Naciones Unidas

CRPD/C/BIH/Q/1/Add.1

Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Distr. general

3 de julio de 2019

Español

Original: inglés

Español, inglés y ruso únicamente

Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

17º período de sesiones

20 de marzo a 12 de abril de 2017

Tema 7 del programa

Examen de los informes presentados por las partes en la Convención en virtud del artículo 35

Lista de cuestiones relativa al informe inicial de Bosnia y Herzegovina

Adición

Respuestas de Bosnia y Herzegovina a la lista de cuestiones *

[Fecha de recepción: 2 de marzo de 2017]

A.Propósito y obligaciones generales (arts. 1 a 4)

Respuesta al párrafo 1 de la lista de cuestiones (CRPD/C/BIH/Q/1)

1.Las organizaciones con representantes en el Consejo para las Personas con Discapacidad, así como otras organizaciones de personas con discapacidad de todo el país, participaron en la elaboración del informe relativo a la aplicación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad en Bosnia y Herzegovina, mediante debates públicos abiertos en que tuvieron la oportunidad de expresar sus opiniones y sugerencias.

2.En el Distrito de Brcko, se consultó a las Asociaciones de Veteranos de Guerra del Distrito de Brcko, en calidad de partes interesadas, y se celebraron debates públicos y mesas redondas tras la finalización satisfactoria del proyecto de Ley de los Derechos Adicionales de las Familias de Fallecidos en la Guerra y de los Veteranos con Discapacidad.

3.El Gobierno de la República Srpska tiene la obligación de celebrar consultas con las alianzas de asociaciones de personas con discapacidad que hayan adquirido la condición de organización de interés público de conformidad con la Ley de Asociaciones y Fundaciones y que hayan tenido la oportunidad de utilizar el nombre de República Srpska de conformidad con la Ley de Protección del Nombre de la República Srpska. Además, los ministerios competentes celebran consultas con todas las demás organizaciones y coaliciones regionales de personas con discapacidad, en función de la zona que abarcan.

4.Las asociaciones de personas con discapacidad registradas a nivel estatal, como miembros de comités y órganos de trabajo, con la aprobación del Ministerio de Trabajo y Política Social de la Federación de Bosnia y Herzegovina, participan en la concepción, aplicación y seguimiento de programas estratégicos, de acción, jurídicos y de otro tipo que son importantes para este grupo de personas. Las asociaciones registradas a nivel cantonal y municipal participan a través de un proceso de consultas y audiencias públicas.

Respuesta al párrafo 2 de la lista de cuestiones

5.En 2016, Bosnia y Herzegovina consignó por primera vez el importe de 40.000 millones de marcos bosnios (en adelante, “marcos”) para subvenciones con cargo al presupuesto de su Ministerio de Derechos Humanos y Refugiados, a fin de apoyar a las asociaciones del país que se dedican a promover los derechos de las personas con discapacidad y sensibilizar en general sobre este colectivo. Existe un plan, previsto para los próximos años, para promover de esta forma los derechos de las personas con discapacidad en Bosnia y Herzegovina.

6.En el Distrito de Brcko la asistencia social y financiera que se presta a las personas con discapacidad cobra diversas formas, como atención de salud, provisión de medicamentos y suministros médicos; rehabilitación médica en balnearios en el país y en el extranjero; reembolso de los gastos de viaje para el tratamiento en el extranjero; aparatos ortopédicos y otros tipos de dispositivos médicos; adaptación del acceso a los apartamentos y otros edificios; asignación o financiación de viviendas; prioridad para los familiares más cercanos de los soldados caídos y veteranos de guerra con discapacidad en materia de empleo; prioridad para los hijos de soldados caídos y veteranos de guerra con discapacidad en lo que respecta a matriculación en instituciones educativas, becas y alojamiento en internados; entrega de libros de texto gratuitos para los hijos de esos soldados; prioridad a las familias de soldados caídos y veteranos de guerra con discapacidad en la reconstrucción de sus viviendas destruidas o dañadas en la guerra; aparcamiento reservado a las personas con discapacidad frente a las instituciones públicas, correctamente indicado; y reembolso de los gastos funerarios.

7.La República Srpska aprobó nuevas leyes que regulan esta cuestión con más detalle, en función de las competencias de los ministerios. Los ministerios de la República han apoyado las medidas programáticas de las alianzas de personas con discapacidad calificadas de interés público, así como las actividades en el marco de proyectos de otras asociaciones de esas personas, asociaciones de ciudadanos, instituciones de bienestar social y organizaciones sociales y humanitarias.

8.El Ministerio de Salud de la Federación de Bosnia y Herzegovina ha prestado apoyo a las asociaciones de usuarios de los servicios de salud mental, mediante el fortalecimiento de sus capacidades, el apoyo a proyectos destinados a combatir la estigmatización y la discriminación, la promoción de sus derechos humanos y el apoyo al empleo en el marco del Proyecto de Salud Mental de Bosnia y Herzegovina. Se impartió capacitación en gestión estructurada a 60 asociaciones de usuarios de servicios de salud, incluidos los servicios de salud mental.

9.El Ministerio de Trabajo y Política Social de la Federación de Bosnia y Herzegovina aprobó la Ley de Protección Social, Protección de las Víctimas de la Guerra Civil y de las Familias con Hijos, para garantizar los derechos y servicios básicos de las personas con discapacidad no relacionada con la guerra y de las víctimas civiles de la guerra en la Federación. Durante muchos años, cada entidad destinó 630.000 marcos para cubrir los costos de 15 alianzas de asociaciones de personas con discapacidad registradas en las entidades, mientras que en 2016 esos fondos disminuyeron a 540.000 marcos, lo que representaba alrededor del 6,1 % del presupuesto de la Federación de Bosnia y Herzegovina para 2016 destinado a financiar el apoyo económico a las personas con discapacidad no relacionada con la guerra y a las víctimas civiles de la guerra.

10.En la Federación de Bosnia y Herzegovina se ejecutaron 35 proyectos con la participación directa de 1.150 personas, así como otros 30 proyectos más pequeños en 29 comunidades del país, orientados a mejorar la inclusión social y la calidad de vida de los usuarios de los servicios de salud mental. En 2013, en el marco del Proyecto de Salud Mental de Bosnia y Herzegovina se prestó apoyo directo a 32 asociaciones, por un importe de 125.000 marcos, en forma de subvenciones para proyectos. En la actualidad, las asociaciones de usuarios ejecutan 6 proyectos y se están preparando otros 4 financiados con aproximadamente 60.000 marcos. Están en marcha los preparativos para el desarrollo de un modelo de empresariado social centrado en la (re)integración laboral de las personas con trastornos mentales, y se ha consignado el importe de 80.000 marcos para la elaboración y ejecución de un proyecto piloto de empresariado social, que se utilizará en febrero de 2018.

Respuesta al párrafo 3 de la lista de cuestiones

11.La legislación de Bosnia y Herzegovina no ofrece una definición uniforme y única de persona con discapacidad en consonancia con la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, porque no se han introducido las modificaciones necesarias en todas las leyes. Las diversas leyes definen a las personas con discapacidad de manera diferente, y establecen condiciones y criterios distintos para reconocer la calificación como tal, así como una definición diferente de discapacidad; esas definiciones se utilizan exclusivamente a los fines del ejercicio de los derechos respectivos en cada caso, e incluyen ciertos elementos relacionados con la oportunidad y las circunstancias en que se produjo la discapacidad. Todavía no existe una metodología uniforme ni un marco institucional único para evaluar el grado de discapacidad de todas las personas que la tienen, independientemente de su edad, tipo y causa, y se debería poder contar con criterios y procedimientos uniformes basados en la Clasificación Internacional del Funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud, de la Organización Mundial de la Salud.

12.Así pues, el plan de bienestar social del Distrito de Brcko utiliza diferentes definiciones en diferentes ámbitos; se considera que una persona con discapacidad es una persona adulta que carece total o parcialmente de la capacidad para trabajar debido a impedimentos físicos o mentales; un veterano de guerra con discapacidad es una persona con discapacidad a la que el ministerio competente de la entidad respectiva ha concedido la condición de veterano de guerra con discapacidad, etc.

13.En virtud de las enmiendas más recientes a la Ley de Bienestar Social de la República Srpska, la definición de personas con discapacidad se ha armonizado con la que figura en la Convención.

14.En la Conclusión núm. 890/2011 del Gobierno de la Federación de Bosnia y Herzegovina se ordenó que todas las leyes de la Federación relativas a las personas con discapacidad se ajustaran a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y a la Política sobre Discapacidad de Bosnia y Herzegovina. El siguiente paso fue redactar una legislación sobre principios uniformes y un marco de apoyo financiero para las personas con discapacidad en la Federación, que fue aprobada por la Cámara de Representantes del Parlamento de la Entidad en 2014, pero que aún no ha sido aprobada en la Cámara de los Pueblos.

Respuesta al párrafo 4 de la lista de cuestiones

15.El nuevo Proyecto de la Estrategia de la Federación de Bosnia y Herzegovina para la Promoción de los Derechos y la Condición de las Personas con Discapacidad (2016-2021) prevé un examen de las leyes válidas pertinentes a los efectos de su armonización con la Convención, actividad que estará a cargo del Ministerio de Trabajo y Política Social de la Federación, la Oficina del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) en Bosnia y Herzegovina y los sectores de salud y educación, con una duración prevista de dos años.

