Naciones Unidas

CRC/C/BOL/Q/5-6

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

4 de marzo de 2021

Original: español

Español, francés e inglés únicamente

Comité de los Derechos del Niño

Lista de cuestiones relativa a los informes periódicos quinto y sexto combinados del Estado Plurinacional de Bolivia *

Se pide al Estado parte que presente por escrito información adicional actualizada (en un máximo de 10.700 palabras), de ser posible antes del 15 de febrero de 2022. En el diálogo con el Estado parte, el Comité puede abordar todos los aspectos de los derechos del niño contemplados en la Convención.

Parte I

Sírvanse proporcionar información sobre:

Los resultados principales del Plan Multisectorial de Desarrollo Integral – Plan Plurinacional de las Niñas, Niños y Adolescentes (2016-2021), y sobre la entidad responsable para coordinar la implementación del Plan;

Las medidas adoptadas para garantizar la protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes en el contexto de la pandemia de COVID-19 y para mitigar los impactos adversos de la pandemia.

Sírvanse explicar:

En qué medida la nueva Dirección General de Niñez y Personas Adultas Mayores, del Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional, tiene la autoridad y los recursos necesarios para coordinar la implementación de las políticas públicas de la niñez y adolescencia;

Cómo se asegura la coordinación entre esta Dirección y la Dirección de Justicia y Derechos Fundamentales, responsable del sistema penal para adolescentes;

Cómo las 393 Defensorías de la Niñez y Adolescencia creadas en 339 municipios están funcionando efectivamente.

Sírvanse proporcionar información sobre los 2.813 casos recibidos por la Defensoría del Pueblo entre el 1 de enero de 2016 y el 31 de marzo de 2018 respecto a los servicios proporcionados a niñas, niños y adolescentes peticionarios, y las causas administrativas o judiciales relacionadas. Sírvanse también informar sobre el mandato y los recursos dedicados a la Delegación Defensorial Especial de los derechos de los niños, niñas y adolescentes de la Defensoría del Pueblo.

Sírvanse proporcionar información sobre los obstáculos para la implementación y funcionamiento del sistema de información de niñas, niños y adolescentes del Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional. Sírvanse clarificar si el sistema prevé incluir información sobre todas las áreas de la Convención.

Sírvanse proporcionar información sobre las medidas tomadas para prohibir y prevenir los matrimonios o uniones de los niños, niñas y adolescentes menores de 18 años, sin excepción, particularmente en áreas indígenas y rurales.

Sírvanse proporcionar información sobre:

Las investigaciones, enjuiciamiento y sentencias judiciales sobre todos los casos de denuncia de tortura y malos tratos a niñas, niños y adolescentes, como fue recomendado por el Comité en 2009 (CRC/C/BOL/CO/4, párr. 39);

El seguimiento dado a los casos de violencia contra niñas, niños y adolescentes (párrs. 106 y 111);

La etapa actual en la investigación/enjuiciamiento de los 1.535 casos de delitos de violación contra niños, niñas y adolescentes reportados por el Ministerio Público (párr. 121);

El trato de los casos de violencia, incluso sexual, contra niñas, niños y adolescentes, ocurridos durante el confinamiento por la pandemia de COVID-19;

Las campañas públicas de educación sobre la prohibición de castigos corporales y las consecuencias negativas de estos en los niños, niñas y adolescentes realizadas, y las medidas para promover formas de disciplina positivas y no violentas;

La incidencia de violencia contra niñas, niños y adolescentes con discapacidad.

Sírvanse proporcionar información sobre las medidas concretas tomadas para:

Trabajar con familias en riesgo para prevenir que los niños, niñas y adolescentes no sean víctimas de violencia, incluso infanticidio y violencia sexual;

Trabajar con familias en riesgo para prevenir que los niños, niñas y adolescentes con familia directa o extendida no sean privadas de su medio familiar;

Apoyar a familias, y principalmente a las madres de los niños, niñas y adolescentes con discapacidad, para prevenir la pérdida del cuidado familiar;

Garantizar que niñas y niños menores de seis años no sean privados de entorno familiar;

Garantir que la falta de recursos financieros no impida la reintegración familiar, y que los procesos administrativos y legales de reintegración sean gratuitos;

Abordar los hallazgos del “Estudio sobre el estado de situación de niñas, niños y adolescentes privados del cuidado parental que residen en centros de acogida en Bolivia” del Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional;

Aumentar el nivel de participación de los niños, niñas y adolescentes y garantizar la inclusión de sus opiniones en todos los sectores que los afectan así como sus derechos.

