Naciones Unidas

CERD/C/TJK/6-8

Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial

Distr. general

29 de septiembre de 2011

Español

Original: ruso

Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial

Informes presentados por los Estados partes deconformidad con el artículo 9 de la Convención

Sexto, séptimo y octavo informes periódicos que los Estadospartes debían presentar en 2010

Tayikistán * **

[11 de julio de 2011]

Sexto, séptimo y octavo informes periódicos consolidados de la República de Tayikistán sobre la aplicación de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial

Índice

Párrafos Página

I.Introducción1–304

II.Información sobre derechos concretos31–22912

A.Derecho a la igualdad de tratamiento en los tribunales y todos los órganosque administran justicia31–4512

B.El derecho a la seguridad personal y a la protección del Estado contra todoacto de violencia o atentado contra la integridad personal cometido porfuncionarios públicos o por cualquier individuo, grupo o institución46–5416

C.Derechos políticos55–6018

1.Derecho a tomar parte en elecciones5518

2.Derecho a participar en la dirección de los asuntos públicos del país5618

3.Derecho a participar en la dirección de los asuntos públicos encualquier nivel5719

4.Derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funcionespúblicas58–6019

D.Otros derechos civiles61–7120

1.Derecho a circular libremente y a salir de cualquier país, inclusodel propio6120

2.Derecho a la nacionalidad o a la naturalización62–6520

3.Derecho al matrimonio, a ser propietario y a heredar66–6722

4.Derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión68–7122

Е.Derechos económicos, sociales y culturales72–11923

1.Derecho al trabajo72–8023

2.Derecho a fundar sindicatos y a sindicarse8127

3. Derecho a la vivienda82–8428

4. Derecho a la salud pública y la asistencia médica85–9328

5.Sistema de seguridad social94–10330

6.Derecho a la educación y la formación profesional104–11031

7.Derecho a participar, en condiciones de igualdad, en las actividadesculturales111–11933

F.Derecho de acceso a los lugares destinados al uso público120–22936

Anexos

I. Información sobre los desempleados que solicitaron los servicios de la Agencia Estatalde Protección Social, Empleo de la Población y Migración de la República de Tayikistánen los primeros cinco meses de 201061

II.Cuadro 1. Datos estadísticos de las escuelas de enseñanza en idiomas diferentes del tayikoexistentes en Tayikistán62

Cuadro 2. Número de alumnos por idioma de enseñanza en las escuelas de enseñanza generalen el año escolar 2006/0763

III.Registro de asociaciones públicas (de las minorías nacionales) de la República de Tayikistán64

I.Introducción

1.Este informe se presenta de conformidad con el párrafo 1 del artículo 9 de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial (en adelante la Convención) y se ha redactado de conformidad con las Directrices relativas a la forma y el contenido de los informes que deben presentar los Estados partes en los tratados internacionales de derechos humanos. El presente informe ha sido preparado por la Comisión del Gobierno de la República de Tayikistán encargada de la aplicación de las obligaciones internacionales en material de derechos humanos, en colaboración con:

Departamento de garantías constitucionales de los derechos del ciudadano adjunto a la Presidencia de la República de Tayikistán;

Tribunal Constitucional;

Tribunal Supremo;

Fiscalía General;

Consejo de la Judicatura;

Ministerio de Justicia;

Ministerio del Interior;

Ministerio de Trabajo y Protección Social;

Ministerio de Educación;

Ministerio de Relaciones Exteriores;

Ministerio de Cultura;

Ministerio de Salud;

Comité Estatal de Seguridad Nacional;

Comité Gubernamental de Radio y Televisión;

Comité Gubernamental de Asuntos Religiosos;

Comisión central de elecciones y referendos;

Centro de investigaciones estratégicas adjunto a la Presidencia;

Comité de Estadística de la Presidencia;

Dirección de la función pública adjunta de la Presidencia;

Comisionado para los Derechos Humanos de la República de Tayikistán (Ombudsman);

Órganos del poder local;

Presidencia del Colegio de Abogados de la República de Tayikistán;

Federación de sindicatos independientes de Tayikistán;

Fundación pública "Panorama".

2.En informe periódico se han incluido las respuestas a las observaciones finales del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (CERD/C/65/CO/8) de 10 de diciembre de 2004. Asimismo, se han analizado los principales instrumentos normativos de la República de Tayikistán.

3.Continúa en el país el proceso de incorporación a la legislación interna (nacional) de las normas del derecho internacional (véase el artículo 2 en el presente informe). Una de las principales direcciones en que se está desarrollando la legislación de Tayikistán es la garantía de igualdad entre todos los pueblos y etnias.

4.La población de Tayikistán crece a ritmo acelerado. En el censo de 2000 se incorporó una lista de etnias y nacionalidades con 137 denominaciones. En 2010 se realizó un nuevo censo, como estaba previsto. Se espera disponer de los resultados entre abril de 2011 y 2012 en forma escalonada, dado que el programa de procesamiento de datos censales comprende seis fases y los datos correspondientes a las etnias y nacionalidades de Tayikistán corresponden a la cuarta fase. La principal característica del aumento de la población es un fuerte crecimiento natural.

Cuadro 1

Ritmo de crecimiento demográfico (2000-2009)

(Como porcentaje del año precedente)

División administrativa

Años

2000

2001

2002

2003

2004

2005

2006

2007

2008

2009

Tayikistán

102,0

102,0

102,1

102,1

102,1

102,1

102,1

102,1

102,2

102,1

Prov incia autónoma de Gorno-Badajshá n

101,0

101,1

101,2

101,2

100,2

100,2

100,9

98,9

100,5

100,7

Provincia de Sog d

101,6

101,6

101,7

101,5

101,8

101,6

101,7

101,7

101,8

102,1

Provincia de Jatlón

102,2

102,1

102,2

102,3

102,5

102,5

102,3

102,4

102,4

102,2

Ciudad de Dushanbé

102,6

102,3

102,5

102,5

102,0

102,3

102,3

102,8

102,3

101,6

Distritos bajo la jurisdicción de la República

102,2

102,4

102,3

102,4

102,1

102,2

102,3

102,5

102,4

102,4

Cuadro 2

Crecimiento natural de la población (2000-2009)

(En miles de habitantes)

División administrativa

Años

2000

2001

2002

2003

2004

2005

2006

2007

2008

2009

Tayikistán

137,9

139,6

144,5

144,8

149,8

149,3

154,5

166,3

171,3

167,5

Provincia autónoma de Gorno-B adajshá n

2,7

2,6

3,3

3,2

3,2

2,2

3,3

2,2

2,6

2,7

Provincia de Sog d

36,2

37,3

38,1

34,5

38,2

35,9

38,7

41,7

44,2

49,5

Provincia de Jatlón

52,9

52,6

55,5

57,9

65,4

65,7

62,5

67,1

68,9

64,0

Ciudad de Dushanbé

13,8

12,6

12,9

13,4

10,4

11,5

13,0

16,1

15,2

10,6

Distritos bajo la jurisdicción de la República

32,2

34,6

34,6

35,7

32,7

33,9

37,0

39,2

40,5

40,7

Miles de habitantes

División administrativa

Años

2000

2001

2002

2003

2004

2005

2006

2007

2008

2009

Tayikistán

22,3

22,1

22,4

22,0

22,3

21,8

22,1

23,3

23,5

22,5

Prov incia autónoma de Gorno-Badajshá n

12,8

12,3

15,4

15,0

14,6

10,2

15,1

9,8

11,9

12,4

Provincia de Sog d

19,2

19,4

19,6

17,5

19,0

17,6

24,0

19,8

20,5

22,5

Provincia de Jatlón

24,4

23,7

24,5

25,0

27,6

27,1

25,1

26,3

26,4

23,9

Ciudad de Dushanbé

24,3

21,6

21,6

21,8

16,6

18,1

19,9

24,0

22,1

15,2

Distritos bajo la jurisdicción de la República

23,8

25,0

24,4

24,6

22,1

22,4

23,8

24,7

24,9

24,5

Cuadro 3

Índices generales de natalidad (2000-2009)

(Número de nacimientos por cada 1.000 habitantes)

División administrativa

Años

2000

2001

2002

2003

2004

2005

2006

2007

2008

2009

Tayikistán

27,0

27,2

27,3

27,1

26,8

26,4

26,7

28,1

27,9

26,8

Prov incia autónoma de Gorno-Badajshá n

17,4

17,2

20,3

20,0

19,2

14,9

23,8

15,1

17,3

17,8

Pro vincia de Sog d

25,1

25,1

25,4

23,0

23,9

22,9

24,0

25,2

25,8

27,5

Provincia de Jatlón

28,6

28,6

29,0

29,9

31,9

31,4

29,4

30,8

30,5

28,1

Ciudad de Dushanbé

28,5

26,2

25,6

26,6

20,9

22,2

20,4

27,9

25,6

18,7

Distritos bajo la jurisdicción de la República

28,1

29,7

28,8

29,3

26,0

26,6

27,9

29,2

28,8

28,4

Cuadro 4

Población constante (2000-2009)

(A fines de año; en miles de personas)

División administrativa

Años

Territorios (en miles de km 2 )

2000

2001

2002

2003

2004

2005

2006

2007

2008

2009

Tayikistán

143,1

6 250

6 375,5

6 506,5

6 640

6 780,4

6 920,3

7 063,8

7 215,7

7 373,8

7 529,6

Pr ov incia autónoma de Gorno -Badajshá n

64,2

208,5

210,7

213,2

215,7

217,9

218,4

220,4

218

219,1

220,6

Provincia de Sog d

25,4

1 900,4

1 930,2

1 962,4

1 992,5

2 027,8

2 060,9

2 095,7

2 132,1

2 171,2

2 217,0

Provincia de Jatlón

24,8

2 196,6

2 243,5

2 293

2 344,6

2 404,1

2 463,3

2 519,6

2 579,3

2 642,3

2 700,2

Ciudad de Dushanbé

0,1

575,9

589,4

604

619,4

631,7

646,4

660,9

679,4

695,2

706,1

Distritos bajo la jurisdicción de la República

28,6

1 368,6

1 401,7

1 433,9

1 467,7

1 498,9

1 531,3

1 567,2

1 606,9

1 646,0

1 685,8

Hay representantes de las minorías nacionales en todas las regiones de Tayikistán. Al mismo tiempo, por circunstancias históricas los representantes de la población rusa y rusoparlante residen predominantemente en las ciudades, mientras que la mayoría de población de origen uzbeko, kirguiso y turcomano viven en zonas rurales.

Artículo 1

Párrafo 11 de las observaciones finales del Comité para la Eliminaciónde la Discriminación Racial (CERD/C/65/CO/8)

5.En la República de Tayikistán se aplica, tanto de forma declarativa como de hecho, el principio de la unidad e igualdad entre etnias, confesiones y razas.

6.El artículo 1 de la Constitución establece que "Tayikistán es un Estado social en el que se crean las condiciones para una vida digna y el libre desarrollo de cada persona". El artículo 5 de la Constitución establece que la vida, la dignidad y otros derechos humanos naturales son inviolables. Los derechos y libertades del hombre y el ciudadano son reconocidos, respetados y protegidos por el Estado. Asimismo, la Ley fundamental establece que los derechos y libertades del hombre y el ciudadano se reglamentan y protegen con arreglo a la Constitución, la legislación de la República y los instrumentos jurídicos internacionales reconocidos por Tayikistán. Con arreglo al artículo 2 de la Constitución, todos los pueblos y etnias que viven en territorio de la República tienen derecho a emplear libremente sus lenguas vernáculas. Los artículos 36 a 41 de la Constitución reconocen, independientemente de la etnia y la raza, el derecho de todos a la vivienda, al ocio, al cuidado de la salud, a la enseñanza, a la protección social en la vejez o en caso de enfermedad, incapacidad y pérdida de la capacidad laboral o del sostén de la familia, así como el derecho a participar libremente en la vida cultural de la sociedad y en la creación artística, científica y técnica, así como el derecho a disfrutar de sus logros.

7.Para la prohibición de la discriminación por razón de la raza, la nacionalidad o el origen étnico véase el párrafo 2 del informe inicial de Tayikistán (CERD/C/463/Add.1).

8.En la actualidad el Gobierno de la República de Tayikistán se ocupa de la discriminación racial partiendo de las normas constitucionales ya citadas y considera que estas bastan para resolver el problema sin que sea necesario introducir en la legislación vigente normas especiales que conceptúen (o definan) la discriminación racial. En cuanto al enjuiciamiento de causas de esta clase por los tribunales del país, en la República de Tayikistán los tribunales pueden invocar directamente y sin restricción alguna tanto los artículos de la Constitución como las disposiciones de la Convención.

9.Con arreglo al artículo 2 de la Constitución, todos los pueblos y etnias que viven en territorio de la República tienen derecho a emplear libremente la lengua autóctona. Para dar cumplimiento a este precepto, la legislación de la República de Tayikistán consagra el principio lingüístico y prevé medidas especiales en relación con otros pueblos y etnias con el fin exclusivo de garantizar la debida participación de los grupos raciales y étnicos o de los particulares que sean parte en una causa penal. Con arreglo al artículo 18 del Código de Procedimiento Penal, las partes en el proceso penal que desconozcan el idioma en que se esté administrando justicia tendrán derecho a prestar declaración, dar testimonio, presentar quejas, familiarizarse con las piezas del sumario y recurrir a los servicios de un intérprete según el procedimiento previsto en dicho Código. Otra posibilidad es que la causa sea vista en la lengua hablada por la mayoría de habitantes de ese lugar determinado. Con arreglo al Código de Procedimiento Penal, todos los documentos procesales con que deba familiarizarse el procesado, el acusado o el reo o cualquier otra parte en el proceso penal se extenderán en el idioma oficial del Estado o serán traducidos al idioma que este comprenda por parte de los órganos que hayan redactado dichos documentos. Con arreglo al artículo 737 del Código de Infracciones Administrativas, las partes en un proceso que desconozcan el idioma en que se juzga una falta administrativa tendrán derecho a intervenir en su lengua materna según el procedimiento que establece dicho Código, así como a recurrir a los servicios de un intérprete. Con arreglo al artículo 10 del Código Civil, la persona que tome parte en una causa y desconozca el idioma tendrá derecho a emplear su lengua materna o a valerse de los servicios de un intérprete para explicarse durante la vista, así como para manifestar su opinión, intervenir y presentar propuestas.

Artículos 2, 3 y 4

10.Tayikistán lleva a cabo una política cuyo objetivo es la erradicación de todas las formas de discriminación racial y que fomenta la comprensión entre los pueblos que viven en el país, así como la adhesión a los principios de igualdad entre todos los ciudadanos y apátridas ante la ley.

11.El principio de igualdad está reconocido en la Constitución (art. 17). Esta disposición de la Constitución se recoge también en el Código de Trabajo (art. 7) y el Código Penal (art. 5), que contempla la responsabilidad penal de quienes violen la igualdad entre los ciudadanos (véase el apartado 5 del párrafo 6 del informe inicial de Tayikistán).

12.Una de las circunstancias agravantes de las penas consiste en la comisión de un delito por razón del odio geográfico, nacional, racial o religioso, por causa del fanatismo religioso, como venganza por los actos lícitos de otras personas, así como con el objeto de ocultar otro delito o facilitar su comisión (artículo 62 del Código Penal en su redacción contenida en la Ley Nº 35 de 17 de mayo de 2004). La comisión de delitos por estos motivos, así como la venganza de sangre según se contempla en el apartado "m" del artículo 104.2, el apartado "m" del artículo 110.2, el apartado "e" del artículo 111.2 y el apartado "z" del artículo 117.2 del Código Penal se contemplan también como agravantes. Un artículo especial del Código Penal establece la responsabilidad por la incitación al odio nacional, racial, regional o religioso (art. 189). Las disposiciones de este artículo prohíben todo conflicto entre ciudadanos de distintas nacionalidades o razas que puedan ir acompañados de ataques violentos, agresiones físicas o amenaza de estas, destrucción o daños a la propiedad o aislamiento, enajenación o restricción de derechos, privilegios y tratos preferenciales, así como si dichos actos se realizan con la intención de denigrar los lugares sagrados, la forma de vida, las costumbres o la historia de una raza, pueblo o etnia. Con arreglo al párrafo 1 del artículo 3072 del Código Penal, incurrirán en responsabilidad penal quienes creen sociedades extremistas, es decir, grupos organizados de personas para preparar o cometer, por motivos de odio u hostilidad ideológica, política, racial, nacional, regional o religiosa, así como por motivos de odio u hostilidad contra algún grupo social, los delitos contemplados en los artículos 149, 153, 157, 158, 160, 185, 188, 189, 237, 2371, 242, 243, 307 y 398 del Código Penal (delitos de extremismo). Asimismo se impondrán penas a quien dirija tales asociaciones extremistas, así como sus subdivisiones o estructuras pertenecientes a ellas y a quienes reúnan en una asociación a organizadores, dirigentes u otros representantes de subdivisiones o estructuras de tales sociedades con el fin de planificar o crear condiciones para la comisión de delitos de extremismo. Este artículo contempla también la responsabilidad penal de quienes participen en sociedades extremistas y de quienes cometan los actos ya enumerados con reincidencia o abusando de su posición oficial (redacción según la Ley Nº 422, de 6 de octubre de 2008). Con arreglo al artículo 3073 del Código Penal, incurrirán en responsabilidad penal quienes organicen o participen en la actividad de partidos políticos o asociaciones públicas o religiosas, así como de cualquier otra organización, respecto de las cuales haya recaído sentencia de disolución o prohibición de sus actividades por haber cometido actos extremistas y siempre que dicha sentencia haya entrado en fase de ejecución (redacción según la Ley Nº 422 de 6 de octubre de 2008). Se incurre también en esta responsabilidad si en los estatutos o el programa u otros documentos adoptados por la asociación pública y reconocidos por sus miembros, y si en sus manifestaciones verbales colectivas, respaldadas y seguidas por los miembros de la asociación en sus actos, se manifiestan opiniones discriminatorias o de odio hacia otros ciudadanos en razón de su origen racial, nacional o étnico o se proclama su preeminencia y superioridad.

13.Con miras a humanizar la legislación y aplicar las normas internacionales de derechos humanos, el 1º de abril de 2010 entró en vigor el nuevo Código de Procedimiento Penal de la República de Tayikistán. Los artículos 2, 10, 11, 12, 16, 18 y 20 del Código consagran los objetivos del procedimiento penal, la obligación de respetar el honor y la dignidad durante la investigación de un delito, la protección de los derechos y libertades de la persona, y la igualdad ante la ley y los tribunales independientemente de la etnia, el género, el idioma, el credo, las convicciones políticas, la situación social, el nivel de enseñanza, el patrimonio y otras circunstancias.

14.El 1º de abril de 2009 entró en vigor en Tayikistán el Código de Infracciones Administrativas. Los principales objetivos de este Código son proteger los derechos y libertades del hombre y el ciudadano, así como su salud, defender la moral, el orden y la seguridad públicos, y salvaguardar los intereses legítimos de las personas físicas y jurídicas (art. 2). Este Código prevé responsabilidades administrativas por violar el procedimiento y los plazos de examen de las peticiones presentadas por los ciudadanos (art. 87); por la negativa a facilitar información a un ciudadano (art. 88); por el despido improcedente de un trabajador (o funcionario) (art. 98); por la preparación, almacenamiento, entrega, transporte y difusión de materiales para los medios de información que hagan propaganda o apología de la discordia social, racial, étnica o religiosa, o del culto a la violencia (art. 374); por la violación de la legislación relativa a las organizaciones religiosas (art. 474); por el incumplimiento de la legislación relativa a las asociaciones públicas (art. 475); y por el incumplimiento de cuanto establecen los instrumentos normativos de la República de Tayikistán en materia de función pública (art. 501), etc.

15.Con arreglo al artículo 3 de la Ley sobre la situación jurídica de los extranjeros, de 1º de febrero de 1996, los extranjeros en Tayikistán gozan de los mismos derechos y libertades que los ciudadanos de Tayikistán y tienen las mismas obligaciones. La única excepción son los derechos políticos, es decir, el derecho a elegir y ser elegido a los órganos estatales de la República. Por otra parte, los extranjeros no están obligados a prestar servicio militar en las fuerzas armadas de la República de Tayikistán.

16.La Ley sobre la televisión y la radiodifusión de 14 de diciembre de 1996 establece que las compañías de televisión no tienen derecho a divulgar noticias y otros elementos en que se haga propaganda del odio racial o étnico, el regionalismo, la exclusión religiosa o cultural ni la intolerancia.

17.Tayikistán aplica todas las disposiciones de la Declaración y Programa de Acción de Durban. Uno de los pasos más importantes, prioritarios y prácticos que ha dado Tayikistán en esta dirección es la introducción de las correspondientes enmiendas y adiciones al Código Penal en lo referente al establecimiento y agravamiento de la responsabilidad penal por todo delito relacionado con la trata de personas (artículo 1301 del Código Penal en su redacción según la Ley de 1º de agosto de 2003).

18.Otra de las medidas más importantes, prioritarias y prácticas emprendidas por el Gobierno en esta dirección es la formulación del proyecto de ley de lucha contra la trata de personas. El proyecto de ley se aprobó y entró en vigor el 15 de julio de 2004. La ley define las bases jurídicas y organizativas para la lucha contra la trata de personas, así como la situación jurídica de las víctimas. Según esta ley, son tareas prioritarias la reglamentación de las relaciones sociales que surgen en el proceso de lucha contra la trata de personas, así como durante la prevención, detención y represión de este fenómeno y reducción al mínimo de sus consecuencias, y durante la rehabilitación física, psicológica y sociojurídica de las víctimas de este delito. Por su concepción, esta ley establece que la lucha contra la trata de personas en el país parte de los principios de legalidad, imprescriptibilidad de la responsabilidad de quienes trafican con personas, la no discriminación de las víctimas, el trato justo a las víctimas, el acceso a la justicia, la aplicación global de medidas de prevención, jurídicas, políticas, médicas, socioeconómicas e informativas, y la colaboración con las asociaciones públicas y las organizaciones no gubernamentales (ONG). En Tayikistán se ha adoptado un programa completo de lucha contra la trata de personas para 2006-2010 aprobado en virtud de la Resolución gubernamental Nº 213 de 6 de mayo de 2006.

19.El artículo 167 del Código Penal (trata de menores) ha sido modificado con arreglo a la Ley de 1º de agosto de 2003, por la que se introducen enmiendas y adiciones al Código Penal de Tayikistán. Dicha ley contempla la responsabilidad penal de quienes practiquen la compra o la venta de menores, independientemente de los medios y formas de coacción empleados y de que los menores presten o no su consentimiento. Los párrafos segundo y tercero de este artículo establecen prácticamente la misma tipificación de los actos que se enumeran en los párrafos segundo y tercero del artículo 1301 del Código Penal. Con arreglo a ese artículo, no se toma en consideración si el menor ha dado su consentimiento o no. En virtud de esa misma ley se incorpora un artículo 339 (sustracción o deterioro de documentos, sellos y membretes) y 340 (falsificación, preparación o venta de documentos, condecoraciones estatales, sellos, cuños y membretes falsificados) con nuevos párrafos que establecen la responsabilidad penal por la comisión de estos hechos cuando tengan por objeto la trata de personas.

20.El Código Penitenciario, de 6 de agosto de 2001, establece en su artículo 9 el principio de igualdad de los reos ante la ley, es decir que el procedimiento y condiciones de cumplimiento de las sanciones penales se determinan independientemente de la situación social, oficial o patrimonial, las convicciones políticas, el género o el carácter de la ocupación de una persona antes de cometer el delito, así como de su raza, etnia, ciudadanía, nivel educativo, lengua, actitud hacia la religión y otras circunstancias.

21.Las cuestiones relativas a la identidad racial, la nacionalidad, la ciudadanía, la educación, la lengua, la actitud hacia la religión y otras circunstancias están contempladas en las leyes siguientes de la República de Tayikistán: Ley de elecciones de los Diputados a los majlis locales de diputados populares (10 de diciembre de 1999), Ley sobre los órganos de autogobierno de poblados y aldeas (5 de agosto de 2009), Ley sobre la cultura (13 de diciembre de 1997), Ley de lucha antiterrorista (16 de noviembre de 1999), Ley sobre la Sociedad de la Media Luna Roja de Tayikistán (12 de enero de 2010), el Código de Familia (13 de noviembre de 1998), etc.

22.Cabe señalar que el artículo 14 de la Ley de asociaciones públicas, de 12 de mayo de 2007, impone limitaciones a la creación y actividad de toda asociación pública que haga propaganda de la hostilidad racial, étnica, social y religiosa.

23.El artículo 4 de la Ley sobre la lengua oficial de la República de Tayikistán, de 5 de octubre de 2009, establece que todas las naciones y pueblos que viven en territorio de Tayikistán tienen derecho a emplear libremente su lengua autóctona. Tayikistán crea las condiciones necesarias para el uso, la protección y el desarrollo libres de las lenguas de la provincia autónoma de Gorno-Badjshán (lenguas pamirias) y la preservación del idioma yagnobsko.

