Naciones Unidas

CRC/C/IRL/3-4

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

26 de enero de 2015

Español

Original: inglés

Comité de los Derechos del Niño

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 44 de la Convención

Informes periódicos tercero y cuarto que los Estados partes debían presentar en 2009

Irlanda * **

[Fecha de recepción: 13 de agosto de 2013]

Índice

Párrafos Página

Siglas y abreviaturas5

Lista de cuadros7

Prólogo del Ministro1–48

Agradecimientos58

Introducción6–1969

I.Medidas generales de aplicación197–26440

A.Medidas adoptadas para armonizar las leyes y políticas nacionales con las disposiciones de la Convención y de sus Protocolos Facultativos198–21340

B.Medidas encaminadas a adoptar y aplicar una estrategia nacional integral en favor de la infancia en el marco de la Convención214–21746

C.Coordinación de la aplicación de la Convención y de sus Protocolos Facultativos218–22646

D.Asignaciones presupuestarias para la aplicación de la Convención y de sus Protocolos Facultativos227–22849

E.Asistencia y ayuda internacionales para el desarrollo relacionadas con la Convención229–23949

F.Instituciones nacionales de derechos humanos240–24552

G.Difusión de información sobre la Convención (niños y adultos)246–25553

H.Difusión de los informes del Estado y las observaciones finales del Comité entre el público general, la sociedad civil, las organizaciones empresariales, los sindicatos, las organizaciones religiosas y otras instancias25656

I.Planes para la divulgación pública del presente informe del Estado y las pertinentes observaciones finales del Comité25756

J.Cooperación con las organizaciones de la sociedad civil (incluidas las ONG y las agrupaciones infantiles y juveniles)258–26456

II.Definición de "niño"265–26757

Disposiciones sobre la edad mínima legal265–26757

III.Principios generales268–32360

A.No discriminación268–27760

B.Interés superior del niño278–29262

C.Derecho a la vida, supervivencia y desarrollo293–30865

D.Respeto a las opiniones del niño309–32369

IV.Derechos y libertades civiles324–37174

A.Registro del nacimiento, nombre y nacionalidad324–32574

B.Preservación de la identidad32674

C.Libertad de expresión, y derecho a buscar, recibir y difundir información327–32974

D.Libertad de pensamiento, conciencia y religión330–33475

E.Libertad de asociación y de reunión pacífica33576

F.Protección de la vida privada y de la imagen336–33976

G.Acceso a información procedente de diversas fuentes, y protección contra todo material perjudicial para los niños340–34777

H.Derecho a no ser sometido a torturas ni a otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, incluidos los castigos corporales348–35779

I.Medidas para promover la recuperación física y psicológica y la reintegración social de los niños víctimas358–37181

V.Entorno familiar y modalidades alternativas de cuidado372–44984

A.Entorno familiar y orientación de los padres, impartida en consonancia con la evolución de las facultades del niño372–37684

B.Obligaciones comunes de los padres y modalidades alternativas de cuidado, asistencia a los padres y prestación de servicios de atención infantil377–38785

C.Separación de los padres388–38987

D.Reunificación de las familias390–39287

E.Pago de la pensión alimenticia393–39488

F.Niños privados del entorno familiar395–42788

G.Examen periódico de las condiciones de acogida428–43595

H.Adopción nacional e internacional436–44097

I.Traslado y retención ilícitos441–44798

J.Maltrato y descuido, incluidos la recuperación física y psicológica y la reintegración social448–44999

VI.Discapacidad, salud básica y bienestar450–56699

A.Niños con discapacidad450–46499

B.Salud de la comunidad nómada465–469102

C.Supervivencia y desarrollo470–477103

D.Salud y servicios de salud, en particular la atención primaria478–490105

E.Esfuerzos para hacer frente a las dificultades de salud más prevalentes y promover la salud física y mental y el bienestar de los niños, y para prevenir y tratar las enfermedades transmisibles y no transmisibles491–511107

F.Derechos de salud reproductiva de los adolescentes y medidas para promover un estilo de vida sano512–515112

G.Medidas para prohibir y erradicar todo tipo de prácticas tradicionales nocivas516114

H.Medidas para proteger a los niños contra el abuso de sustancias adictivas517–528114

I.Medidas para garantizar la protección de los niños con padres encarcelados y los niños que acompañan a su madre en prisión529–531116

J.Seguridad social y servicios e instalaciones de guardería532–539117

K.Nivel de vida y medidas, en particular en forma de asistencia material y programas de apoyo relativos a la nutrición, el vestido y la vivienda, que se hayan adoptado para garantizar el desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social del niño y reducir la pobreza y la desigualdad540–566118

VII.Educación, esparcimiento y actividades culturales567–659123

A.Derecho a la educación567123

B.Objetivos de la educación568–618123

C.Derechos culturales de los niños pertenecientes a grupos indígenas y minoritarios619–622134

D.Educación sobre derechos humanos y educación cívica623–625134

E.Reposo, juego, esparcimiento y actividades recreativas, culturales y artísticas626–659135

VIII.Medidas especiales de protección660–727144

A.Los niños fuera de su país de origen que tratan de obtener protección como refugiados, los niños no acompañados, los niños desplazados internos, los niños migrantes y los niños afectados por la migración661–668145

B.Los niños en los conflictos armados, incluidas su recuperación física y psicológica y su reintegración social669–674146

CLos niños sometidos a explotación, incluidas su recuperación física y psicológica y su reintegración social675–697147

D.Los niños de la calle698150

E.Los niños en conflicto con la justicia y los niños víctimas o testigos699–726150

F.Los niños pertenecientes a una minoría o a un grupo indígena727155

Siglas y abreviaturas

AAIAutoridad de Adopción de Irlanda

ACNUROficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados

AHTUUnidad de Lucha contra la Trata de Seres Humanos

ASAIDirección de Normas de Publicidad de Irlanda

BAIAutoridad de Radiodifusión de Irlanda

CAABConsejo Asesor sobre las Leyes de la Infancia

CAMHSServicios de Salud Mental del Niño y el Adolescente

CCSSubvención de Guarderías Comunitarias

CESCentro de Servicios Eficaces

CETSApoyo a la Educación y Formación de la Atención al Niño

CFAAgencia de Asuntos de la Infancia y la Familia

CRAAlianza por los Derechos del Niño

CSCComités de Servicios para la Infancia

CSOOficina Central de Estadística

DCYADepartamento de Asuntos de la Infancia y la Juventud

DEISFomento de la Igualdad de Oportunidades en las Escuelas

DESDepartamento de Educación y Formación Profesional

ECCEAtención y Educación en la Primera Infancia

EOCPPrograma de Atención a la Infancia e Igualdad de Oportunidades

FÁSAutoridad Nacional de Formación

FSAAgencia de Apoyo a la Familia

FSAIAutoridad de Seguridad Alimentaria de Irlanda

FSEFondo Social Europeo

GNIBOficina Nacional de Inmigración de la Garda

GYDPPrograma de Disuasión de Jóvenes de la Garda

HBSCConducta sobre Salud de los Jóvenes en Edad Escolar

HIQADirección de Información y Calidad de los Servicios de Salud

HSEDirección de Servicios de Salud

INISServicio Irlandés de Inmigración y Naturalización

ISCConsejo de Deportes de Irlanda

IYJSServicio de Justicia juvenil de Irlanda

JCCACComisión Conjunta de Reforma Constitucional en materia de la Infancia

LSPAlianza Deportiva Local

NCCAConsejo Nacional de Programas de Estudio y Evaluación

NCCRIComité Consultivo Nacional sobre el Racismo y el Multiculturalismo

NCIPPrograma Nacional de Inversiones en Atención Infantil

NCOOficina Nacional de la Infancia

NCSEConsejo Nacional para la Educación Especial

NEPSServicio Nacional de Psicopedagogía

NOSPOficina Nacional para la Prevención del Suicidio

OCODefensoría del Niño

OIMOrganización Internacional para las Migraciones

OISOficina de Seguridad en Internet

OMCOficina del Ministro de Asuntos de la Infancia

OMCYAOficina del Ministro de Asuntos de la Infancia y la Juventud

OMSOrganización Mundial de la Salud

ORACOficina del Comisionado para las Solicitudes del Estatuto de Refugiado

PMAPrograma Mundial de Alimentos

RIAAgencia de Recepción e Integración

SAGOGrupo Especial de Acción sobre la Obesidad

SSIInspección de Servicios Sociales

TICtecnología de la información y las comunicaciones

UEUnión Europea

VECComité de Formación Profesional

YPPLibertad Condicional para Jóvenes

Lista de cuadros

Página

Cuadro 1:Principal motivo para recibir atención, por modo de acceso (2011)35

Cuadro 2:Asignaciones de recursos al DCYA, 2011-201249

Cuadro 3:Consultas con niños y subsiguientes publicaciones54

Cuadro 4:Definición de "niño" y disposiciones relativas a la edad mínima legal57

Cuadro 5:Número de solicitudes de asilo presentadas por menores no acompañados,

2006-201187

Cuadro 6:Evolución del número de menores tutelados, 2007-201189

Cuadro 7:Menores tutelados, por lugar de acogida (abril de 2012)89

Cuadro 8:Número de secuestros de menores en Irlanda y con destino a ese país (nuevas solicitudes de restitución), 2006-201098

Cuadro 9:Límite de edad superior para el pago del subsidio para familias monoparentales,

2013-2015117

Cuadro 10:Número de maestros de apoyo lingüístico en puestos equivalentes a tiempo completo en la enseñanza primaria y posprimaria, 2006-2011131

Prólogo del Ministro

1.El Gobierno irlandés estima que crecer en Irlanda significa tener el mejor comienzo en la vida en comparación con cualquier lugar del mundo.

2.Con la creación del Departamento de Asuntos de la Infancia y la Juventud, el primer ministerio dedicado a esas cuestiones, el Gobierno de Irlanda ha adquirido el compromiso de realizar importantes avances en relación con los niños y jóvenes, entre los que figuran los siguientes:

La celebración de un referendo sobre los derechos del niño en virtud de la Constitución;

El establecimiento con carácter oficial de la Agencia del Niño y la Familia a fin de reformar profundamente la prestación de servicios de protección de la infancia y trasladar a este nuevo organismo la responsabilidad de gestionar dichos servicios, que hasta este momento correspondía a la Dirección de Servicios de Salud (HSE);

La aplicación de las recomendaciones del Informe Ryan, incluido el establecimiento con carácter reglamentario y legislativo de Children First: National Guida nce (Los niños ante todo: directrices nacionales) para el uso de información "blanda";

El mantenimiento del año de enseñanza preescolar gratuita y la mejora de su calidad en función de los recursos disponibles;

La promulgación de leyes para consolidar y reformar la Ley de Adopción;

La inversión en un programa de educación de la primera infancia orientado a los niños desfavorecidos, basándose en mecanismos existentes de apoyo preescolar orientado a las familias más necesitadas de asistencia; y

La eliminación de la práctica de recluir a los niños en la St. Patrick's Institution.

3.Es en este contexto que presento el informe del Gobierno de Irlanda al Comité de los Derechos del Niño. Espero con interés seguir colaborando con el Comité y con las diversas organizaciones de Irlanda que sé que comparten nuestros propósitos para nuestros niños. En particular, confío en poder reunirme con el Comité en una fecha cercana para examinar las esferas en las que ya se han realizado avances y los progresos futuros que este Gobierno se ha comprometido a alcanzar.

4.Deseo que los trabajos del Comité se vean coronados por el éxito.

Agradecimientos

5.El Departamento de Asuntos de la Infancia y la Juventud (DCYA) desea expresar su sincero agradecimiento al personal de los múltiples departamentos y organismos gubernamentales que han contribuido a preparar el presente informe. Asimismo, agradece profundamente la cooperación y las aportaciones ofrecidas por las organizaciones no gubernamentales (ONG).

Introducción

Antecedentes del presente informe

6.Los informes tercero y cuarto combinados de Irlanda sobre la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño que se presentan al Comité de los Derechos del Niño constituyen una actualización del segundo informe periódico de Irlanda, publicado por la Oficina Nacional de la Infancia (NCO) en 2005. Así, en ellos se destacan los progresos realizados a lo largo de los últimos seis años (2006-2011) y los cambios significativos que se han producido en las políticas y disposiciones dirigidas a mejorar nuestro conocimiento de la vida de los niños y lograr cambios positivos en sus experiencias.

7.La aplicación en curso de la Estrategia Nacional para la Infancia: Nuestros Niños – Sus Vidas, publicada en 2000, ha sido fundamental para los progresos realizados desde la presentación del último informe. Esa estrategia intergubernamental, basada en la Convención de las Naciones Unidas, ha propiciado diferentes estructuras y ejercicios de consulta que permiten que se oiga la opinión de los niños irlandeses acerca de cuestiones fundamentales que los afectan, así como la creación de diversas iniciativas significativas de investigación en curso para estudiar la vida de los niños. Como se hace patente en la parte principal de este informe, la creciente conciencia de la necesidad de escuchar a los niños y de proporcionarles oportunidades para hacerse oír ha dado lugar a algunos cambios importantes. Basándose en la experiencia de la mencionada estrategia, actualmente el DCYA está elaborando un nuevo Marco Nacional de Política sobre la Infancia y la Juventud.

8.El compromiso de Irlanda de mejorar la vida de los niños y fortalecer sus derechos se manifiesta en la creación del DCYA en junio de 2011, con pleno rango ministerial. También se hace patente en el referendo constitucional sobre los derechos del niño celebrado el 10 de noviembre de 2012. La misión del DCYA es "guiar los esfuerzos encaminados al logro de mejores resultados para los niños y jóvenes en Irlanda". Las responsabilidades del DCYA comprenden una amplia gama de actividades normativas y de servicios, directas e indirectas, para los niños y jóvenes en Irlanda. Tiene un mandato complejo, que engloba las siguientes tareas independientes pero interrelacionadas:

Prestar de forma directa una serie de servicios universales y específicos;

Velar por que se adopten disposiciones de alta calidad que permitan llevar a cabo intervenciones centradas en el bienestar y la protección de los niños, el apoyo a la familia, la adopción, la asistencia escolar y la reducción de la delincuencia juvenil; y

Armonizar las políticas y disposiciones en todos los niveles de gobierno, contando con una amplia gama interesados con el fin de lograr mejores resultados para los niños, los jóvenes y las familias.

9.El presente informe abarca los seis años comprendidos entre 2006 y 2011. En algunos casos, en aras de la claridad se han usado los datos correspondientes a 2012. Para contextualizar los progresos realizados durante esos seis años y las propuestas para el futuro, es preciso describir algunas de las tendencias y novedades más recientes que son pertinentes para la vida de los niños en Irlanda.

La economía

10.Después del fuerte crecimiento registrado en el decenio de 1990, a partir del año 2000 la economía irlandesa empezó a perder competitividad, lo que dio a un cambio en el crecimiento que supuso una menor dependencia de las exportaciones y una mayor orientación hacia fuentes más inestables de la demanda interna como la construcción. El auge resultante de la construcción tuvo como consecuencia la acumulación de importantes desequilibrios en la economía irlandesa, que la dejaron muy expuesta a una gran recesión: la rápida desaceleración mundial de 2008 y 2009.

11.La pérdida de competitividad interna, sumada a la debilidad de los principales asociados comerciales y a la apreciación del euro durante la turbulencia, tuvo repercusiones negativas para el sector de las exportaciones de Irlanda. Entre el cuarto trimestre de 2007 y el tercer trimestre de 2009, las exportaciones cayeron un 7,3%, mientras que la construcción de nuevas viviendas, que en 2006 había alcanzado una cifra máxima de 90.000, disminuyó fuertemente a medida que se reducía la demanda de vivienda. La drástica caída de la confianza del consumidor dio lugar a un descenso sin precedentes del consumo personal. En este contexto, el PIB real registró reducciones anuales en 2008, 2009 y 2010, con la consiguiente caída del 10,7% (entre el cuarto trimestre de 2007 y el cuarto trimestre de 2009), antes de volver a crecer en 2011 (con un crecimiento del 1,4% en aquel año). Como suele ocurrir en las pequeñas economías abiertas, la recuperación inicial se debió al buen comportamiento de las exportaciones, que tuvo como consecuencia la rápida mejora de la competitividad en Irlanda. Los datos preliminares de la Oficina Central de Estadística (CSO) muestran que en 2012 la economía irlandesa creció por segundo año consecutivo, con un crecimiento del PIB real del 0,9%. El Departamento de Finanzas prevé que este año seguirá creciendo; según sus más recientes previsiones estima un crecimiento del 1,5% para 2013.

12.Como muchos otros Estados europeos, Irlanda está tratando de hacer frente a la crisis económica con un período de rigor fiscal, según lo previsto en el Plan Nacional de Recuperación. Lamentablemente, esta política ha dado lugar a reducciones en el gasto en muchas esferas del sector público.

13.En los últimos años, el desempleo ha aumentado considerablemente, del 4,4% a comienzos de 2006 al 14,8% en el tercer trimestre de 2012, y en el mismo período el desempleo de larga duración creció del 1,3 al 8,9%.

Tendencias demográficas

14.En el último decenio, la población de Irlanda ha crecido considerablemente. Así, entre 2002 y 2011 la cifra total aumentó en aproximadamente 664.000 personas (17%). Durante el mismo período, el número de niños menores de 18 años creció de 1.013.031 a 1.148.687, lo que equivale a un aumento aproximado del 13,4%. A pesar de que entre 1981 y 2002 la proporción de la población irlandesa de este grupo de edad se redujo de forma drástica, respectivamente del 36,2 al 25,9%, desde entonces permaneció estable, y en 2011 los niños representaron el 25% de la población total. En 2011, la tasa de dependencia de las personas jóvenes, eso es, la proporción de personas de 0 a 14 años de edad del total de la población en edad de trabajar, era del 31,9%, en comparación con el 29,7% en 2006.

15.De acuerdo con el análisis de la CSO titulado Women and Men in Ireland 2011 (Hombres y mujeres en Irlanda, 2011), las mujeres irlandesas presentan una tasa total de fecundidad de 2,07, la más elevada de la Unión Europea (UE), cuando en 2006 era de 1,9 (CSO, 2012a). En el último decenio, el número de nacimientos también ha aumentado en un 29%, pasando de 57.854 en 2001 a 74.650 en 2011.

16.La población de Irlanda está envejeciendo. Según la publicación de la CSO titulada Older and Younger (Personas mayores y jóvenes) (CSO, 2012b), el total de personas de 65 años o más aumentó de 467.926 en 2006 a 535.393 en 2011, lo que equivale a un incremento del 14,4%. Actualmente, las personas mayores representan el 11,7% de la población, comparado con el 11% en 2006. En 2011, la tasa de dependencia de las personas mayores era del 17,4%, en comparación con el 16,1% en 2006.

17.En los últimos años, la estructura demográfica de Irlanda también se ha visto afectada por una inversión en la tendencia de la migración, pasando de un índice positivo a un índice negativo neto de migración. En 2006, la migración neta se situó en 71.800 personas, pero en 2011 pasó a ser de menos 34.400 personas. Las estimaciones de la CSO para 2012 apuntan que la población en edad de trabajar, es decir, las personas de 15 a 65 años de edad, se redujo en 36.600 personas como consecuencia de la migración neta negativa.

18.Estas tendencias demográficas impondrán crecientes exigencias a las ayudas y los servicios públicos.

Tamaño y estructura familiar

19.En 2011, al igual que en 2006, la gran mayoría de los niños vivía con ambos padres. La proporción global de niños que vivían con ambos padres o en un hogar monoparental se mantuvo relativamente estable: aproximadamente el 81% residía con ambos padres y el 18,3% en hogares monoparentales. No obstante, se observan notables cambios entre los diversos grupos de edad. El porcentaje de niños en edad preescolar, menores de 4 años, que vivían en un hogar monoparental disminuyó del 16,8% en 2006 al 15,4% en 2012.

20.El número de familias reconstituidas identificadas en el censo de 2011 fue de 27.033, con un incremento del 55% desde 2006. En 2011, las familias reconstituidas representaban el 2,3% de todas las unidades familiares. El 72% de las familias reconstituidas estaban formadas por matrimonios e hijos, mientras que otro 20% lo estaban por parejas en cohabitación e hijos. El restante 7% de casos estaba compuesto por hogares monoparentales, el 81% de los cuales estaba encabezado por mujeres. En 2011, había un total de 4.042 parejas del mismo sexo conviviendo: 2.321 parejas masculinas y 1.721 parejas femeninas. De ese total, 230 eran parejas del mismo sexo con hijos, en su gran mayoría parejas femeninas. La mayor parte de las parejas del mismo sexo vivían en cohabitación (3.876), pero 166 indicaron que eran matrimonio. Como en el momento del censo en Irlanda las uniones civiles del mismo sexo llevaban poco tiempo en vigor, es probable que la mayoría de esos matrimonios se celebrara en el extranjero. Las cifras hacen referencia a los niños de todas las edades y no se limitan a los menores de 18 años.

21.La gran mayoría de estas familias monoparentales están encabezadas por una mujer. En 2006, 183.744 niños vivían en hogares monoparentales, mientras que en 2011 esa cifra aumentó en aproximadamente el 10%, a 202.444 niños.

22.Habida cuenta de que las familias monoparentales corren un riesgo especial de pobreza, este aumento puede repercutir en la gama de apoyos y disposiciones en materia de política que se requerirán para asegurar que los niños de estos hogares reciban ayuda de forma apropiada.

Cuestiones emergentes

23.En los últimos tiempos han aflorado en Irlanda nuevos problemas que afectan a la vida de los niños. Como consecuencia de la crisis económica, la pobreza infantil figura actualmente entre esos problemas. Así, se observa un aumento en las tasas de "riesgo de pobreza" y de "precariedad material" en los hogares con niños. Otras cuestiones emergentes que se exponen con mayor detalle en este informe son la alfabetización y la aritmética básica, la obesidad infantil, el abuso del alcohol, la trata de niños y el aumento del pluralismo y multiculturalismo. En 2011, el Departamento de Educación y Formación Profesional (DES) puso en marcha la Estrategia nacional para mejorar la lectoescritura y la aritmética básica entre los niños y jóvenes, 2011-2020 "Alfabetización y aritmética para el aprendizaje y la vida". La Estrategia traza una serie de medidas que incluyen la formación del profesorado, el desarrollo profesional de los maestros, y el currículo y la evaluación que se tendrán en cuenta en los próximos años para mejorar el nivel de la enseñanza.

Observaciones finales y resumen de los progresos realizados

24.Irlanda presentó su segundo informe periódico al Comité en 2005 (CRC/C/IRL/2, 2005). Tras el examen de dicho informe, el Comité dio a conocer sus observaciones finales. El texto de las observaciones se destaca en negrita en el presente informe. Esas observaciones y los progresos realizados al respecto desde 2005 se presentan en forma resumida más abajo. Cabe señalar que la mayoría de los avances y las cuestiones que se mencionan en esta introducción se abordan con más detalle en los subsiguientes capítulos del presente informe. A continuación se resumen para evitar repeticiones indebidas.

Legislación y cumplimiento (véanse los capítulos I y V)

25.El Comité insta al Estado parte a que, como cuestión prioritaria, tome todas las medidas necesarias, incluida la asignación de recursos, para dar efecto a las disposiciones pendientes de las leyes de menores pertinentes que tienen por objeto proteger les derechos del niño. El Comité alienta al Estado parte a que redoble sus esfuerzos para incorporar la Convención en su derecho interno.

Ley de Atención a la Infancia (enmendada) de 2007

26.La Ley de Atención a la Infancia (enmendada) de 2007 modifica la Ley de Atención a la Infancia de 1991 y la Ley de Menores (Ley del Niño) de 2001. El propósito principal de la Ley de 2007 es que un padre adoptivo o un familiar que hayan tenido a su cargo a un niño durante un período continuado de cinco años, cuya tutela les haya asignado la Dirección de Servicios de Salud (HSE), puedan solicitar un mandato judicial por medio del cual se les conceda una mayor autonomía con respecto al cuidado del niño. La Ley de Atención a la Infancia (enmendada) de 2007 modifica el artículo 77 de la Ley del Niño de 2001 en relación con las Conferencias sobre el bienestar familiar. Asimismo, modifica el artículo 29 de la Ley de Atención a la Infancia de 1991, en virtud de la cual las actuaciones procesales relativas al cuidado de los niños deben celebrarse en privado, con una disposición que permite a personas determinadas informar de dichas actuaciones en circunstancias particulares.

Ley de Atención a la Infancia (enmendada) de 2011

27.El principal objetivo de la Ley de Atención a la Infancia (enmendada) de 2011 es establecer un marco reglamentario claro que permita al Tribunal Superior abordar los casos de atención especial sin tener que recurrir a su jurisdicción inherente, es decir, al uso de las facultades que le corresponden para regular o pronunciarse sobre cualquier asunto que se presente ante él. (A menudo se recurre a la jurisdicción inherente para examinar cuestiones no previstas por la ley y que sin embargo se considera que requieren adoptar una decisión en aras del derecho procesal o de la eficacia judicial.) La ley permite el registro e inspección de las unidades de atención especial por la Dirección de Información y Calidad de los Servicios de Salud (HIQA).

28.La atención especial incluye el internamiento, en circunstancias excepcionales, de un niño que no haya cometido ningún delito en una unidad de atención especial que disponga de servicios educativos y terapéuticos, para su propio bienestar y protección. En dicho centro de atención se abordan los problemas de comportamiento del niño y el riesgo que corren su vida, salud, seguridad, desarrollo y bienestar. También se examinan sus necesidades futuras de atención.

Ley de Adopción de 2010

29.La Ley de Adopción de 2010 entró en vigor el 1 de noviembre de dicho año. La nueva ley, que incorpora las disposiciones del Convenio de La Haya, tiene por objeto proporcionar un marco para asegurar que se sigan los procedimientos adecuados y que todas las adopciones se efectúen en el interés superior del niño. Además, confiere fuerza de ley al Convenio de La Haya relativo a la Protección del Niño y a la Cooperación en materia de Adopción Internacional, que también entró en vigor en Irlanda el 1 de noviembre de 2010.

Ley de Salud de 2007 (establecimiento de la Dirección de Información y Calidad de los Servicios de Salud)

30.La Inspección de Servicios Sociales (SSI), originalmente creada en 1999, se estableció sobre una base jurídica como la Oficina del Inspector Jefe de los Servicios Sociales, perteneciente a la Dirección de Información y Calidad de los Servicios de Salud (HIQA). La HIQA lleva a cabo inspecciones de los servicios reglamentarios de asistencia residencial infantil (es decir, los servicios administrados por la HSE, antiguamente los consejos de salud) en virtud de las facultades legales previstas en el artículo 69 de la Ley de Atención a la Infancia de 1991. Conforme a las disposiciones que figuran en los artículos 85 y 86 de la Ley del Niño de 2001, en su forma enmendada, la HIQA tiene el encargo de realizar inspecciones de los centros de detención para niños. Asimismo, la HIQA inspecciona los entornos de acogimiento familiar y ha elaborado unas normas nacionales para la protección del niño que próximamente guiarán las inspecciones independientes de los servicios de protección infantil.

31.La entrada en vigor de todas las disposiciones pendientes de la Ley del Niño de 2001 concluyó en 2007 tras las modificaciones introducidas mediante la Ley de Derecho Penal de 2006 y la Ley de Atención a la Infancia (enmendada) de 2007.

Trigésima primera enmienda de la Constitución (Niños) de 2012

32.En noviembre de 2012 se celebró un referendo para reconocer específicamente a los niños como titulares de derechos en la Constitución de Irlanda. La propuesta contenía una disposición explícita sobre los derechos de todos los niños; un fundamento más centrado en los niños para intervenir en los casos en que los padres incumplan sus obligaciones de proteger la seguridad y el bienestar de sus hijos; un requerimiento para introducir por ley disposiciones específicas sobre la adopción de niños, y una petición para que la legislación establezca que en los procedimientos de protección y adopción de niños y en determinados procedimientos de derecho de la familia prevalezca el principio del interés superior del niño y se respete su opinión teniendo en cuenta su edad y grado de madurez. En los párrafos 192 y 193 del presente informe figuran las modificaciones de la Constitución que se aplicarán tan pronto como se promulgue la ley.

Plan de Acción Nacional (véase el capítulo I)

33. El Comité recomienda que el Estado parte:

a) Estudie y evalúe los logros de la Estrategia con el objeto de que en todas las actividades se aplique un enfoque basado en los derechos;

b) Establezca plazos concretos para el logro de los objetivos y el cumplimiento de las actividades de la Estrategia ; y

c) Consigne fondos presupuestarios específicamente para la puesta en práctica de la Estrategia.

34.El Comité recomienda que el Estado parte tome las medidas necesarias para que el Plan de Acción abarque todos los campos de la Convención y tenga en cuenta el documento Un mundo apropiado para los niños, aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su período extraordinario de sesiones sobre la infancia celebrado en mayo de 2002. El Comité recomienda también que el Estado parte que ponga en práctica y siga de cerca la aplicación del Plan de Acción Nacional de forma participativa e integrada y que en su próximo informe presente información sobre el estado y los efectos de estas actividades.

35.La Estrategia Nacional para la Infancia está basada en la Convención sobre los Derechos del Niño y tiene como finalidad promover los derechos del niño en muchas esferas. El nuevo Marco de Política Nacional sobre los niños y jóvenes, actualmente en proceso de elaboración por el DCYA, se fundamentará en la Estrategia Nacional para la Infancia y la fomentará, preverá su aplicación en ámbitos pertinentes e identificará prioridades para el Gobierno durante los próximos cinco años.

36.Un examen de mitad de período de la Estrategia Nacional para la Infancia, llevado a cabo por Peyton y Wilson en 2006, destacó la necesidad, entre otras cosas, de una mayor coordinación de las medidas relativas a la infancia. Mediante la creación del DCYA, en 2011, con pleno rango ministerial, se ha dado impulso al desarrollo de dicha coordinación y se han reforzado la dirección y supervisión centrales.

37.Debido a la naturaleza interdepartamental e intersectorial de la Estrategia y a su enfoque centrado en el niño en su totalidad, a fin de ejecutar la Estrategia Nacional para la Infancia no se adoptó un solo presupuesto. El carácter polifacético de las medidas incluidas en la Estrategia es el reflejo de la naturaleza multidimensional de las vidas de los niños y las familias (véanse los párrafos 214 y 215).

Defensoría del Niño (véase el capítulo I)

38. El Comité recomienda que el Estado parte, conjuntamente con el Defensor del Niño, estudie y proponga, según sea necesario, enmiendas a las disposiciones específicas que limitan el alcance de la autoridad de investigación con miras a eliminar posibles vacíos que puedan dar lugar a transgresiones de los derechos del niño.

39. A fin de garantizar el funcionamiento independiente de la Defensoría del Niño, el Comité recomienda al Estado parte que busque formas de proporcionar a la Defensoría recursos financieros, directamente o por conducto del Oireachtas (Parlamento nacional) y el Departamento de Finanzas. El Comité señala también a la atención del Estado parte su Observación general Nº 2, relativa al papel de las instituciones nacionales independientes de derechos humanos en la promoción y protección de los derechos del niño (CRC/GC/2002/2).

40.En marzo de 2012, la Defensoría del Niño (OCO) publicó y presentó ante la Sede del Oireachtas (Parlamento nacional) un informe del Defensor del Niño sobre la gestión que había realizado con respecto a la Ley del Defensor del Niño de 2002 (OCO, 2012). El informe contiene diversas recomendaciones sobre distintos asuntos, algunas de ellas específicas para determinados sectores, incluidos la justicia y la educación, y otras con mayores implicaciones. El Ministro de Asuntos de la Infancia y la Juventud está celebrando consultas con sus colegas en el Gobierno y, si procede, presentará propuestas legislativas a su debido tiempo.

41.Una de las recomendaciones incluidas en el informe de la OCO de 2012 proponía ampliar las competencias del Defensor del Niño para poder dar curso a las quejas de los niños menores de 18 años internados en la St. Patrick's Institution. Con efecto a partir del 1 de julio de 2012, la Ministra de Asuntos de la Infancia y la Juventud dictó una orden, con el consentimiento del Ministro de Justicia e Igualdad, por la que se eliminaba esta exclusión (instrumento jurídico Nº 210, de 2012). Asimismo, por medio de su colega el Ministro de Gasto Público y Reforma, la Ministra dispuso ampliar más el número de organismos públicos que pasarían a formar parte del ámbito de competencia del Defensor del Niño. Como resultado de las enmiendas presentadas a los artículos 4 y 22 de la Ley del Defensor del Pueblo (enmendada) de 2012, que entraron en vigor el 1 de noviembre de 2012, cualquier organismo público que entre en el ámbito de competencia del Defensor del Pueblo pasará a depender automáticamente del Defensor del Niño. Por tanto, las jurisdicciones de ambas oficinas guardan correspondencia, y existen seguridad y claridad jurídicas en esta materia.

42.De conformidad con la Ley del Defensor del Niño de 2002, la OCO está financiada directamente por el DCYA con fondos proporcionados por el Oireachtas. Dicha ley también establece que una de las funciones del Defensor del Niño es la promoción de la sensibilización entre los ciudadanos sobre cuestiones relacionadas con los derechos y el bienestar de los niños y sobre cómo pueden hacerse efectivos esos derechos, así como sobre los principios y disposiciones de la Convención sobre los Derechos del Niño (véanse los párrafos 240 y 241).

Recolección de datos

43. El Comité recomienda al Estado parte que adopte nuevas medidas, en particular fortaleciendo la función de la Oficina Central de Estadística y otros organismos y departamentos públicos, para reunir una colección sistemática y exhaustiva de datos desglosados en cumplimiento de la Convención que se utilizaría para crear, poner en práctica y seguir de cerca las políticas y los programas para los niños.

44.En Irlanda, los departamentos y organismos gubernamentales, incluida la CSO, han hecho considerables esfuerzos para reunir una colección sistemática y exhaustiva de datos sobre los niños.

45.El Programa Nacional de Investigación Infantil, establecido en 2003 por la Oficina Nacional de la Infancia, que en la actualidad forma parte del Departamento de Asuntos de la Infancia y la Juventud, ha impulsado diversas iniciativas importantes, como el desarrollo de un conjunto de indicadores del bienestar de la infancia, en 2005, y la subsiguiente recopilación del informe bienal State of the Nation's Children (Situación de los niños en Irlanda), publicado por primera vez en 2006 y ahora en su cuarta edición (DCYA, 2012a). El DCYA recopila estos informes, que se basan en el mencionado conjunto de indicadores, en colaboración con la CSO y el Centro de Investigación sobre la Promoción de la Salud, de la Universidad Nacional de Irlanda en Galway. Tienen por objeto describir la vida de los niños en Irlanda, seguir los cambios a lo largo del tiempo y evaluar los progresos realizados en Irlanda en relación con otros países. Cuando resulta apropiado y factible, los indicadores utilizados en estos informes se presentan desglosados por edad, sexo, clase social, situación geográfica y grupo de población (por ejemplo, niños de las comunidades nómadas, niños extranjeros y niños con discapacidad).

46.El Programa Nacional de Investigación Infantil también ha recibido el encargo del DCYA de llevar a cabo cerca de 40 estudios de investigación sobre la vida de los niños. El más significativo de ellos hasta la fecha es el titulado Growing Up in Ireland: National  Longitudinal Study of Children (Crecer en Irlanda: Estudio nacional longitudinal sobre los niños), que se propone "estudiar los factores que contribuyen al bienestar de los niños —o lo perjudican— en las familias contemporáneas de Irlanda y, sobre esta base, ayudar a la formulación de políticas eficaces y sensibles en relación con los niños y a crear servicios para los niños y sus familias". En el marco del estudio se supervisa el desarrollo de casi 20.000 niños (una cohorte de 11.100 niños de 9 meses de edad y otra de 8.570 niños de 9 años). Desde su inicio, en 2006, se han asignado más de 30 millones de euros a dos tandas de recopilación de datos de cohortes de niños de corta edad (de 9 meses a 3 años) y de niños mayores (de 9 a 13 años de edad), y a una tercera tanda de recopilación de datos de una cohorte de niños de 5 años de edad prevista para 2013 cuya finalidad será reflejar la transición a la escolarización primaria. Los resultados del estudio obtenidos hasta la fecha están disponibles en el sitio web específico www.growingup.ie.

47.En 2011, el DCYA puso en marcha la Estrategia nacional de investigación y estadísticas sobre la vida de los niños, 2011-2016, que establece una clara orientación para la investigación y la recopilación de datos relativos a los niños en Irlanda y expone una serie de necesidades específicas de información sobre la salud, educación, seguridad y participación social de los niños. El plan de acción de la Estrategia aborda muchos de los vacíos de información identificados a través de una iniciativa intergubernamental que moviliza los recursos de 23 organizaciones pertenecientes a distintos departamentos gubernamentales y organismos estatales, incluida la CSO. El DCYA desempeña una función de supervisión y presentación de informes con respecto a las medidas establecidas en la Estrategia, y es directamente responsable de diversas actuaciones. La Estrategia hace especial hincapié en hacer un mejor uso del acervo de datos reunidos y de otros recursos, y en particular pone énfasis en la importancia que revisten los datos del estudio Growing Up in Ireland y de otras encuestas a gran escala financiadas por el Gobierno, como el "Comportamiento de los niños en edad escolar en materia de salud", el "Proyecto escolar europeo sobre alcohol y drogas" y el Programa para la Evaluación Internacional de Alumnos (PISA), para obtener información con miras a formular políticas y prestar servicios.

48.El papel desempeñado por la CSO en estas iniciativas y en otras iniciativas pertinentes ha sido significativo. Los datos reunidos y/o analizados por la División de Estadísticas Sociales y Demográficas de la CSO (es decir, el censo de la población, la encuesta sobre el presupuesto del hogar, las encuestas domiciliarias trimestrales nacionales, las encuestas sobre los ingresos y las condiciones de vida, y las estadísticas vitales) contribuyen en gran manera a la base de datos reunidos en Irlanda sobre los niños. Asimismo, las actividades de difusión de datos que realiza la CSO constituyen un recurso muy importante; a menudo se centran específicamente en los niños, como los estudios Children and Young People in Ireland 2008 (Los niños y jóvenes en Irlanda, 2008) (CSO, 2009) y SILC Thematic Report on Children 2004-2010 (Encuesta sobre los ingresos y las condiciones de vida: Informe temático sobre los niños, 2004-2010) (CSO, 2012c).

49.Además, basándose en las actuaciones emprendidas por la CSO en la aplicación de la Estrategia de Estadística para 2003-2008 (NSB, 2003), de la Junta Nacional de Estadística (por ejemplo, la evaluación de las posibilidades estadísticas de los registros administrativos y la asistencia para el desarrollo de estrategias de obtención de datos en los departamentos gubernamentales), la estrategia más reciente para el período 2009-2014 (NSB, 2009) ha identificado las cinco siguientes prioridades:

Cerciorarse de que el sistema estadístico irlandés sea coherente y de que se logre plenamente el potencial de obtener estadísticas pertinentes, imparciales y confiables para preparar las decisiones de política y fiscales;

Aumentar la rentabilidad y el uso eficiente de los recursos dando prioridad a la inversión en estadísticas (incluidos el procesamiento, intercambio, almacenamiento y protección de datos) en todos los departamentos y organismos gubernamentales, y velando por que las estadísticas oficiales puedan utilizarse en todos los aspectos de la adopción de decisiones del gobierno;

Elaborar sistemas que procuren reducir al mínimo la carga de respuesta por parte de las empresas, los hogares y las personas y optimizar el valor estadístico de los datos administrativos y de encuestas disponibles mediante la incorporación de variables de clasificación coherentes y de identificadores de correspondencia de datos;

Velar por que las estadísticas oficiales sean adecuadas para sus fines sopesando la pertinencia, oportunidad, costo y calidad de los datos con miras a colmar las lagunas fundamentales y responder a las nuevas demandas; y

Consolidar los progresos realizados en los últimos años siguiendo dando prioridad a la disponibilidad de las estadísticas para los usuarios mediante la mejora de los canales de acceso y la promoción del uso de estadísticas de la CSO.

Difusión, capacitación y sensibilización (véanse los capítulos I y VII)

50. El Comité alienta al Estado parte a que siga redoblando sus esfuerzos para que las disposiciones de la Convención sean ampliamente conocidas y comprendidas por adultos y niños, en particular mediante campañas periódicas de sensibilización en todo el país en que también se incluya material apto para niños, y por conducto de campañas destinadas a grupos determinados y de actividades de formación destinadas a los profesionales que trabajan con o para niños, en particular en las escuelas y los servicios de salud y atención social, así como a los juristas y a los agentes del orden.

51.Se han adoptado algunas medidas de difusión, capacitación y sensibilización relacionadas con los derechos del niño y con la Convención de las Naciones Unidas entre los niños, los profesionales y el público general, muchas de las cuales se incluyen en el presente informe. Entre ellas figuran la formación de maestros de enseñanza primara y secundaria en materia de derechos humanos, la facilitación de directrices sobre diversidad a los suministradores de servicios preescolares, la capacitación impartida a la Garda en relación con las víctimas infantiles y los autores de delitos, y la formación específica para las personas que se ocupan de los niños solicitantes de asilo y los niños que hayan podido ser objeto de trata. En los planes de estudio de la escuela primaria y secundaria se incluyen los derechos humanos. Asimismo, se han emprendido diversas campañas de sensibilización pública sobre cuestiones específicas, como la salud mental y la protección de los niños.

No discriminación (véase el capítulo III)

52. El Comité recomienda que el Estado parte haga todo lo posible para que el Plan de Acción Nacional contra el Racismo se aplique plenamente y se preste especial atención a las medidas para hacer frente al racismo, los prejuicios, los estereotipos y la xenofobia entre los niños, en particular en la enseñanza primaria y secundaria.

53.El Plan de Acción Nacional contra el Racismo, 2005-2008 (Departamento de Justicia e Igualdad y, 2005) dio lugar al desarrollo de diversas estrategias que inciden en los niños y que siguen aplicando los pertinentes servicios gubernamentales, como la Estrategia de Salud Intercultural, la Estrategia de Educación Intercultural, la Estrategia sobre Arte y la Estrategia sobre Diversidad en el Lugar de Trabajo.

El interés superior del niño (véase el capítulo III)

54. El Comité recomienda al Estado parte que:

a) Vele por que el principio general del interés superior del niño sea una consideración primordial, sin distinción alguna, y esté plenamente integrado en todas las leyes pertinentes a los niños ; y

b) Haga todo lo posible por que este principio se aplique también en todas las decisiones políticas, judiciales y administrativas, así como en los proyectos, programas y servicios que hayan de afectar a los niños.

55.El interés superior del niño se ha incorporado como una consideración primordial en diversas nuevas disposiciones legislativas, incluidas la Ley de Adopción de 2010 y la Ley de Atención a la Infancia (enmendada) de 2011. En las próximas leyes, como el proyecto de ley "Los niños ante todo" y el proyecto de Ley de Derecho Penal (ocultación de información sobre delitos contra niños y adultos vulnerables) de 2012, se reforzará más este principio.

56.La modificación de la Constitución con respecto a los derechos del niño, resultante del referendo celebrado en noviembre de 2012, incluía una disposición para consagrar en ella el principio del interés superior del niño en relación con su bienestar y con los procedimientos de protección infantil iniciados por el Estado o los procedimientos relacionados con la adopción, tutela o custodia de cualquier menor, o con su acceso a dichos procedimientos.

57.Las políticas, incluidas la Estrategia Nacional para la Infancia (Departamento de Salud e Infancia, 2000) y el Programa de Servicios para los Niños (OMC, 2007a), han reforzado la importancia del principio del interés superior del niño en la adopción de decisiones. El responsable de la Defensoría del Niño desempeña un papel importante en el análisis de la adopción de decisiones administrativas y la prestación de servicios, y al hacerlo evalúa en qué medida se ha cumplido el principio del interés superior del niño.

Opiniones del niño (véanse los capítulos I y III)

58. A la luz del artículo 12 de la Convención, el Comité recomienda que el Estado parte:

a) Redoble sus esfuerzos para lograr, incluso por conducto de disposiciones constitucionales, que los niños tengan derecho a expresar sus opiniones sobre todos los temas que los afecten y que se dé la debida importancia a esas opiniones, en particular en las familias, las escuelas y otras instituciones de enseñanza, en el sector de la salud y en las comunidades;

b) Vele por que los niños tengan la oportunidad de ser escuchados en cualquier procedimiento judicial o administrativo que les afecte, y que se dé la debida atención a esas opiniones de conformidad con la edad y madurez del niño, incluso con la interposición de los representantes independientes (guardian ad litem) previstos en la Ley de Atención a la Infancia de 1991, sobre todo en los casos en que los niños están separados de sus padres; y

c) Tenga en cuenta las recomendaciones aprobadas el día en que el Comité celebró un debate general sobre el derecho del niño a ser escuchado, en septiembre de  2006.

59.Con arreglo a la Estrategia Nacional para la Infancia se establecieron diversas estructuras para velar por que se tengan en cuenta las opiniones de los niños en las cuestiones administrativas que los afecten. Esas estructuras, y los progresos logrados en virtud de ellas, se describen con más detalle en los capítulos I y III del presente informe.

60.La Ley de Adopción de 2010 establece que la Autoridad de Adopción debe escuchar la opinión de todo niño que sea objeto de una solicitud de adopción y haya alcanzado los 7 años de edad, y que de conformidad con la edad y madurez del niño debe darse la debida atención a su opinión.

61.Las Normas nacionales para la protección y el bienestar del niño (HIQA, 2012a) establecen que "se escuchará a los niños y se dará respuesta a sus preocupaciones y quejas de una forma abierta y eficaz".

62.En 2009, tras celebrar consultas con los principales interesados directos, el Consejo Asesor sobre las Leyes de la Infancia (CAAB) publicó unas directrices relativas a las funciones, la designación, las cualificaciones y la capacitación de los tutores ad litem (CAAB, 2009).

63.La Ley de Procedimiento Penal de 2010 modifica otra ley relativa a las pruebas de las consecuencias sobre las víctimas, e incluye una disposición especial sobre los niños víctimas de delitos.

64.La modificación de la Constitución con respecto a los derechos del niño, resultante del referendo celebrado el 10 de noviembre de 2012, incluía una disposición para consagrar y fortalecer los derechos del niño de que se tomen en consideración sus opiniones y se les dé la debida atención en los procedimientos relativos al bienestar y protección de los niños iniciados por el Estado o en los procedimientos relacionados con la adopción, tutela o custodia de cualquier menor, o con su acceso a dichos procedimientos.

Protección de la intimidad en todos los procedimientos judiciales que involucren a niños (véase el capítulo IV)

65. El Comité recomienda al Estado parte que tome las medidas necesarias para extender la protección de la vida privada a todos los procedimientos judiciales en que haya niños involucrados.

66.Tanto el derecho civil como el derecho penal prohíben que en los procedimientos judiciales que involucren a niños se los identifique (véanse los párrafos 337 a 339).

Entorno familiar (véase el capítulo V)

67. El Comité recomienda al Estado parte que:

a) Haga un estudio detallado de los servicios de apoyo que prestan los diferentes organismos públicos a fin de evaluar la calidad y el alcance de esos servicios, determinar posibles deficiencias y corregirlas ; y

b) Extienda a 24 horas, los siete días de la semana, los servicios de asistencia social que se proporcionan a las familias y a los niños en situación de riesgo.

68.Desde 2005, el Servicio de Intervención en Situaciones de Crisis, con sede en el área metropolitana de Dublín, se ha ampliado para incluir a todos los niños hasta la edad de 18 años. En junio de 2009, en virtud del artículo 12 de la Ley de Atención a la Infancia de 1991, la HSE estableció el Servicio de Acceso de Emergencia a un Lugar Seguro, mediante el cual la Garda puede llevar a un lugar seguro apropiado a los niños y jóvenes que se encuentren en situación de riesgo fuera de la jornada normal de trabajo. En 2001, en las ciudades de Cork y Donegal se emprendieron dos proyectos piloto para elaborar un modelo de prestación de asistencia social fuera del horario de trabajo. Dichos proyectos se han evaluado de forma independiente.

Reunificación familiar (véase el capítulo V)

69. El Comité recomienda al Estado parte que:

a) Considere la posibilidad de revisar la definición de familia que aparece en la Ley del Refugiado de 1996, a fin de que se ajuste mejor a la evolución del concepto de familia;

b) Considere la posibilidad de crear un marco jurídico para la reunificación de la familia al margen de las situaciones previstas en la Ley del Refugiado ; y

c) Vele por que el principio del interés superior del niño sea siempre una consideración primordial en cualesquiera procedimientos jurídicos o administrativos cuando se adopten decisiones que afecten a los niños.

70.La cuestión de ampliar el concepto de reunificación familiar para personas a las que se haya concedido el estatus de refugiado puede estudiarse en el marco de la reforma de la legislación irlandesa sobre inmigración y, más concretamente, del proyecto de ley sobre inmigración, residencia y protección, de 2010. El Ministro de Justicia e Igualdad ha manifestado su intención de volver a publicar ese proyecto de ley que podrá ser objeto de enmiendas. A reserva de esta consideración, debería tenerse en cuenta que cualquier persona puede presentar una solicitud para entrar en Irlanda y proporcionar toda la información pertinente que la avale. Estas solicitudes pueden basarse, entre otras cosas, en la relación de la persona solicitante con un refugiado. También habría que tener presente que cuando la reunificación familiar se haya concedido como derecho, incluso si dicho derecho pueda estar condicionado, cabría deducir que hay que encontrar un equilibrio a la hora de definir a la familia elegible. En otras palabras, cuanto más automático sea el derecho de reunificación, más cercana será la relación familiar requerida.

71.En la actualidad se está estudiando la cuestión de la reunificación familiar de los no refugiados, incluida la determinación, de una forma más transparente, del tipo de desenlace que razonablemente puede esperarse de una solicitud de reunificación familiar.

72.El principio del interés superior del niño también está siendo considerado en el contexto de la formulación del proyecto de ley sobre inmigración, residencia y protección anteriormente mencionado.

Modalidades alternativas de cuidado de niños privados de atención parental (véase el capítulo V)

73. El Comité recomienda al Estado parte que:

a) Examine posibles medidas que permitan crear una base jurídica para el funcionamiento de la Inspección de Servicios Sociales y extender el mandato de e sta de manera de abarcar a todos los niños que no estén al cuidado de sus padres, independientemente de la atención que necesiten ; y

b) Redoble sus esfuerzos para dar seguimiento y prestar cuidados a los jóvenes que abandonan los centros de atención y cuidados.

74.La Inspección de Servicios Sociales fue reconocida oficialmente en la Ley de Salud de 2007 y actualmente forma parte de la Dirección de Información y Calidad de los Servicios de Salud (HIQA), que es el regulador independiente estatutario de los Servicios Sanitarios y Sociales. La HIQA ha elaborado normas relativas a la asistencia residencial de los niños (Departamento de Salud e Infancia, 2001a), la acogida familiar (Departamento de Salud e Infancia, 2003) y los servicios de protección infantil (HIQA, 2012), y ha recibido recursos adicionales para evaluar la prestación de servicios con arreglo a esas normas.

75.Después de llevar a cabo una auditoría de los servicios existentes de reinserción social y de celebrar consultas, en 2011 la HSE introdujo las políticas y procedimientos nacionales de los servicios de reinserción social (HSE, 2011a). En la actualidad esos servicios se prestan en todo el ámbito nacional.

Adopción (véase el capítulo V)

76. El Comité recomienda al Estado parte que acelere sus esfuerzos por promulgar y aplicar las reformas legislativas, y haga todo lo posible para que la legislación pertinente se ajuste a las normas internacionales y para que el interés superior del niño sea una consideración primordial.

77.La Ley de Adopción de 2010, que incorpora las disposiciones del Convenio de La Haya, entró en vigor el 1 de noviembre de 2010 coincidiendo con el establecimiento de la Autoridad de Adopción de Irlanda (AAI) y la ratificación por ese país del Convenio de La Haya relativo a la Protección del Niño y a la Cooperación en materia de Adopción Internacional. La ley establece un marco para velar por que se sigan los procedimientos apropiados de adopción y por que todas las adopciones se efectúen en el interés superior del niño.

78.Desde aquella fecha, pueden efectuarse adopciones internacionales con los países que hayan ratificado el Convenio de La Haya o con los que Irlanda tenga acuerdos bilaterales.

79.La AAI está trabajando para establecer acuerdos administrativos sobre las adopciones internacionales con otros países que han ratificado el Convenio de La Haya, conforme a lo dispuesto en los artículos 71 y 72 de la Ley de Adopción de 2010.

80.La negociación de acuerdos bilaterales en materia de adopciones internacionales con Estados que no hayan ratificado el Convenio de La Haya se rige por el artículo 73 de la Ley de Adopción de 2010. Cualquier acuerdo bilateral que pueda adoptarse deberá cumplir por ley las normas mínimas previstas en el Convenio de La Haya y las políticas públicas irlandesas relativas a la adopción También deberá contar con el consentimiento de la AAI, efectuarse por medio de organismos de adopción acreditados y no implicar el intercambio de dinero.

81.Todas las adopciones registradas en Irlanda, tanto internacionales como nacionales, deben estar en conformidad con el Convenio de La Haya.

Violencia, abusos y trato negligente (véase el capítulo V)

82. Habida cuenta de lo dispuesto en el artículo 19 de la Convención, el Comité recomienda que el Estado parte:

a) Siga examinando las directrices nacionales denominadas "Los niños ante todo" y considere la posibilidad de establece rlas como instrumento jurídico;

b) Vele por que se investiguen y enjuicien debidamente todas las denuncias de abuso y trato negligente y por que las víctimas tengan acceso a servicios de apoyo psicológico y asistencia para lograr su recuperación física y su reinserción en la sociedad;

c) Elabore una estrategia general de prevención del maltrato de niños que abarque la elaboración de respuestas apropiadas a los casos de abuso, trato negligente y violencia doméstica, la facilitación de la coordinación en los planos local, nacional y regional, y la realización de actividades de educación y sensibilización; y

d) Se cerciore de que todos los empleados y voluntarios que trabajen con niños sean debidamente evaluados antes de ser contratados y de que reciban el debido apoyo y la debida capacitación durante su empleo.

83. En el contexto del estudio a fondo del Secretario General sobre la cuestión de la violencia contra los niños, el Comité recomienda que el Estado parte utilice las conclusiones de la Consulta Regional para Europa y Asia Central celebrada en Eslovenia del 5 al 7 de julio de 2005 como instrumento para tomar medidas, conjuntamente con la sociedad civil, para que todos los niños estén protegidos de todas las formas de violencia física, sexual o mental y para impulsar la adopción de medidas concretas, de ser necesario dentro de plazos específicos, para prevenir y poner coto a dicho maltrato y actos de violencia. El Comité desea también señalar a la atención del Estado parte el informe presentado por el experto independiente para el estudio de las Naciones Unidas sobre la violencia contra los niños (A/61/299) y alentar al Estado parte a que tome todas las medidas que proceda para poner en práctica las principales recomendaciones pertinentes, así como las recomendaciones en que se fijan plazos de cumplimiento que figuran en el presente informe.

84.El Departamento de Asuntos de la Infancia y la Juventud publicó la edición revisada de Children First: National Guidance for the Protection and Welfare of Children (Los niños ante todo: directrices de protección y bienestar del niño) (DCYA, 2011b) en julio de 2011. Se emprendió una estrategia integral de aplicación con la participación de sectores fundamentales. Asimismo, se está redactando una ley para situar Children First dentro de un marco legislativo. El comité parlamentario pertinente (el Comité de Asuntos de Salud y de la Infancia del Oireachtas) ha publicado y examinado detalladamente las principales áreas abordadas por ese proyecto de ley.

85.A raíz de los hallazgos de diversas investigaciones sobre abusos de niños se adoptó una serie de medidas adicionales y se destinaron recursos para fortalecer el sistema de protección de la infancia, incluidos el próximo establecimiento de la Agencia de Asuntos de la Infancia y la Familia (CFA) y la contratación de 270 asistentes sociales más.

86.En 2012, la HIQA publicó las National Standards for the Protection and Welfare of Children (Normas nacionales para la protección y el bienestar del niño). Las normas se concibieron para velar por la salvaguarda de la seguridad y el bienestar del niño dentro del sistema de protección infantil y por que se sitúe al niño en el centro de todas las intervenciones.

87.La Ley relativa a la Oficina Nacional de Investigación de Antecedentes (Niños y personas vulnerables) de 2012 establece sobre una base jurídica la investigación de antecedentes de las personas que trabajan con niños y/o personas vulnerables, incluida la revelación de información de antecedentes no penales que podría ser motivo de preocupación de que una persona pudiera dañar o incitar a causar daño a un niño o una persona vulnerable.

Pena corporal (véase el capítulo IV)

88. El Comité reitera su recomendación anterior (CRC/C/15/Add.85, párr. 39) e insta al Estado parte a que:

a) Prohíba explícitamente toda forma de castigo corporal en la familia;

b) Sensibilice y eduque a los padres y a la población en general acerca del carácter inadmisible de los castigos corporales;

c) Promueva formas de disciplina positivas y no violentas como alternativa a los castigos corporales; y

d) Tome en consideración la Observación general Nº 8 del Comité relativa al derecho del niño a la protección contra los castigos corporales y otras formas de castigo crueles o degradantes.

89.Conviene aclarar que Irlanda no dispone de ninguna ley que permita específicamente el castigo corporal en el ámbito del hogar. El artículo 246 de la Ley del Niño de 2001 prevé disposiciones jurídicas disuasorias claras contra el uso de formas de disciplina física excesivas en este y otros entornos.

90.Si bien en el derecho anglosajón se hace una defensa limitada del uso de un "castigo razonable", previamente los tribunales irlandeses han impuesto duras condenas en casos en que los padres habían sido declarados culpables por agresión o por el uso excesivo o irrazonable de la fuerza contra sus hijos.

91.Es importante destacar que en Irlanda en los últimos años se han hecho considerables progresos en eliminar prácticamente todas las formas de violencia contra los niños y en alentar a los padres a usar formas de disciplina alternativas y no violentas en el ámbito familiar. Los recientes resultados del estudio Growing Up in Ireland: National Longitudinal Study of Children, financiado por el DCYA, señalan que cerca del 90% de los padres comunicaron que nunca (57%) o raramente (32%) habían usado el castigo corporal o físico como forma de disciplinar a sus hijos (Williams et al., 2009). En toda Irlanda se ofrece una amplia variedad de cursos de educación parental, y otras investigaciones indican que los padres reconocen y valoran la influencia de la educación sobre las formas de crianza de los hijos como un factor que contribuye a descartar el uso del castigo corporal. Además, el DCYA prevé llevar a cabo un trabajo continuo para establecer las formas más eficaces de apoyo a los padres por medio de la Agencia de Asuntos de la Infancia y la Familia.

Niños con discapacidad (véase el capítulo VI)

92. El Comité recomienda al Estado parte que:

a) Adopte un marco jurídico incluyente y basado en los derechos que responda a las necesidades específicas de los niños con discapacidad y aplique todas las disposiciones de la legislación vigente relativa a los niños con discapacidad; y

b) Realice, con la participación de los niños, campañas de sensibilización que se centren en la prevención e integración, el apoyo y los servicios disponibles para los niños con discapacidad y en la lucha contra las actitudes sociales negativas hacia los niños con discapacidad.

93. El Comité insta asimismo al Estado parte a que examine las políticas y prácticas existentes en relación con los niños con discapacidad, prestando la debida atención a las Normas Uniformes de las Naciones Unidas sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad (resolución 48/96 de la Asamblea General) y las recomendaciones aprobadas por el Comité en su día de debate general sobre los derechos de los niños con discapacidad (véase CRC/C/69).

94.En el censo correspondiente a 2011, en Irlanda se registraron 66.437 niños y jóvenes menores de 17 años de edad con alguna discapacidad.

95.Se destinaron importantes asignaciones presupuestarias (9,8 millones de euros en 2008, y otros 20 millones más en 2009) para mejorar la evaluación y prestación de servicios de salud y educación para los niños con necesidades especiales.

96.En 2010 se estableció el Programa Nacional sobre Progreso de los Servicios para Niños y Jóvenes Discapacitados (de 0 a 8 años de edad), de la HSE, que tiene por objeto proporcionar un camino claro a los servicios destinados a todos los niños con discapacidad, en función de las necesidades, con la colaboración de los sectores de la salud y la educación para ayudar a esos niños a alcanzar su pleno potencial. Un elemento fundamental del programa será abordar las desigualdades que actualmente existen en todo el país en el acceso a los servicios, que se deben al desarrollo dispar que se ha producido en tales servicios.

97.En octubre de 2001 se puso en marcha la Estrategia Nacional de Vivienda para Personas con Discapacidad (Departamento de Medio Ambiente, Comunidad y Gobierno Local, 2011a). Entre las principales medidas emprendidas en el marco de la Estrategia figura el compromiso de velar por que las necesidades presentes y futuras de los niños con discapacidad ocupen un lugar central en el proceso de asignar viviendas a las familias.

98.Se han elaborado proyectos de normas para todos los servicios residenciales y los que alivian la carga de trabajo destinados a los niños y adultos con discapacidad. Antes de que queden ultimadas, dichas normas se someterán a consulta pública. La HIQA ha informado de que prevé dar comienzo al proceso de inspección durante la segunda mitad de 2013.

99.En la actualidad, el Departamento de Transporte, Turismo y Deporte está procurando mejorar los medios de transporte para las personas con deficiencias de movilidad y sensoriales. Tanto en las zonas rurales como en las urbanas se han producido significativos aumentos en el número de vehículos accesibles y se ha mejorado el acceso a gran parte de la infraestructura de transporte público.

