Estado Parte

Fecha en que debióhaberse presentado

Signatura

Brunei Darussalam

1998

CRC/C/61/Add.4

Eritrea

1996

CRC/C/41/Add.12

Estonia

1993

CRC/C/8/Add.44

Haití

1997

CRC/C/51/Add.7

Kazajstán

1996

CRC/C/41/Add.13

San Marino

1993

CRC/C/8/Add.46

Singapur

1997

CRC/C/8/Add.7

Zambia

1994

CRC/C/11/Add.25

4.El Secretario General ha recibido también los siguientes segundos informes periódicos además de aquellos que está previsto examinar en el 31º período de sesiones:

Estado Parte

Fecha en que debióhaberse presentado

Signatura

Alemania

1999

CRC/C/83/Add.7

Armenia

2000

CRC/C/93/Add.6

Bangladesh

1997

CRC/C/65/Add.21

Canadá

1999

CRC/C/83/Add.6

Chipre

1998

CRC/C/70/Add.16

Eslovenia

1998

CRC/C/70/Add.19

Georgia

2001

CRC/C/104/Add.1

India

2000

CRC/C/93/Add.5

Indonesia

1997

CRC/C/65/Add.23

Islandia

1999

CRC/C/83/Add.5

Italia

1998

CRC/C/70/Add.13

Jamahiriya Árabe Libia

2000

CRC/C/93/Add.1

Jamaica

1998

CRC/C/70/Add.15

Japón

2001

CRC/C/104/Add.2

Madagascar

1998

CRC/C/70/Add.18

Marruecos

2000

CRC/C/93/Add.3

Myanmar

1998

CRC/C/70/Add.21

Nueva Zelandia

2000

CRC/C/93/Add.4

Pakistán

1997

CRC/C/65/Add.20

Países Bajos

2002

CRC/C/117/Add.1

Panamá

1998

CRC/C/70/Add.20

República Árabe Siria

2000

CRC/C/93/Add.2

República Checa

1999

CRC/C/83/Add.4

República de Corea

1998

CRC/C/70/Add.14

República Popular Democrática de Corea

1997

CRC/C/65/Add.24

Rumania

1997

CRC/C/65/Add.19

Rwanda

1998

CRC/C/70/Add.22

Sri Lanka

1998

CRC/C/70/Add.17

Viet Nam

1997

CRC/C/65/Add.20

Informes pendientes

5.Con arreglo al artículo 67 del reglamento provisional, el Secretario General debe notificar al Comité en todos los períodos de sesiones los casos en que no se hayan presentado los informes. En consecuencia, se enumeran a continuación los Estados Partes cuyos informes iniciales debieron haberse presentado para el 10 de julio de 2002, pero que aún no se han recibido:

