Naciones Unidas

CCPR/C/MNG/Q/6/Add.1

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

Distr. general

10 de marzo de 2017

Español

Original: inglés

Español, francés e inglés únicamente

Comité de Derechos Humanos

120º período de sesiones

3 a 28 de julio de 2017

Tema 5 del programa provisional

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 40 del Pacto

Lista de cuestiones relativas al sexto informe periódicode Mongolia

Adición

Respuestas de Mongolia a la lista de cuestiones *

[Fecha de recepción: 27 de febrero de 2017]

1.Mongolia se adhirió al Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos en 2012 y abolió la pena de muerte en su Código Penal, medida que entró en vigor el 1 de septiembre de 2016. Se exponen a continuación las circunstancias de los acusados condenados anteriormente a muerte y las medidas adoptadas para garantizar sus derechos.

2.En enero de 2017, 34 reclusos, cuyas condenas a muerte han sido sustituidas por 30 años de prisión, cumplen sus penas en un régimen de aislamiento, de conformidad con el artículo 109 de la Ley de Aplicación de las Decisiones Judiciales.

3.La regla 9 de las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos (1955), relativa al requisito de alojamiento, que establece que “Las celdas o cuartos destinados al aislamiento nocturno no deberán ser ocupados más que por un solo recluso. Si por razones especiales, tales como el exceso temporal de población carcelaria, resultara indispensable que la administración penitenciaria central hiciera excepciones a esta regla, se deberá evitar que se alojen dos reclusos en cada celda o cuarto individual”, se ha incorporado a la legislación nacional.

4.Los alojamientos destinados a los reclusos tienen ventanas y están construidos de manera que pueda entrar aire fresco, haya o no ventilación artificial; también disponen de luz artificial suficiente para que los reclusos puedan leer y trabajar sin perjudicarse la vista. Todas las habitaciones tienen instalaciones sanitarias. Además, todo recluso tiene derecho a estar al aire libre al menos una hora diaria. Los valores nutricionales de las comidas diarias son evaluados por organizaciones profesionales para garantizar una ingesta diaria de al menos 2.900 calorías.

Medidas adoptadas para mejorar las condiciones de los centros penitenciarios quetienen un número excesivo de reclusos o malas condiciones de vida; y medidasdestinadas a completar la construcción de nuevos centros penitenciarios en lasprovincias de Dornod, Uvs y Dundgovi

5.Se renovaron 17 centros penitenciarios para cumplir las “Normas de seguridad para los establecimientos penitenciarios”, a fin de mejorar la eficacia de las prisiones, garantizar los derechos naturales de los reclusos y reducir el volumen de trabajo del personal penitenciario; se renovaron las celdas para cumplir los requisitos legales en materia de iluminación, ventilación, control de la humedad y espacio mínimo, y se reacondicionaron los comedores, las instalaciones educativas y las bibliotecas.

6.Se aprobó y se reforzó el “Modelo ejemplar para la producción alimentaria y los servicios destinados a los sospechosos, los convictos y los reclusos” a fin de cumplir la regla 20 de las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos, mediante el aumento de la variedad de tipos de comidas y el suministro de comidas dietéticas y menús vegetarianos para respetar las necesidades privadas y de salud de los reclusos.

7.Los establecimientos penitenciarios tienen capacidad para acoger a 5.838 reclusos y, al 4 de enero de 2017, había un total de 4.551 reclusos. En la actualidad, no existen centros penitenciarios o de detención que excedan su capacidad.

8.Como resultado de las iniciativas destinadas a garantizar los derechos humanos básicos naturales, realizadas por la Dirección General de Aplicación de las Decisiones Judiciales, se reconstruyeron 18 de 26 centros penitenciarios, y otros 7 se renovaron para que se ajustaran a las normas. En los últimos dos años se construyeron 10 nuevas instalaciones penitenciarias: 6 en 2015 y 4 en 2016.

9.En consecuencia, los requisitos relativos a las salas y celdas de prisión especificados en la regla 9 de las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos se han cumplido plenamente, y la superficie por persona se ha aumentado de 2,5 a 3-3,5 m2; los requisitos relativos a la luz natural y la ventilación se cumplieron de conformidad con las especificaciones de la Ley sobre el Cumplimiento de las Decisiones sobre el Arresto o la Detención de Personas Sospechosas y Condenadas.