Salud y servicios de salud (véase el capítulo VI)

100. El Comité recomienda que el Estado parte:

a) Adopte una legislación exhaustiva que aborde las necesidades de salud de los niños;

b) Vele por que la disponibilidad y calidad de los servicios de salud se extienda a todo el país mediante la dotación de recursos específicos y la adopción de directrices de rango legislativo para la calidad de esos servicios;

c) Garantice que los recursos asignados a los servicios de salud existentes para los niños se utilicen de manera estratégica y coordinada en beneficio de todos, o sea, el público en general, la comunidad y los voluntarios; y

d) Preste especial atención a las necesidades de los niños refugiados y solicitantes de asilo, y de los niños miembros de la comunidad nómada, entre otras cosas mediante la aplicación de la vigente Estrategia Nacional de Salud de la Comunidad Nómada.

101. El Comité reitera su recomendación anterio r (CRC/C/15/Add.85, párrs. 20 y  38), y recomienda que el Estado parte:

a) Utilice plenamente los resultados y aplique las recomendaciones del Grupo de Expertos sobre política de salud mental creado por el Ministro de Estado en el Departamento de Salud en 2003;

b) Emprenda campañas de creación de conciencia y sensibilización para prevenir la estigmatización y vele por que la atención se centre en los programas de intervención temprana; y

c) Siga esforzándose para lograr que los niños con problemas de salud mental dispongan de servicios específicos concebidos para menores de 18 años de edad.

102.El objetivo fundamental de la Estrategia de Atención Primaria de Salud "Calidad y equidad" (Departamento de Salud e Infancia, 2001b) es desarrollar servicios en el ámbito de la comunidad que faciliten el acceso directo de las personas a equipos integrados multidisciplinarios compuestos por médicos generalistas, enfermeras, fisioterapeutas, terapeutas ocupacionales y otro personal médico. Asimismo, pueden proporcionarse servicios complementarios, como terapia del habla y el lenguaje, en sesiones especiales.

103.La aplicación de la Estrategia de Atención Primaria de Salud está en curso, y es previsible que el proceso concluya en los próximos años. El desarrollo continuo de equipos de atención primaria de salud y la prestación de servicios de medicina general fuera de las horas de trabajo son fundamentales para que las personas puedan acceder más fácilmente a asistencia más cercana a sus hogares.

104.El Gobierno está emprendiendo un importante programa de reforma que pretende instaurar un sistema de salud de un solo nivel, apoyado por un seguro universal de salud, cuyo acceso venga determinado en función de la necesidad. Todos los ciudadanos podrán elegir entre una lista de aseguradoras y accederán en condiciones de igualdad a una amplia gama de servicios curativos. El principio que sustenta este programa es el fortalecimiento de los servicios de atención primaria, incluida la supresión del costo como obstáculo al acceso.

105.En 2012, la HIQA elaboró las National Standards for Safer Better Healthcare (Normas nacionales para una atención de salud mejor y más segura) (2012b), que en junio del mismo año fueron presentadas por el Ministro de Salud.

106.La Estrategia Nacional de Salud Intercultural, 2007-2012 (HSE, 2008a) reconoce a la comunidad nómada como un grupo que corre mayor riesgo de mala salud, siendo los niños de esa comunidad quienes están más expuestos a este problema. En 2010 se llevó a cabo el All-Ireland Traveller Health Study (Estudio sobre la salud de la comunidad nómada en toda Irlanda) (véanse los párrafos 466 a 469).

107.En los Servicios de Salud Mental del Niño y el Adolescente (CAMHS) se han realizado algunos avances fundamentales. Actualmente en todo el país existen 61 equipos multidisciplinarios, el número de camas para niños y adolescentes en hospitales psiquiátricos se ha multiplicado casi por cuatro con respecto a la cifra de 2007, y está prevista la apertura de un nuevo ambulatorio para niños y adolescentes en Dublín. Entre los futuros planes en esta esfera figuran la construcción de un centro de salud con 22 camas en esa misma ciudad y la creación de una unidad forense de salud mental que dispondrá de 10 camas para niños y adolescentes como parte del Proyecto Nacional Forense de Salud Mental. De conformidad con los compromisos establecidos en el Programa de Gobierno 2011-2016 (Departamento del Taoiseach, 2011), en 2012 se destinaron 35 millones de euros adicionales para gastos de los servicios de salud mental.

Salud de los adolescentes (véase el capítulo VI)

108. El Comité recomienda al Estado parte que redoble sus esfuerzos para hacer frente al consumo de alcohol por los niños, entre otras cosas elaborando y llevando a efecto una estrategia global que comprenda actividades de sensibilización, la prohibición del consumo de alcohol por niños y la publicidad destinada a e stos.

109. A este respecto el Comité también señala a la atención del Estado parte su Observación general Nº 4 (2003) sobre la salud de los adolescentes (CRC/GC/4/2003).

110. El Comité insta al Estado parte a que lleve a efecto la nueva Estrategia Nacional Decenal para la Prevención del Suicidio y las recomendaciones del segundo informe del Grupo Estratégico de Trabajo contra el Alcoholismo.

111. El Comité recomienda al Estado parte que intensifique sus esfuerzos para aumentar el acceso a la información y los servicios de salud reproductiva y salud sexual destinados específicamente a los adolescentes, y que tales servicios e información no se limiten a los programas de estudio escolares sino que también estén al alcance de los adolescentes en su vida diaria, además de las campañas de información y sensibilización.

112.En 2004, la industria del alcohol, la industria de la publicidad y el Departamento de Salud establecieron códigos de práctica sobre la colocación de publicidad de alcohol, que en 2008 se reforzaron todavía más. La finalidad de esos códigos es reducir la exposición de los niños y jóvenes a la comercialización de las bebidas alcohólicas. Asimismo, basándose en las recomendaciones del Report of the National Substance Misuse Strategy Steering Group (Informe del grupo directivo de la Estrategia Nacional sobre Uso Indebido de Sustancias), publicado en febrero de 2012, se están ultimando diversas propuestas reales y concretas para abordar este problema. Además, el Gobierno ha patrocinado la creación de una red de ámbito nacional de cafés para jóvenes que proporcionarán un espacio social alternativo sin drogas ni alcohol para este grupo de edad. En el presente informe se aborda con más detalle esta iniciativa. En 2008, la Oficina del Ministro de Asuntos de la Infancia también publicó un informe titulado Teenagers' Views on Solutions to Alcohol Misuse (Qué opinan los adolescentes sobre las soluciones al abuso de alcohol), basado en una consulta nacional con jóvenes (OMC, 2008).

113.En 2005 se puso en marcha Tender la mano: Estrategia Nacional de Acción para la Prevención del Suicidio, 2005-2014, con la colaboración de la HSE, el DCYA y el Grupo de Examen Nacional sobre el Suicidio, tras amplias consultas con los principales interesados directos y el público general. La Estrategia instaba a adoptar un enfoque multisectorial para prevenir la conducta suicida, mediante la cooperación entre organizaciones de los ámbitos de la salud, la educación, la comunidad y el trabajo voluntario, así como del sector privado.

114.La Estrategia estuvo supervisada por la Oficina Nacional para la Prevención del Suicidio (NOSP). Este organismo imparte capacitación, lleva a cabo estudios sobre el suicidio, formula estrategias para prevenirlo y proporciona fondos a las organizaciones que se ocupan de este problema y de su prevención, incluidas las que trabajan con los jóvenes.

115.En mayo de 2012, el Departamento de Salud estableció un grupo directivo para supervisar la elaboración de una estrategia nacional sobre salud reproductiva, que una vez concluida se someterá a la aprobación del Gobierno. El DCYA realizará aportaciones directas a la estrategia mediante su participación en el grupo directivo, como el material reunido durante consultas celebradas con jóvenes. La estrategia propondrá una orientación estratégica para la prestación de servicios de salud reproductiva, se centrará en la mejora de la salud sexual y el bienestar, y abordará la vigilancia, las pruebas, el tratamiento y la prevención del VIH y otras infecciones de transmisión sexual (ITS), el embarazo no deseado y la educación y promoción de la salud sexual. La estrategia estará en consonancia con el futuro marco normativo de la salud pública.

116.El Programa sobre el Embarazo no Deseado, de la HSE, financia una serie de iniciativas de salud sexual orientadas a grupos particulares, incluidos los adolescentes. El Programa colabora con organizaciones que trabajan en pro de la juventud y la educación, y ha puesto en marcha un sitio web (www.b4udecide.ie) que proporciona información sobre salud sexual a los jóvenes, padres y profesionales. Entre los principales ámbitos de trabajo del Programa figuran la colaboración con el Departamento de Educación y Formación Profesional (DES) y el Consejo Nacional de la Juventud de Irlanda para avanzar hacia la plena implantación de la educación sobre las relaciones y la sexualidad en las escuelas y los entornos de trabajo con jóvenes; el desarrollo, promoción y distribución de recursos para jóvenes y padres con miras a fomentar una buena comunicación sobre las cuestiones sexuales; la capacitación de una serie de organizaciones juveniles para impartir educación sobre las relaciones y la sexualidad a grupos destinatarios fundamentales; y la financiación de los servicios destinados a los jóvenes, y el trabajo codo a codo con esos servicios, en particular los que trabajan con grupos de difícil acceso en entornos comunitarios, para velar por que incluyan componentes relativos a la educación de las relaciones y la sexualidad.

Prácticas tradicionales nocivas (véase el capítulo VI)

117. El Comité insta al Estado parte a que prosiga su labor para poner fin a la práctica de la mutilación genital femenina, por ejemplo prohibiéndola por ley, incluida la posibilidad de ejercer la jurisdicción extraterritorial, y llevando a cabo programas destinados a sensibilizar a todos los sectores de la población acerca de los efectos sumamente nocivos de esa práctica. El Comité recomienda al Estado parte que recurra y movilice a todos los asociados pertinentes a nivel local, incluidos los maestros, parteras, prácticos de la medicina tradicional y dirigentes religiosos y de la comunidad para evitar esa práctica. El Comité señala asimismo a la atención del Estado parte las recomendaciones adoptadas el día de debate general sobre el tema de "la niña" (CRC/C/38).

118.El 2 de abril de 2012, el Presidente promulgó la Ley de Derecho Penal (Mutilación genital femenina) de 2011, que entró en vigor el 20 de septiembre de 2012 y prohíbe explícitamente la mutilación genital femenina y otros delitos conexos, algunos de los cuales competen a determinadas jurisdicciones extraterritoriales. Esta ley también tipifica como delito retirar del país a una niña con objeto de practicarle la mutilación genital femenina. La ley adopta una perspectiva de derechos humanos y establece que el derecho a seguir las tradiciones o creencias culturales propias no puede usarse para justificar esta práctica, que se ha reconocido internacionalmente como una forma de violencia de género. En los procedimientos penales no se admite la defensa de una costumbre o ritual, como tampoco se acepta como defensa el hecho de que los padres o tutores de la niña hayan consentido practicarle la mutilación genital. La pena máxima es de 14 años de cárcel y/o una multa; en una sentencia sumaria, se impone una multa de hasta 5.000 euros y/o reclusión por un período máximo de 12 meses, o ambas penas.

Nivel de vida (véase el capítulo VI)

119. El Comité recomienda al Estado parte que:

a) Aplique efectivamente su Estrategia Nacional contra la Pobreza y preste más apoyo a las familias que viven en situaciones económicas difíciles, para que se reduzca la pobreza y se proteja a los niños contra los efectos negativos de esa situación en su desarrollo;

b) Establezca pagos suplementarios de la prestación universal por hijo en vigor, como subsidio adicional y específico para ayudar a las familias más pobres;

c) Aplique íntegramente las políticas y estrategias existentes y aumente las asignaciones presupuestarias y los subsidios para servicios, tales como el cuidado de niños, la atención de salud y la vivienda, a las familias con hijos particularmente vulnerables; y

d) Aumente la inversión en viviendas sociales y asequibles para las familias de bajos ingresos.

120.Para el Gobierno, abordar la pobreza es una prioridad. Cuatro de los 12 objetivos de alto nivel adoptados en el Plan Nacional de Acción para la Integración Social, 2007-2016 hacen referencia a los niños, al igual que 45 de sus metas. El Programa de Gobierno 2011‑2016 también establece compromisos para ayudar a abordar la pobreza infantil.

121.Las recientes tendencias de la pobreza han llevado a revisar el objetivo nacional a este respecto; como resultado de ello, se ha recomendado la adopción de un nuevo objetivo secundario de reducción de la pobreza infantil. Esto probablemente dará lugar a la reducción de los índices diferenciales de pobreza persistente entre niños y adultos.

122.La Organización de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) publica periódicamente balances sobre los niveles de pobreza y bienestar infantil. El informe más reciente, dado a conocer en 2010, clasifica a 24 países de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) según sus resultados en tres parámetros de desigualdad relativos al bienestar infantil: bienestar material, educación y salud. De 8 puntos posibles, Irlanda obtuvo una calificación de 7 puntos, por su actuación general respecto a la desigualdad. Esto sitúa en segundo lugar a Irlanda, juntamente con Islandia, Noruega y Suecia.

123.Un nuevo enfoque, descrito en el Programa de Gobierno 2011-2016, prevé poner fin al ciclo más profundamente afianzado de la pobreza infantil, aunque el efecto potencialmente negativo de la recesión económica ofrece un contexto difícil.

124.Como consecuencia de la necesidad de reducir el nivel estructural del gasto público, en los presupuestos de 2010 y 2011 se redujeron los importes del subsidio familiar universal. En el presupuesto de 2012 el subsidio familiar para el primer y segundo hijos se mantuvo en 140 euros mensuales por hijo y también se establecía la normalización del mismo importe para el tercer hijo y los siguientes a partir de 2013. En el presupuesto de 2013 la cuantía del subsidio familiar para el primer y segundo hijos se redujo a 130 euros mensuales. Asimismo, se normalizaba en 130 euros mensuales el importe correspondiente al tercer hijo, mientras que para el cuarto hijo y los siguientes dicho importe pasaba a ser de 140 euros mensuales durante 2013, antes de la plena normalización de 130 euros mensuales a partir de 2014. El presupuesto de 2013 también destinó algunos de los ahorros de las reducciones del subsidio familiar a la nueva iniciativa Children Plus, orientada a las familias de bajos ingresos y con un enfoque basado en zonas de la pobreza infantil, la atención infantil después de la escuela y la aportación de fondos adicionales para el comedor escolar.

125.En 2011, se identificaron 43.578 hogares con niños necesitados de vivienda social. La próxima evaluación sobre las necesidades de vivienda, que llevarán a cabo las autoridades locales, está prevista para abril de 2013. En el marco de la evaluación, se reunirá información sobre las necesidades particulares de vivienda y sobre el tamaño y composición del hogar (incluidos el número de niños y sus edades). Las autoridades utilizarán esa información a la hora de elaborar sus programas de vivienda social.

126.En septiembre de 2012 se puso en marcha el programa de Subvención de Guarderías Comunitarias (CCS), en sustitución de un programa muy similar que existía desde enero de 2008. El programa sufraga los gastos de guardería para los padres con bajos ingresos. Los servicios de guardería comunitaria reciben la subvención proporcionada por el CCS para que puedan aplicar un descuento a la tarifa que deben pagar los padres que disfrutan de (muchas de las) prestaciones sociales y/o de un complemento de los ingresos familiares o bien poseen una tarjeta sanitaria o de visita de medicina general.

127.En septiembre de 2010, se inició el programa de Apoyo a la Educación y Formación de la Atención al Niño (CETS) y proporciona plazas de guardería subvencionadas a los padres que se benefician de determinados programas de la Autoridad Nacional de Formación (FÁS) o el Comité de Formación Profesional (VEC).

128.Estos programas de atención a la infancia brindan ayuda específica a los padres que requieren servicios de guardería y tienen un empleo poco remunerado, están buscando trabajo o reciben apoyo de educación y formación.

129.El programa Atención y Educación en la Primera Infancia (ECCE), que se puso en marcha en enero de 2010, tiene carácter universal y está concebido para ofrecer un año de educación preescolar gratuita a todos los niños que se encuentran en el período clave de desarrollo previo al ingreso a la escuela. Gracias a esta iniciativa, todos los niños, independientemente de los ingresos o las circunstancias familiares, acceden en condiciones de igualdad a la educación preescolar.

Educación, esparcimiento y actividades culturales (véase el capítulo VII)

130. El Comité recomienda al Estado parte que:

a) Siga adoptando medidas para crear un entorno educacional en el que se tomen en consideración las necesidades especiales de los niños, entre otras cosas haciendo una apropiada evaluación profesional de las necesidades específicas de los niños, proporcionando apoyo técnico y material a los niños con necesidades especiales, velando por que en las escuelas los niños tengan derecho a ser escuchados en todos los asuntos que se refieren a su bienestar, y no cejando en el esfuerzo por reducir el tamaño general de las clases a fin de impartir una educación a todos los niños en pie de igualdad;

b) Vele por que también se destinen asignaciones presupuestarias para la mejora y modernización de los edificios escolares, el equipo y las instalaciones de esparcimiento y la situación sanitaria de las escuelas;

c) Vele por que se adopten las medidas necesarias para luchar contra el fenómeno del matonismo y por que sus consecuencias se aborden de una manera que responda y se adapte a la sensibilidad del niño; y

d) Publique y difunda la Estrategia de Educación de la Comunidad Nómada que se ha preparado e inicie actividades de capacitación para maestros a fin de sensibilizarlos sobre las cuestiones relativas a la comunidad nómada y los enfoques interculturales.

131. El Comité alienta al Estado parte a que tenga plenamente en cuenta las recomendaciones formuladas por el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (CERD/C/IRL/CO, párr. 18), en que se alienta al Estado parte a promover la creación de escuelas no religiosas o multirreligiosas y a modificar el marco legislativo vigente para eliminar toda discriminación en la inscripción de los alumnos.

132.El actual Programa de Gobierno se ha comprometido a publicar un plan de aplicación de la Ley de Educación de las Personas con Necesidades Educativas Especiales de 2004. Entre las prioridades de ese plan figuran la puesta en marcha de un sistema para ofrecer a los niños el apoyo necesario desde la escuela primaria hasta la escuela secundaria, y una mayor integración de los servicios relacionados con las necesidades especiales.

133.Las escuelas reciben diversos recursos para apoyar la educación de los niños con necesidades especiales. Entre esos recursos figuran auxiliares docentes y auxiliares de educación especial. En 2006, las escuelas disponían de 8.390 auxiliares de educación especial proporcionando apoyo a los alumnos. En 2012, el número de tales auxiliares pasó a ser de 10.324, de los que unos 2.000 prestaban apoyo a 6.905 niños en escuelas especiales.

134.En septiembre de 2010, el DES y la Oficina del Ministro de Integración pusieron en marcha la Estrategia de Educación Intercultural, 2010-2015, concebida para ayudar en la creación de un entorno de aprendizaje intercultural, integrado e incluyente en todos los niveles de la enseñanza, desde el preescolar hasta la educación superior.

135.En los niveles primario y secundario, a los alumnos que no hablan inglés como primera lengua se les ofrece apoyo adicional para el aprendizaje de ese idioma. En 2012, la asignación de esta ayuda se modificó combinando los recursos destinados a la educación de niños con necesidades especiales, un problema con una elevada incidencia, y al apoyo al aprendizaje del idioma dentro del marco de un proceso simplificado de asignación. Los nuevos acuerdos también prevén la creación de puestos adicionales de docentes en las escuelas con una elevada concentración de alumnos que necesitan apoyo lingüístico.

136.La eliminación gradual de la segregación de la comunidad nómada en los centros de preescolar es uno de los objetivos del Report and Recommendations for a Traveller Education Strategy (Informe y recomendaciones para una estrategia de educación de la comunidad nómada), publicado por el Gobierno de Irlanda en 2006. La introducción de una disposición relativa a la educación preescolar universal (el programa ECCE), en enero de 2010, y con ello la creación de plazas escolares para todos los niños en centros privados y comunitarios, brindó la oportunidad de asistir juntos a la escuela a los niños de la comunidad nómada y a los que están asentados. Los centros preescolares han recibido apoyo para integrar a los niños de todos los orígenes mediante una formación que respeta la igualdad y la diversidad.

137.Además, en 2005 el Consejo Nacional de Programas de Estudio y Evaluación (NCCA) publicó las Guidelines for Schools on Intercultural Education in the Primary School (Directrices para las escuelas sobre educación intercultural en la escuela primaria), y en 2006 Intercultural Education in the Post-Primary School (Educación intercultural en la escuela posprimaria) para ayudar a las escuelas a que sus estudiantes aprendan a "respetar y ensalzar la diversidad, promover la igualdad y oponerse a la discriminación injusta".

138.Las facultades de educación están trabajando en la reconfiguración de sus programas de formación de maestros a la luz de la evolución reciente, incluida la publicación en 2011 de los documentos titulados National Strategy to Improve Literacy and Numeracy among Children and Young People (Estrategia nacional para mejorar la lectoescritura y la aritmética básica entre los niños y jóvenes), por el DES, y Teaching Council's Policy on the Continuum of Teacher Education (Política del Consejo de Docencia sobre la formación permanente del profesorado) (2011a). El Consejo de Docencia también ha publicado un documento titulado Initial Teacher Education: Criteria and Guidelines for Programme Providers (Formación docente inicial: criterios y directrices para los que imparten el programa) (2011b) que incluye la educación inclusiva (incluidos la educación especial, el multiculturalismo y la desventaja) como un elemento obligatorio de los programas revisados de formación de maestros. El proceso de reconfiguración está en curso; en este sentido, se proponen unos planes de estudio universitarios detallados para la licenciatura revisada en educación en 2012-2013 y para un curso revisado de posgrado en 2014.

139.En 2011, el Ministro de Educación y Formación Profesional anunció el establecimiento del Foro sobre patrocinio y pluralismo en el sector de la enseñanza primaria y designó a un grupo asesor independiente. En abril de 2012 se publicó el documento titulado Report of the Advisory Group to the Forum on Patronage and Pluralism (Informe del Grupo asesor al Foro sobre patrocinio y pluralismo) (Coolahan et al., 2012); el Ministro destacó su plan de acción como respuesta al informe de 2012, y en la actualidad se está llevando a cabo su aplicación.

140.En 2010 se publicó el documento titulado Addressing Homophobia: Guidelines for the Youth Sector in Ireland (Hacer frente a la homofobia: directrices para el sector de la juventud en Irlanda), que fue preparado por la asociación BeLonG To Youth Service y financiado por la Oficina del Ministro de Asuntos de la Infancia y la Juventud (OMCYA), actualmente denominado DCYA.

141.El 17 de mayo de 2012, el Ministro de Educación y Formación Profesional y la Ministra de Asuntos de la Infancia y la Juventud organizaron conjuntamente un foro de un día sobre el acoso escolar. En este acto se examinaron los medios para abordar este problema y los posibles cambios en las prácticas y políticas existentes en las escuelas que les permitieran hacerle frente de un modo eficaz. El foro reunió a más de 100 interesados directos, incluidos los representantes de estudiantes, padres y equipos de gestión escolar, sindicatos de maestros, grupos de apoyo a las víctimas de acoso, activistas pro derechos y expertos en acoso escolar, y los debates se retransmitieron en directo por Internet. Durante el foro, el Ministro de Educación y Formación Profesional hizo un llamamiento público para presentar contribuciones sobre esta cuestión, y se recibieron 68 comunicaciones. Además del foro, el Ministro estableció un Grupo de trabajo contra el acoso para abordar este problema, incluidos el acoso homofóbico, el ciberacoso y el acoso racista. El Grupo de trabajo examinó los resultados y recomendaciones del foro, además de las comunicaciones recibidas, y en febrero de 2013 publicó su informe titulado Action Plan on Bullying (Plan de Acción sobre el Acoso), presentado por el Ministro de Educación y Formación Profesional y la Ministra de Asuntos de la Infancia y la Juventud. El plan de acción incluye 12 medidas centradas en el apoyo a las escuelas, el fomento de la sensibilización y la realización de más estudios. Se ha empezado a trabajar en la aplicación de esas medidas en consulta con maestros, padres y órganos de gestión de la enseñanza primaria y secundaria.

Esparcimiento y actividades recreativas y culturales (véase el capítulo VII)

142. El Comité recomienda al Estado parte que atribuya más importancia a la creación de instalaciones para que los niños gocen de esparcimiento y de actividades recreativas y culturales.

143.En marzo de 2004, se publicó Ready, Steady, Play: A National Play Policy (Preparados, listos, a jugar: política nacional de actividades lúdicas), la primera política en su género formulada por un país (NCO, 2004). Desde 2005, el Gobierno ha destinado alrededor de 28,3 millones de euros a las autoridades locales para la instalación o mejora de parques infantiles como parte del proceso de ejecución de Ready, Steady, Play y el plan RAPID para zonas desfavorecidas. Además, patrocina un día nacional anual (temático) del juego en cooperación con una red de ámbito nacional de organismos gubernamentales y grupos comunitarios locales. En 2012, alrededor del 85% de las autoridades locales organizó actos con motivo del día nacional, que alcanzó el mayor nivel de participación registrado en esta celebración (véanse los párrafos 614 y 615).

144.En septiembre de 2007, se puso en marcha la iniciativa Espacio para adolescentes: política nacional de esparcimiento para jóvenes (OMC, 2007b), que aborda las necesidades recreativas de los jóvenes de 12 a 17 años de edad y proporciona un marco estratégico para la promoción de oportunidades recreativas positivas destinadas mayormente a ese grupo. Una actuación resultante de esta política ha sido el establecimiento de cafés para jóvenes, donde estos pueden reunirse y relacionarse en un entorno seguro sin drogas ni alcohol. Se calcula que entre 2007 y 2012 se abrieron entre 75 y 100 cafés para jóvenes. Este ritmo se intensificó en 2012 como resultado del establecimiento del plan nacional específico de financiación de cafés para jóvenes, que en la actualidad está iniciando investigaciones profesionales para examinar el efecto de estos establecimientos en las comunidades urbanas y rurales locales (véanse los párrafos 629 a 632).

145.Existen diversos programas administrados por la Unidad de Asuntos de la Infancia del DCYA que abordan las necesidades sociales, personales y recreativas de los jóvenes. Entre esos programas figuran el Programa de Subvenciones para Servicios a la Juventud, los Proyectos Especiales para la Juventud, el Fondo de Servicios y Equipamientos para los Jóvenes, el Programa de Subvenciones para los Clubes Locales de Jóvenes, los Centros de Información para Jóvenes, An Gaisce (el premio concedido por el Presidente), Léargas – la Oficina de Intercambio, el Programa Nacional de Salud de los Jóvenes y el Programa Nacional de Arte Juvenil. Algunos de estos programas están específicamente destinados a los jóvenes desfavorecidos o de difícil acceso. El DCYA supervisa la ejecución de la política nacional de actividades lúdicas y la política nacional de esparcimiento por las autoridades locales.

Medidas especiales de protección (véanse los capítulos I, II, VII y VIII)

Niños refugiados y solicitantes de asilo

146. El Comité recomienda que el Estado parte adopte las medidas necesarias para armonizar la política, los procedimientos y la práctica con sus obligaciones internacionales así como con los principios enunciados en otros documentos, entre ellos la declaración de buenas prácticas preparada por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados y Save the Children. El Comité alienta además al Estado parte a que vele por que se apliquen las mismas normas en relación con los servicios de apoyo y el acceso a esos servicios, independientemente de que el niño esté al cuidado de l as autoridades o de sus padres.

147. Asimismo, el Comité señala a la atención del Estado parte su Observación general Nº 6 (2005) sobre el trato de los menores no acompañados y separados de su familia fuera de su país de origen (CRC/GC/2005/6).

148.La Oficina del Comisionado para las solicitudes de concesión del estatuto de refugiado y el Tribunal de Apelación para asuntos relacionados con el estatuto de refugiado siguen colaborando con otras instancias para velar por que los procedimientos de asilo tengan en cuenta el interés superior del niño. La HSE y el Servicio de Asistencia Jurídica a los Refugiados celebran reuniones periódicas para coordinar la tramitación de los casos de menores no acompañados y atender las cuestiones prácticas a medida que se presentan.

149.Existen mecanismos para facilitar la presencia de un trabajador social en la fase de entrevista en los casos de solicitantes menores que sobrepasan la edad límite (es decir, cuando alcanzan los 18 años de edad) durante el proceso de apelación. Cuando sea posible, se organizará una audiencia del niño con un miembro del Tribunal experto en cuestiones relacionadas con niños separados de sus familias.

150.En cuanto a los servicios destinados a los niños separados que solicitan asilo, la HSE ha puesto en práctica una política de equidad de la atención y puede asegurar que de conformidad con la Ley de Atención a la Infancia de 1991 los niños separados que solicitan asilo tienen acceso a los mismos servicios que los ciudadanos irlandeses y gozan igualmente de ellos.

151.Todos los niños solicitantes de asilo integrados en el régimen de atención directa tienen acceso a ayuda médica y a la educación (enseñanza primaria y posterior) en las mismas condiciones que los ciudadanos irlandeses. Además, se han instaurado algunas medidas de protección de los refugiados y los niños solicitantes de asilo, como las disposiciones previstas en la Estrategia de Educación Intercultural y las destinadas específicamente a los niños no acompañados, y se imparte formación sobre realización de entrevistas e identificación de menores no acompañados al personal de las organizaciones competentes.

Edad de responsabilidad penal

152. El Comité recomienda al Estado parte que restablezca la disposición relativa a la edad de responsabilidad penal fijada en la Ley del Niño de 2001.

153.En Irlanda, la edad de responsabilidad penal sigue siendo de 12 años. Si bien los niños de 10 y 11 años de edad pueden ser acusados de delitos graves, no puede procesarse a ningún niño menor de 14 años sin el consentimiento del Ministerio Público Fiscal.

Administración de la justicia juvenil

154. El Comité recomienda que:

a) El Estado parte proporcione una base legal al Servicio de Justicia juvenil de Irlanda y que e ste conceda alta prioridad a la formulación y aplicación de una política de justicia juvenil basada en los derechos y orientada al menor, fundamentada en la Convención; y

b) Las ordenanzas sobre comportamientos antisociales sean objeto de estrecha vigilancia y solo se utilicen como último recurso después de que se hayan agotado las medidas preventivas (incluidos un plan de prevención y reuniones con las familias).

155. El Comité recomienda que los niños que hayan tenido "comportamientos antisociales" no se envíen al Programa de prevención de la delincuencia de menores de la Garda y que la admisión en dicho Programa nunca pueda considerarse como castigo en procesos penales futuros. El Comité insta además al Estado parte a que aplique con carácter prioritario un conjunto de medidas alternativas para garantizar que la privación de libertad se aplique como último recurso y por el menor tiempo posible.

156. El Comité recomienda al Estado parte que haga todo lo posible para que la detención sea el último recurso. También recomienda que, cuando la detención se considere inevitable, el Estado parte coloque a los niños menores de 18 años en establecimientos separados. El Comité alienta al Estado parte a que haga todo lo posible para incluir en el mandato de investigación e inspección del Defensor del Niño todos los lugares de detención en que actualmente hay menores.

157.No está previsto establecer una base legislativa independiente para el Servicio de Justicia juvenil de Irlanda (IYJS). El IYJS se incorporó al DCYA el 1 de enero de 2012, y comparte algunos miembros del personal con el Departamento de Justicia e Igualdad. El informe del grupo de trabajo sobre la futura CFA ha recomendado que los reformatorios competan legalmente a esa agencia.

158.Se han hecho avances hacia el logro de cada uno de los cinco objetivos de alto nivel de la Estrategia Nacional de Justicia juvenil, 2008-2010, y la mayoría de ellos se han cumplido. Actualmente el IYJS está elaborando una estrategia de seguimiento de esos avances en el contexto del Marco de política nacional sobre la infancia y la juventud, como parte de un proyecto de estrategia nacional contra la delincuencia que está preparando el Departamento de Justicia e Igualdad y de un libro blanco de la delincuencia.

159.El Departamento de Justicia e Igualdad, en consulta con la Garda Síochána (policía irlandesa), sigue vigilando el uso de ordenanzas sobre comportamiento antisocial en el contexto de un conjunto de medidas y enfoques disponibles para ayudar a abordar dicho comportamiento a nivel local. La legislación pertinente está sujeta a revisión de forma permanente.

160.La incorporación del mecanismo de control del comportamiento antisocial dentro del Programa de Disuasión de la Garda (GYDP) proporciona un procedimiento gradual eficaz para trabajar con niños que modifican lentamente su comportamiento. Las alternativas incluyen: i) no actuar/no adoptar más medidas policiales; ii) realizar un apercibimiento no oficial; iii) realizar un apercibimiento oficial, con supervisión de un oficial de enlace juvenil de la Garda; y iv) entablar un proceso judicial.

161.Con respecto a la cuestión de poner en conocimiento de los jueces de vigilancia penitenciaria la o las admisiones previas de un niño en el GYDP, el Estado considera que ello no necesariamente se ajusta a las normas internacionales. Cuando un tribunal adopta una decisión sobre un niño que se confiesa culpable o ha sido declarado culpable de cometer un delito, es importante que el funcionario encargado de la libertad condicional, que es quien realiza el informe previo a la imposición de sanciones, y el juez dispongan de toda la información pertinente acerca de los antecedentes del niño para tener en cuenta su interés superior. El principio supremo que debe regir es que la detención solamente se use como último recurso.

162.La Ley del Niño de 2001 prevé la detención de un niño como una medida de último recurso. En los últimos años se ha observado una tendencia a la baja en el promedio anual de las ocasiones en las que se ha recurrido a la detención de un niño, de 134 en 2004 a 80 en 2011.

163.Todas las niñas menores de 18 años que son objeto de detención se internan en el reformatorio de Oberstown. Los niños menores de 17 años se internan igualmente en ese reformatorio. El Gobierno ha aprobado un proyecto de remodelación del complejo de Oberstown, y el proceso de planificación y adquisiciones para llevarlo a cabo se encuentra en una fase avanzada. Las nuevas instalaciones acogerán a los niños de 17 años de edad que actualmente están internados en la St. Patrick's Institution.

164.Las atribuciones del Defensor del Niño en materia de investigación se han ampliado para incluir a los niños menores de 18 años recluidos en la St. Patrick's Institution.

Explotación y abusos sexuales

165. El Comité recomienda al Estado parte que reúna información y realice investigaciones sobre la prostitución infantil, la utilización de niños en la pornografía y otras formas de explotación y abuso sexuales de niños con miras a elaborar medidas específicas, y pide al Estado parte que en su próximo informe proporcione información detallada sobre el particular.

166.La unidad AHTU del Departamento de Justicia e Igualdad reúne y da a conocer información sobre casos de presunta trata de seres humanos, incluida la trata con fines de explotación sexual, que involucra a niños. Esa información procede de la Garda Síochána y de diversas ONG y se publica en los informes anuales de dicha unidad, disponibles en línea en el sitio web de Irlanda dedicado a luchar contra la trata de personas: www.blueblindfold.gov.ie. Los funcionarios gubernamentales y otros interesados directos pertinentes utilizan esta información para informar la formulación de políticas y la prestación de servicios relativos a la trata de personas.

167.El DCYA, conjuntamente con el Consejo Irlandés de Investigación sobre Humanidades y Ciencias Sociales, financia investigaciones sobre la sexualización y comercialización infantil en el marco de la Iniciativa de Investigación y Desarrollo 2012.

168.En el documento titulado Review of Adequacy of HSE Children and Family Services (Examen de la idoneidad de los servicios de la HSE para la familia y los niños), la HSE recopila y publica anualmente información sobre el número de niños víctimas de abuso y sobre los motivos principales para que estos sean atendidos en tales servicios. Los últimos datos corresponden a 2010, en que se atendió a 687 niños por motivos de abuso, 63 de los cuales (el 3% del total de niños que recibieron atención) lo fueron por motivos de abuso sexual (HSE, 2012a). Estos datos ponen de manifiesto un incremento, de los 24 niños que en 2006 se atendieron por este motivo, pero también un descenso en la proporción de casos de abuso sexual, que el mismo año se situó en el 5,7%.

169.En 2011, se atendió a 2.248 niños. Esto representa un descenso del 5,2% (n=124) respecto del valor máximo correspondiente a 2009. Se reunió información sobre los motivos principales para que 2.218 de esos niños fueran atendidos y sobre su estado de salud (véase el cuadro 1). Cerca del 62% (n=1.382) de los niños acudieron voluntariamente en busca de atención. Para el 50% (n=1.103), el principal motivo estaba relacionado con problemas familiares. Se atendió a un número mayor de niños por abuso (35%, n=772) que en 2010 (30%, n=687). Por su proporción, los principales motivos fueron los siguientes: "Padres incapaces de atender/dificultades familiares de vivienda/financieras, etc." (22%, n=480), "Negligencia" (22%, n=483) y "Abuso de drogas/alcohol por un miembro de la familia" (12%, n=262). En comparación con 2010, en 2011 se produjeron aumentos en los motivos siguientes: "Negligencia" (2010: 17%, n=398) y "Abuso de drogas/alcohol por un miembro de la familia" (2010: 10%, n=231).

Cuadro 1

Principal motivo para recibir atención, por modo de acceso (2011)

Principal motivo de la atención

Modo de acceso a la atención

Orden judicial de emergencia

Otra orden judicial

Acceso voluntario

Total

%

Maltrato

202

265

305

772

35

Abuso físico

35

55

79

169

8

Abuso sexual

4

20

9

33

1

Maltrato psicológico

32

21

34

87

4

Negligencia

131

169

183

483

22

Problemas del niño

30

52

261

343

15

Niño con problemas psicológicos/de conducta

13

29

164

206

9

Niño que abusa del alcohol o las drogas

4

4

18

26

1

Niño involucrado en delito

0

0

5

5

0

Embarazo en la adolescencia

0

1

6

7

0

Niño con enfermedad física/discapacidad

3

3

14

20

1

Niño con problema de salud mental/discapacidad intelectual

1

6

9

16

1

Otros motivos

9

9

45

63

3

Problemas familiares

108

179

816

1 103

50

Padres incapaces de atender/dificultades familiares de vivienda, financieras, etc.

16

43

421

480

22

Abuso del alcohol/drogas por un miembro de la familia

39

77

146

262

12

Violencia doméstica

8

14

12

34

2

Otro miembro de la familia con enfermedad física/discapacidad

3

1

27

31

1

Otro miembro de la familia con problemas de salud mental/discapacidad intelectual

24

16

94

134

6

Niño separado de sus padres solicitante de asilo

0

5

4

9

0

Otros motivos

18

23

112

153

7

Total

340

496

1 382

2 218

100

%

15

22

62

100

Fuente: HSE.

Venta y trata

170. En consonancia con los artículos 34 y 35 de la Convención, el Comité reitera la recomendación formulada por el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW/C/IRL/CO/4-5, 22 de julio de 2005) sobre, entre otras cosas, la adopción y aplicación de una estrategia global de lucha contra la trata y las medidas que hay que llevar a efecto para lograr la recuperación física y psíquica y la reinserción social de las víctimas de la trata, incluidos el cobijo, la orientación y la atención médica. El Comité pide al Estado parte que en su próximo informe proporcione más información y datos sobre la trata, en particular la de niños.

171.La Ley de Derecho Penal (Trata de personas) de 2008 puso al día la ley sobre la trata de personas. Con arreglo a dicha ley, una persona declarada culpable de la trata de un niño para fines de explotación sexual, explotación laboral o extracción de órganos será castigada con la pena de reclusión perpetua. La ley también tipifica como delito la venta y compra de niños para cualquier fin, y prevé la misma pena máxima por este delito.

172.En 2009, Irlanda elaboró el primer informe periódico sobre las posibles y presuntas víctimas de trata de personas. En él se indica que de los 66 casos de posibles y presuntas víctimas de trata de los que tuvo conocimiento la Garda Síochána, 17 correspondían a menores. El informe anual de 2010 señala un total de 69 casos de presunta trata de personas, 19 de los cuales afectaban a menores.

173.En febrero de 2008, el Departamento de Justicia e Igualdad estableció la unidad AHTU, y en 2009 el Departamento de Justicia e Igualdad publicó el National Action Plan to Prevent and Combat Trafficking in Human Beings in Ireland, 2009-2012 (Plan de Acción Nacional para Prevenir y Combatir la Trata de Personas en Irlanda, 2009-2012).

174.Irlanda también ratificó el Convenio del Consejo de Europa sobre la Lucha contra la Trata de Seres humanos, que entró en vigor el 1 de noviembre de 2010. Asimismo, ratificó el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, especialmente Mujeres y Niños, que cobró efecto a partir del 17 de julio de 2010. Por otro lado, coopera con las fuerzas policiales y agencias de otros países y con las organizaciones internacionales en la lucha contra la trata de personas.

175.El mecanismo nacional de remisión es el término que se usa para describir: i) el proceso mediante el cual se identifica a una presunta víctima de trata; ii) la gama de servicios de asistencia y apoyo disponibles para las posibles y presuntas víctimas de trata; y iii) cómo se remite a cada uno de esos servicios y cómo pueden solicitar acceder a ellos las posibles y presuntas víctimas de trata.

176.La HSE proporciona asistencia, apoyo y protección a los niños víctimas de trata, y al hacerlo toma en consideración el interés superior de cada niño sobre la base de una evaluación individual, incluida una evaluación de riesgo que se lleva a cabo en cada caso. El propósito es atender las necesidades específicas de cada niño teniendo presentes su seguridad y bienestar a largo plazo. Esto abarca a un gran número de acciones y factores, como la edad, las aptitudes, la resiliencia y las circunstancias.

Niños pertenecientes a minorías

177. El Comité recomienda que el Estado parte:

a) Se aplique más concretamente a reconocer a la comunidad nómada como grupo étnico, como pidió el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (CERC/C/IRL/CO/2, párr. 20);

b) Emprenda investigaciones, o una evaluación global de las necesidades, o utilice las ya existentes en particular en relación con los niños pertenecientes a la comunidad nómada, en las esferas de la salud, la vivienda y la educación, como base para la formulación de políticas y estrategias y de medidas concretas a fin de mejorar el bienestar de los niños.

c) Aplique las recomendaciones del Grupo de Tareas sobre la Comunidad Nómada; y

d) Proporcione en su próximo informe información detallada sobre las medidas adoptadas para mejorar el disfrute de los derechos de los niños que pertenecen a la comunidad nómada, en particular respecto del acceso a la educación, los servicios de salud y la vivienda, y el disfrute de esos derechos.

178. El Comité pide al Estado parte que proporcione más información detallada en su próximo informe (respecto de las medidas para promover el idioma y la cultura irlandesas y prevenir la marginación y la exclusión social de los niños de la comunidad romaní).

179.En virtud de la Constitución, los miembros de la comunidad nómada de Irlanda tienen los mismos derechos civiles y políticos que el resto de sus ciudadanos. En los instrumentos de lucha contra la discriminación más importantes —la Ley de Prohibición de la Incitación al Odio de 1989, las Leyes sobre Despidos Injustos de 1977, las Leyes de Igualdad en el Empleo y las Leyes de Igualdad de la Condición Jurídica— se identifica explícitamente a los miembros de la comunidad nómada en condiciones de igualdad con el resto de la población. La Ley de Igualdad de 2004, que traspuso medidas de tres directivas de la UE relativas a la igualdad, preveía la aplicación de todas las garantías contenidas en las directivas en los nueve ámbitos abordados en la legislación irlandesa preexistente relativa a la igualdad, incluido el de la composición de la comunidad nómada. La ley también protege a los grupos raciales y étnicos como un objeto específico.

180.Durante el examen llevado a cabo por un grupo de trabajo del Consejo de Derechos Humanos presentado por Irlanda a dicho organismo en el marco del procedimiento del examen periódico universal, una delegación recomendó explícitamente que Irlanda reconociera a la comunidad nómada como una minoría étnica. En septiembre de 2010 tuvo lugar una conferencia organizada por el Comité Asesor Nacional de la Comunidad Nómada para examinar la cuestión del reconocimiento de dicha comunidad como una minoría étnica. Actualmente esa cuestión está siendo examinada por el Departamento de Justicia e Igualdad.

181.En 2006 se publicó el Report and Recommendations for a Traveller Education Strategy como respuesta a las recomendaciones incluidas en el Report of the Task Force on the Travelling Community (Informe del Grupo de Trabajo sobre la Comunidad Nómada), publicado por el Gobierno de Irlanda en 1995. En secciones anteriores del presente informe se hace referencia a las medidas concretas adoptadas para abordar las necesidades de los niños de la comunidad nómada, incluidas la Estrategia de Educación de la Comunidad Nómada, la Estrategia de Educación Intercultural y la Estrategia de Alojamiento de la Comunidad Nómada, y en los subsiguientes capítulos se describen con más detalle.

182.La Estrategia Nacional de Salud Intercultural, 2007-2012 reconoce a la comunidad nómada como el grupo cultural minoritario de más larga data de Irlanda y uno de los que está más expuesto a padecer problemas de salud. Además, señala que los niños de la comunidad nómada están en una situación particular de riesgo. Esto afecta igualmente a los niños romaníes, que son un grupo especialmente vulnerable, y cabe decir que en esta esfera se ha llevado a cabo un considerable trabajo. El Programa Nacional de Inclusión Social de la HSE ha facilitado el nombramiento de un promotor rural romaní cuyo cometido consiste en hacer de enlace de las familias con los servicios de salud. La HSE y Pavee Point han organizado conjuntamente una serie de seminarios para abordar los problemas que enfrenta este grupo, así como las dificultades que encuentran los prestadores de servicios para responder a sus necesidades. Uno de los seminarios se centró en las cuestiones relacionadas con la protección del niño, y está previsto que en fecha próxima se concluya un informe a este respecto. Asimismo, se está realizando una labor interinstitucional para dar respuesta a las prioridades de asistencia de los niños vulnerables, incluidos los de la comunidad nómada y los romaníes. Dentro del Grupo de Apoyo a la Inclusión Social se prevé establecer un comité sobre las directrices Children First que incorporará a una representación de la comunidad nómada. Esto ayudará a atender las necesidades específicas de los niños de la comunidad nómada.

183.En 2010, el Gobierno de Irlanda puso en marcha la Estrategia de 20 años sobre la Lengua Irlandesa, 2010-2030. El Programa de Gobierno 2011-2016 respalda esa estrategia y tratará de avanzar en el cumplimiento de los objetivos y metas propuestos alcanzables.

184.Si bien en las zonas de habla gaélica el número de escuelas se ha reducido de 153 a algo más de 100, el de escuelas que enseñan en gaélico fuera de esas zonas aumentó de 20 en 1975-1976 a 141 en 2011-2012.

Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados

185. El Comité expresa su interés por recibir, conforme a lo indicado por el Estado parte, el informe inicial sobre el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados, que debía haberse presentado en diciembre de 2004.

186.Irlanda presentó su primer informe sobre el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en conflictos armados en diciembre de 2006.

187.El Ministro de Defensa ha detallado los planes para aumentar de los 17 a los 18 años el límite de edad para incorporarse al ejército. En cumplimiento del Protocolo Facultativo, el Estado remitirá al Comité un informe exhaustivo cuando el Ministro haya ultimado las nuevas disposiciones.

Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía

188. El Comité celebra la firma en el año 2000 del Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía, y recomienda la ratificación de este Protocolo Facultativo conforme a la intención del Estado parte.

189.La Ministra de Asuntos de la Infancia y la Juventud ha comunicado su intención de estudiar la ratificación lo más pronto posible del Protocolo Facultativo, después de su examen exhaustivo por parte del Ministro de Justicia e Igualdad. La Ministra de Asuntos de la Infancia y la Juventud abordó la cuestión de la ratificación del Protocolo en una reunión con la Representante Especial del Secretario General sobre la Violencia contra los Niños, Martha Santos Pais, el 12 de junio de 2012 en Dublín, durante la visita oficial a Irlanda de la Representante Especial. En la reunión se acordó que se daría prioridad a esta cuestión tras examinar la respuesta del pueblo de Irlanda en el Referendo sobre los derechos del niño celebrado en 2012, la presentación de próximo informe del Estado al Comité sobre los Derechos del Niño y la creación de una nueva Agencia de Asuntos de la Infancia y la Familia.

190.Muchas de las disposiciones penales del Protocolo Facultativo de la Convención ya se han plasmado en la legislación nacional en vigor. Las propuestas legislativas que el Ministro de Justicia e Igualdad pretende presentar próximamente al Gobierno facilitarán el pleno cumplimiento de los requisitos de derecho penal del Protocolo Facultativo y otros instrumentos jurídicos internacionales conexos.

Aplicación y difusión (véase el capítulo I)

191. El Comité recomienda al Estado parte que adopte todas las medidas apropiadas para garantizar la aplicación íntegra de las presentes recomendaciones, entre otras cosas transmitiéndolas a los departamentos, el Oireachtas (Parlamento Nacional) y las autoridades locales competentes para su debida consideración y aplicación.

192. El Comité recomienda, además, que el segundo informe periódico y las respuestas presentadas por escrito por el Estado parte y las recomendaciones conexas (observaciones finales) aprobadas por el Comité sean objeto de amplia difusión, entre otras cosas, aunque no exclusivamente, por Internet, en la población en general, las organizaciones de la sociedad civil, las agrupaciones juveniles y los niños a fin de generar un debate y una toma de conciencia acerca de la Convención, su aplicación y la verificación de est a.

193.Los informes periódicos reciben una amplia cobertura en los medios escritos y de radiodifusión, y están disponibles para todas las ONG pertinentes a través de la Alianza de Derechos del Niño. Esos informes, junto con las copias de las observaciones finales, también se publican en los sitios web del Gobierno de Irlanda por medio del DCYA. Se reserva un número limitado de copias para el uso de estudiantes, investigadores de las políticas públicas y académicos, y para su distribución, previa solicitud, entre las escuelas que ofrecen módulos de educación sobre derechos humanos.

Próximo informe

194. El Comité invita al Estado parte a que presente sus informes tercero y cuarto en un documento único combinado a más tardar el 27 de abril de 2009 (o sea, la fecha límite de presentación del cuarto informe). Se trata de una medida excepcional que obedece al gran número de informes que el Comité recibe cada año. Ese informe no debería exceder de 120 páginas (véase CRC/C/118). A partir de esa fecha, el Comité espera recibir del Estado parte un informe cada cinco años, como se prevé en la Convención.

195.El Estado pide disculpas por la demora en la presentación de estos informes y señala que informó como corresponde de ello al Comité. Durante 2009 y, particularmente, 2010 la economía irlandesa experimentó una recesión repentina y drástica. Por consiguiente, después de este período resultó difícil evaluar de forma precisa los efectos a mediano y largo plazo de los posibles ajustes de los gastos y programas relacionados con todos los aspectos de la política del Gobierno, y además fue necesario que transcurriera un período de tiempo razonable para poder obtener una imagen precisa de la situación en relación con los servicios para los niños en general y con el efecto sobre los presupuestos de los distintos departamentos en particular. El presente informe, que abarca el período entre 2006 y 2011, expone los años de crecimiento económico hasta 2008 y el subsiguiente período de recesión hasta 2011 y más allá. Por tanto, el Estado considera que este informe ofrece una imagen más precisa y fiable de la forma en que Irlanda ha aplicado la Convención en los últimos años. Asimismo, el informe se hace eco de los cambios en la responsabilidad administrativa resultantes del establecimiento del primer Departamento de Asuntos de la Infancia y la Familia, en 2011.

Formato del presente informe

196.El resto del presente informe se presenta en consonancia con las directrices del Comité de los Derechos del Niño respecto de la forma y el contenido de los informes periódicos que han de presentar los Estados partes en virtud del artículo 44, párrafo 1 b), de la Convención sobre los Derechos del Niño. Dichas directrices indican los títulos y subtítulos específicos de los capítulos que deberán incluir los informes que presenten los Estados partes. Esos títulos y subtítulos se reproducen en las siguientes páginas del presente informe tal como aparecen en las directrices del Comité.

I.Medidas generales de aplicación

197.En resumen, el 21 de septiembre de 1992 Irlanda ratificó la Convención sobre los Derechos del Niño, sin reservas. En Irlanda funciona un sistema dual en virtud del cual la Constitución permite que el Estado suscriba acuerdos internacionales. No obstante, la Constitución también establece que esos acuerdos no pasen a formar parte de la legislación nacional a menos que así lo disponga el Oireachtas por vía legislativa. En consecuencia, a pesar de que Irlanda ratificó la Convención sobre los Derechos del Niño, dicho instrumento no pasó automáticamente a formar parte de la legislación irlandesa.

A.Medidas adoptadas para armonizar las leyes y políticas nacionales con las disposiciones de la Convención y de sus Protocolos Facultativos

La condición de los niños como titulares de derechos

198.En las observaciones finales que figuran en los informes inicial y segundo de Irlanda, el Comité de las Naciones Unidas recomienda que Irlanda instaure medidas para fortalecer la condición de los niños titulares de derechos. En febrero de 2007, el Gobierno presentó la vigésima octava enmienda de la Ley de la Constitución de 2007 ante la Dáil Éireann. La ley proponía insertar en la Constitución un nuevo artículo 42 A) dedicado a los niños. Se estableció la Comisión Conjunta de Reforma Constitucional en materia de la Infancia (JCCAC), que presentó su informe final al Gobierno en febrero de 2010. Dicho informe abordaba los derechos del niño con arreglo a la Constitución y el estatuto y la jurisprudencia relativa a la adopción, la tutela, los procedimientos de cuidado, la custodia y el acceso. En marzo de 2010 se presentó una copia del tercer y último informe de la JCCAC al Gobierno.

199.El Programa de Gobierno 2011-2016 señalaba que era prioritario celebrar un referendo sobre los derechos del niño y que el texto sometido a consulta debería ajustarse al que sugería el Comité del Oireachtas integrado por todos los partidos. El texto propuesto por el Gobierno que debía someterse a la aprobación del pueblo en un referendo fue establecido en la trigésima primera enmienda de la Ley de la Constitución (Infancia) de 2012, que se publicó en septiembre del mismo año. La ley, que se ganó el apoyo de todos los partidos, se examinó en la Sede del Oireachtas (Parlamento) el 3 de octubre de 2012 y no tuvo ninguna enmienda. El Referendo sobre los derechos del niño, que se celebró en noviembre de 2012, obtuvo una mayoría de votos a favor de la enmienda constitucional propuesta, con el 58% de los votos emitidos. Sin embargo, en virtud de la legislación general en materia de referendos, se impugnó la validez del resultado de la consulta ante el Tribunal Supremo de Irlanda. La remisión del proyecto de ley al Presidente para su promulgación como ley y para la entrada en vigor de las modificaciones constitucionales en cuestión deben aguardar a la decisión del Tribunal acerca de la impugnación.

200.En el referendo independiente de noviembre, los ciudadanos votaron los siguientes cambios en la Constitución:

La supresión del artículo 42.5 existente, que establece lo siguiente:

"En casos excepcionales, cuando por razones físicas o morales los padres dejen de cumplir sus obligaciones con sus hijos, el Estado, como guardián del bien común, procurará suplir por medios apropiados el lugar de los padres, pero siempre con el debido respeto de los derechos naturales e inalienables del niño."

La inclusión de un nuevo artículo 42A titulado "Niños", que establece lo siguiente:

"1.El Estado reconoce y afirma los derechos naturales e inalienables de todos los niños y, en la medida de lo posible, deberá proteger y defender esos derechos mediante sus leyes.

2.1.En casos excepcionales, cuando los padres, independientemente de su estado civil, dejen de cumplir sus obligaciones con sus hijos hasta el punto de que la seguridad y el bienestar de estos probablemente resulten afectados, el Estado, como guardián del bien común, por medios proporcionales previstos por la ley procurará suplir el lugar de los padres, pero siempre con el debido respeto de los derechos naturales e inalienables del niño.

2.Se adoptarán por ley las disposiciones correspondientes para la adopción de cualquier niño cuando los padres hayan dejado de cumplir sus obligaciones con él durante el período de tiempo que pueda establecer la ley y cuando el interés superior del niño lo requiera.

3.Se establecerán por ley las disposiciones correspondientes para la colocación voluntaria en adopción y para la adopción de cualquier niño.

4.1.Se tomarán por ley las disposiciones correspondientes para que en la resolución de todos los procedimientos —

i.emprendidos por el Estado, como guardián del bien común, con miras a prevenir las consecuencias perjudiciales para la seguridad y el bienestar de cualquier niño; o

ii.relativos a la adopción, tutela o custodia de cualquier niño, o bien a su acceso—

la consideración principal sea el interés superior del niño.

2.Se adoptarán por ley las disposiciones correspondientes para velar por que, siempre que sea posible, en todos los procedimientos reseñados en el apartado 1 del presente artículo relativos a cualquier niño que pueda formarse su propia opinión, se pondere y se tenga debidamente en cuenta dicha opinión tomando en consideración la edad y la madurez del niño."

Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados

201.Irlanda firmó el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados el 7 de septiembre de 2000, y lo ratificó el 18 de noviembre de 2002. Al hacerlo, Irlanda se comprometía a adoptar todas las medidas posibles para que ningún miembro de las fuerzas armadas menor de 18 años participara directamente en hostilidades. Desde aquella fecha, Irlanda ha cumplido plenamente el Protocolo Facultativo.

202.Aunque la edad mínima para el reclutamiento en las fuerzas armadas seguía siendo de 17 años, de hecho era poco probable que a un miembro de dichas fuerzas se le asignara una misión operativa siendo menor de 18 años, habida cuenta de las exigencias en materia de instrucción, etc. Además, como una cuestión de política, al personal menor de 18 años se lo excluye de las misiones en ultramar.

203.Recientemente, el Departamento de Defensa y las autoridades militares examinaron la cuestión de la edad mínima de reclutamiento para los miembros de las Fuerzas Armadas Permanentes. En junio de 2012, el Ministro de Defensa aprobó aumentar la edad mínima para el reclutamiento en dichas fuerzas, de 17 a 18 años de edad. Asimismo, la edad mínima para el reclutamiento como aprendiz en las fuerzas armadas aumentará a 18 años. Este cambio se llevará a cabo por medio de una modificación del Reglamento de las Fuerzas Armadas. Actualmente se están estudiando las enmiendas propuestas a dicho reglamento.

204.Las pruebas de selección para soldados rasos y cadetes estaban en marcha antes de la modificación de la política, y en esas pruebas seguirá aplicándose la reducción del límite de edad para el reclutamiento a 17 años. Sin embargo, el aumento en el límite de edad se aplicará a todo nuevo anuncio de pruebas. Por consiguiente, la edad mínima para participar en pruebas de selección de aprendices que se hayan anunciado después de la aprobación del cambio de edad es de 18 años.

205.La edad mínima actual para el reclutamiento en las Fuerzas Armadas de Reserva se mantiene en 17 años. En estos momentos se está llevando a cabo un examen de la Reserva, y en este contexto se estudiará con más detenimiento la edad mínima apropiada para el reclutamiento en la Reserva. Cabe señalar que no se considera que los miembros de la Reserva hayan recibido el nivel mínimo de instrucción para las operaciones de la Reserva hasta que completan el curso denominado "Three Star Private". Como generalmente ese curso se imparte durante el segundo año de servicio, los reclutas no pueden participar en operaciones hasta que alcanzan por lo menos los 18 años de edad. Como una cuestión de política, el personal de la Reserva no puede participar en ninguna misión militar operativa hasta cumplir al menos 18 años de edad. Además, los miembros de la Reserva están excluidos de las operaciones de ayuda al poder civil dentro del Estado y no pueden servir en el extranjero.

Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía

206.La Ley de Derecho Penal (Trata de personas) de 2008 fue promulgada el 7 de junio de 2008. Tipifica como delito la trata de personas con fines de explotación sexual, explotación laboral y extracción de órganos humanos. Asimismo, tipifica como delito la venta o compra de cualquier persona para cualquier fin. En virtud del artículo 5 de la ley, también se considera delito solicitar deliberadamente los servicios de una persona objeto de trata, en cualquier lugar, con fines de prostitución. A los efectos de esa ley, un "niño" es una persona menor de 18 años de edad.

207.Una vez promulgada, la Ley de Inmigración, Residencia y Protección de 2010 establecerá un marco jurídico integrado para el desarrollo y aplicación de las políticas de inmigración del Gobierno. La ley prevé un período de recuperación y reflexión de 60 días en el Estado para los adultos que se sospecha que han sido víctimas de trata y necesitan un permiso de inmigración, así como la concesión de un período renovable de residencia de seis meses para que dicha presunta víctima pueda seguir ayudando a la Garda Síochána o a otras autoridades pertinentes a llevar a cabo cualquier investigación o procesamiento que pudieran surgir en relación con la presunta trata. Estas disposiciones actualmente se aplican por vía administrativa y, en el caso de una persona menor de 18 años identificada como presunta víctima de trata, establecen que pueda concederse un período de recuperación y reflexión superior a 60 días. Al determinar la duración de ese período, deberá tenerse en cuenta si el niño está custodiado por la HSE o si son los padres o el tutor legal quienes se hacen cargo de él, así como la condición de sus padres o su tutor legal en el país.

Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a un procedimiento de comunicaciones

208.El tercer Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño prevé un procedimiento de comunicaciones que se incorporará a la Convención. El Protocolo Facultativo complementará el proceso de presentación de informes del Estado de conformidad con la Convención.

