Lista de cuestiones y preguntas previas a la presentación del quinto informe periódico de Liechtenstein *

General

Se precisa información y datos estadísticos, desglosados por sexo, edad, origen étnico, religión y ubicación geográfica, sobre la situación actual de las mujeres en el Estado parte para vigilar la aplicación de todos los aspectos de la Convención. Habida cuenta de las anteriores inquietudes del Comité (véase CEDAW/C/LIE/CO/4, párrs. 2, 17 a) y 41 a)), sírvanse indicar las medidas aplicadas por el Estado parte con el fin de hacer uso de estos datos para la formulación de políticas y programas y para la evaluación de los progresos realizados en la aplicación de la Convención.

Marco constitucional y legislativo

Sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas para incorporar las disposiciones de la Convención en el derecho interno y asegurar que en el Estado parte todas las mujeres, incluidas las pertenecientes a grupos desfavorecidos, tengan a su disposición recursos efectivos. Asimismo, proporcionen información sobre las disposiciones de la Ley de Igualdad de Género en materia de no discriminación por motivo de sexo en todas las esferas abarcadas por la Convención e indiquen si prohíbe las formas interrelacionadas de discriminación, de conformidad con los artículos 1 y 2 b) de la Convención y en concordancia con el indicador 5.1.1 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Sírvanse también ofrecer ejemplos, si los hubiere, de decisiones judiciales en que se apliquen directamente las disposiciones de la Convención.

Acceso a la justicia

Se ruega que presenten información sobre las repercusiones de la Ley de Igualdad de Género en materia de acceso de las mujeres a la justicia y, en particular, si dicha ley ha sido invocada ante un tribunal, órgano arbitral o consejo de administración en casos de discriminación. Informen también sobre las medidas adoptadas para prestar asistencia jurídica y concienciar sobre el uso de los recursos legales contra la discriminación por razón de sexo y género.

Mecanismo nacional encargado del adelanto de la mujer

Sírvanse proporcionar información sobre: a) los mandatos y los recursos financieros, humanos y técnicos asignados a la Asociación por los Derechos Humanos (Verein für Menschenrechte in Liechtenstein) y b) la institución en que recaen las responsabilidades asumidas oficialmente por la Comisión de Igualdad de Oportunidades (Stabsstelle für Chancengleichheit). Indiquen también si dichos órganos prestan asesoramiento jurídico y si pueden presentar denuncias ante los tribunales, ya sea en nombre propio o en nombre de una parte afectada. Asimismo, sírvanse informar al Comité sobre si la creación de la Asociación por los Derechos Humanos forma parte de una estrategia de derechos humanos más amplia de promoción de los derechos de la mujer.

Medidas especiales de carácter temporal

Sírvanse proporcionar información sobre las medidas aprobadas con el fin de fomentar y acelerar la igualdad de facto entre mujeres y hombres, en particular mediante la adopción de medidas especiales de carácter temporal en las esferas de la vida política, el empleo y la educación (véanse los párrs. 29 a) y 35 a)), de acuerdo con las disposiciones de la Ley de Igualdad de Género y conforme a lo dispuesto en el artículo 4 1) de la Convención y en la recomendación general núm. 25 (2004) del Comité, sobre las medidas especiales de carácter temporal. Sírvanse explicar también si la Convención se utiliza como marco jurídico para su adopción y aplicación. Incluyan información sobre la aplicación, el seguimiento y los resultados de esas medidas, respaldándola con datos estadísticos.

Estereotipos y prácticas nocivas

Sírvanse proporcionar información sobre la aplicación y el seguimiento de las medidas adoptadas con el fin de favorecer un cambio de actitud ante el papel tradicional de la mujer en la familia y en la sociedad, así como sobre la eficacia de esas medidas. Especifiquen las iniciativas llevadas a cabo para dejar atrás la imagen estereotipada de las mujeres, en particular las mujeres migrantes, en los medios de comunicación. Sírvanse también indicar si el Estado parte ha establecido una política integral dirigida a mujeres y hombres, niñas y niños con el fin de combatir esos estereotipos tradicionales, según las recomendaciones previas formuladas por el Comité (párr. 19 a)) y aceptadas por el Estado parte durante el examen periódico universal (A/HRC/23/14).

