49º período de sesiones

11 a 29 de julio de 2011

Lista de cuestiones y preguntas relativas al examen de los informes periódicos

República de Corea

El grupo de trabajo anterior al período de sesiones examinó el séptimo informe periódico de la República de Corea (CEDAW/C/KOR/7).

Estatuto jurídico y marco legislativo e institucional de la Convención

Sírvanse indicar si el Estado parte ha fijado un plazo claro para retirar sus reservas al artículo 16.1 g) de la Convención.

Sírvanse ofrecer más detalles sobre las iniciativas que se han emprendido para incorporar, en la Constitución y demás normas jurídicas oportunas, la prohibición de la discriminación (en consonancia con el artículo 1 de la Convención) en todos los ámbitos previstos en la Convención y para hacerla aplicable en el sector privado.

Sírvanse indicar si, después de haber firmado el instrumento, el Estado parte ha fijado un plazo de ratificación del Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional.

Mecanismo nacional para el adelanto de la mujer

Sírvanse comentar las preocupaciones que se les han expuesto acerca de que la posibilidad de que la modificación de las competencias y los recursos financieros del Ministerio de Igualdad de Género perjudique el disfrute sustancial de la igualdad de derechos por parte de las mujeres. A este respecto, sírvanse facilitar información sobre si esas modificaciones afectarán a los intentos del Estado parte de aplicar, de manera sistemática, una perspectiva de género a la legislación y los programas.

Por lo que atañe a los párrafos 34 a 37 del informe, sírvanse facilitar información sobre la baja tasa de aplicación del plan de presupuestación sensible al género que ha implantado recientemente el Estado parte e indicar qué medidas se han previsto para aumentar la sensibilidad de los ministerios competentes hacia el plan y su compromiso con él. En relación con lo anterior, sírvanse detallar los resultados del primer informe sobre la presupuestación sensible al género (2009) por lo que respecta a la amplitud del presupuesto público estudiado, el método analítico empleado y el procedimiento de examen de la reforma presupuestaria. Asimismo, sírvanse facilitar información sobre los resultados previstos de la “Ley nacional de finanzas”, en la que se ordena al Gobierno que presente presupuestos y contabilidades sensibles al género con efecto a partir del ejercicio presupuestario de 2010, según se expone en el párrafo 14 del informe.

Medidas temporales especiales

Sírvanse indicar como afectarán, las disposiciones institucionales relativas al “Comité de Discriminación Positiva”, que examina la aplicación y los resultados de los planes de discriminación positiva, a los programas de discriminación positiva futuros, según se expone en los párrafos 92 y 93 del informe periódico. Asimismo, en relación con dicho párrafo 93, sírvanse facilitar información sobre la efectividad de la iniciativa “Discriminación positiva en el empleo de la mujer” y cómo se aplica a las trabajadoras eventuales y a tiempo parcial.

Sírvanse indicar si el Estado parte tiene intención de implantar medidas especiales, en consonancia con el artículo 4.1 de la Convención y con la recomendación general núm. 25 (2004) del Comité, relativa a las medidas especiales, y de imponer el requisito de que, en el caso de los cargos electivos directos, el 50% de las candidaturas de todos los partidos políticos sean de mujeres.

Estereotipos y usos culturales

Sírvanse describir el efecto y los resultados de las campañas de sensibilización pública destinadas a erradicar los estereotipos discriminatorios y los prejuicios tradicionales acerca de las funciones y las responsabilidades de las mujeres en la sociedad, según se expone en el párrafo 26 de las observaciones finales anteriores del Comité (CEDAW/C/KOR/CO/6).

Violencia contra las mujeres

Por lo que respecta a los párrafos 20 y 51 del informe y al párrafo 18 de las observaciones finales del Comité, sírvanse facilitar datos estadísticos, desglosados por sexo, en los que se indiquen los resultados o el efecto de las medidas adoptadas por el Estado parte dentro de la aplicación de la “Ley sobre prevención de la violencia doméstica y la protección de las víctimas” y el “tercer Plan básico sobre políticas relativas a la mujer (2008-2012)”.

Sírvanse indicar las medidas que ha adoptado el Estado parte para mejorar la tasa de presentación obligatoria de denuncias de violencia doméstica y facilitar información sobre las medidas adoptadas para llevar a los agresores a juicio y condenarlos, en relación con los párrafos 53 a 56 del informe.

En relación con el párrafo 135 del informe, sírvanse indicar las medidas que se han tomado para reformar el ordenamiento jurídico del Estado parte, con miras a formular una definición más extensa del delito de violación. Del informe del Estado parte parece desprenderse que la consideración de la “violación conyugal” como delito es susceptible de interpretación jurídica. Habida cuenta de que ello dificultará el reconocimiento de la violación conyugal, sírvanse indicar si el Estado parte tiene intención de revisar la legislación vigente, con miras a tipificar como delito dicha violación, en relación con los párrafos 17 y 18 de las observaciones finales del Comité. Además, sírvanse indicar qué medidas se han adoptado para alentar a las víctimas a que denuncien los casos de violación, sobre todo los de violación conyugal, a la policía.

