Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial
Informes periódicos 20º a 22º combinados que El Salvador debía presentar en 2022 en virtud del artículo 9 de la Convención * , **
[Fecha de recepción: 19 de diciembre de 2023]
I.Introducción
1.El Salvador presenta su Vigésimo-Vigésimo Segundo Informe Periódico sobre la aplicación de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación Racial, según lo establecido en el párrafo 1 del artículo 9 de la Convención y atendiendo a la recomendación del Comité contenida en el párrafo 44 del documento CERD/C/SLV/CO/18-19.
2.El informe que se presenta ha sido elaborado siguiendo las directrices HRI/GEN/2/Rev.6, denominadas: “Compilación de Directrices relativas a la Forma y el Contenido de los Informes que deben presentar los Estados Parte en los Tratados Internacionales de Derechos Humanos”. De igual manera se han tenido presentes las Observaciones Generales emitidas por el Comité, respecto a la aplicación de la Convención en su resolución CERD/C/SLV/CO/18-19.
3.El Estado de El Salvador ha reconocido la existencia de los pueblos indígenas en el territorio salvadoreño, mediante Decreto Legislativo número 707, Diario Oficial número 112, Tomo número 403, reformando el art. 63 de la Constitución de la República, dando paso así al fundamento jurídico para la elaboración de normativas, planes y políticas públicas dirigidos a dichos pueblos.
4.Sumado a dicha reforma, el país cuenta con la Ley de Cultura, la cual en su art. 30 reconoce y garantiza a los pueblos indígenas su libertad, igualdad, dignidad y a una vida libre de toda discriminación basada en etnia, sexo, religión, costumbres, lengua o en cualquier otra condición.
5.El Estado salvadoreño en enero del 2018 creó el Ministerio de Cultura (MICULTURA), tomando en cuenta la necesidad de realizar importantes acciones y procesos a favor de los pueblos indígenas, reconociendo y delimitando las competencias, según Decreto Ejecutivo número 1 del Consejo de Ministros, publicado en el Diario Oficial el 18 de enero del mismo año. Dentro del ejercicio de estas competencias, crea la Dirección General de Pueblos Indígenas, como ente responsable de potenciar la memoria histórica y fortalecer los procesos identitarios a nivel local y nacional, estimular el diálogo y el trabajo intersectorial desde la cultura, y ejercer la rectoría de los procesos relacionados con el desarrollo sociocultural de los pueblos indígenas.
6.Con la puesta en marcha del Plan Cuscatlán, se reconoce como una de las áreas prioritarias la cultura, partiendo del reconocimiento y revalorización de las diferencias y puntos de encuentro de las comunidades urbanas, rurales y aquellas localidades que se identifican por sus tradiciones, lenguas, danzas, costumbres, etc. Asimismo, se ha establecido el compromiso de fomentar el conocimiento, contribuir a su registro y favorecer la difusión de las tradiciones y costumbres de las comunidades y localidades.
7.En sintonía con dicho Plan y tomando en cuenta el artículo 7 de la Ley de Cultura, se está trabajando en promover la participación de la población en la cultura como un principio rector, que debe incluir estímulos y facilidades a la misma; fomentándose a través de actividades culturales y artísticas. El Salvador garantiza el acceso a la cultura de forma igualitaria y equitativa, priorizando a aquellas personas que históricamente han sido excluidas abarcando así diversos grupos poblacionales, entre ellos los pueblos indígenas y afrodescendientes.
8.En este sentido, se ha fomentado el enfoque multicultural y la consciencia de las raíces multiculturales que conforman el país, a través de la transformación en 2019 de la Dirección General de Pueblos Indígenas en la Dirección General de Multiculturalidad, la cual tiene tres áreas específicas: a) Promoción de los Derechos de Pueblos Indígenas y Afrodescendientes; b) Desarrollo de Comunidades Indígenas y Afrodescendientes y c) Promoción Cultural para Pueblos Indígenas y Afrodescendientes.
9.El Estado salvadoreño cuenta con la Política Nacional de Pueblos Indígenas, que se ha actualizado bajo la consulta con diferentes organizaciones indígenas. Para ello, se ha convocado al Círculo Consultivo de Pueblos Indígenas (conformado por las organizaciones indígenas) y al Círculo Interinstitucional de Pueblos Indígenas (conformado por instituciones gubernamentales), con la finalidad de revisar la actualización de dicha Política para su apropiación y validación.
10.A nivel territorial, se han promovido 5 nuevas ordenanzas municipales, en los municipios de Cacaopera, Yucuaquín, San Antonio del Monte, San Juan Nonualco y Chalchuapa, haciendo un total de 11 ordenanzas municipales, las cuales buscan garantizar los derechos de las comunidades indígenas en los territorios de mayor concentración, a través del ejercicio de sus derechos civiles y políticos. (Ver anexo 1).
11.En mayo de 2023, el Consejo Municipal de San Alejo en el Departamento de La Unión, con el apoyo técnico de MICULTURA, aprobó una ordenanza donde se reconoce a la población afrodescendientes, siendo ésta, la primera normativa de su género en el país, quedando pendiente su publicación en el Diario Oficial.
12.Es de relevancia señalar que el 9 de agosto del presente año, coincidiendo con el Día Internacional de los Pueblos Indígenas, se declaró el Día Nacional de los Pueblos Indígenas, conmemorando el valor cultural y la importancia de los conocimientos ancestrales de los mismos. Adicionalmente, el 31 de agosto ha sido declarado como el Día Internacional y Nacional de la Población Afrodescendientes.
13.Adicionalmente, el 22 de marzo de 2023, El Salvador, a través de un Decreto Legislativo, formalizó la declaración de las celebraciones de la “Procesión de los Cristos” y la “Procesión del Santo Entierro” como “Patrimonio Cultural Inmaterial de El Salvador”. Esta medida reconoce la importancia de estas festividades en la preservación de la identidad cultural del país y su significado en la vida de la comunidad de Izalco.
14.Bajo la misma línea, el 18 de abril de 2023, a través de un Decreto Legislativo, se oficializó la declaración de siete danzas tradicionales del departamento de Morazán como “Patrimonio Cultural Inmaterial de El Salvador”. Esta acción reconoce la importancia de estas danzas en la conservación de la herencia cultural del país y su profundo arraigo en la comunidad de Morazán.
Artículo 1Definición de la discriminación racial
15.Tomando en cuenta la recomendación general núm. 14 de ese Comité, El Estado salvadoreño hace mención que en el artículo 3 de la Constitución de la República se regula que “Todas las personas son iguales ante la ley, para el goce de los derechos civiles no podrán establecerse restricciones que se basen en diferencias de nacionalidad, raza, sexo o religión”.
16.Lo anterior, permite consagrar desde la norma primaria el principio general de igualdad y no discriminación, orientando el resto del ordenamiento jurídico nacional. Seguido a ello, como se mencionó en el informe anterior, desde el 2014 con la ratificación del artículo 63 Cn., se reconoció a los pueblos indígenas y se estableció la garantía de su libertad, igualdad, dignidad y vida libre de discriminación, a fin de mantener y desarrollar su identidad étnica y cultural, valores y cosmovisión, dando paso a la elaboración de políticas públicas libres de discriminación racial.
17.El reconocimiento constitucional y el trabajo con enfoque territorial que realiza el Estado salvadoreño ha contribuido a ampliar la base de las comunidades y autoreconocimiento de las organizaciones indígenas existentes en el país, lo que ha traído consigo la confianza para la defensa de sus derechos. A través del Círculo Interinstitucional de Pueblos Indígenas y Afrodescendientes ha sido implementada la consulta, participación y acciones directas en las comunidades, obteniendo información que ha permitido implementar gestiones en beneficio de dichos pueblos.
Artículo 2
A.Marco jurídico y políticas generales para eliminar ladiscriminación racial
18.El Estado salvadoreño se ha caracterizado por tener un gobierno con enfoque de derechos humanos que ha promovido la modificación de patrones socioculturales excluyentes y discriminatorios a partir del Plan Cuscatlán, el cual funge como documento principal para la gestión gubernamental donde se incorporan las líneas base en el área de derechos humanos para responder a las demandas que la sociedad necesita.
19.Además, en dicho Plan, se considera la cultura como un área prioritaria, tomando en cuenta lo establecido en el artículo 27 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y plasmados en la Constitución en sus artículos 1 y 53, el primero, reconoce a la persona humana como el origen y fin de la actividad del Estado y el segundo establece la obligación del Estado para la consecución, fomento y conservación de la cultura; es por ello que se cuenta con un ente rector como el MICULTURA, encargado de salvaguardar los orígenes, raíces culturales e identidad que dentro de su normativa, específicamente en el artículo 4 establece, “El derecho a la cultura es inherente a la persona humana, en consecuencia es obligación y finalidad primordial del Estado, proteger, fomentar, difundir y crear las condiciones para el desarrollo de los procesos culturales y artísticos impulsados por la sociedad, tomando en cuenta la diversidad cultural de los pueblos”.
20.MICULTURA, en noviembre del 2018 lanzó la Política Pública para los Pueblos Indígenas de El Salvador (actualmente Política Nacional de Pueblos Indígenas), la cual desarrolla todo un enfoque de inclusión, interculturalidad y de desarrollo alternativo, en el que el centro de interés sean las personas, las comunidades y los pueblos indígenas en los aspectos económicos, sociales y culturales. Dicha Política tiene cinco estrategias: 1) Desarrollo Social; 2) Desarrollo Económico; 3) Desarrollo Cultural; 4) Sostenibilidad Medioambiental, y 5) Gestión Gubernamental.
21.Por otro lado, en coordinación con el Ministerio de Salud (MINSAL), implementaron la Política Pública en Salud para los Pueblos Indígenas que retoma la cosmovisión y saberes ancestrales de los pueblos originarios.
22.Adicionalmente, se cuenta con la Política Nacional de Medio Ambiente, el Plan Nacional de Cambio Climático y las Contribuciones Nacionalmente Determinadas de El Salvador, instrumentos estratégicos para la gestión ambiental sostenible, la adaptación y la mitigación del cambio climático para beneficio de toda la población.
B.Medidas legislativas, judiciales, administrativas o de otra índole concretas para prevenir o eliminar la discriminación racial
23.El Estado salvadoreño cuenta con diversos cuerpos normativos aprobados en el período a reportar, para la promoción y protección de derechos para todos los grupos poblacionales, garantizando la no discriminación por ninguna razón. En julio del 2021 el Estado salvadoreño ratificó la Convención Relativa a la Lucha contra la Discriminación en la Esfera de la Enseñanza, instrumento aprobado por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) en 1960, en la cual se retoman las acciones para garantizar un acceso a la educación sin discriminación para los miembros de las minorías nacionales. Asimismo, se cuenta con otros cuerpos normativos como el Plan de Desarrollo y Protección Social 2019-2024, que incluye la implementación de la Estrategia de Erradicación de la Pobreza, Ley Especial para la Protección de los Derechos de la Persona Adulta Mayor, Ley Especial de Inclusión de las Personas con Discapacidad, Ley Crecer Juntos para la Primera Infancia, Niñez y Adolescencia, Ley Nacer con Cariño para un Parto Respetado y un Cuidado Cariñoso y Sensible para el Recién Nacido, Ley Amor Convertido en Alimento para el Fomento, Protección y Apoyo a la Lactancia Materna, Modelo Integral de Salud, Programa Enlaces con la Educación, Reforma Integral Educativa “Mi nueva Escuela”, Política de Educación Inclusiva, la Ley General de Juventud, entre otras.
24.De igual manera, desde MICULTURA se emitió la Resolución Interna de las Medidas de Protección y Salvaguardia para la Conservación del Bien Cultural de la Lengua Náhuat de El Salvador la cual fue publicada en el Diario Oficial, en el Tomo 516, número 164, con fecha 5 de septiembre del 2017.
25.El Estado salvadoreño hace especial mención sobre la existencia de once ordenanzas municipales de derechos indígenas en el territorio de El Salvador, específicamente en: Nahuizalco, Izalco, Panchimalco, Cuisnahuat, Conchagua, Santo Domingo de Guzmán, Cacaopera, Yucuaiquín, San Antonio del Monte, San Juan Nonualco y Chalchuapa las cuales tienen como objetivo promover el desarrollo integral en lo económico, social, cultural y la participación efectiva en el ejercicio de los derechos civiles y políticos de las comunidades indígenas de dichos municipios, lo que incluye el derecho a la no discriminación, la protección y preservación de su propia cultura, de su territorio y especialmente de los recursos naturales renovables y no renovables, que constituyen el entorno ecológico de dichas comunidades. A lo anterior hay que sumar el municipio de Tacuba que en 2018 fue reconocido como Territorio de Comunidades Indígenas. Estos territorios suman aproximadamente, una población de 398,121 habitantes en una superficie de 1,193.76 km2.
26.De la misma forma, el Estado cuenta con un sistema de garantías ciudadanas, a través de la Fiscalía General de la República (FGR), Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH), Procuraduría General de la República (PGR), el Órgano Judicial, el Ministerio de Justicia y Seguridad Pública (MJSP) y la nueva figura del Comisionado Presidencial para los Derechos Humanos y Libertad de Expresión, instancias que respaldan la vigencia del Principio de Igualdad y de no Discriminación.
C.Institución nacional de derechos humanos encargadade combatir la discriminación racial
27.MICULTURA ha liderado importantes iniciativas para fortalecer el marco legal, de políticas y normativas a nivel nacional y local, coordinando con diversas instancias del ejecutivo, sociedad civil y gobiernos locales, la implementación de acciones en materia de derechos de los pueblos indígenas y población afrodescendientes, proponiendo políticas culturales e impulsando diversas formas de investigación, formación artística, apoyo a la creación popular, salvaguarda, restauración y difusión del patrimonio cultural del país, contribuyendo con ello a la erradicación de la discriminación hacia los pueblos indígenas y población afrodescendientes, en el contexto de lo establecido en el Plan Cuscatlán.
28.Asimismo, se ha fomentado el enfoque multicultural a través de la Dirección General de Pueblos Indígenas de MICULTURA, la cual tiene tres áreas específicas a Pueblos Indígenas y Afrodescendientes: a) Promoción de los Derechos; b) Desarrollo de Comunidades y c) Promoción Cultural.
29.Asimismo, dentro del funcionamiento de la PDDH, se cuenta con la Mesa Permanente sobre Derechos de los Pueblos Indígenas, la cual se ha constituido como un espacio democrático con el objetivo de coordinar esfuerzos con las diferentes instituciones estatales y de la sociedad civil vinculadas al tema para incidir, desde las diferentes perspectivas e intereses de acción de sus integrantes, en la solución de los problemas relacionados con los pueblos indígenas.
30.De igual manera, dicho espacio permite el monitoreo, análisis y discusión de las políticas públicas de protección a los pueblos indígenas, para incidir en su efectividad mediante la formulación de pronunciamientos sobre hechos concretos de violación a derechos humanos.
D.Medidas especiales en la esfera social, cultural y otras
31.En el capítulo segundo de la Ley de Cultura, en el artículo 11 se menciona que “El Estado garantizará a los pueblos indígenas y a los grupos étnico-lingüísticos, el derecho a conservar, enriquecer y difundir su cultura, identidad y su patrimonio cultural y a producir nuevos conocimientos a partir de sus sabidurías ancestrales y de los acervos contemporáneos”, con ello se observa como El Salvador promueve el acceso y el respeto de los derechos fundamentales de los pueblos indígenas y población afrodescendientes.
