Naciones Unidas

CRC/C/LVA/Q/3-5

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

10 de marzo de 2015

Español

Original: inglés

Español, francés e inglés solamente

Comité de los Derechos del Niño

71 º período de sesiones

11 a 29 de enero de 2016

Tema 4 del programa provisional

Examen de los informes de los Estados partes

Lista de cuestiones relativa a los informes periódicos tercero a quinto combinados de Letonia

Se pide al Estado parte que presente por escrito información adicional y actualizada (máximo de 10.700 palabras), de ser posible antes del 15 de octubre de 2015.

En el diálogo con el Estado parte, el Comité puede abordar todos los aspectos de los derechos del niño contemplados en la Convención.

Parte I

En esta sección se pide al Estado parte que presente sus respuestas a las siguientes preguntas.

1.Sírvanse informar al Comité de si los tribunales nacionales han invocado los derechos enunciados en la Convención, ya sea para fundamentar una causa o como guía para interpretar normas jurídicas.

2.Sírvanse facilitar información sobre los resultados de la aplicación del Plan Nacional de Desarrollo para el período de 2007 a 2013, concretamente en relación con las prioridades nacionales a medio plazo que se mencionan en el párrafo 40 del informe del Estado parte (CRC/C/LVA/3-5). Aclaren también si el Estado parte tiene una política y una estrategia nuevas y amplias para la infancia y, de ser así, proporcionen información sobre su contenido, presupuesto de aplicación y proceso de supervisión y evaluación.

3.Tengan a bien facilitar más información sobre cómo se garantiza la coordinación eficaz de la aplicación y la evaluación de las actividades relacionadas con la Convención en todos los sectores y a los niveles tanto nacional como de distrito, entre el Ministerio de Bienestar, el de Justicia y el de Educación y Ciencia. Faciliten también información sobre las iniciativas emprendidas para que el mecanismo de coordinación disponga de plena autoridad, de mandatos y funciones claramente establecidos a todos los niveles, y de los recursos necesarios para que resulte eficaz.

4.Sírvanse facilitar información detallada acerca del proceso de elaboración del presupuesto del Estado parte, en particular sobre la asignación de partidas presupuestarias destinadas a la infancia en los sectores y ministerios pertinentes, como los de la salud, la educación y el apoyo a la familia, y señalar si se incorporan indicadores y herramientas de seguimiento y vigilancia en el proceso de elaboración del presupuesto.

5.Aporten información sobre los efectos que la crisis financiera ha tenido en los niños pobres y sus familias, así como sobre las medidas adoptadas para corregir y mitigar los efectos de la crisis financiera en la pobreza infantil, particularmente las destinadas a las familias en situación de riesgo o de vulnerabilidad. Informen también al Comité sobre las medidas adoptadas para resolver la situación de los niños cuyos padres se han marchado a trabajar al extranjero.

6.Indiquen si se ha adoptado alguna medida especial para erradicar la corrupción, que afecta a la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño.

7.Sírvanse indicar las medidas adoptadas para combatir los estereotipos y la discriminación de las niñas, los niños y niñas de grupos minoritarios, los que tienen alguna discapacidad, los que viven con el VIH/SIDA y los niños y niñas lesbianas, gais, bisexuales, transgénero e intersexuales. Además, se solicita información sobre las medidas adoptadas para que los niños de las zonas rurales tengan un acceso adecuado a la asistencia sanitaria y la educación. Aporten también información sobre las medidas adoptadas para supervisar la presencia y las actividades de grupos de extrema derecha y de cabezas rapadas en el Estado parte, así como para resolver el problema a través de actividades educativas y de sensibilización.

8.Faciliten más información sobre cómo aplican en la práctica las autoridades judiciales y administrativas el derecho de los niños a que su interés superior sea una consideración primordial, y si existen pautas en ese sentido para los profesionales que toman decisiones que los afectan.

9.Habida cuenta de la decisión adoptada en 2010 por el Comité de Derechos Humanos en el caso Raihman c. Letonia (comunicación Nº 1621/2007), aporten información sobre las medidas que se hayan tomado para garantizar el derecho a la identidad de los niños.