Asimismo, sírvanse demostrar en qué medida cabe explicar el incremento de las denuncias de casos de violencia sexual y de casos de hostigamiento sexual como resultado de una mayor sensibilidad hacia ellos, en lugar de como resultado de un mero aumento de esos casos en la sociedad. Sírvanse indicar también el tipo de asistencia que se presta a las mujeres víctimas de toda clase de violencia, de conformidad con la recomendación general núm. 19 (1992) del Comité, relativa a la violencia contra las mujeres.

Trata de mujeres y explotación de estas en la prostitución

Sírvanse facilitar datos sobre el número de mujeres víctimas de la trata que se hayan registrado durante el período de que se informa. Sírvanse indicar si el Estado parte tiene intención de implantar un sistema de recopilación de datos sobre la trata en el que se clasifiquen los casos según la nacionalidad de la víctima. Sírvanse indicar, asimismo, si el Estado parte tiene la intención de implantar un sistema oficial mediante el cual se localice, de antemano, a las posibles víctimas de trata dentro de los grupos vulnerables.

En relación con el cuadro de la página 64 del informe y el párrafo 20 de las observaciones finales del Comité, sírvanse indicar si el Estado parte tiene la intención de revisar su ley sobre la prostitución, con miras a impedir que se criminalice a las mujeres que trabajan en el sector del sexo. En relación con el pá\rrafo 60 del informe y el párrafo 19 de las observaciones finales del Comité, sírvanse facilitar información estadística sobre las repercusiones del programa “John School” dirigido a evitar la recaída.

Según algunos informes, los varones coreanos son los clientes principales del turismo sexual infantil (juvenil) en Asia sudoriental y las islas del Pacífico. En relación con el párrafo 62 del informe, sírvanse detallar las medidas que ha tomado el Gobierno coreano para impedir el turismo sexual en el extranjero y la prostitución cibernética e indicar cualquier logro concreto.

Por lo que atañe a las trabajadoras migrantes que han entrado en el país con un visado E-6, que les permite trabajar en el sector del espectáculo, sírvanse indicar (en virtud del párrafo 26 de la recomendación general núm. 26 (2008), relativa a las trabajadoras migrantes) cómo pretende el Estado parte aumentar el rigor y la eficacia de la vigilancia in situ de los establecimientos en que trabajan esas mujeres (en relación con los párrafos 63, 64, 66 y 67 del informe). Por lo que atañe a las extranjeras que estén empleadas en establecimientos de espectáculos y sean presuntas víctimas de la trata, sírvanse facilitar información sobre si las extranjeras víctimas de la industria de la prostitución cuyo visado E-6 ya no esté vigente corren el riesgo de ser deportadas cuando presenten una denuncia en la oficina de empleo o la comisaría de policía.

Sírvanse detallar toda actividad de capacitación que se haya emprendido para sensibilizar a los funcionarios del orden público hacia los derechos y la situación de las mujeres víctimas de la explotación o la prostitución. A este respecto, sírvanse comentar las preocupaciones que se les han expuesto acerca del hecho de que, como la definición de “trata” está vinculada a la prostitución, las autoridades no han podido afrontar debidamente la situación de las trabajadoras con visado E-6 que no trabajan como prostitutas pero, aun así, son objeto de trata con fines de explotación sexual.

Sírvanse detallar más los medios y los arbitrios para vigilar a las agencias matrimoniales internacionales, con miras a proteger a las casadas extranjeras (en relación con los párrafos 11, 57 y 143 del informe). Sírvanse indicar también si está implantado un procedimiento de selección para identificar y registrar a las mujeres que pasan a ser víctimas de la trata por medio de esas agencias matrimoniales.

Participación en la vida política y pública y adopción de decisiones

En relación con el párrafo 73 del informe y el párrafo 24 de las observaciones finales del Comité, sírvanse explicar por qué, a pesar de las medidas tomadas en virtud de la “Ley de Financiación Política” y la “Ley de Partidos Políticos”, la representación total de mujeres en la esfera política sigue siendo extremadamente baja, tanto en el Gobierno (nacional o local) como en el Parlamento. Sírvanse indicar qué medidas estudia el Estado parte para rectificar esta situación.

En relación con el párrafo 44 del informe, sírvanse explicar por qué, a pesar de haberse ampliado la aplicación de la norma prevista en la Ley reformada de Igualdad de Oportunidades en el Empleo, a las empresas de 500 o más empleados, la representación femenina en los niveles ejecutivo y de administración sigue siendo muy baja.

Sírvanse facilitar información sobre qué medidas permanentes está adoptando el Estado parte para aumentar el número de funcionarias diplomáticas del Ministerio de Relaciones Exteriores y Comercio.

Nacionalidad

Sírvanse indicar si el Estado parte tiene la intención de mantener el requisito del respaldo del marido a las casadas extranjeras que soliciten la nacionalidad coreana, ya que ello podría constituir una desigualdad favorable a los varones coreanos casados.