B.Derechos específicos (arts. 5 a 30)

Igualdad y no discriminación (art. 5)

Respuesta al párrafo 5 de la lista de cuestiones

16.Las personas con discapacidad ejercen los derechos previstos en la Ley de Prohibición de la Discriminación. En virtud de las enmiendas más recientes de la Ley, que modificaron el artículo 2 para ajustarlo a la definición, se ha añadido a las personas con discapacidad como un grupo particularmente vulnerable y protegido contra la discriminación. Esta Ley establece que “la prohibición de la discriminación se aplicará a todos los organismos públicos, todas las personas físicas y jurídicas, del sector público y privado, en todas las esferas, especialmente, empleo, afiliación a organizaciones profesionales, educación, formación, vivienda, salud, protección social, bienes y servicios destinados a lugares públicos y públicos y ejecución de actividades económicas y servicios públicos”. De conformidad con la Ley, toda persona o grupo de personas puede solicitar la protección de sus derechos en actuaciones judiciales y administrativas. La Ley establece que, además del tribunal de competencia territorial general, las causas por discriminación sujetas a los tribunales de primera instancia y tribunales de apelación son de competencia del tribunal del territorio de residencia permanente o temporal del demandante y del tribunal del lugar en que se produjo el daño o se cometió la discriminación.

17.En el Distrito de Brcko, las personas con discapacidad están protegidas en el sistema de bienestar social y en el sistema de protección de los veteranos de guerra.

18.En la República Srpska, un órgano intersectorial del Gobierno presta apoyo a las personas con discapacidad. La Ley de Asistencia Letrada estipula los derechos fundamentales y los principios para la concesión de asistencia letrada, las formas que adopta esa asistencia, las entidades que prestan asistencia letrada, los beneficiarios de esa asistencia y las condiciones y la forma para el ejercicio del derecho, la supervisión y el control de calidad de la asistencia letrada, la competencia del Comité para el Establecimiento y Control de las Normas Profesionales del Servicio de Asistencia Letrada, y la financiación.

Mujeres con discapacidad (art. 6)

Respuesta al párrafo 6 de la lista de cuestiones

19.De conformidad con las Leyes Marco sobre Educación en Bosnia y Herzegovina, todos los niños tienen acceso a la educación en condiciones de igualdad y las mismas oportunidades, sin discriminación por motivo alguno.

20.La legislación sobre educación de la República Srpska, que abarca desde la enseñanza preescolar hasta la enseñanza superior, no contiene disposiciones discriminatorias relativas a los niños con discapacidad. La educación del grupo de esta categoría de personas ocupa un lugar importante en la Estrategia de Desarrollo de la Educación de la República Srpska, 2016-2021.

21.El Ministerio de Educación y Ciencia de la Federación de Bosnia y Herzegovina aprobó fondos para proyectos destinados a eliminar los prejuicios y todas las formas de discriminación contra las personas con discapacidad y a prestarles apoyo en el marco de los siguientes programas: “Asistencia a proyectos de inclusión y proyectos para mejorar el trabajo con niños con necesidades especiales”, “Asistencia a proyectos para mejorar la crianza y la educación de niños con discapacidad” y “Apoyo a proyectos para mejorar la inclusión en la educación preescolar y primaria”. A los efectos de lograr la integración social y la igualdad entre los géneros, el Ministerio apoya proyectos en el marco del programa “Apoyo a programas de apoyo a la finalización de la enseñanza primaria de adultos, con enfoque centrado en la mujer”, para el cual se consignaron los importes de 19.624 marcos, 10.000 marcos, 23.300 marcos y 17.360 marcos en 2013, 2014, 2015 y 2016, respectivamente.

Respuesta al párrafo 7 de la lista de cuestiones

22.La Ley de Igualdad de Género de Bosnia y Herzegovina prohíbe cualquier forma de discriminación basada en el sexo en todos los ámbitos de la vida y el trabajo.

23.El Plan de Acción para la Igualdad de Género, 2013-2017, de Bosnia y Herzegovina contiene tres objetivos estratégicos, dentro de los cuales figuran ámbitos de actividades prioritarios necesarios para lograr la igualdad entre hombres y mujeres en todos los ámbitos de la vida y el trabajo, tanto en la esfera pública como privada. Enuncia directrices para la preparación de planes operativos anuales a nivel de entidad, cantón y municipio, y se ajusta a las prioridades de todos los niveles de gobernanza en el país.

24.En el documento se definen los ámbitos prioritarios y transversales. Cuando se planifican las actividades en las instituciones, se debe incluir el principio de mejorar la situación de los grupos de mujeres y hombres marginados por múltiples motivos, en particular las personas con discapacidad. Es necesario prestar atención a las necesidades específicas de las personas que son objeto de discriminación múltiple, como los aspectos y problemas de género que se plantean, por ejemplo, a las mujeres con discapacidad.

25. El Mecanismo de Financiación para la Aplicación del Plan de Acción para la Igualdad de Género de Bosnia y Herzegovina aportó fondos en apoyo de los proyectos de organizaciones no gubernamentales (ONG) dirigidos a mejorar los derechos de las mujeres con discapacidad.

26.El citado Mecanismo también respaldó el sitio web www.zenskaprava.org del Centro de Asistencia Jurídica para Mujeres, una ONG de Zenica, cuyo objetivo era brindar a las mujeres de Bosnia y Herzegovina asesoramiento jurídico sobre los derechos familiares, laborales, civiles y de sucesión. Se publicó una “Guía jurídica para todas las mujeres”, que aborda los derechos contenidos en la legislación del trabajo, la salud y la protección social (con hincapié en los derechos de las madres y los niños, como las prestaciones de maternidad y otras prestaciones), los derechos en el ámbito de las relaciones laborales y los derechos de las mujeres con discapacidad en virtud de la legislación estatal y de las entidades. La guía se ha distribuido en todo el país y se ha promocionado el sitio web en dos eventos promocionales que tuvieron lugar en la Federación de Bosnia y Herzegovina y en la República Srpska.

27.Teniendo presente el objetivo de la integración cultural de las mujeres con discapacidad en la comunidad, se prestó apoyo a UDAS, la Organización de Personas Amputadas de Banja Luka. Su proyecto titulado “El derecho de las mujeres con discapacidad a la expresión artística” culminó con la organización de la primera colonia de arte para mujeres con y sin discapacidad.

28.La “Asociación de Personas con Poliomielitis” de Kiseljak ejecutó el proyecto “Integración de las funciones sensoriales y motoras” como concepto de vanguardia para el tratamiento de enfermedades graves, parálisis cerebral y diversas formas de lesiones cerebrales y de la médula espinal. El proyecto ha contribuido a mejorar la educación técnica de estas personas (conocimientos informáticos).

29.La Asociación de Ciudadanos “SNAGA (PODER)” de Mostar respaldó a las madres de niños con discapacidad (apoyo psicológico y educativo, asistencia de profesionales) para facilitar la vida de esas mujeres y sus hijos, e integrarlos en la sociedad. Se llegó a la conclusión de que los empleadores descartan dar trabajo a las mujeres que tienen hijos con discapacidad porque no creen que puedan desempeñar adecuadamente su labor. Si aparece una oportunidad de un trabajo, surge el problema del cuidado del niño, debido a la falta de jardines de infancia inclusivos y a la insuficiente capacitación del personal de los jardines de infancia para trabajar con esos niños.

30.La primera conferencia de mujeres con discapacidad en Bosnia y Herzegovina se celebró en Banja Luka el 6 de marzo de 2015, acogida por la Organización Humanitaria “Asociada” y apoyada por TACSO, que presta asistencia técnica a organizaciones de la sociedad civil del país, con el objetivo de empoderar a las mujeres con discapacidad, establecer redes de contactos y prestarles asistencia a través de las instituciones del país. En la conferencia se puso de relieve la cuestión de la doble discriminación y se alentó al diálogo y la colaboración entre las partes interesadas con el fin de señalar los problemas y las necesidades de las mujeres con discapacidad. En esta ocasión, se presentó a los participantes la Ley de Igualdad de Género y el Plan de Acción para la Igualdad de Género, que es un documento estratégico orientado a la igualdad entre el hombre y la mujer en Bosnia y Herzegovina.

31.En el marco de las actividades de “Igualdad para todos” de la Coalición de la Sociedad Civil en la lucha contra la discriminación, que cuentan con el apoyo financiero de la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID) y el Open Society Fund de Bosnia y Herzegovina, se celebró un debate público basado en el interrogante: “¿Tienen todas las mujeres el mismo derecho a la salud? – Políticas y prácticas”. Se examinaron las cuestiones de las mujeres con discapacidad en los ámbitos de la atención de la salud y la posibilidad de la asignación de fondos para equipos móviles para mamografías.

32.En Bosnia y Herzegovina se ejecutan programas de cofinanciación a favor del empleo de los repatriados, las personas con discapacidad, los desempleados de larga duración, los romaníes, las mujeres víctimas de la violencia doméstica y otros. Los datos existentes sobre la situación del mercado de trabajo indican que determinados grupos de la población activa hacen frente a obstáculos específicos en el proceso de integración en el mercado laboral.

33.Una pequeña proporción de mujeres con discapacidad está incluida en los programas de empleo; en la Federación de Bosnia y Herzegovina, en 2015 obtuvieron un empleo 248 personas con discapacidad, de las cuales 66 (26,6 %) eran mujeres. En la República Srpska, en el período comprendido entre 2013 y 2016, a través del Fondo consiguieron empleo 547 personas, de las cuales solo 34 (6,2 %) eran mujeres. El grupo más difícil de emplear es el grupo de mujeres con un mayor grado de discapacidad funcional, con independencia de sus cualificaciones.