Estado Parte

Fecha en que debióhaberse presentado

Número de recordatorios enviados

Brasil

23 de octubre de 1992

8

Angola

3 de enero de 1993

7

Guyana

12 de febrero de 1993

7

Bahamas

21 de marzo de 1993

7

Dominica

11 de abril de 1993

7

Santo Tomé y Príncipe

12 de junio de 1993

7

Bosnia y Herzegovina

5 de marzo de 1994

6

Albania

27 de marzo de 1994

6

Guinea Ecuatorial

14 de julio de 1994

6

Papua Nueva Guinea

31 de marzo de 1995

6

Liberia

3 de julio de 1995

6

Santa Lucía

15 de julio de 1995

6

Turkmenistán

19 de octubre de 1995

6

Antigua y Barbuda

3 de noviembre de 1995

6

Congo

12 de noviembre de 1995

6

Afganistán

26 de abril de 1996

5

Nauru

25 de agosto de 1996

5

Samoa

28 de diciembre de 1996

5

Malasia

19 de marzo de 1997

4

Botswana

12 de abril de 1997

4

Swazilandia

5 de octubre de 1997

4

Tuvalu

21 de octubre de 1997

4

Tonga

5 de diciembre de 1997

4

Kiribati

9 de enero de 1998

3

Niue

18 de enero de 1998

3

Islas Cook

5 de julio de 1999

2

6.En su 29º período de sesiones (véase CRC/C/114, párr. 561), el Comité decidió enviar una carta a todos los Estados Partes cuyos informes iniciales debían presentarse en 1992 y 1993 pidiéndoles que presentaran su informe en el plazo de un año. El Comité decidió, además, comunicar a los Estados Partes en la misma carta que si no presentaban el informe en el plazo de un año el Comité procedería al examen de la situación de los derechos humanos en el Estado sin el informe inicial, según lo previsto en el "Panorama general del procedimiento de elaboración de informes" del Comité (CRC/C/33, párrs. 29 a 32) y a la luz del artículo 67 del reglamento provisional del Comité (CRC/C/4).

7.Se enumeran a continuación los Estados Partes cuyos segundos informes periódicos debieron haberse presentado para el10 de julio de 2002, pero que aún no se han recibido:

Estado Parte

Fecha límite

Belice

1º de septiembre de 1997

Benin

1º de septiembre de 1997

Bhután

1º de septiembre de 1997

Ecuador

1º de septiembre de 1997

El Salvador

1º de septiembre de 1997

Ghana

1º de septiembre de 1997

Guinea

1º de septiembre de 1997

Santa Sede

1º de septiembre de 1997

Kenya

1º de septiembre de 1997

Mauricio

1º de septiembre de 1997

Mongolia

1º de septiembre de 1997

Saint Kitts y Nevis

1º de septiembre de 1997

Senegal

1º de septiembre de 1997

Sierra Leona

1º de septiembre de 1997

Togo

1º de septiembre de 1997

Francia

5 de septiembre de 1997

Gambia

6 de septiembre de 1997

Uganda

15 de septiembre de 1997

Guinea‑Bissau

18 de septiembre de 1997

Filipinas

19 de septiembre de 1997

Seychelles

6 de octubre de 1997

Zimbabwe

10 de octubre de 1997

Venezuela

12 de octubre de 1997

Nepal

13 de octubre de 1997

Malí

19 de octubre de 1997

República Democrática del Congo

19 de octubre de 1997

Brasil

23 de octubre de 1997

Malta

29 de octubre de 1997

Namibia

29 de octubre de 1997

Níger

29 de octubre de 1997

Chad

31 de octubre de 1997

Barbados

7 de noviembre de 1997

Burundi

17 de noviembre de 1997

Granada

4 de diciembre de 1997

Uruguay

19 de diciembre de 1997

Angola

3 de enero de 1998

Djibouti

4 de enero de 1998

Australia

15 de enero de 1998

Malawi

31 de enero de 1998

Yugoslavia

1º de febrero de 1998

Guyana

12 de febrero de 1998

Côte d'Ivoire

5 de marzo de 1998

Maldivas

12 de marzo de 1998

Bahamas

21 de marzo de 1998

Dominica

11 de abril de 1998

Nigeria

18 de mayo de 1998

República Democrática Popular Lao

6 de junio de 1998

Santo Tomé y Príncipe

12 de junio de 1998

Mauritania

14 de junio de 1998

Bulgaria

2 de julio de 1998

República Unida de Tanzanía

9 de julio de 1998

República Dominicana

10 de julio de 1998

la ex República Yugoslava de Macedonia

16 de septiembre de 1998

Cuba

19 de septiembre de 1998

Croacia

7 de octubre de 1998

Israel

1º de noviembre de 1998

Hungría

5 de noviembre de 1998

Estonia

19 de noviembre de 1998

Kuwait

19 de noviembre de 1998

San Marino

24 de diciembre de 1998

Trinidad y Tabago

3 de enero de 1999

Zambia

4 de enero de 1999

Lituania

28 de febrero de 1999

Bosnia y Herzegovina

5 de marzo de 1999

Bahrein

14 de marzo de 1999

Albania

27 de marzo de 1999

China

31 de marzo de 1999

Lesotho

8 de abril de 1999

Tailandia

25 de abril de 1999

Letonia

13 de mayo de 1999

República Centroafricana

23 de mayo de 1999

Cabo Verde

3 de julio de 1999

Guinea Ecuatorial

14 de julio de 1999

Austria

4 de septiembre de 1999

Azerbaiyán

11 de septiembre de 1999

Irlanda

27 de octubre de 1999

Camboya

13 de noviembre de 1999

Islandia

26 de noviembre de 1999

Eslovaquia

31 de diciembre de 1999

Camerún

9 de febrero de 2000

República de Moldova

24 de febrero de 2000

Papua Nueva Guinea

31 de marzo de 2000

Suriname

31 de marzo de 2000

Argelia

15 de mayo de 2000

Micronesia (Estados Federados de)

3 de junio de 2000

Grecia

9 de junio de 2000

Liberia

3 de julio de 2000

Santa Lucía

15 de julio de 2000

Mónaco

20 de julio de 2000

Comoras

21 de julio de 2000

Armenia

5 de agosto de 2000

Vanuatu

5 de agosto de 2000

República Árabe Siria

13 de agosto de 2000

Fiji

11 de septiembre de 2000

Turkmenistán

19 de octubre 2000

Gabón

10 de marzo de 2001

Luxemburgo

5 de abril de 2001

Afganistán

26 de abril de 2001

Mozambique

25 de mayo de 2001

Georgia

1º de julio de 2001

Iraq

14 de julio de 2001

Uzbekistán

28 de julio de 2001

Irán (República Islámica del)

11 de agosto de 2001

Nauru

25 de agosto de 2001

Eritrea

1º de septiembre de 2001

Kazajstán

10 de septiembre de 2001

Kyrguistán

5 de noviembre de 2001

Samoa

28 de diciembre de 2001

8.En relación con este tema, el Comité tendrá ante sí notas del Secretario General referentes a la lista de Estados que debieron presentar sus informes iniciales en virtud del artículo 44 de la Convención en 1992 (CRC/C/3), 1993 (CRC/C/8), 1994 (CRC/C/11), 1995 (CRC/C/28), 1996 (CRC/C/41), 1997 (CRC/C/51), 1998 (CRC/C/61) y 1999 (CRC/C/78) (en 2000 no debía presentarse ningún informe inicial). El Comité tendrá también ante sí una nota del Secretario General relativa a la lista de los Estados que debían presentar sus segundos informes periódicos en 1997 (CRC/C/65), 1998 (CRC/C/70), 1999 (CRC/C/83), 2000 (CRC/C/93) 2001 (CRC/C/104) o en 2002 (CRC/C/117).

9.En relación con este tema, el Comité tendrá también ante sí una nota del Secretario General relativa a los Estados Partes en la Convención y a la situación de presentación de los informes (CRC/C/120), así como una nota del Secretario General sobre el seguimiento del examen de los informes iniciales presentados por los Estados Partes en la Convención (CRC/C/27/Rev.11).

Tema 4 - Examen de los informes presentados por los Estados Partes

10.A continuación figura un calendario provisional para el examen de los informes en el 31º período de sesiones, preparado por el Secretario General en consulta con el Presidente y sujeto a la aprobación del Comité.

