Comité de los Derechos del Niño
Cuarto informe periódico que Timor-Leste debía presentar en 2020 en virtud del artículo 44 de la Convención *
[Fecha de recepción: 28 de abril de 2022]
Siglas
ASEANAsociación de Naciones de Asia Sudoriental
CPLP Comunidad de Países de Lengua Portuguesa
OIM Organización Internacional para las Migraciones
OITOrganización Internacional del Trabajo
ONGOrganización no gubernamental
ONU-MujeresEntidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las Mujeres
UNICEFFondo de las Naciones Unidas para la Infancia
I.Introducción
1.El Gobierno de la República Democrática de Timor-Leste aprovecha esta oportunidad para presentar al Comité información actualizada sobre los progresos realizados en la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño desde la presentación de los últimos informes periódicos. El presente informe abarca el período comprendido entre 2015 y 2019 en lo relativo a la Convención y el período comprendido entre 2008 y 2019 en lo relativo al Protocolo Facultativo relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía y al Protocolo Facultativo relativo a la participación de niños en los conflictos armados.
2.Tras la aprobación del último informe periódico presentado en virtud del artículo 44 de la Convención, el Gobierno de Timor-Leste inició los preparativos para la formulación de un plan de acción destinado a fortalecer aún más el sistema de aplicación del tratado y a dar seguimiento a las recomendaciones del Comité. Este proceso dio lugar a la aprobación en 2015 del Plan de Acción Nacional para la Infancia. El Plan de Acción proporciona directrices para todas las instituciones pertinentes en sus programas y planificación en áreas relacionadas con los derechos de la infancia.
Preparación del presente informe
3.Para la elaboración del presente informe, el Gobierno de Timor-Leste llevó a cabo una amplia consulta en todos los ministerios y otras instituciones estatales pertinentes a fin de recopilar información sobre la aplicación de diversas recomendaciones formuladas por el Comité.
4.Tras la finalización del primer proyecto de informe, la Comisión Nacional de los Derechos del Niño celebró una reunión con organizaciones nacionales e internacionales de la sociedad civil, así como con los representantes en el país de diversos organismos de las Naciones Unidas, a fin de recabar sus opiniones y comentarios sobre el proyecto de informe.
II.Medidas generales de aplicación
Información de seguimiento de las observaciones finales (CRC/C/TLS/CO/2-3)
A.Información relativa al párrafo 9 (marco legislativo)
5.Durante el período que abarca el informe, Timor-Leste ha dado pasos significativos para fortalecer el marco legislativo de protección de los derechos de la infancia. En enero de 2017, el Presidente promulgó la Ley de Prevención y Lucha contra la Trata de Personas. También se han promulgado otras leyes relacionadas con la protección de la infancia. Entre ellas figuran leyes clave en el ámbito de la educación, la lucha contra el tráfico ilegal de drogas y el régimen jurídico para regular las prácticas de artes marciales.
6.Además, varias leyes aprobadas han asegurado garantías específicas relacionadas directamente con los derechos del niño, como la legislación sobre seguridad social, la nueva ley sobre inmigración y asilo que incluye garantías específicas sobre la reunificación familiar y el control de entrada y salida del país, un régimen específico para apoyar el control de calidad de las instituciones que proporcionan cuidados alternativos a los niños y las niñas y leyes sobre el nuevo plan de estudios para la educación preescolar y básica.
7.El desarrollo del sistema jurídico en Timor-Leste es un proceso en evolución, que brinda al país la oportunidad de desarrollar un marco jurídico que sea capaz desde el principio de proporcionar una protección adecuada a los derechos del niño. Sin embargo, hay que reconocer que construir todo un sistema jurídico partiendo de cero es una tarea ardua. La aprobación de leyes relativas a los derechos de la infancia ha sido lenta. En parte, ello se debe a la necesidad de garantizar la eficacia y la coherencia entre las diversas leyes en este ámbito.
8.Se inició un proceso para la formulación y aprobación de la Ley de Protección de la Infancia. Sin embargo, este proceso no pudo concluir a causa de las restricciones en materia de procedimiento de tramitación de las leyes pendientes ante el Parlamento Nacional debido a la celebración de elecciones anticipadas en 2017. Ese proyecto de ley tenía como objetivo proporcionar un marco jurídico especial, con procedimientos legales específicos, a fin de garantizar de forma ágil una protección a los niños que corren el riesgo de que se violen sus derechos, en particular los que se encuentran en situación de abandono y descuido grave.
9.Tras finalizarse de forma prematura el proceso de aprobación de la Ley de Protección de la Infancia, actualmente se considera la posibilidad de concluir el proceso de redacción de una ley general sobre los derechos de la infancia, siguiendo las prácticas ejemplares de otros países dotados de sistemas de derecho civil. La dificultad sigue residiendo en elaborar de forma puntual un marco legislativo que tenga en cuenta la evolución de los asuntos relacionados con los derechos del niño y el marco jurídico general del país, la preparación de las instituciones encargadas de la aplicación, y que al mismo tiempo deje tiempo suficiente para garantizar un proceso participativo que también implique a la infancia.
10.Entretanto, en cooperación con el UNICEF, el Ministerio de Justicia dio los primeros pasos para redactar un reglamento de aplicación de un régimen abierto para menores infractores. El Régimen de Ejecución Penal prevé que el régimen abierto sea el aplicable con carácter general a los menores condenados; sin embargo, esta regla general no se ha cumplido en la práctica por falta de instrumentos normativos. Aunque el proceso de redacción tenía como meta la aprobación para finales de 2020, al parecer está sufriendo nuevos retrasos.
11.En marzo de 2019, el Gobierno aprobó la Política de Reforma Legislativa, que establece un marco claro para la elaboración de textos legislativos. Esta política tiene por objetivo mejorar los procesos legislativos, con una amplia participación pública, a fin de promover un marco jurídico más coherente que proteja mejor los derechos humanos de los ciudadanos. Requiere que en el proceso legislativo se recaben las opiniones de diversos departamentos gubernamentales de ámbitos pertinentes para cada ley concreta, lo que permite someterla a un examen multidisciplinar. Se espera que la elaboración futura de las leyes relacionadas con la infancia se beneficie de esta política.
B.Información relativa al párrafo 11 (política y estrategia integrales)
12.Como se menciona en el párrafo 2 del presente informe, el Gobierno aprobó en 2016 el Plan de Acción Nacional para la Infancia. El Plan de Acción es una respuesta consolidada a las observaciones finales del Comité de 2015. Mediante Decreto núm. 27/2017, el Plan de Acción se convirtió en una directriz general para todos los ministerios en la formulación de sus programas anuales y su planificación. El Plan de Acción pretende alcanzar unos objetivos específicos que se corresponden con las observaciones finales del Comité y con los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
13.El Plan de Acción señaló varias áreas temáticas prioritarias relacionadas con las recomendaciones del Comité y asignó responsabilidades específicas a los ministerios y organismos públicos para que, en su planificación, programación y presupuestación, abordaran las cuestiones dentro de dichas áreas temáticas. Esto ha permitido que el Gobierno adoptara un enfoque más consolidado en las actuaciones encaminadas a proteger mejor a los niños y las niñas y proporcionar un entorno más propicio para su desarrollo.
14.El Gobierno considera que el Plan de Acción es una herramienta valiosa para la planificación, ya que permite un enfoque pangubernamental para la protección y el cumplimiento de los derechos del niño. Sin embargo, reconoce que se necesita tiempo para que los compromisos del Plan de Acción se incorporen plenamente a los procesos de planificación de los ministerios pertinentes.
C.Información relativa al párrafo 13 (coordinación)
15.En el Plan de Acción Nacional para la Infancia se designó a la Comisión Nacional de Derechos del Niño como el organismo encargado de la coordinación y el seguimiento de la aplicación del Plan de Acción. Esto se realiza a través del Equipo de Coordinación y Seguimiento del Plan de Acción, compuesto por puntos focales de cada uno de los ministerios y organismos encargados de la aplicación del Plan de Acción.
16.Conforme al mandato del Plan de Acción, el Gobierno designó puntos focales en cada ministerio e institución. El nombramiento de los puntos focales tiene por objeto garantizar la coordinación de los planes a nivel ministerial o de los organismos y evitar duplicidades entre las instituciones gubernamentales.
D.Información relativa al párrafo 15 (asignación de recursos)
17.A efectos de la aplicación efectiva del Plan de Acción Nacional para la Infancia, en el Decreto núm. 27/2017 se ordenó a todos los ministerios que, entre otras cosas: incluyeran la perspectiva de los derechos del niño en el proceso de presupuestación y especificaran de forma clara una asignación dedicada a la infancia en los sectores pertinentes; dieran prioridad a la infancia en el plan de acción anual de cada ministerio; dieran prioridad a la ejecución del Plan de Acción Nacional en la asignación de fondos del presupuesto del ministerio; y garantizaran unos recursos humanos adecuados para las áreas del programa que afectan a los niños.
18.Desde el ejercicio fiscal 2017-2018, el Gobierno ha implementado una presupuestación sensible a la infancia en todos los ministerios gubernamentales. En ese ejercicio fiscal, el Ministerio de Educación ejecutó un presupuesto total de 10.055.000 dólares de los Estados Unidos, del cual aproximadamente el 43,6 % se destinó a programas relacionados con la aplicación del Plan de Acción Nacional para la Infancia. Esta parte del presupuesto cubre la implementación de los nuevos planes de estudio para los niveles de educación preescolar y básica, la aprobación e implementación de la Política Nacional de Educación Inclusiva y la capacitación de actualización para 11.962 docentes de todos los niveles de educación básica y secundaria.
19.En el Gobierno de Timor-Leste, la Dependencia de Planificación, Seguimiento y Evaluación, dependiente de la Oficina del Primer Ministro, es responsable de la asignación equitativa de recursos y del seguimiento y la evaluación de los programas en todos los ministerios competentes. Esta unidad coordina, organiza y supervisa el proceso de planificación, seguimiento y evaluación de los programas de todas las instancias gubernamentales a fin de garantizar que los recursos se asignan adecuadamente y se utilizan de manera eficiente para alcanzar los objetivos de desarrollo definidos.
E.Información relativa al párrafo 17 (reunión de datos)
20.Además de los datos estadísticos recogidos por la Dirección Nacional de Estadística, los distintos ministerios recopilan a nivel sectorial datos relacionados con la infancia, que se desglosan debidamente para atender a las necesidades de planificación y programación de los ministerios. La Dirección Nacional es responsable de la recopilación y el mantenimiento de los datos estadísticos generales del país. Recopila los datos estadísticos de los distintos sectores recogidos a través de censos y encuestas para que los ministerios competentes los utilicen en la planificación y ejecución de programas.
21.El Plan de Acción Nacional para la Infancia declara una prioridad el fortalecimiento del sistema de recopilación de datos existente a fin de garantizar que esos datos sean accesibles en todos los ministerios y acordes con las necesidades de planificación de los distintos ministerios. Para ello, la Dirección Nacional de Estadística colabora con los ministerios competentes que tienen capacidad para recopilar, mantener y procesar información estadística, y les proporciona formación y el apoyo informático necesario para llevar a cabo la recopilación y la tabulación de datos.
F.Información relativa al párrafo 19 (vigilancia independiente)
22.La Defensoría de los Derechos Humanos y la Justicia (Oficina del Ombudsman) es un órgano oficial independiente que está facultado para supervisar, recibir denuncias e investigar violaciones de los derechos humanos por acción u omisión por parte de organismos públicos y entidades privadas que prestan servicios al público. Con estas competencias, la Defensoría actúa en la supervisión de una amplia gama de casos de violaciones de los derechos humanos, incluidos los que afectan a niños y niñas. Como institución nacional de derechos humanos de Timor-Leste, la Defensoría ha reforzado aún más su capacidad institucional para servir como institución independiente clave para supervisar y defender la plena aplicación de los derechos del niño.
