Naciones Unid as

CRC/C/SR.1508

Convenc i ó n sobre los Derechos del Niño

Distr. general

8 de febrero de 2012

Español

Original: inglés

Comit é de los Derechos del Niño

54º período de sesiones

Acta res um id a d e la 1508 ª sesión ( Sala A)

Celebrada en el Palais Wilson, Ginebra, el jueves 27 de mayo de 2010, a las 10.00 horas

Presidenta :Sra. Lee

Sumario

Examen de los informes de los Estados partes (continu ación )

Segu nd o informe peri ó dic o de la ex República Yugoslav a de Macedonia

In forme in i c ial de la ex República Yugoslav a de Macedonia con arreglo al Protocol o Facultativo de la Conven c i ó n sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños , la prostitu c i ó n infantil y la utilización de niños en la pornogra fía

In forme in i c ial de la ex Rep ú blic a Yugoslava de Macedonia con arreglo al Protocol o Facultativo de la Conven c i ón sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos arm a d os

Se declara abierta la sesión a las 10.05 horas .

Examen de los informes de los Estados partes (continu ación )

Se gu nd o informe peri ó dic o de la ex República Yugoslav a de Macedonia (CRC/C/MKD/2, CRC/C/MKD/Q/2 y Add.1)

In forme in i c ial de la ex República Yugoslav a de Macedonia con arreglo al Protoco l o Facultativo de la Conven c i ó n sobre los Derechos del Niño relativ o a la venta de niños, la prostitu c i ó n infantil y la utilización de niños en la pornogra fía (CRC/C/OPSC/MKD/1, CRC/C/OPSC/MKD/Q/1 y Add.1)

In forme inic ial de la ex Rep ú blic a Yugoslav a de Macedonia con arreglo al Protocolo Facultativo de la Conven c i ón sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos arm a d os(CRC/C/OPAC/MKD/1, CRC/C/OPAC/MKD/Q/1 y Add.1)

1. Por invita c i ó n de la Presidenta , la delega c i ó n de la ex República Yugoslav a de Macedonia toma a siento como participante a la Mesa del Comit é .

2.El S r. Bajrami (ex República Yugoslava de Macedonia) expresa su apoyo a la labor emprendida por el Comité para hacer frente al gran número de informes que están pendientes de examen y dice que su país respalda la adopción de un protocolo adicional de la Convención que aborde el tema del derecho de apelación. Tras señalar que han transcurrido dos años desde la redacción del segundo informe periódico, indica que se han tomado medidas importantes desde entonces para reforzar los derechos del niño. Los informes relativos a la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño y los Protocolos Facultativos se han preparado sobre la base de extensas consultas interministeriales y en estrecha cooperación con la oficina local del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF).

3.Se han incorporado a la legislación interna las disposiciones de la Convención y de los Protocolos Facultativos. En los dos últimos años, se ha modificado la Ley de la familia para abordar el sufrimiento de las víctimas de la trata y modificar y actualizar los procedimientos de adopción. Se ha enmendado la Ley de protección de la infancia con miras a incluir una nueva prestación parental suplementaria. En 2009, se aprobó una nueva Ley de protección social, que fomenta el uso de métodos distintos de la institucionalización para los niños que necesitan protección, a través, por ejemplo, de la creación de residencias para pequeños grupos. La ley prevé también la elaboración de planes de trabajo individualizados para los beneficiarios, la concesión de licencias y la formación continua de los profesionales. La Ley de educación primaria y secundaria garantiza que se imparta una capacitación sobre los temas de no violencia y seguridad en las escuelas y que se refuercen las funciones de supervisión y evaluación de la Inspección de Enseñanza del Estado. Se ha mejorado la formación del profesorado, a fin de incorporar técnicas docentes modernas, centradas en las necesidades individuales, y se ha adoptado un sistema de transferencias monetarias condicionadas como medio de proporcionar un respaldo financiero a los estudiantes de familias acogidas a la asistencia social. En ciertos casos, se facilita a los estudiantes el transporte o el alojamiento durante su escolarización. El Ministerio de Educación y Ciencia ha publicado un manual sobre la no discriminación y está esforzándose por integrar a los niños romaníes en el proceso educativo.

4.En 2008 el Gobierno aprobó un plan de acción para la aplicación de la Ley de justicia juvenil, que requiere la adopción de normas subsidiarias y de una capacitación específica para, entre otros, jueces, fiscales y oficiales de policía. En virtud de dicha ley, se están preparando también publicaciones, análisis y material docente y se ha nombrado a los miembros del Consejo Nacional para la Prevención de la Delincuencia Juvenil.

5.El Gobierno ha aprobado un plan de acción a fin de prevenir y sancionar los abusos sexuales contra los niños y la pedofilia. Se ha creado un órgano nacional de coordinación destinado a aplicar el plan, que engloba a todas instituciones y organizaciones no gubernamentales (ONG) pertinentes. Con apoyo del UNICEF se están llevando a cabo investigaciones y análisis, se ha establecido una línea telefónica de asistencia para recibir denuncias de abuso sexual y se ha impartido una formación a los trabajadores sociales y a los periodistas para ayudarles a tratar como es debido los casos de abusos sexuales y pedofilia. El Código Deontológico del Periodismo, adoptado por los periodistas en 2009 ofrece directrices sobre la mejor manera de abordar esas cuestiones y es de esperar que, en un futuro próximo, se aprobará un protocolo para todos los ministerios, instituciones y ONG competentes que se ocupan de los casos relacionados con los abusos sexuales de los niños y la pedofilia. El objetivo de la estrategia de prevención adoptada en 2008 consiste en armonizar las prácticas de la policía con las normas europeas, en particular, respecto de la prevención de la delincuencia juvenil y de la violencia en el hogar, la trata de personas, los abusos sexuales y la utilización de niños en la pornografía. Se han habilitado instalaciones especiales a fin de alojar a los niños víctimas de abusos sexuales, a los infractores juveniles y a los niños víctimas de otros delitos.