Calendario provisional para el examen de los informespresentados por los Estados Partes

Martes 17 de septiembre

10.00 a 13.00 horas15.00 a 18.00 horas

Argentina

CRC/C/70/Add.10

Miércoles 18 de septiembre

10.00 a 13.00 horas15.00 a 18.00 horas

Israel

CRC/C/81/Add.44

Jueves 19 de septiembre

10.00 a 13.00 horas15.00 a 18.00 horas

Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte

CRC/C/83/Add.3

Lunes 23 de septiembre

10.00 a 13.00 horas15.00 a 18.00 horas

Seychelles

CRC/C/3/Add.64

Martes 24 de septiembre

10.00 a 13.00 horas15.00 a 18.00 horas

Sudán

CRC/C/65/Add.17

Jueves 26 de septiembre

10.00 a 13.00 horas15.00 a 18.00 horas

Ucrania

CRC/C/70/Add.11

Viernes 27 de septiembre

10.00 a 13.00 horas15.00 a 18.00 horas

República de Moldova

CRC/C/28/Add.19

Lunes 30 de septiembre

10.00 a 13.00 horas15.00 a 18.00 horas

Burkina Faso

CRC/C/65/Add.18

Martes 1º de octubre

10.00 a 13.00 horas15.00 a 18.00 horas

Burkina Faso

CRC/C/70/Add.12

11.De conformidad con el artículo 68 del reglamento provisional, se invitará a los representantes de los Estados Partes a asistir a las sesiones del Comité en que vayan a examinarse sus informes. Los representantes deberán estar en condiciones de responder a las preguntas que les haga el Comité y de hacer declaraciones sobre los informes ya presentados por su Estado; también podrán presentar información complementaria.

12.De conformidad con el artículo 68 del reglamento provisional del Comité, el Secretario General ha notificado a los Estados Partes interesados la fecha de apertura, la duración y el lugar de celebración del 31º período de sesiones del Comité, durante el cual se examinarán sus respectivos informes, y les ha pedido que envíen representantes a las sesiones del Comité en que se examinarán sus informes.

Tema 5 -Cooperación con otros órganos, organismos especializados y entidades competentes de las Naciones Unidas

13.En relación con este tema, el Comité tal vez desee proseguir su debate sobre las formas y las esferas en que podría intensificarse la cooperación con diversos órganos competentes para mejorar la promoción y protección de los derechos del niño.

Tema 6 - Día de debate general

14.De conformidad con el artículo 75 de su reglamento provisional, el Comité decidió en su 28º período de sesiones que durante su 31º período de sesiones se celebrara un día de debate general dedicado a la cuestión de "El sector privado como proveedor de servicios y su función en la realización de los derechos del niño", y convino en invitar a los órganos interesados a participar en dicho debate, que se llevará a cabo el viernes 20 de septiembre de 2002. En su 29º período de sesiones, el Comité aprobó un esquema del debate de ese día (véase CRC/C/114, anexo VIII). La secretaría ha enviado invitaciones a las personas y organizaciones pertinentes.

Tema 7 - Métodos de trabajo del Comité

15.En relación con este tema, el Comité podría continuar su debate acerca de la organización de su labor futura y del procedimiento que habrá de seguirse para examinar los informes de los Estados Partes y su seguimiento, incluidas, de ser necesario, las esferas en que se haya determinado que deba prestarse asistencia técnica.

16.En relación con este tema, el Comité dispondrá de una nota del Secretario General sobre las esferas señaladas por el Comité para la prestación de asistencia técnica y servicios de asesoramiento (CRC/C/40/Rev.22). También dispondrá de una nota de la Secretaría en la que figura la recopilación de las conclusiones y recomendaciones que el Comité ha aprobado desde su primer período de sesiones hasta su 29º período de sesiones (CRC/C/19/Rev.10).

Tema 8 - Observaciones generales

17.En relación con este tema, el Comité tal vez desee seguir elaborando observaciones generales basadas en los diversos principios y disposiciones de la Convención.

Tema 9 - Reuniones futuras

18.En relación con este tema, se informará al Comité de cualquier cambio que se haya producido en el calendario de sus futuras reuniones.

Tema 10 - Otros asuntos

19.En relación con este tema, los miembros del Comité tal vez deseen examinar otros asuntos relativos a la labor de éste, según proceda.

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