Violencia contra la mujer

Se ruega que informen al Comité acerca de la legislación vigente en materia de prevención, prohibición y enjuiciamiento de todas las formas de violencia de género contra la mujer, y de los avances logrados en la ratificación del Convenio del Consejo de Europa sobre Prevención y Lucha contra la Violencia contra la Mujer y la Violencia Doméstica. Presenten datos actualizados sobre la violencia contra la mujer, desglosados por tipo de violencia y por relación del autor con la víctima, y sobre los enjuiciamientos y las condenas por los delitos de violencia doméstica y violación conyugal, que, según consta, siguen siendo frecuentes en el país. Sírvanse también proporcionar información sobre la consideración que se otorga a dicho tipo de violencia de género contra la mujer durante la tramitación de las solicitudes de asilo. Indiquen también los logros y los retos en la aplicación del plan de acción nacional en materia de violencia contra la mujer, además de las medidas adoptadas en la elaboración de un nuevo plan de acción (CAT/C/LIE/CO/4, párr. 20).

Trata de personas y explotación de la prostitución

Sírvanse proporcionar información sobre el resultado de los debates suscitados con ocasión de la mesa redonda sobre la trata de personas celebrada en 2006 (véase CEDAW/C/LIE/Q/4/Add.1, párr. 28). Asimismo, sírvanse informar sobre los mecanismos establecidos para la identificación de las víctimas de la trata, así como sobre los mecanismos de remisión. Informen también sobre las medidas adoptadas para procurar que las solicitudes de asilo se tramiten de manera que se tengan presentes las cuestiones de género y la edad de los solicitantes, a fin de responder a las necesidades de protección específicas de las mujeres y las niñas víctimas de la trata, y garantizar que se concedan a todas las víctimas de la trata permisos de residencia temporales, protección y apoyo (párr. 27).

Proporcionen información actualizada sobre el alcance de la prostitución en el Estado parte, en especial datos desglosados por sexo, edad y nacionalidad. Faciliten información actualizada sobre el marco jurídico y normativo aplicable en materia de prostitución y explotación sexual en el territorio del Estado parte y por sus ciudadanos fuera del territorio nacional. Asimismo, sírvanse informar de las actividades llevadas a cabo con el fin de proteger y apoyar a las mujeres que ejercen la prostitución y proporcionen datos sobre el apoyo prestado por el grupo interdisciplinario de expertos en la lucha contra el abuso sexual a niños y jóvenes. Además, faciliten información sobre los planes de acción y otras medidas adoptadas para evitar la explotación de mujeres y niñas mediante la prostitución y la pornografía. Sírvanse indicar también si existen iniciativas de apoyo a las mujeres que deseen dejar la prostitución, en particular medidas que les garanticen su acceso a medios de vida alternativos.

Participación en la vida política y pública

Sírvanse facilitar datos actualizados, desglosados por sexo, sobre la situación de la mujer en la vida política y pública. Proporcionen también información sobre si han determinado los motivos de la falta de interés mostrada a la base de datos del registro de mujeres, lo que supuso su disolución, así como sobre los resultados del estudio sobre la falta de candidaturas a las elecciones municipales de 2011. Sírvanse explicar en detalle las medidas aprobadas, entre otras, el establecimiento de cuotas, a fin de aumentar el número de mujeres presentes en órganos constituidos por elección o por nombramiento, en particular en puestos de toma de decisiones tanto en el sector público (órganos legislativos y ejecutivos, judicatura, servicio diplomático y altos cargos en el Gobierno e instituciones académicas), como en el sector privado, en los planos nacional, regional y local, en consonancia con la meta 5.5 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Asimismo, faciliten información sobre los mecanismos disponibles para el seguimiento de la repercusión de dichas medidas. Sírvanse indicar igualmente si se realizan campañas de sensibilización sobre la importancia que reviste la participación de la mujer en la toma de decisiones para la sociedad en su conjunto y para su necesario empoderamiento.