24.Con arreglo al artículo 15 de la Ley sobre los órganos de seguridad nacional, de 20 de marzo de 2008, competen a dichos órganos las actividades de búsqueda y captura, así como de prevención, detección, represión y esclarecimiento de todo acto cometido por grupos de delincuentes organizados y organizaciones delictivas, así como por particulares y asociaciones públicas que tenga por fin instigar la enemistad o el odio racial, étnico y religioso.

25.Con arreglo a la legislación vigente, las instancias nacionales directamente encargadas de proteger y defender los derechos humanos, así como de luchar contra los delitos de discriminación racial son las siguientes:

a)Tribunal Constitucional;

b)Tribunales de primera instancia;

c)Tribunales de delitos económicos;

d)Órganos de la Fiscalía;

e)Órganos del Ministerio del Interior;

f)Órganos de seguridad nacional;

g)Órganos de lucha contra la corrupción; y

h)El Comisionado de Derechos Humanos.

Cabe señalar también que existen otros órganos e instancias estatales a quienes compete la lucha contra la discriminación racial, al estar esta relacionada ya sea directa o indirectamente con sus ámbitos de actividad.

26.En la actualidad, los órganos judiciales de la República no están examinando denuncia alguna por discriminación racial. Sin embargo, la ausencia de denuncias no significa que las víctimas desconozcan sus derechos, carezcan de confianza en los órganos de justicia ni que haya negligencia o falta de sensibilidad por parte de los jueces ante los casos de discriminación racial. Dado que se trata de un problema importante y acuciante, los funcionarios de los órganos de orden público y judiciales explican sistemáticamente las normas que imponen la Constitución, la legislación y otros instrumentos normativos en los medios de información, la radio y televisión nacionales y mediante vistas judiciales de divulgación.

27.Con arreglo al párrafo 5 del artículo 8 de la Constitución, se prohíbe la creación y actividad de asociaciones públicas y partidos políticos que hagan apología del odio racial, étnico, social y religioso o que exhorten al derrocamiento del orden constitucional por medios violentos, así como las organizaciones armadas. Se prohíben también la propaganda y la apología de la enemistad y el odio por razones sociales, raciales, étnicas, religiosas y lingüísticas (artículo 30 de la Constitución).

28.El artículo 16 del Código de Procedimiento Penal reconoce la igualdad de todos ante la ley y los tribunales. El Estado garantiza los derechos y libertades de todos independientemente de su etnia, origen, color de piel, género, idioma, convicciones políticas, educación, credo y situación étnica o social.

29.El Código de Infracciones Administrativas reconoce en su artículo 8 el principio de la igualdad ante la ley al establecer lo siguiente:

"... las personas que hayan cometido infracciones administrativas son iguales ante la ley; las personas físicas que hayan cometido infracciones administrativas incurrirán en responsabilidad administrativa independientemente de cual sea su ciudadanía, etnia, raza, género, idioma, credo, convicciones políticas, nivel educativo o situación social y patrimonial."

30.Los tribunales de Tayikistán observan las disposiciones de la Constitución y aplican las normas del derecho material y procesal, al tiempo que garantizan en cada caso la debida administración de justicia. Para ello, se respeta el derecho de cada persona a una vista justa y pública ante un tribunal independiente e imparcial.

Artículo 5

II.Información sobre derechos concretos

A.Derecho a la igualdad de tratamiento en los tribunales y todoslos órganos que administran justicia

31.Los artículos 5 y 17 de la Constitución establecen que todos son iguales ante la ley y los tribunales. El Estado garantiza los derechos y libertades de todos independientemente de su etnia, raza, género, idioma, credo, o situación social y patrimonial.

32.Con arreglo a la Ley relativa a las comunicaciones de los ciudadanos, tanto los ciudadanos de la República de Tayikistán como los extranjeros y los apátridas tienen derecho, ya sea de manera individual o conjuntamente con otros o por mediación de sus representantes así facultados y según el procedimiento establecido por dicha ley, a elevar solicitudes a los órganos de poder estatal, los órganos locales y a los órganos de gobierno local así como a los funcionarios, asociaciones públicas, empresas, instancias y organizaciones, independientemente de su régimen de propiedad a las que competa la resolución de las cuestiones que se planteen en la solicitud. Las solicitudes presentadas por extranjeros o apátridas se tramitarán con arreglo al procedimiento que establece dicha ley, salvo que se disponga lo contrario en los instrumentos normativos reconocidos por Tayikistán.

33.Los ciudadanos de Tayikistán que toman parte en la dirección de los asuntos gubernamentales y públicos gozan de las siguientes garantías al ejercer sus derechos y libertades reconocidos por la Constitución y otras leyes:

a)Protección de sus derechos e intereses legítimos, así como de los derechos e intereses legítimos de otras personas y organizaciones; y

b)Restablecimiento por los órganos estatales competentes de sus derechos conculcados.

34.Con arreglo a la Ley relativa a las comunicaciones de los ciudadanos, las comunicaciones pueden tomar la forma de propuestas, declaraciones, quejas, declaraciones verbales de los ciudadanos, declaraciones de los ciudadanos presentadas mediante correo electrónico o por Internet, o bien declaraciones publicadas en los medios de información. Por otra parte, con arreglo a los artículos 9 a 11 de dicha ley, la tramitación de las comunicaciones de los ciudadanos compete a los dirigentes de los órganos de poder estatal centrales y locales, y se prohíbe la persecución de los ciudadanos y sus familiares que hayan defendido sus derechos e intereses legítimos por medio de una comunicación. Nadie puede ser obligado a respaldar una comunicación determinada.

35.Los funcionarios que persigan a un ciudadano por haber presentado una comunicación según el procedimiento establecido por las críticas en ella vertidas, así como por verter críticas en cualquier otra forma, incurrirán en responsabilidad penal con arreglo al párrafo 2 del artículo 163 del Código Penal. Durante el examen de las comunicaciones de los ciudadanos no se permite la divulgación de información sobre su vida privada ni de cualquier otra información si ello vulnera sus derechos e intereses legítimos. Tampoco se permite la divulgación de datos personales de un ciudadano que no guarden relación con la comunicación presentada. Si así lo solicita el ciudadano, no podrán divulgarse ninguna clase de información sobre su persona.

36.Para información detallada sobre el poder judicial véase el documento básico (apartado relativo al poder judicial, párrafos 46 a 53).

37.El derecho a la igualdad ante los tribunales se consagra directamente en la Constitución y en otras leyes. La legislación de procedimiento penal tiene por fin reforzar la legalidad y la administración de justicia, impedir los delitos, fomentar el respeto a la ley y de los derechos y libertades del hombre y el ciudadano, y reafirmar la justicia en el poder judicial (art. 2). Con arreglo a los artículos 5, 7, 8, 11 y 15 a 17, así como otros artículos del Código de Procedimiento Penal, el enjuiciamiento de delitos cometidos por extranjeros o apátridas en territorio de Tayikistán se reglamenta con arreglo a dicho Código. El enjuiciamiento de causas penales en el país compete exclusivamente a los tribunales. Nadie puede ser considerado culpable de un delito hasta que haya entrado en fase de ejecución la sentencia del tribunal. Nadie puede ser detenido ni ingresa en prisión preventiva sin fundamento legítimo. La detención provisional o el ingreso forzado de una persona en una institución médica o correccional solo pueden ser decretados por un tribunal. A las personas a las que se impone la prisión preventiva como medida cautelar, así como las personas detenidas como imputados deberán permanecer recluidas en centros que no pongan en peligro su vida ni su salud. Las personas en prisión preventiva podrán recurrir esta medida. Se garantiza a todos el derecho de defensa. Todos tienen derecho a exigir que su causa sea vista por un tribunal competente, independiente e imparcial legalmente constituido. Nadie podrá ser considerado culpable de un delito hasta que entre en ejecución la sentencia del tribunal. La carga de la prueba recae en la acusación. El inculpado no está obligado a demostrar su inocencia. Toda duda sobre la culpabilidad del procesado que no pueda disiparse como establece la legislación de procedimiento penal se interpretará en favor del acusado. Las sentencias condenatorias no pueden basarse en presunciones. Todos son iguales ante la ley y los tribunales. Los jueces son independientes en su actividad y se supeditan exclusivamente a la Constitución y a la ley. Se prohíbe la injerencia en su actividad.

38.Con arreglo al artículo 2 de la Ley constitucional sobre los órganos de la Fiscalía de la República de Tayikistán, dichos órganos tramitan y examinan las declaraciones, quejas y otras comunicaciones presentadas por los ciudadanos y las personas jurídicas en relación con violaciones de la ley y toman medidas para subsanarlas. Las decisiones de un fiscal no podrán impedir que una persona requiera de un tribunal la protección de sus derechos. Si por causas físicas, psíquicas o de otra índole una persona no pudiera defender sus derechos, el fiscal estará obligado a tomar las medidas oportunas para defenderlos.

Medidas de lucha antiterrorista

39.La Ley de lucha antiterrorista (arts. 1, 2, 22 y 23) tiene por objeto:

a)La aplicación de la política estatal y los compromisos internacionales de la República de Tayikistán en materia de lucha antiterrorista;

b)La reglamentación jurídica de las relaciones surgidas en el contexto de la lucha antiterrorista;

c)La inculcación en la población del país de la intolerancia hacia el antiterrorismo; y

d)La detección, prevención y represión de los actos terroristas, así como la supresión de las causas y condiciones que dan lugar al terrorismo.

La legislación antiterrorista en Tayikistán se basa en la Constitución y consiste en la Ley de lucha antiterrorista, así como en otros instrumentos normativos y los instrumentos normativos internacionales reconocidos por Tayikistán. Con arreglo a los acuerdos internacionales, Tayikistán coopera en la lucha antiterrorista con otros Estados, sus órganos de orden público y sus servicios especiales y también con las organizaciones internacionales encargadas de la lucha antiterrorista. La actividad antiterrorista en el país se basa en los principios siguientes:

a)Legalidad;

b)Respeto de los derechos y libertades del hombre y el ciudadano;

c)Irrevocabilidad de las penas por terrorismo;

d)Combinación de métodos abiertos y encubiertos de lucha antiterrorista;

e)Prioridad a la defensa de los derechos de las personas bajo riesgo;

f)Legitimidad de los daños a los antiterroristas;

g)Coordinación operativa entre las direcciones de las fuerzas y dispositivos empleados en las operaciones de lucha antiterroristas; y

h)Máximo secreto en la realización de operaciones antiterroristas especiales.

La indemnización por los daños que hayan sufrido las personas físicas o jurídicas como consecuencia de atentados terroristas se sufraga a cuenta del presupuesto nacional y se compensa posteriormente con cargo a la persona que causó el daño según el procedimiento establecido por la legislación de Tayikistán. La rehabilitación social de las víctimas de atentados terroristas se financia con cargo al presupuesto nacional y tiene por objeto su reinserción en la vida cotidiana. Comprende asistencia jurídica, psicológica, médica, reinserción profesional, reincorporación al trabajo de ser necesario y concesión de vivienda.

Investigación de las denuncias de particulares por discriminación racial

40.Con arreglo a cuanto establece el Código de Procedimiento Penal, pueden abrirse causas penales en los supuestos siguientes:

a)Denuncia de un acto delictivo;

b)Autoinculpación;

c)Denuncia de un trabajador de una empresa, institución u organismo;

d)Publicación en los medios de información; y

e)Si la persona encargada de la instrucción o el fiscal tuvieran noticia directa del hecho delictivo (art. 140).

Los órganos o personas encargados de la instrucción, así como los fiscales, tienen la obligación de tramitar, registrar y examinar toda denuncia sobre la comisión o tentativa de delito. La negativa a tramitar una denuncia puede recurrirse ante el fiscal o los tribunales según el procedimiento establecido en los artículos 122, 123 y 124 del Código de Procedimiento Penal. De darse los motivos y fundamentos contemplados en el artículo 140 del Código de Procedimiento Penal, la persona encargada de la instrucción y el fiscal dictarán auto de apertura de sumario. La apertura de un sumario según el procedimiento contemplado en el artículo 146 del Código y la ejecución de las actuaciones sumariales oportunas pueden también decidirlas a:

a)Los jefes de grupos y expediciones geológicas que se encuentren alejados de los órganos de instrucción penal, cuando se trate de delitos cometidos en el lugar en que se encuentran dichos grupos y expediciones; y

b)Los jefes de representaciones diplomáticas y oficinas consulares de la República de Tayikistán, cuando se trate de delitos cometidos dentro de dichas representaciones y oficinas (art. 40).

Con arreglo al párrafo 5 del artículo 161 del Código de Procedimiento Penal cuando se trate de delitos tipificados en el artículo 189 del Código Penal (incitación a la discordia étnica, racial, regional o religiosa) deberá practicarse obligatoriamente una investigación preliminar, que corresponderá realizar a los órganos de seguridad del Estado.

41.Se considera víctima a toda persona, independientemente de su edad o condición psíquica y física, que haya sufrido a causa de un delito daños físicos, materiales o morales, así como toda persona cuyos derechos e intereses se hayan visto directamente amenazados por un hecho delictivo. Puede reconocerse también como víctima a toda persona jurídica que se haya visto perjudicada moral o materialmente por un delito. En ese caso, los derechos y obligaciones de la víctima quedarán al cuidado de un representante de dicha persona jurídica. Las personas encargadas de la instrucción y los jueces podrán reconocer a la persona física o jurídica como víctima por medio de un auto y los tribunales mediante una resolución, inmediatamente después de que hayan quedado establecidos los hechos delictivos y los daños irrogados. Las víctimas y sus representantes tienen derecho a:

a)Presentar pruebas;

b)Presentar peticiones y recusaciones;

c)Prestar declaración en su lengua materna o en otra lengua que conozcan;

d)Recurrir a los servicios gratuitos de un intérprete;

e)Contar con un representante;

f)Tomar conocimiento de los autos de las diligencias procesales en que haya tomado parte y formular observaciones al respecto;

g)Participar en los actos instructorios practicados por la persona encargada de la instrucción que se hayan realizado a instancia de la víctima o de su representante;

h)Al concluir la investigación, tener conocimiento de todas las piezas del sumario, tomar de estas todos los datos que sean precisos y participar en las vistas judiciales en primera instancia;

i)Tener conocimiento del acta del juicio oral y formular observaciones al respecto;

j)Interponer quejas por los actos o decisiones de las personas encargadas de la instrucción, el fiscal, el tribunal o los jueces;

k)Recurrir las sentencias, dictámenes o decisiones del tribunal;

l)Recibir notificaciones sobre las quejas y protestas interpuestas en relación con la causa e impugnarlas; y

m)Participar en el examen judicial de las quejas y protestas interpuestas.

42.Las partes en el proceso penal y otros particulares, independientemente de cuál sea su etnia, raza, género, lengua, credo, convicciones políticas, nivel educativo o situación social y patrimonial, que estén afectadas por el examen de la causa penal y hayan visto conculcados sus intereses tendrán derecho a impugnar, según el procedimiento y en los plazos establecidos en el Código de Procedimiento Penal, los actos y decisiones ilícitos o no fundamentados de las personas encargadas de la instrucción, el fiscal, los jueces y los tribunales (artículo 23 del Código de Procedimiento Penal). Las quejas podrán presentarse oralmente o por escrito. En el caso de las quejas presentadas oralmente, se levantará el acta correspondiente, que deberán firmar tanto el reclamante como el funcionario que reciba la queja. Las quejas presentadas oralmente por un ciudadano al ser recibido por un funcionario correspondiente, se resolverán con arreglo al mismo procedimiento que rige el trámite de las quejas presentadas por escrito. A las quejas podrán adjuntarse documentos anexos (art. 119).

43.Según datos facilitados por el Comisionado para los Derechos Humanos, desde el establecimiento de esta institución el 27 de mayo de 2009, el Comisionado no ha recibido queja alguna por discriminación racial.

Prevención de la discriminación racial en la administración de justicia penal

44.Los principales cometidos de la administración de justicia penal son: proteger los derechos y libertades del hombre y el ciudadano, dar justa solución a los casos examinados por los tribunales, observar las normas procesales durante la aplicación de la legislación penal, garantizar la protección de los intereses legítimos de las partes en el proceso penal y otras personas, prevenir los delitos, en particular los cometidos por causas étnicas, por el género, por el color de la piel, por el idioma, el credo, o el origen étnico o social. Con arreglo al artículo 178 del Código de Procedimiento Penal, cuando durante la instrucción de la causa penal se determinan las circunstancias que hicieron posible la comisión de un delito, el investigador está facultado para requerir de los órganos o instituciones competentes, independientemente de su régimen de propiedad, así como de cualquier funcionario, la adopción de medidas para que se subsanen dichas circunstancias o violaciones de la ley. Por otra parte, con arreglo a los artículos 470 a 475 del Código, con miras a prevenir la discriminación racial en el procedimiento penal, en caso necesario cabe recurrir a la asistencia jurídica de los funcionarios competentes de otros estados para que cooperen con los tribunales, fiscales y personas en instancias encargadas de la instrucción.

45.Para la igualdad de todos ante la ley y los tribunales, véase el párrafo 28 del presente informe.

B.El derecho a la seguridad personal y a la protección del Estadocontra todo acto de violencia o atentado contra la integridadpersonal cometido por funcionarios públicos o por cualquierindividuo, grupo o institución

Imposición de condenas a toda persona (funcionarios del Estado u otraspersonas) que cometan actos violentos por motivos raciales

46.Los funcionarios públicos tienen la obligación de respetar la Constitución, así como las leyes y otros instrumentos normativos de la República de Tayikistán. Asimismo, deben observar, proteger y respetar los derechos y libertades del hombre y el ciudadano, así como los intereses de las personas jurídicas y atender toda queja presentada por los ciudadanos conforme al procedimiento que contempla la legislación y tomar al respecto las debidas medidas (artículo 28 de la Ley sobre la función pública).

47.El Código de Infracciones Administrativas establece que quienes incumplan cuanto disponen los instrumentos normativos relativos a la función pública incurrirán en responsabilidad administrativa (art. 501).

48.El Código Penal de la República de Tayikistán prevé la responsabilidad por abuso de cargo público (art. 314), por negligencia (art. 315), o por prevaricación (art. 316). La responsabilidad que contempla el Código Penal abarca cualquier género de violencia, independientemente de quién sea su autor o la víctima, así como de la nacionalidad, el género, el color de piel, la edad, el origen extranjero étnico o social, el credo o las convicciones políticas.

Prevención del uso indebido de la fuerza por la milicia contra las personasprotegidas por la Convención

49.Con arreglo a la Ley sobre la milicia (arts. 13 a 16), los agentes de la milicia tienen derecho a emplear la fuerza física, dispositivos especiales y armas de fuego solo en aquellos casos y según el procedimiento que prevé la ley. El uso de la fuerza física, de dispositivos especiales o de armas de fuego debe venir precedido por la debida advertencia. En todos los casos en que no sea posible evitar el uso de la fuerza física, de dispositivos especiales o de armas de fuego, el agente de la milicia deberá intentar por todos los medios causar el menor daño moral, patrimonial y físico posible. Cuando se produzcan daños y lesiones físicos como resultado del empleo de la fuerza física, de dispositivos especiales o de armas de fuego, el agente de la milicia deberá prestar primeros auxilios a la víctima. En caso de lesiones o de defunción de una persona como consecuencia del empleo de la fuerza física, de dispositivos especiales o de armas de fuego, el agente de la milicia deberá informar a su superior inmediato para que este ponga el hecho en conocimiento del fiscal. Quienes recurran a la fuerza física, dispositivos especiales o armas de fuego abusando de su autoridad contra cualquier persona sea cual sea su origen racial (género, color de piel, edad, origen extranjero o social, etnia, credo, convicciones políticas, etc.) incurrirán en la responsabilidad penal que señalan los artículos 314 a 316 del Código Penal. Los agentes de la milicia están autorizados a recurrir a la fuerza física, comprendidos los métodos militares de combate o cualquier otro medio disponible, para impedir la comisión de delitos u otras violaciones de la ley, detener a las personas que los hayan cometido, impedir la resistencia a las órdenes lícitas de un agente de la milicia o autodefenderse si los métodos no violentos no garantizaran el desempeño por parte del agente de las funciones que le han sido confiadas. En el período objeto de examen no se recibieron denuncias por uso indebido de la fuerza o lesiones corporales por parte de las fuerzas del orden, otros funcionarios públicos ni otras personas, grupos o instituciones que tuvieran como causa el origen racial.

Contratación de representantes de los grupos protegidos por la Convenciónen la milicia y otros órganos de orden público

50.Con arreglo a los artículos 17 y 19 de la Ley sobre la milicia, los agentes de la milicia deben ser ciudadanos de la República de Tayikistán que integren el cuerpo de milicianos o de oficiales tras habérseles conferido dicha graduación con arreglo al procedimiento establecido. Pueden ingresar en la milicia los ciudadanos de entre 20 y 35 años independientemente de su lugar de residencia, género, etnia, color de piel, idioma, actitud hacia la religión, convicciones políticas, u origen étnico o social que resulten aptos por sus cualidades personales, morales y profesionales, así como por su nivel de enseñanza, preparación física y estado de salud para desempeñar las funciones encomendadas a la milicia y que hayan prestado voluntariamente servicio militar en las fuerzas armadas (salvo en el caso de los alumnos de los centros de enseñanza media y superior del Ministerio del Interior). Las personas admitidas en la milicia deben someterse obligatoriamente a un registro dactilográfico. No pueden ser admitidas en la milicia personas con antecedentes penales (independientemente del tiempo transcurrido desde el cumplimiento de la pena, salvo en el caso de personas que han sido exculpadas, rehabilitadas o absueltas por un tribunal). La provisión de puestos vacantes en la milicia se realiza por concurso y contratación individual según el procedimiento establecido por la legislación. Las personas que ingresan en la milicia pasan un período de prueba de entre 3 y 6 meses.

51.Con arreglo al artículo 53 de la Ley sobre los órganos de la Fiscalía, pueden ingresar en estos los ciudadanos tayikos de hasta 35 años de edad con formación jurídica superior que posean las cualidades profesionales y morales necesarias y cuyo estado de salud les permita desempeñar las funciones a ellos confiadas. Las personas que carezcan de suficiente experiencia práctica de trabajo en su especialidad deben pasar un período de prácticas de un año en los órganos de la Fiscalía. En casos excepcionales el Fiscal General puede disponer la reducción de este plazo de prácticas o bien su supresión. Corresponde al Fiscal General establecer el procedimiento que rige dichas prácticas. Los candidatos a plazas de fiscal en la provincia autónoma de Gorno-Bodajshán, los fiscales provinciales, el Fiscal de la ciudad de Dushanbé y el Fiscal encargado de transportes de Tayikistán no podrán ser menores de 30 años y deberán contar con una experiencia de trabajo en los órganos de la Fiscalía de como mínimo 10 años, 5 de los cuales como fiscal de distrito o municipal. Podrán optar a las plazas de fiscal de distrito y municipales o puestos equiparables las personas no menores de 28 años con una experiencia profesional en los órganos de la Fiscalía de como mínimo 5 años. La edad máxima para trabajar en los órganos de la Fiscalía es de 63 años para los hombres y 58 para las mujeres. No podrán ser nombrados fiscales, adjuntos de los fiscales ni instructores de la Fiscalía aquellas personas que hayan sido condenadas por un delito, salvo que posteriormente un tribunal las absolviera por exculpación. Los fiscales no pueden desempeñar ningún otro cargo, ni ser diputados de órganos representativos o miembros de partidos o movimientos políticos, ni tampoco ejercer actividades empresariales, aunque sí actividades científicas, pedagógicas y creativas.

52.Con arreglo al artículo 11 de la Ley sobre la función pública, de 13 de noviembre de 1998, se han establecido una serie de requisitos para garantizar la competencia de los organismos públicos y elevar el nivel profesional de los funcionarios y su idoneidad para los cargos públicos que ocupan. Estos requisitos son el principal criterio de selección de los funcionarios y el factor que define su actividad en los organismos públicos. Algunas de las cualificaciones que se exigen a los candidatos a cargos públicos son las siguientes:

a)Formación profesional media y superior teniendo en cuenta la categoría y especialidad del cargo público que se desea desempeñar;

b)Antigüedad y experiencia de trabajo en su especialidad;

c)Antigüedad en la función pública;

d)Conocimiento de la Constitución y de la legislación y otros instrumentos normativos de la República por los que se reglamenta el ejercicio de la función pública.

Sobre la no devolución o expulsión de los no ciudadanos a países o territoriosen que corran riesgo de que se violen sus derechos humanos

53.Véase al párrafo 20 del informe inicial.

54.Véase el informe inicial presentado por la República de Tayikistán sobre la aplicación de la Convención contra la Tortura (párrs. 123 a 149).

C.Derechos políticos

1.Derecho a tomar parte en elecciones

55.Véanse los párrafos 23 a 26 del informe inicial.