209.El Protocolo aborda una esfera de política cuya responsabilidad primordial corresponde a la Ministra de Asuntos de la Infancia y la Juventud. Así, el DCYA coordinará el examen del Protocolo por los departamentos y organismos competentes del Gobierno y formulará recomendaciones respecto de si Irlanda debería ser parte en él. En el contexto del proceso de redacción del presente informe, el DCYA ha señalado a la atención de todos los departamentos gubernamentales la introducción del Protocolo. Si se llega a la conclusión de que el Estado debería ser parte en él, a su debido tiempo el DCYA preparará un escrito dirigido al Gobierno solicitando su aprobación para disponer su firma, sujeta a ratificación, en nombre de Irlanda. Esto se hará en cooperación con el Departamento de Relaciones Exteriores y Comercio. A fin de facilitar el examen detenido de un nuevo Protocolo Facultativo por todos los departamentos gubernamentales pertinentes, la Ministra de Asuntos de la Infancia y la Juventud formulará una recomendación a su debido tiempo.

Actualizaciones de la legislación nacional

210.Aparte de las disposiciones legislativas detalladas en los informes anteriores y las que se señalan más arriba, a partir de 2006 se han producido las siguientes modificaciones legislativas que fortalecen y protegen más los derechos del niño en la legislación irlandesa:

La Ley de Derecho Penal (Delitos sexuales) de 2006 entró en vigor en junio de 2006. En ella se actualizan las disposiciones existentes en el derecho penal irlandés relativas a la protección de los niños menores de 17 años contra el abuso y la explotación sexuales. La ley dispone, entre otras cosas, una pena máxima más elevada para la desfloración de una niña de 15 o 16 años de edad cuando el autor del delito sea una persona con autoridad sobre la menor.

La Ley de Derecho Penal (Delitos sexuales), (enmendada), de 2007 incrementa las penas previstas en la Ley de 2006 para los delitos en grado de tentativa y actualiza la pena impuesta al delito de organizar un encuentro o viaje con la intención de tener una cita con un niño con fines de explotación sexual.

La Ley de Atención a la Infancia (enmendada) de 2007 modifica la Ley de Atención a la Infancia de 1991, así como la Ley del Niño de 2001. Su finalidad primordial es establecer que un padre adoptivo o un familiar que durante un período de tiempo continuado de cinco años hayan tenido a su cargo a un niño asignado por la HSE, puedan solicitar un mandato judicial por el que gocen de mayor autonomía con respecto al cuidado del niño. La Ley de 2007 enmienda el artículo 77 de la Ley del Niño de 2001 en relación con las Conferencias sobre el bienestar familiar y el artículo 29 de la Ley de Atención a la Infancia de 1991, en virtud del cual las actuaciones procesales relativas al cuidado de los niños deben celebrarse en privado, con una disposición que permite a personas determinadas informar de dichas actuaciones en circunstancias particulares.

La Ley de Salud de 2007 estableció sobre una base jurídica la Inspección de Servicios Sociales (SSI) como la Oficina del Inspector Jefe de los Servicios Sociales, perteneciente a la Dirección de Información y Calidad de los Servicios de Salud (HIQA), conforme a las observaciones finales del Comité de las Naciones Unidas sobre el segundo informe periódico de Irlanda (NCO, 2005a). La SSI lleva a cabo inspecciones de los servicios reglamentarios de asistencia residencial infantil (es decir, los servicios dirigidos por la HSE, antiguamente los consejos de salud), con arreglo a las facultades legales previstas en el artículo 69 de la Ley de Atención a la Infancia de 1991.

La Ley de Adopción de 2010 incorpora las disposiciones del Convenio de La Haya. Tiene por objeto proporcionar un marco para velar por que se sigan los procedimientos adecuados y por que todas las adopciones se efectúen en el interés superior del niño. Además, confiere fuerza de ley al Convenio de La Haya relativo a la Protección del Niño y a la Cooperación en materia de Adopción Internacional, que entró en vigor en Irlanda el 1 de noviembre de 2010.

La Ley de Procedimiento Penal de 2010 modifica la ley relativa a las pruebas de las consecuencias sobre las víctimas e incluye una disposición especial sobre los niños víctimas de delitos. Sus disposiciones especiales permiten que cualquier niño que desee prestar testimonio ante el tribunal acerca de las repercusiones del delito generalmente pueda hacerlo a través de una conexión de televisión en directo. En el caso de un niño menor de 14 años, tanto él como sus padres o el tutor pueden prestar declaración ante el tribunal.

La Ley de Atención a la Infancia (enmendada) de 2011 establece un marco reglamentario que permite al Tribunal Superior abordar los casos de atención especial sin tener que recurrir a su jurisdicción inherente. La ley aprueba el registro e inspección de las unidades de atención especial por la HIQA.

La Ley de Derecho Penal (Mutilación genital femenina) de 2012 tipifica como delito retirar del país a una niña con objeto de practicarle la mutilación genital femenina, permite enjuiciar a cualquier persona que realice esa práctica en otra jurisdicción en que sea ilegal en una mujer o niña con residencia habitual en Irlanda, suprime el argumento del consentimiento o hábito cultural como defensa, hace explícitamente referencia a la mutilación genital femenina como una violación de los derechos humanos y una forma de violencia de género, protege a los profesionales de la salud al definir claramente lo que constituye y lo que no constituye esa práctica, y brinda protección a las víctimas durante los procedimientos judiciales.

La L ey de Derecho Penal (Ocultación de información sobre delitos contra niños y adultos vulnerables) de 2012 tipifica como delito el hecho de no revelar información a la Garda Síochána en los casos en que se haya cometido un delito grave contra un niño o un adulto vulnerable. La ley amplía explícitamente la protección a los niños y otras personas vulnerables, una medida que ya existía en la legislación irlandesa desde la aprobación de la Ley sobre los Delitos contra la Seguridad del Estado (enmendada) de 1998.

La Ley relativa a la Oficina Nacional de Investigación de Antecedentes (Niños y personas vulnerables ) de 2012 establece sobre una base jurídica el uso por la Garda de los antecedentes penales en la investigación de las personas que postulan por un puesto de trabajo con niños o adultos vulnerables. La ley también prevé el uso de información "blanda" en dicha investigación: se trata de una información distinta de los antecedentes penales que lleva a considerar de buena fe que una persona constituye una amenaza para los niños o las personas vulnerables.

211.Además, actualmente el Gobierno avanza en consonancia con el proceso legislativo y ha publicado el siguiente proyecto de ley:

Proyecto de ley "Los niños ante todo" de 2013: Se publicaron las líneas generales y las principales áreas abordadas por ese proyecto de ley, que fueron remitidas al Comité de Asuntos de Salud y de la Infancia del Oireachtas para su examen. La finalidad del proyecto de ley es velar por que las obligaciones previstas en "Los niños ante todo: directrices de protección y bienestar del niño" (DCYA, 2011) operen conjuntamente con las obligaciones establecidas en dicho proyecto. Tras la promulgación de la ley, los principios y directrices establecidos en "Los niños ante todo" seguirán aplicándose y habrá de tenerse debidamente en cuenta esta iniciativa. El Comité de Asuntos de Salud y la Juventud inició un proceso de consulta con organizaciones y personas que trabajan en el ámbito de la infancia, y el 5 de julio de 2012 presentó un informe exhaustivo a este respecto. Antes de proceder a redactar el proyecto de ley, el Departamento de Asuntos de la Infancia y la Juventud está estudiando importantes cuestiones de orden político, operativo y jurídico surgidas en los debates en el seno del Comité del Oireachtas en el contexto del ulterior desarrollo de las líneas generales y las principales áreas abordadas en dicho proyecto de ley.

Iniciativas de política nacional

212.Desde 2006, se han formulado diversas iniciativas de política nacional, entre las que se incluyen las siguientes:

Hacia 2016: Acuerdo marco para una alianza social de diez años, 2006-2016 (Departamento del An Taoiseach, 2007);

Agenda de los Servicios para la Infancia: Un manual de política (OMC, 2007a);

Plan de Acción Nacional para la Inclusión Social, 2007-2016: Construir una sociedad integradora (Gobierno de Irlanda, 2007);

Informe de la Comisión de Investigación sobre Malos Tratos a los Niños: Plan de ejecución (OMCYA, 2009);

Estrategia de Educación Intercultural, 2010-2015 (Departamento de Educación y Formación Profesional y Oficina del Ministro de Integración, 2010);

Foro sobre Patrocinio y Pluralismo en el Sector de la Enseñanza Primaria (Coolahan et al., 2012);

Lectoescritura y aritmética básica para el aprendizaje y para la vida: la Estrategia nacional para mejorar la lectoescritura y la aritmética básica entre los niños y jóvenes, 2011-2020 (Departamento de Educación y Formación Profesional, 2011a);

Estrategia nacional de investigación y estadísticas sobre la vida de los niños, 2011‑2016 (DCYA, 2011a);

Orientaciones para ejecutar proyectos de investigación éticos sobre los niños (DCYA, 2012b);

Normas nacionales para la protección y el bienestar del niño (HIQA, 2012a).

213.En las secciones pertinentes del presente informe se exponen el contenido y los resultados de estas y otras iniciativas de política.

B.Medidas encaminadas a adoptar y aplicar una estrategia nacional integral en favor de la infancia en el marco de la Convención

214.La Estrategia Nacional para la Infancia, 2000-2010: Nuestros niños – Sus vidas es una estrategia gubernamental resultado de un amplio proceso de consultas con padres, niños, organismos oficiales y ONG que trabajan con niños, y basada en la Convención sobre los Derechos del Niño. El principal objetivo que perseguía era proporcionar un plan para mejorar la vida de los niños, en particular los desfavorecidos o los que tienen necesidades especiales. La Estrategia se aplicó durante un período de diez años.

215.Actualmente el DCYA está preparando una nueva estrategia, denominada Marco Nacional de Política sobre la Infancia y la Juventud, que se propone impulsar los objetivos de la primera Estrategia Nacional para la Infancia de Irlanda, es decir, asegurar: 1) que los niños tengan voz en las cuestiones que los afectan; 2) que se comprendan mejor sus vidas; y 3) que reciban apoyo y servicios de calidad para promover todos los aspectos de su desarrollo. El nuevo marco de política proporcionará un enfoque continuo a lo largo de toda la infancia a los responsables de formular las políticas. Se pretende que sea el marco general para el futuro desarrollo de políticas y servicios oportunos en todos los ámbitos gubernamentales destinadas a mejorar los resultados para la infancia y la juventud. El nuevo marco incluirá a los niños y jóvenes menores de 25 años de edad. Esto es coherente con la responsabilidad legislativa del Departamento, que comprende a los niños y jóvenes de este grupo de edad.

216.El futuro Marco Nacional de Política sobre la Infancia y la Juventud se está elaborando de un modo holístico para abarcar la secuencia continua de la vida —desde la infancia, pasando por la primera y mediana infancia, hasta la adolescencia y el inicio de la edad adulta—, conforme a las responsabilidades del Departamento relacionadas con los niños y jóvenes. El Marco de política de alto nivel facilitará la preparación de algunas estrategias más detalladas relacionadas con la edad, incluidas una estrategia para los primeros años de vida, una estrategia para la juventud y otra estrategia que abordará la mediana infancia.

217.La participación de los niños ha tenido una importancia fundamental en la elaboración del nuevo Marco Nacional de Política sobre la Infancia y la Juventud (véanse los párrafos 247 y 248).

C.Coordinación de la aplicación de la Convención y de sus Protocolos Facultativos

218.La coordinación de la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas y de sus Protocolos Facultativos corresponde al DCYA. El DCYA fue establecido en junio de 2011, basándose en la anterior Oficina del Ministro de Asuntos de la Infancia y la Juventud (OMCYA). El DCYA agrupa una serie de funciones que hasta entonces eran responsabilidad de los Ministros de Salud, de Educación y Formación Profesional, y de Justicia e Igualdad, así como del antiguo Departamento de Asuntos Comunitarios, Rurales y Expresión Gaélica. Reúne diversas esferas fundamentales de las políticas y disposiciones relativas a los niños y jóvenes, incluida la OMCYA, y se encarga de supervisar la Junta Nacional de Bienestar Social para la Educación, la Agencia de Apoyo a la Familia, la Autoridad de Adopción de Irlanda y los reformatorios para menores (gestionados por el Servicio de Justicia juvenil de Irlanda).

219.El mandato del DCYA abarca una amplia gama de actividades de política y servicio, directas e indirectas, destinadas a los niños y jóvenes de Irlanda. Esas actividades se detallan en las pertinentes secciones del presente informe. El DCYA tiene un mandato complejo constituido por los siguientes apartados independientes pero interrelacionados:

La prestación de una serie de servicios universales y específicos;

La vigilancia y supervisión de un sistema de prestación de servicios;

La formulación de leyes y políticas que aseguren la instauración de mecanismos de alta calidad para intervenciones orientadas al bienestar y protección de los niños, el apoyo a la familia, la adopción, la asistencia escolar y la reducción de la delincuencia infantil;

La armonización de las políticas y disposiciones entre los departamentos gubernamentales, con una amplia gama de interesados directos, para mejorar los resultados de los niños, los jóvenes y las familias.

220.El actual Programa de Gobierno 2011-2016 establece diversas prioridades de alto nivel relacionadas con los niños que actualmente son competencia del DCYA. Entre esas prioridades figuran las siguientes:

Celebración de un referendo constitucional en relación con los derechos del niño con arreglo a la Constitución;

Establecimiento oficial de la Agencia de Asuntos de la Infancia y la Familia (CFA), fundamentalmente con miras a reformar la prestación de servicios de protección de la infancia y eliminar la responsabilidad de la HSE de facilitar dichos servicios;

Aplicación de las recomendaciones que figuran en el Report of the Commission to Inquire into Child Abuse 2009 (Informe de la Comisión de Investigación sobre Malos Tratos a los Niños, 2009) (denominado Informe Ryan), incluidos el establecimiento con fuerza de ley de Children First: National Guidance y la formulación de leyes para el uso de información "blanda";

Mantenimiento del año de preescolar gratuito en el marco del programa Atención y Educación en la Primera Infancia (ECCE) y mejora de su calidad dentro de los medios disponibles;

Promulgación de leyes para consolidar y reformar las existentes en materia de adopción;

Impulso de un programa de educación de la primera infancia orientado a los niños desfavorecidos, aprovechando los mecanismos existentes de apoyo preescolar específicos para las familias más necesitadas de ayuda;

Eliminación de la práctica de enviar niños a la St. Patrick's Institution.

221.En las secciones pertinentes del presente informe se reseñarán los progresos realizados en las mencionadas prioridades.

222.Originalmente, el Grupo Nacional de Aplicación de la Estrategia para la Infancia (NCSIG) conforme a Towards 2016, el acuerdo nacional de asociación social para 2006‑2016. Este grupo de alto nivel está presidido por el DCYA, y tiene por objeto velar por que los niños, los jóvenes y sus familias reciban el apoyo y los servicios que necesitan con miras a construir un futuro mejor para sus hijos, mediante la cooperación de todos los organismos y organizaciones locales, y por que se evite la duplicación de esfuerzos, se brinde apoyo a una colaboración equilibrada en el suministro de servicios y se ofrezcan oportunidades para que los organismos identifiquen las desigualdades en ocasiones causadas por dichos organismos o por los límites del servicio. Se está desarrollando el modelo de prestación de servicios integrados por medio del establecimiento gradual de los Comités de Servicios para la Infancia (véase el párrafo 217).

223.El Mid-Term Review of the National Children's Strategy (Examen de mitad de período de la Estrategia Nacional para la Infancia) (Peyton y Wilson, 2006) puso de relieve que se habían realizado claros progresos en ámbitos con, entre otros factores, una buena coordinación interdepartamental e interinstitucional. No obstante, en el examen se señaló que persistían los problemas en las cuestiones relacionadas con la coordinación, incluida la falta de control de los recursos presupuestarios del Estado en esferas abarcadas por la Estrategia. La mayor centralización de los servicios, políticas y programas destinados a la infancia con arreglo al recién creado DCYA ha permitido abordar algunos de esos problemas.

224.El compromiso de establecer una nueva Agencia de Asuntos de la Infancia y la Familia (CFA) es un aspecto fundamental de la reforma gubernamental de los servicios para la infancia y la familia. La creación de esa agencia, que estará respaldada por la legislación e incorporará servicios fundamentales para la infancia y la familia, ayudará a centrar las significativas reformas que están en curso. Este programa de reforma contiene diversos elementos de suma importancia:

Continuación de los importantes cambios culturales necesarios para la prestación de servicios centrados en la infancia, transparentes, profesionales y responsables para los niños y sus familias;

Aplicación de mecanismos coherentes de protección de la infancia en consonancia con las directrices nacionales tituladas Children First: National Guidance for the Protection and Welfare of Children, revisadas en 2011;

Prosecución de las reformas necesarias para prestar unos servicios más seguros, fiables y eficaces para los niños acogidos en instituciones;

Continuación de la aplicación de las recomendaciones del Informe de la Comisión de Investigación sobre Malos Tratos a los Niños 2009 (Informe Ryan); y

Impulso del desarrollo de la fuerza laboral y de una mayor colaboración con la comunidad y el sector del voluntariado.

225.El DCYA y la HSE están realizando una extensa labor para establecer la CFA. El Report of the Task Force on the Child and Family Support Agency (Informe del Grupo de Trabajo sobre la Agencia de Asuntos de la Infancia y la Familia), publicado en julio de 2012, informará la formulación de leyes para crear dicha agencia (DCYA, 2012b).

Estructuras locales

226.A partir de 2007, el DCYA estableció de forma gradual los CSC, que en la actualidad suman 16. Los CSC proporcionan una estructura para reunir a un grupo diverso de los principales organismos en zonas de condados locales a fin de participar en la planificación conjunta de los servicios para la infancia. Las principales organizaciones y organismos que trabajan localmente para los niños y jóvenes están representadas en los CSC, que en su mayoría también están compuestas por miembros del sector de las ONG. Los CSC se encargan de mejorar la vida de los niños y sus familias en los ámbitos local y comunitario por medio de la planificación el trabajo y la prestación de servicios integrados. Su objetivo general es asegurar la obtención de mejores resultados de desarrollo para los niños. El Centro de Desarrollo de Servicios Eficaces (CES) ha colaborado con el DCYA para respaldar el desarrollo y funcionamiento de los CSC. El CES ha encargado y publicado un examen de las prácticas óptimas internacionales en el trabajo interinstitucional dirigido a alcanzar mejores resultados para los niños (CES, 2011). Asimismo, ha obtenido resultados positivos en las primeras fases experimentales de los CSC (CES, 2010).

D.Asignaciones presupuestarias para la aplicación de la Convención y de sus Protocolos Facultativos

227.Habida cuenta de la compleja naturaleza intersectorial de los problemas que afectan la vida de los niños, en la actualidad no existe ninguna partida presupuestaria destinada específicamente a esta esfera. En lugar de ello, cada departamento y organismo gubernamental que se ocupa de la infancia (en los ámbitos de la educación, la salud, etc.) mantiene y gestiona su propio presupuesto e informa sobre los gastos efectuados. En el cuadro 2 se presentan las asignaciones de recursos destinadas a los diversos servicios y programas administrados por el DCYA en 2011 y 2012.

Cuadro 2

Asignaciones de recursos al DCYA, 2011-2012

Cifras provisionales (en miles de euros), 2011

Gastos programáticos

Cifras estimadas (en miles de euros), 2012

Corriente

Capital

Total

Corriente

Capital

Total

85 227

-

85 227

A. Programas de apoyo a la infancia y la familia

86 009

350

86 359

305 709

10 292

316 001

B. Programas sectoriales para los niños y jóvenes

311 927

8 000

319 927

17 935

-

17 935

C. Programas de políticas y legislativos

20 694

-

20 694

408 871

10 292

419 163

Total bruto

418 630

8 350

426 980

5 676

-

5 676

Menos consignaciones para ayuda

12 223

-

12 223

403 195

10 292

413 487

Total neto

406 407

8 350

414 757

228.Como consecuencia de la reciente recesión experimentada por Irlanda, particularmente desde 2009, los presupuestos de prácticamente todos los departamentos y organismos estatales se han reducido. No obstante, el presupuesto del DCYA se ha mantenido relativamente estable, con una asignación de 419 millones de euros en 2011 y de 427 millones de euros en 2012. El aumento de la financiación refleja determinadas prioridades fundamentales y costos debidos a la presión demográfica. La asignación presupuestaria estimada al Departamento de Educación y Formación Profesional para la enseñanza primaria y secundaria (gastos corrientes y de capital) descendió ligeramente, de 6.730 millones de euros en 2009 a 6.480 millones de euros en 2010 y 6.350 millones de euros en 2011.

E.Asistencia y ayuda internacionales para el desarrollo relacionadas con la Convención

229.Los principios de la Convención de las Naciones Unidas están reflejados en los programas bilaterales y multilaterales de Irlanda. En 2010, Irlanda proporcionó 675 millones de euros a la asistencia oficial para el desarrollo.

230.Irlanda contribuye a las principales organizaciones multilaterales que brindan asistencia a los niños, incluidos el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), La Organización Mundial de la Salud (OMS), el Fondo de Población de las Naciones (UNFPA), la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones para los Refugiados (ACNUR), la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), El Programa Mundial de Alimentos (PMA) y el Banco Mundial.

231.El desarrollo de los otros países forma parte integral de la política exterior de Irlanda. El programa de ayuda del Gobierno, Ayuda Irlandesa, está dirigido por el Departamento de Relaciones Exteriores y Comercio. Su principal objetivo es la reducción de la pobreza, a fin de disminuir la vulnerabilidad y aumentar las oportunidades. Un pilar del programa es la lucha contra el hambre mundial, particularmente orientada a las mujeres y los niños, y su trabajo se concentra fundamentalmente en los países más pobres de África Subsahariana. Ayuda Irlandesa concede suma importancia a la igualdad de género y procura contribuir al logro de la igualdad entre los hombres y las mujeres, los niños y las niñas. A este respecto, se propone asegurar el acceso de los niños y las niñas en condiciones de igualdad a la salud y la educación. Otra importante prioridad es prevenir la violencia de género y darle respuesta, incluido convertir la escuela en un lugar de aprendizaje seguro para todos los niños.

232.El segundo Objetivo de Desarrollo del Milenio exhorta a alcanzar la educación primaria universal. El acceso a la educación y la mejora de su calidad siguen siendo prioritarios para el programa Ayuda Irlandesa. Si se pretenden alcanzar los beneficios para mejorar la vida resultantes de la educación, hay que mejorar la calidad de la educación. En Irlanda, el principal objetivo de las actividades de apoyo a la educación en el marco del programa de cooperación para el desarrollo consiste en esforzarse por lograr que los niños más marginados asistan a la escuela y por mejorar la calidad de la educación.

233.El apoyo al segundo Objetivo de Desarrollo del Milenio ha influido considerablemente en la evolución de la política irlandesa de cooperación para el desarrollo en el sector de la educación desde el comienzo del milenio. Se sigue considerando importante la enseñanza básica, pero también que otros subsectores son vitales para lograrlo. Más del 50% del gasto de Irlanda en educación se desembolsa directamente a los países subsaharianos donde se ejecutan programas para fortalecer los sistemas nacionales de educación. La Alianza Mundial para la Educación también es un importante asociado para Irlanda en su respuesta al desafío internacional en materia de educación. El foco de interés de la Alianza en la educación de las niñas, en el contexto de los Estados frágiles, y len a mejora de la calidad de la enseñanza coincide en gran parte con el de Irlanda. El país también respalda al UNICEF, que tiene una importante experiencia en la educación en los Estados frágiles y en proporcionar apoyo técnico de primera necesidad para abordar los obstáculos relativos a la enseñanza.

234.La salud y la nutrición infantil siguen siendo cuestiones muy prioritarias en el programa internacional de desarrollo del Gobierno irlandés. Desde 2005, hemos sido testigos de notorias reducciones en la mortalidad infantil en los países en desarrollo, y cabe decir que Irlanda ha contribuido de forma importante a estas mejoras. Asimismo, en numerosos países africanos ha ayudado a reducir las defunciones infantiles por paludismo y sida apoyando la labor del Fondo Mundial de Lucha contra el Sida, la Tuberculosis y la Malaria.

235.El foco de atención de Irlanda en proporcionar apoyo al sector de la salud de los países pone énfasis en fortalecer los sistemas, la implicación nacional y el liderazgo de los propios países. Como resultado, han mejorado la prestación de servicios y el acceso a los servicios básicos para los niños y sus madres.

236.Una buena nutrición durante los mil días que transcurren entre el embarazo y el segundo aniversario del niño contribuye a una buena salud, reduce la mortalidad infantil y ayuda a obtener buenos resultados educativos. A fin de poner de relieve este aspecto anteriormente descuidado a nivel mundial, Irlanda y los Estados Unidos de América organizaron la celebración del acto de alto nivel "1.000 días: cambiar una vida, cambiar el futuro" durante la Cumbre de las Naciones Unidas sobre los Objetivos de Desarrollo del Milenio, el 21 de septiembre de 2010. Esta reunión constituyó un hito significativo, pues de ella nació un nuevo movimiento mundial, la Iniciativa SUN para el Fomento de la Nutrición, en que los gobiernos, otros organismos donantes, organizaciones de las Naciones Unidas, la sociedad civil y los sectores académico y empresarial se comprometieron a colaborar para fomentar sustancialmente la nutrición. Esencialmente, se alcanzó un acuerdo para dar a conocer los resultados alcanzados en los países con la mayor carga de desnutrición infantil en un plazo de mil días, o sea, en junio de 2013. Irlanda sigue predicando con el ejemplo en la Iniciativa SUN asignando fondos para nuevos programas que integran las intervenciones centradas en la nutrición en todos los sectores, incluida la aplicación de un conjunto de medidas esenciales en materia de nutrición en los sistemas nacionales de salud.

237.Irlanda participa activamente en la lucha contra el sida, en particular en África Subsahariana, donde se encuentra el epicentro de la epidemia. Para alcanzar el objetivo declarado de Irlanda de reducir la pobreza y fomentar el desarrollo humano, es primordial abordar el VIH/SIDA. Los niños afectados por el VIH y el sida siguen siendo una prioridad explícita para Ayuda Irlandesa. Irlanda reconoce que a este respecto es crucial un medio favorable, con especial atención a los hogares y las redes de protección social culturalmente apropiadas. La escuela y la educación protegen a los niños contra el VIH, y en este sentido la iniciativa Educación para Todos, que para Ayuda Irlandesa es otra prioridad explícita de política, constituye un elemento fundamental de una respuesta integral a la prevención del VIH. La prevención de la transmisión maternoinfantil del VIH es una intervención de eficacia comprobada y rentable que, al igual que la atención de seguimiento y el tratamiento cuando son necesarios, recibe el respaldo de Irlanda a través de las organizaciones de las Naciones Unidas, el Fondo Mundial y la Fundación Clinton. Ayuda Irlandesa pone énfasis en la necesidad de conceder mayor atención a una prevención eficaz y de fomentarla mediante un programa amplio y equilibrado. Una nutrición adecuada para las madres con el VIH es fundamental, no solo para los resultados positivos del embarazo, sino también para reducir la transmisión maternoinfantil del VIH. Con este fin, Irlanda fomenta la nutrición para las mujeres embarazadas y las madres lactantes con el VIH.

238.Actualmente, el compromiso financiero de Irlanda para apoyar la lucha contra el VIH, el sida y otras enfermedades transmisibles asciende a cerca de 100 millones de euros, de los que las inversiones destinadas a los niños superan el 20%, de modo que se da cumplimiento a la promesa realizada por el país en la Asamblea General de las Naciones Unidas de 2006.

239.El apoyo de Irlanda a la sociedad civil incorpora un componente de salud infantil. Los asociados de la sociedad civil, como Concern Worldwide y Visión Mundial, llevan a cabo intervenciones en materia de salud y nutrición para mejorar la salud maternoinfantil, y al mismo tiempo centran su labor en fomentar la implicación de la comunidad y fortalecer los sistemas locales de salud. Durante el período 2012-2015, Ayuda Irlandesa sigue concentrando sus esfuerzos en las cuestiones transversales de la igualdad de género, la buena gobernanza, el VIH y el sida y la sostenibilidad ambiental mediante los fondos que destina a las organizaciones de la sociedad.

F.Instituciones nacionales de derechos humanos

240.La Defensoría del Niño (OCO) se creó en 2004 en virtud de la Ley del Defensor del Niño de 2002, con el propósito de promover y vigilar el cumplimiento de los derechos del niño en Irlanda. El Defensor del Niño fue designado por el Presidente del país a propuesta del Oireachtas (Parlamento) y rinde cuentas directamente al Oireachtas.

241.La OCO desempeña oficialmente las tres siguientes funciones principales:

Quejas e investigaciones: La OCO puede investigar las actuaciones de organismos públicos después de recibir una queja o por propia iniciativa cuando parezca que dichas actuaciones puedan afectar o hayan afectado negativamente a un niño, y cuando esas actuaciones sean consecuencia o puedan haber sido consecuencia de mala administración. Desde su creación, la OCO ha resuelto más de 6.000 quejas relacionadas con actuaciones administrativas de organismos públicos y con frecuencia ha asesorado al Gobierno en la formulación de leyes importantes relativas a los derechos y el bienestar del niño. Recientemente el mandato de la OCO se ha ampliado para incluir la investigación de quejas en relación con los menores de 17 años internados en la St. Patrick's Institution, hasta que conforme a los planes del Gobierno se ponga fin a dicha práctica de internamiento de niños (véanse los párrafos 704 a 708).

Políticas y legislación: La OCO puede asesorar al Gobierno y el Oireachtas sobre cualquier cuestión relacionada con los derechos y el bienestar del niño, incluidos la aplicación de leyes en vigor o el examen de leyes en estudio que lo afecten. Asimismo, puede prestar asesoramiento a los organismos públicos en cuanto a la adopción de políticas, prácticas y procedimientos destinados a promover los derechos y el bienestar del niño.

Participación y educación: La OCO tiene el deber de informar a los ciudadanos, incluidos los niños, sobre las cuestiones relativas a los derechos y el bienestar del niño. Esta información incluye los principios y disposiciones de la Convención sobre los Derechos del Niño. La OCO también tiene la obligación de establecer mecanismos de consulta con los niños y poner de relieve las cuestiones relacionadas con los derechos y el bienestar del niño que son motivo de preocupación para los propios niños. El Defensor del Niño también ha mantenido un contacto directo con los jóvenes por medio de proyectos de participación dirigidos a identificar cuestiones que preocupan a grupos particulares, incluidos los niños separados de sus padres o tutores que solicitan asilo, los que están internados y los que no tienen hogar. Además, la OCO lleva a cabo un programa de talleres sobre derechos humanos para escuelas y grupos juveniles, y desde su creación a través él ha establecido contacto con miles de niños.

242.La Comisión de Derechos Humanos fue establecida en 2001 para promover, proteger y aplicar los derechos humanos y para crear e impulsar una cultura de derechos humanos en Irlanda. La Comisión colabora con la labor del Defensor del Niño y lo apoya (véase más arriba), ha actuado en calidad de amicus curiae (amigo del tribunal) y ha brindado asistencia jurídica en casos judiciales relacionados con los derechos del niño. Asimismo, ha asesorado al Gobierno y los organismos públicos con respecto a diversas cuestiones relativas a los niños, como la matriculación escolar, la religión y la educación.

243.Entre las funciones del Organismo de la Igualdad figuran avanzar hacia la eliminación de la discriminación ilícita, promover la igualdad de oportunidades y proporcionar información sobre las leyes relativas a la igualdad al público. Sus recientes trabajos incluyen, entre otros, un conjunto de recursos para la identificación de estereotipos de y sobre los jóvenes y para luchar contra ellos, destinado a los jóvenes y las organizaciones juveniles. El Departamento de Educación y Formación Profesional y los asociados del sector educativo también han hecho considerables progresos en el apoyo a la lucha de las escuelas contra el acoso homofóbico y en el fomento de un entorno seguro y favorable para los estudiantes que son lesbianas, homosexuales y bisexuales. Con carácter más general, en 2010 se elaboraron unas directrices para incorporar la igualdad en el programa escolar de la enseñanza secundaria.

244.De conformidad con una decisión del Gobierno adoptada en 2011, los trabajos para fusionar el Organismo de la Igualdad y la Comisión de Derechos Humanos se encuentran en una fase avanzada. La finalidad de este cambio es promover los derechos humanos y las cuestiones relativas a la igualdad de un modo más eficaz, eficiente y coherente.

245.Habida cuenta de las actuales presiones financieras sobre las arcas públicas, la asignación de 4.409 millones de euros en el presupuesto de 2013 para la nueva Comisión Irlandesa de Derechos Humanos e Igualdad es un importante logro. Este nivel de financiación mantiene el nivel combinado de 2012 de los fondos públicos para subvenciones de ambos organismos y pone de manifiesto el firme compromiso del Gobierno con el fortalecimiento de nuestro marco institucional para la promoción y protección de los derechos humanos y la igualdad. Dentro de las operaciones de fusión de la Comisión de Derechos Humanos y el Organismo de la Igualdad, en que se reunirá e integrará a dos distintos equipos de personal, la nueva Comisión llevará a cabo, como tarea prioritaria, un examen de las necesidades de dotación de personal y un estudio de viabilidad para cubrir cualquier puesto adicional indispensable. Se reconoce que esto tendrá implicaciones financieras, pero incluso en la actual coyuntura extremadamente difícil se examinará de la forma más favorable posible.

G.Difusión de información sobre la Convención (niños y adultos)

246.La Estrategia Nacional para la Infancia se basó en un amplio proceso de consulta con niños, se difundió considerablemente y dio lugar al establecimiento de diversos mecanismos orientados a mejorar la participación de los niños y fomentar el conocimiento de sus derechos. Esos mecanismos se describen con más detalle en el capítulo III.

247.El futuro Marco Nacional de Política sobre la Infancia y la Juventud también se basa en amplias consultas con niños. Para la DCYA ha resultado prioritario recabar las opiniones de los niños y jóvenes con miras a informar la elaboración del Marco. En octubre de 2010, la Unidad de Participación de la DCYA estableció un comité de supervisión (compuesto por la Unidad de Investigaciones de la DCYA, los administradores de las Redes de Directores de Enseñanza Primaria y Secundaria, el coordinador del Consejo de Estudiantes (nivel secundario), maestros de enseñanza primaria y secundaria, niños y jóvenes del Foro de Niños y Jóvenes de la DCYA y otros destacados interesados directos) para seguir el proceso de consultas con niños organizado para informar el nuevo Marco de Políticas.

248.En abril de 2011, se invitó a niños y jóvenes a que rellenaran unos cuestionarios que se distribuyeron en todas las escuelas primarias y secundarias, hospitales, escuelas especiales y centros de la organización Youthreach de todo el país. Las preguntas formuladas a los alumnos de la escuela primaria fueron preparadas por los propios niños en una consulta con menores de 7 a 12 años organizada por la DCYA. Las preguntas dirigidas a los alumnos de la escuela secundaria fueron redactadas por jóvenes que participaron en el Foro de Niños y Jóvenes organizado por la DCYA.

249.Los cuestionarios fueron respondidos por un total de 1.594 escuelas y 67.000 alumnos, de manera que hasta la fecha se trata del mayor ejercicio de consulta con niños ha sido el mayor en su género. En noviembre de 2012 se publicó un informe sobre la consulta (DCYA, 2012c).

250.Además de la consulta con niños, la DCYA ha invitado al público a presentar observaciones sobre el nuevo Marco de Políticas. Respondiendo a este llamado, se han recibido más de mil comunicaciones que actualmente están siendo examinadas por la DCYA.

251.El anterior y la actual Ministra de Asuntos de la Infancia y la Juventud han llevado a cabo diversas consultas sobre diferentes cuestiones con niños. Sus resultados se han dado a conocer en informes que ponen de relieve los derechos y las experiencias de los niños. A continuación se presentan los informes publicados desde 2006 (véase el cuadro 3).

Cuadro 3

Consultas con niños y subsiguientes publicaciones

Título y año de publicación del informe

Descripción

Informe sobre las consultas con adolescentes acerca de cuestiones que estudiará la Ministra de Asuntos de la Infancia al examinar la edad de consentimiento para la actividad sexual (2006)

La Oficina del Ministro de Asuntos de la Infancia entrevistó a 210 jóvenes de 15 a 18 años en cinco lugares del país.

Cómo lo vemos (2006)

Un informe sobre las opiniones de los niños y jóvenes acerca de la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño en Irlanda.

Dar voz a los jóvenes: los consejos de estudiantes en las escuelas (2007)

Promoción de los derechos de los niños y jóvenes dándoles voz en las cuestiones que afectan sus vidas, conforme a la Convención sobre los Derechos del Niño y la Estrategia Nacional para la Infancia.

Opiniones de los adolescentes sobre las soluciones al abuso de alcohol: informe sobre una consulta nacional (2008)

Presenta las opiniones de 257 adolescentes de 12 a 18 años sobre las medidas para abordar el abuso de alcohol en los jóvenes.

Informe de evaluación sobre el Programa de Inclusión de la Oficina del Ministro de Asuntos de la Infancia y la Juventud (2009)

Evaluación del Programa de Inclusión, que respalda organizaciones que representan o apoyan a jóvenes considerados "marginados" o "de difícil acceso", para alentarlos a implicarse en los mecanismos y procesos de participación infantil/juvenil.

Informe de evaluación sobre el Fondo de Desarrollo de los Comhairle na nÓg (Consejos  Juveni les locales) para los años 2007 ‑ 2008, 2008 ‑ 2009 y 2009-2010

Presenta los resultados de una evaluación independiente de los tres primeros años del Fondo de Desarrollo.

Salud mental del adolescente: ¿ qué ayuda y qué perjudica? Un informe sobre consultas con adolescentes (2009)

Expone las opiniones de 277 adolescentes de 12 a 18 años que participaron en consultas durante octubre de 2008.

La preparación para la vida es importante, no es simplemente una idea: Un estudio sobre la implantación de las asignaturas de educación social, personal y sanitaria y de educación sobre las relaciones y la sexualidad en las escuelas secundarias (2010)

Se trata del primer estudio irlandés sobre estas cuestiones llevado a cabo por homólogos, y expone cómo perciben los jóvenes la implantación de ambas asignaturas en las escuelas secundarias. En la encuesta sobre la educación social, personal y sanitaria, participaron 134 estudiantes de 68 escuelas, mientras que en la relativa a la educación sobre las relaciones y la sexualidad fueron 220 estudiantes de 94 escuelas.

Evaluación del trabajo de Consejo del Dáil na nÓg (2010)

Evaluación independiente basada en las opiniones de los miembros del Consejo del Dáil na nÓg y los responsables de políticas.

Reforma del ciclo de secundaria en las escuelas de este nivel: informe sobre una consulta con jóvenes (2011)

Informe sobre una consulta con 88 jóvenes sobre la reforma del ciclo de secundaria, que tuvo lugar en noviembre de 2010, organizada con miembros del Consejo del Dáil na nÓg, la OMCYA y el NCCA.

Escúchennos: un informe sobre las consultas realizadas con niños y jóvenes que están bajo custodia del Estado (2011)

Informe sobre las consultas con 220 niños y jóvenes custodiados por el Estado.

252.En el sitio web de la DCYA (www.dcya.ie) se pueden consultar diversas publicaciones sobre la Convención de las Naciones Unidas. Entre ellas figuran el texto de la Convención, un folleto informativo para los niños, el primer (1996) y segundo (2005) informes de Irlanda al Comité de las Naciones Unidas, y las observaciones finales de este Comité relativas al segundo informe. Además, el segundo informe periódico de Irlanda fue publicado y ampliamente difundido por la Oficina Nacional de la Infancia (NCO, 2005a).

253.En la asignatura de educación social, personal y sanitaria, que forma parte del plan de estudios de la escuela primaria, y la de educación cívica, social y política, ofrecida en las escuelas secundarias, se imparte educación sobre los derechos humanos. En ambas materias se incluye el examen de los derechos individuales y de grupo y las correspondientes responsabilidades. Además, el programa optativo Lift Off (Despegue), desarrollado para alumnos de primaria, proporciona una herramienta específica de promoción de los derechos humanos y material didáctico detallado sobre la Convención de las Naciones Unidas.

254.La formación inicial de los maestros de primaria y secundaria incluye diversos módulos y materias optativas relacionados con la promoción de los derechos humanos. En el nivel primario, se incluyen los siguientes cursos: inclusión, desventaja educativa, educación intercultural, igualdad y diversidad cultural, y justicia social; y en el nivel secundario, los siguientes: igualdad y diversidad, justicia social, multiculturalismo, e inclusión.

255.En abril de 2010, la Garda Síochána publicó un documento exhaustivo de política sobre la investigación de los delitos sexuales, los delitos cometidos contra niños y el bienestar infantil, cuyo propósito era combinar la profesionalidad con la sensibilidad y compasión en la investigación de delitos sexuales. Diversos miembros seleccionados de la Garda recibieron una formación intensiva, tras lo cual se consideró que eran competentes para tratar con todas las víctimas de delitos graves, incluidos los menores de 14 años y las personas con discapacidad intelectual. El número de oficiales de la Garda que se forman viene determinado por el volumen de delitos graves que se cometen en un distrito/división/región de la Garda. Estos entrevistadores especializados están disponibles para esta tarea cuando es necesario, y las entrevistas con menores de 14 años tienen prioridad sobre cualquier otro cometido. Un oficial de la Garda que no sea un entrevistador de víctimas capacitado especialmente para esta tarea solo podrá entrevistar a un menor de 14 años víctima de un delito sexual, o de un delito que comporte el uso de violencia o amenazas de violencia, en circunstancias excepcionales y de emergencia.

H.Difusión de los informes del Estado y las observaciones finales del Comité entre el público general, la sociedad civil, las organizaciones empresariales, los sindicatos, las organizaciones religiosas y otras instancias

256.Los informes periódicos reciben una amplia cobertura en la prensa escrita y los medios de radiodifusión, y están disponibles para todas las ONG pertinentes a través de la Alianza por los Derechos del Niño (CRA). Los informes, juntamente con las copias de las observaciones finales del Comité de las Naciones Unidas, también aparecen publicados en el sitio web de la DCYA (www.dcya.ie) y pueden adquirirse en forma impresa a través de la Oficina de Publicaciones del Gobierno durante un tiempo limitado después de su publicación. Se retira un número limitado de ejemplares para uso de los estudiantes, los investigadores y los académicos de las políticas públicas, y para distribuirlos previa solicitud en las escuelas que ofrecen módulos de educación sobre los derechos humanos.

I.Planes para la divulgación pública del presente informe del Estado y las pertinentes observaciones finales del Comité

257.Como en el caso de los anteriores informes, el informe del Estado y las pertinentes observaciones finales del Comité se divulgaran ampliamente a través de los medios de comunicación, las ONG y los sitios web del Gobierno.

J.Cooperación con las organizaciones de la sociedad civil (incluidas las ONG y las agrupaciones infantiles y juveniles)

258.De conformidad con la Estrategia Nacional para la Infancia, 2000-2010 se establecieron diversos mecanismos para impulsar la participación activa de las ONG y las agrupaciones infantiles y juveniles en la planificación, vigilancia y fomento de avances en materia de derechos humanos en Irlanda.

259.El Consejo Asesor Nacional sobre la Infancia (NCAC) desempeña una función consultiva para la Ministra de Asuntos de la Infancia y la Juventud, y está compuesto por representantes de los organismos públicos, el sector del voluntariado, la comunidad de investigación, los padres y los jóvenes. Su objetivo global es contribuir al desarrollo de una plataforma colaborativa sólida entre los proveedores oficiales y no oficiales de servicios a la infancia, a fin de mejorar los resultados para los niños y jóvenes.

260.La iniciativa Trabajar Juntos por la Infancia, dirigida por la DCYA, tiene por objeto desarrollar y aplicar un modelo de planificación del trabajo insterinstitucional nacional y local, con miras a alcanzar mejores resultados para los niños en materia de desarrollo por medio de la integración más eficaz de las políticas y servicios. El establecimiento de los CSC en todo el país es un elemento fundamental de esta iniciativa (véase el párrafo 217).

261.En los párrafos 310 a 314, se detallan los diversos mecanismos consultivos en los que participan los niños y que les dan voz en distintas iniciativas de política, de adopción de decisiones y de consulta.

262.Durante la preparación del presente informe, la DCYA ha celebrado consultas con la alianza CRA, compuesta por más de cien organizaciones miembros que representan a la mayoría de las organizaciones de Irlanda que se ocupan de los derechos y el bienestar de los niños.

263.En diciembre de 2012, se remitió un borrador del informe a la CRA para que aportara observaciones. Por este motivo, el Grupo de Enlace Interdepartamental, establecido para preparar el proyecto de informe, se reunió con la alianza y sus organizaciones miembros el 28 de enero de 2013. Tras esta reunión, la alianza presentó sus observaciones específicas iniciales el 8 de febrero de 2013, seguidas de la presentación de un ulterior resumen el 25 del mismo mes. En la revisión del informe se tuvieron en cuenta muchos de los cambios propuestos por la CRA. En el apéndice se incluye el resumen íntegro presentado por la alianza.

264.Además, la Ministra de Asuntos de la Infancia y la Juventud y su Departamento celebran consultas con ONG particulares cuando surgen problemas.

II.Definición de "niño"

Disposiciones sobre la edad mínima legal

265.La definición de "niño" y las disposiciones relativas a la edad mínima legal que aparecen en la legislación nacional se abordaron ampliamente en el segundo informe periódico de Irlanda (NCO, 2005a). En el cuadro 4 se resume esta información, que, cuando corresponde, se presenta actualizada.

Cuadro 4

Definición de "niño" y disposiciones relativas a la edad mínima legal

Disposición

Edad

Mayoría de edad

Ley sobre la Mayoría de Edad de 1985: establece la mayoría de edad y la edad a la que se puede votar.

La mayoría de edad se alcanza a los 18 años, o tras contraer matrimonio a una edad menor.

Establece el derecho de voto a los 18 años de edad.

Edad de matrimonio

Ley sobre el Derecho de Familia de 1995: establece la edad legal del matrimonio.

18 años, salvo en los casos en que el tribunal conceda una exención a esta disposición.

Prestación de asistencia social

El artículo 2, párrafo 3 de la Ley de Consolidación de la Asistencia Social, de 2005, en su forma enmendada, define el término "niño declarado idóneo" como sigue: un niño declarado idóneo debe: 1) ser residente habitual del Estado; 2) no estar internado en un reformatorio o escuela industrial; y 3) cumplir el requisito de la edad (que viene definida dentro del ámbito de aplicación del pertinente plan).

Menor de 18 años para todos los planes.

Entre los 18 y los 22 años de edad si el joven estudia a tiempo completo para determinados planes.

Educación

Ley de Educación (Asistencia social) de 2000: establece la edad en la cual los niños pueden abandonar la escuela.

16 años, o tras completar tres años de enseñanza secundaria a tiempo completo, si este plazo expirase después.

Tratamiento médico

Ley de Delitos Sin Resultado de Muerte Contra las Personas de 1997: define a un niño a los efectos de consentir someterse a procedimientos médicos para los fines de diagnóstico o complementarios a cualquier tratamiento médico.

16 años.

Ley de Salud Mental de 2001: Define un niño a los efectos del tratamiento psiquiátrico.

18 años, o tras contraer matrimonio a una edad menor.

Atención a la infancia

Ley de Atención a la Infancia de 1991, y Reglamentaciones asociadas de atención a la infancia (colocación de niños en hogares de guarda), de 1995, y (colocación de niños al cuidado de sus familiares), de 1995.

Los niños en hogares de guarda forman parte legalmente de su familia hasta los 18 años de edad.

Leyes de Adopción de 1952 y 2010: define a un niño a los efectos de la adopción.

Menores de 18 años.

Edad de consen timiento de la actividad sexual

Ley de Derecho Penal (Delitos sexuales) de 2006.

Aumenta de los 16 a los 17 años la edad de consentimiento, independientemente del sexo y la orientación sexual.

Tipifica como delito la desfloración cuando la víctima es menor de 15 años, y dispone una posible condena de reclusión a perpetuidad por ese delito.

Compra de alcohol y disolventes

Ley de Bebidas Alcohólicas de 2003: reduce la edad a la cual se pueden comprar bebidas alcohólicas y estar presente en establecimientos autorizados para su venta.

Prohíbe la venta de alcohol a menores de 18 años.

Prohíbe la presencia de menores de 18 años en establecimientos autorizados después de las 21.00 horas salvo si van acompañados de un adulto o asisten a actos privados donde se sirve comida abundante.

Ley de Salud Pública (Tabaco) de 2002.

Tipifica como delito la venta de productos de tabaco a un menor de 18 años.

Ley de Atención a la Infancia de 1991.

Prohíbe la venta de productos a base de disolventes a menores de 18 años cuando se sabe o se sospecha que harán un uso indebido de ellos.

Empleo

Ley de Protección de los Jóvenes (Empleo) de 1996: prohíbe el empleo ordinario a tiempo completo de un niño; establece requisitos en relación con el máximo de horas de trabajo, los períodos de reposo y el trabajo en horas tempranas y nocturno; fija las condiciones con arreglo a las cuales se puede emplear a niños de 14 y 15 años de edad.

Se define a un niño como toda persona menor de 16 años.

Un joven es cualquier persona de 16 o 17 años de edad.

Justicia juvenil

Ley de la Infancia, de 2001 y Ley de Derecho Penal de 2006: establece la edad de responsabilidad penal.

Aumenta de los 7 a los 12 años la edad de responsabilidad penal.

Los menores de 10 y 11 años pueden ser acusados de delitos graves, como homicidio, asesinato, violación o agresión sexual con agravantes, y se iniciará las actuaciones jurídicas pertinentes con el consentimiento de la Fiscalía Pública.

Alistamiento voluntario en las fuerzas armadas

Reglamento oficial (en preparación).

En 2012, la edad mínima para el alistamiento voluntario pasó de los 17 a los 18 años.

266.En relación con el consentimiento del niño a recibir tratamiento médico, la HSE estableció el Grupo Asesor Nacional sobre el Consentimiento con miras a formular una política nacional a este respecto. En mayo de 2012, en el sitio web de la HSE (www.hse.ie) se publicó el Proyecto de directrices nacionales sobre el consentimiento, con objeto de recabar observaciones y comentarios. En la parte 2 del Proyecto de directrices se abordan explícitamente diversas cuestiones que afectan a los niños y adolescentes, así como el consentimiento a las intervenciones médicas y de asistencia social. Como se señaló en el cuadro 4, los niños que han alcanzado los 16 años de edad pueden consentir las intervenciones médicas sin el acuerdo de los padres. No obstante, la legislación actual no establece claramente si este derecho también es aplicable al rechazo a las intervenciones médicas o de asistencia social, y hay que tener presente que ese rechazo puede tener graves consecuencias para la salud y la vida del niño. El Proyecto de directrices propone que cuando una persona menor de 18 años rechace someterse a un tratamiento para mantenerla con vida, o bien adopte cualquier otra decisión que pueda tener graves consecuencias irreversibles para sí misma, debería solicitarse al Tribunal Superior que se pronunciara con respecto al rechazo. En tal caso, el Tribunal Superior puede intervenir para ordenar el tratamiento necesario que puede salvar la vida cuando ello redunde en el interés superior del menor de edad. Si se presenta una solicitud de esta índole, la persona menor de 18 años debería estar representada por separado.

267.En el informe provisional del Grupo Directivo que examina la Ley de Salud Mental se incluyen recomendaciones claras con respecto a la infancia, incluida la definición de "niño" a los efectos de cualquier nueva ley en materia de salud mental. Las recomendaciones del Grupo Directivo están siendo examinadas por un grupo de expertos que previsiblemente presentará su informe final a la Ministra en el segundo trimestre de 2013.

III.Principios generales

A.No discriminación

268.En el primer informe periódico de Irlanda al Comité de las Naciones Unidas, publicado por el Gobierno irlandés en 1996, se enumeran las disposiciones constitucionales relativas a la no discriminación, y en el segundo informe, que publicó la NCO en 2005, se detallan los progresos realizados a este respecto. Desde 2006, y habida cuenta de la creciente diversidad de la sociedad irlandesa, se han adoptado diversas medidas e iniciativas significativas contra la discriminación.

269.En enero de 2005 se publicó Planning for Diversity – A National Action Plan Against Racism and Related Intolerance (Planificación para la diversidad: Plan de Acción Nacional contra el Racismo y las formas conexas de intolerancia), que se aplicó durante el período de cuatro años de 2005 a 2008 inclusive. El Plan se centró básicamente en apoyar a los principales interesados directos en el desarrollo de estrategias locales contra el racismo y en la adopción de medidas de inclusión social para promover la diversidad. El gasto total correspondiente al Plan ascendió a aproximadamente 5 millones de euros. El Plan impulsó el desarrollo de iniciativas tales como la Estrategia de Salud Intercultural, la Estrategia de Educación Intercultural, la Estrategia sobre Arte y la Estrategia sobre Diversidad en el Lugar de Trabajo, que continúan aplicando los servicios gubernamentales pertinentes.

270.El Departamento de Justicia, Igualdad y Reforma Legislativa estableció el Comité Consultivo Nacional sobre el Racismo y el Multiculturalismo (NCCRI) como un organismo experto independiente para proporcionar asesoramiento, desarrollar iniciativas de lucha contra el racismo y avanzar hacia una sociedad intercultural más integradora en Irlanda. El enfoque del NCCRI era promover iniciativas de carácter intercultural para la integración mediante el diálogo y el consenso. Colaboró con una amplia gama de organismos gubernamentales y no gubernamentales, centrando sus esfuerzos en obtener resultados sostenibles a largo plazo. En 2008, el NCCRI eligió la educación como tema para la Semana Intercultural y Contra el Racismo. Subsiguientemente, se envió a todas las escuelas del país una carpeta educativa y carteles que fomentaban el diálogo intercultural en las aulas. Debido a las restricciones presupuestarias instauradas como consecuencia de la recesión económica en Irlanda, en 2008 el NCCRI dejó de existir.

271.A continuación, en septiembre de 2010 el Departamento de Educación y Formación Profesional y la Oficina del Ministro de Integración pusieron en marcha la Estrategia de Educación Intercultural, 2010-2015. La Estrategia fue concebida para asistir en la creación de un entorno de aprendizaje intercultural, integrado e integrador en todos los sectores de la educación, desde el nivel preescolar hasta la enseñanza media y superior. Asimismo, se proponía fomentar el respeto de las diferencias y un cambio de actitud concertado y en evolución, lo cual permitiría a los nuevos estudiantes inmigrantes, así como a sus compañeros nativos, sentirse mejor acogidos. Cabe esperar que en un entorno educativo de estas características, los estudiantes tendrán mejores expectativas y aspiraciones, y en consecuencia continuarán estudiando a tiempo completo durante un período más largo. La Estrategia se propone que:

Todos los estudiantes reciban una educación que "respete la diversidad de valores, creencias, idiomas y tradiciones presentes en la sociedad irlandesa y se imparta con un espíritu de cooperación" (Ley de Educación de 1998); y

Todos los proveedores de educación reciban apoyo para lograr que en un entorno de aprendizaje intercultural la inclusión y la integración sean la norma.

272.En noviembre de 2006 se publicó el documento Report and Recommendations for a Traveller Education Strategy, que abarca todos los aspectos educativos de esa comunidad, desde el nivel preescolar hasta la enseñanza media y superior, dentro de un contexto de aprendizaje permanente. El principal objetivo de esta estrategia es asegurar una educación integrada y de calidad para la comunidad nómada, asentada en los principios de la inclusión y la integración en la corriente general, con especial hincapié en la igualdad y la diversidad y en la adopción de un enfoque intercultural. En 2006 se estableció el Grupo de aplicación de la Estrategia de Educación de la Comunidad Nómada, compuesto por altos funcionarios del Departamento de Educación y Formación Profesional encargados de diversos aspectos de la educación de esa comunidad, con miras a impulsar la aplicación de las recomendaciones formuladas en esta Estrategia. A finales de 2009 se estableció un Foro consultivo para supervisar la aplicación en curso de la Estrategia. En él participan interesados directos del sector educativo responsables de la educación de la comunidad nómada en Irlanda o interesados en ella, así como grupos representativos y miembros de dicha comunidad. El propósito del Foro es identificar los factores que afectan a la aplicación de la Estrategia, incluidos los obstáculos que enfrenta.

273.En 2006, la OMCYA publicó el documento titulado Diversity and Equality Guidelines for Childcare Providers (Directrices relativas a la diversidad y la igualdad para los proveedores de servicios de guardería) para ayudar a los profesionales de esos servicios a identificar y abordar los problemas relativos a la diversidad y la igualdad en los entornos preescolares. En 2010, el Departamento de Educación y Formación Profesional anunció la asignación de 500.000 euros a la Iniciativa Preescolar para Niños y Grupos Minoritarios para ayudar a los servicios de guardería a proporcionar una formación acreditada orientada a promover la igualdad y la diversidad, en consonancia con las directrices. También en el nivel preescolar cabe señalar el Marco nacional de calidad para la educación y el cuidado en la primera infancia, denominado Síolta, una de cuyas 16 normas, "identidad y pertenencia", establece que "la promoción de identidades positivas y de un sentido de pertenencia sólido requiere unas políticas, procedimientos y prácticas claramente definidos que ayuden a todos los niños y adultos a desarrollar una fuerte identidad de grupo y de sí mismos, y a tener un concepto y una visión positivos de la identidad y los derechos de los demás".

274.En 2008, la HSE puso en marcha la Estrategia de Salud Intercultural, 2007-2012, que proporciona un marco de apoyo al personal y los usuarios de los servicios de salud para que participen activamente y de forma eficaz en la formulación, aplicación y evaluación de las disposiciones en materia de atención de salud destinadas a los usuarios de dichos servicios pertenecientes a minorías étnicas en Irlanda. En el caso concreto de los niños, la Estrategia señala que se establecerán mecanismos de colaboración con el personal pertinente que trabaja en los ámbitos de la infancia y la familia para atender las necesidades de atención de los niños y las familias de diversas etnias y culturas. Una prioridad de este enfoque será abordar las necesidades de apoyo y atención de los niños separados. Además, las recomendaciones que figuran en el Plan de Acción Nacional contra el Racismo son un elemento fundamental para asegurar un enfoque intercultural integrador que satisfaga las necesidades de los niños de diversos grupos y comunidades étnicas. La Estrategia de Salud Intercultural reconoce también que, dentro del marco del interculturalismo y la diversidad, en la esfera del cuidado y protección de los niños puede ser necesario proporcionar apoyo y formación al personal. Los servicios destinados a la infancia y la familia recibirán respaldo en sus esfuerzos por desarrollar una práctica integral en ese ámbito. Entre las actividades relativas a la aplicación de la Estrategia figuraron la elaboración de una guía destinada al personal de salud para atender a las diversas comunidades religiosas y culturales; la colaboración con diversas organizaciones para incorporar un identificador étnico en las bases de datos centrales; el desarrollo de un recurso multilingüe de emergencia en 21 idiomas para ayudar al personal a comunicarse con pacientes que acuden en situaciones urgentes o de emergencia y no dominan el inglés; y la cooperación con los organismos pertinentes para apoyar a las mujeres de minorías étnicas que corren riesgo de sufrir diferentes formas de violencia de género.

275.En 2010, el Consejo de las Artes emprendió una iniciativa sobre la diversidad que bautizó con el nombre de Diversidad cultural y arte: políticas y estrategias. En cooperación con organismos e interesados directos pertinentes, la iniciativa pretende llevar a cabo una evaluación de determinados proyectos del Consejo de las Artes, preparar guías y recursos para quienes trabajan en el sector del arte, y elaborar un plan intercultural del arte en colaboración con asociaciones locales para el desarrollo.

276.En 2009, la Asociación Atlética Gaélica, la Asociación Camogie y la Asociación de Fútbol Femenino establecieron la Estrategia Conjunta de Inclusión e Integración, 2009‑2015, que tiene por objeto fomentar un entorno deportivo que "acoja a las personas de todas las nacionalidades, etnias, religiones, edades y aptitudes y facilite su participación en las actividades deportivas". La Estrategia promueve múltiples actividades y actos de carácter nacional, regional y local.

277.En 2007, la Asociación de Fútbol de Irlanda puso en marcha el Plan Intercultural de Fútbol, cuyos cuatro objetivos generales eran: luchar contra el racismo en el fútbol; promover la participación entre las minorías étnicas y las comunidades multiculturales; impulsar una cultura del fútbol que sea dinámica y promueva competir a nivel mundial; y contribuir al proceso más amplio de integración. En 2012, el Departamento de Justicia y Equidad apoyó el programa Fútbol para Todos, de la Asociación de Fútbol de Irlanda. La razón de ser de ese programa es que todas las personas, independientemente de sus aptitudes, deberían tener la oportunidad de acceder a la práctica del fútbol en su club local, y la Asociación desea fomentar una ética de inclusión en el seno de la comunidad de ese deporte. El programa está dirigido a jugadores de 6 a 14 años con muy diversas discapacidades.

B.Interés superior del niño

278.En anteriores informes de Irlanda al Comité de las Naciones Unidas se incluyeron la base legislativa y los reglamentos en vigor en diversos sectores para la protección del interés superior del niño. Este marco legislativo, administrativo y judicial sigue vigente. A continuación se presenta una actualización de los instrumentos adoptados en esta esfera.

279.La Ley de Atención a la Infancia (enmendada) de 2007, que prevé una mayor autonomía de los cuidadores en hogares de guarda que hayan tenido a su cargo a un niño durante un período continuado de tiempo de cinco años o superior, dispone que el tribunal solamente concederá dicha autorización cuando considere que sea en el interés superior del niño.

280.La Ley de Adopción de 2010 establece que, en las adopciones nacionales e internacionales, el bienestar del niño será la consideración primera y primordial de la Autoridad de Adopción o del tribunal al expedir una orden de adopción.

