Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial
83 er período de sesiones
Acta resumida de la 2252ª sesión
Celebrada en el Palais Wilson, Ginebra, el viernes 23 de agosto de 2013, a las 10.00 horas
Presidente :Sr. Avtonomov
Sumario
Examen de los informes, observaciones e información presentados por los Estados partes en virtud del artículo 9 de la Convención (continuación)
Informes periódicos 19º a 21º de Suecia (continuación)
Se declara abierta la sesión a las 10.10 horas.
Examen de los informes, observaciones e información presentados por los Estados partes en virtud del artículo 9 de la Convención (continuación)
Informes periódicos 19º a 21º de Suecia (continuación) (CERD/C/SWE/19-21; CERD/C/SWE/Q/19-21)
1. Por invitación del Presidente, la delegación de Suecia toma asiento a la mesa del Comité.
2.La Sra. January-Bardill felicita al Estado parte por la gran calidad de su informe y dice que, aun teniendo en cuenta el buen historial de lucha contra la discriminación de Suecia, desea plantear algunas cuestiones. Insta al Estado parte a que reconsidere su decisión de sustituir la palabra “raza” en su legislación, ya que suprimir la palabra no hará desaparecer la discriminación racial. Dice que en el estudio del Defensor de la Igualdad ha contado hasta siete categorías de personas objeto de discriminación en razón de su origen. Tras enumerarlas, pregunta por qué se opta por tal variedad terminológica, potencialmente confusa, para designar a esas personas, y con qué criterio se han determinado esas categorías. Pide a la delegación que aclare el significado de los términos “bifobia” “heterofobia” y “transfobia”, que aparecen en el informe, y explique la necesidad de disponer de una “policía de diálogo”, ya que es de suponer que hablar con los ciudadanos forma parte del trabajo de cualquier policía. Pide más información sobre la nueva política de integración mencionada en la parte del informe dedicada al artículo 2, párrafo 1, de la Convención.
3.El Sr. Kemal señala que se está abandonando el uso del término “raza” por razones científicas, pero la política oficial de Suecia sigue consistiendo en promover la tolerancia y combatir la discriminación racial. En algunos terrenos ha bajado el nivel de aplicación. Así, por ejemplo, la policía y los tribunales se muestran menos agresivos en la persecución de determinados delitos. La cuestión es compleja: conforme a sus valores fundamentales, Suecia ha abierto sus puertas a los refugiados y otros extranjeros, y eso ha generado una reacción, ya que el país intenta integrar a muchos habitantes nuevos con patrones culturales y de conducta a menudo muy diferentes. Sensibilizar a la población llevará tiempo. En el corto plazo, es preciso que los jueces y la policía pongan más vigor en la aplicación de las políticas vigentes.
4.El orador pide información sobre los subsidios de desempleo pagados a los inmigrantes y dice que si los subsidios son generosos y el número de desempleados es alto, los suecos pueden llegar a percibir a los inmigrantes como una carga para el Estado. Es preciso alentar a las empresas a que contraten más inmigrantes.
5.El Sr. Zanzi (Suecia), en respuesta a los comentarios sobre la supresión del término “raza” de la legislación, dice que su Gobierno considera que las razas humanas no existen pero que es preciso reconocer que sigue habiendo gente que da por supuesta su existencia y se comporta en consecuencia. La ley debe proteger, y protege, contra esa discriminación. El término “raza” se ha sustituido por otras expresiones que abarcan representaciones afines. En los trabajos preparatorios se ha puesto claramente de manifiesto la intención de los legisladores y, dada la importancia de estas labores preliminares en la tradición jurídica sueca, no hay ningún peligro de que se reduzca el nivel de protección.
6.El Sr. Zanzi destaca la aplicación de la estrategia para las minorías nacionales, que promueve la participación de los sami y otras minorías en el proceso, e informa sobre la estrategia de inclusión de los romaníes y su aplicación. Respecto a un dato mencionado en la anterior reunión, a saber que la tasa de empleo entre los romaníes es del 90%, dice que procede de un pequeño estudio llevado a cabo en la ciudad de Malmö y que el Gobierno no considera que se trate de un hecho acreditado. Se está llevando a cabo un estudio sobre la situación de los romaníes en cinco municipios.
