Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
Lista de cuestiones relativa al sexto informe periódico del Uruguay *
1.Se ruega al Estado parte que presente por escrito la información solicitada a continuación (preferiblemente que no exceda de 10.700 palabras) antes del 31 de octubre de 2024.
A.Información general
2.Sírvanse proporcionar información sobre la justiciabilidad de los derechos económicos, sociales y culturales en el Estado parte, e inclúyanse ejemplos concretos de casos en los que los tribunales nacionales hayan invocado o aplicado el Pacto. Proporciónese información sobre la participación del órgano legislativo en la aplicación y el seguimiento de las anteriores observaciones finales y en la elaboración del sexto informe periódico.
3.Describa las medidas adoptadas para evaluar los impactos de los acuerdos de libre comercio, en particular el Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y el Mercado Común del Sur (MERCOSUR), en los derechos humanos, incluidos los derechos económicos, sociales y culturales.
4.Infórmese sobre las medidas adoptadas para relevar estadísticas pertinentes que permitan evaluar el nivel de realización de los derechos del Pacto en el Estado parte. A este respecto, proporciónense estadísticas actualizadas, relevadas a través del Censo Nacional 2023 y la Encuesta Continua de Hogares, que permitan evaluar el nivel de disfrute de los derechos consagrados en el Pacto por las personas y los grupos más desfavorecidos y marginados. Sírvanse informar sobre el funcionamiento y mandato del Sistema de Monitoreo de Recomendaciones del Uruguay.
5.Proporciónese información sobre las medidas adoptadas por el Estado parte con respecto a la mitigación del cambio climático, incluidas las medidas concretas, y su repercusión, para hacer efectivas las contribuciones determinadas a nivel nacional con miras a reducir las emisiones que el Estado parte se fijó en el marco del Acuerdo de París sobre el cambio climático. Informen también sobre los progresos realizados en la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero per cápita y sobre los objetivos que se ha fijado el Estado parte para seguir reduciéndolas. Con respecto a las políticas y medidas de adaptación al cambio climático, faciliten información sobre lo siguiente:
a)Cómo evalúa el Estado parte los efectos del cambio climático en el disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales, en particular para las personas y los grupos marginados y desfavorecidos;
b)Si el Estado parte ha elaborado o tiene previsto elaborar un plan nacional de adaptación, con una asignación adecuada de todos los recursos necesarios, para hacer frente a los efectos del cambio climático en los derechos económicos, sociales y culturales, entre otros;
c)Las medidas adoptadas para reforzar la preparación y la respuesta en relación con los desastres naturales, las medidas de reducción del riesgo de desastres y las que se han tomado para adoptar una estrategia a tal efecto, con la asignación adecuada de recursos financieros;
d)A qué instituciones se encomienda la elaboración y aplicación de medidas y políticas de adaptación al cambio climático en relación con los efectos de evolución lenta en diferentes ámbitos, como la agricultura, la vivienda y la salud, y cómo se garantiza la coordinación entre las instituciones responsables de la preparación y la gestión para casos de desastre;
e)Si han solicitado y reciben financiamiento para el apoyo de acciones climáticas, en particular sírvanse informar si se ha recibido financiamiento del Fondo Verde para el Clima y, en tal caso, si lo han recibido en modo de subvenciones o créditos concesionales o no concesionales, los montos recibidos y cómo los han aplicado.
B.Cuestiones relativas a las disposiciones generales del Pacto (arts. 1 a 5)
Derecho a la libre disposición de las riquezas y los recursos naturales (art. 1, párr. 2)
6.A la luz de las observaciones finales del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial, infórmese sobre las medidas adoptadas para reconocer a los Pueblos Indígenas y garantizar que puedan disfrutar de la protección jurídica y constitucional de sus derechos culturales, territoriales y políticos, en consonancia con los estándares internacionales y regionales de derechos humanos. A la luz de las recomendaciones aceptadas por el Estado parte en el marco del examen periódico universal, infórmese sobre las medidas adoptadas con miras a la ratificación del Convenio sobre Pueblos Indígenas y Tribales, 1989 (núm. 169), de la Organización Internacional del Trabajo.
