Grupo de trabajo anterior al período de sesiones

Períodos de sesiones 40º y 41º

16 a 20 de julio de 2007

Lista de cuestiones y preguntas relativas al examen de los informes periódicos

Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte

Introducción

El grupo de trabajo anterior al período de sesiones examinó los informes periódicos quinto (CEDAW/C/UK/5 y Add.1 y 2) y sexto (CEDAW/C/UK/6 y Add.1 y 2) del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.

Generalidades

Sírvase explicar si el Gobierno aprobó los informes periódicos quinto y sexto, y si se presentaron al Parlamento.

Marco constitucional, legislativo e institucional

En el sexto informe periódico se señala que el Gobierno está estudiando la Ley de discriminación, a fin de realizar una revisión a fondo de toda la legislación relativa a la igualdad con miras a simplificar y modernizar la legislación sobre la discriminación, por lo que ha estado enmendando las leyes sobre el particular para que concuerden con las directivas de la Unión Europea (párrs. 149 y 150). En sus observaciones finales anteriores (A/54/38/Rev.1, párr. 301), el Comité exhortó al Estado parte a que considerara la posibilidad de incorporar en la legislación nacional la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, al igual que había incorporado el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las libertades fundamentales, y a que promulgara disposiciones legislativas sobre la protección de los derechos que figuran en la Convención y no se habían incorporado plenamente en la legislación nacional, como las de los artículos 1 y 2 de la Convención. Sírvase explicar de qué modo en el estudio de la Ley de discriminación y en las leyes enmendadas o promulgadas desde que se examinó el último informe, como la Ley de igualdad de 2006, se tendrán en cuenta las obligaciones contraídas por el Estado parte en virtud de la Convención y se armonizará la legislación nacional relativa a la discriminación con estas obligaciones.

Según el sexto informe periódico, en octubre de 2007 el principal organismo estatal para la eliminación de la discriminación entre géneros, la Comisión de Igualdad de Oportunidades, será reemplazada por una nueva comisión sobre la igualdad, establecida por ley, la Comisión para la Igualdad y los Derechos Humanos. Además, esta Comisión también se hará cargo de las funciones de la Comisión sobre la discapacidad y la Comisión para la Igualdad Racial, y asumirá nuevas responsabilidades respecto de la discriminación por motivos de edad, credo, creencias y orientación sexual (párrs. 79 a 85). Sírvase describir las medidas que se adoptarán para garantizar que como resultado de la creación de la nueva Comisión y la ampliación de su mandato en comparación con el de la Comisión de Igualdad de Oportunidades no se realicen menos esfuerzos por eliminar la discriminación contra la mujer. Sírvase incluir información sobre la composición de la Comisión y los recursos que se le asignarán para que procure eliminar la discriminación contra la mujer. Sírvase también explicar de qué mecanismos dispondrán las mujeres para denunciar casos de discriminación por motivos de género ante la Comisión para la Igualdad y los Derechos Humanos y las disposiciones existentes para asegurar que la Comisión se ocupe de los múltiples tipos de discriminación con que se enfrentan las mujeres, especialmente las que pertenecen a minorías raciales, étnicas o religiosas.

Según el sexto informe periódico, en virtud de la Ley de igualdad de 2006 se impuso como deber a las autoridades públicas la tarea de lograr la igualdad entre los géneros. En virtud de esta ley, a partir del 6 de abril de 2007, las autoridades públicas deben elaborar y publicar un plan de igualdad entre los géneros con objetivos y medidas para alcanzarlos, así como evaluaciones del impacto de todas las políticas y leyes nuevas en la igualdad entre géneros, incluidos los cambios en el empleo y la prestación de servicios. Al cumplir este deber, las autoridades públicas deben consultar cabalmente a los interesados (párrs. 9 y 10, 112 y 113). En Irlanda del Norte y Escocia, las autoridades públicas también tienen un deber similar en materia de igualdad (véanse CEDAW/C/UK/5, párr. 15, y CEDAW/C/UK/6, párrs. 145 y 146). Sírvase proporcionar una evaluación preliminar sobre la forma en que funciona este sistema de deber en lo relativo a la igualdad entre géneros, con información sobre el tipo de mecanismo de aplicación adoptado, si se capacita a las autoridades públicas para reforzar su comprensión y aplicación de la igualdad entre géneros, y la frecuencia y forma en que las autoridades públicas consultan a los interesados, incluidas las organizaciones no gubernamentales de trabajadoras y de mujeres.

