Comité contra la Tortura
50 º período de sesiones
Acta resumida de la 1157ª sesión
Celebrada en el Palais Wilson, Ginebra, el jueves 23 de mayo de 2013, a las 15.00 horas
President a :Sra. Belmir (Vicepresidenta)
Sumario
Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 19 de la Convención (continuación)
Quinto informe provisional de Estonia (continuación)
En ausencia del Sr. Grossman (Presidente), la Sra. Belmir (Vicepresidenta) ocupa la Presidencia.
Se declara abierta la sesión a las 15.00 horas.
Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 19 de la Convención (continuación)
Quinto informe provisional de Estonia (continuación) (CAT/C/EST/5)
1. Por invitación de la Presidenta, la delegación de Estonia toma asiento a la mesa del Comité.
2.El Sr. Künnapu (Estonia), en respuesta a las preguntas formuladas el día anterior, indica que la revisión del Código Penal que está llevando a cabo actualmente el Ministerio de Justicia incluye la armonización de la definición de tortura con la Convención. Las penas propuestas son de 1 a 7 años de prisión, o de 2 a 12 años de prisión para los actos de tortura perpetrados contra dos o más personas o contra menores. El proyecto de código se presentará al Parlamento a finales de 2013. Hasta la fecha, de los 70 casos de tortura o malos tratos registrados en 2011 y los 105 registrados en 2012, resultaron en condenas 42 y 24 casos respectivamente. En 2011 se recibieron 60 denuncias de tortura o malos tratos que involucraban a agentes de la policía y del servicio de prisiones y, hasta la fecha, han sido condenados 5 funcionarios. Por el momento, no se ha impuesto ninguna condena en relación con las 77 denuncias presentadas en 2012 contra policías y funcionarios del servicio de prisiones, muchas de las cuales siguen pendientes.
3.Las faltas son infracciones para las que se prevé como sanción principal una multa o una pena de privación de libertad de hasta 30 días, de conformidad con el Código de Procedimiento de Faltas. Por lo general, la aplicación de sanciones por la comisión de faltas corre a cargo de las autoridades administrativas competentes, pero puede ser impugnada ante la justicia. La privación de libertad por la comisión de una falta no podrá superar las 48 horas, y las personas privadas de libertad por ese motivo gozan de los mismos derechos que los sospechosos en procesos penales. El Ministerio de Justicia ha elaborado un nuevo proyecto de Código de Procedimiento de Faltas, que también se presentará al Parlamento a finales de 2013.
4.De conformidad con el Código de Procedimiento Penal, todos los sospechosos tienen derecho a ser interrogados e identificados en presencia de un abogado. Los abogados pueden participar en los procesos penales desde el momento en que sus clientes se convierten en sospechosos. Los sospechosos pueden defenderse a sí mismos si lo desean, salvo en los casos de ciertas personas o delitos, como las personas que eran menores cuando se cometió el delito, las que no pueden defenderse a causa de una discapacidad o las sospechosas de haber cometido una infracción sancionable con una pena de prisión perpetua. La presencia de un abogado durante los procesos judiciales es generalmente obligatoria. De ser necesario, el Colegio de Abogados designa a uno de sus miembros que prestará sus servicios gratuitamente.
5.En virtud de las nuevas directrices aprobadas en 2010 se garantiza que la instrucción previa al juicio en asuntos penales que involucran a menores no dure más de un mes y que se dé prioridad a los procesos penales en los que se haya impuesto la prisión preventiva. La prisión preventiva no puede durar más de seis meses; en la práctica, dura alrededor de cuatro meses. En 2012, la duración de la prisión preventiva se prorrogó más allá del límite de seis meses en 23 casos. En su resolución del 21 de junio de 2011, el Tribunal Supremo declaró anticonstitucional el reglamento sobre la prisión posterior al juicio. El proyecto de ley por el que se deroga el artículo correspondiente del Código Penal está siendo examinado actualmente por el Parlamento. En los procesos penales, los sospechosos pueden verse privados de libertad durante 48 horas como máximo y tienen derecho a notificar su situación al menos a una persona, salvo en los casos en que la notificación suponga un perjuicio para el proceso penal. Actualmente, no se dispone de datos sobre casos en que se haya negado ese derecho.
