de asalariados;
La limitación de los beneficiarios de la seguridad social: se excluye a los hijos de los trabajadores por cuenta propia, trabajadores del sector informal, agricultores independientes y desempleados;
La modestia de las prestaciones, que se sitúa a niveles puramente simbólicos;
La limitación de los ámbitos de aplicación de la seguridad social: no incluye la enfermedad ni el desempleo;
Los efectos adversos de la crisis económica.
2.Perspectivas
186.Se estudia actualmente la reorganización de la CNPS y la reforma de la seguridad social en el Camerún.
187.Del examen de los distintos indicadores se desprende que el acceso de los niños a las prestaciones sociales merece una atención especial por parte de los poderes públicos.
188.Habida cuenta de que el acceso de los niños a las prestaciones sociales está ligado al de sus padres, toda mejora en este campo pasa necesariamente por el derecho de los padres.
189.El Gobierno fomenta la creación de mutuas sanitarias para subsanar la inexistencia de un seguro general de enfermedad en el Camerún.
D.Nivel de vida
190.Las estrategias elaboradas en el Documento de estrategia de lucha contra la pobreza hacen hincapié en el desarrollo y la protección de la primera infancia mediante una educación preescolar adecuada, las iniciativas en favor de las comunidades y el fomento de la capacidad de los individuos y las familias.
191.A dicho efecto, el Gobierno continúa velando por:
a)El aumento de las instituciones de supervisión, en particular en las zonas rurales;
b)La participación de los colectivos locales, ONG, comunidades y familias en la financiación de la educación preescolar;
c)La diversificación de los centros de acogida con programas integrados y flexibles;
d)La formación del personal de supervisión;
e)El seguimiento y la supervisión eficaz del funcionamiento de los centros de preescolar.
192.En el marco del programa de cooperación entre el Camerún y UNICEF para 2003-2007 se elabora un documento marco de política nacional para el desarrollo integrado del niño en la primera infancia.
193.En lo que respecta a las obras sociales privadas, se está revisando el Decreto Nº 77/495, de 7 de diciembre de 1977, por el que se establecen los requisitos de funcionamiento y establecimiento. Se está elaborando un proyecto de texto que tratará de la colaboración con las asociaciones y ONG. Mientras tanto, el Ministerio de Asuntos Sociales firma con las instituciones mencionadas acuerdos de asociación que definen las responsabilidades de ambas partes y conceden un derecho de control al Ministerio de Asuntos Sociales.
VIII.Educación, esparcimiento, actividades recreativas y socioculturales
A.Educación, incluidas la formación y orientación profesionales (artículos 28 y 29)
194.Las leyes y reglamentos que regulan la educación son en gran medida conformes a la Convención. El Camerún reconoce el derecho de todo ciudadano a la educación y la instrucción sin discriminación. Asimismo, las medidas adoptadas por los poderes públicos para garantizar a todos la igualdad de oportunidades de acceso a la educación siguen en vigor, porque la tasa bruta de escolarización de las niñas es del 71%, y la de los niños del 81%. Una de las medidas emprendidas en este sentido es la iniciación por el Ministerio de Educación Nacional de una campaña para acelerar la educación de las niñas y la elaboración de un documento de estrategia, que se deberá aplicar.
195.El Ministerio de Asuntos Sociales se encarga de la asignación de plazas escolares y concede ayudas escolares a los niños desfavorecidos o procedentes de familias sin recursos. Los niños con discapacidad o nacidos de padres discapacitados gozan de las mismas ayudas, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 83/013, de 21 de julio de 1983, sobre la protección de las personas discapacitadas y el Decreto Nº 90/116, de 28 de septiembre de 1990, en el que se establecen las modalidades de aplicación de dicha ley, que sigue vigente.
196.Asimismo, el Estado camerunés se ha dedicado a fortalecer los servicios de atención a la infancia mediante:
a)La creación en 2002 de una Secretaría de Estado para la Juventud en el Ministerio de Juventud y Deportes y, en 2004, de un Ministerio de la Juventud;
b)La elaboración, todavía en curso, de un documento marco de política nacional de desarrollo integral del niño pequeño en el contexto del Programa de cooperación entre el Camerún y el UNICEF para 2003-2007; y
c)La prestación de servicios básicos a los establecimientos públicos de enseñanza primaria.