Máximo de los recursos disponibles (art. 2, párr. 1)
7.Sírvanse proporcionar información sobre la evolución en los últimos diez años de:
a)Los niveles de desigualdad, antes y después de impuestos y transferencias, de ser posible entendida como la proporción entre el total de ingresos del 10 % más rico de la población y el total de ingresos del 40 % más pobre y como la proporción entre los activos que posee el 10 % más rico de la población y los activos del 50 % más pobre;
b)El porcentaje de los ingresos públicos procedente de los impuestos;
c)Los tipos impositivos con los que se gravan los beneficios de las empresas y la renta de las personas físicas, el impuesto sobre el valor añadido (exceptuado el que grava algunos productos, como los artículos de lujo) y el porcentaje de los ingresos totales derivados del impuesto sobre la renta de las personas físicas que procede del 10 % más rico de la población;
d)El gasto público como porcentaje del producto interno bruto y, respecto del total del gasto público, la proporción del presupuesto público que se destina al gasto social (seguridad social, alimentación, agua y saneamiento, vivienda, salud y educación);
e)La proporción del presupuesto público destinada a la defensa;
f)Las políticas fiscales que se hayan adoptado para hacer frente a la pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID-19).
No discriminación (art. 2, párr. 2)
8.Con base en las anteriores observaciones finales, indíquense las medidas adoptadas para adoptar una legislación integral para luchar contra la discriminación. Facilítese información sobre las medidas adoptadas para fortalecer la Comisión Honoraria contra el Racismo, la Xenofobia y toda otra forma de Discriminación y la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo en la recepción y procesamiento de denuncias sobre discriminación.
9.A la luz de las observaciones finales del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial, y en el marco de la evaluación del Plan Nacional de Equidad Racial y Afrodescendencia (2019-2022), proporciónese información concreta sobre los resultados e impacto de dicho Plan, así como sobre las lecciones aprendidas en su ejecución. Indíquense los mecanismos de monitoreo y control establecidos para la aplicación de las cuotas previstas en la Ley núm. 19.122 para favorecer la participación de personas afrodescendientes en los ámbitos educativo y laboral, así como los resultados alcanzados en su implementación en los últimos cinco años, desagregados por sexo, edad, discapacidad y región urbana/rural. Indíquense los resultados e impacto de las iniciativas mencionadas en los párrafos 13 a 15 del informe del Estado parte en el aseguramiento del disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales de la población afrodescendiente.
10.Proporciónese información sobre los resultados e impacto de la Ley núm. 18.651, sobre protección integral de personas con discapacidad en los ámbitos de salud, seguridad social y educativo. Infórmese además sobre el cumplimiento de la Ley núm.19.691, sobre la promoción del trabajo para personas con discapacidad, en particular del cumplimiento de la cuota del 4 % para las contrataciones en los sectores público y privado. Infórmese sobre las medidas adoptadas para garantizar un sistema de apoyos y la accesibilidad al medio físico, en particular al transporte y los servicios públicos.
11.A la luz de las observaciones finales del Comité de Derechos Humanos, facilítese información, incluidas estadísticas de los últimos cinco años, sobre los resultados e impacto que han tenido las iniciativas mencionadas en los párrafos 21 al 25 del informe del Estado parte en propiciar una integración efectiva y asegurar el acceso en equidad de las personas migrantes al empleo, la educación, la vivienda, la salud y la seguridad social.
Igualdad de derechos entre hombres y mujeres (art. 3)
12.Se ruega facilitar la siguiente información:
a)Impacto y resultados de la Estrategia Nacional para la Igualdad de Género 2030 en la igualdad sustantiva de derechos entre hombres y mujeres, y sobre la entrada en funciones y el impacto del Sistema Nacional para la Igualdad de Género;
b)Impacto del Sistema Nacional Integrado de Cuidados en Uruguay en la igualdad entre hombres y mujeres, inclúyanse resultados, lecciones aprendidas y retos en la implementación del Plan Nacional de Cuidados 2016-2020, e información sobre la evaluación del valor del trabajo de cuidados, directo e indirecto, no remunerado y realizado principalmente por mujeres, así como sobre la distribución de responsabilidades domésticas y de cuidados entre hombres y mujeres;
c)Estadísticas actualizadas sobre la representación de las mujeres, incluidas las mujeres indígenas y afrodescendientes, en puestos de toma de decisión y directivos en todos los niveles de la administración pública y el sector privado;
d)Impacto de las medidas adoptadas para abordar y controlar la segregación de género vertical y horizontal en el mercado laboral en el Estado parte.
