Categoría Ocupacional

Total

Hombres

Mujeres

Cuenta Propia

100,00%

30,0%

70,0%

Patrono

100,00%

61,1%

38,9%

Total

100,00%(468.717)

35,0%(163.994)

65,0%(304.723)

Fuente: FOMMI/DIGESTYC, Encuesta Microempresarial 1998.

62.La mayoría de las mujeres que se desempeña en el sector de la microempresa lo hace en calidad de autoempleadas. Las mujeres tienen una participación mayoritaria en las empresas de subsistencia, mientras que existe una participación relativamente más equilibrada de hombres y mujeres en las microempresas de acumulación simple y de acumulación ampliada. El 53,7% de la población femenina económicamente activa ocupada obtiene su empleo desarrollando alguna actividad dentro del sector informal, mientras que solamente el 41% de la Población Económicamente Activa (PEA) ocupada masculina obtiene su empleo en el sector informal.

Participación por sexo en la microempresa ubicados en sectores de subsistencia (1995 y 1998)

Característica

1995

1998

Mujeres

Hombres

Diferencia

Mujeres

Hombres

Diferencia

Subsistencia

70,2%

28,8%

+41,4

67,0%

33,0%

+30

Acumulación simple

53,0%

47,0%

+6,0

50,4%

49,6%

+0,9

Acumulación ampliada

25,0%

75,0%

-50

45,8%

54,2%

-8,4

Fuente: FOMMI I y II/DIGESTYC.

63.Con relación a los salarios del sector público de conformidad a los datos oficiales disponibles, se constata que la brecha salarial entre hombres y mujeres tiende a mantenerse en los distintos niveles que conforman la escala salarial, según el grado de escolaridad avanzada.

64.Por otra parte, a pesar de que han mejorado algunos indicadores de igualdad en el acceso a ocupaciones laborales por parte de las mujeres, todavía persisten ocupaciones en las cuales la presencia de mujeres es nula o poco significativa, como por ejemplo, los grupos ocupacionales, obreros de la construcción, mecánicos y ajustadores de máquinas, mecánicos de equipos electrónicos, etc.

65.El principal desempeño de las mujeres salvadoreñas se da en el área de servicios, trabajo profesional, fábricas, maquilas, servicio doméstico y principalmente en el sector informal. Los principales problemas que enfrentan son el desempleo, los bajos salarios, en algunos casos despidos injustificados.

66.Se garantiza la igualdad jurídica entre hombres y mujeres trabajadoras, dando cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 3 y 38, numeral 1°, de la Constitución, con relación a los artículos 12 y 123 del Código de Trabajo.

67.Finalmente, se señala que al igual que en otros países, la mujer salvadoreña enfrenta el problema de la violencia doméstica, a pesar de que existen esfuerzos a nivel de las diferentes instancias gubernamentales y de organizaciones no gubernamentales, dirigidas a contrarrestar esa problemática.

D. Artículo 4

68.El Estado de El Salvador considera oportuno señalar que lo dispuesto en este artículo del Pacto se garantiza para todas las personas bajo su jurisdicción, lo cual puede ser evidenciado en los argumentos que se detallan a lo largo de este informe.

E. Artículo 5

Párrafo 1 del artículo

69.El Estado de El Salvador considera oportuno señalar que lo dispuesto en este artículo del Pacto, se garantiza para todas las personas bajo su jurisdicción, lo cual puede ser evidenciado en los argumentos que se detallan a lo largo de este informe.

Párrafo 2 del artículo

70.El Estado salvadoreño reconoce a la persona humana como el origen y fin de su actividad y realiza todos los esfuerzos necesarios, con objeto de que las diversas normativas internacionales ratificadas sean acordes a la normativa constitucional que le rige. En tal sentido, no se admite ninguna restricción o menoscabo de los derechos humanos y libertades reconocidas.

F. Artículo 6

Párrafo 8 de las directrices

71.El Salvador presentó sus informes CEDAW/C/SLV/3-4 (19 de octubre de 2001), que en el apartado VI hace referencia al "Derecho al trabajo"; CEDAW/C/SLV/5 (19 de octubre de 2001), que en el apartado VII de su segunda parte, hace alusión al "Artículo 11. Igualdad de derechos en materia de empleo y trabajo"; y CEDAW/C/SLV/6 (25 de noviembre de 2002), que en la parte tres, se refiere al artículo 11 "Medidas hacia la no discriminación en la esfera laboral". Los contenidos vigentes de esos informes se recogen en los diferentes acápites del presente informe.

72.De igual manera, El Salvador se remite a la Memoria que presentó a la Organización Internacional del Trabajo (OIT), correspondientes al Convenio Nº 111 sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958, remitida en el año 2001 y sobre el Convenio Nº 122 relativo a la política del empleo, 1964, remitida en 2002.

Párrafo 9 a) de las directrices

73.En El Salvador el empleo no se encuentra sometido al control directo de una autoridad nacional, en virtud de la normativa constitucional establecida en el artículo 23, que establece el principio de la libre contratación.

74.Los datos relativos a empresas, horas y salarios son compilados por el Departamento de Estadística e Informática Laboral del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, a través de una encuesta que comprende, informaciones sobre gestión de empleo, inserción en el mercado de trabajo y cifras de empleo en la manufactura y el comercio, etc.

75.Actualmente existen 2,4 millones de puestos de trabajo, distribuidos en los sectores de mayor empleo en la economía como son: el sector agrícola, el sector industrial, el sector comercio, el sector servicios, el sector construcción y el sector transporte y servicio doméstico.

76.Los incrementos anuales correspondientes a la población ocupada por sectores de actividad económica son del orden de 47.000 nuevos puestos de trabajo anuales. Durante el año 2001, esta cifra aumentó a 89.000 nuevos puestos de trabajo. Los mayores receptores de estos nuevos empleos fueron los sectores agrícola, industrial y comercio.

77.Existe una proyección para el período 2002‑2004, mediante la cual se contempla generar 224.201 nuevos empleos. Se estima que los beneficios de los Tratados de Libre Comercio suscritos generarán una demanda adicional de 33.000 nuevos empleos directos y 66.000 empleos indirectos anualmente durante el período 2002-2004. Tales incrementos en el empleo se espera que sean absorbidos en forma directa por el sector agrícola y el sector industrial y de manera indirecta por los sectores comercial, servicios, transporte y construcción. Los nuevos empleos generados con los Tratados de Libre Comercio forman parte de la economía formal y la estructura de los empleos indirectos dependerá del comportamiento de la demanda interna.

78.Las expectativas sobre el nivel de empleo y exportaciones hacia los países con los cuales El Salvador ha firmado Tratados de Libre Comercio o con los cuales se encuentra en proceso de negociación, son de 5.918 millones de dólares de los EE.UU. y un nivel de empleo de alrededor de 405.000 plazas para el período 2004‑2005.

Situación del empleo

79.Los indicadores del mercado laboral se obtienen a través de la Encuesta de Hogares de Propósitos Múltiples, que efectúa anualmente la Dirección General de Estadísticas y Censos, DIGESTYC, del Ministerio de Economía. La mayor parte de conceptos y mediciones utilizados en la Encuesta de Hogares de Propósitos Múltiples se basan en las normas internacionales en materia de medición del empleo y desempleo, adoptadas por la Conferencia Internacional de Estadígrafos del Trabajo, CIET.

80.Los indicadores del mercado laboral comprenden Población Total; Población en Edad de Trabajar, PET; Población Económicamente Activa, PEA (total, urbana y rural); ocupados (total, urbanos y rurales; sector formal urbano y sector informal urbano); desocupados (total, urbanos y rurales); subocupados (urbanos y área metropolitana); tasa de desocupación (global, urbana y rural); tasa de participación bruta.

81.Después de una evaluación, los datos recopilados son utilizados para realizar proyecciones del comportamiento de la Población Económicamente Activa, PEA, y de la población en general, para determinar los requerimientos del sector productivo de mano de obra calificada, y complementariamente las necesidades cuantitativas y cualitativas de formación profesional.

82.La Encuesta de Hogares de Propósitos Múltiples de 2000, determinó que la Población en Edad de Trabajar (PET), era de 4.777.995 personas. La Población Económicamente Activa, PEA, fue para ese año de 2.496.365 personas, de las cuales el 62,8% se localizaba en el área urbana y el 37,2% en la rural. La proporción de personas empleadas fue de 93,0% del total de la PEA, en tanto que los desempleados representan el 7,0%.

83.En el año 2001 la PET ascendió a 4.946.991 personas entre hombres y mujeres. Para ese mismo año, la PEA ascendió a 2.634.595 personas entre mujeres y hombres, de las cuales, el 62,1% se localizaban en el área urbana y el 37,9% en el área rural.

84.Para el año 2000 la distribución de las personas empleadas según rama económica fueron:  38,7% en la agricultura, ganadería, caza y pesca; 29,7% en el comercio, hoteles y restaurantes y el 12,9% en la industria manufacturera; el resto se ubicaron en las demás ramas de actividad económica del país.

85.La Tasa Global de Participación para el año 2000, ascendió a 52,2%, es decir 52 de cada 100 personas en edad de trabajar se encontraban ocupadas u ofertando su fuerza de trabajo en el mercado laboral. Ese mismo año, el 66,0% de la PEA se ubicó como ocupados plenos, 27,0% como subempleados y el resto como desempleados. Mientras que para el año 2001, el 64,9% de la PEA se clasificaron como ocupados plenos, 28,1% como subempleados y el 7,0% como desempleados.

86.La destrucción generada por dos terremotos de enero y febrero de 2001 requirió el concurso de todos los fondos disponibles del Estado para la emergencia. Entre los objetivos centrales del programa de reactivación del empleo rural pueden mencionarse: a) remoción de escombros; b) agua y saneamiento; c) salud pública; d) reparación, rehabilitación y reconstrucción de centros educativos; e) estabilización de suelos; f) carreteras y caminos rurales; g) rehabilitación de caminos vecinales; h) estabilización de taludes de caminos vecinales; i) limpieza de cauces; j) paquetes agrícolas; k) paquetes pesqueros; l) infraestructura pesquera; m) rescate del parque cafetalero; n) viveros frutales; y  o) rehabilitación de oficinas regionales.

87.La inversión generada por el Estado durante el año 2001 para esos propósitos fue de 324,4 millones de dólares de los EE.UU. generando y rehabilitando 941.409 empleos en el período enero‑junio de 2001.

Situación del desempleo

88.La tasa nacional de desempleo abierto para el año 2000, ascendió a 7,0%, siendo mayor en el área rural que en el área urbana, 7,5 y 6,6% respectivamente. La PEA entre 15 a 29 años de edad constituyó el grupo más afectado por el desempleo abierto, la tasa de desempleo de dicho grupo fue de 10,7% (99.953), en el área urbana el desempleo abierto de ese grupo de edad ascendió al 11,5%.

89.La Encuesta de Hogares de Propósitos Múltiples indicó que el mayor índice de desempleo a nivel nacional para el año 2000 se presentó en hombres con una tasa del 9,0%, a diferencia de las mujeres que presentaron una tasa de desempleo abierto del 3,7%.

90.Los datos proporcionados por el Observatorio del Mercado Laboral del Instituto Salvadoreño de Formación Profesional, INSAFORP, señalan que las tasas del desempleo en el año 2000 inició con 7,3% levemente más alta que el promedio en 1999 que fue de 7,0%, la cual descendió hasta un 6,0% en diciembre de ese año. La afectación geográfica de desempleo para ese mismo año determinó una tasa urbana que inició el año en 7,4% y lo cerró con 6,3%; el área rural inició el año con una tasa de 7,3% y cerró con 5.5%, es decir, con una diferencia positiva de 1,8 puntos. La afectación del desempleo desagregado por sexo durante el año 2000 denotó una tasa masculina del 8,6% en enero, cerrando el año con una tasa de desempleo de 7,2%, mientras que el comportamiento de la tasa de desempleo femenino descendió de 5,2% en enero a 4,0% en diciembre de ese año.

91.Para 2001 la tasa nacional de desempleo abierto fue de 7,0%. La afectación de la PEA entre 15 y 29 años de edad se redujo para 2001, de tal forma que la tasa de desempleo de dicho grupo fue de 9,8% (95.750 desempleados), siendo el desempleo abierto de ese grupo para el área urbana equivalente al 10,9%.

92.Para 2001 el porcentaje de hombres desempleados fue de 8,7%, y el porcentaje de las mujeres desempleadas se incrementó con relación al año anterior a 4,9%.

Situación del subempleo

93. De conformidad a la Encuesta de Hogares y Propósitos Múltiples, la tasa de subempleo para el año 2000 fue de 27,0%. De la cual se identifican una tasa de 3,4% como subempleados visibles y el 23,6% como subempleados invisibles.

94. Durante el año 2001 la tasa de subempleo fue de 28,1%, de la cual, el 3,5% se ubicó como subempleo visible y el 24,6% como subempleo invisible.

Párrafo 9 b) de las directrices

95. En el Programa de Gobierno 1999-2004, se estableció la "Alianza por el Trabajo", con el objeto de crear condiciones que propicien la generación de empleo, colocación, formación profesional y servicios de orientación ocupacional.

96. Entre las principales medidas adoptadas por el Gobierno a fin de satisfacer las demandas de empleo, se encuentran el desarrollo de programas y proyectos con impacto en el nivel y calidad del empleo.

97. En el marco de la implementación de la Política Nacional de la Mujer, el Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer (ISDEMU), en coordinación con el Instituto Salvadoreño de Formación Profesional (INSAFORP) y otras instituciones, se facilita el acceso a la formación profesional de las mujeres.

98. Entre los centros colaboradores del INSAFORP dirigidos especialmente a la formación de la mujer se encuentran: el Centro de Formación de la Mujer; Asociación de Muchachas Guías de El Salvador; Centro de Formación Juvenil Julia Canessa; Asociación para la Organización y Educación Empresarial Femenina de El Salvador O. E. F.; FUNDEMUN; ASAPROSAR y Academia Lina. En ese mismo sentido ha promovido campañas de motivación hacia el sector femenino con el objeto de que éstas se incorporen en la formación profesional de oficios no tradicionales, como: metal, mecánica, electricidad, fontanería, carpintería, etc., lo cual amplía las oportunidades para su inserción en el mercado de trabajo.

99. Por otra parte, el ISDEMU en coordinación con la Dirección General de Inspección del Trabajo del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, garantizan el acceso de la mujer en condiciones de igualdad al empleo y a las diferentes profesiones.

Párrafo 9 c) de las directrices

Fortalecimiento del sistema de formación profesional

100. A través del sistema de formación profesional, el INSAFORP ha capacitado al personal técnico docente de 64 centros colaboradores autorizados para los servicios de formación profesional, a efecto de lograr la estandarización de las acciones formativas con garantía y calidad. A través de esta área se han impartido cursos de actualización técnica, y eventos de capacitación sobre la perspectiva de género; acciones formativas por medio de las cuales se logró capacitar a 500 instructores, entre los cuales el 48% corresponden al sexo femenino.

Mejoramiento continuo de la productividad nacional

101.Las capacitaciones se enfocan especialmente a los sectores de turismo, artesanía, agrícola, comercio, servicio e industria, obteniéndose una población capacitada de aproximadamente 20.000 personas, de la cuales 14.000 son mujeres, las que representanel 70%.

Formación ocupacional

102.Se ha capacitado a grupos poblacionales vulnerables y a la población en general por medio del programa de rehabilitación para el trabajo y proyectos pilotos, a través de los cuales se ha logrado capacitar a un total de 25.000 personas, de las cuales 20.000 son mujeres, equivalentes al 80% del total.

103.El Consejo Superior del Trabajo coordina con las organizaciones de empleadores y de trabajadores, así como con otros organismos con objeto de fomentar la aceptación y cumplimiento de la Política de Trabajo.

104.De igual manera se realizan seminarios tripartitos auspiciados por el Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer, ISPM, con el objeto de concienciar a trabajadores, empleadores y al personal de las instituciones públicas sobre la protección y respeto de los derechos laborales y humanos de los trabajadores sin distinciones de sexo.

Párrafo 9 d) de las directrices

105.Las principales normativas nacionales que se relacionan con la garantía de la libre elección del empleo, son las siguientes: a) Constitución de la República de El Salvador (Decreto Nº 38 de fecha 15 de diciembre de 1983, que entró en vigencia el 20 de diciembre de ese mismo año); b) Código de Trabajo (Diario Oficial Nº 142 Tomo 236 de fecha 31 de junio de 1972, vigente desde el 31 de octubre de ese mismo año); c) Ley de organización y funciones del sector trabajo y previsión social (Decreto ejecutivo Nº 682 de fecha 11 de abril de 1996, publicado en el Diario Oficial Nº 81, Tomo 331 de fecha 3 de mayo de ese mismo año; vigente desde el 8 de mayo de 1996); d) Ley de creación del Instituto Salvadoreño de Formación Profesional, INSAFORP (Decreto legislativo Nº 554 de fecha 2 de junio de 1993, publicado en el Diario Oficial Nº 143, Tomo 320 de fecha 20 de julio de 1993); e) Ley de equiparación de oportunidades para las personas con discapacidad (Decreto legislativo Nº 888 de fecha 27 de abril de 2000); f) Ley del Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer (Decreto 644 Publicado en el Diario Oficial Nº 43, Tomo 330 de fecha 1º de marzo de 1996); g) Reglamento para la Equiparación de Oportunidades para Personas con Discapacidad; h) Anteproyecto de Ley para la Reactivación del Empleo; i) Anteproyecto para la Creación de la Dirección Nacional de Empleo; j) Anteproyecto de Reglamento para la Regulación de Agencias Privadas de Intermediación, Entidades Colaboradoras de Intermediación y Agencias de Trabajo Temporal; k) Plan de Gobierno de la Nueva Alianza, 1999-2004; l) Plan Nacional para el Fomento del Empleo; m) Plan Nacional de Formación Profesional; n) Programa de Reactivación del Empleo Rural. Reconstrucción Post-Terremotos (2001); o) Programa de Fomento y Atracción de Inversiones Financiamiento de Techo Industrial y Generación de Empleo, FITEX (2001); p) Política para la Equiparación de Oportunidades de Personas con Discapacidad; q) Iniciativa del Proyecto de la Nueva Ley de Aprendizaje; r) Estudio Preliminar para la Formulación de Política Nacional dirigida a Crear Empleo en Forma Intensiva en Proyectos de Infraestructura; s) Crecimiento de las Exportaciones y de la Oferta Laboral bajo las Condiciones de los Tratados de Libre Comercio (2001); t) Convenio Nº 111 de la Organización Internacional del Trabajo, relativo a la no discriminación en materia de empleo y la ocupación (ratificado el 15 de junio de 1995); y u) Convenio Nº 122 de la Organización Internacional del Trabajo, relativo a la política del empleo (ratificado el 15 de junio de 1995).

106.Con base a los anteriores instrumentos y mecanismos legales, el Estado tiene la obligación de velar por el respeto de los principios de igualdad de oportunidades y de trato en el empleo y la ocupación (artículo 3 de la Constitución de la República), incluyendo el acceso a la formación profesional (artículo 40 de la Constitución de la República).

107.Los empleadores están obligados a no establecer distinción, exclusión o preferencia basada en motivos de raza, color, sexo, religión, opinión política, ascendencia nacional u origen social, salvo las excepciones previstas por la ley con fines de proteger del trabajador (artículos 12 y 30, ordinal 12º, del Código de Trabajo).

108.Los trabajadores que en una misma empresa o establecimiento y que en idénticas circunstancias desarrollan una labor igual, deben devengar igual remuneración, cualquiera que sea su sexo, edad, raza, color, nacionalidad, opinión política o creencia religiosa (artículo 123 del Código de Trabajo).

109.Los órganos consultivos del Ministerio de Trabajo son tres: a) Consejo Superior del Trabajo; b) Consejo Nacional del Salario Mínimo; y  c) Comisión Consultiva.

110.El Consejo Superior del Trabajo institucionaliza el diálogo y promueve la concertación económica y social entre las autoridades públicas y las organizaciones de empleadores y de trabajadores. Su integración y funcionamiento se rigen por el Decreto Nº 859 del 21 de abril de 1994. Está facultado para formular recomendaciones sobre la elaboración, conducción y revisión de la política social, contribuir a la economía entre los factores de la producción propender a la mejor integración de los aspectos sociales y económicos del desarrollo y desempeñar las demás funciones que la ley le confiere.

111.El Consejo Nacional del Salario Mínimo tiene como finalidad la fijación periódica de los salarios mínimos de conformidad con el procedimiento específico establecido en el Código de Trabajo.

112.El Consejo Superior del Trabajo y el Consejo Nacional del Salario Mínimo están conformados de manera tripartita, así: a) un representante del Gobierno, b) un representante de los empleadores; y c) un representante de los trabajadores. Se reúnen periódicamente para analizar los aspectos relativos al sector.

113.La Comisión Consultiva se integra por profesionales o especialistas de reconocida capacidad y experiencia, ajenos al Ministerio de Trabajo y Previsión Social, cuyos cargos son ad-honorem y de confianza. Su organización y funciones son temporales y determinadas por acuerdo ministerial.

Párrafo 9 e) de las directrices

114.El Gobierno de El Salvador trata de propiciar condiciones de estabilidad política, social y económica, seguridad jurídica, inversiones en infraestructura y en capital humano, con objeto de fomentar el pleno empleo, productivo y libremente elegido.

115.En ese sentido, al Instituto Salvadoreño de Formación Profesional, INSAFORP, (conformado por representantes de los empresarios, de los trabajadores y sector público), le corresponde satisfacer las necesidades de recursos humanos calificados para potenciar el desarrollo económico y social del país, organizando y ejecutando una serie de programas que forman recursos humanos, basado en políticas institucionales.

116.En el marco de esas políticas se revisaron y han puesto en ejecución diferentes programas que tienen como objetivo formar el recurso humano, considerando las fuerzas y tendencias del mercado laboral. En febrero de 2000 se creó el Observatorio del Mercado Laboral, para darle seguimiento a esos programas.

117.En el marco de la Política Económica y Social del Estado, se han venido desarrollando programas de capacitación técnica y profesional.

Programa Habilitación para el Trabajo, HABIL

118.Tiene como objetivo implementar acciones de formación profesional que posibiliten a la población desempleada, subempleada o empleada, la aplicación de conocimientos, el desarrollo de habilidades y la formación de valores, que contribuyan a su inserción laboral como trabajador dependiente o como emprendedor independiente o su mejoramiento del desempeño laboral (los cursos tienen un módulo básico de gestión empresarial).

119.Este programa ha demostrado su impacto, al acertar en la relación existente entre los empleos que la población usuaria de estos cursos adquiere, y la capacitación recibida. El porcentaje promedio de inserción laboral de los participantes en el Programa HABIL 1999 fue del 20%.

120.Se ha identificado la necesidad de que el INSAFORP continúe relacionando la capacitación con la posibilidad de inserción al trabajo, enfocando esfuerzos en las áreas en las que se proyecten acciones o proyectos de desarrollo.

Programas de Aprendizaje Modalidad Empresa Centro

121.Este programa desarrolla actividades formativas sistemáticas e integrales que vinculan la formación teórica con la práctica y responden a la demanda del sector productivo y de la población.

Programa de Formación de Empresas

122.Mediante el cual se capacita al personal de las empresas, tanto en los niveles operativos, como de mandos medios y gerenciales, en el marco del mejoramiento continuo de la productividad nacional, que permita elevar las competencias individuales y la competitividad del país, considerando las exigencias de la globalización.

Programas Estratégicos

123.A través de estos programas se ha contribuido a formar jóvenes salvadoreños en el exterior y en el interior del país. Mediante estos programas se ha capacitado a jóvenes para producción y desarrollo de software (India), y en la Escuela Agrícola Panamericana El Zamorano (Honduras). Localmente se ha capacitado en la restauración de monumentos históricos y algunos diplomados.

Programas Especiales

124.Mediante estos programas se capacita a grupos de población con características que los hacen diferentes al resto de la población económicamente activa, estos son los casos de los discapacitados, los reclusos, personal de tropa de la Fuerza Armada, jóvenes en riesgo social y otros.

125.Entre 2000 y 2001 se ha formado a 62.095 personas a través de la habilitación o formación inicial para el trabajo, enfocado principalmente a los sectores desempleados y subempleados.

Párrafo 9 f) de las directrices

126.El Estado tiene la obligación de velar por el respeto de los principios de igualdad de oportunidades y de trato en el empleo y la ocupación, incluyendo el acceso a la formación profesional, de acuerdo al artículo 40 de la Constitución de la República, que establece un sistema de formación profesional para la capacitación y calificación de los recursos humanos.

127.Se ha venido enfrentando con voluntad y entereza, el reto de implementar un modelo para el desarrollo de la competitividad productiva no obstante la creciente competencia de los mercados y las presiones de una población cada vez mayor.

Párrafo 10 a) y b) de las directrices

128.Sobre la base del artículo 40 de la Constitución de la República, se creó la Ley de formación profesional, mediante la cual se crea el Instituto Salvadoreño de Formación Profesional, INSAFORP, como institución de derecho público, con autonomía económica y administrativa y con personalidad jurídica, bajo cuya responsabilidad se encuentra la dirección y la coordinación del sistema de formación profesional para la capacitación y calificación de los recursos humanos en los diferentes niveles formativos, inicial y complementario, agropecuario, industrial, comercial, de servicios agroindustrial y demás actividades productivas, de conformidad con los planes y programas aprobados.

129.INSAFORP cuenta con una estructura dinámica y flexible y se relaciona con otras instituciones de formación profesional ofreciendo programas formativos, sin perder de vista la población de ingresos menores. Los cursos de capacitación impartidos por el INSAFORP se fundamentan en la igualdad de oportunidades para hombres y mujeres.

130.En El Salvador no existen distinciones, exclusiones o preferencias basadas en motivos de raza, color, sexo, religión, opinión política, ascendencia nacional u origen social, que tengan por efecto anular o alterar la igualdad de oportunidades de formación, de trato en el empleo y la ocupación, de conformidad a lo establecido en el artículo 38, ordinal 1°, de la Constitución, relacionado al artículo 123 del Código de Trabajo.

131.Durante los últimos años, el Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer, ISDEMU, ha venido impulsando la creación de Centros de Formación Profesional para las mujeres, mediante los cuales se pretende dotarles de capacidades que les permitan insertarse de una forma más adecuada en los espacios productivos, sobre todos en aquellos donde encuentran mayores obstáculos, es decir, en campos que tienen que ver ya con la economía primaria y secundaria (agricultura, industria y comercio).

132.En el marco de la implementación de la Política Nacional de la Mujer, el Ministerio de Trabajo y Previsión Social y el Instituto Salvadoreño de Formación Profesional han desarrollado actividades específica en materia laboral: a) aprobación de 122 Reglamentos Internos de Trabajo; b) elaboración de un Plan de Divulgación de los Derechos de la Mujer que se ejecutará a través de los diversos medios de comunicación; c) publicación de afiches y trípticos con diferentes diseños; d) se realizó la segunda fase del Programa HABIL 98, con la participación de 6.150 hombres y 7.614 mujeres; e) El INSAFORP ha retomado compromisos asumidos para procurar lograr la igualdad de acceso de las mujeres a una capacitación laboral eficaz, el readiestramiento, el reasesoramiento y los servicios de colocación que no se limiten a las esferas de empleos tradicionales, contando con el apoyo del Proyecto de Fomento al Sistema de Formación Profesional en El Salvador; f) el Ministerio de Trabajo ha incorporado en su trabajo los Servicios de Colocación, en el período 1995-1997; g) elaboración de un instructivo desde la perspectiva de género, para el desarrollo del reglamento interno de trabajo, que sirva como guía para los diferentes centros laborales, en la formulación de su propio reglamento o en su defecto a las personas que realizan los estudios a los reglamentos presentados, para su aprobación; h) se han realizado 3.840 inspecciones y reinspecciones especiales y programadas en los centros de trabajo, para prevenir riesgos profesionales de mujeres y hombres, en los sectores de la industria, servicio, comercio y agropecuario; i) de manera coordinada el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social y el Instituto Salvadoreño del Seguro Social, realizaron 20 inspecciones y reinspecciones especiales, dirigidas a verificar que las condiciones de trabajo en que laboran las mujeres, no afecten la salud reproductiva de las mismas; y  j) se actualizó la validación de un convenio entre el Ministerio de Trabajo y la Procuraduría General de la República, dirigido a la implementación de un mecanismo permanente de coordinación interinstitucional, que posibilite el acceso a puesto de trabajo de la mujer jefa de hogar.

Párrafos 10 c) y 11 a 13 de las directrices

133.El Estado se remite a lo consignado en la Memoria sobre el Convenio Nº 111 de la OIT, relativo a la discriminación (empleo y ocupación), 1958, remitido a la Organización Internacional del Trabajo, OIT, en 2001.

134.Actualmente se desarrollan diversos proyectos en El Salvador, con el patrocinio de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Proyecto de Modernización de las Administraciones del Trabajo de América Central, Belice, Panamá y República Dominicana (MATAC) de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)

135.Las líneas de trabajo de ese proyecto son: a) Modernización de los servicios de inspección del Ministerio de Trabajo y Previsión Social; b) Modernización de los servicios públicos de empleo; c) asistencia técnica para la elaboración de planes de fomento del empleo, intermediación para el empleo, orientación ocupacional, modernización de la legislación en el área de empleo; d) capacitación del personal técnico del departamento de empleo; y  e) descentralización de los servicios de empleo en la región oriental del país.

Proyecto de Impacto Rápido en el Empleo: Recuperación de Empleos y Reducción de Vulnerabilidad Económica en el Departamento de Usulután. Organización Internacional del Trabajo

136.Cuyas líneas de trabajo son: a) diagnóstico de medición de impacto en el empleo y elaboración de una estrategia nacional para la recuperación de empleo en las zonas afectadas por los sismos ocurridos en El Salvador en 2001; b) proyecto de reactivación de microempresas a través de la construcción de módulos productivos y asistencia técnica; c) fortalecimiento del Subsector de la construcción, por medio de la asistencia técnica a microempresarios de la construcción en las áreas de Manual de normas de gestión organizativa, técnica, administrativa y financiera, y Plan de promoción, mercadeo y comercialización; y  d) formulación de diagnóstico, inventario y análisis de las entidades involucradas en el gasto de reconstrucción de infraestructuras y sus respectivas modalidades de contratación y otros grupos privados en El Salvador.

Oficina Internacional del Trabajo: Oficina para Centroamérica, Panamá y República Dominicana. Equipo Técnico Multidisciplinario para Centroamérica, Cuba, Haití, México, Panamá y República Dominicana

137.Las líneas de trabajo de este proyecto son: a) formulación de documento denominado "El Salvador, política económica y empleo durante los noventa desafíos para la nueva década"; y  b) análisis estadístico especial del mercado de trabajo de El Salvador.

G. Artículo 7

Párrafo 14 de las directrices

138.Con relación a lo dispuesto en el artículo 7 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el Estado de El Salvador se remite a las Memorias que presentó a la Organización Internacional del Trabajo (OIT), correspondientes al Convenio Nº 131 sobre la fijación de salarios mínimos, enviada en el año 2002; Convenio Nº 100 sobre igualdad de remuneración, enviada en el año 2002; Convenio Nº 129 sobre la inspección del trabajo en la agricultura, enviada en el año 2002; Convenio Nº 155 sobre la seguridad y salud de los trabajadores, enviada en el año 2002; y Convenio Nº 81 sobre la inspección del trabajo en la industria y el comercio, enviada en el año 2001.

139.Cabe señalar que el Gobierno de la República de El Salvador desde los inicios de la década de los años noventa y más concretamente posteriormente a la firma de los Acuerdos de Paz (1992), ha buscado constantemente mejorar las condiciones laborales y de vida de los trabajadores; es así que en el año 1994 y contando con la asesoría de la Organización Internacional Trabajo se inició un profundo análisis de la legislación laboral salvadoreña, cuyo resultado concluyó con las reformas al Código de Trabajo y la ratificación del Convenio Nº 131 sobre la fijación de salarios mínimos, 1970; Convenio Nº 81 sobre la inspección del trabajo en la industria y el comercio, 1947; y Convenio Nº 129 sobre la inspección del trabajo en la agricultura, 1969.

140.En ese mismo sentido y con objeto de fortalecer la protección de los derechos laborales, en el año 2000 se ratificó el Convenio Nº 100 sobre la igualdad de remuneración entre la mano de obra masculina y la mano de obra femenina por un trabajo de igual valor, 1951; y Convenio Nº 155 sobre la seguridad y la salud de los trabajadores y medio ambiente de trabajo, 1981.

141.Entre la legislación nacional para garantizar la igualdad de remuneración en El Salvador se aplica: a) Constitución de la República de El Salvador (Decreto Nº 38 de fecha 15 de diciembre de 1983, que entró en vigencia el 20 de diciembre de ese mismo año); b) Código de Trabajo (Diario Oficial Nº 142 Tomo 236 de fecha 31 de junio de 1972, vigente desde el 31 de octubre de ese mismo año; c) Ley de Organización y Funciones del Sector Trabajo y Previsión Social (Decreto ejecutivo Nº 682 de fecha 11 de abril de 1996, publicado en el Diario Oficial Nº 81, Tomo 331 de fecha 3 de mayo de ese mismo año; vigente desde el 8 de mayo de 1996); d) Ley del Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer; e) Ley Procesal de Familia (Decreto legislativo Nº 133 de fecha 15 de noviembre de 1995, publicado en el Diario Oficial Nº 228 Tomo 329 de fecha 8 de diciembre de 1995); f) Ley contra la violencia intrafamiliar (Decreto legislativo Nº 902, Diario Oficial Nº 241 Tomo 333 de fecha 20 de diciembre de 1996); g) Código Penal (Decreto legislativo Nº 1030 de fecha 26 de abril de 1997 publicado en el Diario Oficial Nº 105, Tomo 335 de fecha 10 de junio de 1997); h) Código Procesal Penal (Decreto legislativo Nº 904 de fecha 4 de diciembre de 1996, publicado en el Diario Oficial Nº 11, Tomo 334 de fecha 20 de enero de 1997); i) Política Nacional de la Mujer y su Plan de Acción 2000‑2004; j) Convenio Nº 81 sobre la inspección del trabajo en la industria y el comercio (ratificado el 15 de junio de 1995); k) Convenio Nº 100 sobre igualdad de remuneración de la Organización Internacional del Trabajo (ratificado el 12 de octubre de 2000); l) Convenio Nº 129 sobre la inspección del trabajo en la agricultura (ratificado 15 de junio de 1995); m) Convenio Nº 131 sobre la fijación de salarios mínimos (ratificado el 15 de junio de 1995); y  n) Convenio Nº 155 sobre la seguridad y salud de los trabajadores (ratificado el 12 de octubre de 2000).

142.El principio constitucional de la igualdad de salario (artículo 38 numeral 1° de la Constitución de la República), es recogido en el artículo 123 del Código de Trabajo, sobre la base de los cuales no se contempla ninguna diferencia entre hombres y mujeres en cuanto a las horas de trabajo. En la actualidad, se mantiene una diferencia salarial debido a la segmentación por género que se hace de los trabajos.

143.Los beneficios establecidos en el Código de Trabajo, en lo que respecta a pago de salarios, descansos semanales, asuetos, vacaciones, aguinaldos, incapacidad por enfermedad y entrenamiento en el trabajo, son universales, es decir sin ningún tipo de discriminación.

144.El marco jurídico de protección laboral es adecuado para el apoyo de las mujeres en una inserción laboral en términos de igualdad, se identifica entonces que, el problema radica primordialmente en la discriminación sociocultural que continua marginando y menospreciando el trabajo femenino y las actividades realizadas por las mujeres, además de no permitirle formarse adecuadamente hacia la realización de labores mejor remuneradas.

Salarios femeninos como porcentaje de los masculinos

(En porcentaje)

Grupo ocupacional

1994

1995

1996

1997

Profesionales

84,5

84,5

77,3

68,5

Técnicos

78,9

78,9

93,5

94,6

Empleados/as de Oficinas

96,2

96,2

104,6

98,7

Artesanos/as, operarios/as

57,9

57,9

50,5

55,3

Fuente: FUSADES, Encuesta Mercado de Trabajo 1994 y Encuesta de Hogares de Propósitos Múltiples 1995 y 1997.

145.El porcentaje de salario femenino con relación al masculino por rama de actividad, evidencia una variación en lo que respecta a la rama de la construcción, no porque haya mujeres trabajando como obreras, sino que su actividad se realiza a un nivel diferente que los hombres, ya sea ocupando cargos administrativos o profesionales.

Salario femenino como porcentaje del masculino

(En porcentaje)

Rama de Actividad

1992/93

1994

1995

1997

Industria

57,8

67,3

61,4

70,5

Construcción

173,2

141,8

268,2

176,0

Comercio

63,6

57,2

51,7

58,1

Servicios

56,6

58,9

58,2

79,5

Fuente: Encuesta de Hogares de Propósitos Múltiples 1995 y 1997.

146.La relación del ingreso promedio de las mujeres en comparación con los hombres a nivel país para el año 2000 era de un 0,35, es decir que, la mujer percibía un 35% menos del salario del percibido por los hombres en trabajos o labores equivalentes. La estimación del ingreso de las mujeres por trabajo remunerado en El Salvador para ese año era de 2.347 y para los hombres era equivalente a 6.727 ‑con base a la Paridad del Poder Adquisitivo (PPA), en dólares de los EE.UU.‑, la desproporción en el poder adquisitivo es notablemente inequitativo entre hombres y mujeres.

147.La Inspección de Trabajo vigila por el fiel cumplimiento de las leyes laborales y los tribunales de lo laboral, son medios efectivos por los que se asegura la no discriminación en el pago de salarios.

Párrafo 15 de las directrices

148.La legislación nacional recoge en igualdad de términos la definición de remuneración, con relación al Convenio Nº 100 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), sobre igualdad de remuneración.

149.En El Salvador, el Consejo Nacional del Salario Mínimo es el órgano encargado de establecer la fijación del salario mínimo, tomando como base el artículo 38 numeral primero de la Constitución de la República y el artículo 123 del Código de Trabajo.

150.La inobservancia de tales normas determina el derecho de los trabajadores afectados para demandar la nivelación de salarios, de conformidad al artículo 124 del Código de Trabajo.

151.Respecto a los métodos de fijación de remuneración el Consejo Nacional del Salario Mínimo utiliza el de la revisión por lo menos cada tres años, tomando en cuenta los diferentes elementos establecidos en el artículo 145 del Código de Trabajo, como el costo de la vida, la índole de la labor y otros criterios similares.

152.Los trabajadores de la construcción fijan salarios mediante la negociación colectiva con las empresas partes del Laudo Arbitral, no obstante están cubiertos por el sistema de salarios mínimos.

153.El sistema de salarios mínimos se aplica en El Salvador a los siguientes grupos de asalariados: a) Trabajadores del comercio, la industria y servicios; b) Trabajadores de las industrias agrícolas de temporada; c) Trabajadores agropecuarios; d) Trabajadores en la recolección de la cosecha de café; e) Trabajadores en la recolección de caña de azúcar; f) Trabajadores en la recolección de la cosecha de algodón.

154.La autoridad competente para determinar los grupos de asalariados que deben ser protegidos es el Consejo Nacional del Salario Mínimo, el cual es un organismo dependiente del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, que está conformado de manera tripartita, integrado por siete miembros: tres representan al sector público, dos al sector de los trabajadores y dos al sector empleador.

155.Para la determinación de los salarios, el régimen jurídico de El Salvador cuenta con los siguientes cuerpos legales: a) Constitución de la República de El Salvador; b) Código de Trabajo; c) Ley de Organización y Funciones del Sector Trabajo y Previsión Social; d) Decretos de Salarios Mínimos para las actividades comerciales, industriales de servicios: Industria Agrícola de Temporada; e) Convenio sobre la fijación de salarios mínimos 1970 (Nº 131), de la Organización Internacional del Trabajo, OIT, ratificado en 1995.

156.Las disposiciones legales por medio de las cuales se garantiza que los salarios mínimos tienen fuerza de ley y que no podrán reducirse son el artículo 38 numeral primero de la Constitución de la República y el artículo 144 del Código de Trabajo, que reconoce el derecho de todo trabajador, incluidos los trabajadores a domicilio, a devengar un salario mínimo que se fijará periódicamente.

157.Las sanciones establecidas para los patronos que infrinjan cualquier disposición del decreto por medio del cual se fije el salario mínimo, es una multa de hasta 500 colones (57,14 dólares de los EE.UU.), por cada violación sin que por ello deje de cumplirse con la norma infringida. Para calcular la cuantía de la multa se tomará en cuenta la gravedad de la infracción, así como la capacidad y reincidencia del infractor (Código de Trabajo, art. 627).

158.La legislación salvadoreña establece en el Código de Trabajo (art. 145), que para fijar el salario mínimo se atenderá sobre todo al costo de la vida, la índole de la labor, los diferentes sistemas de remuneración, las distintas zonas de producción y otros criterios similares. Por otra parte en el artículo 146 establece que para apreciar el costo de la vida deberán considerarse los gastos ordinarios en alimentación, vestuario, vivienda, educación y protección de la salud, de una familia obrera promedio, campesina o urbana.

159.La Constitución de la República establece en el artículo 38, numeral 2°, que todo trabajador tiene derecho a devengar un salario mínimo, que se fijará periódicamente. Para determinar este salario se atenderá sobre todo al costo de la vida, a la índole de la labor, a los diferentes sistemas de remuneración, a las distintas zonas de producción y a otros criterios similares. Este salario deberá ser suficiente para satisfacer las necesidades normales del hogar del trabajador, en el orden material, moral y cultural.

160.El Consejo Nacional del Salario Mínimo, revisa los salarios mínimos para fijarlos y/o ajustarlos por lo menos cada tres años y se toman en cuenta los diferentes elementos enumerados en los apartados a) y b) del artículo 3 del Convenio 131 de la Organización Internacional del Trabajo sobre la fijación de salarios mínimos.

161.Conforme al Decreto ejecutivo Nº 37, del 23 de mayo de 2003, publicado en el Diario Oficial Nº 93 Tomo 359 de la misma fecha; Decreto ejecutivo Nº 46, del 22 de abril de 1998, publicado en el Diario Oficial Nº 72, Tomo 339 de la misma fecha; Decreto ejecutivo Nº 47, del 22 de abril de 1998, publicado en el Diario Oficial Nº 90, Tomo 311, del 30 de mayo de 1999 y Decreto ejecutivo Nº 68, del 21 de julio de 1995, publicado en el Diario Oficial Nº 135, Tomo 328 de la misma fecha, se fijaron los salarios mínimos vigentes, de acuerdo a la actividad económica desarrollada:

Salarios mínimos vigentes, de acuerdo a la actividad económica desarrollada

(En dólares de los EE.UU.)

Trabajadores del Comercio y Servicios:

En cualquier lugar de la República5,28 diarios

Para Trabajadores de la Industria:

Excepto maquila textil y confección5,16 diarios

Para los Trabajadores de la Maquila Textil y Confección:

En cualquier lugar de la República5,04 diarios

Para Trabajadores de las Industrias Agrícolas de Temporada:

a)Quienes laboran en beneficios de café 3,57 diarios

b)Quienes laboran en beneficios de algodón e ingenios de cañade azúcar2,61 diarios

Para Trabajadores Agropecuarios:

Trabajadores contratados por unidad de tiempo que laboren en cualquierlugar de la República 2,47 diarios

Más la prestación alimenticia, constituida por 0,11 por cada tiempo de comidao 0,34 por jornada de trabajo.

En la recolección de la cosecha de café:

a)Trabajadores contratados por unidad de tiempo, jornada ordinaria de 8 horas.

Salario Básico2,70

Séptimo proporcional0,45

Alimentación0,34

Total3,49

b)Trabajadores contratados por unidad de obra (por arroba)0,54

Séptimo proporcional0,09

Alimentación por cada arroba cortada0,07

Total0,70

Cuando hay fracciones de arroba (libra c/u)0,02

En la recolección de la cosecha de caña de azúcar:

a)Trabajadores contratados por unidad de tiempo, jornada ordinaria de 8 horas.

Salario básico2,29

Séptimo proporcional0,38

Alimentación0,34

Total3,01

b)Trabajadores contratados por obra (rozadores)

Salario básico por tonelada1,14

Séptimo proporcional0,19

Alimentación0,17

Total1,51

En la recolección de la cosecha de algodón:

a)Trabajadores contratados por unidad de tiempo, jornada diaria de 8 horas.

Salario básico2,06

Séptimo profesional0,34

Alimentación0,34

Total2,75

b)Trabajadores contratados por unidad de obra, sistema mixto (cortadores).

Total libra con prestaciones0,03

Valor quintal con prestaciones2,74

162.En el Código de Trabajo se establece un Consejo Nacional del Salario Mínimo, el cual está representado en forma tripartita e integrado por siete miembros: tres representan al interés público; dos al interés de los trabajadores y dos al de los patronos.

163.Como anteriormente se señaló, se cuenta con disposiciones legales que garantizan que los salarios mínimos tengan fuerza de ley y que no podrán reducirse, así como las sanciones aplicables en caso de inobservancia de dichos salarios.

164.Como ya se ha reconocido, en la práctica resulta una relación desigual del ingreso promedio de las mujeres en comparación con los hombres a nivel de país, a pesar que el marco jurídico de protección laboral es adecuado para el apoyo de las mujeres en una inserción laboral en términos de igualdad.

165.Sin embargo, habiéndose identificado que el problema de la desigualdad en los ingresos radica primordialmente de una discriminación sociocultural, se han encaminado esfuerzos en coordinación con diferentes instancias gubernamentales y de la sociedad civil respecto a la actualización y formación profesional de las mujeres.

166.La estrategia institucional de la Política Nacional de la Mujer en la operativización del área mujer-trabajo, ha sido asumida por el Ministerio de Trabajo y Previsión Social, el cual a través de la Dirección General de Inspección del Trabajo, vigila el fiel cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Constitución de la República, Código de Trabajo y demás leyes que otorgan derechos y obligaciones laborales y que establecen el derecho de la mujer, en condiciones de igualdad al empleo y a las diferentes profesiones.

167.A través de la Dirección General de Inspección de Trabajo, se realizan inspecciones programadas a los centros de trabajo dedicado a la industria, servicios, comercio y agroindustria, con el objeto de verificar las condiciones de trabajo, de seguridad e higiene en que desarrollan sus labores las trabajadoras.

Párrafo 16 de las directrices

168.Las disposiciones de carácter legal que rigen las materias de seguridad e higiene en el trabajo son las siguientes: a) Constitución de la República de El Salvador; b) Código de Trabajo; c) Ley de Organización y Funciones del Sector Trabajo y Previsión Social; d) Reglamento General sobre Seguridad e Higiene en Centros de Trabajo; e) Disposiciones del Código de Salud que se refieren a la Seguridad e Higiene en el Trabajo; f) Reglamento de Seguridad en Labores de Excavación; g) Reglamento Especial de Protección y Seguridad Radiológica; h) Decretos de Salarios Mínimos para las actividades comerciales, industriales de servicios: Industria Agrícola de Temporada; i) Convenio sobre la inspección del trabajo en la industria y el comercio de la Organización Internacional del Trabajo (Nº 81); j) Convenio sobre seguridad y salud de los trabajadores, 1981 (Nº 155) de la Organización Internacional del Trabajo.

169.El Gobierno de El Salvador mantiene por principio constitucional establecido en el artículo 44, a través del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, un sistema de inspección del trabajo encargado de la vigilancia del cumplimiento de las disposiciones legales de trabajo y las normas básicas de higiene y seguridad ocupacionales, como medio de prevenir los conflictos laborales en los centros de trabajo del comercio, industria, servicio y agropecuarios, incluidas además, las empresas mineras y de transporte. Este principio constitucional se encuentra desarrollado en el Código de Trabajo y la Ley de Organización y Funciones del Sector Trabajo y Previsión Social.

170.El Convenio sobre la inspección del trabajo en la industria y el comercio de la Organización Internacional del Trabajo (Nº 81), inspiró el contenido del Capitulo VII Sección Segunda de la Ley de Organización y Funciones del Sector Trabajo y Previsión Social relativa a la Dirección General de Inspección de Trabajo, la cual derogó la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, que estaba vigente desde 1963.

171.La autoridad bajo cuya vigilancia y control está la inspección del trabajo es la Dirección General de Inspección de Trabajo, que está organizada de la siguiente forma: a) Director General de Inspección del Trabajo; b) Jefe Departamento de Inspección de Industria, Comercio y Servicio; c) Jefe Departamento de Inspección Agropecuaria; d) Supervisores de Inspección de Industria, Comercio y Servicio; e) Supervisores de Inspección Agropecuaria; f) Jefes de Oficina Regionales de Trabajo; g) Inspectores de Trabajo de Industria, Comercio y Servicio; h) Inspectores de Trabajo de Inspección Agropecuaria; i) Secretarias, notificadotes y personal de apoyo.

172.La Dirección General de Inspección de Trabajo no recibe notificación de los accidentes de trabajo ni de los casos de enfermedad, ya que éstos son notificados a la Dirección General de Previsión Social en razón de la materia, puesto que ahí se encuentran designados los inspectores encargados de investigar las condiciones de Seguridad, Higiene y Previsión en que prestan sus servicios los trabajadores.

173.La Dirección General de Previsión Social, cuenta con personal encargado especializado en salud y seguridad ocupacional, no obstante también se cuenta con el apoyo del Instituto Salvadoreño del Seguro Social en esta especialidad.

174.Los servicios de inspección son ejecutados por el Departamento de Seguridad e Higiene Ocupacional del Ministerio de Trabajo y Previsión Social a través de visitas de oficio y a requerimiento de empleadores y/o trabajadores. Estos servicios incluyen la verificación in situ de las condiciones de seguridad e higiene; la reinspección constituye la verificación de las recomendaciones derivadas de la primera visita; los estudios higiénicos son una evaluación de los niveles de exposición a ruido, estrés térmico, iluminación y sustancias químicas; la revisión y aprobación de planos de construcción de aquellos locales destinados a funcionar como centros de trabajo; las inspecciones de calderas, mediante las cuales se verifica el buen funcionamiento de generadores de vapor; y la Investigación de accidentes mortales o de mucha gravedad.

175.Las facultades que tiene el Inspector de Trabajo están contenidas en el artículo 38 de la Ley de Organización y Funciones del Sector Trabajo y Previsión Social, y consisten en: a) Ingresar libremente sin previa notificación en horas de labor en todo centro de trabajo sujeto a inspección; b) Interrogar solo o ante testigos al empleador y a trabajadores de la empresa y a directivos sindicales en su caso, sobre cualquier asunto relativo a la aplicación de las disposiciones legales; c) Exigir la presentación de planillas, recibos y otros documentos vinculados con la relación laboral, así como obtener copia o extractos de los mismos; d) Efectuar de oficio cualquier investigación o examen que se considere necesario, para el mejor cumplimiento de los fines de la inspección, así como para utilizar los medios mas adecuados para una percepción fiel de los hechos materia de comprobación; e) Señalar el o los plazos razonables dentro de los cuales deben subsanarse las infracciones constatadas y en caso de peligro inminente para la salud y seguridad de los trabajadores, disponer de las medidas de aplicación inmediata; y f) Otras que se fijen por ley.

176.Las horas de labor a que se hace referencia en el literal a) del párrafo anterior han de interpretarse con base al artículo 161 del Código de Trabajo que establece que las horas de trabajo son diurnas y nocturnas. Las horas diurnas están comprendidas entre las 6.00 horas y las 19.00 horas de un mismo día; y las nocturnas, entre las 19.00 horas de un día y las 6.00 horas del día siguiente, por lo que el inspector de trabajo está facultado para ingresar libremente sin previa notificación a realizar una inspección en un centro de trabajo, ya sea en jornada diurna o nocturna.