281.La Ley de Atención a la Infancia (enmendada) de 2011 dispone que en todas las cuestiones relacionadas con la formulación y modificación de las órdenes de atención especial, así como en las decisiones sobre la convocatoria, organización y gestión de las Conferencias sobre el bienestar familiar, debe respetarse el interés superior del niño.

282.En 2012, la HIQA publicó las National Standards for the Protection and Welfare of Children (Normas nacionales para la protección y el bienestar del niño) con miras a apoyar los continuos progresos realizados en la atención y protección de la infancia proporcionados por los servicios de protección y bienestar del niño de la HSE. Las Normas nacionales están destinadas a utilizarse en combinación con la pertinente legislación y con Children First: National Guidance (DCYA, 2011). El interés superior del niño es fundamental para algunas de las cuestiones incluidas en las Normas nacionales, como el desarrollo de servicios centrados en los niños y el uso de información, así como en las normas relativas a la determinación por parte de los trabajadores sociales del procedimiento más adecuado con respecto a un niño, en todas las adopciones de decisiones, en las asociaciones entre trabajadores sociales para obtener, apoyar y promover mejoras en los servicios, y al compartir información con los niños y las familias (véanse los párrafos 199 y 200, donde se aborda el referendo de 2012 sobre los derechos del niño).

Legislación sobre los derechos laborales

283.En Irlanda, los menores de 18 años pueden obtener un empleo, y la legislación sobre los derechos laborales está concebida para asegurar su salud y bienestar. A continuación se describe la principal ley sobre el empleo de trabajadores menores.

284.La Ley de Protección de los Jóvenes (Empleo) de 1996 consolida la legislación sobre trabajadores menores y da efecto a las normas internacionales sobre protección de los trabajadores jóvenes elaboradas por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Unión Europea (UE). La ley regula la protección de los jóvenes en el empleo, incluido el trabajo industrial, de forma general. Está concebida para proteger la salud de los trabajadores jóvenes y velar por que el trabajo durante los años escolares no exponga a riesgo la educación de los jóvenes. Además, establece límites mínimos de edad para el empleo, estipula intervalos de descanso y un número máximo de horas de trabajo, y prohíbe emplear a menores de 18 años en trabajos nocturnos. Los empleadores deben mantener registros específicos de los trabajadores menores de 18 años.

285.Las disposiciones relativas a la seguridad y la salud que rigen el empleo de menores de 18 años se han puesto en práctica a través del Reglamento sobre Seguridad, Salud y Bienestar en el Trabajo (aplicación general), de 2007 (S.I. Nº 299 de 2007), modificado por el Reglamento sobre Seguridad, Salud y Bienestar en el Trabajo (aplicación general; enmendado) (S.I. Nº 732 de 2007). La disposición 144 del Reglamento sobre Seguridad, Salud y Bienestar en el Trabajo (aplicación general), de 2007 establece que antes de que un niño o un joven empiecen a trabajar, el empleador deberá llevar a cabo una evaluación del riesgo. Asimismo, cuando en el lugar de trabajo o en la tarea que se desempeñe se produzca un cambio importante, el empleador deberá cerciorarse de que no existe ningún riesgo significativo para la seguridad y la salud del joven. El Reglamento establece que un empleador no podrá contratar a un niño o un joven cuando la seguridad y la salud de este queden en entredicho.

286.Normalmente, los menores de 18 años trabajan a tiempo parcial. En este sentido, la Ley de Protección de los Empleados (Trabajo a tiempo parcial) de 2001 es particularmente pertinente. La ley establece que un empleado a tiempo parcial (conforme se define) no puede tener un trato menos favorable que el que recibe un empleado a tiempo completo en relación con las condiciones de empleo. También prevé que todas las leyes relativas a la protección de los trabajadores se apliquen a un empleado a tiempo parcial del mismo modo que ya se aplican a un empleado a tiempo completo. Todas las condiciones previstas (salvo los umbrales de horas de trabajo) aplicables a un empleado a tiempo completo en cualesquiera de estas leyes también se aplican a un empleado a tiempo parcial.

287.Por último, la Ley del Salario Mínimo Nacional de 2000 establece la remuneración mínima que tiene derecho a recibir un empleado, y se acompaña de disposiciones específicas para los menores de 18 años.

Disposiciones específicas para menores no acompañados, niños solicitantes de asilo y niños víctimas de trata

288.El ACNUR ha elaborado un módulo de formación específica para asistentes sociales (incluidos los que trabajan con menores no acompañados) que se ocupan de cuestiones relacionadas con el asilo, y el propio ACNUR les imparte la formación periódicamente. Si bien los procedimientos empleados se centran en los niños no acompañados, el enfoque adoptado, y particularmente la formación proporcionada, también son considerablemente útiles a la hora de entrevistar a niños que están acompañados para quienes sin embargo sus padres han decidido presentar solicitudes separadas de asilo. La Oficina del Comisionado para las Solicitudes del Estatuto de Refugiado (ORAC) y el Tribunal de Apelaciones han adoptado un enfoque interinstitucional para formar a profesionales en este ámbito y, como resultado de ello, representantes de la HSE y el Servicio de Asistencia Jurídica a los Refugiado también han asistido al programa de formación específica.

289.La ORAC también ha elaborado procedimientos contra la trata de personas, que proporcionan un enlace permanente entre la propia Oficina y la Unidad de Lucha contra la Trata de Personas, del Departamento de Justicia e Igualdad, y la Oficina Nacional de Inmigración de la Garda (GNIB). Por otro lado, se ha impartido formación a este respecto a personal de primera línea de la ORAC.

290.El Plan de Acción Nacional de Prevención y Lucha contra la Trata de Personas, 2009-2012 establece la respuesta gubernamental a la trata de personas (véanse los párrafos 684 a 688). En virtud del Plan, se ha desarrollado un mecanismo nacional de remisión para todas las posibles y presuntas víctimas de trata (incluidos los niños) de conformidad con el cual todas dichas víctimas reciben la protección del Estado, que incluye alojamiento, estatuto de inmigrante (cuando sea necesario), atención médica, asistencia jurídica y servicio de interpretación.

291.La HSE se encarga de la protección y el bienestar de los niños en virtud de la Ley de Atención a la Infancia de 1991, en su forma enmendada, y Children First: National Guidance (DCYA, 2011). Con arreglo a este mandato, la HSE proporciona atención, apoyo y protección a los niños víctimas de trata, teniendo siempre en cuenta el interés superior de cada niño sobre la base de una evaluación individual, incluida una evaluación del riesgo para cada caso. Cabe señalar que el proceso de determinación del "interés superior" empieza a partir del momento en que se presenta un niño y dura hasta que se encuentra una solución duradera. Desde la remisión inicial al niño se le asigna un asistente social que, siempre que sea posible, será la persona que lleve a cabo la evaluación inicial, a fin de reducir al mínimo las perturbaciones durante el proceso. El propósito es atender las necesidades específicas de cada niño a medida que aparezcan, teniendo presentes su seguridad y su salud a largo plazo. Esto conlleva que hay que tomar en consideración múltiples factores, como la edad, las aptitudes, la resiliencia y las circunstancias de cada caso.

292.Los planes de atención preparados por la HSE de conformidad con las Leyes de Atención a la Infancia de 1991 y 2011 están en consonancia con el objetivo expresado en el párrafo 23 del preámbulo de la Directiva de la Unión Europea relativa a la prevención y lucha contra la trata de seres humanos y a la protección de las víctimas, aprobada el 5 de abril de 2011. La GNIB aborda juntamente con la HSE los asuntos apropiados a la Garda Síochána. Análogamente, la HSE actúa de enlace con el Consejo de Asistencia Jurídica en relación con la facilitación de ayuda y asesoramiento jurídico.

C.Derecho a la vida, supervivencia y desarrollo

293.El primer informe periódico de Irlanda aborda de forma exhaustiva el reconocimiento constitucional del derecho de todo ciudadano a la vida y de la necesidad de proteger ese derecho.

294.Toda mujer embarazada con residencia habitual en Irlanda (es decir, que vive en ese país o tiene la intención de permanecer en él como mínimo un año) tiene derecho a recibir cuidados gratuitos de maternidad en el marco del Plan de Atención Maternoinfantil. El Plan prevé el acceso gratuito a los hospitales públicos que prestan servicios de maternidad. La HSE también concede ayudas a las mujeres que desean acogerse al parto domiciliario. Asimismo, el Plan dispone que una mujer embarazada pueda acudir a la consulta de un médico generalista de su elección un mínimo de seis veces antes del parto, y de dos veces dentro de las seis semanas después de dar a luz. Las visitas antes del parto se alternan con visitas a la unidad u hospital de maternidad. En el caso de que la mujer embarazada presente una enfermedad importante, pueden permitirse cinco visitas adicionales al médico generalista.

295.Tras el parto, se brinda una serie de servicios gratuitos de salud a la madre y el hijo. El Servicio de Enfermería de Salud Pública tiene a su cargo la vigilancia de la salud infantil, que incluye un programa de intervenciones de revisión y apoyo a los padres durante los años de preescolar. El Servicio de Enfermería y los Servicios Comunitarios de Obstetricia realizan una visita domiciliaria después de dar a luz y recibir el alta del hospital, y en caso necesario se llevan a cabo posteriores visitas. En 2011, el 82,6% de los recién nacidos recibió una primera visita del Servicio de Enfermería dentro de las 48 horas después del alta hospitalaria. En los párrafos 478 a 490 se proporciona más información sobre los servicios de atención primaria disponibles.

296.En el segundo informe periódico de Irlanda se señalan las disposiciones relativas a la licencia de maternidad. A partir de 2007, las mujeres tienen derecho a 26 semanas de licencia de maternidad remunerada, 8 semanas más que en la anterior disposición, y a un período adicional de 16 semanas de licencia sin remunerar, lo que también representa 8 semanas más que en la precedente disposición.

297.La prestación por maternidad consiste en el pago efectuado a una mujer empleada o autónoma que cumplen las condiciones de cotización a la seguridad social en función de sus ingresos (PRSI) para el ejercicio fiscal correspondiente a su solicitud y que inmediatamente antes del primer día de la licencia de maternidad tenían un empleo asegurado cubierto por la Ley de Protección a la Maternidad de 1994. El último día de empleo asegurado debe quedar dentro del período de 16 semanas posteriores al final de la semana prevista del parto. En el caso de una mujer empleada, el subsidio semanal se calcula dividiendo los ingresos brutos del correspondiente ejercicio fiscal por el número de semanas trabajadas aquel año. De este modo, puede pagarse el 80% de esta cantidad semanalmente, con sujeción a un pago mínimo de 217,80 euros y a un pago máximo de 262,00 euros. En el caso de una trabajadora autónoma, el importe semanal se calcula dividiendo por 52 los ingresos estimables en el correspondiente ejercicio fiscal. Una vez más, el 80% de esta cantidad puede pagarse semanalmente, con sujeción a los pagos mínimo y máximo.

298.La Ley de Licencia Parental de 1998 fue modificada por la Ley de Licencia Parental (enmendada) de 2006. La nueva ley aumentó de los 5 a los 8 años la edad del niño para la cual puede tomarse la licencia parental. En el caso de un hijo con discapacidad, la licencia parental puede prolongarse hasta que el niño cumpla los 16 años de edad. Asimismo, puede tomarse la licencia parental por cada hijo y por un período total de 14 semanas de trabajo por niño. Ambos padres tienen igual derecho y separado a la licencia parental. Si ambos trabajan para el mismo empleador, pueden transferirse entre ellos ese derecho con el acuerdo del empleador.

299.La pena capital fue abolida de la legislación irlandesa en 1990. La vigésimo primera enmienda a la Ley de la Constitución de 2001 suprimió de la Carta Magna todas las referencias a la pena capital.

300.Todas las defunciones, incluidas las infantiles, se registran de forma centralizada en el Registro de Nacimientos, Matrimonios y Defunciones. Las defunciones deben registrarse dentro de un plazo máximo de tres meses del óbito por un familiar del difunto, a quien el médico a cargo o el hospital facilitarán un formulario para la notificación de la defunción. En el caso de que el médico que le entregue dicho formulario no haya visto al difunto en los 28 días previos a su fallecimiento, o cuando puedan existir dudas acerca de las causas de la muerte, el médico podrá remitir el difunto al forense, que será quien decida si es necesario practicarle una autopsia.

301.En Irlanda, las tasas de mortalidad infantil han permanecido relativamente estables durante los últimos cinco años. La tasa reciente más elevada correspondió a 2008 (4,3%), mientras que la más baja se registró en 2011 (3,4%).

302.En 2010, según las estadísticas del estado civil recopiladas por la CSO hubo tres defunciones de niños menores de 15 años por homicidio o agresión.

303.El infanticidio no es un problema grave en Irlanda. Entre 2006 y 2011, hubo un solo caso.

304.Lamentablemente, el suicidio sigue siendo una cuestión especialmente preocupante en Irlanda. La CSO notificó 16 suicidios de niños menores de 18 años en 2011, y la Fundación Nacional de Investigaciones sobre el Suicidio comunicó 904 casos de niños de 10 a 17 años de edad que acudieron al servicio de emergencias de un hospital como consecuencia de una autoagresión deliberada. En Irlanda, el suicidio en el grupo de edad de 0 a 17 años inclusive presenta las siguientes cifras:

2011 = 16 (dato provisional);

2010 = 15;

2009 = 19;

2008 = 25;

2007 = 16;

2006 = 18.

305.En 2005, se puso en marcha Reach Out: Estrategia Nacional de Acción para la Prevención del Suicidio, 2005-2014, que instaba a adoptar un enfoque multisectorial de la prevención del comportamiento suicida mediante la colaboración entre organismos del ámbito de la salud, la educación, la comunidad, el voluntariado y el sector privado. Entre esos organismos figuraban instituciones familiares, docentes y del tercer nivel, así como organizaciones juveniles. La Estrategia fue el resultado de un proceso amplio de consulta con los principales interesados directos, incluido el público general, y estuvo supervisada por la NOSP.

306.La NOSP dirige un programa de formación sobre primeros auxilios para el suicidio denominado Formación Profesional Aplicada a la Intervención para el Suicidio (ASIST), dirigido a todas clases de cuidadores. También lleva a cabo investigaciones sobre estrategias de prevención del suicidio y proporciona fondos a organizaciones que se ocupan del suicidio y de su prevención, incluidas algunas que trabajan con los jóvenes. En 2011, se destinó un millón adicional de euros a estos proyectos, entre los cuales figuran los siguientes, orientados específicamente a los jóvenes:

A través del proyecto Mind Out (Sacar de la mente), el Consejo Nacional de la Juventud de Irlanda proporciona formación a trabajadores jóvenes y personas que trabajan en la esfera del abandono escolar con miras a dotarlos de conocimientos y habilidades para ejecutar un programa de 12 semanas de duración dirigido a jóvenes, en que se aborda la salud mental del adolescente por medio de un enfoque positivo y práctico del afrontamiento de vivencias difíciles.

Durante el curso académico 2011-2012, el programa Jóvenes Innovadores Sociales impartió ocho talleres de formación en el empleo a maestros y trabajadores jóvenes, mientras que cerca de 4.000 jóvenes de 15 a 18 años participaron en su iniciativa Speak Outs (Hacerse oír) concebida para facilitar aprendizaje basado en la acción centrado en la salud y el bienestar.

BeLonG To, una organización financiada por el DCYA que trabaja con jóvenes del colectivo de lesbianas, homosexuales, bisexuales y transexuales, ha puesto en marcha un proyecto de salud mental con fondos de la NOSP para mejorar las competencias de los trabajadores jóvenes, los voluntarios, los grupos directivos y los jóvenes participantes en la red nacional de BeLonG To, que apoya a 17 grupos de aquel colectivo en 15 servicios de todo el país.

SpunOut (www.spunout.ie) facilita el acceso de los jóvenes a la información, incluidos los recursos para promover la salud y prevenir el suicidio que alientan actitudes de búsqueda de ayuda.

La campaña PleaseTalk (Habla por favor) está dirigida a 550.000 estudiantes de la República de Irlanda e Irlanda del Norte. Promueve directamente su participación en campus universitarios individuales mediante los actuales mecanismos de fomento del bienestar estudiantil. El sitio web de PleaseTalk (www.PleaseTalk.ie) proporciona un directorio de los servicios de apoyo disponibles para los estudiantes en los campus universitarios de todo el país, así como los enlaces a servicios de apoyo como ReachOut.com, un servicio de ayuda en línea a los jóvenes que pasan por malos momentos, financiado por la NOSP y gestionado por Inspire Ireland (una organización benéfica que presta ayuda a los jóvenes para que tengan una vida más feliz; véase www.inspire.ie).

La NOSP también financia algunos otros programas de autoayuda para jóvenes, como Minding Our Mental Health On-Line (Manejar en línea nuestra salud mental), y Work Out (un programa de fomento de la salud mental para varones jóvenes). Esos programas están desarrollados y dirigidos por Inspire Ireland, que también está preparando recursos sobre la autolesión deliberada para jóvenes y sus padres. Todos estos proyectos reciben financiación de la NOSP.

Teenline es un servicio telefónico de ayuda que ofrece apoyo y orientación a los jóvenes que atraviesan crisis.

My Mind es un servicio de autorremisión con base en Dublín que brinda ayuda psicológica y de psicoterapia. Proporciona un acceso rápido y fácil a los servicios comunitarios de salud mental mediante un sistema de apoyo en línea que se propone facilitar ayuda en todo el ámbito nacional. Actualmente se está ampliando a Cork, y se estima que en su primer año de funcionamiento cerca de 300 menores de 18 años habrán utilizado sus servicios.

La NOSP, conjuntamente con el Departamento de Salud y el Departamento de Educación y Formación Profesional, está a punto de publicar nuevas orientaciones para apoyar a las escuelas en el desarrollo de un enfoque de la promoción de la salud mental y la prevención del suicidio basado en las prácticas óptimas que ya se aplican en muchas escuelas posprimarias. Las directrices están particularmente concebidas para ayudar a los consejos de administración y los equipos directivos de las escuelas, los directores escolares, los consejeros académicos, los equipos de apoyo al estudiante y los maestros.

El sitio web www.letsomeoneknow.ie es una plataforma interactiva que pretende fomentar la sensibilización de los jóvenes acerca de la salud mental y el bienestar. Asimismo, proporciona datos de contacto para buscar apoyo e información. Incluye consejos y cuestionarios relacionados con el bienestar de los jóvenes y sus amigos, así como una agenda personal de actividades. El sitio web se desarrolló como parte de la Iniciativa de salud mental de los jóvenes, de la NOSP, que se puso en marcha en octubre de 2007 con la finalidad de mejorar el conocimiento y la comprensión de la salud mental y el bienestar entre el público general.

La Fundación Nacional de Investigaciones sobre el Suicidio ha recibido financiación conjunta de la UE y la NOSP para el establecimiento de SEYLE (Salvar y Empoderar la Vida de los Jóvenes en Europa), un proyecto multicéntrico para evaluar el efecto de tres intervenciones escolares orientadas a reducir los comportamientos suicidas y de adopción de riesgos. El proyecto se centra en estudiar las repercusiones de los métodos de detección en adolescentes identificados como casos de emergencia, las evaluaciones de un proyecto de sensibilización sobre la salud mental efectuadas por adolescentes y un artículo de revisión por pares de los resultados de referencia de SEYLE, incluidos la prevalencia de los pensamientos y comportamientos suicidas, los niveles de ansiedad, la depresión y otros factores psicológicos, como el uso de sustancias y el comportamiento de adopción de riesgos.

307.La NOSP también financia servicios de apoyo y orientación para personas que atraviesan crisis y corren riesgo de suicidarse, así como para personas en proceso de duelo. Esos servicios, como Samaritans, Console y Pieta House, están destinados a todos los grupos de edad, incluidos los adolescentes.

308.Además de la NOSP, la HSE cuenta con 11 oficiales regionales de recursos para la prevención del suicidio, que son fundamentales para fortalecer la capacidad de respuesta de la comunidad al suicidio. Los oficiales de recursos, en consulta con la NSOP y otros interesados directos, han elaborado planes de acción para la prevención del suicidio y la promoción de la salud mental en muchas comunidades de su región. Esos planes de acción se centran en la prevención del suicidio, las intervenciones relacionadas con este problema, el apoyo a las personas desconsoladas ante un suicidio y el fortalecimiento de la capacidad para abordar la prevención del suicidio de una manera práctica y a la vez reflexiva. Existen muchas iniciativas comunitarias locales orientadas a satisfacer las necesidades de los jóvenes.

D.Respeto a las opiniones del niño

309.Como se señala en el segundo informe periódico de Irlanda, entre 1995 y 2005 se realizaron notables avances hacia la creación de mecanismos y estructuras para escuchar la voz de los niños, de conformidad con la Estrategia Nacional para la Infancia y la NCO.

310.La base legislativa por la que se insta a respetar las opiniones del niño figura en diversas leyes, incluidas la Ley de Atención a la Infancia de 1991, cuyo objeto primordial es la protección del niño, la Ley de Tutela de Menores de 1964 y la Ley de la Infancia de 2001. El nuevo artículo 42A 4.2 de la Constitución relativo a "Los niños" refuerza este principio: insta a adoptar una disposición jurídica por la que se establezca que en los procedimientos interpuestos por el Estado en relación con la seguridad y el bienestar de un niño, o en las actuaciones relativas a la adopción, la tutela o la custodia de cualquier menor, o a su acceso a él, las opiniones del niño deberán confirmarse y tenerse debidamente en cuenta en función de su edad y madurez.

Adopción

311.La Ley de Adopción de 2010, establece que la Autoridad de Adopción debe escuchar la opinión de todo niño mayor de 7 años que sea objeto de una solicitud de adopción, y que se debe tener debidamente en cuenta dicha opinión en función de la edad y madurez del niño. En la actualidad, la legislación relativa a la adopción está siendo revisada a la luz del reciente referendo sobre los derechos del niño para velar por que en todas las fases del proceso se preste la debida consideración a la opinión del niño.

Protección del niño

312.La disposición 1.2 de las Normas nacionales para la protección y el bienestar del niño (HIQA, 2012a) establece que "se escuchará a los niños y se dará respuesta a sus preocupaciones y quejas de una forma abierta y eficaz". Más adelante se identifican los elementos que se requieren para poner en práctica esta disposición, que incluyen escuchar y comprender las opiniones del niño y tomárselas en serio; adoptar medidas para abordar las dificultades de comunicación y facilitar que el niño exponga sus preocupaciones y quejas; realizar consultas periódicas con los niños para recabar comentarios que ayuden a identificar áreas de mejora de los servicios; mantener plenamente informados a los niños sobre las novedades durante su implicación con el servicio, cuando proceda; facilitar el acceso a fuentes externas de apoyo y representación independiente en caso de necesidad; y establecer un procedimiento transparente, abierto y accesible para la presentación de quejas.

313.La HSE está promoviendo activamente la consideración de la perspectiva de los niños, y ha instaurado procedimientos formales para incluirlos en el establecimiento de políticas y servicios centrados en el niño y orientados por sus opiniones. Entre los procedimientos actuales figuran los siguientes:

La HSE apoya a la asociación Empoderamiento de las Personas Institucionalizadas, un organismo de promoción de los niños que se encuentran en instituciones o en régimen de acogida. Recientemente se ha alcanzado un acuerdo para ampliar este servicio a todo el país.

La HSE, en coordinación con el Departamento de Asuntos de la Infancia y la Juventud, ha establecido un foro para menores en régimen de acogida que se reúne periódicamente con el Director Nacional de los Servicios para los Niños y la Familia. Este foro informa los cambios en los planes de atención y está preparando unos folletos informativos para los menores en régimen de acogida.

El documento Alternative Care Practice Handbook (Manual sobre las modalidades alternativas de acogida), actualmente en fase de preparación por profesionales que trabajan con menores tutelados, incorpora las opiniones de esos niños y pone el acento en sus opiniones y sus derechos.

Participación en asuntos judiciales

314.En virtud de la Ley de Atención a la Infancia de 1991, los procedimientos relativos a los niños tutelados disponen de mecanismos para escuchar sus opiniones. La ley permite la designación de un curador ad litem independiente en los casos en que el tribunal considere que dicha designación se hace en el interés superior del niño y en aras de la justicia. La antigua Oficina Nacional de la Infancia encargó una revisión del servicio del curador ad  litem, terminada en 2005, que presentó diversas opciones posibles para desarrollarlo (NCO, 2005b). Si bien reconocía deficiencias en el servicio, incluidos la falta de reglamentación y el costo relativamente elevado de acuerdo con los criterios internacionales, la revisión también concluyó que era necesario mantener el papel del curador ad litem, o el de una forma similar de representación independiente de las opiniones del niño en los procedimientos relativos a menores tutelados, aunque en un marco normativo.

315.Tras celebrar consultas con interesados directos, en 2009 el CAAB publicó las directrices Giving a Voice to Children's Wishes, Feelings and Interests: Guidance on the Role, Criteria for Appointment, Qualifications and Training of Guardians ad Litem Appointed for Children in Proceedings under the Child Care Act 1991 (Dar voz a los deseos, sentimientos e intereses del niño: orientaciones sobre el papel, los criterios de designación, las cualificaciones y la formación de los curadores ad litem designados para los niños en los procedimientos, en virtud de la Ley de Atención a la Infancia de 1991). La elaboración de las directrices significó un avance decisivo en la resolución de la falta de una definición oficial y de un criterio acordado nacionalmente para el papel, las cualificaciones, la designación y la formación de los curadores ad litem.

316.La Ley de Tutela de Menores de 1964 y la Ley de Menores de 1997 rigen la designación de un curador ad litem en los procedimientos judiciales privados. Esta disposición aún no ha comenzado a aplicarse. Los mecanismos para obtener la opinión de los niños en los procedimientos judiciales, relacionados tanto con la atención del niño como con la legislación familiar, serán objeto de un examen más detallado tomando en consideración la referencia explícita al objetivo de incluirlos en la Constitución de conformidad con la vigésimo primera enmienda a la Ley de la Constitución (Infancia) de 2012.

317.Los acuerdos prácticos administrativos para apoyar la confirmación de las opiniones de los niños también están en proceso de revisión.

318.La Ley de Procedimiento Penal de 2010 modifica otra ley relativa a las pruebas de las consecuencias sobre las víctimas, e incluye una disposición especial sobre los niños víctimas de delitos (véase el párrafo 210).

Participación en la adopción de decisiones

319.El DCYA tiene el encargo de asegurar unos resultados con base empírica y la inclusión de la opinión rara vez escuchada de los niños y jóvenes en los mecanismos e iniciativas de participación. Sus esfuerzos se centran particularmente en los menores de 18 años por medio del desarrollo de mecanismos eficaces de participación de los niños en la adopción de decisiones, la celebración de consultas y diálogos con los niños y jóvenes, la formulación de políticas con base empírica de acuerdo con las prácticas óptimas nacionales e internacionales, y la asociación con organizaciones oficiales y no oficiales.

320.Desde 2006, la Unidad de Participación del DCYA trabaja para asegurar el establecimiento o consolidación de las siguientes estructuras fundamentales:

Comhairle na nÓg (consejos infantiles/juveniles locales): Los consejos infantiles y juveniles locales se establecieron en virtud de la Estrategia Nacional para la Infancia, 2000-2010 en las 34 Juntas de Desarrollo de las Ciudades y los Condados. Entre septiembre de 2007 y diciembre de 2012, el Fondo de Desarrollo del Comhairle na nÓg asignó más de tres millones de euros a los 34 Comhairle na nÓg.

Dáil na nÓg (parlamento juvenil nacional): Dáil na nÓg es el parlamento anual nacional que reúne a los jóvenes de 12 a 18 años de edad. El DCYA financia y supervisa al Dáil na nÓg, que organiza anualmente la Ministra de Asuntos de la Infancia y la Juventud. Los 34 Comhairlí na nÓg eligen a los delegados al Dáil na nÓg.

Logros del Dáil na nÓg:

Organizó la campaña Fairsay, que puso de relieve la imagen negativa de los adolescentes en los medios de comunicación e instó a dichos medios a "hablar con los adolescentes" en lugar de "hablar sobre los adolescentes" (2007-2008).

Participó en el grupo de referencia de los jóvenes implicados en la realización del anuncio de servicio público para la televisión y el cine conocido como "The boy in the hoodie" (El niño con capucha), que fue concebido para la campaña de sensibilización sobre la salud mental de los jóvenes en cooperación con la NOSP y el DCYA y obtuvo un gran éxito (2008-2009).

Ejerció influencia sobre la decisión de la Ministra de Asuntos de la Infancia y la Juventud para emprender un programa de vacunación contra el cáncer del cuello del útero para niñas de 12 años de edad (2010).

Alcanzó un acuerdo para que en los siguientes años la encuesta Conducta sobre Salud de los Jóvenes en Edad Escolar (HBSC) en Irlanda incluyera preguntas sobre salud sexual que anteriormente no figuraban en ella (2010).

En noviembre de 2011 preparó una encuesta sobre la imagen corporal entre 2.500 adolescentes, con base empírica y dirigida por pares, que más tarde llevaron a cabo jóvenes en colaboración con la Ministra de Asuntos de la Infancia y la Juventud en 2012.

El DCYA brinda a los niños y jóvenes la oportunidad de que aporten sus opiniones sobre asuntos de importancia nacional y personal, y desde 2005 celebra consultas y diálogos con ellos sobre diversas cuestiones, entre las que figuran las siguientes:

El establecimiento del Grupo de Trabajo sobre la Ciudadanía Activa (2006);

La edad de consentimiento para la actividad sexual (2006);

El desarrollo de la Estrategia Irlandesa sobre Justicia juvenil (2007);

El abuso de alcohol entre los jóvenes (2007);

El informe Teenage Mental Health: What Helps and What Hurts (Salud mental del adolescente: qué ayuda y qué perjudica) (2008);

Consultas con niños y jóvenes sobre el nuevo hospital pediátrico (2009);

Consultas con niños y jóvenes bajo la tutela del Estado (enero-diciembre de 2010);

Consultas con niños y jóvenes sobre la reforma del ciclo de secundaria en las escuelas de ese nivel (noviembre de 2010);

Consultas con niños y jóvenes sobre el White Paper on Crime (Libro blanco de la delincuencia) (noviembre de 2010);

Consultas con niños y jóvenes sobre el nuevo Marco Nacional de Política sobre la Infancia y la Juventud 2012-2017 (abril de 2011);

Consultas con niños y jóvenes para el Foro sobre Patrocinio y Pluralismo en el Sector de la Enseñanza Primaria (octubre de 2011).

Los resultados y recomendaciones de la mayoría de las anteriores consultas figuran en informes individuales que están disponibles en el sitio web del DCYA (www.dcya.ie). Algunas de esas consultas han dado lugar a avances y cambios significativos y duraderos en las políticas y servicios públicos, orientados a mejorar la vida de los niños y jóvenes.

Cómo puede influir en las políticas y las prácticas una consulta pública

El anuncio de servicio público sobre salud mental del adolescente para la televisión conocido como "The boy in the hoodie" es un ejemplo muy exitoso de práctica óptima sobre la participación de los jóvenes en la adopción de decisiones (véase el anuncio en www.letsomeoneknow.ie/home/video/).

Este anuncio de la HSE surgió de diversos procesos de consulta paralelos sobre salud mental del adolescente, supervisados por la antigua Oficina del Ministro de Asuntos de la Infancia y la Juventud (OMCYA), la Oficina para las cuestiones relativas a la discapacidad y la salud mental, la Dirección de Servicios de Salud (HSE) y su Oficina Nacional para la Prevención del Suicidio (NOSP).

Both Dáil na nÓg 2008 y las consultas sobre salud mental con adolescentes que llevó a cabo la OMCYA en 2008 pusieron de manifiesto la necesidad de organizar una campaña positiva de sensibilización pública sobre la salud mental destinada específicamente a los adolescentes. Tras la presentación del informe sobre las consultas, Teenage Mental Health: What Helps and What Hurts (OMCYA, 2009), en diversos foros de jóvenes de todo el país se pusieron a prueba los conceptos de un anuncio de servicio público para la televisión y una campaña de sensibilización sobre la salud mental del adolescente promovidos por la HSE. La OMCYA y la NOSP establecieron un grupo de referencia de 25 jóvenes para trabajar en todas las fases de preparación y ejecución de la campaña de sensibilización. A lo largo del proceso de concepción de los anuncios de servicio público para televisión y cine y de la campaña en línea, los miembros del grupo de referencia aportaron comentarios acerca de los conceptos y mensajes creativos propuestos. Brindaron consejos sobre todo el proceso, desde la actitud ideal que debía mostrar el actor principal en el anuncio hasta el vestuario más apropiado para los actores, de modo que resultara atractivo para el mayor número posible de espectadores adolescentes. También asesoraron sobre las mejores franjas horarias de emisión del anuncio en la televisión para que lo viera el máximo número de adolescentes.

El anuncio presenta a un muchacho adolescente con capucha que no puede compartir sus sentimientos con nadie. Los jóvenes componentes del grupo de referencia también actuaron como extras.

La investigación cuantitativa llevada a cabo por cuenta de la HSE con 505 jóvenes puso de manifiesto que el anuncio de servicio público emitido en la televisión y el cine había tenido un nivel excepcionalmente elevado de recordación y sensibilización entre los adolescentes, del 87%. (En la República de Irlanda, el índice de recordación/sensibilización para los anuncios de televisión o cine de todos los sectores industriales es del 49%.)

Además, la investigación señala que el anuncio emitido en la televisión y el cine tuvo los siguientes efectos: motivó a tres de cada cuatro jóvenes a hablar con alguien en caso de desánimo; los animó a informarse más acerca de cómo cuidar de su salud mental; y los indujo a pensar de un modo distinto acerca de la salud mental.

Las extraordinarias repercusiones que tuvo la campaña de emisión del anuncio en la televisión y el cine ponen de manifiesto la validez de la metodología empleada para obtener las opiniones de los jóvenes y para implicarlos en todas las fases de concepción y ejecución de la campaña.

El anuncio de servicio público recibió el Premio de excelencia del servicio público que otorga el Taoiseach (Presidente del Gobierno), y sigue proyectándose periódicamente en los cines de todo el país.

Equipo de Apoyo a la Participación Infantil y Juvenil: en marzo de 2009, el DCYA estableció el Equipo de Apoyo a la Participación Infantil y Juvenil, compuesto por personal de la Unidad de Participación del DCYA y tres oficiales regionales de participación infantil y juvenil pertenecientes a dos organizaciones juveniles nacionales. Los oficiales regionales de participación brindan apoyo efectivo al desarrollo de Comhairle na nÓg, al funcionamiento y el proceso de desarrollo del Dáil na nÓg y a otras iniciativas de participación de niños y jóvenes.

321.El DCYA está representado en dos importantes grupo de trabajo europeos: el Comité Ad Hoc del Consejo de Europa sobre la participación de los niños y jóvenes en la adopción de decisiones y el Grupo de trabajo de ChildOne Europe sobre la participación infantil.

322.Asimismo, el DCYA se encarga de la formulación de políticas con base empírica, y en este sentido ha emprendido una serie de iniciativas de investigación y evaluación con miras a elaborar una política nacional sobre participación infantil y juvenil el año próximo.

323.La Inspección del Departamento de Educación y Formación Profesional incluye de forma sistemática las perspectivas de los alumnos en las evaluaciones de las escuelas. A la hora de llevar a cabo la evaluación de una escuela, los inspectores se reúnen con los grupos de discusión de alumnos de dicha escuela y, desde septiembre de 2010, también distribuyen cuestionarios entre ellos. En ellos se recaban las opiniones de los alumnos acerca de su escuela y su aprendizaje, una importante fuente de información para los inspectores que realizan la evaluación. En el período 2010-2011 inclusive, respondieron a los cuestionarios 22.566 alumnos de primaria y 13.642 alumnos de nivel superior.

IV.Derechos y libertades civiles

A.Registro del nacimiento, nombre y nacionalidad

324.En la parte 3 de la Ley de Registro Civil de 2004, se establece el registro de los nacimientos y mortinatos, incluidas las disposiciones para registrar, o añadir después del registro inicial, el nombre del padre cuando los padres del niño no están casados entre sí. En todos los casos, la ley dispone la obligación de asignar un nombre y apellido al niño. Si los datos del padre se añaden tras el registro inicial, puede modificarse el apellido para reflejar los datos del padre en el nuevo registro.

325.En 2004, en virtud de la vigésimo séptima enmienda a la Ley de la Constitución y la Ley de Nacionalidad y Ciudadanía Irlandesas de 2004, los niños nacidos en Irlanda de padres no nacionales perdieron el derecho automático a la ciudadanía. En cambio, solamente los niños nacidos en Irlanda de padres con un vínculo real previo con el país, acreditado por residir en él durante tres de los cuatro años anteriores, tenían derecho a la ciudadanía. En enero de 2005, el Ministro de Justicia introdujo el Plan de los Niños Nacidos en Irlanda, comúnmente conocido como Plan IBC/05. De conformidad con el Plan, los padres autorizados a permanecer en el país no tienen derecho a la reunificación familiar con la esposa, los hijos u otros miembros de la familia que residen fuera del Estado. Los padres no nacionales de niños nacidos en Irlanda con posterioridad al 1 de enero de 2005 pueden solicitar permiso para permanecer en el país otros dos años. En 2007 y 2010, se introdujeron los Planes de Renovación del IBC. En virtud de ellos, los padres no nacionales pueden solicitar autorización para residir en el país otros tres años, con ciertas condiciones. En 2005, basándose en el hecho de tener un hijo nacido en Irlanda, se autorizó a 16.991 padres no nacionales a permanecer en el país. En 2007, el número de renovaciones del permiso de residencia concedidas ascendió a 15.052, mientras que en 2010 fue de 12.069.

B.Preservación de la identidad

326.Como se señala en el segundo informe periódico de Irlanda, un niño puede verse privado de la ciudadanía irlandesa basada en el nacimiento o la adopción solamente en condiciones estrictamente definidas.

C.Libertad de expresión, y derecho a buscar, recibir y difundir información

327.El artículo 40.6.1 de la Constitución irlandesa garantiza los derechos de los ciudadanos a expresar libremente sus convicciones y opiniones.

328.La Ley sobre Libertad de Información de 1977, y la Ley sobre Libertad de Información (enmendada) de 2003, obligan a los departamentos gubernamentales y a una amplia gama de organismos oficiales a publicar la información sobre sus actividades y a poner a disposición de las personas afectadas la información personal que tengan en su poder. Asimismo, establecen los siguientes derechos jurídicos:

Derecho a acceder a la información que está en poder de organismos oficiales y departamentos gubernamentales;

Derecho a obtener la información oficial sobre sí mismo con las modificaciones correspondientes en caso de estar incompleta, ser incorrecta o resultar engañosa;

Derecho a obtener explicaciones sobre las decisiones que afectan a uno mismo.

329.Con arreglo a las Leyes sobre Libertad de Información, cualquier persona puede solicitar de los departamentos gubernamentales y de una amplia gama de organismos oficiales los siguientes documentos:

Registros relacionados con la propia persona, cuando quiera que hayan sido creados;

Todos los registros creados después del 21 de abril de 1998.

D.Libertad de pensamiento, conciencia y religión

330.En el segundo informe periódico de Irlanda se detallan las disposiciones constitucionales relativas a la libertad de pensamiento, conciencia y religión, la práctica religiosa libre y el derecho de los padres a garantizar la enseñanza religiosa de sus hijos.

331.Irlanda ha firmado el Protocolo 12 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, pero como consecuencia de las preocupaciones que suscitan el artículo 1 del Protocolo y su falta de claridad en relación con el alcance preciso de las obligaciones impuestas a los Estados partes por la prohibición de carácter general de discriminación, aún no lo ha ratificado. El Departamento de Justicia e Igualdad sigue estudiando la ratificación del Protocolo y la interpretación que hace de su artículo 1 el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

332.En el segundo informe periódico de Irlanda se señalan las disposiciones relativas a la enseñanza de la religión en las escuelas.

333.En 2011, el Ministro de Educación y Formación Profesional anunció la creación del Foro sobre patrocinio y pluralismo en el sector de la enseñanza primaria y estableció un grupo asesor independiente que debería brindarle asesoramiento en materia de políticas sobre:

El modo en que se podría asegurar que el sistema educativo pueda disponer de una cantidad y una gama suficientemente diversas de escuelas para atender a todas las religiones y a las personas que no profesan ninguna religión;

Los aspectos prácticos en los que el traspaso o la desvinculación del patrocinio afectaría a cada una de las escuelas primarias en las comunidades donde sea apropiado y necesario; y

El modo en que esos traspasos o desvinculaciones se podrían acelerar para asegurar que la demanda de diversidad de patrocinio se pueda identificar y satisfacer a escala nacional (también desde la perspectiva de la lengua irlandesa).

334.El grupo asesor del Foro sobre Patrocinio y Pluralismo adoptó un enfoque multidimensional en su labor y celebró consultas con interesados directos fundamentales y con jóvenes. En el informe del grupo asesor, publicado por el Departamento de Educación y Formación Profesional en abril de 2012, se recomienda lograr la diversidad de patrocinio basándose en las escuelas actuales, en aquellas zonas en las que la población es estable (Coolahan et al., 2012). Allí donde exista un grupo de escuelas confesionales y también demanda parental de otro tipo de patrocinio escolar, en el informe se recomienda que se ponga en marcha el traspaso del patrocinio con la ayuda del Departamento. El grupo asesor señala que los cambios de patrocinio deberían realizarse escalonadamente, mediante un enfoque basado en zonas geográficas, teniendo en cuenta las preferencias de los padres. En junio de 2012, el Ministro anunció el establecimiento de un plan de acción para dar respuesta a las conclusiones del informe, y actualmente se está trabajando en este sentido. Basándose en las recomendaciones del grupo asesor, entre octubre de 2012 y febrero de 2013 se llevó a cabo una encuesta entre padres en 44 zonas del país. Asimismo, se facilitó a los padres amplia información sobre los diferentes tipos de escuelas y los posibles organismos patrocinadores mediante una campaña de información exhaustiva, y se estableció una línea telefónica de ayuda para atender consultas. En la actualidad se está llevando a cabo un análisis detallado de los resultados de la encuesta. Además, se prevé hacer un llamado público a presentar propuestas para fomentar una mayor integración en las escuelas primarias, que incluirá un folleto informativo para los padres preparado con la ayuda del Consejo Nacional de Padres (Enseñanza Primaria). Los resultados de este ejercicio de consulta y las conclusiones y recomendaciones en materia de integración formuladas por el grupo asesor se incorporarán en el texto del Libro Blanco.

E.Libertad de asociación y de reunión pacífica

335.El artículo 40.6.1 de la Constitución irlandesa garantiza los derechos de todos los ciudadanos, con sujeción al orden público y la moralidad, a crear asociaciones y sindicatos y a reunirse pacíficamente sin armas.

F.Protección de la vida privada y de la imagen

336.La sobre la Protección de Información, de 1998, y la Ley sobre la Protección de Información (enmendada) 2003, proporcionan salvaguardias jurídicas para el almacenamiento de información personal en ordenadores o en archivos manuales por terceras partes. Las salvaguardias de esas leyes se aplican tanto a niños como a adultos.

337.En Irlanda, los procedimientos judiciales que afectan a niños se celebran "por cualquier otro medio distinto de la audiencia pública" o a puerta cerrada. La Ley de Reforma de la Ley de Separación Judicial y de Familia de 1989, dispone que las causas se vean por un medio distinto de la audiencia pública, lo que la mayoría de los tribunales han interpretado que significa que deben verse en privado. La Ley de Derecho de Familia de 1996, también establece que las causas se vean por un medio distinto de la audiencia pública, y el instrumento jurídico Nº 84, de 1997, interpreta este requisito con el significado de "a puerta cerrada". La Ley de Responsabilidad Civil y Tribunales de 2004, permite que los juristas y determinadas clases de personas que se identifican en los reglamentos establecidos por el Departamento de Justicia e Igualdad informen sobre los procedimientos y decisiones de derecho de familia, pero prohíbe que en estos informes se identifique a cualquier parte en las actuaciones que la afectan. Esto ha hecho posible que se estudien más a fondo los casos de derecho de familia, particularmente por profesionales académicos.

338.La Ley de Atención a la Infancia de 1991, prevé que las causas relativas a la protección de niños se vean a puerta cerrada. El acceso a estos procedimientos queda a discreción del juez, y solamente se concede a unos cuantos limitados profesionales, principalmente investigadores académicos. El Reglamento (S.I. Nº 467/2012) de la Ley de Atención a la Infancia (véase el artículo 29.7)) de 1991, establece que, en virtud de las partes III, IV y V de dicha ley, determinadas categorías de personas tienen derecho a solicitar asistir a las vistas de procedimientos relacionados con casos de cuidado y protección de niños que se celebran en el Tribunal de Distrito, con miras a preparar un informe de casos a los efectos de prestar asistencia para un mejor funcionamiento de la Ley de Atención a la Infancia de 1991. La persona que elabore el informe deberá participar en la revisión de la legislación sobre atención a la infancia, será designada por un organismo específico y estará sujeta a la aprobación del Ministro de Asuntos de la Infancia y la Juventud. En ninguno de los informes preparados con arreglo al citado Reglamento se identificará a las partes en los procedimientos que les afecten.

339.En Irlanda, el Tribunal de Menores también se reúne en sesión privada, y no puede divulgarse al público información que permita identificar a las partes afectadas. En relación con las actuaciones penales, la Ley del Niño de 2001, en su forma enmendada, establece limitaciones en la divulgación de información sobre los procedimientos relacionados con niños (artículo 93 de la Ley en su forma enmendada por la Ley de Derecho Penal de 2006) y asimismo determina qué personas tienen derecho a estar presentes en las vistas del tribunal (art. 94). La gravedad del delito no es pertinente a los efectos de la aplicación de estas disposiciones.

G.Acceso a información procedente de diversas fuentes, y protección contra todo material perjudicial para los niños

340.En el segundo informe periódico de Irlanda se incluye una disposición relativa al suministro de información apropiada a los niños por conducto de los servicios de biblioteca y radiodifusión, así como a la protección de los niños contra la información inapropiada o perjudicial facilitada a través de los medios de comunicación, las películas, las grabaciones en vídeo y la Internet. Desde 2005, se han adoptado diversas medidas para asegurar más el acceso de los niños a información apropiada y a la vez protegerlos contra materiales perjudiciales.

Radiodifusión y publicidad

341.En enero de 2007, la Dirección de Normas de Publicidad de Irlanda (ASAI) publicó la revisión del Manual of Advertising Self-Regulation with the Code of Standards for Advertising, Promotional and Direct Marketing in Ireland (Manual de autorregulación de la publicidad con arreglo al Código de Normas de Publicidad, Promoción y Venta Directa en Irlanda), en su sexta edición. El Manual incluye un capítulo sobre la publicidad y los niños donde se establece una serie de criterios que reconocen la necesidad de respetar las características particulares de los niños, de mostrarlos de una manera apropiada e inofensiva, de protegerlos contra el daño físico, mental y moral, de anunciar de forma apropiada los productos alimentarios y las bebidas destinados a los niños y de proteger su derecho a la intimidad.

342.En el segundo informe periódico de Irlanda se describe la elaboración del Código de la Infancia por la Comisión de Radiodifusión de Irlanda (actualmente, Autoridad de Radiodifusión de Irlanda, BAI). En 2008 se llevó a cabo una revisión oficial del Código en consulta con interesados directos fundamentales. De sus conclusiones, publicadas en 2009, surgió el compromiso de revisar algunas partes del Código, incluidas las normas sobre alimentos y bebidas, y de publicar unas notas de orientación relativas a otras normas. Tras esta revisión, se actualizó el Código para incorporar la Directiva del Consejo de Europa de servicios de comunicación audiovisual (Directiva AVMS, 2010/13/EU) en la legislación irlandesa, y en mayo de 2011 entró en vigor el nuevo Código de Comunicación Comercial Infantil ampliado. En 2011 y 2012, la BAI celebró consultas por medio de comunicaciones comerciales con niños acerca de los reglamentos que deben aplicarse a la promoción de alimentos con un alto contenido de grasa, sal y azúcar. En la segunda mitad de 2013 debía entrar en vigor un nuevo código con restricciones y reglas sobre la promoción de esos alimentos. Dicho código afecta específicamente a las comunicaciones comerciales que promueven productos, servicios o actividades considerados de particular interés para los niños y que se emiten durante y entre los programas infantiles. El Código de Comunicación Comercial Infantil puede consultarse en el sitio web de la BAI (www.bai.ie), en la sección sobre códigos y normas.

343.El Departamento de Asuntos de la Infancia y la Juventud ha colaborado con el comercio al por menor en la cuestión de las prendas de vestir apropiadas para la edad de los niños, y en junio de 2012 publicó las Directrices de Irlanda relativas al comercio al por menor de la ropa de niño, concebidas para luchar contra la sexualización de los niños pequeños (Retail Ireland, 2012).

Seguridad en Internet

344.Entre 2006 y 2007, la Junta Consultiva sobre Internet prosiguió con su labor de fomento de la sensibilización acerca de la seguridad en Internet y de sus riesgos potenciales para los niños y jóvenes. También siguió supervisando el papel de las líneas directas de Internet, que permiten que las personas denuncien de forma anónima cualquier contenido presuntamente ilícito en Internet.

345.La Oficina de Seguridad en Internet (OIS) fue establecida en 2008 para responder a las crecientes preocupaciones sobre la seguridad en Internet y asumió las responsabilidades que antes correspondían a la Junta Consultiva. La OIS se encarga de coordinar medidas para lograr un entorno más seguro en Internet, en particular para los niños y jóvenes, en el contexto de un régimen de autorregulación y cooperación, centrándose sobre todo en la lucha contra la pornografía infantil. Desde su creación, ha publicado una serie de guías divulgativas sobre distintos aspectos de la seguridad en Internet, entre las que figuran las siguientes: A Parent's Guide to New Media Technologies (Guía para padres sobre las nuevas tecnologías de la comunicación); A Parent's Guide to Filtering Technologies (Guía para padres sobre las tecnologías de filtrado); A Parent's Guide to Social Networking Sites (Guía para padres sobre las páginas de redes sociales); y A Guide to Cyber-bullying (Guía sobre el ciberacoso).

346.La OIS gestiona el proyecto Internet más segura – Irlanda, que recibe financiación del Programa de la Unión Europea para una Internet más segura. En este contexto, se han puesto en marcha diversas iniciativas:

La línea directa en Internet (www.hotline.ie), cofinanciada y gestionada por la Asociación de Proveedores de Servicios de Internet de Irlanda, que forma parte de la Asociación Internacional de Líneas Directas de Internet (INHOPE) (véase www.inhope.org). La línea directa se ocupa de la información confidencial sobre contenidos ilícitos en Internet.

Campañas de sensibilización sobre la seguridad en Internet, en particular en colaboración con el Centro Nacional de Tecnologías en la Educación (www.ncte.ie), que gestiona el nodo de sensibilización sobre la seguridad en Internet de Irlanda (www.webwise.ie). El Centro Nacional divulga información sobre la seguridad en Internet mediante los planes de estudio. En febrero de 2012 se puso en marcha el Programa Webwise de la escuela primaria.

La colaboración con las partes interesadas pertinentes, que abarcan los intereses en los ámbitos normativo, industrial y de protección de la infancia, por medio del Consejo Asesor sobre la Seguridad en Internet, que asesora a la OIS.

La Sociedad de Prevención de la Crueldad contra los Niños de Irlanda (ISPCC) (www.ispcc.ie) gestiona un servicio multimedia de escucha para niños y jóvenes menores de 18 años. El servicio es gratuito y confidencial, y está disponible las 24 horas del día, los 7 días de la semana y 365 días al año (www.childline.ie).

El Consejo Nacional de Padres (Enseñanza Primaria) (www.npc.ie) dispone de un servicio de asistencia telefónica destinado a los padres. Se trata de un servicio de ámbito nacional y confidencial en el que pueden hallar información y apoyo en caso de que sus hijos tropiecen con problemas en Internet, en particular el ciberacoso.

347.En 2010, se estableció el Grupo asesor de jóvenes para una Internet más segura en Irlanda, para lograr que las opiniones de los niños y jóvenes se incorporen en las actividades de sensibilización y en la labor de formulación de políticas de la OIS. En la actualidad prosigue con su labor de desarrollo y mejora de todas las actividades mencionadas.

H.Derecho a no ser sometido a torturas ni a otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, incluidos los castigos corporales

348.En el segundo informe periódico de Irlanda se ofrece información sobre las disposiciones constitucionales y legislativas relativas a la tortura, los tratos crueles o inhumanos y los castigos corporales. Dichas disposiciones siguen rigiendo esta esfera.

349.Conviene aclarar que Irlanda no dispone de ninguna ley o norma que permita explícitamente los castigos corporales en el hogar. En el artículo 246 de la Ley de la Infancia de 2001, se establecen elementos jurídicos disuasivos claros contra el uso de la disciplina física excesiva en el hogar y en otros entornos.

350.A pesar de que en el sistema de common law existe una limitada defensa del "castigo razonable", con anterioridad los tribunales irlandeses han dictado sentencias severas contra padres declarados culpables de agresión o de hacer un uso irrazonable o excesivo de la fuerza. En años recientes, en todos los servicios profesionales de salud se ha prohibido de forma explícita la práctica del castigo corporal. Si bien hasta la fecha no se ha presentado una propuesta concreta para prohibir esa práctica en el hogar, la cuestión es objeto de un seguimiento permanente. El Gobierno considera que se trata de un problema que exige alcanzar un equilibrio delicado entre las prioridades de protección del niño y los intentos de penalizar a los padres que "pegan" a sus hijos. Cualquier propuesta de cambio legislativo en esta esfera exigirá un examen atento debido a los relativos beneficios de las sanciones penales y la promoción positiva de buenos modelos paternos, así como a las posibles implicaciones constitucionales relacionadas con el papel de la familia.

351.Es importante destacar que en Irlanda en los últimos años se ha avanzado considerablemente en la eliminación de prácticamente todas las formas de violencia contra los niños y en la sensibilización de los padres a favor del uso de formas no violentas alternativas de disciplina en el entorno familiar. Los recientes resultados del estudio longitudinal nacional Growing Up in Ireland, financiado por el DCYA, indican que cerca del 90% de los padres manifestó no haber usado "nunca" (57%) o "raramente" (32%) castigos corporales o físicos como medio para disciplinar a sus hijos (Williams et al., 2009). En todo el país se imparte una amplia variedad de cursos de educación parental, y nuevas investigaciones señalan que los padres reconocen y valoran positivamente la influencia que tiene la educación sobre estilos de crianza en el descenso en el uso de castigos corporales. Además, el DCYA está trabajando para establecer la manera más eficaz de apoyar a los padres por medio de la nueva Agencia de Asuntos de la Infancia y la Familia (CFA).

Trato de menores sospechosos

352.Siguen vigentes las obligaciones reglamentarias relacionadas con los niños en régimen de detención que se detallan en el segundo informe periódico de Irlanda. Asimismo, en 2007 la sede central de la Garda emitió una directiva a este respecto, y en 2008 publicó unas notas exhaustivas de orientación relativas a la aplicación del Reglamento sobre la Custodia que distribuyó entre los miembros de la Garda Síochána.

353.De conformidad con el compromiso dado al Comité Europeo para la Prevención de la Tortura en 2010, la sede de la Garda emitió un nuevo recordatorio indicando que infligir malos tratos a las personas detenidas era inaceptable y sería objeto de medidas disciplinarias.

354.El Comisionado de la Garda Síochána publicó el folleto revisado C.72(S), "Información para las personas en régimen de detención", que debe leerse y entregarse a todas las personas detenidas para notificarles sus derechos e informarles de que la Garda Síochána tiene la obligación de respetar en todo momento sus derechos personales y su dignidad como seres humanos y no debe infligirles malos tratos de ninguna clase. El folleto se editó en diferentes idiomas para que todas las personas detenidas bajo custodia de la Garda reciban información sobre sus derechos por escrito en un idioma que entiendan.

355.El Registro de Detenidos revisado, que se publicó en 2009, prevé que se evalúen los riesgos para cada persona detenida y establece todas las condiciones necesarias en relación con dicha persona. Incorpora una nueva sección sobre los niños en régimen de detención y proporciona información más detallada sobre cuestiones como el estado de la persona detenida al llegar al centro de detención. Sirve de salvaguardia tanto para la persona detenida como para los miembros de la Garda Síochána. En el Registro de Detenidos se anotan todos los casos en que una persona detenida haya resultado lesionada antes, durante o después de su detención, y si es necesario se obtiene un informe médico.

356.Con arreglo a su Estrategia para los niños y jóvenes, la Garda Síochána tiene el compromiso de "proporcionar un servicio de policía de calidad a todos los niños y jóvenes y de hacerlo mostrando dignidad y respeto por sus derechos humanos comunicándose con ellos y escuchándolos, y al mismo tiempo trabajando para establecer y mantener unas relaciones positivas con estas personas". Un elemento importante de la Estrategia es cerciorarse de que la Garda Síochána esté preparada para prestar un servicio de calidad a los niños y jóvenes, y procurar respetar las normas más elevadas reconocidas internacionalmente sobre comportamiento y prácticas óptimas en el trato con todos los niños y jóvenes.

357.La Estrategia establece una serie de medidas relacionadas con la formación, incluida la facilitación de información sobre las convenciones internacionales relacionadas con los niños en régimen de detención. Entre los cursos impartidos en la Facultad de Formación sobre la Lucha contra la Delincuencia, de la Escuela de la Garda Síochána en Templemore, figura un curso específico para formar a entrevistadores sobre cómo preparar y llevar a cabo entrevistas con niños sospechosos o víctimas de delitos.

I.Medidas para promover la recuperación física y psicológica y la reintegración social de los niños víctimas

358.La HSE proporciona servicios de protección y bienestar del niño por medio de una serie de disciplinas e intervenciones profesionales, en conformidad con las obligaciones legislativas, los documentos de política y las directrices nacionales y de la propia HSE. El artículo 3 de la Ley de la Infancia de 2001 establece la obligación jurídica de que la HSE identifique a los niños que no reciben la atención y protección adecuadas, y luego de que proporcione servicios apropiados de apoyo a la familia y de atención a los niños, que se entiende que incluyen los servicios de protección del niño en caso de necesidad.

359.A continuación se enumeran las principales disposiciones legislativas relativas a los servicios de protección y bienestar del niño:

Ley sobre la Protección de Información de 1988 y Ley de Enmienda de 2003;

Ley sobre el Secuestro de Menores y la Aplicación de Órdenes de Tutela de 1991;

Ley de Atención a la Infancia de 1991;

Ley de Derecho de Familia de 1995;

Ley sobre la Violencia Doméstica de 1996;

Ley del Refugiado de 1996;

Ley sobre Libertad de Información de 1997 y Ley de Enmienda de 2003;

Ley de Delitos sin Resultado de Muerte contra las Personas de 1997;

Ley de Educación de 1998;

Ley de Protección de las Personas que Denuncian Casos de Abuso de Menores de 1998;

Ley de Protección del Niño (Convenio de La Haya) de 2000;

Ley de la Infancia de 2001;

Ley de Salud Mental de 2001;

Ley del Defensor del Niño de 2002;

Ley de Discapacidad de 2005.

360.El marco legislativo está respaldado por la Constitución de Irlanda y la Convención sobre los Derechos del Niño (ratificada por Irlanda en 1992). La Ley del Defensor del Niño de 2002 se aplica en relación con las quejas remitidas al Defensor del Niño. La Ley de Atención a la Infancia de 2001 proporciona un marco para el desarrollo del sistema de justicia juvenil y dispone abordar las necesidades de los niños fuera de control o no infractores que puedan llevarse ante los tribunales. La ley prevé dos vías distintas para esos niños, una de las cuales es la de los servicios de bienestar ofrecidos por la HSE.

361.En los informes presentados ante un departamento de asistencia social se incluye toda la información recibida acerca de los casos en que existe preocupación sobre la seguridad y el bienestar de un niño. Las comunicaciones pueden proceder de profesionales de otras instancias, del público o de una petición de ayuda y apoyo formulada directamente por la familia. La HSE tiene la obligación de atender seriamente todas las comunicaciones relacionadas con la protección y el bienestar de un niño, cualquiera que sea su procedencia, y de examinar con detenimiento y equidad la naturaleza de la información comunicada. Hay que alcanzar un equilibrio entre proteger al niño y evitar intervenciones innecesarias y perturbadoras. Un niño o un joven tienen derecho a remitirse a sí mismos a los servicios de asistencia social.

362.Todos los informes enviados a los departamentos de asistencia social de la HSE están sujetos a un procedimiento normalizado de gestión para las derivaciones y evaluaciones iniciales. Con arreglo a este procedimiento:

Se llevará a cabo un proceso de selección a fin de identificar los informes que no correspondan a la competencia de los Servicios para la Infancia y la Familia de la HSE, y de trasladarlos a las instancias más apropiadas.

Con respecto a los demás informes, se realizarán las averiguaciones preliminares para confirmar la información fundamental (por ejemplo, verificar los datos de contacto de los informantes, la dirección del niño, la naturaleza de la preocupación comunicada y si ya está en conocimiento de la HSE). Una investigación preliminar no es una evaluación. El propósito de este proceso es apoyar y ayudar al trabajador social en la adopción de medidas para dar respuesta a la información comunicada con miras a determinar la mejor solución para el niño objeto del informe. Por lo general, la decisión o medida que se adopte será una evaluación o, además, una intervención. El proceso de selección y de investigación preliminar no debería alargarse más de 24 horas.