7.La Sra. Mårtensson (Suecia), en respuesta a las preguntas sobre los sami, reconoce que la cría de renos se ha visto gravemente afectada por ataques de animales depredadores declarados protegidos con fines de preservación de la biodiversidad. El Gobierno está elaborando un nuevo plan para tratar la cuestión de los depredadores y pretende establecer un umbral de tolerancia para las pérdidas que puede soportar el sector de la cría de renos. Según estudios independientes, Suecia cumple la mayor parte los requisitos establecidos para ratificar el Convenio sobre Pueblos Indígenas y Tribales, 1989 (núm. 169) de la OIT. El principal problema estriba en determinar si en la legislación actual se establecen garantías suficientes. Los derechos sobre la tierra también se han incorporado al proyecto de convenio nórdico sobre los sami.
8.La Sra. Bexar (Suecia), en respuesta a preguntas sobre el derecho penal y su aplicación, explica que la legislación penal del país abarca satisfactoriamente, a juicio de su Gobierno, todas las actividades mencionadas en el artículo 4 de la Convención. La ley prohíbe las declaraciones racistas no solo en el ámbito público sino también dentro de cualquier organización. Su intención original es impedir el funcionamiento de las organizaciones racistas.
9.Su Gobierno considera que prohibir lisa y llanamente las organizaciones racistas, entre otras, resultaría ineficaz e incluso contraproducente. Los grupos podrían eludir la prohibición cambiando de nombre, llevando a cabo actividades informales o pasando a la clandestinidad, lo cual dificultaría el control de sus actividades. Además, es difícil prohibir absolutamente todas las actividades racistas y las lagunas podrían ser aprovechadas para impugnar las leyes, lo cual equivaldría a enviar la señal equivocada.
10.En respuesta a una pregunta sobre si la tipificación de un delito de discriminación ilícita implica la existencia de formas lícitas de discriminación, dice que no debería prestarse tanta atención al nombre del delito, ya que las disposiciones legales pertinentes son bastantes completas.
11.La Sra. Djärv (Suecia) dice que hay quien considera elevado el índice de delitos motivados por prejuicios en su país pero es difícil trazar comparaciones pertinentes entre estadísticas penales de diferentes países, ya que cada país las elabora según métodos distintos. Las autoridades suecas definen los delitos motivados por prejuicios de forma muy amplia. Una encuesta sobre los delitos cometidos en Suecia revela que la incidencia de la xenofobia y el racismo se ha mantenido estable desde 2006, cuando se inició la encuesta en cuestión. La disparidad entre el número de denuncias, de casos enjuiciados y de sentencias condenatorias no es exclusiva de los delitos motivados por prejuicios. Por la naturaleza misma del proceso judicial, no todas las denuncias se traducen en sentencias condenatorias. Dentro de pocos años, las autoridades estarán en condiciones, gracias a los avances tecnológicos, de establecer un registro que abarque todas las fases de cada caso, desde la denuncia hasta la condena, lo cual permitirá establecer un panorama más completo.
12.La Sra. Djärv afirma que el porcentaje de delitos motivados por prejuicios cometidos contra la población judía es del 4%, y no del 38%, como se afirmó en la reunión anterior.
13.La Sra. Sjölinder (Suecia) dice que es importante actuar con decisión contra los delitos motivados por prejuicios, ya que el daño que causan afecta no solo a personas concretas, sino también a grupos de personas y a la sociedad en su conjunto. El ministerio público de su país cuenta con unidades y fiscales especializados en ese tipo de delitos. En noviembre, está previsto celebrar una conferencia de evaluación en la que se hará un balance de los progresos logrados. A principios de 2013, la policía llevó a cabo un ejercicio de evaluación entre homólogos a escala de todo el cuerpo, que sirvió para detectar deficiencias en el tratamiento de los delitos motivados por prejuicios, de modo que la Dirección Nacional de la Policía decidió establecer directrices sobre la lucha contra estos delitos y elaborar materiales de capacitación pertinentes para toda la fuerza de policía. También es necesario mejorar el diálogo con la sociedad civil, así como la cooperación entre el ministerio público y la policía. Añade que los 21 departamentos regionales de la policía cuentan con oficinas especializadas en el tratamiento de delitos motivados por prejuicios.