197.Para llevar a cabo esta labor, el Camerún cuenta tanto con recursos internos como con fondos procedentes de la cooperación internacional.
a)Recursos internos. Engloba, por una parte, el presupuesto del Estado, que, a causa de la reactivación económica, consigna cada vez más medios a los sectores sociales (contribuyen a este aumento las prestaciones previstas en el marco de la aplicación del documento de estrategia de lucha contra la pobreza, los fondos de la iniciativa PPME, las subvenciones y las exenciones aduaneras) y, por otra, las contribuciones de las ONG nacionales.
b)Cooperación internacional. Se refiere a las contribuciones de los organismos del sistema de Naciones Unidas y organismos multilaterales y bilaterales de cooperación, así como a las de ONG internacionales, a través de programas y proyectos de financiación conjunta.
1.Oferta educativa
198.La oferta educativa ha mejorado claramente debido al aumento del número de aulas y maestros. A título ilustrativo, en el marco de la cooperación entre el Camerún y el Japón, se han construido y puesto en funcionamiento numerosas escuelas primarias.
199.Por lo que respecta a la enseñanza preescolar y primaria, en el período 2002/03, funcionaban 3.562 centros, lo que permitía acoger a 138.716 alumnos en preescolar y 2.798.523 en primaria.
200.La tasa bruta de escolarización en los niveles de preescolar y primaria han mejorado de manera constante entre 1997/98 y 2002/03, y pasaron de 10,5 y 83,4 a 13,5 y 105,4, respectivamente (véase el cuadro 3.2 – tasa bruta de escolarización TBS2 P57).
2.Mejora de la calidad de la educación
201.El Decreto N° 2001/041, de 19 de abril de 2001, versa sobre la organización de los consejos de las escuelas de enseñanza primaria y preescolar y los consejos de los establecimientos de enseñanza secundaria postprimaria y normal. Se trata de órganos encargados de supervisar la junta deliberante y de controlar y evaluar el funcionamiento de la escuela o establecimiento.
202.En cuanto a la mejora de la calidad de la educación, el Estado ha emprendido reformas destinadas a armonizar el sistema educativo. Los programas reflejan nuevos métodos pedagógicos centrados en los niños y en ofrecer una educación de calidad a cada uno. Asimismo, la puesta en marcha de proyectos innovadores que fomenten el desarrollo de los niños, la adopción de programas integrados y flexibles y el aprendizaje en la escuela de los conocimientos necesarios para la vida cotidiana reflejan la preocupación por ofrecer una educación de calidad a los niños.
203.El presupuesto que el Estado dedica a la educación es relativamente pequeño: 182.000 millones de francos CFA en 2001, lo que representa el 15,7% del gasto público en comparación con el 20%, a título indicativo, de la iniciativa acelerada para la escolarización primaria universal. En cambio, la realizada por los padres es muy importante (239.000 millones de francos CFA, es decir, el 57,3% en 2001 frente a 182.000 millones de francos CFA, o sea, el 43,3%, aportados por el Estado).
3.Garantía de igualdad
204.En lo concerniente en particular a la educación y la alfabetización, la adopción en 2002 de la Estrategia Sectorial de Educación ha contribuido a facilitar el acceso de las niñas a la educación mediante numerosos programas y proyectos específicos. Este es el caso del proyecto "Educación básica", que engloba actividades destinadas a reducir la tasa de repetición de cursos y de abandono escolar de las niñas. En el marco de la promoción y la protección de las niñas y las mujeres mediante la alfabetización y la educación no formal, el número de centros de promoción de la mujer pasó de 27 en 1998-2000 a 35 en 2000-2005 (Fuente: Ministerio de Promoción de la Mujer y la Familia). En 1998 se votó la Ley de orientación de la educación en el Camerún, en virtud de la cual la enseñanza primaria pública es obligatoria y gratuita Se han adoptado iniciativas encaminadas a eliminar las trabas a la educación formal de las niñas.