La evaluación inicial se define como un proceso de tiempo limitado que permite reunir suficiente información sobres las necesidades y los riesgos relativos a un caso, de modo que puedan adoptarse decisiones, recomendaciones y medidas informadas. Previsiblemente, las evaluaciones iniciales se llevan a cabo dentro de un plazo de tiempo específico (un máximo de 20 días laborables, aunque pueden terminarse mucho antes), y en ellas se emplean procedimientos normalizados y plantillas y formularios aprobados. Normalmente una evaluación inicial se basa en entrevistas y visitas domiciliarias o sobre el terreno, que algunas veces se definen como "trabajo directo". Los objetivos de la evaluación inicial son determinar si puede ser necesaria otra evaluación, o una evaluación más exhaustiva, y permitir, en caso necesario, que se instaure un plan de intervención y apoyo continuos.

363.El Ferns Inquiry Report (Informe sobre la investigación de Ferns) (2005) contabilizó más de 100 denuncias de abuso sexual infantil cometido entre 1962 y 2002 contra 21 sacerdotes de la diócesis de Ferns. Se establecieron diversos grupos de trabajo para llevar a la práctica las recomendaciones del informe.

364.El Grupo de trabajo Ferns IV se encargó de examinar las necesidades de los niños y jóvenes víctimas de abuso sexual, así como las de sus familias. El informe del Grupo de trabajo, titulado Assessment, therapy and counselling needs of children who have been sexually abused, and their families (Necesidades de evaluación, tratamiento y orientación de los niños víctimas de abuso sexual y de sus familias), se terminó en noviembre de 2009.

365.En noviembre de 2011, la HSE estableció el Comité Directivo Nacional Ferns IV para poner en práctica las conclusiones del informe Ferns IV de 2009 (véase más arriba) y el informe de la HSE (2011c) titulado National Review of Sexual Abuse Services for Children and Young People (Examen nacional de los servicios proporcionados a los niños y jóvenes víctimas de abuso sexual). El Comité Directivo Nacional Ferns IV, que representa a todos los interesados directos más importantes, ha elaborado un modelo nacional para la organización de servicios para los casos de abuso sexual.

366.Los dos mencionados informes promueven de forma coherente un modelo nacional de servicio que:

Incorpore en un solo servicio nacional todos los recursos que en la actualidad se emplean en los servicios que atienden los casos de abuso sexual en los distintos sectores. Dicho servicio proporcionará modelos de servicio normalizados y ajustados a las prácticas óptimas. Se aprovechará la red actual de centros para crear el nuevo servicio nacional.

Integre y coordine los seis elementos fundamentales de los servicios para casos de abuso sexual, a saber:

Examen médico/forense;

Protección de menores;

Investigación de la Garda;

Evaluación;

Tratamiento;

Proceso judicial; y

Preste servicios a través de los centros regionales especializados, que apoyan a las redes regionales de médicos clínicos y proporcionan servicios ambulatorios, según sea necesario.

367.Está previsto que la aplicación del modelo nacional dé comienzo en 2013. La organización voluntaria CARI proporciona terapias centradas en los niños a las víctimas de abuso sexual infantil y a los menores de 12 años que muestran un comportamiento sexualizado. También ofrece una línea telefónica directa para profesionales y padres que desean remitir a un niño al pertinente servicio, como el que brinda apoyo a padres no maltratadores; el de acompañamiento de niños, padres, cuidadores o tutores en los tribunales; el que imparte formación a los trabajadores sociales, terapeutas y psicólogos; el que ofrece asesoramiento, y un programa de educación preventiva para niños. En 2012, CARI recibió algo menos de 400.000 euros para prestar esos servicios.

368.La Agencia de Apoyo a la Familia (FSA), que se integrará en la nueva Agencia de Asuntos de la Infancia y la Familia, proporciona servicios de asesoramiento a los niños víctimas o testigos de violencia doméstica en los diversos centros que tiene en el país.

369.En los párrafos 171 a 176 y 207 a 209 se incluyen las disposiciones para los niños que son víctimas de trata de personas o se sospecha que lo han sido.

370.En virtud de la Ley del Refugiado de 1996 y la Ley de Atención a la Infancia de 1991, la HSE es responsable de atender las necesidades inmediatas y del momento de los niños separados que solicitan asilo en lo relativo al alojamiento, las necesidades médicas y sociales, y la solicitud de la condición de refugiados. Muchos de esos niños habrán sufrido un gran trauma. Las principales responsabilidades de la HSE son decidir si presentar la solicitud de asilo corresponde al interés superior del niño y, en caso afirmativo, ayudar al niño en la tramitación de la solicitud, atender sus necesidades inmediatas o del momento y velar por su bienestar, alojándolo debidamente y colaborando con los servicios de salud, psicológicos, sociales y educativos. La HSE ha establecido un equipo de asistencia social específico para niños separados en la región oriental del país.

371.Hasta la fecha, la inmensa mayoría de los niños no acompañados se ha conducido o remitido a la HSE en la región oriental por intermedio de las autoridades de inmigración o la Oficina del Comisionado para las Solicitudes del Estatuto de Refugiado (ORAC), y un equipo especializado con base en Dublín les ha proporcionado servicios. La asistencia a los solicitantes durante la tramitación del asilo y el proceso de apelación, según proceda, corre a cargo del Equipo de trabajadores sociales y de trabajadores de proyectos. En virtud de la Ley de Atención a la Infancia de 1991, gran parte de esos menores se colocan en régimen de tutela voluntaria de la HSE. El servicio de la HSE para niños separados solicitantes de asilo ha experimentado un considerable desarrollo desde 2009, y en la actualidad se reconoce como un servicio excelente, con un apoyo y una atención de alta calidad para los niños.

V.Entorno familiar y modalidades alternativas de cuidado

A.Entorno familiar y orientación de los padres, impartida en consonancia con la evolución de las facultades del niño

372.En el segundo informe periódico de Irlanda figuran las disposiciones constitucionales y legislativas relativas a la patria potestad. En el mismo informe también se indican los mecanismos de apoyo a los padres y tutores en el cumplimiento de sus responsabilidades parentales. Como en 2005, la política gubernamental relativa al apoyo a la familia sigue basándose en la convicción de que, en la mayoría de los casos, los niños reciben unos cuidados más apropiados de su familia. En consecuencia, el Estado solo interviene para apoyar a los padres cuando estos han dejado de cumplir sus obligaciones con arreglo a la legislación pertinente. En los últimos años, el Gobierno ha centrado su atención en la prevención y la intervención temprana orientadas a las familias que atraviesan dificultades, con miras a ayudar a los padres en sus responsabilidades y en el sustento de la familia.

373.La FSA se integrará en la CFA en 2013. Previamente, la FSA ha proporcionado una amplia gama de servicios de apoyo, mediación y asesoramiento. El Servicio de Mediación de la Familia fue transferido del Departamento de Justicia e Igualdad en noviembre de 2011. Entre 2007 y 2010, abrió 4 centros a tiempo parcial y 12 centros a tiempo completo en todo el país, y cada año accedieron a ellos hasta 1.500 parejas. El apoyo, promoción y asistencia para el desarrollo proporcionados por la FSA al Programa de centros de recursos sobre servicios familiares y comunitarios se han ampliado notablemente, con un aumento del número de centros financiados con fondos básicos de 59 en 2003 a 107 en 2010 y el correspondiente incremento en la financiación de 7 millones de euros a 16 millones de euros. La FSA también gestiona el Plan de subvenciones para organizaciones voluntarias que proporcionan servicios de orientación sobre el matrimonio, los hijos y el duelo. Las subvenciones aumentaron de 7 millones de euros en 2003 a 9,4 millones de euros en 2012.

374.En 2008, el DCYA puso en marcha el Programa de Prevención e Intervención Temprana con miras a ensayar métodos innovadores orientados a mejorar los resultados para los niños y las familias. El Gobierno y diversos asociados filantrópicos, como la organización Atlantic Philanthropies, financiaron el Programa con 36 millones de euros. La vigilancia y evaluación continuas y rigurosas de los resultados de las actividades emprendidas ha sido uno de sus componentes fundamentales, al igual que la evaluación de centros individuales para identificar las intervenciones que funcionan y cómo y dónde pueden ponerse en práctica con la máxima eficacia para mejorar la prestación de servicios y formular nuevas políticas. En 2013 se está introduciendo un nuevo enfoque de la pobreza infantil que consolidará y ampliará la iniciativa de este Programa.

375.En el segundo informe periódico de Irlanda se ofrece información sobre los proyectos Trampolín de Apoyo a la Familia, financiados por la HSE, cuya intensa labor en curso se orienta a ayudar a los niños que corren riesgo de internamiento en una institución o de tener problemas con su familia. En 2010, se contabilizaron 1.089 derivaciones familiares a esos proyectos, que atendieron a 1.307 padres y 1.651 niños.

376.El segundo informe de Irlanda también aporta información sobre la Iniciativa de Apoyo a Padres Adolescentes, que brinda ayuda a los padres menores de 19 años hasta que su hijo cumple los 2 años de edad. La Iniciativa ofrece apoyo en esferas como la salud, las relaciones, la crianza y el cuidado de los hijos, la vivienda, las prestaciones sociales, la educación, la formación y en cualquier otro ámbito que pueda preocupar a los jóvenes padres. En 2010, la Iniciativa recibió una financiación de 1,78 millones de euros de la HSE y estaba trabajando en 11 proyectos por todo el país, cada uno de ellos basado en una organización empleadora de los sectores oficial y voluntario. Cuenta con un coordinador nacional y con un comité asesor nacional que proporciona un foro para compartir información y colaboración interinstitucional.

B.Obligaciones comunes de los padres y modalidades alternativas de cuidado, asistencia a los padres y prestación de servicios de atención infantil

377.En la UE, las cuestiones relativas a la guarda que afectan a la competencia, reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales en materia matrimonial y de responsabilidad parental se abordan en el Reglamento (CE) Nº 2201/2003 del Consejo, de 27 de noviembre de 2003, por el que se deroga el Reglamento (CE) Nº 1347/2000. Ese nuevo Reglamento, que suele conocerse como Bruselas II, entró en vigor el 1 de marzo de 2005 y rige el reconocimiento en toda la UE de las decisiones relativas al acceso, guarda y tutela adoptadas por cada Estado miembro. A fin de garantizar la igualdad para todos los niños, el alcance del Reglamento se amplía para abarcar todas las decisiones sobre responsabilidad parental, independientemente de si los padres están o estaban o no casados, o de si las partes en el procedimiento son o no los padres biológicos del niño en cuestión.

378.Las disposiciones relativas a la licencia de maternidad y la licencia parental se describen en los párrafos 296 a 298, mientras que en los párrafos 533 a 539 se incluye información sobre la ayuda financiera a los padres y las familias.

379.En el período entre 2000 y 2007, el Gobierno de Irlanda y la UE financiaron conjuntamente el Programa de Atención a la Infancia e Igualdad de Oportunidades (EOCP), cuyos objetivos eran mantener y aumentar el número de servicios de guardería y el de plazas disponibles para los padres, introducir un enfoque coordinado en la prestación de esos servicios y mejorar su calidad.

380.El EOCP funcionó con tres subgrupos para poder alcanzar sus objetivos. Proporcionó fondos de capital a las asociaciones sin ánimo de lucro y los proveedores comerciales de la comunidad, así como apoyo de personal para los grupos comunitarios en las zonas desfavorecidas. Los gastos totales derivados del Programa que se destinaron al desarrollo de servicios de guardería ascendieron a 230 millones de euros en fondos de capital, cerca del 90% de los cuales fueron para servicios comunitarios sin ánimo de lucro. El Programa también respaldó proyectos de mejora de la calidad, incluida la financiación de 33 CSC y 7 organizaciones voluntarias de atención infantil de ámbito nacional. La creación de los CSC representa un importante avance producto del Programa, al asegurar que la cuestión de la atención infantil figure de manera destacada en todos los debates sobre desarrollo local.

381.En 2006, se puso en marcha el Programa Nacional de Inversiones en Atención Infantil (NCIP), que sucedía al EOCP. El NCIP estaba enteramente financiado por el Estado y se proponía continuar los progresos realizados por el EOCP. Durante el período de 2006 a 2011, desembolsó 185 millones de euros en fondos de capital. Además, en 2008 las subvenciones con cargo al EOCP destinadas a apoyar la dotación de personal fueron sustituidas por el Plan de Subvención de Guarderías Comunitarias, centrado en reducir los costos de guardería para los padres con bajos ingresos.

382.Entre 2000 y 2011, se invirtieron alrededor de 415 millones de euros en fondos de capital en el marco de los programas EOCP y NCIP. Se estima que estas inversiones crearon 65.000 plazas adicionales de guardería de jornada completa en la región, cerca de 40.000 de las cuales gracias a la financiación del EOCP.

383.Actualmente, el Gobierno irlandés destina aproximadamente 250 millones de euros anuales a tres programas de apoyo que permiten a los padres de hijos en edad preescolar acceder a servicios de guardería y educación de calidad y a precios razonables. El DCYA es el organismo ejecutor de esos tres programas, a saber, el programa Atención y Educación en la Primera Infancia (ECCE), que ofrece el primer año de enseñanza preescolar gratuito, el programa Subvención de Guarderías Comunitarias (CCS) y el programa Apoyo a la Educación y Formación de la Atención del Niño (CETS).

384.El programa ECCE se puso en marcha en enero de 2010. Se trata de un programa universal que proporciona un primer curso preescolar gratuito a todos los niños que reúnen las condiciones para solicitarlo el año antes de empezar la enseñanza primaria y posibilita el acceso de todos los niños a la educación de la primera infancia. Alrededor de 65.000 niños (aproximadamente el 95% de los niños un año antes de comenzar la escolaridad) están disfrutando de esta disposición que establece la enseñanza preescolar gratuita, cuyo costo anual asciende a 175 millones de euros.

385.El programa CCS se inició en septiembre de 2010, y ayuda a los servicios comunitarios de guardería a ofrecer una asistencia infantil de calidad a precios reducidos a los padres desfavorecidos y los padres trabajadores con bajos ingresos. Para considerar a los padres como desfavorecidos o con bajos ingresos, estos deben estar recibiendo algún tipo de ayuda condicionada al nivel de recursos, como la prestación de asistencia social, el complemento de los ingresos familiares, la tarjeta de visita de medicina general o la tarjeta sanitaria. En la actualidad, el programa presta ayuda a 25.000 niños, con un costo anual de más de 40 millones de euros.

386.El programa CETS, que también se puso en marcha en septiembre de 2010, contrata servicios de guardería para ofrecer plazas gratuitas durante la duración de sus cursos a alumnos que reúnen las condiciones de la FÁS o el VEC. En el marco del programa, en 2011 se proporcionaron alrededor de 2.500 plazas de guardería de jornada completa, con un costo de más de 20 millones de euros.

387.Se ha establecido un grupo consultivo de expertos que ofrece orientación sobre la primera estrategia de Irlanda para la primera infancia. El grupo reúne a expertos académicos y prácticos en los ámbitos de la educación en la primera infancia, la psicología, el desarrollo infantil, la salud, la inclusión social y la prestación de servicios. Se prevé que la nueva estrategia incluya medidas orientadas a mejorar la calidad de la atención en la primera infancia, la educación y el cuidado de los niños, los resultados educativos, los avances hacia el objetivo de la Estrategia nacional para mejorar la lectoescritura y la aritmética básica entre los niños y jóvenes (2011), los resultados físicos y en materia de salud, incluidas las respuestas a las conclusiones del estudio Growing Up in Ireland relativas al peso y la obesidad; que estudie enfoques específicos para los niños desfavorecidos, y que favorezca la participación positiva de los padres en el cuidado y la educación en la primera infancia.

C.Separación de los padres

388.Esta cuestión se abordó exhaustivamente en el primer y segundo informes periódicos de Irlanda. Las disposiciones señaladas en esos anteriores informes siguen vigentes.

389.La HSE proporciona servicios fuera del horario laboral en la zona metropolitana de Dublín por medio del Servicio de Intervención en Situaciones de Crisis y fuera de la zona metropolitana a través del Servicio de Acceso de Emergencia a un Lugar Seguro. El Servicio de Intervención funciona en diez oficinas locales de salud y ofrece un servicio de asistencia social de emergencia fuera de las horas de trabajo a los jóvenes en situaciones de crisis. Fue creado en 1992 y originalmente atendía a los jóvenes de 12 a 18 años de edad. A partir de 2005, se amplió para abarcar a todos los niños menores de 18 años. En virtud del artículo 12 de la Ley de Atención a la Infancia de 1991, en junio de 2009 la HSE estableció el Servicio de Acceso de Emergencia a un Lugar Seguro, a través del cual la Garda puede llevar a un lugar seguro apropiado a los niños y jóvenes que se encuentran en situación de riesgo fuera del horario de trabajo. Este servicio ofrece una respuesta uniforme en todo el país a los niños que pueden colocarse apropiadamente en un entorno familiar. Al comienzo se facilitó fuera de las zonas de Dublín, Kildare y Wicklow, pero en la actualidad esas zonas también cuentan con este servicio. En 2011, en Cork y Donegal se emprendieron dos proyectos piloto para establecer un modelo de prestación de asistencia social fuera de la jornada laboral. Esos proyectos se han evaluado de forma independiente.

D.Reunificación de las familias

390.En el segundo informe periódico de Irlanda se detallan las disposiciones relativas a la reunificación de las familias de conformidad con lo que establece la Ley del Refugiado (enmendada) de 1996. Dichas disposiciones siguen en vigor.

391.En los últimos años, el número de solicitudes de asilo presentadas por menores no acompañados ha seguido disminuyendo desde una cifra máxima de 600 alcanzada en 2001. En el cuadro 5 se presenta el número de solicitudes de varones y mujeres menores de 18 años.

Cuadro 5

Número de solicitudes de asilo presentadas p or menores no acompañados, 2006- 2011

Año

Varones

Mujeres

Total

2006

70

61

131

2007

39

55

94

2008

51

47

98

2009

28

28

56

2010

12

25

37

2011

17

9

26

Total

217

225

442

Fuente: ORAC (2011).

392.El Departamento de Justicia e Igualdad no dispone de estadísticas sobre el número de menores no acompañados que se han reunido con su familia en Irlanda. Tampoco mantiene estadísticas específicas sobre el número de solicitudes de reunificación familiar presentadas por menores, ya que estas cifras son insignificantes. Los menores no acompañados que llegan a Irlanda reciben un trato acorde con las disposiciones previstas en el artículo 8, párrafo 5) de la Ley del Refugiado (enmendada) de 1996, de forma que en la mayoría de las ocasiones quedan bajo la custodia de la HSE. En tal caso, conforme a lo dispuesto en la Ley del Refugiado de 1996, la decisión respecto de la presentación de una solicitud de protección o asilo con arreglo a dicha ley corresponde a la HSE. Es posible que en algunas ocasiones la HSE decida que no sea apropiado solicitar asilo para un niño no acompañado en particular, de forma que su caso nunca llegue a conocimiento de la ORAC.

E.Pago de la pensión alimenticia

393.Después de su segundo informe periódico (2005), Irlanda ha puesto en práctica el reglamento Nº 4/2009 de la UE relativo a las obligaciones transfronterizas de pensión alimenticia dentro de la Unión Europea. El reglamento se aplica desde mayo de 2011 y ayuda a asegurar que los padres reciban el pago de la pensión alimenticia de sus hijos en otras jurisdicciones de la UE.

394.Irlanda también ha participado en negociaciones sobre el Convenio de La Haya relativo al cobro internacional de alimentos para niños y otros miembros de la familia. Es previsible que el Convenio sea ratificado en toda la UE a finales de 2012, en sustitución de algunos convenios anteriores (en particular, la Convención de Nueva York), con procedimientos más sencillos.

F.Niños privados del entorno familiar

395.En Irlanda, la protección y el bienestar de los niños están consagrados en la Ley de Atención a la Infancia de 1991. De conformidad con esta ley, la HSE debe encargarse de promover el bienestar de los niños que no reciben atención y protección adecuadas. La ley también le obliga a velar por que todo niño que se encuentre en régimen de acogida tenga asignados un trabajador social y un plan de asistencia escrito. La HSE, mediante su Plan Nacional de Servicios, todos los años establece el nivel de los servicios que se proporcionarán en nombre del Estado. Asimismo, la HSE es la principal encargada de facilitar los servicios de protección y bienestar del niño, y los servicios de apoyo se prestan a través de acuerdos del sector no gubernamental sobre el nivel de servicio. En años recientes la prestación de servicios ha mejorado, en particular en relación con la calidad de los servicios para niños que se encuentran en instituciones y en hogares de guarda. Esto queda principalmente demostrado en los resultados positivos de los informes de inspección de la HIQA (véase www.hiqa.ie).

396.No obstante, se reconoce ampliamente que es necesario reorganizar y reformar los servicios de protección y bienestar del niño. Se ha iniciado un amplio programa de reforma, que entre otros incluye los siguientes elementos críticos:

Proseguir con los importantes cambios culturales necesarios con miras a prestar unos servicios centrados en la infancia, transparentes, de calidad asegurada, profesionalmente concebidos y responsables para los niños y sus familias;

Poner en práctica procedimientos coherentes de protección del niño en consonancia con las directrices nacionales revisadas tituladas Children First: National Guidance for the Protection and W elfare of Children (DCYA, 2011);

Continuar las reformas necesarias para proporcionar unos servicios más seguros, confiables y eficaces a los niños tutelados;

Seguir aplicando las recomendaciones del Informe Ryan (Comisión de investigación sobre el abuso de menores, 2009).

397.El programa de reforma se enmarca en el contexto del compromiso del Gobierno para reformar a fondo la prestación de servicios de protección de la infancia mediante la eliminación de la competencia de la HSE en materia de protección y bienestar del niño y la creación de un organismo encargado específicamente de estas cuestiones, la reforma del modelo de prestación de servicios y la mejora de la rendición de cuentas.

398.En 2012, por primera vez la HSE Vote (es decir, el presupuesto para servicios de salud votado por el Oireachtas) incluía un subtítulo dedicado a Servicios para los niños y la familia. Este crédito presupuestario específico ha aportado mayor transparencia y control a la gestión presupuestaria y allanará el camino para el establecimiento de la nueva Agencia de Asuntos de la Infancia y la Familia (CFA) en 2013.

Menores tutelados

399.Entre 2007 y 2012, el número de menores tutelados aumentó cerca del 17%. A ello contribuyeron diversos factores, como el aumento general de la población, la creciente conciencia del efecto a largo plazo del descuido de los hijos y las consecuencias de la crisis económica para los padres vulnerables. No obstante, la tasa de niños irlandeses bajo tutela estatal sigue siendo baja, del 5,4 ‰.

Cuadro 6

Evolución del número de menores tutelados, 2007-2011

2007

2008

2009

2010

2011

5 307

5 357

5 674

5 965

6 160

Cuadro 7

Menores tutelados, por lugar de acogida (abril de 201 2)

Lugar de acogida

Número de menores

Hogar de guarda

3 880

Hogar de guarda con familiares

1 781

Institución de acogida

415

Otros centros de acogida

143

Total

6 219

Hogares de guarda

400.En Irlanda, la mayoría de los niños (91%) acogidos en modalidades alternativas de tutela se encuentran en hogares de guarda. Cuando un niño no puede vivir con sus padres o con uno de ellos, tanto a corto como a largo plazo, la HSE en primer lugar tratará de buscar a un familiar o una persona conocida del niño que sean apropiados para cuidar de él. Los familiares cuidadores deben someterse a evaluación y posterior aprobación de forma similar a los cuidadores generales de guarda. En abril de 2012, el 31% de los niños colocados en hogares de guarda lo estaban con familiares. Un reducido número de los niños en régimen de acogida están colocados en el extranjero con familiares que viven fuera del país.

401.El artículo 4 de la Ley de Atención a la Infancia (enmendada) de 2007 empezó a aplicarse en julio de 2007. La finalidad principal de este artículo es establecer que la familia de acogida o el familiar que tenga la guarda de un niño durante cinco años ininterrumpidos, por colocación de la HSE, pueda solicitar una orden judicial para obtener una mayor autonomía en relación con la guarda del niño. La orden concede a dichos cuidadores una mayor autonomía en relación con determinadas cuestiones, como el consentimiento de tratamiento médico, la expedición de pasaportes y otras cuestiones habituales relativas a la atención.

402.En 2009, la HSE llevó a cabo una auditoría nacional de los servicios de colocación en hogares de guarda, cuyo informe final se dio a conocer en 2010. En junio del mismo año, la HSE publicó el plan de acción para poner en práctica las recomendaciones de la auditoría nacional de los servicios de colocación en hogares de guarda, que incluía un plan de acción nacional y cuatro planes de acción regionales. Actualmente el plan de acción se sigue aplicando, y en fecha reciente se ha incorporado en el actual Programa de reforma de los servicios para los niños y la familia. El Gobierno está respaldando estas mejoras de funcionamiento mediante el impulso de algunas reformas estructurales fundamentales, un importante componente de las cuales es el establecimiento de la nueva CFA.

403.El programa Cuidado Terapéutico Tutelar Multidimensional (MTFC), que inicialmente se puso en marcha en el decenio de 1980 como una alternativa a la colocación de niños con comportamiento delictivo grave o crónico en instituciones u hogares de grupo, se ha adaptado y ensayado con niños y adolescentes que presentan trastornos psíquicos y del comportamiento graves. El sistema judicial de menores remite a este programa a las niñas que han cometido actos delictivos graves y a jóvenes colocados en hogares de guarda ordinarios tutelados por el Estado. En 2008, la HSE estableció en el norte de Dublín un programa similar, denominado Time Wise Fostering (Bajo tutela apropiada), en colaboración con las Hijas de la Caridad. Este servicio está en pleno funcionamiento y cumpliendo satisfactoriamente sus objetivos de colocar en regímenes de acogida alternativos al internamiento a los niños y adolescentes con trastornos psíquicos y del comportamiento graves. Como promedio, en cualquier momento dado hay de cinco a seis jóvenes en proceso de colocación.

Instituciones de acogida

404.Existen tres formas principales de institución de acogida.

405.Los centros residenciales para menores se encuentran en casas privadas situadas en urbanizaciones de las afueras de los pueblos y ciudades. Esos centros por lo general acogen de dos a seis niños, normalmente adolescentes, que asisten a la escuela local y participan en las actividades deportivas locales y de la comunidad. La HIQA se encarga de inspeccionarlos con arreglo a la Normativa nacional de los centros residenciales para menores, y luego publica los informes de la inspección con datos anónimos. Conforme a su política y su práctica, la HSE únicamente coloca en centros residenciales a niños de 12 años o menos por razones muy excepcionales.

406.En Irlanda existen dos centros nacionales de alto apoyo, con un total de 16 plazas. Esos centros ofrecen un servicio residencial a niños y jóvenes que necesitan una intervención especializada y se muestran "abiertos" a que no se los interne. Los centros de alto apoyo se distinguen de la asistencia residencial ordinaria en que tienen una proporción más elevada de personal por niño atendido y proporcionan educación y asesoramiento especializados en sus instalaciones, como servicios psicológicos. La HIQA inspecciona los centros con arreglo a la Normativa nacional de los centros residenciales para menores, y luego publica los informes de la inspección con datos anónimos.

407.Los cuidados especiales implican el internamiento seguro de un niño, para su propio bienestar y protección, en un centro que ofrece educación y apoyo terapéutico especiales en sus instalaciones. Como ocurre con los centros de alto apoyo, los centros de cuidado especial se diferencian de la asistencia residencial ordinaria en que tienen una proporción más elevada de personal por niño atendido y proporcionan educación y asesoramiento especializados en sus instalaciones. El internamiento de un niño en un centro de cuidado especial por orden del Tribunal Superior solo debería considerarse como último recurso, y la duración de la detención será lo más breve posible. En el país existen tres centros de cuidado especial, gestionados por la HSE en virtud de un mecanismo nacional de gobernanza individual.

408.La Ley de Atención a la Infancia (enmendada) de 2011 proporciona un marco reglamentario para que el Tribunal Superior pueda abordar los casos de cuidado especial sin tener que emplear su jurisdicción propia. En la actualidad se está trabajando para comenzar a aplicar las disposiciones de la ley. La HIQA inspecciona los centros de cuidado especial y publica los informes de la inspección todos los años. Por su parte, el DCYA está elaborando un reglamento para la aplicación de la Ley de Salud de 2007, en su forma enmendada por la Ley de Atención a la Infancia (enmendada) de 2011, a fin de autorizar el registro de los mencionados centros por la HIQA. La admisión a los centros de cuidado especial y la duración de la estancia en ellos han variado con los años. Los tres centros de cuidado especial que existen en el país disponen de 17 plazas para menores.

409.A lo largo del período de 2011 a 2014, la HSE prevé aumentar el número de plazas destinadas a cuidado especial, y en la actualidad se encuentran en una etapa avanzada diversos proyectos de infraestructura y planificación de tres centros más.

Investigaciones sobre abuso de menores

410.En el último decenio, en Irlanda se han llevado a cabo cuatro importantes investigaciones sobre abusos cometidos contra menores, cuyos resultados se han publicado en los siguientes documentos: Ferns Inquiry Report (2005); Commission of Investigation – Dublin Archdiocese (Comisión de investigación. Archidiócesis de Dublín) (2009); Commission to Inquire into Child Abuse (Comisión de investigación sobre maltrato de menores) (2009); y Report of Commission of Investigation into Catholic Diocese of Cloyne (Informe de la Comisión de investigación sobre la diócesis católica de Cloyne) (2011). En todos esos informes se ponen de relieve las dificultades y deficiencias encontradas a la hora de abordar el abuso de menores, independientemente de que el autor del delito fuera un clérigo, un funcionario, un familiar de la víctima o una persona ajena a su familia. Las conclusiones de los informes han dado lugar a una amplia gama de respuestas que reflejan diversas cuestiones comunes señaladas en las investigaciones, como la necesidad de reforzar la legislación relacionada con la protección del niño, de mejorar los mecanismos de presentación de informes y la respuesta a las denuncias de abuso de menores, de fortalecer y mejorar la prestación de servicios para los niños y la familia, de establecer medidas de reparación y apoyo para las víctimas de abuso cometido por un religioso o un funcionario, y de potenciar las medidas para escuchar a los niños.

411.El Ferns Inquiry Report (2005) estudia las denuncias de abuso sexual contra clérigos en la diócesis católica irlandesa de Ferns. En el informe se señala que entre 1962 y 2002 se presentaron más de 100 denuncias de abuso sexual de menores contra 21 sacerdotes de esta diócesis, y se examina la respuesta que les dieron las correspondientes autoridades eclesiásticas a lo largo de este período de 40 años. El entonces Gobierno de Irlanda aceptó todas las recomendaciones del informe, muchas de las cuales estaban relacionadas con la prestación de servicios. En consecuencia, desde una perspectiva de la protección y el bienestar del niño, y en cumplimiento de las obligaciones que le correspondían en este ámbito, la HSE se encargó de aplicar tales recomendaciones, entre las que figuraban el establecimiento de cinco grupos de trabajo; la realización de una auditoría de las políticas, procedimientos y prácticas de protección del niño que empleaba la Iglesia católica, así como de una auditoría independiente en curso de las órdenes religiosas; la organización de una campaña informativa de ámbito nacional sobre el abuso sexual de menores centrada en la crianza de los hijos y en la importancia de escucharlos; la colaboración en el examen del cumplimiento de Children First: National Guidelines; la prestación de servicios adicionales de asesoramiento para las víctimas de abuso de menores; el compromiso con la aplicación y financiación de las recomendaciones del Report on Treatment Services for Persons who Have Exhibited Sexually Harmful Behaviour (Informe sobre los servicios terapéuticos para personas que han mostrado un comportamiento sexual nocivo); y la facilitación de orientaciones suplementarias para el personal que trabaja en aquellos servicios y el que interviene en casos de abuso cometidos por personas ajenas a la familia de la víctima, en el marco del recientemente publicado Child Protection and Welfare Practice Handbook (Manual práctico de protección y bienestar del niño) (HSE, 2011b).

412.El informe de la Commission of Investigation – Dublin Archdiocese (conocida como la Comisión Murphy) se publicó, con algunas correcciones, en noviembre de 2009. La Comisión se propuso investigar cómo habían abordado las autoridades eclesiásticas y gubernamentales una muestra representativa de denuncias y sospechas de abuso sexual de menores contra clérigos que ejercieron su ministerio en la archidiócesis de Dublín entre 1975 y 2004. El informe puso de manifiesto que la archidiócesis de Dublín y otras autoridades eclesiásticas habían tolerado y ocultado los casos de abuso sexual de menores cometidos por clérigos. Con ello, dichas autoridades pusieron más el acento en evitar el escándalo para la Iglesia y preservar el buen nombre, el statu quo y los activos de la institución, que no en favorecer el bienestar de los niños. Asimismo, el informe planteó algunos aspectos de carácter jurídico y operacional que afectaban al Estado, como el hecho de que la Garda no hubiera investigado a algunos autores de abuso de menores, la cuestión de si la HSE tenía autoridad legal para intervenir en casos de abuso por terceras partes o por personas ajenas a la familia de la víctima, y la forma en que las autoridades registraban la información sobre los autores de este delito.

413.En el Report of the Commission to Inquire into Child Abuse conocido como Informe Ryan, que se publicó en mayo de 2009, se examina el trato que recibieron los niños en diversas instituciones de acogida gestionadas por organizaciones religiosas y gubernamentales, incluidas las escuelas industriales, entre 1932 y 2000. El informe es el resultado de un trabajo de investigación llevado a cabo durante un decenio, y en él se establece que en dichas instituciones el abuso de menores en todas sus formas era un problema sistémico. Sus conclusiones sirvieron para poner de relieve la necesidad de fortalecer la organización y prestación de servicios de protección y bienestar del niño en todo el territorio nacional. Después de la publicación del Informe Ryan, en julio de 2009 la OMCYA preparó y divulgó un plan de acción que estableció una serie de 99 medidas concebidas para abordar las consecuencias del maltrato sufrido en el pasado, reformar y fortalecer la prestación de servicios, y velar por que los niños y jóvenes se hicieran oír con más fuerza. Se consideraba que 37 de las 99 medidas incluidas en el Plan eran "permanentes", mientras que las restantes tenían un plazo de tiempo específico. Un grupo de alto nivel presidido por la Ministra de Asuntos de la Infancia y la Juventud se encarga de supervisar la ejecución del Plan. Dicho grupo está formado por representantes del DCYA, la HSE, la HIQA, el IYJS, el DES, la Garda Síochána y la CRA.

414.En octubre de 2012 concluyó la ejecución de 59 de las medidas previstas en el plan de acción, otras 13 estaban en proceso permanente de ejecución y faltaban por completar las 27 restantes. Una de las más significativas de esas medidas fue la asignación de recursos adicionales a los Servicios para la Infancia y la Familia proporcionados por la HSE, lo que permitió contratar a 200 trabajadores sociales más en 2010, además de los 249 puestos de trabajador social cubiertos el mismo año, y emplear a otros 60 trabajadores sociales más en 2011. En la próxima fase de aplicación del Plan se hará particularmente hincapié en la reorganización fundamental de los mencionados servicios de la HSE para crear la nueva Agencia de Asuntos de la Infancia y la Familia. Además, la Ministra de Asuntos de la Infancia y la Juventud concederá particular prioridad a continuar avanzando en la ejecución de una serie de medidas relacionadas con "Los niños ante todo", incluida la formulación de leyes que apoyen la aplicación de estas directrices nacionales, y a promover la adopción del Marco nacional de aplicación de "Los niños ante todo" en todos los departamentos, organismos y sectores gubernamentales que están en contacto con los niños y jóvenes.

415.Las distintas medidas descritas más arriba forman parte de la respuesta firme y necesaria del Gobierno a las conclusiones de las investigaciones sobre abuso de menores. El Director nacional de los Servicios para la Infancia y la Familia, de la HSE, también participa directamente con el Consejo Nacional para la Salvaguardia de los Niños en la Iglesia Católica en un programa de acción para velar por que esta responda de manera apropiada y cabal a todas las preocupaciones relativas a la protección de los niños.

416.En 2009, la HSE encargó un examen independiente sobre un caso concreto bien conocido en Roscommon en que el Presidente de la Sala consideró que la HSE y el Consejo de Salud Occidental habían cometido errores, y en octubre de 2010 se publicó el informe Roscommon Child Care Case: Report of the Inquiry Team to the Health Service Executive (Caso de los niños tutelados en Roscommon: Informe del equipo de investigación a la Dirección de Servicios de Salud), que incluía una serie de recomendaciones. A continuación se puso en marcha un plan de acción para aplicar las recomendaciones desde finales de 2010 en adelante. Una de las esferas de trabajo fundamentales desarrolladas a partir de las recomendaciones es una auditoría de los casos de descuido. Actualmente la HSE está terminando esa auditoría en Roscommon, Waterford y la zona suroriental de Dublín, y próximamente se publicará un informe de síntesis.

417.La Comisión de investigación sobre la diócesis católica de Cloyne examinó todas las quejas, denuncias, dudas y sospechas relativas a casos de abuso sexual de menores cometidos por clérigos que fueron presentadas a las autoridades diocesanas, a otras autoridades de la Iglesia católica y a las autoridades públicas y gubernamentales entre el 1 de enero de 1996 y el 1 de febrero de 2009. Como resultado de la publicación del Report of Commission, en julio de 2011, el Gobierno se comprometió a adoptar una serie de medidas orientadas a reforzar significativamente el marco legislativo, normativo y práctico relacionado con la protección de la infancia. La Ministra de Asuntos de la Infancia y la Juventud está colaborando estrechamente con el Ministro de Justicia e Igualdad en la ejecución de este programa, y se está progresando considerablemente a este respecto. Entre los principales avances realizados hasta la fecha figuran los siguientes:

La publicación en 2011 de la edición revisada de Children First (DCYA, 2011) y el Child Protection and Welfare Practice Handbook (HSE, 2011b), destinado a los trabajadores sociales y otros profesionales pertinentes;

El resumen de los principales objetivos, títulos y disposiciones de las directrices nacionales Children First, para darles carácter de ley;

La ampliación del mandato de la HIQA para incluir la supervisión de los servicios de protección infantil de la HSE;

La Ley relativa a la Oficina Nacional de Investigación de Antecedentes (Niños y personas vulnerables) de 2012 establece sobre una base jurídica la investigación de antecedentes de los empleados, y como parte de este proceso de investigación también permite compartir información "blanda";

La entrada en vigor de la Ley de Derecho Penal (Ocultación de información sobre delitos contra niños y adultos vulnerables) de 2012.

418.Además de estos avances, en junio de 2012 se publicó el Report of the Independent Child Death Review Group (Informe del Grupo de revisión independiente sobre la mortalidad infantil), donde se examinaron el número y las causas de las defunciones de menores que estaban bajo custodia de la HSE, que recibían de esta servicios de reinserción social o eran conocidos por los servicios de protección infantil proporcionados por la HSE, entre el 1 de enero de 2000 y el 30 de abril de 2010. En total, durante este período de diez años, hubo 196 defunciones de niños, de las cuales 84 fueron por causas naturales y 112 por causas no naturales, que se desglosan como sigue:

Menores bajo tutela:36 muertes;

Niños y jóvenes atendidos por servicios de reinserción social:32 muertes;

Niños y jóvenes conocidos por la HSE:128 muertes.

419.El Grupo de revisión llevó a cabo un examen detallado de los 112 casos de defunción por causas no naturales, incluidas las muertes accidentales por ahogo, asfixia, caídas y accidentes de tránsito, por consumo de drogas, quemaduras en incendios domésticos, suicido y traumatismo craneal sin causa conocida, otras muertes por causas desconocidas y por homicidio ilegal. Con respecto a la última causa indicada, cabe señalar que 2 menores tutelados por la HSE, 1 joven atendido por los servicios de reinserción social y 13 niños conocidos por los servicios de protección infantil fueron víctima de homicidio ilegal.

420.El informe del Grupo de revisión puso de manifiesto las siguientes deficiencias sistémicas en los servicios de protección infantil de Irlanda:

Evaluación deficiente de riesgos;

Insuficiente coordinación entre servicios;

Escaso flujo de información;

Acceso reducido a la evaluación y los servicios terapéuticos por especialistas;

Escasa colaboración interinstitucional en la atención de los niños y las familias con necesidades complejas;

Insuficientes servicios de intervención temprana y apoyo a la familia para responder proporcionalmente a las necesidades de los niños en situación de riesgo y las familias en situación de crisis.

421.Las deficiencias manifiestas del sistema de protección infantil con respecto a los niños tutelados deben abordarse primordialmente por medio de reformas internas de los servicios para el niño y la familia; la mejora de la coherencia de la calidad del apoyo práctico a la formación profesional inicial; la supervisión; la introducción de procedimientos comerciales normalizados y de un modelo de prestación de servicios; y el establecimiento de un sistema nacional de información sobre asistencia infantil, todo ello en el marco del conjunto de reformas en curso, particularmente la creación de la nueva CFA, además del establecimiento de un nuevo mecanismo de revisión de la mortalidad infantil, la ampliación de los servicios fuera de la jornada laboral y el fortalecimiento de la legislación relativa a la reinserción social.

422.En 2006, el Gobierno designó a dos expertos jurídicos como Relatores Especiales sobre la protección de la infancia para un período de tres años. En 2010, el anterior Gobierno volvió a nombrar a uno de ellos, un experto en materia de legislación infantil y de la familia, como el único Relator para un período de tres años más. Las funciones del Relator son las siguientes:

Examinar y auditar los cambios jurídicos relacionados con la protección infantil;

Evaluar los posibles efectos de los procesos judiciales nacionales e internacionales sobre la protección infantil; y

Preparar un informe anual sobre los resultados del trabajo realizado el año anterior, que se somete al examen del Oireachtas y posteriormente se publica.

Reinserción social

423.La mayoría de los jóvenes en acogimiento se colocan en hogares de guarda y siguen en ellos después de cumplir los 18 años de edad. Los jóvenes que salen de instituciones residenciales generalmente se instalan en alojamientos privados de alquiler o algunas veces en alojamientos subsidiados o provisionales que les proporcionan organizaciones voluntarias de la zona.

424.En 2010, la HSE estableció un grupo consultivo para elaborar una política nacional de reinserción social. El primer cometido del grupo consultivo fue llevar a cabo una auditoría sobre la prestación actual de servicios de reinserción social en 2011. La auditoría concluyó que esos servicios estaban bien establecidos en consonancia con la legislación prevista por la HSE relativa a los jóvenes que están recibiendo educación o formación a tiempo completo. No obstante, dichos servicios, incluido el nivel de recursos humanos y financieros que se les destina, eran desiguales en toda la HSE.

425.Tras celebrar diversas consultas con interesados directos, en abril de 2011 se aprobaron las políticas y procedimientos nacionales de los servicios de reinserción social (HSE, 2011a), que proporcionan un enfoque coherente para la prestación de dichos servicios. Actualmente esas políticas y procedimientos se están aplicando en todo el ámbito nacional bajo la supervisión del Grupo de aplicación de las políticas y procedimientos de reinserción social de la HSE. Las estadísticas más recientes indican que se estaban beneficiando de esos servicios algo más de 1.100 jóvenes adultos, lo que representa un aumento significativo con respecto a los 847 jóvenes adultos que recibieron los mismos servicios en 2009.

426.Las condiciones requeridas para recibir los servicios de reinserción social se determinan sobre la base del artículo 45 de la Ley de Atención a la Infancia, que define las características y el alcance de los servicios que pueden proporcionarse a los jóvenes cuando salen de la tutela de la HSE. Todos los jóvenes con un historial de acogida en la HSE tienen derecho a recibir un servicio de reinserción social cuyo alcance se basa en la evaluación de sus necesidades, de su edad y de la duración del período de tiempo que estuvieron tutelados. El servicio incluye a los niños separados de sus padres o tutores acogidos al servicio para menores solicitantes de asilo.

Medidas adicionales

427.Actualmente se está avanzando en el establecimiento de la Agencia de Asuntos de la Infancia y la Juventud, cuyos objetivos son prestar mayor atención a los servicios para el niño y la familia e integrar a diversos organismos existentes con miras a adoptar un enfoque más amplio del apoyo a la familia, la prevención y la intervención temprana, así como de la labor de salvaguardia y protección en relación con algunos niños.

G.Examen periódico de las condiciones de acogida

428.En el segundo informe periódico de Irlanda se incluyen las disposiciones legislativas relativas a esta cuestión. Dichas disposiciones siguen siendo pertinentes.

Inspección de Servicios Sociales

429.Las funciones de la Inspección de Servicios Sociales (SSI) se describen en el segundo informe periódico de Irlanda.

430.La Ley de Salud de 2007 confirió un reconocimiento jurídico a la SSI, a la cual se refería como la Oficina del Inspector Jefe de los Servicios Sociales. La competencia de los servicios para los niños incluye la inspección de los centros residenciales, los centros de cuidado especial y los servicios de hogares de guarda oficiales. De conformidad con los artículos 85 y 86 de la Ley del Niño de 2001, la HIQA se encarga de la inspección de los reformatorios para menores. A partir de 2012, su competencia se amplió para incluir a los servicios de protección y bienestar del niño.

Consejo Asesor sobre las Leyes de la Infancia

431.El Consejo Asesor sobre las Leyes de la Infancia (CAAB) fue establecido en virtud de la Ley de Atención a la Infancia (enmendada) de 2007 en sustitución de la antigua Junta Especial de Servicios Residenciales (véase el segundo informe periódico de Irlanda). La ley amplió la competencia del CAAB para convertirlo en un órgano asesor y facilitador mejorado cuyas funciones incluían proporcionar asesoramiento a los Ministros de Asuntos de la Infancia y la Juventud y de Justicia e Igualdad en cuestiones de política relacionadas con la prestación coordinada de servicios a niños y jóvenes en situación de riesgo, específicamente en virtud de la Ley de Atención a la Infancia de 1991 y la Ley del Niño de 2001.

432.El CAAB fue disuelto con efecto a partir del 8 de septiembre de 2011 con arreglo a la Ley de Atención a la Infancia (enmendada) de 2011. Las funciones encomendadas al Ministro de Salud en virtud de las Leyes de Atención a la Infancia de 1991 a 2011 se transfirieron a la Ministra de Asuntos de la Infancia y la Juventud con efecto a partir del 1 de octubre de 2011.

Salud mental

433.En el segundo informe periódico de Irlanda se incluyen las disposiciones legislativas previstas en la Ley de Salud Mental de 2001 que afectan a los niños mayores de 16 años de edad.

434.La Ley de Salud Mental entró plenamente en vigor en agosto de 2006, y actualmente está en proceso de revisión en dos fases. En la primera fase se estableció un Grupo directivo para identificar los elementos fundamentales de la ley que deberían examinarse con detalle. El informe provisional del Grupo directivo fue publicado en junio de 2012 y puede consultarse en www.dohc.ie/publications/int_report_sg_reviewMHA.html. En él se formulan diversas recomendaciones relacionadas con los niños, entre las que figuran las siguientes:

Las disposiciones relativas a los niños deberían incluirse en una sección independiente de la ley; asimismo, en lugar de citarse con referencias cruzadas, cualquier disposición aplicable de la Ley de Atención a la Infancia de 1991 debería incluirse expresamente;

Debería presuponerse que los niños de 16 o 17 años de edad tienen la capacidad de consentir/rechazar la atención y el tratamiento de salud mental; y

Un niño debería definirse como cualquier persona menor de 18 años de edad, para armonizarse con la Ley del Niño de 2001.

435.En la segunda fase sustantiva de la revisión se estableció un Grupo de expertos que actualmente está prosiguiendo sus deliberaciones y que previsiblemente concluirá su informe durante el segundo trimestre de 2013.

H.Adopción nacional e internacional

436.El DCYA se encarga de las cuestiones relacionadas con la formulación de políticas públicas y leyes en materia de adopción, incluida la legislación secundaria. El 1 de noviembre de 2010 se estableció la Autoridad de Adopción de Irlanda (AAI) en virtud de la Ley de Adopción de 2010. La AAI es el órgano oficial encargado de la aplicación de la Ley de Adopción de 2010 y la autoridad central irlandesa para las adopciones internacionales. Asimismo, se hace cargo de la aplicación operacional directa de la legislación y las políticas gubernamentales.

437.La Ley de Adopción de 2010 entró en vigor el 1 de noviembre de 2010, coincidiendo con la ratificación por Irlanda del Convenio de La Haya relativo a la Protección del Niño y a la Cooperación en materia de Adopción Internacional. La ley, que incorpora las disposiciones del Convenio de La Haya, está concebida para proporcionar un marco que vele por que se sigan los procedimientos apropiados de adopción y por que todas las adopciones se lleven a cabo en el interés superior del niño. Los futuros acuerdos en materia de adopción internacional se regirán por lo que se establece en la Ley de Adopción de 2010. Con efecto a partir del 1 de noviembre de 2010, solamente pueden efectuarse adopciones internacionales con los países que hayan ratificado el Convenio de La Haya o con los que Irlanda tenga suscritos acuerdos bilaterales.

438.La AAI está trabajando para establecer arreglos administrativos en materia de adopciones internacionales con otros países firmantes del Convenio de La Haya, tal como se prevé en el artículo 72 de la Ley de Adopción. Asimismo, mantiene contacto con las autoridades centrales de otras diversas jurisdicciones para brindar información acerca de los procesos y procedimientos irlandeses, evaluar la necesidad de establecer arreglos o acuerdos administrativos adicionales, y reunir la mayor cantidad posible de información pertinente para los futuros padres adoptivos de estos países. Las visitas también proporcionan una oportunidad para optimizar los procedimientos de adopción en ambos sentidos y para que los futuros padres adoptivos reciban información sobre los cambios legislativos que se produzcan en esta materia en dichos países.

439.La AAI es el principal responsable de la negociación de acuerdos bilaterales en materia de adopciones internacionales. Como el Convenio de La Haya está concebido para garantizar un conjunto mínimo de normas en esta esfera, la AAI ha señalado que su principal prioridad es alcanzar acuerdos o arreglos con otros países firmantes del Convenio.

440.La negociación de acuerdos bilaterales en materia de adopciones internacionales con Estados que no han ratificado el Convenio de La Haya se rige por el artículo 73 de la Ley de Adopción de 2010, que establece que "la Autoridad, con el consentimiento previo del Ministro, podrá iniciar conversaciones con cualquier Estado no contratante sobre la posibilidad de que el Gobierno establezca un acuerdo bilateral con dicho Estado". Todo acuerdo bilateral que pueda alcanzarse deberá cumplir por ley el conjunto mínimo de normas establecido en el Convenio de La Haya.

I.Traslado y retención ilícitos

441.La Ley sobre el Secuestro de Menores y la Aplicación de las Órdenes de Tutela de 1991 se ocupa del secuestro de una persona menor de 16 años más allá de una frontera internacional incumpliendo una orden judicial o en contra de la voluntad de un padre o tutor del niño con derechos de tutela. La ley aborda principalmente el secuestro de un niño por un padre en contra la voluntad del otro. La ley incorpora al derecho irlandés dos convenios internacionales: el Convenio de La Haya sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores y el Convenio europeo relativo al reconocimiento y ejecución de decisiones en materia de custodia de menores, así como al restablecimiento de dicha custodia, firmado en Luxemburgo.

442.En fecha reciente, Irlanda también ratificó el Convenio de La Haya relativo a la Competencia, la Ley Aplicable, el Reconocimiento, la Ejecución y la Cooperación en materia de Responsabilidad Parental y de Medidas de Protección de los Niños. Este Convenio tiene un ámbito de aplicación amplio y complementa las disposiciones del Convenio de La Haya de 1980. La Ley de Protección del Niño (Convenio de La Haya) de 2000 confiere fuerza de ley al Convenio de 1996 dentro del Estado, y entró en vigor el 1 de enero de 2011. Irlanda fue uno de los primeros Estados en legislar en el marco del Convenio, aunque los Estados miembros de la UE aplazaron su ratificación en espera de la resolución de algunas cuestiones que eran competencia de la UE y de su autorización.

443.Además de los Convenios citados, en la UE las cuestiones relacionadas con la tutela se rigen por el Reglamento Bruselas II, que entró en vigor el 1 de marzo de 2005 (véase el párrafo 377).

444.Todos estos instrumentos hicieron necesario que en los Estados contratantes se estableciera una autoridad central. En Irlanda, el Ministro de Justicia e Igualdad constituye la autoridad central. Los Convenios y el Reglamento de la UE han resultado sustancialmente beneficiosos en Irlanda.

445.En Irlanda, cuando se recibe una solicitud extranjera para la restitución de un niño, por lo general la autoridad central la remite al Consejo de Asistencia Jurídica para iniciar los trámites pertinentes ante el Tribunal Superior. En virtud de los citados Convenios y el Reglamento de la UE, en Irlanda los solicitantes extranjeros tienen derecho a recibir asistencia jurídica gratuita, independientemente de sus medios económicos, y la propia autoridad central ofrece sus servicios sin cargo alguno. En el cuadro 8 se presenta el número de secuestros de menores en Irlanda y con destino a ese país durante el período de 2006 a 2010.

Cuadro 8

Número de secuestros de menores en Irlanda y con destino a ese país (nuevas solicitudes de restitución), 2006-2010

Año

2006

2007

2008

2009

2010

Niños secuestrados con destino a Irlanda

72

60

70

61

64

Niños secuestrados en Irlanda

39

39

71

75

76

Total

111

99

141

136

140

446.El artículo 37 de la Ley sobre el Secuestro de Menores y la Aplicación de las Órdenes de Tutela de 1991 autoriza a los Gardaí a impedir que un niño salga del Estado si tienen sospechas fundadas de que su salida infringe una orden de tutela o si está pendiente o está previsto un procedimiento sobre su tutela.

447.En mayo de 2012, la Garda Síochána estableció un sistema de alerta denominado Rescate Infantil Irlanda. Se trata de un sistema de alerta de múltiples organismos que solicita el apoyo de los ciudadanos para localizar a menores secuestrados. Este mecanismo solamente se pone en marcha cuando existen motivos razonables para pensar que corren riesgo la salud y el bienestar de un niño secuestrado. La Oficina de Prensa y Relaciones Públicas de la Garda proporciona la información pertinente a los medios de comunicación para alertar al público y pedir su colaboración.

J.Maltrato y descuido, incluidos la recuperación física y psicológica y la reintegración social

448.Las medidas adoptadas en este ámbito se describen en otros capítulos del presente informe, e incluyen la revisión de "Los niños ante todo: directrices nacionales" en la legislación de 2011 y futura con miras a conferir una base jurídica a esas directrices.

449.El proyecto de creación del Sistema Nacional de Información sobre Menores Tutelados, de la HSE, está avanzando a buen ritmo, y en la actualidad se encuentra en la etapa de contratación. Consistirá en una base de datos central con información sobre todos los niños tutelados, así como sobre todos aquellos que suscitan preocupación para los trabajadores sociales. Se trata de un proyecto complejo, desde la etapa de definición de su alcance hasta la de su puesta en marcha. Ya se ha recibido la autorización formal de la adjudicación del contrato.

VI.Discapacidad, salud básica y bienestar

A.Niños con discapacidad

450.En el segundo informe periódico de Irlanda se describen detalladamente las disposiciones relativas a los niños con discapacidad. A continuación se ofrece una actualización de dichas disposiciones.

Datos sobre los niños con discapacidad

451.En 2011, el censo de población registró a 66.437 niños con discapacidad, lo que representa al 5,8% de la población infantil total de Irlanda.

452.En la actualidad, la Base de datos nacional sobre discapacidad física y sensorial sobre la cual se informó en el segundo informe periódico de Irlanda está en pleno funcionamiento y proporciona una amplia gama de datos sobre el número de adultos y niños con discapacidad. En 2007, la base de datos registró a 8.373 niños. En 2011, esta cifra disminuyó a 8.034. En ambos años, los niños representaron algo más del 30% de todas las personas incluidas en la base de datos.

453.La Base de datos nacional sobre discapacidad intelectual (véase el segundo informe periódico de Irlanda) indica que en 2007 se registró a 7.802 niños que presentaban discapacidad intelectual. En 2011, esta cifra había disminuido a 8.852.

Programa de inversiones plurianual, 2005-2008

454.En el presupuesto de 2008, se destinaron 9,8 millones de euros a crear 140 puestos adicionales del equipo multidisciplinario para proporcionar asesoramiento y servicios de intervención continuada a los niños con discapacidad. El presupuesto de 2009 asignó otros 20 millones de euros más a los servicios de salud y educación para niños con necesidades especiales, la mitad de los cuales se destinó a cubrir 125 puestos adicionales de terapeuta en la HSE orientados a los niños en edad escolar.

Oficina de Discapacidad y Salud Mental, 2008-2012

455.En 2006, el Departamento de Salud y el Departamento de Educación y Formación Profesional establecieron un equipo intersectorial para adoptar un enfoque conjunto a la aplicación de la Ley de Discapacidad de 2005 y la Ley de Educación de las Personas con Necesidades Educativas Especiales de 2004. El equipo intersectorial estaba compuesto por funcionarios superiores de ambos departamentos y por representantes de la HSE y el Consejo Nacional de Educación Especial. En 2008, se estableció la Oficina de Discapacidad y Salud Mental para mejorar la respuesta de los servicios públicos a las necesidades de las personas con discapacidad y con problemas de salud mental, incluidos los niños, mediante el fomento de una mayor colaboración entre los departamentos gubernamentales pertinentes. Entre las competencias de la Oficina figuraban facilitar la prestación de servicios integrados de apoyo a la salud y la educación para los niños con necesidades especiales. Asimismo, se encargaba de seguir avanzando en la aplicación de la parte 2 de la Ley de Discapacidad de 2005, que establece el derecho de las personas con discapacidad a efectuar una evaluación independiente de sus necesidades y detalla los servicios propuestos que se facilitarán, además de permitir a esas personas presentar una denuncia y, si procede, apelar ante el oficial independiente de apelaciones para casos de discapacidad. La parte 2 de la ley entró en vigor el 1 de junio de 2007 en lo que respecta a los niños menores de 5 años de edad. Se pretendía que a lo largo de 2010 tanto la Ley de Discapacidad de 2005 como la Ley de Educación de las Personas con Necesidades Educativas Especiales de 2004 se implantaran plenamente para los niños y jóvenes de 5 a 18 años de edad. No obstante, a la luz de las circunstancias financieras, en 2008 el Gobierno del momento decidió posponer la aplicación de ambas leyes. A pesar de ello, el equipo intersectorial sigue reuniéndose para abordar las cuestiones de interés mutuo para los niños con discapacidad.

El programa Servicios mejorados de la HSE para niños y jóvenes con discapacidad, en funcionamiento desde 2010

456.En 2008, se convocó a un Grupo de referencia nacional sobre servicios multidisciplinarios para niños y jóvenes con discapacidad de 5 a 18 años de edad para que informara con carácter consultivo a la HSE sobre la aplicación de la Ley de Discapacidad y la Ley de Educación de las Personas con Necesidades Educativas Especiales. En su informe, presentado en diciembre de 2009, el Grupo de referencia recomienda un reajuste de los recursos estatutarios y no estatutarios a fin de lograr un modelo más integrado de asistencia y apoyo para los niños con discapacidad en edad escolar.

457.Como respuesta, en 2010 la HSE estableció el programa Servicios mejorados para niños y jóvenes con discapacidad de hasta 18 años de edad, respaldado por un Grupo nacional de coordinación compuesto por representantes de los Departamentos de Salud y de Educación y Formación Profesional. El programa, actualmente en funcionamiento, tiene por objeto abordar diversas cuestiones fundamentales relacionadas con los servicios para niños con discapacidad, incluidas las desigualdades de acceso a dichos servicios como consecuencia de su desarrollo dispar en todo el país. El planteamiento general es proporcionar una pauta clara a los servicios para todos los niños con discapacidad, de acuerdo con sus necesidades, colaborando con los sectores de la salud y la educación en actividades de apoyo para que alcancen su pleno potencial.

Examen de los servicios de la HSE para el autismo

458.En 2012, la HSE publicó el documento titulado National Review of Autism Services: Past, Present and Way Forward (Examen nacional de los servicios para el autismo: pasado, presente y futuro). En él se recomienda adoptar un modelo más coherente de prestación de servicios en consonancia con la política general de igualdad de acceso de las personas con discapacidad a servicios apropiados. Asimismo, respalda el marco normativo establecido en el Report of the National Reference Group on Multidisciplinary Disability Services for Children aged 5-18 (Informe del Grupo de referencia nacional sobre servicios multidisciplinarios para niños y jóvenes con discapacidad de 5 a 18 años de edad) (HSE, 2009). Los servicios para niños y jóvenes de hasta 18 años de edad con autismo se reestructurarán como parte del programa Servicios mejorados para niños y jóvenes con discapacidad (de 0 a 18 años de edad).

Informe del Grupo de trabajo sobre asistencia temporal/residencial en hogares de guarda de entornos comunitarios

459.Este Grupo de trabajo de la HSE llevó a cabo un estudio nacional sobre los modelos de asistencia temporal y residencial en hogares de guarda de entornos comunitarios con miras a determinar la viabilidad y el futuro desarrollo de esos modelos de prestación de servicios para personas con discapacidad intelectual. El Grupo encontró que en 2011 aproximadamente 263 niños con discapacidad habían usado este servicio de asistencia. El informe resultante del estudio se publicó en 2012. En él se formulan diversas recomendaciones en relación con la dotación de personal, la financiación y la gobernanza de este tipo de asistencia (HSE, 2012c).

