Lista de cuestiones y preguntas relativas al quinto informe periódico de Lituania *

Acceso a la justicia y mecanismos para presentar demandas judiciales

Sírvase proporcionar información sobre ejemplos en los que se haya invocado o aplicado directamente la Convención o se haya hecho referencia a ella en actuaciones en los tribunales, incluidas las causas incoadas con arreglo a la legislación sobre la igualdad de oportunidades para las mujeres y los hombres o en relación con los artículos 169 y 170 del Código Penal. Sírvase también indicar si se facilitan con regularidad, además de los seminarios de capacitación organizados en 2009 para jueces y fiscales (párr. 28), actividades de capacitación sobre los derechos de la mujer dentro del marco legislativo nacional, regional e internacional a jueces, fiscales, abogados y otros profesionales del derecho.Sírvase igualmente especificar si se ha realizado una evaluación de los efectos de dichas capacitaciones.Sírvase indicar la forma en la que el Estado parte está promoviendo la concienciación y el conocimiento de la mujer, en particular de aquellas que pertenecen a los grupos desfavorecidos, tales como las mujeres en las zonas rurales, las mujeres migrantes, las mujeres romaníes y las mujeres solicitantes de asilo y refugiadas, sobre sus derechos con arreglo a la Convención y las leyes nacionales conexas.

Sírvase proporcionar datos actualizados sobre el número, la distribución regional y el resultado de las denuncias de discriminación basadas en el sexo presentadas ante la Oficina del Defensor del Pueblo para la Igualdad de Oportunidades desde 2010, indicando si se proporcionó reparación a las víctimas en los casos en los que se consideró que hubo violación.Como recomendó el Comité en sus observaciones finales anteriores (CEDAW/C/LTU/CO/4, párr. 11), sírvase indicar si el Estado parte prevé la apertura de oficinas regionales y locales de la Oficina del Defensor del Pueblo para la Igualdad de Oportunidades con el fin de facilitar el acceso de las mujeres a dichos mecanismos para presentar demandas judiciales.

Sírvase proporcionar información actualizada sobre el estado y el contenido del proyecto de ley de 2011 relativo a la creación de una institución nacional de derechos humanos independiente que cumpla los Principios de París, así como sobre el mandato, los mecanismos para presentar demandas judiciales y la composición del órgano previsto. Sírvase también proporcionar un calendario para su aprobación.

Mecanismos nacionales encargados del adelanto de la mujer

Al tiempo que se observa que la Comisión para la Igualdad de Oportunidades de la Mujer y el Hombre es el órgano coordinador responsable del Programa Nacional de igualdad de oportunidades del hombre y la mujer 2010-2014, sírvase proporcionar información sobre los mecanismos de coordinación existentes para garantizar la incorporación de la perspectiva de género a nivel municipal y mejorar los vínculos entre los niveles nacional y municipal. Sírvase también proporcionar información actualizada sobre los recursos humanos y financieros actuales de la División de Igualdad de Género del Ministerio de Seguridad Social y Trabajo e indicar si se ha proporcionado formación a los coordinadores de cuestiones de género designados en cada ministerio.

Sírvase describir los resultados obtenidos hasta la fecha en la ejecución del Programa Nacional de igualdad de oportunidades del hombre y la mujer 2010-2014, e incluir información detallada sobre los recursos humanos y materiales asignados al plan de acción y si los objetivos sujetos a plazos establecidos se han utilizado para evaluar, con indicadores, el progreso de la ejecución en todas las regiones del Estado parte, incluidas las zonas rurales.

Medidas especiales de carácter temporal

El informe señala que el plan de acción del Programa Nacional de igualdad de oportunidades del hombre y la mujer 2010-2014 incluye una medida cuyo objetivo es formular recomendaciones para la aplicación de las medidas especiales de carácter temporal y que la aplicación de dichas medidas, prevista para 2011, conlleva la definición del concepto de medidas especiales de carácter temporal y la formulación de recomendaciones sobre posibles aplicaciones de dichas medidas (párr. 98). Sírvase indicar el progreso alcanzado en la aplicación de dicha medida y si se han llevado a cabo los seminarios y las actividades de capacitación sobre las medidas especiales de carácter temporal también previstos (párr. 99). Sírvase además indicar, a la luz de las observaciones finales anteriores del Comité (CEDAW/C/LTU/CO/4, párr. 13), si se ha avanzado en la simplificación del procedimiento de aplicación de medidas especiales de carácter temporal.