205.En este contexto, cabe mencionar igualmente la iniciativa "Escuela amiga de los niños y las niñas", una estrategia de aceleración de la escolarización de las niñas y de promoción de los derechos de participación de los niños, de cuya ejecución se encarga el Ministerio de la Educación Básica con el apoyo del UNICEF.
4.Perspectivas
206.En su empeño por incluir "la educación para la paz y la tolerancia" y la educación sobre los derechos del niño y demás derechos humanos en el programa de la enseñanza primaria y secundaria y la igualdad de oportunidades en el acceso a la educación, el Ministerio de Educación tiene previsto:
Mejorar este programa incluyendo la educación sobre derechos humanos en los programas de educación cívica;
Identificar zonas prioritarias en el caso de los niños procedentes de entornos pobres para proporcionarles manuales escolares.
B.Esparcimiento y actividades socioculturales (artículo 31)
207.En el marco de la promoción de las actividades de esparcimiento, lúdicas y culturales, el Gobierno ha adoptado varias medidas, a saber:
a)Creación de una Secretaría de Estado para la Juventud en el Ministerio de la Juventud y Deportes y de un Ministerio de la Juventud en 2004;
b)Redinamización del Comité Nacional de la Juventud y Educación Popular;
c)Formulación de una política nacional de la juventud;
d)Financiación del programa nacional de alfabetización con fondos de la iniciativa PPME;
e)Ejecución del proyecto de creación de un fondo de inserción de los jóvenes;
f)El artículo 31 del Decreto Nº 2001/041, de 19 de febrero de 2001, sobre la organización de establecimientos escolares públicos, prevé la creación de una asamblea general de clubes y asociaciones de alumnos, y el artículo 44 del mismo decreto crea, en cada establecimiento público de enseñanza secundaria, un servicio de actividades extraescolares y complementarias encargado, entre otras cosas, de coordinar las colonias y los campos de vacaciones, los campos de trabajo para jóvenes y la animación cultural del establecimiento.
IX.Medidas especiales de protección de la infancia (artículos 22, 38, 39, 40, 37 b) y d), 32 a) y 36)
A.Niños en conflicto con la ley
1.Administración de la justicia juvenil
208.Las preocupaciones relativas a la administración de la justicia juvenil se han tenido en cuenta en el marco del anteproyecto de código de protección de la infancia, en proceso de aprobación. Sin embargo, ya se han realizado estudios para que los redactores de este importante texto tengan una mejor comprensión de la situación en este ámbito. La aparición reciente de una obra sobre el menor y la justicia penal en el Camerún y una recopilación de textos y un análisis comparativo de la legislación aplicable al niño se inscriben en esta orientación.
209.Por otra parte, en 2002, 2003, 2004 y 2005 se organizaron sesiones de formación en las que participaron personas que se ocupan de la situación de los niños en conflicto con la ley. Al término de esas sesiones, 150 instructores habían recibido formación en justicia juvenil y protección de los derechos del niño.
210.Con esta misma finalidad, e intercambiar experiencias en esta esfera, en marzo de 2004 se organizó un viaje de estudios al Senegal.
2.Trato dispensado a los niños privados de libertad, incluidos los sometidos a cualquier forma de detención, reclusión o internamiento en un establecimiento vigilado
211.La mejora de la atención de los niños privados de libertad constituye una prioridad para el Gobierno. A este respecto, la preocupación por realizar un seguimiento y una evaluación adecuados de las instituciones públicas de supervisión de menores condujo a la aprobación del Decreto Nº 2001/109/PM, de 20 de marzo de 2001, que crea y regula el funcionamiento de las instituciones públicas de supervisión de menores y de reeducación de los menores inadaptados socialmente. De este modo, se armonizan y controlan mejor las actividades de estas instituciones, lo que limita significativamente la adopción de medidas dispares y la comisión de abusos.
212.El establecimiento reciente de una prisión principal aneja a la prisión central de Yaundé, la reforma del sistema penitenciario y la formulación de una nueva política penitenciaria se inscriben en el marco de la política de humanización y descongestión de las instituciones penitenciarias.
213.Por otra parte, en 2002 la Asociación AGIR llevó a cabo, con el apoyo del UNICEF, un estudio sobre los niños en conflicto con la ley.