Estrategia Nacional de Alojamiento para Personas con Discapacidad

460.En octubre de 2011 se puso en marcha la Estrategia Nacional de Alojamiento para Personas con Discapacidad, 2011-2016, desarrollada por el Departamento de Medio Ambiente, Asuntos Comunitarios y Gobierno Local en colaboración con el Departamento de Salud. Con arreglo a la Estrategia, las personas con discapacidad y/o problemas de salud mental tienen derecho a que la autoridad local de vivienda lleve a cabo una evaluación de sus necesidades. Entre las medidas fundamentales previstas en esta política figura el compromiso de velar por que las necesidades presentes y futuras de los niños con discapacidad se consideren aspectos centrales en el proceso de asignación de viviendas a las familias. En julio de 2012 se emprendió un plan marco de aplicación de la Estrategia y se adoptó un conjunto de medidas prioritarias para respaldarla.

Registro e inspección de los servicios residenciales para personas con discapacidad

461.En 2009, la HIQA publicó originalmente las normas para un sistema independiente de inspección de los servicios residenciales para personas con discapacidad, sean niños o adultos, y a finales de 2012 un proyecto revisado de dichas normas fue objeto de una consulta pública. Las normas proporcionan un marco nacional para unos servicios seguros y de calidad destinados a las personas con discapacidad alojadas en instituciones residenciales. El Programa de Gobierno 2011-2016 incluye el compromiso de dar fuerza de ley a estas normas, y en la actualidad el Departamento de Salud y la HIQA están estudiando cómo avanzar en este compromiso, a fin de introducir las normas y los reglamentos apropiados a mediados de 2013.

Acceso de todos a los medios de transporte

462.El Departamento de Transporte, Turismo y Deporte está procurando mejorar los medios de transporte para las personas con deficiencias de movilidad y sensoriales (véase el segundo informe periódico de Irlanda). El plan sectorial del Departamento elaborado conforme a la Ley de Discapacidad de 2005, titulado Acceso para todos a los medios de transporte, se publicó originalmente en 2006 y más tarde se revisó en 2008. En 2011 dio comienzo una nueva revisión del plan mediante un proceso de consulta pública que se espera que culmine con su actualización durante 2012.

463.El plan Acceso para todos a los medios de transporte, que se elaboró en colaboración con interesados directos fundamentales, establece una serie de objetivos y metas de política para lograr que todos los medios de transporte público sean accesibles a las personas con deficiencias de movilidad, sensoriales y cognitivas. También dispone plazas de estacionamiento para motoristas con discapacidad e incluye un apartado sobre normas de circulación viaria. El plan suscribe las disposiciones de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y celebra la creación del Centro de Excelencia de Diseño Universal, establecido en virtud de la Ley de Discapacidad de 2005.

464.Hasta la fecha, se ha producido un significativo aumento en el número de vehículos accesibles, tanto en las zonas urbanas como en las rurales, juntamente con una mejora del acceso a gran parte de la infraestructura de transporte público. Han tenido lugar cambios en la prestación de servicios de transporte y en la investigación y consulta necesarias para crear las bases de la adopción de nuevas medidas de accesibilidad. Ya se han alcanzado muchos de los objetivos fijados, y se está trabajando para cumplir las metas pendientes.

B.Salud de la comunidad nómada

465.De acuerdo con el censo de población de 2011, en Irlanda hay 14.245 niños pertenecientes a la comunidad nómada. Esto significa un aumento del 30,3% con respecto a la cifra de 10.929 niños de esa comunidad correspondiente a 2006.

466.En 2010, el Departamento de Salud publicó el informe titulado All-Ireland Traveller Health Study: Our Geels (Estudio sobre la salud de la comunidad nómada en toda Irlanda: nuestros niños), el primer trabajo de este tipo llevado a cabo desde 1987 (All-Ireland Traveller Health Study Team, 2010). Este estudio ofrece información sobre la percepción que tienen las madres acerca de la salud de sus hijos de 5, 9 y 14 años de edad. Según se informó, la gran mayoría de los niños (más del 90%) gozaba de buena salud, si bien la tasa correspondiente a los niños de 9 años era ligeramente inferior a la comunicada en el estudio Growing in Ireland para la población general (véanse los párrafos 491 y 492).

467.Las condiciones de salud de los niños nómadas que se comunicaron eran similares a las de la población general, y en algunos casos mejores. Sin embargo, se identificó una serie de problemas de salud para los niños nómadas. Las tasas de lactancia materna entre las madres jóvenes de la comunidad nómada eran muy bajas, una proporción mayor de recién nacidos tenían bajo peso al nacer y un porcentaje considerablemente más elevado de los niños nómadas no recibía la asistencia médica requerida para un problema en comparación con otros grupos socioeconómicos de la población general. El consumo comunicado de frutas y verduras era mayor entre los niños nómadas de 9 años de edad, aunque también era más probable que los niños de esta comunidad añadieran sal a su comida.

468.Como parte del All-Ireland Traveller Health Study, también se llevó a cabo el seguimiento de los niños nómadas nacidos entre el 14 de octubre de 2009 y el 13 de octubre de 2010 (All-Ireland Traveller Health Study Team, 2011). Este trabajo puso de manifiesto que la tasa de mortalidad infantil entre los niños nómadas en el período de 2000 a 2009 era del 12‰, casi cuatro veces mayor que la correspondiente a la población general; tan solo el 2% de las madres nómadas iniciaron la lactancia materna, en comparación con el 48% de las madres en el estudio Growing in Ireland; y las tasas de inmunización eran considerablemente inferiores entre los niños de la comunidad nómada. En el informe An  assessment of the barriers to breastfeeding and the service needs of families and communities in Ireland with low breastfeeding rates (Evaluación de los obstáculos a la lactancia materna y de las necesidades de servicios de las familias y comunidades irlandesas que presentan tasas bajas de lactancia materna), se identificó el desánimo de amamantar, tras haber recibido un resultado negativo para la galactosemia, como un obstáculo a la lactancia materna entre las mujeres nómadas (Doyle et al., 2009). También se señaló la necesidad de mejorar los sistemas de presentación de informes y de proporcionar apoyos suplementarios para iniciar y mantener la lactancia.

469.La Estrategia Nacional de Salud Intercultural, 2007-2012 reconoce a la comunidad nómada como el grupo cultural minoritario de más larga data de Irlanda y uno de los que está más expuesto a padecer problemas de salud. Además, señala que los niños de esa comunidad corren un riesgo particular. Esto afecta igualmente a los niños romaníes, que son un grupo especialmente vulnerable, y cabe decir que en esta esfera se ha llevado a cabo un considerable trabajo. El Programa Nacional de Inclusión Social de la HSE ha facilitado el nombramiento de un promotor rural romaní cuyo cometido consiste en hacer de enlace de las familias con los servicios de salud. La HSE y Pavee Point han organizado conjuntamente una serie de seminarios para abordar los problemas que enfrenta este grupo, así como las dificultades que encuentran los prestadores de servicios para responder a sus necesidades. Uno de los seminarios se centró en las cuestiones relacionadas con la protección del niño, y está previsto que en fecha próxima se concluya un informe a este respecto. Asimismo, se está realizando una labor interinstitucional para dar respuesta a las prioridades de asistencia de los niños vulnerables, incluidos los de la comunidad nómada y los romaníes. Dentro del Grupo de Apoyo a la Inclusión Social se prevé establecer un comité sobre las directrices Children First que incorporará a una representación de la comunidad nómada. Esto ayudará a atender las necesidades específicas de los niños de la comunidad nómada.

C.Supervivencia y desarrollo

470.En el segundo informe periódico de Irlanda se señalan las medidas adoptadas para promover la supervivencia y desarrollo del niño, que se resumen en el capítulo II del presente informe. En las secciones que vienen a continuación se describen algunas medidas adicionales y los progresos realizados en su aplicación.

Inmunización

471.La Oficina Nacional de Inmunización fue creada en 2005 para coordinar la ejecución de programas normalizados de inmunización de alta calidad en Irlanda. Esos programas ofrecen inmunización gratuita para una amplia gama de enfermedades a todos los niños. Un plan de inmunización empieza al nacer y se prolonga hasta los 13 meses de vida, con "vacunas de refuerzo" contra enfermedades específicas para los niños en edad preescolar.

472.En Irlanda, las tasas de inmunización generalmente están mejorando. En 2011, las tasas nacionales de vacunación de los niños a los 12 años de edad eran del 90% para la D3, la P3, el T3, la Hib3, la Polio3, la HB3, la MCV2 y la PCV2, y del 85% (de acuerdo con los datos disponibles) para la BCG.

473.En 2011, las tasas nacionales de vacunación de los niños a los 24 meses de edad alcanzaron la meta del 95% para la D3, la P3, el T3, la Hib3, la Polio3 y la HB3, mientras que fueron del 92% para la SRP1, del 90% para la PCV3, del 88% para la Hibb y del 84% para la MCV3. Se produjo un descenso en la tasa de inmunización con la vacuna MCV3 y la Hibb, muy pronunciado en la primera, durante el tercer trimestre de 2010, después de la introducción de un nuevo plan de inmunización infantil. De conformidad con ese nuevo plan, en la actualidad se recomienda administrar la tercera dosis de la vacuna MCV y la vacuna de refuerzo de la Hib a los 13 meses de vida, lo que viene a sugerir que los padres tienen menos probabilidades de administrar las vacunas necesarias a sus hijos a esa edad.

474.La HSE suministra gratuitamente la vacuna contra el virus del papiloma humano (VPH), que protege a las niñas del desarrollo del cáncer del cuello uterino en su edad adulta. A partir de septiembre de 2011, el programa nacional de vacunación contra el VPH se amplió, y en la actualidad se ha puesto en marcha un programa basado en la escuela dirigido a todas las niñas en su primer o segundo año escolar para asegurar una tasa elevada de vacunación. También existe un programa de recuperación iniciado en septiembre de 2011 destinado a todas las estudiantes de sexto año de la escuela secundaria que se repetirá en el mismo mes de 2012 y 2013, de modo que se administrará la vacuna contra el VPH a todas las niñas sin vacunar en el ciclo superior de la escuela secundaria.

Lactancia materna

475.En 2005, el DCYA publicó el documento titulado Breastfeeding in Ireland: A Five ‑ year Strategic Action Plan (La lactancia materna en Irlanda: Plan de Acción Estratégico de cinco años), y en 2007 se estableció el Comité Nacional de Aplicación de la Estrategia de Lactancia Materna. El plan de acción comprende cinco objetivos de alto nivel e incluye medidas para mejorar la calidad y eficiencia de los servicios dirigidos a las mujeres embarazadas y las madres que empiezan a amamantar a sus hijos, aplicar políticas de servicios de salud y ofrecer programas de formación a los profesionales de la salud, informar sobre la lactancia materna a los escolares, regular la comercialización de sucedáneos de la leche materna, brindar apoyo comunitario a las madres para alentarlas a prolongar más la lactancia, y mejorar las instalaciones y las condiciones de trabajo para las madres que amamantan. El plan de acción fija el objetivo de aumentar la tasa de lactancia materna en un 2% anual para la población general y en un 4% anual para las mujeres de los grupos socioeconómicos más desfavorecidos, que presentan una tasa de lactancia materna más baja. También establece objetivos en relación con la designación de coordinadores regionales de lactancia materna y el desarrollo de un sistema de información sobre salud infantil, que aún no se han alcanzado. En Irlanda, el número de hospitales designados como "amigos de los niños" ha aumentado, y en 2011 el 41,76% de los partos se realizó en esos hospitales. En 2012, la HSE adoptó una política de alimentación de lactantes para las unidades de maternidad y neonatales, basada en los diez pasos de la Iniciativa Hospital Amigo del Niño de la OMS y el UNICEF.

476.En términos globales, en Irlanda las tasas de lactancia materna (incluidas la lactancia materna exclusiva y la alimentación combinada) están aumentando. En 2005, el 47,5% de los recién nacidos se alimentaban con leche materna tras el alta hospitalaria. Esta cifra se elevó al 50,9% en 2008 y al 55,2% en 2011. A pesar de ello, la información del estudio Growing in Ireland indica que ese país tiene la tasa más baja de lactancia materna en Europa. Si bien en él el 55% de las nuevas madres amamantan en menor o mayor grado a sus hijos, tan solo el 38% siguen haciéndolo tras su primer mes de vida y menos del 15% hasta que cumplen los seis meses. No obstante, las diferencias socioeconómicas siguen siendo válidas.

477.En 2007, la HSE puso en marcha el sitio web www.breastfeeding.ie para ofrecer información sobre la lactancia materna y los servicios locales de apoyo a las mujeres embarazadas y las madres que amamantan. Asimismo, elaboró una serie de guías sobre la lactancia materna para las madres, incluida una guía que explica las maneras de seguir amamantando después de volver al trabajo. Las funcionarias de la administración pública tienen derecho a "pausas para lactancia" a su regreso al trabajo después de 26 semanas de licencia de maternidad. Este es el único sector de la fuerza de trabajo al que se aplica esta disposición. Irlanda solo ha incorporado parcialmente a su legislación nacional el Código Internacional de Comercialización de Sucedáneos de la Leche Materna (y las subsiguientes resoluciones de la Asamblea Mundial de la Salud).

D.Salud y servicios de salud, en particular la atención primaria

478.En 2001, el DCYA publicó la estrategia de atención primaria titulada A New Direction (Una nueva dirección), que sigue siendo la principal estrategia sobre este ámbito en Irlanda. Su objetivo primordial es desarrollar unos servicios comunitarios que brinden a las personas el acceso directo a equipos integrados multidisciplinarios compuestos por médicos generalistas, enfermeras, fisioterapeutas, terapeutas ocupacionales y otro personal médico. Otros servicios, como terapia del habla y el lenguaje, dietética y podología, se proporcionan sobre una base de redes. La implantación de la estrategia está en curso, y se espera que el proceso se aplique plenamente en los próximos años. El desarrollo continuo de equipos de atención primaria y la prestación de servicios de medicina general fuera de las horas de trabajo son fundamentales para facilitar el acceso de las personas a una atención de salud más cercana a sus hogares. A finales de 2011, había un total de 425 equipos de atención primaria, y se preveía que para fines de 2012 serían 489.

479.El Programa de Gobierno 2011-2016 prevé un importante fortalecimiento de los servicios de atención primaria para lograr la atención primaria universal, eliminando el costo como obstáculo al acceso de los pacientes. El Gobierno también ha dado su aprobación a una política de introducción gradual de los servicios gratuitos de médicos generalistas, en consonancia con el Programa de Gobierno 2011-2016. Se espera que en su primera fase, el Programa establecerá la ampliación del acceso sin cargo de las personas enfermas o con discapacidad a esos servicios, conforme a las disposiciones de la nueva legislación que actualmente está preparando el Departamento de Salud.

480.En junio de 2011, el Gobierno puso en marcha una iniciativa para elaborar un nuevo marco de política que adoptará una visión a largo plazo de la salud y el bienestar de la población. Actualmente se está trabajando en el desarrollo de ese marco de política. En el documento de política final, titulado Your Health is Your Wealth (Su salud le concierne), se abordarán diversas cuestiones de salud y bienestar relacionadas con el niño.

481.La revisión nacional de los servicios de salud infantil dio lugar al informe estratégico titulado Best Health for Children – Developing a Partnership with Families (Por una mejor salud infantil: desarrollo de una alianza con las familias), publicado en 1999. En él se incluía la descripción de un programa básico de vigilancia de la salud infantil. En 2004 se llevó a cabo una revisión del informe estratégico con arreglo a un enfoque basado en datos empíricos, cuyo resultado fue la publicación de Best Health for Children Revisited (Por una mejor salud infantil (revisado)) en octubre de 2005. Este informe recomienda introducir cambios en las ocho siguientes esferas de los programas básicos de salud infantil: evaluación del desarrollo; examen auditivo; examen de la visión; revisión médica; promoción y educación sanitarias; pruebas metabólicas; vigilancia del crecimiento; y salud bucodental.

482.Basándose en el informe Best Health for Children Revisited, se introdujo un nuevo programa nacional de examen auditivo neonatal en diversas fases. Las pruebas metabólicas se reorganizaron en forma de un programa nacional de detección neonatal mediante gota de sangre, con una nueva estructura de gobernanza, y se introdujeron satisfactoriamente las pruebas de detección neonatal de la fibrosis cística. Con respecto a la medición del crecimiento, Irlanda adoptó los patrones de crecimiento de la OMS y el Reino Unido para todos los recién nacidos a partir de enero de 2013, y se introdujo un programa de formación para apoyar su aplicación. En fecha reciente ha concluido un examen de los servicios médicos comunitarios que dará lugar a reorientar esos servicios hacia la salud infantil. En este sentido, se estableció un grupo de trabajo sobre salud infantil que está examinando la aplicación de los resultados del informe revisado en 2005 para desarrollar nuevas formas potenciales de avanzar en este ámbito.

483.Como resultado de la reestructuración de las antiguas Juntas de Salud en la Dirección de Servicios de Salud (HSE) en 2005, se disolvió el Programa de Acción Infantil surgido del informe estratégico Best Health for Children – Developing a Partnership with Families. Sin embargo, se mantuvieron algunos de los elementos de la formación sobre pruebas de detección y vigilancia de la salud infantil que se habían iniciado en virtud del informe estratégico, y se introdujeron módulos adicionales sobre alimentación y nutrición y sobre salud emocional y mental infantil.

484.Actualmente, los programas de salud de los niños y los adolescentes se gestionan y ofrecen como parte del Departamento de Servicios Integrados de la HSE.

485.Existe un amplia gama de servicios disponibles para apoyar la atención primaria de salud de los niños. Muchos de ellos se prestan en el marco del Programa de Salud Infantil, incluidos los servicios de enfermería de salud pública, de medicina general, de salud comunitaria, de salud dental infantil, de audiología infantil, de oftalmología y ortoptista para niños con deficiencias visuales, de fisioterapia, de terapia ocupacional, de patologías del habla y el lenguaje, de psicología y de nutrición comunitaria.

486.Irlanda cuenta con tres hospitales pediátricos especializados (el Hospital Infantil de Nuestra Señora, el Hospital Infantil Universitario y el Hospital Infantil Nacional), todos ellos en Dublín. En total, disponen de 390 camas pediátricas y 12 quirófanos. Los tres hospitales proporcionan un servicio de emergencia las 24 horas del día. Otros centros de atención para casos agudos cuentan con salas de pediatría de diferente capacidad.

487.El Programa de Gobierno 2011-2016 incluye el compromiso de construir un nuevo Hospital Infantil Nacional en sustitución de los tres hospitales infantiles existentes. En febrero de 2012, An Bord Pleanála (la autoridad de planificación) rechazó la solicitud para planificar la construcción del nuevo hospital pediátrico en el emplazamiento del Hospital Madre Misericordia, en Dublín. Tras este rechazo, el Ministro de Salud estableció un grupo de expertos para examinar las implicaciones de la decisión. En marzo de 2012, el Gobierno acordó el mandato del grupo de expertos y, una vez terminada la labor que le encomendó, seleccionó un nuevo lugar para construir el Hospital Infantil Nacional, que recibirá el nombre de St. James, y confirmó su compromiso con el proyecto.

488.La HSE ha establecido un programa nacional de clínica pediátrica, y en la actualidad está preparando una serie de guías y protocolos nacionales de atención pediátrica.

489.En 2009, el DCYA publicó el documento titulado Palliative Care for Children with Life-Limiting Conditions in Ireland: A National Policy (Cuidados paliativos para niños con afecciones que limitan la vida en Irlanda: una política nacional). En él se recomienda el desarrollo y prestación de servicios de cuidados paliativos para niños por medio de los servicios de atención primaria de salud, y su implantación gradual. El propósito de esta política es asegurar que todos los niños con afecciones que limitan la vida tengan la opción y oportunidad de recibir asistencia en su hogar, y en consecuencia da prioridad a la atención basada en la comunidad para los niños que necesitan cuidados paliativos. Se estima que en Irlanda hay alrededor de 1.400 niños que viven con afecciones que limitan la vida y que, de las 490 defunciones aproximadas de niños que se producen anualmente en el país, 350 son consecuencia de dichas afecciones.

490.En el Plan de Servicios de la HSE para 2012 se indican las prioridades en materia de cuidados paliativos para ese año. Entre ellas figuran la finalización de la primera fase del informe Palliative Care for Children with Life-Limiting Conditions in Ireland, que conlleva la designación del primer consultor de cuidados paliativos pediátricos en el país y de ocho enfermeras de extensión para reforzar el nuevo servicio en las regiones de la HSE. Esta iniciativa se emprendió sobre una base de cooperación financiera con la Fundación Hospicio Irlandés. Además, la HSE y la Fundación están colaborando estrechamente en el desarrollo de programas de educación continua para niños con afecciones que limitan la vida. La ejecución de esos programas recibe el apoyo del Centro de Formación de Enfermeras de Pediatría, con sede en el Hospital Infantil de Nuestra Señora, en Crumlin.

E.Esfuerzos para hacer frente a las dificultades de salud más prevalentes y promover la salud física y mental y el bienestar de los niños, y para prevenir y tratar las enfermedades transmisibles y no transmisibles

491.La salud de los niños irlandeses es generalmente buena. La tasa de mortalidad infantil se redujo del 3,9‰ en 2007 al 3,4‰ en 2011. En el estudio Growing in Ireland, las madres del 98% de los menores de 3 años señalaron que estaban "muy sanos" o "sanos", con algunos problemas de poca importancia. Según las madres, solamente el 2% estaban "a veces bastante enfermos" y el 0,3% "casi siempre enfermos". Las madres de niños de 9 años de edad comunicaron proporciones similares en todas las categorías descriptivas.

492.Las madres apuntaron que ligeramente por debajo del 16% de los menores de 3 años padecían alguna enfermedad, trastorno o discapacidad de larga duración. El asma, presente en el 5,8% de los niños, fue la afección comunicada con mayor frecuencia. Justo algo más de la décima parte (11%) de los niños de 9 años padecía algún problema de salud crónico. Las afecciones comunicadas más comúnmente fueron las patologías de las vías respiratorias (46%) y los trastornos mentales y del comportamiento (19%).

Obesidad

493.El estudio Growing in Ireland también proporciona información sobre la obesidad en niños de 3 y 9 años de edad. Cerca una quinta parte (19%) de los niños de ambas edades tenían sobrepeso, y el 6% de los de 3 años y el 7% de los de 9 años eran obesos.

494.En el informe del Grupo de trabajo nacional sobre la obesidad titulado Obesity – The  Policy Challenges: The Report of the National Task Force on Obesity (La obesidad: desafíos de política), que se publicó en 2005, se reconoce la necesidad de luchar contra la obesidad infantil. En 2008, la HSE impulsó el Marco de Acción sobre la Obesidad, 2008‑2012, que tiene las cinco prioridades estratégicas siguientes, cada una de ellas respaldada por una serie de medidas específicas:

Mejorar la eficacia en la vigilancia, investigación, control y evaluación de la obesidad;

Adoptar un enfoque uniforme de calidad para la detección y gestión de la obesidad;

Desarrollar la capacidad para prevenir el sobrepeso y la obesidad y promover la salud;

Difundir mensajes sobre la obesidad de una forma eficaz; y

Participar proactivamente en el trabajo de otros sectores para abordar los factores determinantes de la obesidad y el entorno propicio a la obesidad, y apoyarlo.

495.El Marco de Acción contiene un plan de aplicación detallado con diversas medidas orientadas específicamente a abordar la obesidad infantil.

496.En 2011, el Ministro de Salud estableció el Grupo Especial de Acción sobre la Obesidad (SAGO), compuesto por representantes del DCYA, el DES, la HSE, la Autoridad de Seguridad Alimentaria de Irlanda (FSAI) y Safefood (la Junta de Promoción de la Seguridad Alimentaria de toda Irlanda). El SAGO concentra sus esfuerzos en una serie específica de medidas, como las Directrices para una alimentación saludable de la población irlandesa, la restricción de la comercialización de alimentos y bebidas con alto contenido de grasa, azúcar o sal para los niños, el etiquetado nutricional, la indicación de las calorías en los menús de los restaurantes, la promoción de la actividad física, y la detección y tratamiento de la obesidad.

497.Hasta la fecha, el SAGO ha emprendido una serie de actividades para luchar contra la obesidad, entre las que figuran revisar las Directrices para una alimentación saludable, incluida la pirámide alimentaria, con miras a informar al consumidor acerca de la elección de los alimentos y bebidas necesarios para la salud, exponiendo en un lenguaje claro y simple las raciones de alimentos que requiere la población irlandesa para mantener la salud y el bienestar; promover la indicación de las calorías en los menús de los restaurantes y cafeterías; iniciar un proceso de consultas con la FSAI a fin de determinar los próximos pasos en la lucha contra la obesidad; y acordar un algoritmo de tratamiento para adultos con los profesionales de la salud.

498.En la actualidad, el SAGO está abordando diversas cuestiones, como la investigación en curso, en colaboración con el DCYA y conforme a Growing in Ireland, para establecer el uso y los tipos de alimentos y bebidas que se ofrecen en las máquinas expendedoras de las escuelas posprimarias, una iniciativa apoyada por la organización Industria Alimentaria y de Bebidas de Irlanda y por sus miembros; la evaluación prevista del impacto potencial para la salud que supondría gravar con un impuesto las bebidas azucaradas; el desarrollo de un algoritmo de tratamiento para niños, que se encuentra en las etapas finales de acuerdo y que estará disponible pronto para ayudar a los profesionales de la salud a vigilar y tratar la obesidad en el nivel de atención primaria; las posibilidades que ofrecen la detección y vigilancia oportunas, con miras a permitir la detección temprana del sobrepeso y la obesidad en los niños; y la propuesta presentada a la Autoridad de Radiodifusión de Irlanda para que se imponga el límite horario de las 21.00 horas a partir del cual puedan emitirse los mensajes publicitarios de alimentos ricos en grasa, sal y azúcar, y de bebidas con alto contenido de azúcar, con objeto de proteger la salud de los niños.

499.Están en marcha otras iniciativas y medidas que también repercutirán sobre la obesidad:

Recientemente la HSE ha rediseñado el sitio web Get Ireland Active (www.getactive.ie), que proporciona las Directrices nacionales sobre la actividad física y que se ha concebido como un centro único de información acerca de dicha actividad.

Actualmente el Departamento de Salud está estudiando la elaboración de un Plan Nacional de Actividad Física.

La iniciativa Su salud le concierne: marco de política para una Irlanda más saludable, 2012-2020, se propone desarrollar un marco de política de alto nivel para la salud pública. Tras un intenso proceso de consultas, se ha iniciado la formulación de la política. Todas las iniciativas que en la actualidad está examinando el SAGO formarán parte del desarrollo de este marco de política, que pretende mejorar la salud y bienestar de toda la población.

Un total de 20 autoridades locales participaron en la Semana Nacional de Actividades Recreativas de 2011, un acto hermano del Día Nacional de Actividades Lúdicas, orientado a los niños más pequeños. La participación de las autoridades locales en ambas celebraciones aumentó del 25% en 2009 a aproximadamente el 75% en 2011, y en 2012 asistieron a ellas todas las 34 autoridades locales. Ambos actos tenían por objeto promover las actividades lúdicas y recreativas, tanto físicas como culturales, entre los niños y jóvenes, y animar a los niños y los padres a llevar un modo de vida menos sedentario. El DCYA ofrece pequeños subsidios individuales a las autoridades locales para que fomenten la participación en esos actos, cuyos costos sufraga parcialmente.

Recientemente, el Departamento de Asuntos de la Infancia y la Juventud puso en marcha la Red de Autoridades y Actividades Recreativas Locales, que reúne por primera vez al personal pertinente del sector de las autoridades locales que se ocupa de la prestación de servicios de actividades lúdicas y recreativas para las comunidades locales. El propósito inicial de la Red es compartir información sobre prácticas óptimas y fomentar la cooperación mutua si procede.

La campaña Bandera de Escuela Activa es una iniciativa del DES organizada para reconocer las escuelas que ofrecen programas de educación física, deportes y actividades físicas de calidad a sus estudiantes. Está abierta a la participación de las escuelas primarias, posprimarias y de educación especial, y potencialmente a los centros de la organización Youthreach. Actualmente hay más de 70 escuelas reconocidas por la campaña, y otras 750 se han registrado en línea para mostrar su interés en participar en ella.

En junio de 2011, el DCYA se reunió con el Instituto de Gestión de las Actividades de Recreo y Ocio (ILAM), el organismo que agrupa al sector del ocio y con el cual dirige conjuntamente una serie de centros de recreo de las autoridades locales. El ILAM está interesado en fomentar iniciativas contra la obesidad y ya colabora con la HSE en un plan de remisión al médico generalista para niños con sobrepeso que podría servir de modelo para los niños y jóvenes. Asimismo, en 2012 el ILAM mantendrá conversaciones con la Red de Autoridades y Actividades Recreativas Locales para estudiar nuevas posibilidades en este ámbito.

La iniciativa Puntos para la Vida está encabezada por uno de los senadores de Irlanda, que la inició para dar respuesta a su preocupación por el aumento de los niveles de obesidad. Los Departamentos de Asuntos de la Infancia y la Juventud, de Educación y Formación Profesional, de Salud y de Transporte están representados en el grupo directivo nacional de esta iniciativa de política, que se propone mejorar el estado físico de los niños en las escuelas irlandesas. Está previsto emprender un programa piloto en 2012.

Food Dudes es un programa premiado desarrollado por el Departamento de investigación sobre los alimentos y la actividad física de la Universidad de Gales, en Bangor. Su objetivo es fomentar un mayor consumo de frutas y hortalizas entre los niños en la escuela y el hogar. Utiliza modelos de comportamiento positivo (los personajes de Food Dudes), degustaciones repetidas y recompensas. El programa Food Dudes fue diseñado en Irlanda por el Departamento de Agricultura, Alimentación y Recursos Marinos juntamente con An Bord Bia (el organismo irlandés que se ocupa de la alimentación), quienes lo financian y lo dirigen, respectivamente, en consulta con los Departamentos de Educación y Formación Profesional, de Salud y de Protección Social. Está previsto introducirlo en todas las escuelas primarias del país en los próximos años, según la disponibilidad de fondos. Hasta la fecha, se ha puesto en marcha en 2.108 escuelas (el 64% de todas las escuelas primarias), y ha distribuido 9,8 millones de raciones de fruta y verdura a 309.000 niños. Durante el curso escolar 2012-2013 se prevé aplicarlo en otras 390 escuelas (aproximadamente, 61.000 alumnos).

La Estrategia nacional de investigación y estadísticas sobre la vida de los niños, 2011-2016 incluye algunas intervenciones relacionadas con la obtención de datos y la investigación sobre la obesidad, la nutrición y la actividad física, incluidos el análisis de los conjuntos de datos disponibles sobre esas cuestiones, la adopción de medidas adecuadas para vigilar los resultados, y el examen de las posibilidades de ampliar y mejorar las herramientas disponibles de recolección de datos. Todas estas intervenciones se han consensuado con diversos interesados directos pertinentes, como el Centro Nacional de Vigilancia Nutricional, la HSE y el Consejo de Deportes de Irlanda.

Basándose en el trabajo anterior realizado entre 2008 y 2011, actualmente la Autoridad de Radiodifusión de Irlanda (BAI) está llevando a cabo una revisión de sus Códigos de comunicación comercial general y para los niños. La revisión se centra en valorar si se debe o no regular, y cómo, la promoción de alimentos y bebidas con alto contenido de grasa, sal y azúcar en la radio y televisión irlandesas. A lo largo de este mismo año, la BAI examinará los resultados de la segunda fase del proceso de consulta pública sobre esa cuestión a fin de introducir nuevas reglas a comienzos de 2013.

Actividad física

500.La encuesta HBSC, efectuada en 2006, puso de manifiesto que más de la mitad de los alumnos de la escuela primaria no alcanzaban el nivel mínimo recomendado de actividad física, mientras que entre los de mayor edad, casi 9 de cada 10 niñas y 7 de cada 10 niños de 15 años no llegaban al nivel mínimo recomendado. En 2009, un estudio encargado por el Consejo de Deportes de Irlanda reveló que solamente el 19% de los alumnos de la escuela primaria y el 12% de los de la escuela posprimaria cumplían la recomendación del Departamento de Salud de realizar un mínimo de 60 minutos diarios de ejercicio físico entre moderado y enérgico. Estos porcentajes no habían mejorado con respecto al estudio anterior, realizado en 2004.

501.La misma encuesta realizada en 2010 obtuvo resultados más positivos. El 53,1% de los alumnos de 10 a 17 años de edad comunicó practicar alguna actividad física durante un mínimo de 60 minutos diarios más de cuatro días a la semana.

502.Actualmente, el Comité Directivo Nacional sobre la Actividad Física está elaborando una política nacional para Irlanda sobre esa cuestión en que se formularán recomendaciones específicas sobre los niveles de ejercicio que deberían realizar los niños y medidas para aumentar esos niveles.

503.La HSE administra el sitio web de Get Ireland Active (www.getactive.ie), que ofrece una serie de consejos e información sobre la actividad física, incluida la promoción de dicha actividad entre los niños (véanse los párrafos 500 y 501). Además, ha elaborado las Directrices Nacionales sobre la Actividad Física, que incluyen una sección relativa a las formas de promover el ejercicio físico entre los niños y jóvenes.

Salud mental del niño y el adolescente

504.El documento A Vision for Change: Report of the Expert Group on Mental Health Policy (Una visión para el cambio: Informe del Grupo de expertos sobre políticas de salud mental), publicado por el Departamento de Salud y la Infancia en 2006, presenta un plan maestro para el desarrollo de un servicio de salud mental moderno y de alta calidad. Esta estrategia nacional de salud identifica las deficiencias en la prestación de servicios de salud mental para el niño y el adolescente y formula una serie de recomendaciones para mejorarlos, haciendo particular hincapié en la necesidad de disponer de más camas hospitalarias para niños y adolescentes y equipos multidisciplinarios que aborden las deficiencias detectadas. En años recientes, la HSE ha incidido especialmente en el desarrollo de los Servicios de Salud Mental del Niño y el Adolescente (CAMHS), en mejorar el acceso de los pacientes internos a esos servicios y en reducir el tiempo de espera para la evaluación. Se han hecho notables progresos a este respecto. Está previsto que los servicios a pacientes hospitalizados y los que se basan en la comunidad se seguirán desarrollando en esta esfera específica, incluidas, por ejemplo, las cuestiones relacionadas con la discapacidad intelectual o la atención clínica, como los trastornos alimentarios y la autolesión.

505.Para el desarrollo de los CAMHS es fundamental contar con 99 equipos multidisciplinarios, 61 de los cuales ya están en funcionamiento. En 2011, se establecieron 56 equipos, con una dotación de 465 puestos equivalentes a tiempo completo, o del 64% del nivel de personal recomendado. La dotación correspondiente a los dos equipos del hospital de día de salud mental y los tres equipos de enlace se mantuvo en el 84% del nivel recomendado. En 2011, los CAMHS reconocieron en primera visita a un total de 8.114 niños, lo que significa un aumento del 8,5% respecto del año anterior. Los CAMHS se ocupan en todo momento de aproximadamente 16.000 casos.

506.En su informe anual de 2012, los CAMHS utilizaron los datos del censo de 2011, una vez fueron comprobados y se desglosaron por edad. Es cierto que la estrategia A Vision for Change "prescribía" servicios por habitante. (De hecho, se tuvieron que usar los datos estimados a partir del censo de 2001 porque la estrategia se puso en marcha en enero de 2006, tres meses antes del censo correspondiente a aquel año.) Habida cuenta de que el crecimiento demográfico primordialmente (pero no exclusivamente) se da en la población menor de 5 años, esto inmediatamente se traduce en un aumento de la demanda de CAMHS y otros servicios para niños. El objetivo del informe anual de los CAMHS es dar cuenta de forma exhaustiva y transparente de la capacidad, el enfoque y el desempeño de los servicios existentes. La necesidad de disponer de un mayor número de equipos es bien conocida, y el objetivo central en la planificación de servicios de la HSE sigue siendo establecer esos nuevos equipos. Por ejemplo, en 2013 el objetivo es cubrir 80 puestos adicionales equivalentes a tiempo completo para los equipos de los CAMHS (esta cifra está supeditada a la disponibilidad de personal con las calificaciones y aptitudes necesarias para trabajar con niños con problemas de salud mental).

507.La HSE prácticamente ha invertido el perfil de los niños ingresados en las unidades para adultos, del 75% al 25%, y actualmente en buena parte se los admite en centros apropiados a su edad. El propósito es avanzar más hacia el cumplimiento de esta meta pues en 2013 ya se han concertado más camas para los CAMHS. La Comisión de Salud Mental reconoce la realidad clínica de que algunos niños deberán ingresarse en un centro para adultos como consecuencia de su presentación particular, su grado de madurez o su urgencia clínica, o bien por la amenaza física que supondría o lo inapropiado que resultaría ingresarlos junto a otros niños. Estos ingresos son breves, y a todos los niños ingresados en un centro para adultos se les asignará personal especializado.

508.En 2012, se dispuso una asignación especial de 35 millones de euros, primordialmente para reforzar más los equipos comunitarios de salud mental en los servicios de salud mental orientados a los adultos y los niños; para fomentar actividades en la esfera de la prevención del suicidio; para iniciar la prestación de servicios psicológicos y de asesoramiento en el marco de la atención primaria, específicamente dirigidos a personas con problemas de salud mental; y para facilitar el traslado de los usuarios de los servicios de salud mental, de la asistencia institucional a modalidades de alojamiento más independientes en sus comunidades. Se aprobó la creación de 414 puestos para aplicar este conjunto de medidas especiales, incluidos 150 puestos en los equipos comunitarios de salud mental del niño y el adolescente.

509.En el presupuesto de 2013 se asignaron otros 35 millones de euros al desarrollo continuo de los servicios de salud mental en distintas partidas, incluido el futuro desarrollo de servicios forenses y equipos comunitarios de salud mental para adultos, niños, personas mayores y personas con problemas de salud mental o discapacidad intelectual. Para aplicar estas medidas se contratará a otras 477 personas (incluidos los 80 empleados de los CAMHS y los equipos comunitarios de salud mental).

510.Con respecto a los centros hospitalarios, el número de camas psiquiátricas para niños y adolescentes ha aumentado de 12 en 2007 a 44 en la actualidad. Próximamente en Dublín también se abrirá un nuevo hospital de día para niños y adolescentes, con lo que se espera que se evite la necesidad de realizar algunos ingresos hospitalarios. Entre los futuros planes en esta esfera figuran la construcción de un centro hospitalario con 22 camas en Dublín, cuya conclusión está prevista para fines de 2013 o comienzos de 2014, y la creación de una unidad de salud mental forense para niños y adolescentes con 10 camas, que formará parte del Proyecto Nacional Forense de Salud Mental. Esta unidad estará situada en Dublín, adyacente al nuevo Hospital Mental Central, y estará completada en 2016.

511.Las medidas relativas a la prevención del suicidio se incluyen en los párrafos 113 y 114.

F.Derechos de salud reproductiva de los adolescentes y medidas para promover un estilo de vida sano

512.Los datos de la encuesta HBSC de 2010 indican que el 27% de los niños de 15 a 17 años de edad (el 31% de los niños y el 23% de las niñas) comunicó haber tenido relaciones sexuales. De ellos, el 92% de los niños y el 95% de las niñas manifestaron haber usado un preservativo, mientras que el 54% de los niños y el 66% de las niñas dijeron haber usado píldoras anticonceptivas. Los altos niveles en el uso comunicado de anticonceptivos se reflejan en el descenso del número de partos de madres adolescentes. Durante el período 2007-2011, el número de nacimientos de madres de 10 a 17 años de edad se redujo en un 36,1%, de 624 a 399.

513.En 2010, las funciones de la antigua Agencia de Prevención del Embarazo no Deseado (véase el segundo informe periódico de Irlanda) se incorporaron al Programa sobre el Embarazo no Deseado, de la HSE, que dirige y financia diversos proyectos para prevenir el embarazo no deseado entre grupos particulares, incluidos los adolescentes. El Programa trabaja en diversos ámbitos, como la colaboración con el DES y el Consejo Nacional de la Juventud de Irlanda para avanzar hacia la plena implantación de la asignatura de educación sobre las relaciones y la sexualidad en las escuelas y los lugares de trabajo juvenil; el desarrollo, promoción y distribución de recursos para los jóvenes y sus padres con miras a fomentar una buena comunicación sobre el sexo; la formación de una serie de organizaciones juveniles para impartir educación sobre las relaciones y la sexualidad a grupos específicos fundamentales; y la financiación de los servicios basados en la juventud, y la colaboración con ellos, para velar por que tengan un componente de educación sobre las relaciones y la sexualidad, particularmente aquellos que trabajan con grupos de difícil acceso en entornos comunitarios, como los cafés para jóvenes. El Programa sobre el Embarazo no Deseado también ha puesto en marcha un sitio web (www.b4udecide.ie) que proporciona información sobre la salud sexual a los jóvenes, los padres y los profesionales.

514.En mayo de 2012 se estableció un Grupo directivo para supervisar la elaboración de la Estrategia Nacional sobre Salud Sexual, que una vez terminada se remitirá al Gobierno. En ella se formularán orientaciones estratégicas para la prestación de servicios en este ámbito, con un enfoque en mejorar la salud sexual y el bienestar y en abordar la vigilancia, las pruebas, el tratamiento y la prevención del VIH y las ITS, en prevenir el embarazo no deseado y en fomentar la educación y promoción de la salud sexual. La Estrategia será acorde con el próximo Marco de Políticas de Salud Pública.

515.En 2008, El Departamento de Salud e Infancia publicó el documento HIV and AIDS Education and Prevention Plan, 2008-2012 (Plan de educación y prevención sobre el VIH y el sida, 2008-2012), que identificaba a los jóvenes como un grupo en situación particular de riesgo de nuevas infecciones. El Plan contiene diversas medidas relacionadas con los jóvenes en sus apartados sobre educación y fomento de la sensibilización, intervenciones específicas, fortalecimiento de la detección y las pruebas, investigación y fomento de la capacidad, y vínculos con los pertinentes marcos de política. Se han realizado progresos constantes en proporcionar educación y una mayor información a los jóvenes. Esto se ha llevado a cabo de las siguientes maneras:

Dirigiéndose directamente a los jóvenes;

Dirigiéndose directamente a los jóvenes en situación de riesgo y vulnerables a través de ONG tales como BeLonG To (www.belongto.org);

Brindando información y apoyo a los padres como principales educadores de sus hijos;

Poniendo mayor énfasis en conocer directamente y a través de ONG como SpunOut las opiniones de los jóvenes con respecto a la educación sobre las relaciones y la sexualidad y a la educación social, personal y sanitaria;

Formulando por primera vez una pregunta sobre el comportamiento sexual en la encuesta HBSC de 2012;

Desempeñando un papel de liderazgo en el desarrollo de políticas y el asesoramiento sobre prácticas óptimas relacionadas con los jóvenes que son homosexuales, lesbianas, bisexuales y transexuales, a través de la organización BeLonG To y la Red de Igualdad para Homosexuales y Lesbianas (GLEN); y

Organizando la primera Semana de Promoción de la Salud Sexual (SHAW) en Irlanda, en mayo de 2012, dirigida por el Real Colegio de Cirujanos, en que gran parte de las actividades se centraron en los jóvenes.

G.Medidas para prohibir y erradicar todo tipo de prácticas tradicionales nocivas

516.La práctica tradicional nociva que más preocupa en Irlanda es la mutilación genital femenina. En 2008, diversas organizaciones oficiales y ONG se reunieron para formar un comité directivo nacional y trazar un plan de acción nacional para abordar este problema en Irlanda. Uno de sus principales objetivos era adoptar una legislación para prohibir explícitamente esta práctica en el país, incluido el principio de extraterritorialidad como una extensión de la protección legislativa nacional. Como resultado, en 2012 se promulgó la Ley de Derecho Penal (Mutilación genital femenina), cuyas disposiciones se incluyen en el párrafo 210.

H.Medidas para proteger a los niños contra el abuso de sustancias adictivas

Drogas

517.La Estrategia Nacional contra las Drogas, 2009-2016 tiene por objeto proseguir la lucha contra los daños causados por el uso indebido de drogas a las personas y la sociedad, centrando la atención de manera concertada en los cinco pilares de la reducción del suministro, la prevención, el tratamiento, la rehabilitación y la investigación. La Estrategia incluye diversas medidas específicas dirigidas a los jóvenes, primordialmente en las esferas de la prevención y el tratamiento, y se propone retrasar la edad en que estos se inician en el uso de drogas ilícitas, disminuir el nivel del uso indebido de drogas entre los escolares, reducir el abandono escolar y velar por que todos los usuarios de drogas menores de 18 años con problemas de adicción reciban tratamiento en el plazo de dos semanas posteriores a su evaluación. En 2012, la HSE alcanzó la meta de proporcionar a esos jóvenes acceso a tratamiento en el plazo establecido.

518.En 1998, el Gobierno estableció el Fondo para Instalaciones y Servicios para la Juventud con miras a ayudar a desarrollar estrategias preventivas selectivas mediante el establecimiento de servicios e instalaciones para jóvenes, como las de carácter deportivo y recreativo, en zonas desfavorecidas donde existen o pueden surgir problemas importantes de drogas. El Fondo, que está administrado por el DCYA como parte de su programa para jóvenes, actualmente apoya 182 proyectos.

Tabaco

519.En Irlanda, en los últimos años el consumo de tabaco ha disminuido. En la encuesta HBSC de 2002, el 18,6% de los niños de 10 a 17 años de edad comunicaron que eran fumadores (es decir, que fumaban todos los meses o con más frecuencia). Esta proporción se redujo al 15,3% en 2006 y al 12% en 2010. En ese último año, el 6% de los niños de 11, 13 y 15 años de edad respondieron que fumaban cigarrillos todas las semanas, una cifra sustancialmente inferior al promedio del 7,7% correspondiente a los 39 países y regiones participantes en la encuesta.

520.Las disposiciones de las Leyes de Salud Pública (Tabaco) de 2002 y 2004 entraron en vigor a partir del 1 de julio de 2009. Incluyen la prohibición de exponer y anunciar productos de tabaco; la obligación de que todos los productos de tabaco en venta queden fuera de la vista y estén almacenados en un recipiente cerrado, al que solamente tenga acceso el vendedor; la obligación de que todos los minoristas que deseen vender productos de tabaco se registren en la Oficina de Control del Tabaco; y la prohibición de vender esos productos en máquinas expendedoras de autoservicio, excepto en los establecimientos con licencia o los clubes registrados. El propósito de esas disposiciones es "desnormalizar" más el tabaco y proteger a los niños contra los peligros que supone su consumo.

521.En diciembre de 2011 se introdujo un reglamento, con efecto a partir de febrero de 2013, que obligará a los fabricantes de tabaco a que en los envases de productos de trabajo incluyan fotografías que ilustren los efectos negativos para la salud asociados a su consumo.

522.En junio de 2011, la HSE dio comienzo a una nueva campaña de educación para la salud destinada a animar a los fumadores a dejar de fumar. Partiendo de las estimaciones de que uno de cada dos fumadores fallecerán como consecuencia de una enfermedad relacionada con el tabaco, la campaña pone de relieve el grave impacto que tiene el consumo de tabaco para los propios fumadores, sus amigos y sus familias.

523.El artículo 45 de las Leyes de Salud Pública (Tabaco) de 2002 y 2010 prohíbe la venta de productos de tabaco a los menores de 18 años. Un minorista culpable de vender productos de tabaco a un menor de 18 años puede recibir una multa de hasta 3.000 euros y su licencia puede verse suspendida por un período no superior a los tres meses, según lo determine el Tribunal de Distrito. El encargado de hacer cumplir las leyes relativas al tabaco es el Servicio de Salud Ambiental, de la HSE. Como parte de la aplicación de la legislación, los oficiales de salud ambiental llevan a cabo inspecciones de venta de productos de tabaco a menores.

524.En Irlanda, el control de los precios de los cigarrillos forma parte de una iniciativa de larga data y ambiciosa para reducir la prevalencia del consumo de tabaco. Los datos muestran que los precios son una herramienta fundamental en los esfuerzos por luchar contra el consumo de tabaco, en particular con miras a prevenir que los niños y adolescentes adopten este hábito. De acuerdo con el Informe OMS sobre la epidemia mundial de tabaquismo, 2009, los precios de los cigarrillos en Irlanda son los más elevados del mundo. En el presupuesto de 2012 de Irlanda se aumentó en 25 céntimos el precio de un paquete de 20 cigarrillos, con un aumento proporcional en otros productos de tabaco. En el presupuesto de 2013, se añadieron 10 céntimos más al precio del paquete de 20 cigarrillos, con un aumento proporcional en otros productos de tabaco.

525.A fin de reducir la prevalencia del consumo de tabaco en Irlanda, el Departamento de Salud emprendió una revisión para identificar otras propuestas de política que podrían introducirse con este objetivo y con miras a retrasar el inicio del tabaquismo en Irlanda. La elaboración del Report of the Tobacco Policy Review Group (Informe del Grupo de revisión de la política sobre el tabaco) se encuentra en una etapa avanzada, y se centrará particularmente en los niños.

Alcohol

526.Las sucesivas encuestas HBSC indican que la proporción de niños de 10 a 17 años de edad que nunca consumieron alcohol está aumentando. En 2002, el 40% de los niños de este grupo de edad manifestó no haber consumido jamás alcohol, en comparación con el 47,2% en 2006 y el 54,1% en 2010. No obstante, el porcentaje de irlandeses de 15 años de edad que en 2010 habían consumido alcohol, situado en el 37,2%, sigue siendo alto en comparación con el promedio internacional de la encuesta, que asciende al 25,2%.

527.En febrero de 2012 se publicó el informe titulado Report of the National Substance Misuse Strategy Steering Group (Informe del Grupo directivo sobre la Estrategia Nacional contra el uso Indebido de Sustancias). Contiene una serie de recomendaciones, incluida la reducción del consumo general de alcohol. Como en la Estrategia Nacional contra las Drogas, 2009-2016 (véase el párrafo 517), las recomendaciones del informe están agrupadas bajo los cinco siguientes conceptos: reducción del suministro, prevención, tratamiento, rehabilitación e investigación. Algunas de ellas pretenden tener un impacto en el consumo de alcohol entre los niños y jóvenes, incluidos el aumento del precio de este producto; la entrada en vigor del artículo 9 (separación estructural del alcohol respecto de otros productos en los supermercados, etc.) de la Ley de Bebidas Alcohólicas de 2008; el uso de controles más rigurosos en la publicidad del alcohol en lugares y horarios en los que es probable que los niños la vean; y la eliminación progresiva del patrocinio del deporte y de otras grandes celebraciones públicas por la industria de la bebida para 2016.

528.En 2004, los sectores del alcohol y la publicidad acordaron con el Departamento de Salud los códigos de práctica en materia de colocación de la publicidad sobre el alcohol, que en 2008 se fortalecieron más. La finalidad de esos códigos es reducir la exposición de los niños y jóvenes a la comercialización del alcohol. Sobre la base del establecimiento de perfiles de la audiencia, los códigos velan por que no se permitan la comercialización/publicidad de alcohol a menos que el soporte publicitario pertinente tenga un perfil de público adulto de más del 75%, mientras que la publicidad de alcohol queda limitada a un máximo del 25% del espacio o tiempo disponibles en una ocasión cualquiera. La mayoría de los miembros del Grupo directivo nacional sobre el uso indebido de sustancias son partidarios de establecer controles estrictos en la comercialización del alcohol, principalmente para proteger a los niños y jóvenes, y se muestran generalmente favorables a los controles reglamentarios como medio de proteger a los jóvenes. En la actualidad se están terminando de preparar unas propuestas reales y tangibles basadas en las recomendaciones del Informe sobre la Estrategia Nacional contra el Uso Indebido de Sustancias.

I.Medidas para garantizar la protección de los niños con padres encarcelados y los niños que acompañan a su madre en prisión

529.El Servicio Penitenciario y el Servicio de Libertad Condicional irlandeses están elaborando un plan de acción estratégico orientado a atender las necesidades de las mujeres delincuentes. Los dos servicios están colaborando para poner a punto una estrategia holística centrada en la mujer que aborde los factores que llevan a algunas mujeres a entrar en contacto con el sistema de justicia penal, procurando al mismo tiempo mejores resultados para aquellas mujeres a las que los tribunales consideren justificado imponer una pena privativa de libertad.

530.El Servicio Penitenciario irlandés siempre ha sido consciente de la conveniencia de alcanzar un equilibrio adecuado entre la protección del niño y las necesidades de la madre, en que el bienestar del niño siempre es de fundamental importancia. De conformidad con el Reglamento Penitenciario de 2007, un niño menor de 12 meses hijo de una mujer encarcelada podrá admitirse en la cárcel y permanecer junto a su madre hasta que alcance los 12 meses de edad. Solamente en circunstancias excepcionales el niño podrá permanecer con la madre una vez haya transcurrido este período de 12 meses.

531.En el Centro Penitenciario de Dóchas (la cárcel de mujeres), las madres y sus hijos gozan de un considerable nivel de apoyo. El centro cuenta con disposiciones para que las nuevas madres puedan tener a sus hijos junto a ellas, de modo que no se rompa el vínculo afectivo. Actualmente en el centro hay un recién nacido, y en los últimos años el número máximo de lactantes que han permanecido con sus madres, en un momento dado, es de cinco. Obviamente, también en algunos momentos no hay ningún niño. A cada madre y su hijo se les proporciona su propia habitación individual con baño, así como los efectos necesarios, como una cuna, alimentos para lactantes y pañales.

J.Seguridad social y servicios e instalaciones de guardería

532.En el segundo informe periódico de Irlanda (2005) se proporciona considerable información acerca de la seguridad social y de otros gastos relativos a los niños y las familias. En la presente sección se ofrece una actualización de los recientes avances en esta esfera.

533.La prestación universal por hijos a cargo se paga por cada hijo menor de 16 años. Este subsidio se sigue pagando por los hijos menores de 18 años que estén estudiando a tiempo completo o tengan una discapacidad física o mental. En 2011, los gastos relativos a la prestación por hijos a cargo ascendieron a 2.080 millones de euros y beneficiaron a cerca de 600.000 familias con un total de alrededor de 1,14 millones de niños. Entre 2006 y 2009, los gastos correspondientes a esta prestación aumentaron de 2.000 millones de euros a 2.500 millones de euros, en el marco de una política de aumentar la ayuda a la renta familiar. Sin embargo, debido a la necesidad de reducir el nivel de gasto público en el contexto de la crisis económica, en 2011 el gasto relativo a la prestación por hijos a cargo se redujo a 2.100 millones de euros mediante reducciones en las cuantías de la ayuda y la disminución del límite de edad superior, de los 19 a los 18 años.

534.Además del pago de la prestación universal por hijos a cargo, el sistema de protección social también asiste a las familias con bajos ingresos mediante el pago de un incremento adicional con respecto a la asistencia social básica por cada hijo que cumpla los requisitos. En 2011, se abonó ese incremento en relación a algo más de 496.000 niños, lo que representa un aumento del 45% con respecto a los 341.336 niños para los que se hizo efectivo en 2006. Cerca de una tercera parte del incremento adicional (30%) se asociaba al subsidio para familias monoparentales. A fin de proteger a las familias con niños que reciben prestaciones sociales de la disminución de los importes del subsidio familiar, el presupuesto de 2010 estableció aumentos compensatorios al incremento adicional por cada hijo declarado idóneo. Esta cuantía se mantuvo al mismo nivel en el presupuesto de 2001.

535.En 2011, también se introdujeron modificaciones en el subsidio para familias monoparentales. Entre otras cosas, se propuso reducir gradualmente la edad máxima del hijo más pequeño por el que se podía pedir el subsidio, de 18 a 7 años de edad, para 2014 en el caso de los nuevos solicitantes y para 2015 en el de los que ya recibían ese subsidio (véase el cuadro 9).

Cuadro 9

Límite de edad superior para el pago del subsidio para familias monoparentales, 2013-2015

2013

2014

2015

Se mantie ne el subsidio hasta la edad de

Si se empezó a recibir el subsidio para familias monoparentales antes del 27 de abril de 2011

17

16

7

Si se empezó a recibir el subsidio para familias monoparentales entre el 27 de abril de 2011 y el 3 de mayo de 2012

12

10

7

Si se empezó a recibir el subsidio para familias monoparentales después del 3 de mayo de 2012

10

7

7

Complemento del ingreso familiar

536.El complemento del ingreso familiar es una ayuda a la renta de los empleados con bajos ingresos que tienen hijos. Este subsidio preserva de forma eficaz el incentivo de aceptar una oferta de empleo o de mantenerlo en circunstancias en que el empleado podría estar escasamente mejor que si solicitara otra prestación social. En 2011, 62.281 niños vivían en familias que recibían este subsidio, lo que representa un aumento de cerca del 50% con respecto a los 43.861 niños correspondientes a 2006.

Subsidio para la adquisición de ropa y calzado para el nuevo curso escolar

537.Este subsidio está disponible para las familias que reciben una prestación social o participan en un plan aprobado de formación o educación y tienen unos ingresos inferiores a un umbral específico. El número de niños beneficiarios de esta ayuda aumentó de 161.000 en 2006 a más de 377.000 en 2011. El gasto relativo a este subsidio casi se cuadruplicó en el mismo período, de 35 a 91 millones de euros.

Subsidio por discapacidad

538.El subsidio por discapacidad beneficia a las personas discapacitadas y pueden solicitarlo los jóvenes de 16 a 18 años de edad. En 2012, recibieron este subsidio 1.681 jóvenes de 16 y 17 años de edad, o el 1,6% del total de las personas que lo recibieron.

Servicios e instalaciones de guardería

539.Las prestaciones relativas a las guarderías se abordaron en el capítulo anterior. Además de ellas, los beneficiarios de la ayuda social podrán solicitar un complemento de guardería para poder sufragar los costos de la asistencia infantil cuando la necesidad esté justificada por sus circunstancias individuales y no puedan satisfacer dichos costos con sus propios recursos. Este subsidio tiene por objeto proporcionar ayuda cuando el niño pueda encontrarse en circunstancias difíciles y le resultaría beneficioso asistir a la guardería comunitaria. Asimismo, está concebido para proporcionar asistencia a los padres en situaciones en que puedan beneficiarse de servicios de asesoramiento, contra las adicciones o similares, y esto los servicios de guardería pueden facilitarlo.

K.Nivel de vida y medidas, en particular en forma de asistencia material y programas de apoyo relativos a la nutrición, el vestido y la vivienda, que se hayan adoptado para garantizar el desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social del niño y reducir la pobreza y la desigualdad

Pobreza infantil en Irlanda

540.En 2003, la tasa de niños de 0 a 17 años de edad en situación de riesgo de pobreza era del 20,9%, y en 2010 se redujo al 18,4%. La tasa más baja, del 18%, correspondió al año 2008. La tendencia con respecto a las privaciones materiales entre los niños indica un aumento que va del 19,2% en 2003 al 23,5% en 2009. La evolución en el curso de los años es igualmente errática, con una tasa baja del 16% en 2007 antes de una fuerte subida hasta el 30,5% en 2010. La tasa de pobreza infantil persistente muestra un patrón similar, con un descenso del 8,2% en 2003 al 6,3% en 2008 antes de volver a subir al 8,8% en 2010.

541.Los datos relativos a 2010 indican un retroceso en los recientes progresos alcanzados a medida de que los efectos de la recesión económica se manifiestan en las familias. La pobreza infantil afecta principalmente a los niños de más edad, y otros factores de riesgo específicos asociados a este problema son tener a uno o ambos padres enfermos, discapacitados o sin empleo, un bajo nivel educativo de los padres, y pertenecer a una familia monoparental o numerosa.

542.Las transferencias sociales desempeñan un papel fundamental en la reducción de la pobreza infantil en Irlanda, y su efecto redistributivo (incluidas las prestaciones familiares y por hijo) en la tasa de riesgo de pobreza infantil ha aumentado. En 2003, esa última tasa, excluyendo las transferencias sociales, fue del 32,8%. Las transferencias sociales la redujeron al 20,9%, produciendo un efecto de reducción de la pobreza del 36%. Con el tiempo, la tasa de riesgo de pobreza infantil, excluyendo las transferencias sociales, aumentó sostenidamente: hasta el 51,1% en 2010. Sin embargo, las transferencias sociales la redujeron al 19,5%. Así, el efecto de reducción de la pobreza producido por las transferencias sociales aumentó a más del 60% para 2010.

543.Abordar la pobreza infantil es una prioridad del Gobierno. Cuatro de los 12 objetivos de alto nivel establecidos en el Plan de Acción Nacional para la Inclusión Social, 2007-2016 están relacionados con los niños, haciéndose eco de la visión de la infancia esbozada en el acuerdo de cooperación social Towards 2016, que reconoce que los niños, particularmente los que viven en hogares sin empleo, son más vulnerables a la pobreza que los adultos. Dichos objetivos de alto nivel ponen énfasis en el apoyo a la educación y la renta como áreas prioritarias. Además, el Plan de Acción Nacional establece otros 45 objetivos relacionados con la infancia, entre otros el desarrollo, asistencia y nutrición en la primera infancia, los niños sin hogar, la justicia juvenil y la participación de los niños en la toma de decisiones.

544.Las tendencias recientes de la pobreza han dado lugar a una revisión del objetivo nacional sobre esta cuestión que permita al Gobierno fijar metas apropiadas y alcanzables. Basándose en esa revisión se ha recomendado adoptar una nueva submeta de reducción de la pobreza infantil que probablemente tomará la forma de un compromiso para acortar las tasas diferenciales de pobreza persistente entre niños y adultos. En 2010, la tasa de pobreza persistente de los niños era 1,5 veces superior a la de los adultos.