23.El personal de la Defensoría está formado para recibir, investigar y tratar las denuncias de niños y niñas o los casos en los que estos estén implicados, teniendo en cuenta la protección del interés superior del niño. La Defensoría supervisa periódicamente las prisiones y los centros de detención y examina diversos programas gubernamentales, incluidos los relacionados con los niños, y proporciona información a los organismos gubernamentales pertinentes para su mejora. En la actualidad, la Defensoría designa a dos miembros del personal como puntos focales en su oficina nacional para tratar asuntos relacionados específicamente con los derechos del niño.
24.En 2019, la Defensoría estableció un sistema para desglosar los casos de abusos contra los derechos humanos, que incluye una categoría separada de abusos contra los derechos humanos de la infancia. Los mecanismos existentes permiten que la Defensoría remita los casos de abusos a los organismos gubernamentales pertinentes y a las instituciones de apoyo a las víctimas para que le den seguimiento. Varios casos se han remitido para que sean objeto de investigación penal, mientras que otros, como los relacionados con la conducta indebida de docentes, se han remitido a la Comisión de Administración Pública para que esta adopte medidas disciplinarias.
25.Además de vigilar los abusos contra los derechos humanos, la Defensoría también lleva a cabo campañas de concienciación pública mediante talleres dirigidos a los estudiantes. Entre 2015 y 2019, un total de 4.815 estudiantes (2.479 de género femenino y 2.336 de género masculino) participaron en talleres de derechos humanos impartidos por la Defensoría. Los talleres abarcan una amplia gama de temas relacionados con los derechos del niño, entre ellos el carácter delictivo de los castigos corporales, el matrimonio y el embarazo precoces, la estigmatización de las víctimas de abusos infantiles y violencia doméstica, y el mecanismo disponible para denunciar casos de maltrato infantil.
26.El refuerzo de la facultad de la Defensoría para apoyar los derechos del niño se pone de manifiesto en el hecho de que ya en 2015 pudo presentar un informe complementario a los informes periódicos tercero y cuarto relativos a la Convención sobre los Derechos del Niño, así como en su ejecución de una serie de actividades de seguimiento de los derechos del niño, en relación con temas como las condiciones de reclusión de los menores, el programa de alimentación escolar, la violencia contra los niños en las escuelas y el embarazo precoz. La Defensoría también ha velado por contribuir a aumentar el acceso de los niños a la información mediante sesiones de sensibilización en entornos escolares. En los últimos cinco años, unos 8.000 niños y niñas han participado en sesiones de concienciación pública organizadas por la Defensoría.
27.La Comisión Consultiva de la Defensoría, encargada de deliberar sobre los planes y programas y de evaluar el trabajo de la institución, incluye entre sus miembros a organizaciones de la sociedad civil que representan a la infancia.
III.Definición de niño
A.Información relativa al párrafo 21 (definición de niño)
28.El Gobierno de Timor-Leste desea reiterar que, tal y como ha comunicado en los informes anteriores, el ordenamiento jurídico del país adopta la definición de niño que figura en la Convención, en virtud del artículo 9 de la Constitución. Diversas leyes del ordenamiento jurídico de Timor-Leste que regulan diferentes materias determinan un intervalo variable de mayoría o minoría de edad. Esto se hace con el propósito de asegurar una mejor protección y garantías para el disfrute de los derechos del niño, al tiempo que se le atribuyen las responsabilidades apropiadas, manteniendo, al mismo tiempo, el interés superior y el desarrollo del niño como enfoque y consideración primordiales.
B.Información relativa al párrafo 23 (eliminación de prácticas nocivas)
29.Como ya se ha informado, el Código Civil de Timor-Leste fija la mayoría de edad en 17 años. De ello se desprende que, por regla general, la edad legal para contraer matrimonio es superior a los 17 años, tanto para los hombres como para las mujeres. El Código Civil establece una excepción, a saber, se permite el matrimonio entre chicos y chicas menores de 17 años pero mayores de 16, con el consentimiento de sus progenitores o tutores, o con la autorización del Jefe del Registro Civil. Los menores que contraigan matrimonio en esas condiciones se consideran emancipados y se les atribuye la plena capacidad para ejercer sus derechos.
30.En ningún caso se permite el matrimonio de un niño o niña menor de 16 años.
31.Aunque el Código Civil hace una excepción en el sentido de permitir el matrimonio de menores de entre 16 y 17 años, el Gobierno sigue llevando a cabo campañas de concienciación pública, en colaboración con organismos de las Naciones Unidas y con ONG nacionales, con el fin de alentar a los jóvenes a posponer su matrimonio.
32.Se ha informado de que uno de los factores que contribuyen al matrimonio de menores es la alta incidencia de embarazos en la adolescencia, ya sea por mantener una relación o como resultado de abusos sexuales, a lo que se une la práctica cultural del matrimonio concertado. A menudo las adolescentes víctimas de violación son objeto de presiones para que se casen con sus agresores, especialmente cuando la violación da lugar a un embarazo. En muchos casos, las dificultades para tomar decisiones sobre la propia vida sexual y el acceso limitado a la información sobre salud reproductiva conducen a embarazos precoces. En algunas comunidades todavía se considera que tener un hijo siendo soltera es una vergüenza para la familia.
33.Cada vez hay mayor conciencia de que presionar a una adolescente víctima de un delito sexual para que se case con su agresor es una clara violación de los derechos de la infancia. Se ha adoptado la opinión, sobre todo entre los agentes del Tribunal, de que no se debe presionar a una víctima de violación para que se case con su agresor, y que un matrimonio en tales condiciones constituye un matrimonio forzado. Aunque sigue habiendo varios casos de ese tipo que se denuncian, se observa que estos casos cada vez son menos frecuentes gracias al mayor conocimiento de los agentes judiciales y de los líderes comunitarios.
34.Los datos más recientes de los que se dispone muestran una reducción significativa de la incidencia de los matrimonios precoces. El Censo de Población de 2015 y la Encuesta Demográfica y de Salud de 2016 revelaron que el 14,9 % de la población menor de 18 años está casada, lo que representa una reducción significativa en comparación con el 19 % de 2010. De esta cifra, las chicas y los chicos menores de 17 años representan el 2,2 % y el 1,1 %, respectivamente. Esta reducción puede atribuirse a varios factores, entre ellos la amplia campaña de concienciación pública, el mayor acceso a la educación y el deseo de seguir una carrera profesional entre las personas jóvenes.
35.El Gobierno sigue realizando campañas de sensibilización en todo el país, dirigidas a niños y niñas, jóvenes, padres y líderes comunitarios, en cooperación con organizaciones de la sociedad civil, sobre diversas prácticas nocivas para la infancia. Los talleres de sensibilización abarcan temas como el matrimonio precoz, la prevención del embarazo precoz, los delitos sexuales y la estigmatización de los niños y niñas víctimas de abusos sexuales, y los castigos corporales a los niños y las niñas, también en el entorno familiar.
36.También se ha dado un paso importante para crear mejores condiciones para la salud infantil. La Ley núm. 22/2016 sobre el Régimen de Control del Tabaco prohíbe la venta de tabaco a niños y niñas de menos de 17 años o que estos lo vendan, así como la venta de tabaco en lugares concebidos específicamente para la infancia. La ley también prohíbe fumar en lugares destinados a la infancia, como guarderías, lugares de ocio y centros de enseñanza primaria y secundaria. La ley obliga a los importadores de productos de tabaco a imprimir advertencias contra la venta de tabaco a niños de menos de 17 años.
IV.Principios generales
A.Información relativa al párrafo 25 (no discriminación)
37.El Gobierno sigue esforzándose por garantizar que los servicios estén disponibles y sean accesibles para todos los niños y niñas sin discriminación. Como se explica en otras partes de este informe, se han dedicado importantes recursos y esfuerzos a garantizar la disponibilidad y accesibilidad de servicios como la sanidad, la educación, el agua limpia y la electrificación en todo el territorio, incluidas las zonas rurales. El sistema de registro civil, aunque todavía está en fase de desarrollo, ya está mejor organizado y acepta documentos distintos del certificado de bautismo como base para expedir un certificado de nacimiento.
38.Con respecto a la cuestión de los niños que no poseen certificado de bautismo a que se hace referencia en el párrafo 24 de las observaciones finales (CRC/C/TLS/CO/2-3), el Gobierno desea informar al Comité de lo siguiente. Aunque el certificado de bautismo sigue siendo admisible, no es la única base para la expedición del certificado de nacimiento. Se puede expedir un certificado de nacimiento a un niño sobre la base del boletín de nacimiento o el registro de nacimiento. No hay obligación legal de presentar un certificado de nacimiento para matricularse en las escuelas de Timor-Leste, pero sí para matricularse en la universidad.
39.En lo que respecta a los hijos de personas repatriadas, a los que también se hace referencia en el párrafo mencionado anteriormente, el Gobierno desea aclarar que en algunas partes del país, durante los años inmediatamente posteriores al restablecimiento de la independencia, se produjeron incidentes de expresiones espontáneas de rechazo entre los miembros de la comunidad. Sin embargo, tras casi dos décadas de continuo proceso de reconciliación, las familias timorenses que en el pasado estaban asociadas a la potencia ocupante se encuentran ya plenamente integradas en la sociedad. Los niños pertenecientes a esas familias disfrutan plenamente de sus derechos como cualquier otro niño timorense, sin distinción de ningún tipo.
40.El Gobierno reconoce que sigue habiendo dificultades para garantizar el acceso a la educación de los niños con discapacidad.
B.Información relativa al párrafo 27 (interés superior del niño)
41.La aprobación del Plan Nacional para la Infancia representa un hito importante en el esfuerzo del Gobierno por garantizar que el interés superior del niño reciba atención prioritaria en la toma de decisiones en todos los sectores y a todos los niveles. El actual debate en torno a los proyectos de ley sobre justicia juvenil indica que se está estudiando seriamente la necesidad de encontrar un equilibrio entre las medidas punitivas y el bienestar y el desarrollo de los niños y las niñas.
42.Como se menciona en el párrafo 6 del presente informe, varias leyes nuevas aprobadas durante el período que abarca el informe (el Decreto-ley núm. 14/2016 sobre el Régimen de Control del Tabaco, la Ley núm. 11/2017 de Inmigración y Asilo, la Ley núm. 3/2017 de Prevención y Lucha contra la Trata de Personas y la Cuarta Modificación del Código Penal) contienen disposiciones encaminadas a proteger el interés superior del niño.
43.Por ejemplo, en relación con la denegación de la entrada de menores no acompañados, el artículo 19 2) establece expresamente que en esas circunstancias la repatriación de un niño o niña solo puede permitirse si su Estado de origen o un tercer Estado puede garantizar que dicho niño o niña recibirá la acogida y el apoyo adecuados. El artículo 16 4) de la Ley núm. 3/2017 exige que todas las medidas para apoyar y proteger a los niños víctimas de trata sirvan principalmente al interés superior del niño. Además, el artículo 37 de esa ley establece que las mujeres y los niños víctimas de la trata están protegidos por las disposiciones pertinentes de la ley sobre violencia doméstica.
44.La protección del interés superior del niño también se refleja claramente en el Código de Procedimiento Penal. En cuanto a la norma relativa a la limitación de las actuaciones judiciales, el artículo 76 4) establece que el tribunal puede prohibir la presencia de menores de 18 años en las actuaciones de casos considerados sensibles, incluso si el procedimiento en cuestión no está cerrado al público. Además, el artículo 76 5) del Código establece que los procedimientos judiciales en casos de delitos sexuales en los que la víctima sea una persona de menos de 18 años de edad se llevarán a cabo con restricción de la publicidad.