En sus observaciones finales anteriores (A/54/38, párrs. 296 y 297), el Comité expresó preocupación por la posibilidad de que el establecimiento en Gales, Escocia e Irlanda del Norte de diferentes estructuras que se ocupan de las cuestiones relacionadas con la igualdad de la mujer provocara una desigual protección de los derechos humanos de la mujer, e instó al Gobierno del Reino Unido a asegurarse de que hubiera una estrategia y una política nacionales unificadas para aplicar todas las disposiciones de la Convención en todo el territorio del Estado parte. En los informes periódicos quinto y sexto se describen los mecanismos y las normas relativos a la igualdad entre géneros existentes en Irlanda del Norte, Escocia, Gales y los territorios de ultramar (véanse CEDAW/C/UK/5, párrs. 14 a 18 y CEDAW/C/UK/6, párrs. 86 a 104; Add.1 y 2), pero no se mencionan las medidas vigentes para asegurar que se apliquen uniformemente todas las disposiciones de la Convención en estos territorios. Sírvase describir las medidas tomadas para responder a las recomendaciones del Comité, en particular si hay una estrategia y un plan unificados por el que se fijen normas y objetivos en materia de igualdad de la mujer e incorporación de una perspectiva de género y se vele por su aplicación en todas las estructuras y órganos del Reino Unido.

En el sexto informe periódico se reconoce que las mujeres pertenecientes a minorías raciales, étnicas o religiosas se enfrentan con graves limitaciones en el empleo, incluida la probabilidad de una tasa de desocupación más alta, una remuneración más baja, menos posibilidades de avance y mayor segregación ocupacional, y se analizan los esfuerzos de divulgación dirigidos a estas mujeres (párrs. 197 a 214). Sírvase describir la situación de las mujeres pertenecientes a minorías raciales, étnicas o religiosas, incluidos los obstáculos con que se enfrentan en relación con su participación en la vida económica, social y pública y la situación de la violencia contra ellas, y las medidas existentes, incluidas leyes, normas, medidas especiales de carácter temporal, sanciones y servicios de apoyo, para superar estos obstáculos y hacer frente a los estereotipos.

Sírvase explicar la cooperación entre la Dependencia para la Mujer y la Igualdad y las organizaciones no gubernamentales de mujeres. Sírvase dar información sobre la financiación proporcionada por el Gobierno a las organizaciones no gubernamentales en general y a las de mujeres desde el año 2000.

Violencia contra la mujer

Sírvase describir las medidas para lograr que los hombres y niños participen en los esfuerzos por prevenir y eliminar la violencia contra la mujer, incluida la violencia doméstica, y el efecto de estas medidas y los resultados alcanzados.

Según el sexto informe periódico la Ley de delitos sexuales de 2003 cambió por completo el marco jurídico para hacer frente a los delitos sexuales (párr. 135). Además, se están tomando medidas para examinar la legislación relativa a la capacidad en relación con el consentimiento en casos de violación y la admisibilidad de los testimonios de peritos y otros expertos, y para analizar los datos estadísticos reunidos desde que la Ley entró en vigor. Sírvase aclarar cómo se encaran en la Ley de delitos sexuales de 2003 los criterios probatorios y el nivel de las pruebas de delitos sexuales, la capacidad legal y el consentimiento, y el estado de las enmiendas relativas a estas cuestiones. Sírvase indicar también los resultados de los análisis estadísticos relativos a la Ley, y proporcionar datos sobre todo el período a que se refiere el informe, sobre los casos de ataques sexuales contra mujeres y la proporción de condenas.