14.El Sr. Mårtenson (Suecia) dice que la actual estrategia de integración es una prolongación de la estrategia puesta en marcha en 2008 y que mantiene el objetivo general de la igualdad de derechos, oportunidades y responsabilidades para todos, con independencia del origen étnico y cultural de cada cual. La estrategia se apoya en cuatro pilares: incrementar la participación de los inmigrantes en el mercado laboral; mejorar los resultados académicos de los alumnos recién llegados al país y permitir que los adultos compaginen la formación profesional y el aprendizaje del sueco; fomentar el desarrollo urbano con vistas a reducir la segregación y la exclusión; y apuntalar la cohesión social en el seno de una sociedad acogedora, tolerante y libre de discriminación. Además de los esfuerzos por aplicar la estrategia en el marco de las políticas de empleo, educación y bienestar, se han adoptado varias medidas específicas. En virtud de la Ley de Introducción de 2010, los refugiados recién llegados y sus familiares reciben, durante un período máximo de 24 meses, asistencia específicamente destinada a prepararlos para el empleo que incluye clases de sueco. Desde 2008, varios planes de empleo ofrecen una reducción de las cotizaciones sociales a los empleadores que contraten inmigrantes recién llegados. También se imparten a los migrantes numerosos cursos, incluidas clases universitarias para profesionales licenciados en el extranjero en sectores que en Suecia están regulados, como la salud, la educación y la abogacía.
15.El Gobierno alcanzó en 2010 un acuerdo global sobre integración con las organizaciones de la sociedad civil y la Asociación de Poderes Públicos Locales y Regionales, en virtud del cual se reparten las responsabilidades entre todos los actores pertinentes. Hay un sistema de orientación relacionado con las decisiones políticas y legales que abarca a las organizaciones no gubernamentales (ONG), y el Estado aporta fondos, a los que también se puede acceder a través de programas como el Fondo Europeo para la Integración de Nacionales de Terceros Países.
16.El Sr. Zanzi (Suecia) dice que el Defensor de la Igualdad cuenta con un presupuesto equivalente a la suma de los presupuestos de los cuatro defensores contra la discriminación anteriores. El número de quejas recibidas se mantiene más o menos estable si se lo compara a las que recibían anteriormente las oficinas de los cuatro defensores. En el sitio web del Defensor de la Igualdad se ofrecen instrucciones claras a quienes deseen ponerse en contacto con su Oficina, así como datos de interés sobre los departamentos de lucha contra la discriminación y los sindicatos. También se remite a la policía u otras autoridades competentes a las personas que se estimen víctimas de discriminación o de delitos motivados por prejuicios en los medios de comunicación.
17.En respuesta a la pregunta sobre la carga de la prueba, afirma que en virtud de la Ley de Lucha contra la Discriminación corresponde al demandante establecer indicios racionales de discriminación. A partir de ahí, incumbe al demandado probar que no ha cometido un delito tipificado en esa Ley.
18.El Gobierno mantiene su decisión de no establecer estadísticas sobre el origen étnico o la religión, conforme a lo dispuesto en la legislación pertinente. Algunos grupos minoritarios comparten la oposición del Gobierno a ese tipo de estadísticas. Sin embargo, se utilizan otras herramientas para recopilar información sobre las condiciones de vida de los grupos minoritarios.
