Naciones Unidas

CEDAW/C/LIE/Q/4

Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer

Distr. general

14 de septiembre de 2010

Español

Original: inglés

Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer

Grupo de trabajo anterior al período de sesiones

48º período de sesiones

17 de enero a 4 de febrero de 2011

Lista de cuestiones y preguntas relacionadas con el examen de los informes periódicos

Liechtenstein

El grupo de trabajo anterior al período de sesiones examinó el cuarto informe periódico de Liechtenstein (CEDAW/C/LIE/4).

Generalidades

1.Sírvanse proporcionar más información sobre la preparación del cuarto informe periódico. La información debe abarcar el carácter y el alcance de las consultas con las organizaciones no gubernamentales y si el Gobierno presentó el informe al Parlamento.

2.Rogamos indiquen si se han celebrado consultas con la Casa autónoma del Príncipe de Liechtenstein, a fin de sondear la posibilidad de que el Estado parte retire su reserva sobre el artículo 1 de la Convención con respecto a la sucesión hereditaria al trono, de acuerdo con la recomendación formulada por el Comité en sus observaciones finales sobre los informes periódicos segundo y tercero del Estado parte (CEDAW/C/LIE/CO/3, párr. 12).

Rango jurídico de la Convención y marco legislativo e institucional

3.Si procede, sírvanse proporcionar ejemplos de resoluciones judiciales en que se apliquen directamente las disposiciones de la Convención (pág. 6). Indíquese si el carácter jurídicamente vinculante y la aplicabilidad directa de la Convención se estudian en los cursos de formación de jueces, abogados y agentes del orden, con arreglo a lo recomendado por el Comité (CEDAW/C/LIE/CO/3, párr. 10).

4.Rogamos faciliten información actualizada sobre las enmiendas que está previsto introducir en la Ley de igualdad entre los géneros, la Ley de pensiones ocupacionales, la Ley de las cajas de pensiones y el Código Civil General para incorporar la Directiva de la Unión Europea 2006/54/CE relativa a la aplicación del principio de igualdad de oportunidades e igualdad de trato entre hombres y mujeres en asuntos de empleo y ocupación, como se indica en el informe del Estado parte (pág. 14).

5.Si procede, sírvanse proporcionar información sobre los resultados de la revisión del mandato y las competencias de la Comisión de Igualdad de Oportunidades y la Oficina de Igualdad de Oportunidades (pág. 6). Explíquese, asimismo, la labor realizada para mejorar la incorporación de una perspectiva de género y su aplicación efectiva en los niveles del gobierno local y nacional, incluido el proceso presupuestario, además de la publicación de las directrices sobre la aplicación de la estrategia en la Administración, preparada en el marco del proyecto Interreg "Ländergender" 2004-2006 (pág. 16). Sírvanse aclarar si se llevan a cabo evaluaciones de los efectos relativos al género de la aplicación de las políticas vigentes y la formulación de nuevas políticas para determinar la repercusión diferenciada en las mujeres y los hombres.

6.Rogamos describan los mecanismos institucionales, además de las acciones ante los tribunales, a los que pueden recurrir las mujeres para presentar una denuncia de discriminación por motivos de sexo y de género. Asimismo, proporciónese información correspondiente al período abarcado por el informe sobre el promedio anual de mujeres que solicitaron a la Oficina de Igualdad de Oportunidades servicios de asesoramiento, jurídico y de otra índole, en casos de presunta discriminación, y sobre los tipos y el fondo de los presuntos casos de discriminación contra la mujer registrados por la Oficina.

Divulgación de la Convención

7.En 2008 y 2009 se organizaron varios eventos con motivo del 60º aniversario de la aprobación de la Declaración Universal de Derechos Humanos (págs. 20, 40, 58 y 59). Sírvanse explicar si el 30º aniversario de la aprobación de la Convención y el 10º aniversario de la aprobación de su Protocolo Facultativo en 2009 también se utilizaron para sensibilizar sobre los derechos humanos de las mujeres y los procedimientos de que disponen en virtud del Protocolo Facultativo. De haberse organizado actividades de este tipo, sírvanse proporcionar más pormenores sobre ellas.