En el quinto informe periódico se explica que se instituyó en las leyes de inmigración una concesión sobre la violencia en el hogar para proteger a las personas sometidas a controles de inmigración cuyo matrimonio hubiera fracasado durante el año de prueba a causa de la violencia doméstica. En el sexto informe periódico se señala que el uso de la concesión se analizó durante los dos primeros años y se examinaron las conclusiones (párr. 347). Sírvase dar información sobre este examen y sobre las conclusiones y explicar si se está considerando la posibilidad de tomar más medidas para proteger a las migrantes que son víctimas de violencia, en particular violencia doméstica. Sírvase indicar también si se han evaluado los efectos de la norma sobre la prohibición de utilizar fondos públicos en relación con la capacidad de las mujeres inmigrantes para escapar de la violencia doméstica y, se ser así, sírvase dar detalles.

Trata de personas y explotación de la prostitución

El Relator Especial sobre la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía ha expresado su preocupación ante los informes recibidos en relación con el creciente número de niñas víctimas de trata a las que se introduce en el Reino Unido para que presten servicios domésticos, para reclamar prestaciones ilegalmente y con motivo de prácticas culturales (E/CN.4/2006/67/Add.1, párr. 152). Sin embargo, en el sexto informe periódico no hay información sobre las mujeres víctimas de trata que entran en el Reino Unido (o pasan camino de otro país) por motivos distintos que no son la explotación sexual. Sírvase dar datos estadísticos sobre el alcance de la trata de mujeres y niñas que entran, salen o pasan por el Reino Unido, incluido el número de víctimas de la trata con fines de explotación sexual, trabajo, servicio doméstico y explotación de otro tipo e información sobre los juicios, las condenas y las sentencias impuestas.

Según el sexto informe periódico, el Gobierno publicó una estrategia coordinada sobre la prostitución en enero de 2006 para hacer frente a los daños resultantes de la prostitución, que incluye estrategias para evitar que se incite a las mujeres a prostituirse (párr. 300). Sírvase dar más detalles sobre estas medidas, su estado de aplicación hasta ahora y todo resultado preliminar obtenido.

Participación en la vida política y pública

En el sexto informe periódico se reconoce que no todos los partidos políticos han fomentado la participación de la mujer utilizando las medidas positivas permitidas en la Ley de discriminación por motivos de género (candidatos en elecciones) (párr. 304). Sírvase aclarar qué tipo de medidas especiales de carácter temporal permite la Ley y describa qué está haciendo el Gobierno para que se recurra más a esas medidas y para que aumente la participación de las mujeres, incluidas las pertenecientes a minorías, en todos los partidos a todos los niveles de gobierno.

En el sexto informe periódico se señala que en 2006 se creó una Comisión de Nombramientos Judiciales, que tiene por función reglamentaria alentar una mayor diversidad de aspirantes a cargos judiciales (párr. 559). Sírvase aclarar el margen de autoridad de la Comisión, su función reglamentaria en relación con los nombramientos judiciales y las medidas que ha tomado para alentar a las mujeres a presentar su candidatura a cargos judiciales. Sírvase asimismo dar información sobre las medidas adoptadas para impartir capacitación sobre la igualdad entre los géneros a los miembros del poder judicial.

Según el sexto informe periódico, el Reino Unido mantiene, aunque la ha modificado, el apartado c) del párrafo A de su reserva general a la Convención que se refiere a la Corona y las Fuerzas Armadas, conforme a la cual el Reino Unido ratificará la Convención a condición de que ninguna de sus obligaciones en virtud de la Convención sea aplicable a ningún acto que tenga por finalidad asegurar la preparación para el combate de las Fuerzas Armadas de la Corona (párr. 71). Sírvase aclarar el alcance y los efectos de la reserva restante relativa a las Fuerzas Armadas. Sírvase describir qué efecto han tenido las medidas para incrementar la participación de la mujer en puestos de nivel superior y en posiciones de mando en las Fuerzas Armadas, incluidas las misiones de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas.