214.Perspectivas. Cabe señalar que existe una clara voluntad política respecto de la protección de los derechos del niño. El proyecto de código de las personas y la familia y el anteproyecto de código de protección de la infancia son pruebas de este compromiso.
3.Prohibición de la tortura y de las penas o tratos crueles o degradantes
215.Las medidas vigentes no reflejan ningún cambio.
4.Recuperación física y psicológica y reinserción social
216.La principal medida adoptada ha consistido en reforzar las infraestructuras mediante la creación en 2001 del Centro de atención de Mfoundi y el Centro de acogida y reinserción social de los niños de la calle de Yaundé. Está previsto crear instituciones similares en las demás regiones del país.
B.Niños sometidos a explotación o víctimas de violencia
1.Explotación económica, incluido el trabajo infantil
217.La explotación infantil de manera generalizada es un nuevo fenómeno que se va extendiendo en las regiones del África central y occidental. Utilizando las instituciones y los recursos disponibles, el Gobierno del Camerún, junto con la comunidad internacional, ha adoptado diversas medidas para erradicar este fenómeno. Las medidas administrativas que se propondrán se basarán en algunas actuaciones previas.
218.A este respecto, en 2004 el Camerún ratificó la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y su Protocolo adicional para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños.
219.Además, con el apoyo de la OIT y del UNICEF, se han realizado dos estudios preliminares sobre el fenómeno, con objeto de comprenderlo mejor y confirmar su existencia. Los resultados de estos estudios están disponibles para su consulta.
220.El Ministerio de Asuntos Sociales, con el apoyo del UNICEF, ha realizado asimismo un estudio sobre el trabajo infantil en el sector no estructurado.
221.Debe reconocerse que la falta de datos estadísticos sigue siendo un problema, al tiempo que supone un desafío para mejorar las iniciativas en favor de los niños sometidos a explotación económica. Con el fin de determinar el alcance del fenómeno y conocer mejor esta plaga, se prevé realizar estudios cuantitativos sobre el particular.
222.Por otra parte, la lucha contra el trabajo infantil y la trata de niños constituye una de las prioridades de los programas de cooperación entre el Camerún, el UNICEF y la OIT. En este mismo sentido, en octubre de 2005 se elaboró un plan de acción nacional de lucha contra el trabajo infantil y la trata de niños. En agosto de 2005 se celebró en Yaundé la segunda Conferencia regional sobre la trata y la explotación de niños en el África occidental y central.
223.En octubre de 2005 se elaboró un plan de acción contra la explotación sexual de los niños y, en diciembre de ese mismo año, se examinaron y aprobaron diversas guías de prevención de la explotación y un código de conducta dirigido a los niños, los padres y la comunidad.
224.En noviembre de 2005 tuvo lugar una sesión subregional de formación de instructores en la lucha contra la trata de niños.
225.A nivel legislativo, el 29 de diciembre de 2005 el Presidente de la República promulgó la Ley de la lucha contra la trata de niños.
226.El anteproyecto de código de protección de la infancia aborda la problemática de la protección del niño frente a la explotación.
2.Explotación sexual
227.En el marco de las políticas y programas de prevención de la explotación sexual de los niños en el Camerún, se han adoptado las siguientes medidas:
Adopción y difusión del Código Mundial de Ética del Turismo, en particular de las disposiciones que prohíben el turismo con fines de explotación sexual y específicamente cuando este recae sobre los niños;
Organización de seminarios de sensibilización y sesiones de formación de funcionarios de alto nivel del Ministerio de Turismo, de educadores y operadores privados de turismo (hoteles, agencias de turismo y espectáculos) en la lucha contra la explotación de niños en el turismo sexual en todo el territorio nacional;
Fomento de un turismo responsable;
Participación en los programas de la Organización Mundial del Turismo organizados en torno a esta cuestión; y
Elaboración de un estudio sobre "explotación sexual infantil en el Camerún: Yaundé, Duala, Limbé y Ngaundéré", por Frédéric Boursin y Séverin Cécile Abega (abril 2004), en el marco de la contribución del Camerún al estudio de la violencia contra los niños realizado por las Naciones Unidas.