Estereotipos

Sírvase proporcionar información sobre los esfuerzos realizados desde 2010, mediante campañas de concienciación y educativas a gran escala, para hacer frente a las actitudes estereotipadas sobre niñas y mujeres, entre ellas, aquellas que sufren formas múltiples de discriminación como resultado de cuestiones étnicas, de edad, de discapacidad o de otra índole. En particular, sírvase explicar por qué esta cuestión no quedó reflejada en el segundo Programa Nacional de igualdad de oportunidades del hombre y la mujer 2005-2009 (párr. 47) y si se ha incorporado ahora en su totalidad para la siguiente fase 2010-2014. En el informe se indica que, como parte del plan de acción de la siguiente fase 2010-2014, se llevarían a cabo actividades de capacitación anuales para los medios de difusión sobre la “imagen sin sesgo ni discriminatoria de la mujer y del hombre” y para el personal de las oficinas de empleo locales sobre unos “servicios de orientación y formación profesional sin estereotipos” (párr. 109). Sírvase proporcionar información complementaria sobre estas actividades de capacitación, incluida su frecuencia y contenido, indicando si se ha llevado a cabo algún tipo de evaluación. Observando el análisis cualitativo realizado en 2010 de los libros de texto utilizados en el grado décimo de las escuelas superiores (párr. 195), sírvase indicar el progreso alcanzado en la revisión de todos los libros de texto y material de todos los niveles educativos para eliminar las referencias que mantienen o refuerzan los estereotipos de género, además de los esfuerzos realizados para promover que los medios proyecten una imagen positiva y no sexualizada de la mujer, tal y como recomendó el Comité en sus observaciones finales anteriores (CEDAW/C/LTU/CO/4, párr. 15).

Violencia contra la mujer

Sírvase proporcionar información detallada sobre las medidas adoptadas para la aplicación de la Ley sobre la protección contra la violencia doméstica promulgada en mayo de 2011, especialmente sus artículos 8 y 15. Sírvase aclarar si la violación en el matrimonio figura de forma específica como delito en virtud de dicha ley o del Código Penal. Sírvase explicar la carga de la prueba requerida para la concesión de órdenes de protección en virtud del artículo 5 de la Ley y describir las sanciones existentes en caso de incumplimiento de dichas órdenes. Sírvase proporcionar datos sobre el número de órdenes concedidas anualmente para proteger a las mujeres víctimas de violencia doméstica desde la promulgación de la Ley; el número de denuncias por violencia doméstica presentadas durante el periodo objeto del examen, tanto antes como después de la promulgación de la Ley, además del número de enjuiciamientos, condenas y penas impuestas, indicando la relación del autor con la víctima; y el número de casos en los que se utilizó el procedimiento de reconciliación previsto en el artículo 38 del Código Penal para resolver el caso. Sírvase indicar si el Estado parte ha organizado cursos de capacitación sobre la nueva Ley para la policía y el poder judicial y si la ha difundido ampliamente entre los agentes del orden, todos los grupos profesionales pertinentes y la sociedad civil.

Sírvase indicar el progreso realizado en relación con el sistema de recopilación de datos de actos criminales de violencia contra la mujer denunciados e investigados (párr. 15). Sírvase proporcionar información sobre la evaluación de la ejecución de la Estrategia nacional para combatir la violencia contra la mujer 2010-2012, en particular en lo relativo a los esfuerzos realizados para mejorar el acceso de las víctimas de la violencia a la asistencia jurídica (párr. 97). Sírvase también proporcionar información sobre el número y la distribución geográfica de los albergues y centros financiados por el Estado disponibles para las mujeres víctimas de la violencia, incluida la violencia doméstica, y sobre las medidas adoptadas para proporcionar apoyo suficiente a las organizaciones no gubernamentales que ofrecen refugio y asistencia jurídica, social y psicológica a dichas víctimas.

Trata y explotación de la prostitución

Sírvase indicar las medidas específicas adoptadas como parte del Programa de Prevención y Control de la Trata de Seres Humanos 2009-2012 (párr. 123), proporcionando en particular información actualizada sobre las actividades de prevención y la asistencia a las víctimas, así como sobre el impacto de la ejecución de dichas medidas. Sírvase también indicar si el Estado parte ha establecido un nuevo programa basado en la evaluación del programa anterior y, en caso afirmativo, proporcionar detalles sobre las medidas previstas en dicho programa. Sírvase proporcionar información, desglosada por sexo, edad y nacionalidad, sobre el número de casos denunciados de trata de personas, de enjuiciamientos, de condenas y de penas impuestas a sus autores desde 2008, además del número de mujeres víctimas de la trata que recibieron asistencia jurídica durante el procedimiento penal. Sírvase igualmente indicar a cuántas mujeres se les ha concedido permisos de residencia temporales de conformidad con el artículo 26 de la Ley sobre el estatuto jurídico de los extranjeros (2008) después de haber cooperado con los fiscales, así como describir la situación de esas mujeres después de la caducidad de los permisos temporales y de las víctimas que no desean cooperar con las autoridades. Sírvase indicar si el Estado parte ha adoptado medidas con vistas a mejorar la identificación de las víctimas de la trata, a promover que las víctimas denuncien dichos delitos y, como recomendó el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (CERD/C/LTU/CO/4-5, párr. 20), a hacer frente a la falta de confianza de las víctimas de la trata extranjeras en las autoridades encargadas de hacer cumplir la ley.