34.Con respecto a la atención de salud, cabe destacar que en Bosnia y Herzegovina hay cuatro camillas para revisiones ginecológicas que pueden adaptarse para que una mujer en silla de ruedas pueda subirse o bajarse fácilmente (en Banja Luka, Sarajevo, Tuzla y Bijeljina). El personal médico no maneja adecuadamente el equipo, se siente incómodo y no sabe cómo ayudar a una mujer con discapacidad, razón por la cual las mujeres con discapacidad evitan utilizar los servicios de atención sanitaria y acuden al médico solo en caso de dificultades importantes y, desde luego, no se someten a exámenes preventivos.

35.En lo que respecta a la participación política de las mujeres con discapacidad, casi no hay constancias de participación de esas mujeres en la vida política. Ninguna mujer con discapacidad está representada en los parlamentos de las entidades o en la Asamblea Parlamentaria de Bosnia y Herzegovina. Tampoco han figurado mujeres con discapacidad en las listas de candidatos de los partidos políticos ni entre los jefes de las instituciones públicas.

36. A raíz de la poca atención que se les dedica, las personas del grupo de esta categoría carecen de acceso a las instalaciones, los servicios de atención de salud que se les ofrecen son inadecuados y no se reconocen sus necesidades específicas cuando se elaboran las estrategias y políticas.

37.El Organismo para la Igualdad de Género de Bosnia y Herzegovina llevó a cabo actividades con el objetivo de incorporar sistemáticamente la perspectiva de género en las constituciones de Bosnia y Herzegovina y de sus entidades, a fin de garantizar los derechos de los grupos vulnerables y socialmente excluidos. Con el apoyo del UNIFEM, se elaboró y promovió la publicación Together to Gender Equality, Equal Opportunity Policies through Constitutional Changes in Bosnia y Herzegovina (Juntos por la igualdad de género, políticas de igualdad de oportunidades mediante cambios constitucionales en Bosnia y Herzegovina), como seguimiento de las actividades de la Conferencia Regional sobre “Igualdad de género e igualdad de oportunidades como parte de los derechos humanos a la luz de los cambios constitucionales en Bosnia y Herzegovina”.

38.El plan para el siguiente período consiste en hacer un seguimiento, mediante diversos tipos de actividades, de las mejoras que se obtengan en la igualdad entre los géneros para todos los grupos vulnerables, especialmente las mujeres con discapacidad.

Niños y niñas con discapacidad (art. 7)

Respuesta al párrafo 8 de la lista de cuestiones

39.Los castigos corporales no están todavía totalmente prohibidos en todo el territorio de Bosnia y Herzegovina. Solo la República Srpska, en virtud de la Ley de Familia, prohíbe el castigo físico de los niños. A ese respecto, la medida 6 del Plan de Acción para la Infancia, 2015-2018, estipula que es necesario presentar una iniciativa para la aprobación de leyes que prohíban todos los castigos corporales de los niños en todos los entornos, incluso en el hogar. En ese sentido, en octubre de 2016, el Consejo de la Infancia de Bosnia y Herzegovina presentó una iniciativa para enmendar la Ley de Familia, la Ley de Protección Social y de la Infancia, la Ley de Protección contra la Violencia Doméstica, el Código Penal y la Ley de Atención de Salud de la Federación, la República Srpska y el Distrito de Brcko, así como la Ley Marco de Educación Preescolar y Primaria, la Ley de Educación y Crianza de los Niños y la Ley de Deportes, con el fin de prohibir de forma explícita infligir todo tipo de castigos corporales a niños, lo que se aplicaría a todos los entornos en los que viven los niños.

Toma de conciencia (art. 8)

Respuesta al párrafo 9 de la lista de cuestiones

40.El Ministerio de Derechos Humanos y Refugiados y otros ministerios de las entidades responsables de los derechos de las personas con discapacidad celebran regularmente el Día Internacional de las Personas con Discapacidad el 3 de diciembre, con una amplia cobertura de los medios de comunicación, a fin de sensibilizar a la opinión pública sobre los derechos y las dificultades que se plantean a las personas con discapacidad y sus familias en Bosnia y Herzegovina.

41.La Ley del Sistema Público de Radiodifusión y la Ley de Radio y Televisión de la República Srpska disponen que el servicio público debe ajustar toda la programación a las necesidades de las personas con deficiencias auditivas y otras personas con necesidades especiales. La Radio Televisión de la República es la única emisora de televisión de esa entidad que emite en lengua de señas y presenta una vez por semana “In Focus”, un programa de una hora de duración dedicado a los problemas de las personas con discapacidad, y “Panorama semanal”, un programa de media hora de duración en lengua de señas.

42.Los artículos 3 y 4 del Código de la Prensa y los Medios de Comunicación en Línea, relativos a la incitación y la práctica de la discriminación, suscritos por todas las asociaciones de periodistas de Bosnia y Herzegovina, disponen que los periodistas harán todo lo posible por no alimentar ni incitar al odio o la desigualdad por motivos de discapacidad física, y que los periodistas deben evitar las referencias perjudiciales u ofensivas a una discapacidad física.

43.La Asociación de Personas Ciegas del cantón de Sarajevo ha traducido al braille la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

Accesibilidad (art. 9)

Respuesta al párrafo 10 de la lista de cuestiones

44.El Ministerio de Planificación Física, Construcción y Medio Ambiente de la República Srpska aprobó la Ley de Ordenación del Territorio y Construcción, que dispone que los edificios de apartamentos, las construcciones o partes de edificios que son utilizados por el público o empleados para el ejercicio de un servicio o una actividad económica deben diseñarse y construirse de manera que permitan un fácil acceso y condiciones para desplazarse, trabajar y permanecer a las personas con capacidad de movilidad reducida. De conformidad con el artículo 124 de la Ley, se promulgó el Reglamento sobre las condiciones de planificación y diseño de instalaciones para facilitar la circulación de niños y personas con movilidad reducida. El 24 de mayo de 2013 entró en vigor la nueva Ley de Ordenación del Territorio y Construcción que, además de las obligaciones asumidas por la Ley anterior, establece que la legislación subsidiaria en materia de ordenación del territorio (plan de zonificación y plan regulador) define las condiciones para la supresión de los obstáculos a la circulación de las personas con movilidad reducida. Además, la Ley prevé la posibilidad de dispensar de un permiso de construcción cuando se trata de determinadas obras, por ejemplo, en escaleras, vestíbulos y similares para adaptar el acceso al edificio y su interior, a fin de facilitar el ingreso y la circulación sin trabas de las personas con movilidad reducida, con la autorización previa de todos los propietarios. De conformidad con el artículo 87, párrafo 2, y el artículo 194, párrafo 3 de la Ley, el Ministro publicó un nuevo Reglamento sobre las condiciones de planificación y diseño de instalaciones para facilitar la circulación de niños y personas con movilidad reducida.

45.La Ley de Enmienda de la Ley de Ferrocarriles de la República Srpska se ajusta a la Directiva 2009/9/CE. Esta Ley establece que, si un tranvía está diseñado para el transporte de niños o personas con movilidad reducida, el acceso a los lugares destinados al embarque y desembarque de los usuarios debe adaptarse a sus necesidades específicas.

46.En la Ley de Enmienda de la Ley de Transporte por Carretera de la República Srpska, el Ministerio de Transporte y Comunicaciones incorporó a dicha ley disposiciones relativas a las personas con discapacidad. El artículo 5 de la Ley de Enmienda contempla la posibilidad de que los servicios de taxis utilicen vehículos motorizados de pasajeros adaptados para el transporte de personas con necesidades especiales (discapacidad).

47.Los artículos 35, 36, 37 y 38 de la Ley de Deportes de la República Srpska tratan sobre los deportes para las personas con discapacidad. Una de las disposiciones más importantes de esa Ley es el artículo 35, párrafo 3, en que se dispone que los “propietarios de instalaciones deportivas deben facilitar el acceso de las personas con discapacidad a esas instalaciones”.

48.Las disposiciones del Decreto sobre Normas Territoriales y Condiciones y Normas Urbanas y Técnicas para Prevenir la Creación de Barreras Arquitectónicas y Urbanas para Personas con Movilidad Reducida definen la accesibilidad, la mejora y la adaptación de la accesibilidad e imponen la obligación de contemplar la accesibilidad en la planificación, el diseño y la construcción de edificios públicos, comerciales y residenciales, combinación de residencias y comercios, todas las demás zonas públicas, así como todas las obras de construcción, acabado e instalación; define también las condiciones y los métodos para modalidades sencillas de adaptación a fin de facilitar la accesibilidad a los edificios residenciales y residenciales-comerciales, y atender a los requisitos de accesibilidad y uso de dispositivos de ayuda por parte de las diversas categorías de personas con movilidad reducida; las necesidades de accesibilidad forman parte de los requisitos de las salidas de emergencia, y el propietario del edificio debe obligatoriamente observar las exigencias de accesibilidad de modo que no se menoscaben las condiciones de uso de los distintos dispositivos de ayuda por parte de las distintas categorías de personas con movilidad reducida.

Situaciones de riesgo y emergencias humanitarias (art. 11)

Respuesta al párrafo 11 de la lista de cuestiones

49.Las cuestiones relacionadas con las emergencias y las crisis humanitarias incumben a la responsabilidad del Ministerio de Protección de Seguridad y Salvamento y de la Defensa Civil a nivel de las entidades y de Distrito de Brcko. La metodología para la elaboración de un plan de protección y salvamento en caso de desastres naturales y de otro tipo por parte de las instituciones y autoridades de Bosnia y Herzegovina contempla la protección de los grupos de categorías vulnerables, incluidas las personas con discapacidad. Además, en las instrucciones a los ciudadanos, el sitio web del Ministerio de Protección de Seguridad y Salvamento se ocupa también de los grupos vulnerables, por ejemplo, las personas con discapacidad.