2.Derecho a participar en la dirección de los asuntos públicos del país

56.Según los datos facilitados por la Comisión central de elecciones y referendos, en el período comprendido entre 2005 y 2010 en el Majlis namoyandagon Majlis Oli, la cámara baja del Parlamento, de los 63 diputados electos, había 2 mujeres de etnia uzbeka y kirguisa. De los 33 miembros electos y nombrados por decreto presidencial del Majlis milli Majlis Oli, la cámara alta del Parlamento, 2 diputados eran de etnia uzbeka (1 hombre y 1 mujer) y 1 de etnia kirguisa (1 diputado). En la actualidad, la cuarta legislatura del Majlis namoyandagon Majlis Oli (2010-2015) cuenta con 2 uzbekos (1 hombre y 1 mujer) y 1 kirguiso (1 hombre). En el Majlis milli Majlis Oli hay actualmente 1 mujer kirguisa y 2 hombres de etnia uzbeka.

Número de representantes de minorías nacionales y grupos étnicos en los majlis locales dediputados populares de la República de Tayikistán

(Resultados de las elecciones de 2010)

Provincia, ciudad y distrito

N ú mero de diputados en los m ajlis provinciales, municipales y distritales

Número de diputados por etnia

Número de diputadas

Provincia autónoma de Gorno-Badajshán

61 diputados

58 tayikos

3 kirgui s os

19 diputadas

Ciudades y distritos de la provincia autónoma de Gorno-Badajshán

2 4 8 diputados

222 tayikos

26 kirgui s os

43 diputadas

Provincia de Sogd

70 diputados

63 tayikos

7 uzbe k os

-

Ciudades y distritos de la provincia

680 diputados

551 tayikos

123 uzbekos, 3 rusos, 2 kirgui s os, 1 armenio

-

Provincia de Jatlón

67 diputados

66 tayikos

1 uzbe k o

12 diputadas

Ciudades y distritos de la provincia

924 diputados

825 tayikos

97 uzbekos , 2 rusos

139 diputadas

Distritos bajo la jurisdicción de la República

496 diputados

452 tayikos

26 uzbekos , 18 kirgui s os

80 diputadas

Ciudad de Dushanbé

70 diputados

69 tayikos

1 uzbe k o

19 diputadas

Distritos de la ciudad de Dushanbé

149 diputados

145 tayikos

3 uzbekos

49 diputadas

Total

2 765 diputados

2 451 tayikos

314 diputados de otras etnias

361 diputadas

3.Derecho a participar en la dirección de los asuntos públicos en cualquier nivel

57.Véanse los párrafos 1 a 5 relativos al artículo 25 en el informe inicial de la República de Tayikistán sobre la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

4.Derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas

58.Todos los ciudadanos del país gozan de los mismos derechos para acceder a la función pública, independientemente de su etnia, raza, género, lengua, credo, convicciones políticas o situación social. El ingreso de los ciudadanos a la función política se realiza como establecen la Constitución, la Ley sobre la función pública y otros instrumentos normativos del país (véase el párrafo 51 del presente informe relativo al artículo 5).

Selección de los representantes de los grupos protegidos por la Convenciónpara la función pública

59.Al 1º de enero de 2009 el número total de funcionarios en el país era de 17.580, de los cuales 12.230 (o el 73,8%) eran hombres, y 4.342 (o el 26,2%) eran mujeres. De esta cifra general, había funcionarios de las etnias siguientes: 14.625 (88,3%) eran tayikos, 173 (1%) rusos, 1.519 (9,2%) uzbekos, 149 (0,9%) kirguisos y 106 (0,6%) pertenecían a otras nacionalidades.

60.A continuación se facilita información sobre la etnia de los funcionarios públicos. En total, en la administración de los altos órganos judiciales (al 1º de enero de 2009) había 99 funcionarios, de los cuales 94 eran tayikos, 3 rusos, y 1 uzbeco. Al 1º de enero de 2009 trabajaban en los Ministerios de la República de Tayikistán 4.976 funcionarios, de los cuales 4.059 eran tayikos, 55 rusos, 244 uzbekos, 9 kirguisos y 39 de otras etnias. Al 1º de enero de 2009 trabajaban en los comités estatales de la República de Tayikistán 780 funcionarios, de los cuales 632 eran tayikos, 31 rusos, 70 uzbekos, 5 kirguisos y 15 de otras etnias. Al 1º de enero de 2009 trabajaban en las instituciones del Gobierno de la República de Tayikistán 3.601 funcionarios, de los cuales 3.099 eran tayikos, 36 rusos, 277 uzbekos, 25 kirguisos y 20 de otras etnias. Al 1º de enero de 2009 en los órganos de poder local trabajaban 6.650 funcionarios, de los cuales 5.382 eran tayikos, 32 rusos, 861 uzbekos, 109 kirguisos y 23 de otras etnias. Al 1º de enero de 2009 en la Comisión central de elecciones y referendos trabajaban 13 funcionarios, de los cuales 10 eran tayikos, 1 ruso y 2 uzbekos.

Número de funcionarios de cada etnia que trabajan en los órganos estatales(funcionarios civiles) al 1º de abril de 2010

Total (porcentaje del total)

Tayikos (porcentaje del total)

Uzbekos (porcentaje del total)

Rusos (porcentaje del total)

Kirgui s os (porcentaje del total)

Otros (porcentaje del total)

Tayikistán

17 496 ( 100 )

15 451 ( 88,3 )

1 489 ( 8,5 )

134 ( 0,7 )

196 ( 1,1 )

226 ( 1,2 )

Provincia autónoma de Gorno-Badajsh á n

568 ( 100 )

518 ( 90,2 )

-

-

50 ( 8,7 )

-

Provincia de So g d

2 062 ( 100 )

1 634 ( 76,3 )

415 ( 19,3 )

9 ( 0,4 )

1 ( 0,04 )

3 ( 0,1 )

Provincia de Jatl ó n

2 406 ( 100 )

2 112 ( 85,2 )

247 ( 11,06 )

14 ( 0,5 )

-

6 ( 0,2 )

Ciudad de Dushanb é

307 ( 100 )

296 ( 90,5 )

9 ( 2,7 )

2 ( 0,6 )

-

-

Distritos bajo la jurisdicción de la República

1 411 ( 100 )

1 230 ( 85,1 )

139 ( 9,6 )

-

41 ( 2,8 )

1 ( 0,06 )

Órganos centrales

10 742 ( 100 )

9 661 ( 89,9 )

652 ( 6,06 )

109 ( 1,01 )

104 ( 0,96 )

216 ( 2,01 )

D.Otros derechos civiles

1.Derecho a circular libremente y a salir de cualquier país, incluso del propio

61.Véanse los párrafos 29 y 30 del informe inicial.

2.Derecho a la nacionalidad o a la naturalización

62.Véanse los párrafos 34 a 36 del informe inicial. Tayikistán coopera estrechamente con el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) en las cuestiones relativas a la situación de los apátridas. Desde que se estableció la institución del Comisionado para los Derechos Humanos en Tayikistán, su Oficina incluye en su estrategia el fomento de la ratificación de la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas de 1954 y la Convención para reducir los casos de apatridia de 1961. Entre diciembre de 2008 y abril de 2009, las ONG de Tayikistán llevaron a cabo, en colaboración con el ACNUR, un completo análisis de la legislación nacional y su compatibilidad con los tratados internacionales. El análisis hizo patente que la legislación nacional es plenamente compatible con dichos instrumentos.

63.Los ciudadanos de otros Estados y los apátridas pueden obtener si así lo solicitan la ciudadanía de Tayikistán, como contempla el artículo 22 de la Ley constitucional sobre la ciudadanía de la República de Tayikistán. Con miras a brindar garantías y protección de la igualdad de derecho de los ciudadanos independientemente de su etnia, raza u origen étnico, el artículo 9 de dicha Ley constitucional alienta la adquisición de la ciudadanía del país por parte de los apátridas y no les impide que adquieran otra nacionalidad. Una condición habitual para obtener la ciudadanía de Tayikistán es la residencia permanente en su territorio. Los extranjeros y los apátridas deben haber residido cinco o tres años de manera ininterrumpida inmediatamente antes de presentar su solicitud. En el caso de los refugiados reconocidos como tales por la legislación de Tayikistán y los instrumentos internacionales, estos plazos se reducen a la mitad. Se considera que una persona ha residido ininterrumpidamente en Tayikistán si solo ha salido del país, para cursar estudios o seguir tratamiento médico durante menos de tres meses. La decisión de otorgar o no la nacionalidad compete al Presidente de la República de Tayikistán. Por consiguiente, la Ley constitucional sobre la ciudadanía no socava en modo alguno el derecho de los extranjeros, los apátridas o los refugiados, y se aplica sin discriminación alguna, como estipula el artículo 5 d) iii) de la Convención. No obstante, la Ley constitucional sobre la ciudadanía de la República de Tayikistán es una ley postsoviética y no puede abarcar todas las cuestiones surgidas tras la independencia de las repúblicas de la antigua Unión Soviética. El problema de la ciudadanía o de su definición se planteó en Tayikistán inmediatamente después de adquirir su independencia y de la guerra civil que estalló como consecuencia, que se prolongó entre 1992 y 1997 obligando a abandonar el país a millones de personas. Una de las principales tareas que se planteaban ante el Estado era el regreso de los tayikos y la determinación de su ciudadanía. Hasta 2003, más de un millón de antiguos ciudadanos de la URSS volvieron a Tayikistán para fijar su residencia, por lo cual se estableció o restituyó su ciudadanía expidiéndoles pasaportes tayikos. El documento que acredita la ciudadanía de la República de Tayikistán es el pasaporte nacional. El 6 de octubre de 2008 se incorporaron a esta Ley constitucional enmiendas y adiciones, lo que atestigua que se está atendiendo esta esfera. De este modo, el artículo 11 de esta Ley constitucional garantiza la igualdad de derechos y libertades independientemente de la nacionalidad. Los artículos 17, 18 y 20 garantizan la ciudadanía tayika a todo niño nacido en territorio de Tayikistán si uno o ambos progenitores son apátridas o extranjeros. El artículo 23 establece un procedimiento simplificado de obtención de la ciudadanía para los extranjeros y los apátridas.

64.En septiembre de 2009 el ACNUR organizó una conferencia nacional sobre los apátridas en colaboración con el Departamento de garantías constitucionales de los derechos del ciudadano adjunto a la Presidencia de la República de Tayikistán y con el Comisionado para los Derechos Humanos. En la Conferencia se estudiaron los principales problemas que plantea la situación de los apátridas en la República de Tayikistán y se formularon recomendaciones concretas en relación con la legislación tayika en materia de ciudadanía.

65.Con miras a seguir mejorando la Ley constitucional sobre la ciudadanía, el 4 de noviembre de 2008 se estableció un grupo de trabajo interinstitucional. En la actualidad este grupo de trabajo está examinando también la experiencia positiva de otros países en esta esfera. Está previsto someter el correspondiente proyecto de ley a un análisis jurídico según el procedimiento establecido y también al dictamen jurídico del ACNUR, así como a un amplio examen por las instituciones de la sociedad civil. La promulgación de una nueva ley será un primer paso para examinar y formular una serie de propuestas al Gobierno de Tayikistán sobre la posibilidad de ratificar la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas.

3.Derecho al matrimonio, a ser propietario y a heredar

66.Véanse los párrafos 27 a 32 y 34 a 46 del informe inicial.

67.Para dar aplicación a la política del Gobierno, en 2007 se aprobó un Programa de reforma judicial que se está introduciendo por etapas. Con arreglo a este Programa, de 12 de enero de 2010, se han introducido enmiendas y adiciones a la Ley constitucional sobre los tribunales de la República de Tayikistán, en virtud de las cuales se han establecido en los tribunales provinciales salas especializadas en derecho de familia y en causas administrativas, así como un tribunal municipal de la ciudad de Dushanbé y un Tribunal Supremo de la República de Tayikistán. El 23 de junio de 2010 el pleno del Tribunal Supremo de la República de Tayikistán adoptó su Disposición Nº 31 relativa a las causas de derecho de familia juzgadas por los tribunales de la República de Tayikistán. En dicha disposición se reglamenta el enjuiciamiento de estas causas, que competen a las salas de lo familiar. En virtud del Decreto presidencial de 3 de enero de 2011 se aprobó un nuevo programa de reforma judicial para 2011-2013 que prevé la incorporación a los tribunales de primera instancia de jueces especializados en derecho administrativo y de familia.

4.Derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión

68.En Tayikistán el Gobierno aplica una política de libertad de conciencia y de asociación religiosa en estricto cumplimiento de los principios constitucionales de dinámica social basada en el pluralismo político e ideológico, así como en los pilares fundamentales de la relación entre el Gobierno y las asociaciones religiosas, en particular, la separación entre la religión y el Estado y la no injerencia del Estado en la actividad de las organizaciones religiosas. El Estado garantiza una enseñanza laica en los centros educativos públicos; contribuye al establecimiento de un clima de tolerancia y respeto entre creyentes y no creyentes así como entre organizaciones religiosas pertenecientes a distintos credos y confesiones y entre sus seguidores, y no tolera las manifestaciones de fanatismo o extremismo en la actividad de las asociaciones religiosas. Las organizaciones religiosas deben ejercer su actividad sin transgredir cuanto establecen sus propios sistemas de culto y organización, y sin vulnerar tampoco la legislación nacional. Deben elegir, nombrar y reemplazar a su personal con arreglo a sus propios preceptos religiosos. La ley no favorece a tendencia ni corriente religiosa alguna y no permite a ninguna imponer su ideología a la sociedad.

69.La intervención de las instancias públicas se produce cuando algún ciudadano o grupo religioso abusa de sus derechos y libertades en materia religiosa y comete algún acto que perjudique a otros ciudadanos o grupos religiosos, por lo cual dicho acto da origen a desacuerdos y conflictos en la sociedad poniendo en peligro la paz y la estabilidad en el país y perjudicando la calma y la tranquilidad de los ciudadanos. Existe además de una conciencia religiosa una concepción laica del mundo que la legislación también protege. La ley defiende por igual las libertades religiosas y las laicas.

70.La ideología de un partido, o de una asociación, movimiento o grupo social o religioso no puede ser reconocida como ideología del Estado. Se prohíbe el establecimiento y actividad de toda asociación pública que haga apología del odio racial, étnico, social o religioso o que exhorte al derrocamiento por la fuerza del orden constitucional y a la organización de grupos armados. Pueden restringirse los derechos y libertades de un ciudadano para garantizar los derechos y libertades de otros, el orden público, y la protección del orden constitucional y de la integridad territorial del país. Se prohíbe la apología y propaganda de la discordia u hostilidad social, racial, étnica, religiosa o lingüística. Se permite la restricción de la libertad de culto o de credo si así lo exigen el orden y la seguridad públicos, la salud y la moral o los derechos y libertades de otras personas.

71.El proyecto de ley de libertad de conciencia y asociaciones religiosas ha sido examinado reiteradamente por iniciativa de la oficina en Tayikistán de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE) con la activa participación del Consejo consultivo de expertos para la libertad de conciencia de la Oficina de Instituciones Democráticas y Derechos Humanos de la OSCE, la cual preparó en febrero de 2008 un dictamen jurídico en respuesta a la solicitud que le había presentado el Ministerio de Cultura de Tayikistán el 8 de enero de 2008. En los comentarios presentados por la Oficina se señala que el proyecto de ley toma en cuenta muchas de las cuestiones planteadas en el análisis realizado anteriormente por la Oficina. En las recomendaciones también se señala que "no cabe duda de que el país está realizando considerables esfuerzos por garantizar la libertad de conciencia y de religión". La ley fue promulgada y entró en vigor el 26 de marzo de 2009. Tras la adopción de dicha ley, el Comité de Asuntos Religiosos del Gobierno de Tayikistán está registrando de nuevo las asociaciones religiosas creadas antes de que entrara en vigor la ley. Al 1º de enero de 2010 habían vuelto a quedar inscritas 72 asociaciones religiosas no islámicas, a saber, 10 de los Cristianos baptistas evangélicos, 10 de los Cristianos evangélicos, 3 de la Iglesia Neoapostólica, 4 de los Adventistas del séptimo día, 4 iglesias católicas, 7 Bahai, 1 Iglesia Luterana, la Sociedad "conciencia de Krishna", el Centro caritativo Gris Sonmin, la Misión cristiano-humanitaria, el Centro caritativo "Esperanza", la Iglesia "Nueva vida" y la Misión cristiana "Luz para el mundo". El total de asociaciones religiosas islámicas registradas es de 3.705, de las cuales 358 son mezquitas mayores y 3.347 mezquitas de la quíntuple oración. El estricto cumplimiento de dicha ley permite a los ciudadanos y apátridas, así como a los extranjeros que residen en el país, ejercer ampliamente los derechos y libertades garantizados y satisfacer plenamente sus necesidades confesionales sin hostigamiento ni discriminación.

Е.Derechos económicos, sociales y culturales

1.Derecho al trabajo

72.Tayikistán reconoce el derecho de toda persona a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias. El ejercicio de ese derecho está garantizado en la legislación nacional, en particular, en la Constitución, el Código de Trabajo, la Ley de la coparticipación social y de convenios colectivos de trabajo, la Ley del personal de la administración pública, así como en documentos jurídicos adoptados por el Parlamento, el Presidente de la República, el Gobierno y los órganos locales del poder del Estado, acuerdos generales y sectoriales (sobre tarifas salariales), convenios territoriales (provinciales, distritales y urbanos) y convenios colectivos y otros instrumentos normativos que regulan las cuestiones relativas a la remuneración de las diversas categorías de trabajadores, cuyas disposiciones no deben contradecir las normas establecidas en el Código de Trabajo ni en los instrumentos de derecho internacional reconocidos por la República de Tayikistán.

73.La Constitución establece en su artículo 14 que en la Constitución, las leyes y los instrumentos de derecho internacional reconocidos por Tayikistán se regulan y protegen los derechos y libertades de las personas y los ciudadanos, y en su artículo 16, que los ciudadanos extranjeros y los apátridas disfrutarán de los mismos derechos y libertades, y tendrán las mismas obligaciones y responsabilidades que los ciudadanos de Tayikistán.

74.En el artículo 4 del Código de Trabajo se afirma que de conformidad con la Constitución, toda persona tiene derecho al trabajo, a la elección de su profesión u ocupación, a medidas de protección en su lugar de trabajo y a la protección social contra el desempleo. El Estado garantiza a todos los trabajadores los siguientes derechos:

a)Obtención de servicios gratuitos de orientación profesional, formación profesional, recualificación y mejoramiento de la cualificación profesional;

b)Remuneración equitativa por el trabajo, pagada con puntualidad;

c)Asistencia gratuita en la elección de un trabajo adecuado y en la colocación laboral, según su vocación, capacidad y formación profesional;

d)Condiciones laborales que cumplan las normas de seguridad e higiene del trabajo;

e)Descanso, garantizado mediante el establecimiento de la duración de la jornada laboral, días no laborables cada semana, vacaciones anuales retribuidas, una jornada laboral reducida para ciertas profesiones y ocupaciones, y otras medidas;

f)Participación en la gestión de la empresa;

g)Oferta de un trabajo adecuado durante un período de al menos tres años a los especialistas jóvenes egresados de centros docentes públicos, que hayan sido solicitados por los empleadores;

h)Compensación de los gastos de traslado a un nuevo lugar de residencia y de trabajo, de conformidad con la legislación;

i)Indemnización por daños a su salud o sus bienes ocasionados por el trabajo;

j)Afiliación a sindicatos y otras organizaciones que representan los intereses individuales y colectivos de los trabajadores;

k)Huelga;

l)Protección judicial de los derechos laborales y asistencia jurídica calificada;

m)Prestaciones de la seguridad social en caso de pérdida temporal de la capacidad laboral y en otros casos previstos en la ley; y

n)Protección contra el desempleo.

75.El Código de Trabajo garantiza que en relación con la admisión en el trabajo, la promoción profesional, la capacitación, el establecimiento del régimen de trabajo y el despido de los trabajadores, incluidos los del sector público, se tengan en cuenta las disposiciones legislativas sobre los derechos y garantías de los ciudadanos, independientemente del origen nacional o étnico, la extracción social, la religión, el sexo y del color de la piel. En ese sentido, de conformidad con el artículo 7 del Código, todos los ciudadanos tienen iguales oportunidades en la esfera de las relaciones jurídicas laborales. Se prohíbe todo tipo de discriminación, exclusión o preferencia en la esfera del empleo y la denegación de solicitudes de empleo por motivos de origen nacional, color de la piel, sexo, edad, religión, convicciones políticas, lugar de nacimiento o extracción social, que lleve a infringir el principio de igualdad de oportunidades en el trabajo. No se considerarán discriminación las diferencias laborales que obedezcan a las características peculiares de un tipo de trabajo o a la atención especial del Estado a las personas que necesiten mayor protección social (como las mujeres, los menores de edad y los discapacitados). Las personas que consideren que han sido víctimas de discriminación laboral podrán presentar la denuncia correspondiente ante los tribunales, por voluntad propia. La ley garantiza un salario mínimo por el trabajo, es decir, el salario mensual de los trabajadores no calificados que cumplen plenamente la norma de trabajo en tareas sencillas y en condiciones laborales normales. De conformidad con el Decreto presidencial Nº 894, de 22 de junio de 2010, desde el 1º de julio de 2010 el salario mínimo mensual es de 80 somoni. Cabe señalar que en esa cifra no se incluyen pagos adicionales, primas, ni otros pagos de estímulo.

76.En las normas del Código de Trabajo se consagra el derecho de todo ciudadano de Tayikistán y persona apátrida a establecer relaciones laborales con un empleador mediante la concertación de un acuerdo de trabajo, en virtud del cual el trabajador se compromete a desempeñar las tareas correspondientes a una o más profesiones, especialidades o puestos determinados con la calificación correspondiente, y el empleador se compromete a remunerar ese trabajo y asegurar al trabajador las condiciones laborales correspondientes (artículo 26 del Código de Trabajo). La cuantía del salario se acuerda entre el empleador y el empleado. En las empresas de autogestión financiera las formas y los sistemas de remuneración, incluidos los pagos adicionales de estímulo y compensación, se establecen en los acuerdos y convenios colectivos y los acuerdos (o contratos) laborales. En el caso de los trabajadores de instituciones y organizaciones financiadas con cargo al presupuesto del Estado y de empresas estatales, el Gobierno de Tayikistán establece las condiciones salariales. Se prohíbe modificar las condiciones de remuneración en detrimento del trabajador (artículos 101 y 102 del Código de Trabajo). El acuerdo de trabajo puede ser verbal o escrito, pero el contrato puede concertarse solamente por escrito. El acuerdo (o contrato) laboral entra en vigor el día en que el empleado comienza efectivamente a trabajar (artículo 32 del Código de Trabajo). El empleador, independientemente de su situación financiera, está obligado a pagar al trabajador el salario establecido por la tarea realizada (artículo 1022 del Código de Trabajo).

77.El Centro de formación de adultos de Tayikistán, institución estatal creada en 2008 en el marco de los convenios intergubernamentales e interinstitucionales, lleva a cabo proyectos de cooperación con el Organismo Alemán de Cooperación Técnica (GTZ), el Comité de Socorro Imán Jomeini, de la República Islámica del Irán, la Agencia Turca de Cooperación y Desarrollo Internacional (TIKA), Caritas Alemania y la organización Hilswerk, de Austria, con vistas a reforzar la dotación de equipos técnicos y material didáctico de los centros de enseñanza profesional, donde se imparten 14 especialidades que responden a necesidades del mercado de trabajo interno y externo. Cabe destacar que en el futuro el Centro será la principal institución dedicada a la formación de profesionales de alta calificación de la República. De ahí que sea una tarea estratégica reforzar la base técnica, material y didáctica del Centro y de los demás planteles de enseñanza profesional pertenecientes al sistema del Ministerio de Trabajo (véase el anexo I).

78.En el período 2004-2009 se elaboraron y aprobaron los instrumentos normativos de las relaciones jurídicas laborales que se relacionan a continuación.

2004:

Ley Nº 26, que modifica el Código de Trabajo de la República de Tayikistán, de 17 de mayo de 2004;

Resolución gubernamental Nº 327, de 2 de agosto de 2004, que modifica la Decisión gubernamental Nº 124, de 7 de marzo de 2001, relativa al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Población de la República de Tayikistán (encaminada a restablecer el sistema único de remuneración del personal de todas las ramas de la economía financiadas con cargo al presupuesto del Estado, incluidos los funcionarios públicos);

Decreto presidencial Nº 1403, de 4 de noviembre de 2004, sobre las medidas encaminadas a reforzar la seguridad social de la población y aumentar el salario mínimo, los salarios actuales del personal de las instituciones y organizaciones financiadas con cargo al presupuesto del Estado, las pensiones y las becas;

Resolución gubernamental Nº 472, de 3 de diciembre de 2004, relativa a las medidas de aplicación del Decreto presidencial Nº 1403, de 4 de noviembre de 2004.

2005:

Resolución gubernamental Nº 92, de 4 de marzo de 2005, relativa a la aprobación del Reglamento para el cálculo del salario medio devengado, con vistas al pago de vacaciones, prestaciones por incapacidad temporal y otros beneficios, relacionados con el salario medio;

Resolución gubernamental Nº 127, de 2 de abril de 2004, relativa a las medidas prioritarias para mejorar la situación socioeconómica del distrito de Murghab, provincia autónoma de Gorno-Badajshán;

Instrucción para el cálculo de los coeficientes salariales por distrito, por trabajos en lugares desérticos, carentes de agua y montañosos, en su nueva redacción, aprobada por el Ministerio de Trabajo con el Nº 115, el 6 de julio de 2005;

Resolución gubernamental Nº 285, de 1º de agosto de 2005, por la que se aprueba la Lista de profesiones y cargos de las organizaciones e instituciones científicas, docentes, dedicadas a la infancia, y de educación cultural, cuyo personal tiene derecho a disfrutar de vacaciones de una duración superior a las vacaciones básicas de 28 días.