6.El Gobierno ha adoptado una estrategia nacional para prevenir la violencia en el hogar y para hacerle frente de un modo coherente y unificado. Se ha creado un órgano nacional de coordinación, constituido por ministerios gubernamentales y ONG, a fin de supervisar la aplicación de la estrategia. Se ha aprobado un protocolo para trabajar con los niños de la calle y promover su identificación y remisión a las instituciones competentes, que se ocuparán oportunamente de ellos. Se han abierto dos centros para niños de la calle en Skopje, y se prevé la apertura de tres más. También se han planificado actividades conjuntas con ONG romaníes que se dedican a atender a los niños de la calle.

7.Se están preparando documentos de estrategia para hacer frente a las necesidades de las familias numerosas, las que viven en la pobreza y las que padecen una exclusión social. Se han aprobado estrategias nacionales en materia de asistencia familiar y de reducción de la pobreza y de la exclusión social y el Ministerio de Trabajo y Política Social está elaborando en la actualidad una estrategia nacional con objeto de articular mecanismos de protección social. El Ministerio ha abierto también 22 centros para niños con trastornos del desarrollo y existen planes para inaugurar tres más, además de un centro para niños autistas. El Ministerio de Salud ha trazado un plan de acción destinado a promover la salud de los niños con discapacidad; el plan se basa en garantizar un acceso equitativo y seguro a los servicios de salud, potenciando la capacidad de los profesionales de la salud y desarrollando un sistema efectivo de remisión de los pacientes, con un enfoque holístico e integrado de las discapacidades.

8.La tasa de mortalidad infantil experimentó una fuerte caída, pasando del 22,7 por 1.000 nacidos vivos en 1995 al 9,7 por 1.000 en 2008. El UNICEF ha facilitado asistencia técnica a un comité prenatal de dimensión nacional, que ha elaborado un proyecto de estrategia en pro de una maternidad sin riesgos. Además, el Ministerio de Salud, el Instituto nacional de atención sanitaria y el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA) han colaborado en torno a una estrategia nacional de salud sexual y reproductiva, que incluirá actividades de sensibilización, la integración de la salud sexual y reproductiva en la atención primaria de salud, la creación de servicios de asesoramiento basados en la comunidad y una mejora de la gestión de los datos de la atención de salud en esa esfera.

9.La Sra. Al-Asmar (Relatora para el país) se congratula de la evolución positiva de la ex República Yugoslava de Macedonia, en la que hay que mencionar la aprobación de nuevas leyes y planes de acción y la adhesión del país a los dos Protocolos Facultativos, el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional y los convenios internacionales relativos a la trata de personas, la ciberdelincuencia, la nacionalidad, la adopción internacional y las peores formas de trabajo infantil. Al propio tiempo, como ha advertido que la legislación nacional no cumple plenamente lo dispuesto en la Convención, pregunta si el Gobierno ha tratado de identificar las partes de la ley que hay que armonizar y si se requiere algún tipo de asistencia en ese sentido. No está claro que la Comisión Nacional de los Derechos del Niño haya mostrado la suficiente diligencia en elaborar y coordinar las políticas sobre los derechos del niño. La delegación debe informar al Comité acerca de la capacidad, competencia, recursos e independencia del Departamento de Protección de los Derechos del niño y explicar por qué el Ombudsman adjunto que dirige el Departamento recibe tan pocas quejas. Toma nota de que los matrimonios precoces siguen siendo habituales en las comunidades romaní y albanesa, y pregunta qué planes tiene el Gobierno para afrontar el problema y por qué el Código Penal define a los niños como personas de menos de 14 años, lo que no se ajusta a la Convención. Aunque el país dispone de leyes contra la discriminación, el Comité desearía estar informado de si la ley prohíbe específicamente la discriminación basada en el género y de si se ha previsto crear un órgano para combatir la discriminación. ¿Defienden las leyes relativas a la vida familiar y a la protección de la infancia el interés superior del niño? El Comité desea determinar también la edad en que se consultan las opiniones del niño a la hora de redactar los planes de estudios escolares y de tomar decisiones sobre otros asuntos relacionados con la escuela. ¿Qué medidas se están adoptando a fin de garantizar que todos los niños, sin olvidar a los miembros de la comunidad romaní y a los niños refugiados, estén inscritos en el registro y dispongan de los documentos de identificación adecuados? Por ultimo, el Comité ha recibido información de que en el Correccional Educativo se aplican castigos corporales y un régimen de aislamiento. Esas prácticas son inaceptables, tanto desde el punto de vista de la Convención como de las normas internacionales de la justicia juvenil. El Comité desea saber si se sigue o no recurriendo a los castigos corporales en la escuela y cómo se sanciona a los maestros que los usan.