Educación

Sírvanse indicar si el Estado parte aprecia que haya una correlación entre el mejor rendimiento escolar de los alumnos varones de enseñanza secundaria en matemáticas y ciencias, su elección de carreras universitarias y la tasa de empleo más elevada de los licenciados universitarios varones. Sírvanse indicar también qué medidas se han aplicado para subsanar las disparidades entre hombres y mujeres en todas esas etapas.

Sírvanse facilitar información sobre las medidas que prevea adoptar el Estado parte para incrementar la proporción de maestras en la enseñanza secundaria y de profesoras tanto en las universidades públicas como en las privadas.

Empleo

Los informes indican que, en los últimos años, el número de mujeres activas económicamente ha disminuido y que también lo ha hecho el de mujeres empleadas. En relación con el párrafo 37 y siguientes del informe periódico y los párrafos 27 y 28 de las observaciones finales del Comité, sírvanse aclarar qué otras medidas estudia el Estado parte para aumentar la participación de las mujeres en las actividades económicas y luchar contra los efectos perjudiciales de la desaceleración económica, que perjudica más gravemente a las mujeres. Asimismo, sírvanse facilitar información estadística sobre la discrepancia de sueldos entre hombres y mujeres e información sobre las medidas previstas para paliar esta discrepancia.

En relación con los párrafos 95 a 97 del informe periódico, sírvanse indicar si el Estado parte se plantea aprobar leyes destinadas a legitimar a las trabajadoras eventuales para obtener la licencia de cuidado de los hijos y protegerlas contra la rescisión del contrato de empleo durante el embarazo y la licencia de maternidad. Asimismo, sírvanse aclarar las razones de los recortes presupuestarios que, según los informes, se hicieron en 2010 y afectaron a los fondos destinados para crear establecimientos públicos y nacionales de atención infantil, después de un período en que se habían gastado fondos presupuestarios para ampliar esos establecimientos y subvencionar a los padres que tuvieran que sufragar gastos de atención infantil (en relación con los párrafos 96 a 98 del informe).

Salud

En relación con los párrafos 105 a 110 del informe y el párrafo 30 de las observaciones finales del Comité, sírvanse facilitar datos estadísticos que indiquen los progresos logrados en cuanto a mejorar el acceso de las mujeres a los servicios de salud y a ampliar los programas de educación sexual y reproductiva, a fin reducir los casos de embarazo no deseado, sobre todo los programas dirigidos a mujeres de edades comprendidas entre los 20 y los 24 años. En relación con los párrafos 22 y 107 del informe, sírvanse indicar cuáles son los planes y la postura del Estado parte con respecto a la recomendación general núm. 24 (1999) del Comité, relativa al artículo 12 de la Convención (mujeres y salud), en la que se pide que se reforme la legislación que penaliza el aborto. En relación con el párrafo 29 de las observaciones finales del Comité, sírvanse facilitar información sobre la variación del número de mujeres que dependen de familiares trabajadores para acceder a los servicios de salud en el tiempo transcurrido desde que se presentó el último informe periódico.

Mujeres de las zonas rurales

Sírvanse facilitar información sobre los resultados obtenidos mediante la aplicación del “programa de ayudantías para las campesinas”, dado que era un programa de extensión nacional. Asimismo, en relación con el párrafo 132 del informe periódico, sírvanse detallar las modalidades y los resultados del sistema análogo del que se benefician las familias campesinas afectadas por accidentes o enfermedades, que se implantó en todo el país en 2007.

Grupos desfavorecidos de mujeres

Sírvanse facilitar información sobre la intención del Estado parte de suavizar los requisitos para que las migrantes víctimas de la violencia doméstica soliciten la naturalización. A ese respecto y teniendo en cuenta la recomendación general núm. 26 del Comité, sírvanse indicar qué medidas ha adoptado el Estado parte para proteger a las trabajadoras migrantes que hayan denunciado casos de hostigamiento sexual contra el despido, la pérdida de la condición de trabajadora fija o cualquier otra represalia.

En relación con los párrafos 8, 48, 101 y 124 del informe, sírvanse facilitar información sobre la tasa de empleo de las mujeres con discapacidad, incluidas las que trabajan a tiempo parcial, y una comparación de aquella con la de los hombres empleados con discapacidad y con la de las personas sin discapacidad.

Matrimonio y relaciones familiares

Sírvanse facilitar información sobre las repercusiones de la “Ley de apoyo a las familias pluriculturales” de 2008.

Sírvanse facilitar información estadística sobre la proporción de matrimonios internacionales y la tasa de divorcio correspondiente en comparación con las estadísticas matrimoniales de todo el país, en relación con los párrafos 137 a 142 del informe periódico.

Sírvanse indicar las medidas adoptadas para reforzar la protección de los derechos de las casadas extranjeras, por ejemplo garantizando que su condición jurídica de residentes en caso de separación o divorcio no dependa íntegramente de la prueba de que quien haya puesto fin a la relación haya sido el cónyuge coreano. A este respecto, sírvanse facilitar información sobre si las migrantes que tienen hijos con hombres coreanos tienen derechos de residencia con independencia de su estado civil.