¿Qué medidas ha adoptado el Gobierno para que se cumplan las disposiciones de la resolución 1325 (2000) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en Irlanda del Norte? Sírvase dar detalles sobre la aplicación del artículo 75 de la ley de Irlanda del Norte conforme a la cual en la formulación y aplicación de toda norma reglamentaria debe prestarse la debida atención a la igualdad de oportunidades.

Sírvase proporcionar datos estadísticos sobre la participación de las mujeres en organizaciones internacionales, cargos públicos de nivel internacional y en el servicio exterior, en comparación con los hombres, incluida información sobre el número de mujeres en altos cargos, como las de embajador, y las tendencias desde que se examinó el último informe.

Educación y estereotipos

En el sexto informe periódico se describe lo que se está haciendo para revisar los programas de estudios, como el análisis del programa nacional de estudio para los alumnos de 11 a 16 años de edad que está realizando la Autoridad encargada de las cualificaciones y los planes de estudios (párrs. 357 a 361). Sírvase indicar en qué medida se incluye en los programas de estudios escolares de distintos niveles la educación sobre los derechos humanos, en particular los de la mujer, e información sobre las múltiples formas de discriminación con que se enfrentan las mujeres.

Sírvase explicar las actividades del Gobierno para que aumente la proporción de mujeres en puestos académicos, entre ellos los de profesor, especialmente en campos no tradicionales, y los efectos de esas medidas. Asimismo, sírvase proporcionar información sobre el número de mujeres que se presentaron a puestos directivos y los obtuvieron y las tendencias desde que se examinó el último informe.

Empleo y conciliación de la vida laboral y familiar

En el sexto informe periódico se señala que la mayoría de los empleados que participan en modalidades de trabajo flexibles son mujeres (párr. 392) y que la Comisión de Igualdad de Oportunidades ha realizado investigaciones y formulado recomendaciones al Gobierno en relación con políticas de horario flexible (anexo I, párrs. 2 y 3). Sírvase dar información sobre las medidas que se están adoptando para asegurar que las mujeres con modalidades de horario flexible, incluidas las que se reincorporaron al trabajo después de una licencia por maternidad, no sufran discriminación en términos de contratación, remuneración, oportunidades, prestaciones y otros aspectos del empleo, y los efectos de estas medidas.

En el quinto informe periódico se describe la creación de los acuerdos de la administración pública para la igualdad entre los géneros, en los que se fijan objetivos respecto de la participación de la mujer en puestos de liderazgo y en otros ámbitos, como la igualdad de remuneración en el sector público (véase CEDAW/C/UK/5, párr. 14). En el sexto informe periódico se explica que el acuerdo de la administración pública para la igualdad entre los géneros se ha ampliado e incluye exámenes sobre la igualdad de remuneración (párrs. 20 y 227 a 235). También se señala que en 2003 los 88 departamentos y organismos del Gobierno realizaron exámenes de este tipo y se alienta a los departamentos a comprobar plenamente la igualdad en sus políticas y prácticas de compensación cada tres años (párr. 406). Sírvase describir los resultados de estos exámenes sobre la igualdad de remuneración. Sírvase describir también las medidas adoptadas para comprobar la igualdad en los departamentos y organismos gubernamentales en 2003 y más adelante, y los resultados obtenidos.

Según el sexto informe periódico, aunque las mujeres pueden tener de 26 semanas a un año de licencia de maternidad, los hombres tienen derecho a dos semanas de licencia por paternidad o más, si su pareja vuelve pronto al trabajo, pero que la mayoría de los hombres (55%) no utiliza todo este tiempo (párr. 392). Sírvase explicar los motivos de esta baja tasa de utilización y las tendencias a lo largo del tiempo, e indicar qué medidas se han adoptado para alentar a los hombres a compartir con las mujeres las responsabilidades de cuidado de los hijos.