45.Se imparte formación sobre la primacía del interés superior del niño a los trabajadores sociales, al personal de la Dependencia de Personas Vulnerables de la Policía Nacional y a otros funcionarios que trabajan en asuntos relacionados con la infancia. Aunque no se ha elaborado un plan de estudios específico, los cursos del Centro de Formación Judicial incluyen materiales relativos a la protección del interés superior del niño.
C.Información relativa al párrafo 29 (respeto por las opiniones del niño)
46.El Código Civil contiene una serie de disposiciones que, combinadas, proporcionan bases y mecanismos exhaustivos para que los tribunales tengan en cuenta la opinión del niño o la niña a la hora de decidir sobre asuntos que afectan a su interés.
47.El artículo 1782 del Código Civil establece que la patria potestad se reparte a partes iguales entre ambos progenitores. En caso de desacuerdo en el ejercicio de esta facultad en relación con asuntos de especial importancia, en los que deba intervenir un tribunal, se deberá escuchar la opinión de los niños mayores de 14 años antes de tomar una decisión. Del mismo modo, en el nombramiento de tutor o cuidador para el niño, cuando los padres no hayan designado uno, el tribunal oirá la opinión del niño mayor de 14 años antes de tomar una decisión.
48.Al decidir sobre un caso de adopción, si el niño es mayor de 12 años, el tribunal está obligado a obtener su consentimiento y, en caso de ser adoptado por una familia con hijos, el juez deberá escuchar la opinión de los hijos de la familia adoptante que sean mayores de 12 años.
49.En caso de divorcio, si los padres no logran ponerse de acuerdo sobre la custodia del menor, el tribunal decidirá sobre el asunto, basándose en el interés superior del niño.
V.Derechos y libertades civiles
A.Información relativa al párrafo 31 (inscripción de los nacimientos)
50.Timor-Leste sigue enfrentándose a dificultades para inscribir los nacimientos de forma puntual. Las estadísticas actuales muestran que el 60,4 % de los niños menores de 5 años están registrados y el 29,2 % de los niños tienen certificado de nacimiento. La responsabilidad principal del registro civil recae en la Dirección Nacional de Registros y Notarías del Ministerio de Justicia. A nivel municipal, existe actualmente una oficina de registro civil en cada uno de los 13 municipios del país. Con la ayuda del UNICEF, se han informatizado 5 de las 13 oficinas municipales de registro.
51.La Oficina Nacional del Registro y las 13 oficinas municipales están equipadas para inscribir los nacimientos y expedir certificados de nacimiento. Sin embargo, registrar al niño sigue siendo responsabilidad de los padres. El certificado de nacimiento se expide gratuitamente a los menores de 5 años. Para los niños mayores de 5 años, se cobra una tasa de 5 dólares por la expedición del certificado de nacimiento, como medio de desincentivar el retraso en el registro.
52.Se dispone de diferentes procesos para inscribir a un niño, dependiendo de dónde haya nacido este. Si el niño ha nacido en un establecimiento de salud, el registro puede realizarse rellenando el formulario que figura en la Cartilla Maternoinfantil expedida por el Ministerio de Salud. Los padres deben presentar el formulario en la oficina del registro civil para inscribir al niño y se expedirá un certificado de nacimiento. Si un niño ha nacido en casa, un líder de la comunidad emitirá una declaración de nacimiento que posteriormente los padres podrán presentar en el registro civil para inscribir al niño. Para cubrir el vacío de los servicios de registro, la Dirección Nacional de Registros y Notarías envía unidades móviles de registro a comunidades remotas, de forma ad hoc. De los 35.156 niños registrados entre 2015 y 2018, el 68,63 % lo fueron a través del registro ordinario, el 12,85 % a través del registro móvil y el 18,52 % mediante una declaración de nacimiento emitida por un líder de la comunidad.
53.El Gobierno es consciente de que la inscripción de los nacimientos es importante para garantizar la protección del niño ante la ley y proporciona una base esencial para la planificación y prestación de servicios al niño. Se han hecho varios intentos para impulsar el registro de nacimientos, entre ellos la elaboración de un proyecto de ley sobre el registro civil y un proyecto de plan estratégico sobre registro civil y estadísticas vitales. Sin embargo, debido a los cambios en las estructuras administrativas del Gobierno, los proyectos de documentos deben adaptarse de forma constante para incorporar los cambios.
54.El Gobierno está comprometido en la elaboración de una estrategia para desarrollar un sistema de registro capaz de afrontar los retos existentes y anticiparse a los cambios en la estructura administrativa inherentes al proceso de construcción del Estado. Por este motivo, el Gobierno llevó a cabo en 2018 una evaluación de referencia sobre el registro de nacimientos. Se ha determinado que el atasco en el registro de nacimientos se debe, entre otros factores, a la ausencia de marcos legislativos y políticos, la falta de coordinación entre las instituciones gubernamentales a nivel nacional y subnacional, la limitación de los recursos, la falta de concienciación de los padres y de la comunidad sobre la importancia del registro de nacimientos y la limitada capacidad técnica del personal.
B.Información relativa al párrafo 33 (castigos corporales)
55.El castigo corporal ha sido uno de los temas importantes incluidos en la campaña de concienciación pública sobre los derechos del niño llevada a cabo por organismos gubernamentales y ONG. Desde 2016, el Ministerio de Solidaridad Social e Inclusión lleva a cabo en los municipios campañas de sensibilización pública sobre la disciplina positiva. Las campañas se centran en mostrar a padres, educadores y líderes comunitarios métodos alternativos no violentos para criar e impartir disciplina a los hijos, al tiempo que se hace hincapié en las consecuencias negativas que sufrirá el niño a causa de la violencia psicológica o física, los malos tratos y el descuido. Para transmitir el mismo mensaje, el Ministerio también produjo una película sobre la educación no violenta, en colaboración con una ONG nacional, Ba Futuru (“Por el Futuro”). La película se ha emitido en varios municipios. En los de Ermera y Viqueque, la película ha sido visionada entre 2017 y 2019 por 21.973 personas, de las cuales 12.075 son mujeres
56.Con especial referencia a los centros educativos, el Gobierno reconoce que sigue habiendo casos en los que el personal docente de algunas escuelas recurre a castigos corporales como medio para imponer disciplina. Sin embargo, la mayor concienciación sobre las repercusiones negativas en el desarrollo del niño y los delitos asociados a los castigos corporales ha llevado a una reducción significativa de la incidencia y al aumento en el porcentaje de casos denunciados. El informe de la Defensoría de los Derechos Humanos y la Justicia de 2015 constató una reducción drástica en el uso de tales prácticas disciplinarias en las escuelas de todo el país, ya que es mayor el número de escuelas que se han adherido a la política de violencia cero del Ministerio de Educación.
57.A fin de frenar de forma más eficaz las prácticas de castigos corporales en los centros educativos, el Gobierno promulgó el Decreto núm. 29/2017, en el que se establece el régimen jurídico aplicable para el ejercicio de la acción disciplinaria como consecuencia de la violación de los deberes profesionales del personal docente o no docente de los centros educativos y de las instituciones responsables de hacerlo cumplir. También se establecen las medidas correctivas que deben adoptarse, en función de la gravedad del acto, y otras medidas de protección de la infancia. Las medidas correctivas van desde medidas disciplinarias administrativas por parte de la Comisión de Administración Pública hasta la incoación de procedimientos penales contra los autores. Al mismo tiempo, el Ministerio de Educación emitió la Orden Ministerial núm. 4/2018, en la que se definen claramente las prácticas consideradas contrarias a los deberes profesionales del personal de los centros educativos.
58.Como resultado de la aplicación del Decreto del Gobierno, se han investigado varios casos de castigos corporales, que han dado lugar a la aplicación de medidas disciplinarias y procedimientos penales contra los presuntos autores.
C.Información relativa a los párrafos 35 (malos tratos y descuido) y 37 (explotación y abusos sexuales)
59.Como se describe en otras partes del presente documento, durante el período que abarca el informe el Gobierno ha puesto en marcha una serie de programas de sensibilización para combatir los malos tratos y el descuido de la infancia. También se ha reforzado la protección de los niños contra los malos tratos y el descuido mediante la aplicación de la legislación penal y la prestación de servicios y apoyo para la rehabilitación física y psicológica de los niños víctimas de malos tratos. A través de las sesiones de concienciación pública, los funcionarios públicos también proporcionan información sobre los mecanismos y procedimientos disponibles mediante los cuales las víctimas o los miembros de la comunidad pueden denunciar incidentes de malos tratos y descuido infantiles.
60.En 2019, en colaboración con ONU-Mujeres, el Ministerio de Solidaridad Social e Inclusión inició el proceso de elaboración de una política nacional sobre el establecimiento de un teléfono de asistencia especial en el que denunciar casos de malos tratos contra mujeres y niños. Cuando se apruebe esta política, se creará un número de teléfono gratuito para recibir denuncias y quejas sobre malos tratos y descuido de menores.
61.El Ministerio de Solidaridad Social e Inclusión sigue mejorando sus servicios encaminados a ofrecer a los niños y niñas víctimas de malos tratos protección y apoyo para recuperarse física y mentalmente. Entre 2016 y 2019, a través de la labor de la Red de Protección de la Infancia, el Ministerio asistió a un total de 1.262 niños, víctimas de maltrato físico, psicológico o sexual, y descuido. Los menores, 912 niñas y 350 niños, fueron colocados bajo protección en nueve Instituciones de Solidaridad Social o Uma Mahon (Casas Seguras) de todo el país. Estas casas seguras son gestionadas por ONG asociadas, con financiación del Ministerio. Sobre la base de la evaluación del Oficial de Protección Infantil, los niños y niñas que sufren daños psicológicos son remitidos a tratamiento por profesionales de la salud mental. De los casos recibidos y gestionados por la Red de Protección de la Infancia durante el período que abarca el informe, 794 víctimas (681 niñas y 113 niños) fueron derivadas para someterse a un proceso de recuperación psicológica, con el apoyo de PRADET, una ONG nacional que proporciona apoyo profesional en salud mental a las víctimas de malos tratos. Todas las víctimas son examinadas por un médico y, en caso de que hayan sufrido lesiones corporales, se les proporcionan tratamientos específicos.
62.El Ministerio de Solidaridad Social e Inclusión sigue desarrollando la capacidad de su equipo para detectar incidentes de malos tratos a menores y tomar las medidas adecuadas para garantizar que las víctimas reciban la protección jurídica y el apoyo psicológico necesarios. El Ministerio designó a funcionarios de protección de la infancia en los 13 municipios del país como personal principal para la protección de la infancia. Con la aprobación en 2016 del Plan Nacional de Acción para la Infancia se formalizaron la Red de Protección de la Infancia y la red de coordinación intersectorial interinstitucional que existían desde 2008. Forman parte de la Red de Protección de la Infancia funcionarios del Ministerio de Sanidad, el Ministerio de Educación y el Ministerio de Justicia, agentes de la Policía Nacional (incluidas la Dependencia de Personas Vulnerables de la Policía y la Dependencia de Policía Comunitaria) y miembros del personal de organizaciones no gubernamentales. Se han establecido redes de protección de la infancia en los 13 municipios y, en 5 de ellos, las Redes se han establecido a nivel de subdistritos.