6.La Sra. Jögi (Estonia) señala que el Convenio Europeo de Derechos Humanos es directamente aplicable en los tribunales nacionales y que las sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos son vinculantes para Estonia. Esas sentencias constituyen la base para la revisión de casos penales, civiles y administrativos a nivel nacional. Al interpretar el Convenio Europeo, los tribunales estonios se fundamentan en la jurisprudencia pertinente del Tribunal Europeo. Aunque en la Ley de Aplicación de Sanciones Internacionales se prevé la imposición de las sanciones internacionales en el país a fin de garantizar el cumplimiento del derecho internacional y europeo, hasta la fecha ninguna persona ha sido castigada mediante la aplicación de sanciones internacionales.
7.El Sr. Sepp (Estonia) indica que el proceso de selección para los solicitantes de asilo se lleva a cabo de conformidad con el procedimiento de protección internacional. Los solicitantes son entrevistados y tienen la oportunidad de presentar información para fundamentar su solicitud de protección. Los extranjeros que no disponen de los documentos legales necesarios para ingresar al país tienen la posibilidad de acudir a la Junta de la Policía y la Guardia de Fronteras para solicitar asilo de inmediato. Se les garantiza el acceso irrestricto al procedimiento de asilo, salvo en el caso de que hayan llegado a través de un tercer país seguro. La Junta de la Policía y la Guardia de Fronteras determinan qué países pueden considerarse como terceros países seguros estudiando cada caso por separado y no utiliza listas elaboradas de antemano. En 2012, de las 26 solicitudes de asilo recibidas, 8 fueron rechazadas. Los inmigrantes recién llegados tienen la posibilidad de incorporarse a programas de integración. Las personas cuya solicitud de asilo haya sido rechazada tienen diez días para impugnar la decisión ante un tribunal administrativo. En 2011 y 2012, se ha impartieron cursos de capacitación a unos 150 guardias fronterizos.
8.El Sr. Kaasik (Estonia) señala que la mayor parte de la capacitación impartida al personal penitenciario, policías, empleados del fisco, agentes de aduana y otros funcionarios de las fuerzas del orden se lleva a cabo en la Academia de Ciencias de la Seguridad de Estonia. Los programas de capacitación han sido evaluados por el Consejo para la Evaluación de la Calidad de la Enseñanza Superior de Estonia y acreditados a nivel internacional por un período de siete años, y también se evalúan internamente.
9.La Sra. Ots-Vaik (Estonia) dice que los principios del Protocolo de Estambul se han incorporado en los programas de capacitación para los profesionales de la salud en la Universidad de Tartu y otras instituciones académicas, y se han señalado a la atención de los encargados de prestar servicios de salud durante cursos de deontología para profesionales.
10.El Sr. Seilenthal (Estonia) indica que el Gobierno está estudiando actualmente la mejor manera de establecer una institución nacional de derechos humanos acreditada. El Defensor del Pueblo realiza sus actividades de conformidad con los Principios de París y desempeña las funciones propias de tal institución. No se tiene previsto formular declaraciones sobre los artículos 21 y 22 de la Convención.
11.El Sr. Saadi (Estonia) dice que, como se indica en el párrafo 139 del informe periódico, el Comisionado para la Igualdad de Género y la Igualdad de Trato es una autoridad imparcial e independiente cuya función consiste en recibir denuncias y expresar su opinión con respecto a posibles casos de discriminación.