2006:

Decreto presidencial Nº 1716, de 20 de marzo de 2006, sobre las medidas encaminadas a mejorar la seguridad social de la población y aumentar el salario mínimo y los salarios actuales del personal de instituciones y organizaciones financiadas con cargo al presupuesto del Estado, las pensiones y las becas;

Resolución gubernamental Nº 308, de 4 de julio de 2006, relativa a la aprobación del Reglamento para el cálculo del salario medio devengado, con vistas al pago de vacaciones, prestaciones por incapacidad temporal y otros beneficios, relacionados con el salario medio, teniendo en cuenta las reformas que se realizan actualmente en los órganos de poder del Estado y los órganos de las fuerzas del orden.

2007:

Resolución gubernamental Nº 313, de 1º de junio de 2007, relativa a la aprobación del Reglamento para el cálculo del salario medio devengado, con vistas al pago de vacaciones, prestaciones por incapacidad temporal y otros beneficios, relacionados con el salario medio;

Resolución gubernamental Nº 658, de 30 de diciembre de 2007, que modifica la Decisión gubernamental Nº 521, de 31 de diciembre de 2002, relativa a la Lista de industrias, talleres, profesiones y cargos con condiciones laborales nocivas y penosas, cuyo personal tiene derecho a una jornada de trabajo reducida y a vacaciones anuales adicionales;

Resolución gubernamental Nº 219, de 16 de marzo de 2007, relativa al aumento de los salarios del personal de las instituciones y organizaciones financiadas con cargo al presupuesto del Estado, y de la cuantía de las pensiones sociales;

Resolución gubernamental Nº 147, de 3 de abril de 2007, relativa al Programa de cooperación entre los asociados tripartitos de la República de Tayikistán y la Organización Internacional del Trabajo en la esfera del Trabajo Decente para el período 2007-2009.

2008:

Resolución gubernamental Nº 98, de 5 de marzo de 2008, por la que se aprobó la Concepción de la reforma salarial en la República de Tayikistán;

Resolución gubernamental Nº 173, de 1º de abril de 2008, relativa al Reglamento de la comisión tripartita para la regulación de las relaciones sociolaborales en la República de Tayikistán;

Decreto presidencial Nº 480, de 20 de junio de 2008, sobre las medidas encaminadas a reforzar la seguridad social de la población y aumentar los salarios actuales del personal de las instituciones y organizaciones financiadas con cargo al presupuesto del Estado, las pensiones y las becas.

2009:

Decreto presidencial Nº 671, de 20 de junio de 2009, sobre las medidas encaminadas a reforzar la seguridad social de la población y aumentar los salarios actuales del personal de las organizaciones e instituciones de la esfera social;

Código de Infracciones Administrativas de la República de Tayikistán, Nº 43, de 1º de abril de 2009;

Instrucción Nº 479, relativa al pago de sumas adicionales a los trabajadores a quienes no les hayan sido abonados puntualmente sus salarios por sus empleadores, de 30 de enero de 2009;

Resolución gubernamental Nº 181, de 2 de abril de 2009, por la cual se aprueban las normas del establecimiento de cuotas de empleo de algunos grupos de población.

Aplicación de la legislación laboral a los ciudadanos extranjeros, los apátridas ylas empresas extranjeras

79.La legislación laboral de la República se aplica también a las personas que no poseen la ciudadanía tayika, pero trabajan por acuerdo (o contrato) laboral en empresas situadas en el territorio del Estado, si no se establece otra cosa en la legislación o en un tratado internacional en que sea parte Tayikistán. El artículo 12 del Código de Trabajo prevé que los extranjeros y apátridas que residan en Tayikistán podrán trabajar como obreros o empleados en empresas, instituciones y organizaciones, o en cualquier otra actividad, en las mismas condiciones y de acuerdo con el mismo procedimiento que se aplican a los ciudadanos tayikos.

80.El artículo 17 del Código de Trabajo establece que "pueden representar y defender los intereses de los trabajadores en las relaciones laborales los sindicatos y sus órganos electivos en las empresas, así como otros órganos elegidos por los trabajadores". En el artículo 211 del Código de Trabajo se reconoce la huelga como medida extrema para dirimir un conflicto laboral colectivo. La decisión de convocar una huelga se adopta en asamblea (o conferencia) del colectivo laboral o del órgano correspondiente que representa a los empleados de la empresa. Podrán imponerse restricciones al derecho de huelga en caso de que su celebración constituya una amenaza grave para la vida y la salud de las personas y la seguridad y la capacidad defensiva del Estado.

2.Derecho a fundar sindicatos y a sindicarse

81.La Ley sindical de la República de Tayikistán establece la base jurídica de la actividad de los sindicatos. Las cuestiones de la protección social y laboral de los miembros del ejército y de otras fuerzas del orden se regulan en las leyes concernientes a esas entidades. En el artículo 2 de la Ley sindical se establece que los sindicatos pueden crear por voluntad propia diversas agrupaciones sindicales, según el principio ramal o territorial, e ingresar en ellas.

3. Derecho a la vivienda

82.El Código de la Vivienda de la República de Tayikistán se adoptó el 12 de diciembre de 1997. En la República las relaciones jurídicas relativas a la vivienda se regulan en dicho Código y en otros documentos normativos. Actualmente se encuentra en examen un proyecto de Código de la Vivienda con un nuevo texto.

83.De conformidad con la Constitución, todo ciudadano tiene derecho a la vivienda (art. 36). Ese derecho se garantiza mediante la construcción de viviendas estatales, sociales, cooperativas e individuales (privadas).

84.La legislación vigente prohíbe los actos que obstruyan el ejercicio del derecho a la vivienda por los ciudadanos. Los ciudadanos que necesiten mejorar sus condiciones de vivienda tienen derecho, con independencia de su origen nacional o racial y de su ascendencia, a obtener en usufructo viviendas situadas en edificios del fondo habitacional del Estado o en edificios construidos por sociedades cooperativas, con arreglo al procedimiento establecido en el Código de la Vivienda y otras leyes de la República. Las viviendas —por lo general un apartamento por familia— se otorgan a los ciudadanos necesitados que residen permanentemente en la localidad dada. De conformidad con el artículo 22 de la Constitución, la vivienda es inviolable. Nadie tiene derecho a allanar una vivienda contra la voluntad de sus habitantes, con independencia de su nacionalidad, raza y ascendencia (párrafo 2 del artículo 13 del Código de Procedimiento Penal). Está prohibido allanar la morada de una persona y privar a una persona de su hogar, excepto en los casos prescritos por la ley.

4. Derecho a la salud pública y la asistencia médica

85.Con respecto al derecho a la salud pública y la asistencia médica, véanse los párrafos 79 y 80 del informe inicial.

86.A fin de garantizar los derechos de las personas que viven con el VIH/SIDA, que constituyen un grupo vulnerable, se adoptó un Programa nacional de lucha contra la epidemia de VIH/SIDA para el período 2007-2010, encaminado a reducir la propagación del virus y llevar a cabo medidas preventivas entre la población del país, en particular entre jóvenes y adolescentes, hombres y mujeres. El Comité coordinador nacional de la prevención y la lucha contra el VIH/SIDA adoptó y ratificó los programas sectoriales de los Ministerios de Salud, de Defensa y de Educación, y del Comité de Asuntos de la Juventud, Deportes y Turismo.

87.En 2007 el Ministerio de Salud estableció consultorios médicos para los jóvenes en seis centros de salud reproductiva de la ciudad de Dushanbé y en dos distritos subordinados al nivel central de la República. La actividad principal de los consultorios consiste en ampliar el acceso a servicios clínicos y de asesoramiento, ampliar los conocimientos, las actitudes y los principales hábitos individuales de los jóvenes en relación con la salud sexual y reproductiva. Además de los jóvenes que llevan una vida estructurada, son destinatarios de la labor de los consultorios los jóvenes vulnerables, como los migrantes, reclutas del servicio militar, niños de la calle y consumidores de drogas.

88. En 2008, a fin de ofrecer mayor información a la población sobre salud reproductiva, planificación de la familia, trata de personas, higiene de la mujer, VIH/SIDA y otras enfermedades de transmisión sexual, los Ministerios del Interior y de Educación, y el Centro de promoción de un modo de vida saludable, conjuntamente con el Comité de Asuntos de la Mujer, celebraron encuentros con la población en cinco distritos del valle de Rasht y en todos los distritos de la provincia autónoma de Gorno-Badajshán. Participaron en esos encuentros más de 2.500 personas.

89.En 2008, con vistas elevar el nivel de información de la población, los especialistas del Centro de Salud Reproductiva de la República publicaron 32 artículos educativos en periódicos y revistas sobre temas de maternidad segura, salud reproductiva, planificación de la familia, patologías extragenitales y enfermedades de transmisión sexual, incluido el VIH/SIDA. Asimismo, dichos especialistas han participado en 42 programas de radio y televisión sobre dichos temas; en 2009 se transmitieron 29 de esos programas y se publicaron 21 artículos educativos.

90.La difusión de conocimientos sobre las formas de transmisión y los métodos de prevención de la enfermedad es un importante eslabón de la estrategia encaminada a reducir el número de personas infectadas con VIH/SIDA y lograr un cambio de actitud hacia los portadores del virus. En 2007 el 68,5% de la población de 15 a 49 años poseía conocimientos sobre el VIH/SIDA. Según los datos de la encuesta sobre el nivel de vida, los índices de conocimientos de los hombres sobre todas las cuestiones son superiores a los de las mujeres. En los últimos años ha aumentado el número de casos de infección entre las mujeres. Por ejemplo, si en 2000 la proporción de mujeres entre las personas infectadas era del 14%, al 1º de abril de 2010 ascendía al 20,6%. Según la información obtenida en la encuesta del nivel de vida, la proporción de mujeres y muchachas de 15 a 49 años concienciadas y que conocen los métodos de protección contra la infección por el VIH/SIDA es la siguiente: conoce al menos uno de los métodos de protección contra el VIH/SIDA el 63,0%; conoce al menos dos de esos métodos el 54,0%; conoce tres métodos fundamentales el 16,2%; y no conoce ningún método de protección contra el contagio por el VIH/SIDA el 37%. Al 1º de abril de 2010 en la República se habían registrado 2.009 personas infectadas, de ellas 1.595 hombres, o el 79,4%, y 414 mujeres, o el 20,6%. La proporción de casos de transmisión del virus por vía sexual se triplicó, de 8,2% en 2003 a 27,9% en 2010.

91.En Tayikistán tiene especial importancia el aspecto de género de la infección por el VIH. En la sociedad prevalecen fuertes estereotipos que impiden un análisis franco de la sexualidad entre personas de sexos y edades diferentes, lo que frena la difusión de conocimientos sobre la infección por el VIH y los métodos de su prevención, en particular entre los jóvenes (el 84% de las personas que viven con el VIH pertenece al grupo de 15 a 39 años). Las normas y los estereotipos sociales impiden que las mujeres, y en especial las niñas, reciban conocimientos sobre salud sexual y reproductiva. Para las mujeres tayikas, y sobre todo las de zonas rurales, es difícil, y a veces llega a ser imposible, hablar sobre la sexualidad con sus esposos. Se ha observado un aumento de la detección de casos de VIH entre los trabajadores migratorios. En el primer semestre de 2009, el 20,2% de los nuevos casos detectados eran trabajadores migratorios. Por esa razón es sumamente importante desarrollar programas intersectoriales para reducir la vulnerabilidad de las mujeres al VIH/SIDA y lograr la igualdad entre los géneros en materia de acceso a medidas y servicios de prevención. En el programa de estudios del Instituto Islámico de Tayikistán figuran temas relativos a la salud reproductiva y la prevención del VIH/SIDA. Se capacita a los líderes religiosos de las localidades y se les incorpora en el proceso de promoción de una conducta sexual segura entre la población.

92.En 2009 los especialistas del Centro de lucha contra el sida de la República, conjuntamente con funcionarios del Ministerio de Trabajo, impartieron seminarios de capacitación sobre la prevención del VIH/SIDA y demás enfermedades de transmisión sexual a líderes religiosos y representantes de los consejos de microdistritos de la ciudad de Dushanbé y en las provincias de Sogd y Jatlón. El Ministerio de Salud ha adoptado una serie de documentos jurídicos y normativos con vistas a ampliar la cobertura de las pruebas del VIH y las consultas médicas previas y posteriores a dicha prueba para las embarazadas, ofrecerles apoyo psicosocial, reducir la transmisión vertical del virus de la madre al recién nacido y prevenir y disminuir la estigmatización y discriminación de las mujeres seropositivas. A fin de evitar que las personas que viven con el VIH sean objeto de estigmatización y discriminación por los profesionales de la medicina cuando reciben servicios médicos, en el Plan del Centro de lucha contra el sida de la República se prevé realizar seminarios periódicos sobre la prevención del VIH/SIDA, sus vías de transmisión, la terapia antirretroviral y el apoyo y los cuidados paliativos.

93.No obstante, en la actualidad se dan casos de estigmatización y discriminación de personas que viven con el VIH por el personal médico durante la prestación de sus servicios. En ese sentido, y con vistas a reducir esos casos, en este momento es necesario llevar a cabo seminarios de capacitación y una labor divulgativa entre los trabajadores de la medicina sobre ese tema, en particular entre los especialistas en atención primaria de salud, y darles a conocer los instrumentos y documentos normativos de la prevención del VIH/SIDA que han sido adoptados por el Gobierno y el Ministerio de Salud (Ley Nº 150, de lucha contra el virus de inmunodeficiencia humana y el síndrome de inmunodeficiencia adquirida, de 28 de diciembre de 2005, y Resolución gubernamental Nº 171, de 1º de abril de 2008, por la que se aprueban el Reglamento de los exámenes médicos para la detección del virus de inmunodeficiencia humana, y del registro, reconocimiento médico y seguimiento preventivo de las personas infectadas con el VIH, y la Lista de personas que deben someterse obligatoriamente a la prueba del VIH, sobre la base de los indicadores epidemiológicos).

5.Sistema de seguridad social

94.En relación con la seguridad social, véase el párrafo 81 del informe inicial de Tayikistán.

95. A fin de elevar el bienestar de las capas pobres de la población y prestar asistencia a las familias de bajos ingresos de la República (independientemente de su origen racial y étnico), el Ministerio de Trabajo elaboró la "Concepción de la seguridad social de la población de la República de Tayikistán", que fue aprobada en virtud de la Resolución gubernamental Nº 783, de 29 diciembre de 2006. Por resolución gubernamental se aprobó el plan de acción encaminado a asegurar el cumplimiento de dicha Concepción. Se lleva a cabo una labor concreta para crear y poner en práctica un mecanismo eficaz de asistencia social a grupos específicos. En la actualidad esa labor se desarrolla en dos sentidos: asistencia a los hijos de familias de bajos ingresos que estudian en la enseñanza general y compensación de los gastos de electricidad y gas a las familias de esa categoría, con independencia de su etnia, raza y religión. Ya ha sido posible realizar una reforma estructural en esta esfera. En particular, el trabajo ya no se organiza en un solo nivel, sino que se han creado comisiones competentes que funcionan en dos niveles, a nivel de distritos (ciudades) y de las propias comunidades, lo cual se ha plasmado en la normativa correspondiente. Se prevén asignaciones presupuestarias para apoyar la labor de esas comisiones.

96.El Gobierno dedica gran atención a los veteranos de guerra y del trabajo, familiares de militares caídos en campaña, ancianos y personas con discapacidad, a fin de mejorar los servicios que se les prestan de manera permanente. Los presidentes de las provincias, las ciudades y los distritos también se preocupan constantemente por las personas de esas categorías. En virtud de una resolución del Majlis de diputados populares de la ciudad de Dushanbé, se pagan subsidios adicionales en efectivo a los veteranos de guerra y a las personas equiparadas a esa categoría; las personas con discapacidad, incluidos los afectados por el desastre de Chernóbil, las familias con más de dos personas con discapacidad entre sus miembros, los pensionistas mayores de 75 años, y los jubilados que viven solos que se benefician de servicios sociales reciben productos alimenticios. En 2009 se abonaron a las familias de bajos ingresos pagos compensatorios por valor de 36,3 millones de somoni, incluidos 25,2 millones de somoni por la utilización de la electricidad, 9,7 millones por el gas natural y 1,5 millones en concepto de otros pagos sociales específicos. Por conducto de la Federación de sindicatos independientes de Tayikistán se han destinado 4.500 millones de somoni del fondo del seguro social al tratamiento sanitario de trabajadores.

97. Se han logrado resultados positivos en la esfera de la seguridad social en su conjunto, a saber: en las instituciones residenciales las normas de alimentación y suministro de medicamentos se han elevado hasta el nivel establecido científicamente; se construyeron y entraron en explotación dos edificios nuevos en el Centro "Chorbog", situado en el distrito de Varzoba, y una sala de aislamiento en el internado Batosh, de la ciudad de Tursunzade; y se ha iniciado la construcción de un internado con capacidad para 100 niños en el distrito de Bojtar, provincia de Jatlón.

98.La Comisión Europea desarrolla un programa de apoyo a la política sectorial en la esfera de la seguridad social que incluye las siguientes medidas: asignación de recursos presupuestarios directos y no destinados a un sector determinado por valor de 17,5 millones de euros, proyectos de asistencia técnica por valor de 5,5 millones de euros, y donaciones a ONG para la ejecución de proyectos a nivel local por un valor total de 2 millones de euros.

99.En las instituciones residenciales del Ministerio de Salud están alojadas 1.504 personas. En 2009 del presupuesto de la República se destinaron a esas instituciones 11,4 millones de somoni, es decir, 3,5 millones más que en 2008, y 4,4 millones más que en 2007. En 2010 se les asignaron 12,5 millones de somoni.

100. Con apoyo del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) en 2008 se creó en el Ministerio de Trabajo y está funcionando el Departamento de servicios y protección social a la familia y la infancia; solamente en 2009 se formaron con apoyo del UNICEF más de 150 trabajadores sociales de distritos piloto; se refuerza la coordinación entre las instituciones sociales que prestan servicios a niños con discapacidad y de los departamentos de derechos del niño creados en los órganos ejecutivos del poder del Estado a nivel local. En el marco de la cooperación con el UNICEF, en la Facultad de Filosofía de la Universidad Nacional de Tayikistán se ha creado una cátedra de formación de especialistas en trabajo social. En el marco del proyecto denominado "Aumento del potencial de funcionarios dedicados al trabajo social" y en cooperación con el cuadro de profesores de la Universidad de Estocolmo se formaron 25 trabajadores sociales destinados a instituciones sociales.

101. Han mejorado la atención a la población y la labor cientificometodológica en 45 departamentos de asistencia social y en seis centros de servicios a ciudadanos que viven solos, en relación con la prestación de 30 tipos de servicios sociales.

102. Se han asignado a seis instituciones residenciales 63 ha de tierra para terapia ocupacional; los productos que se cosechan en las parcelas productivas se destinan a las necesidades de las personas acogidas en esas instituciones.

103.Existen tres centros de reposo, tratamiento y profilaxis y una residencia para veteranos de guerra y del trabajo, en los que cada año reciben tratamiento más de 2.000 personas (independientemente de su raza y nacionalidad).

6.Derecho a la educación y la formación profesional

Párrafo 17 de las observaciones finales del Comité

104.Los centros de enseñanza son la principal institución de preservación y desarrollo del acervo etnocultural y lingüístico. En la actualidad en las escuelas se imparte enseñanza en los idiomas tayiko, ruso, uzbeko, kirguís, turcomano e inglés. En los centros de enseñanza superior hay grupos de alumnos que utilizan el ruso y el uzbeko como idiomas de enseñanza. Con arreglo a los datos del Ministerio de Educación, en 2009 funcionaba un total de 3.773 escuelas, en 1.167 de las cuales se impartían las clases en idiomas de minorías nacionales. La enseñanza en ruso se concentra en las ciudades de Dushanbé, Judzhand, Chkalovsk, Tursunzade y Kurgan-Tyube; y en uzbeko, en los distritos de Spitamen, Dzhabborrasul, Tursunzade, Shaartuz, Kabodiene y Nosiri Jusrav. Se han creado centros de enseñanza en kirguís en los distritos de Murghob y Dzhirguital, y en turcomano, en el distrito de Dzhilikul. Véase el anexo 2.

105.La práctica escolar y los resultados de las investigaciones realizadas muestran que los centros docentes de enseñanza en ruso, uzbeko, kirguís y turcomano, como parte integrante del sistema de educación de Tayikistán, sufren exactamente los mismos problemas que las escuelas de enseñanza en tayiko; a saber, escasez de fondos, déficit de materiales y equipos, exceso de alumnos en las aulas y suministro deficiente de libros de texto. Entre los problemas específicos de las escuelas de enseñanza en idiomas diferentes del tayiko, sobresale el relacionado con los planes y programas de estudios y los libros de texto. Hasta 2000, las escuelas de enseñanza en uzbeko, ruso, kirguís y turcomano seguían los planes y programas de estudios y libros de texto de los países de origen de la etnia correspondiente. Además del conjunto de asignaturas establecido en dichos países, se aplicaba obligatoriamente la norma de enseñanza de la República de Tayikistán, que incluía las asignaturas de idioma tayiko, historia, literatura y geografía de Tayikistán. Desde 2000 en todas las escuelas se aplican los planes y programas de estudios de la República de Tayikistán con la misma distribución de horas lectivas para todas las asignaturas. Como resultado de esa medida, en las escuelas de lengua no tayika ha surgido una serie de problemas, a saber: una gran escasez de libros de texto en el idioma materno adecuados a los planes y programas de Tayikistán, reducción de las horas lectivas para el estudio del idioma materno (ruso, uzbeko, kirguís y turcomano) y ausencia de tiempo para el estudio de la historia, la geografía y la literatura de los países de origen étnico.

106.Con la adopción de la escritura latina en Uzbekistán y Turkmenistán se ha agudizado el problema de los libros de texto de las escuelas de enseñanza en uzbeko y turcomano, pues ya no es posible utilizar en Tayikistán los que se editan en esos países. Como en Tayikistán se emplea el alfabeto cirílico y los niños de las escuelas de enseñanza en uzbeko y turcomano no conocen la escritura latina, sus libros de texto en uzbeko y turcomano están elaborados sobre la base gráfica del cirílico. Con vistas a abastecer a las escuelas de libros de texto, el Gobierno aprobó el Programa estatal de edición de libros de texto para el período 2007-2010 (Resolución gubernamental Nº 391, de 3 de agosto de 2007). El Programa prevé la publicación y distribución de libros de texto y material escolar a todas las escuelas, incluidas las de enseñanza en idioma uzbeko. En los últimos años se han destinado a estas últimas 32 títulos de libros de texto con una tirada de 1,1 millones de ejemplares (en escritura cirílica). En 2004 se compraron a Kirguistán con cargo al presupuesto 15.000 libros de texto para el distrito de Dzhirguital. Por otra parte, del fondo de reserva de la Presidencia de Tayikistán se han asignado 10.000 somoni para la traducción de libros de texto al kirguís. A fin de atender las necesidades de libros de texto de las escuelas mixtas, el Ministerio de Educación ha autorizado que un grupo de maestros se dedique a la traducción de libros de texto del tayiko al kirguís y al turcomano. En los últimos años se han hecho pedidos de 18 títulos de libros de texto (lengua materna, literatura y matemáticas) con una tirada de 23.600 ejemplares, que se han distribuido entre los alumnos de escuelas de enseñanza en kirguís. En 2010 se editaron para las escuelas de enseñanza en kirguís 2.000 ejemplares del libro "Historia del pueblo tayiko". Se ha abierto una licitación para la publicación de los siguientes libros de texto destinados a las escuelas de enseñanza en ruso, kirguís y turcomano: geografía para el 8º de las escuelas de enseñanza en kirguís; Ene dili (Lengua materna), en dos tomos; matemáticas; el Alfabeto, para el 1º de las escuelas de enseñanza en turcomano; Derechos Humanos, para el 11º de las escuelas de enseñanza en ruso; y otros libros de texto de diversa índole. En este momento están en proceso de elaboración y evaluación por los especialistas los borradores de 12 libros de texto en uzbeko, 5 en kirguís, 7 en turcomano y 7 en ruso para las escuelas de enseñanza en los idiomas respectivos. En 2010, con la asistencia del Ministerio de Educación y Ciencia de la Federación de Rusia, se suministraron a la República de Tayikistán y se distribuyeron a las escuelas 25.000 libros de texto, obras literarias y manuales metodológicos para las escuelas de enseñanza en ruso.

107.Es necesario mencionar las limitadas posibilidades del Estado para hacer frente a la formación de maestros para las escuelas de las minorías nacionales, debido a dificultades financieras. En la actualidad tienen la oportunidad de realizar estudios de pregrado solo los maestros de tayiko, ruso y uzbeko. El Gobierno carece de medios para formar maestros en otros países (por ejemplo, en Turkmenistán). Puede señalarse como experiencia positiva el desarrollo profesional de los maestros de kirguís, que se forman en Kirguistán mediante un convenio intergubernamental.

