Naciones Unidas

CERD/C/NOR/Q/23-24

Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial

Distr. general

1 de octubre de 2018

Español

Original: inglés

Español, francés e inglés únicamente

Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial

97º período de sesiones

26 de noviembre a 14 de diciembre de 2018

Tema 4 del programa provisional

Examen de los informes, las observaciones y la información presentados por los Estados partes en virtud del artículo 9 de la Convención

Lista de temas relativa a los informes periódicos23º y 24º combinados de Noruega

Nota del Relator para el país

El Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial decidió en su 76º período de sesiones (véase A/65/18, párr. 85) que el Relator para el país enviaría al Estado parte en cuestión una breve lista de temas con miras a orientar y centrar el diálogo entre la delegación del Estado parte y el Comité durante el examen del informe del Estado parte. El presente documento contiene una lista de temas con esa finalidad. La lista no es exhaustiva; durante el diálogo con el Estado parte podrán abordarse otros asuntos. No se requieren respuestas por escrito.

La Convención en el derecho interno y el marco institucional y normativopara su aplicación (arts. 1, 2, 4 y 6)

1.Medidas adoptadas para proporcionar indicadores sobre la composición étnica de la población, en particular sobre las lenguas maternas, y otros indicadores de la diversidad étnica, así como información sobre la ascendencia o el origen nacional o étnico (CERD/C/NOR/CO/21-22, párr. 8; CERD/C/NOR/23-24, párrs. 79 a 83).

2.Medidas adoptadas para garantizar que todos los motivos de discriminación que se especifican en el artículo 1 de la Convención estén incluidos en el marco jurídico de lucha contra la discriminación (CERD/C/NOR/CO/21-22, párr. 10; CERD/C/NOR/23-24, párrs. 84 y 85).

3.La aplicación y los efectos de la Ley contra la Discriminación por Motivos Étnicos, y de la recientemente promulgada Ley de Igualdad y Lucha contra la Discriminación (CERD/C/NOR/CO/21-22, párr. 10; CERD/C/NOR/23-24, párrs. 84 y 85).

4.Casos presentados ante el nuevo Tribunal contra la Discriminación; información sobre las consideraciones para permitir que el Tribunal contra la Discriminación y el Ombudsman concedan indemnizaciones por daños y perjuicios en caso de que se produzcan pérdidas no económicas (CERD/C/NOR/CO/21-22, párr. 32; CERD/C/NOR/23-24, párrs. 191 y 192).

5.Información actualizada sobre las medidas adoptadas para reconsiderar la incorporación de la Convención en la Ley de Derechos Humanos de 1999 (CERD/C/NOR/CO/21-22, párr. 12, CERD/C/NOR/23-24, párr. 86).

6.Actividades de la institución nacional de derechos humanos sobre las cuestiones relativas a la lucha contra la discriminación, y sus repercusiones (CERD/C/NOR/CO/21-22, párr. 14; CERD/C/NOR/23-24, párrs. 87 a 91).

7.Medidas adoptadas para evitar la persistencia de delitos motivados por prejuicios y el discurso de odio, incluso en Internet, contra el pueblo romaní/tater, los migrantes, los musulmanes, los judíos y los samis; información sobre la aplicación y los efectos de la Estrategia del Gobierno para Combatir el Discurso de Odio para 2016-2020 (CERD/C/NOR/CO/21-22, párr. 16; CERD/C/NOR/23-24, párr. 92).

8.Medidas adoptadas para exhortar a los profesionales de los medios de comunicación y a los políticos a que velen por que sus declaraciones públicas no contribuyan a exacerbar la intolerancia o la incitación al odio (CERD/C/NOR/CO/21-22, párr. 16; CERD/C/NOR/23-24, párrs. 93 a 95); sírvanse proporcionar información detallada sobre las repercusiones de la campaña para poner fin al discurso de odio en Internet (CERD/C/NOR/23-24, párrs. 102 a 104).