10.En vista de la información facilitada en el párrafo 285 del informe del Estado parte, sírvanse aportar más información y datos actualizados sobre las medidas adoptadas para prevenir el castigo corporal en todos los entornos y fomentar formas positivas, no violentas y participativas de crianza y disciplina. Informen al Comité sobre las medidas concretas adoptadas para prevenir y erradicar el acoso escolar y aporten también información sobre los recursos financieros asignados para combatir cualquier forma de violencia contra los niños.

11.Sírvanse facilitar más información sobre las medidas adoptadas para facilitar a las familias unos servicios de apoyo adecuados, particularmente a las familias en situación de riesgo o de vulnerabilidad, a fin de evitar que se aparte a los niños de su entorno familiar. Además, rogamos aporten información detallada sobre las medidas adoptadas para aumentar la cantidad de familias de acogida, para darles el apoyo adecuado y para promover la desinstitucionalización.

12.Habida cuenta de la información facilitada en los párrafos 350 y 353 del informe del Estado parte, rogamos informen al Comité sobre las medidas concretas adoptadas para resolver plenamente el problema de las condiciones de vida inadecuadas y las violaciones de los derechos de los niños internados en instituciones terapéuticas y hospitales psiquiátricos. Sírvanse aclarar, además, si dichos niños tienen acceso a asistencia jurídica independiente o a otro tipo de asistencia apropiada.

13.Sírvanse facilitar más información sobre las medidas adoptadas para aplicar las recomendaciones anteriores del Comité sobre los niños con discapacidad (CRC/C/LVA/CO/2, párrs. 40 y 41), en particular las relativas a la sensibilización de la población para cambiar las actitudes sociales negativas, eliminar las barreras de acceso a edificios públicos y servicios de esparcimiento, y velar por una educación inclusiva eficaz y de calidad.

14.Sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas para velar por una asistencia sanitaria gratuita, sin costes ocultos, y sobre las iniciativas emprendidas para abolir el sistema de cuotas para los médicos y mejorar la calidad de los servicios sanitarios. Aporten también información detallada sobre las medidas adoptadas para combatir la mortalidad infantil e indiquen si los adolescentes tienen acceso a los servicios de salud reproductiva, incluidos los métodos anticonceptivos y el aborto en condiciones seguras.

15.Faciliten más información sobre las medidas adoptadas para prevenir suicidios y accidentes de niños, en particular ahogamientos y accidentes de tráfico.

16.Sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas para mejorar la calidad educativa e indiquen si la educación en derechos humanos forma parte de los programas académicos. Informen también al Comité sobre los resultados obtenidos en el seguimiento del informe del Defensor del Pueblo sobre el derecho a una educación gratuita. Además, informen al Comité acerca de las medidas adoptadas para reducir las tasas de abandono escolar y de repetición de cursos.

17.Sírvanse facilitar información actualizada sobre las medidas adoptadas para prevenir y reducir la delincuencia juvenil (incluida la relacionada con el alcohol y las drogas), y mejorar las condiciones de vida de los niños privados de libertad. Informen también al Comité sobre las medidas prácticas adoptadas para hacer frente a los incidentes de malos tratos de niños en centros de reclusión. Además, aclaren si estos niños (incluso los que se encuentran en prisión preventiva) tienen acceso a asistencia letrada o de otro tipo gratuita, así como a mecanismos de denuncia independientes, eficaces y adaptados a sus necesidades. Proporcionen también más información sobre el uso y el objetivo de los establecimientos correccionales.

18.Sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas para reforzar la integración de los niños de grupos minoritarios y de los niños migrantes, solicitantes de asilo y refugiados. Informen, además, al Comité sobre los planes para cambiar el sistema actual de educación bilingüe para las minorías.

Parte II

En esta sección el Comité invita al Estado parte a presentar una breve puesta al día (en tres páginas como máximo) de la información proporcionada en su informe en relación con:

a)Los nuevos proyectos de ley o nuevas leyes y sus respectivos reglamentos;

b)Nuevas instituciones y sus mandatos y reformas institucionales;

c)Las políticas, los programas y los planes de acción adoptados recientemente y su alcance y financiación;

d)Las ratificaciones recientes de instrumentos de derechos humanos.

Parte III

Datos, estadísticas y demás información de que se disponga

1.Sírvanse facilitar información presupuestaria consolidada de los tres últimos años sobre las partidas presupuestarias destinadas al sector social y al de la infancia, indicando el porcentaje de cada partida con respecto al presupuesto nacional total y el producto interior bruto y en términos de su asignación geográfica.