10.La construcción de los centros penitenciarios en las provincias de Dornod, Uvs y Dundgovi, mencionados en la lista de cuestiones, se inició en 2014 y finalizó en noviembre de 2015; los centros de Dornod, Uvs y Dundgovi tienen capacidad para acoger a 100, 85 y 54 reclusos, respectivamente; al 4 de enero de 2017, cumplían condenas en dichos centros entre 11 y 28 reclusos.

Medidas adoptadas para separar estrictamente los menores de los adultosen los centros de detención

11.Los artículos destinados a mantener a los menores separados de los adultos en la Ley de Aplicación de las Decisiones Judiciales (artículo 110) y la Ley sobre el Cumplimiento de las Decisiones sobre el Arresto o la Detención de Personas Sospechosas y Condenadas (artículo 31) se han aplicado efectivamente y no se ha observado ningún caso en que se hayan mantenido a los menores junto a personas adultas.

12.En todos los centros rurales se dispone de salas separadas para mantener a los menores separados de los adultos, sin ninguna posibilidad de que estos últimos interactúen con menores de edad.

13.En cada centro penitenciario de la capital existe un ala dedicada a la sección de menores de edad, a fin de mantenerlos separados de los adultos; al 4 de enero de 2017, cumplían condenas de prisión 18 menores varones y 3 menores mujeres.

La legalización del derecho a la objeción de conciencia al servicio militar y lapráctica del reclutamiento militar universal

14.Dado que el artículo 17 de la Constitución de Mongolia establece que “Los ciudadanos de Mongolia, sin dejar de sostener la justicia y la humanidad, cumplirán de buena fe el deber de defender la patria y servir en el ejército con arreglo a la ley”, el alistamiento militar es un deber jurídicamente obligatorio para todos los ciudadanos de Mongolia.

15.Sin embargo, según el párrafo 2 del artículo 29 de la Ley de Reclutamiento, “El reclutamiento militar puede ser sustituido por servicios alternativos, por motivos religiosos, éticos u otros motivos especificados en la Ley”, lo que garantiza el derecho de los ciudadanos a sustituir el servicio militar por servicios alternativos. Por ejemplo, el artículo 7 del Procedimiento de reclutamiento alternativo, aprobado mediante la resolución del Gobierno núm. 49, de 2008, dispone que “Un ciudadano podrá escoger una alternativa de reclutamiento en los casos siguientes:

a)Si es un discípulo oficial de un templo o una institución religiosa;

b)Si la oficina encargada del reclutamiento ha certificado que esa persona no reúne las condiciones para un auténtico reclutamiento militar debido a motivos religiosos o éticos”.

La duración del servicio alternativo al servicio militar debe equivaler a la delservicio militar; de no ser así, indicar las razones que justifican esa diferencia

16.El párrafo 1 del artículo 7 de la Ley de Servicio Militar establece que la duración del servicio militar obligatorio es de 12 meses, mientras que el párrafo 2 del artículo 30 dispone que el plazo del servicio militar alternativo es de 24 meses. Las razones de las discrepancias entre la duración del servicio militar obligatorio y el alternativo se describen en párrafo 4, artículo 30 de la misma Ley.

17.Información sobre la investigación de denuncias de corrupción en el sistema judicial y sobre la investigación de casos registrados en que el juez o el tribunal han sido sobornados.

18.En 2016, 5 jueces y 1 tribunal denunciaron casos de injerencias de otras personas en los procesos judiciales. Dos personas fueron acusadas sobre la base del informe, y 4 casos fueron desestimados por no haber existido actividades de soborno.

19.Los tribunales de varias provincias fueron suprimidos; por esa razón, los derechos de los ciudadanos a acceder al sistema judicial pueden verse obstaculizados debido a la distancia geográfica; suscitan preocupación las limitadas posibilidades de asistencia letrada que existen en las zonas rurales.

20.El Tribunal Constitucional de Mongolia anuló los artículos pertinentes de la Ley sobre el Establecimiento de Tribunales, alegando que dichos artículos habían vulnerado la Constitución. En consecuencia, se introdujeron enmiendas en dicha Ley, y el 1 de junio de 2016 se establecieron tribunales de apelación y de primera instancia en la capital y se crearon tribunales en varios distritos. Por consiguiente, no hay ninguna vulneración de los derechos de los ciudadanos a recurrir a los tribunales debido a la distancia geográfica.