32.A su vez, en el capítulo III se regula lo relacionado a los derechos individuales y colectivos de los pueblos indígenas, el cual, sirve de base para el funcionamiento de MICULTURA, cuya misión es “Asegurar el derecho a la cultura y al fortalecimiento de las identidades salvadoreñas, ejecutando la rectoría de la protección, conservación, difusión del patrimonio cultural y las expresiones artísticas”. Y es a partir de estos avances en el marco legal, que el Estado salvadoreño ha diseñado políticas participativas para la población indígena del país, además de normativa en municipios donde tradicionalmente se ha reconocido cantidades importantes de dicha población.
33.De la misma forma, MICULTURA en coordinación con MINSAL, ha puesto en marcha el Proyecto de Cultura Alimentaria Ancestral, el cual contempla la participación dinámica de la población indígena y afrodescendientes como agentes de cambio, a través de sus conocimientos y prácticas tradicionales, particularmente la cultura alimentaria ancestral, sus prácticas de producción sostenible y el respeto y cuido del medio ambiente.
34.En ese contexto, en septiembre del 2023, se elaboró en coordinación con el Despacho de la Primera Dama, MINSAL, MICULTURA y con la asistencia técnica de FAO, el Recetario Ancestral, Herencia Indígena y Afrodescendientes: Alimentos Nutritivos y Fáciles de Preparar, el cual ha sido redactado en colaboración con mujeres rurales, portadoras de cultura y pertenecientes a las comunidades de Tacuba del departamento de Ahuachapán, Nahuizalco del departamento de Sonsonate, ambas comunidades con identidad indígena nahua-pipil, Cacaopera del departamento de Morazán e identidad indígena cacaopera o kakawira y San Alejo y Conchagua, ambas del departamento de La Unión e identidad indígena lenca afrodescendientes.
35.Este esfuerzo tiene como propósito revalorizar la importancia de la gastronomía ancestral, destacando su valor cultural y su importancia nutricional y medioambiental, a través de la presentación de una serie de preparaciones que destacan y revaloran los orígenes de la gastronomía salvadoreña, su aporte nutricional y el aprovechamiento de ingredientes locales como una pieza clave dentro de un sistema alimentario sostenible.
36.Otro aspecto a destacar, es lo relacionado a la implementación de los proyectos ambientales y de cambio climático que se ejecutan, ya que los mismos incorporan elementos de salvaguardas sociales y ambientales, con el propósito de asegurar el cumplimiento a las normativas nacionales, evitar impactos adversos de las acciones, principalmente garantizar la participación plena y efectiva de los pueblos indígenas y población afrodescendientes, considerando sus conocimientos, experiencias e intereses sobre el tema. En ese sentido, se destaca la valorización de los conocimientos ancestrales en el manejo de los recursos naturales y las prácticas agrícolas, como el uso de semillas criollas, plantas medicinales entre otras.
37.De igual manera, a través del Instituto Nacional de la Juventud (INJUVE), se han realizado mecanismos de participación inclusiva de jóvenes de la comunidad de pueblos originarios, en la consulta nacional para la formulación de la Política Nacional de Juventud 2011-2024 y su correspondiente plan de acción. También, en el Informe de Juventudes Rurales de los municipios de Jiquilisco, Sonsonate y Zacatecoluca se han identificado las principales necesidades de las juventudes que habían sido olvidadas, así como también la formación de liderazgos de grupos poblacionales de los municipios de Ahuachapán, El Congo, San Sebastián, Santa Ana, Santo Domingo de Guzmán, Sonsonate, Berlín, Jiquilisco, Jocoro, La Unión, Morazán, Nueva Guadalupe, San Francisco Gotera, San Fernando y Usulután.
38.Adicionalmente, en el marco del Convenio suscrito por la FAO, INJUVE y otras instituciones se han atendido a poblaciones rurales, indígenas y afrodescendientes en los diferentes lugares de El Salvador, como el corredor seco y otras poblaciones de Ahuachapán y Chalatenango. En ese contexto, se está implementando el curso ‘’Escuela de Liderazgo Juvenil Rural’’ a través del cual se cuenta con la participación de 450 jóvenes rurales, indígenas y afrodescendientes.
39.El Estado salvadoreño aprobó la Ley General de Recursos Hídricos, a través de la cual se creó una administración parcial pública del sector, incluyendo el agua para agricultura, consumo humano y saneamiento, para la generación de energía o el desarrollo de actividades para la conservación del recurso hídrico y elementos relacionados, asimismo se inició un proceso de reforma normativa e institucional de la gobernanza del recurso hídrico.
40.En ese contexto, la Autoridad Salvadoreña del Agua (ASA), entidad rectora del tema, ha emitido el “Reglamento especial para la determinación de cánones por uso y aprovechamiento de recursos hídricos”, en 7 que las Juntas de Agua y organizaciones comunitarias que presten el servicio de distribución de agua para consumo humano, no pagarán ningún valor en concepto de canon, con lo cual se beneficia en especial a habitantes de zonas rurales, en las cuales se ubican una gran cantidad de grupos y poblaciones compuestas por comunidades de ascendencia indígena y afrodescendientes.
41.De igual manera, se han desarrollado lineamientos para la aplicación del coeficiente en función del interés o fin social del uso y aprovechamiento del recurso hídrico para actividades de abastecimiento de agua, cultivo o producción de alimentos que forman parte de la canasta básica y generación de energía eléctrica pública, los cuales, incorporan de manera expresa que deberá contemplarse en la administración del recurso hídrico, el favorecimiento al acceso de manera regular, permanente y libre, que toda persona debe tener respecto a una alimentación cuantitativa y cualitativamente adecuada y suficiente, para asegurar una vida digna.
Artículo 3Apartheid
42.El Salvador es parte de la Convención Internacional sobre la Supresión y Castigo del Crimen del Apartheid (1973), desde el 30 de noviembre del año 1979. Además, se es parte del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, que incluye el Apartheid como un crimen de competencia de la Corte, tipificado como de lesa humanidad. No obstante, cabe destacar cómo se informó en el pasado informe que en El Salvador no existe ningún sistema equiparable al régimen de apartheid.
Artículo 4Prohibición y Castigo de Actividades Discriminatorias
A.Medidas legislativas, judiciales, administrativas y otraspara erradicar la discriminación racial
43.En El Salvador se cuenta con normativa penal que va dirigida contra todos aquéllos que realicen algún tipo de conducta ilícita que atente contra los derechos fundamentales consagrados en la Constitución, sin discriminación alguna, como lo establece el artículo 292 del Código Penal “El funcionario o empleado público, agente de autoridad o autoridad pública, que por razón de nacionalidad, raza, sexo, religión o por cualquier otra condición de una persona, le denegare cualquiera de los derechos individuales reconocidos por la Constitución de la República, será sancionado con prisión de uno a tres años e inhabilitación especial del cargo o empleo por igual tiempo”. De igual manera en su art. 246 se regulan las sanciones por discriminación en el trabajo.
44.Como ejemplo de la responsabilidad estatal, se puede destacar el acompañamiento a través del MICULTURA que se ha realizado a los “Líderes y Abuelos Indígenas del municipio de Nahuizalco ”, en el proceso de amparo 97-2019 interpuesto ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ) en 2019, aceptado por dicha Corte en noviembre del 2021 y notificado en agosto del 2022, donde se ha indicado a la FGR iniciar las investigaciones por la Masacre de 1932.
45.Asimismo, en materia de reparación a víctimas del conflicto armado, el Estado salvadoreño cuenta con un mecanismo que permite responder de manera ágil y pertinente a las sentencias emitidas en su contra, como ejemplo de ello se puede mencionar el Decreto Ejecutivo 53 donde se establecieron las disposiciones específicas restaurativas para la ejecución y seguimiento de la sentencia emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el caso Masacres del Mozote y Lugares Aledaños, vs. El Salvador, publicado en el Diario Oficial el 2 de septiembre del 2016.
46.Como parte de estas medidas de reparación, desde el Ministerio de Desarrollo Local (MINDEL) se ha elaborado un modelo de atención para personas adultas mayores, a través de la construcción y administración de dos Centros de Estancias de Día y un Centro Geriátrico que garantice la atención a dicha población. Actualmente, se cuenta con un centro y el segundo está proyectado a construirse en El Mozote donde también se encuentra en construcción el Modelo de Atención, el cual tiene por objetivo prestar servicios a personas adultas mayores de la zona, priorizando en la atención a sobrevivientes y familiares de víctimas, con servicios gerontológicos con énfasis en el área socio-familiar, psicosocial, nutricional y seguimiento médico a través de la atención domiciliar, charlas educativas y trabajo con las comunidades. Complementario a eso, se proporcionó apoyo con entregas de paquetes de insumos alimenticios y no alimenticios. Actualmente, se está beneficiando a 347 personas de estas 192 son mujeres y 155 hombres que forman parte de los Pueblos Indígenas y población afrodescendientes.
B.Legislación Nacional que prohíba específicamente laDiscriminación Racial
47.Al estar consagrado el derecho a la igualdad y no discriminación en la Carta Magna de la legislación nacional, está implícitamente prohibida la discriminación de todo tipo incluida la discriminación racial.
Artículo 5
I.Información Agrupada bajo Derechos Particulares
A.El Derecho a la Igualdad de Tratamiento en los Tribunalesy todos los demás Órganos que administran Justicia
48.El sistema de justicia salvadoreño se caracteriza por brindar mecanismos de resguardo de derechos y libertades de las personas cuando enfrentan procesos civiles, penales o administrativos ante tribunales o juzgados en igualdad de condiciones para toda la población. El Estado salvadoreño da a conocer, sin distinción alguna a las víctimas sobre sus derechos imbíbitos como parte procesal en el ejercicio de una acción penal; brindándoles asistencia legal, para contar con los elementos necesarios que les permitan tomar decisiones que conlleven la reparación de los daños causados por la discriminación racial.
49.La Corte Suprema de Justicia (CSJ), en el marco de sus competencias de garantizar el acceso a la justicia sin discriminación por ninguna razón a todas las personas, está conformado actualmente por 566 sedes judiciales, distribuyéndose de la siguiente manera: 28 Cámaras de Segunda Instancia, 216 Juzgados de Primera Instancia y 322 Juzgados de Paz.
50.La tutela frente a la vulneración de los derechos constitucionalmente reconocidos como la igualdad y no discriminación, cuentan en El Salvador con la posibilidad de incorporar el proceso de amparo ante la Sala de lo Constitucional de la CSJ, según el artículo 247, inciso 1 de la Constitución.
B.El Derecho a la Seguridad Personal y a la Protección delEstado contra todo Acto de Violencia o atentado contrala Integridad Personal
51.En el 2017 la FGR lanzó la Política de Persecución Penal, la cual en su artículo 25 aborda el tratamiento especial de las investigaciones sobre actos de delincuencia cometidos contra grupos de poblaciones en vulnerabilidad, entre ellos la población indígena y afrodescendientes. Adicionalmente, en 2018, se incluyó el tratamiento especializado para mujeres, bajo los criterios y lineamientos del marco de acción para la prevención, detección y persecución de los delitos de violencia contra las mujeres, que es de obligatoria aplicación para el personal de la FGR, a través de la Dirección Nacional de la Mujer, Niñez, Adolescencia, Población LGBTI y otras Poblaciones Vulnerables.
52.En materia de acceso a la justicia, se cuenta con los Tribunales Especializados para una Vida Libre de Violencia y Discriminación para las Mujeres, los cuales tienen competencia para conocer sobre los delitos establecidos en la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres, denuncias y avisos con base a la Ley de Violencia Intrafamiliar, seguimiento y vigilancia de medidas cautelares y de protección y la Ley de Igualdad, Equidad y Erradicación de la Discriminación contra las Mujeres; delitos de discriminación laboral y atentados relativos al derecho de igualdad, incumplimiento de los deberes de asistencia, separación indebida de menor o incapaz y desobediencia en caso de violencia intrafamiliar.
53.En octubre de 2021, con el objeto de reforzar la tutela de derechos fundamentales, se creó la Fiscalía Adjunta para la Mujer, Niñez, Adolescencia y otros Grupos Vulnerables, cuya función principal es dirigir las investigaciones y efectuar el ejercicio de la acción penal correspondiente, sobre los delitos cometidos en contra de las mujeres, niñez, adolescencia, población LGBTI y otros grupos vulnerables. Paralelamente se han creado unidades de atención especializadas y herramientas técnicas para la atención y la investigación de los delitos de violencia contra las mujeres.
54.El Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer (ISDEMU) como institución rectora de los derechos de las mujeres, en los últimos años, logró consolidar una estrategia que le permite vigilar, promover y garantizar el cumplimiento del marco normativo y políticas públicas en materia de igualdad y no discriminación hacia las mujeres y velar por la incorporación del Principio de Transversalidad de la Igualdad y no Discriminación, en el diseño, formulación y aplicación de políticas públicas en las instituciones del Estado. Así como programas de atención integral y especializada para violencia basada en género, ya sea en el ámbito privado o público.
55.Asimismo, ISDEMU implementa la Estrategia de Formación Especializada en la que desarrollan procesos formativos y de sensibilización dirigidos al funcionariado, mujeres lideresas y población en general, con un modelo de formación basado en competencias que incluye diferentes modalidades pedagógicas que promuevan la innovación y la creatividad.
C.Derechos Políticos
56.En relación a la recomendación 19 inciso c) emitida por el Comité, se puede mencionar que en la Constitución se concede a los ciudadanos salvadoreños en igualdad de condiciones la capacidad de escoger el gobierno en elecciones periódicas libres e imparciales celebradas por votación secreta y basadas en el sufragio universal e igualitario sin discriminación alguna.
57.Paralelamente, en la Ley de la Cultura, en el artículo 32, regula lo relacionado al derecho a la consulta, el cual reza ‘’El Estado deberá de establecer los medios para la participación de los pueblos indígenas en la adopción de decisiones sobre cuestiones que afecten sus derechos’’. Además, la Política Nacional de Pueblos Indígenas, considera de vital importancia que la población indígena se empodere a través de la capacitación sobre liderazgo y organización para lograr acceso a cargos públicos.
58.Bajo esa línea, en El Salvador a través de la Oficina del Despacho de la Comisionada Presidencial de Operaciones y Gabinete de Gobierno - rectora de la política social, se ha implementado el Plan de Desarrollo y Protección 2019-2024, el cual se llevó a cabo mediante un proceso amplio de consultas con diferentes actores a escala nacional y territorial sin discriminación alguna, incluyendo organizaciones de la Sociedad Civil, instituciones académicas, organizaciones de las Naciones Unidas y cooperantes internacionales.
59.Ninguna ley limita la participación de los pueblos indígenas y afrodescendientes, ni de integrantes de minorías en el proceso político. En las últimas elecciones de 2021, se inscribieron un candidato al Parlamento Centroamericano y varios candidatos a Consejos Municipales de diversos pueblos indígenas del país quienes, si bien es cierto no constan como tal en los registros debido a que la ley no lo solicita, lo externaban en sus campañas o pertenecían a organizaciones indígenas. El Tribunal Supremo Electoral (TSE) en coordinación con MICULTURA encamina esfuerzos para facilitar el acceso a la información sobre el proceso electoral 2024, asesorando y acompañando a las personas pertenecientes a pueblos indígenas y población afrodescendientes.
60.De la misma forma, a través de los gobiernos locales, se han implementado las ordenanzas municipales donde se representan las comunidades indígenas de los diferentes municipios, las cuales permiten garantizar la formulación de políticas con la plena participación de dicha población.
61.Finalmente, se puede destacar que el ISDEMU tiene como una de sus estrategias prioritarias la estimulación de la participación política y ciudadana de las mujeres a través de los Consejos Consultivos para la Defensa de los Derechos de las Mujeres. Este mecanismo, si bien no está previsto específicamente para mujeres indígenas y afrodescendientes, cuenta con la participación de las mismas. En ellos participan mujeres lideresas que tienen raíces indígenas y afrodescendientes, en especial de los departamentos de Morazán y Sonsonate, quienes han sido capacitadas en diversas temáticas para contribuir a su empoderamiento.