19.La Sra. Abrahamsson (Suecia) dice que las medidas generales adoptadas contra la xenofobia abarcan los prejuicios antisemitas y los prejuicios contra los musulmanes, los afrodescendientes y los romaníes. En junio de 2013, el Gobierno encargó al Consejo de Medios de Comunicación la dirección de la campaña “Movimiento contra el Discurso de Odio”, del Consejo de Europa, centrada en la xenofobia en Internet. Numerosos ministros del Gobierno han condenado públicamente todo tipo de xenofobia y han participado en manifestaciones contra esa lacra. En todo el país se han financiado numerosos proyectos de lucha contra la xenofobia emanados de la sociedad civil. Con frecuencia, las personas de origen somalí padecen el doble embate de los prejuicios contra los africanos y contra los musulmanes, lo que impulsó al Defensor de la Igualdad a participar en un estudio sobre la comunidad de origen somalí de la ciudad de Malmö. Además del libro blanco sobre los tratos injustos sufrido por la comunidad romaní, el Gobierno también acogió en abril de 2013 una mesa redonda europea sobre esa cuestión.
20.Las recomendaciones de los organismos nacionales e internacionales aportan una base importante para desarrollar una estrategia integral de derechos humanos. Entre otras cosas, se ha recomendado establecer un instituto nacional de derechos humanos conforme a los Principios de París.
21.La Sra. Möllerberg (Suecia) dice que se evaluó el proyecto sobre la presentación de candidaturas anónimas a los cargos públicos y se concluyó que el anonimato no alteraba en absoluto la elección de los candidatos seleccionados para la fase de entrevistas. El proyecto en cuestión ha quedado, por tanto, descartado. No obstante los candidatos tienen derecho a recurrir las decisiones adoptadas en el marco del proceso de selección ante un tribunal laboral especial.
22.La Sra. Mårtenson (Suecia) dice que Suecia cuenta con leyes de ciudadanía generosas y una elevada tasa de nacionalización pero que tradicionalmente ha tenido menos éxito en el campo de la integración. En abril de 2013, en una investigación del Gobierno se concluyó que debía establecerse para los municipios la obligación de celebrar ceremonias anuales e invitar a todos los nuevos ciudadanos para dar relieve a ese importante cambio en su situación. También se concluyó que debía simplificarse el proceso de nacionalización de niños y jóvenes y que los requisitos establecidos para la obtención de la residencia debían reducirse en un año para las personas con cierto nivel de sueco. Esas propuestas están siendo estudiadas en consulta con la sociedad civil, tras lo cual el Gobierno adoptará una decisión.
23.En el marco de su estrategia de integración, el Gobierno tiene la intención de reducir el número de distritos que presentan elevados índices de desempleo, dependen de la asistencia social y arrastran problemas de fracaso escolar, y de rebajar el nivel de exclusión en esos distritos. Se ha ordenado a la Junta Nacional de Vivienda, Construcción y Urbanismo que preste más apoyo a las autoridades locales para mejorar las condiciones de vida en esos distritos. Otra propuesta consiste en reducir las cotizaciones sociales a los empleadores de esos distritos que cuenten con al menos un 25% de residentes locales en sus plantillas. A la espera de la aprobación de la Comisión Europea, se prevé poner en marcha esa iniciativa en enero de 2014.
24.El Sr. Murillo Martínez solicita más información sobre las consultas y los debates públicos celebrados antes de adoptarse la decisión de suprimir el término “raza” de la legislación interna. Sería útil que el Estado parte diera a conocer las medidas adoptadas a fin de evitar malentendidos sobre los motivos subyacentes a la decisión de su Gobierno. Pregunta por el apoyo que reciben las ONG dedicadas a la lucha contra la discriminación en el Estado parte. Agradecería recibir más información sobre la situación de los ciudadanos suecos de origen africano y pregunta si el concepto de discriminación ilícita aplicado por el Estado parte guarda alguna relación con la acción afirmativa.
25.El Sr. Zanzi (Suecia) dice que todos los proyectos de ley, incluidos los proyectos de enmienda, se someten a un proceso de consultas públicas antes de ser aprobados. Así pues, las ONG y otras organizaciones pertinentes han participado en la decisión de suprimir el término “raza” de la legislación nacional. Como ocurre en el caso de cualquier enmienda, el Gobierno procederá a evaluar y analizar los resultados para calibrar la necesidad de nuevos cambios.