50.En el marco del proyecto “Trabajo Social en Situaciones de Crisis” de la República Srpska se prestó apoyo a los centros de bienestar social en su actividad y la prestación de servicios en situaciones de emergencia, mediante la planificación del funcionamiento de esos centros en las situaciones de emergencia y la publicación del Manual de funcionamiento de los centros de bienestar social en situaciones de emergencia causadas por desastres naturales.

Igual reconocimiento como persona ante la ley (art. 12)

Respuesta al párrafo 12 de la lista de cuestiones

51.El tribunal ordinario del Distrito de Brcko recibe anualmente solicitudes de tutela por incapacidad jurídica respecto de unas 12 personas, generalmente debido a los trastornos mentales que muestran y su incapacidad para defender sus derechos e intereses. En la práctica actual, un experto médico emite su dictamen sobre la incapacidad jurídica, con toda la documentación pertinente sobre la situación sanitaria y social de los “beneficiarios”.

52.En la República Srpska, el Ministro de Salud y Bienestar Social adoptó la decisión de designar un grupo de trabajo encargado de elaborar planes de acción para prevenir futuras violaciones de los derechos humanos en virtud del artículo 5 de la Convención, en relación con la internación involuntaria de personas con discapacidad mental en la República, sobre la base de la sentencia del Tribunal Europeo en la causa Hadzimejlic and Others against Bosnia and Herzegovina; la decisión fue adoptada en la 88ª reunión del Gobierno de la Entidad celebrada el 25 de agosto de 2016, publicada en el Boletín Oficial 77/16 de la República Srpska, y que entró en vigor el 16 de septiembre de 2016.

53.En opinión de la Sra. Katarina Nedeljkovic, del Departamento de Ejecución de Sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, en relación con el cumplimiento del Plan de Acción aprobado por el Gobierno de la República Srpska para la adopción de medidas generales de ejecución de sentencia en Hadzimejlic and Others against Bosnia and Herzegovina, sería muy útil añadir en el Plan de Acción una actividad que se llevara a cabo tras la preparación de información consolidada sobre las personas que se encuentran en una situación como la de los demandantes, para garantizar que los centros de bienestar social competentes inicien, sin demora y dentro de plazos precisos, procedimientos ante los tribunales competentes para determinar la necesidad de una futura internación involuntaria y adopten una decisión judicial adecuada. En segundo lugar, consideran que debería modificarse el Plan de Acción para prever la aplicación de medidas adecuadas y eficaces a fin de cambiar la práctica de los centros de bienestar social, y de ese modo garantizar que en el futuro la decisión sobre la necesidad de una internación no recaiga en los centros, sino en los tribunales competentes. El Plan de Acción debería enmendarse a este respecto, con la introducción de actividades para garantizar que sean los tribunales competentes quienes decidan sobre la necesidad de internar a las personas con discapacidad mental en instituciones de asistencia social, y que los centros de bienestar social dejen automáticamente esta cuestión en manos de los tribunales; ello requeriría modificar la legislación a fin de impedir que los centros de bienestar social lleven a cabo procedimientos administrativos, por lo que es difícil planificar cualquier tipo de sistema de apoyo en la adopción de decisiones.

Acceso a la justicia (art. 13)

Respuesta al párrafo 13 de la lista de cuestiones

54.En el Distrito de Brcko, la Oficina de Asistencia Jurídica facilita el acceso a la justicia en los procedimientos judiciales civiles, especialmente en el caso de personas sordas o con dificultades auditivas, a quienes ofrece un intérprete de la lengua de señas.

Libertad y seguridad de la persona (art. 14)

Respuesta al párrafo 14 de la lista de cuestiones

55.La Ley de Protección de las Personas con Trastornos Mentales de la República Srpska establece los métodos de tratamiento de las personas con trastornos mentales, desde el momento en que el psiquiatra decide retener a esa persona sin su consentimiento, hasta el momento en que el tribunal decide su internación involuntaria. No tiene importancia si la persona ha acudido por propia iniciativa o ha sido llevada a una institución médica recientemente, o si ya está bajo tratamiento en una institución médica, pero ha revocado su consentimiento para una internación voluntaria. Una persona con trastornos mentales graves que, debido a su estado mental, constituya una amenaza grave y directa para su vida, salud o seguridad, o para la vida, salud o seguridad de otras personas, y a la que sea absolutamente necesario hospitalizar, puede ser internada en una institución médica sin su consentimiento mediante el procedimiento de reclusión e internación involuntarios. Puede ser internada tras haber sido enviada a los servicios por un médico que no trabaja en la institución de salud en que se la interna y que la examinó personalmente y consignó por escrito los resultados de un examen adecuado, o puede ser llevada por un funcionario autorizado del Ministerio del Interior dentro de las 24 horas siguientes a la decisión de un tribunal competente. La institución médica notifica acerca de la retención de la persona contra su voluntad, junto con el motivo de la reclusión y la documentación médica disponible. Los procedimientos judiciales para la internación involuntaria de personas con trastornos mentales en una institución médica son de carácter no contenciosos. Antes de la decisión sobre la internación involuntaria o el alta de una persona con trastornos mentales, el tribunal recaba una opinión por escrito de uno de los psiquiatras que figuran en la lista de expertos del tribunal. Una vez concluidas las actuaciones, el tribunal adopta una decisión de inmediato y, a más tardar, en un plazo de tres días. El tiempo de reclusión de las personas con trastornos mentales no puede ser superior a seis meses, por ejemplo, de un año (Ley de Procedimiento No Contencioso). La decisión de internar contra su voluntad a una persona con trastorno mental en una institución médica y de darle el alta de un centro de salud puede ser recurrida, en un plazo de ocho días a partir de la fecha de recepción de la decisión, por la institución de salud en que la persona está internada, por la propia persona internada, por su tutor o por un representante temporal de la autoridad tutelar.

56.El Código de Procedimiento Penal de la Federación de Bosnia y Herzegovina no contiene disposiciones específicas para las personas con discapacidad entre las disposiciones relativas a la detención.

Protección contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (art. 15)

Respuesta al párrafo 15 de la lista de cuestiones

57.En la República Srpska, se aplica la fuerza física para proteger a las personas con trastornos mentales en una institución médica solo cuando es el único medio para evitar que su conducta ponga en peligro la vida o la salud de otra persona o su propia vida o salud, o destruya o dañe con violencia los bienes de otra persona. La Ley de Protección de las Personas con Trastornos Mentales especifica los procedimientos y establece las condiciones en que se permite el uso de la fuerza física contra personas con trastornos mentales recluidas en un centro de salud.

58.En la Federación de Bosnia y Herzegovina, el consentimiento para un tratamiento o una investigación científica médica en los centros de atención de la salud está regulado por la Ley de Derechos, Obligaciones y Responsabilidades del Paciente, la Ley de Protección de las Personas con Trastornos Mentales, la Ley de Productos Farmacéuticos y Dispositivos Médicos y el Reglamento sobre pruebas clínicas de medicamentos y dispositivos médicos. En virtud de estas leyes, ningún paciente puede ser sometido a un procedimiento médico sin su consentimiento. Si el paciente es una persona menor de edad o privada de capacidad jurídica, solo se puede realizar el procedimiento médico previa notificación y con el consentimiento de sus padres, representante legal o tutor, y el propio paciente debe participar en la decisión de dar su consentimiento a un procedimiento médico propuesto, en función de su madurez y capacidad de discernimiento. Cuando el paciente es una persona con discapacidad, puede aceptar un procedimiento médico expresando su consentimiento en cualquier forma que le resulte apropiada, adaptada a su nivel de educación y estado físico, psicológico y emocional.

59.De conformidad con la Ley de Protección de las Personas con Trastornos Mentales, esas personas pueden tomar una decisión y expresar su voluntad si pueden comprender la naturaleza, las consecuencias y el peligro del procedimiento médico propuesto. Un médico o un psiquiatra evaluará la capacidad de la persona en el momento en que adopta la decisión, y a esos efectos emitirá una confirmación por escrito, que se adjunta a los registros médicos. Este consentimiento no es necesario cuando para obtenerlo se expone a riesgo la vida de la persona con trastorno mental, siempre que se informe al respecto al representante legal del paciente. Si el procedimiento médico se realiza sin el consentimiento de personas con trastornos mentales, cabe preguntarse hasta qué punto es posible explicarle el proceso de tratamiento e incluirlo en su planificación.

60. De conformidad con la Ley de Derechos, Obligaciones y Responsabilidades del Paciente, la participación en investigaciones médicas y científicas, pruebas clínicas de medicamentos y dispositivos médicos tiene carácter voluntario. En cualquiera de estos casos se requiere el consentimiento fundamentado por escrito del paciente o de sus padres, representante legal o tutor; se conserva el derecho a retirar el consentimiento dado previamente en cualquier momento, el derecho a una remuneración por la participación en la investigación y el derecho a una compensación por los daños resultantes de la investigación. Las investigaciones biomédicas sobre personas con discapacidad mental, niños y jóvenes menores solo pueden llevarse a cabo en condiciones especiales, con la aprobación de la Comisión para la Protección de las Personas con Trastornos Mentales de la institución de salud.

Protección contra la explotación, la violencia y el abuso (art. 16)

Respuesta al párrafo 16 de la lista de cuestiones

61.El 20 de noviembre de 2012, en Banja Luka, el Ministerio de Salud y Bienestar Social, el Ministerio de la Familia, la Juventud y los Deportes, el Ministerio de Educación y Cultura y el Ministerio del Interior de la República Srpska firmaron un Protocolo sobre el Procedimiento en Casos de Violencia, Maltrato o Descuido de Niños.