Medidas especiales de carácter temporal

8.Rogamos aporten ejemplos de medidas para promover y acelerar la igualdad de facto entre mujeres y hombres (CEDAW/C/LIE/CO/3, párr. 14), incluidas las medidas especiales de carácter temporal (ibíd., párr. 20), indiquen hasta qué punto esas medidas reflejan el compromiso del Estado parte de lograr los objetivos de la Declaración y la Plataforma de Acción de Beijing (ibíd., párr. 28), y expliquen si la Convención se emplea como marco jurídico para la adopción y aplicación de aquellos.

9.Si bien la Ley de igualdad entre los géneros sienta las bases jurídicas para la aplicación de medidas especiales de carácter temporal destinadas a hacer efectiva la igualdad sustantiva de género, en el informe se indica que "las empresas son libres de elegir, individualmente, el mejor modo de aplicar las medidas seleccionadas" (pág. 20). Sírvanse explicar qué iniciativas ha adoptado el Estado parte para alentar a los empleadores del sector privado a que apliquen políticas efectivas encaminadas a lograr la igualdad sustantiva de género (de facto), mediante, entre otras cosas, la aplicación de medidas especiales de carácter temporal.

Estereotipos y educación

10.Sírvanse indicar si el Estado parte ha adoptado una política global, dirigida a mujeres y hombres, niños y niñas, que incluya medidas jurídicas, administrativas y de sensibilización, para luchar contra los estereotipos tradicionales sobre los roles de la mujer y el hombre en la sociedad, con arreglo a la recomendación formulada por el Comité (CEDAW/C/LIE/CO/3, párr. 22; véase también la recomendación aceptada por Liechtenstein en el examen periódico universal (A/HRC/10/77, párr. 64, recomendación 6).

Violencia contra la mujer

11.Indíquese si el Estado parte ha adoptado el Plan de Acción Nacional contra la Violencia Doméstica preparado por la Oficina de Igualdad de Oportunidades (pág. 26). En caso afirmativo, sírvanse proporcionar información sobre las medidas previstas en el Plan de Acción, los recursos asignados para su aplicación y los mecanismos encargados de coordinar su aplicación y supervisión.

12.Rogamos expliquen por qué el Estado parte desestimó la recomendación que se le formuló en el examen periódico universal de que se enjuiciasen de oficio todos los actos de violencia doméstica.

13.Sírvanse explicar las medidas que ha tomado el Estado parte para hacer frente a la violencia doméstica de la que son víctimas las mujeres extranjeras, en particular, las medidas destinadas a alentarlas a denunciar los casos de violencia en el hogar y a abandonar a una pareja violenta o separarse del cónyuge violento sin temor a perder su permiso de residencia cuando su situación legal en el país depende de su relación marital. Sírvanse proporcionar datos sobre el número de mujeres extranjeras a las que se les ha permitido permanecer en Liechtenstein tras divorciarse de un cónyuge maltratador (A/HRC/10/77, párr. 31).

14.A la luz de la baja tasa de condenas en casos de violencia sexual (pág. 28), facilítese información detallada sobre los motivos por los que se archivó la acción penal en la mayoría de los casos. Sírvanse también aportar estadísticas actualizadas para 2009 e indicar las sanciones impuestas a los reos condenados por violencia sexual desde 2007.

15.Rogamos proporcionen información sobre las investigaciones de las denuncias de malos tratos físicos y verbales infligidos a mujeres musulmanas que llevan velo, así como sobre los enjuiciamientos y las condenas impuestas a los autores y la indemnización concedida a las víctimas de esos malos tratos.

Trata de mujeres y explotación de estas en la prostitución

16.En el informe se indica que no se han registrado casos de trata de personas (pág. 29). Sírvanse explicar si el Estado parte tiene previsto realizar investigaciones de oficio de los presuntos casos de trata de personas, así como un análisis exhaustivo para evaluar la situación de las mujeres extranjeras que trabajan como bailarinas en clubes nocturnos del Estado parte (pág. 29), con arreglo a lo recomendado en las observaciones finales del Comité contra la Tortura (CAT/C/LIE/CO/3, párr. 31). Explíquese con más detalle si están disponibles los resultados de la evaluación del Proyecto de prevención Magdalena dirigido a posibles víctimas de la trata (pág. 30) y, en caso afirmativo, proporciónese información sobre los resultados de la evaluación y sobre las medidas previstas para mejorar la prevención de la explotación en la prostitución y de la trata de mujeres que trabajan como bailarinas.