26.La Sra. Bexar (Suecia) dice que sus observaciones anteriores sobre la discriminación ilícita se referían a las disposiciones del Código Penal en las que se consagra la protección contra la discriminación.
27.El Sr. Sjölinder (Suecia) dice que muchos análisis estadísticos se centran en las diferencias entre las personas nacidas en Suecia y las nacidas en el extranjero. El Gobierno es consciente de que las personas nacidas fuera de Europa sufren más problemas de desempleo, exclusión, pobreza y discriminación que las nacidas en el continente. Por lo general, la situación de los refugiados también es bastante peor que la de los trabajadores migratorios. Asimismo, las personas que llevan poco tiempo en el país tienden a estar más expuestas a esos problemas que las demás.
28.El Sr. Amir recuerda que una de las primeras víctimas de delitos motivados por prejuicios fue el ex Primer Ministro, Olof Palme. Felicita al Estado parte por su historial de derechos humanos y afirma que no es casual que Suecia sea la sede de la Fundación Nobel.
29.El Sr. de Gouttes dice que será interesante observar el curso que toman los acontecimientos en el Estado parte a raíz de su decisión de suprimir el término “raza” de la legislación nacional, particularmente teniendo en cuenta que suele verse en Suecia un modelo para los demás Estados. También cabe señalar, en efecto, el fracaso del proyecto sobre las solicitudes anónimas. A la luz de las conclusiones alcanzadas en 2011 por el Foro de Historia Viva, en las que señalaba a Internet y las redes sociales como principales vehículos del antisemitismo y la islamofobia en Suecia, pregunta si el Estado parte dispone de un código ético para los medios de comunicación. A la luz de las explicaciones aportadas en el párrafo 27 del informe periódico sobre la nueva definición de declaraciones de incitación al odio, el Comité haría bien en observar que muchas de estas declaraciones no guardan relación alguna con el racismo.
30.La Sra. Abrahamsson (Suecia) dice que la libertad de expresión es muy valorada en Suecia. Sin embargo, la campaña “Movimiento contra el Discurso de Odio” tiene por objeto precisamente la xenofobia en Internet. Por otro lado, en 2011 el Gobierno incorporó a su sitio web una página específicamente dedicada a la tolerancia en la que se publican informaciones destinadas a refutar algunos de los prejuicios más habituales que circulan en la red sobre los inmigrantes y las minorías.
31.La Sra. Djärv (Suecia) dice que, en el Código Penal, el delito más próximo al concepto de declaraciones de incitación al odio es el de agitación contra un grupo nacional o étnico. La definición de los delitos motivados por prejuicios es un tanto diferente; abarca cualquier delito cometido contra una persona o un bien a condición de que esté al menos parcialmente motivado por el origen étnico, las creencias religiosas, la orientación sexual o la identidad de género de la víctima. Tal como se explica en el párrafo 27 del informe periódico, esa definición fue revisada en 2008 para establecer las responsabilidades en lo tocante a la recopilación de datos.
32.La Sra. Bexar (Suecia) agrega que la tipificación del delito de agitación contra un grupo nacional o étnico en el Código Penal permite castigar la difusión de declaraciones o comunicaciones amenazantes o despectivas para con diversos grupos.
33.La Sra. Calí Tzay ruega a la delegación que comente la información recibida sobre la preocupación que causa en el pueblo sami el hecho de que el Gobierno lo consulte únicamente sobre cuestiones relacionadas con la educación y las funciones del Parlamento sami y no con la propiedad de la tierra y los recursos naturales. Felicita al Gobierno, sin embargo, por el reconocimiento dado a la comunidad sami como minoría y como pueblo indígena.
34.La Sra. Mårtensson (Suecia) dice que el reconocimiento del pueblo sami como minoría le ha conferido el derecho a usar su lengua con las diferentes autoridades, a enseñarla y a revitalizarla. Se llevan a cabo frecuentes consultas con las minorías a nivel local, regional y nacional. Recientemente se ha debatido acerca de los problemas de los pastores de renos, y en especial sobre los efectos combinados de la presencia de depredadores y de los problemas generados por las industrias extractivas. Dirigentes locales y nacionales de los sami han expuesto sus preocupaciones y se les ha solicitado que propongan medidas para mitigar el impacto de esos problemas y mejorar sus consultas con el Gobierno y la comunidad empresarial.