62.En virtud de la Ley de Bienestar Social de la República, se pueden conceder a una persona los siguientes derechos: subvención, prestación de asistencia, apoyo a la igualdad de oportunidades de los niños y jóvenes con discapacidad, acogimiento en una institución, colocación en una familia de acogida, ayuda a domicilio y atención en el hogar, atención diurna, asistencia en efectivo por única vez y asesoramiento. Además de los derechos que confiere esta Ley, cualquier gobierno local puede, en función de las necesidades de los ciudadanos, adoptar una decisión para otorgar derechos y servicios adicionales y establecer condiciones y criterios para su concesión. Además, la Ley permite que cada municipio decida sobre sus necesidades y define derechos adicionales y ampliados que corresponden a las necesidades específicas de los beneficiarios que viven en el territorio de la comunidad local, de acuerdo con las capacidades financieras del presupuesto local. Las prestaciones y servicios adicionales a que se refiere el párrafo 1 de este artículo incluyen: asistencia personal a las personas con discapacidad, vivienda con apoyo, vivienda protegida, asistencia para el cuidado de adultos después de su salida de instituciones o familias de acogida, asistencia en especie por única vez, comedores públicos, asistencia para la educación de los niños de familias socialmente desfavorecidas, asistencia para la educación de los niños con discapacidad, servicios públicos subvencionados para las familias pobres, asistencia para la vivienda de las familias pobres, gastos funerarios de los beneficiarios del subsidio básico permanente, línea telefónica de urgencia, así como otras prestaciones y servicios que puedan ser necesarios para los gobiernos locales.

63.En la Federación de Bosnia y Herzegovina, la respuesta a la violencia se basa en un enfoque multidisciplinario que incluye la participación de la policía, los tribunales, los centros de bienestar social, las instituciones de salud, las instituciones educativas, las ONG y otras entidades. En 2008, el Centro sobre Cuestiones de Género, el Centro de Trabajo Social de Jajce, de la Federación de Bosnia y Herzegovina y las ONG Fundación de la Democracia Local de Sarajevo, Medica (Zenica), Viva žene (Tuzla), Žene s Une (Bihać), Žene Bosnia y Herzegovina (Mostar) firmaron un memorando de entendimiento. Otro de los servicios de apoyo especializado que se ofrecen a las víctimas de la violencia es el teléfono SOS 1265 de la Federación de Bosnia y Herzegovina. La línea está abierta las 24 horas y las llamadas son gratuitas.

Protección de la integridad personal (art. 17)

Respuesta al párrafo 17 de la lista de cuestiones

64.En la República Srpska, la atención de salud de los ciudadanos y los pacientes, incluidas las personas con discapacidad, está regulada por la Ley de Atención de Salud, en virtud de la cual la atención sanitaria está garantizada a nivel nacional o de los gobiernos locales y los empleadores, mediante la adopción de medidas específicas de promoción de la salud, prevención y tratamiento de enfermedades y afecciones, rehabilitación de los enfermos y heridos, suministro de medicamentos y dispositivos médicos, protección del medio ambiente y del trabajo y otras actividades específicas. El artículo 8 de la Ley determina que se garantiza la atención de la salud a nivel nacional en las mismas condiciones a toda la población y a los grupos nosológicos de especial importancia desde el punto de vista social y médico (niños, mujeres embarazadas, madres, personas mayores de 65 años, personas con discapacidad, personas con retraso mental, desempleados inscritos en la oficina de empleo si no tienen derecho a una prestación en virtud de la normativa sobre los derechos de los desempleados, beneficiarios de la normativa sobre los derechos de los veteranos, los veteranos con discapacidad y las familias de los soldados caídos en la Guerra Patriótica Defensiva y la protección de las víctimas civiles de la guerra, así como los diferentes grupos de enfermos).

65.De conformidad con el artículo 17 de la Ley de Atención de Salud, todo ciudadano tiene derecho a la atención de la salud y a ejercer ese derecho para la realización de los derechos humanos y valores más elevados, es decir, el derecho a la integridad física y mental y a la seguridad de la persona, así como el respeto de sus creencias morales, culturales y religiosas. En esta Ley se enumeran y describen en detalle los derechos de los ciudadanos y los pacientes en este contexto.

66.En la Federación de Bosnia y Herzegovina, la Ley de Protección de las Personas con Trastornos Mentales prohíbe el uso de la psicocirugía y la castración. La Ley sobre las Condiciones y el Procedimiento para la Interrupción del Embarazo determina que el padre o tutor legal puede presentar una solicitud de interrupción del embarazo en nombre de menores embarazadas y de mujeres incapacitadas jurídicamente, y que incumbirá a la Comisión para la Protección de las Personas con Trastornos Mentales de una institución médica decidir acerca de la solicitud.

Libertad de desplazamiento y nacionalidad (art. 18)

Respuesta al párrafo 18 de la lista de cuestiones

67.La República Srpska aprobó la Ley de Ordenación Territorial y Construcción, que estipula que los edificios de viviendas colectivas, las construcciones o partes de edificios utilizados por el público o empleados para el ejercicio de un servicio o actividad económica deben diseñarse y construirse de manera que permitan a las personas con capacidad de movilidad reducida un fácil acceso y condiciones para desplazarse, trabajar y permanecer en el lugar. Además, la Ley prevé la posibilidad de dispensar del permiso de construcción para determinadas obras, por ejemplo, en escaleras, vestíbulos y similares para adaptar el acceso al edificio y su interior a fin de facilitar el ingreso y la circulación sin trabas de las personas con movilidad reducida, con la autorización previa de todos los propietarios. De conformidad con el artículo 87, párrafo 2, y el artículo 194, párrafo 3 de la Ley, el Ministro publicó un nuevo Reglamento sobre las condiciones de planificación y diseño de instalaciones para facilitar la circulación de niños y personas con movilidad reducida.

68.La Ley de Establecimientos de Expendio de Alimentos y Bebidas establece las condiciones técnicas mínimas especiales para el funcionamiento de dichos establecimientos, que incluyen condiciones adaptadas a las necesidades de las personas con discapacidad.

Derecho a vivir de forma independiente y a ser incluido en la comunidad (art. 19)

Respuesta al párrafo 19 de la lista de cuestiones

69.La Ley de Bienestar Social de la República Srpska prevé el derecho a una atención diurna que incluya diferentes tipos de servicios diarios organizados y estancias fuera de la propia familia, como el suministro de alimentos, atención, vigilancia, atención de la salud, crianza, educación, rehabilitación psicosocial, servicios ocupacionales y de otro tipo. La atención diurna puede llevarse a cabo en otra familia, institución de asistencia social, centros privados o centros de atención diurna organizados y prestados por instituciones públicas, asociaciones de ciudadanos, comunidades religiosas y otras entidades.

70.El Ministerio de Salud y Bienestar Social de la República Srpska designó un grupo de trabajo encargado de redactar la Estrategia para mejorar la situación de las personas de edad, que incluía un plan de actividades para ofrecer mejores condiciones a las personas mayores con discapacidad.

71.El Ministerio de Salud y Bienestar Social de la República Srpska ha nombrado un grupo de trabajo encargado de redactar la Estrategia para la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad; el grupo elaboró un anteproyecto de la Estrategia con planes de acción en los que se establece la desinstitucionalización como uno de los objetivos.

72.En julio de 2014, el Gobierno de la Federación de Bosnia y Herzegovina aprobó la Estrategia 2014-2020 para la desinstitucionalización y transformación del bienestar social. El documento se elaboró de conformidad con las Directivas de la Unión Europea para realizar la transición de la atención institucional a los servicios basados en la comunidad, así como con las Directrices de las Naciones Unidas sobre las Modalidades Alternativas de Cuidado de los Niños. Se basa en el establecimiento de un sistema sostenible de servicios para evitar la colocación o reubicación de personas en instituciones, la transformación de las instituciones de asistencia social, la reestructuración de los centros de trabajo social y la financiación de instituciones de transición de una manera que se encauce una parte de los fondos procedentes de la asistencia institucional para financiar el desarrollo de servicios y formas de alojamiento no institucionales.

Movilidad personal (art. 20)

Respuesta al párrafo 20 de la lista de cuestiones

73.En el Distrito de Brcko, los requisitos para la obtención de dispositivos de ayuda para la movilidad y la comunicación están regulados por el Reglamento sobre el procedimiento para el ejercicio del derecho a aparatos ortopédicos y otros dispositivos de ayuda de las personas aseguradas en la Caja del Seguro de Salud del Distrito de Brcko.

74.En la República Srpska, el Reglamento sobre el derecho a dispositivos médicos determina el contenido, el alcance y la forma de ejercer el derecho a esos dispositivos, así como a la atención de salud, enunciados en la Ley del Seguro de Salud. El método para ejercer ese derecho incluye el proceso de proponer, prescribir y aprobar tales dispositivos. El derecho a obtener uno de esos dispositivos se ejerce a través de una persona jurídica registrada ante la autoridad competente con la que la Caja del Seguro de Salud de la República Srpska tiene un contrato de suministro de dispositivos médicos a las personas aseguradas. Una persona asegurada tiene derecho a uno de esos dispositivos de conformidad con las indicaciones médicas y otras condiciones establecidas en la Lista de Dispositivos Médicos, sobre cuya base se emite un pedido de compra/reparación de dispositivos médicos en el formulario adjunto al Reglamento.