21.Como la estructura y el número de funcionarios del Centro de Asistencia Letrada se han aprobado por orden conjunta del Ministro de Justicia e Interior y el Ministro de Finanzas, el Centro ha trabajado en consonancia con el Gobierno en 8 distritos, 21 provincias y algunos sums con mayor densidad de población, por medio de sus 31 sucursales y 72 funcionarios. En 2016, el Centro trabajó para proteger los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos que solicitaron asistencia letrada: se proporcionó esa asistencia a 6.631 ciudadanos; se brindó asesoramiento y representación letrada a 2.749 personas acusadas en 2.482 casos, de los cuales 1.439 fueron llevados a los tribunales, mientras que otros 264 fueron resueltos en una etapa anterior a la judicial.

22.Ha sido necesario ampliar el alcance y la disponibilidad de los servicios jurídicos prestados por el Centro de Asistencia Letrada y, por lo tanto, se está tratando de mejorar el entorno jurídico para aprovechar esas posibilidades.

Progresos en la aportación a los tribunales de instalaciones equipadas con losrecursos necesarios

23.El Consejo General Judicial de Mongolia ha aplicado paulatinamente medidas para organizar las inversiones en el poder judicial de manera óptima y eficaz, para renovar las salas de audiencia y proporcionar el equipo, los dispositivos y el mobiliario necesarios para llevar a cabo eficazmente las actuaciones judiciales. Todos los tribunales de Mongolia han sido dotados de las salas de audiencia, el mobiliario y el equipo necesarios. No obstante, una cuestión relativa a los tribunales no se ha resuelto hasta la fecha. En la actualidad, 115 tribunales funcionan en Mongolia en 46 edificios; debido a restricciones presupuestarias, algunos coexisten en un mismo edificio o alquilan un espacio. Además, hay 15 tribunales en edificios que tienen entre 26 y 40 años de antigüedad. Las instalaciones y las condiciones necesarias para atender a los ciudadanos todavía no son satisfactorias, especialmente en los tribunales civiles de primera instancia de la capital.

Medidas para establecer un sistema amplio destinado a investigar y juzgar los delitos cometidos por menores, en particular un tribunal de menores

24.Actualmente, no existe ningún tribunal de menores especializado para juzgar los delitos cometidos por menores en Mongolia. Suponemos que esos tribunales se establecerán en el futuro.

25.Desde la disolución de la Unidad de Investigaciones de la Fiscalía General, la Unidad de Investigaciones del Departamento General de Policía y el Organismo de Lucha contra la Corrupción se han encargado de investigar los delitos de tortura o tratos inhumanos cometidos por los empleados de los organismos encargados de hacer cumplir la ley; el trato dado a los delincuentes sigue siendo irreprochable. Se indican a continuación el número de delitos de tortura registrados; el número de delitos de tortura investigados y enjuiciados; el número de delincuentes y las penas impuestas; y las formas y la cuantía de las indemnizaciones concedidas a las víctimas desde 2012.

26.Desde la disolución de la Unidad de Investigaciones de la Fiscalía General de Mongolia, en 2014, la Unidad de Investigaciones del Departamento General de Policía recibió 45 denuncias relacionadas con la tortura u otros tratos inhumanos en el período 2014-2016. Se iniciaron procesos penales correspondientes a 5 denuncias, de conformidad con el artículo 251 del Código Penal; se transfirieron a los fiscales con la sugerencia de desestimar las denuncias.

Resolución de las quejas

Número

Año

Denuncias recibidas

Causas penales iniciadas

Negativas a iniciar una causa penal

1

2014

3

3

2

2015

21

1

20

3

2016

21

1

20

Total

45

5

40

27.Medidas adoptadas sobre las cuestiones siguientes: a) el número de personas detenidas sin orden judicial; b) casos en los que la persona detenida no ha sido informada de sus derechos y no ha podido ejercer su derecho a asistencia letrada; y dificultades en la prestación de asistencia letrada gratuita a las personas sin capacidad financiera; c) detención de personas durante un periodo más largo del permitido por la ley; d) informes sobre casos de prohibición del contacto con la familia como medio para obtener confesiones; e) el número de casos registrados de intimidación o engaño de los sospechosos y los miembros de su familia por la policía o los fiscales; y medidas alternativas y de prevención distintas de la detención, y su utilización en la práctica.