17.Sírvanse informar sobre las medidas adoptadas para prevenir y combatir el uso de niños en la pornografía, especialmente teniendo en cuenta la vulnerabilidad específica de las niñas, y sobre los casos de ciudadanos de Liechtenstein encausados, dentro o fuera del Estado parte, por delitos sexuales cometidos en el extranjero, en particular con niños.

Participación en la vida pública y política y en la toma de decisiones

18.Rogamos expliquen por qué la representación de la mujer en el Parlamento y los consejos municipales sigue siendo baja, a pesar de las medidas descritas en el informe dirigidas a promover la participación de la mujer en la vida política (págs. 31 a 36). Sírvanse indicar si existen planes destinados a introducir por ley contingentes de género para las elecciones locales y generales.

19.Facilítese información sobre los obstáculos que se han encontrado en la aplicación de la resolución aprobada por el Gobierno en 1997 por la que ningún sexo debía tener una representación superior a los dos tercios en los órganos designados por el Gobierno. ¿Cuántas mujeres han entrado en comisiones y consejos asesores de la administración pública gracias a la "base de datos del registro de mujeres" creada en 1999 (pág. 34)?

20.Sírvanse indicar si se ha puesto en marcha alguna medida especial de carácter temporal para aumentar la representación de la mujer en cargos públicos, la judicatura y el servicio diplomático (págs. 33, 34 y 36).

Educación

21.Sírvanse proporcionar información detallada sobre las medidas adoptadas para alentar a las mujeres y las niñas a seguir una carrera académica y para corregir el desequilibrio entre jóvenes de uno y otro sexo en el ámbito de la formación profesional básica (aprendizaje), especialmente en las profesiones técnicas y artesanales (págs. 38 y 39).

22.En el informe no se proporcionan datos estadísticos actualizados sobre las mujeres y los hombres matriculados en estudios de posgrado y la obtención de títulos por unas y otros, ni sobre su acceso a ayudas y becas. Asimismo, el informe carece de datos sobre el desglose por sexos del personal docente en todos los niveles del sistema educativo, y de las mujeres y los hombres que ocupan cargos de responsabilidad en las instituciones educativas. Sírvanse aportar esos datos, incluido el porcentaje de mujeres que son catedráticas y profesoras titulares en las cinco instituciones de educación superior del Estado parte (pág. 37) y explicar si la perspectiva de la igualdad de género, en el marco de los derechos humanos, figura en la formación inicial del profesorado y en los programas de reciclaje y de capacitación en el servicio.

Empleo y seguridad social

23.Vistas las diferencias salariales entre hombre y mujeres y la concentración de mujeres en las categorías con salarios más bajos (págs. 44 a 46), así como la falta de modalidades de trabajo flexible, especialmente en el sector privado (pág. 47), facilítese información sobre las medidas adoptadas para aplicar las siguientes recomendaciones del Comité formuladas en las anteriores observaciones finales (CEDAW/C/LIE/CO/3, párr. 16): a) la mejora de las oportunidades de educación y capacitación para las mujeres; b) la aplicación y la supervisión de las medidas existentes tendientes a asegurar igual remuneración por igual trabajo o trabajo de igual valor; c) arreglos laborales flexibles y trabajo a tiempo parcial en los sectores público y privado, y d) la creación de incentivos financieros para alentar a los padres a acogerse a la licencia de paternidad .

24.Si bien en el informe se indica que, con el objetivo de promover el reparto equitativo de las responsabilidades familiares entre mujeres y hombres, el Estado parte ha tomado medidas para aumentar la disponibilidad de plazas en guarderías para niños en edad escolar (págs. 49 y 50), no se facilitan datos sobre los niños matriculados en las guarderías infantiles, jardines de infancia y escuelas de jornada completa. Sírvanse proporcionar datos al respecto, desglosados por sexo y edad.

25.En el informe se indica que, entre otras cosas, las mayores interrupciones laborales hacen que la mujer reciba menos prestaciones que el hombre con respecto a algunas esferas de la seguridad social (pág. 51). A ese respecto, rogamos indiquen si el Estado parte tiene previsto computar los períodos de crianza y cuidado de los hijos como períodos cotizados a los efectos de las prestaciones de jubilación y de otro tipo.