12.El Sr. Kaasik (Estonia) dice que en la revisión del Código Penal actualmente en curso se prevé tipificar la violencia doméstica como delito separado. A través de los funcionarios de las fuerzas del orden, los funcionarios nacionales de apoyo a las víctimas, los asistentes sociales, los refugios para mujeres y los medios de comunicación, las mujeres víctimas de violencia reciben información sobre sus derechos, los medios de reparación de que disponen y los servicios de apoyo a las víctimas. El Plan 2010-2014 de Lucha contra la Violencia incluye medidas destinadas a prevenir la violencia doméstica. Los ministerios competentes y otros organismos públicos y privados interesados han asignado recursos a tal efecto. Al ocuparse de casos de violencia doméstica, la policía sigue directrices específicas, y unos 500 funcionarios han recibido capacitación pertinente desde 2011. El número de denuncias de casos de violencia doméstica ha aumentado gracias a las campañas de sensibilización y la creciente confianza de la población en la policía. Las investigaciones policiales sobre el perfil social de los infractores y las víctimas se utilizan para mejorar las actividades de prevención y en las actividades de capacitación de la policía. Las autoridades están examinando actualmente la posibilidad de ampliar el programa social especial sobre violencia doméstica para los presos y las personas en libertad condicional mediante la incorporación de las personas que están fuera del sistema penal y desean participar. En 2012 se elaboró un manual sobre la violencia doméstica para que los maestros crearan conciencia en las escuelas respecto de la violencia y los abusos. También se ha incorporado información sobre la violencia doméstica y la trata de personas en los libros de texto de las escuelas primarias y secundarias.
13.La Sra. Ots-Vaik (Estonia) señala que, gracias a los continuos debates en la sociedad estonia sobre los castigos corporales, la sensibilización de la población acerca de ese problema va en aumento. De conformidad con el Código Penal, infligir malos tratos a cualquier persona, incluidos los niños, es ilegal. La nueva Ley de Protección de la Infancia, en la que se proscribe claramente el castigo corporal en todas sus formas, se encuentra actualmente en fase de elaboración y se presentará al Parlamento a finales de 2013.
14.El Sr. Saadi (Estonia) señala que la trata de personas está tipificada como delito desde abril de 2012. En 2012 se registraron 32 casos de trata de personas y delitos conexos, y se impusieron unas 31 condenas. Los cambios legislativos imposibilitan la comparación de estos datos con los correspondientes a años anteriores. La trata de personas y demás delitos relacionados con la trata se sancionan actualmente con una pena de hasta 15 y 10 años de prisión respectivamente. En 2012, unas 671 personas han recibido asistencia a través de la línea de ayuda para la prevención de la trata de personas, administrada por una organización no gubernamental (ONG) y financiada por el Ministerio de Asuntos Sociales. En 2011 hubo 56 víctimas de la trata de personas, mientras que en 2012 fueron 22. Esas personas han recibido asistencia psicológica, social, y jurídica, servicios de rehabilitación y alojamiento, independientemente de su condición en los procesos penales.
15.La Sra. Ots-Vaik (Estonia) indica que, en virtud de la Ley de Salud Mental, solo pueden aplicarse medidas de contención a los pacientes si presentan un trastorno mental grave que limite su capacidad para entender o controlar su comportamiento, si ponen en riesgo su propia vida, salud o seguridad, o las de otros, o si los demás tratamiento psiquiátricos son insuficientes. Los medios de contención solo se utilizan si así lo deciden los médicos y son proporcionales al peligro inmediato que representa la persona. Los profesionales de la atención de la salud que estén en conocimiento de casos de maltrato o tortura contra pacientes tienen el deber legal de informar a las autoridades competentes.
16.El Sr. Saadi (Estonia) señala que, con arreglo a la Ley de Ayuda a las Víctimas, el Estado paga indemnizaciones a todas las víctimas de delitos violentos perpetrados en Estonia, así como a las personas que estén a su cargo. No se dispone de datos separados sobre el número de víctimas de tortura o malos tratos que han recibido indemnizaciones. Las víctimas de delitos violentos cometidos por agentes del Estado gozan de los mismos derechos que las demás, y los límites de la indemnización también son los mismos. En 2012, el Estado pagó un total de 227.000 euros a unas 207 víctimas. Cuando procede, las víctimas y sus familiares tienen derecho a una indemnización por los gastos de asistencia psicológica.