35.El Sr. Zanzi (Suecia) agrega que el ministro responsable de las políticas sobre minorías celebra reuniones anuales para consultar con los representantes de todas las minorías. El Gobierno ha incrementado su apoyo financiero a las organizaciones de las minorías hasta alcanzar los 6 millones de coronas.
36.El Sr. Diaconu dice que ciertos informes de las ONG revelan que cada año surge un número considerable de nuevas organizaciones que propugnan la discriminación racial. A pesar de los argumentos esgrimidos por el Estado parte, lo alienta a considerar la posibilidad de adaptar sus normas a la realidad de la situación y a tener en cuenta el efecto disuasivo que podría tener la prohibición de esas organizaciones. El término “agitación” se utiliza para describir todos los delitos penales contemplados en el artículo 4 de la Convención. Se pregunta si todos esos delitos implican necesariamente el concepto de agitación y señala con preocupación que dicho concepto podría introducir nuevos criterios no enunciados en la Convención y limitar el número de casos llevados a juicio.
37.La Sra. Bexar (Suecia) dice que para llevar un caso a juicio no se necesita probar que haya habido “agitación” sino simplemente difusión de declaraciones o comunicaciones amenazantes o despectivas para con un grupo nacional o étnico. Hace décadas que se debate con el Comité la cuestión de las organizaciones racistas. Es posible que la prohibición de esas organizaciones desaliente su creación, pero también cabe la posibilidad de que genere un mayor interés social por sus actividades. El Estado parte tiene el firme propósito de lograr los objetivos enunciados en el artículo 4 de la Convención valiéndose de su legislación vigente, que impide a esas organizaciones manifestar cualquier expresión de odio racial.
38.El Sr. Sjölinder (Suecia) señala que Suecia ya ha tratado la cuestión del extremismo que promueve la violencia en la estrategia nacional de lucha contra el terrorismo, adoptada en 2012, y en el plan de acción nacional para defender la democracia del extremismo violento, en el que también se abordan fenómenos como la radicalización y la difusión de mensajes xenófobos a través de Internet.
39.El Sr. Thornberry se refiere al comentario formulado por el Estado parte en su informe, según el cual las estadísticas penales oficiales no incluyen datos sobre la composición étnica de la población carcelaria. Teniendo presentes tanto los inconvenientes como las ventajas de ese tipo de datos, pregunta si los medios de comunicación tienen la costumbre de citar la nacionalidad o el origen étnico de las personas detenidas por la comisión de delitos. Dado el carácter esencialmente ilegal de toda discriminación, parece innecesario calificarla como “ilícita”. Pregunta si la adquisición de la nacionalidad sueca se rige por el ius sanguinis o por el ius soli. ¿Puede darse el caso de que varias generaciones de una familia inmigrante sigan sin obtener la ciudadanía? Entiende que “agitación” es un término genérico que abarca subcategorías específicas de delito. ¿Incorpora el delito de agitación la noción de mens rea?
40.El Sr. Selimovic (Suecia) dice que si bien, en razón de la libertad de prensa imperante en Suecia, el Gobierno tiene escasa influencia sobre las actividades de los medios de comunicación, le complace decir que los medios tradicionales no revelan la nacionalidad de las personas acusadas de la comisión de un delito.
41.El Sr. Mårtenson (Suecia) dice que el sistema se rige fundamentalmente por el ius sanguinis pero que la cuestión requiere más explicaciones, que tiene previsto aportar más adelante. El Gobierno propuso recientemente nuevas vías para facilitar la adquisición de la nacionalidad sueca a los niños y adultos jóvenes, lo cual descartará la posibilidad de que varias generaciones permanezcan en el país sin obtener la nacionalidad.