177.La función de inspección sobre higiene y seguridad ocupacionales también es ejercida independientemente por las instituciones del Instituto Salvadoreño del Seguro Social y Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social. El Instituto Salvadoreño del Seguro Social con base al artículo 101 de su ley creación, puede practicar visitas e inspecciones en los centros de trabajo por medio de sus funcionarios o empleados, o solicitar la práctica de las mismas al Ministerio de Trabajo y Previsión Social, como lo estime más conveniente.

178.La Dirección General de Inspección de Trabajo mantiene reuniones periódicas y enlaces institucionales gubernamentales que ejercen actividades similares como el Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS), Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer (ISDEMU), Instituto Salvadoreño de Atención Integral a la Niñez y la Adolescencia (ISNA), Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, y otras con el fin de intercambiar información y cooperación entre ellas. Asimismo, la Dirección General de Inspección de Trabajo mantiene relación con las organizaciones de empleadores y trabajadores a través de seminarios tripartitos sobre las normas laborales y a través del Consejo Superior del Trabajo.

179.El número actual de inspectores de trabajo es de 39, de los cuales 24 se encargan de vigilar el cumplimiento de las disposiciones laborales y 15 se encargan de vigilar el cumplimiento de las normas básicas sobre seguridad e higiene en los centros de trabajo. Los cuales se encuentran distribuidos geográficamente de la siguiente forma: a) Zona central 28 inspectores; b) Zona oriental 5 inspectores; c) Zona occidental 6 inspectores. El número de inspectores del trabajo en la agricultura es de 10 personas, sin distinción de categorías, funciones técnicas o de carácter especial.

180.Además de los inspectores se cuenta con cuatro supervisores, destacados en la sede central que se encargan de distribuir y revisar el trabajo de éstos, así como de recibir los informes semanales, velar por el cumplimiento de las labores encomendadas a su personal y por el comportamiento del mismo.

181.A fin de velar por el cumplimiento de las disposiciones legales relativas a la protección de la salud y seguridad de los trabajadores en el ejercicio de su profesión, el personal encargado de las visitas de inspección comprende peritos y técnicos debidamente calificados en cada una de las especialidades requeridas o en especialidades conexas, de conformidad al artículo 46 de la Ley de Organización y Funciones del Sector Trabajo y Previsión Social.

182.Las sanciones aplicables en caso de infracción están contempladas en el artículo 627 del Código de Trabajo el que prescribe sanciones consistentes en una multa de hasta 500 colones por cada violación, a lo dispuesto en sus libros I, II y III y por la infracción a las demás leyes laborales que no tienen señalada una sanción especial, sin que por ello deje de cumplirse con lo dispuesto en la norma infringida.

183.En octubre de 2001, se juramentó la Comisión Nacional de Salud y Seguridad Ocupacional con el objeto de dar impulso al desarrollo de la Política Nacional de Salud y Seguridad Ocupacional encontrándose a la fecha en proceso la declaración de dicha Política. La Comisión se conforma de manera tripartita dentro del Consejo Superior del Trabajo. Actualmente discute un ante proyecto de ley denominado Ley de prevención de riesgos en los lugares de trabajo.

184.El artículo 43 de la Constitución de la República de El Salvador establece la obligación de los patronos a prestar servicios médicos, farmacéuticos y demás que establezcan las leyes, al trabajador que sufra accidente de trabajo o enfermedad profesional.

185.De conformidad al artículo 38, f) de la Ley de Organización y Funciones del Sector Trabajo y Previsión Social al tratarse de un peligro inminente para la salud y seguridad de los trabajadores el inspector puede disponer de las medidas de aplicación inmediata.

186.La Ley de Organización y Funciones del Sector Trabajo y Previsión Social, en el artículo 7 establece la competencia de la autoridad pública para formular, ejecutar y supervisar la política de seguridad e higiene ocupacional entre otras. En el artículo 8 letras e y k, de esa misma ley, establece el procedimiento de inspección como el medio para verificar las condiciones de trabajo y, vigilar y coordinar con otros sectores el desarrollo y cumplimiento de las normas sobre seguridad e higiene.

187.El Código de Trabajo, en el artículo 314 establece la obligación de los patronos de adoptar y poner en práctica medidas adecuadas de seguridad e higiene en los lugares de trabajo. Y respecto a los trabajadores, establece en el artículo 315 la obligación de cumplir con las normas sobre seguridad e higiene y con las recomendaciones técnicas sobre equipos de protección personal, protecciones de maquinaria y sobre operaciones y procesos en general.

188.Asimismo el artículo 59 de la ley de Organización y Funciones del Sector Trabajo y Previsión Social, prescribe penas por obstrucción al trabajo de los inspectores en el cumplimiento de su deber: a) Una multa que oscilará entre los 500 hasta los 5.000 colones (57,14 hasta 571,42 dólares de los EE.UU.) y, b) La responsabilidad penal a que hubiere lugar. Para calcular la cuantía de la multa, se toma en cuenta la gravedad de la infracción y la capacidad económica del infractor.

189.El artículo 106 del Código de Trabajo, establece las actividades que presentan algún riesgo grave e inminente para la salud e integridad física de los trabajadores como labor peligrosa. Tales actividades están enlistadas en dicho artículo y en el artículo 162 del mismo Código.

190.Si el empleador hiciere caso omiso de la medida propuesta por el inspector, éste lo comunicará inmediatamente al Director General de Previsión Social, quien en base al artículo 65 de esa misma ley, deberá proceder a solicitar al Director General de Inspección de Trabajo, que clausure todos o algunos de los locales de determinado centro de trabajo o que prohíba el uso de determinadas máquinas, artefactos, aparatos o equipos que en aquel se empleen y que ofrezcan peligro para la vida, la integridad física o la salud de los trabajadores.

191.De la resolución en que se ordene la clausura de los locales o se mande a poner fuera de uso objetos peligrosos, se admitirá recursos de apelación ante el Ministro de Trabajo y Previsión Social, siempre que se interpusiere dentro de los dos días siguientes de la respectiva notificación. El Ministro evacuará el recurso, aplicando el procedimiento establecido para la apelación en el Código de Trabajo.

192.Para hacer efectiva la resolución definitiva en que se ordene la clausura de locales o se mande a poner fuera de uso objetos peligrosos, se pondrán sellos a la entrada de los locales clausurados y sobre los objetos declarados fuera de uso, requiriendo el auxilio de la fuerza pública sí fuere necesario.

193.Cuando el interesado esté dispuesto a corregir las condiciones insalubres o peligrosas, lo manifestará al Inspector General de Trabajo y éste ordenará el levantamiento de sellos, previniendo expresamente a aquel que no podrá reanudar las labores mientras no se hubieren realizado todas las correcciones.

194.Verificadas las correcciones, el interesado solicitará la autorización al Director General de Inspección de Trabajo para reanudar las labores, quien no podrá concederla si no se le presenta certificación extendida por el Director General de Previsión Social, en que conste que han desaparecido los peligros que motivaron la utilización de los sellos.

195.La reanudación de labores sin la autorización correspondiente, será sancionada con una multa de 1.000 a 25.000 mil colones (114,28 a 2.857,14 dólares de los EE.UU.) sin perjuicio de que las labores sean suspendidas hasta que sea concedida la autorización.

196.Los empleadores o patronos están obligados a elaborar los planos para la construcción de los edificios destinados a un centro de trabajo de acuerdo a las especificaciones exigidas por la Dirección General de Previsión Social, de conformidad con el Reglamento General sobre Seguridad e Higiene en los Centros de Trabajo, por el cual también velan los inspectores de trabajo.

197.Con el propósito de orientar a empleadores y trabajadores en el cumplimiento de sus obligaciones legales, el Departamento de Seguridad e Higiene Ocupacional desarrolla cursos y seminarios sobre temas de prevención de riesgos ocupacionales con el apoyo de medios audiovisuales, material escrito y sin ningún costo para los participantes. Por otra parte se promueve la práctica de la salud y seguridad en el trabajo a través de campañas de divulgación por medio de vallas fijas y móviles con mensajes alusivos a los beneficios de dicha práctica.

198.Durante el período comprendido entre el 1º de junio del año 2001 al 31 de mayo del 2002 se ha brindado cobertura a 150.598 hombres y 5.342 mujeres, mediante las inspecciones realizadas por el Departamento de Seguridad e Higiene Ocupacional.

Párrafo 17 de las directrices

199.La Constitución de la República en el artículo 3, establece que todas las personas son iguales ante la ley, Partiendo de dicho principio constitucional se puede afirmar que las condiciones tanto para el acceso al empleo, como para un ascenso en el mismo, deben ser únicamente las valoraciones físicas e intelectuales.

200.Dicho artículo constitucional es recogido en el artículo 30 "Prohibiciones", numeral 2º del Código de Trabajo que prohíbe al patrono "Exigir o aceptar de los trabajadores gratificaciones para que se les admita en el trabajo o para obtener algún privilegio o concesión que se relaciones con las condiciones de trabajo".

201.Además, la legislación establece normas claras y precisas contra cualquier acto de discriminación en materia de empleo y ocupación, siendo así que el empleador que discrimine por motivos de sexo, estado de gravidez, origen, estado civil, raza, condición social o física, ideas religiosas o políticas, y no reestablezca la situación de igualdad, una vez requerido a hacerlo, reparando además los daños económicos causados, incurre en el delito de discriminación laboral, sancionado con una prisión de 6 a 2 años (artículo 246 del Código Penal).

Párrafos 18 a 20 de las directrices

202.La legislación laboral, específicamente el Código de Trabajo, establece que todos los trabajadores/as tienen derecho a un día de descanso semanal, así como que la jornada de trabajo diurna es de ocho horas diarias (44 a la semana) y la jornada de trabajo nocturna es de siete horas diarias (39 horas a la semana).

203.El exceso de horas ordinarias sólo podrá pactarse en forma ocasional o cuando las circunstancias imprevistas, especiales o necesarias así lo exijan.

204.El artículo 167 del Código de Trabajo establece que entre la terminación de una jornada, ordinaria o con adición de tiempo extraordinaria, y la iniciación de la siguiente, deberá mediar un lapso no menor de ocho horas.

205.En cuanto al goce de vacaciones, la legislación establece que todo trabajador/a después de un año continuo de trabajo en la misma empresa o establecimiento o bajo la dependencia de un mismo empleador y que por lo menos haya laborado 200 días en ese año, tendrá derecho a un período de vacaciones, cuya duración será de 15 días, los cuales serán remunerados con una prestación equivalente al salario ordinario correspondiente a dicho periodo, más un recargo del 30% del mismo.

206.Respecto a los días de asueto (festivos), el Código de Trabajo establece en el artículo 190 como días de asueto remunerado los siguientes: 1º de enero; jueves, viernes y sábado de Semana Santa; 1º de mayo; 6 de agosto; 15 de septiembre; 2 de noviembre; 25 de diciembre. Además se establecen el 3 y el 5 de agosto en la ciudad de San Salvador, y en el resto de la República, el día principal de la festividad más importante del lugar, según la costumbre.

207.El día de asueto debe remunerarse con salario básico, de acuerdo a las reglas establecidas en la letra A) del artículo 142 del Código de Trabajo. Si el salario se hubiera estipulado por semana, quincena, mes u otro período mayor, se presume que en su monto está incluida la remuneración del día de asueto.

208.A través del Proyecto Regional de Salud y Seguridad Ocupacional -patrocinado por el Departamento de Trabajo de los Estados Unidos de América para los países de Centroamérica, Belice, Panamá y República Dominicana-, se ha creado el Centro Regional de Salud y Seguridad Ocupacional -CERSSO- cuya sede está en San Salvador, El Salvador, y a través del cual se han desarrollado acciones de divulgación para empleadores del sector de la maquila textil; proyectos demostrativos en el área de la construcción a través de expertos de Occupational Safety and Health Administration (OSHA); desarrollo de promotores de salud y seguridad ocupacional pertenecientes a institutos técnicos entre otras.

H. Artículo 8

Párrafo 21 de las directrices

209.De conformidad a los compromisos internacionalmente asumidos, El Salvador presentó su informe periódico consolidado sobre el Pacto de Derechos Civiles y Políticos, CCPR/C/SLV/2002/3 (8 de julio de 2002), que se relaciona a lo dispuesto en el artículo 22 del referido Pacto, sobre el derecho de todas las personas a formar sindicatos en los párrafos comprendidos entre el 571 y 590 de ese Informe.

Párrafo 22 de las directrices

210.El artículo 204 del Código de Trabajo, regula que tienen la facultad de formar sindicatos todos aquellos trabajadores y patronos privados y los trabajadores de las instituciones oficiales autónomas. Dicho artículo concuerda con lo dispuesto por el artículo 47 de la Constitución de la República. Con relación al derecho de los miembros de la Administración del Estado, Fuerzas Armadas y Policía, considerándolos a todos como empleados públicos, la formación de sindicatos sufre de una restricción tácita, con base en el artículo 47 de la Constitución de la República, el cual no les reconoce expresamente tal derecho.

211.Ambas disposiciones se han aplicado a la totalidad de los sindicatos que han obtenido personalidad jurídica, cumpliendo los requisitos señalados en la respuesta anterior, sin distinciones relacionados con la clase de trabajadores o la actividad económica que ejerzan.

212.El Código de Trabajo, en los artículos 210 a 215 y en el artículo 219, regula expresamente los requisitos de fondo y de forma que deben cumplir los interesados en formar un sindicato, así como el procedimiento administrativo que se sigue para la concesión de la personalidad jurídica al mismo.

213.Entre los requisitos de forma y fondo que deben reunir los trabajadores para formar un sindicato, pueden mencionarse: a) Ser mayores de 14 años de edad; b) Un mínimo de 35 miembros para constituirse y funcionar; c) Debe levantarse una Acta de Fundación.

214.La Acta de Fundación de la reunión inicial de constitución de un sindicato debe contener la fecha y el lugar de la reunión, los nombres y apellidos de todos los constituyentes, nacionalidad, documento de identidad, domicilio, actividad que ejerzan que los vincule; el nombre, objeto, clase y domicilio del sindicato; la designación de una Junta Directiva Provisional, que incluya como mínimo un Presidente, un Vicepresidente y un Secretario, pudiéndose designar también provisionalmente, un Tesorero y un Fiscal; y cualquier otro dato que los interesados juzguen conveniente. El acta de fundación será certificada en el mismo momento por un Notario o por uno o más delegados del Ministerio de Trabajo. El Acta de Fundación deber ser firmada por los fundadores y por los firmantes a ruego en caso de que uno o varios de los fundadores no supieran o no pudiesen firmar. Se deberá comunicar inmediatamente al empleador interesado, con copia al Ministerio de Trabajo y Previsión Social, o a la autoridad municipal si el Ministerio no tuviese una dependencia o un representante en el lugar de constitución del sindicato. En la misma reunión, o en una reunión ulterior que se debe celebrar a más tardar dentro de los 15 días hábiles siguientes, se discutirán o aprobarán los estatutos del sindicato.

215.Los sindicatos de patronos deben constituirse por lo menos con siete patronos y pueden concurrir a la constitución de estos sindicatos o ingresar a los ya constituidos, los patronos mayores de 21 años y menores de edad habilitados. Cuando el patrono es una persona jurídica, concurrirá por medio de sus representantes o apoderados especialmente autorizados.

216.Para que los sindicatos constituidos de acuerdo con el Código de Trabajo tengan existencia legal, deben obtener personalidad jurídica. Con ese objeto, las personas designadas por el sindicato deben presentar al Ministerio de Trabajo y Previsión Social: a) Copia del acta de la asamblea de fundación del sindicato, conforme a lo dispuesto en los artículos 213 y 214 de ese Código, la cual deberá estar debidamente certificada; b) Dos ejemplares de los estatutos sindicales, con la certificación del acta de la sesión o las sesiones en que éstos hubiesen sido aprobados.

217.Dentro de los cinco días hábiles de la presentación de los documentos señalados en el párrafo anterior, el Ministerio de Trabajo y Previsión Social, libra oficio al empleador, o a los empleadores, con el objeto de que certifiquen la condición de asalariados de los miembros fundadores del sindicato, salvo que se trate de un sindicato de trabajadores independientes. Los empleadores deben responder dentro de los cinco días hábiles de haber recibido ese oficio; su silencio equivale al reconocimiento de la calidad de trabajador.

218.Dentro del plazo de diez días hábiles contados a partir de su presentación, el Ministerio de Trabajo y Previsión Social examinará los estatutos con el objeto de determinar si los mismos se ajustan a la ley. Ese examen no será necesario si el sindicato presenta un estatuto según un modelo aprobado de conformidad con lo previsto en la ley.

219.Si el Ministerio de Trabajo y Previsión Social encuentra deficiencias formales o contravenciones a las leyes, las puntualizará por escrito a los interesados, quienes deberán subsanarlas dentro de los 15 días hábiles. Si no lo hicieran, se tendrá por desistida su petición de personalidad jurídica.

220.Si el Ministerio de Trabajo y Previsión Social no encuentra anomalías, o éstas hubiesen sido subsanadas, concederá la personalidad jurídica y mandará inscribir al sindicato en el registro respectivo.

221.Si hubiese transcurrido un plazo de 30 días hábiles después de la presentación de la solicitud de personalidad jurídica de un sindicato o después que los interesados hubiesen subsanado las observaciones eventuales del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, sin que éste hubiese dictado resolución, se tendrá por registrado el Sindicato con todos los efectos de la ley, adquirirá la personalidad jurídica.

222.La resolución que conceda personalidad jurídica, o en su caso la constancia de silencio administrativo, así como los estatutos sindicales, se publican gratuitamente en el Diario Oficial. Sin embargo, el sindicato puede publicar la resolución o la constancia de silencio administrativo en un diario de mayor circulación nacional, bajo su propia costa.

223.La existencia del sindicato se prueba con el mencionado Diario o con una constancia expedida por el Ministerio de Trabajo y Previsión Social, en la que se especifica: 1) A qué directivos confieren los estatutos la representación legal del sindicato; 2) Número, fecha y tomo del Diario Oficial en que figura publicada la resolución y los estatutos; y 3) Número del libro y de la inscripción del sindicato en el registro respectivo.

224.De conformidad con la ley, el Ministerio de Trabajo y Previsión Social no tiene facultades para establecer restricciones a la constitución de sindicatos, siempre que éstos cumplan con la ley. Al contrario, el Código de Trabajo, en el artículo 256, establece la prohibición al Ministerio de Trabajo y Previsión Social, ejercer acciones que impidan el libre ejercicio del derecho de asociación profesional.

225.El Ministerio de Trabajo y Previsión Social ejerce acciones específicas a través de la Dirección General de Inspección de Trabajo, a través de la realización de Inspecciones Especiales, en casos en que sea requerido por los mismos sindicatos, a fin de verificar el exacto cumplimiento de las leyes, y que los empleadores no ejerzan acciones tendientes a coaccionar o impedir el libre funcionamiento de los sindicatos. En casos particulares, de comprobarse tales acciones, se aplican sanciones económicas, se emiten recomendaciones y se supervisa el cumplimiento de tales recomendaciones.

226.En la actualidad, existen 327 sindicatos de trabajadores con personalidad jurídica otorgada por el Ministerio de Trabajo y Previsión Social, 17 Federaciones, 3 Confederaciones y 4 Sindicatos de Patronos.

Párrafo 23 de las directrices

227.El derecho de huelga se encuentra contemplado en el artículo 48 de la Constitución de la República, y se regula en el Código de Trabajo a partir del artículo 527 al 538.

228.Con relación al derecho de los trabajadores privados, no existe ninguna disposición jurídica especial.

229.Restricciones al ejercicio del derecho de huelga, como tales, no se encuentran determinadas en la ley. Sin embargo, la única restricción que se puede considerar es que para que el ejercicio de ese derecho sea considerado legal, la huelga debe originarse en un proceso de negociación colectiva, en la cual ha sido imposible llegar a un acuerdo con el empleador, y que ninguna de las partes tenga interés en someter el conflicto a un arbitraje.

230.En la práctica, las huelgas que han ocurrido, siempre han sido declaradas ilegales por los jueces competentes, en vista que las mismas no se han producido en el marco de una negociación colectiva, como lo establece la ley, sino de hecho.

231.El artículo 221 de la Constitución de la República prohíbe el ejercicio del derecho de huelga a los trabajadores públicos y municipales.

I. Artículo 9

Párrafo 26 de las directrices

232.Entre la legislación nacional, relacionada con la seguridad social en El Salvador pueden mencionarse: a) Ley del Seguro Social (Decreto Nº 1263), aprobada el 3 de diciembre de 1953 y publicada en el Diario Oficial Nº 226, Tomo 161 del 11 de diciembre de 1953; b) Reglamento para la Aplicación del Régimen del Seguro Social (Decreto Nº 37), aprobado el 10 de mayo de 1954 y publicado en el Diario Oficial Nº 88, Tomo 163 del 12 de mayo de 1954; c) Reglamento de aplicación de los Seguros de Invalidez, Vejez y Muerte (Decreto Nº 117), aprobado el 25 de septiembre de 1968 y publicada en el Diario Oficial Nº 240, Tomo 221 del 20 de diciembre de 1968; d) Reglamento de Inversiones de las Reservas Técnicas del Instituto Salvadoreño del Seguro Social (Decreto Nº 74), aprobado el 26 de noviembre de 1969; e) Ley del Instituto Nacional de Pensiones de los Empleados Públicos (Decreto Nº 373), aprobada el 10 de octubre de 1968; f) Reglamento de Coordinación de los Regímenes de Pensiones del Instituto Nacional de Pensiones de los Empleados Públicos y del Instituto Salvadoreño del Seguro Social (Decreto Nº 6), aprobado el 19 de agosto de 1977 y publicado en el Diario Oficial Nº 163, Tomo 256, del 5 de septiembre de 1977; g) Reglamento de Préstamos Hipotecarios del Instituto Nacional de Pensiones de los Empleados Público (Decreto Nº 7), aprobado el 24 de marzo de 1988 y publicado en el Diario Oficial Nº 59, Tomo 298, del 24 de marzo de 1988; h) Creación del Sistema Escalafonario (Decreto Nº 953), aprobado el 26 de abril de 1988 y publicado en el Diario Oficial Nº 953, Tomo 299, del 11 de mayo de 1988; i) Reglamento de Préstamos Personales a los Asegurados y Pensionistas del Instituto Nacional de Pensiones de los Empleados Público (Decreto Nº 30), aprobado el 3 de junio de 1988 y publicado en el Diario Oficial Nº 103, Tomo 299, del 3 de junio de 1988.

Párrafo 27 de las directrices

233.A este respecto, en El Salvador se brindan a excepción de las prestaciones por desempleo, todas las otras que se mencionan en la lista precedente, respecto a la seguridad social.

Párrafo 28 de las directrices

Atención médica

Instituto Salvadoreño del Seguro Social, ISSS

234.Las prestaciones de salud y en especie son proporcionadas a través del Instituto Salvadoreño del Seguro Social, ISSS. Las prestaciones de salud incluyen: a) Consulta externa médica y odontológica; b) Hospitalización en medicina general y especialidades y c) Todos los servicios auxiliares de diagnóstico y tratamiento (laboratorio clínico, imagenología, cirugías, cobaltoterapia, cirugía cardiaca, transplante renal, etc.). Por su parte las prestaciones en especie incluyen: a) Canastilla maternal (ropa y utensilios para el recién nacido); b) Ayuda para la lactancia, en la cantidad y calidad que determinen los médicos; y c) Medicamentos y aparatos de prótesis y ortopedia.

235.Tiene derecho a las prestaciones médicas la persona asegurada que se encuentra trabajando. Si el trabajador se encuentra cesante, debe acreditar por lo menos dos meses asegurados en los cuatro meses calendario anteriores a la fecha de la solicitud del servicio. De acuerdo con la Ley del Seguro Social, se considera cesante al trabajador que deja de cotizar por pasar a una empresa no cubierta por el Seguro.

236.Las personas aseguradas con derecho a prestaciones médicas, tienen derecho a que sus beneficiarios (cónyuges e hijos menores de 6 años), gocen también de esos beneficios; en el caso específico del o de la compañera de vida, tendrá derecho a las prestaciones médicas siempre y cuando haya sido inscrito nueve meses antes de la demanda de la prestación o a partir del día de su inscripción, cuando ya tenga por lo menos un hijo en común con él o la asegurada cotizante.

237.En el caso de prestaciones médicas y en especie por maternidad, la trabajadora cotizante y la esposa o compañera de vida del asegurado, deberán acreditar por lo menos 3 meses cotizados en el transcurso de los 12 meses calendario anterior al parto.

238.Los servicios médicos se prestan en los centros de atención que el ISSS ha construido para tal efecto, en los diferentes departamentos del país, en clínicas y hospitales privados o del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, en los lugares donde no cuenta con infraestructura propia.

239.Para lograr una mayor eficiencia en el uso de los recursos se han fortalecido el primer nivel de atención con la ampliación en las clínicas comunales y empresariales, de programas de medicina preventiva, con el fin de proteger y vigilar el estado de salud de sus asegurados y de los que dependen económicamente de ellos.

240.En los programas de salud preventiva se hace énfasis en la protección de los grupos más vulnerables (niños, mujeres, embarazadas); la educación para la salud al individuo y salud ocupacional en la empresa; la finalidad de fortalecer estos programas es la de prevenir enfermedades y bajar los costos de las prestaciones de salud que se le ofrecen al derechohabiente.

Fondo de Protección de Lisiados a Consecuencia del Conflicto Armado

241.Las personas lisiadas y discapacitadas a consecuencia del conflicto armado son sujetas a prestaciones en servicios de salud y especies, por parte del Fondo de Protección de Lisiados y Discapacitados a Consecuencia del Conflicto Armado, cuantas veces sea necesario. Los beneficiarios tienen derecho a esas prestaciones siempre y cuando sean requeridas por causa de una lesión originada que produjo la discapacidad.

242.Los servicios de salud que se les prestan a las personas lisiadas y discapacitadas a consecuencia del conflicto armado son de carácter asistencial y comprenden servicios médicos, odontológicos, quirúrgicos, hospitalarios, de laboratorio clínico y de salud mental, individuales o comunitarios destinados a conservar y restablecer la salud y la capacidad del beneficiario, en todo aquel padecimiento que fuere a consecuencia directa de la lesión o de la incapacidad sufrida.

243.Asimismo, reciben para los mismos propósitos, prestaciones en especie de acuerdo a su discapacidad (sillas de ruedas, prótesis, bastones, aparatos ortopédicos, productos farmacéuticos y otros).

244.Para facilitar la atención de las personas lisiadas y discapacitadas a consecuencia del conflicto armado, el Fondo, mediante convenios coordina la concesión oportuna de las prestaciones a través de los establecimientos del Sistema Nacional de Salud u otros sistemas provisionales del Estado o de las instituciones privadas.

245.Para aquellos servicios de salud que reciben los beneficios en los establecimientos del Sistema Nacional de Salud, en razón de su condición como tal, el Fondo entrega la cuota de recuperación correspondiente, por la consulta, exámenes de laboratorio, rayos X, medicamentos y los que sean necesarios. En aquellos casos en que la institución no tenga los medicamentos, servicios o exámenes requeridos, éste podrá adquirirlos y el Fondo reintegra el valor de aquellos en su totalidad.

246.En el caso que una institución del Sistema Nacional de Salud, por motivos de fuerza mayor, caso fortuito, imposibilidad u otros semejantes, no pueda prestarle el servicio requerido al beneficiario, la Unidad de Prestaciones en Servicios de Salud y Especies del Fondo, refiere al beneficiario a una institución de salud del sector privado, según la especialidad. Los costos que fueren necesarios son cubiertos por el Fondo, sin que representen erogación alguna para el beneficiario.

Prestaciones en efectivo para casos de enfermedad

247.Las prestaciones en efectivo para casos de enfermedad o subsidios por incapacidad temporal o riesgos comunes proporcionados por el ISSS, está constituido por el 75% del salario medio de base (cantidad que resulta de dividir entre 90 el monto de las remuneraciones del trabajador afectas al Seguro Social, en los primeros tres meses calendario, de los cuatro anteriores al mes en que comenzó la incapacidad, de conformidad con el certificado médico respectivo), hasta un límite máximo de 52 semanas por la misma enfermedad. El trabajador tendrá derecho al subsidio por enfermedad común o accidente común, a partir del cuarto día de estar incapacitado y a partir del día siguiente del inicio de la incapacidad cuando se trate de accidente de trabajo o de enfermedad profesional.

248.Estas prestaciones proceden en todo caso, cuando se trata de un asegurado que no esta cesante, si lo estuviere, deberá acreditar por lo menos ocho semanas cotizadas en el transcurso de los últimos tres meses calendario anteriores a la solicitud de la prestación.

Prestaciones de maternidad

249.Las prestaciones por maternidad o subsidios por incapacidad temporal por maternidad que brinda el ISSS está constituido por el 75% del salario medio de base (cantidad que resulta de dividir entre 90 el monto de las remuneraciones del trabajador afectas al Seguro Social, en los primeros tres meses calendario, de los cuatro anteriores al mes en que comenzó la incapacidad, de conformidad con el certificado médico respectivo). La trabajadora asegurada tendrá derecho a un subsidio por 84 días dentro de los cuales debe estar comprendida la fecha del parto.

250.En el caso de subsidios por maternidad, el requisito de semanas cotizadas se eleva a 12, las cuales tienen que haber sido efectivas en los 12 meses calendario anteriores al mes en que se presume ocurrirá el parto.

251.Estas prestaciones proceden en todo caso cuando se trate de un asegurado que no esté cesante; si lo estuviere deberá acreditar por lo menos ocho semanas cotizadas en el transcurso de los últimos tres meses calendario anteriores a la solicitud de la prestación.

Prestaciones de vejez

Instituto Salvadoreño del Seguro Social, ISSS

252.El Seguro Social otorga pensiones de vejez, al asegurado cotizante, al haber cumplido 60 ños los hombres y 55 las mujeres y cuente con un tiempo de cotización de 25 años o más. Se omite la edad si cumple 30 años cotizados.

253.Las pensiones de vejez están constituidas por el 30% del salario básico regulador (promedio de los últimos 120 salarios) por los primeros tres años cotizados, más 1,5% por cada año en exceso. La pensión máxima será el 100% del salario básico regulador.

254.Una de las disposiciones transitorias para el cumplimiento de los requisitos de tiempo de servicio mínimo se determina según la edad cumplida a la fecha que entró en operaciones el Sistema de Ahorro para Pensiones (abril 1998), como sigue:

Hombres

Mujeres

Edad cumplida

Años de cotización

Edad cumplida

Años de cotización

60 y más

15

55 y más

15

59

16

54

16

58

17

53

17

57

18

52

18

56

19

51

19

55

20

50

20

54

21

49

21

53

22

48

22

52

23

47

23

51

24

46

24

50 y menos

25

45

25

Instituto Nacional de Pensiones de los Empleados Públicos, INPEP

255.El INPEP brinda las prestaciones de vejez al cotizante que cumple 55 años si son mujeres y 60 años hombres. Además debe contar con un tiempo de servicio de 25 años o más. El cotizante que registra 30 años de cotizaciones, continuas o discontinuas, en el ISSS o el INPEP tiene derecho a la prestación, de acuerdo al artículo 200 de la Ley del sistema de ahorro para pensiones (Ley SAP), independiente de su edad.

256.El Instituto Nacional de Pensiones de los Empleados Públicos cancela oportunamente las pensiones, en forma mensual, a través de los diferentes bancos y sus respectivas sucursales del sistema financiero del país.

Instituto de Previsión Social de la Fuerza Armada, IPSFA

257.El IPSFA utiliza el método de financiamiento de primas escalonadas, mediante aportaciones del 4% del afiliado y 4% del Estado, para las prestaciones de: a) pensión por retiro; b) pensión por invalidez y c) pensión de sobrevivientes.

258.El Instituto de Previsión Social de la Fuerza Armada otorga la pensión por retiro cuando el cotizante cumple: a) 25 años de servicio y 50 años de edad, equivalente al 80% del salario básico regulador, SBR, (promedio de los salarios de los últimos cinco años); b) 30 años de servicio, equivalente al 100% del Salario Básico Regulador.

259.La asignación del IPSFA consiste en una prestación equivalente al 5% del Salario Básico Regulador por cada mes cotizado, a la que tienen derecho aquellos cotizantes que, habiendo cumplido la edad de retiro, no cumplan con el tiempo cotizado para acceder a una pensión, previa declaración de imposibilidad de continuar cotizando.

Sistema de Ahorro para Pensiones, SAP

260.Debido a que el nuevo Sistema de Ahorro para Pensiones inició operaciones en abril de 1998 y a que la mayor parte de sus afiliados se encontraban entre los rangos de 15 a 40 años y sólo el 2% se encontraba entre las edades de 50 años o más, las primeras prestaciones de vejez bajo este sistema se empezaron a otorgar en el año 2000 (92 pensiones); hasta septiembre del 2002 se otorgaban 664 pensiones por vejez.

261.La Ley del sistema de ahorro para pensiones entre otras cosas establece que los afiliados al sistema tendrán derecho a pensión de vejez cuando se cumplan cualquiera de las siguientes condiciones: a) cuando el saldo de la cuenta individual de ahorro para pensiones sea suficiente para financiar una pensión igual o superior al 60% del salario básico regulador (definido en el artículo 122 de esa ley); b) cuando hubieren cotizado durante 30 años, continuos o discontinuos, independientemente de la edad; c) cuando hayan cumplido 60 años de edad los hombres, o 55 años de edad las mujeres, siempre que registren como mínimo 25 años de cotizaciones, continuas o discontinuas (artículo 104, Ley SAP).

Prestaciones de invalidez

Instituto Salvadoreño del Seguro Social, ISSS

262.Para acceder a la prestación de invalidez profesional se requiere adolecer, después del cobro de subsidios por accidente de trabajo o enfermedad profesional (52 semanas), de una disminución parcial de la capacidad de trabajo, en proporción mayor a un 20%. La pensión del trabajador cuya incapacidad sea superior al 20% pero igual o menor al 35%, será temporal por un período de tres años. Toda disminución de la capacidad de trabajo superior al 66%, dará derecho a pensión completa de invalidez.

263.La invalidez profesional es aquella declarada por la Comisión Calificadora de Invalidez. Se considera inválido al asegurado que a consecuencia de enfermedad o accidentes comunes, estuviere incapacitado de ganar mediante un trabajo proporcional a sus fuerzas, capacidad y formación profesional una remuneración mayor del 33% de la que recibe habitualmente en la misma región un trabajador sano del mismo sexo, capacidad semejante y formación profesional análoga. Para acceder a esta prestación se requiere haber cotizado por un período no menor de 36 meses, de los cuales 18 meses deben registrarse dentro de los 36 meses calendario a la fecha en que se invalidó, y ser menor de 60 años el hombre y 55 la mujer.

Instituto Nacional de Pensiones de los Empleados Públicos, INPEP

264.Los cotizantes del INPEP tienen derecho a pensión de invalidez total o parcial cuando se reúnen los siguientes requisitos: a) haber sido declarado inválido por la Comisión Calificadora de Invalidez; b) haber cotizado un período no menor de 36 meses, de los cuales 18 meses cotizados deben registrarse dentro de los 36 meses calendario a la fecha en que se invalidó; c) ser menor de 60 años de edad si es hombre y 55 años si es mujer, a partir de los cuales procederá el derecho de la pensión por vejez, de conformidad al artículo 196 de la Ley SAP.

Instituto de Previsión Social de la Fuerza Armada, IPSFA

265.El IPSFA otorga la pensión por invalidez según: a) el grado de discapacidad, igual o mayor al 60%; b) por actos fuera del servicio, que consiste en el 40% del salario básico mensual más el 2% por cada año completo de cotización.

Sistema de Ahorro para Pensiones, SAP

266.La Superintendencia de Pensiones registró que se otorgaron 202 pensiones por invalidez en el año 2000. Hasta septiembre del 2002 el número de pensiones otorgadas por esa razón fue de 526.

267.A ese respecto, la Ley del sistema de ahorro para pensiones establece que tendrán derecho a pensión de invalidez los afiliados no pensionados que, sin cumplir los requisitos de edad para acceder a pensión de vejez, sufran un menoscabo de la capacidad para ejercer cualquier trabajo a consecuencia de enfermedad, accidente común o debilitamiento de sus fuerzas físicas o intelectuales, no así los que se invaliden por riesgos profesionales (artículo 105, Ley SAP).

268.Las pensiones pueden ser totales o parciales, de acuerdo a lo siguiente: a) pensión de invalidez total, para afiliados que sufran la pérdida de, al menos, dos tercios de su capacidad de trabajo; y b) pensión de invalidez parcial, para afiliados que sufran la pérdida de su capacidad de trabajo igual o superior a 50% e inferior a dos tercios.

Prestaciones para los supervivientes

Instituto Salvadoreño del Seguro Social, ISSS

269.El ISSS otorga pensiones de sobrevivientes por riesgos comunes a la viuda y/o compañera de vida del asegurado. A la viuda se le otorga de manera vitalicia, y se constituye con el 50% de la pensión pagada o pagadera al asegurado, si el matrimonio se hubiera realizado seis meses antes del fallecimiento. A la compañera de vida se le otorga si existieran tres años de vida común, de conformidad con el Código de Familia. En cualquiera de los casos, no se harán exigibles los años de convivencia si la viuda o compañera de vida estuviere embarazada o existieren hijos. En el caso del viudo y/o compañero de vida se le otorga pensión de sobreviviente por riesgos comunes, si es inválido.

270.Las pensiones de sobrevivientes por riesgos comunes se otorga al hijo huérfano el 25 ó 40% de la pensión pagadera al asegurado, si lo es de padre y madre, hasta un máximo total del 100%. En el caso de los progenitores, si no existieran otros beneficiarios, la pensión de sobrevivientes por riesgos comunes se otorga al padre si es mayor de 60 años y a la madre si es mayor de 55. A uno sólo de los progenitores se le otorga el 40%; si ambos sobreviven, 30% a cada uno.

271.La adquisición de los derechos de sobreviviente se presenta en los casos siguientes: a) si la persona fallece siendo pensionado por invalidez o vejez; b) si fuere una persona asegurada que se encuentra cotizando o que no hubiere registrado cotizaciones hasta por 12 meses antes de su deceso, en cualquiera de los casos deberá registrar un mínimo de 5 años cotizados; c) si fuere una persona asegurada que no hubiere registrado cotizaciones por un período mayor a los 12 meses antes de su deceso, siempre que totalice 10 años cotizados; d) la esposa o esposo, si este último es inválido permanente; e) los hijos hasta la edad de 18 años, o hasta los 24 si están estudiando, y de cualquier edad si son inválidos; f) a falta de esposa, la compañera de vida; g) a falta de los anteriores, los padres legítimos o adoptivos, con edades de 60 años el padre y 55 la madre; de cualquier edad si son inválidos.

272.El ISSS otorga pensiones de sobrevivientes por riesgos profesionales si la muerte de la persona asegurada ha sido consecuencia directa de accidente de trabajo, enfermedad profesional o si el fallecido o fallecida fuese beneficiario de pensión completa por invalidez profesional. Son beneficiarios de pensión de sobrevivencia por riesgos profesionales, la esposa o compañera de vida, los hijos menores de 21 años y, en ausencia de éstos, los padres.

Instituto Nacional de Pensiones de los Empleados Públicos, INPEP

273.La pensión de sobrevivencia es otorgada por el INPEP a los hijos del afiliado hasta la edad de 18 años o hasta los 24 si realizan estudios técnicos o universitarios, o a cualquier edad si son inválidos, la viuda, el viudo o el conviviente, si es inválido y los padres del causante que cumplan con los requisitos de edad para tener derecho a pensión.

274.Cuando un asegurado registra al menos 12 meses de cotizaciones en el ISSS o INPEP y no cumple los requisitos para acceder a una pensión de invalidez o generar derecho a pensión de sobrevivencia, tendrá derecho a recibir una asignación, que consiste en un solo pago equivalente al 10% del salario básico regulador por cada mes cotizado.

Instituto de Previsión Social de la Fuerza Armada, IPSFA

275.El IPSFA otorga la pensión de sobrevivientes a los familiares de los afiliados activos: a) por 25 años o más de cotización (equivalente al 75% de la pensión a la que habría tenido derecho el causante, pero no podrá ser inferior al 50% del salario básico regulador); b) al tener de 10 a menos de 25 años de cotización (el 50% del salario básico regulador). Los sobrevivientes de los pensionados reciben un monto equivalente al 75% del monto de la pensión del pensionado. Los beneficiarios de esta prestación son los padres, hijos, cónyuge o compañera de vida.

Sistema de Ahorro para Pensiones

276.La Superintendencia de Pensiones registró, en 1998, 54 causantes de pensión por sobrevivencia y para septiembre del 2002 registró 6.495.

277.La Ley del sistema de ahorro para pensiones, entre otras cosas, regula que tienen derecho a pensión de sobrevivencia los miembros del grupo familiar del afiliado que fallezca por enfermedad o accidente común, entendiéndose por el mismo, el o la cónyuge, el o la conviviente de unión no matrimonial de conformidad con el artículo 118 del Código de Familia, los hijos fuera o dentro del matrimonio, los hijos adoptivos y los padres, legítimos o adoptivos, que dependan económicamente del causante (artículo 106, Ley SAP).

278.Para acceder a pensión de sobrevivencia, en caso de unión no matrimonial, el o la conviviente deberá comprobar al menos tres años de vida en común. No obstante, si a la fecha de fallecimiento del afiliado la conviviente estuviere embarazada o existieren hijos en común, o si el o la conviviente fueren inválidos, según dictamen de la Comisión Calificadora, tendrá derecho a pensión de sobrevivencia independientemente del cumplimiento de las condiciones señaladas en este artículo (artículo 107, Ley SAP).

279.Tendrán derecho a pensión de sobrevivencia los hijos que: a) sean menores de 18 años de edad; b) sean estudiantes de enseñanza básica, media, técnica o superior y tener edades entre 18 años de edad y 24 años; y c) sean inválidos, cualquiera sea su edad, para lo cual deberá someterse a un dictamen de la Comisión Calificadora (artículo 108, Ley SAP).

280.El saldo de la cuenta individual de ahorro para pensiones formará parte del haber sucesoral de un afiliado no pensionado que fallezca: a) cuando a la fecha de su fallecimiento no se registraren beneficiarios con derecho a pensión de sobrevivencia; b) cuando dejare de ser beneficiario el último con derecho a pensión de sobrevivencia; o c) cuando falleciere a causa de riesgos profesionales. Si después de diez años del fallecimiento del afiliado no pensionado o de la fecha en que dejare de ser beneficiario el último con derecho a pensión de sobrevivencia, no se presentaren herederos, previo aviso de la Institución Administradora, el saldo de la cuenta individual de ahorro para pensiones pasará a formar parte del Fondo General de la Nación, para cubrir los costos de los Sistemas de Pensiones (artículo 110, Ley SAP).

Prestaciones por accidentes de trabajo

Instituto Salvadoreño del Seguro Social, ISSS

281.El ISSS brinda prestaciones por riesgos e invalidez profesional o riesgos de trabajo. Las pensiones de invalidez por riesgos profesionales se otorgan en cuantía directamente proporcional al grado de invalidez. Existe un reglamento especial al respecto.

282.El plan de prestaciones incluye también pensiones de sobrevivencia en caso de muerte del asegurado directo a causa de los riesgos del trabajo.

283.Las condiciones para beneficiarse de esta prestación consiste en adolecer, después del cobro de subsidios por accidente de trabajo o enfermedad profesional (52 semanas), de una disminución parcial de la capacidad de trabajo en proporción mayor a un 20%. La pensión del trabajador cuya incapacidad sea superior al 20% pero igual o menor al 35%, será temporal por un período de tres años. Toda disminución de la capacidad de trabajo superior al 66% dará derecho a pensión completa de invalidez.

Instituto de Previsión Social de la Fuerza Armada, IPSFA

284.La prestación por accidente de trabajo es proporcionada por el IPSFA, en los casos de: a) invalidez en actos del servicio, equivalente al 100% del salario básico mensual; b) sobrevivientes en actos del servicio, equivalente al 100% del salario básico regulador.

Prestaciones familiares

285.El Fondo de Protección de Lisiados y Discapacitados a Consecuencia del Conflicto Armado otorga prestaciones económicas a familiares de combatientes fallecidos (padres de la tercera edad, hijos menores de 18 años, padre e hijos inválidos en cualquier edad).

286.El artículo 22 de la Ley de beneficio para la protección de los lisiados y discapacitados a consecuencia del conflicto armado (Decreto legislativo Nº 416), establece que son beneficiarias las personas lisiadas o discapacitadas como consecuencia directa del conflicto armado en el país, así como aquellos padres, menores e incapaces que perdieron su sostén familiar por las mismas causas, siempre y cuando no se hayan acogido a beneficios similares a los otorgados por esa ley.

287.Por otra parte, el artículo 24 de la misma ley reconoce los derechos de los padres de cualquier edad y de los hijos que a consecuencia de invalidez dependían económicamente de combatientes de la Fuerza Armada de El Salvador o del FMLN, que murieron a consecuencia directa del conflicto armado. Estos beneficiarios reciben pensiones mensuales.

Otras prestaciones

Instituto Salvadoreño del Seguro Social, ISSS

288.En caso de muerte de un pensionado, el Seguro Social entrega a sus deudos o a quien se hubiere encargado del funeral una cantidad de dinero para ayudar a cubrir los gastos fúnebres.  Actualmente el Auxilio de Sepelio es de un monto equivalente a dos veces el salario medio mensual cotizable al Régimen General de Salud, del primero de los dos años anteriores al que ocurre el deceso. Para el año 2002 el monto asciende a 617,42 dólares de los EE.UU. (5.402,43 colones).

Instituto Nacional de Pensiones de los Empleados Públicos, INPEP

289.El Instituto Nacional de Pensiones de los Empleados Públicos, INPEP, ofrece otros beneficios, de la manera siguiente: a) los pensionados del Sistema de Pensiones del INPEP tienen derecho a un beneficio adicional en el mes de diciembre de cada año, con un límite igual al que el Gobierno Central establezca en concepto de aguinaldo para los empleados del sector público; b) en caso de fallecimiento de un pensionado, el INPEP brinda la prestación de auxilio de sepelio, en concepto de ayuda de gastos de funeral, la cantidad de 228,57 dólares de los EE.UU.

Instituto de Previsión Social de la Fuerza Armada, IPSFA

290.El IPSFA proporciona otras prestaciones relacionadas con: a) fondo de retiro; b) seguro de vida; c) auxilio de sepelio; y d) asignación.

291.El fondo de retiro del IPSFA consiste en 120 o más cotizaciones, equivalente a un mes del salario básico regulador por cada año completo, y además se reconoce proporcionalmente los meses y días cotizados. Se financia con una prima media general, cotizando el 3% el afiliado y el 3% el Estado. Se brinda en los casos siguientes: a) si tiene menos de 120 cotizaciones, se procede a la devolución de todas las cotizaciones del afiliado efectuadas al Fondo de Retiro; b) si el afiliado fallece, la prestación se transfiere a quienes éste haya dejado como beneficiarios.

292.El seguro de vida que otorga el IPSFA es equivalente a 30 veces el salario básico mensual. Los beneficiarios de esta prestación son a quienes el afiliado designa en la plica. Se financia con una prima de reparto anual simple, cotizando el 1,5% el afiliado y el 2,5% el Estado.

293.El auxilio de sepelio proporcionado por el IPSFA consiste en: a) dinero, equivalente al valor de un salario, con un mínimo de 1.000,00 colones, equivalente a 114,28 dólares de los EE.UU. o, b) servicio, cuando se preste directamente en la FUDEFA, mínimo 5.000,00 colones, equivalente a 571,42 dólares de los EE.UU. Se financia con un aporte anual que el Ministerio de la Defensa Nacional entrega al IPSFA, de acuerdo con el subsidio para funerales que tenga asignado dentro de su presupuesto.

Sistema de Ahorro para Pensiones

294.En cualquiera de las modalidades de pago de pensión, deberá considerarse el pago de una pensión de navidad equivalente a la mitad de la pensión en curso, otorgable a todos los pensionados del Sistema de Ahorro para Pensiones y pagadera en los primeros cinco días hábiles del mes de diciembre (artículo 129, Ley SAP).

Párrafo 29 de las directrices

295.El crecimiento del gasto en seguridad social con respecto al PIB en la década en estudio es de 0,71%, y con respecto al Presupuesto General de la Nación es de 3,25%. Durante el período de referencia no se han dado incorporaciones de nuevos grupos poblacionales, por lo que el nivel del gasto no registra incrementos significativos.

296.En 1992 el programa de salud ascendió a un monto de 67.401.266,00 dólares de los EE.UU.; los programas de pensiones ascendieron a 27.193.338,00 dólares de los EE.UU., y el total del gasto en seguridad social fue de 94.594.604,00 dólares de los EE.UU. Para el año 2001 el programa de salud ascendió a 217.452.001,00 dólares de los EE.UU.; los programa de pensiones ascendieron a 114.408.300,00 dólares de los EE.UU. y el total del gasto en seguridad social para ese mismo año fue de 331.860.301,00 dólares de los EE.UU.

297.En 1992, el Producto Interno Bruto (PIB) a precios corrientes fue de 6.566.439.665,00 dólares de los EE.UU.; en ese sentido, el porcentaje del gasto en seguridad social con respecto al PIB para ese año fue de 1,44%. En cambio, para el año 2001, el Producto Interno Bruto (PIB) a precios corrientes fue de 15.447.000.000,00 dólares de los EE.UU., de tal manera que el porcentaje del gasto en seguridad social con respecto al PIB ascendió a 2,15%.

298.Por su parte, el Presupuesto General de la Nación de 1992 ascendió a 807.364.503,00 dólares de los EE.UU., de tal forma que el porcentaje del gasto en seguridad social con respecto al Presupuesto General de la Nación fue de 11,72%. En cambio, para 2001, el Presupuesto General de la Nación fue de 2.216.257.829,00 dólares de los EE.UU., de tal forma que el porcentaje del gasto en seguridad social para ese año fue de 14,97% con respecto al Presupuesto General de la Nación.

299.El porcentaje del PIB con respecto a lo asignado para el pago de la seguridad social del Instituto Nacional de Pensiones de los Empleados Públicos, INPEP, en el Presupuesto General de la Nación para el ejercicio fiscal 2001 ascendió al 0,2%.

300.Con el nuevo Sistema de Ahorro para Pensiones se creó un fondo de amortización, el cual se conformará anualmente con un porcentaje del Presupuesto General de la Nación de acuerdo al siguiente detalle: a) de 1998 al año 2000, al 0,5%; b) del año 2001 al 2010, al 1%; y c) a partir del año 2011, al 1,5% de ese presupuesto.

301.No se puede realizar una comparación debido a que hace diez años, el sistema de pensiones público era cubierto por los ingresos de las cotizaciones de los asegurados y aportaciones de los empleadores, las cuales servían para cubrir las obligaciones previsionales de las personas pensionadas, mientras que el nuevo sistema funciona con un enfoque de cuenta individual.

302.Por la naturaleza del Fondo de Protección de Lisiados y Discapacitados a Consecuencia del Conflicto Armado, que únicamente brinda atención a una parte específica de la población, su presupuesto con relación al Producto Interno Bruto ascendió en 1997 a 0,2%, y para el año 2001 a 0,08%.