17.Los juicios celebrados a raíz de los acontecimientos ocurridos en 2006 en la prisión de Murru resultaron en la condena de un funcionario por complicidad en un asesinato, mientras que dos funcionarios del servicio de prisiones fueron absueltos. Dos presos fueron condenados por tortura y asesinato, otro por asesinato, otro por complicidad en un asesinato, otro más por colaboración en actos de maltrato, y otros dos fueron absueltos. No se reclamó ninguna indemnización.
18.La Sra. Jögi (Estonia) señala que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha constatado que no se producen más de dos o tres violaciones del Convenio Europeo de Derechos Humanos por año. Los disturbios que se produjeron en Tallinn en 2007 no tenían precedentes. Solo unas pocas de las denuncias presentadas por siete demandantes a raíz de esos acontecimientos han sido avaladas. Por tanto, no se pueden sacar conclusiones generales sobre la obligación de las autoridades estonias de investigar la conducta de la policía. Desde entonces, la policía ha establecido procedimientos para la recopilación de pruebas en casos como ese.
19.El Sr. Seilenthal (Estonia) señala que se han establecido procedimientos simplificados de naturalización para los niños menores de 15 años nacidos de padres de nacionalidad indeterminada, que gozan de los mismos derechos que los ciudadanos estonios, excepto por el derecho a votar en las elecciones parlamentarias o a ocupar un cargo en la administración pública. La proporción de la población con ese estatuto ha disminuido del 32% al 6,9% desde 1991.
20.El primer programa de integración del Gobierno, que seguirá vigente hasta 2014, se centra esencialmente en la adquisición de un buen conocimiento del idioma estonio. Algunos maestros y directores de escuela se han mostrado reacios a aceptar el sistema de enseñanza unitario, que se viene instaurando gradualmente desde 1993.
21.El bajo porcentaje de ciudadanos estonios en la población carcelaria podría deberse en parte a que las personas condenadas a una pena superior a un año no pueden solicitar la nacionalidad mientras estén cumpliendo dicha pena. Más del 20% de los adultos de nacionalidad indeterminada tienen antecedentes penales. El Estado parte no tiene previsto adherirse a la Convención de 1954 sobre el Estatuto de los Apátridas ni a la Convención de 1961 para Reducir los Casos de Apatridia.
22.El Centro de Información Jurídica para los Derechos Humanos no ha ejercido su derecho a refutar la información publicada por el Kaitsepolitsei (servicio de seguridad interna de Estonia) sobre las actividades de ONG destinadas a socavar las decisiones del Parlamento. El Estado parte investiga todos los crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra y genocidios, independientemente de quién sea el autor. Esos crímenes no prescriben. No obstante, en el caso del Sr. Gorshkov, aún no se han recabado pruebas suficientes para justificar su enjuiciamiento. Algunas fundaciones alemanas han pagado indemnizaciones a las víctimas de estos crímenes perpetrados en Estonia.
23.El Sr. Kaasik (Estonia) indica que se han renovado varios centros de detención y se ha ampliado el programa de capacitación de los funcionarios policiales con el fin de garantizar el estricto cumplimiento de las normas de procedimiento. Señala asimismo que se realizarán más renovaciones entre 2013 y 2019. Por otra parte, se está examinando la posibilidad de dotar a la policía y a los guardias fronterizos de armas de descarga eléctrica.
24.El Sr. Sepp (Estonia) señala que el centro de expulsión del condado de Harju tiene capacidad para 80 personas. Se recurre al uso de grilletes y otras medidas de seguridad según las necesidades. Las raciones atribuidas a los presos son supervisadas por el personal médico. El personal del centro recibe formación sobre cuestiones relacionadas con la ética, los conflictos interculturales, la prevención de enfermedades y las subculturas en lugares de privación de libertad. Los presos tienen derecho a practicar su religión con sujeción a ciertos criterios de seguridad.