C.Cuestiones relativas a disposiciones específicas del Pacto (arts. 6 a 15)
Derecho al trabajo (art. 6)
13.En relación con las anteriores observaciones finales, facilítese información sobre las medidas adoptadas para elaborar un plan de acción que aborde las causas principales del desempleo entre los grupos más desfavorecidos y marginados, así como estadísticas actualizadas de los últimos cinco años sobre las tasas de empleo, desempleo y subempleo, desagregadas por sexo, edad, origen étnico o nacional, discapacidad, actividad económica y región urbana/rural. Infórmese sobre el impacto y resultados de los programas Uruguay Trabaja, Accesos y Oportunidad Laboral en la reducción del desempleo. Indíquense los resultados del programa Yo Estudio y Trabajo en la creación de oportunidades laborales para los jóvenes, así como estadísticas de los últimos cinco años que muestren la aplicación de la cuota del 8 % prevista para afrodescendientes.
14.A la luz del informe del Estado parte, proporciónense estadísticas actualizadas sobre el alcance de la economía informal en el Estado parte en los últimos cinco años, desagregadas por sexo, edad, origen étnico o nacional, discapacidad, actividad económica y región rural/urbana, así como información sobre las medidas adoptadas para transitar del sector informal a la economía formal. Sírvanse también proporcionar información sobre la protección laboral para los trabajadores en la economía informal.
Derecho a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias (art. 7)
15.Proporciónense estadísticas actualizadas sobre las denuncias registradas por discriminación en el lugar de trabajo durante los últimos cinco años, desagregadas por motivos de sexo, edad, origen étnico o nacional, discapacidad, región urbana/rural u otro motivo relevante, así como información sobre las medidas adoptadas para combatir la discriminación en el lugar de trabajo.
16.Facilítense datos sobre la evolución de la brecha salarial de género durante los últimos cinco años, así como información sobre las medidas adoptadas para reducirla y los resultados obtenidos. Indíquese el impacto de las medidas adoptadas para asegurar la aplicación del principio de igual salario por trabajo igual en el Estado parte.
17.Sírvanse proporcionar información sobre la legislación, las políticas o los programas adoptados en materia de seguridad y salud en el trabajo. Proporciónese también información sobre la incidencia de accidentes y enfermedades profesionales durante los últimos cinco años y sobre las medidas adoptadas para prevenirlos. Facilítese además información sobre las inspecciones laborales realizadas durante los últimos cinco años, incluidos datos estadísticos anuales pertinentes, información sobre las principales áreas de violaciones de la legislación laboral identificadas y las medidas adoptadas para abordarlas.
18.Infórmese sobre el impacto de las medidas adoptadas para mejorar las condiciones de trabajo de las personas trabajadoras domésticas y que realizan trabajos de cuidados, incluidos los trabajadores domésticos migrantes en el Estado parte, en especial medidas para regularizar la relación de trabajo. En particular, sírvanse brindar información sobre el porcentaje de las personas trabajadoras domésticas que se encuentran en el marco de una relación formal de trabajo.
Derechos sindicales (art. 8)
19.Infórmese sobre las salvaguardias vigentes para garantizar que los derechos de huelga y de negociación colectiva puedan ejercerse de manera efectiva y de conformidad con el artículo 8 del Pacto. Sírvanse proporcionar información sobre los casos de despido o discriminación basados en la pertenencia a un sindicato.
20.Infórmese sobre las medidas adoptadas para promover el diálogo social y espacios tripartitos de diálogo, así como las medidas adoptadas para garantizar el carácter bipartito de la negociación colectiva, con el fin de fomentar y garantizar el carácter libre y voluntario de esta.