28.Según el informe presentado por el Centro de Prisión Preventiva núm. 461, dependiente de la Dirección General de Aplicación de las Decisiones Judiciales, en 2016 fueron detenidas en dicho Centro 1.141 personas (1.002 hombres, 72 mujeres y 67 menores), de conformidad con el párrafo 5 del artículo 59 de la Ley de Procedimiento Penal. Las personas detenidas tienen derecho a recibir visitas de sus familiares y a recibir alimentos por medio de sus familiares o amigos, a su solicitud; se les conceden permisos para visitas y los miembros de su familia se reúnen con ellos, con arreglo al reglamento interno del centro de detención. No se ha informado de denuncias por casos en que los jefes de policía se hubieran negado a autorizar una visita de la familia o hayan utilizado esas negativas para obtener confesiones. El Jefe de las Unidades de Investigación ha vigilado los centros de detención, de conformidad con las Normas sobre Operaciones de la Policía.

29.En 2016, 1.178 personas fueron puestas en libertad con la promesa de no abandonar el país, 1.346 fueron puestas en libertad bajo fianza, 1 persona fue puesta bajo el control de una unidad militar, y a 2 personas se les confiscaron bienes como fianza de seguridad.

Medidas adoptadas para mejorar las condiciones de un centro de detenciónsituado en Denjiin Myanga (hacinamiento y malas condiciones de vida)

30.Las personas detenidas en procedimientos administrativos o sometidas a tratamiento obligatorio contra el alcoholismo están actualmente bajo la autoridad y la supervisión del centro de detención que depende del Organismo de Política General. En 2015 y 2016, estuvieron detenidas en el centro de detención 1.839 y 4.513 personas, respectivamente, lo que equivale a 100 personas por día.

31.Las condiciones del centro de detención no cumplen plenamente los requisitos de seguridad, ya que el edificio fue construido en 1962 y sus vigas estructurales se han deformado; además, el Organismo de Inspección Profesional evaluó esas condiciones y publicó en varias ocasiones declaraciones en las que dejaba constancia de esa falta de seguridad.

32.El Organismo de Inspección Profesional renovó el edificio en 2016, con sus propios recursos; no obstante, se requiere un nuevo edificio en el futuro, y ahora se está trabajando para resolver las cuestiones relacionadas con el presupuesto y la financiación.

33.Información sobre las medidas de lucha contra la trata de personas: a) creación de un procedimiento de inspección oficial para detectar y prestar asistencia a las víctimas de la trata; b) establecimiento de las condiciones necesarias para impedir que las víctimas sean condenadas por realizar actividades ilegales por ser objeto de la trata; c) aportación de fondos suficientes para los centros de protección gestionados por el Estado o por organizaciones no gubernamentales (ONG); mejoramiento de la seguridad y prestación de servicios y asistencia a otras víctimas; d) organización de una capacitación específica sobre el Código Penal, en particular su artículo 113; realización de inspecciones, en la forma debida, sobre los delitos de trata de personas, y el enjuiciamiento de los delincuentes. Detalles sobre el número de personas inscritas en el registro e inspeccionadas; delitos enjuiciados; número de delincuentes procesados y cuantía de las indemnizaciones concedidas a las víctimas.

34.El Plan de acción nacional contra la trata de personas está en proceso de elaboración. En 2016, la repatriación de cuatro víctimas de la trata de personas, desde la República Popular China a Mongolia, se organizó en colaboración con la Sección Consular del Ministerio de Relaciones Exteriores; se llevaron a cabo advertencias y actividades de fomento de la concienciación, con la participación de la estación de ferrocarril de Ulan Bátor, el aeropuerto internacional Gengis Kan, el Organismo General de Registro Estatal, el Instituto Jurídico Nacional y los medios de comunicación. Algunas ONG, como el Centro para la Igualdad de Género, y organizaciones y funcionarios policiales, colaboraron para identificar a los grupos de alto riesgo para la trata de personas y reunir los datos necesarios. Por ejemplo, los días 15 a 18 de noviembre de 2016, los funcionarios competentes de los organismos de investigación penal trabajaron en las ciudades fronterizas de Zamiin-Uud y Erlian, cerca de la República Popular China, estudiaron las condiciones locales en torno a los puertos fronterizos e intercambiaron opiniones sobre la situación de la trata de personas, la mejora de la cooperación y las actividades de prevención.