D.Otros Derechos Civiles
62. El Estado salvadoreño no solo está comprometido con la preservación de los espacios públicos, sino que también trabaja activamente en su promoción, a través de centros de intercambio cultural y cohesión social en el contexto del artículo 22 de la Ley de Cultura. Asimismo, garantiza que toda la población, incluyendo a los pueblos indígenas y personas afrodescendientes, puedan circular libremente y elegir residencia de acuerdo a sus necesidades.
63.Tomando en cuenta su recomendación general núm. 32, el Estado salvadoreño reconoce constitucionalmente a la persona como el origen y fin de la actividad del Estado, organizado para la consecución de la justicia, seguridad jurídica y del bien común. En consecuencia, es obligación del Estado asegurar a los habitantes de la República, el goce de la libertad, la salud, la cultura, el bienestar económico y la justicia social.
64.Asimismo, se informa que se han creado espacios para la formación de círculos de mujeres indígenas en los municipios de Nahuizalco, San Antonio del Monte y Panchimalco. Se proyecta la conformación de cinco círculos consultivos o “yaguales”, incorporando los círculos de juventud y de organizaciones de derecho consuetudinario.
65.Adicionalmente, el Estado salvadoreño forma parte del Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas para Latinoamérica y el Caribe, FILAC, organismo facilitador de procesos regionales de diálogo y concertación para el reconocimiento, protección y promoción de los derechos de los pueblos indígenas en los Estados miembros. En el 2021 MICULTURA en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores, facilitó un espacio para la elección de representantes indígenas ante el Fondo en comento. Se trató de una elección amplia entre los asistentes con 50 líderes indígenas representantes de los territorios de El Salvador. Posteriormente y a solicitud de las organizaciones indígenas se facilitó la logística para la realización de una ceremonia en el Centro Ceremonial de Tazumal en agradecimiento por la gestión y el trabajo de los representantes electos.
66.Bajo esa misma línea, el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología (MINEDUCYT) en coordinación con MICULTURA, inició un proceso de consultas con representantes de pueblos indígenas para conocer sus aportes sobre el Proyecto “Crecer y Aprender Juntos, Desarrollo Integral de la Primera Infancia” en los meses de julio y agosto del 2021.
E.Los derechos económicos, sociales y culturales
67.La Ley de Cultura reconoce en su artículo 20 el “Derecho de todas las personas a construir, conocer y conservar su historia y patrimonio cultural, y a discernir y elegir su propia interpretación o resignificación en el contexto de las perspectivas e imaginarios diversos que existen en torno a los acontecimientos históricos”. Además, en el art. 21 se determina que “Todas las etnias, pueblos y comunidades y sus integrantes tienen derecho a la protección de los bienes y expresiones culturales y artísticas que han producido, y a la salvaguarda de sus saberes ancestrales, costumbres, expresiones, rituales y modos de vida”.
68.De la misma forma, en el art. 22 la misma Ley, garantiza “La existencia y uso de espacios públicos como ámbito de intercambios culturales, articulación social y promoción de los derechos culturales”. Asimismo, mandata la “Adopción de medidas por parte del Estado para la promoción de la participación de las personas, colectivos y comunidades, todos con derecho al acceso en condiciones de igualdad a los bienes y servicios culturales, en su diversidad y pluralidad”.
69.A su vez, en elart. 27de la referida ley, se determina que los pueblos indígenas tienen derecho individual y colectivo al disfrute pleno de los derechos humanos y libertades fundamentales reconocidas en la Constitución de la República. Asimismo, se reconoce en la misma ley, la obligación del Estado de promover las condiciones que permitan a los pueblos indígenas un desarrollo económico y social sostenible, compatible con sus características culturales; así como los medios para asegurar la participación de los pueblos indígenas en la toma de decisiones sobre cuestiones que afecten sus derechos y la promoción del arte, tradiciones y lenguas indígenas.
70.Consecuentemente, es importante mencionar que la Política Nacional de los Pueblos Indígenas, ha sido objeto de una nueva consulta dirigida a los pueblos indígenas para actualizarla apropiadamente y su objetivo es realizar una gestión pública estatal hacia y con los pueblos indígenas, basada en sus derechos y cosmovisión a través de la acción social transformadora. La Política ha definido cinco estrategias: 1) Desarrollo Social, 2) Desarrollo Económico, 3) Desarrollo Cultural, 4) Sostenibilidad Medioambiental, y 5) Gestión Gubernamental.
71.Las primeras dos estrategias están orientadas a mejorar las condiciones de vida de los pueblos indígenas, teniendo en cuenta la visión de estos; por su parte, la Estrategia de Desarrollo Cultural toma en cuenta que la identidad de los pueblos indígenas constituye el acervo cultural nacional y que, con ese carácter esencial, debe promoverse; La Estrategia de Sostenibilidad Medioambiental apunta a la sustentabilidad de los recursos naturales y también a las medidas afirmativas frente al cambio climático, siempre considerando la visión de los pueblos indígenas. En el caso de la Política Nacional de Salud de Pueblos Indígenas, cuenta con el objetivo de garantizar el derecho a la salud integral de los pueblos indígenas de El Salvador, con enfoque intercultural y de género, reconociendo, respetando y armonizando los conocimientos y saberes indígenas en el Sistema Nacional de Salud.
72.Finalmente, se puede destacar que los planes, proyectos y actividades de gestión ambiental y cambio climático reconocen el valor patrimonial de los saberes y prácticas de los pueblos indígenas y afrodescendientes sobre el manejo de los recursos naturales y la producción agrícola, para la sostenibilidad y la adaptación climática. Asimismo, se promueve el respeto de los derechos de los pueblos indígenas y poblaciones afrodescendientes a conservar y mantener sus conocimientos y hacerlos públicos con su consentimiento.
1.Derecho al trabajo
73.Según el artículo 37 de la Constitución de la República, el trabajo es una función social y goza de la protección del Estado. Muestra de ello, son los programas estatales como el programa “Oportunidades”, lanzado en octubre del 2021, con el cual se ha subsidiado a más de la mitad del salario por tres meses a las empresas que contratan jóvenes de 18 a 21 años o a personas mayores de 40 años, con más de 18 meses sin laborar sin discriminación alguna.
74.Como muestra del compromiso del Estado de provisión de más y nuevas oportunidades para otros grupos poblacionales específicos como las madres solteras, es que, a partir de agosto del 2022 se abrió la oportunidad de colocación en plazas laborales ofertadas por empresas de diferentes rubros. Esta iniciativa busca colocar al menos a 5,000 madres solteras en 50 empresas que trabajan en diferentes rubros económicos, para optar a una oportunidad de trabajo. Las aspirantes únicamente deben tener educación básica, ser mayores de 18 años y además no es necesaria la experiencia laboral.
75.El Estado salvadoreño a su vez, en el año 2021 aprobó un incremento del 20 % al salario mínimo para todos los rubros de la economía nacional, beneficiando a toda la población en general(D.O. de fecha 7 de julio de 2021). Esta iniciativa tenía como objetivo apoyar a las micro, pequeñas y medianas empresas (con planillas de hasta 100 empleados sin distinción alguna) con fondos provenientes de BANDESAL para subsidiar este incremento.
76.Por otra parte, y con la finalidad de mitigar el impacto económico y financiero a la micro, pequeña y mediana empresa y como resultado del incremento al salario mínimo, El Salvador otorgó beneficios por 12 meses a las MIPYMES, para asegurar su estabilidad y sostenibilidad ante la pandemia COVID-19, garantizando sus operaciones normales, proceso de recuperación y crecimiento con el acompañamiento de beneficios gubernamentales
77.Adicionalmente, BANDESAL, respaldó a empresarios de micro, pequeñas y medianas empresas mediante un subsidio al salario mínimo, destinando un monto global de $60.5 millones. Este apoyo se distribuyó de manera significativa entre los microempresarios, quienes representaron el 72 % del total de beneficiarios. A través de este beneficio, se calculó el número total de respaldos a las familias de los empleados, considerando un promedio de 4 empleados con una conexión directa o indirecta al núcleo familiar. El resultado arrojó un total de 616,464 apoyos, beneficiando a familias salvadoreñas en el proceso. (Ver anexo 3).
78.De igual manera, se ha desarrollado el programa Estatal denominado: “Mi Primer Trabajo”, lanzado en agosto del año 2023, el cual es impulsado con el objetivo brindar el acceso al trabajo decente en el país para personas sin experiencia laboral en empresas privadas a través de contratos de aprendizaje por 5 meses, a personas que han sido desplazadas internamente, refugiadas, solicitantes de asilo, retornadas y habitantes de comunidades priorizadas por ACNUR entre los 18 a 35 años de edad.
79.Asimismo, con el objetivo de cumplir el derecho a la libre elección del trabajo y condiciones equitativas y satisfactorias se ha gestionado más y nuevas oportunidades de empleo para los sectores poblacionales específicos en la “Bolsa de Empleo Público”, la cual brinda orientación laboral a personas que buscan un empleo a través de prácticas de entrevistas de trabajo, pruebas psicométricas e información sobre sus derechos y obligaciones laborales. De la misma forma, se realiza la intermediación laboral con base a análisis de perfiles y las necesidades de las empresas identificadas por el MTPS de manera igualitaria y sin discriminación a ningún sector poblacional de El Salvador. Además, con el fin de promover e incentivar el emprendimiento, se realizan ferias de emprendedores con el objetivo de brindar las oportunidades de comercialización de productos y servicios sin discriminación por su raza y ascendencia étnica.
80.Además, se cuenta con el Sistema de Información del Mercado Laboral (SIMEL), el cual El Salvador se ha posicionado como el primer país de Centroamérica en contar con un repositorio unificado de información sobre el mercado laboral validado por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), y es el segundo a nivel de Latinoamérica en adoptar este compromiso. El sistema permite identificar las necesidades de las empresas, y las garantías que se les brinda a los trabajadores sin ninguna distinción para un trabajo decente, conforme a la recopilación y sistematización de la información y un constante monitoreo y seguimiento de datos estadísticos.
81.Sumado a ello, entre diciembre 2020 y julio 2021 en coordinación con ISDEMU y con el apoyo de BANDESAL, MICULTURA está garantizando que la población de Mujeres de población LGBTIQ+ puedan ser incorporadas en el Programa Derechos Humanos y Educación Financiera, con el propósito de estimular la autonomía económica de las mujeres desde un enfoque de interseccionalidad. Se han desarrollado ferias de emprendedoras para potenciar la autonomía económica de las participantes en el proyecto. Es menester mencionar, que dentro de esa población también se encuentra población que pertenece a los pueblos indígenas y afrodescendientes.
82.Asimismo, la Defensoría del Consumidor verifica constantemente los precios de productos de la canasta básica para evitar la especulación y el acaparamiento, beneficiando a los salvadoreños, incluyendo a los pueblos indígenas.
2.El derecho a fundar sindicatos y a sindicarse
83.Con la finalidad de garantizar a toda la clase trabajadora el derecho de asociación, el MTPS, a través del Departamento Nacional de Organizaciones Sindicales realizó la acreditación de1,300 dirigentes sindicales para dotarlos de mecanismos legales para la defensa de los derechos económicos y sociales de los trabajadores afiliados a las diferentes asociaciones sindicales, posibilitando a estos negociar con los empleadores y mejorar las condiciones laborales de dichos trabajadores a través de los contratos colectivos de trabajo.
84.De la misma forma, es importante dar a conocer que en el período 2019-2021 se crearon 18 sindicatos en el sector privado y 14 en el sector público, haciendo un total de 34 sindicatos constituidos. También es importante mencionar que el 21 de abril del 2021 se inauguró el primer Instituto de Formación Sindical (IFS) para fortalecer el diálogo social, lo cual beneficiará a más de 150,000 trabajadores agrupados en diferentes sindicatos.
85.Además, el MTPS ha tenido la iniciativa de instalar en la Dirección General de Trabajo, la Oficina de Atención Sindical con el objetivo de brindar asistencia jurídica a los representantes sindicales para las diferentes solicitudes sobre los procesos que estén llevando a cabo en el Departamento Nacional de Organizaciones Sociales, tales como asesorías para la elaboración de estatutos, actas de asambleas constituyentes y elección de juntas directivas, tanto para sindicatos, federaciones y confederaciones, entre otros.
86.Es menester mencionar que en lo que va de la presente Administración, la Sección de Relaciones Colectivas de Trabajo del MTPS ha informado que ningún conflicto colectivo ha llegado a la etapa de huelga.
3.El derecho a la vivienda
87.El Salvador, a través del Ministerio de Vivienda (MIVI), como ente rector, ha realizado acciones para contribuir a la reducción del déficit habitacional cuantitativo y cualitativo, para mejorar la calidad de vida, propiciar el despegue económico e incentivar la inversión en proyectos de interés social para el país y la población, incluyendo con ello a los pueblos indígenas y población afrodescendientes, para lo cual se han invertido $ 676.2 millones en créditos, construcción de viviendas, escrituras y reasentamientos, beneficiando a más de 50,000 familias (Ver Anexo 2).
88.Asimismo, se están promoviendo acciones que están permitiendo desarrollar, de una mejor manera, la planificación urbana, la reconstrucción del tejido social, la resiliencia y adaptación de las ciudades al cambio climático. Asimismo, se cuenta con la “Política Nacional de Vivienda y Hábitat”, a través de la cual se busca promover un desarrollo urbano ordenado, integral y sostenible.
89.Adicionalmente, es importante destacar que, el Sistema de Vivienda y Hábitat conformado por el MIVI, Fondo Nacional de Vivienda Popular, Fondo Social para la Vivienda (FSV) y el Instituto de Legalización de la Propiedad, está trabajando de forma articulada, para la ejecución de programas enfocados a brindar acceso a una vivienda adecuada, garantizar la seguridad jurídica sobre la propiedad de la tierra, a familias de escasos recursos económicos y ejecutando acciones que conduzcan a la igualdad y justicia social, trayendo consigo beneficios a los pueblos indígenas y población afrodescendientes.
90.El Salvador comprometido en mejorar la calidad de vida de las personas que viven en extrema pobreza, ha realizado la inversión para garantizar el otorgamiento de viviendas adecuadas través de los proyectos: a) “El Espino”, en el Departamento de La Libertad; b) Ciudad Marsella, en el municipio de San Juan Ópico, La Libertad; Parcelación Dos Quebradas II etapa-Las Rosas.
91.De igual manera se cuenta con proyectos habitacionales en ejecución como: a) Recalificación Socioeconómica y Cultural del Centro Histórico de San Salvador y de su función habitacional mediante el Movimiento Cooperativo; b) Programa de Desarrollo Habitacional en Caserío el Mozote y Lugares Aledaños; c) Programa de Mejoramiento de Viviendas para Familias de Escasos Recursos a Nivel Nacional; d) Proyecto Habitacional para Reasentar a Familias de la Comunidad Rafael A. Gutiérrez, en Ilopango; y e) Proyecto Habitacional Los Cocodrilos, ubicado en el municipio y departamento de San Salvador.
92.A través del FSV, se han impulsado programas de financiamiento, otorgando entre junio 2019 a mayo 2022 20,109 créditos por un monto de US$ 420.87 millones, que representa una cifra de inversión importante hacia la población, beneficiando a un aproximado de 84,400 salvadoreños, sobrepasando las expectativas proyectadas para el quinquenio que era de US$ 400,000 millones.