25.La Sra. Tšaikovski (Estonia) dice que la reclusión en régimen de aislamiento no se utiliza como castigo en la prisiones del Estado parte. Se tiene previsto renovar algunas prisiones, pero aún persiste el problema de la falta de agua caliente en la prisión de Tallinn. Se han modernizado dos celdas en el pabellón psiquiátrico de la prisión de Tartu para alojar a reclusos de movilidad reducida. Actualmente se están aplicando las directrices de la Junta de Salud para regular el uso de medios de restricción física y contención en el pabellón. En general, las condiciones de reclusión en las prisiones de Tartu y Viru son satisfactorias, al contrario que en las prisiones de Tallinn y Harku. Las tarjetas que llevan los reclusos, en la que se indica su nivel de conocimiento del estonio, se utilizan para su propio bien, pues propician una comunicación eficaz con los guardias del servicio de prisiones, que pueden solicitar los servicios de un intérprete en caso de necesidad.
26.La Sra. Gaer (Relatora para el país) desea saber si las personas citadas para prestar declaración como testigos en una investigación penal tienen derecho a un abogado. Pregunta si hay datos estadísticos sobre el número de acusados que han recibido la asistencia de un abogado designado por un tribunal. Desea saber asimismo si los miembros del personal del servicio de prisiones que maltratan a los reclusos seguirán siendo enjuiciables de conformidad con el nuevo Código Penal, si en dicho Código se mantendrá el término “abuso de autoridad”, y cuándo podría entrar en vigor. Pregunta en qué circunstancias las personas detenidas pueden verse privadas de su derecho a contactar a sus familiares. ¿Está garantizado por ley ese derecho?
27.Desea saber si se dispone de datos estadísticos sobre las personas que han sido enjuiciadas por cometer el delito de trata de personas. Pregunta en cuántas sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos se hace referencia a los artículos de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes y cómo ha reaccionado el Estado ante dichas sentencias.
28.Al parecer, no existen diferencias significativas entre la apatridia y la nacionalidad indeterminada, por lo que nada impide al Estado parte adherirse a las convenciones de 1954 y 1961 sobre la apatridia. Agradecería que se le proporcionara más información sobre el hecho de que un 20% de las personas de nacionalidad indeterminada tienen antecedentes penales y desea saber qué maestros se oponen al sistema de enseñanza unitario. ¿Se trata de maestros de origen ruso? ¿Podría pronunciarse la delegación sobre los informes según los cuales los reclusos consideran humillantes las tarjetas en las que se indica su nivel de conocimiento del estonio?
29.El Sr. Wan Xuexian(Relator para el país) señala que en las disposiciones sobre la reparación a las víctimas de tortura no parece tenerse en cuenta la gravedad del delito. Pregunta si, a la luz de las sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, el Estado parte consideraría la posibilidad de revisar sus procedimientos judiciales y las disposiciones sobre el uso de la fuerza. Desea saber qué tipos de delito han cometido el 20% de las personas de nacionalidad indeterminada que tienen antecedentes penales. Pregunta asimismo si se está estudiando la posibilidad de trasladar el centro de expulsión a Tartu y qué sanciones se aplican a los extranjeros que se han demorado en solicitar asilo tras su ingreso en el país.
30.El Sr. Mariño Menéndez desea saber si, de conformidad con la Convención de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados, las personas a las que se niega el estatuto de refugiado tienen derecho a que se les otorgue protección subsidiaria y la condición de residentes legales. Pregunta si existen procedimientos para determinar la edad de los menores no acompañados que ingresan en el país de manera irregular. También desea saber de cuánto tiempo disponen los migrantes irregulares para presentar su solicitud de asilo antes de ser sancionados por solicitud tardía. ¿Es verdad que se ha designado a empresas privadas para que tramiten las solicitudes asilo? Por lo que respecta a las personas de nacionalidad indeterminada, pregunta si el Gobierno tiene algún acuerdo con la Federación de Rusia sobre el modo en que se deben tratar los casos de las personas de origen ruso.