35.Se prestaron servicios a dos víctimas de la trata de personas: una de ellas permaneció tres días en el Centro Temporal de Prevención, dependiente del Departamento de Policía de Ulan Bátor, y la otra permaneció durante cinco días en el Centro de Rehabilitación de Víctimas del Centro de Igualdad de Género. Ambas recibieron primeros auxilios y asistencia letrada.

36.La Policía descubrió 4 delitos, con 18 víctimas y 7 cómplices; las víctimas habían sido sometidas a explotación sexual en Malasia, Turquía, Erlian, Hainan, Manchuria y Guangzhou (República Popular China), y en salones de masaje y sauna en Ulan Bátor, en las cercanías del Ministerio de Agricultura y del Hotel Ulan Bátor.

37.De los 4 autores de los delitos, 1 fue condenado; otro fue absuelto y 2 están siendo objeto de investigación. Aunque la identificación de las víctimas y los testigos de un delito de trata de personas y la repatriación de las víctimas se han visto limitadas por razones de tiempo, falta de recursos financieros y otros factores, se han presentado a las autoridades competentes recomendaciones para aumentar la participación de ONG y de misiones diplomáticas extranjeras.

38.Las actividades de creación de capacidad de los agentes de policía en las zonas portuarias de fronteras con respecto a la lucha contra los delitos de trata de personas y la organización de talleres de capacitación para agentes de policía sobre “Identificación del delito de trata de personas”, “Detección del delito de trata de personas” y “La trata de personas” se han organizado en colaboración con el Ministerio de Justicia e Interior, la Embajada de los Estados Unidos de América, el Centro Nacional de Seguridad, una Organización de Estudios sobre la Migración Internacional (“The Warnath Group”) y el Centro de Igualdad de Género, respectivamente.

39.Una manifestación pacífica de personas LGBT, organizada el 28 de agosto y el 6 de septiembre de 2015, sobre la concienciación respecto de la igualdad, y los días de orgullo, fueron prohibidos; por lo tanto, se han vulnerado sus derechos. Sírvanse exponer los detalles acerca de la prohibición por las autoridades de la manifestación pacífica en la plaza Gengis, y de la expulsión de la plaza por la fuerza los días 28 y 29 de agosto de 2015.

40.La ONG “LGBT” había organizado por tercera vez una “marcha de la igualdad”, en favor de la protección de los derechos de las minorías sexuales (lesbianas, gais, bisexuales y trans). Para el evento de los días 28 y 29 de agosto de 2015, el Departamento de Gestión de la Administración Pública, dependiente de la Oficina del Gobernador de Ulan Bátor, concedió un permiso para organizar una manifestación en la plaza Gengis mediante una carta oficial (Ref. núm. 04/2630, de 2015); la manifestación alrededor de la plaza Gengis no fue registrada, de conformidad con la carta oficial (Ref. núm. 2/2543), por el Gobernador del distrito de Sukhbaatar.

41.La organización “LGBT” formuló una denuncia ante el tribunal administrativo de primera instancia de la capital con los siguientes fundamentos: el Decreto núm. 2/2543 del Vicegobernador del distrito de Sukhbaatar, de fecha 8 de agosto de 2015; la declaración oral sobre la prohibición de una ceremonia de apertura para los “Días de la igualdad y el orgullo” en la plaza Gengis, expedida por los funcionarios administrativos de la ciudad; el uso de la fuerza física por la policía de la ciudad de Ulan Bátor y funcionarios del distrito de Chingeltei contra 30 personas para detener su marcha hacia la plaza Gengis vulneró sus derechos a expresar sus opiniones en forma pacífica, promover los derechos humanos, distribuir información y no ser objeto de discriminación, lo que dio lugar a la violación del párrafo 2.2 del artículo 70 de la Ley de Procedimiento Administrativo. La organización también impugnó la validez del Decreto expedido por el órgano administrativo, de conformidad con el párrafo 2.3 del artículo 70 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

42.Las alegaciones de la organización “LGBT” fueron totalmente desestimadas por la sentencia del tribunal núm. 0872, de fecha 10 de diciembre de 2015, de conformidad con los apartados 4 y 6 del párrafo 1 del artículo 7; el párrafo 1 del artículo 9; y los párrafos 1 y 3 del artículo 13 de los Procedimientos para la Organización de Manifestaciones y Asambleas, y el párrafo 2 del artículo 3 de la Ley sobre el Palacio de Gobierno de Mongolia. Las operaciones policiales se consideraron legítimas.