93.Sumado a ello, se realizan aportes económicos o en especie, otorgados en forma directa a la familia, sin compromiso de devolución, mediante un título emitido a favor del beneficiario. En el período de junio 2019 a mayo 2022 se han entregado contribuciones, a través de diferentes convenios suscritos por FONAVIPO a 2,979 familias beneficiadas con una inversión total de US$ 20,127,993.58. De la misma forma, en el país a través del Instituto de Legalización de la Propiedad, se está implementando el Programa de Legalización Institucional, a través del cual se asegura la tenencia de la tierra a las familias de escasos recursos económicos, algunos de ellos forman parte de la población indígena y afrodescendientes del país. A la fecha se estima un total de 5,000.00 escrituraciones a favor de las familias, con una inversión de $ 2.4 millones de dólares. También, MIVI en coordinación con FSV este año inició la ejecución del Programa de “Adaptación Urbana al Cambio Climático en Centroamérica-Componente El Salvador”, con el objetivo de beneficiar a la población sin discriminación alguna.
4.El derecho a la salud pública, la asistencia médica, la seguridad socialy los servicios sociales
94.La pandemia por COVID-19 causó graves afectaciones a la población salvadoreña, sin embargo, se implementaron acciones provisorias para evitar daños mayores en los salvadoreños y garantizar sus derechos económicos, sociales y culturales. Entre las principales iniciativas implementadas en las cuales se vieron beneficiadas directamente la población indígena se puede mencionar las campañas de salud para adultos mayores, las cuáles se realizaron en dos etapas de jornadas de atención especializada, la primera se llevó a cabo entre el mes de abril y junio del 2021, con un total de 9 de jornadas en el casco urbano y cantones de los municipios de Santo Domingo de Guzmán, Nahuizalco y Cacaopera. La segunda etapa fue realizada en 10 jornadas, 3 en Izalco, 4 en Panchimalco y 3 en Cuisnahuat, durante las cuales fueron entregados dispositivos para la marcha como bastones y andaderas.
95.De la misma forma, en el 2022 MICULTURA en coordinación con MINSAL realizaron la tercera etapa de jornadas de atención especializada a adultos mayores, desarrollando 15 jornadas en los territorios indígenas de San Antonio del Monte, Conchagua, Tacuba, Yayantique, Guatajiagua y Yucuaiquín. También se incluyó dentro de las jornadas a los territorios con presencia afrodescendiente de San Alejo, Ereguayquín y Atiquizaya, a los cuáles se les entregaron bastones, andaderas y sillas de rueda, en cumplimiento a lo establecido en la Política Nacional de Pueblos Indígenas, la Política Nacional de Salud para Pueblos Indígenas y las Ordenanzas Municipales de Derechos de Pueblos Indígenas en los territorios en dónde han sido adoptadas.
96.El Estado salvadoreño desea informar sobre la implementación de la Política Nacional de Salud de Pueblos Indígenas con la que se busca garantizar el derecho a la salud integral de los pueblos indígenas a través de un enfoque intercultural y de género, reconociendo, respetando y armonizando los conocimientos y saberes indígenas en el Sistema Nacional de Salud (SNS). Además, tiene como objetivos específicos:
a)Promover el conocimiento de la cosmovisión ancestral de los pueblos indígenas en el SNS, incorporando sus conocimientos y saberes, tomando en cuenta el marco jurídico nacional e internacional sobre derechos de pueblos indígenas;
b)Integrar el enfoque de salud intercultural como eje transversal en todas las estrategias y programas de promoción, prevención y atención en salud a las personas respetando principios, valores, conocimientos y saberes de los pueblos indígenas con énfasis en la participación de la mujer;
c)Promover investigaciones que visibilicen las inequidades y condiciones de vida de los pueblos indígenas en general y las mujeres indígenas a nivel nacional, para la identificación de problemas prioritarios a nivel local, municipal y nacional, a fin de satisfacer las necesidades de salud de ellos;
d)Informar, educar, comunicar y empoderar a los pueblos indígenas en la salud sexual y reproductiva en todo el ciclo de vida;
e)Definir el mecanismo de monitoreo y seguimiento de la implementación y cumplimiento de la política con la orientación del Comité Nacional para la Salud de Pueblos Indígenas, con participación de los pueblos indígenas y grupos en condiciones de vulnerabilidad.
97.En su implementación, El Salvador reporta, el acercamiento de servicios integrales de salud a alrededor de 1000 adultos mayores de comunidades indígenas del Cantón Agua Blanca, Cantón Calavera, Cantón Estancia y casco urbano de Cacaopera; Cantón Tajcuilujlan, Cantón El Carrizal y casco urbano de Nahuizalco; Cantón El Zarzal, El Carrizal, Cantón El Caulote y El Zope de Santo Domingo de Guzmán. Beneficiando a comunidades de los pueblos nahua-pipil y kakawira, en nueve jornadas desarrolladas en los meses de abril a junio del 2022.
98.Adicionalmente, es importante destacar a su vez, que el Gobierno de El Salvador, a través del Consejo Nacional para la Inclusión de las Personas con Discapacidad (CONAIPD), como ente rector en materia de políticas para la inclusión del sector y coordinador de las acciones que garantizan los derechos de la población con discapacidad, trabaja articuladamente para que se transversalice el enfoque de derechos e inclusión en la sociedad.
99.Sumado a los esfuerzos realizados en la pandemia, se pueden incluir las estrategias para proteger a la población con discapacidad implementadas por el Estado salvadoreño, en coordinación entre el CONAIPD Y MINSAL, en relación a la prevención e implementación de medidas de bioseguridad orientados a las personas con discapacidad y sus familias para la reducción del contagio de COVID-19 con la entrega de kits de bioseguridad a nivel nacional.
100.Asimismo, entre los años 2022 y 2023 se entregaron kits de alimento no perecederos para beneficiar 976 personas con discapacidad y sus familias que se encontraban en situación de vulnerabilidad, así como la entrega de 775 kits a 20 organizaciones y asociaciones de personas con discapacidad, sumando un total de 1,751 dotaciones.
101.A través del Programa de Ayuda Humanitaria del CONAIPD entre el 2022 y 2023 se entregaron 367 sillas de ruedas a niñez, adolescencia, juventud, adultos y adultos mayores con discapacidad, con el objetivo de garantizar la entrega de tecnologías de asistencia a personas con discapacidad para generar independencia y movilidad en los entornos sociales.
102.De la misma forma, se ha desarrollado jornadas médicas integrales para personas con discapacidad y sus familias en coordinación con MINSAL y Fondo Solidario para la Salud (FOSALUD), con el objetivo de acercar la prestación de servicios en el área de salud a personas con discapacidad en la Comunidad de Ashapuco, Ahuachapán y en San Pedro Masahuat en el departamento de La Paz.
103.Finalmente, se ha coordinado de forma interinstitucional la construcción del Plan Nacional de Rehabilitación para crear nuevas estrategias de atención para la población que requiere los servicios de habilitación y rehabilitación. En ese contexto, se ha participado en los diálogos para la construcción del Programa de País del Sistema de Naciones Unidas del 2022, generando alianzas estratégicas para la transversalización del enfoque de inclusión en el programa de país de las agencias de cooperación.
5.Derecho a la educación y formación profesional
104.El Estado salvadoreño es consciente de los compromisos asumidos en la agenda internacional en materia de educación, acceso a la educación gratuita de calidad, reducción y eliminación de las desigualdades entre las personas, la mejora de procesos de reclutamiento de maestros y maestras, así como la garantía de un sistema educativo ampliado que permita la formación y el desarrollo humano y la construcción de una cultura democrática y de paz.
105.Igualmente, MINEDUCYT trabaja por mejorar y brindar una educación de calidad a la comunidad educativa sin distinción de nacionalidades y apegados a la universalidad y gratuidad a la educación primaria, lo cual requiere esfuerzos para rediseñar y diseñar materiales curriculares, formación docente, que respondan a las necesidades de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes para afrontar los constantes retos y desafíos de la sociedad y del mundo.
106.Es por ello que, en coordinación con MICULTURA, está cumpliendo su responsabilidad como ente garante del derecho al acceso a la educación en la lengua materna, promoviendo la conservación desde la primera infancia y juventud salvadoreña, de manera que se garantice el relevo generacional, la conservación y el enriquecimiento de nuestras múltiples identidades culturales. En ese contexto, el Estado salvadoreño ha brindado en materia de educación el apoyo a la literatura infantil realizando diferentes acciones entre las cuáles se puede mencionar dos creaciones bajo el sello de la Dirección de Publicaciones e Impresos (DPI) para la Serie Árbol de Fuego del autor Gustavo Pineda, con los temas: Cómo nace una Laguna y Cómo nace el maíz. De la misma forma, se hizo la revisión lingüística e identidad cultural para la Serie Bálsamo: Tradiciones de mi Tierra, Danzas de mi Tierra, Pueblos de mi Tierra, Juegos de mi Tierra e Instrumentos de mi Tierra. De la misma manera, se realizó la revisión lingüística e identidad cultural para la Serie Amate: Animales de mi Tierra, Colores de mi Tierra, Mis primeros números, Frutas de mi Tierra y Árboles de mi tierra.
107.Asimismo, se llevó a cabo la publicación del libro “El Principito” en versión náhuat. También se desarrolló una actividad lúdica de promoción del Teatro Infanto-juvenil JeuJeu, con la puesta en escena de “El Principito”, en el marco del Día de la Niñez y Adolescencia en el 2021. Es importante mencionar, que en esa actividad participaron 100 niños y niñas de ascendencia indígena, que residen en el Barrio Cruz Galana, municipio de Izalco, departamento de Sonsonate. La realización de dicha actividad se hizo en coordinación con la Casa de la Cultura de la localidad.
108.Cada 21 de febrero, desde 1999, se celebra el “Día Internacional de la Lengua Materna”, reconocido por la UNESCO con la finalidad de reconocer el valor de la diversidad lingüística en el mundo e invitar a la reflexión de los Estados sobre la situación de riesgo en la que se encuentran muchas lenguas minorizadas. El Estado salvadoreño, a través de un Decreto Ejecutivo, desde el 1 de febrero del 2017, declaró el 21 de febrero de cada año como el “Día Nacional de la Lengua Náhuat”, con el objetivo de reconocer y promover esta lengua que aún se encuentra viva en las comunidades indígenas del occidente de El Salvador.
109.En seguimiento a ello, se han realizado diferentes esfuerzos como la producción de teleclases de la lengua náhuat, la creación de literatura para primera infancia con contenido en lengua náhuat y con enfoque de multiculturalidad, la creación de la línea editorial en lenguas indígenas “Yultaketza”, desde la cual se ha publicado ya una versión bilingüe náhuat - castellano de El Principito, el libro “Nechilwiat katka ka seujti...” (Me contaban que una vez...), que es una recopilación de 52 relatos de tradición oral de los nahuas del occidente de El Salvador.
110.Otro de los esfuerzos a destacar, es el Plan Nacional de Lenguas Indígenas, impulsado por MICULTURA el cual tiene como objetivo “Proteger, revitalizar y promover las lenguas indígenas de El Salvador, con el fin de contribuir al cumplimiento de los derechos sociales y culturales de los hablantes”, incluyendo la documentación del náhuat, lenca y kakawira y la creación del “Registro Nacional de Nahuahablantes”, así como el fortalecimiento de las danzas tradicionales, investigaciones y recetarios sobre gastronomía ancestral y medicina tradicional.
111.El Estado salvadoreño reporta ante ese Comité procesos de sensibilización y formación para una educación intercultural a través de:
a)Diseño del programa de formación docente en identidad cultural e idioma náhuat, como insumo fundamental en la transformación pedagógica con enfoque intercultural en el 2018;
b)Formación de 3 cohortes, para un total de 72 docentes de la zona central y occidental quienes impulsan en sus centros educativos estrategias para la promoción del idioma y cultura náhuat;
c)Como parte de la Estrategia de Educación Multimodal, se trabajó la virtualización de formación docente en identidad cultural e idioma náhuat;
d)En el período 2021-2022 se diseñaron acciones formativas en interculturalidad y patrimonio cultural, como estrategia de sensibilización docente que permitió visibilizar, reconocer y promover la diversidad cultural de las comunidades educativas;
e)Se sensibilizan a 400 docentes a nivel nacional, sobre interculturalidad y la importancia del patrimonio cultural como recurso pedagógico para el fortalecimiento de las identidades culturales;
f)En el 2020 se publicó la investigación “El Salvador Pluricultural: Diagnóstico sobre el estado de la cultura de los pueblos nahua, lenca, kakawira y población afrodescendiente en El Salvador”, por medio del registro del patrimonio cultural inmaterial de 20 municipios con tradición cultural indígena y presencia de población afrodescendientes;
g)En el 2021 se desarrolló la investigación sobre patrimonio cultural de 18 municipios de tradición cultural nahua, lenca, kakawira y poblaciones afrodescendientes, como parte de la continuidad al proceso de investigación iniciado en 2020;
h)En el 2022 se inició la elaboración del mapeo nacional sobre patrimonio cultural en los departamentos de Usulután, Morazán y La Unión.
6.Derecho a la alimentación
112.El Estado salvadoreño es consciente que la nutrición es un factor determinante y un indicador del desarrollo, por lo que poner fin a la malnutrición en todas sus formas es esencial para aprovechar todo el potencial de las generaciones actuales y futuras. Es por ello que reconoce la necesidad de implementar enfoques sistémicos que permitan invertir estas tendencias, garantizando que la nutrición este integrada en las vías de acción de los sistemas alimentarios nacionales y en la cobertura sanitaria universal, la protección social y la acción climática, ya que ningún sector por sí solo puede resolver estas crisis ni es inmune a ellas.
113.La Primera Dama de la República, ha promovido el fortalecimiento del marco político y normativo, para la mejora de la condición nutricional a lo largo del ciclo de vida, con énfasis en la primera infancia, a partir de la Política Crecer Juntos. En este marco se han implementado la Ley Nacer con Cariño y la Ley Amor convertido en Alimento para el Fomento, Protección y Apoyo a la Lactancia Materna que garantiza el derecho de todas las niñas y niños a la lactancia materna desde la primera hora de vida, exclusiva durante los primeros 6 meses y complementaria hasta los 2 años o más.
114.Estas normativas innovadoras han impactado positivamente en la reducción de la mortalidad materna y la reducción de causas directamente relacionadas con la gestación; 8 de cada 10 recién nacidos inician su lactancia en la primera hora de vida; la desnutrición crónica en menores de 5 años ha disminuido, pasando de 13.6 % (MICS 2014) a 10 % (Encuesta Nacional de Salud 2021). También se completó la formulación de una Estrategia Nacional de Nutrición, para llegar a nivel comunitario.
115.El ISDEMU a su vez, en cumplimiento con el marco normativo de fomento, protección y apoyo a la lactancia materna, cuenta con salas de lactancia materna a nivel institucional para usuarias y empleadas, las cuales están ubicadas en los Centros de Atención Especializada de San Salvador y Sonsonate. Asimismo, desde los Centros de Atención Especializada Ciudad Mujer, se brinda atención nutricional a las mujeres en todo su ciclo de vida, incluyendo a la primera infancia, niñez y adolescencia, como parte de la atención integral que se garantiza a las mujeres y a sus hijas e hijos. También realiza la promoción de la participación de mujeres en proyectos de la comunidad sobre soberanía alimentaria y la visita de cultivos por parte de la población indígena y afrodescendientes.
116.Bajo esa misma línea, se ha puesto en marcha el Modelo de Sistemas Alimentarios Sostenibles de El Salvador 2021, el cual establece una hoja de ruta para abordar las condiciones alimentarias y nutricionales de manera integral y coordinada. Dicho Modelo incluye prioridades y estrategias para mejorar la seguridad alimentaria y nutricional del país, como resultado de un proceso de consulta nacional y subnacional realizado con diferentes sectores y grupos de población objetivo. El financiamiento y la implementación de las acciones de diferentes socios y plataformas multisectoriales se han alineado con las prioridades nacionales.