228.En el ámbito de la justicia, las penas impuestas a los autores de explotación sexual infantil son graves: véanse los artículos 344 del Código Penal (corrupción de menores), 345 (peligro moral), 346 (abusos deshonestos contra menores de 16 años), 347 (abusos sexuales cometidos contra menores de edades comprendidas entre 16 y 21 años), 347 bis (homosexualidad), 356 (matrimonio forzado) y 296 (violación).
229.Perspectivas. En breve se dará forma jurídica (por ejemplo, en circulares del Ministro de Turismo) a las siguientes recomendaciones adoptadas al término de seminarios de sensibilización:
Prohibición de todas las formas de explotación sexual infantil en los establecimientos de turismo y las zonas turísticas;
Colaboración estrecha con las autoridades administrativas y policiales y denuncia a las autoridades competentes de los comportamientos sospechosos;
Organización de sesiones de formación para los recepcionistas de hoteles y establecimientos turísticos;
Sensibilización permanente de los turistas mediante un logo que se estampará en los documentos de viaje o se exhibirá en los lugares frecuentados por los turistas, y elaboración de folletos que se distribuirán en todos los lugares de paso de los turistas;
Desde el momento de la reserva del viaje, información a los turistas sobre las leyes y reglamentos en vigor;
Establecimiento de líneas telefónicas de urgencia;
Organización de campañas en favor de la prohibición de cualquier forma de publicidad provocativa;
Incorporación de un módulo sobre esta cuestión en los cursos de formación dirigidos a funcionarios judiciales, policías y asistentes sociales;
Sensibilización de los niños y los maestros a nivel escolar mediante una campaña experimental en una de las provinciales septentrionales;
Elaboración a cargo de los Ministerios de Educación Básica y de Enseñanza Secundaria de módulos de formación sobre la vida familiar, prestando especial atención a la lucha contra todas las formas de violencia contra el niño, en particular la lucha contra la explotación sexual infantil.
3.Protección contra los malos tratos y la desatención
230.Se han emprendido las medidas que se indican a continuación:
Validación del estudio sobre la violencia contra los niños.
Por lo que respecta a los actos de violencia cometidos en el entorno escolar, están prohibidos por el artículo 35 de la Ley Nº 98/004, de 14 de abril de 1998, de orientación de la educación en el Camerún.
Según la costumbre vigente en el Camerún, en los procesos judiciales, en particular los relativos a los actos de violencia cometidos contra los niños, se tiene en cuenta el testimonio del niño, pero aún más, el interés superior del niño. Además, se toman medidas para crear condiciones que permitan al niño expresarse libremente, por ejemplo en audiencias celebradas en sesión reservada y en presencia de un asistente social.
231.También ofrecen esta atención algunas ONG y asociaciones que combaten la violencia contra los niños.
232.En ausencia de un programa de atención psicosocial de los niños víctimas de violencia y otros malos tratos, de la readaptación física y psicológica, así como de la reinserción social se ocupan los asistentes sociales adscritos a cada circunscripción territorial, en particular los que desempeñan su labor en centros sociales y servicios de acción social de comisarías, tribunales y hospitales.
C.Los niños que viven o trabajan en la calle
1.Conocer el fenómeno
233.El estudio sobre los niños de la calle en el Camerún, realizado en Marua, Garua, Ngaundéré, Duala y Yaundé por Marie Thérèse Mengue en agosto de 2003, describe en primer lugar la evolución del fenómeno. Si en 1999 su número se estimaba en 4.000, hoy en día 10.000 niños viven y trabajan en las calles en el Camerún.
234.Por otra parte, la evolución del fenómeno se puede seguir a través del número de niños que forman parte de grupos que ya se habían formado en 1999.
235.Las grandes ciudades del Camerún, en particular Yaundé, Duala y Ngaundéré, se ven especialmente afectadas por este fenómeno.
236.En el estudio se ha determinado como causa principal de este fenómeno la desestructuración familiar o la desestabilización del entorno familiar.