2.Sírvanse proporcionar los datos estadísticos actualizados de que se disponga, desglosados por edad, sexo, discapacidad, nivel socioeconómico, origen étnico, residencia rural o urbana y ubicación geográfica, relativos a los últimos tres años sobre el número de niños:

a)Víctimas de abusos o violencia, incluidos todo tipo de castigos corporales, especificando el tipo de asistencia prestada, las indemnizaciones recibidas y el seguimiento realizado, incluidos el enjuiciamiento y el castigo de los autores. Siempre que sea posible, aporten datos sobre los autores, especificando si se trataba de agentes del orden, familiares, responsables de instituciones (hospitales, escuelas secundarias o albergues) u otros.

b)Víctimas de violencia sexual, indicando los resultados de los enjuiciamientos, incluida información sobre las penas impuestas a los responsables, la reparación y la indemnización ofrecida a las víctimas. Proporcionen cuando sea posible datos sobre los autores (usar las categorías mencionadas en el apartado a) del presente párrafo).

3.Sírvanse proporcionar los datos estadísticos actualizados de que se disponga, desglosados por edad, sexo, discapacidad, nivel socioeconómico, origen étnico, residencia rural o urbana y ubicación geográfica, relativos a los últimos tres años sobre:

a)Mortalidad infantil (desglosados en función de la causa de la muerte);

b)Mortalidad materna (desglosados en función de la causa de la muerte), con información sobre el número de demandas presentadas por negligencia médica;

c)Niños y adolescentes infectados o afectados por el VIH/SIDA (especificando los casos de transmisión maternofetal);

d)Embarazos de niñas y adolescentes;

e)Enfermedades mentales en niños.

4.Sírvanse proporcionar datos relativos a los últimos tres años, desglosados por edad, sexo, nivel socioeconómico, origen étnico y ubicación geográfica, sobre la situación de los niños privados de un entorno familiar, indicando el número de niños:

a)Separados de sus padres;

b)Internados en instituciones;

c)En familias de acogida;

d)Adoptados en el país o mediante adopción internacional.

5.Faciliten datos relativos a los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, tipo de discapacidad, origen étnico y ubicación geográfica, sobre el número de niños con discapacidad que:

a)Viven con sus familias;

b)Viven en instituciones;

c)Asisten a escuelas ordinarias de enseñanza primaria;

d)Asisten a escuelas ordinarias de enseñanza secundaria;

e)Asisten a escuelas especiales;

f)No están escolarizados;

g)Han sido abandonados por sus familias.

6.Sírvanse proporcionar, si disponen de ellos, datos relativos a los últimos tres años desglosados, entre otras cosas, por edad, sexo, nivel socioeconómico, ubicación geográfica y origen étnico, sobre:

a)Las tasas de matriculación y conclusión de la enseñanza, en porcentajes, de los grupos de edad correspondientes a la enseñanza preescolar, primaria y secundaria;

b)El número y el porcentaje de niños que abandonan los estudios y repiten curso;

c)La proporción de niños por maestro.

7.Sírvanse proporcionar datos relativos a los últimos tres años, desglosados por edad, sexo, discapacidad, nivel socioeconómico, origen étnico, residencia rural o urbana y ubicación geográfica, sobre el número de niños y adolescentes que viven en la calle.

8.Sírvanse proporcionar los datos actualizados de que se disponga, desglosados por edad, sexo, discapacidad, origen étnico, residencia rural o urbana, ubicación geográfica y tipo de delito, relativos a los últimos tres años sobre el número de:

a)Niños y adolescentes que presuntamente hayan cometido un delito denunciado a la policía;

b)Adolescentes que han sido condenados, señalando el tipo de pena o sanción correspondiente al delito, así como la duración de la privación de libertad;

c)Centros de reclusión para menores en conflicto con la ley, indicando su capacidad;

d)Niños y adolescentes recluidos en esos centros y en centros para adultos;

e)Niños y adolescentes en prisión preventiva, indicando la duración media de esta última;

f)Casos de abusos y malos tratos de niños y adolescentes durante la detención y la reclusión.

9.Sírvanse proporcionar al Comité una actualización de los datos del informe que hayan quedado obsoletos o no reflejen las novedades recientes.

10.Además, el Estado parte puede citar esferas que afecten a los niños y que considere prioritarias con respecto a la aplicación de la Convención.