10.El Sr . Kotrane pregunta si el Estado parte está estudiando la posibilidad de adhesión al Convenio Nº 23 de La Haya sobre el reconocimiento y la aplicación de decisiones relativas a las obligaciones alimentarias, al Convenio Nº 24 de La Haya sobre el derecho aplicable a las obligaciones alimentarias con los hijos y al Convenio Nº 34 de La Haya relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento, la ejecución y la cooperación en materia de responsabilidad parental y de medidas de protección de los niños. ¿Tiene previsto el Estado parte adherirse a la Convención sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares?

11.El orador señala que, en virtud de la Constitución, las convenciones internacionales se incorporan automáticamente al derecho interno, por lo que pregunta si el Estado parte puede citar algún caso en que se hayan invocado las disposiciones de la Convención ante los tribunales y si alguno de ellos ha dictado resoluciones que lleven aparejada la aplicación directa de dicho instrumento. En cuanto a la edad de consentimiento para el matrimonio, aunque la definición legal de niño se ajusta a la Convención, el Comité tiene conocimiento de que siguen registrándose matrimonios precoces. ¿Con qué planes cuenta el Gobierno para abordar ese problema? Pregunta, para terminar, si los niños adoptados mediante un procedimiento de adopción cerrada tienen acceso a su expediente para que puedan averiguar cual es su origen y si a esos niños se les impone automáticamente el apellido de su familia adoptiva.

12.El S r. Gurán dice que, como ciudadano de otro antiguo país comunista, es perfectamente consciente de los problemas que pueden surgir en el curso del proceso de descentralización. Como ha observado que el mismo órgano a menudo es responsable de la recepción, la distribución y el control de los recursos presupuestarios a nivel local, pide detalles sobre la transferencia a dicho nivel de la asignación estatal y pregunta si el órgano local encargado de esa tarea puede decidir qué porcentaje de dicha partida se dedicará a los niños, a su educación, esparcimiento, etc. Pregunta también si se han establecido criterios claros para el reparto de las asignaciones presupuestarias a nivel local, con miras a garantizar el respeto de los derechos del niño.

13.Como se ha percatado de que el sistema de pago de las ayudas sociales es difícil de administrar, porque requiere transferencias en efectivo a las familias necesitadas y que la asignación para los niños es reducida y el desempleo elevado, pregunta si el Estado parte tiene intención de sustituir el sistema de transferencias directas por un sistema, por ejemplo, de créditos fiscales a la familia en el caso de que uno de los padres esté trabajando, como se hace en otros Estados, a fin de alentar a los progenitores a buscar activamente un empleo en vez de limitarse a recibir dinero del Gobierno.

14.El orador pregunta cómo proyecta el Estado parte lograr el pleno funcionamiento del Departamento de Protección de los Derechos de Niño como órgano de supervisión independiente en términos de su capacidad profesional y de su nivel de competencias, así como de su buena integración en la estructura gubernamental. Pide también detalles sobre la situación nacional e internacional de dicho órgano; desea saber, por ejemplo, si ha sido acreditado por el Comité Internacional de Coordinación de Instituciones Nacionales para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos, y en caso afirmativo, en qué nivel se ha clasificado, si se ajusta en todos los aspectos a los Principios de París y si es o no miembro de la Red Europea de Defensores de los Niños (ENOC).

15.La Sra . Aidoo , al referirse el tema de la coordinación de todas las actividades relacionadas con los derechos del niño, se suma a los elogios al Estado parte pronunciados por la Relatora para el país, debido a la creación de la Comisión Nacional de los Derechos del Niño y pregunta si la competencia de ese órgano se extiende no solo a la Convención sino también a los dos Protocolos Facultativos. Pregunta si las dos ONG que participaron en la labor de la Comisión Nacional lo hicieron como miembros, cómo se seleccionó a las ONG y si se podría aumentar su número, habida cuenta del hecho de que las ONG en el Estado parte desarrollan una gran actividad en la esfera de los derechos del niño. Pregunta cómo están representadas las autoridades locales y regionales en Comisión Nacional, pues ha observado que algunas autoridades han desarrollado sus propios planes de acción para hacer efectivos los derechos del niño. Pregunta si la Comisión Nacional elabora un informe anual para valorar la situación de los niños en el Estado parte e identificar los problemas prioritarios y si dispone de un sistema para supervisar y evaluar la aplicación de la Convención y los Protocolos Facultativos.

16.Tras señalar que el Plan de Acción Nacional sobre los Derechos del Niño para 2006‑2015 es digno de elogio, al igual que el hecho de que más de la mitad de las autoridades locales del país hayan formulado sus propios planes de acción, la oradora pregunta si el Gobierno ha redactado también planes anuales a fin de garantizar que los progresos realizados sirvan para alcanzar en 2015 todas las metas del plan decenal. Solicita detalles sobre los métodos de financiación del Plan de Acción Nacional y pregunta si se incluye o no en el presupuesto nacional, si el Gobierno usa el Plan de Acción Nacional como uno de los principales documentos de referencia respecto de los derechos del niño al preparar el presupuesto y si los ministerios gubernamentales competentes reservan fondos para los programas incluidos en el Plan de Acción Nacional.

17.La oradora pregunta cómo supervisa el Estado parte las inversiones realizadas en salud, educación y protección social, que son los sectores clave para los niños y cómo tiene previsto abordar las esferas en las que se han detectado lagunas. Según varios análisis independientes del gasto público, está disminuyendo la inversión en salud, y la dedicada a la educación, a pesar de mantener un nivel elevado, se destina esencialmente al pago de salarios, mientras que la calidad de la educación se resiente de las consecuencias de la falta de inversiones en ámbitos como el material docente, la formación del profesorado y el desarrollo del plan de estudios.