31.La Sra. Sveaass pregunta si hay casos de refugiados que solicitan un reconocimiento médico al llegar al Estado parte para demostrar que han sido efectivamente víctimas de tortura. De ser así, ¿cómo se han ocupado de estos casos las autoridades? La oradora pregunta si el Defensor del Pueblo cuenta con suficientes recursos para desempeñar sus diversas funciones.
32.Desea saber si se han reforzado las salvaguardias legales para los casos de personas sometidas a tratamiento médico involuntario en las instituciones psiquiátricas. Pregunta si se observa un aumento o una disminución perceptible en el uso de medios de contención dentro de esas instituciones, y si existen datos estadísticos que indiquen una tendencia ascendente o descendente en lo que respecta a la proporción de personas sometidas a tratamiento involuntario y el recurso a la medicación forzada. También pregunta si se interna a niños romaníes en hospitales psiquiátricos y, de ser así, qué medidas se están adoptando para poner freno a esta práctica.
33.El Sr. Bruni solicita información actualizada sobre los plazos establecidos para concluir la revisión del Código Penal y pregunta si este incluirá una definición de tortura compatible con la Convención. Destaca como un hecho preocupante que las penas de uno a siete años de prisión previstas en los casos de tortura no son lo suficientemente severas a la luz de la gravedad del delito y que no son coherentes con las penas impuestas a otros funcionarios. Agradecería que se le proporcionara información sobre la evaluación de los programas de capacitación, una actividad particularmente importante en la capacitación sobre la prevención de la tortura, como medio eficaz para reducir el número de denuncias. Desea saber si Estonia sigue considerando la posibilidad de formular declaraciones sobre los artículos 21 y 22 de la Convención.
34.La Presidenta toma la palabra en calidad de miembro del Comité y expresa su inquietud en cuanto a la independencia del aparato judicial y el hecho que no esté fundado en un Estado sujeto al estado de derecho en el que prevalecen los derechos humanos. En concreto, los tribunales no están facultados para llevar adelante un proceso por decisión propia si la fiscalía retira los cargos, lo que en la práctica equivale a una denegación de justicia. ¿Es verdaderamente eficaz el sistema de apelación? Desea saber si se utilizan grilletes en los centros de expulsión. De ser así, ¿cómo logran los presos realizar sus actividades cotidianas, como lavar, dormir y rezar?
35.El Sr. Sarapuu (Estonia) señala que todos los Estados que se adhieren a la Unión Europea tienen que respetar el estado de derecho y que no ha habido oposición alguna a sus decisiones institucionales sobre la adhesión. Históricamente, Estonia fue miembro de la Unión Soviética, donde la Fiscalía era parte de un sistema represivo. Tras su independencia, Estonia optó por un tipo de sistema penal radicalmente diferente y opuesto, donde la defensa y la acusación están en pie de igualdad, lo que garantiza la independencia del aparato judicial. La Fiscalía toma decisiones en consulta con las víctimas.
36.El Sr. Sepp (Estonia) indica que el uso de grilletes es necesario a veces en los centros de expulsión cuando las personas adoptan una actitud agresiva y representan un peligro para sí mismas o para los demás. Por lo general, sin embargo, las personas pueden practicar su religión y demás actividades libremente.
37.El Sr. Sarapuu (Estonia) señala que el Estado tiene la obligación de garantizar el acceso a un abogado en procesos penales. El Gobierno invierte unos 4 millones de euros en los servicios de asistencia jurídica, cifra de la que un 88% se destina a la asistencia jurídica en procesos penales y el resto en casos civiles y administrativos. Los abogados los designa por el Colegio de Abogados, que es independiente del Estado.
38.La nueva definición de tortura que contendrá el Código Penal revisado se ajustará a la Convención. La revisión del Código Penal está tomando más tiempo de lo previsto, pues se trata de un proceso amplio y delicado que hace necesaria la consulta con expertos de distintas esferas. Se tiene previsto someterlo a consulta pública a finales de junio de 2013 y remitirlo al Parlamento en diciembre de ese año a más tardar. Esos plazos también se aplicarán al proyecto de ley de lucha contra la violencia doméstica. El concepto de violación marital no existe en el derecho estonio; todo acto de violación es ilegal, incluso si es perpetrado por un esposo contra su esposa.