117.En el contexto de la Pandemia COVID-19 se implementaron acciones relacionadas al derecho de la alimentación y la nutrición, a través de programas de asistencia a la población, específicamente para beneficiar a los territorios indígenas y afrodescendientes, dirigidos por la Dirección General de Multiculturalidad como la entrega de paquetes alimentarios adicionales a las canastas solidarias del Programa de Emergencia Sanitaria, con la cual se entregaron 1.200 canastas alimentarias, para igual número de familias, priorizando a las personas adultas mayores y mujeres jefas de hogar en situación precaria, una por cada hogar. Los territorios indígenas atendidos fueron Cacaopera, Santo Domingo de Guzmán, Nahuizalco, Izalco y San Antonio del Monte. De la misma forma, con el apoyo del Programa Mundial de Alimentos y en coordinación con Bienestar Social y Fuerza Armada, MICULTURA entregó en los territorios indígenas de Nahuizalco y Tacuba canastas alimentarias.
118.Asimismo, se coordinaron apoyos de canastas alimentarias y kits sanitarios a mujeres líderes de territorios indígenas de San Luis Talpa, Acajutla, Panchimalco, Guatajiagua, Cacaopera, Arambala, Perquín; danzantes, parteras, cofrades, músicos, tejedoras, nahuablantes, compositores en lenguas originarias, entre otras prácticas ancestrales y mujeres afrodescendientes de los territorios de Atiquizaya, Meanguera del Golfo y San Alejo, entre otras.
119.Siempre cómo apoyo a la seguridad alimentaria y nutricional y especialmente a la economía familiar, el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) realizó la entrega de paquetes agrícolas a 400,000 productores agrícolas, estos paquetes constan de 22 libras de semilla certificada de maíz H-59 y 100 libras de fertilizantes 16-20-0. MICULTURA dio seguimiento a la entrega de estos beneficios, reportando al MAG los casos de la población que no se encontraba registrada en los padrones respectivos.
120.El acompañamiento del Estado con todos sus esfuerzos para garantizar la seguridad alimentaria y nutricional de la población en su totalidad, incluida la población indígena y afrodescendientes, son esfuerzos sostenidos en el tiempo, que van más allá de la pandemia y que buscan apoyar a las familias en situación de vulnerabilidad a que puedan afrontar situaciones de crisis con mayor ligereza.
7.El derecho a participar, en condiciones de igualdad, enactividades culturales
Mujeres
121.En línea con la recomendación general Nº 25 del Comité, El Salvador reconoce la importancia crucial de la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres y niñas en el proceso de desarrollo. Es por esta razón que el país ha establecido un sólido marco normativo que protege los derechos humanos de las mujeres a lo largo de todas las etapas de sus vidas.
122.En el trabajo realizado por el Estado salvadoreño se resaltan actividades orientadas a visibilizar a la mujer indígena y afrodescendientes, tomando en cuenta el importante rol como preservadora y transmisora de los saberes y cultura indígena, para ello se ha realizado la promoción de actividades académicas sobre la cultura, saberes y derechos de los pueblos indígenas y población afrodescendientes, así como la realización de talleres lúdicos y apreciación cultural en el marco de la semana conmemorativa de la mujer, específicamente una apreciación cultural por parte de mujeres de territorios indígenas de los municipios de Izalco, Nahuizalco, Cuisnahuat, San Antonio del Monte y Santo Domingo de Guzmán en el Museo Regional de Santa Ana.
123.Asimismo, con la finalidad de brindar realce a los derechos y al rol de la mujer, en el marco del Día Internacional de la Mujer Indígena, se realizó la segunda jornada de Apreciación Cultural para Mujeres Indígenas en el Museo Nacional de Antropología, en dicha jornada se realizó la exposición de la “Fiesta de los Sentidos”, la cual consiste en un recorrido sobre la gastronomía indígena de El Salvador, así como recorrido en las diversas salas del Museo Nacional de Antropología, que guarda la historia de El Salvador, su agricultura, comercio y prácticas mortuorias de los pueblos indígenas y población afrodescendientes.
124.Se llevó a cabo a su vez, un encuentro de Saberes de Mujeres Indígenas, en el cual se tuvo la participación de 74 mujeres indígenas y 14 hombres, De la misma forma, se llevaron a cabo jornadas de capacitación por ISDEMU a jóvenes de El Carrizal, en relación a la prevención de embarazos precoces recurrentes, así como la realización de talleres para la atención efectiva sobre la sexualidad, temas culturales y la no violencia contra la mujer.
125.De igual manera, MICULTURA llevó a cabo el conversatorio “Presencia de la Mujer Indígena en la Sociedad Salvadoreña”. De la misma forma, se llevó a cabo la conmemoración del Día de la Mujer Afrolatina, Afrocaribeña y de la Diáspora, en dicha conmemoración se realizó un taller sobre Muñecas Abayomi. Durante la exposición en comento, se reflexionó sobre la diáspora africana y el significado de un símbolo de resistencia de la población afrodescendientes.
126.En relación a la recomendación 21 literal c de ese Comité, el Estado informa la aplicación del enfoque a pueblos indígenas en instrumentos de gestión climática vigentes cómo lo es el Plan Nacional de Cambio Climático 2022, en el cual se proponen las medidas de mitigación y adaptación al cambio climático donde se visibilizan a los pueblos indígenas y población afrodescendientes.
127.El primero de los elementos es relacionado a los derechos humanos, basado en las normas internacionales en la materia, orientado a la promoción y protección de los derechos humanos, con el fin de analizar las desigualdades que se encuentran en el centro de los problemas de desarrollo y corregir las prácticas discriminatorias que obstaculizan el progreso de la población de mujeres, hombres, pueblos indígenas, población afrodescendientes, personas con discapacidad, personas adultas mayores, niñez y juventud.
128.El segundo de los elementos se refiere al enfoque de género e inclusión, el cual hace alusión a las metodologías y los mecanismos que permiten identificar y analizar la condición y posición de las mujeres con respecto a los hombres y las interrelaciones entre ellos, que determinan las oportunidades, logros, avances y su desarrollo en la sociedad, a fin de emprender acciones sobre los factores que perpetúan o amplían brechas y crean contextos de cambio para avanzar en la construcción de la equidad y la igualdad de género, particularmente actuaciones responsivas a favor de las mujeres, que integren su rol como agentes de cambio. Además, concierne el respeto y consideración de comunidades indígenas y minorías étnicas, sus modos de vida y valores ancestrales.
129.A través del ISDEMU, y para asegurar que las mujeres disfruten en plena igualdad de derechos en materia de propiedad y arrendamiento de la tierra y otros, existe un marco legal que desde la Constitución se define en su art. 105, donde se establecen las condiciones como la extensión de las tierras, los títulos, transferencias, entre otros. Así como el art. 36 de la Ley de Igualdad, Equidad y Erradicación de la Discriminación de la Mujer (LIE), donde se establecen las competencias Estatales para eliminar la discriminación contra las mujeres en zonas rurales.
130.Con el compromiso de promover el respeto de los derechos humanos y una vida libre de violencia sin discriminación y acoso, a través de los diversos medios de comunicación institucionales y redes sociales, se produjeron y/o difundieron diversas campañas contra el acoso sexual y procesos de sensibilización en materia de la promoción de los derechos de las niñas y mujeres.
131.Por medio del ISDEMU, se realiza procesos de formación orientados con especial atención a los derechos de las mujeres, a la desmitificación de los patrones culturales misóginos y patriarcales arraigados en la sociedad, que discriminan y violentan a las mujeres, mujeres indígenas, mujeres con discapacidad y a las personas LGBTIQ+. Asimismo, brinda a instituciones y municipalidades lineamientos, formación especializada, asesoría y acompañamiento técnico para transversalizar la igualdad y el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia; promueve la creación y funcionamiento de mecanismos institucionales (unidades de género, de atención especializada a mujeres que enfrentan violencia, normativa interna, etc.), formula y da seguimiento al Plan Nacional de Igualdad, a la Política Nacional para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y su Plan de Acción.
132.El Estado salvadoreño es consciente de las necesidades de las mujeres y niñas de la zona rural, por ello se han diseñado 11 componentes del Plan Maestro, que incluye capacitaciones de fortalecimiento y asistencia técnica para el manejo del agro. Es de destacar que, MAG actualmente está ejecutando el Programa Rural Adelante, que tiene como objetivo beneficiar a más de 33,000 productores agropecuarios de los 87 municipios de los departamentos de La Unión, Morazán, Usulután y San Miguel, buscando el fortalecimiento y la nutrición de las mujeres y las niñas.
133.De la misma forma, se ha brindado el financiamiento a 23 organizaciones de pueblos indígenas y afrodescendientes, con el objetivo de implementar acciones enfocadas a promover la cultura ancestral, seguridad alimentaria, generación de ingresos y rescate a la cultura, como bancos de semilla criolla, plantas aromáticas nativas, comida ancestral y fortalecimiento a la elaboración de artesanías en los municipios de Cacaopera, y Guatajiagua.
134.Por otra parte, se han promovido espacios de sensibilización de género, con lo cual se ha logrado que más mujeres y niñas de las zonas rurales participen en jornadas, habiendo realizado 10 jornadas, con la participación de 401 mujeres. Además, se han beneficiado un total de 6,793 familias en temas de diversificación agrícola.
135.Asimismo, en marzo del 2023, MAG en conjunto con sus adscritas, Centro Nacional de Tecnología Agropecuaria y Forestal (CENTA), Escuela Nacional de Agricultura (ENA), la autónoma Instituto Salvadoreño de Transformación Agraria (ISTA) y el Banco de Fomento Agropecuario (BFA), realizaron el lanzamiento del Programa Mujeres y Agricultura, con el cual impulsarán las capacidades para la producción agropecuaria, a través de procesos formativos, asistencia técnica, legalización y comercialización de los productos, además de contribuir a la seguridad alimentaria y nutricional con el aumento de la producción agropecuaria nacional.
136.Con el Programa Mujeres y Agricultura, en esta primera etapa del proyecto, se beneficiarán a más de 45,000 mujeres y jóvenes principalmente, a nivel nacional por medio de proyectos de cultivos de hortalizas, frutas, tilapias, iniciativas de pesca, caficultura, ganadería, productos procesados, entre otros. Según las proyecciones, con este programa se beneficiarán cerca de 100,000 personas
137.Adicionalmente, MICULTURA en colaboración con la Fundación para el Desarrollo de la Mujer (FUDEM), llevó a cabo la entrega de lentes a miembros de la comunidad indígena del municipio de Santo Domingo de Guzmán, ubicado en Sonsonate. Dicha iniciativa forma parte integral del “Plan Nacional de Lenguas Indígenas de El Salvador”, de las cuales también, se realizaron evaluaciones médicas a pacientes con enfermedades crónicas, quienes serán remitidos al centro de atención especializado de dicha Fundación para recibir el tratamiento adecuado.
II.Información por grupos pertinentes de víctimas o posibles víctimas de discriminación racial
A.Personas que se encuentran bajo la jurisdicción del Estadoy grupos protegidos por la Convención
Refugiados y personas desplazadas
138.Según el art. 4 de la Ley para la Determinación de Personas Refugiadas, el Estado salvadoreño aplicará la calidad de refugiado a las personas que temores fundados de ser perseguidas por motivos de raza, etnia, género, religión o creencia, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas, se encuentren fuera del país de su nacionalidad, o personas que careciendo de nacionalidad y hallándose fuera del país de su residencia habitual no puedan o no quiera por dichos temores, acogerse a la protección de tal país; y, al que ha huido de su país de origen porque su vida, seguridad o libertad han sido amenazadas por la violencia generalizada, la agresión extranjera, los conflictos internos, la violación masiva de los derechos humanos u otras circunstancias que hayan perturbado gravemente el orden público.
139.Adicionalmente, El Salvador cuenta con la Ley Especial de Migración y Extranjería (LEME), en la cual, a través de sus articulados específicos en relación a los derechos y obligaciones de las personas refugiadas, busca proporcionar un sólido respaldo legal para garantizar el respeto y la dignidad de los mismos.
140.Como muestra del compromiso estatal, desde julio del 2019, el país se mantiene activo en el Marco Integral Regional de Protección y Soluciones (MIRPS), el cual actúa como una aplicación regional del Pacto Mundial sobre Refugiados, entendiendo el mismo, como un plan de acción para que las respuestas a las situaciones de refugiados sean más sólidas y justas. Además, en el país se cuenta con una legislación que ha permitido el trabajo bilateral con el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR).
141.Asimismo, en febrero del 2023 se oficializó un Acuerdo de Asociación entre el Ministerio de Relaciones Exteriores y el ACNUR, instrumento que posibilitará el fortalecimiento de las capacidades técnicas de la Comisión para la Determinación de la Condición de Persona Refugiada (CODER), conformada por la Cancillería de la República, el MJSP y la Dirección General de Migración y Extranjería (DGME), instancia creada durante la gestión del Presidente Nayib Bukele, en relación a la atención y apoyo a la personas en condición de refugio, así como de otros sectores altamente vulnerables.
Los no ciudadanos como inmigrantes, refugiados, solicitantesde asilo y apátridas
142.Considerando la recomendación del Comité sobre garantizar, en la ley y en la práctica, la protección de los migrantes, refugiados, solicitantes de asilo, apátridas, no ciudadanos, y desplazados internos de conformidad con la Convención, el Estado Salvadoreño reporta que desde el artículo 5 de la Ley Especial de Migración y Extranjería se establece el principio de igualdad, el cual establece que todas las personas son iguales ante la ley. “No podrán establecerse restricciones que se basen en diferencias de raza, sexo, idioma. religión, situación migratoria o cualquier otra condición social. Las personas extranjeras gozarán de los mismos derechos y garantías que las nacionales en los términos previstos en la Constitución, convenios y tratados vigentes en El Salvador”.
143.Asimismo, El Salvador ha realizado importantes esfuerzos para promover programas que apoyen a la población migrante, considerando que un número significativo de salvadoreños viven fuera del país y que además el país no sólo tiene responsabilidades con la población de origen, sino con las de tránsito y destino, es decir en todo el ciclo migratorio.
144.Es por ello que la DGME en conjunto con el Ministerio de Relaciones Exteriores, ejecutó entre los años 2021 y 2022 varios proyectos de carnetización, en diferentes puntos fronterizos terrestres, con el objeto de facilitar por motivos de trabajo, estudio y otros el ingreso y salida del territorio salvadoreño de forma segura, ordenada y regular, lo que supone beneficios para toda la población en general.
145.Asimismo, por medio de esta iniciativa se facilitó el tránsito y control migratorio de los niños, niñas y adolescentes que viven en la franja transfronteriza en la frontera Perquín, a través de la emisión de un Carné de Tránsito Vecinal Fronterizo, el cual les permite ingresar y salir del territorio salvadoreño por dicha frontera de forma regular, ordenada y segura, habiendo otorgado en ese periodo 2,472 carnés a adultos, niños, niñas y adolescentes.
146.Otro esfuerzo importante a destacar, es que en el 2021 se creó el Viceministerio de Diáspora y Movilidad Humana del Ministerio de Relaciones Exteriores, con el objetivo de proporcionar un abordaje integral a los desafíos y coyunturas en la temática de movilidad y migración bajo la dimensión de todo circuito, reconociendo el derecho a la libre movilidad, la protección de los derechos humanos de las personas migrantes y los importantes aportes de la diáspora como socios del desarrollo de El Salvador, lo que ha permitido un cambio sustancial en los servicios de atención y seguimiento al trabajo con los salvadoreños migrantes.