Sírvanse proporcionar información sobre:

Las medidas adoptadas para garantizar la recopilación de datos fiables sobre niñas, niños y adolescentes con discapacidad, y para concertar el Sistema de Información del Programa de Registro Único Nacional de Personas con Discapacidad (SIPRUN PCD) del Ministerio de Salud con el censo nacional de población y vivienda y los datos del Comité Nacional de la Persona con Discapacidad;

El estudio sobre el alcance y las causas de la discapacidad, como fuera recomendado por el Comité en 2009 (CRC/C/BOL/CO/4, párr. 52, apdo. b));

El acceso real de los niños, niñas y adolescentes con discapacidad a sistemas de detección e intervención tempranas disponibles en todo el territorio nacional, y en particular en zonas rurales;

El aumento de los recursos humanos, técnicos y financieros a nivel local para apoyar a los niños, niñas y adolescentes con discapacidad y sus familias;

La formación sistemática a los profesionales que trabajan con niños, niñas y adolescentes con discapacidad, incluido sobre los derechos de los niños, niñas y adolescentes con discapacidad.

Sírvanse proporcionar información sobre:

Las medidas actuales para la reducción de la desnutrición en niñas y niños menores de cinco años, incluso niñas y niños con discapacidad, y para la reducción de la obesidad y exceso de peso en niñas, niños y adolescentes;

Los resultados del Plan de prevención del embarazo en adolescentes y jóvenes (2015-2020) y las acciones específicas para adolescentes del Plan estratégico de salud sexual y salud reproductiva 2016-2020, del Ministerio de Salud;

Las iniciativas para otorgar un mayor papel a la comunidad en las actividades de salud sexual y reproductiva;

Los resultados del Plan Nacional de Salud Mental 2017-2020 del Ministerio de Salud en la reducción del uso de drogas, tabaco y alcohol en los niños, niñas y adolescentes;

Los resultados actuales del Programa Nacional de ITS/VIH/Sida en la reducción de la transmisión materno-infantil y la prevención del VIH entre adolescentes, y las medidas para garantizar a los niños, niñas y adolescentes con VIH/Sida su desarrollo y acceso a la educación;

Las medidas tomadas para garantizar a los niños, niñas y adolescentes un nivel de vida adecuado, y para aumentar el abastecimiento de agua, saneamiento e higiene a las comunidades rurales aisladas.

Sírvanse indicar:

Las medidas tomadas para promover la educación en la primera infancia;

Información sobre los motivos y las medidas adoptadas para evitar la deserción escolar en todos los niveles;

Los resultados del Modelo Educativo Sociocomunitario productivo y de los “nidos bilingües” del Instituto Plurinacional de Lengua y Cultura en garantizar el derecho a la educación de los niños, niñas y adolescentes indígenas;

Las medidas adoptadas para promover la educación inclusiva, y para aumentar el número de niños, niñas y adolescentes con discapacidad en la educación general;

Las medidas tomadas para prevenir la discriminación, violencia y acoso, incluso ciberacoso, en las escuelas, en particular contra adolescentes embarazadas y los niños, niñas y adolescentes lesbianas, gais, bisexuales, transgénero e intersexuales;

Las medidas adoptadas para proveer espacios de esparcimiento gratuitos, seguros y suficientes para los niños, niñas y adolescentes, y promover su participación en actividades culturales;

Las medidas adoptadas para mejorar y garantizar un nivel adecuado de educación para todos los niños, niñas y adolescentes, incluido el acceso a los materiales didácticos necesarios, los programas e Internet en las escuelas, especialmente en las escuelas rurales, y particularmente durante la pandemia de COVID-19.

Sírvanse proporcionar información sobre:

Las medidas adoptadas para garantizar a los niños, niñas y adolescentes indígenas el acceso a tierras indígenas y a tierras y aguas no contaminadas, y prevenir el racismo contra la población indígena;

El tipo de vulneraciones a los derechos de los niños, niñas y adolescentes indígenas, y la derivación dada a los casos reportados a través de la Estrategia Comunitaria de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en la Jurisdicción Indígena Originario y Campesinos (párr. 233).