39.En principio, el derecho de las personas bajo custodia policial a ponerse en contacto con sus familiares está garantizado por ley. En algunas circunstancias, la concesión de ese derecho puede postergarse, pero no indefinidamente.
40.El Sr. Seilenthal (Estonia) dice que la reticencia de algunos maestros de mayor antigüedad, que puede atribuirse al hecho de que las escuelas no están del todo preparadas, ha entorpecido la aplicación del sistema de enseñanza unitario, aunque los maestros recientemente formados se están adaptando gradualmente. De hecho, muchos padres rusos están inscribiendo a sus hijos en escuelas de habla estonia.
41.La elevada proporción de personas de nacionalidad indeterminada en la población carcelaria se debe principalmente a que las personas que hayan sido condenadas a una pena de prisión superior a un año no pueden solicitar la nacionalidad mientras estén cumpliendo dicha pena, y a que muchas de esas personas son reincidentes. La mayoría de las penas superiores a un año se imponen por delitos violentos. Sería contraproducente revocar esta norma, puesto que eliminaría una motivación fundamental para la rehabilitación. Por lo que respecta al modo en que se define a los apátridas, cabe señalar que un miembro del Comité se ha referido a una convención internacional en la que Estonia no es parte. El Gobierno de Estonia ha estado alentando activamente a las personas a que tomen una decisión sobre la posibilidad de solicitar o no la nacionalidad estonia. Aproximadamente un 7% no ha tomado una decisión aún y un 8% ha optado por solicitar la nacionalidad de otro país, principalmente la Federación de Rusia, y mantener al mismo tiempo su residencia permanente en Estonia.
42.El Sr. Künnapu (Estonia) señala que, en el marco del nuevo sistema penal, la fiscalía y la defensa están en pie de igualdad y que las resoluciones judiciales deben fundamentarse en las pruebas presentadas durante el juicio. Si la fiscalía retira los cargos, el tribunal debe cerrar el caso. Reitera que todos los sospechosos, incluidos los que se encuentran bajo custodia policial, tienen derecho a recibir asistencia jurídica de un abogado designado por el Estado. Desde que se modificó el Código de Procedimiento Penal en 2011, los testigos pueden designar ellos mismos a un representante legal si así lo desean. En cuanto al derecho a ponerse en contacto con los familiares, no está claramente establecido en la ley, y las decisiones a ese respecto se adoptan según las circunstancias de cada caso. Si la persona está involucrada en un caso de delincuencia organizada y existe el riesgo de que alerte a otros posibles sospechosos o se destruyan pruebas, la concesión de este derecho puede postergarse. Aún no se ha terminado de elaborar un texto definitivo que defina la tortura, pero el futuro artículo comprenderá elementos de la disposición actual relativa a la tortura, que de momento queda comprendida en los delitos contra las personas y el abuso de autoridad. La nueva disposición se incorporará en el capítulo relativo a los delitos cometidos por funcionarios públicos.
43.La Sra. Tšaikovski (Estonia) indica que en marzo de 2013, el Gobierno estableció el requisito de que todos los funcionarios del servicio de prisiones tuvieran un buen conocimiento del estonio, y se están impartiendo cursos de ese idioma financiados por el Estado con ese fin. Desafortunadamente, el 34% de los funcionarios del servicio de prisiones no han alcanzado el nivel exigido dentro del plazo previsto y han sido despedidos. Sin embargo, podrán reincorporarse una vez que lo hayan alcanzado. Es importante que los funcionarios penitenciarios sepan hablar la lengua oficial del Estado, ya que todas las leyes, las normas y los programas de capacitación profesional están en estonio, y los derechos de los presos se verían amenazados si los funcionarios no entendieran ni aplicaran correctamente las normas.