147.A través de dicho Viceministerio, el Estado salvadoreño brinda una atención integral a las personas retornadas, a través de servicios, oportunidades de desarrollo, atención psicosocial oportuna y coordinando diversas acciones con instituciones públicas, privadas y organismos internacionales, teniendo como premisa inicial el respeto de los derechos humanos de la población migrante.
148.A su vez, en conjunto con el Ministerio de Relaciones Exteriores y la Agencia de Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID), se ha implementado el “Programa de Migración Laboral”, constituyéndose como una alianza interinstitucional para diseñar una estrategia conjunta con las redes consulares localizadas en diversas regiones, para facilitar que más salvadoreños accedan a oportunidades de trabajo por la vía legal, ordenada y segura, hacia países donde se identifiquen oportunidades de empleo.
Derechos Económicos
149.En el ámbito de los derechos económicos, el Estado salvadoreño, durante el periodo a reportar, ha entregado diferentes beneficios dirigidos a la totalidad de la población, incluyendo los territorios indígenas y afrodescendientes, entre los cuáles se puede mencionar la entrega de $ 300.00 cómo apoyo a las familias que no se encontraban percibiendo ingresos durante la pandemia COVID-19 en el 2020. Dada la poca conectividad en algunas comunidades indígenas, MICULTURA, apoyó en la verificación y notificación de la asignación de los $300.00 a las personas beneficiadas, dando mayor énfasis a los adultos mayores y personas jefas de hogar en condiciones de pobreza, reportados por los líderes indígenas territoriales. Es importante mencionar, que la entrega del apoyo alimenticio no limitó la entrega del bono, ya que ambos beneficios eran independientes uno del otro.
150.De la misma manera, MAG para contribuir con la economía de la población salvadoreña durante dicha pandemia, puso a disposición de las municipalidades de todo el país un total de un millón de cestas solidarias con granos básicos, alimentos no perecederos y veinticinco libras de maíz, las cuáles serían distribuidas por las alcaldías a las familias asentadas en su territorio, lo anterior también incluyó las municipalidades de territorios indígenas y afrodescendientes. Sumado a ello, se repartió un total de 3.4 millones de canastas solidarias en todo el país, dentro de la ejecución del Programa de Emergencia Sanitaria, llegando a todo el territorio nacional.
151.El Estado salvadoreño no sólo brindó apoyo durante la Pandemia COVID-19 sino también brindó apoyo post emergencia, a los pueblos indígenas y población afrodescendientes, a través de la entrega de fondos no reembolsables en coordinación con liderazgos de Santo Domingo de Guzmán, Cacaopera, Nahuizalco y otros para la identificación de artesanos para ser incorporados en el programa de apoyo de los Fondos de Fideicomiso para la Recuperación Económica de las Empresas Salvadoreñas, FIREMPRESA, administrado por el Banco de Desarrollo de El Salvador, BANDESAL, el cual se realizó en tres líneas: Artesanos, Mujeres y Artistas de grupos tradicionales. De la misma forma, se realizó la capacitación de mujeres indígenas y afrodescendientes en el marco de la entrega de capital semilla para emprendimientos o apoyo a pequeñas iniciativas productivas a 30 mujeres indígenas y 10 afrodescendientes con pequeños emprendimientos, para la mejora de sus negocios e inversiones. Finalmente, se realizó el trámite para la entrega del bono no reembolsable en la modalidad de artistas a 3 grupos de danzantes tradicionales, Los Chapetones de Panchimalco, Emplumados y Negritos de Cacaopera y el Santo Tingo de Sensembra.
152.De forma simultánea, El Salvador, puso en marcha un ambicioso plan de reactivación económica centrado en las pequeñas y medianas empresas, así como el impulso a la demanda agregada, mediante el gasto e inversión pública en infraestructura, equipo y suministros necesarios para la atención de la emergencia sanitaria en el país.
153.Otra medida implementada en el país que el Estado salvadoreño quisiera reportar es la aprobación de una nueva Ley de Pensiones, que entró en vigencia en enero del presente año, la cual contempla un incremento del 30 % a las cotizaciones, siendo el monto mínimo de jubilación que recibirán los salvadoreños, incluidos quiénes ya están pensionados de $400. Esta medida es de beneficio sobre todo a la población adulta mayor con menores ingresos, lo que favorece el acceso de esta población a la canasta básica. La pensión por vejez mínima originalmente era de $304 mensuales, la cual llegó a esa suma tras un incremento inicial del 46,5 % realizado en el 2021 por el actual Gobierno, incrementándose ahora a $400.
154.Otra de las acciones que se ha promovido para ayudar a las familias más vulnerables, es el incremento del 20 % aprobado por el Consejo Nacional del Salario Mínimo en los diferentes sectores de la economía, tanto para el área urbana como rural, así como un subsidio a través del MTPS para las pequeñas, medianas y grandes empresas que brindan la oportunidad de dar empleo a jóvenes sin experiencia laboral y adultos-mayores en espacios de trabajo decente.
155.Asimismo, El Salvador cuenta con un robusto Sistema Nacional de Desarrollo, Protección e Inclusión Social, a través del cual se contribuye, a que las personas en condición de mayor vulnerabilidad tengan acceso a diferentes recursos para cubrir sus necesidades básicas.
156.Actualmente, y ante la realidad de los efectos de la inflación mundial, el Gobierno ha impulsado una serie de medidas económicas anti-inflación, a fin de garantizar el bienestar de la población y su economía familiar. En particular, se eliminó temporalmente el impuesto a la importación de productos de la canasta básica, se estabilizaron los precios de la energía, se fijó los precios de la gasolina y el subsidio al gas propano, entre otras, las cuales, en conjunto, han contribuido a que El Salvador sea uno de los países de la región centroamericana y de América Latina, con el índice de inflación más bajo.
B.Discriminación racial basada en sexo, género, religión ybaja condición socio económica
157.El Estado salvadoreño en el art. 25 de la Constitución, garantiza el libre ejercicio de todas las religiones, sin más límite que el trazado por la moral y el orden público; en el artículo 5 expresa que todas las personas son libres de expresar sus pensamientos y en el artículo 3 expresa la prohibición a la discriminación por religión.
158.En conjunto con la Constitución, la Ley de la Cultura en el art. 30, reconoce el derecho a la no discriminación estableciendo “El Estado garantizará a los pueblos indígenas su libertad, igualdad, dignidad y a vivir libres de toda discriminación basada en etnia, sexo, religión, costumbres, lengua o en cualquier otra condición”.
159.En concordancia con el principio de igualdad y no discriminación y en cumplimiento de sus obligaciones, a través del ISDEMU se han realizado procesos de formación especializada y de sensibilización orientados a la deconstrucción de patrones socioculturales sexistas y que profundicen en la prevención de conductas que atenten contra el derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencia. Estos procesos están dirigidos a funcionariado, academia, sociedad civil y empresa privada, formando y sensibilizando entre de 2012 y 2022 a un total de 24,509 personas (13,047 mujeres y 11,462 hombres).
160.Asimismo, El Salvador cuenta con la Ley de Desarrollo y Protección Social la cual establece entre sus objetivos que la persona humana goce de sus derechos mediante una mejora continua de su nivel de vida, mejor distribución del ingreso nacional, disminución de la desigualdad y la reducción sostenida de la pobreza.
161.Con esta premisa, El Salvador ha implementado la Estrategia de Erradicación de la Pobreza (ERP), la cual busca mejorar las condiciones de vida de la población más vulnerable, trabajando de manera integral en diversos frentes, enfocándose en la eliminación gradual de la pobreza, especialmente la pobreza extrema y la promoción del bienestar social. Esta estrategia se basa en la promoción del pleno ejercicio de los derechos, la protección social, el fortalecimiento de las capacidades individuales, la creación de oportunidades y la participación activa de la ciudadanía. La ERP se estructura en cuatro componentes clave: a) Acompañamiento familiar b) Inclusión financiera y productiva c) Apoyo al ingreso para reducir las brechas de desigualdad d) Infraestructura social y educación (Ver Anexo 5).
162.Uno de los principales avances de la Estrategia ha sido que la pobreza multidimensional se redujo en 2.7 puntos porcentuales de 2019 a 2022, de acuerdo con la metodología nacional para esta medición, esto equivale a 239,725 personas y cobra mayor relevancia, considerando que se ha realizado en un período de pandemia y las implicaciones que tuvo en los indicadores de pobreza del país y de la región de Latinoamérica.
163.Asimismo, el Estado salvadoreño cuenta con la Ley Especial para la Protección de los Derechos de la Persona Adulta Mayor, a partir de la cual se busca la no discriminación en razón de edad sexo, género, ideología política, orientación sexual, condición económica, identidad étnica, idioma, religión, opinión, filiación, origen, discapacidad o cualquier otra condición como uno de los derechos fundamentales de las personas adultas mayores, para lo cual el Consejo Nacional Integral de la Persona Adulta Mayor, CONAIPAM, desde su operativización en mayo del 2023, ha iniciado con la realización de jornadas de sensibilización para el buen trato hacia las personas adultas mayores, así como procesos de divulgación de la Ley en mención.
164.De igual manera, a través del MTPS y en concordancia con el artículo 3 de la Constitución de la República sobre la igualdad, implementa a través de la Dirección General de Inspección al Trabajo inspecciones a empresas privadas con el fin de garantizar los derechos laborales de igual remuneración del puesto que ostentan, sin discriminación en el sexo, género, religión y baja condición socio económica, como garantiza y protege las prestaciones de ley de los trabajadores en El Salvador. Las inspecciones aplican a ciudadanos y no ciudadanos en el territorio salvadoreño con el objetivo que no sean sometidos a violaciones degradantes, y en contra del trabajo decente.
Artículo 6
A.Medidas legislativas, judiciales, administrativas o deotra índole para evitar todo acto de discriminaciónracial contra los individuos
165.En relación a la recomendación del Comité sobre tomar medidas para la implementación de la decisión de la CSJ, en cuanto a la adopción de medidas legislativas en materia de reparación a las víctimas y la efectiva conducta de investigación para la adopción de la Ley de Reparación Integral para las Víctimas, el Estado salvadoreño quisiera denotar lo siguiente.
166.La decisión de la CSJ fue declarar la inconstitucionalidad de la Ley de Amnistía, constituyendo un hito en la historia de lucha de la defensa de derechos humanos para la reivindicación de sus derechos, mandatado a la Asamblea Legislativa a la creación de una nueva legislación que responda en su totalidad a las exigencias de las víctimas y sus familiares. Dicha propuesta, se encuentra en estudio. A pesar de ello, se han realizado medidas ejecutivas de reparación como atenciones en salud, pago económico de reparaciones, entre otras.
167.Como se informó en el informe anterior, es desde la PGR, FGR, PDDH y el Tribunal de Ética Gubernamental que se realizan las denuncias y los trámites respectivos sobre las mismas, pero es a través del Órgano Judicial que según el artículo 182 de la Constitución, que se administra la justicia garantizando el derecho de protección y defensa sin discriminación alguna, por lo que todas las personas pueden presentar sus denuncias por discriminación racial sin perjuicio.
168.En cumplimiento de la obligación legal de garantizar el acceso a la justicia a las familias de las víctimas de graves violaciones a los derechos humanos durante el conflicto armado, la Fiscalía General de la República cuenta con la “Política de Persecución Penal de Crímenes de Guerra y Lesa Humanidad ocurridos en el Contexto del Conflicto Armado en El Salvador, cuyo objetivo es establecer criterios y lineamientos para la persecución penal de tales crímenes, a fin de realizar investigaciones efectivas y responsables, basadas en el principio de la debida diligencia, que posibiliten a las víctimas su derecho de acceso a la justicia, conocer la verdad de los hechos ocurridos, vencer la impunidad y asegurar la reparación derivada del ejercicio de la acción penal en los tribunales competentes.
B.Declaración facultativa prevista en el artículo 14 de la Convención
169.La Constitución, en su artículo 3, reconoce el principio de igualdad, cuyo fin último es cerrar la brecha de desigualdad real que persiste en nuestra sociedad; así también el artículo 63 inciso 2, reconoce específicamente los derechos de los pueblos indígenas de El Salvador, ambos son la base formal para garantizar la no discriminación a los pueblos indígenas, sumado al reconocimiento de la competencia del CERD, mecanismo de denuncia en casos de discriminación en todos los ámbitos relacionados con los derechos de los pueblos indígenas y afrodescendientes la cual fue reconocida el 23 de marzo del 2016.
170.Con la declaratoria de reconocimiento de la competencia del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial para recibir comunicaciones individuales, conforme al artículo 14 de la Convención, será un mecanismo de garantía, respeto y prevención de todo tipo de discriminación racial y de protección de los principios y derechos.
Artículo 7Medidas Legislativas y Administrativas en la esfera dela educación, cultura y enseñanza para contribuir a reducirlos perjuicios que conduzcan a la discriminación racial
171.En El Salvador, la educación es un derecho fundamental de todo ser humano, reconocida en el art. 53 de la Constitución como inherente a la persona humana y de obligación y finalidad del Estado su conservación, fomento y difusión. Asimismo, en su artículo 55, establece entre sus fines: lograr el desarrollo integral de la personalidad en su dimensión espiritual, moral y social; contribuir a la construcción de una sociedad democrática más próspera, justa y humana; inculcar el respeto a los derechos humanos y a la observancia de los correspondientes deberes; combatir todo espíritu de intolerancia y de odio; conocer la realidad nacional e identificarse con los valores de la nacionalidad salvadoreña y propiciar la unidad del pueblo centroamericano. Los padres tendrán derecho preferente a escoger la educación de sus hijos.”.
172.Por su parte, el artículo 56, expresa que todos los habitantes tienen el derecho y deber de recibir educación parvularia y básica que los capacite para desempeñarse como ciudadanos útiles. El Estado promoverá la formación de centros de educación especial. La Educación Parvularia, Básica, Media y Especial será gratuita cuando la imparte el Estado. En ese sentido, en aras de contribuir al acceso de educación para todos los individuos, a partir de enero del 2021 se hace efectiva la gratuidad de la Educación Superior, a través de la Universidad de El Salvador.
173.Adicionalmente, El Salvador también hace referencia a la recién aprobada Ley Crecer Juntos para la Protección de la Primera Infancia, Niñez y Adolescencia, en la que el Estado asume la obligación de asegurar la universalidad e inclusión en la atención y acceso a la educación de todas las niñas, niños y adolescentes, incluyendo la educación artística, deportiva y cultural, incluyendo el fomento de la generación del conocimiento científico y tecnológico, la expresión artística y cultural, lenguas indígenas, identidad y otras manifestaciones culturales, además de la incorporación oportuna, la permanencia, transición y finalización exitosa del proceso educativo en todos los niveles y modalidades sin ningún tipo de discriminación.
174.En los artículos 58 y 59 de la mencionada Ley se refiere al derecho a la cultura, en relación al derecho a participar en la vida cultural y las artes; así como el derecho a la identidad cultural, reconociendo el derecho a conocer, conservar, desarrollar y recuperar los valores espirituales, culturales, religiosos, lingüísticos y cualquier otro elemento que le permita definir su identidad cultural y el deber del Estado de respetar los valores culturales, artísticos e históricos propios del contexto social de las niñas, niños y adolescentes.
175.También, el Estado salvadoreño tiene la responsabilidad de garantizar el derecho a la educación en todos los niveles y modalidades, incluyendo el fomento de la generación del conocimiento científico y tecnológico, la expresión artística y cultural, lenguas indígenas, identidad y otras manifestaciones culturales. De la misma forma, debe promover el derecho a la cultura, en relación a la participación en la vida cultural y las artes; así como a la identidad cultural.