18.El S r. Puras (Relator para el país) pregunta en qué fase se encuentra la relación entre los organismos del Gobierno y la sociedad civil y solicita a la delegación que cite ejemplos que arrojen luz sobre el grado de confianza y de respaldo del Gobierno a las ONG, tanto como organizaciones de promoción como en su calidad de proveedoras de servicios. Han surgido problemas en algunos países de Europa Central y Oriental cuando algunos grupos dinámicos y entusiastas de ONG empezaron a depender excesivamente de la ayuda internacional. Ese apoyo no puede durar eternamente y cuando se acaba, el sector sufre a veces crisis, porque el Gobierno se muestra reacio a otorgar su confianza y su apoyo a las ONG.

19.Pide detalles sobre cómo garantiza el Estado parte el derecho de los niños y adolescentes a acceder a la información apropiada, no solo en general sino también en relación con la atención de salud, añadiendo que ese acceso, así como la protección contra la información perjudicial, es indispensable para que los niños se desarrollen saludablemente. Pregunta qué leyes existen para proteger el derecho de los niños a la confidencialidad, en especial en lo referente a la salud.

20.Asimismo, desearía saber qué disposiciones se han adoptado para combatir la discriminación contra los niños que residen en instituciones estatales y, en concreto, los niños con discapacidades y los que están en conflicto con la ley. ¿Qué órgano controla el respeto de los derechos y opiniones de esos niños, a fin de asegurar que puedan vivir dignamente? ¿Qué medidas específicas se han tomado para mejorar la situación de esos niños?

21.La Presid en ta pregunta qué papel han desempeñado los niños en la elaboración del Plan de Acción Nacional sobre los Derechos del Niño y si han participado activamente en la preparación del informe periódico. Se pregunta hasta qué punto han tenido los niños conocimiento de las observaciones finales del Comité tras el examen del informe inicial del Estado parte. Pregunta si el Gobierno facilita información al público sobre la financiación internacional que recibe y que está destinada a la infancia y si recoge sistemáticamente datos sobre el porcentaje que se gasta realmente en los niños y qué impacto está teniendo esa financiación.

Se suspende l a sesión a las 11.05 horas y se re anuda a las 11.30 horas .

22.El S r. Citarella pregunta cómo se ha preparado el informe periódico y si han participado en el proceso las ONG u otros miembros de la sociedad civil. En cuanto al artículo 12 de la Convención, relativo al derecho del niño a expresar su opinión, indica que aunque existen leyes que lo garantizan, parece ser que, en la práctica se considera más una posibilidad que un derecho específico que las autoridades han de proteger.

23.El Sr . Uzunovski (ex República Yugoslava de Macedonia), señala a la atención del Comité la resolución 817 del Consejo de Seguridad, de 7 de abril de 1993 y pone de relieve que la designación de "ex República Yugoslava de Macedonia" es un término provisional y que el nombre constitucional del Estado parte es el de "República de Macedonia".

24.La función de la Comisión Nacional de los Derechos del Niño en el seno de la estructura del Gobierno reside en supervisar la aplicación de las leyes relativas a los derechos del niño y en coordinar las actividades en esa esfera, así como en cumplir los deberes enunciados en la respuesta escrita a la primera cuestión de la lista. El Estado parte siguió las recomendaciones del Comité y creó en 2005 la Comisión Nacional. Posteriormente, en 2007, se elevó el nivel de la Comisión al coordinado por el Secretario General del Gobierno a fin de implicar a los miembros en la mayoría de las decisiones adoptadas por este último.

25.En los dos períodos de sesiones anteriores, la Comisión Nacional debatió el papel de las ONG y la sociedad civil en su labor. En su próximo período de sesiones, introducirá algunos cambios en sus estatutos que otorgarán a los dos miembros de las ONG los mismos derechos que a los demás miembros. Estudiará también la posibilidad de ampliar la Comisión Nacional con el ingreso de otras dos ONG. La Comisión Nacional seguirá estudiando la cuestión de tener debidamente en cuenta las opiniones de los niños en sus actividades, y se están barajando varias propuestas para otorgar mayor peso específico a la voz de los niños.

26.La Presidenta pregunta por los criterios que se han utilizado para decidir qué ONG pueden formar parte de la Comisión Nacional.

27.El S r. Uzunovski (ex República Yugoslava de Macedonia) dice que la Comisión Nacional consultó en 2007 con el UNICEF y determinó que las ONG que trabajaban en el sector de los derechos del niño debían asumir un papel destacado en la labor de la Comisión Nacional. Es menester seguir debatiendo la manera en que la Comisión puede ampliar la participación de las ONG y de la sociedad civil.

28.La Sra . Kikerekova (ex República Yugoslava de Macedonia) señala que se sigue haciendo todo lo posible para armonizar en mayor medida la legislación nacional con la Convención, los Protocolos Facultativos y otros instrumentos internacionales. Uno de los objetivos básicos de la Ley de justicia juvenil estriba en prestar asistencia y cuidados a los niños en conflicto con la ley y garantizar su representación en los tribunales, a fin de garantizar sus derechos en virtud de la Constitución y la Convención. Esa ley ha sido la primera en referirse a la Convención como base para sus disposiciones. Estipula la necesidad de garantizar el desarrollo y la educación idóneos de los jóvenes a lo largo de todo el procedimiento. La ley permite la restricción de algunos derechos en una medida acorde con el nivel de desarrollo de la personalidad del joven y en el grado requerido por el delito cometido, pero lo prioritario son las disposiciones de carácter preventivo y educativo. Se permite excepcionalmente la privación de libertad y solo como último recurso cuando las demás disposiciones no hayan producido los efectos apetecidos.

