Estado Parte

Fecha en que debía presentarse

Signatura

Sierra Leona, segundo

Septiembre de 1997

CRC/C/SLE/2

Eslovaquia, segundo

Diciembre de 1999

CRC/C/SVK/2

Kazajstán, segundo y tercero

Septiembre de 2006

CRC/C/KAZ/3

Uruguay, segundo

Diciembre de 1997

CRC/C/URY/2

Protocolo Facultativo de la Convención relativo a la participación de niños en los conflictos armados

Estado Parte

Fecha en que debía presentarse

Signatura

Luxemburgo

Septiembre de 2006

CRC/C/OPAC/LUX/1

España

Abril de 2004

CRC/C/OPAC/ESP/1

Francia

Marzo de 2005

CRC/C/OPAC/FRA/1

República Árabe Siria

Noviembre de 2005

CRC/C/OPAC/SYR/1

Protocolo Facultativo de la Convención relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía

Estado Parte

Fecha en que debía presentarse

Signatura

España

Enero de 2004

CRC/C/OPSC/ESP/1

Francia

Marzo de 2005

CRC/C/OPSC/FRA/1

Informes atrasados

4.Según el artículo 67 del reglamento provisional, el Secretario General debe notificar al Comité en todos los períodos de sesiones los casos en que no se hayan presentado los informes. La lista completa de los informes iniciales y periódicos pendientes de conformidad con la Convención y los informes iniciales pendientes de conformidad con los Protocolos Facultativos figura en el documento sobre la situación de la presentación de los informes (CRC/C/44/2), en el que también se indican las medidas excepcionales adoptadas por el Comité respecto de los Estados Partes que tropiezan con problemas para cumplir el estricto plazo fijado para la presentación de informes en el párrafo 1 del artículo 44 de la Convención, o en el caso de que se haya demorado el examen de sus informes. Estas recomendaciones constituyen una medida excepcional que se tomará una sola vez.

Tema 4 - Examen de los informes presentados por los Estados Partes

5.A continuación figura un calendario provisional para el examen de los informes en el 44º período de sesiones preparado por el Secretario General en consulta con el Presidente y sujeto a la aprobación del Comité.

Calendario provisional para el examen de los informes presentados por los Estados Partes

Fecha

Hora

Tema del programa

Sala A

Lunes 15 de enero de 2007

11.00 horas

15.00 horas

4

Costa Rica, OPAC y OPSC

Martes 16 de enero de 2007

10.00 horas

15.00 horas

4

4

Kenya, segundo

Kenya, segundo

Miércoles 17 de enero de 2007

10.00 horas

15.00 horas

4

4

Maldivas, segundo y tercero

Maldivas, segundo y tercero

Jueves 18 de enero de 2007

10.00 horas

15.00 horas

4

4

Malí, segundo

Malí, segundo

Viernes 19 de enero de 2007

10.00 horas

15.00 horas

4

4

Honduras, tercero

Honduras, tercero

Lunes 22 de enero de 2007

10.00 horas

15.00 horas

4

4

Islas Marshall, segundo

Islas Marshall, segundo

Miércoles 24 de enero de 2007

10.00 horas

15.00 horas

4

4

Suriname, segundo

Suriname, segundo

Jueves 25 de enero de 2007

10.00 horas

15.00 horas

4

4

Malasia

Malasia

Viernes 26 de enero de 2007

10.00 horas

15.00 horas

4

4

Chile, tercero

Chile, tercero

Lunes 29 de enero de 2007

10.00 horas

15.00 horas

4

4

Kirguistán, OPAC y OPSC

Kirguistán, OPAC y OPSC

6.De conformidad con el artículo 68 del reglamento provisional, se invitará a los representantes de los Estados Partes a asistir a las sesiones del Comité en que vayan a examinarse sus informes. Los representantes deberán estar en condiciones de responder a las preguntas que les haga el Comité y de hacer declaraciones sobre los informes ya presentados por su Estado; también podrán presentar información complementaria.

7.De conformidad con el artículo 68 del reglamento provisional del Comité, el Secretario General ha notificado a los Estados Partes interesados la fecha de apertura, la duración y el lugar de celebración del 44º período de sesiones del Comité durante el cual se examinarán sus respectivos informes, y les ha pedido que envíen sus representantes a dichas sesiones.

Tema 5 - Cooperación con otros órganos, organismos especializados y entidades competentes de las Naciones Unidas

8.En relación con este tema, el Comité proseguirá su debate sobre las formas y las esferas en que se podría reforzar la cooperación con diversos órganos competentes para mejorar la promoción y protección de los derechos del niño.

Tema 6 - Métodos de trabajo del Comité

9.En relación con este tema, el Comité continuará su debate sobre la organización de su labor futura y el procedimiento que habrá de seguirse para examinar los informes de los Estados Partes y su seguimiento, incluida, de ser necesaria, la determinación de las esferas en que deba prestarse asistencia técnica. El Comité invitará también a los Estados Partes a participar en una sesión oficiosa para abordar varias cuestiones relacionadas con sus métodos de trabajo, en particular la labor realizada por el Comité en los períodos de sesiones en los que se reunió paralelamente en dos salas.

Tema 7 - Observaciones generales

10.En relación con este tema, el Comité seguirá elaborando observaciones generales sobre la base de los diversos principios y disposiciones de la Convención.

Tema 8 - Sesiones futuras

11.En relación con este tema, se informará al Comité de cualquier novedad acerca del calendario de sus futuras sesiones.

Tema 9 - Otros asuntos

12.En relación con este tema, los miembros del Comité examinarán otros asuntos relativos a la labor de éste, según proceda.

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