Derecho a la seguridad social (art. 9)
21.Facilítese información sobre los principales ajustes que introduce la Ley núm. 20.130 de reforma de la seguridad social e indíquense las medidas adoptadas para mitigar posibles impactos a los beneficiarios durante el proceso de transición. Proporciónese información sobre los planes no contributivos disponibles en el Estado parte y su accesibilidad, en particular para las personas que trabajan en la economía informal, los trabajadores domésticos, los trabajadores migrantes y las personas sin hogar, e indíquese si las prestaciones son suficientes para sostener un nivel de vida adecuado.
22.Infórmese sobre la cobertura, las tasas de utilización y el importe de las prestaciones no contributivas, incluidas las prestaciones para las personas de edad, las prestaciones de asignación familiar, las prestaciones por discapacidad y las prestaciones por dependencia. Facilítese información sobre el procedimiento de indexación de las prestaciones no contributivas, en especial del subsidio para la infancia previsto en la asignación familiar y si este es suficiente para sostener un nivel de vida adecuado.
Protección de la familia y el niño (art. 10)
23.A la luz del informe del Estado parte, infórmese sobre el impacto de la Ley núm. 19.161, por la que se amplía el término de duración de las licencias parentales, en el uso y disfrute de dicho beneficio en los últimos cinco años, incluyendo datos desglosados por sexo, género, edad, origen étnico o nacional, quintiles de ingresos, discapacidad, región o cualquier otro indicador pertinente.
24.Proporciónese información concreta sobre los resultados, impacto y lecciones aprendidas en la ejecución del Plan Nacional de Envejecimiento y Vejez 2016-2019, así como sobre los recursos humanos y financieros destinados para su ejecución. Infórmese sobre el impacto de la legislación adoptada con posterioridad a la Ley núm. 19.149 en la garantía y respeto de los derechos de las personas de edad en el marco de la prestación de servicios de cuidados en el Estado parte.
Derecho a un nivel de vida adecuado (art. 11)
25.Facilítese información sobre la proporción de la población que vive por debajo del umbral de pobreza y de pobreza extrema definido a nivel nacional en los últimos diez años, desagregada por edad, sexo, género, raza, origen étnico o nacional, discapacidad y región rural/urbana; así como información sobre los recursos humanos y financieros asignados en la implementación de medidas destinadas a erradicar la pobreza.
26.Facilítese información sobre el impacto y las lecciones aprendidas del Plan Quinquenal de Vivienda 2015-2019 en la reducción del déficit de vivienda social en el Estado parte, así como sobre los recursos financieros y humanos destinados para la implementación del Plan Quinquenal de Vivienda 2020-2024. En este sentido, se ruega proporcionar la siguiente información:
a)Datos de los últimos cinco años sobre la incidencia de los asentamientos irregulares en el Estado parte, e información sobre desalojos realizados en este respecto, caracterización demográfica de sus habitantes, número de hogares, regiones de incidencia y cualquier otro indicador pertinente; así como información sobre las medidas adoptadas para erradicar, reubicar y regularizar los asentamientos irregulares y dotarles de acceso a servicios públicos adecuados;
b)Estadísticas actualizadas sobre la incidencia de personas sin hogar en el Estado parte, desagregadas por sexo, género, edad, origen étnico o nacional y región, durante los últimos cinco años, e indíquese cómo el Estado parte concilia sus obligaciones de garantizar el derecho a un nivel de vida adecuado para las personas sin hogar con las enmiendas propuestas en el proyecto de ley que modifica la Ley núm. 18.787, relativa a la prestación de asistencia obligatoria por parte del Estado a las personas en situación de calle;
c)Impactos de la Ley núm. 19.889, de urgente consideración, y la Ley núm. 18.116, sobre usurpación, en el régimen de arrendamientos y en el derecho de las personas migrantes a condiciones de vivienda adecuadas, así como las medidas adoptadas para garantizar que cualquier desalojo en el marco de dicha legislación se realice de conformidad con las normas internacionales y en consonancia con sus obligaciones en el marco del Pacto; en particular sírvanse informar si se garantiza el acceso a recursos judiciales efectivos, el derecho de defensa y la provisión de alternativas habitacionales en el caso de necesidad.