Salud

Sírvase proporcionar datos estadísticos sobre las tendencias relativas a las tasas de VIH/SIDA y otras enfermedades de transmisión sexual en las mujeres en comparación con los hombres, desde el año 2000, y desglosados por grupos de mujeres, especialmente grupos en situación de riesgo. Asimismo, sírvase indicar qué se ha hecho para reducir estas tasas e incrementar el acceso a la información y los servicios relacionados con las enfermedades de transmisión sexual.

Según el sexto informe periódico, el Gobierno realizó el primer examen de referencia de los servicios de anticoncepción en 2006 y elaboró directrices sobre las mejores prácticas, que incluyen el acceso a los servicios de anticoncepción, métodos anticonceptivos y servicios de aborto (párr. 470). Sírvase proporcionar información sobre los resultados de este examen y el uso de las directrices y cualquier otra reforma, legislativa o de otro tipo, resultante del examen.

El informe indica que la Corte de Apelaciones solicitó información sobre la idoneidad de los servicios de interrupción del embarazo en Irlanda del Norte y que en 2007 se publicaría un proyecto de directrices al respecto (párr. 485). Sírvase dar información sobre los resultados o la situación de estas directrices, así como estadísticas sobre las tasas de abortos ilegales y los casos de muerte y complicaciones resultantes en Irlanda del Norte, y las tendencias desde el año 2000.

Mujeres en situación vulnerable

En los informes periódicos quinto y sexto se señala que el Gobierno ha creado un Subcomité del Gabinete sobre la Política relativa al Envejecimiento a fin de ocuparse de la situación de las mujeres y hombres de edad avanzada (véase CEDAW/C/UK/5, párr. 14, y CEDAW/C/UK/6, párr. 196). Sírvase proporcionar información sobre la situación de las mujeres mayores, incluidos datos desglosados por raza y origen étnico, en el Estado parte y en todos sus territorios, en particular en lo que respecta a su salud, empleo, acceso a servicios sociales, prestaciones, vivienda, el maltrato de los ancianos y sobre la protección jurídica y de otro tipo de que disponen las mujeres mayores.

Según el sexto informe periódico, aunque la política sobre una vivienda asequible no se determina en función de la igualdad entre los géneros, hay datos que indican que una proporción considerable de las personas que necesitan asistencia en este ámbito son mujeres; por ejemplo, en el informe se señala que el 57% de las solicitudes de asistencia por falta de vivienda aceptadas entre julio y septiembre de 2006 fueron presentadas por mujeres solteras, muchas de ellas con hijos (párr. 526). Sírvase describir qué medidas se han tomado para incorporar perspectivas de género y principios relativos a la igualdad entre los géneros en la política de vivienda asequible. Sírvase proporcionar también estadísticas sobre el suministro de viviendas asequibles a mujeres.

Sírvase dar información sobre las tendencias en cuanto a las mujeres condenadas por delitos desde el último informe, incluidos detalles acerca del tipo de delitos y datos desglosados por grupos étnicos y edades y por región. Sírvase proporcionar información sobre la situación y las condiciones de las mujeres en las prisiones y las medidas adoptadas para remediar las condiciones adversas. ¿Qué medidas se prevé tomar para aplicar las recomendaciones del informe de Corston de marzo de 2007 con respecto a la adopción de un enfoque integral para ocuparse del tema de la mujer en la prisión, y la sentencia del Alto Tribunal de Justicia del Reino Unido que establece que es ilegal recluir en prisiones de adultos muchachas menores de edad?

Protocolo Facultativo

Sírvase dar información sobre las medidas adoptadas para difundir ampliamente el Protocolo Facultativo de la Convención, que el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte ratificó el 17 de diciembre de 2004.