43.Ha habido una gran discriminación y violencia por motivos de orientación sexual. Los infractores siguen sin ser enjuiciados debido a la falta de presentación de informes sobre los casos de discriminación e insultos contra las personas LGBT, y de lesiones corporales a dichas personas, ocasionadas por agentes de policía, familias y parientes; también ha habido temor de denunciar la violencia doméstica, y cuando se presentan denuncias, los órganos autorizados no se ocupan de hacer registros e investigar. Sírvanse indicar las medidas adoptadas sobre esta cuestión.

44.El teléfono de emergencia 102 del Centro de Información y Gestión de Emergencias, dependiente del Organismo General de Policía, ha venido recibiendo llamadas relativas a delitos y faltas administrativas de distintas personas, sin discriminación; los ciudadanos y las organizaciones se han ocupado de las denuncias a su debido tiempo.

45.La violencia doméstica y la violencia sexual contra las mujeres han sido generalizadas y, por tanto, se solicita que se proporcionen detalles sobre las medidas adoptadas para: a) crear mayor conciencia sobre los derechos de la mujer, y apoyar los actuales mecanismos de protección, esto es, la práctica de detenciones y la denuncia de los actos de violencia; b) crear servicios de protección suficientes, gestionados por organizaciones estatales para prestar servicios y apoyo a las víctimas; c) investigar y enjuiciar a los infractores; y rehabilitar a las víctimas e informar sobre los resultados alcanzados. También se solicita informar sobre el número de delitos de violencia doméstica registrados, el tipo de sanciones aplicadas y la rehabilitación proporcionada a las víctimas.

46.En 2016, el teléfono 102 del Centro de Información y Gestión de Emergencias recibió 16.049 llamadas relacionadas con la violencia doméstica y la violencia contra los niños, que constituyen el 2,3% del total de llamadas. Se han promovido el Centro de Acogida Temporal y el teléfono de emergencia 107 con la finalidad de aumentar la sensibilización pública con respecto a la prevención de la violencia doméstica y de aumentar la eficacia de las actividades destinadas a prevenir y poner fin a ese tipo de violencia. Como resultado de ello, en 2016, el número de ciudadanos que llamaron al teléfono de emergencia y formularon consultas aumentó un 15%, en comparación con el año anterior. En 2016, se registraron 1.449 delitos de violencia doméstica en todo el país, lo que supone un aumento de 93 delitos, es decir, un 6,9%, en comparación con el año anterior.

47.Sírvanse informar sobre las medidas adoptadas para afrontar y sancionar de manera eficaz la violencia y los malos tratos contra los niños; y responder a las informaciones de que los castigos corporales aplicados a los niños en el hogar es una práctica común, a pesar de estar prohibidos por la ley.

48.El Gran Khural del Estado aprobó una revisión de la Ley contra la Violencia Doméstica el 22 de diciembre de 2016; dicha Ley entró en vigor el 1 de febrero de 2017. Sesenta y nueve niños fueron víctimas de delitos de violencia doméstica durante el año, lo que indica una disminución del 9,2%, en comparación con el año anterior. Cuarenta niños resultaron heridos a causa de ese tipo de delitos; 22 eran niñas, o sea el 55%. La cooperación entre el Organismo General de Policía y las ONG y otras entidades que trabajan en la prevención de la violencia doméstica resulta eficaz para la prevención de esos tipos de delitos y violaciones de derechos. El Centro de Acogida Temporal dio alojamiento a 268 personas (2 hombres adultos, 96 mujeres adultas, 82 niños varones y 88 niñas) en 2016, y brindó protección, primeros auxilios médicos, asistencia jurídica y psicológica, y también atendió consultas.

49.Medidas adoptadas para erradicar los estereotipos dominantes sobre los papeles y las responsabilidades de hombres y mujeres en los medios de comunicación.