75.La cuestión de los medicamentos y los dispositivos médicos está regulada por la Ley de Medicamentos y Dispositivos médicos, que establece que la República Srpska es responsable de la venta al por menor de esos productos. De conformidad con esa disposición, el Ministerio de Salud y Bienestar Social de la Entidad aprobó la Ley sobre la Actividad Farmacéutica. Los medicamentos y dispositivos médicos que se venden en las farmacias y en tiendas especializadas deben tener una calidad, seguridad y eficacia adecuadas. En el caso de los medicamentos, esa calidad se garantiza con una licencia para su comercialización en Bosnia y Herzegovina, y para los dispositivos médicos, con la inscripción en el registro de dispositivos médicos en el territorio de Bosnia y Herzegovina, bajo la responsabilidad del Organismo de Medicamentos y Dispositivos Médicos de Bosnia y Herzegovina, de conformidad con la citada Ley sobre Medicamentos y Dispositivos Médicos.

76.Todos los años, el Ministerio de Educación y Ciencia de la Federación de Bosnia y Herzegovina apoya proyectos para proteger los derechos de los niños víctimas de abusos, pedofilia y mendicidad con cargo a los ingresos presupuestarios de la Federación procedentes de los juegos de azar. Este tipo de financiación también puede ser solicitada por las asociaciones y ONG que se ocupan de los derechos de los niños y adultos con discapacidad.

Libertad de expresión y de opinión y acceso a la información(art. 21)

Respuesta al párrafo 21 de la lista de cuestiones

77.En los últimos años el acceso de las personas con discapacidad a la información ha mejorado considerablemente. La información sobre el terreno y las investigaciones realizadas por organizaciones de personas con discapacidad y otras organizaciones de la sociedad civil muestran que los programas de los medios de comunicación no están adaptados a las personas ciegas y con deficiencias auditivas. No utilizan subtítulos ni traducción vocal de los programas en idiomas extranjeros. Pocos programas de la televisión nacional se traducen a la lengua de señas. Además, la correspondencia oficial no está en lengua de señas, braille o cualquier otro medio, método o forma de comunicación que las personas con discapacidad puedan elegir.

78.No existe una normativa única que regule la obligación de las autoridades e instituciones públicas de garantizar el derecho de las personas con discapacidad a recibir información en formatos y técnicas accesibles.

Respeto del hogar y de la familia (art. 23)

Respuesta al párrafo 22 de la lista de cuestiones

79.En el Distrito de Brcko, los niños con necesidades especiales o con discapacidad que han pasado por el sistema de asistencia social del Distrito suelen permanecer con sus familias. El sistema de bienestar social y protección de la infancia ofrece el máximo apoyo a las familias con niños con necesidades especiales (aumento de la asignación por hijo, prestación de asistencia, servicios de atención de salud, ayuda en especie y subvenciones para la electricidad).

80.En la República Srpska, la Ley de Bienestar Social define como beneficiarios del sistema de protección social a las personas que lo necesitan, como las personas con discapacidad, en particular, los niños con discapacidad.

81.La discapacidad se describe en detalle en el Reglamento sobre la determinación de la capacidad de las personas en el proceso de ejercicio del derecho a la asistencia social y la determinación del estado funcional de un beneficiario y en el Reglamento sobre la evaluación de las necesidades y la orientación de los niños y jóvenes con discapacidad.

82.En comparación 2012, en que se utilizaba un modelo médico, en la actualidad la evaluación de las necesidades y la orientación de los niños y jóvenes con discapacidad, así como la evaluación funcional de las personas con discapacidad, se basan en un modelo social. Se ha abandonado el sistema de clasificación en procedimientos administrativos sobre la base del diagnóstico, y se ha concebido un plan de apoyo personalizado, como uno de los principales avances del sistema de bienestar social.

83.La Ley de Bienestar Social ordena el establecimiento de un sistema mixto de bienestar social mediante el desarrollo de derechos y servicios básicos y ampliados que constituyan un sistema de apoyo cotidiano para todas las personas con discapacidad, como el derecho a una atención diurna con diferentes tipos de servicios diarios organizados y estancias fuera de la propia familia.

Educación (art. 24)

Respuesta al párrafo 23 de la lista de cuestiones

84.En la República Srpska, todas las leyes que rigen la educación regulan al mismo tiempo los derechos de los niños con necesidades especiales, desde la enseñanza preescolar hasta la superior. Los niños con necesidades especiales se integran en la educación primaria ordinaria (inclusión) y los profesores trabajan con esos estudiantes aplicando programas especiales e individuales adaptados a sus capacidades. La educación secundaria se imparte en escuelas ordinarias y especiales.

85.El Ministro promulga el Reglamento sobre los métodos y condiciones de aplicación de los planes de estudios preescolares para niños con discapacidad y los planes de estudios para estudiantes con necesidades especiales para cada tipo y grado de discapacidad. En el Centro de Educación Preescolar de Banja Luka hay una institución preescolar (“Marija Mazar”) y cuatro centros para la educación de niños con discapacidad.

86.Se conceden becas a los estudiantes con discapacidad de las categorías primera, segunda y tercera del grupo que tienen derecho a un subsidio de asistencia.

87.En la Estrategia de Desarrollo de la Educación, 2016-2021 de la República Srpska se presta especial atención al grupo de esta categoría. Los objetivos estratégicos son la creación de un sistema eficiente y eficaz de servicios para la educación preescolar (organización de equipos móviles de personal docente y asociados profesionales, desarrollo del programa de apoyo psicosocial a los padres de niños con discapacidad), la inclusión de todos los niños en la enseñanza y educación primaria obligatoria de nueve años, el apoyo a la inclusión en la enseñanza secundaria con medidas apropiadas, el aumento de las competencias del personal docente a través de la formación inicial y el perfeccionamiento profesional continuo, el fortalecimiento de la aceptación social y el apoyo a los estudiantes con discapacidad, la atenuación de las barreras con el fin de facilitar el acceso de esos estudiantes, y la creación de un entorno que facilite la inclusión de los niños con discapacidad en la comunidad después de la graduación de la escuela secundaria.

88.En el marco del Programa de Asistencia a Proyectos para Mejorar la Labor de Crianza y Educación con Niños con Discapacidad, el Ministerio de Educación y Ciencia de la Federación de Bosnia y Herzegovina asignó los importes de 140.720 marcos, 213.810 marcos y 230.350 marcos en 2011, 2012 y 2013, respectivamente. A través del Programa de Apoyo a Proyectos para Mejorar la Inclusión en la Educación Preescolar y Primaria, el Ministerio asignó los importes de 45.000 marcos y 156.000 marcos en 2014 y 2015, respectivamente. Por conducto del Programa de Apoyo a Proyectos para Mejorar la Inclusión en la Enseñanza Preescolar y Primaria, se consignó la suma de 277.900 marcos en 2016. En el marco de la Distribución de los Fondos de la Transferencia al Fondo para el Programa Normalizado para Estudiantes, el Ministerio asigna fondos para apoyar a los estudiantes con discapacidad de Bosnia y Herzegovina que estudian en instituciones públicas de enseñanza superior de la Federación de Bosnia y Herzegovina, para los que se asignaron 110.000 marcos en el período 2014-2015. Con respecto a las actividades para la aplicación de las Directrices estratégicas para el desarrollo de la educación en Bosnia y Herzegovina para 2008-2015, el Ministerio de Educación y Ciencia de la Federación participó en el Proyecto de Igualdad de Oportunidades para los Estudiantes con Necesidades Especiales en la Enseñanza Superior, mediante el establecimiento de oficinas para esos estudiantes en todas las instituciones públicas de enseñanza superior. A través del segundo proyecto, “Hacia una Financiación Sostenible e Igualitaria de la Enseñanza Superior en Bosnia y Herzegovina, Montenegro y Serbia”, financiado por Tempus, Bosnia y Herzegovina se unió por primera vez al quinto ciclo de investigación de EUROSTUDENT sobre la dimensión social de la enseñanza superior, realizado en el período 2012-2015. Durante ese período se aprobaron otros documentos importantes de la Federación de Bosnia y Herzegovina relacionados con la educación y la inclusión de las personas con discapacidad, como la Estrategia para la Igualdad de Oportunidades de las Personas con Discapacidad, 2011-2015; las Orientaciones Estratégicas para el Desarrollo de la Educación Superior, 2012-2022; las Orientaciones Estratégicas para el Desarrollo de la Orientación Profesional, 2015-2020; y el Plan Estratégico en favor de la Primera Infancia y el Desarrollo, 2013-2017.

Salud (art. 25)

Respuesta al párrafo 24 de la lista de cuestiones

89.El Ministerio de Salud y Bienestar Social de la República Srpska coordinó las actividades de elaboración de su Estrategia para Mejorar la Situación Social de las Personas con Discapacidad para 2010-2015, y actualmente coordina las actividades de preparación de la Estrategia para la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad para 2016-2021. En los últimos diez años, la reforma del sistema de salud de la República se ha centrado en mejorar el acceso a los servicios de salud existentes, en particular, en los esfuerzos para dar acceso a los servicios de salud y rehabilitación existentes a las personas con discapacidad, teniendo en cuenta su sexo, edad y todos las circunstancias específicas derivadas de la discapacidad, y para proporcionarles servicios de salud y rehabilitación del mismo alcance, calidad y nivel que los que se prestan a otros ciudadanos, incluso en lo que se refiere a la salud sexual y reproductiva y los programas de salud que abarcan a toda la población. La mejora de los servicios de salud dirigidos y adaptados a las personas con discapacidad incluye medidas de detección e intervención precoz, para prevenir la aparición y el empeoramiento de la discapacidad. Se realizaron actividades para sensibilizar a los trabajadores de la salud sobre los derechos humanos, la dignidad, la autonomía y las necesidades de las personas con discapacidad, mediante cursos de formación y la promoción de normas éticas en todas las esferas del tratamiento médico. En uno de los objetivos enumerados en la Estrategia (“Garantizar la igualdad de acceso a la atención de salud de las personas con discapacidad, independientemente de su sexo, edad, origen o grado de discapacidad”) se incluyó una actividad titulada “Establecer un número suficiente de clínicas ginecológicas y obstétricas con el equipo adecuado para las mujeres con discapacidad”; el suministro de ese equipo se hizo de acuerdo con las necesidades de esas mujeres, teniendo en cuenta que no todas necesitan equipo especial cuando utilizan los servicios de atención de salud.