63.A lo largo del período que abarca el informe, se han incrementado de manera continuada las capacidades técnicas de los funcionarios responsables de la protección de la infancia. Se han llevado a cabo varios programas de formación en cooperación con ONG y los organismos de las Naciones Unidas en Timor-Leste con el fin de mejorar la capacidad del personal responsable de la protección de la infancia. Uno de estos programas es el Programa Spotlight de la Policía Nacional, que se lleva a cabo como parte de la cooperación entre el Gobierno de Timor-Leste, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo y la Unión Europea, con el fin de formar al personal de la Dependencia de Personas Vulnerables de la Policía Nacional y del Centro de Formación de la Policía Nacional de Timor-Leste en la realización de investigaciones sobre abusos sexuales, incluidos los abusos sexuales contra menores. En todo el país, hay 111 agentes de la Policía Nacional que participan en la Red de Protección de la Infancia en los 13 municipios; de ellos, 72 son mujeres. Todos estos funcionarios están dotados de los conocimientos necesarios para realizar entrevistas a niños y niñas víctimas de abusos sexuales.
64.Además, a fin de mejorar las capacidades para investigar el maltrato infantil y la violencia contra los niños, en abril de 2019 se organizó una sesión de formación sobre el tema “La Ley Penal sobre el Abuso Sexual de Niños y la protección internacional de los derechos humanos”. Entre los participantes figuró personal de la Policía Científica de Investigación Criminal.
65.El maltrato y el descuido infantil y la explotación sexual y los abusos sexuales de niños son delitos según la legislación de Timor-Leste. Desde 2016 hasta el momento en el que se redactó el presente informe, 200 acusados han sido encarcelados en las prisiones de Becora (Dili) y Baucau en relación con delitos cometidos contra niños. De los 200 reclusos, 129 han sido condenados y 71 se encuentran en diversas fases del proceso penal. Estos reclusos están acusados de diversos actos delictivos contra menores, que van desde el maltrato físico y el abuso sexual de niños hasta el impago de la pensión alimenticia. La Policía Científica de Investigación Criminal está investigando actualmente otros 72 casos relacionados con denuncias de actos delictivos contra niños entre 2019 y 2020, que incluyen agresión sexual, abuso sexual y un caso de prostitución infantil.
66.Se sigue avanzando en la elaboración y aplicación de políticas, directrices y mecanismos de supervisión para que los organismos encargados de la protección de la infancia prevengan los casos de violencia, explotación, maltrato y descuido de niños, y respondan a ellos. En 2017, el Ministerio de Solidaridad Social e Inclusión estableció equipos de asistencia social en los municipios, dirigidos por los funcionarios locales del Ministerio.
VI.Entorno familiar y modalidades alternativas de cuidado
A.Información relativa al párrafo 39 (entorno familiar)
67.Desde el último informe, el Gobierno ha finalizado y aprobado la Política del Sistema de Asistencia Social de la Infancia y la Familia. Esta política se elaboró tras una consulta a escala nacional en la que participaron instituciones gubernamentales y otras partes interesadas clave. Describe el enfoque de colaboración nacional para mejorar el bienestar y la protección del niño. El objetivo de la Política es abordar una amplia gama de vulnerabilidades mediante una combinación de estrategias preventivas (protección social, prestaciones materiales y financieras, información y concienciación, y servicios de apoyo familiar) y un paquete de servicios especializados para ayudar y fortalecer a las familias y comunidades a abordar el bienestar infantil y los problemas de protección de la infancia.
68.Con la Política del Sistema de Asistencia Social de la Infancia y la Familia, el Estado no pretende sustituir el papel de la familia y la comunidad. Reconoce el papel central de la familia y la comunidad para el bienestar y la protección del niño. Sin embargo, sigue siendo responsabilidad del Estado prestar apoyo y servicios para que las familias y las comunidades desempeñen su papel en las condiciones adecuadas.
69.La política define además los distintos papeles que desempeñan diversos organismos gubernamentales y no gubernamentales —incluidas las organizaciones confesionales— para su aplicación. La responsabilidad general de la aplicación de la política recae en el Ministerio de Solidaridad Social e Inclusión y varios departamentos del Ministerio se encargan de prestar servicios y apoyo específicos. La Comisión Nacional de los Derechos del Niño es responsable de supervisar la aplicación de la política, evaluar e informar sobre los avances en la aplicación y proporcionar información para futuras mejoras.
70.Como seguimiento inmediato a la aprobación de la Política del Sistema de Asistencia Social de la Infancia y la Familia, el Ministerio de Solidaridad Social e Inclusión elaboró y puso en marcha un amplio programa de formación para las personas que participan en la aplicación de la política. Entre ellas figuran funcionarios del Ministerio de Solidaridad Social e Inclusión y del Ministerio de Educación, agentes de policía, líderes comunitarios, miembros del personal de ONG y periodistas. Uno de los temas centrales de la formación es el mecanismo para abordar los problemas de protección de la infancia y responder a las cuestiones relacionadas con el bienestar infantil de forma colectiva y coordinada. A fecha de 2017, 382 trabajadores de asistencia social habían participado en sesiones de formación y estaban dotados de conocimientos y habilidades para abordar colectivamente los problemas de protección infantil y coordinar mejor su respuesta a los casos de protección.
71.El Gobierno considera que un entorno familiar positivo es esencial para el desarrollo del niño o la niña. En coordinación con el UNICEF, el Gobierno sigue implementando el programa educativo Hametin Familia (fortalecimiento de la familia) para ayudar a los padres y madres e impartirles habilidades adicionales para apoyar el crecimiento y desarrollo de sus hijos. El programa ofrece información sobre la estimulación temprana, la nutrición y hábitos de salud beneficiosos, la disciplina positiva, la higiene, el apoyo a la educación de los niños y el registro de nacimientos. La información de este programa se facilita mediante interacciones cara a cara, visitas a domicilio e intervenciones de comunicación para el desarrollo, así como a través de radios comunitarias y teatros juveniles.
B.Información relativa al párrafo 41 (modalidades alternativas de cuidado)
72.Como se estipula en la Política del Sistema de Asistencia Social de la Infancia y la Familia, el Gobierno reconoce el papel central de la familia para garantizar el bienestar y la protección del niño. Por lo tanto, la Política busca, ante todo, apoyar y fortalecer a la familia para construir un entorno fuerte y armonioso dentro de la familia que apoye la crianza sana del niño. La Política adopta un enfoque orientado a la familia en la prestación de apoyo cuando este sea necesario.
73.La Política considera el acogimiento del menor fuera del hogar familiar solo como último recurso y con carácter temporal. En las situaciones en las que la seguridad y el bienestar del niño se vean amenazados en el entorno familiar y sea necesario separar al niño de su familia, la primera alternativa para el acogimiento se buscará en el seno de la familia ampliada. Incluso en tales casos, el propósito sigue siendo garantizar el bienestar del niño a largo plazo, con miras a reintegrarlo en su familia biológica con el menor retraso posible.
74.El acogimiento del menor en centros alternativos solo se considerará si ofrece servicios que no están disponibles en la comunidad. Debe realizarse una evaluación a fin de garantizar que la instalación alternativa es capaz de asegurar el bienestar del menor y su seguridad física, apoyar su recuperación del trauma y mantener el contacto del menor con su comunidad y su cultura. En caso de que se constate que un niño corre el riesgo de sufrir daños físicos, emocionales y sociales, tanto el niño como su familia reciben asistencia y asesoramiento hasta que se haya evitado el riesgo y el niño esté preparado para reintegrarse en la familia.
75.En el Decreto-ley núm. 25/2017 se establece el régimen jurídico de las instituciones que prestan cuidados alternativos, que en la ley se denominan instituciones de solidaridad social, y se establecen los deberes, responsabilidades y derechos de dichas organizaciones. La ley exige que las instituciones de solidaridad social tengan una oficina con sede en Timor-Leste, se comprometan con la protección social de los ciudadanos y se rijan por normas claras de rendición de cuentas y transparencia. También otorga a esas instituciones el derecho a beneficiarse del apoyo del Gobierno participando y aportando sus puntos de vista a las políticas en las áreas relevantes para su trabajo, y a tener el estatus de organizaciones de utilidad social.
C.Información relativa al párrafo 43 (adopción)
76.La Encuesta Demográfica y de Salud de 2010 reveló que aproximadamente una cuarta parte de las familias de Timor-Leste tienen a su cargo a un niño que no es su hijo biológico. Esta práctica de adopción informal se lleva practicando desde hace mucho tiempo en la sociedad timorense, que cuenta con unos vínculos muy estrechos. Hay una serie de factores, entre ellos culturales, económicos y educativos, que han propiciado la prevalencia de esta práctica. En muchos casos, la familia extensa se ocupa de los hijos de un familiar, a veces como propios, otras como tutela temporal. En la mayoría de los casos, la adopción no disuelve la relación entre el niño o la niña y sus padres biológicos.
77.Ejemplos de prácticas similares a la adopción informal en Timor-Leste pueden encontrarse en el sistema de tutela supletoria en Quebec (Canadá), el parentesco en Namibia y la delegación voluntaria de la patria potestad en Cabo Verde.
78.El marco jurídico de Timor-Leste no contempla la tutela supletoria ni el parentesco. El Código Civil exige que el cuidado de un menor por personas distintas de los progenitores, que equivale a la transferencia de las responsabilidades parentales, debe someterse a un juez para que este lo examine y tome una decisión al respecto.
79.La dificultad reside en el hecho de que el recurso a un tribunal para tratar asuntos de familia aún no es una práctica habitual.
80.En 2016 se intentó elaborar mecanismos para la adopción internacional. Sin embargo, el proceso no prosiguió por falta de cumplimiento de los requisitos del Convenio de La Haya. La aplicación del Convenio está supeditada a la existencia de un sistema nacional de adopción, que no existe en Timor-Leste.
81.Hasta ahora, el escaso número de casos de adopción en los que han participado ciudadanos extranjeros ha sido resuelto por el tribunal caso por caso, con el consentimiento expreso de los padres y teniendo como consideración primordial el interés superior del niño o la niña.
82.El Gobierno debe decidir sobre la recomendación de ratificar los siguientes tratados:
El Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, del año 2000.
El Convenio de La Haya sobre la Protección de los Niños y la Cooperación en materia de Adopción Internacional, de 1993.
El Convenio sobre la Edad Mínima, 1973 (núm. 138), de la OIT.
VII.Discapacidad, salud básica y bienestar
A.Información relativa al párrafo 45 (niños y niñas con discapacidad)
83.El Estado sigue esforzándose por garantizar que los niños con discapacidad reciban el apoyo adecuado para su desarrollo y disfruten de igualdad de oportunidades en el acceso a la educación, la atención sanitaria y otros servicios. La política del Gobierno relativa al apoyo a las familias vulnerables (Bolsa da Mãe) considera la presencia de un niño o de una persona dependiente con discapacidad en una familia como un factor que aumenta el estado de vulnerabilidad de la familia y, en consecuencia, aumenta el importe nominal de la ayuda asignada a la familia en cuestión.
84.El plan de estudios de educación preescolar y básica, aprobado en 2015, adopta una perspectiva inclusiva, al establecer que los niños con discapacidad deben asistir al sistema escolar general. El plan de estudios también incluye materiales para ayudar a los alumnos a desarrollar una perspectiva de diversidad y cuenta con libros en idioma tetun en los que se presentan historias de niños con discapacidad.
85.A fin de consolidar los esfuerzos por crear un marco educativo más inclusivo en Timor-Leste, el Ministerio de Educación aprobó en 2017 la Política Nacional de Educación Inclusiva, elaborada con el apoyo del UNICEF. La Política de Educación Inclusiva tiene por objetivo afrontar las barreras que impiden que determinados grupos de niños en edad escolar accedan a la educación. Entre estas barreras figuran la discapacidad, el género, la situación geográfica y la pobreza.