237.En este contexto se han identificado dos itinerarios, según la procedencia de los niños:
a)El itinerario de origen rural, en el que el niño abandona su aldea para dirigirse a la ciudad, lo que conlleva el abandono escolar, un aprendizaje deformado y la búsqueda de medios de subsistencia para la familia. En esta trayectoria, la aldea se percibe como un lugar de conflicto que dificulta de alguna manera la evolución de los jóvenes; y
b)El itinerario de origen urbano, que se caracteriza por un contexto económico inestable, el cual genera una precariedad económica de las familias desplazadas y empleo inestable y eventual.
238.Las causas subyacentes son el divorcio, la separación y las segundas nupcias, que desestabilizan al niño y perturban su crecimiento.
239.Además de estos factores, en el estudio se señala que los niños de la calle viven en condiciones precarias y corren el riesgo de ser sometidos a explotación y malos tratos.
2.Mejora de las condiciones de vida de estos niños
240.A este respecto, el Proyecto conjunto del Ministerio de Asuntos Sociales y la Cruz Roja de Bélgica ha permitido crear un centro de atención y un centro de acogida y reinserción de los niños de la calle en Yaundé. En el marco de este proyecto, entre 2002 y 2005 recibieron atención 1.052 niños de la calle, de los cuales 355 fueron reinsertados en familias, 74 obtuvieron apoyo escolar, 155 recibieron una formación profesional y 11 fueron acogidos en instituciones.
241.Desde 2003, el Ministerio de la Juventud ha dado nuevo impulso a las actividades en pro de los jóvenes mediante:
La puesta en marcha del Proyecto nacional de apoyo a la inserción de los jóvenes (PRONAIS);
La elaboración de una política nacional de juventud con el apoyo del FNUAP y el UNICEF; y
El fortalecimiento del servicio cívico nacional de participación en el desarrollo.
X.Niños pertenecientes a las minorías
242.El Camerún sigue trabajando en programas de integración socioeconómica y de protección de los niños pertenecientes a las poblaciones denominadas marginales:
a)Mejorando su condición jurídica (adquisición de la nacionalidad) merced a un programa de inscripción de los niños en el Registro Civil, en favor de los niños bororos de las provincias del Noreste y de Adamaua, así como de los niños baka y bakola (pigmeos) en la provincia del Este, y organizando campañas específicas de expedición de documentos nacionales de identidad a los jóvenes adultos. Por ejemplo, solo en la zona de actuación del UNICEF (provincia de Adamaua), se han dictado 3.850 resoluciones de expedición de partidas de nacimiento.
b)El fomento de actividades generadoras de ingresos (véase la labor de "Plan Cameroun").
c)La sensibilización y concienciación sobre el problema del VIH/SIDA.
243.Además, se realizan investigaciones en algunos lugares de estas regiones con el fin de conocer mejor las situaciones de vulnerabilidad que viven tales poblaciones en general, y los niños en particular. En el marco de los programas y proyectos de atención a los huérfanos y niños vulnerables, el Fondo Mundial de Lucha contra el SIDA, la Tuberculosis y la Malaria, la Iniciativa "Hope for African Children", el proyecto "Bi-Multi" y la Iniciativa Sociedad Abierta para África Occidental (OSIWA), se ocupan de establecer y analizar las necesidades de esta nueva categoría emergente de niños vulnerables.
Conclusión
244.Ha proseguido la labor de aplicación de la Convención y se ha prestado especial atención, tanto, a la aprobación y promulgación de leyes y reglamentos como al establecimiento de un marco institucional inspirado en las disposiciones de la Convención.
245.Se han efectuado estudios para profundizar los conocimientos sobre las categorías de niños vulnerables, por ejemplo, los niños de la calle y los niños víctimas de explotación sexual o explotación económica.
246.El análisis de los datos obtenidos ha contribuido a elaborar planes de acción, así como nuevas leyes y reglamentos.
247.La labor de atención de los huérfanos y niños vulnerables como nueva categoría de niños vulnerables ha sido eficaz gracias al apoyo de la cooperación internacional.
248.Se deberían redoblar los esfuerzos por lo que respecta a la prestación de servicios a la infancia.
249.El funcionamiento de las instituciones especializadas se ha visto afectado por el fenómeno de la pobreza. Con todo, la creación de un marco normativo e institucional sobre la infancia augura un futuro mejor para los derechos del niño en el Camerún.