303.El presupuesto del Fondo aumentó significativamente en los años 1997 y 1998 con respecto a los años anteriores, debido a las compensaciones económicas de una sola vez a los padres de la tercera edad. A partir del año 2002 se observa nuevamente un incremento con respecto a los dos años anteriores debido a las reformas a la Ley de beneficio, según Decreto legislativo Nº 698, en el que se brinda la oportunidad a potenciales beneficiarios para solicitar los beneficios que concede la ley.

Párrafo 30 de las directrices

304.En cuanto al régimen de salud, existen arreglos con entidades privadas o públicas para la compra de servicios y/o arrendamiento de espacios, en aquellos casos en que en la localidad no se cuenta con infraestructura propia, o para atender eventuales déficit en algunos servicios especializados y de apoyo. Su aplicación en el Seguro Social es incipiente y la proporción de gasto con relación al presupuesto no es significativa. Algunos de los servicios con arreglo privado son: servicios de laboratorio, limpieza, alimentación, vigilancia, atención de partos de bajo riesgo, realización de cirugía de bajo riesgo, procedimiento de diagnóstico y terapéuticos.

305.En cuanto al régimen de pensiones, desde mayo de 1998 el nuevo sistema de pensiones ha venido sustituyendo gradualmente al antiguo sistema público, cuyo enfoque era de reparto. El sistema actual es operado por las denominadas Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), y su enfoque es de cuenta individual.

306.El sistema de previsión social del Fondo de Protección de Lisiados y Discapacitados a Consecuencia del Conflicto Armado es independiente de los otros sistemas, aunque el Fondo coordina acciones con instituciones públicas y privadas para otorgar las prestaciones a que tienen derecho los beneficiarios, con base en el artículo 2 de la Ley de beneficio.

307.En ese sentido, el Fondo es el encargado de administrar, a través de las instituciones que considere convenientes, los programas de prestaciones económicas y de coordinar y/o canalizar la concesión oportuna de las prestaciones en especie y en servicios.

Párrafo 31 de las directrices

308.La situación de las mujeres respecto a la seguridad social goza de igualdad en el acceso a las prestaciones que cualquier hombre, sin ninguna discriminación.

309. Entre los grupos que actualmente no gozan de los beneficios del Seguro Social se encuentran los trabajadores domésticos, eventuales y agrícolas (artículo 2 del Reglamento de aplicación de la Ley del seguro social).

310.Los grupos que no gozan del derecho a las prestaciones por invalidez, vejez y muerte, o que lo hacen en un grado significativamente inferior al de la mayoría de la población, son: a) trabajadores independientes; b) trabajadores del sector informal; c) trabajadores agrícolas; d) domésticas y e) residentes en el exterior.

311.En 1999, los trabajadores del sector informal eran 703.161. En éste se incluyen propietarios o empleadores que dieron ocupación a un importante número de trabajadores. Entre ambos grupos configuraron alrededor del 39% de la población económicamente activa. De ese total, más del 87% no están afiliados a un sistema previsional.

312.Con respecto a los trabajadores independientes, no se obtuvieron datos estadísticos sobre su universo; sin embargo, los afiliados al Sistema de Ahorro para Pensiones, hasta septiembre de 2002 eran 27.898, los cuales representaban un 2,8% del total de afiliados al Sistema.

313.Respecto a los trabajadores agrícolas, las domésticas y los residentes en el exterior se han realizado estudios de factibilidad para su incorporación, estando pendiente la elaboración de la normativa correspondiente.

314.Entre las medidas que se consideran necesarias a fin de realizar el derecho a la seguridad social de los grupos antes mencionados, pueden mencionarse: a) actualizar los estudios para la incorporación de los grupos que aún no están incorporados a la seguridad social; b) realizar una reformar integral del sistema de salud; c) desarrollar reglamentos especiales en el caso del Sistema Privado de Pensiones.

315.Una de las medidas adoptadas por el Gobierno es la implementación del nuevo sistema de pensiones, el cual tiene como finalidad afiliar a todas las personas que ingresen a una actividad laboral por primera vez.

316.En el caso de las pensiones, la legislación contempla el desarrollo gradual de la cobertura, previo estudio y desarrollo de la reglamentación pertinente, y de igual manera se ha generado una discusión en torno a la propuesta de Reforma Integral en el Sistema de Salud, presentada recientemente por el Gobierno, con el objeto de universalizar la cobertura.

Párrafo 32 de las directrices

317.Respecto al período de que se informa, se generaron cambios en el régimen de pensiones (1998), pasando de un sistema de reparto a uno de cuenta individual. Existen actualmente dos Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) y el ISSS-INPEP, que mantiene las obligaciones contraídas con los derechohabientes hasta su extinción técnica y legal. El sistema incluye a trabajadores del sector público, privado y municipal.

Evolución del Sistema de Pensiones de El Salvador

318.En 1949, con el objeto de administrar las prestaciones en materia de salud, maternidad y riesgos profesionales, se creó el Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS) y los servicios médicos fueron inaugurados en mayo de 1954. Posteriormente, se fueron ampliando los servicios, y la cobertura de riesgos se amplió en forma gradual, hasta que en 1969 se creó el Régimen de Pensiones para los riesgos de invalidez, vejez y sobrevivencia para los trabajadores del sector privado.

319.En 1975 se creó el Instituto Nacional de Pensiones de los Empleados Públicos (INPEP), para cubrir a los trabajadores del sector público, con la excepción de los militares. Con la creación del INPEP se uniformaron los sistemas especiales de pensiones del Estado y para 1978 se incorporaron al mismo los empleados públicos docentes.

320.Por su parte, la Ley de retiro, pensiones y montepío de la Fuerza Armada creó en 1974 la Caja de Ahorro Mutual de la Fuerza Armada y estableció las bases para la creación del Instituto de Previsión Social de la Fuerza Armada (IPSFA), que comenzó a operar en 1981.

321.Las tres instituciones (ISSS, INPEP e IPSFA) que administraban la previsión social de diferentes categorías de trabajadores, cada una sustentada en su propia normativa legal, técnica y financiera, eran fiscalizadas por la Intendencia de Seguros y Previsión Social de la Superintendencia del Sistema Financiero. Sin embargo, con la reforma al sistema de pensiones decretada en diciembre de 1996, vigente a partir de 1998, la organización de la seguridad social cambió. El ISSS y el INPEP pasaron a ser sujetos de fiscalización por parte de la Superintendencia de Pensiones, y el IPSFA no sufrió ningún cambio.

322.Durante el período de transición de la reforma, el ISSS e INPEP continuarán administrando programas de pensiones para trabajadores que obligatoriamente o en forma voluntaria quedaron afiliados en esas instituciones. Por su parte, en el ISSS fueron separados, financiera y administrativamente, los programas de enfermedad, maternidad y riesgos profesionales del programa de pensiones. Además, todos los trabajadores, tanto del sector privado como del público y municipal, están cubiertos en el régimen general de salud del ISSS, a diferencia de la situación previa a la reforma en que a los trabajadores de los sectores público y municipal se les atendía en un régimen especial, con limitación en algunas prestaciones.

323.El cambio más trascendental en la organización de la nueva seguridad social ha sido, sin duda, el surgimiento de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), facultadas por el Estado para administrar fondos de pensiones acumulados por cotizaciones de trabajadores de los sectores privado, público y municipal, afiliados a una de ellas. Estas AFP proporcionan al trabajador afiliado los beneficios por invalidez, vejez y sobrevivencia. Las AFP que iniciaron operaciones en abril de 1998 fueron: PROFUTURO, S. A.; PREVISIÓN, S. A.; CONFÍA, S. A.; MÁXIMA, S. A.; y PORVENIR, S. A.

Reforma al Sistema de Pensiones en El Salvador

324.El principal problema que presentaba el sistema de reparto consistía en que no relacionaba los aportes que realizaban los individuos con los beneficios que recibían al ocurrir alguna de las contingencias de invalidez, vejez y/o muerte. Esa debilidad era aprovechada por quienes, realizando el mínimo de aportes requeridos, obtenían las mayores pensiones posibles. También permitía que los sistemas de previsión social se encontraran en permanente presión política para relajar las condiciones de otorgamiento de pensiones (especialmente el caso del INPEP), lo que se tradujo en inequidades internas, aumentó la fragilidad financiera del sistema y por tanto el riesgo de insolvencia para los futuros pensionados.

325.La inestabilidad económica generada en el período del conflicto armado también afectó la solvencia actuarial del sistema y produjo una expansión del sector informal de trabajadores (de acuerdo al Ministerio de Planificación, en 1990 el sector informal absorbía a casi el 55% de la PEA urbana), redujo los niveles salariales, aumentó la evasión de cotizaciones y se deterioró el valor real de las reservas técnicas a consecuencia del proceso inflacionario y las restricciones legales de la administración de las reservas, alcanzando rendimientos inferiores a las tasas de variación del nivel general de precios.

326.Otro importante defecto del diseño de estos sistemas es que no era capaz de hacer frente a los cambios demográficos de los nuevos tiempos. El incremento en la edad de la población o esperanza de vida es reconocido como una tendencia demográfica imperante tanto en países desarrollados como en países en desarrollo, traduciéndose en mayores costos de jubilación en los sistemas de reparto. Para el sistema consolidado ISSS-INPEP, en 1984 había 13 cotizantes activos por cada pensionado. En 1986 llegó a 10,9, reduciéndose a 8,9 en 1996 y, según proyecciones oficiales, sin tomar en consideración la reforma al sistema previsional, en el año 2005 la relación hubiera alcanzado los 4 cotizantes activos por cada pensionado.

327Las diferentes tasas de cotización existentes entre el ISSS, INPEP (régimen administrativo y régimen docente), producían diferencias tanto en los montos de aporte como también en la obtención de beneficios, y dado que el sistema no relacionaba las cotizaciones y las pensiones, los resultados distaban bastante de una justicia social equitativa para todos.

328.Estas fueron las principales razones que desembocaron en el déficit actuarial del sistema. Las reservas técnicas del ISSS e INPEP eran insuficientes para hacer frente a los compromisos, producto de los derechos adquiridos para con los actuales pensionados, y los derechos en curso de adquisición para con quienes se encontraban cotizando y mantenían la esperanza de recibir su pensión en el futuro. Las proyecciones auguraban una inminente insolvencia en el mediano plazo, y cualquier corrección al sistema de reparto sólo hubiera pospuesto este resultado.

329.Dadas todas las debilidades que presentaban los sistemas de reparto con beneficios definidos, la reforma del sistema previsional se convirtió en una necesidad que debía realizarse más temprano que tarde. Es así que, el 15 de abril de 1998, inició operaciones el Sistema de Ahorro para Pensiones, SAP, producto de la reforma estructural realizada al sistema de pensiones de El Salvador (Decreto legislativo Nº 927 de fecha 20 de diciembre de 1996). Dicho sistema está basado en la capitalización individual y la libertad del individuo de elegir la institución Administradora de Fondos de Pensiones, AFP, que le administre su cuenta individual.

330.La Ley del nuevo sistema de ahorro para pensiones y el surgimiento de las AFP han creado una nueva industria en El Salvador. Una de las principales características de esta industria es el alto nivel de regulación que supone su funcionamiento, con el fin último de garantizar la transparencia y seguridad en la administración de los fondos de pensiones y el otorgamiento de mejores prestaciones a los afiliados y sus beneficiarios.

331.La AFP es una empresa cuyo éxito depende de la eficiente y efectiva administración de los servicios que ofrece, con la obtención de una rentabilidad que le permita su supervivencia en el largo plazo. Los servicios básicos y necesarios para el funcionamiento del sistema están regulados por ley. Entre éstos se encuentran la administración de cuentas individuales, las inversiones del fondo de pensiones, el otorgamiento de los beneficios de pensiones y la tramitación del certificado de traspaso.

332.Las AFP financian las actividades que realizan mediante el cobro de comisiones a los afiliados, las que deducen de sus respectivas cuentas individuales. Las comisiones se encuentran también reguladas por ley (teniendo como referencia los niveles internacionales), la cual no puede exceder el 3% del ingreso base de cotización del trabajador (con la excepción de los años 1998 y 1999 que fue de 3,5 y 3,25%, respectivamente). Esta comisión incorpora el pago del seguro colectivo de invalidez y sobrevivencia que se le paga a una compañía de seguros para cubrir las contingencias de dichos riesgos. Los ingresos totales de las administradoras dependen además del número de afiliados cotizantes y del ingreso base de cotización promedio que posean.

333.Por el lado de los gastos, las administradoras deben realizar inversiones elevadas al inicio de operaciones para cumplir con los requisitos legales de constitución que se les exige, y ser capaces de brindar los servicios básicos necesarios. Esto significa que, por la naturaleza de la industria, las empresas deben tener el capital suficiente para financiar las inversiones iniciales, y ser capaces de soportar retornos negativos sobre la inversión en los primeros años de operaciones. Además, se especializan en manejar grandes cantidades de información e implementar tecnologías avanzadas, que les permitan efectuar operaciones complejas en plazos breves.

334.Con la entrada en vigencia de la Ley del sistema de ahorro para pensiones (Ley SAP), aprobada el 20 de diciembre de 1996, se modificó el sistema previsional del país, quedando establecidos dos subsistemas previsionales: a) Sistema Público de Pensiones; y b) Sistema de Ahorro para Pensiones.

Sistema Público de Pensiones

335.El Sistema Público de Pensiones comprende los regímenes de invalidez, vejez y muerte administrados por el Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS) e Instituto Nacional de Pensiones de los Empleados Públicos (INPEP), incluyendo a los beneficiarios de los Decretos Nos. 474 y 667.

336.El Decreto Nº 474 se relaciona con la Ley de incorporación al INPEP de las jubilaciones y pensiones civiles a cargo del Estado, concedidas con base en la Ley de pensiones y jubilaciones civiles con vigencia desde el período anterior al 2 de noviembre de 1975 para los empleados administrativos y al 1º de enero de 1978 para los empleados docentes. La responsabilidad financiera para el pago de estas pensiones y jubilaciones civiles corresponde exclusivamente al Ministerio de Hacienda.

337.El Decreto Nº 667, se relaciona con pensiones que se concedieron durante 1990 a 1993 y que comprenden a todos los empleados civiles del sector público que habían cumplido 30 años de servicio, sin tener el requisito de edad que establece la Ley del INPEP (55 años las mujeres y 60 años los hombres), para cubrir los riesgos de vejez. La responsabilidad financiera está a cargo del Ministerio de Hacienda como de INPEP; inclusive el ISSS, cuando existía tiempo cotizado al régimen de pensiones de ese Instituto.

338.El sistema previsional que administra el INPEP comprende a los empleados civiles estatales y municipales que, una vez cumplidos los requisitos legales, gozan de pensiones por los riesgos antes mencionados. La población cotizante actual del INPEP comprende a todos los empleados civiles del sector público que se encontraban en servicio activo al 2 de noviembre de 1975 y que decidieron quedarse en el sistema público de pensiones.

339.Al 30 de septiembre de 2002, la población cotizante del INPEP ascendía a 15.884, de los cuales 8.779 pertenecen al sexo masculino y 7.105 al sexo femenino. Para ese mismo período, la población pensionada del INPEP totalizaba 54.665, de los cuales 42.471 equivalentes a un 77,7% cumplieron con los requisitos establecidos por ese Instituto, y los requisitos establecidos en los Decretos legislativos Nos. 667 y 474 fueron satisfechos por el 17,5 y 4,8%, respectivamente. Las asignaciones aprobadas por el INPEP, según específico de pensión y régimen al 30 de septiembre de 2002, ascendían a 305.421,40 dólares de los EE.UU.

340.La población pensionada del INPEP se clasificada según régimen específico (al 30 de septiembre de 2002) de la siguiente manera: a) el régimen administrativo, que está conformado por 41.643 pensionados distribuidos bajo los conceptos siguientes: invalidez, 868 registros; vejez, 27.366 registros; viudez, 9.165 registros; orfandad, 3.869 registros; y 375 registros de ascendientes; y b) el régimen docente, que está conformado por 13.022 pensionados distribuidos bajo los conceptos siguientes: invalidez, 44 registros; vejez, 11.602 registros; viudez, 821 registros; orfandad, 440 registros; y ascendientes, con 115 registros.

341.El INPEP continuará pagando las 54.665 pensiones que poseía al 31 de diciembre de 2002, y recibirá las recaudaciones previsionales de los 15.884 cotizantes que se mantienen afiliados al Instituto, para que al momento de cumplir con los requisitos legales requeridos gocen de su respectiva pensión.

342.Hasta la entrada en vigencia de la Ley SAP, el sistema financiero actuarial del INPEP fue el de prima escalonada, en el cual los ingresos por cotizaciones de los asegurados y aportaciones de los empleadores servían para cubrir las obligaciones previsionales de las personas pensionadas. Al 31 de diciembre de 2002, la cuota previsional mensual totaliza el 14%, de los cuales el 7% es a cargo del empleado en concepto de cotización y el 7% a cargo del empleador en concepto de aportación.

343.Para cumplir con las obligaciones financieras del Sistema Público de Pensiones, la Ley SAP ha dispuesto la creación de un Fondo de Amortización de Pensiones, conformado por porcentajes anuales determinados en el Presupuesto General de la Nación, recursos que financiarán las obligaciones previsionales al momento de que se agoten las reservas técnicas institucionales, situación que el INPEP ha puesto en práctica a partir del mes de agosto de 2002.

344.Con fecha 19 de noviembre del año 1999 entró en vigencia el Decreto legislativo Nº 727, que introdujo reformas a la Ley del Instituto de Previsión Social de la Fuerza Armada, IPSFA. Entre dichas reformas aparecen las siguientes: a) se modificó el tiempo mínimo de cotización para derecho a pensión por retiro (el requisito de 20 años pasó a ser de 25 años) y b) se modificó la edad mínima de retiro (de 45 años se aumentó a 50 años de edad).

345.Consecuente con los cambios anteriores, se modificó la tabla de porcentajes para el cálculo de la pensión por retiro. Estas reformas aparecen contenidas en los artículos 25 (monto) y 26 (retiro voluntario, requisitos) y significan reajustes actuariales necesarios para darle sustentación financiera y sostenibilidad al programa de pensiones en el largo plazo.

346.Se adicionó un primer inciso al artículo 43 "Revalorización de las pensiones", con la finalidad de dejar contenido en la ley la conveniencia financiera-actuarial de que los pensionados continúen cotizando para tener derecho a que periódicamente se les revaloricen sus pensiones.

347.Se creó una asignación para aquellos afiliados que al cumplir la edad de retiro no llenen los requisitos para tener derecho a pensión y que se encuentren en la imposibilidad de continuar cotizando voluntariamente.

348.Se modificó la definición de salario básico regulador contenida en el artículo 149 "Definiciones", con la finalidad de responder a una conveniencia financiera-actuarial que requiere la sostenibilidad del programa de pensiones, de tal manera que el salario básico regulador para el cálculo de la pensión pasa a ser el promedio de los últimos cinco años de cotización.

349.El Sistema Financiero del Régimen de Pensiones del IPSFA es el de primas escalonadas, que consiste en el establecimiento de primas crecientes cuya modificación depende del período de duración del escalón. Desde el punto de vista técnico, la prima deberá ser incrementada desde el momento en que los egresos por prestaciones y gastos administrativos igualen a los ingresos por cotizaciones más los intereses producidos por la inversión de las reservas técnicas.

350.En el año de 1994, se incrementó la pensión mínima de las pensiones por retiro e invalidez de 34,29 dólares de los EE.UU. a 106,29 dólares de los EE.UU. Las pensiones del IPSFA por retiro e invalidez fueron revalorizaciones en un 10% en los años 1995, 1996 y 2000, respectivamente.

351.Las compensaciones adicionales del IPSFA han evolucionado de la siguiente manera: a) para los años 1994 y 1995, la compensación adicional fue de 57,14 dólares de los EE.UU.; b) en los años 1996 y 1999 la compensación adicional fue de 68,57 dólares de los EE.UU.; y c) en los años 2000 y 2002 la compensación adicional fue de 80,00 dólares de los EE.UU.

352.Algunas de las estadísticas sobre las prestaciones proporcionadas por el IPSFA señalan la evolución de la población activa. Entre 1995 y junio de 2002 se incrementó de 25.621 a 55.865, y la población pasiva para ese mismo período varió de 11.105 a 15.122 personas.

353.El número anual de pensionados del IPSFA, al cierre del período 1995 a junio 2002, varió de la siguiente manera: en 1995 el número de retiros ascendió a 2.303 y se incrementó a 3.163 para junio de 2002; las pensiones por invalidez variaron de 927 en 1995 a 916 a junio de 2002; y las pensiones por sobrevivencia variaron para en ese período de 7.875 a 11.043 beneficiarios.

354.El número de prestaciones pagadas por el IPSFA, en el período comprendido entre 1995 y junio de 2002, ha variado de la manera siguiente: Los fondo de retiro pasaron de 8.078 en 1995 a 784 para junio de 2002. Los seguros de vida variaron para ese período, de 254 a 108; y, los auxilios de sepelio variaron de 169 en 1995 a 75 hasta junio de 2002.

Sistema de Ahorro para Pensiones

355.El Sistema de Ahorro para Pensiones (SAP), incluye a todos aquellos trabajadores del sector privado, público y municipal cuyas cotizaciones serán destinadas a capitalización en la cuenta individual de ahorro para pensiones de cada uno de ellos, con lo cual gozan del derecho al otorgamiento y pago de pensiones de vejez, invalidez común y sobrevivencia.

356.Como efecto de las disposiciones establecidas en la Ley SAP, se finalizó en 1999 la afiliación de nuevos cotizantes al sistema que administra el INPEP, para los cotizantes que se trasladaron al SAP, se emitieron certificados de traspaso, que representan el reconocimiento por el tiempo de servicio que hubiesen cotizado en las Instituciones del Sistema Público de Pensiones a la fecha de su traslado. Los certificados de traspaso fueron extendidos por el ISSS o por el INPEP, dependiendo de la institución con quien haya efectuado la última cotización, y tomarán como base para su emisión el historial laboral de la población ex cotizante.

357.El número de afiliados al Sistema de Ahorro para Pensiones a septiembre del 2002, ascendió a 27.898 personas afiliadas que representaban el 2,8% del total de afiliados.

Tasas de cotización por entidad responsable

358.En el Sistema de Ahorro para Pensiones, las cotizaciones del trabajador incluyen el porcentaje pagado a la Administradora de Fondos de Pensiones por la administración de su cuenta individual y por la contratación del seguro de invalidez y sobrevivencia.

Tasas de cotización al Sistema de Ahorro para Pensiones

(Porcentaje aplicado al ingreso base de cotización)

Trabajador

Empleador

Total

1998

4,50

5,00

9,50

2002

6,25

6,75

13,00

359.Los recursos necesarios para el financiamiento del Régimen General de Salud, que corresponde al ISSS, provienen fundamentalmente de las cotizaciones de los patronos, los trabajadores y el Estado. Sin embargo existen otras fuentes de financiamiento: las rentas e intereses provenientes de inversiones de las reservas, el producto de multas y otras sanciones legales así como la cotización de los pensionados del ISSS e INPEP (pensionados por invalidez, vejez y viudez).

360.Las cotizaciones de los patronos y de los trabajadores evolucionaron desde 1969 hasta 1997 con un aporte del 3,5% distribuidos de la siguiente forma: los asegurados el 1%, los patronos el 2% y el Estado el 0,5%. A partir del inicio de operaciones de la reforma de pensiones, ha evolucionado de la manera siguiente.

(En porcentaje)

Año

Empleador

Empleado

Total

1998

5,00

4,50

9,50

1999

5,50

5,50

11,00

2000

6,00

6,00

12,00

2001

6,50

6,50

13,00

2002

7,00

7,00

14,00

361.Los salarios mínimos y máximos sujetos a cotizaciones consisten en: a) el salario mínimo legal establecido a partir de mayo de 1998 asciende a 42,00 colones diarios (4,80 dólares de los EE.UU.), equivalente a 144,00 dólares de los EE.UU. mensuales; b) el salario máximo fijado por la Superintendencia de Pensiones para el año 2001 ascendió a 39.392,00 colones mensuales (4.501,94 dólares de los EE.UU.), según publicación de la Superintendencia de Pensiones de mayo de 1998.

362.Las tasas de cotización en el Instituto Nacional de Pensiones de los Empleados Públicos han sido modificadas de la siguiente forma.

Empleados Públicos Administrativos

(En porcentaje)

Año

Empleador

Empleado

Total

1998

4,50

4,50

9,00

1999

5,00

5,00

10,00

2000

5,50

5,50

11,00

2001

6,00

6,00

12,00

2002

6,50

6,50

13,00

2003

7,00

7,00

14,00

Empleados Públicos Docente

(En porcentaje)

Año

Empleador

Empleado

Total

1998

6,00

6,00

12,00

1999

6,50

6,50

13,00

2000 en adelante

7,00

7,00

14,00

363.Las tasas de cotización en el Instituto de Previsión Social de la Fuerza Armada, son las siguientes:

(En porcentaje)

Prestación

Cotización afiliado

Cotización patronal

Total

Pensiones

6,0

6,0

12,0

Fondo de retiro

3,0

3,0

6,0

Seguro de vida

0,5

1,5

2,0

Rehabilitación

1,0

1,0

2,0

Total

10,5

11,5

22,0

J. Artículo 10

Párrafo 34 de las directrices

364.El Salvador se remite a este respecto a los contenidos de su informe periódico consolidado del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, CCPR/C/SLV/2002/3 (8 de julio de 2002), relativos a los artículos 17, 23 y 24. De igual manera se remite a las partes contenidas en sus informes CEDAW/C/SLV/3 y 4 (19 de octubre de 2001); CEDAW/C/SLV/5 (19 de octubre de 2001); y CEDAW/C/SLV/6 (25 de noviembre de 2002), en las partes a las que se hace referencia a las temáticas tratadas en este artículo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, los cuales se encuentran aún vigentes.

365.De igual manera, El Salvador se suscribe a lo informado en su segundo informe periódico relativo a la Convención sobre los Derechos del Niño, CRC/C/65/Add.25 (10 de julio de 2002).

Párrafo 35 de las directrices

366.La Constitución de la República de El Salvador reconoce que la familia es la base fundamental de la sociedad y tendrá la protección del Estado. En el Código de Familia, se contempla el principio fundamental de protección de la familia y en el que se consigna que el Estado está obligado a proteger a la familia, procurando su integración, bienestar, desarrollo social, cultural y económico. Se consigna como principios rectores en el Código de Familia, la unidad de la familia, la igualdad de derechos del hombre y de la mujer, la igualdad de derechos de los hijos, la protección integral de los menores y demás incapaces, de las personas de la tercera edad y de la madre cuando fuere la única responsable del hogar.

367.El fundamento legal de la familia es el matrimonio y es definido como el que se constituye por el libre y mutuo consentimiento de los contrayentes, y perfeccionándose al manifestar ese consentimiento ante la autoridad competente que corresponda, por lo que los funcionarios autorizados, para facilitar el matrimonio son los notarios de la República, el Procurador General de la República y los procuradores auxiliares departamentales, el procurador general en toda la República y los procuradores auxiliares en sus respectivas circunscripciones territoriales, celebrando los matrimonios en forma gratuita, con lo cual se facilita y fomenta su constitución, también están facultados los gobernadores políticos departamentales y los alcaldes municipales.

368.El concepto de matrimonio lo define el Código de Familia como la unión legal de un hombre y una mujer, con el fin de establecer una plena y permanente comunidad de vida.

369.De igual manera se faculta a los jefes de misión diplomática, a falta de un agente consular, y a los mismos agentes consulares (cónsules generales, cónsules y vicecónsul) para autorizar matrimonios en los lugares en donde se encuentran acreditados y solamente entre salvadoreños; en consecuencia El Salvador garantiza el derecho de las personas aptas, a fundar una familia, no sólo por el matrimonio del cual da amplias facilidades, sino también se reconoce la unión no matrimonial, que aunque no se asimila a la unión matrimonial, se reconoce para regular ciertos derechos y deberes recíprocos de la pareja, fundamentándose en el artículo 33 de la Constitución y basados en el hecho social real de que en el país se mantiene un incremento de las uniones libres o no matrimoniales.

370.De conformidad a las Memorias de labores de la Procuraduría General de la República (PGR), en el último quinquenio, se han celebrado de manera gratuita por parte de esa institución 2.615 matrimonios, así: a) de junio 1997 a mayo de 1998, 444 matrimonios; b) de junio de 1998 a mayo de 1999, 700 matrimonios; c) de junio de 1999 a mayo de 2000, 509 matrimonios; d) de junio de 2000 a mayo de 2001, 582 matrimonios; y e) de junio de 2001 a mayo de 2002, 380 matrimonios.

Párrafo 36 de las directrices

371.Tomando en cuenta que la pubertad y adolescencia de todo niño se refiere al alcance de madurez social, psicológica y cultural y en concordancia con la Convención sobre los Derechos del Niño, el Código de Familia establece que la mayoría de edad se alcanza hasta los 18 años de edad; gozando de la plenitud de sus derechos, que adquiere cuando cumple con la edad establecida.

372.La familia es la principal responsable de la protección del menor, por constituir el medio natural e idóneo que favorece el normal desarrollo de su personalidad; la sociedad y el Estado asumirán subsidiariamente la responsabilidad, cuando aquella no le garantice una adecuada protección. Para garantizar los derechos del menor que se establecen, el Estado deberá prestar asistencia adecuada a los padres para el desempeño de sus funciones (artículo 347 del Código de Familia).

373.Todo menor tiene derecho: a) ser protegido contra toda forma de perjuicio o abuso físico, mental y moral, descuido o negligencia, malos tratos, tortura, sanciones o penas crueles, inhumanas o degradantes; b) a una calidad de vida adecuada para su desarrollo fisco, mental, espiritual, moral y social; c) a disfrutar del más alto nivel posible de salud y de servicios para el tratamiento de enfermedades y a su rehabilitación (artículo 351 del Código de Familia).

374.La protección a la vida y salud del menor se ejecuta mediante un conjunto de acciones legales, sociales, preventivas y de asistencia que garanticen su desarrollo integral desde la concepción hasta su mayoría de edad (artículo 353 del Código de Familia).

375.El Instituto Salvadoreño para el Desarrollo Integral de la Niñez y Adolescencia, ISNA, es la entidad rectora que se encarga de brindar atención a nivel nacional y coordinar con diferentes instituciones involucradas sobre niñez y adolescencia para desarrollar la política de la niñez y la adolescencia; así mismo es la institución encargada de ejecutar medidas administrativas que garanticen los derechos de los niños, niñas y adolescentes que se encuentran amenazados y vulnerados en sus derechos.

376.Para hacer efectivo el logro de sus objetivos, el ISNA mantiene coordinación con instituciones locales e internacionales, a efector gestionar los recursos adicionales para un mejor desarrollo de las actividades.

Párrafo 37 de las directrices

377.Remitirse a los párrafos 366 a 370.

378.La Secretaría Nacional de la Familia, SNF, es la institución que promueve, impulsa, potencia y facilita oportunidades y condiciones que propicien la unión y desarrollo sostenible de la familia y sus miembros y con el propósito de garantizar la adecuada atención y desarrollo del grupo familiar, trabaja con otras instituciones públicas como son el Instituto Salvadoreño para la Atención Integral de la Niñez y la Adolescencia (ISNA); Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer (ISDEMU); Consejo Nacional de Atención Integral para la Persona con Discapacidad (CONAIPD); Consejo Nacional de Salud Mental (CNSM); Consejo Nacional de Atención Integral a los Programas de los Adultos Mayores (CONAIPAM).

379.La SNF gestiona recursos a nivel nacional e internacional para apoyar la ejecución de sus programas y coordina las acciones voluntarias de entidades que trabajan a favor de la comunidad.

380.Se reconoce que al igual que otros países, el concepto tradicional de familia ha sufrido cambios y en el caso de El Salvador, los cambios en el modelo familiar se han producido debido al conflicto armado que sufrió el país por 12 años, la migración y la creciente incorporación y participación de la mujer al mercado de trabajo. Esta nueva situación ha representado un reto y el Estado ha buscado desarrollar políticas orientadas a fortalecer la familia y los valores morales y éticos que la sustentan; mejores oportunidades de educación, salud, cultura, recreación, deporte y acceso a empleo; fortalecimiento de la coordinación interinstitucional de los programas de prevención y atención a la violencia intrafamiliar; mejores oportunidades de desarrollo de la mujer, incluyendo programas de formación.

Párrafo 38 de las directrices

381.La protección a la maternidad se garantiza a través de la legislación. Los preceptos constitucionales a este respecto están desarrollados en el Código de Trabajo, que establece principios de protección a la mujer embarazada, como la situación de la estabilidad en su trabajo, señalando que su despido de hecho o con juicio previo no produce la terminación del contrato de trabajo.

382.En El Salvador las mujeres de escasos recursos pueden acceder al sistema público de salud, por medio de algún hospital nacional o público o las unidades de salud, o en su defecto, pueden asistirse de los servicios de parteras capacitadas por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social.

383.Durante el embarazo se establece el período de 12 semanas de descanso pre y posnatal.

384.La mujer embarazada que está protegida por el Seguro Social, obtiene otros beneficios mayores a los concedidos por el Código de Trabajo, como es la misma asistencia médica para el parto, lo que comprende cirugías, servicios farmacéuticos, odontológicos, hospitalarios y de laboratorio antes y después del parto, además tiene derecho a un subsidio diario por la incapacidad temporal de maternidad equivalente al 75% del salario medio base, también tiene ayuda para la lactancia ya sea en especie o en dinero y a un conjunto de ropa y utensilios para el recién nacido que se denomina canastilla maternal (artículos 113, 309 y ss. del Código de Trabajo; artículos 59 y otros de la Ley del Seguro Social; y artículos 23 y ss. del Reglamento para la aplicación del Régimen del Seguro Social).

Párrafo 39 de las directrices

385.La Constitución de El Salvador en su artículo 34 reza: "Todo menor tiene derecho a vivir en condiciones familiares y ambientales que le permitan su desarrollo integral, para lo cual tendrá la protección del Estado. La ley determinará los deberes del Estado y creará a las Instituciones para la protección de la maternidad y la infancia".

386.Las atribuciones del Instituto Salvadoreño para el Desarrollo Integral de la Niñez y Adolescencia, ISNA, en su artículo 2, establecen que: "El Instituto tiene por objeto ejecutar y vigilar el cumplimiento de la Política Nacional de Atención al Menor, en todo el territorio nacional y brindar protección integral".

387.La protección y defensa de los derechos de niños y niñas se ejercen por medio de instituciones como la Procuraduría General de la República, que concede asistencia legal y del Instituto Salvadoreño para el Desarrollo Integral de la Niñez y Adolescencia, que además inscribe, autoriza y vigila, a los demás organismos no gubernamentales que se dedican a la protección y atención al menor, organismos estos últimos entre los cuales se encuentran asociaciones sin fines de lucro, a las cuales el estado da las facilidades legales para que puedan obtener su personería para trabajar en beneficio de los menores.

388.De conformidad al Código de Familia, los menores de 18 años y mayores de 14 años, podrán trabajar de acuerdo a las regulaciones del Código de Trabajo, siempre que no se menoscabe sus derechos educativos (art. 376).

389.El Código de Trabajo autoriza el trabajo de los menores a partir de los 12 años, a condición que se trate de trabajos ligeros y que éstos: a) no sean susceptibles de perjudicar su salud o desarrollo; b) no sean de tal naturaleza que puedan perjudicar su asistencia a la escuela, su participación en programas de autoridad competente o el aprovechamiento de la enseñanza que reciben (art. 114, inciso segundo).

390.Si bien es cierto El Salvador tiene normativa legal, que protege a los menores, también es cierto que por las condiciones económicas que vive la mayoría de familias salvadoreñas de escasos recursos económicos, es que los menores se ven en algunos casos obligados por sus mismos padres a trabajar y en otros casos es la necesidad del medio en que viven la que los obliga a laborar, para poder así ayudar a sus padres y hermanos, lo cual indudablemente nos plantea una situación socioeconómica difícil para los menores que dejan de estudiar por trabajar para poder subsistir.

391.Se puede decir que hay muchos menores desprotegidos, tanto en el área rural, como en el área urbana, por ejemplo los que trabajan en la agricultura, al igual que los que trabajan en el sector informal o en la calle.

392.En los casos en que a los menores se les permiten el trabajo, deben observarse las siguientes normas: a) respetar su condición de persona en desarrollo; b) recibir capacitación adecuada al mercado de trabajo; c) sujetarse los menores de 14 años a media jornada laboral ordinaria; d) someterse a exámenes médicos por lo menos una vez al año, a fin de determinar si el trabajo que realiza menoscaba su salud o su desarrollo normal. En ese sentido, el trabajo de los menores es supervisado por el Ministerio de Trabajo y Previsión Social y el Instituto Salvadoreño para el Desarrollo Integral de la Niñez y la Adolescencia, ISNA (artículo 380 del Código de Familia). El Ministerio de Trabajo y Previsión Social, en colaboración con el ISNA, están obligados a desarrollar programas especiales para la capacitación de los menores.

393.El Código de Trabajo establece que la jornada de los menores de 16 años, no podrá ser mayor de 6 horas diarias y de 34 semanales, en cualquier clase de trabajo. Asimismo no podrán trabajar más de dos horas extraordinarias en un día, ni realizar labores que requieran grandes esfuerzos físicos. Los menores de 18 años no podrán trabajar en horas nocturnas (art. 116). De igual manera los menores de 18 no podrán ser admitidos al empleo sin la realización de un minucioso examen médico previo, que los declare aptos para el trabajo en que vayan a ser empleados (artículo 117, inciso 2, del Código de Trabajo).

394.Todo lo anterior en concordancia con los compromisos asumidos por El Salvador en el Convenio Nº 138 de la OIT, relativo a la edad mínima de admisión al empleo (1973).

Grupos de edad y sexo de niños y niñas que trabajan en El Salvador

Edades

Masculinos

Femeninas

Total

10-14

67.857

29.463

97.320

15-18

147.437

68.356

215.793

Total

215.294

97.819

313.113

395.Las formas identificadas en niños y niñas para trabajos no aptos son las siguientes:  1) recolección de basura; 2) pesca; 3) producción pirotécnica; 4) cultivo y producción de caña de azúcar; 5) explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes.

396.La cantidad estimada de niños, niñas y adolescentes que participan en las diversas formas de trabajo infantil en El Salvador se estima que asciende a 25.000.

397.Con objeto de erradicar el trabajo infantil, el ISNA desarrolla programas y actividades no solo a nivel institucional sino, interinstitucional, con una cobertura estimada de 5.835 menores beneficiados.

398.Los componentes de los proyectos ejecutados por el ISNA como medidas de protección y asistencia a los niños y niñas que trabajan son los siguientes:

Estudio de línea de base: mediante el cual se obtienen los datos específicos de niños y niñas beneficiarias (nombre, edad, dirección, escolaridad y referencias familiares, entre otros), y su relación con la modalidad de trabajo en la que encuentran. Así también, describe y analiza las actividades que desarrollan con relación a tiempos, remuneraciones y efectos en su integridad física, mental y moral.

Protección social y/o educación y sensibilización: Este componente establece las acciones para la escolarización de niños y niñas beneficiarios, con énfasis en la incorporación de los que están fuera del sistema escolar, y reforzamiento escolar para las diferentes actividades académicas que tienen que desarrollar, con el objetivo de hacer efectiva su permanencia y evitar y/o disminuir su deserción. Se apoya a los niños y niñas y a las escuelas, con recursos materiales (útiles y uniformes para ellos y ellas, y material didáctico para los centros escolares). Respecto a la atención de la salud, se facilita directamente algunos recursos y se desarrollan gestiones de coordinación con diversas instituciones, con el objetivo de brindar atención preventiva y curativa (incluida la salud mental). Este componente también incluye acciones de recreación y deporte como elementos imprescindibles para contribuir al desarrollo de niños y niñas.

Alternativas productivas: Mediante el cual se apoya a los padres, madres y/o responsables familiares de los niños y niñas que trabajan, en cuanto a suministro de créditos e implementando capacitaciones para su manejo y/o para la formación y habilitación calificada a un empleo; y acompañamiento con asesoría en gestiones de recursos financieros.

El componente de monitoreo contribuye a la supervisión y evaluación de los proyectos que se ejecutan.

399.El ISNA cuenta con programas de atención interna como los hogares sustitutos y la adopción, que consisten en proporcionarle al niño(a) una familia, que le dé apoyo integral en todos sus aspectos. En ese sentido el ISNA ha brindado medidas de internamiento a 2.261 menores desde 1999 hasta mediados de 2003, como se registra a continuación.

Año de ingreso o reingreso

Egresos

Institucionalizados en ISNA u ONG

Total por año

1999

418

84

502

2000

450

142

595

2001

291

248

539

2002

250

363

613

2003

--

15

15

Total

1.409

852

2.261

400.El ISNA, proporciona orientación y apoyo sociofamiliar por el tiempo que estime necesario, a fin de que el menor reciba la atención y protección integral, en el seno de su hogar y medio natural, cuando una amenaza o violación de los derechos del menor provienen de sus padres, tutores o personas responsables de él o del medio social. La orientación y apoyo comprende las áreas de atención para el desarrollo biopsicosocial del menor, y además su incorporación a programas estatales o comunitarios de atención y tratamiento (artículo 46 de la Ley ISNA).

401.El reintegro al hogar, consiste en la entrega del menor a sus padres, tutores o persona bajo cuyo cuidado ha estado el menor, siempre que las condiciones morales y psicosociales, garanticen la protección y educación del menor. Cuando el ISNA lo considera necesario y conveniente en interés del menor, acuerda que el reintegro del menor se supervise y que el grupo familiar se someta a orientación psicosocial por un período de por lo menos seis meses. Los funcionarios que desempeñan esta supervisión se escogen preferentemente entre trabajadores sociales, educadores y otras personas con conocimiento y experiencia en la temática de menores (artículo 48 de la Ley ISNA).

402.La colocación familiar consiste en la entrega del menor a parientes o familiares cercanos, cuando faltaren los padres, tutores o responsables o cuando estos no dan suficientes garantías de cuidado y protección. La misma regla se aplica, cuando la amenaza o violación de los derechos del menor es grave y causada por quien lo tuviere bajo su cuidado. Para que el menor pueda colocarse en el seno de su familia, es necesario investigar y evaluar que las condiciones morales, ambientales y psicosociales de la misma, garanticen la educación y protección del menor. Esta medida esta sometida a una supervisión periódica por un tiempo de por lo menos seis meses (artículo 49 de la Ley ISNA).

403.La colocación en hogar sustituto, consiste en la entrega del menor a una familia que se compromete a brindarle protección integral. Esta medida se aplica especialmente a los menores huérfanos carentes de familia y a los que teniéndola, sus padres o parientes no dan suficientes garantías de cuidado y protección. Se considera hogar sustituto el conformado por parejas unidas en matrimonio o unión estable, de reconocida moralidad y solvencia económica y cuyos componentes estén dispuestos a brindar al menor, amor y un ambiente familiar adecuado para su normal desarrollo. Las personas interesadas en brindar al menor un hogar sustituto, deben ser investigados y evaluados para determinar si reúnen los requisitos señalados en la ley. En ningún caso se coloca al menor en hogar sustituto con una familia que resida en el extranjero. El menor colocado en hogar sustituto no debe ser entregado a otra familia, sin autorización del ISNA. Esta medida es supervisada por un período no menor de un año (artículo 50 de la Ley ISNA).

404.La colocación institucional es la medida de protección, que excepcionalmente efectúa el ISNA, mediante la cual ubica al menor en un centro de protección apropiada según su edad, personalidad y sexo, con el propósito de que realice sus estudios, aprenda un arte u oficio, reciba atención especializada para su rehabilitación, garantizando su protección integral. Esta medida se aplica cuando el menor se desenvuelve en un ambiente familiar inadecuado para su desarrollo integral o sea inexistente. La colocación institucional se hace de forma interna o semiinterna por el ISNA, según el caso (artículo 51 de la Ley ISNA).

405.Si de la investigación realizada se establece que el menor es huérfano o hijo de padres desconocidos a quien se hubiere aplicado la medida de institucionalización por más de seis meses, se considerará sujeto de adopción y se informará a la Procuraduría General de la República para que se siga los trámites correspondientes (artículo 53 de la Ley ISNA).

406.Las medidas para la protección del menor, duran el tiempo necesario y cesan de pleno derecho al cumplir 18 años; en todo caso, la duración de las medidas dependen de los estudios y resultados de las mismas, pero deben ser revisadas obligatoriamente cada seis meses (artículo 54 de la Ley ISNA).

407.El ISNA informa a los niños y a los adolescentes sobre sus derechos, mediante una serie de proyectos y programas, tratando de incidir positivamente en el desarrollo de una cultura de paz.

408.La implementación del programa "Prevención de la violencia estudiantil", durante 2001, cuyo objetivo consiste en generar espacios de participación para adolescentes y jóvenes en sus centros educativos, permitió: a) la coordinación con autoridades de la División para la Vida del Ministerio de Educación, con el propósito de implementar el proyecto dentro de los centros educativos que presentan mayores índices de violencia estudiantil; b) incorporación del proyecto en 12 instituciones educativas; y c) se identificó y capacitó a 500 jóvenes líderes formados como facilitadotes dentro de las instituciones educativas en temáticas de relación y convivencia.

409.En el año 2002 se obtuvieron los siguientes logros: a) 1.051 estudiantes informados sobre derechos de la niñez, valores y orientación sexual, y 400 estudiantes del Instituto Francisco Morazán, INFRAMOR, informados sobre prevención de la violencia estudiantil, con el propósito que éstos multipliquen sus conocimientos entre sus compañeros de estudios; b) 11 estudiantes en servicio social de las Universidades Pedagógica de El Salvador y Cristiana de las Asambleas de Dios, colaborando en el desarrollo del programa sobre prevención de la violencia; c) atención a 1.000 padres y madres de familia en escuelas para padres de cuatro centros educativos, sobre relaciones intrafamiliares, auto estima y comunicación en el hogar; d) 200 profesores conocedores del programa y colaborando con el desarrollo del mismo; e) 9.407 estudiantes beneficiados a través del efecto multiplicador sobre el tema de los derechos de niñez, valores, y prevención de la violencia estudiantil entre otros.

410.En coordinación con la Alcaldía municipal de San Salvador y Nueva San Salvador, Policía Nacional Civil (PNC), Comité Olímpico de El Salvador (COES) y Unidad de Salud de Nueva San Salvador, se ejecutaron: a) dos caminatas juveniles una al cerro de Guazapa y otra al Boquerón (volcán de San Salvador); b) Festival de Juegos Tradicionales; c) Carrera del Día Olímpico. Beneficiados 6.352 personas entre niños, niñas, adolescentes jóvenes y adultos.

411.Siempre con la finalidad de dar a conocer los derechos de los niños y los adolescentes, se ha desarrollado el programa País Joven, cuyo objetivo consiste en coordinar a nivel interinstitucional con el sector gubernamental, municipal y privado, el desarrollo de programas con equidad de género y acciones de carácter preventivo que tengan como propósito la promoción de los derechos y deberes de la niñez y la adolescencia.

412.Entre las instituciones que participan en el programa País Joven se encuentran: Ministerio de Educación (MINED); Instituto Salvadoreño para el Desarrollo Integral de la Niñez y la Adolescencia (ISNA); Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDHH); Instituto de Derechos Humanos de la Universidad de Centroamericana José Simeón Cañas, (IDHUCA); Asociación Bienestar YEKINEME; Fiscalía General de la República (FGR) y diferentes universidades.

K. Artículo 11

Párrafo 42 de las directrices

413.En términos generales, ha habido una reducción importante de la pobreza en el país en los últimos años; según lo plantea un estudio reciente realizado por la Fundación Salvadoreña para el Desarrollo Económico y Social, FUSADES, la pobreza disminuyó de 65,4 a 44,7%, 20,7 puntos porcentuales en 8 años. Sin embargo, la pobreza continúa predominando en el área rural. En 1992, el 56% del total de pobres vivían en el área rural, en el 2000, a pesar de los mayores niveles de urbanización, el 55% de los pobres vivía en esta área. La falta de acceso a servicios básicos es más pronunciada en el área rural. En promedio sólo 65,2% de los hogares rurales tienen acceso a electricidad y 43,3% al agua por cañería, mientras que en el área urbana, más del 90% de hogares tienen acceso a estos servicios.

414.La pobreza, en términos generales, ha tenido su reducción más importante en la pobreza extrema, en 1992 alcanzaba niveles del 32%, y en el 2000 se redujo a 19,3%. Las reducciones de la pobreza relativa han sido menores, ya que pasó de 33,4% en 1992, a 25,4% en el 2000.

415.La caída en el porcentaje de pobreza ha superado el crecimiento de la población, lo cual explica la reducción en los números absolutos de pobres. El número de pobres se redujo de 3,3 millones en 1992 a 2,8 millones en el 2000.

416.La combinación de las políticas económicas con la estrategia de desarrollo social implementada durante la última década ha dado como resultado avances en las tres dimensiones básicas del desarrollo humano. El valor del Índice de Desarrollo Humano (IDH) mejoró de 0,642 en 1990 a 0,704 en 1999. Esto le permitió a El Salvador alcanzar la posición 104, entre 174 países considerados.

417.La pobreza en el país adquirió un giro dramático con los terremotos de 2001. En cuestión de segundos las posiciones ganadas en la reducción a la pobreza y en materia de desarrollo humano se redujeron sustancialmente con esos sucesos, con especial énfasis en el área paracentral del país.

418.A consecuencia de los terremotos a) el nivel de pobreza pasó de 47,5 a 51,1% mientras que el nivel de pobreza extrema pasó de 20,3 a 23,6%; b) su mayor impacto se observó en las zonas rurales del país, lo cual significó que en menos de un minuto más de 225.000 personas que no eran pobres cayeron en situación de pobreza (3,6% de la población total); c) en un minuto, se borró el equivalente al 16% del producto interno bruto en términos de destrucción en viviendas, en infraestructura social y económica, lo cual también tiene serias implicaciones en la calidad de vida de los salvadoreños; d) en los cuatro departamentos más golpeados por los sismos (Cuscatlán, La Paz, San Vicente y Usulután), se han igualado o incluso superado las condiciones de pobreza de los Departamentos tradicionalmente más pobres del país (Chalatenango, Cabañas, Morazán y La Unión).

419.Aparte de los dos terremotos del 2001, que en un lapso de 30 días asolaron al país, El Salvador también fue afectado en 1998 por el huracán Mitch y enfrentó regularmente épocas de sequía. Otras situaciones como la caída de los precios internacionales del café, el incremento de los precios internacionales del petróleo y el entorno internacional con recesiones económicas, han afectado la economía salvadoreña.

420.Al aproximarse a la situación de pobreza de las mujeres, se sabe que las mujeres son especialmente vulnerables ante la pobreza y que deben enfrentar mayores obstáculos para insertarse adecuadamente en los procesos de desarrollo.

Tasa de hogares pobres según sexo del jefe de hogar

Femenino (en porcentaje)

1992

1993

1994

1995

1996

1997

1998

1999

Nacional

63

63

55

47

52

49

46

42

Urbano

60

58

50

42

47

44

41

37

Rural

67

69

64

46

62

59

58

51

Masculino (en porcentaje)

1992

1993

1994

1995

1996

1997

1998

1999

Nacional

57

60

52

46

51

48

44

41

Urbano

50

51

42

37

40

37

34

31

Rural

65

69

66

58

66

63

59

56

Fuente : Índice de Desarrollo Humano 2001.