29.El año anterior se modificaron las leyes relativas a la familia, la protección social y la protección de la infancia, con miras a prohibir todas las formas de discriminación de los niños, los abusos sexuales, la venta y la trata de niños, la violencia física y psicológica de que son víctimas, el maltrato inhumano y la utilización de los niños con fines comerciales. Esos esfuerzos legislativos ponen de manifiesto el compromiso irrenunciable del Estado parte con la armonización de las leyes nacionales con la Convención.

30.La Sra . Kikerekova (ex República Yugoslava de Macedonia) indica que, en el marco de la estrecha cooperación existente entre su Gobierno y el UNICEF, en 2009 se puso en marcha un proyecto destinado a analizar la compatibilidad de la legislación nacional con las disposiciones de la Convención sobre los Derechos del Niño. Se han examinado todas las normas jurídicas que abordan las cuestiones recogidas en la Convención. El proyecto se encuentra actualmente en la recta final y en breve se darán a conocer los resultados del análisis, que tendrán una amplia difusión entre los miembros del poder legislativo del Gobierno, las ONG y la sociedad civil. En ese momento se formularán recomendaciones sobre las posibilidades de mejorar la legislación existente. Una vez que reciban el respaldo del Gobierno, esas recomendaciones serán aplicadas por los ministerios competentes, potenciando así la armonización entre la normativa interna y la Convención.

31.La Sra . Al-Asmar (Relatora para el país) pregunta qué medidas se han tomado para garantizar que el Gobierno haga suyas las recomendaciones.

32.La Sra . Kikerekova (ex República Yugoslava de Macedonia) dice que se han hecho esfuerzos denodados para armonizar la legislación del país con la Convención y que se adoptarán todas las medidas necesarias a fin de garantizar la aprobación de las recomendaciones; a su juicio, una de las formas de asegurar un resultado favorable reside en la participación de todos los ministerios e instituciones competentes. Además, se han utilizado indicadores prácticos, establecidos por las ONG, a fin de identificar las esferas legislativas que requieren una reforma. Las autoridades están trabajando también con el Ombudsman en ese sentido. Para que la Asamblea pueda adoptar medidas legislativas, es preciso definir la situación exacta a la que se aplicarán las medidas objeto de estudio y explicar cual es su papel en la búsqueda de una solución al respecto. El procedimiento para armonizar la legislación con la Convención es muy transparente y se tienen en cuenta las opiniones de los profesionales en la materia y de todas las instituciones competentes en el ámbito de los derechos del niño.

33.El S r. Citarella señala que a menudo surgen dificultades en la ex República Yugoslava de Macedonia a la hora de aplicar la legislación, en particular porque es preciso firmar un decreto antes de que una ley entre en vigor. Por ello, no se ha hecho efectiva aún en su totalidad la Ley de justicia juvenil. Tiene entendido que la Convención se ha incorporado a la legislación del país, aunque se pregunta qué harán los jueces en el caso de que un delito esté tipificado en el derecho interno, pero la ley que lo recoge no se ajusta a la Convención.

34.La Sra . Kikerekova (ex República Yugoslava de Macedonia) dice que la Ley de justicia juvenil entró en vigor el 30 de junio de 2009 y trajo consigo nuevas normas en esa esfera. Introdujo el concepto de justicia restaurativa, facilitó la creación de centros de asistencia social y reformó los procedimientos judiciales. Los centros de asistencia social han puesto en marcha actividades de prevención de la delincuencia, con miras a eliminar los factores que impulsan a los jóvenes a cometer delitos.

35.La Constitución otorga la misma importancia a la Convención y a la legislación interna, de forma que los jueces puedan aplicar las disposiciones de la Convención en sus sentencias de la misma manera que la legislación interna. Se está supervisando la aplicación de la Ley de justicia juvenil y se están afrontando los obstáculos detectados. Uno de los problemas más urgentes es la necesidad de fomentar la capacidad de los centros de asistencia social en materia de recursos humanos, facilitar una formación más amplia a los jueces y fiscales y desarrollar medidas para impedir la delincuencia. Una de las iniciativas del Gobierno en este último ámbito ha sido la creación del Consejo Nacional para la Prevención de la Delincuencia Juvenil.

36.El S r. Bajrami (ex República Yugoslava de Macedonia), en respuesta a la pregunta relativa a la creación de un órgano para luchar contra la discriminación, afirma que, en abril de 2010, tras un debate público a escala nacional con las ONG, se aprobó un proyecto de ley destinado a esos efectos. El órgano, que adoptará la forma de una comisión, deberá estar implantado para la fecha de la entrada en vigor de la ley, el 1º de enero de 2011. La comisión será independiente del poder ejecutivo y estará constituida por expertos en derechos humanos seleccionados por la Asamblea, con arreglo a las recomendaciones de la Unión Europea.

37.El S r. Gurán pregunta si la nueva ley se ajusta a las directrices europeas contra la discriminación o si contiene excepciones y si la nueva comisión se integrará en la Red Europea de Órganos de Fomento de la Igualdad.