86.El Gobierno reconoce que una parte significativa de los niños con diversas formas de discapacidad no tienen acceso a la educación. Actualmente, solo un porcentaje reducido de los aproximadamente 38.000 niños con discapacidad asisten a la escuela. La aprobación de la Política Nacional de Educación Inclusiva consolida aún más los esfuerzos para ampliar las oportunidades de acceso a la educación de los niños con discapacidad. A resultas de una iniciativa conjunta del Ministerio de Educación y Plan International, se capacitó a 30 formadores principales de educación inclusiva procedentes de los municipios de Aileu, Dili y Lautem. Posteriormente, se abrieron en esos municipios los tres primeros Centros de Recursos para la Educación Inclusiva del país, donde los formadores principales han capacitado a más de 300 profesores de aula para enseñar a alumnos con discapacidad. Actualmente se está estudiando ofrecer alfabetización en braille y en lengua de señas, y se alienta la asistencia de los niños con discapacidad.
87.Tras la aprobación de la Política de Educación Inclusiva se han abierto más centros de recursos en el país. Se ha formado a más profesores en métodos para enseñar a niños con discapacidad. El Gobierno es consciente de las limitaciones de las instalaciones y el personal para que los niños con discapacidad disfruten de la igualdad de derechos a la educación y está trabajando con todos los organismos, incluidas las asociaciones de personas con discapacidad, a fin de mejorar las condiciones.
B.Información relativa al párrafo 47 (salud y servicios de salud)
88.Se sigue avanzando en el desarrollo del sector sanitario en Timor-Leste. En 2015, se incluyó un nuevo programa relacionado con la atención primaria de salud integral, con la puesta en marcha del Programa Nacional de Salud en la Familia. Con arreglo a ese programa, un equipo médico formado por un médico, una enfermera y una comadrona visita todos los hogares del país con el fin de ofrecer consulta, tratamiento y derivación de pacientes en caso de enfermedades que requieran mayor atención. El equipo también recopila información pertinente sobre el estado médico del hogar y de cada uno de sus miembros. A continuación, la información se introduce en el sistema integrado de información sanitaria, lo que permite que las autoridades sanitarias establezcan el perfil médico de cada persona. La información recabada a través del programa será enormemente beneficiosa para la planificación futura. A finales de 2017, gracias al programa se han visitado 213.717 hogares, que comprenden 1.022.417 personas.
89.Basándose en los resultados y las recomendaciones de una evaluación realizada en 2015, el Ministerio de Salud también elaboró un nuevo plan de acción para mejorar la atención obstétrica y neonatal de urgencia que se había introducido el año anterior. En colaboración con el Instituto Nacional de Salud, el Ministerio de Salud también revisó el módulo de formación sobre la atención integral de las enfermedades prevalentes en la infancia.
90.En 2017, el Gobierno concedió becas a médicos y personas que se habían graduado recientemente en la enseñanza secundaria para que se matricularan en especialidades y licenciaturas en el país y en el extranjero. Un total de 43 médicos cursaban estudios de especialización (posgrado), junto con 158 de medicina, 70 de odontología, 214 de enfermería y 204 de tecnología médica, y 181 iban a formarse como comadronas. En 2018, 284 médicos asistieron a cursos de actualización en las áreas de atención comunitaria esencial para recién nacidos, parto limpio y seguro, atención integral de las enfermedades prevalentes en la infancia, VIH/sida y salud escolar. Ese mismo año, 402 enfermeras y comadronas recibieron cursos de actualización sobre cuidados comunitarios esenciales para recién nacidos, parto limpio y seguro, atención integral de las enfermedades prevalentes en la infancia y VIH/sida. También se impartieron cursos de actualización a 32 técnicos médicos. A fin de respaldar la mejora de la gestión del sistema sanitario, 56 miembros del personal administrativo también recibieron un curso de actualización sobre gestión y liderazgo.
91.Además, entre 2019 y 2020, 2.584 profesionales sanitarios recibieron formación en inmunización, planificación familiar, parto limpio y seguro, atención obstétrica y neonatal de urgencia, atención integral de las enfermedades prevalentes en la infancia, atención comunitaria esencial para recién nacidos y gestión de enfermedades y complicaciones del recién nacido, así como atención materna, neonatal y perinatal. Con especial referencia a la atención obstétrica y neonatal de urgencia, el objetivo de las formaciones es ayudar a los profesionales sanitarios a comprender mejor las directrices y las siete funciones de señalización en dicha atención para detectar las complicaciones obstétricas a nivel comunitario en una fase temprana y derivarlas al nivel adecuado.
92.Durante el período que abarca el informe, también se ha reforzado la capacidad de vigilancia y respuesta en relación con la mortalidad materna y perinatal. Se establecieron sistemas al respecto en el Hospital Nacional Guido Valadares y en cinco hospitales de referencia, con un sistema de autopsia verbal establecido para los 12 municipios y la Región Administrativa Especial de Oecusse-Ambeno.
93.Los esfuerzos para fortalecer el sistema sanitario y la capacidad de los profesionales de la salud dieron resultados alentadores. En el período 2015-2017, 77.430 mujeres embarazadas (78 %) recibieron atención prenatal en la primera visita y 51.729 (52 %) en la cuarta visita. Además, 58.566 mujeres (64,5 %) se beneficiaron de partos asistidos por un profesional sanitario. En cuanto a la atención postnatal, 46.243 madres y recién nacidos (51 %) recibieron atención postnatal durante la primera semana después del parto y 43.196 madres y recién nacidos (46,5 %) fueron atendidos en las seis primeras semanas después del parto. En el primer semestre de 2018, el 63,4 % de las mujeres embarazadas se beneficiaron de al menos cuatro visitas de atención prenatal. Esta cifra supone un aumento con respecto al 58,4 % del primer semestre.
94.La tasa de mortalidad en niños menores de 1 año y en niños menores de 5 años disminuyó de forma considerable. La última encuesta demográfica de salud de 2016 muestra que la tasa de mortalidad entre los niños menores de 5 años se redujo de 64 por cada 1.000 nacidos vivos en 2010 a 41 por cada 1.000 nacidos vivos. En el mismo período, la tasa de mortalidad de niños menores de 1 año también ha descendido de 45 por cada 1.000 nacidos vivos a 30 por cada 1.000 nacidos vivos. Como se refleja en el Plan Estratégico Nacional del Sector de la Salud (2011-2030), el Gobierno se ha comprometido a seguir reduciendo las tasas de mortalidad de menores de 5 años y de menores de 1 año hasta 27 y 21 por cada mil nacidos vivos en 2030, respectivamente. A un ritmo similar, la tasa de mortalidad materna también se ha reducido de 557 a 218 muertes por cada 100.000 nacidos vivos en el mismo período.
95.El Gobierno de Timor-Leste ha realizado avances significativos y sigue reafirmando su compromiso de luchar contra la malnutrición en todas sus formas mediante políticas, leyes y programas. La preocupación por la nutrición queda patente en varias políticas nacionales, como la Estrategia Nacional de Nutrición (2014-2019); el Plan de Acción Nacional Hambre Cero (2014); la Resolución Parlamentaria Nacional para priorizar la nutrición (2016); y la Política Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional (2017). Además, otras políticas sectoriales son “sensibles a la nutrición” y tratan de reconocer y abordar los elementos subyacentes que pueden causar malnutrición, o bien son conscientes de ellos y adoptan las precauciones necesarias para no causar ningún daño.
96.Entre 2015 y 2017, el programa de lucha contra la malnutrición para menores de 5 años incluyó al 30 % de los niños en el seguimiento periódico del crecimiento. Se incluyó en el programa de cobertura con vitamina A a 106.099 niños y niñas de entre 6 y 59 meses (59 %), y 84.969 niños (53 %) se beneficiaron del tratamiento contra las ascárides. En el primer semestre de 2018, el 72,4 % de los niños menores de 5 años se beneficiaron de un seguimiento controlado del crecimiento, una cifra que superó el objetivo previsto del 30 %. La cobertura de vitamina A para niños de entre 6 y 59 meses alcanzó el 83,9 %, también por encima del objetivo inicial del 80 %. Todos los casos existentes de malnutrición moderada (100 %) fueron tratados y recibieron suplementos alimentarios.
97.El sistema de gestión de vacunas ha mejorado en todo el país. Se adoptó un procedimiento operativo normalizado nacional para la gestión eficaz de las vacunas y se formó en su aplicación al personal sanitario y a los manipuladores de vacunas de los centros de salud. En julio de 2015, el Gobierno puso en marcha una campaña nacional de vacunación contra el sarampión y la poliomielitis, que tuvo dos semanas de duración y abarcó a 501.394 niños y niñas (95 %). Esto aumentó la cobertura de inmunización contra el sarampión al 73 % y contra la poliomielitis al 75 %.
98.El programa nacional de inmunización 2015-2017 incluyó la administración de vacunas contra la poliomielitis, el sarampión, la tuberculosis y el tétanos, así como la vacuna pentavalente. Durante ese período, 101.048 niños y niñas recibieron vacunas pentavalentes; 12.784, la vacuna contra la hepatitis B; 18.400, la vacuna contra la poliomielitis; y 70.091, la vacuna BCG; y 59.567 mujeres embarazadas recibieron la vacuna contra el tétanos.
99.A fin de ampliar la cobertura del programa nacional de inmunización, el personal sanitario, a través del Servicio Integrado de Salud y las clínicas móviles, realiza visitas periódicas a zonas en las que el acceso a los servicios sanitarios es limitado.
100.El programa nacional de inmunización ha permitido eliminar el sarampión y controlar la rubéola y el síndrome de rubéola congénita en el país, dos años antes del objetivo fijado para 2020. La Oficina Regional para Asia Sudoriental de la OMS certificó a Timor-Leste como país libre de sarampión.
101.El Gobierno de Timor-Leste atribuye gran importancia a la disponibilidad y accesibilidad de agua potable y sigue mejorando los servicios en este ámbito. En el Censo de 2015, el 31 % de todos los hogares del país tenían acceso a servicios de saneamiento gestionados de forma segura, frente al 8 % de 2010. En el momento de redactar el presente informe, el suministro de agua potable ha alcanzado el 74 % de la población en las zonas rurales y el 78 % en las urbanas. El Consejo de Ministros está debatiendo un proyecto de política de gestión de los recursos hídricos y suministro de agua. Se espera que la aprobación de esta política suponga un aumento de la asignación de recursos a este ámbito y, a su vez, mejore el acceso de la población al agua limpia tanto en zonas urbanas como rurales.
102.A través del programa Agua, Saneamiento e Higiene en la Escuela, se ha mejorado el suministro de agua potable limpia y salubre a las escuelas. El 70 % de las escuelas públicas de educación básica disponen de un suministro de agua mejorado. Sólo unas pocas escuelas tienen aseos separados, como lo exigen las directrices de agua, saneamiento e higiene para Timor-Leste. El programa Agua, Saneamiento e Higiene en la Escuela es un programa de colaboración en el que participan varios ministerios del país, ONG y organismos de las Naciones Unidas.
103.Mediante una campaña de información pública, el Gobierno sigue alentando a las comunidades a abandonar las prácticas de defecación al aire libre. A fin de concienciar sobre la importancia de la higiene personal, se utilizan como medios los mensajes en vallas publicitarias en las principales carreteras y en programas de radio y televisión, así como las visitas de funcionarios del Gobierno a las escuelas de los municipios. Durante las sesiones en las aulas se difunde información pública para motivar comportamientos y prácticas que promuevan la higiene. Las acciones para erradicar la defecación al aire libre se han incorporado al Plan de Acción Comunitaria para el Saneamiento y la Higiene, aplicado en los 12 municipios y la Región Especial de Oecusse-Ambeno.