545.El UNICEF publica periódicamente evaluaciones sobre la pobreza y el bienestar infantiles. En la más reciente, titulada Los niños dejados atrás (Adamson, 2010), se clasifica a 24 países de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) por sus resultados en tres aspectos de las desigualdades con respecto al bienestar infantil: bienestar material, educación y salud. Por lo que respecta al bienestar material, Irlanda ocupa el decimotercer lugar, con un nivel de desigualdad cercano al promedio de la OCDE. La evaluación señala que Irlanda reduce la tasa de pobreza infantil aproximadamente en unos dos tercios a través de transferencias sociales. Asimismo, califica a Irlanda con 7 puntos (de un máximo de 8) por su historial general de desigualdad. Esto la sitúa en segundo lugar, junto con Islandia, Noruega y Suecia.

546.Para alcanzar la meta social nacional de reducir la pobreza para 2020, es crucial mejorar la situación de los grupos vulnerables, como los niños, las familias monoparentales, las personas con discapacidad y los hogares sin empleo. Esta meta El objetivo intermedio de la meta es reducir la pobreza persistente en un 4% para 2016, y la meta final en un 2% o menos para 2020, partiendo de la tasa de referencia del 6,2% correspondiente a 2010. Para ello se requieren intervenciones orientadas a abordar múltiples problemas. En particular, está previsto adoptar un nuevo enfoque para detener el ciclo profundamente afianzado de la pobreza infantil, como se señala en el Programa de Gobierno 2011-2016.

547.Irlanda está comprometida con diversas estrategias de la UE dirigidas a reducir la pobreza. Entre ellas figuran el Programa de Reforma Nacional, establecido con arreglo a la estrategia Europa 2020, y el Informe Social Nacional, elaborado de conformidad con el método abierto de coordinación social de la UE. La contribución de Irlanda a la meta de la UE de reducción de la pobreza consiste en ayudar a salir del riesgo de caer en la pobreza o la exclusión social a un mínimo de 200.000 personas para 2020, con respecto al nivel de referencia de 2010.

Nutrición

548.El Plan de Apoyo al Bienestar puede facilitar un suplemento dietético a los niños que reúnan las condiciones conforme a una dieta especial prescrita para una afección médica específica.

549.El Programa de Comedor Escolar, dirigido por el Departamento de Protección Social, proporciona fondos para el suministro de servicios de comida destinados a los niños desfavorecidos, a través de dos mecanismos:

El Plan oficial de comedor escolar para zonas urbanas, gestionado por las autoridades locales y financiado parcialmente por el Departamento de Protección Social; y

El Plan de proyectos locales de comedor escolar, que financia directamente las escuelas participantes y los grupos comunitarios locales y voluntarios que dirigen sus propios proyectos en esta esfera.

550.El Plan de proyectos locales de comedor escolar concede prioridad a la financiación de escuelas que forman parte de la iniciativa para escuelas desfavorecidas del Departamento de Educación y Formación Profesional, titulada Fomento de la Igualdad de Oportunidades en las Escuelas (DEIS) (véanse los párrafos 588 a 591). No obstante, las escuelas no tienen automáticamente derecho a recibir fondos, y todas las solicitudes deben examinarse en función del presupuesto disponible para el Plan. El número de escolares que se beneficiaron del Programa de Comedor Escolar aumentó de 125.138 en 2006 a más de 189.000 en 2011. En 2006, el gasto desembolsado por este Programa ascendió a 13,6 millones de euros, y en 2011 pasó a ser de 34,975 millones de euros. La asignación para el Programa en 2012 es de 35 millones de euros.

Vivienda

551.La declaración Housing Policy Statement (Declaración de política de vivienda) del Gobierno, publicada en junio de 2011, señala con claridad que la prioridad gubernamental será satisfacer las necesidades más apremiantes de las familias que soliciten apoyo en materia de vivienda social. El Gobierno ha suscrito el compromiso de responder con más rapidez y en mayor escala a las necesidades de apoyo a la vivienda social por medio de diversos mecanismos, como el aumento de la oferta de vivienda social.

552.La creación de vivienda social se verá muy facilitada por unos modelos más flexibles de financiación, como el Programa de Alojamiento de Alquiler y el arrendamiento financiero, pero el Gobierno también tiene el compromiso de desarrollar otros mecanismos de financiación que aseguren la oferta permanente de nueva vivienda social. Dichos mecanismos incluirán las opciones de compra, la construcción con fines de arrendamiento y la facilitación de financiación de préstamos para la construcción y la compra por parte de los organismos autorizados encargados de la vivienda.

553.En 2011, se identificó a 43.578 familias con niños que necesitaban vivienda social. Está previsto que las autoridades locales lleven a cabo la próxima evaluación de las necesidades de vivienda en abril de 2013. Como parte de la evaluación, se reunirá información sobre las necesidades particulares de vivienda y el tamaño y composición de las familias (incluidos el número de niños y sus edades). Las autoridades utilizarán esa información para elaborar sus programas de vivienda social.

Alojamiento de la comunidad nómada

554.De conformidad con la Ley de Vivienda (Alojamiento de la comunidad nómada) de 1998, la responsabilidad jurídica de evaluar las necesidades de alojamiento de los nómadas, así como de preparar, aprobar y aplicar los programas plurianuales de alojamiento de la comunidad nómada, cuyo propósito es satisfacer sus necesidades de alojamiento, corresponde a cada una de las autoridades encargadas de la vivienda.

555.Desde la promulgación de la mencionada Ley de 1998, las autoridades locales han ejecutado dos programas sucesivos de alojamiento de la comunidad nómada, y actualmente están en proceso de culminar su tercera ronda de programas. Durante este tiempo se han realizado importantes avances en la creación de vivienda para la comunidad nómada.

556.En el marco del primer Programa de Alojamiento de la Comunidad Nómada (2000‑2004):

Se facilitó alojamiento permanente y seguro a unas 1.371 familias adicionales nómadas; y

Se redujo en un 50% el número de las familias que vivían en lugares no autorizados, de 1.207 familias iniciales a 601 familias al concluir el Programa.

557.Durante el segundo Programa de Alojamiento de la Comunidad Nómada (2005‑2008):

Se realizaron considerables progresos, como la creación de 775 viviendas nuevas y renovadas específicamente para familias nómadas; y

Aumentó en 458 el número de las familias nómadas alojadas en viviendas de categoría ordinaria de las autoridades locales.

Desarrollo espiritual, moral y social

558.El desarrollo espiritual, moral y social del niño se aborda principalmente mediante el sistema educativo. Desde 2003, la asignatura sobre educación social, personal y sanitaria constituye una parte obligatoria del plan de estudios en las escuelas primarias y secundarias. Su propósito es favorecer el desarrollo personal, la salud y el bienestar del niño, ayudándole a crear y mantener relaciones de estímulo y a desarrollar las aptitudes y actitudes necesarias para un sentido de ciudadanía responsable. En el nivel de la enseñanza secundaria, la asignatura sobre educación cívica, social y política prepara a los alumnos para una ciudadanía activa y participativa. La asignatura sobre educación cívica, social y política procura concienciar a los alumnos sobre los aspectos cívicos, sociales y políticos de su vida, y se basa en siete conceptos fundamentales: democracia, derechos y responsabilidades, dignidad humana, interdependencia, desarrollo, derecho, y gestión.

559.En el nivel de la enseñanza posprimaria, el plan de estudios reconoce que la enseñanza religiosa se encuentra en una situación ventajosa para proporcionar a los alumnos la oportunidad de reflexionar, comprender e interpretar la experiencia humana, así como para contribuir a su desarrollo moral. Introduce un compromiso fundamental con el cumplimiento de diversos códigos éticos y normas de comportamiento.

Los niños en el régimen de prestación directa

560.La Agencia de Recepción e Integración (RIA) es una dependencia funcional del Servicio de Inmigración y Naturalización irlandés que proporciona alojamiento y servicios complementarios a las personas solicitantes de asilo en virtud del régimen de prestación directa. Facilita alojamiento y manutención gratuitos a esas personas mientras se tramita su solicitud de protección internacional.

561.En los centros de recepción y de acogida se proporcionan alojamiento y manutención gratuitos. Esto incluye una habitación y sala de estar, según corresponda, y tres comidas al día, así como almuerzos escolares. El Estado sufraga directamente todos los costos de alojamiento, así como los que corresponden a la comida, calefacción, electricidad, lavandería y mantenimiento. Los beneficiarios reciben un subsidio de prestación directa semanal. Además, pueden acceder a ayudas para atender necesidades especiales y para adquirir ropa y calzado.

562.La RIA desempeña su función de protección del niño con gran responsabilidad. A pesar de que los niños acogidos al régimen de prestación directa no están tutelados por el Estado, esa función es fundamental. Todos los niños viven en un entorno familiar, y sus padres o tutores son los responsables principales de su cuidado y bienestar. En este contexto, cabe señalar que la RIA no facilita alojamiento a los niños no acompañados; la HSE es quien se ocupa de ellos. De conformidad con el régimen de prestación directa, se protege a los niños de diversas formas: primordialmente, por medio de la política de protección del niño de la RIA, de sus normas internas, de su exigencia de que todo el personal de los centros sea supervisado por la Garda y del papel de coordinación que desempeña una unidad especial de la propia RIA.

563.La política de protección del niño de la RIA se fundamenta en Children First: National Guidance for the Protection and Welfare of Children (DCYA, 2011). Dicha política requiere, entre otras cosas, que los padres/tutores supervisen a los niños en todo momento y que no se permita dejarlos solos durante toda la noche. Asimismo, prevé que cada centro disponga de un oficial de enlace para la protección del niño que se encargue de hacer el seguimiento del procedimiento de remisión en caso de que sospeche que haya ocurrido un incidente que pueda afectar al bienestar del niño. Los directores de los centros de alojamiento deben cerciorarse de que todo el personal que trabaja en ellos conoce y cumple la política de protección del niño de la RIA. La HSE ha proporcionado a los oficiales designados y demás personal de todos los centros la guía de formación sobre protección del niño "Mantener seguros a los niños".

564.El reglamento interno de la RIA establece que los residentes y el personal de los centros deben recibir información acerca de la protección del niño y las responsabilidades de todas las partes. En el sitio web de la RIA (www.ria.gov.ie) pueden consultarse el reglamento y la política de protección del niño. El personal de los centros contratado por la RIA está supervisado por la Garda. Esto se hace en favor de la política de la RIA, cuyo principal objetivo es reducir al mínimo el riesgo para los niños y los adultos vulnerables que residen en sus centros. La RIA cuenta con una dependencia especial, la Unidad de Servicios para el Niño y la Familia, que se ocupa de planear, ejecutar, dirigir, coordinar y vigilar todos los servicios para los solicitantes de asilo acogidos al régimen de prestación directa. Dicha unidad también actúa como interlocutor entre la RIA y la HSE, mientras que esa última desempeña funciones estatutarias en esta esfera.

565.Los niños acogidos en centros de alojamiento de la RIA asisten a la escuela primaria y secundaria de la comunidad local de la misma forma que los hijos de ciudadanos irlandeses. Los padres también pueden solicitar ayudas para que sus hijos puedan participar en las actividades culturales, deportivas y de otro tipo organizadas por la escuela. Lo solicitantes de asilo titulares de tarjetas médicas también pueden estar exentos de pagar las tasas de los exámenes estatales. Para facilitar que los niños hagan las tareas escolares, en los centros familiares se habilitan espacios tranquilos y los denominados clubes de tareas. Algunos de los mayores centros de prestación directa disponen de servicios preescolares. No obstante, en todos los casos los padres pueden optar por enviar a sus hijos a centros preescolares privados en la comunidad. El programa Atención y Educación en la Primera Infancia (ECCE) ofrece plazas preescolares gratuitas a todos los niños, incluidos los hijos de solicitantes de asilo acogidos al régimen de prestación directa.

566.La dirección de los centros de alojamiento de la RIA colabora con las escuelas locales, los grupos de la comunidad, los clubes deportivos y las ONG para poner en contacto a los niños y sus familias con las iniciativas, deportes y otras actividades de la comunidad a fin de asegurar su acceso al mejor conjunto de servicios disponible.

VII.Educación, esparcimiento y actividades culturales

A.Derecho a la educación

567.En el segundo informe periódico de Irlanda (2005) se ofrece una extensa reseña del derecho a acceder a la educación. Durante el curso académico 2010/11, en Irlanda 509.652 niños asistieron a la escuela primaria, 356.107 fueron a la escuela secundaria y 161.647 siguieron la enseñanza superior. Las tasas de retención escolar hasta terminar el segundo nivel del ciclo superior (certificado de estudios secundarios) ha aumentado en cerca de 8 puntos porcentuales, del 82,3% de los niños que ingresaron en la escuela en 1997 al 90,2% de los niños que la iniciaron en 2006.

B.Objetivos de la educación

568.En el segundo informe periódico de Irlanda se establecen los objetivos de la educación. Además, el informe proporciona información sobre una serie de ofertas, servicios y programas educativos. En los siguientes párrafos se exponen los avances fundamentales realizados en el ámbito de la educación desde 2006. En otras secciones del presente informe también se han incluido algunos logros destacados.

Lectoescritura y aritmética para el aprendizaje y para la vida

569.La Estrategia nacional para mejorar la lectoescritura y la aritmética básica entre los niños y jóvenes, 2011-2020, publicada por el Departamento de Educación y Formación Profesional en junio de 2011, aborda los seis siguientes aspectos fundamentales orientados a mejorar los resultados en la lectoescritura y aritmética:

Facilitar que los padres y las comunidades apoyen el avance en materia de lectoescritura y aritmética básica de los niños;

Mejorar la práctica profesional de los maestros y los encargados de la atención y la educación en la primera infancia por medio de cambios en la educación previa al empleo y la educación en el empleo;

Fomentar la capacidad de las autoridades escolares para impulsar mejoras en la enseñanza y evaluación de la lectoescritura y la aritmética en las escuelas;

Adaptar adecuadamente el contenido de los planes de estudio sobre lectoescritura y aritmética a los niveles primario y posprimario velando por que dichos planes definan con claridad qué se espera que aprendan los alumnos en cada etapa;

Dirigir los recursos disponibles a los alumnos con necesidades adicionales, incluidos los de las comunidades desfavorecidas, los que aprenden inglés como lengua adicional y los que tienen necesidades educativas especiales;

Mejorar la forma en que los maestros, las escuelas y los sistemas educativos utilizan buenos métodos de evaluación para planificar las siguientes etapas de cada alumno y vigilar los progresos realizados.

570.Cada una de las medidas establecidas en la Estrategia nacional para mejorar la lectoescritura y la aritmética básica entre los niños y jóvenes tiene un plazo definido, y se designa a un claro responsable principal para aplicarla.

Programa de construcción de escuelas

571.El Programa de Gobierno está comprometido con priorizar las inversiones en proyectos de construcción de escuelas. En marzo de 2012, el DES puso en marcha un programa de inversión de capital por un total de 2.000 millones de euros, de una duración de cinco años, para llevar a cabo alrededor de 275 importantes proyectos de construcción de escuelas en este plazo. El plan proporcionará más de 100.000 plazas escolares permanentes, 80.000 de las cuales serán nuevas plazas escolares, mientras que las restantes corresponderán a la reposición de plazas provisionales o deficientes. Esta importante inversión significa que más del 11% de la población escolar total se beneficiará de nuevas plazas permanentes creadas entre 2012 y 2016.

Matriculación escolar

572.En junio de 2011, el Departamento de Educación y Formación Profesional publicó el documento Discussion Paper on a Regulatory Framework for School Enrolment (Documento de debate sobre un marco normativo de la matriculación escolar). En él se detallan las posibles opciones para examinar la manera de lograr un proceso de matriculación escolar más abierto, equitativo y coherente. Asimismo, apunta la posibilidad de establecer nuevas sanciones cuando una escuela o su consejo de dirección no cumplan alguna de las nuevas leyes. Para fines de octubre de 2011 se presentaron comunicaciones sobre el documento de debate. Actualmente, el DES está revisando las 89 comunicaciones presentadas, y la retroalimentación de esta consulta servirá para establecer la naturaleza y el alcance del nuevo marco normativo.

Normas para los servicios de atención y educación de la primera infancia

573.En el nivel preescolar, el Reglamento relativo a la atención a la infancia (servicios preescolares) (Nº 2) de 2006 entró en vigor en septiembre de 2007. Las disposiciones básicas relativas a las obligaciones de los profesionales adultos que trabajan en centros de cuidado infantil figuran en la parte II del artículo 5 del Reglamento, y establecen que el aprendizaje, desarrollo y bienestar de todos los niños deberían facilitarse dentro del desempeño cotidiano del servicio proporcionando oportunidades, experiencias, actividades, materiales y equipo, teniendo en cuenta la edad y el grado de desarrollo del niño y su contexto cultural.

574.El Marco nacional de calidad para la educación y el cuidado en la primera infancia, Síolta, fue desarrollado por el Centro de Desarrollo de la Primera Infancia, dependiente del DES, y se puso en marcha en 2006. El Marco incluye 12 principios, 16 normas y 75 componentes de calidad; cada uno de esos últimos se acompaña de diversas "llamadas para la reflexión". El Marco está destinado al uso de todos los proveedores de servicios que se ocupan de niños desde el nacimiento hasta los 6 años de edad, incluidos los servicios preescolares y la educación infantil en las escuelas primarias.

575.En octubre de 2009, el Consejo Nacional de Programas de Estudio y Evaluación (NCCA) publicó Aistear: The Early Childhood Curriculum Framework (Aistear: Marco del plan de estudios para la primera infancia). Aistear está destinado a todos los niños desde el nacimiento hasta los 6 años de edad, y se puede usar en una variedad de entornos preescolares, incluidos los propios hogares de los niños, las guarderías y otros centros de atención infantil, los servicios de fin de curso y la educación infantil en escuelas primarias. Aistear es el resultado de un amplio proceso de investigación, consulta, planificación y desarrollo impulsado por el NCCA en colaboración con el sector de la primera infancia. Pone el acento en el hecho de que los niños aprenden muchas cosas distintas al mismo tiempo y se sirve de cuatro temas interconectados para describir el contenido del aprendizaje y desarrollo del niño: identidad y pertenencia; comunicación; e indagación y reflexión. El marco Aistear tiene vínculos implícitos y explícitos con el plan de estudios de primaria y puede desempeñar un papel importante en la revisión continua de ese plan por parte del NCCA y en el apoyo a la continuidad y el progreso en el aprendizaje del niño.

576.El Servicio de Inspección del DES y los Servicios de Inspección Preescolar y de la Primera Infancia de la HSE han desarrollado un enfoque de colaboración para la inspección conjunta de los centros donde el programa Atención y Educación en la Primera Infancia (ECCE) ofrece un año de preescolar gratuito financiado por el Estado a los niños. En 2011‑2012, se ensayó la inspección conjunta de 15 centros de primera infancia. La inspección conjunta DES/HSE de los centros donde de aplicaba el programa ECCE tenía por objeto desarrollar un enfoque eficaz para asegurar la calidad de todos los aspectos relacionados con la prestación del año de preescolar gratuito universal. También se proponía velar por que se compartiera y fortaleciera la pericia propia de cada uno de los dos servicios de inspección y por que se promoviera el programa ECCE para los niños de 3 a 6 años de edad. El resultado de las inspecciones conjuntas experimentales está siendo examinado por el DES y el DCYA, y servirá de base en el desarrollo de un modelo apropiado de inspección para evaluar la calidad del servicio de atención y educación en la primera infancia en el futuro.

577.El Reglamento relativo a la atención a la infancia (servicios preescolares) (Nº 2) de 2006 (véase el párrafo 573) establece que los servicios preescolares deben asegurar los procedimientos adecuados de investigación de antecedentes de todo el personal, alumnos y voluntarios que tienen acceso a los niños, y que esta investigación debe hacerse antes de designar a una persona para ocupar un puesto en el servicio preescolar, de asignarle un niño o de permitirle acceder a cualquier niño en ese servicio.

Normas para los servicios de educación primaria y secundaria

578.El Servicio de Inspección del DES lleva a cabo programas anuales de inspección y evaluación de las escuelas en Irlanda, que incluyen la evaluación de escuelas de enseñanza primaria y posprimaria completas; la inspección de materias y la evaluación de planes de estudio de posprimaria; la inspección del desempeño de maestros individuales, incluidos los maestros en prácticas; y la evaluación específica de aspectos particulares del sistema.

579.La responsabilidad de proporcionar la educación apropiada a cada alumno corresponde al consejo de dirección de la escuela. Desde 2012-2013 en adelante, está previsto que todas la escuelas lleven a cabo una autoevaluación y elaboren planes de mejora escolar. El Servicio de Inspección ha preparado y publicado un proyecto de directrices para ayudar a las escuelas en esta tarea. Las directrices proporcionan un marco y criterios de evaluación para asistir a las escuelas en el proceso de autoevaluación. También incluyen fichas de calidad que les ayudan a orientar su ejercicio a lo largo de un proceso continuo, de puntos fuertes significativos a debilidades significativas.

580.El DES desempeña un papel en la orientación de las escuelas y otras instituciones docentes para aplicar la política de protección del niño, basada en Children First: National Guidance for the Protection and Welfare of Children, que fueron revisadas por el DCYA en octubre de 2011 y distribuidas a las escuelas.

581.Antes de que todas las personas designadas para ocupar puestos docentes y no docentes en escuelas empiecen a trabajar, deben investigarse sus antecedentes, salvo cuando ya se las haya investigado dentro del año natural corriente o precedente. El requisito de investigar los antecedentes se aplica a todos los tipos de contrato sea cual sea su duración, incluidos los empleos a tiempo completo, a tiempo parcial y de sustitución. El personal que vuelva a trabajar para el mismo empleador tras un permiso de ausencia de dos o más años también deberá investigarse.

Educación religiosa

582.En 2008, en la escuela primaria se introdujo un nuevo modelo pluriconfesional auspiciado por el Estado para atender la creciente diversidad social y la demanda de mayores posibilidades de elección en la oferta educativa de ese nivel. Las escuelas nacionales comunitarias aspiran a dar respuesta a esta diversidad dentro de un mismo centro escolar atendiendo a las necesidades de los niños de todas las confesiones o de ninguna. Se prevé que las escuelas funcionen bajo el patrocinio de los Comités de Formación Profesional (VEC) locales. En la actualidad ya hay seis VEC en marcha. Además, en las escuelas se está aplicando un programa educativo pluriconfesional, Goodness Me! Goodness You!, basado en la investigación práctica.

583.La Comisión de Oferta Escolar ha llevado a cabo un examen de los criterios y procedimientos para el establecimiento de nuevas escuelas primarias. En su informe, publicado en febrero de 2011, la Comisión recomienda un conjunto de criterios y requisitos que deberían cumplir los patronos en el futuro al solicitar el patrocinio de nuevas escuelas y se defiende la idea de que se concierten acuerdos para compartir los complejos escolares, a fin de que escuelas con patronatos distintos compartan las instalaciones. En junio de 2011, el Ministro de Educación y Formación Profesional anunció la inauguración de 20 nuevas escuelas de enseñanza primaria y 20 de enseñanza posprimaria en los seis años siguientes, a fin de satisfacer las necesidades de la creciente población en edad escolar. También anunció nuevas medidas con respecto a las solicitudes de los patronos para establecer escuelas y nuevos criterios para decidir sobre la forma de patrocinio, que hacen especial hincapié en la demanda de los padres de que haya una mayor pluralidad y diversidad en los patrocinios.

584.En junio de 2011, el Ministro de Educación y Formación Profesional también dio a conocer nuevas medidas que deberían aplicarse para solicitar el patrocinio de nuevas escuelas. El nuevo marco contiene los siguientes elementos fundamentales:

Si el crecimiento demográfico exige el establecimiento de un nuevo centro escolar, en el proceso de selección del tipo de escuela deberían tenerse en cuenta diferentes patronos/organismos para su patrocinio.

Se invitará a los posibles organismos patrocinadores a presentar solicitudes de patrocinio. El Grupo de examen del establecimiento de nuevas escuelas estudiará las solicitudes y a continuación presentará un informe con recomendaciones al Ministro para que las examine.

585.En marzo de 2012, el Ministro de Educación y Formación Profesional anunció el patrocinio de nuevas escuelas primarias en construcción a lo largo de 2012 y 2013. Entre los patronos elegidos figuraban las organizaciones Educate Together, An Foras Pátrúnachta (el organismo patrocinador de muchas escuelas de habla irlandesa) y la VEC. En julio de 2012 se tomó la decisión de abrir 14 nuevas escuelas posprimarias en 2013 y 2014. En este caso, entre los patronos elegidos figuraron los de credo católico, de la Iglesia de Irlanda, pluriconfesionales y Gaelcholáistí (escuelas secundarias de habla irlandesa).

Inversión en tecnología de la información y las comunicaciones

586.Entre 2006 y 2010, las escuelas recibieron alrededor de 95 millones de euros en forma de subvenciones para tecnología de la información y las comunicaciones (TIC) concedidas por el Programa TIC en la Escuela. De esa cantidad, 92 millones de euros se canalizaron a través del reciente Programa de Subvenciones para Infraestructuras de TIC entre noviembre de 2009 y diciembre de 2010. Además de las subvenciones del Programa TIC en la Escuela, el DES también hizo inversiones específicas en infraestructuras de TIC en el contexto de su programa de construcción de escuelas (véase el párrafo 571) y en la implantación de las nuevas tecnologías en los planes de estudio de secundaria. Entre 2006 y 2011, se destinaron 26 millones de euros a la adquisición de equipo y otros 16 millones de euros a la compra de equipo de TIC para impartir dos materias revisadas de ciclo superior: diseño y tecnología de las comunicaciones.

587.Desde 2005 el DES también financia el Programa Banda Ancha en la Escuela. Con arreglo a este Programa, la conectividad de las escuelas a Internet se canaliza a través de la Red Nacional de Banda Ancha, que controla el acceso de las escuelas a la banda ancha y les proporciona servicios de gestión centralizada en esferas como la seguridad, los sistemas antivirus y contra el correo no deseado, y el filtrado de contenido. A través de la Red de Escuelas con Banda Ancha, las escuelas tienen acceso a recursos en línea, como una importante enciclopedia comercial. La banda ancha de alta velocidad (100 Mbps) está en fase de desarrollo en tres etapas en todas las escuelas secundarias: se prevé que para septiembre de 2012 habrá 200 escuelas conectadas, en 2013 se conectarán otras 200 escuelas y las restantes 250 escuelas lo harán en 2014.

Abordar las desventajas educativas

588.En 2005 se puso en marcha el programa Fomento de la Igualdad de Oportunidades en las Escuelas (DEIS), que desde 2006 viene brindando apoyo en esta esfera a las escuelas. El programa DEIS se ocupa de las necesidades educativas de los niños y jóvenes de las comunidades desfavorecidas. Sus elementos fundamentales son, entre otros, un sistema normalizado para determinar los niveles de desventaja y un programa integrado de apoyo escolar que se basa en las intervenciones existentes para las escuelas, las agrupaciones de escuelas y las comunidades escolares con niveles concentrados de desventaja educativa, y las agrupa. Actualmente, participan en ese programa 341 escuelas primarias urbanas y 324 escuelas primarias rurales, además de 195 escuelas secundarias, con un total de 10.595 alumnos de primaria y 64.755 de secundaria.

589.El programa DEIS proporciona una serie de mecanismos adicionales de apoyo a estas escuelas, como maestros suplementarios en función de la proporción de alumnos por maestro más baja para las escuelas primarias participantes en el programa DEIS con las mayores concentraciones de desventaja; mayores subvenciones proporcionales al número de alumnos; coordinadores entre el hogar, la escuela y la comunidad; programas de refuerzo de lectura y matemáticas; el Programa de Terminación Escolar; el Programa de Comedor Escolar, y las ayudas ofrecidas a los niños para pasar de la escuela primaria a la secundaria. A partir del curso escolar 2012-2013, se brindará apoyo adicional a todas las escuelas posprimarias participantes en el programa DEIS mediante el refuerzo de su plantilla con una proporción de 18,25 x 1. En 2012, se destinaron cerca de 720 millones de euros a una gran variedad de medidas para hacer frente a las desventajas educativas, del nivel preescolar a la enseñanza superior. Entre esas medidas figura la aportación de 28 millones de dólares para el Programa de Terminación Escolar, que depende del DCYA.

590.Desde la implantación de mecanismos de apoyo, en 2006, se está llevando a cabo una evaluación del programa DEIS. Además, el Servicio de Inspección del DES ha evaluado la planificación en una muestra de 36 escuelas participantes en ese programa (18 escuelas primarias y 18 escuelas posprimarias). Los informes de estas evaluaciones ponen de relieve, entre otros, los siguientes hallazgos: el programa DEIS está teniendo un efecto positivo en la respuesta a las desventajas educativas y se están obteniendo mejoras en los resultados del aprendizaje de los alumnos de las escuelas primarias de zonas urbanas que participan en el programa DEIS; de 2007 a 2010, se han conseguido avances en el nivel de lectoescritura y aritmética de los alumnos de las escuelas primarias participantes en el programa DEIS, con mejoras estadísticamente significativas tanto en aritmética como en el nivel de lectura de los alumnos de segundo, tercer y sexto cursos; prácticamente en todas las escuelas primarias se observan significativas mejoras cuantificables en los niveles de asistencia de sus alumnos, mientras que en la mayoría de las escuelas posprimarias se han puesto en marcha medidas eficaces para mejorar la asistencia; y la mayor parte de las escuelas aplican un conjunto de medidas para fomentar la implicación de los padres en la escuela y en el aprendizaje de sus hijos.

591.El DES examinará detenidamente los informes de estas evaluaciones antes de tomar cualquier decisión que afecte al futuro del programa DEIS. Si bien seguir destinando recursos a las escuelas con los niveles más elevados de desventajas educativas es una prioridad fundamental, la situación económica actual y la dificultad de alcanzar metas significativas en la reducción del gasto público limitan las oportunidades. En la actualidad, no se cuenta con la capacidad necesaria para incluir a un mayor número de escuelas en el programa DEIS.

Niños con necesidades educativas especiales

592.Ha entrado en vigor un considerable número de artículos de la Ley de Educación de las Personas con Necesidades Educativas Especiales, en particular los que establecen el Consejo Nacional para la Educación Especial y los que promueven un concepto inclusivo de la educación de los niños con necesidades educativas especiales. Los artículos de la ley que aún no han entrado en vigor son los que primordialmente se ocupan de la evaluación de las necesidades, la preparación y revisión de los planes educativos individuales, y los fondos de previsión asociados a estas actividades.

593.Habida cuenta de la difícil situación económica y de los importantes costos asociados, estimados en un mínimo de 235 millones de euros anuales, el anterior Gobierno aplazó la plena aplicación de la Ley de Educación de las Personas con Necesidades Educativas Especiales. El actual Programa de Gobierno 2011-2016 ha asumido el compromiso de publicar un plan para la aplicación de la ley y de dar prioridad al acceso de los niños con necesidades especiales a un plan educativo individual. Se dará asimismo prioridad a mudar hacia un sistema en el que el niño reciba el apoyo necesario desde la enseñanza primaria hasta la secundaria, y a lograr una mayor integración de los servicios relacionados con las necesidades especiales.

594.Para poder alcanzar este y otros objetivos educativos, desde septiembre de 2012 la cartilla con las calificaciones escolares finales de todos los niños que se preparan para pasar de la enseñanza primaria a la secundaria se remitirá a su nueva escuela. De este modo se asegurará la continuidad y progresión de los alumnos, se pondrá sobre aviso a las escuelas secundarias acerca de si algún niño necesitará apoyo adicional para mejorar sus conocimientos de aritmética y lectura, y se agilizarán los trámites para transferir los datos de la enseñanza preescolar a la primaria, y de esta a la posprimaria.

595.Las escuelas reciben una serie de recursos para apoyar la enseñanza de los niños con necesidades especiales, como son los maestros especializados y los auxiliares de necesidades especiales. En 2006, las escuelas generales contaban con alrededor de 8.390 auxiliares para niños con necesidades especiales. En 2012, pasaron a ser 10.324, de los que aproximadamente 2.000 atendían a 6.905 alumnos en escuelas especiales.

Asistencia escolar y apoyo a la educación

596.La Junta Nacional de Apoyo a la Educación (NEWB) fue creada en virtud de la Ley de Apoyo a la Educación de 2000, con el mandato de velar por que "todos los niños asistan a una escuela reconocida o reciban un mínimo de instrucción". Se pone énfasis en ayudar a los niños, las familias y las escuelas a asegurar que sus respectivas interrelaciones reciban apoyo, más que en imponer sanciones por faltas de asistencia a la escuela. La NEWB trabaja a nivel local en todo el país para prestar apoyo y asesoramiento a los padres y las escuelas, y hace el seguimiento de absentismo escolar. También desempeña un papel asesorando al Gobierno en la formulación y aplicación de políticas relacionadas con la asistencia escolar y el apoyo a la educación.

597.En mayo de 2009, el Departamento de Educación y Formación Profesional amplió el ámbito de competencias de la NEWB, que pasó a reunir el Servicio de Apoyo a la Educación, el Programa de Terminación Escolar, el Programa de Coordinación entre el Hogar, la Escuela y la Comunidad, y el Servicio de Maestros Visitantes para la Comunidad Nómada. Con ello se pretendía desarrollar una sola orientación estratégica más específica a nivel local, regional y nacional, manifestando por igual la naturaleza y fortaleza de cada uno de estos servicios.

598.El Servicio de Apoyo a la Educación es un servicio oficial que fomenta la asistencia regular a la escuela de todos los niños y jóvenes en edad escolar por medio de oficiales de apoyo a la educación. Para alcanzar sus objetivos, los oficiales trabajan directamente con las escuelas, con otros servicios de apoyo escolar y con profesionales pertenecientes a otros sectores que se ocupan de los niños y las familias. El Programa de Terminación Escolar se orienta a los alumnos de las escuelas destinadas a atender zonas desfavorecidas en el marco del Plan de Acción para la Inclusión Educativa, del programa DEIS. Tiene por objeto retener a los jóvenes en el sistema de enseñanza oficial hasta que finalizan el ciclo superior o su equivalente, para mejorar de forma general la calidad de la participación y el nivel de instrucción de su cohorte objetivo. Cada uno de sus proyectos está dirigido por un comité de gestión local y proporciona un programa adaptado de intervenciones en la escuela, fuera de ella y en el período de vacaciones dirigidas a los niños y jóvenes de todo el país que corren riesgo de abandonar tempranamente la escuela. El Programa de Coordinación entre el Hogar, la Escuela y la Comunidad es una estrategia de prevención basada en la escuela que se orienta igualmente a los niños en situación de riesgo de abandono escolar, en este caso centrada en las escuelas destinadas a atender zonas desfavorecidas en el marco del Plan de Acción para la Inclusión Educativa, del programa DEIS. El Programa se dirige directamente a las personas adultas más influyentes en la vida de los niños y procura beneficiar indirectamente a los propios niños: los coordinadores del Programa, que son maestros, organizan actividades locales para fomentar un mayor contacto entre los padres, maestros y grupos voluntarios y oficiales locales para abordar cuestiones de carácter local que dificultan el aprendizaje. El Programa de Terminación Escolar y el Programa de Coordinación entre el Hogar, la Escuela y la Comunidad forman parte del Programa de Apoyo Escolar, del DEIS.

599.La aspiración de la NEWB derivada de la integración de servicios descrita más arriba consiste en proporcionar unos servicios excelentes a través del enfoque "Un niño, un equipo, un plan". De esta manera la NEWB podrá brindar apoyo continuo a los niños y las familias para que puedan sacar el máximo provecho del sistema educativo.

600.En junio de 2011, las funciones de la NEWB se traspasaron al DCYA. Este traspaso de funciones de la NEWSB, juntamente con el de otros servicios orientados a los niños, ha propiciado una mayor colaboración e innovación en esos servicios dando prioridad a la formulación de políticas y la prestación de servicios en todo el Gobierno con miras a mejorar la vida de los niños y jóvenes. La NEWB formará parte de la nueva Agencia de Asuntos de la Infancia y la Familia, cuyo establecimiento está previsto para 2013.

601.Desde 1999, el Servicio Nacional de Psicopedagogía (NEPS) presta apoyo psicopedagógico en escuelas públicas y privadas de enseñanza primaria y posprimaria y en centros docentes conexos. El NEPS pertenece al Departamento de Educación y Formación Profesional, y tiene por objeto respaldar el desarrollo personal, social y educativo de todos los niños mediante la aplicación de la teoría y práctica psicológicas en la educación. Presta particular atención a los niños con necesidades educativas especiales. Por medio de la adopción de un modelo de servicio de consulta, el NEPS concentra sus esfuerzos en capacitar a los maestros para trabajar eficazmente con alumnos con necesidades especiales que oscilan entre leves y severas y entre transitorias y permanentes. Los psicólogos emplean un enfoque consultivo de solución de problemas y centrado en las soluciones para potenciar al máximo los resultados positivos de esos alumnos y animar a las escuelas a usar un proceso continuo de evaluación e intervención, por el cual cada escuela se responsabiliza de la evaluación inicial, la planificación educativa y la intervención correctiva en relación con los alumnos que presentan dificultades de aprendizaje, emocionales o comportamentales. Según sea el resultado de este proceso de consulta, un psicólogo del NEPS puede atender a un niño en particular en una intervención intensiva. Este sistema permite que los psicólogos presten atención lo antes posible a los casos urgentes e indirectamente ayuda a un número mucho mayor de niños que los que podrían atenderse de forma individual. Si bien gran parte del tiempo de los psicólogos se dedica a la identificación y atención de las necesidades de aprendizaje, cada vez se asigna mayor prioridad a dar respuesta a los problemas de comportamiento y emocionales que presentan los alumnos. En 2011, el número de psicólogos del NEPS alcanzó un máximo de 178.

Educación para migrantes

602.La Estrategia de Educación Intercultural, 2010-2015 proporciona el marco normativo para la educación de los grupos de migrantes (véase el párrafo 134). En 2011‑2012, algo menos del 12% de los alumnos de la escuela primaria eran ciudadanos no irlandeses. En la enseñanza secundaria, por debajo del 11% eran ciudadanos no irlandeses, que representaban a un total de 170 nacionalidades.

603.En los niveles de la enseñanza primaria y secundaria, se ofrece apoyo lingüístico adicional a los alumnos que no hablan inglés como primer idioma. Mediante ese apoyo se pretende ayudar a los alumnos a participar en la educación general en pie de igualdad con sus compañeros de curso. La prestación de apoyo lingüístico es una forma de responder específicamente al posible abandono escolar temprano entre los alumnos migrantes. Durante el curso escolar 2011-2012, este servicio contaba con alrededor de 1.134 maestros en empleos equivalentes a tiempo completo.

604.El sistema de asignación del apoyo lingüístico fue reformado en 2012. Entre las reformas previstas para el próximo año escolar figura la combinación de los recursos disponibles para atender la elevada incidencia de las necesidades educativas especiales y el apoyo lingüístico en un solo proceso simplificado de asignación. Las escuelas decidirán con autonomía cómo distribuir los recursos entre el apoyo lingüístico y el apoyo al aprendizaje, dependiendo de sus necesidades particulares. Las reformas también prevén la creación de nuevos puestos permanentes de docentes en las escuelas con elevadas concentraciones de alumnos que requieren apoyo lingüístico. Asimismo, se proporcionará apoyo adicional en esta materia, según proceda, a las escuelas que en el año escolar 2012-2013 tengan elevadas concentraciones de alumnos con estas necesidades. Las asignaciones de recursos se realizarán tras examinar las correspondientes solicitudes presentadas por cualesquiera de estas escuelas a la Junta de Solicitud de Personal.

605.En el cuadro 10 se presenta el número de maestros de apoyo lingüístico empleados en puestos equivalentes a tiempo completo en escuelas de enseñanza primaria y posprimaria durante el período 2006-2011.

Cuadro 10

Número de maestros de apoyo lingüístico en puestos equivalentes a tiempo completo en la enseñanza primaria y posprimaria, 2006-2011

ETC ILA* puestos

Primaria**

Posprimaria

2006

1 069

388

2007

1 520

479

2008

1 636

560

2009

1 125

368

2010

1 071

282

2011

924

210

* ETC = equivalente a tiempo completo; ILA = inglés como lengua adicional.

** Las cifras relacionadas con la enseñanza primaria solamente hacen referencia a puestos docentes equivalentes a tiempo completo y ex cluyen a los de tiempo parcial.

606.Desde 2009, las decisiones presupuestarias han reducido considerablemente el número de puestos de apoyo lingüístico previstos para las escuelas. Como resultado de esas decisiones, en años recientes se han establecido nuevos mecanismos (asignaciones basadas en normas y procedimientos de solicitud) para la asignación de apoyo lingüístico a las escuelas. En el presente curso escolar 2012-2013, los recursos combinados disponibles para el modelo general de asignación en la primaria y el apoyo al aprendizaje en la posprimaria y el apoyo lingüístico se han utilizado para establecer un solo proceso simplificado de asignación a fin de abarcar tanto el modelo general de asignación y el apoyo lingüístico en la primaria como el apoyo lingüístico y al aprendizaje en la posprimaria. Las escuelas gozan de autonomía para decidir cómo destinar los recursos entre el apoyo lingüístico y el apoyo al aprendizaje, según sean sus necesidades particulares. También se han asignado puestos permanentes a las escuelas con importantes concentraciones de alumnos que requieren apoyo lingüístico. Asimismo, se proporciona apoyo temporal adicional, según proceda, a las escuelas con elevadas concentraciones de alumnos que requieren apoyo lingüístico. Las asignaciones de recursos se realizarán tras examinar las correspondientes solicitudes presentadas por cualesquiera de estas escuelas a la Junta de Solicitud de Personal. Además de la asignación ordinaria (modelo general de asignación/inglés como lengua adicional en la primaria, y asignación para apoyo lingüístico y al aprendizaje en la posprimaria), en el año escolar 2012-2013 se han creado otros 979 puestos más para escuelas con elevadas concentraciones de alumnos que requieren apoyo lingüístico (878 puestos en la enseñanza primaria y 101 puestos en la posprimaria).

Educación de la comunidad nómada

607.El informe Report and Recommendations for a Traveller Education Strategy proporciona un marco normativo para la educación de la comunidad nómada (véase el párrafo 272).

608.En dicho informe se recomienda la eliminación gradual de la enseñanza preescolar segregada de la comunidad nómada, un proceso que culminó al final del año escolar 2011‑2012 cuando el DES dejó de financiar los últimos centros preescolares segregados. Los niños de esa comunidad pueden acogerse al año de enseñanza preescolar gratuita universal. Actualmente no se dispone de datos sobre la participación de los niños nómadas en este programa.

609.En 2010, el DES anunció la asignación de fondos a una iniciativa preescolar para niños de grupos minoritarios orientada a apoyar a los servicios preescolares a realizar actividades de formación de equidad y diversidad reconocidas. El propósito de la financiación es velar por hacer realidad la inclusión e integración para los niños de todas las comunidades, sean mayoritarias o minoritarias.

610.En septiembre de 2011, había más de 10.500 niños nómadas matriculados en la escuela: 8.086 en la enseñanza primaria (inscritos en el censo de la escuela primaria) y 2.699 en la enseñanza posprimaria (registrados en la base de datos de alumnos de posprimaria). En la enseñanza secundaria, esta cifra superó en más del doble los 1.165 niños nómadas matriculados en 2000. El número de alumnos nómadas presentados al examen para el certificado del ciclo básico aumentó en más del 50%, de 292 en 2005 a 442 en 2009. De manera similar, el número de los que se examinaron para el certificado de estudios secundarios y el certificado de estudios secundarios aplicado aumentó en más del doble, de 43 en 2005 a 103 en 2009.

611.Si bien los datos apuntan a un descenso en el número de alumnos que obtienen el certificado de estudios secundarios, muchos niños nómadas siguen estudiando en centros alternativos. Youthreach es un programa integrado de educación, formación y trabajo dirigido a los jóvenes de 15 a 20 años de edad que han abandonado prematuramente los estudios sin cualificaciones o formación profesional. En la encuesta anual del VEC correspondiente a 2011, el 17% de los participantes en el programa Youthreach se identificaron a sí mismos como nómadas. Todos los programas complementarios de educación están abiertos a los miembros de la comunidad nómada e incluyen planes en régimen de jornada completa (el programa para el certificado posterior a secundaria, el plan de oportunidades de formación profesional y Youthreach) y de jornada parcial (la Iniciativa Volver a Estudiar y el programa Educación de la Comunidad y Alfabetización de Adultos).

612.Como parte del presupuesto de 2011, se tomó la decisión de suprimir los puestos específicos de asesores pedagógicos para la comunidad nómada, con efecto a partir de septiembre de ese año. Esto es consecuencia de la recomendación que figura en el Report and Recommendations for a Traveller Education Strategy de que debería adoptarse un sistema de apoyo al aprendizaje integrado, de colaboración y en la escuela para todos los niños, incluidos los de la comunidad nómada, que presentan necesidades educativas. Los alumnos nómadas, que reúnen las condiciones para beneficiarse del apoyo al aprendizaje, ahora recibirán esta instrucción por medio de los mecanismos existentes de apoyo al aprendizaje en la escuela. Se aconseja a todas las escuelas que seleccionen a los alumnos que recibirán apoyo al aprendizaje basándose en las necesidades prioritarias. Las escuelas con elevadas concentraciones de alumnos nómadas se están beneficiando de medidas para paliar esta situación.

Menores no acompañados y niños solicitantes de asilo

613.Los menores no acompañados y los niños solicitantes de asilo pueden acceder a la enseñanza preescolar, primaria y secundaria del mismo modo que los ciudadanos irlandeses, hasta los 18 años de edad. Si han iniciado el ciclo superior de la enseñanza posprimaria y cumplen 18 años de edad durante el programa de dos años, pueden finalizar el curso y presentarse al examen para obtener el certificado de estudios secundarios. No obstante, ninguna de estas categorías puede acceder a ayudas públicas para seguir cursos de educación complementaria, superior o para adultos.

614.En la enseñanza superior, la nacionalidad del estudiante o su condición de inmigrante en el Estado determinan si cumple o no el requisito de nacionalidad para acogerse al Programa de Exención de Tasas. Los estudiantes universitarios que cumplan, entre otros, los criterios de nacionalidad establecidos por el Programa no deberán abonar las tasas académicas aprobadas, pero sí la contribución del estudiante. Los que no reúnan las condiciones requeridas por el Programa deberán pagar las tasas académicas, aunque podrán solicitar una desgravación fiscal. Con arreglo al Programa de Becas Estudiantiles, estas ayudas se concederán a los estudiantes que cumplan las condiciones estipuladas de financiación, incluidas las relacionadas con la nacionalidad, residencia, resultados académicos previos y medios de subsistencia. En el artículo 14 de la Ley de Apoyo al Estudiante de 2011 y en la norma 5 del Reglamento de Apoyo al Estudiante de 2012, se establecen los requisitos de nacionalidad para la obtención de becas en virtud del Programa de Becas Estudiantiles. En todos los casos, para poder acogerse a una beca de estudiante, el solicitante, y no sus padres, es quien debe cumplir los requisitos prescritos de nacionalidad o de condición de inmigrante en su propio nombre.

615.El VEC de la ciudad de Dublín ofrece un Programa de Acceso a la Educación para los menores no acompañados recién llegados. Este Programa es exclusivo de Irlanda. Consiste en un plan intensivo de transición para menores no acompañados desde su llegada a Dublín hasta su colocación en hogares de guarda y su ingreso en la escuela secundaria, por lo general fuera de Dublín. A partir de 2010, los alumnos permanecen en el Programa de Acceso a la Educación aproximadamente de 12 a 16 semanas. El Programa funciona a lo largo de un período anual de 42 semanas. El plan de estudios incluye lengua inglesa, matemáticas y aptitudes para la vida, y está estrechamente vinculado con el del nivel de posprimaria. El Programa atiende a un grupo diverso de estudiantes, incluidos los que tienen poca o nula experiencia de educación formal en sus países de origen.

616.A pesar de que se dirige principalmente a los menores no acompañados, el Programa de Acceso a la Educación también ha acogido a otros jóvenes con antecedentes de refugiado. Tras haber obtenido la financiación del Fondo Europeo para los Refugiados en 2010, el VEC de la ciudad de Dublín ha elaborado una serie de recursos y materiales didácticos y de aprendizaje destinados a esta cohorte específica de alumnos, que también beneficiará a un grupo más amplio de estudiantes.

617.En el sitio web www.separatedchildrenservice.ie puede descargarse u obtenerse una copia del DVD de recursos titulado Stepping Stones: Starting Second-level School in Ireland (Punto de partida: iniciar la enseñanza secundaria en Irlanda), realizado por menores separados de sus padres solicitantes de asilo. El DVD también se acompaña de un recurso para maestros.

618.Study Buddy es un club de tareas fuera del horario escolar que acoge a todos los menores no acompañados o menores separados de sus padres que han alcanzado los 18 años de edad y asisten a escuelas secundarias o centros de educación continua en la zona de Dublín. A cada joven se le asigna un voluntario para ayudarlo a hacer las tareas escolares y desarrollar mejores habilidades de estudio. Muchos de los voluntarios del Study Buddy han participado en este programa desde su inicio, en 2007.

C.Derechos culturales de los niños pertenecientes a grupos indígenas y minoritarios

619.La Estrategia de Educación Intercultural, 2010-2015 reconoce explícitamente el papel fundamental que desempeñan la lengua materna y la cultura de los niños migrantes (véase el párrafo 271). Una de las medidas concretas adoptadas a este respecto es la disposición relativa a lo que se denominan "lenguas extracurriculares", que son los idiomas que no forman parte del plan de estudios normal pero en los que los alumnos pueden optar a examinarse en algunas circunstancias. Se trata de idiomas distintos de las lenguas modernas, así como del inglés y el irlandés, que están disponibles para todos los alumnos. Actualmente se ofrece un total de 15 lenguas, lo cual supone un aumento respecto de las 9 que se ofrecían en 2005. La demanda de lenguas extracurriculares aumentó considerablemente en 2011, con un total de 1.262 solicitudes en comparación con 1.050 en 2010 y 817 en 2009.

620.A todos los alumnos de primaria y posprimaria se les exige estudiar irlandés, salvo cuando el DES los exime explícitamente de ello. La Ley de Educación de 1998 determina las responsabilidades con respecto a la enseñanza del irlandés en las escuelas. Para responder a las demandas locales, se pueden establecer escuelas donde se imparta la enseñanza en irlandés. En los últimos decenios, ha aumentado el número de tales establecimientos fuera de las zonas de habla gaélica (Gaeltacht) (véase el párrafo 622).

621.En 2010, se publicó la Estrategia de 20 años sobre la Lengua Irlandesa, 2010-2030, basada en la Declaración del Gobierno sobre la Lengua Irlandesa (2006). Uno de los objetivos de la Estrategia es impartir una enseñanza de alta calidad del irlandés a todos los escolares cuyos padres o tutores lo deseen. En ella se destaca que el sistema educativo es uno de los motores fundamentales para generar la capacidad lingüística en que se basa la propia Estrategia. El Programa de Gobierno 2011-2016 apoya la Estrategia y cumplirá los objetivos alcanzables y las metas propuestas. Particularmente, en las primeras etapas de aplicación de la Estrategia se ha concedido prioridad a la formación del profesorado, la reforma de los planes de estudio en la enseñanza primaria y posprimaria, y el suministro de recursos didácticos en irlandés.

622.En las zonas de habla gaélica (Gaeltacht) se ha reducido el número de escuelas, de 153 a algo más de 100, mientras que el de los centros escolares donde se imparte la enseñanza en irlandés fuera de aquellas zonas ha aumentado de 20 en 1975-1976 a 141 en 2011-2012.

D.Educación sobre derechos humanos y educación cívica

623.En la enseñanza primaria, la asignatura de educación social, personal y sanitaria se estructura alrededor de tres ejes —yo mismo, yo mismo y los demás, y yo mismo y el resto del mundo— y aborda cuestiones como la toma de decisiones, el desarrollo de confianza en sí mismo, el crecimiento y el cambio, la seguridad personal, las relaciones con los amigos, la familia y los demás, la gestión de conflictos, el respeto de la diferencia, y la sensibilización sobre el acoso escolar. El eje relativo a "yo mismo y el resto del mundo" tiene por objeto promover el sentido de responsabilidad social, de ciudadanía activa, de aprecio por la diversidad, y de interdependencia de las comunidades de ámbito local, nacional y mundial.

624.La educación cívica, social y política es una asignatura que forma parte del plan de estudios elemental en el ciclo básico de la enseñanza secundaria. Durante el curso, se pone énfasis en el trabajo participativo y activo en el aula para estimular el aprendizaje por medio del trabajo en grupo, la escenificación de papeles y las actividades prácticas, con un enfoque en la experimentación. Un objetivo central de la asignatura es inculcar en los alumnos el conocimiento de siete conceptos fundamentales: democracia, derechos y responsabilidades, dignidad humana, interdependencia, desarrollo, derecho, y gestión. El formato de la materia permite que el maestro aborde cuestiones tales como la igualdad de género, el racismo, la interculturalidad, la protección ambiental, la educación para el desarrollo, la pobreza, el desempleo y la falta de vivienda. En el documento titulado Framework for Junior Cycle (Marco para el ciclo básico), publicado en octubre de 2012, se insiste en la importancia de la educación sobre los derechos humanos y la educación cívica. En uno de sus enunciados sobre el aprendizaje se incluye la necesidad de que el alumno "valore lo que significa ser un ciudadano activo, con derechos y responsabilidades en el ámbito local y en contextos de mayor amplitud".

625.Educación sobre los Derechos Humanos en la Escuela Primaria es una iniciativa pedagógica irlandesa impulsada por el programa Lift Off (Despegue) y ejecutada conjuntamente por Amnistía Internacional-Irlanda y Amnistía Internacional-Irlanda del Norte, además del Sindicato de Maestros del Úlster y la Organización Nacional Irlandesa de Maestros, con el apoyo de la Comisión de Derechos Humanos y la Comisión de Derechos Humanos de Irlanda del Norte. La iniciativa de Lift Off tiene por objeto fomentar la educación sobre los derechos humanos en la escuela primaria por medio del desarrollo de materiales de apoyo a los programas de estudio, la promoción de un enfoque escolar integral de la educación sobre los derechos humanos y el establecimiento de vínculos entre las escuelas participantes en Irlanda del Norte y del Sur. Todos los materiales didácticos y los planes de las lecciones de Lift Off, preparados por maestros recomendados por el NCCA y el Programa de Apoyo al Plan de Estudios de la Enseñanza Primaria, cumplen plenamente las expectativas del plan de estudios de primaria y son adecuados para utilizar a lo largo de todo el programa escolar. Los materiales de Lift Off para la educación sobre los derechos humanos se han distribuido a todas las escuelas primarias, y los maestros han recibido de manera generalizada formación a este respecto. En total, en 70 escuelas irlandesas se han ensayado experimentalmente los materiales de Lift Off. Actualmente, en el sitio web de Lift Off (www.liftoffschools.com) hay registradas 622 escuelas.

E.Reposo, juego, esparcimiento y actividades recreativas, culturales y artísticas

Educación artística y física

626.La educación artística (artes visuales, música y teatro) es una de las siete áreas de estudio que incluye el plan de estudios de primaria, que se puso en marcha en 1999 y se implantó en diversas fases hasta 2007. El Servicio de Desarrollo Profesional para Maestros proporciona apoyo a los docentes para la aplicación del plan de estudios. Las asignaturas de artes visuales, música y teatro se introdujeron, respectivamente, en los cursos escolares de 2001-2002, 2005-2006 y 2006-2007. La danza forma parte de la asignatura de educación física.

627.En la enseñanza secundaria, los planes de estudio para obtener el certificado de ciclo básico incluyen las materias de música, pintura, artesanía y diseño. El nuevo Marco para el ciclo básico (octubre de 2012) permite impartir cursos breves, y en la actualidad el NCCA está preparando un curso de estas características sobre creación artística. Las escuelas también podrán desarrollar sus propios cursos breves, de conformidad con las especificaciones establecidas. En uno de los enunciados sobre el aprendizaje del nuevo Marco se apunta la necesidad de que los alumnos "creen y expongan sus trabajos artísticos y valoren el proceso y los conocimientos técnicos que conllevan". En el ciclo superior, se incluye la asignatura de música, y dentro del certificado de estudios secundarios aplicado también se ofrecen módulos de arte. En el año de transición, o curso puente, las escuelas cuentan con diversos módulos para estimular el interés de los alumnos en las artes en general, lo que en muchos casos les brinda la oportunidad de interactuar con artistas profesionales. Por ejemplo, una práctica habitual es preparar y presentar un musical escolar como parte del año de transición. En aproximadamente 550 escuelas, el 50% de los alumnos siguen el plan de estudios correspondiente a ese año.

628.Tanto los planes de estudio de la enseñanza primaria y como los de la secundaria incluyen la asignatura de educación física. En los párrafos 500 a 503 se indican medidas adicionales al respecto.

Actividades físicas y lúdicas

629.En marzo de 2004, se publicó Ready, Steady, Play: A National Play Policy, la primera política nacional detallada en su género publicada en Irlanda. Desde 2004, el Gobierno ha destinado 28,3 millones de euros a la instalación o mejora de parques infantiles en todo el país como parte del proceso de ejecución de Ready, Steady, Play y el plan RAPID para zonas desfavorecidas. Gracias a esta financiación, en Irlanda se ha más que duplicado el número de parques infantiles, de menos de 200 a más de 561, y está prevista la construcción de otros más de 100.

630.Además, el Gobierno patrocina un Día Nacional del Juego en cooperación con la red de ámbito nacional de organismos gubernamentales y grupos comunitarios. En 2012, alrededor del 85% de las autoridades locales organizó actos con motivo del Día Nacional del Juego, que alcanzó el mayor nivel de participación registrado en esta celebración. Esto tuvo lugar tras el establecimiento por el Gobierno de una Red Nacional de Actividades Lúdicas y Recreativas, en febrero de 2012. El objetivo de estos acontecimientos es fomentar la sensibilización acerca de dichas actividades, generalmente entre los responsables de políticas, los padres, las familias y los especialistas en educación. El proceso se incorporará en las políticas más amplias relativas al cuidado de la infancia, con la participación de los comités de atención infantil de las ciudades y condados, de expertos en planificación y de organismos no gubernamentales como Sugradh Ireland, para desarrollar un enfoque holístico de la infancia en que la importancia del juego y de las ciudades y pueblos amigos de los niños sea ampliamente reconocida y apreciada. Gran parte de las autoridades gubernamentales locales han establecido políticas sobre el juego, que ya se han publicado y aplicado, y algunos grandes centros urbanos como la ciudad de Dublín avanzan hacia la adopción de un plan sobre el juego plenamente integrado.

631.En septiembre de 2007, la entonces Oficina del Ministro de Asuntos de la Infancia (OMC) puso en marcha la iniciativa Espacio para adolescentes: política nacional de esparcimiento para jóvenes (OMC, 2007b), que aborda las necesidades recreativas de los jóvenes de 12 a 18 años de edad y proporciona un marco estratégico para la promoción de oportunidades recreativas positivas destinadas mayormente a ese grupo. La iniciativa tiene siete objetivos básicos, cada uno de los cuales engloba un conjunto de medidas (en total, 76) de aplicación prioritaria por distintos departamentos y organismos gubernamentales. Esas instancias desempeñan un papel decisivo en la aplicación de las medidas, en el marco general de la política nacional sobre esparcimiento.

632.La política nacional sobre esparcimiento adopta un enfoque basado en pruebas en que se abordan las cuestiones surgidas de un proceso de consulta pública, emprendido por la OMC, que dio a todas las partes interesadas, incluidos los jóvenes, una oportunidad para participar en su formulación. El proceso de elaboración de la política también se basó en los resultados de un estudio independiente encargado por la NCO en 2005 para analizar las actividades recreativas y de ocio de los jóvenes irlandeses. En particular, se examinó qué hacían en su tiempo libre los jóvenes, qué obstáculos y apoyos encontraban para acceder a las oportunidades recreativas, y cuáles eran sus expectativas con respecto al ocio y el esparcimiento (De Róiste y Dinneen, 2005).

Consejo de Deportes de Irlanda

633.El Consejo de Deportes de Irlanda (ISC) es un organismo designado por el Gobierno que se encarga de la promoción, desarrollo y coordinación del deporte en Irlanda. El ISC ha puesto en marcha el programa Buntús, que apoya una enseñanza de la educación física en la escuela primaria orientada a proporcionar a los alumnos una introducción de calidad a las prácticas deportivas básicas. El programa recibe el respaldo del DES, y actualmente se está aplicando en las demarcaciones donde se han implantado las Alianzas Deportivas Locales (LSP). El ISC también ha establecido el programa Buntús Start para ayudar a los proveedores de servicios preescolares y de cuidado infantil a introducir la actividad física y las técnicas deportivas básicas a los menores de 3 a 5 años de edad. Cada programa proporciona equipo, tarjetas de recursos y formación de los maestros/monitores a cada escuela o centro.

634.De 2006 a 2011, se destinaron 30,5 millones de euros a las LSP, además de otros 3,4 millones de euros procedentes de fondos de cuentas inactivas. El ISC también financia el Programa de Inclusión de las Personas con Discapacidad en el Deporte, que promueve y facilita oportunidades deportivas para las personas con discapacidad, incluidos los niños y jóvenes. Este Programa se ejecuta a través de la red nacional de LSP. El ISC respalda los tres principales campos deportivos de fútbol, fútbol gaélico y rugby, para promover la participación de los menores de edad. De 2006 a 2011, se destinaron fondos por valor de 61,9 millones de euros para celebrar múltiples iniciativas relacionadas con esos deportes en todo el país.