108.Otro problema acuciante para los miembros de minorías nacionales es la formación profesional en el idioma materno. Según datos del Ministerio de Educación, en el año escolar 2009/10 estudiaban en centros de enseñanza superior de Tayikistán en grupos de enseñanza en ruso 28.288 personas, y en uzbeko, 3.536; de ellos, 19.300 asistían a los cursos diurnos impartidos en ruso, y en uzbeko, 1.579.

109.Con la apertura de la Universidad Ruso-Tayika (eslava) se ampliaron las posibilidades de la población rusohablante para recibir formación profesional en ruso. Los jóvenes uzbekos, kirguisos y turcomanos tienen menos oportunidades. Este problema está muy entrelazado con el tema de la formación y existencia de personal que domine los idiomas de esas nacionalidades. En la Universidad pedagógica estatal de Tayikistán y en las Universidades estatales de Judzhand y Kurgan-Tyube se forman en uzbeko pedagogos de distintas especialidades. Las personas cuyo idioma es el kirguís o el turcomano pueden recibir formación profesional en esos idiomas fundamentalmente en Kirguistán y Turkmenistán, o bien formarse en centros de estudios superiores de Tayikistán en ruso y tayiko.

110.En la actualidad el Ministerio de Educación elabora el proyecto de Estrategia nacional de desarrollo de la educación en la República de Tayikistán hasta 2020. En las secciones del proyecto dedicadas a la enseñanza media se enuncian tareas y medidas para resolver los problemas existentes, a saber:

a)Seguimiento y evaluación periódicos de la publicación de libros de texto para las aulas de enseñanza en idiomas diferentes del tayiko; estudio de las necesidades de libros de texto para las escuelas de minorías étnicas;

b)Examen conjunto con las comunidades étnicas de la necesidad de crear escuelas primarias de enseñanza en idiomas diferentes del tayiko;

c)Examen y adopción de medidas para incluir en los planes de estudios horas adicionales para la enseñanza de la historia, la geografía y la literatura de los países de origen de las etnias;

d)Examen y adopción de un plan de acción para la formación de maestros para las escuelas de las etnias;

e)Análisis del mejoramiento de la cualificación de los maestros que imparten la enseñanza en idiomas diferentes del tayiko.

7.Derecho a participar, en condiciones de igualdad, en las actividades culturales

Párrafo 19 de las recomendaciones finales del Comité

111.A fin de hacer valer el derecho a preservar y desarrollar la cultura autóctona que asiste a los ciudadanos tayikos, incluidos los miembros de minorías étnicas, en la República de Tayikistán se lleva a cabo el "Programa de desarrollo de la cultura de la República de Tayikistán para el período 2008-2015", aprobado en virtud de la Resolución gubernamental Nº 85, de 3 de marzo de 2007. En el Programa se prevé:

a)Mejorar el funcionamiento de las instituciones socioculturales y desarrollar el arte popular;

b)Desarrollar las artes escénicas;

c)Desarrollar las vertientes tradicionales y contemporáneas de la cultura;

d)Desarrollar las artes plásticas;

e)Desarrollar la actividad editorial, las bibliotecas y la información;

f)Desarrollar la ciencia y la educación artística;

g)Preservar los monumentos históricos y culturales y el patrimonio; y

h)Desarrollar la cooperación internacional en la esfera de la cultura.

La ejecución del Programa permitirá crear un nuevo mecanismo de trabajo de las instituciones culturales, perfeccionar el sistema de funcionamiento de los centros de cultura y arte atendiendo la demanda cultural de la población, seguir reforzando la base material y técnica de la cultura, ampliar el sistema de formación de especialistas en ese campo, teniendo en cuenta las necesidades de la sociedad, y desarrollar la actividad editorial y el arte popular.

112.En la República de Tayikistán funcionan 16 teatros estatales. De ellos, 11 ofrecen espectáculos en tayiko, 3 en ruso (el Teatro Mayakovski, de la ciudad de Dushanbé; el Teatro Dramático Pushkin, de la ciudad de Judzhand; y el Teatro de Guiñol, de la ciudad de Chkalovsk) y 1 en uzbeko (en el distrito de Spitamen). El Teatro de Ópera y Ballet Ayni presenta obras de autores tayikos y rusos, así como obras clásicas del patrimonio universal. En las ciudades de Dushanbé, Kanibadam, Tursunzade, Chkalovsk, y en los distritos de Dzhilikul, Dzhirgital, Spitamen y Dzhabborrasul, los conjuntos populares de artistas aficionados de las etnias uzbeka, rusa, kirguisa, turcomana, coreana y azerbaiyana colaboran con los departamentos de cultura de las provincias y distritos en la celebración de actividades culturales.

113.En el territorio de la República funcionan actualmente los siguientes conjuntos y grupos artísticos de minorías étnicas:

Conjunto artístico uzbeko "Dilgirodzh" (ciudad de Dushanbé);

Conjunto artístico tártaro-bashkirio "Dustlik" (ciudad de Dushanbé);

Conjunto artístico ruso-eslavo "Slavianochka" de la Universidad Ruso-Tayika (eslava) (ciudad de Dushanbé);

Conjunto artístico uzbeko "Beshkarsak" (distrito de Yavan);

Conjunto artístico familiar turcomano "Turkmeny" (distrito de Dzhilikul);

Conjunto artístico uzbeko "Umed" (distrito de Spitamen);

Conjunto etnográfico uzbeko "Assor" (ciudad de Kanibadam).

Los conjuntos "Umed" y "Assor" están adscritos a departamentos de cultura; el resto de los conjuntos no son estatales.

114.El concurso y festival televisivo de arte popular "Andaleb" y el festival competitivo de teatros profesionales "Parastu", ambos de nivel republicano, contribuyen a preservar y desarrollar la cultura autóctona de las minorías étnicas de la República. El fortalecimiento de la amistad entre esas etnias es uno de los propósitos del festival "Andaleb", cuyo programa incluye sus canciones y danzas. También con el objetivo de preservar y desarrollar las culturas autóctonas y garantizar los derechos de las minorías étnicas, en 2007 se celebró el festival nacional de conjuntos familiares "Guli maksud", en el que participaron activamente familias kirguisas y turcomanas de los distritos de Murghab, Dzhilikul y Dzhirgital.

115.Desde 2004, en el festival "Andaleb" se presentan numerosos grupos artísticos de las minorías nacionales y étnicas de todas las regiones de Tayikistán. Además, en la provincia de Sogd se celebra tradicionalmente el festival competitivo provincial "Canciones y melodías rusas", con gran participación de representantes de todos los grupos étnicos que viven en la región.

116.De conformidad con el Plan de acción del Programa de desarrollo de la cultura de la República de Tayikistán para el período 2008-2015, se prevé celebrar en 2009, 2012 y 2015 festivales de conjuntos de aficionados de las minorías étnicas y de la diáspora tayika.

117.Con vistas a fomentar las relaciones culturales y diversificar la vida cultural de la sociedad tayika, la República participa, sobre una base recíproca, en la celebración de los Días de la cultura de los países miembros de la Comunidad de Estados Independientes (CEI), de los Estados miembros de la Organización de Cooperación de Shanghai y de otros países. En 2005 tuvieron lugar las siguientes celebraciones:

Días de la cultura de la República de Tayikistán en la Federación de Rusia;

Días de Tayikistán en la UNESCO.

En 2007:

Días de la cultura de la República de Tayikistán en la República Popular Democrática de Corea;

Días de la cultura de la República de Tayikistán en la República de Azerbaiyán;

Días de la cultura de la República de Tayikistán en la República de Kazajstán;

Días de la cultura de la República de Belarús en la República de Tayikistán.

En 2008:

Días de la cultura de la República Popular Democrática de Corea en la República de Tayikistán;

Días de la cultura de la República de Kazajstán en la República de Tayikistán;

Días de la cultura de la República de Tayikistán en la India;

Días de la cultura de la República de Tayikistán en la República de Belarús;

Semana de amistad en la República Islámica del Irán.

En 2010:

Días de la cultura de Turkmenistán en la República de Tayikistán;

Días de la cultura de la Federación de Rusia en la República de Tayikistán;

Días de la cultura de la República de Tayikistán en Turkmenistán.

Esta práctica se seguirá aplicando en el futuro como la forma más eficaz de intercambio y enriquecimiento cultural.

118.En la República están registradas agrupaciones (comunidades, asociaciones, consejos y centros etnoculturales) de las minorías étnicas rusa, coreana, azerbaiyana, uigur, uzbeka, kazaja, georgiana, alemana, armenia, turcomana, kirguisa, osetia, tártaro-bashkiria, y otras (véase el anexo 3). En las sedes creadas por esas agrupaciones se celebran diversas actividades culturales, recreativas y educativas, actos solemnes en conmemoración de efemérides y festividades estatales, históricas y nacionales, y homenajes a personalidades de la literatura, la cultura, la ciencia y el arte de sus patrias históricas.

119.Entre los problemas principales en que centra su atención el Estado figuran los siguientes:

a)Falta de programas para fomentar la educación intercultural en la radio y la televisión;

b)Escasa atención en el sistema de enseñanza general a los problemas relacionados con el diálogo y la educación interculturales;

c)Bajo nivel de competencia en el idioma oficial entre los miembros de las minorías étnicas.

F.Derecho de acceso a los lugares destinados al uso público

120.Véase el párrafo 84 del informe inicial.

Información por los grupos pertinentes de víctimas o posibles víctimasde la discriminación racial

Ejercicio de todos los derechos y libertades sin discriminación por motivosraciales

a)Refugiados y desplazados

121.A fin de reglamentar las cuestiones relacionadas con los refugiados y distribuir con precisión las responsabilidades entre los ministerios y organismos del país, en mayo de 2002 se aprobó la Ley de refugiados de la República de Tayikistán. En ella se definen las bases y el procedimiento para otorgar el estatuto de refugiado a los solicitantes de asilo, se establecen las garantías económicas, sociales y jurídicas de la protección de los derechos e intereses legítimos de los refugiados y se determina su situación jurídica. De conformidad con el artículo 2 de dicha ley:

Se define como refugiado toda persona que no posea la ciudadanía tayika y se encuentre en el territorio de la República debido a fundados temores de ser perseguida en el Estado de su ciudadanía por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas, y no pueda o, a causa de dichos temores, no quiera acogerse a la protección de tal Estado; o que, careciendo de nacionalidad y hallándose, a consecuencia de tales acontecimientos en la República de Tayikistán, no pueda o, a causa de dichos temores, no quiera regresar al Estado de su ciudadanía;

Se considera solicitante de asilo a todo ciudadano extranjero o persona apátrida que haya abandonado el país de su nacionalidad o de su anterior residencia con la intención de solicitar el estatuto de refugiado en la República de Tayikistán;

Se entiende por centro de alojamiento temporal el lugar de permanencia temporal de los solicitantes de asilo y de sus familiares que han solicitado el estatuto de refugiados, o de los refugiados que no tienen la posibilidad de conseguir alojamiento por sus medios en la República de Tayikistán;

El certificado temporal de inscripción de la solicitud del estatuto de refugiado es el documento probatorio de la identidad y la situación jurídica de los solicitantes de asilo que han solicitado el estatuto de refugiado en la República de Tayikistán, de conformidad con la Ley de refugiados;

El certificado de refugiado es el documento oficial que acredita la identidad de los solicitantes de asilo que poseen el estatuto de refugiados en la República de Tayikistán;

Se entiende por estatuto de refugiado la situación jurídica (el conjunto de derechos, libertades, obligaciones e intereses legítimos generales definidos en la legislación de la República de Tayikistán) de los solicitantes de asilo reconocidos como refugiados en la República de Tayikistán.

122.En cuanto a las restricciones para el otorgamiento del estatuto de refugiado en la República de Tayikistán, en el artículo 3 de la Ley de refugiados se establece que esta no se aplicará en los siguientes casos:

Personas respecto de las cuales existen razones suficientes para suponer que han cometido un delito contra la paz, un delito de guerra o un delito contra la humanidad, de los definidos en los instrumentos internacionales elaborados para adoptar disposiciones respecto de tales delitos;

Personas, respecto de las cuales existen razones suficientes para suponer que han cometido un delito común grave fuera de las fronteras de la República de Tayikistán y antes de ser admitidas en su territorio;

Personas que, según la información de que se dispone, pudieran pertenecer a órganos especiales del Estado de su ciudadanía, a organizaciones terroristas internacionales o a organizaciones relacionadas con el tráfico de estupefacientes;

Personas, respecto de las cuales existen razones suficientes para suponer que son culpables de actos contrarios a los principios de las Naciones Unidas y la OSCE; y

Personas que reciban protección o asistencia de un órgano u organismo de las Naciones Unidas distinto de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, o de la OSCE.

Asimismo, la ley no se aplica a las personas que hayan abandonado el Estado de su ciudadanía (de su residencia anterior) por motivos económicos relacionados con hambruna, epidemias, o con situaciones de emergencia debidas a desastres naturales y tecnológicos.

123.En el artículo 7 de la ley se definen los derechos de los solicitantes de asilo que han hecho diligencias para que se les reconozca el estatuto de refugiados, incluido el derecho a elegir el lugar de su residencia en las ciudades y distritos de la República de Tayikistán.

124.En el artículo 6 de la ley se define el procedimiento para la solicitud del estatuto de refugiado y para el examen de dicha solicitud. Las personas que desean recibir asilo en Tayikistán pueden dirigirse a las misiones diplomáticas o consulares de la República ante el país donde permanecen para presentar la solicitud del estatuto de refugiado. Los solicitantes de asilo mayores de 18 años que hayan declarado su intención de obtener el estatuto de refugiados tienen la obligación de presentar una solicitud por escrito, personalmente o por conducto de un representante autorizado, a los órganos que se relacionan a continuación:

En los puntos de cruce de la frontera estatal de la República de Tayikistán, a los órganos de la Guardia de Fronteras del Estado, de Seguridad, y del Servicio Estatal de Migración, en los casos de personas que se hayan visto forzadas a cruzar ilegalmente la frontera del Estado, en un plazo de 24 horas a partir de ese acto. Si por circunstancias independientes de su voluntad los interesados no pueden presentar la solicitud del estatuto de refugiado en el tiempo establecido, el plazo podrá extenderse a más de 48 horas, рero por un período no mayor que la duración de las circunstancias mencionadas.

Al Servicio Estatal de Migración, en un plazo máximo de un mes, en los casos de personas que han entrado legalmente en la República de Tayikistán.

Si por encontrarse enfermo un solicitante de asilo no puede declarar personalmente su intención de obtener el estatuto de refugiado, podrá hacerlo en su lugar una persona debidamente autorizada a representarlo, previa presentación del certificado médico correspondiente.

125.Toda persona que se haya visto forzada a cruzar ilegalmente la frontera del Estado y haya declarado su intención de obtener el estatuto de refugiado será retenida por las unidades de las tropas de la Guardia de Fronteras o de los órganos de seguridad sin que se le apliquen las sanciones establecidas en la legislación de la República por la entrada o permanencia ilegal en su territorio. En el curso de 72 horas las unidades de la Guardia de Fronteras y de la seguridad del Estado notifican al órgano territorial de migración más cercano la intención de los solicitantes de asilo de obtener el estatuto de refugiado, a fin de que dicho órgano tramite el registro de la solicitud. Los datos de los familiares menores de 16 años que acompañen al solicitante de asilo se consignarán en la solicitud de uno de los padres, y a falta de estos, en la de su representante legal o en la de uno de sus familiares que haya cumplido 18 años y asuma voluntariamente la responsabilidad por el comportamiento, la manutención y la educación de esos niños. Las personas menores de 16 años que lleguen al territorio de la República de Tayikistán sin estar acompañadas por sus representantes legales y deseen obtener el estatuto de refugiados son entrevistadas por un funcionario del Servicio Estatal de Migración que rellena el cuestionario correspondiente. En espera de la decisión sobre el estatuto jurídico de esas personas, se les traslada a los órganos de tutela y curatela de la República, de conformidad con la presente Ley de refugiados y otros documentos normativos de la República.

126.La situación jurídica de los solicitantes de asilo reconocidos como personas con discapacidad que desean obtener el estatuto de refugiado se determina de conformidad con la legislación de la República de Tayikistán.

127.Las solicitudes de asilo de las personas de 16 años o más que son miembros de una misma familia se examinan por separado, sobre la base de los requisitos de la Ley de refugiados.

128.Si en relación con uno de los miembros de la familia del solicitante que haya cumplido 16 años o más no se dan las circunstancias previstas en la ley, también se le otorgará, con su consentimiento, el estatuto de refugiado, a fin de asegurar la reunificación familiar.

129.La Comisión del Servicio Estatal de Migración encargada de determinar el estatuto de refugiado decide la admisión a trámite de las solicitudes del estatuto de refugiado durante los diez días posteriores a la fecha de su presentación. Para ello se evalúa las respuestas escritas del solicitante al cuestionario correspondiente, sus respuestas orales a la lista de preguntas que se le formulan durante una entrevista personal, y los resultados de las verificaciones de los datos obtenidos sobre su persona y los familiares que lo acompañan.

130.Una vez admitida la solicitud, se expide al solicitante un certificado temporal en que se consigna que ha cumplido este trámite (en lo sucesivo, certificado), que es un documento acreditativo de su identidad.

131.Los datos de los familiares de solicitantes de asilo que no hayan cumplido los 16 años se consignan en el certificado de uno de sus padres, y a falta de estos, en el de su representante legal o en el de uno de los miembros de la familia de 18 años o más y que haya asumido voluntariamente la responsabilidad de velar por la conducta, la educación y la manutención de los miembros de la familia menores de 16 años.

132.Los solicitantes de asilo menores de 16 años que hayan entrado en el territorio de la República sin estar acompañados por sus representantes legítimos y que hayan realizado las diligencias necesarias para obtener el estatuto de refugiado podrán recibir el certificado según dictaminen los órganos de tutela y curatela.

133.El certificado sirve de base para que el solicitante del estatuto de refugiado y sus familiares se registren, con arreglo al procedimiento establecido, en los órganos del Ministerio del Interior donde residirán mientras se tramita su solicitud. De ser necesario, el certificado también servirá de base para el envío del solicitante de asilo y su familia a un asentamiento temporal.

134.Constituyen argumentos para denegar la tramitación de una solicitud del estatuto de refugiado (art. 8) y del propio estatuto de refugiado las siguientes circunstancias:

La solicitud carece a todas luces de fundamento o es un intento de abusar del estatuto de refugiado;

En la solicitud se perciben circunstancias a las que se aplican las disposiciones excluyentes de la Ley de refugiados;

A la persona solicitante se le había denegado antes el estatuto de refugiado por no existir en el Estado de su ciudadanía (residencia anterior) circunstancias bajo las cuales pudiera ser perseguida, siempre y cuando la situación de dicho Estado no se haya modificado en el período comprendido entre el momento de la denegación del estatuto de refugiado y la presentación de la nueva solicitud;

La persona solicitante es ciudadana de un tercer Estado donde puede recibir protección, o tiene derecho a permanecer legalmente en el territorio de un tercer Estado, si no existen temores fundados de que en este pueda ser víctima de persecución;

La persona solicitante llegó a la República de Tayikistán directamente del territorio de otro Estado en el que permaneció temporalmente sin ser perseguida o pudo obtener asilo o el estatuto de refugiado conforme al procedimiento establecido;

La persona solicitante abandonó el Estado de su ciudadanía (de su residencia anterior) y no desea regresar a este por temor a ser castigada, de conformidad con su legislación, por haber salido ilegalmente de su territorio o infringido de otro modo sus leyes;

La persona solicitante se vio obligada a cruzar ilegalmente la frontera estatal de la República de Tayikistán con la intención de solicitar el estatuto de refugiado, pero no lo solicitó con arreglo a los procedimientos establecidos en la Ley de refugiados;

La persona solicitante se niega a dar sus datos personales u ofrece datos deliberadamente falsos sobre su persona y/o las circunstancias de su llegada a la República de Tayikistán;

El cónyuge de la persona solicitante es ciudadano(a) de la República de Tayikistán, por lo que, de conformidad con la legislación, tiene la posibilidad de obtener el permiso de residencia permanente;

La persona solicitante tiene permiso de residencia permanente en la República de Tayikistán.

135.En el artículo 9 de la Ley de refugiados se prevén las consecuencias que se derivan de la denegación de la tramitación de una solicitud del estatuto de refugiado. En caso de denegación de una solicitud en virtud de las circunstancias previstas en la ley, a más tardar a los cinco días de esa decisión el Servicio Estatal de Migración entrega o envía al solicitante una notificación en la que se señalan los motivos y el procedimiento para recurrirla, y se esclarece la situación jurídica del solicitante y de los miembros de su familia en la República de Tayikistán. El Servicio Estatal de Migración comunica a los órganos del Ministerio del Interior y de seguridad su decisión definitiva de no aceptar la solicitud del estatuto de refugiado. Al mismo tiempo, solicita a la entidad correspondiente que extienda a la persona en cuestión un visado de salida por un plazo que le permita recurrir la decisión de denegación de su solicitud. El interesado que, habiendo recibido la notificación de denegación, no haga uso de su derecho a recurrir esa decisión, conforme a la Ley de refugiados estará obligado a abandonar el territorio de la República de Tayikistán junto con los miembros de su familia, a más tardar al mes de la fecha en que reciba la notificación de denegación, si no existe ninguna justificación legal para su permanencia en la República.

136.En el artículo 5 de la Ley de refugiados se establece que serán expulsadas por el órgano de seguridad, con el visto bueno de la Fiscalía General, aquellas personas a quienes se hubiera denegado la tramitación de la solicitud del estatuto de refugiado y el propio estatuto, o que hubieran perdido dicho estatuto o sido privadas de este junto con sus familiares, y no hubiesen abandonado el territorio de la República de Tayikistán en el plazo establecido. Estas disposiciones constituyen la base de todos los convenios internacionales de Tayikistán relacionados con la expulsión, devolución y extradición de personas a otro Estado. A fin de determinar más eficazmente el estatuto de los refugiados, el 14 de mayo de 2007 se aprobó la nueva composición de la Comisión encargada de determinar el estatuto de los refugiados, de la que pasaron a formar parte representantes de los ministerios y organismos competentes de la República.

b)Pueblos indígenas y minorías étnicas

137.La Constitución de la República de Tayikistán prohíbe la discriminación por motivos de raza, nacionalidad y origen étnico (arts. 1, 2, 5, 14, 24, 36 y 41). Todas las naciones y pueblos que viven en el territorio de la República de Tayikistán tienen derecho a utilizar libremente su idioma materno. La educación en el idioma materno es la base de la preservación de la cultura y la identidad del pueblo.

138.Las instituciones preescolares, los centros de enseñanza general y primaria, y de formación profesional media, superior, y de posgrado pueden desarrollar sus actividades en idiomas diferentes del tayiko. Para todas las naciones y pueblos de Tayikistán, en particular para los sectores sociales que podrían verse afectados, se crean condiciones para la libre elección del idioma de enseñanza, con arreglo a la legislación. La Ley de idiomas no es un obstáculo para la educación ni para las clases de cultura y arte en los idiomas maternos (véanse los párrafos 103 a 109 del presente informe, sobre el derecho a la educación y la formación profesional, y 110 a 118, sobre el derecho a participar en igualdad de condiciones en la vida cultural, correspondientes al artículo 5).

139.Además de las escuelas de enseñanza en ruso, uzbeko, kirguiso y turcomano, en Tayikistán funciona una escuela en la que se imparte la enseñanza en dari. Ante al aumento del número de refugiados afganos y de la corriente migratoria general desde el vecino Afganistán, el Gobierno de Tayikistán contribuye por todos los medios a la educación de los niños afganos. Además, con vistas a integrar a los niños refugiados afganos en la sociedad tayika, también se les ofrece la posibilidad de asistir libremente a las escuelas tayikas. Para facilitar el proceso docente, con la asistencia de organizaciones internacionales y sociales se crean clases para enseñarles la escritura cirílica, que es la utilizada en las escuelas tayikas. Al mismo tiempo, a fin de preservar su cultura y su idioma nacionales, en muchas escuelas de las localidades se imparten cursos complementarios de escritura en dari/farsi, y de historia y geografía del Afganistán. La integración de los niños afganos refugiados en las escuelas tayikas se ve favorecida por las raíces comunes de los idiomas dari y tayiko, cuya diferencia fundamental radica solamente en la escritura. Los niños refugiados terminan con éxito los estudios en las escuelas tayikas y muchos de ellos prosiguen sus estudios en los centros de enseñanza superior de Tayikistán. En relación con la educación en las escuelas, cabe señalar que la principal dificultad es la escasez de libros de texto y material didáctico de diverso tipo para la enseñanza del idioma materno. Por otra parte, el programa de estudios de las escuelas de enseñanza en idiomas de las minorías no incluye horas lectivas dedicadas a las asignaturas de historia, literatura y geografía de los países de origen de las etnias. Ese programa se aplica en la escuela de enseñanza en afgano de la ciudad de Dushanbé, que funciona en el marco de un convenio entre los Gobiernos del Afganistán y Tayikistán. No obstante, los certificados de terminación de la enseñanza media general que expide esa escuela deben recibir el visto bueno del Ministerio de Educación de la República de Tayikistán. Teniendo en cuenta lo expuesto, es necesario seguir perfeccionado la base normativa, a fin de ajustar a las normas generales los programas de enseñanza, en particular los aplicados en las escuelas de enseñanza en idiomas de minorías nacionales.