9.Información, incluidos datos estadísticos actualizados, sobre los casos de discurso de odio denunciados, investigados y enjuiciados, y sobre las condenas impuestas a los responsables (CERD/C/NOR/CO/21-22, párr. 16; CERD/C/NOR/23-24, párrs. 96 a 98).

10.Medidas adoptadas por el Estado parte para incluir información sobre la incidencia y los efectos perniciosos del discurso de odio en los programas de estudios y los materiales didácticos (CERD/C/NOR/CO/21-22, párr. 16; CERD/C/NOR/23-24, párrs. 105 a 110).

11.Información actualizada sobre la elaboración de un sistema nacional de registro de los delitos motivados por prejuicios y sobre las campañas de concienciación para remediar la escasez de denuncias de delitos de odio (CERD/C/NOR/CO/21-22, párr. 18; CERD/C/NOR/23-24, párrs. 111 a 118).

12.Información, incluidos datos estadísticos, sobre las investigaciones, enjuiciamientos y condenas de los autores de delitos motivados por prejuicios; sírvanse facilitar más información acerca de la Guía para la policía sobre el registro de los delitos de odio, preparada por la Dirección Nacional de Policía (CERD/C/NOR/CO/21-22, párr. 18; CERD/C/NOR/23-24, párrs. 120 a 124).

13.Información actualizada sobre las medidas adoptadas para aplicar todos los aspectos del artículo 4 de la Convención, en particular las medidas para ilegalizar y prohibir las organizaciones que promuevan la discriminación racial o inciten a ella (CERD/C/NOR/CO/21-22, párr. 20; CERD/C/NOR/23-24, párr. 125).

Situación de los samis (arts. 2 a 7)

14.Medidas adoptadas para dar pleno efecto en la práctica al reconocimiento jurídico de los derechos de los samis sobre sus tierras y recursos; información actualizada sobre el seguimiento dado al reconocimiento jurídico de los derechos de los samis sobre la tierra y los recursos fuera de la región de Finnmark (CERD/C/NOR/CO/21-22, párr. 30; CERD/C/NOR/23-24, párrs. 178 y 179).

15.Información actualizada sobre las medidas adoptadas para preservar los derechos sobre la tierra de los samis orientales (CERD/C/NOR/CO/21-22, párr. 28; CERD/C/NOR/23-24, párrs. 170, 175 y 176).

16.Información actualizada sobre las medidas adoptadas para establecer procedimientos de consulta con los samis y el Parlamento sami, en particular sobre cuestiones presupuestarias; información actualizada sobre las medidas adoptadas para garantizar que se consulte debidamente a los samis afectados por las actividades extractivas en las tierras tradicionalmente habitadas por estas comunidades (CERD/C/NOR/CO/21-22, párr. 30; CERD/C/NOR/23-24, párrs. 180 a 188).

17.Información actualizada sobre la aplicación del Plan de Acción para los Idiomas Samis; medidas adoptadas para garantizar que se cumplan los requisitos para impartir instrucción en la lengua materna de los alumnos, en particular en lo que respecta a la dotación de recursos financieros (CERD/C/NOR/CO/21-22, párr. 28; CERD/C/NOR/23-24, párrs. 166 a 170).

18.Información actualizada sobre la propuesta del Comité de Derechos de los Samis de hacer un estudio sobre los derechos de los samis al sur de Finnmark; información detallada sobre los recursos financieros asignados al Tribunal de las Tierras No Cultivadas (CERD/C/NOR/CO/21-22, párr. 30; CERD/C/NOR/23-24, párr. 189).

19.Información actualizada sobre la aplicación y los efectos del plan de acción nacional para la aplicación de los Principios Rectores de las Naciones Unidas de 2015; sírvanse informar también sobre las medidas legislativas encaminadas a impedir que las empresas registradas en Noruega realicen actividades que afecten negativamente al disfrute de los derechos humanos por las comunidades locales fuera de Noruega (CERD/C/NOR/CO/21-22, párr. 24; CERD/C/NOR/23-24, párr. 137).