421.Los avances que se han venido logrando son el resultado de la combinación de los niveles de crecimiento económico durante la década de los noventa, siendo que El Salvador es el segundo país de América Latina con mayor crecimiento durante ese período, solamente superado por Chile. Todo ello aunado a la combinación de las políticas económicas y sociales implementadas. En materia macroeconómica se ha logrado estabilidad, durante la década de los noventa El Salvador mantuvo bajo control en forma continua la inflación, logrando obtener la tercera más baja inflación en América Latina, sólo superada por Bolivia y Panamá. En materia social la estrategia para la reducción de la pobreza es implementada por las principales instituciones del área social y particularmente el Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local, FISDL.

422.El crecimiento poblacional en El Salvador ha sido vertiginoso, se cuenta con la densidad poblacional más alta de Centroamérica que es de 309 habitante/km2, existiendo diferencias entre los diferentes departamentos del país.

Comportamiento de la población, por área geográfica

Población

1996

1998

2000

Nacional

5.787,1

6.031,3

6.276,0

Urbana

3.305,1

3.485,5

3.665,7

Rural

2.482,0

2.545,9

2.610,3

Densidad poblacional

275,0

286,7

309,3

Fuente: Elaboración propia en base a datos del Informe sobre Desarrollo Humano, El Salvador, 2001.

423.La estructura de la población refleja dos aspectos importantes: a) El Salvador es un país con una población eminentemente joven, dado que el 46,9% son menores de 20 años; y  b) la población mayor de 60 años representa solamente el 9,1%.

424.Es importante mencionar que la población rural cada vez tiende a reducirse debido a una serie de factores entre los que se mencionan: la falta de empleos bien remunerados, la falta de oportunidades para la población joven y la pérdida de rentabilidad de las actividades agropecuarias como producto de la caída en los precios internacionales. Para el año 1992 el 44,5% de la población era rural, en 1996 el 42,9% y para el 2000 representaba el 41,6%.

425.En lo que se refiere al PIB per cápita del 40% más pobre de la población no se dispone este indicador por categoría de pobreza, sin embargo, puede indicarse que el ingreso per cápita es diferente entre regiones. En promedio el ingreso rural fue el 40% del ingreso urbano. Por su parte, el coeficiente de Gini, indicador que puede variar entre 0 (perfecta equidad) y 1 (total concentración en una sola persona), es de 0,525 para El Salvador. El promedio de este coeficiente para América Latina es de 0,52.

Indicadores de pobreza

426.En la Encuesta de Hogares de Propósitos Múltiples (EHPM) realizada en 1999, se determinaron los niveles de pobreza a nivel nacional y por departamentos, encontrándose diferencias significativas entre las diferentes zonas del país. Los hogares pobres en total representan el 47,5% de la población, de éstos el 20,1% se encuentran en pobreza extrema o sea que sus ingresos no cubren el costo de la Canasta Básica de Alimentos (136 dólares de los EE.UU. mensuales para el área urbana y 98 dólares de los EE.UU. para el área rural ) y el 24,6% viven en pobreza relativa, es decir que sus ingresos no alcanzan a cubrir la Canasta Básica Ampliada (canasta básica de alimentos más los gastos en vivienda, transporte, educación, salud, vestuario y misceláneos, la cual se considera que equivale al doble de la CBA).

427.La pobreza es más aguda en la zona rural del país donde más de la mitad de la población viven en esta situación (55%), en la zona urbana la pobreza desciende al 32,8%, sin embargo sigue siendo alta la proporción de hogares (más de un millón de personas) que a pesar de vivir en los centros urbanos del país no consiguen salir de la pobreza.

Comportamiento de la pobreza relativa y extrema en porcentaje de personas (Período: 1996-1999)

Área

1996

1997

1998

1999

Relativa

Extrema

Relativa

Extrema

Relativa

Extrema

Relativa

Extrema

Nacional

31,8

26,3

32,2

23,2

27,8

22,6

27,4

20,1

Urbana

30,3

17,4

29,5

14,7

25,8

14,8

25,4

12,2

Rural

33,7

37,0

35,5

33,6

30,6

33,3

30,2

30,9

Fuente: Elaboración propia en base a datos del Informe sobre Desarrollo Humano, El Salvador, 2001.

428.A pesar de los avances obtenidos, las condiciones de acceso a servicios sociales básicos en las zonas rurales del país continúan siendo bastante críticas, debido a que ésta se ha convertido en el escenario de la ocurrencia de una serie de fenómenos como el conflicto armado, huracanes, sequías, terremotos, la disminución del trabajo agrícola por la falta de rentabilidad de las actividades agropecuarias y la falta de inversión en el campo que ha afectado su productividad, hechos que han deprimido el desarrollo de dichas zonas y afectado a sus habitantes. Además, históricamente el gasto público ha estado concentrado en las zonas urbanas del país lo cual ha repercutido negativamente en el desarrollo de las zonas rurales tanto en el ámbito social como productivo.

Situación de algunos servicios sociales básicos que inciden demanera directa en la situación nutricional de la población

(En porcentaje)

Departamento

Población sin acceso a agua potable

Población sin acceso a servicios de salud

Tasa de analfabetismo en adultos

Niños menores de 5 años con peso insuficiente

Urbano

Rural

Urbano

Rural

Urbano

Rural

Urbano

Rural

Nacional

14,9

65,4

14,5

38,9

11,7

32,4

8,4

14,1

Fuente : Elaboración propia en base a datos del Informe sobre Desarrollo Humano , El Salvador, 2001.

Impacto de los terremotos de 2001

429.Los terremotos de 2001 tuvieron sus mayores efectos en el sistema de vivienda, principalmente en la vivienda rural. Esta situación, ha reducido significativamente la capacidad de acumulación y producción de las familias rurales, ya que la construcción o rehabilitación de la vivienda se convierte en su prioridad. La falta de una vivienda constituye un obstáculo para poder accesar al crédito para la producción, lo cual pone en riesgo la seguridad alimentaria del grupo familiar. Los terremotos dejaron un total de 110.202 viviendas inhabitables en las zonas rurales y 53.664 en las zonas urbanas, representando un total de 1,6 millones de personas damnificadas. El total de viviendas dañadas en la zona rural fue de 56.525 y en la zona urbana fue de 51.262.

Daños provocados por los terremotos del 13 de eneroy febrero en el sistema de vivienda

Número de personas damnificadas

Vivienda urbana

Vivienda rural

Total vivienda

Inhabitable

Habitable

Sin daño

Inhabitable

Habitable

Sin daño

Nacional

1.616.782

53.664

51.262

637.406

110.202

56.525

453.104

1.362.163

Fuente : Elaboración propia en base a datos del Informe sobre Desarrollo Humano , El Salvador, 2001.

430.La situación de algunos servicios sociales básicos se volvió más difícil con la ocurrencia de los terremotos ocurridos durante el 13 de enero y febrero del año 2001, los servicios básicos como agua potable y salud fueron seriamente dañados. El cuadro siguiente muestra la situación antes y después de los terremotos en los servicios de salud.

Impacto de los terremotos del 13 de enero y febrero en algunos servicios básicos y en la pobreza extrema

Población sin acceso a agua potable

Población sin acceso a servicios de salud

Niños menores de 5 años con peso insuficiente

Impacto en la pobreza extrema

Antes

Después

Antes

Después

Antes

Después

Antes

Después

Nacional

34,0

40,6

24,1

36,4

12,2

12,8

25,3

29,4

Fuente: Elaboración propia en base a datos del Informe sobre Desarrollo Humano, El Salvador, 2001.

431.En cuanto al índice de calidad física de vida, de lo que se dispone es del Índice sobre Desarrollo Humano, el cual resume progresos en varias áreas del desarrollo como educación, salud, ingresos, entre otros. Lo más importante es destacar que el país ha evolucionado de una posición de desarrollo humano medio hacia una posición de desarrollo humano medio-medio.

432.El Informe de Desarrollo Humano que elabora el PNUD, clasificó en 1997 a El Salvador, de acuerdo al Índice de Desarrollo Humano con un valor de 0,674, ubicando al país en una categoría de desarrollo bajo, en el lugar número 115 a nivel mundial, para 1999 disminuyó a 0,603. En la actualidad se cuenta con un índice de 0,706, ubicándose como país con Desarrollo Humano Medio, por el rango en que se ubica: 0,500-0,79; a la vez, indica que en los últimos diez años se ha incrementado el valor de ese índice lo que le ha permitido avanzar al menos diez posiciones en el contexto internacional, ocupando en la actualidad la posición 105 entre 173 países.

Párrafo 43 de las directrices

Componente crecimiento, desarrollo y nutrición

433.El Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social cuenta con un Programa de Nutrición cuyo objetivo básico es contribuir al mejoramiento de la situación nutricional de la población salvadoreña, especialmente de los grupos de mayor vulnerabilidad como son los niños menores de 5 años, las mujeres embarazadas y las madres en período de lactancia. Siendo los componentes de dicho programa: a) vigilancia nutricional; b) control de deficiencias nutricionales específicas; c) atención nutricional a grupos vulnerables; d) asistencia alimentaría;  e) educación alimentaría nutricional; y f) seguridad alimentaria y nutricional.

434.A través de dichas acciones se ha contribuido ha mejorar la disponibilidad y acceso de los alimentos a nivel familiar (en las familias más desprotegidas) y sobre todo se contribuye a que la población tenga un adecuado consumo y utilización biológica de los alimentos, lo cual ha propiciado un mejoramiento de la situación nutricional en los últimos años.

Estado nutricional de la población salvadoreña

435.Niños menores de 5 años. Desde 1988 se ha realizado en el país la Encuesta Nacional de Salud Familiar, la cual tiene representatividad tanto a nivel nacional como departamental, estudios que se han realizado en forma sistematizada cada cinco años, la última fue realizada en 1998 y los datos obtenidos demuestran que la situación nutricional a nivel nacional ha mejorado en la última década.

(En porcentaje)

1988

1993

1998

Desnutrición global (peso/edad)

15,2

11,2

11,8

Desnutrición crónica (talla/edad)

30,0

23,1

23,3

Desnutrición aguda (peso/talla)

2,5

1,5

1,1

Lactancia materna exclusiva en el menor de 3 meses

-

21,3

21,0

436.Niños de 6 a 9 años. El segundo censo nacional de talla en escolares de primer grado, fue realizado en septiembre de 2000, el cual tiene una representatividad a nivel Nacional, Departamental y Municipal, ha demostrado una disminución significativa en la prevalencia del retardo en talla o desnutrición crónica a nivel nacional.

(En porcentaje)

I Censo nacional de talla, 1988

II Censo nacional de talla, 2000

Sector público

29,8

21,0

Sector público y privado

-

19,5

437.Las deficiencias nutricionales específicas en el nivel nacional se pueden describir de la siguiente manera:

Deficiencia de hierro (anemia)

(En porcentaje)

1988

1998

Niños menores de 5 años

23,2

18,0

Mujeres embarazadas

-

9,8

Deficiencia de yodo (Bocio) escolares de primer grado

(En porcentaje)

1990

1998

Prevalecía de bocio

25,8

-

Niveles bajos de yodo en orina

-

5,6

Deficiencia de vitamina "A" Niveles bajos de retinol en sangre

(En porcentaje)

1988

1998

Niños menores de 5 años

36

-

Niños de 6 a 9 años

-

1

438.La vigilancia nutricional es aplicable únicamente a los niños menores de 5 años del área rural, la cual se realiza a través de los promotores de salud del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, cubriéndose el 94% de los cantones. La vigilancia del estado nutricional se realiza para los niños mayores de 2 años, cada seis meses y para el niño menor de 2 años cada tres meses. La información que se recaba a través de la vigilancia nutricional es utilizada para la toma de decisiones en relación a la ejecución y focalización de intervenciones nutricionales adicionales a las contempladas en el programa regular o bien para la reorientación de recursos económicos.

439.A partir de 1999 se inició la implementación de la Estrategia de Atención Integral en Nutrición a nivel Comunitario, AINC, la cual consiste en la organización y formación de grupos de madres voluntarias en cada comunidad, con el compromiso de: a) vigilar mensualmente la ganancia de peso (crecimiento adecuado) del niño menor de 2 años y de la mujer embarazada; b) educar a las madres sobre el componente de alimentación, nutrición y salud: 1) lactancia materna exclusiva (de 0 a 6 meses) y complementaria (hasta los 2 años);  2) alimentación complementaria diferente a la leche (período de ablactación a partir de los 6 meses); 3) alimentación de la mujer embarazada y la madre en período de lactancia; 4) utilización de los recursos disponibles en la comunidad para mejorar la calidad y variedad de la dieta familiar.

Producción de alimentos

440.La producción de alimentos en El Salvador ha presentado déficit en diferentes alimentos: granos básicos, leguminosas, leche y derivados, frutas, hortalizas y, carnes. Esta situación, ha determinado que la balanza comercial del sector agrícola sea negativa. Durante los últimos años El Salvador ha sido un importador neto de productos agroalimentarios.

441.En particular, se destacan las importaciones de trigo y maíz amarillo (que son totalmente importados), maíz blanco para consumo humano, arroz y frijol. La producción de carne bovina anda cerca de las 75 millones de libras anuales con un consumo humano aparente, para el año 2000 de 13,91 lbs./persona/año, la cual no ha variado mucho en los últimos cinco años, encontrándose una brecha no tan grande en relación a las recomendaciones del Instituto de Nutrición de Centroamérica y Panamá, INCAP, que son de 16 lbs./persona/año. En cuanto a la producción de leche, también encontramos cierta estabilidad, con una producción promedio anual para el quinquenio 1996-2000 de 348,9 millones de botellas.

442.La inseguridad alimentaria afecta a los sectores pobres rurales y urbano marginales. Entre los factores que inciden en la seguridad alimentaria, tanto a nivel nacional como familiar, se encuentran: déficit en la disponibilidad de alimentos; bajo nivel de ingreso de las familias; consumo de dietas deficientes en calidad y cantidad; reducida diversificación de alimentos; poca importancia del subsector alimentario; el clima; la degradación de los recursos naturales, principalmente del suelo; concentración de la propiedad de la tierra; calidad de los suelos; crédito para los productores de alimentos; investigación y difusión de nuevas tecnologías y rentabilidad de los cultivos de granos básicos.

443.Algunos productos como los granos básicos han mostrado una relativa estabilidad en su producción, así como algunas frutas y hortalizas. La producción de huevos, leche, carne de res, cerdo y pollo muestran una tendencia creciente. Sin embargo, la producción de productos pesqueros muestra una tendencia decreciente. Pese a algunos indicadores favorables de producción y rendimientos, la dependencia alimentaria continúa siendo considerable debido al crecimiento poblacional.

444.Los datos que se presentan en el gráfico 1 muestran el comportamiento creciente que han registrado los rendimientos de los granos básicos, especialmente, el cultivo del arroz. Entre los factores que han permitido este incremento en la productividad de los alimentos se encuentran la política de investigación de nuevas variedades y asistencia técnica del Centro Nacional de Tecnología Agropecuaria, CENTA, la cooperación técnica internacional, construcción de obras de riego, política de sanidad vegetal y animal y el uso de mayores fertilizantes químicos.

445.Para reducir los impactos negativos por el uso de fertilizantes químicos en los recursos naturales, el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), ha desarrollado una serie de proyectos de conservación de los recursos naturales, principalmente, el recurso suelo. Entre estos proyectos se mencionan el Proyecto ambiental de El Salvador, PAES, el Proyecto

Agricultura Sostenible en Zonas de Ladera, entre otros. En relación a la conservación de los alimentos el MAG ha desarrollado el Proyecto poscosecha que ha distribuido un total de 40.000 sílos metálicos que les permite a los productores conservar sus alimentos por un mayor tiempo garantizando de esta manera su consumo, así como la consecución de mejores precios.

Gráfico 1

Evolución de los Rendimientos de Granos Básicos

(En Quintales por Manzana)

Período 1959/60-1999/00

Fuente: Dirección General de Economía Agropecuaria,Ministerio de Agricultura y Ganadería (DGEA/MAG).

Importación de Productos Alimenticios

446.Entre los principales alimentos importados por el país se encuentra el trigo, que se ha convertido en parte de la dieta alimenticia de nuestra población, sustituyendo en algunos casos al maíz, a través del creciente consumo de pan. Las importaciones de maíz, frijol y arroz resultan ser muy importantes.

447.Si bien es cierto que la tendencia en la producción de granos básicos se ha mantenido estable durante los últimos años, ésta resulta aún insuficiente debido a la creciente demanda, principalmente del consumo industrial. Los datos que se presentan en la hoja de balance indica que de no realizarse importaciones, tendríamos un déficit en el consumo de maíz blanco de 1.234.840 quintales, frijol 429.636 quintales y arroz oro 955.869 quintales. En el caso del sorgo, El Salvador es superavitario ya que las importaciones de maíz amarillo se convierten en sustituto perfecto de éste producto.

448.Las importaciones de bovinos; carnes de res y cerdo; leches y quesos, se han incrementado aceleradamente en los últimos siete años. La importación de especias por ejemplo, se han más que duplicado durante el año 2000 respecto a 1996.

449.En el caso del consumo de hortalizas, la mayor parte son importadas, principalmente de Guatemala. En orden de importancia, para el año 2000 las cinco principales hortalizas importadas fueron: tomate (30,6 millones de libras); repollo (22,3 millones de libras); papa (13,9 millones de libras); cebolla (13,8 millones de libras); y zanahoria (6,4 millones de libras).

450.Los datos de importación de hortalizas indican que en el país existe un amplio mercado interno que perfectamente podría ser cubierto con producción nacional, mejorando de ésta manera los ingresos de los productores nacionales, la generación de nuevos empleos productivos y el ahorro de divisas al reducirse las importaciones. De esta manera, se estaría disminuyendo la dependencia alimentaria de nuestro país.

Medidas de reforma agraria en apoyo a la producción de alimentos

451.Mediante el proceso de reforma agraria iniciado en nuestro país desde antes de 1980 se le proporciona al campesinado salvadoreño tierra en propiedad, con la cual mejora sustancialmente su seguridad alimentaria y, por ende, el nivel de vida del grupo familiar, pues se constituye en su principal medio de producción. Con la reforma agraria se ha fomentado la producción agropecuaria tanto de manera asociativa como de manera individual.

452.El proceso de reforma agraria implementado en El Salvador distribuyó a los productores sin tierra un total de 453.292 ha, benefició a 936.020 personas e intervino 8.687 propiedades. La distribución de tierras ha contribuido a mejorar la seguridad alimentaria de las familias que no contaban con este principal medio de producción.

La situación de los grupos especialmente vulnerables

453.Campesinos sin tierra: 404.196 personas, de las cuales 320.651 son hombres y 83.554 son mujeres.

454.Campesinos marginales: 215.437 personas, de las cuales 109.228 son hombres y 106.209 son mujeres.

455.Trabajadores rurales: 928. 648 personas, de las cuales 561.382 son hombres y 366.816 son mujeres.

456.Desempleados rurales: 229.786 personas, de las cuales 201.964 son hombres y 27.822 son mujeres.

457.Desempleados urbanos: 210.034 personas, de las cuales 74.379 son hombres y 135.655 son mujeres.

458.Pobres urbanos: 2.309.568 personas, de las cuales 1.096.763 son hombres y 1.212.805 son mujeres.

459.Trabajadores migrantes: 43.400 personas, de las cuales 31.321 son hombres y 12.079 son mujeres.

460.Poblaciones indígenas: 62.760 personas, de las cuales 29. 466 son hombres y 33.294 son mujeres.

461.Niños: 2.234.100 personas, de las cuales 1.120.058 son niños y 1.114.042 son niñas.

462.Ancianos: 312.400 personas, de las cuales 144.793 son hombres y 167.607 son mujeres.

Canasta básica alimentaria o familiar

463.La canasta básica familiar de las zonas urbanas representa un mayor volumen de alimentos respecto a la de las zonas rurales. Los hogares urbanos consumen un total de 4.930 g diarios de alimentos, mientras que los hogares rurales sólo 3.355, lo cual significa una diferencia de 1.575 g diarios. A excepción del consumo de tortillas y huevos, el volumen de la canasta básica familiar rural es mucho menor en los restantes alimentos. En las zonas rurales no se consume pan y frutas como parte de la canasta básica alimentaria.

464.En relación al costo, los datos que indican que para el período 1992-1999 la canasta básica familiar urbana se incrementó un 31,9%, mientras que la rural lo hizo en un 36,7%, profundizándose aún más la difícil situación económica de las familias rurales.

Situación nutricional

465.La Encuesta FESAL de 1993 estableció resultados tendientes a la disminución en la prevalencia de la desnutrición global a 11,2%, retardo en talla a 22,8% y desnutrición aguda a 1,3%. La última evaluación nutricional hecha en la Encuesta FESAL de 1998 no reportó cambios importantes en ninguno de los indicadores. En todos los estudios realizados a nivel nacional la población evaluada fueron niños, por lo que se carece de información en adolescentes y adultos.

466.En la actualidad, se encuentran en ejecución la Ley de yodación de la sal, y los programas de fortificación del azúcar con vitamina A, así como de harinas de trigo y maíz con hierro y ácido fólico como respuesta a los problemas encontrados. En las últimas encuestas realizadas se identificó una disminución en la prevalencia de estas deficiencias, pero continúan considerándose problemas de salud pública.

467.Las tendencias en el suministro de energía han sido favorables al crecimiento, pasando de aproximadamente 1.800 kcals/persona/día para el período 1964-1966 a 2.536 para el período 1996-1998, es decir un aumento de 705 kcals. Sin embargo, no ha existido una variación en la distribución de los porcentajes de energía, siendo la principal fuente los carbohidratos con un 71%, lo cual es coherente con la dieta básica salvadoreña que consiste en tortillas de maíz, arroz y frijoles. Las grasas contribuyen con un 19%. En cuanto a las proteínas su aporte es bajo con apenas un 10%, reflejado en el bajo consumo que tiene la población de productos de origen animal como leche, huevo y carnes.

468.Del total de proteína consumida un 74% es de origen vegetal, evidenciando que la calidad de la dieta actual es inadecuado en lo que respecta al aporte de aminoácidos esenciales y algunos nutrientes específicos como el hierro.

469.El suministro de energía de los salvadoreños proviene principalmente de cereales y edulcorantes, (tortillas de maíz, arroz y frijoles). Se observa una tendencia creciente a la disponibilidad de calorías por persona, pero debido a que existen grandes diferencias en los ingresos y el acceso a alimentos importados o de origen animal, entre la población urbana y la rural, dado que la distribución interna de estos alimentos es también muy desigual.

470.Los datos presentados en el correspondiente Informe sobre Desarrollo Humano, indican que tanto la desnutrición global, aguda como crónica, se redujeron considerablemente durante el período 1983-1988. Sin embargo, durante el subsiguiente período 1993-1998 la desnutrición lejos de disminuirse se incrementó a excepción de la desnutrición aguda que experimentó una leve disminución.

Lactancia materna

471.La lactancia materna exclusiva continua siendo baja, ya que para 1998 únicamente el 21,0% de los niños menores de 6 meses, eran amamantados en forma exclusiva, sin embargo la lactancia materna complementaria ha experimentado un aumento en su duración, pasando de 15 meses (1993) a 17 meses (1998).

472.Durante los últimos siete años se han presentado diversos problemas que han repercutido en el manejo de la política pública y que han tenido efectos directos en la seguridad alimentaria de la familia salvadoreña, principalmente las familias de bajos ingresos localizadas en su mayor parte en las zonas rurales. Se pueden diferenciar dos tipos de problemas; en primer lugar los asociados a la dinámica de la economía, a raíz de la disminución de actividades relacionadas con la agricultura, por la falta de rentabilidad de las actividades agropecuarias y, en segundo lugar, los vinculados a los fenómenos naturales, como sequías, huracanes y terremotos.

Comportamiento de la economía

473.Entre los problemas asociados al comportamiento de la economía se destaca el bajo nivel de crecimiento del producto interno bruto (PIB) a partir de 1995. Esta situación ha repercutido de manera negativa en las familias de bajos ingresos al reducirse las oportunidades de empleo productivo, lo cual incide directamente en el consumo familiar. El bajo crecimiento de la economía durante los últimos cinco años ha incrementado el desempleo y el subempleo, tanto en las zonas urbanas como rurales, lo cual ha incidido en la seguridad alimentaria de las familias de bajos ingresos.

474. Evolución sectorial de la economía

Sector

1996

1997

1998

1999

2000

PIB

1,7

4,2

3,7

3,4

2,0

Agricultura

1,3

0,4

-0,7

6,5

-0,8

Minas y canteras

1,0

6,5

5,3

0,4

3,0

Industria

1,7

8,0

6,6

3,7

4,5

Electricidad

17,1

4,2

6,1

2,7

1,2

Construcción

2,7

6,2

8,5

0,8

-2,3

Comercio y servicios

0,4

2,9

4,0

2,1

0,8

Transporte

1,9

7,7

4,2

8,6

6,2

Finanzas

2,7

12,6

9,6

13,3

5,1

IPC

7,4

1,9

4,2

-1,0

4,2

Fuente: Revista Trimestral. Banco Central de Reserva,BCR, abril-junio de 2001.

475.La falta de oportunidades de empleo agrícola y no agrícola en las zonas rurales ha contribuido a la precaria situación de las familias del campo y con ello su estado nutricional. A esta situación habría que agregar los incrementos de precios de algunos servicios básicos lo cual les reduce a las familias su capacidad para poder adquirir los alimentos básicos.

476.Los bajos salarios y el estancamiento del salario mínimo están contribuyendo asimismo al deterioro de la seguridad alimentaria de miles de familias. Este deterioro se manifiesta en la prevalencia de altos niveles de desnutrición, principalmente infantil.

Efecto de los fenómenos naturales

477.Entre los principales problemas que han incidido en la seguridad alimentaria y que están asociados a los fenómenos naturales se encuentran el huracán Mitch en 1998, los terremotos del 13 de enero y febrero de 2001 y, la sequía de ese mismo año. Estos tres fenómenos naturales ocurridos en nuestro país han tenido profundos impactos en la seguridad alimentaria de amplios segmentos poblacionales. Sin embargo, la población mayormente afectada por esos fenómenos ha sido la de las zonas rurales, la cual se caracteriza por su alto nivel de vulnerabilidad.

478.Durante el mes de octubre de 1998, ocurrió en nuestro país y en el resto de la región centroamericana la tormenta tropical Mitch. Los daños provocados por este fenómeno natural en el sector agropecuario y en las familias rurales fueron cuantiosos y se estima que sus repercusiones serán de largo alcance en todos los ámbitos de la vida, especialmente en los sectores de mayor vulnerabilidad.

479.Un total de 80.433 personas de las zonas rurales resultaron damnificadas y/o refugiadas como producto de las torrenciales lluvias provocadas por este fenómeno. Asimismo, unos 9.513 productores agropecuarios registraron daños en sus producciones, perdiendo parte o la totalidad de sus cosechas.

480.Las pérdidas para el sector agropecuario fueron cuantiosas habiéndose estimado en unos 71,2 millones de dólares de los EE.UU. entre los diferentes rubros del sector. El rubro que registró las mayores pérdidas fue la producción de maíz con 29,7 millones de dólares de los EE.UU., luego le sigue la producción de frijol con 17,5 millones de dólares de los EE.UU. y, caña de azúcar con 6,6 millones de dólares de los EE.UU. El resto de rubros también registró pérdidas importantes. En el área de infraestructura productiva y social los daños fueron considerables, reduciendo de esta manera la capacidad de los productores y pobladores rurales para insertarse de nuevo al proceso productivo.

481.Esta situación vino a reducir la disponibilidad de alimentos en las zonas rurales, profundizando aún más la crítica situación que venían afrontando los pequeños productores y familias rurales. La pérdida de sus cosechas redujo el nivel de ingresos, poniendo en peligro la seguridad alimentaria de amplios sectores de la población.

482.Por otra parte los terremotos ocurridos el 13 de enero y 13 febrero de 2001 tuvieron fuerte impacto en la seguridad alimentaria de amplios sectores de la población, principalmente la de las zonas rurales que fue donde estos fenómenos se hicieron sentir con mayor profundidad. Los terremotos redujeron significativamente la capacidad adquisitiva de la población afectada ya que se registraron daños en diferentes áreas.

483.Por otra parte, el número de personas sin acceso a servicios de agua potable y salud se ha incrementado debido a los daños provocados por los terremotos en la infraestructura. Esta situación ha deteriorado aún más la situación de los pobladores rurales ya que han tenido que reorientar sus escasos recursos hacia otras prioridades como la construcción o reconstrucción de sus viviendas, incluso han tenido que renunciar a la continuidad de las labores agropecuarias, lo cual repercutió en la oferta disponible de alimentos.

484.Aunado a lo antes expuesto, las recientes sequías ocurridas, en particular la que tuvo lugar durante el mes de junio del año 2001, afectó buena parte del territorio nacional; sin embargo, los mayores daños se registraron principalmente en 44 municipios de la región oriental donde los niveles hídricos fueron mínimos. La producción de granos básicos fue la mayormente afectada por este fenómeno natural. El maíz, principal alimento de la población rural pobre, sufrió pérdidas en los 44 municipios con un monto de 2,4 millones de quintales; el frijol de 55.596 quintales; arroz 2.191 quintales, y sorgo 106.372 quintales.

485.En estos municipios, la sequía afectó un total de 74.842 familias de pequeños productores, lo cual representa aproximadamente unas 374.210 personas. Asimismo, unas 813.566 personas residentes en estos 44 municipios resultaron afectadas de manera indirecta. Esta situación ha reducido drásticamente la disponibilidad de alimentos para miles de familias pobres, generando problemas de inseguridad alimentaria.

486.La caída de los ingresos de los pequeños productores podría involucrarlos en el largo plazo en un círculo vicioso de inseguridad alimentaria y desnutrición en donde será necesario diseñar políticas de combate a la pobreza.

Política de seguridad alimentaria y nutricional

487.En octubre de 2002, se iniciaron reuniones de coordinación interinstitucional para la elaboración de la política nacional de seguridad alimentaría y nutricional; esta iniciativa es liderada y coordinada por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, con apoyo de instituciones de gobierno, organismos de cooperación externa y sector privado.

488.El objetivo de esa política es brindar lineamientos que orienten las acciones entre diferentes instituciones del sector público y privado, que trabajan para garantizar la seguridad alimentaria y nutricional de la población salvadoreña de manera sostenible y para contribuir al desarrollo humano del país.

489.La División de Asistencia Alimentaria de la Secretaría Nacional de la Familia en coordinación con los Ministerios de Educación y Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, ha desarrollado proyectos interinstitucionales con la participación de ONG (Catholic Relief Services, CARE, y Fundación para la Recuperación del Ecosistema (FREES): a) Desarrollo de la educación básica y cuidados de salud preventiva con participación de la comunidad; b) Programa de Compensación Social para Niños Preescolares, madres embarazadas y en período de lactancia; c) Alimentos por trabajo (1994-1998); d) Fenómeno de El Niño (fenómeno del océano Pacífico, que produjo una sequía 1997-1998); e) Proyecto de ayuda alimentaria para atender 129 municipios prioritarios de El Salvador (apoyo de la Unión Europea); f) Atención a población vulnerable indigente, 1994-1999; g) Proyecto de emergencia por la tormenta tropical Mitch 1998-2002; h) Proyecto operación prolongada de socorro y recuperación región América Central.

Desarrollo de la educación básica y cuidados de salud preventiva con participación de la comunidad (Proyecto PMA/ELS/3886 Ampliación)

490.Tiene como finalidad disminuir las tasas de deserción, incrementar la asistencia a las escuelas y contribuir a bajar los niveles de repitencia entre los niños de parvularia, primero y segundo ciclo del área rural ubicados en los municipios con mayor prevalencia de pobres en El Salvador. A través de la dotación de un refrigerio diario servido en las primeras horas de la mañana o de la tarde, según se trate de jornada matutina o vespertina. A través del refrigerio el niño recibe un aporte diario de calorías y proteínas para mantenerse activo en el aula, incrementando su capacidad de atención y mejorando su rendimiento escolar.

491.Los componentes del Proyecto PMA/ELS/3886 son: a) refrigerio diario; b) educación para la salud y nutrición; c) capacitación a maestros; d) elaboración e impresión de material educativo.

Programa de compensación social para niños preescolares, madres embarazadas y en período de lactancia (Proyecto PMA/ELS/4508)

492.Este proyecto estuvo dirigido a la atención de niños de 6 meses a 5 años de edad, madres embarazadas o en etapa de lactancia en riesgo de desnutrición. Con este proyecto se proporcionó una ración familiar mensual que reunió los requerimientos caloricoproteicos estimados para cinco miembros de la familia. A través de la entrega del alimento se aprovechó para que en los establecimientos de salud recibieran sus controles médicos durante la etapa de gestación y durante los primeros meses de vida del niño. También se atendió y a la fecha se continúa atendiendo a la población de 2 a 6 años focalizada en los centros de bienestar infantil y centros rurales de nutrición de los municipios que presentan mayores índices de desnutrición.

493.Los componentes del Proyecto PMA/ELS/4508 fueron: a) distribución de canasta alimentaria familiar mensual (raciones para cinco miembros de cada familia beneficiaria); b) educación para la salud y nutrición; c) capacitación a personal de los establecimientos de salud.

Alimentos por trabajo 1994-1995 (Proyecto PMA/ELS/2806 Ampliación)

494.Este proyecto fue coordinado por la Secretaría Nacional de la Familia, durante su último año de ejecución, abril 1994 a abril de 1995; en años anteriores había sido ejecutado por otras instituciones como la Secretaría de Reconstrucción Nacional (SRN), Dirección de Desarrollo Comunal del Ministerio del Interior (DIDECO) y Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG).

495.Los ejecutores fueron ONG: a) Catholic Relief Services (CRS); b) Fundación Panamericana para el Desarrollo (FUPAD); c) Proyecto de Desarrollo Agrícola para Pequeños Productores de la Región Paracentral (PRODAP-MAG); d) Dirección de Desarrollo Comunal del Ministerio del Interior (DIDECO); e) Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR); f) Programa de Emergencia para la Reinserción Productiva de los Desmovilizados en la Agricultura (CE-GOES, Unión Europea ALA 92); g) Asociación Salvadoreña de Promoción, Capacitación y Desarrollo, (PROCEDES); h) Fundación Salvadoreña para el Desarrollo de la Mujer y el Niño (FUNDEMUN); i) Instituto de Tecnología, Autogestión y Medio Ambiente, (ITAMA); j) Fundación Salvadoreña de la Tercera Edad (FUSATE); k) Caritas de El Salvador; l) Médicos del Mundo; m) Fundación Salvadoreña para la Promoción Social y Desarrollo Económico (FUNSALPRODESE); n) Iniciativa para el Desarrollo Alternativo (IDEA).

496.Este proyecto permitió proporcionar alimentos a cambio de trabajo de los beneficiarios en los siguientes componentes: 1) conservación de recursos naturales; 2) agroforestal y forestal;  3) diversificación agrícola; 4) prevención de desastres; 5) infraestructura básica.

Fenómeno de El Niño/Fenómeno del Pacífico (Proyecto PMA/ELS/5949)

497.El proyecto se inició durante el invierno de 1997 e inicios de 1998. El Salvador se vio afectado por una intensa sequía que dejó pérdidas en cultivos causando un impacto negativo en la economía del país, especialmente en pequeños agricultores que sobreviven sembrando maíz, frijol, maicillo y hortalizas. Esto también afectó la economía de la población en general ya que se incrementaron los precios de los productos de consumo básico.

498.A través del Programa Mundial de Alimentos, se aprobó en enero de 1998 la operación de emergencia regional para Centroamérica para atender con asistencia alimentaria a las familias afectadas por el fenómeno de El Niño.

499.Este proyecto fue ejecutado por: a) Catholic Relief Services y b) la Fundación para la Recuperación del Ecosistema FREES. El impacto del proyecto en los recursos naturales fue de 11.300 ha de terreno en proceso de recuperación tanto en recursos naturales como entorno ambiental y protección de cuencas hidrográficas. Durante 1998, se realizaron las distribuciones de alimentos.

500.Al final se logró contribuir a recuperar los recursos naturales de la zona. Las actividades que se apoyaron con la distribución de alimentos fueron principalmente construcción de barreras vivas, acequias de laderas, construcción de reservorios, capacitaciones y otras.

Proyecto de ayuda alimentaria para atender 129 municipios prioritarios de El Salvador (Unión Europea)

501.Este proyecto fue ejecutado por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social. Estuvo dirigido a la población de niños mayores de 6 meses y menores de 5 años, mujeres embarazadas y en estado de lactancia en riesgo de desnutrición focalizados en 129 municipios considerados como de prioridad en El Salvador. De igual manera se atendieron los centros de bienestar infantil como los centros rurales de nutrición.

Atención a la población vulnerable indigente (Proyecto SNF)

502.Este proyecto se enfoca en beneficiar a personas de escasos recursos económicos y a cubrir emergencias en las que se considere que el alimento es necesario. También se atienden peticiones especiales que se realizan ante la Secretaría Nacional de la Familia para brindar apoyo con alimentos a familias necesitadas.

Proyecto de emergencia por la tormenta tropical Mitch (Proyecto 9800 y PMA/ELS/5949 Emergencia nacional)

503.Para la emergencia regional generada por la tormenta tropical Mitch, en octubre de 1998, el Gobierno de El Salvador implementó un plan de socorro para atender de emergencia a la población afectada. Para ello, se realizaron acciones conjuntas entre las diferentes instituciones de gobierno y organizaciones de servicio.

504.Las acciones de la Secretaría Nacional de la Familia, consistieron principalmente en la provisión de alimentos básicos, ropa, utensilios, de cocina y del hogar, a las familias afectadas ubicadas en albergues temporales o en comunidades aisladas, ya sea por inundación o por deslizamiento de tierra. El objetivo en esa fase fue atender el mayor número de damnificados en el menor tiempo posible. La distribución se realizó mediante la entrega por medio de los comités de emergencia departamentales y entrega directa a las comunidades. Se cubrieron 80 municipios, principalmente en la zona costera identificados como afectados por la tormenta tropical.

505.El proyecto fue diseñado en dos etapas: a) atención en la fase de contingencia (las familias fueron atendidas con canasta familiar de alimentos y agua potable); b) atención en la fase de emergencia (las familias fueron atendidas con canasta familiar de alimentos para un mes y para familias de cinco personas).

Proyecto operación prolongada de socorro y recuperación de la región de América Central (PMA/ELS/6089)

506.Planificado para atender familias y grupos vulnerables que han sufrido la pérdida total de bienes y pertenencias personales y que verán comprometida la seguridad alimentaría familiar, hasta la recolección de la próxima cosecha. Esa fase prevista para dos años ha permitido localizar las zonas geográficas afectadas por la catástrofe en los departamentos de Ahuachapán, Sonsonate, La Libertad, La Paz, San Vicente, Usulután, San Miguel, La Unión, Cabañas, Morazán y Chalatenango. El total de municipios que se programa atender en esos departamentos es de 37 y el número total de personas afectadas en estos lugares se estima en 95.000.

507.Las modalidades aplicadas son: a) alimento por trabajo y b) atención a grupos vulnerables (preescolares y niños de enseñanza primaria mal nutridos, así como madres gestantes y lactantes vulnerables).

508.A través de alimento por trabajo se realizan actividades como reparación de los sistemas de riesgo, conservación de suelos, reconstrucción de viviendas, sistemas de abastecimiento de agua y de saneamiento básico, y rehabilitación de la producción de frutas y hortalizas. La fuente de cooperación para esta fase es el Programa Mundial de Alimentos, que apoyará también actividades en el PNUD y la Unión Europea.

509.El Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social ha venido impulsado a través del Programa de Nutrición el componente de educación alimentaria nutricional, el cual constituye uno de los pilares básicos, ya que éste nos permite informar, educar y comunicar a la población sobre los diferentes temas de alimentación y nutrición.

510.Las medidas adoptadas para difundir y transmitir el conocimiento sobre nutrición a la población varía dependiendo de las características especiales de los grupos a quienes va dirigida la información, y de los recursos con los cuales se cuenta.

511.Las medidas utilizadas son o han sido las siguientes: a) medios de comunicación masiva (radio y televisión); b) materiales educativos (carteles, cartillas, trípticos, hojas volantes, hojas recordatorias, calendarios, calcomanías, boletines, libros de cuentos, libros de colorear, rompecabezas, loterías); c) guías de alimentación para la familia salvadoreña ("Tu buena nutrición, el camino hacia la salud"); d) sesiones educativas, charlas demostrativas; e) peritoneos en las comunidades; f) campañas nacionales (sobre la prevención de la deficiencia de vitamina A y sobre la prevención de la deficiencia de hierro y ácido fólico); g) estrategias e iniciativas de atención en salud que contemplan el componente nutricional y que son desarrolladas a diferentes grupos de población (paquete madre-bebé, atención integral de las enfermedades prevalentes de la infancia, escuelas saludables, hospitales amigos de los niños y las madres, municipios saludables).

512.La educación alimentaria nutricional se realiza en diferentes niveles y escenarios: familiar, comunitario, educativo, laboral y establecimientos de salud, tratando así de cubrir al mayor porcentaje de la población o el grupo de población objetivo en cada una de las estrategias educativas.

513.El componente sobre educación alimentaria nutricional contempla temas específicos para los diferentes grupos de edad y sus contenidos responden a la problemática alimentaria y nutricional en El Salvador. El abordaje de los temas se inclina principalmente en el área preventiva.

514.Las áreas temáticas contempladas en el programa son: a) lactancia materna; b) alimentación complementaria; c) alimentación en la embarazada y madre en período de lactancia; d) crecimiento y desarrollo en el niño menor de 10 años y adolescente; e) alimentación saludable para todos; f) prevención de deficiencias nutricionales específicas; g) prevención y rehabilitación de la desnutrición infantil y materna; h) prevención y tratamiento de enfermedades crónicas.

515.En todas las intervenciones, programas y proyectos en nutrición desarrollados en el país, la educación alimentaria nutricional es el pilar principal. Los grupos más vulnerables son la prioridad; la educación nutricional se transfiere a todos los niveles: familiar, comunidad, establecimientos de salud, educativo y laboral; sin embargo, siempre hay un porcentaje de la población que no tiene acceso a esta información o bien la recibe pero no la pone en práctica por lo que no hay cambios en los hábitos alimentarios y en las prácticas adecuadas de alimentación para los niños y en general para la familia.

516.La educación alimentaria nutricional se continúa, se adapta y se refuerza de forma tal que sea congruente con el perfil nutricional de nuestro país.

517.A este respecto, véanse los párrafos 451 y 452 de este informe y los anexos a los que hacen referencia.

518.Los objetivos básicos de desarrollo 1994-1999 se orientaron al aumento de la inversión en el desarrollo de capital humano, mejorar la productividad y los ingresos y fortalecer y promover el desarrollo local. Se exigió también medidas adicionales para el crecimiento de la economía que permitieran introducir cambios en el desarrollo socioeconómico, mejorando la calidad y aumentando la cobertura de los servicios sociales.

519.La política de seguridad alimentaria trata de mejorar la disponibilidad de alimentos y la situación nutricional mediante un enfoque integrado, basado fundamentalmente en medidas para incrementar la disponibilidad total de alimentos mediante la mejora de la productividad y la lucha contra el deterioro de los recursos naturales. Estos objetivos se tienen que conseguir por medio de la inversión en tecnología mejorada, prácticas agrícolas e infraestructura productiva, facilitando el acceso de los agricultores a los servicios de extensión y los recursos financieros. En vista del déficit de alimentos, que la desregulación del mercado no ha resuelto, el Gobierno tiene la intención de establecer procedimientos y asignar recursos financieros a fin de asegurar el suministro básico de alimentos a través de las importaciones del sector privado.

520.Los objetivos específicos a corto plazo, en el marco de las estrategias del Gobierno para combatir la pobreza (período 1999-2004), son: reducir significativamente la extrema pobreza, mediante la atención prioritaria a las regiones urbanas y rurales donde ésta se concentra, con especial énfasis en los grupos más vulnerables. En el mediano plazo se ha propuesto como objetivos específicos: mejorar el acceso a las oportunidades de generación de ingreso de la población rural, mediante la incorporación productiva y competitiva de las diferentes regiones geográficas del país, vinculándolas a la dinámica de crecimiento de la economía, regional y mundial.

Párrafo 44 de las directrices

521.La información que se presenta sobre la situación habitacional en El Salvador ha sido elaborada por la Oficina de Planificación Estratégica Sectorial del Viceministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano (OPES/VMVDU), con base en la Encuesta de Hogares y Propósitos Múltiples de cada año indicado. La última encuesta de hogares utilizada fue la de 2001.

Evolución del parque habitacional en El Salvador 1995-2001

Año

Número de hogares

Parque de viviendas

1995

1.169.454

1.137.305

1996

1.235.484

1.209.319

1997

1.265.365

1.245.795

1998

1.339.269

1.296.635

1999

1.383.145

1.347.970

2000

1.438.186

1.403.279

*2001

1.481.698

1.463.023

* Proyección.

Evolución del déficit habitacional en El Salvador 1995-2001

1995

1996

1997

1998

1999

2000

2001*

Parque habitacional

1.137.305

1.209.319

1.245.795

1.296.635

1.347.970

1.403.279

1.463.023

Déficit cualitativo

543.173

549.724

534.511

514.637

507.227

489.010

319.644

Déficit cuantitativo

35.898

27.654

20.716

45.067

44.377

36.511

184.145

Déficit total

579.071

577.378

555.227

559.704

551.604

525.521

503.789

Fuente: Elaborado con base en las Encuestas de Hogares de Propósitos Múltiples 1995-2000 (Ministerio de Economía).

* Proyección.

Situación de la vivienda después de los terremotos de 2001

522.Como ya se ha señalado, El Salvador sufrió el impacto de dos terremotos a principios del año 2001, lo cual afectó la situación del parque habitacional existente, dando como resultado un total de 1,6 millones de personas damnificadas. Esto se tradujo en 107.787 viviendas dañadas y 163.866 viviendas destruidas a nivel nacional.

523.Los resultados de la reconstrucción habitacional con el esfuerzo de la comunidad internacional, las ONG, las entidades públicas, la empresa privada, iglesias, comunidad y beneficiarios, observada y proyectada a diciembre de 2001 (posterremotos), ascendió a un total de 59.744 viviendas construidas a lo largo de ese año, de las cuales 35.800 viviendas fueron reconstruidas con la colaboración de todos los sectores antes mencionados; 4.715 viviendas fueron adquiridas por medio de la banca; 11.729 adquiridas por intermedio del Fondo Social para la Vivienda (FSV); 7.500 por medio de la autoconstrucción con el aporte de remesas familiares.

524.En cuanto al mejoramiento de la vivienda para ese mismo año, el total nacional ascendió a 34.212 viviendas, de las cuales 26.712 se mejoraron con el financiamiento del FSV y 7.500 por medio de la automejora, con apoyo de las remesas familiares.

525.El cuadro a continuación presenta una estimación del déficit habitacional, calculada con base al registro de reconstrucción y disponibilidad de datos de las entidades del sector.

Proyección del déficit habitacional para el año 2001*

Proyección total del parque habitacional al año 2001

1.463.023

Proyección total de hogares salvadoreños al año 2001

1.481.698

Característica

Urbano

Rural

Total

Déficit cuantitativo

73.443

110.702

184.145

Déficit cualitativo

60.515

259.129

319.644

Proyección estimada del déficit año 2001

133.957

369.831

503.789

* Estimación según información disponible.

Estrategia nacional de reconstrucción posterremotos de 2001

526.Los terremotos de enero y febrero de 2001 dejaron estragos que ascienden a 163.866 viviendas destruidas, la desaparición de 41.400 micro y pequeños negocios, más de 1.000 establecimientos de educación y salud destruidos o severamente dañados y pérdidas económicas por más de 1.600 millones de dólares de los EE.UU. Además, hubo daños severos en 23 hospitales y en más de un centenar de otros establecimientos de salud (49% del total de establecimientos). Más del 30% de los centros educativos del sector público sufrió daños severos (1.566 de un total de 4.858) dejando en situación de riesgo al 34% de la población estudiantil matriculada. Además de otros sectores dañados, los terremotos causaron grandes pérdidas al patrimonio cultural (iglesias, centros históricos, bibliotecas).

527.Las consecuencias sociales de lo antes expuesto han derivado en daños estimados en el orden del 13% del PIB, que hicieron retroceder a condiciones de pobreza extrema a más de 150.000 personas a nivel nacional.

528.Para enfrentar esta catástrofe, el Gobierno de El Salvador, con el invaluable apoyo de países amigos y organismos financieros, diseñó un programa de emergencia para responder a las familias más afectadas, en dos líneas de acción: a) remoción de escombros de las viviendas inhabilitadas; b) construcción de viviendas provisionales con materiales de fácil ensamblaje.

529.Programa para incentivar a las familias con viviendas destruidas a remover los escombros de sus viviendas inhabilitadas. Mediante este programa, se garantizó la recuperación de los espacios habitacionales de las familias afectadas, incentivando el trabajo en los municipios y reactivando la economía local; para lo cual el Gobierno a través del Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local (FISDL), transfirió recursos a las municipalidades, los cuales han sido canalizados por las alcaldías a cada familia afectada.

530.Los recursos entregados a los damnificados y utilizados para las labores de remoción de escombros de viviendas, ascienden a 22.114.222 de dólares de los EE.UU. (hasta julio de 2001). También se proporcionaron más de 177.000 juegos de herramientas (azadón, pala, barra y piocha), para que las familias ejecutaran el desalojo de escombros, es decir, se trató de involucrar a cada familia afectada, en el proceso de reconstrucción nacional.

531.Programa de dotación de materiales para que las familias construyan una vivienda provisional con materiales de fácil ensamblaje. El programa de vivienda temporal, tuvo como objetivo, proporcionar espacios habitacionales temporales para rehabilitar el tejido social, disminuir el riesgo de las enfermedades, mantener el arraigo social al municipio, entre otros. En la entrega de materiales y herramientas para las viviendas provisionales además del FISDL, participaron ONG e iglesias.

532.El área de atención de los programas remoción de escombros y vivienda temporal dentro del contexto de la emergencia nacional, se dimensionó sobre la base de los censos de viviendas destruidas levantados por los gobiernos municipales. A la fecha, la información censal remitida por los gobiernos municipales respecto a viviendas destruidas o inhabilitadas ha sido compilada por cerca de 220.000 viviendas en 167 municipios. Para verificar esta información, el FISDL contrató a una firma de auditoría externa para que revisara la pertinencia de los censos presentados, habiendo auditado un 66% del total de viviendas reportado, de lo cual se verificó un total de 4.017 viviendas que no eran elegibles para la ayuda de emergencia (entre repetidas, inexistentes o reparables).

533.Como resultado de las revisiones se focalizaron, en coordinación con los gobiernos municipales cerca de 190.194 viviendas destruidas a nivel nacional, de las cuales: a) 182.386 se atendieron en ambos programas (remoción de escombros y vivienda temporal); y b) 7.808 familias sólo con el Programa de Vivienda Temporal, dado que se verificó que con aportes de otras instituciones ya se había desarrollado la remoción de escombros.

534.Con los datos anteriores, se ha procedido a preparar un estado de entregas de los recursos de programa de remoción de escombros y vivienda temporal, identificando dos casos: a) las entregas que se han realizado por el Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local (FISDL) dentro de los listados censales administrados bajo su responsabilidad, incluyendo los casos que se han coordinado con la fuerza armada y organismos no gubernamentales, los cuales totalizan las 190,134 viviendas mencionadas anteriormente; y b) las entregas realizadas por entidades de gobierno y no gubernamentales de 34.875 viviendas temporales, las cuales corresponden a familias identificadas y priorizadas fuera de los censos municipales administrados por FISDL.