140.En Tayikistán existen varias sociedades culturales de minorías, como la tártaro‑bashkiria, la azerbaiyana y la coreana, y funcionan conjuntos y grupos artísticos que contribuyen también a desarrollar la idiosincrasia y la cultura étnicas de las minorías nacionales. Asimismo, esas agrupaciones se convierten en una plataforma para el estudio del idioma y la historia del país de origen de la etnia dada. Lamentablemente, no siempre disponen de los recursos materiales y los medios técnicos necesarios para atender las necesidades educativas de las minorías nacionales. Cabe señalar que precisamente esas sociedades de minorías nacionales podrían impulsar su desarrollo educativo. En la República se realizan actividades culturales periódicas en las que participan personalidades de la educación, la cultura y el arte de otros países; de ese modo el Gobierno contribuye a que los miembros de las minorías nacionales mantengan vínculos estrechos con sus países de origen étnico.

c)Mujeres pertenecientes a grupos protegidos por la Convención

141.Como prueba del reconocimiento de los principios proclamados en la Carta de las Naciones Unidas, y en su calidad de Estado parte en la Convención, Tayikistán ha plasmado sus normas y disposiciones en la legislación nacional, en particular en la Constitución, el Código de la Familia, el Código de Trabajo, el Código Civil, el Código Penal, el Código de Procedimiento Penal, la Ley de garantías estatales de la igualdad de derechos y oportunidades de hombres y mujeres, y otros instrumentos normativos, que no contienen ninguna disposición que restrinja directa o indirectamente los derechos y libertades de las mujeres o dé lugar a discriminación por motivos de género.

142.En el último decenio (2000-2009) se observa una tendencia al aumento del número de mujeres beneficiarias de pensiones: si en 2000 la cifra de pensionadas era de 276.900 mujeres, o sea del 49,5% del total de pensionados del país, en 2009 ascendía a 320.900, o sea al 57,9% del total. Este incremento obedece en primer lugar a que la esperanza de vida de las mujeres es superior a la de los hombres.

143.De conformidad con la Resolución gubernamental Nº 894, relativa a las medidas encaminadas a reforzar la protección de la población y aumentar el salario mínimo y las pensiones, de 22 de junio de 2010, a partir del 1º de julio de 2010 los salarios y pensiones mínimos se incrementaron de 60 a 80 somoni (con independencia del género, la raza, el origen nacional y el credo, entre otras cosas).

144.Sin lugar a dudas, un alto nivel de educación es uno de los factores de elevación del nivel de vida. De año en año se reduce la proporción de mujeres en las cifras de personas empleadas. En ese contexto, si en 2004 el número de mujeres registradas había sido del 48,2%, en 2008 descendió al 41,8%, en comparación con un aumento de la proporción de hombres, del 51,8% y el 58,2% respectivamente. Con respecto a los desempleados registrados que recurrieron al Servicio de empleo en 2008, entre los que habían perdido el trabajo por propia renuncia, el 55,9% eran mujeres y el 44,1% hombres, y entre los que no habían conseguido trabajo al terminar la enseñanza general, el 58,3% eran mujeres y el 41,7% hombres. En comparación con 2004, en 2008 el total de desempleados que habían perdido el trabajo por propia renuncia la proporción de mujeres se redujo en el 7,7%, y la de los hombres aumentó en el 7,7%; el número de mujeres que no habían conseguido trabajo al terminar la enseñanza general disminuyó en el 0,6% y el de los hombres aumentó en igual proporción.

Artículo 6

Medidas legislativas, judiciales, administrativas y de otra índole que aseguranla aplicación de las disposiciones del artículo 6 de la Convención

145.De conformidad con el artículo 19 de la Constitución, se garantiza a todos la protección judicial. Toda persona tiene derecho a exigir que su caso sea examinado por un tribunal competente, independiente e imparcial, constituido con arreglo a la ley. Los detenidos tienen derecho a recibir asistencia letrada desde el momento de su detención. En Tayikistán los tribunales tiene la función de proteger los derechos y libertades de la persona y el ciudadano, los intereses del Estado, las organizaciones y las instituciones, y la legalidad y la justicia proclamadas en la Constitución y demás leyes del país, así como en los instrumentos de derecho internacional reconocidos por Tayikistán. En el artículo 21 de la Constitución se establece la protección de las víctimas de delitos. La ley protege los derechos de las víctimas y el Estado les garantiza la protección judicial y la indemnización de los perjuicios que les hayan sido ocasionados.

146.Son objetivos del Código de Procedimiento Penal reforzar la legalidad y el orden, prevenir el delito, hacer respetar la ley y los derechos y libertades de la persona y el ciudadano, y hacer valer la imparcialidad de la justicia. En el artículo 8 del Código se establece que a toda persona se le garantiza la protección judicial, como uno de los principios de procedimiento penal en el que se plasma la norma constitucional del amparo de los tribunales. Toda persona tiene derecho a exigir que su caso sea examinado por un tribunal competente, independiente e imparcial, establecido con arreglo a la ley. En virtud del artículo 22 del Código de Procedimiento Penal se garantiza el derecho a la defensa del imputado, inculpado, acusado y condenado. Toda persona puede utilizar desde el momento de su detención los servicios de un abogado defensor. El imputado, inculpado, acusado y condenado pueden hacer uso de los derechos a la defensa contra las acusaciones previstos en el Código, y de la forma establecida en este, a título personal o mediante un abogado defensor o un representante legítimo. El tribunal, el juez, el fiscal y los instructores tienen la obligación de explicar al imputado, inculpado, acusado y condenado los derechos que los asisten y de garantizar su defensa con los recursos y métodos previstos en la ley, así como la protección de sus derechos individuales y patrimoniales. También se garantiza el derecho a la defensa a los procesados en causas penales en relación con la aplicación de medidas coercitivas de carácter médico. En los casos previstos en la ley, los encargados del procedimiento penal tienen la obligación de asegurar la participación del abogado defensor del imputado, inculpado, acusado o condenado.

147.Uno de los recursos más importantes de defensa ante los órganos competentes encargados del proceso penal es la participación obligatoria del defensor prevista en el artículo 51 del Código de Procedimiento Penal. La participación del defensor en la causa penal es obligatoria, si:

La solicita el imputado, inculpado, acusado o condenado;

El imputado, inculpado, acusado o condenado es menor de edad;

El imputado, inculpado, acusado o condenado, debido a su discapacidad física o mental, no puede ejercer por sus medios su derecho a la defensa;

El imputado, inculpado, acusado o condenado no domina el idioma en que se lleva a cabo el proceso; y

Se acusa a la persona de un delito punible con la pena de muerte o cadena perpetua.

Los instructores, el fiscal, el tribunal y el juez pueden considerar necesaria la participación del defensor también en otras causas, si consideran que su complejidad y otras circunstancias pueden impedir el ejercicio del derecho a la defensa por el imputado, inculpado, acusado o condenado. Si en los casos mencionados en este artículo el propio detenido, imputado, inculpado, acusado o condenado o sus representantes legítimos, u otras personas que actúen en su nombre se abstienen de utilizar los servicios de un abogado, entonces los instructores, el fiscal, el tribunal y el juez están obligados a asegurar la participación de un abogado defensor en la causa. En tales casos la resolución de los instructores, el fiscal, el tribunal y el juez, o el auto del tribunal, sobre la asignación de un abogado, será de obligatorio cumplimiento para el Colegio de Abogados y el abogado designado.

148.La persona condenada o absuelta tiene derecho a exigir la revisión de la sentencia por una instancia superior, según el procedimiento establecido en el Código de Procedimiento Penal. Además, en la ley se establece el procedimiento para solicitar por vía judidicial una indemnización o compensación justa y adecuada por todo daño derivado de la comisión de un delito, incluidos los delitos relacionados con la discriminación racial.

149.En los últimos años en Tayikistán se han reorientado radicalmente los valores de la sociedad, en la que la persona, sus derechos y libertades, y su protección y defensa se consideran aspectos prioritarios para el desarrollo del Estado. En el artículo 14 de la Constitución se proclaman y garantizan los derechos y libertades fundamentales de la persona de conformidad con los principios y normas universalmente reconocidos del derecho internacional, lo que refleja la aspiración de la República de ser fiel a los principios fundamentales del estado de derecho. En ese sentido, en la Constitución se consagra el derecho a denunciar. Asimismo, ese derecho se ha incluido en la categoría de los derechos y libertades fundamentales de la persona y el ciudadano.

150.En el artículo 23 del Código de Procedimiento Penal se regula el derecho a denunciar como uno de los principios del proceso penal; en el artículo 14 del Código se enuncia un conjunto de normas para hacer efectivo ese principio, que establecen las bases y el procedimiento de presentación de recursos contra actos y omisiones procesales, así como contra decisiones de los órganos y funcionarios públicos encargados de los procesos penales. Véase el párrafo 42 del presente informe.

151.En el artículo 773 del Código de Infracciones Administrativas de la República de Tayikistán se prevé la posibilidad de que en los procesos por infracciones administrativas participen un defensor que preste asistencia letrada a la persona procesada y un representante para que haga lo mismo con el agraviado. El defensor y el representante pueden ser abogados o no. El defensor y el representante son admitidos a tomar parte en el proceso administrativo desde el momento en que se levanta acta sobre la infracción administrativa. En caso de que una persona física sea sometida a detención administrativa en relación con una infracción administrativa, el defensor podrá participar en el proceso desde el momento de la detención. De conformidad con el Código de Infracciones Administrativas, el defensor y el representante que participen en el proceso administrativo podrán examinar todos los autos del sumario, presentar pruebas, formular peticiones y recusaciones, participar en la vista de la causa, recurrir la imposición de medidas cautelares y ejercer otros derechos procesales. En el artículo 810 del Código de Infracciones Administrativas se enuncia el derecho a recurrir medidas cautelares en procesos administrativos. Toda persona a quien se hayan impuesto medidas cautelares en un proceso administrativo tiene derecho a recurrir esas medidas ante el órgano o funcionario superior competente del Estado, o ante los tribunales. La presentación de un recurso contra medidas cautelares impuestas en procesos administrativos ante el órgano o funcionario superior competente del Estado no impide recurrir esas medidas ante los tribunales. Los daños derivados de actos contrarios a la ley cometidos por funcionarios serán indemnizados conforme a las normas establecidas en el Código Civil y el Código de Procedimiento Civil de la República de Tayikistán.

152.El Estado garantiza la prestación de la asistencia letrada que se establece en la Ley de la abogacía (art. 5). Ninguna persona física ni jurídica puede quedar sin asistencia letrada. El Estado garantiza el acceso efectivo y equitativo a la asistencia letrada de todas las personas, incluidos los ciudadanos extranjeros que residen o permanecen en su territorio. Asimismo, en la ley se prevén los casos en que deba prestarse asistencia jurídica gratuita. El Estado garantiza financiación suficiente para la asistencia letrada de los ciudadanos que carezcan de recursos, y para el pago de la asistencia letrada que se presta conforme a la ley de forma gratuita o adicionalmente a un acuerdo concertado con el cliente.

153.En el artículo 4 del Código de Procedimiento Civil el derecho a la protección judicial se aborda desde la perspectiva de que toda persona tiene derecho, de la forma establecida en la legislación de procedimiento civil, a la protección de sus derechos, libertades y legítimos intereses que hayan sido vulnerados o impugnados. De conformidad con el artículo 48 del Código, todo ciudadano puede solicitar de los tribunales la protección de los derechos y legítimos intereses de otras personas. En los casos previstos en la ley, los órganos de poder del Estado y de autogobierno local, los ciudadanos o las personas jurídicas pueden pedir la protección por vía judicial de los derechos y legítimos intereses de otros ciudadanos que así lo hayan solicitado, o de un grupo de personas en general. Se puede solicitar a los tribunales la protección de los intereses de un ciudadano con discapacidad, a pedido de este o de su representante legal o sin esa condición. Las personas que soliciten a los tribunales la protección de los intereses de otras tendrán todos los derechos y obligaciones procesales del demandante, excepto el derecho a concertar una solución amistosa y las obligaciones de pago de las costas judiciales.

Adopción de medidas para que las víctimas no teman la censura o las represalias sociales, no haya falta de confianza en la policía y las autoridades judiciales,y las autoridades estén suficientemente alerta de los delitos que tenganmotivos raciales

154.La República de Tayikistán ha adoptado medidas para que las víctimas no teman a la censura ni las represalias sociales, no haya falta de confianza en la policía y las autoridades judiciales, y las autoridades estén suficientemente alerta de los delitos por motivos raciales. Los jueces, fiscales y funcionarios del Ministerio del Interior, así como los representantes de otros ministerios, organismos, centros de enseñanza, y miembros de la comunidad científica celebran encuentros periódicos con la población, realizan intervenciones públicas y publican artículos en los medios de comunicación, en los que se examinan cuestiones de derechos humanos, incluida su protección. De conformidad con una decisión del Ministerio del Interior, de 6 de marzo de 2009, se instalaron teléfonos de atención confidencial en la Dirección de recursos humanos y atención al personal y la Dirección estatal de tráfico. Asimismo, los jefes de las direcciones del Ministerio del Interior de las provincias, de la ciudad de Dushanbé y de los órganos del Ministerio del Interior de las ciudades y distritos de la República tienen la tarea de establecer teléfonos de atención confidencial. Todas las llamadas telefónicas son atendidas y se toman las medidas correspondientes y, de ser necesario, a solicitud del denunciante se mantiene la confidencialidad.

Párrafo 21 de las observaciones finales del Comité

155.En virtud de la Ley del Comisionado de Derechos Humanos de la República de Tayikistán, de 20 de marzo de 2008, se instituyó ese puesto en Tayikistán. De conformidad con el artículo 4 de la ley, el Comisionado de Derechos Humanos es nombrado por el Presidente de la República con el visto bueno del Majlis namoyandagon Majlis Oli.

156.Con arreglo al artículo 11 de la ley, el Comisionado de Derechos Humanos tiene como función principal contribuir a:

a)El respeto de los derechos y libertades humanos y civiles;

b)El restablecimiento de los derechos y libertades humanos que han sido vulnerados;

c)La mejora de la legislación de la República de Tayikistán en el ámbito de los derechos y libertades humanos y civiles;

d)La difusión de los conocimientos jurídicos entre los ciudadanos en el ámbito de los derechos y libertades humanos y civiles y de sus formas y métodos de protección;

e)La cooperación de los organismos estatales en la protección de los derechos y libertades humanos y civiles; y

f)El desarrollo y la coordinación de la cooperación internacional en el ámbito de los derechos y libertades humanos y civiles.

A fin de cumplir sus funciones, el Comisionado de Derechos Humanos reúne y analiza la información procedente de los órganos de poder del Estado, órganos de autogobierno de los poblados y aldeas (dzhamoats), instituciones, organizaciones y empresas, independientemente de sus formas de organización jurídica, así como de ciudadanos y medios de comunicación. De conformidad con el artículo 14 de la Ley del Comisionado de Derechos Humanos, a fin de contribuir al restablecimiento de los derechos y libertades humanos y civiles que hayan sido vulnerados, el Comisionado de Derechos Humanos examina las denuncias presentadas por ciudadanos tayikos, ciudadanos extranjeros y personas apátridas, contra decisiones o actos (omisiones) de órganos del poder del Estado, de autogobierno de poblados y aldeas (dzhamoats), funcionarios públicos, jefes y responsables de instituciones, organizaciones y empresas, independientemente de su forma de organización jurídica, que sean violatorios de los derechos y libertades humanos y civiles, si el denunciante ya ha impugnado dichos actos o decisiones por la vía judicial o administrativa, pero no está satisfecho con el resultado de su impugnación. La injerencia en la labor del Comisionado de Derechos Humanos con el propósito de influir en sus decisiones, el incumplimiento por los funcionarios responsables de las obligaciones establecidas en la Ley del Comisionado de Derechos Humanos y cualquier otra interferencia en su actividad conllevan la responsabilidad establecida en la legislación de la República (art. 30). Desde el 27 de mayo de 2009, fecha en que entró en funciones la institución del Comisionado de Derechos Humanos, hasta el momento, el Comisionado no ha recibido denuncias por actos de discriminación racial.

Artículo 7

Párrafo 22 de las observaciones finales del Comité

157.Con vistas a garantizar la educación multicultural y fomentar la comprensión mutua entre los diferentes grupos étnicos, en los planes de estudios de los internados de enseñanza musical de nivel medio Z. Shajidi y M. Atoev se incluyen las asignaturas obligatorias literatura musical de los países de la CEI, geografía, historia general e historia de la religión, entre otras. En los centros de enseñanza superior, como el Instituto Estatal de Arte Tursunzade y el Conservatorio Nacional de Tayikistán, en el marco de los cursos de culturología, historia de la música y las artes plásticas de los países de la CEI, etnología musical, y otros, se estudian aspectos de la historia y la cultura de las minorías nacionales que viven en el territorio de Tayikistán.

158.A fin de promover el conocimiento de las obras de la cultura y el arte universales, lograr que los jóvenes con dotes artísticas se dediquen profesionalmente al arte y descubrir nuevos talentos, a iniciativa del Ministerio de Cultura, a nivel de la República se celebran cada cuatro años concursos y festivales de jóvenes pianistas, intérpretes de instrumentos folclóricos y pintores en los que participan 91 centros docentes de la esfera del arte y la cultura.

159.De conformidad con el Programa estatal de desarrollo de la cultura de la República de Tayikistán para el período 2008-2015, en 2008 se celebraron a nivel de la República tres ediciones del concurso de jóvenes pianistas R. D. Ayrapetiantz y el festival Jóvenes Pintores de la República.

160.Como demuestran las investigaciones realizadas en Tayikistán, para la inmensa mayoría de la población el idioma es uno de los principales factores de consolidación y al mismo tiempo de distinción étnica. Por esa razón, el conocimiento del idioma oficial y de los idiomas de los demás pueblos que habitan en el país es un importante factor para el logro de la comprensión mutua y el respeto entre los diversos grupos étnicos. El Gobierno adopta medidas encaminadas a inculcar el amor y el respeto al idioma tayiko en el marco de diversas actividades socioculturales, como conmemoraciones de efemérides de ciudades, distritos y personalidades destacadas de la cultura. En la política lingüística se dedica especial atención al estudio del idioma oficial por la población cuya lengua materna no es el tayiko. La proclamación del tayiko como idioma oficial y la promulgación en 2009 de la Ley del idioma oficial de la República de Tayikistán reforzaron el papel y la significación del proceso docente en las escuelas, en lo tocante al estudio y la asimilación del idioma oficial por los niños de lengua materna no tayika.

161.En las condiciones actuales del desarrollo de Tayikistán desempeña un papel especial el estudio del ruso y el inglés. Esta tendencia está dada por el hecho de que en medio de la globalización y el desarrollo de la migración laboral hacia el extranjero aumentan considerablemente tanto la función educativa del estudio del ruso y el inglés como su importancia profesional en el mercado de trabajo. En la etapa actual el conocimiento de esos idiomas constituye no solo un medio de comunicación y de conocimiento del patrimonio espiritual del país de residencia, sino también un importante factor para la inserción laboral y la adaptación del trabajador migratorio a nuestro país.

162.El Gobierno ha adoptado diversas medidas para perfeccionar la enseñanza de los distintos idiomas. En el Decreto presidencial de 4 de abril de 2003, relativo al perfeccionamiento de la enseñanza y el estudio del ruso y el inglés en la República de Tayikistán, se define la política lingüística del Estado a corto y largo plazo.

163.En virtud de su Resolución Nº 508, de 2 de diciembre de 2003, el Gobierno aprobó el Programa estatal de perfeccionamiento de la enseñanza y el estudio del ruso y el inglés en la República de Tayikistán para el período 2004-2014. Para su ejecución se han previsto gastos por valor de 1,3 millones de dólares de los Estados Unidos, el 41,5% de los cuales (550.200 dólares) se financiarán con cargo al presupuesto del Estado. Se prevé cubrir el 58,5% restante con cargo a fuentes extrapresupuestarias e inversiones foráneas. Se han puesto en práctica diversas medidas con vistas a la aplicación del Programa estatal. Según datos estadísticos del Ministerio de Educación, de las 3.741 instituciones de enseñanza general existentes, un total de 1.044 escuelas (17.460 aulas) son escuelas de enseñanza en ruso, uzbeko, kirguís, turcomano e inglés. Esa cifra incluye 17 instituciones de enseñanza general de la República (con una matrícula total de 10.768 alumnos) en las que se imparte la enseñanza en ruso. Las clases se imparten en tayiko y ruso en 101 escuelas (con una matrícula total de 121.180 alumnos); en ruso y uzbeko, en 1 escuela (42 alumnos); en ruso y kirguís, en 1 escuela (273 alumnos); en tayiko, ruso y uzbeko, en 20 escuelas (24.172 alumnos); en tayiko, ruso y kirguís, en 1 escuela (803 alumnos); en tayiko, ruso e inglés, en 2 escuelas (1.692 alumnos); en inglés, en 1 escuela (426 alumnos); en tayiko y kirguís en 24 escuelas (7.112 alumnos); en kirguís, en 37 escuelas (8.208 alumnos); en tayiko y uzbeko, en 569 escuelas (393.083 alumnos); en uzbeko, en 341 escuelas (107.264 alumnos); en tayiko, uzbeko y turcomano, en 1 escuela (1.141 alumnos); y en tayiko y turcomano, en 5 escuelas (2.786 alumnos). De conformidad con el Programa estatal mencionado, en las instituciones preescolares de la República se estudia el ruso como asignatura independiente. Al mismo tiempo, en los planes de estudios de las escuelas de enseñanza general de la República para el año escolar 2010/11, en los grados en que la enseñanza se imparte en tayiko (del 2º al 11º) se dedican a la enseñanza del ruso 24 horas lectivas, lo que representa un aumento de dos horas en comparación con el año escolar 2004/05. En 2010 en la provincia de Sogd pasaron un curso de capacitación 3.467 maestros de ruso y 221 maestros de inglés. En cuanto a la formación de maestros de ruso en los centros de enseñanza superior, los planes y programas de estudios se han elaborado de acuerdo con las normas estatales, y se centró la atención en el aumento de la calidad de la enseñanza y el nivel de conocimientos. El personal docente de las instituciones preescolares y de enseñanza general de la República se forma en el Instituto Estatal de Idiomas Sotiman Ulugzade, la Universidad Pedagógica Estatal Sadriddin Ayni, la Universidad Nacional de Tayikistán, la Universidad Ruso-Tayika (eslava), la Universidad de Judzhand Académico Bobodzhon Gafurov, la Universidad Estatal de Kurgan Tyube Nosiri Jusrav, la Universidad Estatal de Kuljab Abu Abdullah Rudaki y la Universidad Estatal de Jorog Moensho Nasarschov. Al mismo tiempo, ha ido aumentando gradualmente el número de estudiantes de la especialidad de Lengua y Literatura Rusas. Actualmente estudian ruso 1.181 alumnos de 120 grupos en escuelas primarias y centros de enseñanza media especializada. En los centros de enseñanza superior se forman en la especialidad de Lengua Rusa 4.036 estudiantes, y hay 3.120 grupos (31.236 alumnos) de diversas especialidades que reciben la enseñanza en ruso. En el último lustro se han concertado numerosos convenios trilaterales entre los órganos ejecutivos de los jukumats (ayuntamientos) locales, centros de estudios superiores y estudiantes, relativos a la formación de maestros de ruso para los centros de enseñanza general de los distritos alejados.

164.Con vistas a desarrollar una cooperación bilateral mutuamente ventajosa entre los centros de estudios superiores de la República de Tayikistán y de otros Estados, se han firmado acuerdos bilaterales con el Instituto Estatal de Idioma Ruso Pushkin, la Universidad Estatal Lingüística de Moscú y la Universidad Rusa de la Amistad con los Pueblos, relativos a la formación de profesionales pedagógicos en la especialidad de Lengua Rusa. Además, se encuentra en la fase de firma un proyecto de acuerdo sobre el intercambio de estudiantes y profesores entre la Universidad Pedagógica Estatal Sadriddin Ayni, de Tayikistán, y la Universidad Estatal Lingüística de Piatigorsk, de la Federación de Rusia. La Universidad Ruso-Tayika (eslava) también ha firmado diversos convenios bilaterales con centros de estudios superiores de la Federación de Rusia sobre el estudio del ruso y el perfeccionamiento de la formación de personal pedagógico especializado en ese idioma en centros de estudios superiores de la Federación. Se desarrolla una labor análoga en el Instituto Estatal de Idiomas Sotim Ulugzade, de Tayikistán.