50.La Estrategia y Plan de mediano plazo sobre la aplicación de la Ley sobre la Igualdad de Género recibió la aprobación del Gobierno mediante la resolución núm. 34, y actualmente se está aplicando. En el documento estratégico se establece un total de cinco objetivos. El objetivo 4 especifica las medidas destinadas a elaborar una cultura y un sistema de educación pública oficiales y de larga duración para apoyar las cuestiones de género, así como organizar una campaña nacional de concienciación y promoción. En el marco de este objetivo, se han llevado a cabo las siguientes actividades: en primer lugar, actividades para desarrollar contenidos educativos oficiales y de aprendizaje permanente que presten más apoyo a la igualdad de género; en segundo lugar, actividades destinadas a aumentar la sensibilización pública acerca de la igualdad de género y fomentar actitudes que tengan en cuenta las cuestiones de género en todas las esferas públicas; y en tercer lugar, actividades destinadas a promover la distribución de más información sobre las cuestiones de género al público, por la televisión, la radio, las noticias, los periódicos y la comunicación en línea.

51.Actividades relativas a la lucha eficaz contra el trabajo infantil, especialmente en entornos peligrosos, como la minería y las carreras de caballos tradicionales, y a castigar efectivamente la explotación de los niños.

52.El artículo 16.10.1 del nuevo Código Penal ha sido revisado y aprobado en 2015; en él se establece que el empleo de niños en trabajos prohibidos constituye un delito, y se establecen las penas correspondientes. En el Código se indica un capítulo específico de la Ley de Apoyo al Empleo, relativo a la asistencia a los niños que abandonan los estudios para trabajar.

53.La Lista de trabajos prohibidos para los menores de edad, aprobada mediante la Orden núm. A/36 del Ministro de Trabajo, de fecha 8 de febrero de 2016, incluye la prohibición de la participación de menores como jinetes en las carreras de caballos entre el 11 de noviembre y el 1 de mayo de cada año. Sin embargo, todavía no está reglamentado el trabajo de los niños que trabajan en circos o en actividades de arte tradicional. La Lista también prohíbe el empleo de niños en lugares abiertos por la noche o en los que se sirven bebidas alcohólicas.

54.Según las estadísticas de la Dirección General de Ejecución de las Sentencias Judiciales, en 2016 se condenó a 1 persona por el delito de esclavitud infantil; 65 personas fueron condenadas por explotación sexual, y 9 personas fueron condenadas por explotar a niños en actividades ilegales.

55.Aplicación práctica del Pacto por los tribunales nacionales y actividades de capacitación específica para los fiscales, los jueces y los abogados.

56.No se han registrado problemas en cuanto a la aplicación de las disposiciones del Pacto en el ordenamiento jurídico interno, especialmente por parte de los tribunales nacionales.

57.El Gobierno de Mongolia organizó una serie de cursos de formación sobre temas tales como las normas internacionales de derechos humanos, la violencia doméstica y la tortura, destinados a abogados y funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, en colaboración con el Colegio de Abogados de Mongolia, la Comisión Nacional de Derechos Humanos, el Instituto Jurídico Nacional y otras ONG. La Academia de Policía de la Universidad de Aplicación de la Ley ha puesto en marcha un curso en línea sobre un “Enfoque basado en los derechos humanos” para los funcionarios de los órganos dependientes del Ministerio de Justicia. La Universidad organizó un curso sobre derechos humanos, que es uno de sus cursos obligatorios, con la ayuda de la Comisión Nacional de Derechos Humanos; durante el primer semestre del año académico 2016/17 se dedicaron 128 horas a seminarios y conferencias destinados a más de 200 cadetes.

58.Situación del proyecto de ley destinado a ampliar el mandato de la Comisión Nacional de Derechos Humanos.

59.El proyecto de ley de la Comisión Nacional de Derechos Humanos se está elaborando actualmente, y se prevé su presentación al Parlamento de Mongolia en 2018.

Legislación contra la discriminación

60.De conformidad con el párrafo 1 del artículo 14 del Código Penal, aprobado en 2015, se tipifica como delito todo acto de discriminación por motivos de nacionalidad, ocupación, creencia religiosa, opinión, educación, orientación sexual o enfermedad, que se castiga con pena de hasta un año de prisión.