38.La Presidenta desearía saber si un caso de discriminación contra un niño se tramitaría mediante un procedimiento administrativo o se vería ante un tribunal.

39.El S r. Bajrami (ex República Yugoslava de Macedonia) dice que la nueva comisión contra la discriminación dará traslado a los tribunales de todas las denuncias de discriminación. En respuesta a la pregunta del Sr. Gurán, indica que se han incorporado a la nueva ley los motivos que justifican un dictamen de discriminación recogidos en la directiva europea, pero también se han incluido medidas adicionales de protección. Es de esperar que la comisión tomará disposiciones para integrarse en todas las redes internacionales competentes.

40.La Presidenta pregunta si la nueva ley contiene disposiciones específicas contra la discriminación basada en el género o en la orientación sexual.

41.El S r. Bajrami (ex República Yugoslava de Macedonia) dice que la nueva ley no hace referencia específica a la discriminación basada en el género o en la orientación sexual, pero contiene una disposición general que abarca "todos los demás motivos de discriminación", entre los que se considera que se encuentra la discriminación basada en el género o en la orientación sexual.

42.La Sra . Todorova (ex República Yugoslava de Macedonia) señala que la Ley de la familia prohíbe contraer matrimonio a los menores de 18 años. No obstante, existen disposiciones que permiten casarse a los mayores de 16 años, con la autorización de los tribunales y el consentimiento de los padres o de su tutor legal, siempre que una evaluación independiente, efectuada por los centros de asistencia social, haya determinado que esas personas han alcanzado un nivel suficiente de madurez física y mental.

43.La Sra . Janeva (ex República Yugoslava de Macedonia) informa al Comité de que el Instituto de Atención Maternoinfantil vigila los aspectos de salud pública de los matrimonios precoces y, en particular, la cantidad de embarazos de adolescentes, a fin de desarrollar estrategias para hacer frente a las necesidades de las jóvenes. Según los datos disponibles de 2008, la edad media a la que las mujeres dan a luz a su primer hijo en la ex República Yugoslava de Macedonia es de 26,3 años en las zonas urbanas y de 24,5 años en las zonas rurales, lo que coincide prácticamente con el promedio de edad de la Unión Europea. Se han realizado esfuerzos para mejorar el acceso de los adolescentes a la información en materia de salud sexual y reproductiva, en especial por lo que hace a la atención primaria de salud. Se han celebrado también talleres y seminarios para los trabajadores y médicos del nivel de atención primaria de salud.

44.La Sra . Al-Asmar (Relatora para el país) indica que los matrimonios precoces, en particular entre los miembros de minorías como los romaníes o los de etnia albanesa, obedecen frecuentemente a factores culturales, aunque pueden tener su origen en causas financieras. Recomienda al Gobierno que adopte medidas para impedir los matrimonios precoces y sensibilizar a la población al respecto.

45.La Presidenta pregunta qué porcentaje de la población romaní y de etnia albanesa se ve obligada a contraer matrimonio precozmente.

46.La Sra. Janeva (ex República Yugoslava de Macedonia) dice que el sector sanitario controla el porcentaje de embarazos adolescentes por ser un indicador de las tendencias sociales. Existen servicios de asesoramiento prematrimonial y, dado que la enseñanza secundaria es ahora obligatoria en la ex República Yugoslava de Macedonia, cree que las tasas de matrimonio precoz seguirán disminuyendo, dado que se está alentando a las jóvenes a proseguir sus estudios.

47.El Sr . Citarella pregunta qué se entiende por matrimonio precoz. ¿Se refiere el término específicamente a los matrimonios registrados ante las autoridades civiles? De no ser así, se trataría entonces simplemente de la unión de una muchacha y un muchacho.

48.La Sra . Janeva (ex República Yugoslava de Macedonia) dice que los datos oficiales muestran un descenso del número de matrimonios precoces registrados, pero es verdad que muchas uniones no están registradas.

49.La Presidenta pregunta por la fiabilidad de las estadísticas oficiales, ya que muchos romaníes carecen de certificados oficiales de nacimiento.

50.La Sra . Janeva (ex República Yugoslava de Macedonia) reitera que ha aumentado el promedio de edad de las madres primerizas, lo que da a entender un cambio en la actitud de las mujeres. Sin embargo, entre ciertos grupos de la población se sigue registrando un reducido número de matrimonios precoces.

51.El S r. Gurán dice que la situación es similar a la de otros países de Europa Central y Oriental con importantes comunidades de romaníes. Se están confundiendo dos problemas: el de los matrimonios precoces registrados y el de los matrimonios informales entre los miembros de la población romaní. Pregunta si el Gobierno ha puesto en marcha algún programa de formación o de educación específicos para los grupos de población afectados. Se necesitan datos desglosados, basados en el origen étnico, para toda la región.

52.La Sra . Janeva (ex República Yugoslava de Macedonia) señala que no se dispone en la actualidad de datos desglosados por etnias, porque ese tipo de clasificación no es compatible con la política de organizar un sistema de salud basado en la igualdad y en el acceso universal. No obstante, en la futura legislación se dará cabida a la necesidad de datos desglosados.

53.El Sr . Polozhani (ex República Yugoslava de Macedonia) dice que la ex República Yugoslava de Macedonia ha heredado el problema del matrimonio precoz, con la dificultad añadida de los embarazos adolescentes, debido a la presencia de romaníes y otras comunidades étnicas, que suelen tener un nivel de educación más bajo y una tradición cultural de matrimonios y embarazos precoces. Está firmemente convencido de que la educación es la clave para abordar esa cuestión y está en condiciones de confirmar que se está impartiendo un programa de enseñanza especial sobre salud reproductiva a los sectores de la población afectados.