Situación de las minorías étnicas y de los romaníes (arts. 2 a 7)

20.Medidas adoptadas para elaborar estrategias y políticas destinadas a responder a las dificultades a que se enfrentan las minorías étnicas y las comunidades romaní y tater para acceder al empleo, la vivienda, los servicios de atención de la salud y la educación (CERD/C/NOR/CO/21-22, párr. 26; CERD/C/NOR/23-24, párrs. 138 a 143).

21.Medidas adoptadas para garantizar la igualdad en los procesos de contratación laboral en los sectores público y privado; sírvanse proporcionar información actualizada sobre la aplicación del plan de acción titulado “Necesitamos los conocimientos especializados de los inmigrantes” (CERD/C/NOR/CO/21-22, párr. 22).

22.Medidas adoptadas para evitar que las personas de origen inmigrante sean objeto de discriminación en materia de empleo y vivienda; medidas adoptadas para garantizar que las personas de origen inmigrante no sean sometidas a perfiles étnicos por parte de la policía.

23.Información detallada sobre el programa de orientación escolar para los alumnos romaníes; información sobre las medidas encaminadas a luchar contra la incitación al odio y la intolerancia hacia las comunidades romaní y tater; información sobre las medidas adoptadas para revisar la práctica de internar a los niños romaníes en instituciones o dejarlos al cuidado de los servicios sociales (CERD/C/NOR/CO/21-22, párr. 26; CERD/C/NOR/23-24, párrs. 156 a 165).

24.Medidas adoptadas para garantizar que el énfasis en los valores cristianos consagrados en la Constitución no menoscabe el derecho de las minorías étnicas y etnorreligiosas de ejercer plenamente la libertad de pensamiento, conciencia y religión.

Situación de los no ciudadanos, en particular los inmigrantes, los solicitantesde asilo y los refugiados (arts. 5 a 7)

25.Información actualizada sobre las medidas adoptadas para garantizar que las personas de origen inmigrante tengan acceso al empleo, la vivienda, la atención de la salud y los servicios básicos, sin discriminación.

26.Información actualizada sobre la aplicación de medidas como el Programa sobre Oportunidades Laborales y la política titulada “Del centro de acogida al mercado del trabajo – una política eficaz de integración”, y sobre si han permitido elevar las tasas de ocupación de los refugiados y los solicitantes de asilo (CERD/C/NOR/CO/21-22, párr. 22; CERD/C/NOR/23-24, párrs. 127 a 132).

27.Información actualizada sobre la situación de la Ley de Servicios de Interpretación (CERD/C/NOR/CO/21-22, párr. 38; CERD/C/NOR/23-24, párrs. 211, 212 y 214).

28.Información sobre las medidas encaminadas a restringir la práctica de la reclusión en régimen de aislamiento de los migrantes y los solicitantes de asilo que se encuentran detenidos en espera de expulsión; sírvanse proporcionar información actualizada sobre la situación del proyecto de ley presentado al Storting para modificar las normas de la Ley de Inmigración relativas al uso de medidas coercitivas (CERD/C/NOR/CO/21-22, párr. 36; CERD/C/NOR/23-24, párrs. 204 y 205).

29.Información sobre la repercusión de medidas recientes, como las enmiendas de 2015 y 2017 de la Ley de Inmigración, en la capacidad de los solicitantes de asilo para solicitar asilo en el Estado parte en el caso de que hayan entrado a dicho país por otro en el que no eran perseguidos.

30.Medidas adoptadas para garantizar el derecho a la educación a todos los niños, independientemente de su situación en materia de residencia (CERD/C/NOR/CO/21-22, párr. 40; CERD/C/NOR/23-24, párr. 216).

31.Medidas adoptadas para revisar los procedimientos de concesión de permisos de residencia a fin de evitar que la Ley tenga por efecto obligar a las mujeres víctimas de la violencia doméstica a permanecer en relaciones abusivas; resultados del Plan de Acción contra la Trata de Personas (CERD/C/NOR/CO/21-22, párr. 34; CERD/C/NOR/23-24, párrs. 197 y 199 a 201).