535.Los impactos económicos y sociales generados por los terremotos en el año 2001 incidieron fuertemente en el desarrollo de los programas tradicionales que impulsa el Gobierno de El Salvador (GOES), y particularmente, el referido a la construcción de vivienda permanente e introducción de servicios básicos, así como de aquellas obras de infraestructura básica que permiten mejorar el nivel de saneamiento básico de los municipios y comunidades en donde se ha ejecutado el Programa de Reconstrucción Nacional en su componente de vivienda básica, constituyen elementos de primer orden, en virtud de los eslabonamientos productivos y sociales para el futuro de numerosas familias salvadoreñas, que son beneficiarias de los proyectos de reconstrucción que realiza el GOES, a través de las instituciones pertinentes en el territorio nacional.

536.El hecho más relevante que se descubre es que la mayor parte de las familias que fueron afectadas son de escasos recursos, puesto que el 78% de los hogares encuestados sus ingresos corresponden hasta dos salarios mínimos, que en términos absolutos ascienden a 211.889; mientras que el 22% de los hogares afectados cuyo ingreso corresponde a más de dos salarios mínimos son el 22% que en cifras absolutas son 59.764. Es precisamente esa población objeto la que atiende el Fondo Nacional de Vivienda Popular (FONAVIPO), con sus programas especiales, a través de la construcción de vivienda permanente con la participación de la empresa privada, la tarea fundamental de atención en materia de vivienda según la disposición de los recursos financieros de la cooperación internacional.

537.Cuando se observa el esfuerzo institucional de cada uno de los actores del proceso durante la fase de emergencia, el 32,7% de las viviendas temporales fueron construidas por la fuerza armada de El Salvador; el 51,5% corresponde al esfuerzo realizado por FISDL y el resto de instituciones no gubernamentales con menos del 5%.

538.Las estrategias definidas por el Viceministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano en el marco de la emergencia se pueden sintetizar de la siguiente manera: a) la primera labor realizada fue la segmentación del problema para actuar con los programas y recursos existentes con la mayor oportunidad a las familias mayormente afectadas; b) la segunda estrategia fue la definición de la serie de fuentes de obtención de recursos para operativizar las estrategias y programas específicos; y c) la tercera estrategia consistió en la concertación, participación y descentralización, definiendo las prioridades en este proceso, los intereses de los afectados principalmente.

539.Estas estrategias han sido aplicadas en el marco de la política salvadoreña de vivienda, aprovechando la experiencia técnica acumulada por las diferentes instituciones que forman parte del sector de vivienda.

Poblaciones alojadas actualmente en una situación vulnerable a amenazas por fenómenos naturales

540.En El Salvador se han identificado las principales amenazas, o peligro latente, que representan la posible manifestación de un fenómeno de origen natural, que puede producir efectos adversos en las personas, la producción, la infraestructura, los bienes y servicios y el ambiente, entre las cuales se encuentran: terremotos, tormentas tropicales, sequías, actividad volcánica, inundaciones y deslizamientos, las cuales, aunadas a los procesos sociales de transformación del medio natural, principalmente la deforestación y el cambio de uso del suelo, transforman el entorno en condiciones de riesgo y plantean altas posibilidades de ocurrencia de desastres.

541.El impacto de estas amenazas originadas por fenómenos naturales afecta directamente a las viviendas que se encuentran en una situación vulnerable, ya sea por la precariedad en los materiales de construcción o por su ubicación en zonas de peligro ante estas amenazas. No se tiene a la fecha un dato exacto de las viviendas que se encuentran en situación vulnerable, pero, según información del Servicio Nacional de Estudios Territoriales del Ministerio del Medio Ambiente y Recursos Naturales (SNET/MARN), alrededor de 1.970 km² del territorio nacional están expuestos a impactos severos y moderados por inundaciones, asimismo más de 4.040 km² están expuestos a diversos tipos de deslizamientos.

542.En el anexo amenazas de vulnerabilidad a consecuencia de fenómenos naturales, se presentan una serie de mapas (afectación de terremotos en viviendas por municipio, a julio 2001; daños causados por los terremotos de 2001; poblados vulnerables a alta susceptibilidad por deslizamientos en El Salvador; zonas susceptibles a inundaciones en El Salvador), indicando las principales áreas del país afectadas por los terremotos de 2001, así como sobre las poblaciones que se encuentran ubicadas en áreas susceptibles a inundaciones y deslizamientos. Es importante hacer notar que esta información es solamente de referencia, no significa que todos los asentamientos localizados en los mapas están en peligro ante la amenaza, sino que están ubicadas en zonas propensas a deslizamientos o inundaciones y solamente algunas partes del territorio mostrado pueden estar sometidas a la amenaza.

543.La Encuesta de Hogares y Propósitos Múltiples (EHPM), de 2001, estimó que el número de familias-hogares sin vivienda era equivalente a 43.512 familias-hogares.

Evolución de familias-Hogares sin vivienda

1995

1996

1997

1998

1999

2000

2001*

32.149

26.165

19.570

42.634

41.982

34.907

43.512

* Proyección.

544.Según la ubicación geográfica, los hogares sin vivienda para el año 2000 se distribuyeron de la siguiente manera:

Hogares sin vivienda 2000 (déficit cuantitativo)

Región

Área

Total

Urbana

Rural

Occidental

4.951

3.509

8.460

Central I

3.505

5.141

8.646

Central II

2.480

1.808

4.288

Oriental

2.933

1.981

4.914

AMSS

8.599

--

8.599

Total

22.468

12.439

34.907

545.Las viviendas en déficit corresponden a las unidades habitacionales que presentan alguna carencia ya sea por el tipo de material en sus elementos piso, techo o pared, o por la falta de servicios básicos o la forma como se obtienen. El cuadro a continuación presenta todas las viviendas cuya calidad se encuentra en problema según la Encuesta de Hogares y Propósitos Múltiples, pero se aclara que no es el total del déficit. No se puede obtener información de la encuesta de hogares para conocer las viviendas atestadas, húmedas, ya que no son factores que se incorporan en la boleta de investigación.

Viviendas con alguna carencia (en déficit), por área y región para el año 2000

Región

Área

Total

Urbana

Rural

Occidental

31.736

110.698

142.434

Central II

14.406

50.532

64.938

Oriental

30.940

120.333

151.273

AMSS

38.750

--

38.750

Total

132.473

358.141

490.614

546.A continuación se presentan los datos sobre las viviendas en déficit distribuido según tipo de carencia (materiales y servicios):

Carencias por el material de elementos: pared, piso o techo deficientes

Región

Área

Total

Urbana

Rural

Occidental

23.386

75.552

98.938

Central I

11.554

46.622

58.176

Central II

10.106

34.057

44.163

Oriental

22.024

77.703

99.727

AMSS

18.671

--

18.671

Total

85.741

233.934

319.675

Porcentaje

26,82

73,18

100

Carencias en servicios: agua, electricidad y saneamiento (servicio sanitario)

Región

Área

Total

Urbana

Rural

Occidental

18.574

81.958

100.532

Central I

10.092

60.340

70.432

Central II

8.960

37.795

46.755

Oriental

17.100

92.984

110.084

AMSS

29.057

--

29.057

Total

83.783

273.077

356.860

Porcentaje

23,48

76,52

100

547.La emigración del campo a la ciudad acelera la proliferación de dos tipos de asentamientos irregulares, tales como: a) lotificaciones ilegales de terrenos agrícolas periurbanos para autoconstrucción (progresiva a la par que se obtienen los ingresos necesarios), que se transforman especulativamente en urbanos con deficiencias en servicios, cuya solución se deja a la incertidumbre; b) asentamientos marginales dentro de áreas urbanas, sea por degradación del hábitat preexistente, sea por ocupación de quebradas y en general enclaves de propiedad pública o al menos fronterizos respecto a la propiedad privada.

548.No se cuenta con datos a nivel nacional; los datos que corresponden a viviendas en situación ilegal en el municipio de San Salvador registran 138 asentamientos marginales, en los cuales habitan 18.082 familias y existen 16.789 viviendas.

549.El número de familias en condición ilegal que tienen relación con el Instituto Libertad y Progreso, institución que otorgará el título de propiedad de lote, a nivel nacional ha registrado un total de 28.294 familias en 272 comunidades.

550.Los esfuerzos de las instituciones de gobierno están dirigidos hacia la dotación de vivienda y la reubicación de familias más que en desalojo por los objetivos que persiguen. En las instituciones gubernamentales que facilitan la adquisición de vivienda para trabajadores del sector formal, no se posee este tipo de información, debido a que los deudores de vivienda que caen en mora, no son desalojados de la misma, sino que muchas veces ellos son los que abandonan la vivienda y se logra controlarlos para realizar la gestión de recuperación de la vivienda hasta después de cierto tiempo (más de un año en mora). De lo contrario, se inicia un proceso judicial para su desalojo, pero al final las familias abandonan la vivienda antes que este proceso comience.

551.La Encuesta de Hogares y Propósitos Múltiples (1999) menciona con respecto a la canasta básica que uno de los indicadores más importantes a nivel macro, junto al desempleo, lo constituye la pobreza, la cual se divide en pobreza extrema o absoluta y pobreza relativa. En la primera se ubican aquellos hogares que no alcanzan a cubrir el costo de la canasta básica de alimentos (CBA), cuyo valor promedio mensual era de 136 dólares de los EE.UU. mensuales para el área urbana y 98 dólares de los EE.UU. para el área rural.

552.A nivel de país, aproximadamente 572.000 hogares se encuentran en condiciones de pobreza, cifra que equivale al 38,8% del total de hogares; de éste el 16,0% se encuentra en pobreza extrema o sea que no cubre el costo de la CBA y el 22,6% en pobreza relativa, es decir que sus ingresos no alcanzan a cubrir la canasta básica ampliada (CBA más los gastos en vivienda, salud, educación, vestuario y misceláneos).

553.De acuerdo a la ubicación geográfica, en el área urbana existen aproximadamente 289.000 hogares en condición de pobreza equivalente al 31,3% del total de hogares urbanos. La pobreza se encuentra concentrada mayormente en el área rural; los resultados lo demuestran. El 51,6% de los hogares rurales viven en condiciones de pobreza, equivalentes a 282.000 hogares, de los cuales el 26,1% están en pobreza extrema y el restante 25,5% en pobreza relativa.

554.Los resultados de los hogares en situación de pobreza en la década de los noventa reflejan una tendencia decreciente, tanto en la pobreza extrema como en la relativa. En los inicios de esa década los hogares pobres presentaban cerca del 60%, observándose que en el año 2001 estos niveles fueron equivalentes al 39%.

555.Las instituciones gubernamentales tienen una lista de aproximadamente 8.000 expedientes que se han ido acumulando correspondientes a jefes de familia que han solicitado asistencia en materia habitacional desde 1995 a la fecha, y que perciben ingresos mensuales hasta dos salarios mínimos y que pertenecen al sector informal de la economía, incluyendo parte de las familias que fueron afectadas por los terremotos del año 2001. A estas personas se les ha ido atendiendo con el programa de subsidios mediante la modalidad de combinación de ahorro, crédito y subsidio. Los fondos para brindar atención provienen de la cooperación internacional, fondos de venta de inmuebles del Estado que han sido traspasados a otras instituciones del Gobierno y asignaciones internas de las mismas instituciones.

556.En el caso del financiamiento para adquisición de vivienda nueva para familias de bajos y medianos ingresos del sector formal de la economía, que constituye el 90% de la inversión, los usuarios tienen la opción de tramitar sus solicitudes directamente en la institución gubernamental o a través de seis bancos del sistema autorizados como generadoras de hipotecas, que otorgan los créditos en las mismas condiciones crediticias que el Gobierno. Para todos los destinos de financiamiento la documentación y el trámite del crédito son gratuitos, así como todas las gestiones que se realicen.

557.Las familias que se encuentran en espera de legalización de tierra en propiedad, de acuerdo al Instituto Libertad y Progreso, se distribuyen según programa de la siguiente manera: a) 93 comunidades en proceso de titulación de propiedad, lo cual representa 5.920 familias a ser beneficiadas; b) el Programa El Salvador país de propietarios, en el área rural tiene 29 comunidades con un total de 2.117 familias en espera de recibir título de propiedad. Para el año 2002 ese programa tenía en espera de propiedad a 75 comunidades con 4.951 familias a ser beneficiadas; c) existen 63 comunidades que tienen 10.320 familias más que están en espera de proceso de legalización de tierra en propiedad, con fondos provenientes del Banco Interamericano de Desarrollo (BID).

558.Como se observa en el cuadro siguiente, el ocupante gratuito de las viviendas (12,33%), puede ser un familiar que habita la vivienda con permiso del propietario, o puede ser un ocupante ilegal, que ha invadido la propiedad por encontrarse ésta abandonada.

Tenencia de la vivienda año 2000

Tipo de vivienda

Inquilino

Propio pago a plazos

Propietario

Colono

Guardián vivienda

Ocupante gratuito

Total

Casa privada

137.859

142.152

798.452

31.744

31.298

153.995

1.295.500

Apartamento

11.466

9.115

11.124

-

-

2.187

33.892

Pieza/en casa

1.423

-

56

-

-

1.627

3.106

Pieza en mesón

47.575

-

2.827

333

-

7.495

58.230

Casa improvisada

250

-

2.186

-

-

4.636

7.072

Rancho

-

-

2.078

72

184

3.145

5.479

Total

198.573

151.267

816.723

32.149

31.482

173.085

1.403.279

559.El artículo 119 de la Constitución de la República consagra el derecho a la vivienda, declarando en primer momento como de interés social la construcción de las mismas, y posteriormente establece la obligación del Estado de procurar que el mayor número de familias salvadoreñas lleguen a ser propietarias de sus viviendas.

560.Las leyes que concretan la esencia de ese derecho son la Ley del fondo social para la vivienda (FSV) y la Ley del fondo nacional de vivienda popular (FONAVIPO).

561.La Ley del fondo social para la vivienda (FSV), retomó el mandato constitucional antes referido y como fundamento para su decreto de creación; la Asamblea Legislativa reconoció que la vivienda es una necesidad fundamental de la familia y lograr su satisfacción es un elemento vital para construir una sociedad de paz, de ahí que resultaba necesario dotar al país de mecanismos e instrumentos financieros y sociales que facilitaran el acceso a la vivienda a las clases más necesitadas de la población, entendiéndose éstas las familias de más bajos ingresos, es decir, aquellas cuyo ingreso mensual fuere inferior o igual al monto de cuatro salarios mínimos del comercio e industria.

562.El FSV tiene por objeto fundamental, de conformidad al artículo 2 de la ley de su creación, facilitar a las familias salvadoreñas de más bajos ingresos el acceso al crédito que les permita solucionar su problema de vivienda, y procurar las condiciones más favorables para el financiamiento habitacional de interés social. Esa ley desde el momento de su entrada en vigencia en 1992 ha sido objeto de tres reformas, y básicamente éstas han venido a aclarar ciertos aspectos, tal como la definición de la población beneficiaria; a adicionar atribuciones al FSV, las cuales han fortalecido su funcionamiento; a reestructurar su Junta Directiva, y otros aspectos operativos, que amplían su ámbito de operación y el mejor control de los fondos.

563.La Ley del fondo nacional de vivienda popular (FONAVIPO), entró en vigencia en 1973, como resultado del mandato constitucional de aquella época (Constitución de la República de 1963, en su artículo 148), el cual fue creado como un programa de desarrollo de seguridad social, y cuyo objetivo es contribuir a la solución del problema habitacional de los trabajadores, proporcionándoles los medios adecuados para la adquisición de viviendas cómodas, higiénicas y seguras. Esa ley desde su vigencia a la fecha, ha sido objeto de nueve reformas siendo la última la establecida por Decreto legislativo Nº 45, de fecha 30 de junio de 1994, publicada en el Diario Oficial Nº 148, Tomo 324, de 15 de agosto de 1994.

564.Con relación a las leyes del FSV y FONAVIPO, no se entrará a discutir el contenido de las mismas pues, tal situación ya fue abordada en el informe anterior E/1990/5/Add.25 (párrs. 206 a 210).

565.Por otra parte el artículo 2 de la Constitución de la República establece derechos individuales de toda persona, en ese sentido se reconoce el derecho de éstas a la vida, a la integridad física y moral, a la libertad, a la seguridad, al trabajo a la propiedad y posesión y a ser protegida en la conservación y defensa de los mismos.

566.Sobre el derecho a la propiedad, la Corte Suprema de Justicia, a través de la Sala de lo Constitucional ha sentado jurisprudencia estableciendo en la Sentencia del 26 de agosto de 1998, sobre el Proceso de Amparo 317-97, que:

"El derecho de propiedad "cuya génesis se encuentra en el artículo 2 de la Constitución", debe entenderse como la plena potestad sobre un bien, que a la vez contiene la potestad de ocuparlo, servirse de cuantas maneras sea posible, y la de aprovechar sus productos y acrecimientos, así como la de modificarlo y dividirlo. El derecho de propiedad, pues, se concibe frente a terceros, limitado únicamente por el objeto natural al cual se debe: la función social."

Leyes de vivienda

567.Tal como se mencionara anteriormente, las leyes principales por medio de las que se implementa el derecho a la vivienda son la Ley del fondo social para la vivienda y la Ley del fondo nacional para la vivienda popular. No obstante lo anterior, existen otras leyes en las cuales se hace referencia a este derecho y a la obligación del Estado de procurarlo.

568.De conformidad con su decreto de creación el Viceministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano,éste se convierte en el ente rector, facilitador, coordinador, promotor, procurador y normativo de las políticas de vivienda a nivel nacional; el cual se encuentra adscrito al Ministerio de Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano.

569.La Ley de la propiedad inmobiliaria por pisos y apartamentos, la cual tiene su fundamento en el artículo 119 de la Constitución vigente, aun cuando en su parte considerativa se menciona el artículo correspondiente a la Constitución de la República ya derogada.

570.Dicha ley tiene como propósito el fomento de la construcción de viviendas, tanto por las instituciones oficiales como por iniciativa privada. En tal virtud se establecen disposiciones generales para la construcción de edificios, los derechos y prohibiciones para los habitantes o propietarios de los mismos, las obligaciones entre los propietarios, y la administración y conservación de las cosas comunes del edificio, así como reglas sobre la proindivisión forzosa y sus excepciones.

571.Por otra parte, la Ley de urbanismo y construcción, establece la competencia tanto del Viceministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano como de las municipalidades en materia de planes de desarrollo urbano y rural, los requisito que deberán llenarse para obtener la correspondiente autorización para construcción, y los recursos a los que los interesados tienen derecho para recurrir a una denegación de autorización para construcción.

Leyes sobre personas sin hogar

572.El Código de Familia, establece entre otros deberes del Estado salvadoreño el propiciar por todos los medios la estabilidad de la familia y su bienestar en materia de salud, trabajo, vivienda, educación y seguridad social, a fin de que pueda asumir plenamente las responsabilidades que le competen en la formación y protección del menor y de todo el grupo familiar, así como el de las personas adultas mayores. En consecuencia el Estado se encuentra en la obligación de desarrollar políticas de protección al menor, a la familia y personas adultas mayores.

573.En lo correspondiente a la protección integral de los menores a cargo del Estado, ésta se realiza mediante un conjunto de acciones gubernamentales y no gubernamentales, coordinadas por el Instituto Salvadoreño para el Desarrollo Integral de la Niñez y la Adolescencia (ISNA), con la participación de la familia, la comunidad y el apoyo de los organismos internacionales. Conformando de esa manera el Sistema Nacional de Protección al Menor, el cual garantizará la satisfacción de las necesidades básicas de alimentación, vivienda, salud, educación y desarrollo integral del menor.

574.Es importante mencionar que sobre el derecho a la vivienda de los menores, la Ley del Instituto Salvadoreño para el Desarrollo Integral de la Niñez y la Adolescencia, contiene normas relacionadas con la protección de los menores de 18 años de edad. En el caso de que dicho Instituto tenga conocimiento que algún menor se encuentra amenazado o violado en sus derechos o en situación de orfandad, se abre de inmediato una investigación, se practican las diligencias previas que sean necesarias a fin de establecer los hechos y se adoptan en forma provisional, las medidas adecuadas para su protección.

575.Al concluirse la investigación y una vez probada la amenaza o la violación de los derechos del menor, se le aplican las siguientes medidas de protección: a) colocación familiar; b) colocación en hogar sustituto; y c) colocación institucional.

576.En lo atinente a las personas adultas mayores, el Código de Familia reconoce su derecho de vivir al lado de su familia, siendo ésta la principal responsable de su protección. La sociedad y el Estado la asumen, cuando las personas adultas mayores carecen de familia o cuando la que tienen, no es capaz de proporcionarles una protección adecuada. El internamiento en asilos o casas de retiro se mantiene como última medida a aplicar. Dentro de los derechos fundamentales que el Estado le reconoce a las personas adultas mayores, entre otros, se encuentra el derecho a recibir alimentación, transporte y tener vivienda adecuada.

577.Asimismo, y sobre esta materia se cuenta con la Ley de atención integral para la persona adulta mayor, la cual tiene por objeto garantizar y asegurar una atención integral para la protección de las personas adultas mayores y contribuir al fortalecimiento e integración de la familia, en virtud de que esas personas requieren consideración y atención especial de la familia, de la sociedad y del Estado. Esta ley reconoce como derecho fundamental de las personas adultas mayores, entre otros, la de recibir alimentación, transporte y tener vivienda adecuada. Igualmente prevé que en el caso de que un adulto mayor se encuentre en estado de desamparo o abandono, le corresponde al Estado la atención de las mismas, ya sea en forma directa o por medio de instituciones establecidas o creadas para tal efecto, entre ellas hogares, asilos o casas de asistencia social.

578.Se entiende como persona adulta mayor a todo hombre o mujer que haya cumplido 60 años de edad.

579.De conformidad con la Ley de atención integral para la persona adulta mayor, una persona adulta mayor se encuentra en situación de abandono o riesgo social, cuando: 1) carezca de medios de subsistencia; 2) se vea privado de alimentos o de las atenciones que requiere su salud;  3) no disponga de una habitación cierta; 4) se vea habitualmente privado del afecto o del cuidado de sus hijos o familiares dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad; 5) sea objeto de violencia intrafamiliar o malos tratos por terceras personas; y  6) existan circunstancias de desamparo que lleven a la convicción de que se encuentra en situación de abandono, la cual será declarada por los tribunales correspondientes.

580.En ese sentido y con fundamento en la Ley de atención integral para la persona adulta mayor, se creó el Consejo Nacional de Atención Integral a las Personas Adultas Mayores, para efectos de ejecución del conjunto de acciones gubernamentales y no gubernamentales a favor de la protección integral de las personas adultos mayores.

581.El fundamento legal de la expropiación es el artículo 106 de la Constitución de la República, que establece que procede por causas de utilidad pública o de interés social, legalmente comprobados, y previa una justa indemnización, estableciendo además excepciones a la regla general.

582.Sobre esta materia debe mencionarse como documento básico la Ley de expropiación y de ocupación de bienes por el Estado, la cual contiene disposiciones aclaratorias en cuanto al significado de utilidad pública. Establece el procedimiento a seguirse para efecto de la expropiación, el cual incluye una negociación previa entre las partes con el fin de que se llegue a un acuerdo sobre el monto de la indemnización, y un procedimiento ante el juez de primera instancia competente, y se establecen los recursos que las partes tienen derecho a utilizar.

583.Debe mencionarse que existe un número grande de leyes especiales que regulan la expropiación para casos específicos, y en algunos casos establecen un proceso especial para tal efecto. Dentro de ellas se cuenta con la Ley para la construcción, administración y operación del nuevo aeropuerto internacional de El Salvador; Ley de mercados de la ciudad de San Salvador; Ley de riego y avenamiento; Ley especial de protección al patrimonio cultural de El Salvador; Código Civil y Código Municipal.

584.A partir de 1980 se inicia en El Salvador el proceso de Reforma Agraria, con la puesta en vigencia de los Decretos-ley Nos 153, 1544 y 207, así como el Decreto Legislativo Nº 839 y otros, afectando 8.643 propiedades con un área de 411.151 ha, que representan el 20% del territorio nacional, mismas que fueron transferidas, tanto en forma colectiva como individual, beneficiando a 831.750 personas.

585.En el período comprendido entre 1992 y 1998, el Banco de Tierras y el Instituto Salvadoreño de Transformación Agraria (ISTA), ejecutaron el Programa de Transferencia de Tierras (PTT), para beneficiar a desmovilizados de la Fuerza Armada de El Salvador (FAES), y el Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FMLN), en el marco de los Acuerdos de Paz.

586.Entre los decretos, leyes y acuerdos que han normado el proceso de transferencia de tierras se mencionan: a) Decreto 842 Sector Tradicional (cuyo objetivo es la adjudicación de tierras adquiridas por el ISTA con anterioridad a la Ley básica de la reforma agraria); b) Decreto 153 Fase I Sector Reformado ISTA (autoriza al ISTA para proceder a la intervención y toma de posesión de inmuebles mayores a 500 ha); c) Decreto 895 artículos 105-267 (sobre la afectación y destino de las tierras rústicas excedentes de las 245 ha); d) Decreto 719 (establece el régimen especial a que se refiere el inciso tercero del artículo 105 de la Constitución, consolidando el proceso de la reforma agraria y garantizando la seguridad jurídica en la propiedad de la tierra); e) Decreto 761, artículo 30 del Decreto 719 ISTA (transfiere áreas de protección y reserva forestal ubicadas en el sector agropecuario reformado al Ministerio de Agricultura y Ganadería y Ministerio del Medio Ambiente y Recursos Naturales); f) Acuerdo 3 de julio, ISTA (finalizado, mediante el cual se transfirió tierras a miembros de la Alianza Democrática Campesina, en forma proindivisa); g) Acuerdos de Paz de Chapultepec (finalizado, mediante el cual se transfirió tierras a desmovilizados de la Fuerza Armada y el FMLN a través del Programa de Transferencia de Tierras).

587.El Plan Nacional de Ordenamiento y Desarrollo Territorial constituye un instrumento normativo que se encuentra en proceso de formulación. Es apoyado por el Ministerio del Medio Ambiente y Recursos Naturales y el Ministerio de Obras Públicas en el ramo de vivienda y desarrollo urbano, que se orienta a institucionalizar la gestión territorial en la administración pública, permitiendo el marco de planificación y gestión sobre el territorio.

588.Entre las instituciones que han participado en el proceso de transferencia de tierras pueden mencionarse: a) Instituto Salvadoreño de Transformación Agraria, ISTA (inició el 26 de junio de 1975, hasta la fecha ha atendido el primer proyecto de transformación agraria, por medio del cual adquirió propiedades mediante compra-venta); b) Financiera Nacional de Tierras Agrícolas, FINATA (inició operaciones el 7 de mayo de 1980 y cerró el 22 de diciembre de 1994. Su objetivo fue la afectación y traspaso de tierras agrícolas a favor de sus cultivadores directos;  c) Banco de Tierras (operó entre el 20 de febrero de 1991 y el 1º de febrero de 1998, en la compra-venta voluntaria de tierras).

589.El Instituto Libertad y Progreso (ILP), se creó como una unidad descentralizada, adscrita a la Presidencia de la República, a través del Decreto ejecutivo Nº 16 de fecha 26 de febrero de 1991, publicado en el Diario Oficial el 27 del mismo mes y año. El ILP tiene por objeto principal el proporcionar al Gobierno de la República la asistencia técnica que permita mejorar y hacer eficientes los servicios públicos y la participación efectiva de la ciudadanía en la adopción de decisiones gubernamentales. La función principal del ILP es promover, procurar, facilitar y asegurar los recursos para la titulación de inmuebles y agilizar su inscripción registral, en beneficio de personas de escasos recursos económicos.

590.El artículo 102 de la Constitución de la República garantiza la libertad económica en lo que no se oponga al interés social, el cual es el principio justificativo de la emisión de la Ley de inquilinato, la cual se aplica entre otros rubros al arrendamiento y subarrendamiento de casas que se destinen para vivienda, estableciendo los requisitos necesarios para la relación contractual entre el arrendante y el arrendatario; las formas de terminación del arriendo; el proceso judicial que debe seguirse para resolver las situaciones que puedan surgir de la aplicación de esa ley; y los recursos a los que se tienen derecho.

591.De igual manera se cuenta con el Decreto sobre las disposiciones especiales tendientes a proteger las necesidades habitacionales de la población a consecuencia del trágico terremoto sucedido el 13 de enero de 2001, el cual brindó a la población salvadoreña afectada por el terremoto, un alivio, por cuanto se aseguraron las cláusulas contractuales de aquellos inmuebles destinados para la vivienda, comercio, servicios profesionales e industriales, celebrados antes del día 13 de enero del año 2001.

592.El Título XXVI del Código Civil, estipula la normativa relacionada con el arriendo y contiene normas generales sobre los contratos de arrendamiento, las obligaciones de las partes, la expiración del arrendamiento, la expropiación de la cosa arrendada, reglas particulares para el arriendo de casas, y reglas particulares del arriendo de terrenos rústicos.

593.Con base en el artículo 119 de la Constitución, se crea la Ley de propiedad inmobiliaria por pisos y apartamientos, teniendo en consideración que es necesario legislar para implantar en el país, el sistema denominado de propiedad horizontal, mediante el cual los diversos pisos de un edificio y los apartamientos en que se divide cada piso, pueden pertenecer a distintas personas, quienes conservan en comunidad el suelo en que están construidos dichos edificios. La Ley de propiedad inmobiliaria por pisos y apartamientos tiene como propósito el fomento de la construcción de viviendas, tanto por las instituciones oficiales como por iniciativa privada. En tal virtud se establecen disposiciones generales para la construcción de edificios, los derechos y prohibiciones para los habitantes o propietarios de los mismos, las obligaciones entre los propietarios, y la administración y conservación de las cosas comunes del edificio, así como reglas sobre la proindivisión forzosa y sus excepciones.

594.El artículo 223 de la Ley del sistema de ahorro para pensiones (SAP), establece que las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), deberán mantener invertido un porcentaje mínimo del activo del fondo que administren, en valores que emita el Fondo Social para la Vivienda (FSV). Esos porcentajes iniciaron con un 30% para el primer año (1998) hasta llegar gradualmente a un 10% a partir del decimoquinto año; garantizando de esta manera una fuente creciente de recursos para impulsar el financiamiento de viviendas.

595.Las Leyes del FONAVIPO y del FSV, ya han sido comentadas en este informe. Sin embargo, es necesario destacar que en enero de 2002 se presentaron a la Asamblea Legislativa, reformas a la Ley del FSV, con el objetivo de reafirmar la naturaleza de institución de crédito del Estado, fortaleciéndola para continuar desempeñando su misión de contribuir a la solución del problema habitacional de los trabajadores salvadoreños.

596.Las reformas consisten, principalmente, en: a) otorgar subsidios directos a los trabajadores a fin de facilitarles soluciones habitacionales; b) contribuir a la solución del problema habitacional a través de poder dar en arrendamiento, leasing, etc., sus activos extraordinarios;  c) adoptar un sistema de contabilidad financiera; d) adecuar la Ley del FSV a cuerpos legales más modernos, tales como: Ley del sistema de ahorro para pensiones (SAP); Ley de contrataciones y adquisiciones públicas (LACAP); Ley orgánica de administración financiera del Estado (SAFI); Ley de bancos; y Ley de la Corte de Cuentas de la República.

597.La Ley de urbanismo y construcción y su Reglamento relativo a parcelaciones y urbanizaciones habitacionales es ejecutada por el Viceministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano (VMVDU), para regular el desarrollo habitacional en el territorio nacional. Su orientación ha sido desde un inicio, fijar las normas básicas y fundamentales a que deben sujetarse las urbanizaciones.

598.El Reglamento de la Ordenanza del control del desarrollo urbano y de la construcción, tiene por objeto regular los instrumentos auxiliares del control del desarrollo urbano y de la construcción; la estructura urbana y los usos del suelo; la lotificación, equipamiento comunal y público, sistema vial e infraestructura y servicios; las normas mínimas de seguridad física y social de las edificaciones; y los procedimientos a seguir para la tramitación de todo permiso de parcelación y/o construcción que se realicen en los municipios en el área metropolitana de San Salvador (AMSS). El organismo encargado de velar por el cumplimiento de este reglamento es la Oficina de Planificación del Área Metropolitana de San Salvador (OPAMSS). El área metropolitana de San Salvador es una porción del territorio comprendido por los municipios de Antiguo Cuscatlán, Apopa, Ayutuxtepeque, Cuscatancingo, Delgado, Ilopango, Mejicanos, Nejapa, Nueva San Salvador, San Marcos, San Martín, San Salvador y Soyapango.

599.El Reglamento para la seguridad estructural de las construcciones (Decreto ejecutivo Nº 105, publicado en el Diario Oficial con fecha 30 de octubre de 1996), establece los requisitos mínimos de seguridad estructural de las construcciones, con objeto de guiar el futuro desarrollo de las poblaciones de un modo coordinado y armónico, para mejorar el diseño de las edificaciones con los requisitos mínimos de seguridad estructural así como los mecanismos adecuados que garanticen que tales requisitos sean cumplidos tanto en las construcciones nuevas como en aquellas que vayan a modificarse, repararse o demolerse. De este reglamento se han derivado normas especiales para el diseño y construcción de viviendas, para control de calidad de materiales estructurales, para el diseño de cimentaciones y estabilidad de taludes, y normas técnicas para el diseño por sismo y por viento.

600.El artículo 3 de la Constitución de la República establece el principio de igualdad de las personas ante la ley y el reconocimiento en cuanto al goce de los derechos civiles, para los cuales no se podrán establecer restricciones que se basen en diferencias de nacionalidad, raza, sexo o religión.

601.Sobre el tratamiento normativo desigual, la Sala de lo Constitucional en la Sentencia del 14 de diciembre de 1995, en el Proceso de Inconstitucionalidad 17-95, estableció:

"Como la mayoría de los derechos fundamentales, el derecho de igualdad no es un derecho absoluto, sino que corresponde al legislador determinar tanto el criterio de valoración como las condiciones del tratamiento normativo desigual (…); lo que está constitucionalmente prohibido -en razón del derecho a la igualdad en la formulación de la ley- es el tratamiento desigual carente de razón suficiente, la diferenciación arbitraria (…); la Constitución salvadoreña prohíbe la diferenciación arbitraria, la que existe cuando no es posible encontrar para ella un motivo razonable, que surja de la naturaleza de la realidad o que, al menos, sea concretamente comprensible (…); en la Constitución salvadoreña el derecho de igualdad en la formulación de la ley debe entenderse, pues, como la exigencia de razonabilidad de la diferenciación."

602.Respecto a los alcances del principio de igualdad en la aplicación jurisdiccional de la ley, la Sala de lo Constitucional igualmente ha establecido en su sentencia del 26 de agosto de 1998, en el Proceso de Amparo 317-97:

"… es un derecho subjetivo que posee todo ciudadano a obtener un trato igual, que obliga y limita a los poderes públicos a respetarlo, y exige que los supuestos de hechos iguales sean tratados idénticamente en sus consecuencias jurídicas, abarcando también la igualdad en la aplicación de la ley, de manera que un órgano jurisdiccional no pueda, en casos sustancialmente iguales, modificar arbitrariamente el sentido de sus resoluciones, salvo cuando su apartamiento de los precedentes posea una fundamentación suficiente y razonada. En los supuestos de decisiones desiguales, debidas a órganos plurales, corresponde a la jurisprudencia de los órganos jurisdiccionales establecer la necesaria uniformidad en aplicación de la ley, en pro de la seguridad jurídica. Por tanto, puede concluirse que el derecho a la igualdad tiene dos perspectivas constitucionales: a) la igualdad ante la ley; y b) la igualdad en la aplicación de la ley. Conforme a la primera, frente a supuestos de hechos iguales, las consecuencias deben ser las mismas, evitando toda desigualdad arbitraria y subjetiva. Según la segunda, cuya aplicación se hace [principalmente] en el ámbito judicial, las resoluciones judiciales deben ser las mismas al entrar al análisis de los mismos presupuestos de hecho, aunque sean órganos jurisdiccionales distintos los que entraren al conocimiento del asunto, evitando cualquier violación consistente en que un mismo precepto legal se aplique en casos iguales con evidente desigualdad."

603.La Ley de prevención y control de la infección provocada por el virus de inmunodeficiencia humana dispone que el Estado en coordinación con organizaciones públicas y privadas promoverá y apoyará la creación de albergues y centros de asistencia para infantes, adolescentes, para adultos mayores viviendo con VIH/SIDA, a quienes a falta de familiares o tutores legales o que carezcan de vivienda, según el caso, se les proveerá de alimentación adecuada, atención médica, apoyo psicológico o cualquier otro servicio de asistencia. El principio rector de la misma, se fundamenta en la no discriminación, en tal sentido estas personas tienen derecho a no ser discriminadas, ni estigmatizadas, en razón de su enfermedad, y se les reconoce su derecho desmejorado en su remuneración, prestaciones o condiciones laborales en razón de su enfermedad, como en este caso podrían ser la posibilidad de acceder a la adquisición de viviendas a través del FSV. Dicha ley tiene por objeto prevenir, controlar y regular la atención de la infección causada por el virus de inmunodeficiencia humana, establecer las obligaciones de las personas portadoras del virus y definir de manera general la política nacional de atención integral ante el VIH/SIDA, garantizándose los derechos individuales y sociales de las personas viviendo con el VIH/SIDA.

604.La Ley del fondo social para la vivienda, establece que el FSV tendrá por objeto contribuir a la solución del problema habitacional de los trabajadores, proporcionándoles los medios adecuados para la adquisición de viviendas cómodas, higiénicas y seguras y que las disposiciones de esta ley, se aplican a todos los patronos y trabajadores sea cual fuere el tipo de relación laboral que los vincule y la forma en que se haya establecido la remuneración.

605.El artículo 40 de la Ley del FONAVIPO dispone que la contribución para vivienda debe ser única, directa, transparente y no discriminatoria por razones de política, raza, sexo o religión.

606.La Ley de inquilinato establece que los arrendamientos y subarrendamientos expiran por la convención de las partes de forma voluntaria o por sentencia judicial, estableciendo las causales de la expiración del arrendamiento. En caso de ser necesario el inicio de un proceso judicial, para dar por terminada la relación entre arrendante y arrendatario y la desocupación de la cosa arrendada, la ley prevé el procedimiento a seguirse.

607.Esta ley protege al inquilino, por lo que resulta muy difícil lograr la desocupación del inmueble. Contiene penalidades para el propietario del inmueble que alegue una causal para la desocupación del inmueble, cuando ésta no sea verdadera o transcurra el tiempo que establece la ley para que éste habite el inmueble. Finalmente, debe mencionarse que se incluyen disposiciones relacionadas con la no extinción del contrato de arrendamiento (por la muerte del arrendatario, pues se entiende que esta relación contractual continúa con sus herederos, y si no hubiere herederos declarados, con su cónyuge, compañero de vida, ascendientes o descendientes que con aquél hayan habitado el inmueble; y por la muerte del arrendador o por traspaso que éste haga del inmueble, a título oneroso o gratuito, pues se entiende que los adquirientes del inmueble en estos casos se sustituirán en los derechos y obligaciones del arrendatario debiendo respetar el arrendamiento aunque el contrato no estuviese escrito y sólo podrán obtener su terminación en los casos establecidos por la ley).

608.No se tiene registro de que se haya dado una reforma legislativa que sea contraria a la realización del derecho a la vivienda, especialmente, en virtud de que la Constitución de la República ha elevado a rango constitucional la obligación del Estado de procurar que el mayor número de familias salvadoreñas lleguen a ser propietarias de su vivienda. En cualquier caso, las reformas que se han efectuado en la legislación salvadoreña han sido realizadas con el fin de favorecer este derecho, tal como ha quedado reflejado en la cita de las leyes en los numerales precedentes.

609.El único caso en que se considera que podría darse esta situación, sería cuando dentro de un proceso judicial se emita una sentencia de remate y éste sea puesto a la venta en pública subasta; en cuyo caso deben seguirse las reglas establecidas para tal efecto, las cuales están contenidas en el Código de Procedimientos Civiles, la Ley de bancos, últimas que contiene algunas modificaciones con respecto a la ley general.

610.Decreto Nº 16, de fecha 16 de febrero de 1991, publicado en el Diario Oficial el 27 del mismo mes y año, descrito en el literal c) iii), se expresa que el Instituto Libertad y Progreso, ILP, procura, facilita y asegura los recursos para la titulación de inmuebles y agilizar su inscripción registral, en proyectos de interés social en beneficio de personas de escasos recursos económicos que habitan en tugurios y zonas marginales (art. 3, letra b)).

611.El Instituto Libertad y Progreso, ILP, fue dotado del marco legal e institucional para facilitar que, en forma rápida, eficiente y segura miles de familias pudieran obtener el reconocimiento legal de los derechos de propiedad e iniciar así un nuevo rumbo hacia su propio desarrollo. Fue una respuesta al deseo de miles de salvadoreños de contar con una propiedad. Aun más allá, con los distintos programas se llegó a concretar el objetivo de ampliar el acceso de la población en estado de pobreza a la propiedad.

612.Decreto Nº 17, mediante el cual se crea el Programa Especial denominado "El Salvador País de Propietarios", con la finalidad fundamental de solucionar de una manera rápida, legal y a un bajo costo el problema de la marginalidad y la inseguridad jurídica bajo las cuales viven miles de familias salvadoreñas en zonas marginales o comunidades en vías de desarrollo y lotificaciones no autorizadas o colonias piratas. El Programa tiene como objetivo facilitar a los beneficiarios la adquisición de un lote o parcela mediante los sistemas de financiamiento que al efecto se establezcan, o posibilitarles la titulación de los lotes o parcelas de las que fueren poseedores, a través de procedimientos breves y sencillos, que les permita inscribir sus propiedades en el Registro de la Propiedad Raíz.

613.Decreto legislativo Nº 961, Ley transitoria para la agilización de diligencias de partición de inmuebles rústicos del Programa de Transferencia de Tierras, de fecha 5 de febrero de 1997. Establece un régimen jurídico que permitió ejecutar, en forma ágil y expedita, las diligencias de partición extrajudicial y judicial de los inmuebles rústicos transferidos en virtud del Programa de Transferencia de Tierras.

614.Decreto legislativo Nº 20, Creación del Programa de Seguridad Jurídica Rural (PROSEGUIR), de fecha 9 de abril de 1997. Contribuyó a solucionar el problema de los beneficiarios del Programa de Transferencia de Tierras (PTT), que no deseaban continuar siendo propietarios en forma proindivisa de los inmuebles rústicos que les fueron transferidos.

615.Decreto legislativo Nº 253, Ley especial transitoria para la desafectación y traspaso de los terrenos del tramo ferroviario en desuso entre la Estación Santa Lucía, departamento de Santa Ana hasta la Estación Ahuchapán, departamento de Ahuachapán, a favor de las familias e instituciones que las habitan, sin incluir la Estación de Santa Lucía y su patio; de fecha 17 de marzo de 1998. Contribuyó a la desafectación de los inmuebles innecesarios para las operaciones del ferrocarril propiedad del Estado de El Salvador administrado por FENADESAL y CEPA, tramo ferroviario en desuso desde 1982, situado entre Santa Ana y Ahuachapán conocido como RAMAL C Distrito Nº 2; y regula los procedimientos a seguir para la asignación de los terrenos que actualmente habitan un promedio de 1.700 familias, conformadas por 14 comunidades aproximadamente, algunas establecidas desde hace 30 años.

616.Decreto legislativo Nº 254, Ley especial para el traspaso y legalización del tramo de la antigua calle a San Martín, departamento de San Salvador, a favor de las personas que lo habitan; de fecha 17 de marzo de 1998. El objetivo consistió en determinar el procedimiento para el traspaso o legalización del tramo de carretera en desuso que ocupa la Comunidad Los Olivos, sector Calle Vieja, Nuevo Amanecer, ubicada en el Cantón La Palma, San Martín, San Salvador.

617.Decreto legislativo Nº 344, Ley especial para la legalización de los antiguos derechos de vía declarada en desuso y desafectadas como de uso público, para ser transferidas en propiedad a las familias de escasos recursos económicos que las habitan; de fecha 2 de julio de 1998, mediante el cual se establece el procedimiento para legalizar los terrenos especificados en la ley que han quedado en desuso, en los departamentos de Ahuachapán, Santa Ana, Sonsonate, La Libertad, San Salvador, La Paz, Cabañas y Usulután, por haberse cambiado el trazado de una carretera o camino por la autoridad competente y que han sido ocupados en forma quieta, pacífica e ininterrumpida, por un período no menor de tres años, por familias de escasos recursos económicos.

618.Decreto legislativo Nº 805, Ley especial para la legalización de los antiguos derechos de vía declarados en desuso y desafectados como de uso público para ser transferidos en propiedad a las familias de escasos recursos económicos que las habitan; de fecha 17 de diciembre de 1999, mediante el cual se estableció el procedimiento para legalizar los terrenos especificados en esta ley que han quedado en desuso, en los departamentos de San Salvador, Sonsonate, La Libertad, La Paz y Cuscatlán, por haberse cambiado el trazado de una carretera o camino por la autoridad competente y que han sido ocupados en forma quieta, pacífica e ininterrumpida, por un período no menor de tres años, por familias de escasos recursos económicos.

619.Decreto legislativo Nº 818, Ley especial para la legalización de los antiguos derechos de vía declarados en desuso y desafectados como de uso público para ser transferidos en propiedad a las familias de escasos recursos económicos; de fecha 13 de enero de 2000, mediante el cual se establece el procedimiento para legalizar los terrenos especificados en esta ley que han quedado en desuso, en los departamentos de Sonsonate, San Vicente y La Libertad, por haberse cambiado el trazado de una carretera o camino por la autoridad competente y que han sido ocupados en forma quieta, pacífica e ininterrumpida, por un período no menor de tres años, por familias de escasos recursos económicos.

620.Decretos legislativos Nos. 446 y 447, disposiciones especiales respecto a las familias que ha consecuencia de los terremotos ocurridos en el país en fecha reciente, hayan quedado sin vivienda y sean beneficiadas con el otorgamiento de una vivienda definitiva; de fecha 14 de junio de 2001, mediante el cual toda familia que a consecuencia de los terremotos del 2001 hayan quedado sin vivienda y sean beneficiadas con el otorgamiento de una vivienda definitiva con fondos provenientes de donativos nacionales o internacionales, de los municipios o privados, se haga por medio de escritura de propiedad a efecto de garantizar el bien de familia, procurando que dicho beneficio sea adjudicado preferentemente a las familias que están encabezadas por una madre soltera, viuda, divorciada, separada o adultos mayores, y las viviendas que se construyan en terrenos propios, ya sea por entes privados o del Estado, en el marco de la reconstrucción a consecuencia de los terremotos del 2001, se considerarán por Ministerio de Ley, como bien de familia, a favor del padre, la madre, los hijos e hijas que convivan en el mismo hogar, sea unión matrimonial o no matrimonial.

621.Decreto legislativo Nº 800, Ley transitoria para agilizar diligencias de legalización del derecho de propiedad o posesión a favor de personas afectadas por los terremotos de enero y febrero de 2001, de fecha 5 de abril de 2002, que establece un régimen jurídico que permite ejecutar, en forma ágil y expedita diligencias de legalización de la propiedad o posesión que sean necesarias para garantizar la seguridad jurídica, respecto a sus derechos de propiedad o posesión a las personas afectadas por los terremotos de enero y febrero de 2001.

622.Decreto legislativo Nº 1076, Ley especial transitoria para la delimitación de derechos de propiedad o de posesión en inmuebles en estado de proindivisión, de fecha 27 de noviembre de 2002, mediante el cual se procura la correcta y certera localización de inmuebles en estado de proindivisión, por medio del establecimiento de un régimen jurídico especial que permita al titular de derechos proindivisos sobre bienes inmuebles, localizar, establecer, desmembrar e inscribir la o las porciones que por su respectivo derecho le corresponden sobre tales inmuebles, a fin de garantizar la seguridad jurídica de la que necesitan disponer con respecto de sus derechos individuales de propiedad o posesión.

623.La Ley del medio ambiente (Decreto Nº 233, de fecha 2 de marzo de 1998), establece en el artículo 12 que el Ministerio del Medio Ambiente y Recursos Naturales debe asegurar que la dimensión ambiental sea incorporada en todas las políticas, planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo y ordenamiento del territorio.

624.Para ello deben tomarse en cuenta los criterios: a) valoración económica de los recursos naturales, que incluya los servicios ambientales que éstos puedan prestar, de acuerdo a la naturaleza y características de los ecosistemas; b) características ambientales del lugar y sus ecosistemas, tomando en cuenta sus recursos naturales y culturales y en especial, la vocación natural y el uso potencial del suelo, siendo la cuenca hidrográfica, la unidad base para la planeación del territorio; c) desequilibrios existentes por efecto de los asentamientos humanos, las actividades de desarrollo y otras actividades humanas o de fenómenos naturales; d) debe existir equilibrio entre asentamientos humanos, actividades de desarrollo, los factores demográficos y medidas de conservación del medio ambiente (artículo 14 Ley del medio ambiente).

625.Mediante Decreto Nº 96, de fecha 14 de septiembre del 2001, se creó el Servicio Nacional de Estudios Territoriales (SNET) como una entidad desconcentrada, adscrita al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con autonomía técnica y financiera.

626.El SNET tiene por objeto principal contribuir a la prevención y reducción del riesgo de desastre, por lo que es de su competencia lo relativo a la investigación y los estudios de los fenómenos, procesos y dinámicas de la naturaleza, el medio ambiente y la sociedad, que tiene relación directa e indirecta con la probabilidad de ocurrencia de desastres y, por tanto de pérdidas y daños económicos, sociales y ambientales.

627.Entre las funciones y responsabilidades del SNET se encuentran: a) desarrollar la investigación científica y los estudios especializados para usos relacionados con la prevención y reducción de riesgos, tanto en el campo de los desastres como en el desarrollo y en la planificación territorial; b) realizar la instrumentación, así como el monitoreo continuo y sistemático de los procesos y fenómenos meteorológicos, hidrológicos, sismológicos, vulcanológicos y de geotecnia con fines de pronóstico y alertamiento; c) validar y difundir la información de forma oportuna y eficiente a las autoridades y población en general, acerca de las amenazas y de las condiciones vulnerables cuya magnitud e importancia pueda traducirse en pérdidas y daños; d) dimensionar la territorialidad de impacto de los fenómenos y procesos de amenazas, así como la naturaleza probable de las pérdidas y daños esperados.

628.El Ministerio de Salud Pública y Previsión Social en colaboración con la Organización Panamericana de la Salud (OPS), apoyaron en junio 2000 la creación del Centro Nacional de Salud en la Vivienda, cuyo principal objetivo es la promoción de la vivienda saludable, como el espacio fundamental para la promoción de la salud. La vivienda es elemento fundamental y el substrato sobre el que descansan las relaciones intrafamiliares y el intercambio con el ambiente físico, químico y social, vínculos que definen o determinan buena parte de los riesgos para la salud. Se puede afirmar que los elementos de mayor importancia para preservar la salud dentro del hogar son los referidos al saneamiento básico: abastecimiento de agua inocua en cantidad suficiente, dispositivos para la eliminación sanitaria de excretas, mecanismos para disponer las basuras producidas en el hogar, y el aseguramiento de la inocuidad de los alimentos.