176.De la misma forma, a través de la Ley General de Educación en su artículo 1, inciso 1, afirma: “La educación es un proceso de formación permanente, personal, cívico, moral, cultural, y social que se fundamenta en una concepción integral de la persona humana, de su dignidad, de sus valores, de sus derechos y de sus deberes”. El artículo 4 de la misma ley señala que “El Estado fomentará el pleno acceso de la población apta al sistema educativo como una estrategia de democratización de la educación. Dicha estrategia incluirá el desarrollo de una infraestructura física adecuada, la dotación del personal competente y de los instrumentos curriculares pertinentes”.
177.El Salvador cuenta con nueva legislación a favor de la primera infancia, como se ha mencionado en acápites anteriores como la Ley Crecer Juntos, la cual en su artículo 48, reafirma la gratuidad y obligatoriedad de la educación ‘’La educación en los diferentes niveles y modalidades será obligatoria y gratuita cuando la imparta el Estado. Asimismo, deberá brindarse con calidad y calidez en respeto a los ritmos y estilos de aprendizaje, garantizando la continuidad educativa’’. El Estado debe crear y sostener centros educativos que cuenten con instalaciones y recursos pedagógicos adecuados para brindar una educación integral. En consecuencia, debe asignar un presupuesto suficiente para tal fin.
178.El Estado salvadoreño por medio del MINEDUCYT está comprometido con todo este marco legal y trabaja en pro de la consecución de la educación que la población salvadoreña merece. El Salvador, aún en el marco del desafío que representó la coyuntura causada por la pandemia COVID-19, ha llevado el presupuesto destinado a educación al 5.1 % del Producto Interno Bruto. En el 2019, la inversión en educación se encontraba en el 3.7 % del PIB. En el 2020, se incrementó al 4.1% condición que permite una mayor disponibilidad de recursos para el ramo de educación, mismos que se invierten en la mejora y aumento de la infraestructura educativa, principalmente en términos de número de aulas, espacios de recreación, saneamiento y apoyo al proceso de aprendizaje en general, en el marco de una reforma educativa que recién inicia y que se encamina a la real transformación de la educación que reciben nuestros niños, adolescentes y jóvenes (Ver anexo 4).
179.Durante el periodo más complejo de la pandemia, que puso en riesgo la continuidad de los aprendizajes a nivel global, el MINEDUCYT asumió con responsabilidad de que la educación continuará, mediante la educación multimodal, poniendo a disposición material impreso, teleclases, radio clases y la Plataforma Google Classroom, entre otros apoyos educativos.
180.En la búsqueda de mitigar los efectos de la pandemia, impulsaron medidas para prevenir la deserción escolar y medidas pedagógicas para la continuidad educativa, entre ellas, la dotación del paquete escolar que ahora incluye los libros impresos de las asignaturas que cursan en cada grado, se mantiene la entrega de uniforme y calzado, paquetes de útiles escolares por niveles educativos, se ha entregado a cada estudiante del sector público una computadora o una Tablet, según el grado y la edad, se ha habilitado un paquete de conectividad para cada estudiante a fin de que disponga de acceso a variados recursos. Durante la pandemia y a la fecha, el refrigerio escolar se ha convertido en una canasta de alimentos que se entrega a las familias de los estudiantes, entre otras muchas acciones.
181.Además, se adoptaron medidas para prevenir las causas intrínsecas de la deserción escolar como: Fortalecimiento de la lectura y escritura a través de Antologías para I y II Ciclo de Educación Básica, Cuadernillo Juego me divierto y leo, (Entregadas a 202,773 niños y niñas de Primer Ciclo y 10,823 docentes), bibliotecas escolares y de aula para primer ciclo de educación básica. Implementación de estrategia multimodal para la continuidad educativa (guías y sites de Lenguaje, Estudios Sociales, Ciencia, Salud y Medio Ambiente; Educación Física y Educación Artística impresas y digitales, tele clases, radio clases y webinar). Atención a consultas pedagógicas de usuarios vía telefónica y redes sociales (Estudiantes, docentes y familias). Implementación de proceso de transición de niños y niñas de 6 años al primer grado, mediante situaciones de aprendizaje con enfoque globalizador para garantizar la continuidad y formación plena de las niñas y los niños.
182.Para el tercer ciclo de educación básica, desde el 2016, el MINEDUCYT ha implementado el Programa de Iniciación Laboral, para estudiantes del 7°, 8° y 9° grado, con la idea de atender a adolescentes con riesgo de abandono del Sistema Educativo, desarrollando cursos de formación técnica, con fuerte orientación emocional y académica para que el joven reconsidere su actitud y permanezca en el sistema educativo. Se ha establecido un mecanismo de alerta temprana que permite identificar a estudiantes en riesgo de abandono.
183.Como país se está comprometido con la comunidad educativa, lo que ha llevado a realizar encuentros con dicha comunidad para escuchar sus voces. Todo lo que enseñaron, tanto estudiantes y maestros está sistematizado por escrito, en audio y con registro fotográfico en los 35 diálogos que se sostuvieron con todos ellos entre mayo y agosto del 2022. En cada diálogo, se procuró mantener un enfoque de igualdad. Además, se centró en los jóvenes como “agentes de cambio”. De esa manera, se dio voz a las estudiantes adolescentes embarazadas, a estudiantes pertenecientes a comunidades indígenas, afrodescendientes, estudiantes con discapacidad, estudiantes que están fuera del sistema regular que se atiende con el Programa Modalidades Flexibles y a Migrantes Retornados.
184.Asimismo, los diálogos se realizaron en español, náhuat y en lengua de señas. De estos diálogos, 16 fueron a nivel nacional y 19 a nivel regional. Para una acción de este tipo, se diseñaron metodologías que se adaptaran a cada grupo y se les facilitó el apoyo necesario con el fin de que su experiencia y participación en cada sesión fuera satisfactoria. Por ejemplo, se brindó el apoyo de intérpretes de lengua de señas y personal especializado para atender a los estudiantes con discapacidad. A los estudiantes del interior del país, se les ayudó en su movilización. En el caso de los diálogos de carácter nacional, se tuvo la participación de docentes, de estudiantes que pertenecen a la comunidad indígena, sus familiares y educadoras indígenas, así como estudiantes embarazadas y emigrantes retornados.
185.Por otro lado, en los diálogos regionales participaron estudiantes del sistema educativo regular y sus familiares, los estudiantes jóvenes y adultos que se atendían a través del Programa Modalidades Flexibles, así como los estudiantes con discapacidad y sus familiares. También se incluyó a diversos actores de la academia y a especialistas como docentes y decanos de universidades, al igual que los directores nacionales y departamentales del MINEDUCYT.
186.Bajo la misma línea, en los diálogos en referencia se registró la asistencia y colaboración de 1,191 personas en un rango de entre los 0 a más de 60 años. De toda esa población, el 64.90 % son mujeres y el 35.10 % son hombres. La realización de dichos diálogos en mención permitió que el país contará con la información pertinente para participar en diferentes espacios, como la Cumbre sobre la Transformación de la Educación y que se ejecutará la reforma educativa que desde el 2022 se ha venido ejecutando a nivel nacional.
187.Es importante también mencionar que el Estado ha garantizado que las medidas adoptadas debido a la Pandemia COVID-19 no provoquen desigualdades en el acceso a la educación, mediante: Elaboración de Guías de Continuidad Educativa de la modalidad curricular de Educación Acelerada y distribuidas al personal docente de esta modalidad. Asistencia técnica personalizada al personal docente de manera virtual, a fin de resolver dificultades que surgieran en el proceso de continuidad educativa y de la propia modalidad y la atención a diálogos pedagógicos de usuarios vía telefónica y redes sociales (Estudiantes, docentes y familias).
188.Por su parte, la Política de Educación Inclusiva en sus fundamentos resalta que la misma está basada en el reconocimiento de las diferencias y en la adecuación de los sistemas y respuestas educativas a la diversidad de necesidades y demandas por parte de la población. Por tanto, sobre la base de dicho planteamiento el Gobierno de El Salvador ha concebido la educación inclusiva como: “El conjunto de respuestas educativas orientadas a la eliminación gradual y efectiva de las barreras de acceso y participación que faciliten el cumplimiento del derecho efectivo a una educación oportuna, integral, de calidad y en condiciones de equidad. En el marco de un esfuerzo constante de transformar y fortalecer el sistema educativo, empoderar la escuela y facilitar la participación de la comunidad en todo el hecho pedagógico”.
189.Paralelamente, para garantizar el cumplimiento del derecho a la educación de la población estudiantil, el Gobierno de El Salvador ha implementado diversas acciones como parte de la reforma educativa. Dichas medidas tienen como objetivo asegurar el acceso y la continuidad educativa, entre las cuales se pueden mencionar:
a)Uso del sitio web del MINEDUCYT: Se ha habilitado dicho sitio web para proporcionar material educativo, incluyendo guías de aprendizaje y micrositios, que están disponibles para la comunidad educativa. Esto facilita el acceso al currículo y el desarrollo de experiencias de aprendizaje para docentes, padres de familia y estudiantes;
b)Creación de aulas virtuales (CLASSROOM): Estas aulas virtuales están disponibles para el personal docente de todos los niveles, ciclos y modalidades educativas. Su propósito es facilitar el desarrollo de experiencias de aprendizaje utilizando material educativo diverso, teniendo en cuenta las necesidades específicas de apoyo de la población estudiantil;
c)Televisión Educativa: Se ha implementado un programa de televisión educativa que incluye franjas educativas o teleclases. Estos teleclases abordan las distintas asignaturas de los diferentes niveles y ciclos educativos. Además, se ha incorporado un intérprete de LESSA en la emisión de todas las franjas educativas, lo que garantiza la accesibilidad para todos los estudiantes. Las franjas educativas están disponibles desde las 7.00 a.m. hasta las 4.30 p.m;
d)Radio: Se ha desarrollado el espacio “Aprendamos en casa con la Radio” como parte de la estrategia de Continuidad Educativa impulsada por el MINEDUCYT. Este espacio complementa y facilita el aprendizaje de los estudiantes, además de reforzar los contenidos de las guías de aprendizaje diseñadas para estudiantes del sector público, desde primer grado hasta segundo año de bachillerato.
190.Adicionalmente, se han implementado diversas iniciativas para mejorar la accesibilidad y la calidad de la educación en El Salvador. Estas acciones se han llevado a cabo de manera coordinada y estratégica: En primer lugar, se ha realizado la entrega de Guías de Aprendizaje impresas en formato tinta y braille en todo el territorio nacional. Estas guías desempeñan un papel fundamental en todos los niveles y modalidades educativas, incluyendo la educación especial.
191.Asimismo, como parte de la Priorización Curricular, se ha diseñado un conjunto de guías de autoaprendizaje y micrositios educativos alojados en el sitio web del MINEDUCYT. Estos recursos se han desarrollado con el propósito de facilitar el proceso de aprendizaje y garantizar el acceso al currículo de manera efectiva. De igual manera, para complementar estas medidas, se ha producido material multimedia en forma de recursos audiovisuales. Estos materiales cumplen con criterios de accesibilidad universal, asegurando que estén disponibles para todos los estudiantes, independientemente de sus necesidades particulares.
192.En el ámbito de la inclusión, se ha llevado a cabo la impresión en braille de libros de texto de matemática y lengua, con el fin de permitir que los estudiantes con discapacidad visual puedan acceder a los contenidos de manera adecuada.
193.Adicionalmente se han entregado material tiflopedagógico que incluye paquetes escolares a estudiantes con discapacidad virtual. Esto se realiza con el objetivo de facilitar la continuidad educativa y garantizar que puedan desarrollar experiencias de aprendizaje.
194.Para promover el aprendizaje de la Lengua de Señas Salvadoreña (LESSA), se ha producido la franja educativa “Hablemos LESSA”. Esta iniciativa se ha presentado en múltiples episodios durante los años 2020 y 2021, contribuyendo a sensibilizar y educar sobre este importante aspecto de la inclusión. De la misma forma, se han desarrollado cursos de LESSA a nivel nacional dirigidos a docentes, personal de salud y padres o familiares de estudiantes con discapacidad auditiva. Además, se ha proporcionado orientación técnica a equipos encargados de diseñar y producir contenido audiovisual y páginas web accesibles, abarcando documentos, presentaciones, vídeos, audios y sitios web.
195.Es fundamental destacar que desde 1997, el MINEDUCYT ha venido evaluando el rendimiento de los estudiantes a través de la Prueba de Aprendizaje y Aptitudes para Egresados de Educación Media (PAES). Sin embargo, en el 2020, por el contexto de la pandemia de COVID-19, se implementó una evaluación alternativa denominada Prueba de Capacidades y Competencias, conocida como AVANZO, en sustitución de la PAES.
196.Esta medida marcó un hito, ya que fue la primera vez que el MINEDUCYT llevó a cabo una evaluación en línea y virtual para medir los logros de los estudiantes de educación media, tanto del sector público como del sector privado. La prueba AVANZO se ha diseñado con el propósito de proporcionar a la comunidad educativa información valiosa en tres áreas fundamentales:
a)Evaluar el nivel de logro que los estudiantes han alcanzado en las habilidades relacionadas con las asignaturas básicas del currículo;
b)Analizar los efectos socioemocionales que la pandemia ha dejado en los estudiantes, considerando los datos a nivel de centro educativo;
c)Brindar resultados específicos para los padres de familia, permitiéndoles comprender las habilidades evaluadas en el contexto del centro educativo de sus hijos.
197.En el marco de la Pandemia COVID-19 para mantener el acceso a la educación de niños y niñas de los niveles de educación inicial y parvularia, se realizaron adaptaciones curriculares y diferentes estrategias para que los niños y las niñas en casa junto con sus padres continuarán en el proceso educativo, así: Guías de continuidad educativa y sites con enfoque curricular para: Nivel Inicial (Lactantes, Inicial 1, Inicial 2 e Inicial 3) Nivel de Parvularia (4,5 y 6 años). Producción a nivel nacional la franja educativa televisiva específica para la primera infancia con productores salvadoreño (guionistas, actores, responsables de contenido). Los programas producidos son: a. “Todo sobre mi bebe”, para el desarrollo de competencias parentales. b. “La casa de Lula”, programa de edu-entretenimiento de 0 a 6 años. Para aquellos padres que tomaron la decisión de no enviar a los niños/niñas a los centros educativos luego del retorno a la semipresencialidad, se les garantizó el acceso a múltiples plataformas de enseñanza como: La franja televisiva “Aprendamos en Casa”, la franja radial “Aprendamos en Casa con la Radio”, Google Classroom y la entrega de guías impresa.
198.Adicionalmente, se ha incorporado un cuestionario de interés vocacional como complemento al cuestionario de aptitudes, enriqueciendo así la evaluación integral de los estudiantes. Esta adaptación en el sistema de evaluación refleja la capacidad del MINEDUCYT para ajustarse a situaciones desafiantes, como la pandemia, y seguir brindando información valiosa sobre el rendimiento y el bienestar de los estudiantes de educación media en El Salvador.
199.En la atención de personas jóvenes y adultas con sobreedad, el Gobierno de El Salvador cuenta con las modalidades flexibles de educación, servicio educativo gratuito, que durante la pandemia se mantuvo en línea, para lo cual se facilitaron materiales educativos en formato digital y físico, habilitando plataformas digitales para ello.
200.Tras la implementación de un regreso cuidadosamente planificado a la modalidad semipresencial, el Estado salvadoreño continúa comprometido en el fortalecimiento de la educación. Esto se refleja en la entrega continua de materiales educativos, suministros para garantizar las medidas de bioseguridad y la distribución de computadoras y tabletas tanto a estudiantes como a docentes del sector público. El objetivo principal es reducir la brecha digital que pueda existir entre la población estudiantil.