54.La Sra . Aidoo expresa su preocupación por el hecho de que la modificación de las leyes sobre prestaciones a los hijos pueda dar lugar a una discriminación estructural que lleve a la exclusión de algunos niños de un sistema de seguridad social que, por otro lado, está mejorando. Pide una aclaración sobre si la prestación por hijo se concede en función de la asistencia a la escuela, la situación de empleo de los padres o la cobertura parental en un sistema de protección social. ¿Está limitado el nuevo sistema de concesión de la prestación por tercer hijo a las regiones de baja natalidad y en función, por tanto, de una posible estrategia de desarrollo demográfico?

55.El S r. Bajrami (ex República Yugoslava de Macedonia) explica que, en 2008, el Gobierno modificó la Ley de protección de la infancia con miras a conceder la prestación por hijo al tercer hijo de las familias en regiones de baja natalidad, a fin de alentar a las familias a tener más hijos. Ahora parece evidente, sin embargo, que dicha disposición enmendada puede considerarse injusta para los ciudadanos que no están recibiendo esa prestación en las mismas condiciones, por lo que el Gobierno ha vuelto a modificar la ley con objeto de aplicarla a todas las regiones de la ex República Yugoslava de Macedonia.

56.El S r. Ginovski (ex República Yugoslava de Macedonia), en una nueva respuesta a la pregunta del Sr. Gurán sobre los programas de educación para los romaníes que aborden los problemas relacionados con el matrimonio precoz, dice que en el Plan de Acción Nacional sobre los Derechos del Niño en la ex República Yugoslava de Macedonia para 2006-2015 y en otros planes de acción se contemplan esos programas. El Ministerio de Educación y Ciencia ha establecido también una Dirección encargada de mejorar la enseñanza en las lenguas de las comunidades minoritarias. En esa entidad participan varios miembros de esas comunidades, que le asesoran sobre los problemas concretos que afrontan. Además, el Ministerio ha enviado equipos de expertos a las escuelas en las zonas en que residen comunidades numerosas de romaníes y otras minorías, a fin de ofrecer programas de capacitación para los padres y alumnos sobre varios aspectos del matrimonio precoz.

57.Muchas de las preguntas planteadas por la Sra. Al-Asmar se han abordado en el Plan de Acción Nacional para 2006-2015. Un ejemplo de la forma en que se tienen en cuenta las opiniones de los niños sobre los planes de estudios y otros temas relacionados con la escuela está en la reciente legislación patrocinada por el Gobierno en materia de libros de texto y planes de estudios, elaborada por el Ministerio de Educación y Ciencia. El Ministerio ha incluido en su sitio web el texto del proyecto de ley, junto con una invitación a los padres, maestros y niños para que den su opinión de forma anónima por medio de una encuesta.

58.En cuanto al castigo corporal en las escuelas, cualquier práctica de esa índole infringe lo dispuesto en la Constitución y las leyes de educación. La Inspección de Enseñanza del Estado supervisa la situación a nivel nacional, y las autoridades locales tienen la obligación de informar al Ministerio de los incidentes de castigo corporal, en cuyo caso se adoptan inmediatamente medidas.

59.Pasando a la financiación de las escuelas, afirma el orador que el Ministerio tiene pleno control de los fondos y transfiere las cantidades mensuales a las autoridades locales para su distribución ulterior a las escuelas. Si estos centros de enseñanza no cumplen con su deber, el Ministerio reclama la devolución de los recursos asignados.

60.Pasando a la pregunta sobre las medidas para controlar la influencia perjudicial que ejercen sobre los niños la información y las imágenes que aparecen en Internet, el orador dice que está colaborando en la actualidad con varios ministerios y, en particular, con el Ministerio de Salud y el Ministerio del Interior, a fin de elaborar un plan de acción destinado a proteger a los niños. Ese plan estará listo para su aplicación en un futuro próximo.

61.En respuesta a la pregunta del Sr. Citarella sobre el derecho de los niños a expresar su opinión, dice que los niños de la ex República Yugoslava de Macedonia disfrutan y seguirán disfrutando del derecho a participar en ciertas actividades y expresar sus opiniones.

62.La Sra . Aidoo , en referencia a la preocupación que expresó anteriormente sobre la calidad de la educación, pregunta si el Gobierno está asignando fondos presupuestarios suficientes a la capacitación del profesorado en todos los niveles, desde la primera infancia hasta el final de la enseñanza secundaria, además de la asistencia financiera recibida de la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID) y el UNICEF. Pide aclaraciones sobre la información recibida en el sentido de que se detecta una tendencia creciente a educar en escuelas separadas a los diferentes grupos étnicos. ¿Qué esfuerzos se están realizando para potenciar la cooperación intercultural y la integración en el sistema educativo? Pregunta si se están enseñando en las escuelas la educación para la paz, la tolerancia y el respeto a las otras culturas y qué medidas se están tomando para atajar el problema de la violencia interétnica entre los estudiantes. Pregunta asimismo si el Gobierno, además de suministrar libros de texto, está prestando asistencia a las familias para sufragar otros gastos educativos, como material escolar, equipos, prendas de vestir y alimentos, a fin de garantizar una educación integradora para todos los niños.