165.En el marco de la ejecución del Programa estatal, en la Universidad Ruso-Tayika (eslava) se creó el Instituto de capacitación para maestros de ruso de las escuelas de enseñanza general de la República. A fin de aumentar la calidad de la enseñanza del ruso, en la Universidad Ruso-Tayika (eslava), la Universidad Pedagógica Estatal Sadriddin Ayni, el Instituto Estatal de Idiomas Sotim Ulugzade, y la Universidad Nacional de Tayikistán, con apoyo del Fondo "Russkiy Mir" (Mundo Ruso) se han abierto centros de idioma ruso, concebidos para impulsar transformaciones sistémicas en la metodología de la enseñanza del ruso y de la formación y recalificación de los profesores de ese idioma de las instituciones de enseñanza de la República de Tayikistán.

166.Los centros de idioma ruso desempeñan un importante papel en la ejecución de importantes proyectos para el estudio del ruso sobre una base moderna e innovadora y para su enseñanza con calidad y eficacia, a partir de conocimientos profundos y sólidos de rusística moderna y de la realidad rusa actual. Es indudable que mediante la creación de los centros y la ejecución de diversas actividades en el marco de proyectos y planes a escala de la República, se harán realidad los principios básicos de la creación de un sistema innovador de enseñanza y estudio del ruso que responda a las normas contemporáneas y a las referencias interculturales e interlingüísticas actuales.

167.En los centros de enseñanza superior del Ministerio de Educación de la República funcionan dos tribunales de tesis doctorales y cinco de tesis de candidatos a doctores. Todas las tesis se redactan y defienden en ruso, y posteriormente son aprobadas por la Comisión de certificación de grados científicos de la Federación de Rusia.

168.De conformidad con el requisito establecido en el Programa estatal, a fin de atender las necesidades de la economía nacional los centros de enseñanza superior tienen que elaborar un mecanismo de formación de traductores para las distintas ramas de la economía. Desde 2005 se gradúan cada año diez traductores de ruso respectivamente en las especialidades de traducción jurídica, en el campo del periodismo, humanidades, economía y administración, geología, cultura y artes, arte militar, medicina, técnica agrícola, tecnología y transporte.

169.Uno de los medios para promover el perfeccionamiento del estudio del ruso es la publicación de libros de texto y material didáctico cientificometodológico. En ese sentido, con el apoyo del Gobierno se ha editado en ruso y facilitado a los maestros de la República la Antología del pensamiento pedagógico del pueblo tayiko. Asimismo, se publica trimestralmente la revista cientificometodológica Lengua y literatura rusas en las escuelas de Tayikistán.

170.El Ministerio de Educación de la República de Tayikistán, conjuntamente con el Ministerio de Educación y Ciencia de la Federación de Rusia, está publicando por etapas 62 títulos de libros de texto para las instituciones de enseñanza general en ruso, 26 títulos para las escuelas primarias y de enseñanza media especializada y 189 títulos de obras literarias para las instituciones de enseñanza en ruso, lo que representa una cifra total de 22.000 ejemplares.

171.En la actualidad, de conformidad con el Programa estatal mencionado, en numerosos centros de estudios superiores de la República se han elaborado y publicado monografías, libros de texto, materiales didácticos y diccionarios. La Academia de Educación de Tayikistán ya publicó el manual "Pedagogía" (ciclo de conferencias para profesores de ruso), la Guía del maestro de ruso para los grados 2º a 11º, la Colección de textos para ejercicios de redacción en ruso para los grados 7º a 10º de las escuelas de enseñanza en tayiko y uzbeko, y Pruebas breves de evaluación para las clases de ruso de los grados 5º a 11º. En cumplimiento de los objetivos del Programa estatal, la Universidad Ruso-Tayika (eslava) ha realizado las siguientes tareas:

Preparación y publicación del material didacticometodológico para maestros de ruso "Organización de las evaluaciones en las clases de ruso en las escuelas de enseñanza media en tayiko";

Mesa redonda sobre el tema "Problemas organizativos y metodológicos de la enseñanza de la lengua y la literatura rusas en los primeros cursos de la Sección de "Lengua y Literatura Rusas en la Escuela nacional (tayika)" de la Facultad de Filología";

Preparación de dos nuevos materiales didácticos y libros de texto sobre lengua inglesa (Theoretical English Grammar (ciclo de conferencias), de A. G. Gaitdunova, 2010; y "Conocimiento del país", de P. D. Dzhamshedov, 2010; y preparación del manual "Gramática práctica", de O. V. Sviridov, A. I. Solovieva y N. P. Bobrovskaya, incluido en el plan de publicaciones);

Organización de un "Club de habla inglesa";

Publicación de dos colecciones de trabajos científicos en que se examinan cuestiones de lingüística y relacionadas con el perfeccionamiento de la enseñanza del inglés.

172.En Tayikistán se celebran anualmente olimpiadas de lengua rusa en las que participan alumnos de las escuelas de enseñanza general, de conformidad con el Reglamento de las olimpiadas escolares por asignaturas. En el año escolar 2009/10 participaron en la Olimpiada de lengua rusa de la República 130 escolares, 36 de los cuales fueron premiados.

173.En todas las escuelas de enseñanza general de la República el martes se ha declarado Día de la Lengua Rusa, y en su transcurso los alumnos y maestros se comunican exclusivamente en ese idioma. Esta iniciativa contribuye a que los alumnos asimilen mejor el ruso.

174.Todas las escuelas y centros de estudios superiores de la República disponen ya de versiones electrónicas de diccionarios ruso-tayiko y ruso-tayiko-inglés.

175.Tayikistán se vale de todos los recursos y posibilidades existentes para cumplir el Programa estatal de perfeccionamiento de la enseñanza y el estudio del ruso y el inglés para el período 2004-2014, y en lo sucesivo seguirá velando por que se asegure su eficacia.

176.En el plan de publicación de libros de texto del Ministerio de Educación para los próximos años se prevé aumentar el número de títulos y la tirada de libros de texto para los grados en que la enseñanza no se imparte en tayiko.

177.El Gobierno prevé emprender los siguientes pasos para perfeccionar el proceso de enseñanza y aprendizaje del idioma oficial en las escuelas que imparten en idiomas diferentes del tayiko. Teniendo en cuenta el déficit financiero existente, es necesario examinar con los donantes y las comunidades nacionales la posibilidad de crear un sistema de enseñanza del tayiko basado en la elaboración y ejecución del Programa estatal de enseñanza del idioma oficial en todos los niveles de la educación con cargo a fuentes extrapresupuestarias e inversiones foráneas. En este sentido, debe prestarse particular atención al perfeccionamiento de la formación de maestros de tayiko para las escuelas donde se imparte la enseñanza en otros idiomas, para lo cual es preciso crear grupos especiales en los centros pedagógicos universitarios. Es necesario preparar y publicar diccionarios, obras de referencia y materiales didacticometodológicos dedicados al tayiko para las escuelas de enseñanza en otros idiomas, y controlar y evaluar periódicamente el proceso de su aprendizaje en las escuelas de enseñanza general en idiomas diferentes del tayiko.

Párrafo 10 de las observaciones finales del Comité

178.Véase el tema "Derecho a la nacionalidad o a la naturalización" (párrs. 61 a 64 supra).

Párrafo 11 de las observaciones finales del Comité

179.Véanse los artículos 1 a 4 del presente informe (párrs. 5 a 29 supra).

Párrafo 12 de las observaciones finales del Comité

180.Véase "Derechos políticos" (párrs. 54 a 59 supra).

Párrafo 13 de las observaciones finales del Comité

181.De conformidad con la Resolución gubernamental Nº 325, relativa a la Lista de municipios en los que no se permite la residencia temporal de solicitantes de asilo y refugiados, de 26 de julio de 2000, los criterios por los cuales se priva a los refugiados y solicitantes de asilo del derecho a residir en determinados municipios obedecen a cuestiones de seguridad y orden público.

Párrafo 14 de las observaciones finales del Comité

182.Véase el tema "Derecho a la nacionalidad o a la naturalización" (párrs. 61 a 64 supra).

Párrafo 15 de las observaciones finales del Comité

183.Las expulsiones de refugiados afganos al país de su residencia permanente no han sido sistemáticas, y se trata de una medida de último recurso en casos excepcionales por la comisión de delitos y la violación de la legislación vigente en la República de Tayikistán, que han constituido una amenaza para la sociedad; la legitimidad de esas medidas está respaldada por las decisiones de los órganos judiciales. En Tayikistán la lista de cuestiones que dan lugar a la expulsión de refugiados a sus países (y en particular de refugiados afganos) se establece en la Ley de la condición jurídica de los extranjeros y en la Ley de refugiados. De conformidad con el artículo 31 de la Ley de la condición jurídica de los extranjeros y con el artículo 5 de la Ley de refugiados, la expulsión del territorio de la República de Tayikistán de un ciudadano extranjero se efectúa por decisión de los órganos de seguridad y únicamente con la autorización del Fiscal General, y esa decisión podrá ser recurrida ante los tribunales.

184.En 2004 los órganos de seguridad de Tayikistán deportaron o expulsaron por violar lo establecido en los artículos 5 y 31 de las leyes mencionadas a un total de 257 ciudadanos extranjeros, de los cuales fueron deportados 164 y expulsados 93.

Número de ciudadanos extranjeros deportados y expulsados por los órganos de seguridad en 2004

Países

Deportados

Expulsados

Total

Afganistán

56

30

86

Bangladesh

10

-

10

Belarús

1

-

1

China

4

-

4

India

2

1

3

Irán (República Islámica del)

2

6

8

Kazajstán

-

1

1

Kirguistán

-

1

1

Moldova

3

1

4

Pakistán

2

-

2

Ucrania

1

-

1

Uzbekistán

73

53

126

Total

164

93

257

En un período de nueve meses de 2005 los órganos de seguridad deportaron a 103 ciudadanos extranjeros y expulsaron a 31 (en total a 134) por las mismas causas. Fueron deportados 52 y expulsados 30 ciudadanos de la República de Uzbekistán, de la República Islámica del Afganistán, respectivamente, 44 y 1; y de la República de Nigeria, 7 ciudadanos. En 2007 fueron deportados por los órganos de seguridad 11 ciudadanos de la República Islámica del Afganistán.

Número de ciudadanos extranjeros deportados y expulsados por los órganos de seguridad en 2008

Países

Deportados

Expulsados

Total

Afganistán

30

37

67

China

1

-

1

Uzbekistán

4

3

7

Total

35

40

75

Número de ciudadanos extranjeros deportados y expulsados por los órganos de seguridad en 2009

Países

Deportados

Expulsados

Total

Afganistán

28

30

58

Chi na

4

-

4

Federación de Rusia

2

2

4

Filipinas

2

-

2

India

-

1

1

Irán (República Islámica del)

1

-

1

Kazajstán

1

2

3

Kirguistán

1

-

1

Moldova

3

21

24

Pakistán

2

-

2

República Popular Democrática de Corea

8

-

8

Siria

1

-

1

Turquía

-

1

1

Uzbekistán

57

49

106

Total

110

106

216

185.De conformidad con lo establecido en el párrafo 3 del artículo 31 de la Ley de la condición jurídica de los extranjeros y en el párrafo 2 del artículo 2 de la Ley de refugiados, en todos los casos de deportación de ciudadanos extranjeros por los órganos de seguridad se abre el correspondiente expediente. Toda la documentación se presenta al examen de la Fiscalía General, y el Fiscal General aprueba esa medida únicamente si existen fundamentos para su aplicación.

186.Las expulsiones de extranjeros obedecen principalmente a deficiencias en sus documentos en el momento de cruzar la frontera y otros incumplimientos de la legislación de la República. De conformidad con la Resolución intergubernamental Nº 347, de 21 de agosto de 2000, en virtud de la cual se aprobó el Convenio entre la República de Tayikistán y la República de Uzbekistán sobre los viajes de los ciudadanos residentes en distritos y municipios fronterizos, los residentes en esas zonas (enumeradas en la lista correspondiente) no necesitan visado para cruzar la frontera entre los dos Estados. Sin embargo, violando lo establecido en el Convenio, habitantes del centro y de otras regiones de la República de Uzbekistán tratan de cruzar en masa y sin visado la frontera de Tayikistán, y por consiguiente son interceptados y expulsados a Uzbekistán por los órganos competentes de la República de Tayikistán.

187.De conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley de refugiados de la República de Tayikistán, hasta febrero de 2011 reglamentaban las cuestiones relativas a los refugiados el Ministerio del Interior, el Comité Estatal de Seguridad Nacional, el Ministerio de Relaciones Exteriores y los órganos del poder ejecutivo de la República de Tayikistán. En la actualidad se ha creado un Servicio de Migración adjunto al Gobierno de la República.

188.De conformidad con el párrafo 7 del artículo 5 de la ley mencionada, a una persona se le reconoce la condición de refugiada si presenta al Servicio de Migración los documentos correspondientes, y se le otorga la tarjeta oficial de refugiado únicamente por decisión de la Comisión. De conformidad con los párrafos 2, 3 y 5 del artículo 12 de la ley, toda persona reconocida como refugiada tiene la obligación de residir en los municipios indicados por el Gobierno, con arreglo a un contrato de alquiler de vivienda que suscribe con el Servicio de Migración en el momento de recibir la tarjeta de refugiado, o para una estancia temporal, según lo establecido en el Reglamento de Residencia de los Refugiados aprobado por el Gobierno.

189.Cabe señalar que sobre la base de su Resolución Nº 218, de 15 de mayo de 1999, por la que se aprobaron el Reglamento para la permanencia de ciudadanos extranjeros en la República de Tayikistán y el Reglamento para el tránsito de ciudadanos extranjeros a través de su territorio, en 2000 el Gobierno adoptó una resolución relativa a la aprobación de la Lista de asentamientos poblacionales de la República en los que no se permite la residencia temporal de refugiados. Las autoridades locales hacen todo lo posible para que los refugiados se asienten en los distritos y localidades que posean la infraestructura necesaria. El lugar de alojamiento de los solicitantes de asilo se determina teniendo en cuenta su seguridad y bienestar, así como los requisitos del Estado de acogida. Se prevé mejorar la base legislativa y crear un centro de acogida y detención provisional de los solicitantes de asilo. Conforme a lo establecido en las Resoluciones gubernamentales Nº 325, de 26 de julio de 2000, y Nº 328, de 2 de agosto de 2004, los refugiados y solicitantes de asilo residen y están registrados en los siguientes lugares:

Ciudad de Dushanbé – 621 personas (registradas antes de la aprobación de la resolución gubernamental);

Ciudad de Vajdat – 1.445 personas;

Distrito de Gissar – 80 personas;

Distrito de Sharjinav – 29 personas;

Distrito de Rudaki – 134 personas;

Provincia de Sogd – 145 personas;

Provincia de Jatlón – 139 personas.

En cuanto a la labor con los refugiados, Tayikistán cumple los principios y normas fundamentales contemplados en las convenciones internacionales. Por ejemplo, después de los sucesos ocurridos en la República Kirguisa en junio de 2010, se aceptaron las solicitudes de asilo presentadas por 12 cabezas de familias que abarcaban un total de 56 personas.

Información sobre la comunidad romaní (párrafo 16 de las observaciones finales del Comité)

190.Según los datos del Censo de población de 2000, en Tayikistán viven 4.249 personas de la etnia romaní (dzhugi).

Número de residentes romaníes en Tayikistán, según el censo de 2000

República de Tayikistán

Número de personas

Hombres

Mujeres

Zonas urbanas y rurales

4 249

2 148

2 101

Zonas urbanas

1 664

823

841

Zonas rurales

2 585

1 325

1 260

191.Los derechos y libertades de los romaníes que son ciudadanos de la República de Tayikistán se establecen en su Constitución y sus leyes, así como en los instrumentos de derecho internacional reconocidos por el país; y los derechos y libertades de los ciudadanos extranjeros y los apátridas, en la Ley de la condición jurídica de los extranjeros y demás instrumentos normativos pertinentes de la República. Por consiguiente, en su condición de ciudadanos de la República de Tayikistán, los romaníes tienen todos los derechos y obligaciones establecidos en la Constitución.

192.Según los datos de los órganos del Ministerio del Interior, la gran mayoría de los romaníes vive en la ciudad de Dushanbé y en los distritos de Gissar (622 personas de 84 familias), Tursunzade (1.421 personas), Shajrinav (640 personas de 68 familias), Varzob (1.025 personas) y Rudaki (210 personas).

193.El Gobierno de Tayikistán, en asociación con el Fondo Social "Panorama", y sobre la base de consultas con otras ONG, ha tomado conocimiento de las condiciones en que viven los romaníes. A fin de estudiar la situación se realizó una miniencuesta en el dzhamoat de Judzhambiei Poen, del distrito de Shajrinav y fueron entrevistados el representante del dzhamoat y los habitantes de una aldea romaní. La miniencuesta arrojó que los miembros de la etnia romaní afrontaban numerosos problemas, en particular:

Falta de documentos de identidad;

Falta de empadronamiento;

Analfabetismo; y

Desempleo.

En las entrevistas se puso de manifiesto que en las condiciones de vida de los romaníes influían tanto la situación socioeconómica general del país, como las tradiciones y los estereotipos culturales sobre esa etnia en relación con el trabajo, la residencia permanente y los estudios de sus hijos. Aunque ya muchos romaníes poseen documentos de identidad, se han empadronado, trabajan en diferentes esferas de la economía y tienen el propósito de que sus hijos estudien, una parte de ellos sigue practicando la mendicidad, no desea trabajar y carece de documentos de identidad. Es preciso examinar más en detalle estos hechos y extraer una conclusión general. Según una investigación sociológica realizada por la ONG "Panorama", prácticamente todos los romaníes de ambos sexos se dedican a la adivinación y la mendicidad en las calles y en domicilios que visitan con tal fin. Sin embargo, algunos trabajan como albañiles y pastores. Los adultos salen a las ciudades desde temprano y se distribuyen las calles. Unos se sientan a mendigar en las aceras de las calles y en los pasos peatonales subterráneos, y otros mendigan mientras deambulan. Аlgunos van a los bazares, donde trabajan como jornaleros. Muchos de los niños en edad escolar no van a la escuela, lo que se debe tanto al desinterés de los padres y de los niños, como a la actitud del resto de los personas hacia ellos. En las escuelas los niños romaníes son víctimas de estigma.

Medidas previstas por el Gobierno para resolver los problemas de la comunidad romaní

194.En la actualidad se está considerando de manera conjunta la posibilidad de realizar una investigación más profunda de la situación de los romaníes. Sobre la base de los resultados de esa investigación se formularían propuestas para la elaboración de un programa encaminado a incorporar a los miembros de la comunidad romaní en la vida socioeconómica y proteger sus derechos.

Párrafo 17 de las observaciones finales del Comité

195.Véase el tema Derecho a la educación y la formación profesional (párrs. 103 a 109 supra).

Párrafo 18 de las observaciones finales del Comité

196.Tayikistán ha realizado numerosas transformaciones políticas y económicas sin que se haya alterado su condición de Estado multiétnico. Por tal razón en su territorio coexiste un número considerable de diversos idiomas y dialectos.

197.El Ministerio de Cultura de la República administra cuatro editoriales estatales cuya producción consta fundamentalmente de publicaciones en tayiko, y parcialmente en ruso y uzbeko. De ese modo, en 2010 se publicaron 174 títulos de libros y folletos con una tirada total de 288.800 ejemplares. De ellos, 165 títulos en tayiko, 4 en ruso, 4 en uzbeko y 1 en inglés.

198.Al 1º de enero de 2011 se habían registrado en la República 412 órganos de prensa; de ellos 268 periódicos, 136 revistas y 8 agencias de información. Se editan 174 publicaciones en tayiko, 34 en ruso, 10 en uzbeko, 1 en kirguís, y 260 mixtas, en tayiko, uzbeko, ruso y otros idiomas. De las 8 agencias de información existentes solo pertenece al Gobierno la NIAT Khovar; las demás son no gubernamentales.

199.En la República funcionan cuatro canales de televisión estatales: el Primer Canal de la Televisión Tayika, las emisoras estatales Televisión Safina, Televisión para niños y jóvenes Bahoriston y Poitakht. El Primer Canal y Televisión Bahoriston pertenecen al Comité de Televisión y Radiodifusión del Gobierno de la República. Televisión Bahoriston se financia con cargo a una partida especial del presupuesto del Estado, y el Primer Canal, a través del Comité de Televisión y Radiodifusión. Este Comité tiene representaciones en la provincia autónoma de Gorno-Badajshán y en las provincias de Jatlón y Sogd; en la ciudad de Kulyab está representado por las direcciones de televisión y radiodifusión. El Primer Canal utiliza principalmente el idioma oficial. Transmite diariamente en ruso a las 19.00 horas el programa informativo "Ajbor", de 15 minutos de duración, y una vez al mes ofrece los programas en ruso "Silueta" (dedicado a la cultura, y sobre todo a las artes plásticas) y "Contemporáneos" (sobre personalidades famosas). Una vez a la semana se transmiten en uzbeko por el Primer Canal el programa informativo "Ajbor", de 15 minutos, y el programa de entretenimiento cultural "Diidor" ("Encuentro"), de 20 minutos. Las entidades de televisión de la provincia autónoma de Gorno-Badajshán, y de las provincias de Sogd y Jatlón transmiten durante 1,5 horas diarias. La televisión provincial de Sogd transmite programas en uzbeko dos veces a la semana: los miércoles, el programa de entretenimiento cultural "Okshom" ("Tarde clara") de 20 minutos, y los sábados, el programa informativo "Yangiliklar" ("Noticias"), de 10 minutos. La televisión de Sogd transmite en ruso cada sábado el programa de información y análisis "Nedelya Semana", de 20 minutos de duración. Se ofrecen películas de ficción en tayiko y ruso.

200.Al 1º de enero de 2010 en la República se habían registrado 18 emisoras de televisión no estatales, de ellas 12 en la provincia de Sogd. Por ejemplo, los estudios de televisión "Gulankadoz", del distrito de Dzhabborrasul, y "Regar", del distrito de Tursunzade, teniendo en cuenta la composición étnica de la población, transmiten en uzbeko un volumen considerable de sus programas. Todos los distritos fronterizos con Uzbekistán reciben directamente la televisión uzbeka desde el territorio de ese país. Al 1º de enero de 2009 los canales estatales, provinciales y de las ciudades dedicaban a los programas en idiomas de las minorías la siguiente cantidad de tiempo:

En ruso, 39 horas y 55 minutos, sin contar las interpretaciones en conciertos, e incluyendo las películas de ficción y documentales;

En uzbeko, 3 horas y 45 minutos, sin contar las interpretaciones en conciertos;

En árabe, 50 minutos;

En inglés, 50 minutos.

201.En la República funcionan tres canales de la radio estatal que pertenecen al Comité de Televisión y Radiodifusión, a saber: Radio Tayikistán, Sadoi Dushanbé (La Voz de Dushanbé) y Ovozi Tochik (La Voz del Tayiko). Radio Tayikistán (primer canal) transmite en tayiko durante las 24 horas. Ovozi Tochik funciona desde el 1º de junio de 2007 de las 7.00 a las 23.00 horas (16 horas al día) en las instalaciones de una antigua emisora de radiodifusión internacional; emite programas en siete idiomas: tayiko, farsi, dari, ruso, uzbeko, inglés y árabe. Sadoi Dushanbé también tiene una programación de 16 horas diarias; transmite en tayiko durante 14 horas y en ruso durante 2 horas.

202.Hay ocho emisoras de radio no gubernamentales: Asia Plus, Asia-FM, Vatan, Oriono Media, Avis Plus, Tiroz, Tiroz +, y Mavchi Tochik. Realizan el 75% de sus transmisiones en tayiko y el 25% en ruso. La radio de Tayikistán transmite diariamente por sus tres canales un total de 54 horas. Del total de transmisiones mensuales se dedican 308 horas a programas de producción propia. El 27,1% de estos programas se transmite en ruso, el 2,4% en uzbeko, y el 2,6% en otros idiomas. Los programas informativos Noticias de la Comunidad, Contemporáneos, Diidor, ART-Panorama y Música para Regalar tienen por objeto desarrollar la comprensión muta, el respeto y la tolerancia en las relaciones entre los grupos étnicos.

203.A continuación se relaciona el volumen diario de transmisiones de los canales estatales de radio de la República en los idiomas de las minorías, al 1º de junio de 2010:

En ruso, 6 horas;

En uzbeko, 2 horas;

En árabe, 6 horas y 55 minutos;

En farsi, 4 horas;

En dari, 4 horas;

En tayiko, 72 horas.

Medidas ulteriores del Gobierno de la República de Tayikistán

204.A fin de crear condiciones para la preservación y el fomento de los idiomas y culturas de las minorías nacionales y ayudarlas en ese cometido, el Gobierno de la República tiene la intención de examinar la conveniencia de elaborar y adoptar un programa estatal para apoyar y desarrollar a las minorías nacionales de Tayikistán mediante la financiación de actividades programadas.

Párrafo 19 de las observaciones finales del Comité

205.Véase Derecho a participar, en condiciones de igualdad, en las actividades culturales (párrs. 110 a 118 supra).

Párrafo 20 de las observaciones finales del Comité

206.Véase la respuesta relativa al artículo 4 contenida en el presente informe (párrs. 25 y 29 supra).