90.La Federación de Bosnia y Herzegovina garantiza el derecho inalienable a la atención de la salud a todos los ciudadanos, incluidas las personas con discapacidad, que utilizan los servicios de atención sanitaria en las mismas condiciones que las demás personas aseguradas. Las reglamentaciones de la atención de salud establecen condiciones para la accesibilidad de las personas con discapacidad, en particular la eliminación de las barreras arquitectónicas, la propuesta de un intérprete de la lengua de señas o, si se requiere información por escrito, la comunicación de esa información en una letra que la persona pueda captar sin problemas. Sin embargo, la mayoría de los centros de salud de las zonas urbanas y rurales son inaccesibles materialmente, y los servicios ginecológicos y dentales no están adaptados para las personas con discapacidad que no pueden desplazarse por sí mismas, ni para las personas con discapacidad intelectual. Los programas de rehabilitación médica siguen fuera del alcance de un gran número de personas con discapacidad y tampoco existen programas adecuados para determinar las necesidades de aparatos ortopédicos y de otro tipo. En la Federación de Bosnia y Herzegovina, las parejas que tienen una discapacidad tienen derecho a un procedimiento gratuito de fecundación in vitro; los fondos provienen del Fondo de Solidaridad del Programa de Reproducción Humana para Personas con Discapacidad.

91.En 2012, sobre la base de la Política para Mejorar el Desarrollo en la Primera Infancia, aprobada por el Gobierno de la Federación de Bosnia y Herzegovina, los Ministros de Educación, Salud y Bienestar Social de la Entidad firmaron el Protocolo de Cooperación para Mejorar el Desarrollo en la Primera Infancia (2013-2017). Se están elaborando protocolos cantonales sobre medidas intersectoriales para mejorar el crecimiento y desarrollo tempranos de los niños y planes de acción. Estas actividades se llevaron a cabo con el apoyo del UNICEF.

92.El Reglamento sobre la formación profesional permanente en materia de detección precoz, diagnóstico, intervención y seguimiento del desarrollo y otros trastornos que afectan al crecimiento y desarrollo de los niños se promulgó para establecer que todas esas medidas se lleven a cabo en un entorno familiar o en la comunidad, en centros de atención de la salud, jardines de infancia, escuelas e instituciones de asistencia social. El proceso de formación profesional se inició en abril de 2015 y se elaboraron directrices para los expertos en desarrollo de la primera infancia.

Habilitación y rehabilitación (art. 26)

Respuesta al párrafo 25 de la lista de cuestiones

93.La Política de la República Srpska para Mejorar la Salud de la Población hasta 2020 se fija el objetivo de avanzar en materia de salud pública, mediante el control de las enfermedades no transmisibles y transmisibles, la promoción de la salud mental y los derechos humanos, la aplicación de la Declaración Europea sobre la Salud de los Niños y Jóvenes con Discapacidad Intelectual y sus Familias, y la protección de los derechos humanos de los grupos vulnerables y el desarrollo de instituciones de salud mental que luchen contra la estigmatización y apoyen la reintegración en la comunidad.

94.El objetivo de la Política de la República Srpska para Mejorar el Desarrollo en la Primera Infancia para 2011-2016 es fomentar el crecimiento y el desarrollo en la primera infancia y, en un esfuerzo por alcanzar los niveles más altos de la comunidad, crear condiciones óptimas para el crecimiento y el desarrollo normales de los niños, de modo que cada niño, independientemente de su entorno de origen y de sus capacidades individuales, tenga las condiciones necesarias para un comienzo sano en la vida, en que pueda desarrollar su pleno potencial. Este objetivo, junto con otros, se logrará de ser posible mediante actividades dirigidas a mejorar la detección, habilitación y rehabilitación de niños con necesidades especiales (e intervenciones con ellos).

Trabajo y empleo (art. 27)

Respuesta al párrafo 26 de la lista de cuestiones

95. En el Distrito de Brcko se aprueban medidas de acción afirmativa para promover el empleo de personas con discapacidad en el sector público.

96.En la República Srpska, las medidas concebidas para estimular el empleo de personas con discapacidad en el mercado laboral y en el sector público consisten en incentivos que el Fondo para la Rehabilitación Profesional y el Empleo de Personas con Discapacidad ofrece a los empleadores en el mercado de trabajo, como incentivos financieros para favorecer el empleo de personas con discapacidad por cuenta ajena o por cuenta propia y el reembolso de las cotizaciones por los empleados con discapacidad en condiciones especiales. Estos incentivos se ajustan a la Ley de Rehabilitación Profesional, Formación y Empleo de Personas con Discapacidad.

97.Otro tipo de medidas de incentivo en virtud de los artículos 26 y 27 de la Ley se relacionan con la obligación de pagar una contribución especial impuesta a los empleadores que están obligados a emplear a personas con discapacidad, pero no lo hacen por razones objetivas para las cuales se han previsto los incentivos.

98.El efecto positivo de las medidas de incentivos mencionadas se está debilitando gradualmente debido, según el Fondo para la Rehabilitación Profesional y el Empleo de las Personas con Discapacidad de la República Srpska, a que ha menguado el interés por favorecer el empleo de personas con discapacidad por cuenta propia y por cuenta ajena en el sector privado de esa entidad (como puede verse en el cuadro que figura en el anexo), lo que puede explicarse, en primer lugar, por el entorno económico general.

99.Se ofrece a continuación un panorama general del empleo de personas con discapacidad por cuenta propia y por cuenta ajena en 2012-2016, financiado por el Fondo para la Rehabilitación Profesional y el Empleo de Personas con Discapacidad.

Año

Personas con discapacidad empleadas

Fondos consignados

2012

260

674 934,52

2013

101

220 466,43

2014

59

99 600

2015

40

95 430

2016

40

104 684,59

100.Además de las medidas de estímulo que ofrece el Fondo para la Rehabilitación Profesional y el Empleo de las Personas con Discapacidad para que se dé trabajo a esas personas, el objetivo también se consigue a través del Instituto de Empleo de la República Srpska. Según dicha institución, 297, 336 y 266 personas con discapacidad consiguieron un empleo en 2014, 2015 y los diez primeros meses de 2016, respectivamente, lo que demuestra que la obtención de empleo a través del Instituto muestra una tendencia ascendente.

101.En los diez primeros meses de 2016, según los registros del Instituto de Empleo de la República Srpska, había un total de 2.001 personas discapacitadas de grupos de diferentes categorías que buscaban empleo activamente.

102.En la Federación de Bosnia y Herzegovina, las medidas para el empleo de personas con discapacidad corren por cuenta del Fondo para la Rehabilitación Profesional y el Empleo de Personas con Discapacidad. El cuadro muestra indicadores estadísticos de las medidas adoptadas por el Fondo en el período comprendido entre 2011 y el primer semestre de 2016.

Cuadro 1Incentivos en efectivo para la creación de nuevos empleos para personas con discapacidad

Convocatoria pública/año

Fondos asignados

Número de personas empleadas

Por período determinado

Por período indeterminado

Bajo condiciones generales

Bajo condiciones especiales

Diciembre de 2011

150 000

30

19

11

15

15

Abril de 2012

792 348,04

83

66

17

30

53

Noviembre de 2012

1 035 440

104

54

50

52

52

Abril de 2013

1 220 854

132

73

59

42

90

Octubre de 2013

1 735 598

160

60

100

91

69

Abril de 2014

1 885 911

163

18

145

71

92

Octubre de 2014

2 558 200

218

26

192

115

103

Mayo de 2015

2 944 200

244

60

184

151

93

Octubre de 2015

3 518 550

294

63

231

138

156

Abril de 2016

3 404 450

282

62

220

143

139

Total

19 245 551,04

1 710

501

1 209

848

862

103.El Fondo apoya la sostenibilidad del empleo, el desarrollo de empresas para el empleo de personas con discapacidad y la rehabilitación profesional para esas personas.

104.En el cuadro 2 se indican los fondos asignados a esos programas y proyectos para el período comprendido entre 2011 y el primer semestre de 2016.

Cuadro 2 Programas y proyectos

Convocatoria pública

Sostenibilidad

Desarrollo

Incentivos en efectivo a través del desarrollo

Rehabilitación

Total por convocatoria pública

Diciembre de 2011

553 075

132 800

164 125

850 000

Abril de 2012

428 796

499 152,87

294 810

1 222 758,87

Noviembre de 2012

739 224,48

148 500

229 300

1 117 024,48

Abril de 2013

540 200

406 700

196 300

1 143 200

Octubre de 2013

657 091

411 770

216 615

256 720

1 542 196

Abril de 2014

482 461

420 853

301 897

210 000

1 415 211

Octubre de 2014

792 316

453 893

320 300

130 132

1 696 641

Mayo de 2015

278 610,24

278 610,24

Octubre de 2015

342 750,79

664 751,80

237 472,62

1 244 975,21

Abril de 2016

1 218 822,23

237 859,44

249 141,20

1 705 822,87

105.En el marco de estos programas y proyectos de rehabilitación, en el período comprendido entre 2011 y el primer semestre de 2016 se prestó apoyo a 769 personas con discapacidad, y gracias a los proyectos de desarrollo se empleó además a 64 personas con discapacidad.