Sírvanse proporcionar información sobre:

Los resultados actualizados de las medidas adoptadas para proteger la niñez del trabajo infantil, sobre todo en la economía informal, en las regiones rurales y, en particular, los niños, niñas y adolescentes guaraníes de la región del Chaco; las medidas para evitar que los niños, niñas y adolescentes trabajen en las peores formas de trabajo infantil y/o se conviertan en víctimas de servidumbre por deudas o trabajo forzoso; las medidas para adoptar una política nacional para la erradicación del trabajo infantil; y los resultados de la labor de los nuevos 14 inspectores del trabajo encargados de investigar casos de trabajo infantil;

Las medidas tomadas para abordar la explotación sexual de los niños, niñas y adolescentes en áreas mineras y en el turismo;

Los resultados de las medidas tomadas contra la trata y el tráfico de niños, niñas y adolescentes, y las medidas tomadas para protegerlos, particularmente a los que se encuentren en situaciones de calle, criminalidad y/o mendicidad forzadas;

Los resultados de la implementación del Modelo Nacional (2014) y del Protocolo (2016) para la prevención y atención a los niños, niñas y adolescentes en situaciones de calle;

El registro de niñas y niños de madres y padres venezolanos nacidos en el Estado parte, y el acceso de los niños, niñas y adolescentes venezolanos migrantes a la salud y educación.

Sírvanse exponer las razones para la reducción de 16 a 14 años de la edad de imputabilidad penal, e informar sobre los resultados de las medidas para evitar el uso prolongado de la prisión preventiva para adolescentes de 14 a 18 años.

Sírvanse informar sobre las medidas tomadas para preparar y someter los informes iniciales respecto al Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados y al Protocolo Facultativo relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía.

Parte II

El Comité invita al Estado parte a que presente una breve actualización (no más de tres páginas) de la información presentada en su informe con respecto a:

Nuevos proyectos de ley o nuevas leyes, y sus respectivos reglamentos;

Nuevas instituciones (y sus mandatos) o reformas institucionales;

Políticas, programas y planes de acción recientemente adoptados y su alcance y financiación;

Recientes ratificaciones de instrumentos de derechos humanos.

Parte III

Datos, estadísticas y demás información de que se disponga

Sírvanse proporcionar datos presupuestarios consolidados de los tres últimos años sobre las partidas destinadas a la infancia y a los sectores sociales, indicando el porcentaje que representa cada partida respecto del presupuesto nacional total y del producto nacional bruto. Informen asimismo sobre la distribución geográfica de esos recursos.

Para las preguntas siguientes, sírvanse proporcionar los datos estadísticos actualizados de que se disponga, correspondientes a los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, origen étnico, origen nacional, ubicación geográfica y situación socioeconómica.

Se ruega faciliten los datos estadísticos, según el párrafo 17 supra, sobre el número de:

Muertes de niños, niñas y adolescentes debidas al maltrato y al descuido, suicidios y accidentes, incluidos los accidentes de tráfico;

Denuncias, investigaciones, enjuiciamientos y sentencias relacionados con los abusos sexuales y la explotación sexual de niños, niñas y adolescentes, incluso en la familia;

Embarazos de adolescentes, incluyendo información sobre si el embarazo fue interrumpido o llevado a término;

Niños, niñas y adolescentes que abusan de sustancias, especificando el tipo de abuso.

Sírvanse informar, según el párrafo 17 supra, el número de niños, niñas y adolescentes privados de un entorno familiar:

En instalaciones de cuidado alternativo;

En familias de acogida;

Que han sido adoptados.

Sírvanse proporcionar datos, desglosados por el tipo de discapacidad, y según el párrafo 17 supra, sobre el número de niños, niñas y adolescentes con discapacidad que:

Viven con su familia;

Viven con familias de acogida;

Viven en instituciones;

Asisten a escuelas primarias ordinarias;

Asisten a escuelas secundarias ordinarias;

Asisten a escuelas especiales;

No están escolarizados;

Han sido abandonados por su familia.

Sírvanse proporcionar datos, desglosados por tipo de delito, según el párrafo 17 supra, sobre el número de niños, niñas y adolescentes:

Arrestados;

Remitidos a los programas de medidas extrajudiciales;

En prisión preventiva;

Cumpliendo una sentencia en detención y la duración de la misma.

Sírvanse proporcionar información sobre la forma en que la planificación, la aplicación y la supervisión de las medidas para alcanzar los objetivos de desarrollo sostenible integran un enfoque basado en los derechos del niño, en particular con respecto a la participación de los niños y la reunión de datos, y sobre la forma en que promueven la realización de los derechos del niño en virtud de la Convención y sus Protocolos Facultativos.

Sírvanse proporcionar una actualización de los datos del informe que hayan quedado obsoletos por haberse recabado otros más recientes o como resultado de nuevos acontecimientos.

Además, el Estado parte puede citar esferas que afecten a los niños y que considere prioritarias.