Educación

Facilítese información actualizada sobre las iniciativas emprendidas con vistas a diversificar las opciones académicas y profesionales de niñas y niños, así como para alentar a mujeres y niñas a decantarse por ámbitos educativos no tradicionales, como la ciencia, la tecnología, en particular la tecnología digital, la ingeniería y la medicina, y por sus respectivas carreras (párr. 31). Sírvanse también informar sobre las medidas adoptadas para garantizar que los docentes de todos los niveles reciban formación continua sobre la manera en que su comportamiento contribuye a la fijación de estereotipos de género. Sírvanse también proporcionar información sobre los incentivos utilizados para garantizar la representación de la mujer en puestos directivos de escuelas superiores y universidades, en calidad de docentes y catedráticas, así como en el Ministerio de Educación y en las inspecciones escolares (párr. 33).

Empleo y seguridad social

Se indica que el salario medio que perciben las mujeres es aproximadamente un 17% inferior al salario masculino. Según algunas informaciones, la brecha salarial es aún mayor en el sector privado. Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para reducir la brecha salarial y para velar por el cumplimiento del principio de igual salario por trabajo igual en el sector privado.

Faciliten información sobre las iniciativas puestas en marcha con vistas a aumentar las oportunidades de empleo de la mujer en esferas dominadas tradicionalmente por hombres y sobre las medidas adoptadas para luchar de manera eficaz contra la segregación vertical en el mercado laboral, sin olvidar información sobre los logros cosechados tras la aplicación de medidas prioritarias para aumentar el número de mujeres en puestos directivos.

Se ruega que presenten información sobre las medidas aprobadas para facilitar la conciliación de la vida laboral y familiar, como aumentar el número y la capacidad de las estructuras de jornada completa, garantizar modalidades de trabajo flexible y a tiempo parcial entre los hombres o fomentar que los padres hagan uso de estas opciones (párr. 37). Sírvanse también proporcionar información sobre las beneficiarias del programa “Reintegración” y sobre las esferas profesionales en que han sido reintegradas tras su prolongada ausencia por trabajo familiar.

Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas en materia de prevención y seguimiento del acoso sexual contra la mujer en el lugar de trabajo y datos sobre el número de denuncias y acciones incoadas ante tribunales de justicia y órganos arbitrales competentes en la materia.

Expliquen el rechazo del Estado parte a las recomendaciones formuladas durante el examen periódico universal (A/HRC/23/14) para pasar a ser Estado miembro de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y ratificar el Convenio sobre las Trabajadoras y los Trabajadores Domésticos, 2011 (Núm. 189) de dicha organización. Sírvanse también proporcionar un calendario para la ratificación del Convenio sobre Igualdad de Remuneración, 1951 (Núm. 100); el Convenio sobre la Discriminación (Empleo y Ocupación), 1958 (Núm. 111); y el Convenio sobre los Trabajadores con Responsabilidades Familiares, 1981 (Núm. 156) de la OIT (párr. 35 c)).

Faciliten información sobre las medidas adoptadas para garantizar la integración de las mujeres que trabajan a tiempo parcial en el sistema de asistencia social del Estado parte, especialmente en lo referente a las prestaciones para personas de edad y al seguro médico, e informen sobre el impulso dado al desarrollo de sus perspectivas de carrera (párr. 35 b)). Informen también acerca de las actuaciones encaminadas a mitigar el deterioro documentado de la situación financiera de las madres solteras.

Salud

Se ruega que presenten información actualizada sobre el examen de la legislación en materia de “embarazos no deseados”, sobre las medidas adoptadas para despenalizar el aborto (párr. 39 a)) y sobre los supuestos despenalizados del aborto. Asimismo, proporcionen información actualizada sobre la doctrina jurídica vigente con respecto a las formas de aborto legales e ilegales y al acto de promover y fomentar el aborto sin un examen exhaustivo de la necesidad médica. Sírvanse proporcionar información sobre la situación de la salud sexual, reproductiva y mental de la mujer (párr. 39 b)). Tengan a bien indicar la estrategia utilizada para abordar la cuestión de la salud mental de mujeres y niñas, por ejemplo, para facilitar el acceso a los servicios correspondientes.