Dado que nada se dice en el informe sobre la explotación de la prostitución, sírvase proporcionar información actualizada sobre la prevalencia de este fenómeno en el Estado parte y sobre las medidas adoptadas para prevenir la explotación sexual de niñas y mujeres. Sírvase describir los mecanismos existentes para la protección de las mujeres en la prostitución, que pueden enfrentarse a multas administrativas de conformidad con el marco jurídico vigente, además de los niños víctimas, y para la concienciación sobre los riesgos para la salud y para la seguridad de la prostitución, para garantizar la reintegración social de las niñas y mujeres en la prostitución y para desalentar la demanda masculina de prostitución.

Participación en la vida política y pública

A la luz de las elecciones legislativas nacionales celebradas en 2012 y de las elecciones municipales celebradas en 2011, sírvase proporcionar información actualizada sobre el número de mujeres en el Gobierno y en el Parlamento, así como en los ayuntamientos y elegidas alcaldes. Sírvase describir el apoyo dado a la red de clubes de mujeres políticas, incluso en las zonas rurales (párr. 147). Sírvase también proporcionar información actualizada sobre la representación de la mujer en la administración pública, en los servicios diplomáticos y en el poder judicial. ¿Prevé el Estado parte incluir medidas especiales de carácter temporal en su legislación para aumentar la representación de la mujer en puestos designados y electivos, en particular en puestos de liderazgo y de toma de decisiones?

Educación

Sírvase proporcionar información sobre la ejecución de la Estrategia para lograr la igualdad de oportunidades de hombres y mujeres en la enseñanza superior (párr. 189), así como sobre los proyectos ejecutados hasta la fecha, e indicar si se ha establecido un mecanismo de evaluación para evaluar sus efectos. Sírvase indicar el progreso alcanzado en la elaboración de datos prevista en el Programa de reincorporación escolar de los niños que no asisten a la escuela aprobado en 2008 (párr. 213) y, si se dispusiera de ellos, proporcionar dichos datos al Comité. Sírvase proporcionar información sobre las medidas adoptadas para resolver la segregación horizontal basada en elecciones estereotipadas de asignaturas y cursos en todos los niveles educativos, incluida la formación profesional, y para promover que tanto mujeres como hombres elijan campos formativos y educativos no tradicionales. Sírvase proporcionar información detallada sobre las tasas de matriculación y de deserción escolar de las niñas romaníes en la enseñanza primaria y secundaria y sobre la participación de niñas y mujeres romaníes en la enseñanza superior. Sírvase también indicar qué medidas se han tomado para aumentar la inclusión de las niñas romaníes en los procesos educativos habituales, en lugar de en escuelas para alumnos con necesidades especiales.

Empleo

Sírvase indicar qué medidas específicas se han adoptado, incluidas medidas especiales de carácter temporal, desde 2010 para hacer frente a la persistente segregación ocupacional vertical y horizontal en el mercado de trabajo y a la diferencia salarial basada en el género. El informe hace referencia a un proyecto de ley de remuneración de los trabajadores de las instituciones estatales y municipales que pretende garantizar unas “condiciones iguales de remuneración por un trabajo que requiera la misma calificación y revista la misma complejidad” (párr. 262). Sírvase indicar la situación del proyecto de ley y aclarar si incluye el principio de igual remuneración por un trabajo de igual valor. Sírvase igualmente proporcionar información sobre las sanciones existentes contra los empleadores que no garanticen una igual remuneración para la mujer y el hombre. Sírvase proporcionar datos sobre los casos presentados durante el periodo examinado relativos a la discriminación contra la mujer en el lugar de trabajo, incluida la discriminación salarial y el acoso sexual, además del resultado de dichos casos.

Sírvase proporcionar datos actualizados sobre el porcentaje de hombres que hayan utilizado la licencia de paternidad, la licencia para cuidar a los hijos y sistemas de trabajo flexibles desde 2010, indicando si el Estado parte ha establecido incentivos para promover que los hombres usen la licencia para cuidar a los hijos y si se han adoptado medidas para aumentar el número de guarderías disponibles en el Estado parte.