629.Se ha propuesto la creación de una red interinstitucional, que contribuirá a desarrollar, implementar, educar y construir vivienda saludable, con el propósito de mejorar en gran medida la salud y calidad de vida de la población y desarrollar actividades de prevención contra enfermedades dentro de la vivienda.

630.El Gobierno de El Salvador (GOES), a través del Viceministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano (VMVDU), actúa como ente rector del sector vivienda y tiene como función ser el promotor y facilitador del acceso a una solución habitacional a los salvadoreños y en especial a los sectores más desprotegidos de la población. El GOES a través de una política de vivienda, interviene en aquellos segmentos de la población donde el mercado o sector privado no actúa.

631.El Gobierno impulsa acciones subsidiarias dirigidas a las familias de más bajos ingresos, a través de tres instancias: a) Instituto Libertad y Progreso (ILP), es una entidad descentralizada que apoya subsidiariamente a las familias de bajos ingresos en el proceso de legalización de parcelas habitacionales, con una cobertura anual promedio de 3.000 familias; b) Fondo Nacional de Vivienda Popular (FONAVIPO), es una entidad financiera descentralizada de segundo piso que proporciona subsidios directos y créditos a las familias del sector informal, con una cobertura anual promedio de 4.000 familias; c) Fondo Social para la Vivienda (FSV), es una entidad financiera de primer piso que proporciona créditos con tasas subsidiadas a las familias de bajos ingresos del sector informal, con una cobertura anual promedio de 11.500 familias.

632.Todas estas acciones son realizadas con la participación conjunta de ONG, empresa privada, comunidad internacional, organizaciones de desarrollo comunitario y otras entidades gubernamentales. Todas las entidades que construyen viviendas o que prestan servicios conexos son libres de actuar, y en los proyectos de interés social, las familias de más bajos ingresos reciben un componente de subsidios directos para hacer más fácil la adquisición de una solución habitacional.

633.La empresa privada construye anualmente un promedio de 4.000 viviendas, que son financiadas por la banca privada. Esta producción incluye el sector de medios y bajos ingresos cuyo financiamiento se realiza a través del Fondo Social para la Vivienda, otorgando créditos con subsidios vía tasa de interés.

634.El GOES implementa una estrategia a través de FONAVIPO que consiste en ejecutar proyectos a través de la empresa privada quienes participan en los procesos de licitación pública. Durante el año 2001 se pusieron en ejecución la construcción de 5.031 viviendas permanentes y se favoreció a 5.331 familias con la introducción de servicios básicos.

635.La comunidad internacional constituye uno de los oferentes principales de recursos financieros para que se ejecuten las obras de construcción habitacional.

636.El Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local (FISDL), en cooperación con fuentes de financiamiento internacional ha realizado diversos proyectos:

Fuente

Número de proyectos

1995

1996

1997

1998

1999

2000

Banco Interamericano de Desarrollo (BID)

1.211

480

296

36

99

279

Gobierno de El Salvador (GOES)

81

1

183

144

69

234

Programa de Reconstrucción Nacional (PRN)

0

0

0

0

0

0

Japón

0

0

24

17

0

16

UNICEF-PRN

0

0

0

6

0

0

KFW

145

356

72

51

7

138

Otros recursos (donativos)

1

0

41

0

2

0

PROCHALATE/ FIDA

0

0

0

0

14

16

Municipalidades en Acción Co. 0897

0

0

0

0

15

0

Fortalecimiento Municipal /AID

0

0

1.016

0

0

21

Agencia de Cooperación Española

0

0

9

0

1

8

Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE)

95

40

368

403

921

448

FINET

0

0

0

0

0

14

Cámara de Comercio

0

0

0

0

0

15

Consejo Nacional Seguridad

0

0

0

0

0

19

CEE ALA

0

1

0

0

0

0

Total

1.533

878

2.009

657

1.128

1.208

Fuente: Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local (FISDL).

637.A raíz del impacto del enjambre sísmico de enero y febrero de 2001, se logró la cooperación no reembolsable y préstamos internacionales, por un monto aproximado de 54 millones de dólares de los EE.UU. provenientes del Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y países amigos.

638.Generalmente las ONG, brindan asistencia técnica para la autoconstrucción de viviendas. Las ONG se involucran tanto en la construcción de viviendas mínimas nuevas a un promedio anual de 2.100 unidades y como en la mejora de viviendas que promedian anualmente 2.500 unidades, dentro de una metodología de participación activa de la comunidad en los proyectos de construcción.

639.La historia reciente del sector de la construcción de la vivienda para las familias cuyos ingresos mensuales son menores de dos salarios mínimos, ha sido representativa en el marco de la oferta de vivienda en El Salvador. Un examen de las cifras disponibles del año 2000, muestra la fuerte participación que tiene el sector gubernamental, en lo que respecta el financiamiento crediticio para vivienda. Tomando en consideración la participación de los principales oferentes de crédito, el FSV mantiene su presencia con 61%, la banca comercial con 24% y FONAVIPO con 9%.

640.Estos resultados indican la fuerte participación gubernamental, en términos de facilitar oportunidades de financiamiento habitacional, con el propósito de que la población que tiene obstáculos para acceder al financiamiento logre un crédito y puedan las familias más pobres mejorar o adquirir su unidad habitacional. Estas experiencias al igual que otras, son financiadas con recursos propios de la institución en el financiamiento del crédito y del subsidio que se les otorga a las familias para estimular la demanda. Producto de las acciones gubernamentales registradas, más de 200.000 familias han resultado beneficiadas con alguno de los programas habitacionales gubernamentales durante el período sobre el cual se informa.

a) Fondo Nacional de Vivienda Popular (FONAVIPO)

641.En el modelo de economía social de mercado, la participación de la empresa privada juega un papel preponderante en la ejecución de los proyectos de vivienda. Las instituciones autorizadas que realizan la labor de intermediación en el Programa de Crédito de FONAVIPO, usualmente son: bancos de los trabajadores, cajas de crédito, organizaciones cooperativas, empresas constructoras y entidades financieras convencionales. La modalidad que se ejecuta con los proyectos habitacionales es que FONAVIPO, extiende el crédito de corto plazo a la intermediaria financiera, para que los constructores soliciten los recursos financieros a la intermediaria. En algunos casos, la misma intermediaria (que puede ser empresa privada u ONG) realiza los proyectos de construcción habitacional con recursos propios y solamente solicita de FONAVIPO, el componente del subsidio y el crédito. Asimismo se solicita que el usuario final aporte la prima correspondiente.

642.FONAVIPO tiene disponible varias líneas de crédito a las que acceden las instituciones autorizadas para que los usuarios las puedan obtener para financiar diferentes destinos de desarrollo habitacional: 1) mejoramiento y construcción habitacional; 2) adquisición de lotes para construcción de viviendas; 3) proyectos de construcción de viviendas; 4) modalidad crédito contribución; 5) compra de vivienda existente.

643.El Estado a través de FONAVIPO, realiza la supervisión de las obras tomando en consideración las bases de licitación correspondientes, es decir, que la institución entrega la ejecución al sector privado en la modalidad de llave en mano.

644.El Programa de Subsidios y de Créditos otorgados por FONAVIPO, para ejecutar el desarrollo de nuevos asentamientos, durante el período 1992 a 2001, ha dado como resultado la atención de 55.983 familias. A través del Programa de Contribuciones (subsidios), ha beneficiado a 46.010 familias para obtener la propiedad de su vivienda o de un lote donde construirla.

Programa de contribuciones y programa de crédito 1995-2002

Año

Contribución*

Familias

Créditos

Familias

(En dólares EE.UU.)

1995

8.684,0

6.403

11.920,00

9.223

1996

9.200,0

6.229

9.790,00

9.262

1997

9.944,0

6.220

9.942,00

8.160

1998

9.040,0

3.883

12.148,00

7.776

1999

1.059,0

1.523

10.150,00

3.803

2000

4.400,0

3.665

2.149,00

2.156

2001

2.914,0

3.065

13.449,00

5.235

2002

2.369,0

3.078

16.281,00

5.820

Total

47.334,0

34.066

85.779,00

51.428

* Subsidio que se entrega a familias pobres con ingresos menores a dos salarios mínimos (288,00 dólares de los EE.UU. mensuales).

645.De manera resumida se puede señalar en primer lugar, que las familias que poseen vivienda generan la dinámica del auto empleo y del micro crédito para iniciar tareas productivas de manera inmediata y particularmente impulsado por la mujer; en segundo lugar, las oportunidades de integración social en comunidades (como los que FONAVIPO ha venido realizando), significan un aporte significativo en la lucha contra la pobreza y por la integración social; y en tercer lugar, las nuevas oportunidades crediticias a través de la banca comercial permitirán alcanzar urbanizaciones con una calidad de vida diferente y significativa para la familia salvadoreña.

b) Fondo social para la Vivienda (FSV)

646.Las principales medidas adoptadas por el FSV, para facilitar el otorgamiento de crédito para el sector formal de ingresos medios y bajos han sido: a) ampliación de la infraestructura para atender la demanda de crédito; b) aumento de cobertura; c) medidas especiales para aumentar la demanda; d) reducción de tasas de interés; e) ampliación horarios de servicio al cliente; f) otras medidas; g) atención vía Internet.

647.Ampliación de la infraestructura para atender la demanda de crédito. Desde 1995 se puso en marcha el Proyecto de Generación de Hipotecas con el Sector Financiero e Inmobiliario del país, como una alternativa para incrementar el otorgamiento de créditos mediante convenios suscritos con seis bancos del sistema. Bajo este esquema, el crédito es otorgado en las mismas condiciones establecidas por el FSV, constituyéndose hipotecas a favor de las generadoras y una vez inscritas son vendidas al FSV, que las adquiere por el saldo de capital, intereses y seguros. Durante el período de 1995-2002 se han adquirido 24.689 hipotecas por un monto de 246,8 millones de dólares de los EE.UU.

648.Aumento de cobertura. A partir de 1998, como resultado de la Ley del sistema de ahorro para pensiones, a la población de trabajadores del sector privado hasta ese momento atendida por el FSV, se adicionaron los trabajadores del sector público, provocando un crecimiento de su mercado objetivo de aproximadamente un 25%, ampliando la cobertura crediticia potencial a más de 580.000 empleados afiliados al Sistema de Ahorro para Pensiones. Paralelamente, se produjeron cambios en la política de crédito, impactando positivamente la capacidad real para adquirir el crédito de sus usuarios potenciales, tanto del sector privado como público.

649.Medidas especiales para aumentar la demanda. En septiembre de 1999, se suscribieron convenios de financiamiento con diez bancos, diez empresarios de la construcción y el Fondo Nacional de Vivienda Popular (FONAVIPO), dentro del plan emergente de financiamiento de vivienda de interés social, por un plazo de 16 meses, formalizando pactos solidarios y trascendentales, en el marco de la Alianza Solidaria del Programa de Gobierno, a través del FSV la Asociación Bancaria Salvadoreña (ABANSA) y la Cámara Salvadoreña de la Industria de la Construcción (CASALCO). En el período septiembre de 1999 a diciembre 2000 se financiaron 15.105 créditos para viviendas nuevas por 154,4 millones de dólares de los EE.UU.

650.Reducción de tasas de interés. A partir del 15 de diciembre de 2000 y como resultado de la puesta en marcha de la Ley de integración monetaria, se redujo la tasa de interés en tres puntos, pasando de 9 a 6% para los trabajadores que adquirieren viviendas nuevas con precios de hasta 9.714,29 dólares de los EE.UU. y entre el 11 y 9% para viviendas hasta 14.285,71 dólares de los EE.UU. Esta reducción en las tasas de intereses significó a su vez una reducción en las cuotas de créditos vigentes y por otorgar. Lo anterior contribuyó a mejorar la accesibilidad al crédito, privilegiando a los trabajadores de menores ingresos.

651.Ampliación horarios de servicio al cliente. Se han ampliado los horarios de atención de los usuarios, de lunes a sábado de 7.00 a 19.00 horas ininterrumpidamente, mediante 17 ventanillas multiservicio ubicadas en oficina central. Esta medida significó un cambio sustancial en el número de horas de atención, pasando de 44 a 72 horas semanales.

652.Atención vía Internet. Se ha posibilitado el acceso de información a través del sitio web del FSV, en cuanto a requisitos, oferta de vivienda, precalificación, avance del trámite de crédito, etc., con el propósito de facilitar y agilizar el otorgamiento del crédito.

653.Otras medidas. Adicionalmente y bajo el marco del Segundo Encuentro Nacional de la Empresa Privada, se concretó la puesta en marcha de las siguientes medidas: 1) la consideración de ingresos familiares y de convivientes, para aquellos usuarios que no cumplan con los requisitos de capacidad de pago; 2) apertura para financiar a todos los trabajadores del sector formal, sin restricciones de ingresos máximos; 3) considerar los ingresos adicionales de las familias en concepto de horas extraordinarias, comisiones y bonificaciones hasta en un 100%, siempre que sean cotizadas y de carácter permanente; 4) se autorizó la vigencia a partir de enero de 2002, por un período de seis meses revisables, del otorgamiento de un segundo crédito para la adquisición de una segunda vivienda nueva, siempre y cuando la capacidad de pago del solicitante se lo permita y cumpla con las condiciones generales requeridas para tales créditos.

654.Cada trabajador puede optar a un crédito siempre que cumpla con los requisitos que establecen las normas institucionales de crédito y la política crediticia, la cual es revisada periódicamente en consideración al costo de los recursos y condiciones macroeconómicas del país, con el objeto de garantizar la accesibilidad permanente al crédito de los trabajadores. De conformidad con la Ley del FSV, el otorgamiento de crédito se efectúa en condiciones favorables, especialmente en lo referente a plazos, tasas de interés, prima, no pago de comisiones, etc.

655.En atención a lo establecido en el artículo 7 de la Ley del FSV, para el cumplimiento adecuado de sus fines, el FSV realiza de manera principal, toda acción que tienda a proveer a los trabajadores de viviendas cómodas, higiénicas y seguras, destinando sus recursos básicamente al otorgamiento de créditos para adquisición, construcción, reparación, ampliación o mejoras de viviendas; así como inmuebles para la construcción de viviendas e instalación de servicios de agua potable y saneamiento; y, refinanciamiento de deudas contraídas por cualquiera de los conceptos establecidos en la política crediticia.

656.Su estrategia está centrada en obtener los recursos suficientes para orientarlos a dicho financiamiento, los cuales están constituidos por: a) las cotizaciones obrero-patronales percibidas hasta abril de 1998; b) la colocación de títulos valores; y c) los ingresos por recuperación de cartera.

657.Los montos registrados en estos rubros son:

Fondo Social para la Vivienda

Fuente de Recursos Financieros 1995 - junio 2002

(En millones de dólares EE.UU.)

Fuente

1995

1996

1997

1998

1999

2000

2001

2002 1

Monto

%

Monto

%

Monto

%

Monto

%

Monto

%

Monto

%

Monto

%

Monto

%

Cotización

29,6

41,3

32,7

34,7

34,1

31,8

14,7

9,2

0,5

0,2

0,4

0,2

0

0,0

0,0

0,0

Emisiones

0,0

0,0

0,0

0,0

0,0

0,0

52,6

32,8

61,5

27,7

133,8

57,4

76

45,0

51,0

50,1

Recuperación de cartera

40,0

56,0

59,6

63,2

67,4

62,9

75,7

47,2

19,6

35,9

92,3

39,6

86,9

51,5

47,4

46,6

Otras fuentes

1,9

2,7

2,0

2,1

5,7

5,3

17,5

10,9

80,2

36,2

6,5

2,8

5,9

3,5

3,3

3,2

Total

71,5

100,0

94,3

100

107,2

100

160,5

100

221,8

100

233,0

100

168,0

100

101,7

100

Fuente : Ejecución presupuestaria.

1 2002 datos a junio.

658.La recuperación de cartera y la emisión de títulos valores constituyen en la actualidad el 97,3% de los recursos, siendo una fuente segura, permanente y suficiente, para atender las solicitudes de créditos de manera sostenida mediante el programa de créditos encomendado en su ley. La inversión de estos recursos durante el período 1995 a junio de 2002, ha sido:

Créditos otorgados por FSV, 1995 - 2002

Conceptos

1995

1996

1997

1998

1999

2000

2001

2002

Nº Total Créditos

9.056

8.770

9.953

13.754

15,982

12.904

11.807

5.011

659.El total de créditos otorgados en el período reportado asciende a 77.705 créditos por un monto de 669,1 millones de dólares de los EE.UU., significando el 40,59% de los 191.434 créditos otorgados históricamente por el FSV (1973 a junio 2002), y el 60,6% del monto total invertido de 1.105,1 millones de dólares de los EE.UU., beneficiando a casi 1 millón de salvadoreños.

c) Viceministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano (VMVDU)

660.El VMVDU ejecuta el Programa de Nuevos Asentamientos Organizados (NAOS), que exalta la transformación de aquellas comunidades más vulnerables y de más bajos ingresos, al tomar la decisión de mejorar sus condiciones habitacionales con la contribución del Gobierno, ya sea trasladándolos desde su lugar de alto riesgo a lugares más favorables para su desarrollo. Desde 1995 al año 2002, se han reubicado casi 45.000 familias hacia lugares seguros y han iniciado su proceso de desarrollo habitacional atendidas con el programa de Asentamientos Humanos del Viceministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano.

Gestión NAOS (1995 - 2002) P rograma Parcelaciones Municipales

Año

Nº Departamentos

Nº Municipios

Nº Proyectos

Nº Familias

Monto Comunidad (dólares EE.UU.)

1995

10

24

34

3.725

7.977.100,00

1996

12

40

40

4.226

9.999.500,00

1997

12

39

45

4.614

9.268.500,00

1998

12

38

44

7.248

13.691.186,00

1999

9

18

19

2.482

9.413.140,00

Programa de Asentamientos Humanos (PAHU)

Año

Nº Departamentos

Nº Municipios

Nº Proyectos

Nº Familias

Monto Asignado

(dólares EE.UU.)

2000

10

35

48

3.643

1.239.108,76

2001

9

39

46

9.366

1.100.680,31

2002

12

34

41

9.567

2.100.260,00

d) Instituto Libertad y Progreso (ILP)

661.El ILP es el responsable de calificar jurídicamente a los beneficiarios del Decreto legislativo Nº 800, de tal manera que gocen de los beneficios de la exención de pago de derechos registrales, procesos de legalización más ágiles, etc. Igualmente, es el responsable de ejecutar los procedimientos de legalización tales como titulación de inmuebles, aceptaciones de herencia, particiones, etc., para los beneficiarios que son calificados por el Instituto. Esos servicios son proporcionados sin costo alguno para los beneficiarios, hasta entregarle su escritura debidamente inscrita en el Registro de la Propiedad.

662.Las actividades más relevantes del ILP son la organización, coordinación y dirección de los programas: a) "El Salvador, país de propietarios"; b) Convenio de Legalización ILP‑FONAVIPO; c) "Seguridad jurídica - componente terremoto".

663."Programa El Salvador, país de propietarios": la finalidad fundamental de este programa es brindar seguridad jurídica, legalizando en forma individual y de manera ágil, eficiente y segura, las parcelas en que habitan miles de familias de escasos recursos económicos, en zonas marginales, colonias piratas, comunidades no autorizadas, etc., extendiéndoles su título de propiedad debidamente inscrito en el Registro Social de Inmuebles. Se han beneficiado con su escritura de propiedad a 1.629 familias, repartidas en 8 departamentos del país y en 37 comunidades. Si se considera que el número de integrantes promedio por familia es de 5 miembros, los beneficios de la legalización han favorecido a unos 8.145 salvadoreños que hoy son auténticos y legítimos propietarios.

664.Con el fin de promover los servicios de legalización que el ILP presta y que más personas gocen de sus beneficios, durante el año 2003 se inició una campaña de visitas personalizadas a las alcaldías de los 262 municipios del país, con el propósito de presentarles el programa "El Salvador, país de propietarios" y los beneficios, que sin ningún costo para las comunas, pueden recibir aquellas personas de escasos recursos económicos que viven en asentamientos colectivos, en terrenos propiedad de las alcaldías, privadas o gubernamentales, dentro del área de dominio de los municipios y que por falta de fondos las autoridades del lugar no han podido legalizar. Hasta la fecha se han visitado 232 alcaldías, muchas de las cuales ya están enviando documentación de asentamientos que están interesados en que se legalicen la tenencia de la tierra. Gran parte de los fondos que el ILP utilizará para efectuar los procesos de legalización de estos asentamientos, provendrán del financiamiento otorgado por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID).

665.Convenio de Legalización ILP-FONAVIPO. A fin de aunar esfuerzos y como producto del trabajo coordinado a iniciativa del Viceministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano, el ILP ha firmado un convenio de escrituración con el FONAVIPO, con objeto de legalizar todos aquellos asentamientos que hayan sido beneficiados con el programa de subsidios que esta entidad ofrece para la construcción de viviendas, a personas cuyos ingresos son menores a dos salarios mínimos. Se espera legalizar más de 1.000 viviendas pertenecientes a igual número de familias.

666."Programa de Seguridad jurídica-componente terremoto", tiene como propósito facilitar la seguridad jurídica a los afectados por los terremotos de enero y febrero de 2001, beneficiados con viviendas donadas provenientes de fondos externos de la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional, (USAID). El período de trabajo de este programa estuvo comprendido entre junio de 2001 a julio de 2003. La primera meta es calificar jurídicamente a 30.000 beneficiarios del programa de reconstrucción y la segunda, legalizar aproximadamente 11.000 beneficiarios que carecen de título de propiedad, entregándoles un título debidamente inscrito.

667.Con el propósito de brindar el beneficio de vivienda a la mayor cantidad de familias salvadoreñas, el programa tiene su campo de acción en los departamentos que fueron más impactadas por los sismos: Cuscatlán, La Paz, San Vicente y Usulután (más del 80%) así como La Libertad, Sonsonate y Ahuachapán. La ubicación geográfica de la población corresponde a los 14 departamentos del país, distribuidos en 146 municipios. De las cuales 46.143 han recibido apoyo gubernamental en los procesos de legalización de sus parcelas habitacionales, logrado a través de los programas de titularización del Instituto Libertad y Progreso (ILP).

e) Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local (FISDL)

668.Desde que comenzó a operar, ha contado con el apoyo decidido y la cooperación técnica y financiera de organismos internacionales como el Banco Interamericano para el Desarrollo (BID); el Banco de Reconstrucción Alemán (KFW); el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE); Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI); Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD); Agencia Internacional para el Desarrollo de los Estados Unidos de América (USAID); y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF); además del concurso de países amigos como España, el Japón y la Unión Europea.

669.Se hizo necesario y conveniente potenciar la participación de los gobiernos locales, procurando así su desarrollo y aprovechando el conocimiento que estos tienen de las necesidades más urgentes que padecen sus comunidades, por una parte, y por otra, es obligación de las instituciones del Estado, por mandato expreso de la Constitución de la República, colaborar con las municipalidades en la ejecución de sus planes de desarrollo. El Programa de Gobierno La Nueva Alianza insta a que la población salvadoreña se corresponsabilice en la búsqueda de su bienestar y progreso, por medio de un esfuerzo común en una acción solidaria de todos los sectores.

670.El FISDL participa destacadamente en la Alianza Solidaria, y mediante la integración de un grupo consultivo con los principales actores de desarrollo local, se formuló la Estrategia Nacional de Desarrollo Local, que es un proceso dinámico y participativo, y que al igual que la Alianza Solidaria tiene como pilares fundamentales la descentralización y participación ciudadana e integra los esfuerzos en la búsqueda del progreso y mejoramiento de la calidad de vida de los ciudadanos, incorporando acciones de organizaciones gubernamentales y no gubernamentales y la empresa privada para impulsar el proceso de desarrollo local. En ambas líneas de acciones el FISDL tiene un papel promotor y normador. Las acciones concretas del FISDL, inician con el traslado del manejo del ciclo de proyectos a las 262 municipalidades y comunidades, en el cual identifica y priorizan sus necesidades, administran la formulación, realización y supervisión de los proyectos, finalizando en el mantenimiento por parte de las comunidades. Los proyectos ejecutados por el Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local en el período 1995 a 2000, pueden resumirse de la siguiente manera:

Sector

Número de proyectos

1995

1996

1997

1998

1999

2000

Educación

1.096

569

555

457

195

303

Salud

36

19

6

82

10

25

Agua potable

49

68

121

38

45

87

Saneamiento

38

1

28

16

10

26

Medio Ambiente

164

0

0

0

0

0

Nutrición

13

9

2

0

0

3

Electrificación

110

75

211

14

242

242

Bienestar social (guarderías)

3

0

0

1

0

0

Capacitación comunitaria

24

136

275

45

0

30

Vías de acceso

0

0

630

0

580

489

Otros

0

1

181

4

46

3

Total

1.533

878

2.009

657

1.128

1.208

671.Por otra parte, se ha elaborado una propuesta de Ley de arrendamiento inmobiliario con promesa de compraventa, con la finalidad de realizar un arrendamiento financiero de largo plazo, que dará mayor oportunidad a familias salvadoreñas el acceso a una solución habitacional.

672.Se prevé realizar un proceso de revisión y posterior reforma del marco legal relacionado al tema de la propiedad inmobiliaria por pisos y apartamientos (propiedad en condominio), con la finalidad de brindar otra opción diferente a las familias salvadoreñas para el acceso a una solución habitacional adecuada.

673.Con base al Decreto Nº 254 del 14 de enero de 2001, referente a la declaratoria de estado de calamidad pública, la Junta Directiva del Fondo Social para la Vivienda, FSV, ofreció en venta 323 manzanas de los terrenos conocidos como Las Vertientes y Guayacán, jurisdicción de Tonacatepeque, Departamento de San Salvador, en condiciones favorables, con fines de asentamientos de personas afectadas por los terremotos y personas residentes en zonas de alto riesgo.

674.Se ha propuesto la creación de un Programa de Renovación Urbana, que consistirá en el reciclaje (reutilización) de edificaciones o propiedades subutilizadas tanto gubernamentales como privadas, para aprovechar la infraestructura existente y desarrollar macroproyectos que beneficien las áreas urbanas.

675.De conformidad a la Ley del presupuesto general de la nación, se adjudica al Ramo de Obras Públicas en lo concerniente al apoyo del desarrollo social (sector vivienda) el 0,06%. Además, el Gobierno de El Salvador, GOES, se encuentra gestionando la adjudicación de préstamos internacionales que junto con la participación de recursos financieros del fondo general de la nación, servirán para apoyar a familias de ingresos bajos y medios la mejora y/o adquisición de una solución habitacional a través del desarrollo de diferentes programas de vivienda.

676.Los programas desarrollados con la intervención financiera de la comunidad internacional, que son dirigidos principalmente a las familias que perciben ingresos menores a dos salarios mínimos mensuales (288,00 dólares de los EE.UU.), hasta familias cuyos ingresos no sobrepasan los cuatro salarios mínimos.

677.Programa de Vivienda ES0087. El Gobierno está por iniciar un programa de vivienda, que será financiado con recursos del Fondo General de la Nación y con recursos provenientes de un préstamo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID). Este programa pretende invertir alrededor de 95 millones de dólares de los EE.UU. para apoyar financieramente a las familias de bajos ingresos en el proceso de mejora de su hábitat. En tal sentido, con este programa se apoyarán con subsidios directos a las familias que perdieron su vivienda como consecuencia de los terremotos de los meses de enero y febrero de 2001; se impulsarán acciones de mejoramiento barrial y otros que permitirán aumentar la oferta de vivienda y por ende aumentar el número de salvadoreños con vivienda adecuada. El compromiso del Gobierno es asignar más de 20 millones de dólares de los EE.UU. anuales para atender las necesidades de vivienda de la población salvadoreña a partir de la puesta en marcha del referido programa.

678.Ese programa contempla tres subprogramas: a) Mercado Formal de Vivienda (mercado secundario de hipotecas, y fortalecimiento del FSV); b) Mercado Informal de Vivienda (programa de mejoramiento de barrios marginales urbanos; programa de reconstrucción; fortalecimiento al VMVDU; legalización de tierras; mercado de lotificaciones de desarrollo progresivo); y c) Subprograma para la Alcaldía Municipal de San Salvador.

679.Actualmente se encuentra en la Asamblea Legislativa de El Salvador para su ratificación, el préstamo aprobado por el BID N° 1379/OC-ES- Programa de Vivienda, el cual incluye en su primera fase el fortalecimiento institucional del FSV y la puesta en marcha de un programa de vivienda, con subsidio directo para favorecer a los usuarios del FSV.

680.El Instituto Libertad y Progreso (ILP), desarrollará un papel muy importante en este programa de vivienda, financiado con fondos del BID, bajo la coordinación del Viceministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano, en el cual, entre otros compromisos, existe el del ILP de efectuar 20.000 legalizaciones para igual número de familias en un período de cuatro años. Este aporte del ILP, dirigido a proporcionar seguridad jurídica en la tenencia de la propiedad, impactará positivamente en la vida económica de las personas beneficiarias. Hasta la fecha, se ha estado trabajando en el cumplimiento de las condiciones previas a los desembolsos del préstamo, las cuales están prácticamente cumplidas, faltando únicamente la ratificación del mismo por parte de la Asamblea Legislativa.

681.Por otra parte, se está gestionando con la cooperación sueca un convenio de donación por emergencia de los terremotos del año 2001, a través de la ejecución del Proyecto de Reconstrucción y Transformación de El Salvador. El monto de la cooperación asciende a 4 millones de dólares de los EE.UU. que aportará la agencia sueca ASDI, el Gobierno salvadoreño aportará 2,1 millones de dólares de los EE.UU., las alcaldías 1,3 millones y los beneficiarios aportarán 636.581 dólares, totalizando 7,9 millones de dólares de los EE.UU. El proyecto contempla la ejecución de programas de nuevos asentamientos organizados (NAOS), de construcción de vivienda, adquisición de vivienda, rehabilitación y mejora de vivienda, introducción de infraestructura para servicios básicos y una parte de asistencia técnica que se dará a las comunidades a través de las ONG.

682.El Programa de Apoyo a la Reconstrucción de El Salvador es financiado por la Comunidad Europea, surge del Convenio de Financiación Específica SLV/B7-3100/01/073, firmado el 25 de octubre de 2001, y será ejecutado en su totalidad por el Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local de El Salvador, FISDL, para un período de tres años, de marzo de 2002 a marzo de 2005.

683.El objetivo global del programa es contribuir al proceso de reconstrucción/prevención y al incremento de la calidad de vida de la población afectada por los terremotos en El Salvador. Específicamente, para restablecer y mejorar los índices de desarrollo habitacional y social que existían antes de los terremotos de enero y febrero de 2001, en los municipios de intervención del programa, favoreciendo el desarrollo local participativo y reduciendo la vulnerabilidad ambiental frente a las catástrofes naturales.

684.El área de acción son todos los municipios de los departamentos de La Paz y Cuscatlán y siete municipios del departamento de San Vicente (San Lorenzo, San Cayetano Istepeque, Santo Domingo, Verapaz, Tepetitán, San Sebastián y Guadalupe). El programa tiene un monto total de 32 millones de euros, de los cuales la Unión Europea aportará 25 millones y El Salvador como contrapartida 7 millones.

685.Los componentes del programa son: a) construcción de 5.454 viviendas tanto en el sitio como programas de nuevos asentamientos organizados, NAOS; b) construcción de infraestructura básica (agua potable y sistemas de saneamiento); c) construcción de infraestructura social y comunal (escuelas públicas primarias, centros de salud y asistencia técnica).

686.Los requisitos establecidos por el convenio a la población beneficiaria del componente de vivienda son: a) que sean familias afectadas por los terremotos; b) con ingresos menores a dos salarios mínimos; c) residentes en los municipios pertenecientes al área de intervención del programa.

687.El Viceministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano (VMVDU) está impulsando procesos de ordenamiento territorial en el país, específicamente con mancomunidades o asociaciones de municipios y municipios unilateralmente, donde las propuestas conllevan una estrategia fisicoespacial en lo que respecta a los asentamientos humanos en el territorio rural. Mediante esos procesos se propicia una estructura de centros rurales de servicios, con el objeto de concentrar de una forma ordenada las viviendas, el comercio, las áreas verdes recreativas, el equipamiento social, escuelas y otros. Éstos hacen la función en primer plano a los caseríos y como segundo nivel las áreas urbanas de los municipios.

688.Esta estrategia busca tener coherencia con la inversión pública de los gobiernos locales y del mismo Gobierno central, por lo que paulatinamente se va buscando erradicar el concepto de realizar parcelaciones habitacionales dispersas en todo el territorio, de las microrregiones y/o del territorio propio de un municipio específico.

689.Posterior a los terremotos del año 2001, el Viceministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano (VMVDU), en coordinación con la municipalidad de Acajutla, departamento de Sonsonate, y el sector privado, han propiciado una propuesta urbanística que propicie zonas de nuevo desarrollo de una manera ordenada y controlada; de igual forma, esta propuesta beneficia a la mejora física de infraestructuras de desarrollo existentes, que han sido ejecutadas al margen de la Ley de urbanismo y construcción y su reglamento vigente. Esas propuestas buscan obtener tierras para favorecer a familias que residen en lugares de alto riesgo y zonas de retiro, entre otras.

690.El FSV venderá a usuarios de FONAVIPO, mediante el Programa de Renovación Urbana y en una primera fase, 1.350 activos extraordinarios propiedad del FSV, beneficiando a igual número de familias del sector formal e informal. Este programa tendrá como ventajas: 1) los usuarios podrán optar a los activos de acuerdo a los programas crediticios de FONAVIPO; y  2) el precio de la vivienda será acorde al estado y condición del inmueble. Este plan procurará en la medida de lo posible que los inmuebles se encuentren identificados por municipios, urbanizaciones o direcciones, a fin de implementar el programa de recuperación urbana con la participación de otras instituciones del Estado y la empresa privada, entre las cuales se encuentran el Viceministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano, el Ministerio de Gobernación y la Policía Nacional Civil.

691.Los cambios recientes en la política habitacional de El Salvador procuran facilitar a los salvadoreños la adquisición de una vivienda adecuada.

Párrafo 45 de las directrices

692.Ya se han indicado en el presente informe.

Párrafo 46 de las directrices

693.Ya se ha indicado en el presente informe.

L. Artículo 12

Párrafo 47 de las directrices

694.El perfil epidemiológico del país, tomando como referencia las primeras causas de enfermedad, muestra una leve tendencia a mantenerse. De hecho, al comparar los años 1994 y 2001, se puede evidenciar que las principales causas, aunque con leves variaciones, son, en términos prácticos, las mismas; así, las infecciones respiratorias, los trastornos gastrointestinales, incluida la amebiasis, constituyen las principales causas. Los trastornos de ansiedad se mantienen como una de las primeras diez causas. Para 2001, a consecuencia de los dos terremotos sufridos en el país, pasaron a constituirse en la sexta causa. En cuanto a las enfermedades cronicodegenerativas, en el perfil se evidencia el ingreso de los trastornos hipertensivos.

695.De acuerdo a la Encuesta Nacional de Salud Familiar (FESAL), para el período 1988‑1993, la mortalidad infantil fue de 41 por 1.000 nacidos vivos, y la tasa de mortalidad para el menor de 5 años fue de 52 por 1.000. En el período 1993-1998, las mismas fueron de 35 por 1.000 nacidos vivos y para el menor de 5 años de 43 por 1.000, registrándose así un importante decremento.

696.De igual manera, el indicador de mortalidad materna se registró en el período 1988-1993, de 158 por 100.000 nacidos vivos y para el período 1993-1998, de 120 por 100.000 nacidos vivos.

697.En 1999 las principales causas de morbilidad para los niños menores de 1 año fueron las infecciones respiratorias agudas, diarreas, bronquitis, enfermedades de la piel y neumonía y bronconeumonía. Para el grupo de 1 a 4 años, las principales causas fueron infecciones respiratorias, parasitismo intestinal, diarreas y bronquitis aguda. Las principales causas de morbilidad para los niños de 5 a 9 años de edad fueron infecciones respiratorias agudas, parasitismo intestinal, bronquitis aguda, diarreas, infección de vías urinarias, enfermedades de la piel y otras.

698.Situación de la salud mental de las personas discapacitadas a consecuencia del conflicto armado. El Fondo de Protección de Lisiados y Discapacitados a Consecuencia del Conflicto Armado realizó un estudio con una muestra de 490 personas, provenientes de los municipios de El Paisnal, Aguijares, Guazapa, Tonacatepeque y Nejapa. La muestra compuesta tanto por beneficiarios como por la población general, para su comparación, fue consultada, recurriendo a entrevistas estructuradas, entre agosto y diciembre del año 2000. Los resultados indican que el estrés postraumático, la ansiedad, la depresión, el alcoholismo y la psicosis son, todos ellos, problemas de salud mental que aquejan a las personas consultadas. La estimación de su prevalencia evidencia que la mayoría de estas problemáticas se presentan en una medida semejante en los beneficiarios y la población en general.

699.Para mejorar la situación de la salud mental de los beneficiarios, el Fondo desarrolla desde 1998 un programa de salud mental y reinserción laboral productiva. Dentro de ese programa se realizan encuestas de salud mental que tienen por finalidad determinar el tipo y el grado de trastornos mentales y del comportamiento que aquejan a los beneficiarios y de ellas derivar las medidas correspondientes.

700.La obtención de mapas de riesgo y de recursos son desarrollados fundamentalmente por los promotores de salud de las diferentes comunidades, con los cuales se determinan los principales problemas de salud mental de una comunidad y los recursos con que cuentan para enfrentarlos.

701.La coordinación con las autoridades de salud representadas por los respectivos Sistemas Básicos de Salud Integral (SIBASI) hacen posible la realización de esta actividad. Del análisis de los mapas se derivan las propuestas de respuestas de los problemas de salud mental, detectados en las comunidades.

Párrafo 48 de las directrices

702.El Salvador cuenta con el Plan de Desarrollo Económico Social La Nueva Alianza, en el que la elaboración de planes de salud reviste especial importancia, particularmente en el componente de la Alianza Solidaria.

703.A partir de esos lineamientos, el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS), como ente rector de la salud en El Salvador, elaboró su Plan Estratégico de Desarrollo Institucional, que describe los elementos prioritarios para el análisis de la situación de salud del país y, a partir del mismo, se identifican los objetivos estratégicos, estrategias y actividades con sus responsables y se sientan las bases para los siguientes planes estratégicos que garanticen la salud de la población. Asimismo, se establecieron y elaboraron los Planes Táctico-Operativos.

704.En los planes descritos queda establecido que la Atención Primaria en Salud es el eje fundamental que garantizará la salud de los habitantes, definiéndose para ello los Sistemas Básicos de Salud Integral (SIBASI), como estrategia para la descentralización de la gestión de la salud con el concurso de la intersectorialidad y la participación social.

705.Se han implementado importantes programas sociales con participación comunitaria como Escuela Saludable, Salud en la Comunidad, beneficiando especialmente al binomio madre/niño de todas las comunidades.

706.Se han ampliado los horarios en 88 Unidades de Salud, que dan servicio de 07.00 a 19.00 horas, y en algunas de ellas atendiendo sábados, domingos y días festivos, para la atención médica y de emergencias de la niñez, dando oportunidad a los padres de familia de llevarlos en horarios que no afectan su trabajo.

707.Se aumentaron las consultas médicas de 2,4 millones en 1994 a 6,9 millones en 1999.

708.Para 1994 el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social contaba con 378 establecimientos de salud, y para el año 2000 se incrementaron a 610 establecimientos, distribuidos de la siguiente manera: 30 Hospitales, 357 Unidades de Salud, 171 Casas de Salud y 52 Centros Rurales de Nutrición. En 1994 se contaba con 11 dispensarios de salud, en la actualidad se cuenta con 151.

709.A partir de 1995 se fortaleció a 15 centros de salud con equipamiento y recursos humanos en las áreas de medicina, cirugía, pediatría y ginecoobstetricia, convirtiéndolos en hospitales generales.

710.Se ha priorizado la atención del primer nivel en las áreas rurales con Casas de Salud, implementando Centro Rurales de Nutrición y mejorando la red de Unidades de Salud a nivel nacional. Los Centros Rurales de Nutrición, que eran 52 en el año 2000, en la actualidad se han incrementado a 58, dando una mejor atención a la población infantil con alguna afección en su peso.

711.Actualmente se cuenta con 126 Unidades de Salud equipadas con laboratorio y odontología.

712.Se han agilizado la atención y mejorado la cobertura, con la adquisición de 138 vehículos nuevos que han sido distribuidos en todos los departamentos a un costos de 65,3 millones de colones.

Párrafo 49 de las directrices

713.Según datos preliminares disponibles, el gasto nacional en salud como porcentaje del Producto Interno Bruto (PIB) para el año 2000 fue del 8,0%, y el gasto público en salud como porcentaje del PIB llegó al 3,61%. El gasto público en salud como porcentaje del gasto del Gobierno en general ha sido de 20,9%.

Párrafo 50 de las directrices

714.En el país la tasa de mortalidad infantil ha descendido en los últimos diez años. La tasa estimada (según datos de la Encuesta Nacional de Salud Familiar, FESAL 98) para el período 1993-98 fue de 35 por 1.000 nacidos vivos y para el total de menores de 5 años es de 43 por 1.000.

715.La tasa de mortalidad infantil institucional ha mostrado también una franca tendencia a la disminución, observándose que para el año 1994 fue de 33 por 1.000 nacidos vivos; para el año 1999, de 17,9 por 1.000 nacidos vivos y para el 2001, 15,9 por 1.000 nacidos vivos.

716.Para el período 1993-1998, la tasa de mortalidad neonatal fue de 14 por 1.000 nacidos vivos, siendo las causas más frecuentes los trastornos respiratorios específicos, la asfixia y las infecciones específicas. La relación respecto el sexo fue de 1,3:1 niño/niña. Para los niños menores de 1 año, en 1999 las principales causas de mortalidad fueron las enfermedades transmisibles (influenza y neumonía, diarreas y gastroenteritis de origen infeccioso) e infecciones originadas en el período perinatal. Para el grupo de 1 a 4 años, las principales causas fueron enfermedades transmisibles (influenza y neumonía, diarreas, gastroenteritis de origen infeccioso y septicemia estreptocócica).

717.A partir de 2000, el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social inició el registro de la morbilidad y mortalidad de los niños de 5 a 9 años. En ese año, para el grupo de niños de 5 a 9 años, las principales causas de mortalidad hospitalaria fueron dengue hemorrágico, neumonía y bronconeumonía, traumatismo craneoencefálico, septicemia, neoplasias malignas del encéfalo, linfoma de Hodgkin, SIDA y otras. Para estos otros grupos no existe desglose por sexo ni por procedencia urbano/rural.

718.Un dato relevante es que para el año 1988, la desnutrición crónica afectaba al 31,7% de los niños menores de 5 años y para 1998, el porcentaje había disminuido al 22,8%.

719.En 1961 se creó la Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados, ANDA, entidad a la que se transfirieron la mayoría de los sistemas de abastecimiento de agua y alcantarillado del país. Su misión es la de proveer y ayudar a proveer los servicios de agua apta para el consumo humano, con la continuidad y en la cantidad que la población demanda, así como hacer el tratamiento de las aguas residuales, manteniendo el equilibrio ecológico de los servicios hídricos.

720.Acceso de agua potable, saneamiento y calidad del agua. En cuanto a coberturas de servicios de agua potable y saneamiento a la población urbana y rural se registran los siguientes datos:

Concepto

Población servida (habitantes) 1

Cobertura de población (en porcentaje)

Agua potable urbana

3.228.535

92,1

Agua potable rural

1.033.500

31,4

Agua potable global

62,3

Saneamiento urbano

3.003.370

88,1

Saneamiento rural

1.730.900

52,6

Saneamiento global

70,7

1 El parámetro de personas servidas por conexión es de cinco personas por servicio (1992). Los datos de cobertura presentados corresponden a la población con acceso a los servicios de agua potable y saneamiento de las localidades que son atendidas por ANDA y otras que son administradas por Operadores Descentralizados a través de Contratos de Gestión, enfocados principalmente a la infraestructura instalada que presta dicho servicio.

Sobre la calidad del agua se mantiene un control en las fuentes de producción, mediante el tratamiento fisicoquímico necesario, con el propósito de garantizar que sea apta para el consumo humano. En el año 2003 se llevaron a cabo 5.210 análisis bacteriológicos y 1.444 análisis fisicoquímicos a nivel nacional. El 90,3% cumplieron las normas establecidas por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social; el Comité Coordinador Regional de Instituciones de Agua Potable y Saneamiento de Centroamérica y el Caribe; la Organización Mundial de la Salud y la Organización Panamericana de la Salud. Asimismo, el 69,1% de los análisis fisicoquímicos cumplieron con esas normas.

721.Del total del agua potable que recibe una vivienda, un 80% se convierte en aguas negras, la cual es evacuada de la vivienda hacia la red de aguas negras o hacia una fosa séptica. Bajo este considerando, ANDA brinda el servicio de evacuación de esta agua, a través de una red construida para este propósito. Además de la evacuación que se realiza de ese tipo de aguas, también se cuenta con 16 plantas de tratamiento a nivel nacional, las cuales desarrollan las funciones de remoción de los componentes indeseables que contiene el agua. La remoción de estos componentes se logra a través de: pretratamiento, tratamiento primario; tratamiento secundario o biológico; tratamiento terciario o avanzado.

722.De acuerdo a datos del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, actualmente más del 90% de la niñez está protegida con todas las vacunas y no se reportan casos de poliomielitis desde 1990, sarampión desde 1996 y tétanos neonatal desde 1997.

723.En 1998 se construyó el Centro Nacional de Biológicos, el cual ha ayudado a garantizar la calidad y efectividad de los biológicos utilizados para la vacunación.

724.En 1999 se introdujeron en el esquema nacional de vacunación las vacunas contra la hepatitis B y la rubéola, para el control de dichas enfermedades.

725.En enero del año 2002 se introdujo la vacuna pentavalente, que protegerá a los niños y niñas salvadoreños contra cinco enfermedades: difteria, tétanos, tos ferina, hepatitis B (que ya se tenían en el esquema de vacunación, pero por separado) y la vacuna contra hemophilus influenza (nueva vacuna en el esquema). La ventaja que ahora se ofrece es que todas van juntas en un solo producto biológico.

726.De acuerdo a los resultados de la Encuesta Nacional de Salud Familiar (FESAL), se puede evidenciar que los niveles de inmunización, entendidos como esquemas completos de vacunación, se han incrementado en los últimos cinco años para cuatro enfermedades (tuberculosis, difteria, tétanos, tos ferina, poliomielitis y sarampión). Para el período 1988-1993, el porcentaje total de cobertura alcanzaba el 75,3% y para el período 1993-1998, 78,5%. Según procedencia, para ambos períodos el comportamiento de la cobertura urbana varió levemente de 78,7 a 78,6%, en tanto que la cobertura rural varió de 72,7 a 78,4%, mostrando una notable mejoría.

727.Para la vacuna DPT (difteria, tétanos, tos ferina), el promedio para todos los grupos es de 85,0%. El promedio urbano es de 84,9% y el rural de 85,1%. La vacuna antipoliomielitis, promedio total de 84, 9%, urbano de 85,2% y rural de 84,7%. Para la vacuna antisarampión, total de 86,4%, urbano de 86,6% y rural de 86,2% (FESAL, 1998).

Esperanza de vida en El Salvador

(En años)

Categoría

1995-2000

2000–2002

Hombres

66,5

67,7

Mujeres

72,5

73,7

Urbana

72,3

73,1

Rural

66,0

67,4

DIGESTYC 1995, proyección de la población 1995–2005. No se reporta esperanza de vida por grupos socioeconómicos.

728.La cobertura de control prenatal a nivel institucional por personal capacitado asciende a 51%. La cobertura de parto institucional por personal capacitado (médico y enfermera), equivale al 42% y la razón de mortalidad materna institucional es de 62 por 100.000 nacidos vivos.

Inscripción prenatal institucional

1999

2000

2001

2002

23.634

25.683

32.004

29.285

(24,5%)

(23,3%)

(32,7%)

(32,0%)

Partos atendidos (institucional)

1999

2000

2001

2002

26.240

23.317

20.413

19.988

(32,1%)

(30,1%)

(27,1%)

(29,2%)

729.A partir de 1999 se incluyó la información estadística sobre los principales problemas de salud en adolescentes.

Mortalidad materna en adolescentes

1999

2000

2001

2002

9

18

6

7

(29,0%)

(32,7%)

(12,7%)

(8%)

Párrafo 51 de las directrices

730.El Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, MSPAS, definió y adquirió el compromiso de impulsar la modernización institucional como base del proceso de reforma sanitaria, readecuando la organización y gestión de sus estructuras en todos los niveles, promoviendo un plan de reestructuración que supone la separación de las funciones de rectoría, regulación y provisión de servicios.

731.Se han realizado talleres para la revisión de normas y responsabilidades en la Gerencia de Salud Ambiental y en la normativa de vigilancia epidemiológica.

732.Se ha informado a la Organización Mundial de la Salud, OMS, sobre el anteproyecto del Código de Salud, el cual aún se encuentra en fase de aprobación. Por otra parte, la Ley de trasplantes de órganos y tejidos fue aprobada, quedando pendiente elaborar el reglamento de la misma.

733.Se diseñó el nuevo modelo de atención integral en salud, fundamentado en programas de atención integral que contienen elementos específicos de promoción y protección y recuperación de la salud, que requiere de una alta participación comunitaria. Este nuevo modelo se implementa a través de un nuevo modelo de provisión de servicios, que son los Sistemas Básicos de Salud Integral (SIBASI).

734.La gerencia de salud ha implementado no sólo el modelo de atención al adulto masculino, sino también ha fortalecido la implementación de la estrategia de rehabilitación basada en la comunidad. En 1997 surgió la Política Nacional de la Mujer, que contenía un capítulo en lo que concierne a la mujer adolescente y de igual manera la nueva Política Nacional de la Mujer (2000-2004) mantiene un capítulo dedicado a esa materia.

735.En 1999, el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS) creó la Gerencia de Atención Integral en Salud de Adolescentes, integrada por un equipo multidisciplinario que elaboró el Programa Nacional de Atención Integral de Salud de Adolescentes, según Resolución ministerial Nº 310 del 4 de abril de 2001. Además se actualizaron las normas de atención integral de adolescentes, según Resolución ministerial Nº 389, del 24 de septiembre de 2002.

736.En noviembre de 2001 se creó la Política Nacional para el Desarrollo Integral de la Niñez y Adolescencia, que con sustento en la Alianza Solidaria del Programa de Gobierno, el MSPAS ha concentrado su accionar en el acceso efectivo a los servicios de salud, identificando a la población adolescente como un grupo prioritario.

737.La Propuesta de Reforma Integral en Salud aspira a garantizar en una primera etapa servicios esenciales de salud para la población rural y urbana marginal.

738.Ampliar la cobertura de los servicios básicos de salud a la población adolescente.