104.Las comunidades han tomado mayor conciencia de los efectos negativos de la defecación al aire libre y se han comprometido a eliminarla y a alcanzar el estatus de Área Libre de Defecación al Aire Libre. En febrero de 2018, Ermera, con una población de 130.000 habitantes, fue declarado el primer municipio libre de defecación al aire libre. Le siguieron otros cinco municipios, con lo que ya son seis los municipios de Timor-Leste declarados con ese estatus. En cuanto a las unidades administrativas por debajo del municipio, 31 subdistritos (de 65), 201 pueblos (de 442) y 1.361 aldeas (el 62 %) ya han sido declarados libres de defecación al aire libre.
105.La combinación de una serie de factores, como la concienciación sobre los efectos negativos de inhalar humo al cocinar con leña, la obligación de cumplir estrictos regímenes de protección ambiental, las mejoras en la economía doméstica y el mayor acceso a la electricidad y la comodidad, han proporcionado a algunos hogares la opción de no utilizar los métodos de cocina tradicionales y cocinar con queroseno, gas o electricidad. En el momento de redactar el presente informe, en la mayoría de los pueblos del país la electricidad se suministra de forma gratuita o a un precio muy reducido. Sin embargo, el Gobierno reconoce que esta opción no está al alcance de la mayoría de los hogares, especialmente en las zonas rurales. Algunas ONG han intentado introducir briquetas combustibles producidas a partir de residuos orgánicos, que se utilizan para cocinar con un hornillo especial. Sin embargo, aunque estas opciones utilizan una tecnología sencilla, siguen siendo inaccesibles para la mayoría de los hogares.
106.La Secretaría de Estado de Medio Ambiente, en colaboración con Mercy Corps, ha estado trabajando para producir y proporcionar a los hogares cocinas eficientes desde el punto de vista energético, que consumen menos leña y producen muy poco humo. La Secretaría de Estado seguirá promoviendo esta tecnología sencilla pero eficaz, que reducirá los riesgos para la salud derivados de los métodos de cocinado tradicionales, con una huella de carbono mínima.
107.Timor-Leste reconoce la importancia de la lactancia materna exclusiva durante los seis primeros meses tras el nacimiento para el desarrollo del niño. La Estrategia Nacional de Alimentación y Nutrición considera la lactancia materna exclusiva durante los seis primeros meses de vida del niño y la introducción de alimentos complementarios nutritivos a partir de esa edad como una estrategia importante para garantizar la seguridad nutricional de los lactantes. La Estrategia fijó el objetivo de que la lactancia materna exclusiva en niños menores de seis meses supere el 70 % en 2020. Sin embargo, los datos de 2003 a 2016 indican que el porcentaje de lactancia materna exclusiva ha fluctuado de un año a otro.
108.Aunque parece que no se alcanzará el objetivo de 2020 de más del 70 % de lactancia materna exclusiva, una reciente encuesta sobre alimentación y nutrición realizada por el Ministerio de Salud ofrece motivos para el optimismo. La encuesta constató que se había reducido la tasa de lactancia materna temprana, mientras que la tasa de lactancia materna exclusiva había aumentado. El 63,5 % de los recién nacidos recibieron leche materna en la primera hora de vida y el 64,2 % de los niños recibieron lactancia materna exclusiva hasta los 6 meses. El 91,2 % de los niños sigue tomando el pecho hasta que cumplen 1 año, y el 67,8 % hasta los 2 años.
109.Se está debatiendo el proyecto de política de promoción de la lactancia materna y se están celebrando consultas sobre la adopción del Código Internacional de Comercialización de Sucedáneos de la Leche Materna.
110.En 2018, un total de 119 trabajadores sanitarios de tres hospitales recibieron formación sobre el método madre canguro, los cuidados esenciales del recién nacido y la gestión de la lactancia. Posteriormente, los hospitales de Maubisse y Maliana fueron certificados como hospitales amigos del niño y están equipados para ayudar a las madres a iniciar la lactancia materna rápidamente tras el parto y continuarla durante el tiempo adecuado. Además, los empleados y comadronas del Centro Comunitario de Salud de Comoro también recibieron formación sobre cuidados esenciales del recién nacido.
111.En el Código del Trabajo, la licencia de maternidad sigue siendo de 12 semanas. Sin embargo, otras disposiciones del Código establecen protecciones para la madre trabajadora en período de lactancia, entre las que figura el derecho a ausentarse del trabajo durante dos períodos de una hora cada uno para alimentar a su hijo hasta que este cumpla 6 meses. Esta dispensa se concede sin pérdida de remuneración ni de ningún otro derecho.
C.Información relativa al párrafo 49 (salud mental)
112.Todos los centros sanitarios públicos ofrecen atención de salud mental como parte de una atención sanitaria integral. Además, el Ministerio de Salud estableció una estrecha cooperación con ONG que prestan atención de salud mental, como PRADET, la clínica São João de Deus y Klibur Domin Tibar, a fin de ampliar su apoyo cuando se hace necesaria la terapia psicológica. Esta cooperación ha demostrado su eficacia a la hora de prestar apoyo psicológico a los niños víctimas de malos tratos, así como a los niños en conflicto con la ley.
D.Información relativa al párrafo 51 (salud de los adolescentes)
113.El Gobierno reconoce que el acceso limitado a la información en materia de salud reproductiva entre los adolescentes ha sido uno de los principales obstáculos a los que se han enfrentado los esfuerzos para reducir el embarazo en la adolescencia. Por lo tanto, una de las áreas en las que se ha centrado la atención es el suministro de información a través de campañas de concienciación pública, incluido el suministro de información sobre salud reproductiva integrada en el currículo escolar. La concienciación para reducir el embarazo adolescente y combatir los riesgos no deseados de la vida sexual insegura de los adolescentes se lleva a cabo mediante una colaboración intersectorial, en la que participan organismos y organizaciones que trabajan en el ámbito de la juventud, la educación, el trabajo y las organizaciones religiosas. La campaña de concienciación pública se ha centrado en el peligro y las desventajas del embarazo adolescente. La campaña también implica a padres, profesores y líderes religiosos y comunitarios como grupos destinatarios y agentes que difunden información. Estratégicamente, se han determinado y seleccionado los municipios con más embarazos de adolescentes como objetivo prioritario de la campaña de información pública.
114.Como se indica en la Estrategia Nacional de Salud Reproductiva, Materna, Neonatal, Infantil y de la Adolescencia 2015-2019, el Gobierno pretende que la prestación de todos los servicios en ese ámbito se realice de forma integrada con otros servicios sanitarios pertinentes, exigiendo a todos los proveedores de servicios sanitarios las condiciones para prestar servicios de salud reproductiva, materna, neonatal, infantil y de la adolescencia.
115.El análisis de situación realizado en el proceso de formulación de la Estrategia Nacional también observó que el consumo de alcohol entre la juventud conduce a la reducción del control de uno mismo, la falta de precaución y la falta de juicio, lo que puede exponer a las personas jóvenes a comportamientos de riesgo. La campaña de información pública del Gobierno también ha incluido información sobre los riesgos para la salud asociados al consumo de alcohol y tabaco entre los jóvenes. El Ministerio de Salud prepara actualmente la ley sobre venta y consumo de alcohol, que determinará adecuadamente la edad mínima para el consumo de alcohol.
E.Información relativa al párrafo 53 (nivel de vida)
116.El Decreto-ley núm. 18/2012, que establece el programa Bolsa da Mãe, estipula expresamente que el programa está dirigido a hogares en situación económica y social vulnerable, con niños a cargo. Los objetivos finales del programa son la reducción de la pobreza, la promoción de la participación en la educación básica obligatoria y el acceso a la atención sanitaria primaria. A fin de implementar el programa, el Ministerio de Solidaridad Social emitió la Orden Ministerial núm. 12/2012, que determina los criterios de los hogares para beneficiarse del programa. El Ministerio de Solidaridad Social se encarga de la aplicación del programa, con evaluaciones regulares y periódicas de las condiciones de los beneficiarios para determinar la continuación o el cese de su condición de beneficiarios.
117.Aunque el Ministerio de Solidaridad Social e Inclusión considera que la Bolsa da Mãe proporciona parte de la asistencia más necesaria a las familias vulnerables, es consciente de que es necesario volver a evaluar el programa y reajustarlo con la realidad de Timor-Leste para que tenga un impacto significativo en la reducción de la pobreza en el país. En un documento publicado recientemente, el Ministerio presenta varias alternativas mediante las cuales se puede rediseñar el programa Bolsa da Mãe para convertirlo en una herramienta eficaz de lucha contra la pobreza, incluida la infantil, en Timor-Leste.
VIII.Educación, esparcimiento y actividades culturales
Información relativa al párrafo 55 (educación, incluidas la formación y la orientación profesionales)
118.Las estadísticas obtenidas de 2016 a 2019 muestran una gran disparidad entre los niños que se matriculan en preescolar y los que ingresan en la educación básica. Esto indica que la mayoría de los alumnos que se matriculan en la educación básica nunca han asistido a la escuela. El Gobierno está redoblando sus esfuerzos para promover la matriculación en preescolar, incluyendo la creación de centros preescolares comunitarios. El programa se puso en marcha inicialmente en los municipios de Aileu y Ermera, y ahora se ha ampliado a otros municipios, en colaboración con el UNICEF y el Gobierno de Nueva Zelandia. Además del Plan de Estudios de la Enseñanza Preescolar aprobado en 2014, el Ministerio de Educación emitió una Orden Ministerial en 2016, por la que se establecía el estándar mínimo para que el Gobierno acreditara las instituciones preescolares comunitarias.
119.Además, se está llevando a cabo un programa quinquenal de cooperación entre el Ministerio de Educación de Timor- Leste y Nueva Zelandia, el Programa Halimar, Aprende, Deskobre Susesu(HANDS), cuyo objetivo es aumentar el acceso a una educación preescolar de calidad.
120.A fin de mejorar las oportunidades de acceso a la enseñanza superior para los hijos de familias con bajos ingresos, el Ministerio de Solidaridad Social concede becas a los hijos de mártires para que estudien en el país y en el extranjero.
121.El mayor acceso a la educación básica se ve reforzado por la publicación de libros y manuales para profesores bilingües, aunque actualmente se limitan a las ciencias sociales. El Gobierno también apoya a las escuelas privadas mediante el suministro de mobiliario escolar y los salarios de los profesores. El Ministerio de Educación sigue impartiendo cursos introductorios y avanzados a los profesores. Durante el período que abarca el informe, 2.656 profesores de educación básica de todos los municipios han completado un curso de 170 horas de duración. Esta es la última tanda de profesores que completan el curso, con lo que concluye un proceso que se inició en 2005 para garantizar que todos los docentes del nivel de educación básica tengan la cualificación necesaria para enseñar. Esto significa que todos los profesores de educación básica de Timor-Leste han acumulado hoy los requisitos básicos para enseñar.
122.A fin de incentivar la participación de los padres y de las comunidades en el apoyo a una mayor retención escolar, la Ley sobre la Estructura y los Jefes de Suco de 2016 facultó a los jefes de los sucos (pueblos) y de las aldeias (aldeas, unidades comunitarias de menor tamaño que componen un suco), para “sensibilizar a los miembros de la comunidad sobre la importancia de la escolarización infantil y movilizarlos para combatir el abandono escolar”.