Párrafo 21 de las observaciones finales del Comité

207.Véase la respuesta relativa al artículo 6 contenida en el presente informe (párrs. 143 a 152 supra).

Párrafo 22 de las observaciones finales del Comité

208.Véase la respuesta relativa al artículo 7 contenida en el presente informe (párrs. 155 a 175 supra).

Párrafo 23 de las observaciones finales del Comité

209.Los derechos humanos son un fenómeno multifacético, reconocido universalmente como el patrimonio supremo de la persona. Tayikistán hace suyos los objetivos del Programa Mundial para la educación en derechos humanos recomendado por la Asamblea General de las Naciones Unidas y señala que esa educación contribuye decisivamente a la realización de los derechos humanos.

210.En el país funciona una red de instituciones educacionales dedicadas a la formación y el reciclaje profesional de los abogados y funcionarios de las fuerzas del orden. Forman parte de esas instituciones las facultades de derecho de los centros de estudios superiores, en particular de la Universidad Nacional de Tayikistán, la Academia del Ministerio del Interior, la Escuela Superior del Comité Estatal de Seguridad Nacional, el Centro de capacitación de la Fiscalía General, el Centro de capacitación de abogados del Ministerio de Justicia y el Centro de formación de jueces del Consejo del Poder Judicial de la República de Tayikistán.

211.En el marco del programa denominado Sistema estatal de educación en derechos humanos de la República de Tayikistán, aprobado en virtud de la Resolución gubernamental Nº 272, de 12 de junio de 2003, en el país se analiza sistemáticamente el estado de la educación en derechos humanos y se adoptan medidas para aumentar su nivel en el sistema de enseñanza de Tayikistán. También se trabaja en ese sentido en otros ministerios y organismos a los que se subordinan instituciones preescolares y educativas. Se toman medidas de formación y capacitación del personal, y de información y sensibilización de la población en materia de derechos humanos.

212.De conformidad con el Decreto presidencial Nº 691, relativo a la política jurídica y la educación jurídica de los ciudadanos de la República, de 9 de septiembre de 1997, y con la resolución gubernamental titulada "Algunas medidas para mejorar la educación jurídica de los ciudadanos y la labor jurídica en la República", se elaboró el Programa de formación y educación jurídica de los ciudadanos de Tayikistán para 2009-2019, aprobado en virtud de la Resolución gubernamental Nº 253, de 29 de abril de 2009.

213.Sobre la base de los documentos señalados, el Instituto de capacitación del personal de los organismos de orden público, justicia y servicios jurídicos de empresas, instituciones y organizaciones del Ministerio de Justicia (en lo sucesivo, el Instituto), y la Dirección General Penitenciaria del Ministerio de Justicia han elaborado y puesto en práctica los correspondientes programas docentes y planes de trabajo. Además, los funcionarios del Ministerio de Justicia participan activamente en conferencias, seminarios, mesas redondas y debates internacionales y nacionales con expertos y especialistas en derechos humanos. Al mismo tiempo, en el Centro docente de la Dirección General Penitenciaria los funcionarios de nuevo ingreso siguen cursos de dos meses sobre derechos humanos impartidos por los funcionarios mejor preparados y especialistas invitados (conferenciantes especializados en el tema). Al final del curso los asistentes rinden pruebas y exámenes cuyos resultados se consignan en el registro. Conforme al plan del Ministerio de Justicia, en la Dirección General Penitenciaria también se establecen grupos cuyos integrantes siguen cursos de capacitación en el Instituto y a los que se expiden los certificados correspondientes.

214.En el Centro de formación de jueces del Consejo del Poder Judicial se celebran desde 2005 seminarios periódicos dedicados al estudio y la incorporación en la legislación del país de las normas del derecho internacional y las convenciones sobre derechos humanos que ha ratificado Tayikistán. Han recibido capacitación en materia de derecho internacional y derechos humanos, en 2005, 220 jueces; en 2006, 219; en 2007, 200; en 2008, 194; y en 2009, 119; todos tenían una antigüedad máxima en el servicio de cinco años. Se han realizado 10 seminarios de 8 horas sobre el tema "Problemas de la lucha contra la trata", 9 seminarios de 16 horas sobre las "Reglas mínimas para la administración de la justicia de menores", 10 seminarios de 8 horas sobre "Mecanismos de protección de los derechos humanos", y 10 seminarios de 8 horas sobre "Aplicación de las normas internacionales en la legislación nacional". Con vistas a reforzar los conocimientos prácticos de los jueces, el Consejo del Poder Judicial celebró seminarios de capacitación breves a nivel regional (en la provincia autónoma de Gorno-Badajshán, las provincias de Sogd y de Jatlón, la ciudad de Dushanbé y el distrito de Gissar) sobre derechos del niño, de la mujer y de los refugiados, que también son cuestiones vigentes para Tayikistán desde que obtuvo la independencia y asumió obligaciones de derecho internacional en materia de derechos humanos. Además, en 2006, en el marco del proyecto "Programa General de Estudios 2", el Centro de formación de jueces del Consejo del Poder Judicial, con la asistencia del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), organizó seminarios en los que participaron 179 jueces sobre el tema Reglas mínimas de las Naciones Unidas para la administración de la justicia de menores.

215.En el marco del proyecto "Determinación de condenas contrarias a la Convención sobre los Derechos del Niño y capacitación de los jueces", en 2007 un grupo de investigadores integrado por un magistrado del Tribunal Supremo de la República y el Jefe de la administración de dicho Tribunal, con la asistencia del UNICEF, también celebró un seminario en la ciudad de Dushanbé y las provincias de Sogd y Jatlón. Durante la ejecución del proyecto se capacitó a 66 jueces de tribunales de jurisdicción general.

216.En cumplimiento del Plan estratégico del Centro de formación de jueces, en el marco del proyecto de "Programa general de estudios – 4", en 2008 se organizaron seminarios para 57 jueces procedentes de diversas regiones del país (Provincia Autónoma de Gorno-Badajshán, provincias de Sogd y Jatlón, y los distritos bajo la jurisdicción de la República) sobre el tema "Capacitación sobre las Reglas mínimas para la administración de la justicia de menores". Cabe señalar que en 2008 el Centro Tayiko de Información Jurídica de la ciudad de Dushanbé organizó seminarios sobre los derechos humanos y los derechos de los refugiados a los que asistieron 35 jueces, sobre los temas "Aplicación de las normas internacionales y nacionales de protección de los derechos de los refugiados en la labor de los jueces de la República de Tayikistán" y "La legislación internacional e interna sobre los refugiados y la aplicación del procedimiento para determinar el estatuto de refugiado". La eficacia de la formación de los jueces en el ámbito de los derechos humanos se refleja en la notable disminución del número de sentencias penales no fundamentadas.

217.En junio de 2007, en virtud de un decreto presidencial se aprobó el Programa de reforma judicial y jurídica de la República de Tayikistán, por el que se introdujeron modificaciones y adiciones en la Ley constitucional de los tribunales y la Ley constitucional del Tribunal Constitucional de la República de Tayikistán, así como en otras leyes pertinentes. Asimismo, se aprobaron los Códigos de Procedimiento Judicial Económico, de Infracciones Administrativas, de Procedimiento Civil y de Procedimiento Penal.

218.En el plan de estudios de la Escuela superior del Comité Nacional de Seguridad del Estado están incluidas las asignaturas derechos humanos, como disciplina independiente, con 24 horas lectivas, derecho público internacional y derecho constitucional, con 4 y 8 horas lectivas respectivamente.

219.Los órganos de la Fiscalía cuentan con un Centro de capacitación del personal de la Fiscalía, que organiza trimestralmente cursos de una semana para los funcionarios e instructores de esa entidad sobre diversos aspectos de los derechos humanos, analiza las denuncias de los ciudadanos y elabora recomendaciones para el personal de la Fiscalía. En 2007, con el apoyo del Instituto Danés de Derechos Humanos y la asistencia financiera del Organismo Sueco de Cooperación para el Desarrollo Internacional, se publicó el libro "Función y cometido de los órganos de la Fiscalía de la República de Tayikistán en la protección de los derechos humanos y civiles", en el que se abordan en detalle todos los aspectos de la labor de la Fiscalía en la República a través del prisma de los derechos humanos y el estado de derecho.

220.En 2006, en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Tayikistán se estableció una Cátedra de Derechos Humanos y Derecho Comparado. Además de otras disciplinas, la Cátedra imparte la asignatura de derechos humanos a los estudiantes de primer año (64 horas lectivas), y a los de segundo año (72 horas), así como a los de segundo año de la enseñanza a distancia (30 horas lectivas). Desde 2008 se imparten 36 horas de la asignatura derechos humanos a los estudiantes del curso regular de las facultades de historia y filosofía.

221.Desde 1999 en la Academia del Ministerio del Interior, formación en derechos humanos de los miembros de la policía se imparte, de conformidad con los planes de estudios, como disciplina independiente (Aplicación de los derechos humanos en la labor de los órganos del Ministerio del Interior), a la que se asignan 58 horas, incluidas 34 horas lectivas y 24 horas de preparación individual con la guía del profesor. Asimismo, en la Academia del Ministerio del Interior, con vistas a la formación del personal de la policía en materia de aplicación de los derechos humanos en la labor de los órganos de ese Ministerio, se imparten las asignaturas derecho administrativo (119 horas), derecho penal (238 horas), procedimiento penal (255 horas), derecho internacional (52 horas) y un curso especial sobre la instrucción preliminar (102 horas). A los alumnos de la Facultad Nº 1 que estudian la carrera de Administración Estatal y Local en la especialidad de Gestión de orden público se les imparte el curso "Aplicación de los derechos y libertades humanos y civiles en la labor de las fuerzas del orden de Tayikistán" (30 horas) y "Derecho internacional humanitario" (20 horas). El profesorado de la Academia ha ofrecido capacitación en materia de derecho internacional y derechos humanos a funcionarios del centro con una antigüedad máxima de cinco años; a saber, a 65 funcionarios en 2005, a 55 en 2006, a 73 en 2007, y a 46 en 2008. Además, se ofrece una capacitación encaminada a asegurar la aplicación de los derechos humanos sobre la base de las normas internacionales. En ese sentido se imparten clases que incluyen el estudio de los tratados de derechos humanos y otros instrumentos internacionales por el personal de distintas dependencias del Ministerio del Interior de Tayikistán, en primer lugar los funcionarios encargados de la investigación y el esclarecimiento de delitos. Solamente en 2009 el profesorado de la Academia impartió más de 70 clases sobre distintos aspectos del respeto a los derechos humanos en la labor de los órganos del Ministerio del Interior.

Párrafo 26 de las observaciones finales del Comité

222.Tayikistán lleva a cabo una labor intensa, adopta medidas concretas a nivel nacional y coopera activamente con otros Estados y organizaciones regionales e internacionales (la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, la Organización Internacional para las Migraciones y el Comité Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja) en materia de protección de los derechos humanos (contra la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia, el estigma de las personas que sufren diversas pandemias, y otras).

223.Todas las cuestiones y recomendaciones enunciadas en la Declaración de Durban se tienen plenamente en cuenta en el territorio del Estado, tanto en el plano legislativo, como en el de las relaciones en los ámbitos social, económico, político, cultural, interétnico y confesional. En ese sentido, en el artículo 17 de la Constitución se establece lo siguiente: "Todas las personas son iguales ante la ley y los tribunales. El Estado garantiza los derechos y libertades de todos, con independencia de su origen étnico, raza, sexo, idioma, religión, convicción política, nivel de instrucción y situación social y patrimonial".

224.En su condición de miembro de la comunidad internacional, Tayikistán participa activamente en la solución de los problemas de los refugiados, de conformidad con la política migratoria del Estado. Ello es lógica consecuencia de la política adoptada por la República de fidelidad a los objetivos y principios consagrados en la Carta de las Naciones Unidas y en la Declaración Universal de Derechos Humanos. El estatuto jurídico de los refugiados se regula en la Ley de refugiados de 2002 y otros instrumentos normativos de la República.

225.Tayikistán se adhirió a la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y a su Protocolo de 1967. Asimismo, Tayikistán es parte en la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial, adoptada el 21 de diciembre de 1965, que fue ratificada por el Estado en virtud de la Resolución Nº 1032 del Consejo Supremo de la República de Tayikistán, de 21 de julio de 1994.

226.Está garantizada la igualdad de derechos de todas las personas ante la ley en los procedimientos judiciales relacionados con sus derechos y libertades. En los programas educativos de los centros docentes de todos los niveles se establecen y aplican diversas medidas encaminadas a reforzar una mentalidad de interetnicidad e interracialidad y a inculcar esos valores. Todos los ciudadanos de la República, independientemente de su etnia, raza, religión y origen social, tienen igual acceso a la educación, incluida la enseñanza en su idioma materno.

227.Dada su condición de Estado multiétnico, para Tayikistán es muy importante que su política interna se estructure de manera que refleje los intereses de las diversas naciones y pueblos que lo integran. Por consiguiente, en la política del Estado se dedica enorme atención a la armonización de las relaciones interétnicas (véase parcialmente el párrafo 17 del presente informe).

Párrafo 27 de las observaciones finales del Comité

228.El Gobierno incorpora activamente a los representantes del sector no gubernamental en todas las iniciativas que se desarrollan en la esfera de los derechos humanos y civiles. En particular, los días 21 y 22 de septiembre de 2005 se celebró una mesa redonda en la que participaron el experto internacional Ion Diaconu, Secretario General del Ministerio de Relaciones Exteriores de Rumania (y expresidente del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial de las Naciones Unidas), diputados del Majlis Namoyandagon Majlis Oli, representantes de los órganos judiciales, la Oficina Ejecutiva de la Presidencia, ministerios y organismos, y organizaciones internacionales y no gubernamentales. En la mesa redonda, con ayuda de todos los participantes, se adoptaron propuestas e ideas para cumplir y poner en práctica las recomendaciones finales del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial. Asimismo, el 25 de marzo de 2011 se examinó el presente informe con la participación de ministerios y organismos de la República de Tayikistán, representantes de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) y ONG. El Gobierno continuará realizando consultas con las organizaciones de la sociedad civil que desarrollan su labor en la lucha contra la discriminación racial y la defensa de los derechos humanos.

Párrafo 28 de las observaciones finales del Comité

229.En cuanto las observaciones y recomendaciones finales del Comité que fueron recibidas por el Gobierno del país se distribuyeron a los ministerios y organismos competentes de la República para que las estudiaran y adoptaran medidas para su aplicación. Por otra parte, en 2006, con el apoyo financiero de la Oficina de Cooperación en Tayikistán de la Agencia Suiza para el Desarrollo y la Cooperación, la Oficina Ejecutiva de la Presidencia de la República publicó y distribuyó el informe nacional de Tayikistán acerca de la aplicación de la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial. Cabe señalar que en 2007, con el apoyo del Componente de Derechos Humanos de la Oficina de las Naciones Unidas para la Consolidación de la Paz en Tayikistán (UNTOP) y de la Embajada de Noruega en Moscú se recopiló el Compendio de instrumentos y documentos internacionales e intraestatales de derechos humanos titulado "Libro de referencia sobre derechos humanos para el personal del sistema de justicia". En el Compendio figuran los informes nacionales presentados por la República de Tayikistán en cumplimiento de los pactos y convenciones internacionales de derechos humanos correspondientes.

Anexos

Anexo I

Información sobre los desempleados que solicitaron los servicios de la Agencia Estatal de Protección Social,Empleo de la Población y Migración de la Repúblicade Tayikistán en los primeros cinco meses de 2010

Indicadores

Número de personas

Total

Mujeres

Porcentaje

Solicitaron los servicios de la Agencia

94 197

43 792

46,5

Están registrados como desempleados

59 669

28 100

47,1

Recibieron la certificación de desempleo

38 591

18 477

47,9

Consiguieron trabajo con la asistencia de los órganos de la Agencia

32 016

14 537

45,4

Mediante el mecanismo de cuotas de puestos de trabajo

2 230

793

35,6

Mediante la creación de nuevos puestos de trabajo

2 914

1 339

45,9

Se incorporaron a trabajos sociales por conducto de los órganos de la Agencia

6 645

3 053

45,9

Se incorporaron a la formación profesional por conducto de los órganos de la Agencia

9 141

5 445

59,6

Recibieron servicios de orientación profesional

23 022

2 778

12,1

Recibieron prestaciones por desempleo

3 369

481

14,3

Total: 44,4%.

Nota : Las cifras e información sobre las cuotas, la creación de nuevos puestos de trabajo y los servicios de orientación profesional corresponden a todo 2010.

Anexo II

Cuadro 1

Datos estadísticos de las escuelas de enseñanza en idiomas diferentes del tayiko existentes en Tayikistán

Escuelas por idioma de enseñanza

Escuelas

Aulas

Alumnos en 2009

Niñas

Provincia autónoma de Gorno - Badajshán

Kirguís

9

119

1 617

797

Tayiko y kirguís

3

57

762

387

Tayiko, ruso e inglés

1

35

907

513

Subtotal

13

211

3 286

1 697

Provincia de Sogd

Ruso

9

198

4937

1 984

Uzbeko

172

2 934

63 118

31 563

Kirguís

4

51

940

507

Tayiko y ruso

35

1 147

27 694

12 393

Tayiko y uzbeko

152

4 248

97 645

48 599

Tayiko y kirguís

1

17

289

138

Ruso y uzbeko

1

3

49

15

Uzbeko y kirguís

2

36

627

318

Kirguís y ruso

1

17

255

123

Tayiko, ruso y uzbek o

14

534

12 910

6 173

Tayiko, ruso y kirguís

1

47

1156

616

Subtotal

392

9 932

209 620

102 429

Provincia de Jatlón

Ruso

2

23

366

170

Uzbeko

135

2 037

44 124

21 665

Turcomano

1

4

39

22

Tayiko y ruso

8

497

13 580

6 394

Tayiko y uzbeko

253

7 690

172 665

82 577

Tayiko y turcomano

5

130

2 823

1 394

Tayiko, ruso y uzbeko

4

229

6 416

2 701

Tayiko, uzbeko y turcomano

1

59

1 171

543

Subtotal

409

10 669

241 184

115 466

Ciudad de Dushanbé

Ruso

4

127

3 562

1 454

Inglés

1

23

414

125

Tayiko y ruso

40

2 023

61 172

26 632

Tayiko y uzbeko

9

427

13 005

6 162

Tayiko, ruso y uzbeko

4

234

6938

3 087

Subtotal

58

2 834

85 091

37 460

Distritos bajo la jurisdicción de la República

Ruso

0

0

0

0

Uzbeko

44

528

9 293

4514

Kirguís

23

265

4 967

2 393

Tayiko y ruso

9

303

7 743

3 326

Tayiko y uzbeko

85

2 619

60 307

27 998

Tayiko y kirguís

20

356

6 319

3 061

Tayiko, ruso y uzbeko

112

2 835

60 786

28 766

Tayiko, ruso y kirguís

2

107

2 434

1 018

Subtotal

295

7 013

151 849

71 076

Total de Tayikistán

1 167

30 659

691 030

328 128

Cuadro 2

Número de alumnos por idioma de enseñanza en las escuelas de enseñanza general en el año escolar 2006/ 07

Tayiko

Ruso

Uzbeko

Kirguís

Turcomano

Aulas

Alumnos

Aulas

Alumnos

Aulas

Alumnos

Aulas

Alumnos

Aulas

Alumnos

Grado s preparatorios

189

2 264

I

6 591

133 993

190

5 050

1 774

33 358

95

1 390

12

216

II

6 387

132 268

198

5 179

1 807

34 335

97

1 458

10

172

III

6 167

125 817

198

5 044

1 837

35 107

96

1 381

10

243

IV

6 012

121 516

171

4 382

1 838

35184

83

1 191

15

296

V

5 952

134 872

178

4 637

1 823

39 217

77

1 346

14

336

VI

5 678

127 867

156

3 893

1 777

38 599

77

1 251

15

337

VII

5 140

113 154

136

3 276

1 683

35 780

73

1 232

16

338

VIII

5 270

117 048

112

2 613

1 681

36 333

69

1 176

14

296

IX

5 237

117 225

128

2 720

1 682

36 491

74

1 262

12

235

X

3 084

64 845

106

2 121

944

19 294

56

832

1

22

XI

2 873

59 266

103

1 974

888

17 382

52

751

10

215

Total

58 580

1 250 135

1 676

40 889

17 734

361 080

849

13 270

129

2 706

Anexo III

Registro de asociaciones públicas (de las minoríasnacionales) de la República de Tayikistán

Renglón Asociación

Domicilio social

Director de la Asociación

Categoría

Número y fecha de inscripción

Observaciones

1

Sociedad de Turcomanos de Tayikistán

Calle Kajjarov 33, ciudad de Dushanbé

D. Kullakov

Republicana

08 " А ", de 31 de mayo de 20 07

Reinscripción

2

Asociación "Iriston"

Calle Fedin 27, apto. 72, ciudad de Dushanbé

Z . J . Gussaova

Republicana

69, de 6 de julio de 2007

3

Sociedad de Educación Cultural de los Georgianos "Satvistomo Iberia"

Calle Lomonosov 367, apto. 11 , ciudad de Dushanbé

Y. M. Metriveli

Republicana

231 " А ", de 12 de octubre de 2007

Reinscripción

4

Unión de Minorías Nacionales del Cáucaso

Calle Afzali 11, ciudad de Dushanbé

K . K . Chanuvadze

Republicana

281 "А" , de 8 de noviembre de 20 07

Reinscripción

5

Sociedad de Cosacos " Baiterek "

Calle Pushkin 57/1, ciudad de Dushanbé

Z. Saminova

Republicana

357 "А", de 30 de noviembre de 2007

Reinscripción

6

Asociación de Uigures de la República de Tayikistán

Calle Erchigitova 8, ciudad de Dushanbé

O. Jasanov

Republicana

388 " А ", de 6 de diciembre de 20 07

Reinscripción

7

Centro Cultural Nacional de los Tártaros y Bashkires "Duslyk" de la República de Tayikistán

Calle Borbad 1, ciudad de Dushanbé

R. F. Jamdina

Republicana

401 " А ", de 14 de diciembre de 2007

Reinscripción

8

Sociedad de Kirguís o s de la República de Tayikistán

Poblado de Lyajsh, distrito de Dzhirgital

Z. Davlatalieva

Republicana

522 " А ", de 26 de diciembre de 2007

Reinscripción

9

Fondo Ruso de Desarrollo Espiritual, Intelectual y Nacional

Calle M. Kurbonov 1, apto. 13, ciudad de Dushanbé

V. Yushin

Republicana

601 " А ", de 29 de diciembre de 2007

Reinscripción

10

Consejo de Compatriotas Rusos de Tayikistán

Calle M. Tursunzod 30, ciudad de Dushanbé

T. Melnikova

Republicana

660 " А ", de 30 de diciembre de 2007

Reinscripción

11

Centro Mundial de la Cultura Coreana en Tayikistán

Calle Mushkifi 109/1, ciudad de Dushanbé

L. An

Local

686 " А ", de 30 de diciembre de 2007

Reinscripción

12

Asociación de Coreanos Soviéticos de Tayikistán

Calle N. Karaboev 23, apto. 55, ciudad de Dushanbé

V. Kim

Republicana

707 " А ", de 30 de diciembre de 2007

Reinscripción

13

Sociedad de Uzbekos de la República de Tayikistán

Calle Akademikov Radzhabovyj 17, apto. 8, ciudad de Dushanbé

J. Botirov

Republicana

724 " А ", de 31 de diciembre de 2007

Reinscripción

14

Sociedad de Osetios " А lan" en la República de Tayikistán

Calle Pajtakor 25, ciudad de Dushanbé

K. I. Karsanov

Republicana

1150, de 19 de junio de 2009

15

Sociedad de Armenios de la República de Tayikistán "Mesrop Mashtos"

Calle Lotujin 9, apto.15, ciudad de Dushanbé

T. Vaskanian

Republicana

977, de 6 de agosto de 2008

16

Unión de Tártaros de la República de Tayikistán "Umet"

Calle Zarafshon 15, apto. 74, ciudad de Dushanbé

R. Saifutdinov

Republicana

1119, de 30 de abril de 2009

17

Sociedad de Polacos "Mazurek" en la República de Tayikistán

Calle Tursunzod 78, ciudad de Dushanbé

T . T . Belitskaya

Local

1261, de 19 de febrero de 2010

18

Unión de Compatriotas Rusos Socialmente Vulnerables en la República de Tayikistán

Calle M. Tursunzod х .78, ciudad de Dushanbé

R . Baramikov

Republicana

1106, de 2 de abril de 20 09

19

Sociedad de Daguestanos de Tayikistán

Calle Kajjarov 27, ciudad de Dushanbé

A . A . Jushvaktov

Republicana

990, de 11 de septiembre de 2008

20

Unión de Jóvenes Compatriotas Rusos de la República de Tayikistán

Calle Bojtar 48, apto. 16, ciudad de Dushanbé.

M. Petrushkov

Republicana

1282, de 2 de abril de 2010

21

Organización Social De Compatriotas Rusos "Svetoch" de la Universidad Ruso-Tayika (eslava)

Calle M. Tursunzod 30, ciudad de Dushanbé

A . V. Mararenko

Republicana

1297, de 18 de mayo de 2010