635.En 2000, el ISC estableció el Código Irlandés de Ética y Buenas Prácticas en el Deporte, que fue revisado en 2006. Desde entonces, todos los organismos gubernamentales nacionales han suscrito los principios y políticas del Código del ISC y han adoptado un código específico del deporte, que se ha distribuido a todos los clubes deportivos. Los clubes con miembros menores de edad han nombrado a oficiales nacionales para la infancia. Los principios establecidos en el Código —de juego limpio, goce y el compromiso de mantener en el punto de mira a los niños— son las piedras angulares de la futura labor del ISC en relación con el deporte para los jóvenes. En la actualidad, los organismos gubernamentales y las LSP, conjuntamente con la HSE, están ofreciendo información sobre el Código y formación sobre buenas prácticas, incluida la protección infantil, a las personas relacionadas con el deporte infantil.

Programa de Piscinas de las Autoridades Locales

636.De conformidad con el Programa de Piscinas de las Autoridades Locales, el Departamento de Transporte, Turismo y Deporte concede ayudas a las autoridades locales para la construcción de nuevas piscinas o la remodelación de las existentes. La actual ronda de financiación del Programa incluye a 58 piscinas, 46 de las cuales se han terminado de construir y están abiertas al público. Las obras de las 12 piscinas restantes se encuentran en diversas fases de finalización. De 2006 a 2011, el Programa ha desembolsado alrededor de 95 millones de euros, y en 2012 ha asignado 6,9 millones de euros a diversas obras.

Actividades culturales y artísticas

637.El Consejo de las Artes defiende el derecho de los niños y jóvenes a disfrutar plenamente de sus derechos culturales. En la estrategia Alianza para las Artes, 2006-2010, del Consejo de las Artes, y en su actual Panorama Estratégico, 2011-2013, se identifica a los niños y jóvenes como un grupo importante, con una amplia gama de programas y mecanismos de apoyo disponibles para las actividades escolares y fuera de la escuela. En 2006, el Consejo de las Artes estableció el equipo denominado Jóvenes, Niños y Educación con el fin de supervisar la formulación de políticas, dirigir las iniciativas de promoción y administrar la financiación de programas en este ámbito de trabajo. En 2009 culminaron 30 años de colaboración del Consejo de las Artes en el desarrollo y apoyo de programas destinados a los niños y jóvenes.

638.El Consejo de las Artes es plenamente consciente de la falta de suficientes conjuntos de datos nacionales disponibles para apoyar la obtención de datos significativos sobre las artes en general en Irlanda, y de que la recopilación de datos es insuficiente en relación con la participación de los niños y jóvenes, incluso cuantitativamente. Es necesario reunir datos suficientemente precisos y desglosados relacionados con, por ejemplo, la índole de las experiencias artísticas; el lugar donde se producen; la garantía de la calidad, en particular con respecto al desarrollo profesional inicial y continuo de los artistas y maestros; y el contexto demográfico. El Consejo de las Artes celebra la puesta en marcha de la Estrategia nacional de investigación y estadísticas sobre la vida de los niños, impulsada en 2011 por el DCYA. El equipo Jóvenes, Niños y Educación espera colaborar con este proceso para ayudar a mejorar el conocimiento nacional de la función que desempeña el arte en la vida de los niños y a ampliar la información sobre la participación infantil y sobre los diversos servicios que apoyan la implicación de los niños en las actividades artísticas y culturales, así como su conocimiento y su disfrute.

639.Art-Youth-Culture: FYI fue una iniciativa de consulta que en 2010 reunió a más de 60 jóvenes de 15 a 23 años de edad para debatir con sus homólogos y con destacados responsables de políticas acerca de su participación en la vida cultural y en el arte. La iniciativa discurrió durante tres días, con la celebración de talleres, debates y reuniones basados en el arte. Los participantes compartieron sus experiencias, inquietudes e ideas con los responsables de políticas y los proveedores de servicios culturales en una serie de mesas redondas y presentaciones artísticas que se prolongaron a lo largo de todo el día, cuyos temas y formato fueron determinados previamente por los propios jóvenes participantes. En total, participaron en el acto 35 representantes de importantes organismos públicos y departamentos gubernamentales, cuyas actividades influyen en la experiencia artística y cultural de los jóvenes. Un colectivo de artistas jóvenes diseñó y administró un sitio web consagrado al acontecimiento. La iniciativa fue financiada por la Comisión Europea por medio del programa Léargas.

640.En julio de 2008, el Consejo de las Artes publicó el documento titulado Points of Alignment: The Report of the Special Committee on the Arts and Education (Puntos de concordancia: informe de la Comisión Especial para las Artes y la Educación). El Comité Especial fue establecido por el Departamento de Arte, Deporte y Turismo conjuntamente con el Departamento de Educación y Ciencia. El informe se centra en la enseñanza del arte en la educación en Irlanda, y en él se formulan cinco recomendaciones fundamentales para mejorarla. En la enseñanza del arte en la educación participan artistas y organizaciones artísticas de todas las disciplinas (teatro, danza, artes visuales, literatura, música, cine, etc.) que visitan las escuelas para presentar obras y trabajar en proyectos a corto y largo plazo en colaboración con los alumnos y maestros. También incluye visitas de las escuelas a galerías, teatros y centros de arte donde tienen lugar exposiciones, actuaciones y talleres de todas clases, concebidas para enriquecer la experiencia escolar de miles de niños de toda Irlanda.

641.También en 2008, el Consejo de las Artes publicó The Arts in Education and Other Learning Settings: A Research Digest (El arte en la educación y en otros contextos de aprendizaje: un compendio de investigaciones), como un nuevo recurso en línea que brinda acceso, en forma resumida, a una amplia gama de investigaciones, incluidos diversos proyectos de investigación aplicada llevados a cabo en el campo de la enseñanza del arte en la educación en Irlanda. Si bien la atención del informe se centra en el arte en la escuela, también se ocupa de otros contextos, como el arte en el trabajo con los jóvenes, el arte en los centros de salud y el arte en las comunidades. El recurso incluye datos concretos, informes del Oireachtas, evaluaciones de proyecto, marcos y directrices de política, y un gran número de informes de muchos proyectos a largo plazo realizados por autoridades locales, instituciones culturales, organizaciones artísticas y proveedores de educación. Abarca un período de casi 30 años, de 1979 a 2007.

642.En 2006, el Consejo de las Artes publicó Artists~Schools Guidelines (Directrices para artistas y escuelas) con miras a proporcionar orientaciones prácticas a los artistas y maestros sobre cómo establecer, dirigir y evaluar en colaboración iniciativas artísticas basadas en la escuela. Las directrices se distribuyeron ampliamente entre el sector de las artes y en todas las escuelas del país. El Consejo de las Artes y el Departamento de Educación y Ciencia contribuyeron a partes iguales a sufragar íntegramente el costo de esta iniciativa de investigación, que estuvo dirigida por un grupo de trabajo establecido conjuntamente.

643.En 2006, el Consejo de las Artes actualizó su Arts-in-Education Directory (Directorio sobre arte y educación) y lo publicó como recurso interactivo en línea (véase www.artscouncil.ie). El Directorio proporciona información sobre más de 130 organizaciones artísticas que reciben financiación del Consejo de las Artes (por ejemplo, productoras, festivales, locales, organizaciones de recursos) para ejecutar programas de enseñanza del arte en la educación en escuelas primarias y posprimarias de ámbito local y nacional.

644.El estudio The Public and The Arts 2006 (El público y el arte, 2006), llevado a cabo por el Consejo de las Artes en 2006, identificó "los cursos de arte y las instalaciones consagradas a trabajar para y con los niños y jóvenes" como la principal prioridad con respecto a los gastos destinados al arte. En el mismo estudio se encontró que el 82% de los participantes manifestó estar de acuerdo con que "la enseñanza del arte es tan importante como la enseñanza de la ciencia" y que "la falta de enseñanza del arte en la escuela es un significativo obstáculo para el desarrollo de interés por el arte". El estudio concluye que si bien se han hecho algunos progresos en cuanto a impartir cursos de arte para los jóvenes, tanto en el sistema escolar formal como en el ámbito público, sin embargo, "en relación con su importancia demográfica, con la relevancia de las experiencias de la infancia para su desarrollo y con su dependencia económica, pareciera que es necesario avanzar más y que el público irlandés lo celebraría". El informe de 2007 del Foro Nacional Económico y Social, titulado The Arts, Cultural Inclusion and Social Cohesion (El arte, la inclusión cultural y la cohesión social), señaló que "se ha expresado preocupación acerca del nivel de conocimientos disponible entre los maestros y en las escuelas para impartir adecuadamente la enseñanza de arte". El informe sugiere que "para ello sería útil establecer más vínculos entre los artistas, las organizaciones artísticas y las escuelas".

645.El Consejo de las Artes financia y apoya de distintas formas el trabajo con los niños y jóvenes y la colaboración con ellos:

En 2011, se asignaron 2,7 millones de euros a organizaciones artísticas dedicadas entera y exclusivamente a los niños y jóvenes. Entre esas organizaciones figura el Programa Nacional de Arte Juvenil, orientado a los contextos externos de la escuela. El Consejo Nacional de la Juventud de Irlanda estableció ese Programa en 1998, financiado conjuntamente por el Consejo de las Artes y el DCYA.

Se estima que se han desembolsado indirectamente 4,2 millones de euros a través de la financiación de una amplia gama de actos, festivales, programas de las autoridades locales y organizaciones artísticas en todo el país, proporcionando servicios artísticos a los niños y jóvenes tanto en la escuela como fuera de ella como parte de un mandato más amplio.

Se destinaron otros 280.000 euros a diversas ayudas, que incluyeron el desarrollo profesional (mayormente en forma de becas y subvenciones para formación) de artistas y profesionales que trabajaban, o deseaban trabajar, en el ámbito del arte infantil y juvenil. Otras ayudas beneficiaron a proyectos de colaboración entre artistas, niños y jóvenes relacionados con la mayoría de las disciplinas artísticas y organizados en diversos contextos, como:

Escritores en las escuelas, dirigido por Poetry Ireland;

Artistas en residencia trabajando con jóvenes, dirigido por el Programa Nacional de Arte Juvenil.

En 2008, el Consejo de las Artes estableció el Programa de Agrupaciones Juveniles. Por "agrupaciones juveniles" se entiende un conjunto de jóvenes que trabajan juntos para crear obras de arte. Entre los ejemplos de agrupaciones juveniles figuran una orquestra, un coro, un grupo circense, una banda musical, un grupo de teatro, un grupo de cine, un grupo de danza, un colectivo de artistas visuales que trabajan juntos para preparar una exposición (o una sola obra de arte, como un mural o un grafiti), un grupo de poetas o escritores, o un grupo que colabora para combinar distintas disciplinas artísticas en una representación/espectáculo. En 2011 se desembolsaron 170.000 euros para financiar proyectos a través de este Programa.

Otras destacadas iniciativas centradas específicamente en los niños y jóvenes incluyen, entre otros, el premio de literatura infantil "Laureate na nÓg", administrado por la organización Children's Books Ireland y la financiación del organismo nacional de recursos Music Network a través del Consejo de las Artes. El Consejo de las Artes goza de buenas relaciones y de un diálogo permanente con Music Generation, una iniciativa orientada a crear alianzas locales para la enseñanza musical apoyada por U2 y Fondos de Irlanda.

646.Desde 2004, el Consejo de las Artes ha asumido un papel de liderazgo en la promoción de buenas prácticas de protección infantil en el marco del sector de las artes. Una muestra de ello es el enfoque polifacético que ha desarrollado para aplicarse durante un período de cinco años, que cuenta con la cooperación entre organizaciones artísticas y organismos decisivos, como la HSE y la Unidad Central de Investigación de Antecedentes de la Garda. Su objetivo es mejorar y ampliar las oportunidades de participación de los niños y jóvenes en todos los aspectos del arte mediante la promoción de una práctica segura e inclusiva. Esto se ha logrado adoptando las siguientes medidas:

Elaborar y publicar directrices para la protección de la infancia en el sector de las artes en colaboración con la HSE y con las principales organizaciones de los sectores de las artes y la cultura;

Apoyar y dotar de recursos las organizaciones artísticas para desarrollar conocimientos, capacidades y políticas mejoradas en relación con la protección y el bienestar del niño;

Exigir a las organizaciones que reciben financiación y trabajan con niños y jóvenes que establezcan políticas y procedimientos de protección infantil, como un criterio de financiación;

Contratar los servicios de un asesor especialista en bienestar infantil para aplicar esta política en todo el sector de las artes;

Establecer salvaguardias en el seno del Consejo de las Artes por medio de la formulación de políticas y procedimientos internos para trabajar con niños y jóvenes;

Proporcionar formación, asesoramiento y actualizaciones de la información pertinente (por ejemplo, Children First en 2011), manteniendo relaciones con la HSE y otras instancias y colaborando estrechamente con las organizaciones artísticas para mejorar continuamente la práctica y los resultados; y

Elaborar recursos a medida para utilizar en el sector de las artes, incluido un recurso basado en Internet.

647.El Consejo de las Artes sigue colaborando con otras instancias —primordialmente, el Consejo de Instituciones Culturales Nacionales (el programa Educación, Comunidad y Actividades de Divulgación), el DES y sus organismos asociados, el DCYA, la HSE y el Consejo Nacional de la Juventud de Irlanda— con miras a asegurar un mayor acceso para los 100.000 ciudadanos que constituyen el público destinatario de las obras de arte juveniles en Irlanda. A nivel de la UE, el Consejo de las Artes estuvo representado, juntamente con el DES, en el Grupo MAC de la UE 2009/10 con la presentación de un informe sobre el desarrollo de mayores sinergias entre la educación el arte y la cultura. El Grupo publicó su informe final en julio de 2010, titulado European Agenda for Culture – Working Group on developing synergies with education, especially arts education (Agenda Europea para la Cultura. Grupo de trabajo sobre el desarrollo de sinergias entre educación, arte y cultura, en particular la enseñanza del arte). El Consejo de las Artes también mantiene contactos periódicos con sus colegas de los Consejos de las Artes de Irlanda del Norte, Escocia, Inglaterra y Gales.

Cafés para jóvenes

648.En el Programa de Gobierno de 2007 se señalaba que el establecimiento de cafés para jóvenes daba respuesta a la insistencia con que estos habían expresado la necesidad de disponer de tales espacios recreativos.

649.En 2010-2011, se puso en marcha el Programa de Cafés para Jóvenes para abrir este tipo de establecimientos en todo el país. Se proporcionó apoyo financiero para mejorar los establecimientos existentes y construir 16 nuevos cafés específicamente para jóvenes, particularmente en zonas donde aún no existían locales similares en funcionamiento.

650.Se estima que en todo el Estado actualmente existen hasta 100 cafés para jóvenes. Hasta la fecha, el DCYA ha desembolsado un total de 2,2 millones de euros para financiarlas, y el Programa de Derivación Juvenil de la Garda también ha aportado considerables fondos adicionales. Estos establecimientos ofrecen la posibilidad de emplearse para difundir información sobre la salud y sobre otras cuestiones pertinentes para los jóvenes, y en algunos de ellos se está estudiando utilizarlos como foro para llevar a cabo otras actividades relacionadas con este colectivo. Algunos datos ya sugieren que la apertura de una cafetería para jóvenes puede aportarles muchos beneficios asociados, como la posibilidad de interactuar con sus homólogos y la valiosa experiencia práctica que adquieren gestionando los cafés y captando fondos para asegurar su sostenibilidad a medio y largo plazo.

Prestación de servicios para los jóvenes

651.Los objetivos generales de la Unidad de Asuntos de la Juventud, perteneciente al DCYA, son los siguientes:

Elaborar políticas y estrategias juveniles que favorezcan y mejoren el desarrollo personal y social de los jóvenes;

Prestar apoyo al sector de la juventud facilitando el trabajo efectivo con jóvenes y oportunidades asociadas a este colectivo, y consolidar y mejorar la oferta existente de servicios e iniciativas que se le destinan;

Vigilar y evaluar las estructuras, ayudas y servicios relacionados con el trabajo con jóvenes a fin de asegurar la calidad de los servicios y la eficacia de los recursos;

Apoyar la armonización de las políticas y servicios para jóvenes con otras políticas y servicios del DCYA, así como con la esfera más amplia de las políticas y servicios, para ayudar a adoptar un enfoque integrado y coordinado de las necesidades de los jóvenes;

Establecer un diálogo con el Consejo de Europa/UE acerca de las políticas sobre la juventud y la aplicación de los programas de la UE orientados a este sector.

652.En 2012, el presupuesto global para el sector de la juventud asciende a 56,806 millones de euros en gastos corrientes y a 0,5 millones de euros en gastos de capital. Gracias a esta financiación, el sector voluntario del trabajo con jóvenes ofrece una amplia gama de programas y servicios destinados a todos ellos, incluidos los que pertenecen a comunidades desfavorecidas. Dichos programas y servicios atienden a más de 387.000 jóvenes y están compuestos por más de 1.400 empleados que trabajan con este colectivo, los cuales a su vez prestan apoyo a una importante base de voluntarios que el Consejo Nacional de la Juventud de Irlanda estima en 40.000. El eje sobre el que descansa la Unidad de Asuntos de la Juventud es el apoyo y desarrollo de las políticas y la prestación de servicios relacionados con el trabajo con jóvenes. La Unidad ofrece diversos planes de financiación, programas y ayudas al sector de la juventud, centrándose en el desarrollo de los jóvenes, en prestarles apoyo, en brindarles información, en los intercambios juveniles y en las actividades recreativas para este grupo. Todas estas actividades orientadas a los jóvenes, facilitadas por una serie de planes de financiación, están dirigidas por profesionales y voluntarios.

653.El presupuesto global relativo al sector de la juventud para el período 2008-2012 ascendió a cerca de 315 millones de euros.

654.A continuación se presentan las organizaciones, servicios y proyectos que reciben apoyo a través de la concesión de ayudas:

Programa de Subvenciones de Servicios para la Juventud: proporciona financiación anual a 31 importantes organizaciones nacionales y regionales de voluntarios para velar por la creación, promoción, crecimiento y desarrollo de organizaciones juveniles con principios distintivos y programas destinados a impartir educación social y fomentar el desarrollo personal de los jóvenes. Total desembolsado para 2012: 11,051 millones de euros.

Proyectos Especiales para Jóvenes: concede subvenciones a proyectos extraescolares para jóvenes desfavorecidos, prioritariamente en los ámbitos de las iniciativas especiales de trabajo con jóvenes, los jóvenes sin hogar, los jóvenes que abusan de sustancias y los jóvenes de la comunidad nómada. En 2012, este programa apoyó a 181 proyectos. Total desembolsado en 2012: 17,042 millones de euros.

Fondo para Instalaciones y Servicios para la Juventud: fue establecido por el Gobierno en 1998 con el fin de prestar asistencia a la elaboración de estrategias de prevención específicas por medio del desarrollo de servicios e instalaciones para los jóvenes, incluidas las deportivas y recreativas, en zonas desfavorecidas donde existen o pueden aparecer problemas importantes de drogas. En 2012 apoyó a 182 proyectos. Total desembolsado en 2012: 21,332 millones de euros.

Programa de Subvenciones de Clubes Juveniles Locales: respalda actividades de trabajo con jóvenes a nivel local. Concede subvenciones a todos los clubes y grupos juveniles por medio de los Comités de Formación Profesional (VEC) locales. Participan en el Programa 1.600 clubes juveniles. Total desembolsado en 2012: 1,035 millones de euros.

Centros de Información para Jóvenes: proporcionan recursos para el desarrollo de una red de centros de información destinados a la juventud. Su objetivo es facilitar el acceso de los jóvenes a información sobre derechos, oportunidades, ventajas, salud, bienestar y otras cuestiones. En 2012 el programa prestó a poyo a 28 Centros de Información para Jóvenes. Total desembolsado en 2012: 1,4 millones de euros.

Grupo de Trabajo Local sobre Drogas: en enero de 2011, el DES transfirió a la OMCYA la responsabilidad de administrar 21 proyectos relacionados con la juventud. Esos proyectos, dirigidos a los jóvenes en el marco de los distintos componentes de la Estrategia Nacional contra las Drogas, proporciona un conjunto de ayudas a los jóvenes mediante programas orientados de prevención e información sobre drogas, así como por medio de remisiones. Total desembolsado en 2012: 1,34 millones de euros.

An Gaisce – el Premio del Presidente: este programa recibe fondos para conceder premios al mérito destinados a promover el desarrollo personal mediante la participación en una serie de retos que ponen a prueba la iniciativa, disciplina y aptitudes de cuidado de los jóvenes. En 2012 hubo 9.000 participantes. Total desembolsado en 2012: 0,690 millones de euros.

Léargas – la Oficina de Intercambio: Léargas, el Organismo Nacional de Irlanda para la aplicación del programa de la UE Juventud en Acción, 2007-2013, administra los sistemas de internacionales de intercambio en representación del DCYA. Léargas también administra Causeway, el programa de intercambio British/Irish. Total desembolsado en 2012: 0,492 millones de euros.

Programa Nacional de Salud de la Juventud: se trata de una alianza entre el DCYA, la HSE y el Consejo Nacional de la Juventud de Irlanda. Tiene por objeto proporcionar un programa flexible y de base amplia de apoyo y formación en materia de promoción/educación sobre la salud a las organizaciones juveniles y a los que trabajan con jóvenes en el sector de la educación extraacadémica. Total desembolsado en 2012: 0,088 millones de euros.

Programa Nacional de Arte Juvenil: consiste en una alianza entre el DCYA, el Consejo de las Artes y el Consejo Nacional de la Juventud de Irlanda. Se encarga del desarrollo y promoción del arte juvenil en Irlanda, y tiene como objetivo específico hacer realidad el potencial de los jóvenes a través de la práctica artística de calidad. Total desembolsado en 2012: 0,067 millones de euros.

655.En los últimos años se han realizado considerables avances en distintas esferas de importancia para la prestación de servicios destinados a los jóvenes. Entre esos avances figuran los siguientes:

Establecimiento de un Programa Nacional de Protección de la Infancia, que coordina las iniciativas de formación en materia de protección infantil y asiste a muchas organizaciones juveniles en la elaboración de directrices y políticas sobre protección de la infancia (2005/06);

Introducción de la investigación de antecedentes por la Garda (policía) para todos los nuevos empleados y voluntarios involucrados en el sector del trabajo con jóvenes (2006);

Designación de un Asesor Nacional del Trabajo con Jóvenes para fomentar las buenas prácticas en ese trabajo por medio del asesoramiento, vigilancia y examen de los programas y servicios relacionados con el trabajo con jóvenes proporcionados por el sector voluntario implicado en dicho trabajo en Irlanda (2006);

Ampliación de todos los proyectos con un solo trabajador que reúnen las condiciones para acogerse al programa de Proyectos Especiales para Jóvenes del DCYA, a dos trabajadores (2006/07);

Establecimiento del Comité Norte/Sur de Normas de Educación y Formación sobre el Trabajo con Jóvenes, para respaldar profesionalmente la formación en este ámbito en toda Irlanda (2006/07);

Dotación de recursos de los VEC para designar a oficiales encargados de la juventud responsables de coordinar y apoyar la prestación de servicios locales para los jóvenes (2006/07);

Designación de un Comité Asesor Nacional del Trabajo con Jóvenes, de conformidad con la Ley relativa al Trabajo con Jóvenes de 2011, para asesorar al Ministro en las cuestiones relacionadas con las políticas y la prestación de servicios en este ámbito destinados a dicho colectivo (2007);

Revisión del Programa de Subvenciones de los Clubes Juveniles Locales para hacerlo más receptivo a las realidades y los aspectos prácticos experimentados por los grupos locales de jóvenes voluntarios en la organización de actividades para jóvenes (2008/09).

656.En enero de 2011 se dio a conocer el Marco Nacional de Normas de Calidad para el Trabajo con Jóvenes, que esencialmente consiste en una herramienta de apoyo, desarrollo y evaluación que proporciona a los servicios y organizaciones la posibilidad de articular su trabajo con jóvenes utilizando un lenguaje común. La aplicación del Marco ha dado lugar a una mejora en las buenas prácticas y a una mayor rentabilidad, y está ayudando a las organizaciones y servicios juveniles a abordar incluso en mayor medida que antes las necesidades de desarrollo de los jóvenes de un modo más eficaz en función del costo.

657.Una vez establecido el marco con las normas nacionales para los proyectos y organizaciones de trabajo con jóvenes dirigidos por profesionales, ahora el DCYA está terminando de preparar las Normas para los Grupos Locales que Trabajan con Jóvenes, destinadas a los clubes y grupos juveniles dirigidos por voluntarios que están financiados por la Unidad de Asuntos de la Juventud.

658.El propósito general de las normas destinadas a los clubes juveniles será prestarles apoyo para establecer y ofrecer a los jóvenes unos programas y actividades de calidad relacionados con su desarrollo en un entorno seguro y propicio, así como asegurar que haya una continuidad y exista una relación con las normas existentes para los servicios dirigidos por profesionales destinados a los jóvenes.

659.Actualmente el DCYA está identificando las necesidades de apoyo a la formación surgidas de las iniciativas para desarrollar normas de calidad y se propone establecer un calendario de formación coordinado y transversal para darles respuesta.

VIII.Medidas especiales de protección

660.En anteriores secciones del informe se han abordado diversas medidas que corresponden a la esfera de la protección especial. La presente sección proporciona información sobre medidas adicionales pertinentes.

A.Los niños fuera de su país de origen que tratan de obtener protección como refugiados, los niños no acompañados, los niños desplazados internos, los niños migrantes y los niños afectados por la migración

661.La Oficina del Comisionado para las solicitudes de concesión del estatuto de refugiado y el Tribunal de Apelación para asuntos relacionados con el estatuto de refugiado siguen colaborando con otras instancias para velar por que los procedimientos de asilo tengan en cuenta el interés superior del niño. La HSE y el Servicio de Asistencia Jurídica a los Refugiados celebran reuniones periódicas para coordinar la tramitación de los casos de menores no acompañados y atender las cuestiones prácticas a medida que se presentan.

662.Existen mecanismos para facilitar la presencia de un trabajador social en la fase de entrevista en los casos de solicitantes menores que sobrepasan la edad límite (es decir, cuando alcanzan los 18 años de edad) durante el proceso de apelación. Cuando sea posible, se organizará una audiencia del niño con un miembro del Tribunal experto en cuestiones relacionadas con niños separados de sus familias.

663.El equipo de trabajo social de la HSE con niños separados solicitantes de asilo, juntamente con los Servicios de Bienestar Comunitario, Psicología y otros organismos oficiales, ofrece ayuda a los menores no acompañados en el área metropolitana de Dublín. Los niños que no se hayan reunido con la familia pasan a estar bajo la tutela de la HSE, ya sea de forma voluntaria o por orden judicial con arreglo a la Ley de Atención a la Infancia de 1991.

664.La HSE está poniendo en práctica la política de equidad de la atención con el fin de asegurar que todos los niños y jóvenes no nacionales reciban el mismo nivel de asistencia que el que se ofrece a los niños originarios de Irlanda. Se identifican los hogares de guarda apropiados y se coloca a los niños en familias que se ajustan a sus necesidades. El servicio de la HSE para niños separados solicitantes de asilo ha mejorado significativamente desde 2009, y en la actualidad se reconoce como un servicio excelente, con elevados niveles de calidad de la atención y apoyo a los niños.

665.Los niños no acompañados mayores de 18 años de edad que no siguen la enseñanza secundaria se han adscrito al régimen de prestación directa de la RIA. Los mayores de 18 años que prosiguen sus estudios se remiten a los servicios de alojamiento de la RIA en Dublín, donde permanecen hasta finalizar su correspondiente curso académico.

666.El Programa de Acceso de los Niños Separados a los Servicios, del VEC de la ciudad de Dublín, es un servicio destinado a los niños separados recién llegados que les brinda la oportunidad de integrarse en Irlanda y en su sistema de educación en un entorno protegido y favorable. Incluye el Programa de Acceso a la Educación (véanse los párrafos 615 y 616), un club juvenil para menores no acompañados recién llegados, un servicio de acogida y un servicio de extensión para los que cuando llegaron eran menores de edad pero han cumplido 18 años o más. El Programa recibe aproximadamente 210.000 euros anuales del erario público, y también ha obtenido apoyo del Fondo Europeo para los Refugiados.

667.La Garda y la HSE han establecido el Protocolo Nacional Conjunto relativo a los Niños en Acogimiento Desaparecidos. Se acordó la aplicación de las siguientes medidas:

Entrevistas colaborativas entre los trabajadores sociales y la Garda en los puertos;

Toma de huellas digitales de los menores que llegan a los puertos, con fines de seguimiento;

Vigilancia planificada por la Garda de los niños que corren riesgo de no presentarse para el período inicial de colocación a los lugares establecidos en los puertos;

Vigilancia del sistema de notificación de personas desaparecidas a la Garda local por inspectores de este cuerpo;

Preparación conjunta del personal de la HSE y de la Oficina Nacional de Inmigración de la Garda/Gardaí con respecto a los niños que presentan alto riesgo de desaparecer;

Intercambio de documentación fotográfica entre la HSE y la Garda.

668.El descenso registrado en el número de los niños no presentados y en el de los que seguían desaparecidos en el último trimestre de 2009 es el resultado de los intensos esfuerzos interinstitucionales realizados a lo largo de aquel año. La Garda y la HSE tienen la intención de seguir ampliando las iniciativas conjuntas para evitar que los niños en acogimiento desaparezcan y detectar a los que lo hagan.

B.Los niños en los conflictos armados, incluidas su recuperación física y psicológica y su reintegración social

669.Esta cuestión se aborda en el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en conflictos armados (véanse los párrafos 185 y 186).

670.Después del segundo informe periódico de Irlanda (2005), el Estatuto de la Corte Penal Internacional y el Acuerdo sobre los Privilegios e Inmunidades de la Corte Penal Internacional se incorporaron en el derecho irlandés por medio de la Ley de la Corte Penal Internacional de 2006.

671.A todos los solicitantes de asilo que ingresan al Estado se les facilita un examen médico dentro de las dos semanas de su llegada. En el centro de recepción principal de la RIA en Balsekin, en Dublín, existe un equipo especial que lleva a cabo esos exámenes. Este servicio está gestionado por la HSE, e incluye la remisión a servicios psicológicos y otras ayudas, si procede, posteriormente al examen.

672.Con respecto a los niños que han iniciado el procedimiento de asilo, en caso de que los Servicios de Salud aún no hayan detectado que un menor no acompañado parezca haber estado expuesto a un conflicto armado y esté sufriendo daños físicos y psicológicos, la Oficina del Comisionado para las Solicitudes del Estatuto de Refugiado (ORAC) señalará esta cuestión a la atención de la persona encargada por la HSE de atender al niño.

673.Un grupo de entrevistadores experimentados de la ORAC que trabajan en la tramitación de las solicitudes de asilo han recibido formación especializada adicional para ayudarlos en su trabajo en casos que afectan a menores no acompañados. Dicha formación incluye cuestiones como las necesidades psicológicas, aspectos específicos relativos al niño en el proceso de determinación del estatuto de refugiado, el papel del trabajador social y otros asuntos relacionados con la determinación del estatuto de refugiado para menores no acompañados. El ACNUR ha preparado el módulo de formación e imparte el adiestramiento (véase el párrafo 288). El oficial autorizado, que prepara el informe y las recomendaciones sobre los casos que conciernen a menores no acompañados, también deberá haber seguido un programa de formación especializada.

674.Si bien estos procedimientos están relacionados con los menores no acompañados, el enfoque adoptado y, particularmente, la formación proporcionada también son muy útiles en las entrevistas de niños que están acompañados pero cuyos padres han decidido que sean objeto de una solicitud independiente de asilo.

C.Los niños sometidos a explotación, incluidas su recuperación física y psicológica y su reintegración social

Explotación económica

675.En el cuadro 3 se resumen las salvaguardias jurídicas contra la explotación económica. En el segundo informe periódico de Irlanda se incluyen las disposiciones para el cumplimiento de estas leyes.

Explotación sexual y abuso sexual

676.Desde la publicación del segundo informe periódico de Irlanda (2005) se han llevado a cabo diversas investigaciones sobre el abuso sexual y se han adoptado medidas para proteger a los niños contra este problema. Dichas medidas se incluyen en los párrafos 410 a 422.

677.La Ley de Derecho Penal (Delitos sexuales) de 2006 entró en vigor en junio de 2006 y actualizó las disposiciones existentes en el derecho penal irlandés sobre la protección de los niños menores de 17 años contra el abuso y la explotación sexuales. La ley establece, entre otras cosas, una pena máxima más elevada por la desfloración de una niña de 15 o 16 años de edad cuando el autor del delito sea una persona con autoridad sobre la menor.

678.Además de aumentar las penas para los delitos previstos en la Ley de 2006, la Ley de Derecho Penal (Delitos sexuales), de 2007 (enmendada), actualiza la pena impuesta al delito de organizar un encuentro o viaje con la intención de tener una cita con un niño con fines de explotación sexual. Además, la ley tipifica como delito el mismo comportamiento, fuera del Estado, por ciudadanos irlandeses o personas con residencia habitual en Irlanda.

679.Está en proceso avanzado de elaboración una ley sobre delitos sexuales que reforzará más la protección de los niños contra el abuso y explotación sexuales. Con ello se dará aplicación a las recomendaciones de los comités parlamentarios y se facilitará el pleno cumplimiento de las disposiciones penales previstas en diversos instrumentos jurídicos internacionales.

680.En abril de 2010, la Garda Síochána publicó un documento exhaustivo de política, titulado Investigation of sexual crime, crimes against children and child welfare (Investigación del delito sexual, los delitos cometidos contra niños y el bienestar infantil), cuyo propósito era combinar la profesionalidad con la sensibilidad y compasión en la investigación de delitos sexuales. En dicha política se establecen las normas, procedimientos y prácticas que deben seguirse, se proporcionan instrucciones sobre la evaluación y gestión del riesgo que plantean para la comunidad las personas condenadas por delitos sexuales, y se incluyen cambios de política con respecto al papel que desempeñan los entrevistadores especializados de las víctimas. Asimismo, se ha establecido la Dependencia de Gestión de Delitos Sexuales para asistir a la Garda en la investigación de esos delitos, promover las buenas prácticas de investigación y vigilar una muestra de investigaciones a fin de velar por que se les preste la debida atención. Actualmente, la política está siendo revisada teniendo en cuenta los avances producidos desde que se publicó, incluida la edición de las directrices revisadas Children First, en 2011.

681.La Dependencia de Investigación sobre la Violencia Doméstica y la Agresión Sexual, perteneciente a la Oficina Nacional de Investigación de la Delincuencia, es la unidad nacional de la Garda que proporciona conocimientos especializados a otras unidades de la propia Garda en la investigación de delitos de naturaleza sexual, incluidos la explotación y abuso sexuales. Las directrices Children First se han adoptado como política de la Garda para la protección y bienestar del niño.

682.Como respuesta a una invitación de la Ministra de Asuntos de la Infancia y la Juventud, la organización de minoristas Retail Ireland elaboró unas directrices sobre la ropa de niño que se dieron a conocer en 2012. Diez de los principales minoristas de ropa infantil las han suscrito. Las directrices abarcan el diseño, la talla, el etiquetado, y la comercialización de las prendas, el calzado y los accesorios para niños. En algunas de las directrices se indica que el tejido y corte deberían respetar el principio del pudor, los lemas e imágenes deberían ser apropiados para la edad, y la ropa interior no debería contener dispositivos de realce o aros y deberían etiquetarse con arreglo al tamaño del pecho y no de la edad.

Venta, trata y secuestro

683.En los párrafos 441 a 447 se incluyen medidas recientes para hacer frente al secuestro de menores.

684.En febrero de 2008, el Departamento de Justicia e Igualdad estableció la Unidad de Lucha contra la Trata de Personas (AHTU) con el fin de velar por que la respuesta de Irlanda a la trata de seres humanos fuera coordinada, integral y holística. Un elemento fundamental de esta estrategia es el National Action Plan to Prevent and Combat Trafficking in Human Beings in Ireland, 2009-2012 (Plan de Acción Nacional para Prevenir y Combatir la Trata de Personas en Irlanda, 2009-2012), que fue publicado por el Departamento de Justicia e Igualdad en junio de 2009. El sitio web especializado www.blueblindfold.gov.ie proporciona información exhaustiva sobre el concepto del Blue Blindfold (Venda azul): "No cierres los ojos a la trata de personas".

685.El plan de acción se centra especialmente en prevenir que la trata se convierta en un problema importante en Irlanda. Contiene cuatro apartados principales: i) Prevención y fomento de la sensibilización; ii) Enjuiciamiento de los traficantes; iii) Protección de las víctimas; y iv) Trata de niños. Establece las estructuras que han permitido que Irlanda cumpla los pertinentes instrumentos internacionales. Irlanda ha ratificado el Convenio del Consejo de Europa sobre la Lucha contra la Trata de Seres Humanos, que entró en vigor en el país el 1 de noviembre de 2010. Asimismo, ha ratificado el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños, que entró en efecto en Irlanda a partir del 17 de julio de 2010.

686.En la actualidad, la AHTU está realizando una revisión a medio plazo de su plan de acción. Para el 30 de junio de 2011, se había finalizado un total de 55 intervenciones señaladas en el Plan, 34 seguían en curso y otras 55 eran continuas. Entre las prioridades para 2012 figuran mantener las medidas existentes (como los foros consultivos, la formación continua y el programa de fomento de la sensibilización) y proporcionar servicios a las víctimas de trata, además de adoptar nuevas medidas, como la revisión del módulo de educación cívica, social y política sobre la trata de personas preparado para el ciclo básico en las escuelas de enseñanza secundaria, la elaboración y distribución de un folleto informativo sobre la trata de niños, y la investigación de las formas de fomentar la sensibilización entre el personal de las compañías aéreas y los profesionales que trabajan directamente con las familias (como las enfermeras de salud pública).

687.La Ley de Derecho Penal (Trata de personas) de 2008 actualizó la ley sobre la trata de niños (véase el párrafo 206). De conformidad con esa ley, una persona declarada culpable del delito de trata de niños con fines de explotación sexual, explotación laboral o extracción de órganos será castigada con la pena de reclusión perpetua. La ley también tipifica como delito la venta y compra de niños para cualquier fin, con una pena máxima de reclusión perpetua.

688.La Directiva de la UE relativa a la prevención y lucha contra la trata de seres humanos debe incorporarse a la legislación de los Estados miembros participantes antes de abril de 2013. Para cumplir plenamente las medidas de derecho penal previstas en la directiva, será necesario modificar la Ley de Derecho Penal (Trata de personas) de 2008, entre otras cosas para ampliar la definición de "explotación".

689.El término "mecanismo nacional de remisión" se utiliza para describir: i) el proceso por el cual se identifica a una presunta víctima de trata de personas; ii) la gama de servicios de ayuda y apoyo disponibles para las posibles o presuntas víctimas de trata de personas; y iii) cómo se remite a las posibles o presuntas víctimas a cada uno de estos servicios o cómo pueden solicitar acceder a ellos. En los párrafos 291 y 292 se resume la asistencia proporcionada por la HSE a este respecto.

690.En 2009, Irlanda elaboró el primer informe sobre las posibles o presuntas víctimas de trata de personas. En él se expone un panorama detallado de la situación de este problema en 2009 en el país. Se reunió información de diversas fuentes, incluidos la Oficina Nacional de Inmigración de la Garda (GNIB), el Servicio Irlandés de Inmigración y Naturalización (INIS), del Departamento de Justicia e Igualdad, y diversas ONG. El informe ofrece información importante acerca de las presuntas víctimas, como sus antecedentes y experiencias.

691.En el 2009 Annual Report (Informe anual 2009) de la Garda Síochána se señala que se examinaron 68 incidentes de trata de personas que involucraron a un total de 66 casos de posible o presunta trata, 17 de los cuales afectaban a menores. En su informe correspondiente a 2010, la Garda indica que se notificó un total de 69 casos de presunta trata de personas que involucraron a 78 presuntas víctimas. Entre las presuntas víctimas se identificó a 19 menores, 15 de los cuales habían sido objeto de explotación sexual y 1 de explotación laboral, mientras que no se indicaba a qué tipo de explotación habían sido sometidos los 3 restantes menores.

692.La Unidad de Investigación y Coordinación sobre la Trata de Personas de la GNIB, el Equipo de Lucha contra la Trata de Personas de la HSE y un equipo de juristas especializados en la trata de personas del Consejo de Asistencia Jurídica son otras tres unidades especializadas de organismos gubernamentales que se ocupan de este problema, establecidas en cumplimiento de las obligaciones internacionales de Irlanda de proporcionar servicios a las víctimas de trata. La Oficina del Director del Ministerio Público y la Dependencia de Nuevas Comunidades y Solicitantes de Asilo de la HSE también han asignado a personal especial para ocuparse del enjuiciamiento de las causas.

693.A finales de 2007, el Departamento de Justicia e Igualdad estableció un Grupo interdepartamental de alto nivel para proponer las respuestas más apropiadas y eficaces al problema de la trata de personas. El grupo está formado por altos representantes de los principales departamentos y organismos públicos, que celebran mesas redondas con ONG y organizaciones internacionales. Ha establecido cinco grupos de trabajo interdisciplinarios, uno de los cuales se ocupa específicamente de la trata de niños.

694.En los Planes Policiales Anuales de la Garda Síochána para 2010, 2011 y 2012 se identifica a la trata de personas como un problema prioritario y se hace hincapié en la prevención y detección de los casos de trata. En 2010 y 2011 también se señaló como una prioridad policial.

695.Desde el establecimiento de la AHTU en 2008, se han llevado a cabo diversas iniciativas de fomento de la sensibilización y de formación en relación con la trata de personas. Puede consultarse información detallada sobre la labor de sensibilización realizada hasta la fecha en www.blueblindfold.gov.ie. Estas iniciativas han incluido actividades de formación destinadas a los Gardaí, los miembros del Consejo de Asistencia Jurídica y las ONG.

696.En 2010, el Departamento de Justicia e Igualdad facilitó una financiación de 258.500 euros a dos ONG: se destinaron 250.000 euros a Ruhama, que presta asistencia a las víctimas de explotación sexual, y 8.500 euros al Centro de Derechos de los Migrantes de Irlanda (MRCI), que ayuda a las víctimas de explotación laboral. En 2011, se asignaron 225.000 euros a Ruhama y 17.000 euros al MRCI. El Departamento de Justicia e Igualdad también cofinanció una exposición fotográfica, "Not Natasha", organizada por el Consejo de Inmigrantes de Irlanda. El tema de la exposición era el tráfico sexual y sus consecuencias para las víctimas.

697.Irlanda también coopera con las fuerzas policiales de otras jurisdicciones, organismos y organizaciones internacionales en la lucha contra el delito de trata de personas.

D.Los niños de la calle

698.El Programa de Gobierno 2011-2016 se compromete, entre otras cosas: i) a poner fin a la falta de techo crónica y a la necesidad de dormir a la intemperie; y ii) a revisar y actualizar la Estrategia para los Jóvenes sin Hogar, desarrollada en 2001. En un examen de los progresos realizados, llevado a cabo en 2008 por la HSE en colaboración con otras instancias, se observaron significativos avances, en particular en las esferas de la cooperación interinstitucional, la prevención temprana y los servicios fuera de las horas de trabajo. El DCYA encargó al Centro de Servicios Eficaces (CES) el examen de la aplicación de la Estrategia para los Jóvenes sin Hogar con el fin de establecer en qué medida ha resultado satisfactoria y de identificar cualesquiera posibles obstáculos o dificultades para su aplicación. Como parte de este proceso, el CES celebrará consultas con los pertinentes proveedores de servicios, con ONG y con jóvenes y formulará recomendaciones. Esta evaluación se encuentra en sus etapas finales, y está previsto publicarla en fecha próxima. Como anticipo de sus conclusiones cabe señalar que la opinión que está empezando a generalizarse es que, globalmente, la Estrategia para los Jóvenes sin Hogar ha contribuido significativamente a abordar la situación de los jóvenes sin hogar y que, en definitiva, ha ayudado a asegurar la práctica eliminación del problema de los niños que duermen en la calle. Esta opinión está respaldada por un reciente informe de la Dirección General de Asistencia a las Personas Sin Hogar de la Región de Dublín, de noviembre de 2011, en que durante su recuento de personas que dormían en la intemperie en esa ciudad no encontraron a ningún niño.

E.Los niños en conflicto con la justicia y los niños víctimas y testigos

699.El sistema de justicia juvenil debería examinarse en su totalidad, desde el Programa de Disuasión de Jóvenes de la Garda (GYDP) hasta el Tribunal de Menores y los reformatorios. Es importante señalar que no puede elegirse simplemente entre el GYDP, las penas de trabajo comunitario y el internamiento. Las disposiciones previstas en la Ley del Niño de 2001 establecen que las diferentes autoridades deben aplicar, en forma progresiva, una serie de "filtros" o pruebas a cada caso en que un niño entre en conflicto con la justicia.

700.El primer filtro principal es el GYDP, que interviene en diferentes etapas y en función de la gravedad del delito, con el apercibimiento no oficial (sin supervisión) o el apercibimiento oficial (supervisado), incluida la posible participación de un Proyecto de Disuasión de Jóvenes de la Garda. El segundo filtro principal consiste en la imposición de penas no privativas de libertad por los tribunales, incluidas su desestimación en virtud de la Ley de Libertad Condicional de Delincuentes de 1907 y las penas no supervisadas (multa, inhabilitación, orden de alejamiento, hora límite de regreso, etc.). La siguiente etapa conlleva penas supervisadas por el Servicio de Libertad Condicional (mandamiento de condena condicional, orden de trabajo comunitario y otras penas que se cumplen en la comunidad previstas en la Ley del Niño de 2001 (en su forma enmendada)). Por último, como último recursos, pueden aplicarse penas de reclusión.

701.En el párrafo 210 se presentan las disposiciones relativas a las víctimas infantiles que prestan testimonio de conformidad con la Ley de Procedimiento Penal de 2010.

La administración de la justicia juvenil, la existencia de tribunales especiales y la aplicación de la edad mínima de responsabilidad penal

702.La edad de responsabilidad penal en Irlanda se establece en el artículo 52 de la Ley del Niño de 2001, que entró en vigor en 2007 por medio de la Ley de Derecho Penal de 2006. La edad de responsabilidad penal se elevó de los 7 a los 12 años de edad, y en general a los niños menores de 12 años no se los puede acusar de un delito. No obstante, un niño de 10 u 11 años de edad puede ser acusado de delitos graves, como asesinato, homicidio, violación o agresión sexual con agravantes. La ley proporciona una mayor protección en aquellos casos en que el acusado de un delito sea un niño menor de 14 años de edad, ya que no podrán proseguirse las actuaciones sin el consentimiento del Ministerio Público Fiscal.

703.Como se previó en el momento de su promulgación, la Ley del Niño (enmendada) de 2001 se aplicó en distintas fases para permitir el desarrollo y fortalecimiento planificados de los servicios. La entrada en vigor de todas las disposiciones pendientes de la Ley del Niño (enmendada) de 2001 culminó en 2007. En ese año, el Gobierno aprobó destinar considerables recursos adicionales para dar cumplimiento efectivo a la ley. Dichos recursos incluyeron personal suplementario para el Servicio de Libertad Condicional y el Servicio Irlandés de Justicia juvenil, un mayor número de jueces para el Tribunal de Menores y oficiales de enlace juvenil adicionales durante el período 2007-2011. Todos esos recursos suplementarios ya se han asignado.

704.La Estrategia Nacional de Justicia juvenil, 2008-2010, desarrollada en colaboración con los principales interesados directos en la esfera de la justicia juvenil, ha sido fundamental para la labor del Servicio de Justicia juvenil de Irlanda (IYJS). Su propósito era ofrecer un enfoque de cooperación entre los organismos que trabajan en este sistema. Incluía diversos objetivos y metas para los departamentos y organismos gubernamentales afectados con el fin de ayudar a medir los progresos realizados y determinar dónde deberían destinarse los recursos disponibles. La mayoría de los objetivos de la Estrategia se han cumplido. En la actualidad, el IYJS está en proceso de elaborar una nueva Estrategia Nacional de Justicia juvenil bajo el amparo del Marco Nacional de Política sobre la Infancia y la Juventud y como parte de la Estrategia Nacional contra la Delincuencia.

Los niños privados de libertad, y las medidas para asegurar que todo arresto, detención o encarcelamiento de un niño se utilicen como último recurso y durante el menor tiempo posible que proceda y que se ofrezca asistencia jurídica con prontitud

705.En la Ley del Niño de 2001, enmendada por la Ley de Derecho Penal de 2006, se señala que la detención de un niño es una medida de último recurso y que los niños menores de 18 años de edad no pueden ser condenados a penas de prisión o encarcelados. La ley dispone centros de detención preventiva y reformatorios para la detención preventiva y el internamiento de los niños de esa edad. Estas disposiciones entraron en vigor el 1 de marzo de 2007. La Ley del Niño de 2001 establece que cualquier pena que se imponga a un niño por un delito debería interferir lo mínimo posible en las actividades e intereses del niño y adoptar la forma menos restrictiva apropiada a las circunstancias.

706.Se ha observado una tendencia a la baja en el número de niños detenidos en un momento cualquiera. El promedio anual de las ocasiones en las que se recurrió a la detención de un niño fue de 134 en 2004. Este promedio se redujo a 119 en 2006, a 104 en 2008 y a 80 en 2011. Con el fin de reducir las tendencias relativas al uso de la detención, habría que seguir introduciendo nuevas medidas sustitutorias y nuevas alternativas comunitarias a la detención y debería reforzarse la cooperación interinstitucional.

La imposición de penas a niños, en particular la prohibición de la pena de muerte y la reclusión a perpetuidad, y la existencia de penas alternativas basadas en un enfoque de rehabilitación

707.Existen diversas alternativas a la detención disponibles en el trato de los niños en conflicto con la justicia o ante los tribunales, que se abordan en los siguientes párrafos.

708.El GYDP fue establecido de forma oficial en virtud de la parte 4 de la Ley del Niño de 2001.

709.La integración del mecanismo que aborda el comportamiento antisocial dentro del GYDP proporciona un procedimiento gradual eficaz para trabajar con niños que modifican lentamente su comportamiento. Las alternativas incluyen: i) no actuar/no adoptar más medidas policiales; ii) realizar un apercibimiento no oficial; iii) realizar un apercibimiento oficial, con supervisión de un oficial de enlace juvenil de la Garda; y iv) entablar un proceso judicial. El artículo 257F de la Ley del Niño de 2001 tipifica como delito el incumplimiento por parte de un niño de una orden contra el comportamiento antisocial sin una excusa razonable. En la práctica, el caso de un niño que muestre un comportamiento antisocial y persista en su actitud puede dar lugar a que la Garda Síochána solicite a los tribunales que dicte una orden contra el comportamiento social. Por lo general se trata de un proceso civil, y solo pasa a ser un asunto penal si se infringe la mencionada orden, emitida por un tribunal.

710.La Ley del Niño de 2001 fue modificada por medio de la parte 13 de la Ley de Derecho Penal de 2006, relativa al comportamiento antisocial de los niños. Estas disposiciones, que entraron en vigor el 1 de marzo de 2007, establecieron un procedimiento gradual para abordar el comportamiento antisocial. Las medidas contra ese comportamiento aplicables a los jóvenes son independientes de las que se aplican a los adultos, y son de aplicación las salvaguardias de la Ley del Niño de 2001. Con respecto a los niños, las medidas aplicables pueden incluir desde una advertencia formulada por un miembro de la Garda Síochána, un compromiso de buen comportamiento suscrito por el niño y sus padres o tutor, o la remisión al GYDP, hasta la emisión de una orden contra el comportamiento antisocial por el Tribunal de Menores. La aplicación de los procedimientos sobre el comportamiento antisocial relativos a los niños está sometida a vigilancia, y actualmente se está revisando la legislación pertinente.

711.Durante el período que va del 1 de marzo de 2007 al 31 de diciembre de 2011, se emitieron 2.006 advertencias sobre comportamiento antisocial a niños, se suscribieron 15 compromisos de buen comportamiento y los tribunales dictaron 3 órdenes contra el comportamiento antisocial.

712.Cuando un tribunal adopta una decisión sobre un niño que se ha confesado culpable o ha sido declarado culpable de un delito, es importante que el juez disponga de toda la información pertinente acerca de los antecedentes del niño a fin de tener en cuenta su interés superior. El informe previo a la imposición de sanciones, preparado por un funcionario encargado de la libertad condicional, facilita la adopción de dicha decisión. Es importante que ese oficial también tenga acceso a toda la información pertinente. El principio supremo que debe regir es que la detención solamente se use como último recurso.

713.Los Proyectos de Disuasión de Jóvenes de la Garda son iniciativas de prevención de la delincuencia de carácter nacional, basadas en la comunidad y de múltiples organismos, financiada por el IYJS, que pretenden disuadir a los jóvenes de adoptar comportamientos antisociales o delictivos. Esos proyectos están particularmente orientados a los jóvenes de 12 a 17 años de edad en situación de riesgo que viven en comunidades donde se ha identificado una necesidad específica y existe el riesgo de que queden atrapados dentro del sistema judicial.

714.Desde 2006, el número de proyectos de disuasión en todo el país ha aumentado de 64 a 100. En los tres últimos años, la atención se ha centrado particularmente en asegurar la calidad y eficacia de los servicios prestados. En el marco de este proceso, el IYJS llevó a cabo un análisis de referencia de los proyectos de disuasión, evaluándolos en el contexto de los patrones delictivos locales de los jóvenes, el perfil del joven que delinque y los datos disponibles acerca de las prácticas óptimas y las mejoras perseguidas por esos proyectos. El IYJS publicó los resultados del análisis en julio de 2009 en el informe Designing effective local responses to youth crime – A baseline analysis of the Garda Youth Diversion Projects (Formular respuestas locales eficaces a la delincuencia juvenil: un análisis de referencia de los Proyectos de Disuasión de Jóvenes de la Garda). En la actualidad se está trabajando en la aplicación de las recomendaciones del informe, y en 14 sitios de ensayo se está desarrollando un enfoque de prácticas óptimas. En 2011, la financiación de los 100 proyectos de disuasión ascendió a algo más de 11 millones de euros.

715.Recientemente el IYJS, en colaboración con la Garda Síochána y diversas organizaciones de base comunitaria, ha terminado de elaborar un nuevo enfoque de gobernanza de los proyectos de disuasión con el fin de mejorar su eficacia. El IYJS también ha obtenido financiación parcial del Fondo Social Europeo (FSE) para un Programa de Inversiones en Capital Humano orientado específicamente a mejorar la capacidad de los participantes para buscar empleo. Los reembolsos del FSE para 2010 fueron de 2,008 millones de euros, y para 2011 ascendieron a 1,463 millones de euros.

716.Libertad Condicional para Jóvenes (YPP) es una división especializada del Servicio de Libertad Condicional con recursos especiales para trabajar con niños de 12 a 18 años de edad que comparecen ante los tribunales. El YPP pone en práctica un enfoque multiinstitucional para abordar la delincuencia de menores y colabora con diversas organizaciones comunitarias especializadas para facilitar intervenciones y servicios destinados a los niños infractores y sus familias. La FÁS y las VEC locales cooperan con algunas de estas iniciativas para ofrecer educación y formación. También se proporcionan asesoramiento y otros servicios de apoyo. El Departamento de Justicia e Igualdad financia el trabajo de los proyectos de base comunitaria del YPP en todo el país. En 2011, la financiación de los 19 proyectos del YPP ascendió a algo menos de 5 millones de euros.

717.El 1 de marzo de 2007 se introdujeron las penas que deben cumplirse en la comunidad previstas en la Ley del Niño (enmendada) de 2001. Dichas penas están en gran parte supervisadas y administradas por la división YPP del Servicio de Libertad Condicional y brindan a los tribunales alternativas a la detención para los jóvenes infractores. Las penas de cumplimiento en la comunidad tienen por objeto reducir el número de niños condenados a detención por los tribunales. Esas penas incluyen la orden de apoyo a la familia o el tutor, orientada a ayudar, asesorar y apoyar al niño o a su familia. En virtud de la Ley del Niño de 2001, los padres también pueden intervenir en algunas fases de la aplicación de esas penas mediante su asistencia a conferencias de justicia restaurativa y de familia, así como por medio de compromisos de buen comportamiento. Los tribunales pueden elegir entre las diez siguientes penas de cumplimiento en la comunidad: la orden de servicio a la comunidad; la orden de servicio a centros de día; la orden de libertad condicional; la orden participar en un programa de formación u otras actividades similares; orden de vigilancia intensiva; orden de supervisión residencial; orden de cuidado y supervisión de una persona adecuada; orden de apoyo a la familia o el tutor; orden de restricción del movimiento (supervisada por la Garda Síochána); y orden doble (supervisión por un oficial de libertad condicional o asistencia a un centro de día).

718.Actualmente, los niños de hasta 17 años de edad y las niñas de hasta 18 años de edad reciben atención en los reformatorios. Una disposición provisional permite el internamiento de niños de 17 años de edad en la St. Patrick's Institution como consecuencia de la falta de alojamiento apropiado disponible en el sistema de reformatorios. Al final de 2006, Irlanda contaba con cinco reformatorios. En la actualidad, el Estado dispone de tres reformatorios con una capacidad total de 52 plazas (44 para niños y 8 para niñas), los cuales están situados en el mismo complejo de Oberstown, en el condado de Dublín.

719.En abril de 2012, la Ministra de Asuntos de la Infancia y la Juventud anunció la obtención de financiación para un período de tres años con miras a poner fin al internamiento de niños menores de 18 años en la St. Patrick's Institution con la construcción de nuevos centros de detención de niños en el complejo existente de Oberstown. Está previsto que las obras empiecen en mayo de 2013, y el proyecto estará totalmente terminado en julio de 2015. A partir de mediados de 2014, cuando estén disponibles las primeras plazas del nuevo centro de detención, todos los niños menores de 18 años condenados por los tribunales ingresarán en las nuevas instalaciones integradas de detención de niños en Oberstown.

720.A partir del 1 de mayo de 2012, los nuevos detenidos o condenados de 16 años de edad permanecen internados en los reformatorios de Oberstown. Esto significa que se ha puesto fin a la práctica de mantener confinados a los niños de esa edad en St. Patrick's. Desde el 1 de julio de 2012, la competencia de la Defensoría del Niño se amplió para abarcar a los niños menores de 18 años retenidos en St. Patrick's. Actualmente, el Departamento de Asuntos de la Infancia y la Juventud está elaborando propuestas para modificar la Ley del Niño de 2001 con el fin de prever la gestión de todos los centros del complejo de Oberstown Campus de forma integrada.

721.El IYJS ha formulado una política de salvaguardia destinada a promover el bienestar del niño, protegerlo contra el daño o maltrato y resguardar al personal de posibles falsas denuncias de abusos. Esa política se ha implantado tras el examen del documento Child Protection Policy (Política de protección de la infancia), que se aplicaba en todos los reformatorios. Además de esta política, el IYJS dispone de un asesor de bienestar de la infancia que se ocupa de las cuestiones relacionadas con la protección y el bienestar del niño, así como de las normas, las inspecciones y los mecanismos de presentación de denuncias de los niños detenidos. Los centros de detención de niños también han recibido la visita del Comisario para los Derechos Humanos del Consejo de Europa y del Comité para la Prevención de la Tortura.

722.Todo el personal empleado en los reformatorios está sujeto a la investigación de antecedentes por la Garda antes de su contrato. Se ha formulado una nueva política exhaustiva obre investigación de antecedentes que está siendo aplicada en todos los centros docentes.

723.Todas las niñas menores de 18 años de edad permanecen detenidas en uno de los centros de detención existentes. En la actualidad, los niños de 17 años permanecen internados en la St. Patrick's Institution, un centro de detención para niños de 17 a 21 años de edad gestionado por el Servicio Penitenciario de Irlanda. En 2014 se pondrá fin a esta práctica, cuando entren en funcionamiento los nuevos centros de detención en el complejo de Oberstown. En los últimos años se ha trabajado con gran ahínco para mejorar las instalaciones y aumentar significativamente la dotación de personal en St. Patrick's, mirando por el bienestar de los niños que siguen allí en espera de la apertura de los nuevos centros. Se ha procedido a separar a niños y jóvenes adultos en la medida de lo posible, en función de las limitaciones físicas del centro de St. Patrick's.

Recuperación física y psicológica, y reintegración social

724.La principal función de los reformatorios es la de ofrecer un programa de acogida y educación destinado a rehabilitar a los niños internados por orden judicial.

725.El IYJS está colaborando con la HSE para establecer un servicio nacional multidisciplinario especializado destinado a jóvenes que necesitan atención especial y permanecen detenidos, de conformidad con el Report of the Commission to Inquire into Child Abuse, 2009: Implementation Plan, publicado por la OMCYA en 2009 (véanse los párrafos 413 y 414). La puesta en marcha del servicio se encuentra en una fase avanzada, y la HSE está contratando a personal. En septiembre de 2012 se designó al director. El nuevo servicio nacional incorporará la evaluación de niños que corren riesgo de detención. Esto reduciría la necesidad de detener preventivamente a los niños para someterlos a evaluación. También se prevé establecer un servicio forense de salud mental para niños y adolescentes que, cuando esté en funcionamiento, prestará servicios in situ a los jóvenes detenidos.

Actividades de formación destinadas a todos los profesionales que trabajan en la administración de la justicia juvenil

726.En secciones anteriores del presente informe se han descrito las actividades de formación en las que participan todos los profesionales que trabajan en el sistema de justicia juvenil.

F.Los niños pertenecientes a una minoría o a un grupo indígena

727.En secciones anteriores del presente informe se han abordado las disposiciones específicas relacionadas con los niños que pertenecen a una minoría étnica (incluidos los niños solicitantes de asilo), de habla irlandesa y de la comunidad nómada.