63.La Sra . Al-Asmar (Relatora para el país), en referencia a la anterior pregunta del Sr. Kotrane sobre las adopciones cerradas, desea saber si la ex República Yugoslava de Macedonia mantiene o no registros sobre los padres biológicos de los niños adoptados y si esos niños pueden acceder a esa información una vez que hayan alcanzado la edad y el nivel de desarrollo apropiado. Solicita más información sobre las disposiciones tomadas para integrar a los niños con discapacidad en las escuelas ordinarias. ¿Qué parámetros se aplican para juzgar si es o no viable? Desea saber también si en los planes de estudios de la escuela se ha incluido la educación para la paz o algún tipo similar de enseñanza para que los niños aprendan cómo pueden convivir en armonía. Pide datos, por último, sobre la educación de los niños pertenecientes a minorías. ¿Asisten a escuelas separadas o a las mismas escuelas, con un horario distinto? ¿Cómo aprenden su propia lengua y quién prepara sus planes de estudios?

64.El S r. Puras (Relator para el país) pregunta qué medidas se han previsto para garantizar una red de centros de asistencia social basados en la comunidad, de alta calidad, dotados de recursos adecuados y de un personal cualificado, a fin de proteger a los niños de familias en situación de riesgo. Pasando al ámbito de la salud, pregunta cómo se propone el Estado parte garantizar que los servicios de salud que tienen en cuenta las necesidades de los adolescentes puedan llegar a todas las comunidades y a esos grupos de edad. ¿Hasta qué punto está equilibrada su política de asistencia especializada en salud mental en el nivel de atención primaria de salud, en especial por lo que hace a los programas de prevención y promoción y cómo afronta el Estado parte los problemas de suicidio y acoso en la comunidad y en la escuela? Solicita una aclaración sobre las causas del marcado descenso de las tasas de lactancia exclusivamente materna en comparación con el decenio anterior. Desea saber también cómo aborda el Estado parte el problema del consumo de drogas y alcohol entre los niños y los adolescentes. ¿Qué medidas de previsión se han adoptado y con qué servicios no estigmatizantes se cuenta para los niños y adolescentes que requieren un tratamiento para su adicción a las drogas y el alcohol, asistencia para su recuperación y servicios de rehabilitación?

65.El S r. Gurán solicita más información sobre la atención institucional de todos los niños en la ex República Yugoslava de Macedonia. ¿Qué disposiciones se han tomado para garantizar una transición sin trabas de la asistencia institucional a un sistema de cuidados basados en la familia o a otras modalidades alternativas de cuidado? ¿Qué programas de apoyo se han instaurado para los niños que residen en instituciones una vez que hayan cumplido los 18 años? ¿Cuánto tiempo pueden permanecer en las instituciones y qué respaldo reciben, por ejemplo, para continuar su educación? Pasando a las asignaciones presupuestarias, pide más información sobre los fondos asignados a las actividades de esparcimiento de los niños a nivel local, en especial en las zonas alejadas de las grandes ciudades, en donde no se suelen prever instalaciones de ocio para la infancia. Solicita, por ultimo, más información sobre los programas destinados a ayudar a los niños que participan en actividades laborales informales cono la mendicidad o la venta de cigarrillos en la calles. ¿Están aumentando o disminuyendo esas modalidades de trabajo infantil?

66.El S r. Kotrane pide explicaciones sobre si la Ley de la familia de 2004 concede mayores atribuciones a los centros de asistencia social para apartar a los niños de los padres que no cumplen con su deber y si los padres disponen o no de posibilidades de apelación. Respecto de la educación, solicita que se le aclare la prohibición de símbolos religiosos en las escuelas. En ese sentido, ¿cómo puede garantizar el Estado parte que se tendrá en cuenta el interés superior del niño? Solicita más información sobre el modo en que el Estado parte garantiza que los niños que abandonan la escuela sigan beneficiándose de protección contra todas las formas de violencia, en particular, los niños vulnerables como los niños de la calle, los niños rurales y las niñas romaníes, que tienden a abandonar la escuela a edades tempranas. Pide también más detalles sobre las medidas destinadas a reducir las diferencias en el nivel de vida de los niños. Como se mencionó anteriormente, la prestación por hijo está limitada al tercer hijo de la familia y solo se abona si los padres trabajan, lo que significa que son muchos los niños que no reciben la prestación, como ocurre con los dos mayores. ¿Qué medidas se han previsto para garantizar que todos los niños reciban la ayuda de los servicios de bienestar social y la prestación por hijo y para mejorar el nivel de vida de los niños de las familias pobres?

67.El S r. Citarella expresa su preocupación por el hecho de que el uso prevalente de una serie de lenguas en diferentes partes del país y en grandes ciudades y poblaciones está resultando ser un obstáculo adicional para la integración de las minorías en las escuelas y por que los niños de diferente origen étnico son víctimas, por ese motivo, de la discriminación. Acoge con satisfacción la nueva Ley de justicia juvenil, pero lamenta que no se esté aplicando efectivamente. Pide que se le aclare si los casos de niños en conflicto con la ley se ventilan en los tribunales de menores o en secciones especializadas de los tribunales ordinarios y pregunta cuanto se tardará en crear tribunales de menores en todo el país. Expresa su preocupación porque no se imparta una formación a los jueces e insta al Estado parte a no cejar en sus esfuerzos para organizar lo antes posible cursos especializados sobre los derechos del niño para jueces.

Se levanta la sesión a las 1 3.00 horas .