Salud

En el informe se indica que, en los últimos diez años, el número de abortos inducidos ha disminuido en más del doble (párr. 307). Sírvase proporcionar información detallada sobre el contenido y el estado del actual proyecto de ley sobre la protección de la vida en la fase prenatal, indicando cómo afectará a los derechos reproductivos de las mujeres, en particular en relación con los reglamentos y los plazos relativos al aborto legal y con las disposiciones relativas al acceso a los derechos sexuales y reproductivos. Dadas las altas tasas de infecundidad que afectan a las familias en el Estado parte, sírvase indicar el estado del proyecto de ley sobre reproducción asistida (párr. 302). Sírvase indicar si se ha integrado plenamente en los planes de estudio, a través de la ejecución del Programa de preparación para la vida familiar y educación sexual aprobado en mayo de 2008 (párr. 218), una educación sobre la salud y los derechos sexuales y reproductivos apropiada para la edad, así como sobre el comportamiento sexual responsable, y si incluye una educación sexual integral para los y las adolescentes, como recomendó el Comité en sus observaciones finales anteriores (CEDAW/C/LTU/CO/4, párr. 25). Sírvase proporcionar información sobre las medidas adoptadas o previstas para prevenir y reducir el embarazo en la adolescencia. Sírvase también proporcionar información sobre el acceso de las mujeres con discapacidad a los servicios de salud reproductiva, así como a las salvaguardias legales para prevenir abortos y esterilizaciones forzadas

Grupos desfavorecidos de mujeres

El Comité toma nota de los esfuerzos integrales efectuados por el Estado parte para hacer frente a la situación de la mujer en las zonas rurales. Sin embargo, en sus observaciones finales anteriores (CEDAW/C/LTU/CO/4, párr. 29), el Comité solicitó información sobre la situación de otros grupos desfavorecidos de mujeres, como mujeres con discapacidad, minorías étnicas, entre ellas las romaníes, migrantes y mujeres de edad, sobre todo en lo relativo a la discriminación continua que sufren a la hora de acceder a la educación, al empleo, a la atención sanitaria y a una vivienda adecuada. En este sentido, sírvase describir los resultados del estudio mencionado en el párrafo 337 y proporcionar información actualizada sobre las medidas específicas adoptadas por el Estado parte en todos los ámbitos abarcados por la Convención, incluidos datos estadísticos, además de información sobre los efectos de las medidas adoptadas y los resultados alcanzados. Sírvase describir también las medidas adoptadas en relación con todos los grupos vulnerables de mujeres incluidos en el Programa nacional contra la discriminación 2009-2011 (párrs. 336 y 337) y proporcionar información actualizada sobre la ejecución de la Estrategia para la formulación de la política sobre minorías nacionales con arreglo al estudio llevado a cabo en 2008 sobre la situación de dichas mujeres en el mercado de trabajo (párr. 338).

En el informe se dice que el problema de la feminización de la población de edad avanzada es particularmente visible en el Estado parte (párr. 333). Sírvase proporcionar datos sobre las mujeres de edad avanzada, desglosados por grupos de edades, estado civil y región. Sírvase también proporcionar información sobre las políticas existentes o previstas para garantizar el bienestar social y económico de las mujeres de edad avanzada, en particular en lo relativo a la seguridad económica, a la atención sanitaria y a la creación de un entorno favorable.

Matrimonio y relaciones familiares

A la luz de la preocupación expresada por el Comité en sus observaciones finales anteriores en lo relativo al Marco conceptual para la política nacional sobre la familia citado en el párrafo 114 (CEDAW/C/LTU/CO/4, párr. 22) y dada la sentencia del 28 de septiembre de 2011 por la que el Tribunal Constitucional declaró dicha política inconstitucional al incluir un concepto restringido de familia, sírvase proporcionar información sobre los pasos dados por el Estado parte para dar efecto a las recomendaciones del Comité y de la sentencia del Tribunal con el fin de garantizar la total inclusión de las familias no tradicionales en el concepto de familia utilizado en todas las políticas, programas y estrategias estatales, de conformidad con las recomendaciones generales núms. 21 y 29.

En el informe se hace referencia a las reformas realizadas en el Código Civil en junio 2010 relativas a la edad legal para expresar consentimiento para contraer matrimonio, que establece que los tribunales pueden reducir la edad legal de consentimiento en no más de dos años a instancias de la persona que desea contraer matrimonio antes de los 18 años de edad y que los tribunales pueden autorizar el matrimonio de una persona menor de 16 años en caso de embarazo (párr. 419). Sírvase proporcionar datos desglosados por sexo, edad y etnia de los casos en los que los tribunales hayan autorizado dichas excepciones. ¿Prevé el Estado parte modificar la legislación para garantizar que se derogue la excepción en caso de embarazo? Sírvase también proporcionar información sobre las medidas adoptadas para hacer frente a la preocupación expresada por el Comité en sus observaciones finales anteriores en lo relativo a la legislación sobre la distribución de los bienes y los activos en caso de divorcio (CEDAW/C/LTU/CO/4, párr. 30).