Evolución de la consulta médica en El Salvador

1999

2000

2001

2002

402.778

443.377

449.989

503.316

(5,4%)

(5,4%)

(5,5%)

(6,1%)

739.Entre las medidas adoptadas a ese respecto pueden mencionarse: a) elaboración de Normas para la Atención, Control y Prevención del Dengue (MSPAS, marzo de 2002); b) Propuesta de Norma Técnica de Calidad del Aire; c) Propuesta Técnica por Emisiones por Fuentes Fijas; d) Programa de Vigilancia de la Calidad del Agua con el apoyo de la OPS, el UNICEF, COSUDE; e) aprobación de la Norma Salvadoreña Obligatoria de Agua Envasada (julio de 2002); f) Ley de medio ambiente (marzo de 1998); g) Sistema de Evaluación Ambiental, Permiso Ambiental, Auditoria Ambiental (Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, MARN); h) aprobación del Reglamento Especial de Aguas Residuales (MARN, mayo de 2000); i) Reglamento Especial en materia de Sustancias, Residuos y Desechos Peligrosos (MARN, mayo de 2000); j) Reglamento Especial de Desechos Sólidos (MARN, mayo de 2000); k) manejo sanitariamente seguro de los desechos infecciosos en algunos hospitales del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, Instituto Salvadoreño del Seguro Social y algunos hospitales privados, a partir de junio de 1999; l) se ha incluido en los Programas de Atención Integral en Salud, acciones específicas para promover y fomentar la salud ocupacional.

740.Se ha conformado la Comisión Nacional Intersectorial de Seguridad y Salud Ocupacional, que está desarrollando acciones específicas para mejorar la seguridad y la salud de los trabajadores en El Salvador. Esta comisión ha elaborado el anteproyecto de la Ley nacional de prevención de riesgos laborales, para ser sometida a la aprobación de la Asamblea Legislativa.

741.De igual manera, se están planificando proyectos intersectoriales en coordinación con la Organización Panamericana de la Salud, OPS, para generar entornos saludables en las maquilas y para diseñar e implementar estándares de salud para los y las trabajadores de las mismas.

742.Como parte de la Alianza Solidaria, se están desarrollando los procesos de fomento de la participación local y la descentralización de la gestión gubernamental y acceso a los servicios básicos de salud, mediante: a) inicio de la reforma del sector salud orientada a la construcción de un sistema nacional equitativo, eficaz y participativo; b) descentralización e introducción de incentivos de mercado en la provisión de servicios de salud; c) incentivar proyectos locales de promoción de la salud; d) prevención de enfermedades y saneamiento básico y ambiental que promuevan la participación organizada y sostenida de la comunidad y los gobiernos locales; e) fortalecimiento de la vigilancia e intervención de la salud de la población, mediante:  1) creación de la Dirección de Control y Vigilancia Epidemiológica dentro de la estructura del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social; 2) implementación del sistema de vigilancia de lesiones de causa externa; 3) desarrollo del recurso humano en epidemiología a nivel de maestría, diplomado y básico; f) abordaje de las epidemias en coordinación con otras instituciones y comunidad; g) desarrollo de programas de prevención de enfermedades transmisibles; h) consolidación de la erradicación de poliomielitis y sarampión; i) investigación e intervención oportuna ante la presencia de casos importados de sarampión.

743.La Ley de atención integral de la persona adulta mayor (publicada en el Diario Oficial Nº 164, Tomo 356 de fecha 5 de septiembre de 2002), establece que la atención para los ancianos es gratuita, favoreciendo el acceso de los adultos mayores a programas de atención en salud. De esa manera se reitera el derecho que ellos tienen a la atención gratuita en el sector salud (art. 10).

744.La Gerencia de Atención al Adulto Masculino ha diseñado el Plan Nacional para la Prevención y Control de las Enfermedades Crónicas, que está orientado a la prevención de las enfermedades y al tratamiento adecuado de los casos para prevenir complicaciones y disminuir la mortalidad por estas patologías. De igual manera, ha diseñado un Plan Nacional para la Prevención y Control del Tabaquismo, cuyo objetivo esencial es informar a la población sobre los efectos nocivos del tabaco y disminuir la morbilidad por efecto del consumo de tabaco.

745.Se ha conformado la Comisión Nacional para la Atención de las Personas Afectadas por Enfermedades Renales Crónicas, que se encuentra trabajando en el diseño de una estrategia nacional para mejorar la cobertura y la calidad de atención a la población afectada por estas enfermedades.

Párrafo 52 de las directrices

746.El artículo 10 de la Ley de atención integral de la persona adulta mayor, establece la gratuidad de la atención de los ancianos. Con ello se favorece el acceso de los adultos mayores a programas de atención en salud y de esa manera se refuerza el derecho que ellos tienen a la atención gratis del sector salud.

Párrafos 53 y 54 de las directrices

747.Con el fin de disminuir los embarazos a temprana edad, el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, MSPAS, ha considerado a partir del año 2000: a) capacitar a padres y madres en temas de salud sexual y reproductiva, principios y valores; b) capacitar a jóvenes adolescentes en temas de salud sexual y reproductiva, principios y valores; c) coordinar con las instituciones formadoras de recursos humanos y Ministerio de Educación para que incluyan en la currícula contenidos educativos en salud sexual y reproductiva, principios y valores.

M. Artículos 13 y 14

Párrafo 56 de las directrices

748.El artículo 55 de la Constitución de la República de El Salvador establece que:

"La Educación tiene los siguientes fines: lograr el desarrollo integral de la personalidad en su dimensión espiritual, moral y social; contribuir a la constitución de una sociedad democrática más próspera, justa y humana; inculcar el respeto a los derechos humanos y la observancia de los correspondientes deberes; combatir todo espíritu de intolerancia y de odio; conocer la realidad nacional e identificarse con los valores de la nacionalidad salvadoreña; y propiciar la unidad del pueblo centroamericano. Los padres tendrán derecho preferente a escoger la educación de sus hijos."

749.El artículo 56 de la Constitución de la República de El Salvador establece que:

"Todos los habitantes de la República tienen el derecho y el deber de recibir educación parvularia y básica, que los capacite para desempeñarse como ciudadanos útiles. El Estado promoverá la formación de Centros de Educación Especial. La educación parvularia, básica y especial será gratuita cuando la imparta el Estado."

750.El artículo 58 de la Constitución de la República de El Salvador establece que:

"Ningún establecimiento de educación podrá negarse a admitir alumnos por motivos de la naturaleza de la unión de sus progenitores o guardadores, ni por diferencias sociales, religiosas, raciales o políticas."

751.Para dar cumplimiento a los artículos 55, 56 y 58 de la Constitución de la República de El Salvador, la Ley general de educación establece en los artículos 18 y 20 lo siguiente:

Artículo 18

"La Educación Parvularia comprende normalmente tres años de estudio y los componentes curriculares propiciarán el desarrollo integral en el educando de 4 a 6 años, involucrando a la familia, la escuela y la comunidad."

Artículo 20

"La Educación Básica comprende regularmente nueve años de estudio del primero al noveno grados y se organiza en tres ciclos de tres años cada uno, iniciándose normalmente a los 7 años de edad. Será obligatoria y gratuita cuando la imparta el Estado."

752.En El Salvador la enseñanza secundaria esta inmersa en el nivel de educación media y este nivel incluye el bachillerato general y el técnico vocacional. El bachillerato técnico requiere de una miniespecialización.

753.La enseñanza de educación media en el sector público no es gratuita, sin embargo es subsidiada por el Estado.

754.La Ley de educación superior en el capítulo IV, artículo 37, textualmente dice:

"Los estudiantes de educación superior gozan de todos los derechos y a que se les proporcione los servicios pertinentes de orden académico, cultural, artístico y social y están sujetos a las obligaciones que la presente ley, los estatutos y reglamentos de las Instituciones de Educación Superior establezcan. Los estudiantes de educación superior, de escasos recursos económicos, podrán gozar de programas de ayuda financiera previstos por cada institución o por el Estado, de conformidad a los requisitos que se establezcan en el reglamento de la presente ley. A ningún estudiante se le negará la admisión por motivos de raza, sexo, nacionalidad, religión, naturaleza de la unión de sus progenitores o guardadores, ni por diferencias sociales, económicas o políticas. Los estudiantes gozan del derecho a organizarse para defender sus derechos estudiantiles."

755.Los costos aproximados anuales por alumno/a de la educación técnica superior son equivalentes a 443,20 dólares de los EE.UU. y para la educación universitaria 529,56 dólares de los EE.UU.

756.La enseñanza en educación superior no es gratuita.

757.A través del Ministerio de Educación se desarrolla la educación fundamental por medio de los programas de alfabetización, escuelas nocturnas de adultos, terceros ciclos nocturnos y capacitación laboral, los cuales se desarrollan bajo la modalidad presencial; asimismo se desarrollan con la modalidad a distancia el tercer ciclo y el bachillerato general. Estos programas constituyen un sistema que parte desde la educación elemental ocupacional hasta la educación media.

758.Esta educación satisface las necesidades educativas básicas de la población joven y adulta que no logró incorporarse al sistema educativo regular, o que por diversas razones desertó de él.

759.La alfabetización y educación básica de adultos ha sido un componente significativamente apoyado, desde el estímulo económico al voluntariado, que orienta el proceso de aprendizaje, considerando que antes se hizo sólo por labor social y desde la sensibilización de cada persona, que ya poseía un nivel educativo o su cultura letrada. Esto ha sido muy importante a nivel de comunidades rurales y urbanomarginales, debido a que propicia niveles de subsistencia a personas con poca o nula capacidad económica

760.Otro efecto positivo que ha generado el apoyo a la educación de personas jóvenes y adultas puede notarse en todo el sistema de educación a distancia, EDA, pero, refiriéndose a la modalidad a distancia, en ésta ha habido significativa incorporación de la mujer para finalizar sus estudios de educación media, integrándose también personas que por diversos factores no finalizaron en el sistema regular.

761.Una medida importante adoptada para desarrollar y promover la alfabetización es el fortalecimiento de la coordinación interinstitucional y su aceptación como tarea de todos y todas (organismos gubernamentales; organizaciones no gubernamentales; organizaciones comunales; iglesias; universidades y empresa privada). Ésta ha sido una estrategia fundamental para ir generando estrategias específicas, que contribuye al avance de los programas educativos de personas jóvenes y adultas, presenciales y a distancia.

762.Todos los ciclos, desde educación parvularia hasta educación básica, tienen una secuencia gradual. El sistema de becas se implementa desde el nivel de educación media, ya que la educación básica en el sector público es gratuita.

763.En cuanto al sistema de becas en educación superior se cuenta con el apoyo de la Ley del fondo especial de los recursos provenientes de la privatización de ANTEL (Asociación Nacional de Telecomunicaciones, empresa estatal que manejaba las comunicaciones), mediante el cual se crea el Programa de Becas para realizar estudios de educación superior. Este sistema de becas pretende fortalecer la formación especializada del recurso humano necesario, para enfrentar los requerimientos del desarrollo, premiando y potenciando los esfuerzos y la excelencia académica de los salvadoreños/as, mediante el financiamiento total o parcial de estudios de grado y postgrado (maestrías y doctorados), ya sea en el país o en el extranjero.

Párrafo 57 de las directrices

764.Aun con todos los esfuerzos realizados, existen ciertos factores que afectan la dinámica de los procesos educativos y que escapan al control del sistema educativo, específicamente a la educación de personas jóvenes y adultas. Uno de estos factores problemáticos lo constituye el abandono escolar, ocasionado por las siguientes situaciones: a) problemas culturales (machismo, falta de apoyo familiar); b) inadecuada promoción de los programas educativos debido a la escasez de recursos; c) algunos grupos educativos dispersos, que dificulta el control y seguimiento sistemático; d) época lluviosa; e) lugares con alta peligrosidad (maras, delincuencia, escaso alumbrado eléctrico); f) época de trabajo agrícola; g) la extrema pobreza; h) migración; i) problemas de salud (falta de salud visual); j) poca sensibilización acerca de la problemática de ser persona analfabeta o con bajo nivel de escolaridad.

765.El Gobierno de la República contempla la creación y fortalecimiento de programas que faciliten el acceso a la educación a grupos con mayores niveles de pobreza. Para cumplir con este compromiso se han desarrollado acciones sustantivas como las siguientes: a) creación de diferentes modelos de servicios educativos para atender a personas que trabajan con extraedad, madres adolescentes, en situación de aislamiento geográfico, en comunidades de baja densidad poblacional y otros grupos con necesidades específicas; b) ampliar los niveles educativos introduciendo mecanismos de subsidio a la demanda; c) fortalecer e institucionalizar el Programa Escuela Saludable.

766.Algunas acciones operativas en ese sentido han sido: a) establecimiento de convenios para implementar acciones coordinadas con el Ministerio de Educación (MINED) para la atención de grupos específicos; b) continuar ofreciendo el modelo de servicios educativos especiales en las diferentes guarniciones militares de la Fuerza Armada; c) atender a estudiantes de extraedad a través de un programa de educación acelerada en el marco del Proyecto de Reforma Fase I; d) ampliar el número de secciones de educación a distancia de acuerdo a las metas logradas en el proyecto de préstamo del Banco Mundial para la educación secundaria; e) atender a la población joven y adulta de la zona rural y urbanomarginal con el Programa de Alfabetización de Adultos; f) diseñar e implementar programas para promover la matrícula y retención escolar mediante el subsidio a la demanda.

Párrafo 58 de las directrices

767Referente a datos estadísticos de alfabetización, puede señalarse que se ha dado una progresiva disminución del analfabetismo desde 1990, cuando la tasa de analfabetismo era de 24,5%, hasta el año 2003, que llega al 13%.

768.El número de personas que han sido alfabetizadas desde 1990 hasta el año 2002 asciende a 1.337.980 entre hombres y mujeres, mediante los componentes de alfabetización, centros de educación básica acelerada de adultos, educación a distancia y capacitación laboral.

769.Referente a la educación continua parvularia, básica y media, la matrícula de educación parvularia para 2002 era equivalente a 219.342 entre niños y niñas; la matrícula de educación básica para ese mismo año era equivalente a 1.274.810 entre niños y niñas; y la matrícula de educación media para el año 2002 ascendió a 158.137 jóvenes.

770.Respecto a las tasas de deserción escolar por grado de educación básica según sexo, para el año 2000 se identificó una tasa de deserción de 0,55% para el sexo masculino y 0,54% para el sexo femenino al nivel de noveno grado de educación básica.

771.El número de estudiantes de educación básica aprobados en el año 2000 asciende a 1.118.046 respecto a ambos sexos. Los estudiantes aprobados de educación media según departamento, años de estudio y sexo del año 2000 ascienden a 24.652, correspondiendo 11.549 para el sexo masculino y 13.103 al sexo femenino, para el tercer año de bachillerato.

772.La fase inicial de la educación básica acelerada de adultos se desarrolla en círculos de alfabetización, con una duración promedio de siete meses. Las personas educadoras son alfabetizadores voluntarios (entre hombres y mujeres), cuyo nivel educativo promedio es de noveno grado y atienden un grupo de 10 a 20 estudiantes en el círculo. Los aprendizajes que se obtienen equivalen al primer nivel de educación básica acelerada de personas jóvenes y adultas y desarrollan áreas básicas: socionatural, lenguaje y matemáticas.

773.La educación básica acelerada de adultos es la oferta educativa presencial que brindan las escuelas de educación básica acelerada de adultos, atendidas generalmente por personas docentes de las escuelas diurnas del sistema regular; trabajan diez horas a la semana y atienden de 20 a 30 estudiantes en secciones de primero, segundo y tercer nivel de educación básica y certifica dos grados por año lectivo.

774.El tercer ciclo nocturno presencial atiende a la población que trabaja y se han establecido los terceros ciclos nocturnos, los cuales son atendidos por personal docente pagado con presupuesto gubernamental.

775.Mediante la capacitación laboral, se busca formar y capacitar a nivel de semicalificación a las personas jóvenes y adultas de escasos recursos, en ocupaciones de rápida rentabilidad económica que les permita la inserción en el mundo del trabajo productivo. En cada curso participan entre 20 y 30 personas.

776.El programa de educación a distancia ha sido creado para dar oportunidad de continuar los estudios de tercer ciclo de educación básica y bachillerato general a la población joven y adulta que por diversas circunstancias no continuaron sus estudios en el sistema presencial y que no disponen del tiempo necesario para asistir diariamente a las clases presenciales. Se desarrolla a través de módulos autoformativos, diseñados en unidades de aprendizaje que se pueden estudiar en el lugar que se crea conveniente, donde la mayor responsabilidad recae en la persona que estudia, ya que propicia el autoaprendizaje en el hogar o en el lugar de trabajo.

777.La población a la que están dirigidos todos estos programas es aquella que por diversas circunstancias se quedó fuera del sistema educativo. Estas estrategias han servido para mejorar la formación educativa de estas personas.

778.El presupuesto para la alfabetización desde 1998 ha ido en incremento año con año, con fondos del presupuesto gubernamental:

Año

Monto

(Dólares EE.UU.)

1998

2.251.675,43

1999

2.251.675,43

2000

3.427.361,00

2001

3.184.821,00

2002

4.853.681,00

779.Entre las factibilidades o efectos positivos, puede mencionarse el progresivo avance en la coordinación interinstitucional para desarrollar los procesos educativos de educación de adultos presencial y a distancia, desde la alfabetización hasta el bachillerato general a distancia.

780.Además se tiene credibilidad institucional, a nivel nacional e internacional. En este sentido, la experiencia del Programa de Alfabetización de El Salvador (PAEBA) ha servido de modelo en otros países de Centroamérica, Sudamérica y el Caribe.

781.A nivel nacional se han unido esfuerzos entre la sociedad civil, organizaciones no gubernamentales y organismos gubernamentales para disminuir progresivamente el analfabetismo y elevar los niveles de escolaridad de la población joven y adulta. De igual manera, se ha logrado que la alfabetización tenga un nivel de prioridad a nivel nacional, desarrollándose una acción sistemática.

782.Las políticas institucionales han permitido abrir espacios para atender población joven y adulta del área rural, urbanomarginal, población interna de centros penales y centros de readaptación, instituciones militares e iglesias de diferentes denominaciones. Así como son destacables los avances y mejoras respecto a la participación de la mujer en los procesos educativos.

783.Por otra parte, entre las dificultades o efectos negativos pueden señalarse, en lo social, que aún persisten algunos factores culturales que inciden en los niveles de deserción e inasistencia femenina. Asimismo, la población prioriza otras necesidades básicas de su familia.

784.Entre las dificultades financieras puede destacarse que, aunque se tiene presupuesto asignado, éste es insuficiente debido a las demandas educativas, por lo que se prioriza focalizando la atención.

785.Operativamente, se han tenido dificultades en cuanto al proceso de control y seguimiento, que es insuficiente, lo que no permite verificar en su totalidad las acciones debido al poco recurso financiero para este proceso.

786.Pedagógicamente, el insuficiente control y seguimiento limita la asistencia técnica a los procesos de aprendizaje. Además, en las zonas muy alejadas y sobre todo rurales, no siempre se puede tener el recurso humano con el perfil ideal para desarrollar el proceso educativo.

Párrafo 59 de las directrices

787.Referente al presupuesto asignado al ramo de educación del año 1994 al 2003, se puede observar un incremento progresivo durante los años a los que se hace referencia pasando de 160.638.711,00 dólares de los EE.UU., equivalente al 14,7% del Presupuesto General de la Nación en 1994, a 484.485.705,00 dólares de los EE.UU., equivalente al 19,5% del Presupuesto General de la Nación para el año 2003.

788.El sistema escolar en El Salvador comprende cuatro niveles educativos: a) Educación parvularia; b) Educación básica; c) Educación media y d) Educación superior.

789.La educación parvularia es el primer nivel de educación formal dentro del sistema, es obligatoria y gratuita. Comprende los componentes curriculares que propician en niños y niñas de 4 a 6 años un desarrollo armónico e integral. Incluye tres años de formación: los dos primeros corresponden en su contenido a la concepción de educación inicial, y el tercero se centra en el aprestamiento para la escolaridad.

790.La educación parvularia concibe al niño y la niña como un ser total que emerge en un medio sociocultural concreto, con necesidades de crecimiento y desarrollo que deben ser atendidas en forma integral y conjuntamente entre la escuela y la comunidad. Se fundamenta en los conocimientos universales sobre el desarrollo evolutivo de la niñez y en las características específicas que se derivan del contexto salvadoreño, así como de las condiciones sociales, económicas y culturales de las familias.

791.Además, la educación parvularia tiene gran trascendencia como apoyo para el desarrollo de los niños y niñas, principalmente de aquellos socialmente menos favorecidos, ya que apoya de manera fundamental a la niñez, a los maestros y maestras, así como a las familias, para enfrentar con mayor seguridad y posibilidad de éxito el proceso de escolarización en la educación básica.

792.La educación básica es obligatoria y gratuita, y constituye el cimiento para un aprendizaje permanente y para el desarrollo humano. Responde a las necesidades básicas de aprendizaje, tanto generales (universales) como particulares (de los individuos en su contexto socioeconómico y cultural), ambas orientadas al mejoramiento de la calidad de vida de la persona y su comunidad.

793.La educación básica enfatiza el desarrollo de las estructuras y habilidades intelectuales que permiten el aprendizaje continuo, más que en la adquisición de informaciones. Promueve el desarrollo de la personalidad y de los valores básicos para la realización e identidad personal y social.

794.Por su parte, la educación básica se organiza en tres ciclos de complejidad creciente y comprende nueve años de estudio, divididos en tres ciclos:

-El primer ciclo, se ocupa principalmente de los procesos de desarrollo y dota al educando de los medios para avanzar con seguridad en su proceso de escolarización. Promueve las habilidades básicas de tipo intelectual y psicomotor, la creatividad, la identidad y los valores individuales y sociales, y dota a la niñez de las herramientas de la lectoescritura y el cálculo inicial, con el fin de facilitar su proceso de escolarización.

-El segundo ciclo, orienta al educando en su emerger a la dinámica sociocultural; para ello, sus aprendizajes enfatizan en el carácter social. Afianza la formación de valores y el desarrollo de habilidades, destrezas, hábitos y actitudes iniciados en el ciclo anterior, para lograr aprendizajes de mayor complejidad intelectual que exigen mayor concentración, rigor, independencia de criterio y la ejecución de un trabajo cooperativo.

-El tercer ciclo, profundiza la integración cultural y enfatiza la formación de valores, el desarrollo de habilidades y estrategias para la construcción de conocimientos útiles y pertinentes, como también en su aplicación creativa. Se complementa con la orientación vocacional en todo el proceso educativo con el propósito de que se puedan identificar las aptitudes técnicas, artísticas y profesionales de acuerdo con las habilidades, destrezas, actitudes e intereses de los educandos.

795.La educación media es el nivel complementario de la educación básica, el inicio de la educación profesional y además habilita para niveles superiores de educación. Se orienta al desarrollo de: a) conocimientos generales, humanísticos y científicos de carácter formativo y propedéutico o preparatoria para la continuación en el nivel superior; b) conocimientos tecnicoprofesionales que capacitan para el ejercicio y responsabilidad en áreas y campos ocupacionales; c) aprendizajes sociales necesarios para desenvolverse como ciudadano consciente de los deberes y derechos en una sociedad democrática, con las capacidades básicas para participar en procesos de investigación, producción y creación de bienes materiales y culturales.

796.La educación superior constituye la cúspide del sistema educativo nacional salvadoreño y representa las más altas aspiraciones de formación científica, humanística y tecnológica dentro de la educación formal. Por su naturaleza, es la fuente de orientación para la vida nacional en todas sus esferas considerando los desafíos que plantea una sociedad en continua transformación.

797.La educación superior tiene como propósito la formación de profesionales en todas las áreas con el fin de contribuir al desarrollo y crecimiento económico, cultural y social, a través de la ciencia y la tecnología, orientadas al mejoramiento de la calidad de vida de la población salvadoreña. Por ello, su misión consiste en promover en los futuros profesionales la creatividad y la búsqueda de estrategias encaminadas a solucionar los problemas de la sociedad salvadoreña en el marco de un desarrollo sostenible, basado en los valores humanos y democráticos.

798.Bajo esa perspectiva, la docencia, la investigación y la proyección social, como las tres funciones básicas de la educación superior, se integran para formar profesionales con capacidad de pensar y actuar de acuerdo con las necesidades de desarrollo y de transformación social. De conformidad con la Ley de educación superior, este nivel educativo comprende la educación tecnológica y la educación universitaria.

799.La educación tecnológica es la formadora de los profesionales creativos, capaces de encontrar soluciones prácticas y adecuadas a los múltiples requerimientos de la sociedad, en la perspectiva de lograr una suficiencia tecnológica y el desarrollo sostenible de la economía nacional.

800.La educación tecnológica forma profesionales competentes para desempeñarse en los campos técnico y tecnológico, destinados a satisfacer las necesidades del sector productivo: a) el campo tecnológico forma los cuadros básicos capaces de innovar, diseñar y desarrollar productos, técnicas, aplicaciones y enfoques operativos necesarios en la dinámica productiva, en un campo cientificotécnico que articula teoría y práctica; b) el campo técnico operacionaliza el dominio de procesos específicos propios de un área, con énfasis en la práctica y en la aplicación.

801.Por su vínculo con el quehacer productivo del país, las carreras tecnológicas giran en torno de las necesidades de desarrollo del sector de la producción. Su orientación especializada ofrece una formación interdisciplinaria sólida en el área de las ciencias y un enfoque hacia la actualización permanente, en virtud del ritmo de los avances en este campo.

802.La educación universitaria prioriza la formación académica e investigativa e incluye el campo de desarrollo tecnológico. Promueve la sistematización del conocimiento universal y el trabajo académico por áreas disciplinarias de las que deben partir las transformaciones socioculturales del país, buscando extender las fronteras disciplinarias del conocimiento mediante la investigación básica y aplicada.

803.La formación universitaria es de carácter más universal en cuanto a la amplitud de los conocimientos, al rigor intelectual, al enfoque epistemológico y al análisis y síntesis de tales conocimientos. Incluye los estudios de grado y de postgrado, orientados a formar profesionales que sean capaces de difundir y producir ciencia, cultura y tecnología. Los postgrados enfatizan en la creación y aplicación de conocimientos en función de las demandas y expectativas del país. Esos estudios contribuyen a la transformación de la cultura.

804.Las funciones de las instituciones del nivel superior son la investigación, la docencia y la proyección social, que se interrelacionan para darle coherencia al desarrollo curricular de este nivel educativo.

805.Las modalidades de educación especial tienen un alcance amplio, ya que brindan atención a todas las personas que, por condiciones de carácter físico, intelectual o sociocultural, en mayor o menor grado, requieren de apoyos especiales, dentro o fuera del ámbito de la educación regular.

806.El reconocer la educación de todas las personas como un derecho, significa que las instituciones educativas regulares necesitan prepararse y fortalecerse conceptual y técnicamente, para acoger y atender a quienes tienen necesidades educativas especiales. Ello representa la responsabilidad de una prestación de servicios educativos de calidad para toda la diversidad de educandos en todos los niveles y modalidades del sistema educativo.

807.La Conferencia Mundial de Educación para Todos (Jomtiem, Tailandia, 1990); la Cumbre Mundial a favor de la Infancia (Nueva York, 1990) y la Conferencia Mundial de Salamanca (1994) sobre necesidades educativas especiales de acceso y calidad, constituyen el marco para la propuesta de la educación especial y han introducido el concepto de atención a las necesidades educativas especiales.

808.Los esfuerzos que se han llevado a cabo para este fin han sido orientados a poner al servicio de la educación regular la riqueza técnica y metodológica con que se cuenta en esta modalidad educativa, a fin de ofrecer respuestas pertinentes a la diversidad, dando un salto cualitativo que le ha permitido superar los enfoques unilaterales (médicos, psicológicos o rehabilitatorios) para plantear un enfoque pedagógico e interdisciplinario que intenta dar respuesta a la diversidad en el ámbito escolar.

809.La introducción del concepto de necesidades educativas especiales ha constituido una ampliación del concepto de necesidades educativas básica. En ese sentido, en todos los niveles y modalidades del sistema educativo nacional, el concepto pone de manifiesto la necesidad de que la educación especial se convierta en una herramienta tecnicopedagógica al servicio del sistema educativo regular, a fin de que éste pueda dar respuesta en una forma pertinente a la diversidad de la población escolar.

810.La modalidad de educación de adultos constituye un mecanismo para contribuir a la implementación de programas socioeconómicos y políticos, así como al proceso de desarrollo democrático. Por la diversidad de sus campos de acción, varían las formas de entrega de servicios, adecuando el currículo para conseguir sus objetivos de atender de modo flexible y pertinente a la población joven y adulta que por diversos factores no ha tenido acceso al sistema educativo regular.

811.A fin de responder a las necesidades y aspiraciones de sus beneficiarios, la educación de adultos no se sujeta a la jornalización del año escolar; tiene una administración flexible y capaz de ajustarse a las limitaciones de tiempo de las personas que aprenden. Las experiencias de aprendizaje parten del contexto en el que se desenvuelven las personas que se asocian al proceso educativo; se estructuran en función de sus necesidades educativas básicas, permitiéndoles progresar y pasar de lo que son a lo que deben ser. El currículo gira en torno de la persona asociada como individuo y como colectividad, lo que le transforma en un proceso social, participativo y solidario.

812.El proceso educativo, en esta modalidad, presenta variadas opciones de tipo formal y no formal: alfabetización; educación básica y media; educación a distancia y educación-trabajo, proyectándose hacia la continuidad educativa.

813.La alfabetización equivale al primer nivel de educación básica de adultos y al primero y segundo grados de educación básica regular. Su estrategia de entrega es presencial. Integra los conocimientos de lectoescritura, cálculo básico y los conocimientos del ámbito sociocultural. Éstos se organizan en cuatro áreas curriculares integradas: a) nosotros y nosotras (enfoca la identidad personal y familiar, relaciones humanas e identidad nacional y cultural); b) nuestras necesidades básicas (enfoca la salud de la comunidad y el trabajo); c) mejor en democracia construyendo la paz (enfoca los derechos humanos y su relación con los principios democráticos y la equidad como sustento de la paz); d) población y democracia en El Salvador (enfoca el crecimiento poblacional, el desarrollo sostenible y la ubicación geográfica de El Salvador en Centroamérica).

814.Los objetivos que se propone este desarrollo curricular son: a) promover la acción alfabetizadora como eje facilitador para la satisfacción de las necesidades educativas básicas de las personas adultas, especialmente las relacionadas con el trabajo productivo y el desarrollo de la comunidad; b) consolidar habilidades, actitudes y la práctica de valores de las personas para que continúen en el proceso educativo y mejoren sus roles como individuos, miembros de una familia y colectividad, trabajadores/as y ciudadanos.

815.La educación básica de adultos comprende cuatro niveles, cada uno de ellos corresponde a la educación básica regular como sigue: primer nivel, 1° y 2° grados; segundo nivel, 3° y 4° grados; tercer nivel, 5° y 6° grados; y cuarto nivel o tercer ciclo, 7°, 8° y 9° grados.

816.Los tres primeros niveles se desarrollan de manera presencial, cada uno de ellos en un año de estudios. El tercer ciclo se atiende a distancia, adoptando el nombre de Programa de Educación Básica a Distancia, PREBAD.

817.El Programa PREBAD contempla las asignaturas de lenguaje, inglés, estudios sociales, matemáticas, ciencia, salud y medio ambiente, los cuales se estructuran con base en macroproblemas sociales.

818.Los lineamientos generales establecidos para el currículo de bachillerato general del nivel medio se adaptan para el desarrollo del bachillerato a distancia y comprenden dos áreas curriculares: a) formación básica, que se organiza en torno de los contenidos propios de las ciencias y las humanidades. Sus asignaturas, además del contenido cognitivo, incluyen espacios para la práctica, aplicación y creación; b) formación aplicada, que comprende un conjunto de actividades integradas de carácter multidisciplinario, bajo la forma de problemas u objetos de estudio. En esa perspectiva, se contempla la organización de seminarios y proyectos sobre problemas inspirados en la realidad nacional.

819.La educación–trabajo es una opción educativa no formal que se desarrolla mediante la estrategia presencial; comprende la formación ocupacional inicial de las personas jóvenes y adultas para su inserción en el ámbito laboral; habilita para desempeños específicos en áreas de trabajo técnico, productivo y de servicios. Los contenidos curriculares de la educación–trabajo se estructuran en dos áreas: a) formación ocupacional, y b) formación complementaria.

820.La formación ocupacional comprende tres dimensiones: i) tecnicoinstrumental, que proporciona los conocimientos, habilidades y destrezas para las diferentes tareas y operaciones correspondientes a cada ocupación; ii) académica básica, que comprende los contenidos elementales de matemáticas y lenguaje, vinculados con la ocupación, necesaria para desempeñarla en forma eficiente; iii) orientación humanística, que promueve valores y actitudes positivas para consigo y los demás, en el mundo del trabajo, sea en las esferas pública o privada, como empresa particular, trabajo doméstico y cooperativo.

821.La formación complementaria comprende dos dimensiones: i) la orientación laboral, que brinda los conocimientos y las herramientas necesarias para tener éxito en los procesos de selección de personal y de desempeño laboral, en el marco del empleo en empresas; y ii) la orientación microempresarial, que ofrece los conocimientos, procedimientos y herramientas fundamentales para organizar su propio negocio o microempresa en forma asociativa.

822.Para la construcción, rehabilitación y readecuación de la infraestructura de centros escolares (escuelas), en el Ministerio de Educación existe la Dirección Nacional de Diseño y Supervisión de Infraestructura, cuya función principal es velar por la satisfacción de las necesidades de infraestructura educativa en los centros escolares que lo requieren, principalmente en las que se van creando.

823.Según lineamientos proporcionados por el Ministerio de Educación, la proximidad entre las escuelas debe de ser 3 kilómetros. Esta normativa es flexible para la creación de un nuevo centro escolar a menor distancia, cuando entre una comunidad y otra se presentan zonas de riesgo como: cruzar un río, una quebrada, una carretera y otros problemas de tipo social.

Párrafo 60 de las directrices

824.La cobertura en educación media por sexo es de 49,35% para el sexo masculino y 50,65% para el sexo femenino. El total de instituciones del nivel medio en el sector público es de 414, de las cuales 6 instituciones atienden exclusivamente a niñas con una proporción de 0,01%; las restantes 408 instituciones son de carácter mixto.

825.Los niños y las niñas que se benefician entre el año 2000 y 2002 de manera acumulada con las metodologías de educación ascienden a 12.800, de los cuales 5.760 son niños y 7.040 niñas. Para ese mismo período de manera acumulada, 7.095 niños y 5.805 niñas se beneficiaron con las aulas alternativas.

826.Se estima que en los diversos programas de educación de adultos, con la modalidad presencial y a distancia se incorpora el 48% de hombres y el 52% de mujeres. En cuanto a la proporción de hombres y mujeres que accesan al nivel de educación superior, la población estudiantil del año 2001 fue de 109.946 estudiantes, equivalente al 54,16% para el sexo femenino y el 45,84% para el sexo masculino.

827.Las políticas institucionales se orientan a que los programas educativos de personas jóvenes y adultas promuevan la integración de la población más vulnerable y en situación de desventaja social como internos de los centros penales, población de menores en proceso de readaptación, hijos e hijas de señoras vendedoras de los mercados, madres adolescentes y en general la población rural y urbanomarginal

828.El Ministerio de Educación se integra a la ejecución de la Política Nacional de la Persona Adulta Mayor, donde participan otros sectores del área social y específicamente la Secretaría Nacional de la Familia.

829.En el área educativa de las personas adultas mayores se desarrollan las actividades siguientes: se realizan esfuerzos para permitir y facilitar el acceso a las personas adultas mayores a la educación media; en educación básica se han incorporado maestros jubilados para que proporcionen algunas asignaturas al alumnado; se han creado comités formados por jóvenes que promueven a las personas adultas mayores, para que se incorporen en actividades recreoeducativas grupales que fortalezcan la autoestima de las personas adultas mayores; se realizan campañas a través de los medios de comunicación a fin de promover y fomentar el mantenimiento de las actividades de la vida diaria y proceso normal de envejecimiento; se imparten cursos sobre la prevención de hábitos nocivos; se desarrollan contenidos sobre valores y cuidados para las personas adultas mayores en las escuelas de padres y madres; se han establecido programas intergeneracionales en las escuelas, en los centros de bienestar infantil, en la comunidad y en donde las personas adultas mayores puedan prestar servicios de voluntariado; existen mecanismos de coordinación con instituciones de educación media y superior que en función del servicio social colaboran en la atención a las personas adultas mayores; se promueve, con instituciones culturales, educativas y de formación profesional, la organización de cursos de artesanías, manualidades; se promueve y orienta a los estudiantes egresados de las carreras humanísticas para que, en sus trabajos de graduación, investiguen los programas de atención a las personas adultas mayores, ya sean organismos gubernamentales o no gubernamentales, y presenten propuestas de atención; se han establecido programas intergeneracionales en las escuelas, en los centros de bienestar infantil, círculos de alfabetización en la comunidad y en donde las personas adultas mayores puedan prestar servicios de voluntariado; existe un 5% de personas alfabetizadoras (de un total de 6.000 personas) que son de la tercera edad, por lo general maestros jubilados; se promueve a las personas adultas mayores de las áreas rurales y de comunidades en desventaja social para que se incorporen a las acciones de alfabetización como beneficiarios (estas personas constituyen un 15% de la población total beneficiaria de alfabetización).

830.En síntesis, se promueve a las personas adultas para que se incorporen a la labor educativa, ya sea como facilitadoras de educación de personas jóvenes y adultas o como beneficiarias de los programas de educación; y se promueve su incorporación como instructoras de cursos en formación ocupacional o como beneficiarios aprendiendo un oficio que les permita mejorar las condiciones de vida actuales.

831.Para atender a la niñez de escasos recursos de las zonas rurales, en 1991 se creó el Programa Educación con Participación de la Comunidad (EDUCO), que tiene como finalidad incrementar la cobertura educativa del nivel parvulario y básico en las poblaciones que por sus características geográficas y marginalidad rural no han tenido acceso a los servicios educativos. Se sustenta localmente en la Asociación Comunal para la Educación (ACE), integrada por padres y madres de familia que, además de administrar los servicios, se encargan de contratar a los maestros y maestras, así como de promover diferentes estrategias para apoyar el aprendizaje de sus hijos.

832.El Estado es responsable de asegurar a las personas con discapacidad el goce de la libertad, la educación, la salud, la cultura, el bienestar económico y la justicia social, así como asumir la coordinación de las acciones encaminadas a proveer una atención integral y equiparada de oportunidades a las personas con discapacidad, liderando la elaboración de políticas, impulsando la formulación de planes y programas, determinando las áreas temáticas prioritarias, financiando los servicios de atención para las personas en situación de pobreza, aprobando las normas y vigilando la calidad de los servicios. Para obtener mayor eficacia y eficiencia, el Estado deberá desprenderse progresivamente de la administración de establecimientos que puedan ser gerenciados por otras organizaciones privadas o fundaciones.

833.El ente público rector para cada área especializada de atención se rige de la siguiente manera: a) Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, en la prevención, detección temprana y atención en rehabilitación física, mental y psicológica; b) Ministerio de Educación, respecto a la educación escolar y profesional; c) Ministerio de Trabajo y Prevención Social, en cuanto a la rehabilitación profesional e inserción laboral; d) Ministerio de Obras Públicas, en la eliminación de barreras urbanoarquitectónicas y del transporte, por mencionar algunos.

834.Las ONG voluntarias (Asociación de Personas con Discapacidades o Familiares de personas con Discapacidades, otras ONG de fomento, apoyo, religiosas, gremiales), deben cooperar con las entidades que dirigen y lideran las acciones de prevención, detección temprana y referencia oportuna de discapacidades, rehabilitación integral, educación y trabajo, entre otros. De igual manera, deben apoyar acciones relacionadas con la prevención primaria, protección social, económica y jurídica. Las acciones deberán ser coordinadas con el Consejo Nacional de Atención Integral a Personas con Discapacidad (CONAIPD) y serán sujetas a revisión y a convenios.

835.El papel que desempeñan los organismos no gubernamentales del sector privado, como fundaciones privadas y otros actores, son de extrema importancia en el desarrollo personal e integración social de las personas con discapacidad, cuyas necesidades son múltiples y la capacidad de financiamiento y provisión de los servicios por parte del Estado limitadas. En este sentido, es importante fortalecer la participación de estas instancias en el financiamiento y provisión de atención integral de las personas con discapacidad.

836.Con respecto a los niños impedidos física y mentalmente, en el año 2000 se aprobó la Política Nacional y Ley de equiparación de oportunidades para las personas con discapacidad, cuyos principios son: a) integración de las personas con discapacidad; b) equiparación de oportunidades, y c) promoción de la autonomía y protagonismo de las personas con discapacidad en la solución de sus problemas.

837.La integración de las personas con discapacidad determina que dichas personas no pueden ser aisladas de la comunidad de la que forman parte. Tienen el derecho de vivir, estudiar, laborar y disfrutar de su tiempo libre en la forma que lo hace el resto de personas de la comunidad. En tal sentido y en la medida de lo posible, la provisión de servicios de atención integral debe realizarse en condiciones similares a las del resto de la población.

838.La equiparación de oportunidades implica establecer condiciones equiparables por medio de apoyos, que complementen capacidades y eliminen obstáculos que limitan o excluyen a las personas con discapacidad, en el acceso o disfrute de los servicios y bienes de la sociedad en general y de su comunidad en particular.

839.La promoción de la autonomía y protagonismo de las personas con discapacidad en la solución de sus problemas establece el rompimiento de los esquemas y estrategias de atención basadas en el proteccionismo asistencialista, que generan dependencia extrema y pasividad. La nueva política integral estimula la participación activa y directa de las personas con discapacidad, en las decisiones y acciones que los involucran; incentivando la autonomía personal y la autosuficiencia laboral; impulsando el creciente protagonismo individual y colectivo en la resolución de conflictos y problemas propios.

840.La atención educativa de estudiantes con discapacidad en El Salvador está orientada a las necesidades específicas de aprendizaje en el medio que les proporcionará la menor segregación posible. En tal sentido, la cobertura de la población con necesidades educativas especiales es de 37.868 estudiantes, de los cuales 35.574 son atendidos en el sistema educativo regular a través de servicios de apoyo, como se detalla a continuación: 646 aulas de apoyo educativo; 50 servicios psicológicos; 38 terapias de lenguaje; 550 escuelas integradoras; 19 secciones rurales de educación especial y círculos de alfabetización. Para poder brindar dicha atención se ha trabajado en procesos de sensibilización, capacitación y asistencia técnica a docentes, directores, madres y padres de familia.

841.En relación a la práctica pedagógica dentro del aula en función de la atención a la diversidad, las acciones que se realizan son las siguientes: a) proceso de sensibilización a directores y docentes de escuelas regulares; b) talleres de actualización profesional a docentes de escuela regular; c) asistencia técnica y monitoreo a los niños y niñas integrados; d) capacitación a docentes de los diferentes servicios de educación especial.

842.Se han diseñado documentos, tales como: manuales de funciones tecnicoadministrativo de los diferentes servicios de educación especial; política y normativa de atención a población con necesidades educativas especiales; normativas para la atención a estudiantes sordos; estrategias para la atención de las alteraciones de la articulación de la voz, habla y lenguaje; documento de apoyo para el proceso de integración educativo; módulo de atención a la diversidad; manual de inserción laboral para escuelas de educación especial; instrumentos de planeamiento y evaluación en el aula de los aprendizajes para las escuelas de educación especial; formación de intérpretes de lengua de señas; apoyo a docentes para la atención de problemas en el aprendizaje; apoyo de tutores a escuelas de estudiantes sordos; apoyo de intérpretes a estudiantes de bachillerato presencial; dotación de aparatos auditivos a estudiantes hipoacústicos; dotación de sillas de ruedas a estudiantes integrados; dotación de material bibliográfico a servicios psicológicos.

843.Entre los progresos logrados a este respecto pueden mencionarse: ampliación de cobertura en la zona rural y urbana marginal, garantizando el acceso de toda la población con necesidades educativas especiales; diversificación de la oferta educativa, que responde a las necesidades de la población; apertura de bachillerato para estudiantes sordos; y apertura de círculos de alfabetización para estudiantes sordos.

844.Respecto a los niños y niñas inmigrantes, hijos de personas extrajeras que llegan a trabajar en El Salvador, el sistema educativo no hace distinción en la condición de nacionalidad para estudiar, no importa si el estudiante es hijo de un migrante con o sin documentación. Pueden continuar sus estudios siguiendo los trámites siguientes: a) presentar a la Dirección de Acreditación del Ministerio de Educación los documentos de acreditación de sus estudios autenticados en su país de origen; b) en el caso de no presentar la acreditación de sus estudios autenticados, tienen la opción de someterse a una prueba de suficiencia.

845.Los niños y niñas pertenecientes a minorías indígenas, el sistema educativo de nuestro país los absorbe dentro del sistema formal de educación, sin ninguna distinción.

846.Los sistemas de becas en El Salvador son los siguientes: a) becas Presidente de la República de El Salvador; b) becas Doctor José Antonio Rodríguez Porth; c) becas con fondos del Gobierno de El Salvador, GOES, (con el presupuesto del Ministerio de Educación).

847.Las becas Presidente de la República apoyan a los 56 estudiantes más distinguidos de bachillerato general egresados de instituciones oficiales de educación media, de escasos recursos económicos y con deseos de continuar con sus estudios. La beca consiste en la asignación de 7.800,00 colones anuales por cada estudiante seleccionado (equivalente a 891,00 dólares de los EE.UU.), entregados mediante una cuota bimensual de 1.300,00 colones (149,00 dólares de los EE.UU.) durante la vigencia de sus estudios, con un máximo de cinco años y medio, más un diploma de reconocimiento. Estas becas fueron instituidas en el año 1990, según Decreto ejecutivo Nº 36, de fecha 30 de mayo de 1990.

848.Mediante las becas Doctor José Antonio Rodríguez Porth, se apoya a los 28 estudiantes más distinguidos de bachillerato técnico vocacional que concluyen su educación media, de escasos recursos económicos y con deseos de continuar con sus estudios, otorgando tres becas a los tres primeros bachilleres generales y una a cada uno de los otros bachilleratos técnicos vocacionales; la beca consiste en la asignación de 7.800,00 colones anuales (891,42 dólares de los EE.UU.) por cada estudiante seleccionado, entregados mediante una cuota bimensual de 1.300,00 colones (148,57 dólares de los EE.UU.), durante la vigencia de sus estudios, con un máximo de cinco años y medio, más un diploma de reconocimiento. Las becas Doctor José Antonio Rodríguez Porth se comenzaron a otorgar a partir de 1989, según Decreto ejecutivo Nº 7, de fecha 25 de agosto de 1989.

849.Las becas con fondos GOES persiguen como propósito principal el facilitar el acceso a educación media a estudiantes de limitados recursos económicos y alto rendimiento académico, provenientes de las zonas rurales y urbanomarginales de nuestro país que finalizan el tercer ciclo de educación básica. Estas becas se otorgan desde 1999.

Programa de Becas de Educación Media

Año

Beneficiarios

Total de

becarios/as

Femenino

Masculino

1999

498

592

1.000

2000

747

703

1.450

2001

468

432

900

2002

448

394

842

2003

251

243

494

850.Otras medidas adoptadas para facilitar el acceso al nivel de educación básica son: a) la enseñanza es totalmente gratuita; b) no se exige uniforme para asistir al centro educativo; c) se creó el Programa Escuela Saludable, con el objetivo de cubrir las necesidades básicas en salud, educación, alimentación, nutrición e infraestructura de la población escolar de las escuelas públicas urbanomarginales y rurales del país.

851.En el sistema educativo la lengua materna que se enseña es el castellano.

852.A través del Consejo Nacional para la Cultura y el Arte (CONCULTURA), se imparte enseñanza del idioma nahuat en dos centros educativos de Nahuizalco, departamento de Sonsonate, mediante la promotora de la Casa de la Cultura de Nahuizalco. Se han iniciado encuentros interculturales escolares, con el objetivo de conocer in situ la comunidad indígena y escuchar a los nahuablantes. Para ese fin se ha designado a Santo Domingo de Guzmán, departamento de Sonsonate, como la comunidad más propicia, ya que cuenta con el mayor número de nahuablantes.

853.Al menos se han realizado dos talleres sobre estrategias para el rescate del idioma nahuat, en Sonsonate y Santo Domingo de Guzmán, con el objeto de sensibilizar y buscar apoyo de líderes indígenas para facilitar la implementación de una prueba piloto que permita a las comunidades involucrarse en el proyecto. Para ello se cuenta con el apoyo de la Universidad Don Bosco, quien proporcionará el equipo de profesionales expertos en rescate de idiomas.

Párrafo 61 de las directrices

854.En el marco de las reformas para fortalecer la calidad del sistema educativo, la gestión actual del Ministerio de Educación (MINED) enfatiza el área pedagógica, con el propósito fundamental de mejorar la atención de la niñez y la juventud en todos los centros educativos del país adquiriendo valor preferentemente contar con maestros y maestras actualizados, motivados y comprometidos en la realización de prácticas educativas significativas.

855.El MINED inició a partir del año 2001 la ejecución de cambios significativos en cuanto a la atención técnica de directores, maestros y maestras implementando una estrategia descentralizada de desarrollo profesional docente, lo cual implica un cambio radical en la atención de directores, directoras y docentes, modificando los estilos tradicionales de capacitación centralizados por un Sistema de Desarrollo Profesional Docente basado en las necesidades de formación y actualización de manera continua.

856.Los sueldos de los maestros oscilan en un promedio mensual de 500,00 dólares de los EE.UU.

857.A las modalidades de administración escolar local, Asociación Comunitaria para la Educación (ACE), Consejo Educativo Católico Escolar (CECE) y Consejo Directivo Escolar (CDE), se les van a transferir fondos para la ejecución del Plan de Desarrollo Profesional Docente de cada centro educativo de los niveles de parvularia y educación básica. Para los complejos educativos o similares sólo se transferirá a docentes de esos niveles.

858.La transferencia para el desarrollo profesional docente de los niveles de parvularia y educación básica, será financiada con fondos del Convenio de Préstamo BIRB Nº 4320-ES Primera Fase, con un aporte de 2.300.000,00 dólares de los EE.UU., beneficiando así a 5.000 directores y 35.000 docentes del sector público urbano y rural a nivel nacional. Las áreas de inversión del fondo de desarrollo profesional docente son: contratación de servicios profesionales externos, bibliografía especializada, material didáctico y gastos de operación. La ejecución del plan de desarrollo profesional estará encaminada a fortalecer las competencias requeridas para el desempeño eficiente de los directores, subdirectores y docentes.

859.Las formas de asistencia técnica comprenden: círculos de estudio; cursos libres; talleres de reflexión crítica sobre las prácticas educativas; congresos; talleres y otros.

860.Como incentivos, se han otorgado fondos para incentivar la labor de los docentes proporcionando: pasantías para docentes, becas para docentes, bono a la ruralidad, bono al desempeño institucional y nivelación salarial a todos los docentes.

Párrafo 62 de las directrices

861.El establecimiento o creación de un centro educativo nuevo puede efectuarse por iniciativa de las comunidades, un organismo gubernamental y no gubernamental, las municipalidades, o por un organismo internacional.

862.Para facilitar la acreditación de los centros escolares se creó la Dirección de Acreditación, cuya función principal consiste en legalizar y acreditar los centros educativos.