Empoderamiento económico de la mujer

Se ruega que proporcionen información sobre las medidas adoptadas a favor del empoderamiento económico de la mujer y sobre las iniciativas emprendidas para lograr una mayor participación de la mujer en la elaboración y aplicación de estrategias de desarrollo sostenible y cambio climático, como el Convenio de los Alpes, de conformidad con la meta 5.a de los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

Grupos desfavorecidos de mujeres

Sírvanse proporcionar información y datos actualizados sobre la situación de los derechos humanos de las mujeres refugiadas y migrantes, las mujeres de edad, incluidas las viudas y las divorciadas, las mujeres rurales, las mujeres musulmanas, las reclusas, las mujeres con discapacidad y las mujeres lesbianas, bisexuales, transgénero e intersexuales, así como describir las medidas adoptadas para que gocen de un acceso efectivo a la educación, la salud, la vivienda, el empleo y la participación en las esferas pública y política, incluido el uso de medidas especiales de carácter temporal (párr. 41). Informen también sobre las medidas que se hayan tomado para hacer frente a los actos de racismo y xenofobia en el Estado parte. Asimismo, tengan a bien indicar el calendario para la ratificación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares.

Proporcionen información sobre las actuaciones concretas dirigidas a fomentar la integración de las mujeres migrantes, actualmente poco representadas, en la educación secundaria y terciaria. Sírvanse también explicar el rechazo del Estado parte a la recomendación formulada en el contexto del proceso del examen periódico universal (A/HRC/23/14) de que reduzca las trabas existentes en el proceso de solicitud de reunificación familiar. Se ruega que faciliten información sobre las medidas adoptadas para velar por el cumplimiento de las obligaciones internacionales del Estado parte a favor de las mujeres y las niñas refugiadas y solicitantes de asilo, entre otras, la protección de sus derechos fundamentales y la prestación de servicios básicos, así como sobre la formación y las directrices proporcionadas a los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley y los guardias fronterizos sobre la necesidad de conceder, durante todas las etapas del procedimiento de asilo, un trato que tenga en cuenta las cuestiones de género .

El Comité, recordando su recomendación general núm. 27 (2010) sobre las mujeres de edad y la protección de sus derechos humanos, invita al Estado parte a que facilite información sobre las medidas adoptadas, a tenor de los resultados del estudio “La vida de la mujer después de los 50”, como, por ejemplo, el respaldo dado a su reintegración en la fuerza de trabajo tras la pérdida de empleo, y sobre las medidas de lucha contra la pobreza relativa de las mujeres de edad, consecuencia de un salario tradicionalmente inferior, de un alto porcentaje de trabajo a tiempo parcial y de la interrupción de sus carreras profesionales.

Matrimonio y relaciones familiares

En consonancia con la recomendación general núm. 29 (2013) del Comité, sobre las consecuencias económicas del matrimonio, las relaciones familiares y su disolución, sírvanse informar sobre las medidas adoptadas para garantizar que el concepto de bienes matrimoniales conjuntos incluya también los bienes intangibles, como las pensiones y las prestaciones de seguros y otros beneficios profesionales, y sobre las acciones llevadas a cabo a fin de analizar las consecuencias económicas del divorcio para ambos cónyuges, prestando especial atención al mayor capital humano y potencial de obtención de ingresos del esposo a causa de haber trabajado a jornada completa y sin interrupciones en su trayectoria profesional (párr. 43). Sírvanse también facilitar información con respecto a la reforma de la normativa sobre sucesiones. Asimismo, tengan a bien indicar la situación y el contenido de la reforma de la normativa relacionada con la custodia de los hijos en el caso de progenitores separados y divorciados e informar de los procedimientos para que la violencia de género sea un elemento a tener en cuenta en este tipo de decisiones sobre la custodia. Informen también sobre las medidas tomadas para evitar el uso sistemático de la mediación conciliadora en los procedimientos de divorcio y cuáles son los supuestos para dicha mediación.

Información adicional

Sírvanse aportar cualquier información suplementaria que estimen pertinente sobre las medidas de carácter legislativo, normativo, administrativo o de otra índole que se hayan adoptado desde el examen del anterior informe periódico con vistas a aplicar las disposiciones de la Convención y las observaciones finales del Comité. Cabe incluir leyes, novedades, planes, programas y ratificaciones recientes de instrumentos de derechos humanos y cualquier otra información que el Estado parte considere relevante. Téngase en cuenta que, además de las cuestiones planteadas en el presente documento, el Estado parte deberá responder, durante el diálogo, a las preguntas adicionales que formule el Comité en el marco de la Convención.