201.En la búsqueda de mitigar los efectos de la pandemia, se impulsaron medidas para prevenir la deserción escolar, combatiendo sus causas intrínsecas, entre ellas, la dotación del paquete escolar que ahora incluye los libros impresos de las asignaturas que cursan en cada grado, se mantiene la entrega de uniforme y calzado, se ha entregado a cada estudiante del sector público una computadora o una tablet, según el grado y la edad, se ha habilitado un paquete de conectividad para cada estudiante a fin de que disponga de acceso a variados recursos. Durante la pandemia y a la fecha, el refrigerio escolar se ha convertido en una canasta de alimentos que se entrega a las familias de los estudiantes, entre otras muchas acciones.
202.Bajo la misma línea, El Salvador destaca El Programa de Acceso Universal a las Tecnologías Educativas conocido como: “Enlaces con la Educación”, diseñado para el periodo 2019-2024, consiste en universalizar el acceso a los recursos tecnológicos al 100 % de docentes y estudiantes desde la educación inicial hasta educación media, en sus distintas modalidades de atención del sistema educativo público la cual se está realizando de manera progresiva, lo que a la fecha ha permitido que un millón de estudiantes salvadoreños dispongan ya de una computadora o tablet para favorecer sus aprendizajes.
203.Además, en El Salvador, se cuenta con el Programa Nacional de Alfabetización, cuyo objetivo primordial es la reducción de la tasa de analfabetismo entre jóvenes y adultos. En el 2019, este programa atendió a un total de 44,434 estudiantes. Sin embargo, la llegada de la pandemia de COVID-19 llevó al Gobierno de El Salvador a replantear su enfoque estratégico en este tema.
204.Como resultado de esta revisión, se ha transformado el programa en una iniciativa renovada denominada “Educación Básica Integral para Adultos”. El principal propósito de este programa es garantizar la educación básica integral a lo largo de toda la vida, adoptando una perspectiva de derechos humanos y promoviendo un enfoque intersectorial y comunitario. El objetivo es capacitar a las personas jóvenes y adultas para que puedan adaptarse a las demandas de un mundo globalizado en constante evolución.
205.Además, este programa busca incorporar efectivamente a esta población en la sociedad actual, respondiendo a los diversos cambios sociales, económicos, políticos y culturales que se presentan en el país. También se enfoca en fortalecer las capacidades intelectuales, sociales, afectivas y éticas de los participantes, así como en adquirir o mejorar sus competencias y habilidades. Esto les permitirá consolidar hábitos, actitudes y valores que les habiliten para ejercer sus derechos y deberes de manera responsable a nivel personal, familiar, local, nacional y global.
206.El Gobierno de El Salvador, de la misma forma, está realizando acciones para garantizar el acceso de las personas pertenecientes a pueblos indígenas a la educación intercultural y en sus lenguas propias. Se continúa con la certificación de docentes en identidad cultural en el idioma náhuat. así como también se está brindando atención a estudiantes de parvularia a primer ciclo, provenientes de poblaciones indígenas de Santa Catarina Masahuat y Santo Domingo de Guzmán (Sonsonate), con clases de náhuat, atendido por nahua hablantes para fortalecer la identidad cultural y dar continuidad al aprendizaje del idioma náhuat.
207.Se han realizado procesos de diagnóstico del patrimonio cultural inmaterial y de sensibilización hacia la cultura nahua, lenca, kakawira en comunidades educativas de municipios identificados (2020-2021).
208.En paralelo se ha realizado la publicación El Salvador Pluricultural en la página web del MINEDUCYT. Asimismo, se ha realizado la organización de aulas para la formación de docentes en identidad cultural e idioma náhuat, ofrecido de manera virtual y la recopilación de la tradición oral lenca, kakawira, en versión infantil.
209.De igual manera, se ha priorizado la formación de docentes, migrando a la modalidad virtual debido a la pandemia. Se han abordado áreas clave como la ciudadanía digital, habilidades socioemocionales y autocuidado. El objetivo es que los maestros puedan expresar sus emociones y necesidades con apoyo profesional. Además, se enfoca en fortalecer la comprensión del enfoque de derechos para promover el respeto y la promoción del derecho a la educación. La formación abarca competencias genéricas, como didácticas y comunicativas, así como el uso de tecnologías informáticas. También se potencian competencias disciplinarias en áreas como la atención a la primera infancia, desarrollo y evaluación educativa.
210.El Salvador se encuentra coordinando con la Dirección Nacional de Formación Docente del MINEDUCYT, el desarrollo continuo de jornadas formativas, a fin de fortalecer a todo el personal docente en temas de metodología de trabajo, uso de los materiales educativos, planificación, seguimiento a los aprendizajes del estudiantado, evaluación y certificación. Además, se están realizando procesos de asistencia técnica mediante visitas a las escuelas y reuniones virtuales, a fin de fortalecer las temáticas desarrolladas en los procesos de formación.
211.Paralelamente se ha trabajado para la evolución del salario medio del cuerpo docente incluyendo zona de trabajo (rural y urbana) y se han implementado medidas para mejorar las condiciones salariales del cuerpo docente. En ese sentido, el salario promedio de los docentes desde el 2019 hasta el 2021 ha sido el mismo, para el caso de los docentes nivel I es de $ 862.73 y para el caso de los docentes nivel II $ 784.29. Estas diferencias de nivel son de acuerdo a su título de graduación, si solo es profesorado serán nivel II y las licenciaturas y superiores serán nivel I. No hay una diferencia entre lo rural y lo urbano, para estos casos si el docente trabaja en una zona rural lo que se tiene es un sobresueldo por un valor de $ 48.40. Además de su salario todos los docentes recibían un pago complementario de $ 100 para el 2019 y 2020, y para el 2021 es de $ 200.
212.El Gobierno de El Salvador, a través del MINEDUCYT, está implementando una estrategia integral denominada “Alimentación Escolar Saludable y Sostenible” que se desarrolla a través de los siguientes componentes: Alimentación Escolar, Educación Alimentaria y Nutricional, Promoción de Salud y Participación Comunitaria.
213.El componente de Alimentación Escolar se materializa mediante la entrega diaria de alimentos destinados a la preparación de refrigerios para los estudiantes del sistema educativo público. Además, se proporciona desayuno y almuerzo a los estudiantes que asisten a las academias sabatinas. También se entregan alimentos para preparar desayuno, almuerzo y dos refrigerios a los estudiantes de los centros de desarrollo integral. Cabe destacar que, durante la pandemia, estas raciones se transformaron en canastas de alimentos que se entregaron a las familias de los estudiantes, garantizando así el acceso a la alimentación de manera integral.
214.Del mismo modo, se lleva a cabo la distribución del “Vaso de Leche”, asegurando que los estudiantes de educación parvularia a media consuman dos vasos de leche fluida por semana, la cual proviene de la producción nacional. En este sentido, el programa coordina con el Ministerio de Agricultura y Ganadería para la provisión de la materia prima que se utiliza en el marco de la Alimentación Escolar.
215.A su vez, el MINEDUCYT en el contexto de la Estrategia Integral Alimentación Escolar Saludable y Sostenible, específicamente en el componente de Alimentación Escolar materializa la entrega diaria de alimentos destinados a la preparación de refrigerios para los estudiantes del sistema educativo público. Además, se proporciona desayuno y almuerzo a los estudiantes que asisten a las academias sabatinas. También se entregan alimentos para preparar desayuno, almuerzo y dos refrigerios a los estudiantes de los centros de desarrollo integral. Cabe destacar que, durante la pandemia, estas raciones se transformaron en canastas de alimentos que se entregaron a las familias de los estudiantes, garantizando así el acceso a la alimentación de manera integral.
216.Del mismo modo, se lleva a cabo la distribución del “Vaso de Leche, asegurando que los estudiantes de educación parvularia a medida consuman dos vasos de leche fluida por semana, la cual proviene de la producción nacional. En este sentido, el programa coordina con el Ministerio de Agricultura y Ganadería para la provisión de la materia prima que se utiliza en el marco de la alimentación escolar.
217.Además, se establece una transferencia de fondos a los centros educativos, destinada a la adquisición de alimentos locales. Esta medida tiene como objetivo reforzar el refrigerio escolar con productos complementarios procedentes de la agricultura familiar local. Para lograrlo, se forjan alianzas estratégicas con actores locales y se promueve un enfoque multisectorial en colaboración con instituciones clave como el MAG, MINSAL, el Ministerio de Economía, el Centro Nacional de Tecnología Agropecuaria y Forestal, la Comisión Nacional de la Micro y Pequeña Empresa y las municipalidades.
218.Asimismo, en el contexto de dicha Estrategia, a través de la Educación Alimentaria y Nutricional, se contribuye a la mejora de los hábitos alimenticios, salud e higiene de los estudiantes y sus familias, a través de capacitaciones, diplomados, talleres, y prácticas como las de Huertos Escolares y Familiares, dándoles una aplicación didáctico-pedagógico, permitiendo con ello vincular las diferentes asignaturas con el huerto, logrando así un mejor aprendizaje de los estudiantes. Con los Huertos Escolares se logra la producción de alimentos de forma agroecológica, cuidado del medio ambiente y la utilización del huerto escolar como un recurso didáctico en las diferentes asignaturas del currículo educativo, además se promueve en los estudiantes el uso positivo del tiempo libre.
219.Otro esfuerzo importante, es el programa “Cultivando Huertos Escolares y Competencias Productivas” que impulsa MINEDUCYT, a través del cual se han entregado más de 25, 845 kits de insumos agrícolas a estudiantes de 1,095 centros educativos de distintos municipios, para que junto a sus padres habiliten en sus casas un huerto familiar. Un esfuerzo que se alinea con la reforma educativa “Mi Nueva Escuela” a través de la cual se busca incentivar y dinamizar la economía local y fortalecer el funcionamiento de los huertos escolares.
220.Dentro de las medidas administrativas el MINEDUCYT implementa las siguientes estrategias orientadas a las garantías primarias y secundarias de los derechos de los estudiantes en el ámbito educativo tales como: acciones de prevención del riesgo social por medio de la implementación de un modelo de atención psicoemocional y de educación familiar; mecanismos para la participación estudiantil; mecanismos para la protección de los derechos y fortalecimiento de los valores de ciudadanía en estudiantes y la promoción de la equidad e igualdad en los ambientes escolares.
Derecho a la cultura
221.En el capítulo segundo de la Ley de Cultura, en el artículo 11 se menciona que “El Estado garantizará a los pueblos indígenas y a los grupos étnico-lingüísticos, el derecho a conservar, enriquecer y difundir su cultura, identidad y su patrimonio cultural y a producir nuevos conocimientos a partir de sus sabidurías ancestrales y de los acervos contemporáneos”.
222.MICULTURA promueve la revitalización y el fortalecimiento de las expresiones culturales de los pueblos indígenas, en especial las expresiones danzarias, las conmemoraciones y ceremonias ancestrales y el idioma náhuat.
223.De la misma forma, MICULTURA, tiene por mandato de ley, otorgar anualmente un reconocimiento denominado “Premio Nacional de Cultura”, dirigido a diferentes personas o grupos que por sus méritos se destacan en este tema. En ese contexto, el Premio Nacional de Cultura, en su convocatoria 2022, propuso reconocer y distinguir los esfuerzos y los logros de los procesos de producción y desarrollo de la cultura tradicional material con valor simbólico y de identidad en los pueblos indígenas y población afrodescendientes del país, quiénes con base a su herencia ancestral conservan y transmiten sus prácticas tradicionales, sus saberes, oficios e identidad.
224.Por parte del Gobierno de El Salvador se dio acompañamiento y apoyo a conmemoraciones, celebraciones y ceremonias de pueblos indígenas y población afrodescendientes, entre los cuáles se pueden mencionar eventos que se realizaron previo a la Pandemia COVID-19 cómo son la conmemoración del Día Internacional de los Pueblos Indígenas en Cacaopera, en el departamento de Morazán. A su vez, se conmemoró el Día de la Lengua Materna en Santo Domingo de Guzmán.
225.Posteriormente, se han desarrollado alrededor de 28 celebraciones o conmemoraciones de importancia identitaria y multicultural, involucrando a varios municipios con comunidades indígenas. Las celebraciones y conmemoraciones se realizaron en el contexto de ceremonias de solsticios y equinoccios, el Día de la Mujer Indígena, el Día de la Lengua Materna, Conmemoración de la Masacre del año 1932, entre otras.
226.También el Gobierno de El Salvador ha apoyado actividades respecto al Día Internacional de Recuerdo de las Víctimas de la Esclavitud y la Trata Trasatlántica de Esclavos y se llevó a cabo un evento de celebración del Día Internacional de los Pueblos Indígenas, dónde se obtuvo la participación de 300 indígenas provenientes de comunidades de todo el territorio nacional.
227.A su vez, se está apoyando en la realización de programas de fortalecimiento a danzantes tradicionales en Panchimalco y Tacuba y a las danzas tradicionales de El Salvador, “Historiantes” del municipio de Izalco, “Historiantes” del municipio de Nahuizalco, ambos del departamento de Sonsonate, “Los Negritos y los Centuriones” del municipio de San Simón, departamento de Morazán, “La Cacica” del municipio de Conchagua y “El Cuche de Monte” del municipio de Ciudad Delgado, departamento de San Salvador.
228.De la misma forma, se ha apoyado el proyecto de fortalecimiento de danzas tradicionales, revitalizando dichas danzas a través del suministro de vestuario y otros accesorios a los bailarines de las danzas “La Negra Sebastiana de Tacuba”, “Los Negritos y los Emplumados de Cacaopera”, “Los Historiantes y los Chapetones de Panchimalco” y los “Historiantes de San Miguel Tepezontes”. A su vez, se entregó vestuario, instrumentos musicales y otros accesorios a los bailarines de danzas tradicionales de El Salvador en el Museo Nacional de Antropología Dr. David J. Guzmán. Dicho proyecto asciende a más de $16,000, con ello se ha favorecido a 90 bailarines pertenecientes a diferentes grupos de danza, asimismo se colocaron vitrinas en diferentes Casa de la Cultura que contienen la historia de las danzas tradicionales. También se está contribuyendo con el fortalecimiento de las danzas tradicionales de El Salvador “Los Historiantes” de Santiago Nonualco, departamento de La Paz, para ello se encuentra en proceso de compra de insumos de vestuario, accesorios y calzados.
229.Es relevante destacar que, MICULTURA, bajo el Acuerdo Ministerial número 061-2021, en diciembre del 2022 declaró los parques arqueológicos de Cihuatán, San Andrés, Casa Blanca y Tazumal como Sitios Sagrados Ceremoniales, reconociendo la espiritualidad de los pueblos indígenas.
230.Además, como muestra del compromiso nacional para promover la interculturalidad, el Estado ha conformado la Mesa Técnica para la Articulación de Esfuerzos en el Proceso de Declaratoria de la Práctica de Partería Ancestral y Comunitaria como Bien Cultural Inmaterial, la cual está formada por instituciones gubernamentales y asociaciones de parteras para la articulación de esfuerzos para la salvaguarda de los conocimientos y prácticas de la partería tradicional; además de reconocer y fortalecer el trabajo comunitario que realizan las parteras a favor de la salud de las mujeres salvadoreñas.
231.De igual manera, desde la Dirección de Reconstrucción del Tejido Social, se realiza trabajo territorial a través de comités y organizaciones juveniles y acercamientos con líderes y lideresas, teniendo como principal estrategia de prevención y acceso a oportunidades los Centros Urbanos de Bienestar y Oportunidad, en los cuales a nivel nacional se desarrollan diversas actividades formativas, recreativas, participativas y culturales, que han dado un giro positivo a la realidad de las comunidades.