863.Las comunidades que desean crear centros educativos, tanto públicos como privados, deben cumplir ciertos requisitos como los siguientes: a) llenar la solicitud respectiva con datos completos; b) documento probatorio de calificación del lugar, revisión, vía y zonificación, el cual debe ser solicitado en la Oficina de Planificación del Área Metropolitana de San Salvador (OPAMS ), o instancia que la alcaldía local designe; c) currículum vitae de cada docente (fotocopia del número de identificación tributaria, NIT, datos personales, estudios realizados y experiencias de trabajo, todo con los anexos respectivos); d) horario de clases por grado, según carga académica de los programas de estudio; e) reglamento interno de la institución (derechos y deberes de los estudiantes, docentes y padres de familia); f) inventario real que detalle el mobiliario y equipo adecuado, material didáctico, bibliografía y otros, los cuales deben estar dentro de la institución; g) plan de funcionamiento (introducción, objetivos generales y específicos, metas, actividades, recursos, cronograma anual y otros que contribuyan a visualizar la misión del centro educativo); h) esquema de infraestructura indicando los espacios de administración (dirección, secretaría, etc.), salones de clases espaciosos a razón de 1,30 m2 por estudiante, ventiladores e iluminadores de forma natural, servicios sanitarios (uno por sexo a razón de dos servicios por cada 30 ó 40 estudiantes); i) croquis de ubicación del centro educativo dentro de la localidad.

Párrafo 63 de las directrices

864.Durante el período al que se refiere el informe, no se han dado cambios en las políticas y leyes nacionales que afecten negativamente el derecho a la educación; por el contrario, se han mejorado las leyes relacionadas y se han creado otras a fin de atender a la diversidad de demandas.

865.Los cooperantes en el campo de la educación apoyan el fortalecimiento de áreas específicas con el objetivo de mejorar la calidad de la educación, velando por la ampliación de la cobertura con mayor énfasis en el área rural, la equidad de género. Específicamente apoyan las áreas tales como: alfabetización de adultos; evaluación de la educación; elaboración de informes de estadísticas educativas; desarrollo curricular; formación de docentes; programas para niños trabajadores; programas de inserción para jóvenes con problemas e integración social.

N. Artículo 15

Párrafo 66 de las directrices

866.En 1991 se creó el Consejo Nacional para la Cultura y el Arte, CONCULTURA, como una entidad desconcentrada del Ministerio de Educación mediante el Decreto ejecutivo Nº 55, de fecha 20 de septiembre de 1991, publicado en el Diario Oficial Nº 206, Tomo 313 del 4 de noviembre de ese mismo año. El fin principal de CONCULTURA es investigar, conservar, fomentar, promover y difundir la cultura y valorar las artes. Sus dependencias están destinadas a desarrollar las actividades relacionadas con el arte y la promoción cultural, así como las tareas de protección, conservación y difusión del patrimonio cultural.

867.El programa de transferencia de fondos a organizaciones culturales no gubernamentales, fue creado en 1995, como un esfuerzo para incrementar la participación ciudadana y aumentar la calidad y cantidad de espacios de desarrollo y disfrute de la cultura. Esa estrategia ha dado resultados valiosos de descentralización de acciones culturales y de respaldo a los organismos y comunidades que se responsabilizan de la protección, conservación y promoción de la cultura y el arte.

868.Hasta la fecha por lo menos 38 organizaciones culturales no gubernamentales han participado de las transferencias hechas por CONCULTURA, colaborando así en la difusión y desarrollo de la cultura salvadoreña. Las experiencias del programa de transferencia de fondos han facilitado una mayor eficiencia en la ejecución de proyectos culturales bajo la supervisión gubernamental.

869.El programa de transferencia de fondos ha permitido compartir responsabilidades entre el Gobierno y las organizaciones culturales no gubernamentales, para lograr metas culturales más amplias. Además, ha facilitado una mayor cobertura geográfica y de estratos sociales, por la diversidad de entidades afines al trabajo cultural nacional.

Presupuesto anual asignado al sector cultura

Año

Monto

Monto

(Colones)

(Dólares EE.UU.)

1991

31.534.500,00

3.603.942,86

1992

39.962.690,00

4.567.164,57

1993

54.215.910,00

6.196.104,00

1994

46.281.880,00

5.289.357,71

1995

87.598.810,00

10.011.293,00

1996

108.461.400,00

12.395.589,00

1997

90.947.775,00

10.394.031,00

1998

93.751.170,00

10.714.419,00

1999

97.828.845,00

11.180.439,00

2000

109.283.494,00

12.489.542,00

2001

119.353.500,00

13.640.400,00

2002

107.730.000,00

12.312.000,00

870.Entre 1995 y 2002, CONCULTURA ha contado con una infraestructura pública que cuenta con: casas de la cultura; comités de apoyo a las casas de la cultura; bibliotecas públicas; parques recreoeducativoculturales; museos y otros.

871.La Red de Casas de la Cultura es la encargada de promover la participación popular en la cultura. Actualmente está conformada por 154 Casas de la Cultura en todo el territorio nacional y 1 que funciona en el exterior, situada en Los Ángeles, California, Estados Unidos de América. A nivel nacional se distribuyen en los 14 departamentos en que se divide el país, de la siguiente manera: 10 en Santa Ana, 8 en Ahuachapán, 12 en Sonsonate, 8 en La Libertad; 19 en San Salvador, 13 en Chalatenango, 6 en Cuscatlán, 15 en La Paz, 8 en San Vicente, 7 en Cabañas, 12 en Usulután, 13 en San Miguel, 11 en La Unión y 12 en Morazán.

872.Las Casas de la Cultura se encargan de resguardar las tradiciones y costumbres de las comunidades. Son espacios de acceso de la población para el goce de diferentes manifestaciones culturales. Entre las actividades que realizan se encuentran: exposiciones culturales, cursos de capacitación artística, certámenes, organización de grupos artísticos, presentaciones artísticas, festivales folclóricos y apoyo al arte popular de las comunidades, entre otras.

873.Para la emergencia de 2001 propiciada por los terremotos que azotaron el país, las Casas de la Cultura implementaron programas emergentes de atención psicológica a la población afectada en los campamentos que se establecieron; en especial, se procuró la participación de la población infantil y de personas de tercera edad.

874.Cada una de las Casas de la Cultura se apoya en un Comité de Apoyo, conformado por personas de la comunidad. Los comités de apoyo deben contar con personería jurídica, para poder funcionar y suscribir un convenio de administración de fondos con CONCULTURA. Esos comités están integrados por un mínimo de siete personas, cinco de ellos electos en asamblea general de socios (presidente, vicepresidente, prosecretario, tesorero y protesorero). Los cargos de coordinador general y secretario corresponden, automáticamente y sin elección, respectivamente, al director y promotor de cada Casa de la Cultura.

875.Los comités de apoyo son la máxima autoridad para la administración de los fondos que se asignan. Asimismo, deben garantizar que los proyectos plasmados en los planes locales se realicen con el uso racional de los recursos. Además, deben trabajar por la integración y la participación de los diferentes sectores de la comunidad.

876.La Red de Bibliotecas Públicas tiene como objetivo facilitar los servicios de información y actividades de extensión cultural. En la actualidad se cuenta con 13 bibliotecas públicas, ubicadas en 11 de los 14 departamentos del país.

877.La Biblioteca Nacional de El Salvador fue fundada en 1870 e inaugurada oficialmente en 1888. En 1986 su edificio fue destruido por el terremoto de ese año. Para 1993 se trasladó al edificio que ocupa actualmente, ubicado en el centro de la capital del país. La visión de la Biblioteca Nacional es ofrecer nuevas tecnologías en los servicios de información que satisfagan las demandas de los usuarios, permitiendo el acceso universal a la información nacional, preservando además las colecciones en términos de seguridad, funcionalidad y climatización. La Biblioteca Nacional contribuye al fortalecimiento de la identidad cultural, recopilando, conservando y difundiendo el patrimonio bibliográfico de la nación, como medio informativo e investigativo que impulsa esfuerzos nacionales dirigidos a elevar el nivel social, económico y educativo de la población salvadoreña.

878.Se cuenta además con una Biblioteca y Hemeroteca Especializada en Antropología e Historia, ubicada en las instalaciones del Museo Nacional de Antropología "Doctor David J. Guzmán". Contiene un fondo bibliográfico especializado que data desde 1847 en las áreas de antropología, historia, arqueología, lingüística, etnología y etnografía, así como material hemerográfico constituido por periódicos, boletines, revistas, memorias, guías y tesis.

879.Los parques recreoeducativoculturales con que se cuenta en el área metropolitana de San Salvador son el Parque Zoológico Nacional, el Parque Saburo Hirao, el Parque Infantil de Diversiones y el Parque de la Familia, los cuales constituyen espacios para la familia y su función es recrear, educar y conservar la fauna y flora. En materia deportiva, se han venido desarrollando grandes esfuerzos con objeto de mejorar la infraestructura deportiva y mejorar las condiciones de los atletas salvadoreños.

880.La Red de Museos de El Salvador está conformada por nueve museos de los cuales uno es de antropología, tres son de arqueología, uno de historia, uno de historia natural, dos museos regionales (uno en el occidente y otro en el oriente del país) y un museo de televisión cultural educativa.

Estadística de visitas a los museos nacionales por personas particulares

1995-2001

Museo

1995

1996

1997

1998

1999

2000

2001

Total por museo

Museo Arqueológico Tazumal

118.845

86.080

85.250

13.335

6.748

-

35.093

345.351

Museo de Joya de Cerén

102.332

63.635

36.376

45.354

25.090

28.681

14.111

315.579

Museo Regional de Oriente

19.328

15.017

17.238

12.564

11.251

34.642

8.725

118.765

Museo Arqueológico

San Andrés

*

*

55.573

1.908

124.581

70.022

74.530

326.614

Museo Nacional de Antropología Doctor David J. Guzmán

**

**

**

**

**

2.359

6.504

8.863

Total por año

240.505

164.732

194.437

73.161

167.670

135.704

138.963

1.115.172

* Cerrado por mejoras.

** Cerrado por construcción.

881.El Salvador cuenta con cuatro salas de teatro en todo el territorio nacional: Teatro Nacional de San Salvador, Teatro Presidente, Teatro de San Miguel y Teatro de Santa Ana.

882.El Centro Nacional de Artes (CENAR) está ubicado en la ciudad capital. Es un centro de enseñanza y realiza actividades artísticas, imparte cursos libres sobre diversas disciplinas artísticas: pintura, escultura, música, teatro. La Escuela Nacional de Danza "Morena Celarié", es parte orgánica del CENAR y brinda cursos regulares sobre danza clásica, moderna y folclórica.

883.La Sala Nacional de Exposiciones, ubicada en la ciudad capital, está destinada para la realización de exposiciones de artistas de la plástica que tienen reconocimiento en el mundo del arte.

884.El Consejo Nacional para la Cultura y el Arte (CONCULTURA), mantiene una relación armoniosa de cooperación para el desarrollo de actividades culturales, con sectores privados. Entre los entes privados con los que ha venido trabajando pueden mencionarse los centros culturales de tres universidades del país (Centroamericana, Tecnológica y Doctor José Matías Delgado); los centros culturales de dos embajadas acreditadas (México y España); Centro de Estudios Brasileños; Centro Cultural Salvadoreño; Museo de los Niños "Tin Marín" y Alianza Francesa de El Salvador.

885.El Gobierno de El Salvador ha destinado fondos para el desarrollo de la infraestructura cultural. Se cuenta con espacios para ejercer la labor de investigación, recreación, producción, fomento y divulgación de las diversas expresiones de la cultura. En el marco de esas finalidades, CONCULTURA desarrolló en forma directa, entre 1999 y 2002, 30 proyectos de inversión en lo que respecta a construcción, reconstrucción, conservación y equipamiento de la infraestructura de servicios culturales, por un monto mayor a los 5 millones de dólares.

886.Para promover la identidad cultural, CONCULTURA ha creado unidades especializadas: la Unidad de Asuntos Indígenas; la Coordinación de Arte Popular; la Dirección de Inventario y Registro de Bienes Culturales; la Dirección de Publicaciones e Impresos y la Unidad de Fomento Artesanal.

887.La Unidad de Asuntos Indígenas (1995), tiene como políticas de funcionamiento: el reconocimiento y apoyo a la población y organizaciones indígenas de El Salvador; trabajo en la identidad, capacitación y fortalecimiento de esa población y contribuir hacia un plan de desarrollo regional que la involucre.

888.La Unidad de Asuntos Indígenas se encuentra trabajando en la elaboración del Perfil Indígena, que representa un esfuerzo multisectorial conformado por representantes de diferentes carteras de Estado (Educación, Relaciones Exteriores, Medio Ambiente y Recursos Naturales, Salud Pública y Asistencia Social, Agricultura y Ganadería) y representantes de organismos de indígenas, bajo la coordinación de CONCULTURA y con el financiamiento del Banco Mundial. Este esfuerzo constituye uno de los mayores logros en la promoción de la identidad de la comunidad de indígenas de El Salvador.

889.El objetivo de la elaboración del perfil indígena es obtener información sistematizada, válida y confiable que sirva de referencia a las diferentes instituciones gubernamentales, organizaciones indígenas y otras ONG, que les permita emprender acciones estratégicas que beneficien a los pueblos indígenas y que contribuya a solventar sus problemas.

890.La Coordinación de Arte Popular (2002), funciona como facilitadora y propicia el desarrollo del arte y la cultura popular. En la actualidad realiza trabajo de campo, recogiendo las expresiones propias de las comunidades.

891.La Dirección de Inventario y Registro de Bienes Culturales tiene como labor la identificación, catalogación, valoración, acreditación, protección y control de los bienes culturales de El Salvador. Esta Dirección ha desarrollado el inventario de los bienes muebles y el archivo fotográfico de las colecciones de arqueología, historia y etnografía que son propiedad del Estado.

892.En 1998 se elaboraron el manual y formulario para el registro de los bienes culturales inmuebles (conocido como R1) y el manual y formulario del registro de bienes culturales muebles (conocido como RM).

893.El archivo de registro de los bienes culturales está clasificado en: a) bienes culturales (7); conjuntos históricos (1); lugares históricos (5); monumentos arqueológicos (7); centro histórico (1); monumentos nacionales (9); monumentos históricos nacionales (43).

894.De conformidad a la Ley especial de protección al patrimonio cultural de El Salvador y su Reglamento, todos los bienes registrados en la Dirección de Inventario y Registro de Bienes Culturales son considerados bienes culturales, en atención a lo dispuesto en el capítulo 1, artículo 2:

"Para los fines de esta ley, se consideran bienes culturales los que hayan sido expresamente reconocidos como tales por el Ministerio, ya sean de naturaleza antropológica, paleontológica, arqueológica, prehistórica, histórica, etnográfica, religiosa, artística, técnica, científica, filosófica, bibliográfica y documental."

895.La Dirección de Publicaciones e Impresos de CONCULTURA, contempla dentro de sus políticas editoriales la publicación de libros relacionados con la promoción de la identidad cultural salvadoreña y dentro de esas ediciones se tiene: Colección Biblioteca de Historia Salvadoreña; otros libros de Historia; Biblioteca Básica de la Literatura Salvadoreña; y varias biografías de escritores salvadoreños.

896.Como parte del trabajo por resguardar la identidad de la población salvadoreña, CONCULTURA, ha brindado su apoyo a la Iglesia Católica de El Salvador, para restaurar las iglesias que resultaron dañadas con los terremotos de enero y febrero de 2001.

897.La Unidad de Fomento Artesanal, tiene como objetivo el fomento de la producción artesanal, como parte del patrimonio del país. Esta unidad realiza una serie de actividades a nivel nacional, encaminadas a crear espacios de difusión y comercialización de las artesanías producidas por artesanos del país.

898.Entre las acciones que CONCULTURA junto a las organizaciones de indígenas ha realizado para promover la conciencia y el disfrute del patrimonio cultural de grupos étnicos y minorías nacionales indígenas pueden mencionarse: congresos etnolingüísticas; proyecto sobre educación intercultural y talleres.

899.Hasta la fecha se han desarrollado cinco congresos etnolingüísticos (1992, 1993, 1994, 1996 y 2001), con los cuales se pretende: a) Promover el idioma Náhuat, que es considerado un bien cultural; b) Ofrecer espacios de intercambio entre las organizaciones y comunidades indígenas con personas y entidades gubernamentales, científicas, estudiosas y la población en general, para lograr un entendimiento recíproco y c) Fortalecer la cooperación nacional e internacional, hacia la solución de los problemas de los grupos indígenas en los campos de los derechos humanos, el entorno natural, del desarrollo, de la educación y la salud.

900.En el marco del proyecto sobre educación intercultural se han realizado 13 talleres nacionales, en el interior del país con la cooperación de organizaciones indígenas, con apoyo de maestros/as indígenas de Guatemala, de la Dirección General de Educación Bilingüe Intercultural, DIGEBI.

901.Durante el año 2001 se implementaron diversos talleres a nivel nacional: tres talleres en el departamento de Sonsonate, con la Asociación Coordinadora de Comunidades Indígenas de El Salvador, ACCIES; dos talleres con la Asociación Indígena Sihuat; dos talleres con la Asociación Indígena Kakawira de Cacaopera, departamento de Morazán; un taller en Casa de la Cultura de Victoria, departamento de Cabañas; cinco talleres impartidos por el maestro indígena Eugenio Valencia Hernández, en la comunidad de San Pedro Puxtla, departamento de Ahuachapán.

902.Se desarrolló el Foro Pueblos Indígenas y Diversidad Biológica (2002), como actividad divulgativa del Convenio sobre la Diversidad Biológica y Corredor Biológico Mesoamericano.

903.En el marco del Programa de Apoyo a la Mujer Indígena se realizó el Primer Encuentro Nacional de Mujeres Indígenas (2002). El encuentro permitió visualizar la situación de las mujeres indígenas salvadoreñas en los aspectos sociales, culturales y económicos. Resultado del mismo fue la conformación de un Consejo de Mujeres Indígenas quienes le darán seguimiento, para ejecutar proyectos de desarrollo local en beneficio de sus comunidades.

904.El Departamento de Educación por Televisión, dependencia del Ministerio de Educación, fue creado en 1964, mediante el Acuerdo Nº 162 del 4 de noviembre de ese año, del cual dependía un canal estatal de televisión denominado Televisión Educativa. En 1991 Televisión Educativa pasó a formar parte de CONCULTURA y su nombre fue cambiado a Televisión Cultural Educativa, Canal 10.

905.La Televisión Cultural Educativa ha mantenido su misión de ser un medio de comunicación social, que promueve el rescate, conservación y fortalecimiento de la identidad cultural salvadoreña, a través de la producción y transmisión de programas de contenido educativo y cultural.

906.La programación de Canal 10 está estructurada en franjas televisivas, cuyos contenidos están orientados a la educación formal e informal, a los avances tecnológicos, al entretenimiento infantil y familiar, al deporte, a las diversas expresiones del arte y la cultura, a promover las tradiciones salvadoreñas y la salud. Con un horario regular de transmisión de lunes a viernes, de 8.00 a 23.00 horas y fines de semana de 11.00 a 23.00 horas.

907.Además de la producción nacional, se transmiten programas producidos por la Asociación de Televisión Educativa Iberoamericana (ATEI), de la cual Televisión Cultural Educativa es socia; DW de Alemania y de la señal EDUSAT de México, con los cuales se han establecido convenios sobre los derechos de transmisión.

908.De la producción local de Televisión Cultural Educativa, un 25% de sus programas se destinan a la difusión y fomento de la cultura del país, a través de: a) Noticiario Panorama Cultural, mediante el cual se informa sobre eventos culturales y artísticos que se realizan en el país; b) Debate Cultural, en el que se tratan temas diversos, arte, profesiones, literatura, historia, temas de la vida cotidiana, entre otros; c) Universo Crítico, se ocupa de personas, obras, ideas, eventos e instituciones relevantes en el acontecer cultural del país, con el objetivo de fomentar el ejercicio del pensamiento crítico; d) Documentales, es una producción especial de carácter histórico-cultural, con el fin de registrar en vídeo, la historia, sucesos y personajes que han marcado época en El Salvador, además, de destacar los recursos naturales y sus bondades.

909.Actualmente Canal 10 cuenta con dos transmisores que irradian una potencia en antena de 10 y 1 Kv respectivamente, instalado el primero en el Volcán de San Salvador y el segundo en Cerro Cachío de Ahuachapán, con lo cual se logra una cobertura aproximada del 70% del territorio nacional.

910.El descubrimiento del sitio arqueológico de Joya de Cerén en 1979, aportó nuevas perspectivas para la compresión de los grupos que habitaron la periferia del área cultural mesoamericana durante el periodo clásico prehispánico. El sitio arqueológico Joya de Cerén se localiza al noroeste de San Salvador, dentro del Valle de Zapotitán, en el distrito y municipio de San Juan Opico, departamento de La Libertad.

911.En la actualidad el sitio tiene una extensión de 5 ha, distribuidas en dos grandes espacios de funcionamiento: la zona restringida o de reserva arqueológica y la zona pública o parque arqueológico. Hasta la fecha, se han desarrollado cinco temporadas de investigación arqueológica y se han identificado 18 estructuras, 10 de las cuales se han excavado completamente y se ubican en 4 pozos de excavación.

912.Como producto de las investigaciones científicas continuas, se han recuperado y expuesto innumerables estructuras arqueológicas y artefactos de carácter doméstico y ritual, que debido a las condiciones propias del terreno en el que se han encontrado, han permanecido prácticamente intactos.

913.Por su importancia y características únicas, el sitio fue declarado en 1989 "Monumento Nacional", por la Asamblea Legislativa de El Salvador e inscrito en la Lista de Patrimonio Mundial de UNESCO en 1993.

914.Desde 1997 CONCULTURA ha trabajado en la elaboración de un plan para el manejo y la conservación de Joya de Cerén, siendo una de las primeras actividades la realización de un seminario, con participación internacional y el apoyo de UNESCO, para establecer directrices y criterios al respecto. A partir de 1999 el Instituto Getty de Conservación, en el marco del programa Iniciativa Maya, desarrolló actividades sostenidas para la preparación del plan de manejo del sitio.

915.La selección de un proyecto de esta índole respondió al interés de ambas instituciones, CONCULTURA y el Instituto Getty de Conservación, para llevar a cabo un plan que sirviera como modelo en el campo del manejo de patrimonio cultural y que sustentara, en el futuro, las políticas y prácticas para la conservación del patrimonio cultural de El Salvador y de los sitios arqueológicos en general.

916.Con la elaboración del Plan de Manejo de Joya de Cerén se ha integrado todas las acciones que se realizan en el sitio arqueológico, desde la conservación, la investigación y la presentación. Asimismo, la difusión, promoción, educación y administración, con el objeto de conservar el sitio y su significado cultural.

917.La libertad de creación y manifestación artística está contemplada dentro del derecho a la cultura que prescribe la Constitución de la República en su artículo 53, en el que se establece:

"El derecho a la educación y la cultura es inherente a la persona humana; en consecuencia, es obligación y finalidad primordial del Estado su conservación, fomento y difusión."

918.De igual manera la creación y manifestación artística, se reconoce de conformidad a lo establecido en el inciso segundo del artículo 103 de la Constitución de la República, que reconoce la propiedad intelectual y artística, por el tiempo y en la forma determinados por la ley. Entre la legislación secundaria, que norma la materia puede mencionarse la Ley Especial de Protección Cultural de El Salvador y su Reglamento.

919.La Ley de Fomento y Protección de la Propiedad Intelectual, tiene como principal objetivo el asegurar una protección suficiente y efectiva de la propiedad intelectual, estableciendo las bases que la promuevan, fomenten y protejan. La propiedad intelectual comprende la propiedad literaria, artística, científica e industrial.

920.La Dirección de Propiedad Intelectual, que depende del Consejo Nacional de Registros, tiene como misión proteger los derechos de propiedad intelectual, a través del Registro de Patentes, Marcas y Otros Signos Distintivos; el Registro de Actos y Contratos de Derechos de Autor y Derechos Conexos; y el Depósito de Obras Artísticas y Literarias, aplicando la legislación nacional e internacional.

921.CONCULTURA cuenta con instancias dedicadas a la enseñanza de las artes y apoya iniciativas privadas, a través del programa de transferencia de fondos.

922.El Centro Nacional de Artes (CENAR), desarrolla escuelas-taller sobre artes plásticas, música y teatro; la Escuela Nacional de Danza "Morena Celarié", imparte clases para diferentes niveles de danza clásica, moderna y de proyección folclórica; la Orquesta Sinfónica Juvenil, es administrada por el Patronato Pro Arte de El Salvador, con el subsidio de CONCULTURA; la Escuela de Artes de San Esteban Catarina, es dirigida por la Fundación de Artes, FUNDEARTES; y la Escuela Taller de Suchitoto, realiza talleres sobre albañilería, carpintería, herrería y electricidad, dirigidos a jóvenes, que trabajan por la conservación del patrimonio cultural edificado. Actualmente participan 85 estudiantes, 83 hombres y 2 mujeres.

923.En el ámbito curricular las universidades que contemplan carreras universitarias relacionadas con el ámbito artístico-cultural son: a) Universidad de El Salvador (estatal), contempla Licenciaturas en Artes Plásticas y Letras; b) Universidad Doctor José Matías Delgado, ofrece Licenciatura en Diseño Gráfico, Diseño Ambiental y Diseño Artesanal; c) Universidad Centroamericana Doctor José Simeón Cañas, ofrece Licenciatura en Letras y d) Universidad Tecnológica, que ofrece Licenciatura en Antropología, Arqueología e Historia. En este ámbito, cabe destacar que CONCULTURA ha firmado Convenios de Cooperación Técnica con la Universidad Tecnológica y la Universidad Albert Einstein.

924.El Premio Nacional de Cultura es un reconocimiento que el Gobierno de El Salvador realiza a través del CONCULTURA, a los salvadoreños cuya labor es de trascendencia para el país. Se otorga en las ramas de artes y patrimonio cultural. La entrega de este reconocimiento se fundamenta en la Ley del Premio Nacional de Cultura y su Reglamento. El premio consiste en un diploma de honor, medalla de oro y dinero cuya cantidad es el equivalente a veinticinco salarios mínimos. Dicho reconocimiento se realiza en la Casa Presidencial y es entregado por el Presidente de la República.

925.Durante los últimos años el premio ha sido otorgado a personas naturales y jurídicas: a) Maestro ceramista, César Sermeño, en Artes Plásticas, 1994; b) Escritor y Maestro Francisco Andrés Escobar, en Literatura, 1995; c) Maestro Pintor Camilo Minero, en Artes Plásticas, 1996; d) Cineasta Alejandro Cotto, en Patrimonio Cultural, 1997; e) Maestro Músico Esteban Servellón, en Música, en 1998; f) Directora y actriz Dora de Ayala, en Teatro, 1999; g) Maestro artesano Ángel Mendoza Alvarado, en Arte Popular, 2000; i) Asociación del Patrimonio Cultural de Santa Ana, APACULSA, en Patrimonio Cultural, 2001; j) Maestro danzante, José Raúl Flores Zelayandía, en danzas tradicionales, 2002.

926.Los Juegos Florales son certámenes literarios que llevan a cabo las Casas de la Cultura de las cabeceras departamentales de todo el país. Se realizan en el contexto de las fiestas patronales de cada localidad. Los géneros literarios que concursan son: cuento, novela, poesía y dramaturgia. Se crearon en 1968 mediante Decreto Nº 652, en cuyo artículo 1 establece:

"Queda establecida permanentemente la celebración anual de Juegos Florales en las ciudades de Santa Ana, San Miguel y las restantes cabeceras departamentales del país."

927.La encargada de la organización es una Comisión Nacional Organizadora la cual está integrada por funcionarios de CONCULTURA. En 1996 se publicó el Reglamento para la celebración de los Juegos Flores, en el que se estableció en su artículo 9, que:

"Sólo podrán participar en los Juegos Florales, los salvadoreños por nacimiento, mayores de 18 años."

928.CONCULTURA desarrolla otras actividades encaminadas a la conservación, el desarrollo y la difusión de la cultura, entre ellas se celebran tres festivales anuales: a) Festival por la Paz, que se realiza del 16 al 31 de enero de cada año, bajo la coordinación de la Oficina de Cultura de Paz de CONCULTURA; b) Festival Internacional de Teatro Infantil y c) Festival Centroamericano de Teatro. De igual manera se realizan anualmente una: 1) Temporada de la Orquesta Sinfónica de El Salvador, con participación de músicos internacionales invitados;  2) Temporada anual del Coro Nacional y c) Temporada Navideña de la Escuela Nacional de Danza.

929.Las instalaciones del parque arqueológico Joya de Cerén y el Museo Nacional de Antropología Doctor David J. Guzmán, cuentan con rampas diseñadas para el acceso de personas con problemas de motricidad.

930.La Biblioteca Nacional cuenta con la denominada Sala Braille, que tiene a disposición de la población ciega más de 600 títulos en sistema braille, entre ellos obras científicas, literarias, leyes de la República y códigos. Asimismo, se tiene un equipo electrónico especial y maestras voluntarias quienes apoyan a los usuarios.

931.La Casa de la Cultura del Ciego, funciona desde 1998, gracias a un acuerdo de cooperación entre CONCULTURA y la Asociación de Ciegos de El Salvador (ASCES), se atiende a las personas no videntes de todo el país. Cuentan con la participación y apoyo de las organizaciones que velan por la condición de la mujer ciega, los derechos humanos de las personas ciegas, la rehabilitación, la capacitación laboral y empleo, la educación y los deportes para ciegos. Asimismo, se trabaja por la prevención de la ceguera.

932.Entre las actividades que realiza la Casa de la Cultura del Ciego pueden mencionarse: a) convivios culturales; b) investigaciones sobre la comunidad; c) excursiones ecoculturales; d) certámenes de poesía y cuento; e) jornadas de capacitación en música, computación, para padres de familia de ciegos, en lectoescritura braille (alfabetización y desarrollo).

933.La Casa de la Cultura del Ciego, realiza celebraciones para conmemorar el Día Latinoamericano del Braille (5 de enero); Aniversario de Casa de la Cultura (26 de febrero); Día Nacional del Ciego (1º de marzo); Día del Bastón Blanco (15 de octubre) y Día Internacional de la Persona con Discapacidad (3 de diciembre). Y entre otros servicios que presta pueden mencionarse: biblioteca en negro y braille (básica); grabado de textos y obras literarias; apoyo en lectura, escritura, dibujo o digitación; apoyo o asesoría académica en la realización de tareas y trascripciones en braille.

934.En los parques recreativos y sitios arqueológicos públicos y bajo administración de CONCULTURA, los adultos mayores no pagan el ingreso a las instalaciones (Parque Infantil de Diversiones; Parque Saburo Hirao; Parque Zoológico Nacional; Parque Arqueológico Tazumal; Parque Arqueológico Joya de Cerén; Parque Arqueológico Casa Blanca). De igual manera, los adultos mayores no pagan su ingreso a los conciertos de la temporada de la Orquesta Sinfónica Nacional.

935.Como ya se ha mencionado, se está elaborando el perfil indígena en El Salvador con el apoyo del Banco Mundial y el aporte de las organizaciones indígenas, el cual establecerá directrices para los programas socioculturales destinados a la comunidad indígena.

936.El Estado no cuenta con datos estadísticos desagregados por sexo de la población indígena, y esa es una de las primeras aproximaciones de recomendación del perfil indígena, en cuanto a preparar las condiciones para levantar un censo a nivel nacional de esa población.

937.Debido a que el país tiene como característica un alto grado de mestizaje, la población indígena es difícil de reconocer y ha perdido casi en su totalidad su lengua ancestral (Nahuat, Lenca y Cacaopera), así como otros elementos culturales externos como el traje tradicional que les distingue.

Párrafo 67 de las directrices

938.El Consejo Nacional de Ciencia Tecnología, CONACYT, fue creado mediante Decreto legislativo Nº 287, publicado en el Diario Oficial de fecha 10 de agosto de 1992. Tiene como objetivo formular y dirigir la política nacional en materia de desarrollo científico y tecnológico, orientada al desarrollo económico y social del país.

939.Los programas que desarrolla actualmente el CONACYT son: a) Gestión y administración de los recursos financieros y la asistencia técnica nacional e internacional de apoyo a la ejecución del Programa Nacional de Desarrollo Científico y Tecnológico; b) Desarrollo de infraestructura necesaria para establecer el Sistema Nacional de Innovación Tecnológica; c) Fomento a las actividades tendientes a extender las fronteras del conocimiento, promoviendo la formación de científicos y técnicos, la enseñanza, perfeccionamiento y difusión de la ciencia y tecnología, acordes a los requerimientos del desarrollo económico y social del país; d) Dirección y coordinación de las actividades y la ejecución de la política en materia de Normalización, Metrología, Verificación y Certificación de la Calidad y e) Fomento y gestión de la calidad y la productividad.

940.A través del Museo de Historia Natural de El Salvador se investiga la fauna y la flora salvadoreña, desarrolla exhibiciones permanentes, temporales e itinerantes, valiéndose de los programas de estudio oficiales para diversos niveles educativos. Sus exhibiciones van desde aspectos didácticos de la interpretación natural, hasta temas especializados y de divulgación científica.

941.El Museo de Historia Natural trabaja para mantener actualizados los inventarios de la vida silvestre, mediante convenios de cooperación con instituciones públicas como el Ministerio del Medio Ambiente y Recursos Naturales; organismos no gubernamentales y Asociaciones de Desarrollo Comunitario (ADESCO); con universidades e investigadores independientes.

942.De igual manera, el Museo es el custodio y el encargado de inventariar, preparar y mantener la Colección Nacional de Diversidad Biológica, que se encuentra en sus depósitos y que consta de: a) material petrológico que comprende una variedad de rocas y minerales de nuestro territorio; b) paleontología, que comprende tres grandes grupos de elementos fosilizados, son paleobotánica (muestras de plantas fosilizadas), paleontología de invertebrados (muestras de animales marinos e insectos en general) y paleontología de vertebrados; c) malacología, invertebrados marinos y terrestres; d) entomología, muestras de insectos de todos los órdenes; e) ictiología, muestras de peces; f) herpetología, muestras de anfibios y reptiles de todos los órdenes; g) mastozoología, pieles y cráneos de mamíferos nativos; h) ornitología, pieles de aves, nidos y huevos; i) herbario, comprende tres grandes grupos: la arpoteca (muestras de frutos y semillas), xiloteca (muestras de troncos de los árboles) y herbario en general.

943.El premio CONACYT a la difusión de la ciencia y la tecnología, se ha constituido para fomentar las actividades tendientes a extender las fronteras del conocimiento mediante el ejercicio del periodismo. Se premia la difusión y popularización de la información sobre ciencia y/o tecnología, realizada por los medios de comunicación social destacando la constancia y regularidad, y los trabajos elaborados por los comunicadores sociales sobre ciencia y/o tecnología relacionada con la realidad de El Salvador, desde 2001.

944.Con el fin de premiar la obra sostenida y continua de los medios de comunicación de prensa, radio y televisión, y motivar a mandos medios y comunicadores sociales a popularizar tópicos de ciencia y de tecnología mediante un tratamiento ameno, que permita permear a la sociedad en general, se entrega el Premio Nacional de Prensa en Ciencia y Tecnología CONACYT-ITCA/FEPADE.

945.La revista El Salvador Ciencia y Tecnología, constituye el medio de difusión oficial del CONACYT, alterna su contenido de acuerdo las dos líneas de trabajo: a) desarrollo científico y tecnológico y b) normalización, metrología y certificación de la calidad; se publica desde 1999.

946.La Dirección Nacional de Patrimonio Cultural de CONCULTURA, con el apoyo de la Agencia Española de Cooperación Internacional ha publicado investigaciones científicas entre las cuales pueden mencionarse: a) Investigaciones Arqueológicas de Ciudad Vieja, El Salvador, de William Fowler y Roberto Gallardo; b) La Evolución de la Antigua Civilización Nahua: los pipil-nicarao de Centroamérica, de William Fowler; c) La Producción de Hierro de Metapán, de José Antonio Fernández; d) Chalatenango, Historia Urbana (Monografía), de Hugo de Burgos; e) Sonsonate, Historia Urbana (monografía), de Hugo de Burgos; f) San Salvador, Historia Urbana 1900-1940 (monografía), de América Rodríguez.

947.El Salvador mantiene convenios de cooperación bilateral con países de mayor desarrollo científico y tecnológico, los cuales contribuyen para realizar el fomento y desarrollo de transferencia de tecnología.

948.El Convenio Marco del Programa Iberoamericano de Ciencia y Tecnología para el Desarrollo (CYTED), ha jugado un papel de importancia ya que mediante ese programa se actualiza el conocimiento científico y tecnológico de los investigadores salvadoreños, desde 1999; con lo que se contribuye a la innovación tecnológica del sector productivo mediante la incorporación de nuevas tecnologías, a través de la integración de empresas de diferentes países, utilizando el mecanismo IBEROEKA del Programa CYTED.

949.Con la finalidad de lograr transferir conocimientos a un mayor número de personas, a nivel nacional se han realizado diferentes seminarios, con la cooperación técnica y financiera de organismos externos.

950.Para lograr la sensibilización y organización del sector académico, alrededor de la producción y difusión de conocimientos de ciencia y tecnología, para su utilización en los procesos de innovación con participación de la sociedad, junto a 14 Universidades y 2 Institutos de Educación Tecnológica participantes se organizó la cátedra de Ciencia, Tecnología, Sociedad + Innovación (CTS + I).

951.La cátedra CTS + I se desarrolló de septiembre de 2000 a mayo de 2001, constó de siete módulos de seminarios presenciales y actividades telemáticas conducidas por expertos iberoamericanos de la Organización de Estados Iberoamericanos (OEI), y capacitó a 74 profesionales salvadoreños.

952.A través del Proyecto RedHUCyT, con la cooperación de la Organización de Estados Americanos (OEA), se logró la interconexión de tres universidades, un ministerio, un centro de investigación y una asociación de profesionales, mediante las cuales se obtiene y genera contenido informativo de ciencia y tecnología a través de Internet. Las instituciones favorecidas en la III fase del Proyecto fueron: Universidad Albert Einstein, Universidad Católica de Occidente, Universidad de Oriente, Centro Nacional de Tecnología Agropecuaria y Forestal, Dirección Nacional de Educación Superior del Ministerio de Educación y Asociación Salvadoreña de Ingenieros y Arquitectos.

953.Se elaboró el Directorio de Servicios de Apoyo a la Innovación Científica y Tecnológica de la Mediana y Pequeña Empresa en El Salvador, Centroamérica, en diciembre de 1999, con la cooperación de la Organización de Estados Americanos (OEA) y de la Comisión para el Desarrollo Científico y Tecnológico de Centroamérica y Panamá (CTCAP) y se encuentra disponible en el sitio web http://www.conacyt.gob.sv. Los campos de abordaje de ese sitio web son: a) asistencia técnica general, b) formación académica especializada, c) información y divulgación, d) investigación, e) mediciones, f) pruebas y ensayos.

954.El Centro de Información Tecnológica del CONACYT, es el responsable de la administración de la Secretaría de SVNet (autoridad Internet en El Salvador), inició en agosto de 1996 el registro de subdominios. Para septiembre de 2002, se han registrado 5,919 nuevos subdominios en SVNet los cuales ya están de alta bajo el top level de El Salvador (.sv).

955.La infraestructura de información del CONACYT, se ha venido mejorando constantemente, desde junio de 1998, cuando el nodo de conectividad a Internet alcanzaba una capacidad de canal de comunicación de 64.000 bits por segundo hasta octubre de 2001, que se amplio a 384.000 bits por segundo, mejorándose además, las condiciones físicas de la red interna del nodo. Lo que se ha traducido en una mejor calidad y mayor confianza, en los servicios de transferencia de información científica y tecnológica hacia los usuarios externos.

956.En noviembre de 1999 se publicó el sitio web Centro Virtual de Información de Normas de Centro América y Panamá (www.InfoQcentral.org.sv, y www.infoq.org.sv), que cuenta con información en línea de catálogos de normas, reglamentos técnicos salvadoreños, documentos de la ISO y del Codex Alimentarius. Ambas páginas web fueron desarrolladas en el marco del Proyecto Regional Sistema Integrado de Normalización, Metrología y Acreditación de la Calidad, auspiciado por la Comisión para el Desarrollo Científico y Tecnológico de Centroamérica y Panamá (CTCAP).

957.Constantemente se actualiza la información sobre las actividades del CONACYT así como la información científica y tecnológica en las páginas web: www.conacyt.gob.sv y www.infocyt.gob.sv, que sirve de guía a los sectores productivos del país.

958.Se han capacitado 960 personas, a través de charlas sobre servicios de Internet, usos y beneficios de la información tecnológica, dirigidas a gremiales, universidades, gobierno y hospitales.

959.El Sistema Nacional de Normalización, tiene como uno de sus principales objetivos dar apoyo técnico al intercambio comercial contemplado en los tratados de libre comercio que El Salvador ha suscrito con países socios. Para el desarrollo del sistema, se ha contado con la cooperación de los sectores productivos, a fin de llevar a cabo el desarrollo de las normativas técnicas oficiales de referencia, requeridas para la regularización de la calidad de los productos y servicios que participan en dicho proceso comercial.

960.En ese sentido, se han realizado acciones con objeto de potenciar su desarrollo: a) conformación de la Comisión Centroamericana de Armonización de Reglamentos Técnicos;  b) coordinación de comités técnicos de normalización; c) homologación de normas técnicas en la región centroamericana; d) adopción de normas internacionales (500 NORMAS UNE); e) difusión de normas técnicas a sectores empresariales, entre otras.

Párrafo 68 de las directrices

961.Para proteger la producción literaria El Salvador cuenta desde 1994 con la Ley del libro, cuyo objeto consiste en proteger los derechos intelectuales, morales y patrimoniales de los autores y creadores mediante el cumplimiento de la legislación nacional y la aplicación de los convenios y normas internacionales.

962.La Ley especial de protección al patrimonio cultural de El Salvador y su Reglamento, tiene como finalidad regular el rescate, investigación conservación, protección, promoción, fomento, desarrollo, difusión y valoración del patrimonio o tesoro cultural salvadoreño, a través del Ministerio de Educación. Para ese efecto, son considerados también bienes culturales los de interés artístico tales como: pinturas, esculturas, grabados, conjuntos y montajes artísticos originales en cualquier material. Asimismo, la danza, obras teatrales y literarias que sean consideradas por el Ministerio de Educación como parte del tesoro cultural salvadoreño.

963.Entre las políticas de la Dirección de Publicaciones e Impresos, se encuentra establecido el pago a los autores, de los derechos de edición unificado, con la elaboración de un contrato donde se determina la cantidad de ejemplares que autoriza el autor para que esa institución publique y la cantidad monetaria que se proporcionará por los derechos de autor, de común acuerdo. Asimismo se le brinda una guía para el registro de sus inéditos junto con una solicitud, requerimiento del Registro de la Propiedad Intelectual.

Párrafo 69 de las directrices

964.La revista Cultura, editada por CONCULTURA, tiene como fin promover el quehacer literario salvadoreño y de hispanoamérica; asimismo contiene otros temas de investigación cultural.

Párrafo 70 de las directrices

965.Se han sucrito cuatro convenios marco con entidades extranjeras: Convenio de Cooperación Técnica y Científica entre el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología de la República del Perú; LATU del Uruguay; SWISSCONTACT/PROEMPRESA y la Asociación Española de Normalización y Certificación (AENOR).

966.Se han adoptado cinco convenios marco con universidades del país: Universidad Evangélica de El Salvador; Universidad Salvadoreña Alberto Masferrer; Universidad Politécnica de El Salvador; Universidad Albert Einstein y Universidad Francisco Gavidia.

967.Con las Cámaras Empresariales y Gremiales Profesionales se han suscrito tres convenios marco: Asociación Salvadoreña de Industriales (ASI); Asociación Salvadoreña de Ingenieros y Arquitectos (ASIA), y Federación de Ingenieros y Arquitectos (FESIARA).

968.Con otras instituciones públicas se han suscrito dos convenio marco: Comisión Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (CONAMYPE) y Fondo Nacional para la Vivienda Popular (FONAVIPO).

969.Se han adoptado tres convenios multilaterales: convenio específico con 11 universidades y 2 institutos superiores, y con la Organización de Estados Iberoamericanos (OEI); para desarrollar la cátedra Ciencia, Tecnología, Sociedad e Innovación (red de Universidades de El Salvador).

970.Convenio específico con la Fundación Salvadoreña de Desarrollo y Vivienda Mínima (FUNDASAL), para ejecutar un plan piloto de tecnologías de viviendas, mediante la cooperación del programa CYTED.

971.Se han suscrito nueve convenios específicos para impulsar el Proyecto Gestión de Calidad y Seguridad Alimentaria de las PYMES ‑pequeña y mediana empresa‑ (BID/FOMIN), con Cámaras Empresariales, Instituciones de Apoyo y Universidades.

972.Se mantiene y desarrolla la cooperación con otras instituciones, como la Dirección General de Protección al Consumidor (DPC), adscrita al Ministerio de Economía.

973.Se ha firmado un convenio de trabajo conjunto entre el CONACYT y la DPC, para la aplicación de los controles metrológicos contemplados en la Ley del CONACYT y la Ley de la DPC. El primer programa de trabajo específico corresponde a la verificación de balanzas comerciales, el cual se está implementando y posteriormente se continuará con el de verificación de masa neta y volumen neto en preempacados.

974.Como ya se ha señalado antes, CONCULTURA ejecuta el programa de transferencia de fondos a organizaciones privadas y fundaciones sin fines de lucro.

975.Se difundió la propuesta del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SINACTI), que consta de los entornos científico, tecnológico, financiero y productivo.

976.Para estimular al sector académico, alrededor de la producción y difusión de conocimientos de ciencia y tecnología, para su utilización en los procesos de innovación con participación de la sociedad, se han generado instrumentos que permitan la organización de los entornos científicos y tecnológicos del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación.

977.Se hizo una propuesta al Centro Nacional de Tecnología Agropecuaria y Forestal (CENTA), sobre la aplicación del SINACTI para la innovación agropecuaria y forestal (2000).

978.Se propuso el Reglamento de la Red Nacional de Investigadores Científicos y Tecnológicos, para ser aplicado en las redes temáticas (2000), y se desarrolló el sitio web http://www.redisal.org.sv para difundir en Internet la base de datos de la red, la cual contiene: i) ficha de inscripción, ii) investigadores, iii) redes temáticas, iv) instituciones (diciembre de 2001).

979.Se creó la base de datos sobre investigadores nacionales con un total de 158 investigadores (2002). Se identificaron tecnologías de punta que puedan apoyar el desarrollo económico del país. Se brindó apoyo logístico al Curso Básico de Biología Celular y Molecular, impartido a distancia por la Universidad de Chile, con aportes de la Organización de Estados Americanos (OEA), y de la Comisión para el Desarrollo Científico y Tecnológico de Centroamérica y Panamá (CTCAP-1999), con la participación de 14 profesionales salvadoreños.

980.Se elaboró el documento "Elementos de Prospectiva Biotecnológica para impulsar el Desarrollo Económico de la Agroindustria Nacional" (2000), para identificar las tecnologías de punta que puedan apoyar el desarrollo económico del país. En el documento se hace referencia al ciclo de vida de las tecnologías de la información; tecnologías emergentes (biotecnología y nanotecnología); el papel de la biotecnología como parte del siglo de la bioeconomía, y su aporte potencial para transformar la agricultura y ganadería del país.

981.Se divulgaron los fundamentos, aplicaciones y prospectivas de la biotecnología, nanotecnología y sobre ciencias del conocimiento. Como base para el análisis de su papel potencial en el desarrollo tecnológico nacional, mediante ponencias presentadas en diferentes foros, conferencias, talleres y entidades.

982.Se firmó el Convenio Proyecto de Acción Potenciadora, PAP: "Fortalecimiento del Centro Nacional de Tecnología Agropecuaria y Forestal en materia de Biotecnología Agrícola", entre el Programa Iberoamericano de Ciencia y Tecnología para el Desarrollo (CYTED, CENTA y CONACYT-1999), mediante el cual la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI), otorgó 50.000 dólares de los EE.UU. Finalizó su ejecución en octubre de 2001.

983.Se gestionó ante la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI), la segunda fase del Proyecto de Acción Potenciadora, PAP: "Fortalecimiento del CENTA en materia de Biotecnología Agrícola". La AECI entregó al Centro Nacional de Tecnología Agropecuaria y Forestal (CENTA), 50.000 dólares de los EE.UU. para la ejecución de dicho proyecto de febrero 2002 a febrero 2004.

Párrafo 71 de las directrices

984.Se creó el Comité Interinstitucional de Derecho Internacional Humanitario de El Salvador, CIDIH-ES. La Secretaría Permanente del CIDIH-ES se encuentra en el Ministerio de Relaciones Exteriores. Su objetivo principal es funcionar como instancia asesora del Gobierno de la República, respecto a las medidas de aplicación y difusión de los convenios y protocolos del derecho internacional humanitario, así como sobre normas jurídicas nacionales o internacionales que surjan sobre esta materia, con el fin de dar cumplimiento a los compromisos adquiridos en materia de derecho internacional humanitario, en especial de las disposiciones de los Convenios de Ginebra y sus Protocolos adicionales de 1977.

985.El 29 de marzo de 2001 El Salvador ratificó la "Convención sobre Protección de Bienes Culturales en Caso de Conflicto Armado" (1954) y sus dos Protocolos. El CIDIH-ES pretende regular las obligaciones del Estado de El Salvador, para que se garanticen los derechos de las personas en conflictos armados internacionales o no internacionales. Dentro del trabajo que desarrolla el CIDIH-ES, puede mencionarse la aplicación de la "Convención sobre Protección de Bienes Culturales en Caso de Conflicto Armado". Una de las primeras actividades desarrolladas en este campo, lo constituyó el inicio de la señalización de los bienes culturales del país en 2001, señalizándose inicialmente el sitio arqueológico y patrimonio de la humanidad, Joya de Cerén.

986.CONCULTURA desarrolla una serie de actividades artísticas, directamente por parte de artistas o con la colaboración de las embajadas acreditadas en el país. Entre las actividades que se realizan pueden mencionarse el Festival por la Paz (participan: músicos, actores, bailarines, escritores y otros); Festival Internacional de Teatro Infantil; Festival Centroamericano de Teatro; Temporada Sinfónica y otras.

987.Durante el año 2000, se desarrolló el I Taller para el Combate del Tráfico Ilícito de Bienes Culturales Muebles, con apoyo de la Agencia Sueca de Cooperación Internacional (ASDI). Para la realización del II Taller (2002), aunaron esfuerzos, además de ASDI, la Policía Italiana, Policía Internacional -Francia (INTERPOL-Francia) y la representación de UNESCO.

988.Catorce bienes culturales de la Colección Nacional de Arqueología de El Salvador participaron en la exhibición temporal denominada "Los Mayas", en Venecia, Italia (1998), y posteriormente en México, D. F. (1999).

989.Los Proyectos de Ciudad Vieja y el Proyecto Inventario de Bienes Culturales Inmuebles, se ejecutan con la cooperación de la Agencia Española de Cooperación Internacional.

990.La Dirección Nacional de Patrimonio Cultural de CONCULTURA recibe cooperación técnica científica de los Gobiernos de México, Colombia, el Japón y la Argentina.

991.El "Proyecto de Reactivación del Añil" es apoyado por el Gobierno del Japón.

Párrafo 72 de las directrices

992.Ninguna ley o política ha afectado negativamente los derechos consagrados en el artículo 15.

Párrafos 73 y 74 de las directrices

993.La cooperación internacional, tanto bilateral como la recibida de organismos regionales e internacionales, ha jugado un papel importante en el desarrollo de proyectos relacionados con la ciencia, tecnología y la cultura, la cual se ha ejecutado a través de programas, proyectos específicos, equipamiento de bibliotecas, por mencionar algunas.

994.Para continuar impulsando el desarrollo científico y tecnológico, se han elaborado y presentado ante los organismos correspondientes proyectos de cooperación internacional.

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