123.La incorporación de la igualdad de género en las escuelas y la concienciación para erradicar la discriminación de los estudiantes vulnerables, como las niñas y los estudiantes con discapacidad, sigue llevándose a cabo, en colaboración con otros ministerios y secretarías de Estado, así como con organismos de las Naciones Unidas y ONG. En 2019, el Ministerio de Educación y la Secretaría de Estado de Igualdad e Inclusión celebraron conjuntamente sesiones informativas, en las que participaron 1.200 estudiantes y profesores de educación secundaria.
IX.Medidas especiales de protección
A.Información relativa al párrafo 57 (explotación económica, incluido el trabajo infantil)
124.Con el fin de comprender mejor la situación del trabajo infantil en el país, el Gobierno, en colaboración con la OIT, realizó la Encuesta Nacional sobre Trabajo Infantil en 2016. La Encuesta reveló que aproximadamente 67.688 niños de entre 5 y 17 años, lo que representa el 16,1 % de la población infantil, realizan algún tipo de actividad económica. De ellos, unos 62.710 se dedican a actividades agrícolas de subsistencia para mantener a sus padres, mientras que 4.978 trabajan en diversos ámbitos en las zonas urbanas. Del total de niños que trabajan, se considera que 15.037 realizan trabajos permisibles. Los 52.651 restantes están en situación de trabajo infantil.
125.La Secretaría de Estado para la Formación Profesional y el Empleo está llevando a cabo consultas para elaborar el borrador del Plan de Acción Nacional sobre Trabajo Infantil. Mientras tanto, el proyecto de lista de actividades peligrosas y prohibidas para los niños se encuentra en su versión definitiva, a la espera de la aprobación del Secretario de Estado de Formación Profesional y Empleo.
B.Información relativa al párrafo 59 (niños en situación de calle)
126.Debido a las dificultades económicas, algunos niños se ven obligados a vender mercancías en la calle, especialmente en la capital. Algunos de estos niños son huérfanos, mientras que otros han abandonado las casas de sus padres en los municipios y han venido a la capital en busca de dinero para financiar su asistencia a la escuela. Otros permanecen con sus padres en Dili pero venden productos en la calle para ayudar a sus familias. El Ministerio de Solidaridad Social colabora con la Fundasaun Forun Comunicasaun Juventude Oratorio Dom Bosco, una institución de solidaridad social registrada, a fin de prestar apoyo a los niños de la calle de Dili. La Fundación ayuda a los niños de la calle proporcionándoles alojamiento y otras ayudas que necesitan, con apoyo financiero del Ministerio de Solidaridad Social. Entre 2016 y 2019, el Ministerio abonó un importe total de 526.950,67 dólares a la Fundación para apoyar su trabajo con los niños de la calle.
C.Información relativa al párrafo 61 (venta, trata y secuestro)
127.La Ley de Prevención y Lucha contra la Trata de Personas fue aprobada por el Parlamento Nacional y entró en vigor el 26 de enero de 2017. Esta ley representa un paso importante en la lucha contra la trata de personas en Timor-Leste. Es importante señalar que, a efectos de esta ley, se entiende por niño toda persona menor de 18 años y que la ley establece protecciones especiales para los niños.
128.Se trata de un texto legislativo muy importante, ya que va más allá de la simple tipificación como delito de la trata de personas. Esta ya estaba tipificada como delito en la legislación de Timor-Leste desde 2005, en virtud del Código Penal. La Ley contra la Trata proporciona un marco sólido para la prevención, la protección y la reparación. La Ley se ajusta plenamente a la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y sus Protocolos, e incorpora como responsabilidad penal de las personas jurídicas la implicación y participación en la trata ilegal de personas. Establece, entre otras cosas, normas para la investigación y el enjuiciamiento penales, y el derecho de las víctimas a una indemnización. También determina una serie de obligaciones para que las autoridades públicas apliquen medidas preventivas. La legislación también establece la obligación de promover la cooperación internacional para identificar a las víctimas, llevar a cabo investigaciones y enjuiciamientos y prevenir la trata ilegal de personas.
129.Para la aplicación de la Ley contra la Trata, se ha creado un grupo de trabajo que velará por que se preste suficiente atención al carácter multidisciplinar de esta ley, que consiste en que, para ser eficaz, requiere la participación de varios organismos gubernamentales. Aunque existen dificultades para garantizar la coordinación, este foro es clave para promover una respuesta más rápida y adecuada desde la perspectiva del apoyo a los niños víctimas de la trata.
130.Se ha redactado un plan de acción nacional para reforzar la aplicación coordinada de la ley y, a finales de 2019, está a la espera de la aprobación del Consejo de Ministros.
131.Como resultado de estas actuaciones, se ha investigado y remitido a la fiscalía un número cada vez mayor de casos de trata. El Centro de Formación Judicial incluye actualmente el tema de la trata de personas en su plan de estudios para la formación de nuevos jueces, fiscales y abogados defensores, así como para los actuales miembros de la judicatura.
132.El artículo 9 de la Ley de Prevención y Lucha contra la Trata de Personas establece que las víctimas de la trata de personas tienen derecho a una indemnización por las pérdidas y daños derivados del delito. El artículo 11 prevé la protección específica de los testigos y las víctimas menores de 18 años y exige específicamente que sus intereses sean la consideración más importante durante todo el proceso penal. La ley también modificó el Código Penal al reforzar la investigación, persecución y castigo de los delincuentes, y promueve la cooperación internacional.
133.El artículo 16 de la Ley contra la Trata establece los principios generales para la prestación de apoyo y asistencia a las víctimas, mientras que el artículo 17 enumera las medidas específicas, los derechos y el acceso a la asistencia jurídica, el tratamiento médico, incluido el tratamiento psicológico, así como el apoyo social. Además, el artículo 18 determina que las víctimas menores de edad tienen acceso prioritario a los mecanismos de protección y asistencia disponibles.
134.Además, los artículos 23 a 25 introducen un régimen especial para conceder permisos de residencia a las víctimas extranjeras si desean permanecer en Timor-Leste. Los artículos 26 y 27 imponen al país la obligación de prestar apoyo y asistencia para el retorno de las víctimas a su país de origen. Esto incluye casos en los que ciudadanos timorenses o personas que residen legalmente en Timor-Leste son trasladados al extranjero, o ciudadanos extranjeros que son objeto de trata y trasladados al país.
135.El Ministerio de Solidaridad Social e Inclusión ha estado trabajando con la Red de Protección de la Infancia en relación con los niños víctimas de explotación sexual y los ha acompañado en su recuperación y, en último término, su reintegración. En cuanto a la protección y el apoyo a las víctimas de la trata, los esfuerzos del Gobierno se están beneficiando en gran medida de las experiencias ya adquiridas por ONG asociadas como PRADET, que, mucho antes de la aprobación de la Ley contra la Trata, estableció una alianza con la OIM a fin de prestar apoyo a las víctimas de la trata de personas.
136.El Gobierno sigue siendo el principal responsable de la aplicación de la Ley contra la Trata. No obstante, el artículo 33 de la Ley prevé la cooperación entre el Gobierno y la sociedad civil para reforzar la prevención de la trata de personas y la protección y asistencia a las víctimas. Antes de la aprobación de la Ley, la OIM organizó un curso de formación en el que participaron 660 personas procedentes de muy diversos ámbitos, como agentes del orden, funcionarios públicos, empleados de los servicios sociales, personal de ONG, jueces y fiscales. La formación ha ayudado a los participantes a mejorar sus conocimientos sobre el desarrollo y el fortalecimiento de un sistema nacional de vigilancia y a aumentar su concienciación sobre la trata de personas y su capacidad de abordar las causas profundas de la vulnerabilidad a la trata, así como a proporcionarles la capacidad de detectar a posibles víctimas de la trata.
137.La OIM sigue colaborando con el Ministerio de Justicia para difundir información sobre la trata de personas.
D.Información relativa al párrafo 63 (administración de la justicia juvenil)
138.El Gobierno, en colaboración con el UNICEF, ha desarrollado módulos y ha impartido formación a la policía y a los jueces sobre los métodos de administración de la justicia juvenil. También se han centrado en el desarrollo de las capacidades de diversos agentes del sistema, incluidos los funcionarios de protección infantil. En el marco de esta cooperación, 52 agentes judiciales y 25 guardias de prisiones han recibido formación sobre cuestiones relacionadas con los derechos del niño, el desarrollo infantil y los procedimientos adaptados a los niños.
139.El tema de la administración de la justicia juvenil también se ha incluido en el material de formación de los agentes judiciales, incluidos jueces, fiscales y defensores públicos. Los miembros de la judicatura también han participado en cursos de formación impartidos por instituciones de países con sistemas similares, como el Brasil y Portugal.
140.Se está debatiendo el establecimiento de un marco legislativo global para la justicia juvenil. Hay varios proyectos de ley en tramitación con arreglo a los cuales se creará una división específica dentro de los tribunales de distrito para tratar los casos de menores en conflicto con la ley, permitir la remisión de casos a la fiscalía e incluso garantizar un futuro mejor eliminando los antecedentes penales una vez cumplida la pena.
141.Actualmente, también se dispone del apoyo psicológico de la Red de Protección Social del Ministerio de Solidaridad Social, que ha sido utilizado por menores privados de libertad. Este apoyo psicológico se presta con vistas a facilitar la rehabilitación de los reclusos y prepararlos para la reinserción una vez cumplida su pena, así como para evitar la reincidencia en el delito. El Ministerio de Justicia colabora con el Ministerio de Educación, el Ministerio de Solidaridad Social e Inclusión y la Secretaría de Estado para la Formación Profesional y el Empleo en el diseño de la formación profesional idónea para los reclusos, incluidos los menores, con el fin de ayudarlos en su futura reinserción y permitirles llevar una vida normal.
142.De forma acumulada desde 2016, hay 63 reclusos menores de edad de un población reclusa total de 2.283 en todo el sistema penitenciario de Timor-Leste. De los 63 reclusos menores de edad, 20 son reincidentes.
X.Ratificación de los instrumentos internacionales de derechos humanos
A.Información relativa al párrafo 64 (ratificación del Protocolo Facultativo relativo a un procedimiento de comunicaciones)
143.Timor-Leste es parte en siete tratados fundamentales de derechos humanos y está adoptando todas las medidas legislativas, políticas y administrativas necesarias para garantizar que esos tratados se aplican correctamente en el país.
144.El Gobierno observa que el Comité ha formulado una serie de recomendaciones en el sentido de que Timor-Leste ratifique varios tratados de derechos humanos y protocolos facultativos. En esta coyuntura, el Gobierno desea informar de que se está preparando la ratificación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Este proceso concita un amplio apoyo en todo el país, tanto de los miembros de la comunidad como del Parlamento Nacional. En octubre de 2019, el Parlamento Nacional aprobó una resolución que contenía 13 recomendaciones que el Gobierno debía aplicar en relación con la protección de los derechos de las personas con discapacidad. Entre ellas figuraba el inicio de los preparativos para la ratificación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Como parte de este proceso, el Gobierno está preparando la creación del Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad y formulando el Plan de Acción Nacional para las Personas con Discapacidad.
145.Timor-Leste estudiará las implicaciones de cualquier otro tratado de ratificación, incluido el Protocolo Facultativo relativo a un procedimiento de comunicaciones, y tomará la decisión apropiada a su debido tiempo.
B.Información relativa al párrafo 65 (ratificación de otros instrumentos de derechos humanos)
146.Se sugiere considerar la adopción de la redacción propuesta en el párrafo 167.