26.En el informe se señala que la tasa de desempleo es mayor entre las mujeres que entre los hombres y que más del 40% de las mujeres ocupadas trabajan a tiempo parcial (pág. 43). Sírvanse indicar qué medidas concretas ha tomado el Estado parte para luchar contra ese fenómeno y garantizar que las mujeres tengan acceso a un puesto de trabajo a tiempo completo y permanente. Proporciónese también información sobre las medidas adoptadas para hacer frente con eficacia a la segregación vertical y horizontal en el mercado de trabajo, en concreto sobre los resultados obtenidos mediante la aplicación de medidas prioritarias para aumentar la proporción de mujeres en puestos directivos, con arreglo a lo recomendado por el Grupo de trabajo para la promoción de la igualdad entre los géneros en la administración pública (pág. 46).

27.La Ley de igualdad entre los géneros exige a los empleadores garantizar un entorno laboral sin acoso. Sírvanse explicar quién se encarga de vigilar que los empleadores cumplen sus obligaciones legales y de proporcionar información sobre las denuncias presentadas por mujeres conforme a lo dispuesto en el Código Penal (nota 19, pág. 47) en relación con la prohibición del acoso sexual en el trabajo, así como los resultados de esas acciones.

Salud

28.Facilítese información sobre los progresos realizados por el Grupo de trabajo sobre los problemas del embarazo (pág. 53) en la búsqueda de soluciones para la despenalización del aborto, con arreglo a la recomendación del Comité (CEDAW/C/LIE/CO/3, párr. 26.).

Mujeres de edad

29.En el estudio sobre la situación de las mujeres mayores de 50 años de edad llevado a cabo en el marco del proyecto Interreg "La vida de la mujer después de los 50" se destacaron las notables diferencias entre las vidas de las mujeres y los hombres de este grupo de edad; se recomendaron medidas, que remitieron a las oficinas interesadas para que las aplicaran (pág. 17). Sírvanse explicar las medidas que el Estado parte ha tomado o tiene previsto tomar para hacer frente a estas diferencias y proporcionar información detallada y datos estadísticos sobre la situación de las mujeres de edad en todos los ámbitos pertinentes incluidos en la Convención.

Grupos de mujeres desfavorecidas

30.En el informe se indica que uno de los objetivos de la Ley de empleados del Estado es el apoyo a la integración y el empleo de las personas con discapacidad (pág. 12). Apórtese información sobre las medidas adoptadas para mejorar las posibilidades de empleo de las mujeres con discapacidad y sobre los resultados obtenidos con su aplicación, así como sobre los efectos de la entrada en vigor de la Ley de igualdad para las personas con discapacidad en enero de 2007 (pág. 13) en la mejora de la situación de las mujeres con discapacidad en todos los ámbitos contemplados en la Convención.

31.Sírvanse proporcionar información sobre la situación de las mujeres migrantes teniendo presente la Recomendación general Nº 26 (2008) del Comité, en particular, sobre su participación en la educación secundaria y superior y en la toma de decisiones. Rogamos expliquen también las condiciones de acogida de las mujeres solicitantes de asilo, así como las medidas adoptadas para garantizar en los procedimientos al respecto un enfoque basado en la perspectiva de género y brindar protección a las mujeres y las niñas que solicitan asilo para que no sean víctimas de la trata o la explotación sexual.

Matrimonio y familia

32.Sírvanse indicar si se ha aprobado el nuevo proyecto de ley de parejas de hecho y aclarar en qué medida palía las desventajas de las uniones de hecho heterosexuales en comparación con las parejas casadas, en qué medida se aplica también a las uniones de hecho de personas del mismo sexo (págs. 56 y 57) y si establece un registro para la inscripción de las parejas del mismo sexo (A/HRC/10/77, párr. 64, recomendación 10).

33.Rogamos indiquen si se ha aprobado el proyecto de la nueva ley de sucesiones que se menciona en el informe (pág. 12) y expliquen en mayor detalle las disposiciones relativas a la igualdad entre mujeres y hombres. Asimismo, sírvanse aclarar en qué medida la propuesta de modificación de la ley elaborada por la Red de Mujeres y las diputadas del Parlamento y remitida al Gobierno se tomó en consideración en la formulación del proyecto de ley (págs. 15 y 16).