44.En 2011 se introdujeron nuevas normas sobre los métodos de contención, de conformidad con el Protocolo Facultativo, y en 2013 entrará en vigor una norma específica sobre la aplicación de medidas de contención y la supervisión de los presos durante el uso de dichas medidas. Se impartirá a los funcionarios penitenciarios la capacitación pertinente en el marco de un programa de formación más amplio.
45.El Sr. Sarapuu (Estonia) dice que se tendrá en cuenta la recomendación formulada por el Comité de proporcionar mejores medios de reparación a las víctimas de la tortura. Muchas de las demandas presentadas ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos han sido consideradas inadmisibles. No obstante, Estonia ha introducido cambios en los procedimientos y las normas de la policía y ha mejorado la formación de los funcionarios policiales.
46.La Sra. Jögi (Estonia) señala que las sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos son directamente aplicables al derecho interno y, por tanto, vinculantes. Además, Estonia tomó medidas en los casos que involucraban a funcionarios de las fuerzas del orden incluso antes de que se pronunciaran las sentencias.
47.El Sr. Sarapuu (Estonia) dice que el centro de expulsión no será trasladado a la prisión de Tallinn, si bien estará situado en los mismos terrenos, de propiedad del Estado, y albergará tres lugares de privación de libertad separados, incluido el centro de expulsión.
48.El Sr. Kaasik (Estonia) dice que no se aplican sanciones a los extranjeros que se demoran en presentar una solicitud de asilo; simplemente son expulsados. Las personas a las que se niega el estatuto de refugiado tienen derecho a que se les otorgue protección subsidiaria en Estonia, en cumplimiento de los requisitos que la Unión Europea impone a sus miembros. La tramitación de las solicitudes de asilo no está a cargo de ninguna empresa privada. Los menores no acompañados son sometidos a un reconocimiento médico destinado a determinar su edad y son expulsados si se constata que tienen más de 18 años.
49.El Sr. Sarapuu (Estonia) se refiere al Defensor del Pueblo y señala que, en un país pequeño como Estonia, tiene más sentido fortalecer una institución ya existente que crear una nueva, probablemente más débil, pues ello podría dar lugar a un solapamiento de actividades y a problemas de coordinación.
50.La Sra. Ots-Vaik (Estonia) indica que las modificaciones a la Ley de Salud Mental entraron en vigor en septiembre de 2012 y es demasiado temprano para determinar si hay una tendencia ascendente o descendente en lo que respecta al uso de medios de contención y el recurso a la medicación forzada en las instituciones psiquiátricas. Aun así, se lleva un registro del uso de medios de contención, que es objeto de supervisión, y la medicación forzosa solo puede ser suministrada por el personal médico.
51.El Sr. Seilenthal (Estonia) dice que los niños romaníes no son internados sistemáticamente en hospitales psiquiátricos, aunque tienen una presencia desproporcionada en las escuelas de educación especial, en algunas de las cuales se aplica un régimen muy riguroso. El problema radica en que los romaníes son nómadas y la enseñanza que brindan las escuelas de educación especial a los niños romaníes es a menudo su primera y única experiencia educativa.
52.Por lo que respecta a las declaraciones sobre los artículos 21 y 22 de la Convención, Estonia prefiere no asumir tareas administrativas adicionales y está centrando su labor en el cumplimiento de las obligaciones existentes.
53.El Sr. Sarapuu (Estonia) dice que los casos de incoherencia en las penas impuestas por diversos delitos se examinarán durante la revisión del Código Penal.
54.La Sra. Gaer (Relatora para el país) solicita más información sobre los informes relativos a las condiciones inadecuadas y los actos de vandalismo perpetrados por los presos en las nuevas prisiones, que sugieren que hay una falta de control en esas instituciones.
55.El Sr. Sarapuu (Estonia) señala que la cuestión recientemente mencionada podrá examinarse con un miembro de la delegación inmediatamente después de la sesión. Expresa su agradecimiento al Comité y dice que Estonia espera con interés recibir sus recomendaciones, que estudiará detenidamente. Confía en que, durante el examen de su próximo informe periódico, muchos de los problemas planteados serán ya parte del pasado.
Se levanta la sesión a las 18.00 horas.