Nivel de vida adecuado y protección social (art. 28)

Respuesta al párrafo 27 de la lista de cuestiones

106.La Ley de Bienestar Social del Distrito de Brcko es plenamente aplicable, al igual que sus consecuencias presupuestarias. Todos los derechos a la atención social (y de la infancia) son viables y cuentan con apoyo financiero. En ese Distrito el proceso de protección social está centralizado, y funciona adecuadamente como tal es.

107.En la República Srpska, la Ley de Bienestar Social ofrece varias fuentes de financiación del sistema de bienestar social: fondos públicos, que se incluyen en el presupuesto de la República y en los presupuestos de los gobiernos locales; fondos de donantes (personas físicas y jurídicas) y contribuciones de los ciudadanos y fondos propios de los beneficiarios del sistema de bienestar social. La comunidad local y la República Srpska aportan por partes iguales los fondos para el ejercicio del derecho a la ayuda financiera y el derecho a la prestación de asistencia. El concepto de la financiación apunta a consignar más fondos presupuestarios de los gobiernos locales para financiar de forma regular y suficiente otros derechos previstos en la Ley de Bienestar Social. El objetivo es que los derechos reconocidos en la Ley de Protección Social se ejerciten de manera uniforme en todo el territorio de la República. En virtud de la Ley se han aumentado los importes nominales de los derechos individuales mediante la introducción de una base de cálculo flexible y un coeficiente de cálculo más elevado. La Ley establece que la base para el cálculo de las prestaciones es el salario neto medio en la República en el año anterior, lo que introduce un ajuste automático de los importes monetarios a los criterios generales y el movimiento de los salarios netos.

108.El Plan de Acción para Prevenir Futuras Violaciones de los Derechos Humanos en virtud del artículo 5 de la Convención sobre la Internación Involuntaria de Personas con Discapacidad en Instituciones de Salud Mental prevé, entre sus objetivos, reubicar en comunidades locales a las personas con discapacidad alojadas en instituciones de salud mental, de conformidad con el plan individual de atención y apoyo adaptado a cada beneficiario y el desarrollo de servicios de apoyo mixtos para las personas con discapacidad mental en la comunidad local.

109. En lo que respecta las diferencias de trato entre los grupos de las distintas categorías de personas con discapacidad, se prevén medidas para abordarlas en el proyecto de ley de la Federación de Bosnia y Herzegovina sobre principios comunes y marco de apoyo material para las personas con discapacidad. Esta ley garantizaría que todas las personas con el mismo grado y tipo de discapacidad, independientemente de su causa, tengan los mismos derechos y prestaciones.

Participación en la vida política y pública (art. 29)

Respuesta al párrafo 28 de la lista de cuestiones

110.La Ley Electoral de Bosnia y Herzegovina dispone que la Comisión Electoral Central determinará la forma y el contenido, así como la información incluida en la boleta electoral para las elecciones directas de todos los niveles en el país. La Ley dispone que, a petición de un elector que sea una persona ciega, analfabeta o con una discapacidad física, el presidente de la comisión electoral local aprobará el procedimiento para que otra persona, elegida por ese elector, le ayude a firmar el Registro Central de Electores y a emitir el sufragio. No es necesario que la persona que asiste esté inscrita como votante, puede ayudar a un solo votante y no puede ser miembro de la comisión electoral local ni un observador acreditado en nombre de un partido o candidato independiente.

111.La Comisión Electoral Central de Bosnia y Herzegovina nunca ha utilizado una forma especial de votación en braille para las personas ciegas y con deficiencia visual. Como el Registro Central de Electores no contiene datos sobre los votantes ciegos, no se pueden imprimir las papeletas en braille ni adoptar otras medidas necesarias para organizar en consecuencia colegios electorales en cada circunscripción, ni preparar material electoral específico, ni impartir formación para el recuento de las papeletas escritas en braille.

112.El Reglamento sobre la forma de celebrar las elecciones en Bosnia y Herzegovina prevé que cuando el votante sea una persona ciega, analfabeta o con una discapacidad física, podrá contar con la asistencia de otra persona que le ayude y la posibilidad de votar con la ayuda de equipos móviles.

113.Todos los vídeos que se emiten para los votantes en un año electoral antes de los comicios, con fines de persuasión o de información sobre la manera de registrarse o emitir el voto, se adaptan a las personas con discapacidad auditiva y se transmiten en la lengua de señas.

114.La Ley Electoral de Bosnia y Herzegovina dispone que el Registro Central de Electores no contenga los nombres de los ciudadanos del país que hayan sido privados de su plena capacidad jurídica mediante una decisión vinculante de la autoridad competente, ya que estas personas han sido excluidas, aunque pueden reincorporarse en esos registros si recuperan su capacidad jurídica.

C.Obligaciones específicas (arts. 31 a 33)

Recopilación de datos y estadísticas (art. 31)

Respuesta al párrafo 29 de la lista de cuestiones

115.De conformidad con las recomendaciones del Grupo de Washington sobre estadísticas de discapacidad, en el Censo de población, hogares y viviendas de 2013 se recopilaron estadísticas sobre la naturaleza, las causas y el alcance de la discapacidad. Las estadísticas son útiles para estudiar las características socioeconómicas y demográficas de las personas con discapacidad y para realizar comparaciones con el resto de la población. En el futuro está previsto publicar un libro temático titulado “Discapacidad”, que mostrará información detallada en este ámbito recogida en el censo. En sus planes y programas, las instituciones estadísticas de Bosnia y Herzegovina no han previsto ninguna actividad (regular) relacionada con la recogida de datos en el ámbito de la discapacidad.

Discapacidad por tipo y sexo

Territorio

Sexo

Total

Total con discapacidad

Tipo de discapacidad

Con más de una dificultad

De visión, incluso con el uso de gafas

De audición, incluso con el uso de audífonos

Para caminar o subir las escaleras

Para recordar o concentrarse

Para vestirse y bañarse

Comunicación (entender a otras personas)

Bosnia y Herzegovina

Total

3 531 159

294 058

121 620

70 762

184 430

55 875

39 164

32 002

110 230

M asculino

1 732 270

132 975

50 613

34 448

77 489

25 058

16 645

15 473

46 379

F emenino

1 798 889

161 083

71 007

36 314

106 941

30 817

22 519

16 529

63 851

Federación de Bosnia y Herzegovina

Total

2 219 220

181 927

74 413

42 221

114 822

35 601

24 345

20 180

68 156

M asculino

1 087 993

81 695

30 746

20 243

47 911

16 020

10 317

9 846

28 473

F emenino

1 131 227

100 232

43 667

21 978

66 911

19 581

14 028

10 334

39 683

República Srpska

Total

1 228 423

104 454

43 899

26 595

64 737

18 737

13 803

10 969

39 057

M asculino

603 027

47 844

18 466

13 247

27 546

8 363

5 901

5 219

16 624

F emenino

625 396

56 610

25 433

13 348

37 191

10 374

7 902

5 750

22 433

Distrito de Brčko de Bosnia y Herzegovina

Total

83 516

7 677

3 308

1 946

4 871

1 537

1 016

853

3 017

M asculino

41 250

3 436

1 401

958

2 032

675

427

408

1 282

F emenino

42 266

4 241

1 907

988

2 839

862

589

445

1 735

Censo de población, hogares y viviendas de 2013.

Aplicación y seguimiento nacionales (art. 33)

Respuesta al párrafo 30 de la lista de cuestiones

116.El Ministerio de Derechos Humanos y Refugiados puede ayudar en la coordinación de la presentación de informes en virtud de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

117.A nivel de Bosnia y Herzegovina y de conformidad con el artículo 33 de la Convención, el Consejo de Ministros del país ha establecido el Consejo para las Personas con Discapacidad de Bosnia y Herzegovina como un órgano de coordinación permanente, profesional, consultivo e intersectorial del Consejo de Ministros en pleno. Una de las responsabilidades de este organismo es “establecer la cooperación con organizaciones internacionales gubernamentales y no gubernamentales, la participación en la elaboración de planes de acción y otros documentos destinados a mejorar la situación de las personas con discapacidad e iniciar proyectos de apoyo a todas las demás asociaciones de personas con discapacidad y la ejecución de todas las demás actividades para promover y mejorar la situación de esas personas de conformidad con la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo. El Consejo para las Personas con Discapacidad establecido está integrado por diez miembros en nombre de ONG de personas con discapacidad de toda Bosnia y Herzegovina, que representan a las personas con diferentes categorías de discapacidad, por lo cual participan directamente en el seguimiento de la Convención. El Consejo se financia con cargo al presupuesto del Ministerio de Derechos Humanos y Refugiados.

118.El órgano intersectorial del Gobierno de la República Srpska en apoyo de las personas con discapacidad es un órgano permanente, profesional, consultivo e intersectorial de coordinación, que supervisa la aplicación de la Convención y está integrado por representantes de todos los ministerios y representantes de organizaciones de personas con discapacidad.

119.Con cargo a los ingresos presupuestarios derivados de los juegos de azar, el Ministerio de Salud y Protección Social de la República Srpska ha apoyado actividades programáticas de las Alianzas de Personas con Discapacidad que han adquirido la condición de organizaciones de interés público, así como actividades de proyectos de todas las demás organizaciones de personas con discapacidad, asociaciones de ciudadanos, instituciones de bienestar social y organizaciones sociales y humanitarias.