42.La Sra. Bexar (Suecia) dice que los delitos de agitación están sujetos a las normas generales de la intencionalidad, más que a modalidades específicas como la mens rea.
43.La Sra. Crickley pide al Estado parte que se explique más a fondo sobre la definición de los delitos motivados por prejuicios. Toma nota de las explicaciones de la delegación en relación con la supresión del término “raza” pero expresa su honda preocupación por el cambio de orientación política operado desde 2008 en Suecia, anteriormente considerada como un modelo a seguir en cuestiones de lucha contra la discriminación. En la Estrategia de Política de Integración no se mencionan la no discriminación ni el racismo. Sí se hace referencia a la “cohesión social”, pero ese término corre el riesgo de ser asociado a la noción de asimilación. Por otra parte, el uso del término “tolerancia” en lugar de “no discriminación” y otros términos conexos constituye un retroceso respecto al historial sueco en ese ámbito.
44.La oradora se pregunta ¿está reservado el apoyo prestado a las minorías nacionales a los grupos designados formalmente como minorías nacionales, o es extensivo al espectro más amplio de grupos necesitados de protección en virtud de la Convención, sobre todo en vista del elevado número de inmigrantes, refugiados y solicitantes de asilo? Agradecería una respuesta más concreta a las cuestiones relacionadas con las opciones de las mujeres migrantes en materia de vestuario y con toda discriminación que puedan sufrir.
45.El Sr. Mårtenson (Suecia) dice que la Estrategia de Política de Integración se articula en torno a medidas enérgicas de lucha contra la discriminación. No está basada en la idea de asimilación, sino en la adaptación mutua de los inmigrantes recién llegados y la sociedad sueca. Por otra parte, las medidas adoptadas en los ámbitos del empleo, la educación y el desarrollo urbano se centran en gran medida en los inmigrantes recién llegados.
46.El Sr. Zanzi (Suecia) dice que la Ley de Lucha contra la Discriminación y el Defensor de la Igualdad —los dos principales ejes de la lucha contra la discriminación en Suecia— se remontan a 2009. La política nacional sobre las minorías nacionales se centra en las cinco minorías nacionales establecidas. Habiendo detallado la estrategia de integración de los romaníes en la reunión anterior, propone discutir la cuestión más a fondo a nivel bilateral o remitir documentación sobre la cuestión a la secretaría.
47.La Sra. Abrahamsson (Suecia) señala que en el plan de acción nacional para 2006‑2009 se reserva un lugar preponderante a la discriminación y la xenofobia.
48.La Sra. Djärv (Suecia) dice que el “delito motivado por el odio” no es un término jurídico, sino un concepto mencionado en el Código Penal en referencia a los delitos que agravian a una persona, grupo étnico o algún otro grupo similar de personas en razón de su raza, color, origen nacional o étnico, creencias religiosas, orientación sexual u otra circunstancia similar. Subraya que abarca asimismo la identidad transgénero y sus expresiones.
49.El Sr. Selimovic (Suecia) hace hincapié en que Suecia no ha operado ningún cambio de orientación política en su lucha contra la discriminación y en favor de la promoción de la tolerancia, sino que, antes al contrario, ha reforzado su legislación contra la discriminación y ha reservado un lugar central de sus políticas a la lucha contra la xenofobia. Es uno de los países más abiertos de Europa y seguirá siéndolo. Su Gobierno es plenamente consciente de que en la sociedad sueca hay discriminación y expresa su firme determinación a seguir luchando contra ella.
50.El Sr. Vázquez felicita al Estado parte por su papel pionero en la lucha contra los delitos motivados por prejuicios. Alienta al Gobierno a que exponga en su próximo informe periódico las medidas no jurídicas previstas para combatir las declaraciones de incitación al odio y los delitos motivados por el odio. Solicita más información sobre las condenas pronunciadas públicamente por altos funcionarios del Estado contra declaraciones de incitación al odio. Considera necesario abordar la notable desproporción entre el número de denuncias de discriminación presentadas y el número de imputaciones derivadas de dichas denuncias. Propone al Estado parte que siga reproduciendo ejemplos de mejores prácticas, como la unidad de delitos motivados por prejuicios de la Policía de Estocolmo. Por último, pregunta si se ha considerado la posibilidad de enmendar la ley para habilitar una modalidad de financiación compatible con la fe musulmana.