27.Facilítense estadísticas actualizadas sobre la prevalencia de la desnutrición y la malnutrición en el Estado parte, desglosadas por regiones, área urbana/rural, origen étnico o nacional, sexo y edad, incluidos datos sobre el sobrepeso y la obesidad; así como información sobre las medidas adoptadas para mitigarlas.
28.Infórmese sobre el impacto y resultados de las medidas adoptadas para garantizar la accesibilidad, asequibilidad, disponibilidad y seguridad del agua para consumo y uso humano, en particular para los grupos desfavorecidos y marginados, en el marco de la emergencia hídrica en el Estado parte. Facilítense datos actualizados desagregados sobre el impacto de las medidas mencionadas en los párrafos 130 a 135 del informe del Estado parte en la reducción de las disparidades regionales para lograr el acceso universal al agua potable y mejorar el acceso al saneamiento seguro, incluidos los resultados del Plan Nacional de Aguas y el Plan Nacional de Saneamiento. Facilítese información sobre el impacto y los resultados de las medidas mencionadas en los párrafos 136 a 138 del informe del Estado parte para contrarrestar de manera efectiva la contaminación de fuentes hídricas y garantizar la calidad del agua.
Derecho a la salud física y mental (art. 12)
29.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas y su impacto para garantizar el acceso universal y sin discriminación a servicios de salud de calidad y a medicamentos seguros y accesibles por parte de toda la población, particularmente en las zonas rurales y remotas. Proporciónese información sobre lo siguiente:
a)Estrategias y planes de acción existentes para hacer frente a la carga de las enfermedades no transmisibles y la salud mental, así como las medidas adoptadas para hacer frente a la elevada tasa de suicidios en el Estado parte;
b)Medidas adoptadas para reducir la incidencia y mejorar el tratamiento del VIH/sida, la sífilis congénita y la tuberculosis;
c)Incidencia del embarazo adolescente en los últimos cinco años, desagregado por edad, origen étnico o nacional y región urbana/rural, así como las medidas adoptadas para prevenirlo y su impacto;
d)Impacto de las medidas adoptadas para incrementar la accesibilidad y disponibilidad de los programas y servicios de salud sexual y reproductiva, particularmente la educación sexual integral, la atención prenatal, posnatal y servicios de interrupción voluntaria del embarazo, inclusive en las zonas rurales y alejadas;
e)Medidas adoptadas para la provisión adecuada de servicios de prevención, tratamiento y reducción del daño para las personas que consumen drogas.
Derecho a la educación (arts. 13 y 14)
30.Facilítese información detallada sobre las principales transformaciones e impactos producidos en el marco de la reforma educativa que se desarrolla en el Estado parte. Facilítese la siguiente información:
a)Medidas adoptadas por el Estado parte y resultados concretos en la mejora de la calidad, accesibilidad y pertinencia de la educación;
b)Impacto de las medidas adoptadas en los últimos cinco años para garantizar el acceso a la educación, asegurar la retención y mejorar los ratios de promoción en la educación primaria y secundaria, así como para fomentar el acceso a la educación superior entre los grupos más desfavorecidos y marginados, e inclúyanse estadísticas de matrícula, retención y promoción en la educación primaria y secundaria, desagregadas por sexo, género, edad, origen étnico o nacional, discapacidad, quintiles de ingreso y región urbana/rural;
c)Medidas adoptadas por el Estado parte y su impacto para permitir el acceso a la educación durante la pandemia de COVID-19, incluyendo los recursos que permitían la educación a distancia para todas las personas sin discriminación, en especial en las zonas rurales, y entre los grupos desfavorecidos y marginados.
Derechos culturales (art. 15)
31.Con base en las anteriores observaciones finales, infórmese sobre las medidas adoptadas para proteger la diversidad cultural del país, fomentar el conocimiento del patrimonio cultural de los Pueblos Indígenas y las comunidades afrodescendientes y crear condiciones favorables para que preserven, desarrollen, expresen y difundan su identidad, historia, tradiciones y costumbres.
32.Facilítese información sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para prevenir la desinformación y promover la difusión de información científica exacta, con la finalidad de proteger a la población de las consecuencias perjudiciales de las prácticas falsas, engañosas y basadas en la seudociencia, especialmente cuando estén en peligro otros derechos económicos, sociales y culturales.