XI.Cooperación con organismos regionales
Información relativa al párrafo 66 (cooperación con organismos regionales)
147.Timor-Leste sigue cooperando con la ASEAN y concluirá su solicitud formal de adhesión, iniciada en 2011. Timor-Leste se convirtió en miembro del Foro Regional de la ASEAN en 2005 y se adhirió al Tratado de Amistad y Cooperación en Asia Sudoriental. Como miembro del Foro Regional, Timor-Leste ha acogido tres talleres del Foro en 2011, 2017 y 2019. En agosto de 2019, el Ministro de Asuntos Exteriores y Cooperación organizó una reunión con sus homólogos de la ASEAN, en la que reiteró el compromiso de Timor‑Leste de formar parte de la Asociación, y su disposición a seguir el proceso de adhesión determinado por esta.
148.La Defensoría de los Derechos Humanos y la Justicia es miembro del Foro de Instituciones Nacionales de Derechos Humanos del Sudeste Asiático. La Defensoría participa activamente en el Foro y ha acogido varias reuniones de este y se coordina con otros miembros del Foro para debatir y abordar cuestiones de derechos humanos de interés común.
149.Cabe destacar que la Defensoría ha mantenido una estrecha cooperación con la institución homóloga de uno de los países de la ASEAN, a saber, la Comisión de Derechos Humanos de Indonesia, en diversos aspectos de formación de personal y desarrollo institucional, así como en el seguimiento de las conclusiones y recomendaciones de la Comisión de la Verdad y la Amistad en la que participan conjuntamente los dos países.
150.Timor-Leste reforzó la cooperación bilateral con los países de la CPLP, al establecer protocolos en materia de justicia con Portugal, Cabo Verde, Mozambique, Santo Tomé y Príncipe y el Brasil. Estos protocolos abarcan la formación de recursos humanos, el asesoramiento técnico y jurídico, el apoyo al funcionamiento de las instituciones de justicia, los intercambios, las pasantías y la puesta en común y el intercambio de información jurídica, entre otros. Se celebró la XIV Conferencia de Ministros de Justicia de los Países de Lengua Portuguesa, en cuyo marco se llevaron a cabo importantes actividades en el ámbito de los derechos sobre la tierra, los derechos del niño y la lucha y prevención de la trata de personas.
151.Además, en julio de 2019, la XXIV Reunión Ordinaria del Consejo de Ministros de la CPLP aprobó el Documento Estratégico de Cooperación 2020-2026 de la CPLP, en el que se reafirmaba el anterior Documento Estratégico de Cooperación 2016-2026 de la CPLP. El documento más reciente se centra en establecer una cooperación entre los Estados miembros hacia los Objetivos de Desarrollo Sostenible para 2030 y, en particular, en materia de derechos humanos y buena gobernanza, educación, igualdad de género, juventud y deporte, salud y seguridad alimentaria y nutricional.
XII.Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía
A.Información relativa al párrafo 6 (reunión de datos)
152.La recopilación y el mantenimiento adecuados de los datos relativos al delito de trata y venta de niños son esenciales para la prevención eficaz, el enjuiciamiento y la prestación de una protección adecuada a las víctimas y los testigos. Esto, a su vez, requiere que los organismos encargados de hacer cumplir la ley y el sistema judicial tengan la capacidad de llevar a cabo investigaciones exhaustivas, identificar a los autores y las víctimas, y reunir toda la información necesaria.
153.Con la creación de la Policía Científica de Investigación Criminal, se mejoró la capacidad de las fuerzas del orden para llevar a cabo investigaciones. El Gobierno reconoce, sin embargo, que es necesario seguir desarrollando el sistema general de justicia y de aplicación de la ley para hacer frente al reto que plantea el delito de trata y venta de niños, que a menudo implica a grandes redes en sus operaciones y lleva a cabo sus actividades de forma clandestina.
B.Información relativa al párrafo 8 (plan nacional de acción sobre la trata de personas)
154.Como se presentó en el informe inicial de 2007, el Grupo de Trabajo Interinstitucional contra la Trata de Personas hizo una serie de recomendaciones, entre ellas la elaboración de un plan de acción nacional sobre la trata de personas. El Grupo de Trabajo también desempeñó un papel importante en la elaboración de la Ley de Prevención y Lucha contra la Trata de Personas, que se aprobó en 2017. El Gobierno reconoce que la trata de personas es un delito premeditado y que a menudo implica cálculos meticulosos para eludir a las fuerzas del orden. Por lo tanto, los esfuerzos para combatir este delito también deben implicar una buena planificación, con mecanismos claros de cooperación entre todos los organismos pertinentes. Teniendo esto en cuenta, un plan de acción nacional sobre la trata de personas será un complemento deseable al marco de lucha contra este delito. Se está estudiando el desarrollo de este plan de acción.
C.Información relativa al párrafo 10 (coordinación y evaluación)
155.La Comisión Nacional de los Derechos del Niño se creó en septiembre de 2009. Como se informa en el párrafo 2 del presente informe, en el Plan de Acción Nacional para la Infancia en 2016 se asigna a la Comisión Nacional de los Derechos del Niño la responsabilidad de coordinar y dar seguimiento a la aplicación del Plan de Acción.
D.Información relativa al párrafo 12 (difusión y capacitación)
156.La Comisión Nacional de los Derechos del Niño, en cooperación con el Ministerio de Justicia, el Ministerio de Relaciones Exteriores y otras organizaciones, ha llevado a cabo campañas de sensibilización, tanto a nivel nacional como en los municipios. En la lucha contra la trata de personas, el Gobierno reconoce el papel fundamental que han desempeñado los organismos de las Naciones Unidas y la OIM. En 2016, la OIM facilitó la impartición de formación a funcionarios encargados de hacer cumplir la ley y funcionarios de otros ministerios pertinentes, así como a miembros del personal de ONG.
157.El Gobierno reconoce que es necesario seguir formando a los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley y a los funcionarios del poder judicial a fin de reforzar las capacidades del país en la lucha contra la trata de personas.
E.Información relativa al párrafo 14 (asignación de recursos)
158.La estructura del presupuesto del Estado de Timor-Leste no permite la asignación de una partida presupuestaria específica a una acción concreta que constituya la aplicación del Protocolo Facultativo relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía. Sin embargo, el Plan de Acción Nacional para la Infancia exige a los ministerios que incorporen en su planificación y presupuestación actividades encaminadas a aplicar la Convención sobre los Derechos del Niño y sus Protocolos Facultativos.
F.Información relativa al párrafo 16 (medidas preventivas)
159.En el período que abarca el informe, han entrado en vigor varias leyes que han fortalecido la capacidad del país para prevenir la comisión de delitos en virtud de este protocolo. También se ha desarrollado el sistema de protección social para prestar apoyo a las víctimas cuando lo necesiten.
160.A través del desarrollo económico y los programas sociales, el Gobierno sigue esforzándose por erradicar la pobreza, una de las causas fundamentales de la vulnerabilidad a la trata y la prostitución infantiles.
G.Información relativa al párrafo 18 (inscripción de los nacimientos)
161.Para obtener información sobre la inscripción de los nacimientos, véanse los párrafos 52 a 55 del presente informe.
H.Información relativa al párrafo 20 (marco legislativo)
162.El Parlamento Nacional de Timor-Leste aprobó la Ley núm. 3/2017 de Prevención y Lucha contra la Trata de Personas, que define como menor a toda persona de menos de 18 años. Otros artículos de la ley garantizan una protección especial al menor que sea testigo o víctima de la trata de personas.
163.La definición del delito que figura en el artículo 2 de la ley abarca todos los actos enumerados en el artículo 3 del Protocolo Facultativo.
I.Información relativa al párrafo 21 (ratificación de las convenciones de las Naciones Unidas)
164.Véase el párrafo 165 del presente informe.
J.Información relativa al párrafo 23 (extradición)
165.Timor-Leste no ha firmado ningún tratado de extradición con ningún Estado. Sin embargo, ha cooperado con otros Estados en varios casos de delitos transfronterizos y puede considerar la extradición caso por caso.
K.Información relativa al párrafo 25 (protección de los derechos de las víctimas)
166.El artículo 11 de la Ley de Prevención y Lucha contra la Trata de Personas garantiza la protección del Estado a los niños que sean testigos o víctimas de un delito de trata de personas. El artículo 4 de la Ley prohíbe la imposición a las víctimas del delito de trata de personas de cualquier sanción legal por haber entrado ilegalmente en el territorio. Además, el artículo 24 establece que a las víctimas de la trata de personas, aunque hayan entrado ilegalmente en el territorio, se les permitirá permanecer en el país cuando la autoridad competente lo considere necesario, hasta su eventual repatriación.
XIII.Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados
Información de seguimiento sobre el párrafo 6 de las observaciones finales de 2008 (medidas de aplicación).
Información de seguimiento sobre el párrafo 8 de las observaciones finales de 2008 (prevención).
Información de seguimiento sobre el párrafo 10 de las observaciones finales de 2008 (educación en derechos humanos).
Información de seguimiento sobre el párrafo 12 de las observaciones finales de 2008 (educación en derechos humanos).
Información de seguimiento sobre el párrafo 14 de las observaciones finales de 2008 (grupos de artes marciales).
Información de seguimiento sobre el párrafo 16 de las observaciones finales de 2008 (protección, recuperación y reintegración).
Información de seguimiento sobre el párrafo 18 de las observaciones finales de 2008 (seguimiento y difusión).
167.Por desgracia, no se dispone de datos que presentar en el período que abarca el informe en el marco del Protocolo Facultativo relativo a la participación de niños en los conflictos armados, ya que hasta el momento en Timor-Leste no ha habido ningún caso de participación de niños en conflictos armados.
XIV.Información adicional
Compromiso del Gobierno para reformar políticas concretas en respuesta a la pandemia de COVID-19
168.La pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID-19) afectó a todo el mundo, incluido Timor-Leste, cuando el Gobierno, ante la emergencia, decidió bloquear todos los movimientos, ya fueran dentro o fuera del país. La pandemia afectó a la economía estatal y contribuyó al aumento de la pobreza, sobre todo en las familias vulnerables.
169.A través del Ministerio de Solidaridad Social e Inclusión, el Gobierno ha dado un paso concreto en respuesta a la situación real a la que se enfrentan todos los países, incluido Timor‑Leste. En febrero de 2021, el Consejo de Ministros aprobó una iniciativa de reforma denominada “Bolsa da Mãe Jerasaun Foun (Monedero de la madre para la nueva generación)”. Se trata de un programa de transferencia de efectivo para mujeres embarazadas y niños hasta la escuela primaria (6 años). Su cobertura será universal (dentro de la población que cumpla los requisitos). Proporcionará valores de transferencia significativamente más altos que el programa Bolsa da Mãe, al proponer 15 dólares al mes para las mujeres embarazadas y 20 dólares al mes para los niños dentro del grupo de edad que cumpla los requisitos.
170.El VIII Gobierno Constitucional reconoce la importancia de la Bolsa da Mãe en la reducción de la pobreza y la mejora de los resultados en materia de salud, nutrición y educación. El Plan de Recuperación Económica (pág. 81) afirma que la Bolsa da Mãe puede tener un impacto significativo en la reducción de la pobreza entre los niños, que actualmente son especialmente vulnerables a la pobreza, y da prioridad a la creación de condiciones para que la Bolsa da Mãe aumente su cobertura.
171.La Bolsa da Mãe Jerasaun Foun se introducirá inicialmente en tres municipios y se extenderá progresivamente por todo el país. Es un componente importante de la Estrategia Nacional de Protección Social del Ministerio de Solidaridad Social e Inclusión (en preparación) y de su Plan Estratégico para 2021-2025 y la fase piloto de tres años (2022, 2023 y 2024). Sin embargo, el Ministerio tiene el firme compromiso de extender la Bolsa da Mãe Jerasaun Foun a todos los municipios lo antes posible.