51.El Sr. Kemal pregunta por el nivel básico de seguridad social del que gozan los desempleados en Suecia.
52.El Sr. Kut (Relator para el país) pregunta qué medidas ha adoptado el Estado parte para reducir la brecha entre el número de denuncias de discriminación presentadas y el número de sentencias condenatorias dictadas por los tribunales. Le preocupa mucho que la no prohibición de las organizaciones racistas pueda favorecer su transformación en partidos políticos legitimados, con consecuencias como las observadas en las recientes elecciones generales celebradas en Suecia. Solicita información sobre los mecanismos dispuestos en el Estado parte para adoptar medidas de precaución en vista de la proliferación de los discursos xenófobos e islamófobos.
53.El Sr. Mårtenson (Suecia), la Sra. Möllerberg (Suecia) y el Sr. Zanzi (Suecia) dicen que presentarán al Comité información más detallada sobre las cuestiones planteadas.
54.El Sr. Lindgren Alves celebra los planes del Gobierno de revisar su sistema de ius sanguinis. Suscribe sin reservas las observaciones hechas por la Sra. January-Bardill. A menos que el término “raza” sea descartado unilateralmente, el Comité no puede por su parte dejarlo de lado, puesto que su función es tratar el problema de la discriminación racial. Pondera la idea de ciudadanía como instrumento de integración y expresa su interés en recibir información actualizada a ese respecto. Por último, invita al Estado parte a que se pronuncie sobre los disturbios recientemente vividos en Suecia.
55.El Sr. Sjölinder (Suecia) dice que, en mayo, un incidente en el que se vio implicada la policía provocó disturbios en la localidad de Husby, en las afueras de Estocolmo, y puso de manifiesto la necesidad de fomentar el capital social y la confianza en la policía en las comunidades locales.
56.El Sr. Mårtenson (Suecia) dice que esos hechos son síntoma de un problema social más amplio que afecta a la población de las zonas desfavorecidas. El Gobierno ha respondido destinando más recursos a esas zonas, con vistas a generar mejores oportunidades de educación y empleo y fomentar un clima económico más positivo, y está descentralizando una serie de oficinas de la administración pública del municipio de Estocolmo. Esas medidas cuentan con financiación del Fondo Social Europeo y el Fondo Europeo de Desarrollo Regional.
57.El Presidente observa que Suecia, Finlandia y Noruega están preparando una convención trilateral sobre los sami. Le preocupa que los samis rusos queden marginados al no haberse logrado atraer a la convención a la Federación de Rusia.
58.La Sra. Mårtensson (Suecia) expresa su confianza en que, finalmente, se logre que la Federación de Rusia se sume al proceso. Suecia ha propuesto sustituir las referencias a los tres países nórdicos en el texto del proyecto de convención por “las partes contratantes” para garantizar que la convención abarque todos los territorios en los que viven los sami.
59.El Sr. Kut (Relator para el país) agradece a la delegación el diálogo franco mantenido y sus respuestas a la mayor parte de las cuestiones planteadas. El Estado parte cuenta con un sistema muy desarrollado para tratar las cuestiones relacionadas con el racismo y la discriminación, lo que explica las altas expectativas del Comité. En las observaciones finales del Comité volverán a plantearse algunas de esas cuestiones, que serán publicadas en breve. Es preciso seguir debatiéndolas hasta resolverlas.
60.El Sr. Selimovic (Suecia) dice que su Gobierno valora muy favorablemente los exhaustivos análisis del Comité y tomará debidamente en consideración las preguntas y los comentarios formulados en el marco de sus esfuerzos por proteger los derechos humanos.
61.El Secretario anuncia una reunión telefónica con las ONG de Chipre tras la pausa de mediodía.
Se levanta la sesión a las 13.00 horas.