Naciones Unidas

CERD/C/CYP/CO/23-24/Add.1

Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial

Distr. general

4 de junio de 2018

Español

Original: inglés

Español, francés e inglés únicamente

Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial

96º período de sesiones

6 a 30 de agosto de 2018

Tema 7 del programa provisional

Procedimiento de seguimiento

Observaciones finales sobre los informes periódicos 23º y 24º de Chipre

Adición

Información recibida de Chipre sobre el seguimiento de las observaciones finales *

[Fecha de recepción: 23 de mayo de 2018]

I.Introducción

1.En el presente documento, atendiendo a lo dispuesto en el párrafo 32 de las observaciones finales sobre los informes periódicos 23º y 24º combinados de Chipre (CERD/C/CYP/23-24), aprobadas por el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial los días 11 y 12 de mayo de 2017 (CERD/C/CYP/CO/23-24), la República de Chipre proporciona información sobre el seguimiento de las recomendaciones que figuran en los párrafos 13 y 27 de esas observaciones finales.

2.Al igual que los informes periódicos 23º y 24º combinados de Chipre, el presente documento fue elaborado por la Comisionada Jurídica de la República, quien, con arreglo a una decisión del Consejo de Ministros, se encarga de velar por que Chipre cumpla las obligaciones de presentación de informes que le incumben en virtud de los instrumentos internacionales de derechos humanos. La información utilizada para la elaboración del presente informe fue proporcionada por los ministerios y servicios competentes en los asuntos concretos. También se obtuvo información de la Oficina del Comisionado para la Administración y los Derechos Humanos (en adelante, la “Oficina del Ombudsman”).

3.El presente documento se publicará en el sitio web de la Oficina del Comisionado Jurídico tras su presentación.

II.Información sobre el seguimiento de las recomendaciones que figuran los párrafos 13 y 27

Recomendación núm. 13 “El racismo como circunstancia agravante”

4.El Comité acoge con satisfacción el artículo 8 de la Ley de Lucha contra Determinadas Formas y Manifestaciones de Racismo y Xenofobia mediante el Derecho Penal, que dispone que la motivación racista o xenófoba de un delito constituye una circunstancia agravante. Con todo, le preocupa la falta de información o de datos sobre la aplicación de esa disposición.

5. El Comité recomienda al Estado parte que aplique el artículo 8 de la Ley de Lucha contra Determinadas Formas y Manifestaciones de Racismo y Xenofobia mediante el Derecho Penal y le proporcione información detallada sobre su aplicación, incluidos datos.

Ministerio de Justicia y Orden Público – Policía

6.El artículo 8 de la Ley de Lucha contra Determinadas Formas y Manifestaciones de Racismo y Xenofobia mediante el Derecho Penal (Ley núm. 134(I)/2011) fue derogado el 7 de abril de 2017 por la Ley núm. 30(I)/2017. A la vez, el Código Penal fue modificado mediante la Ley núm. 31(I)/2017, que entró en vigor el 7 de abril de 2017 y por la que se introdujo el artículo 35A, que amplía la aplicación del Código Penal, de manera que un tribunal puede considerar circunstancia agravante (además de las motivaciones racista y xenófoba) la motivación homófoba.

7.Concretamente, en el artículo 35A del Código Penal se establece que el tribunal, al imponer la pena, puede tener en cuenta como factor agravante la motivación de prejuicio contra un grupo de personas o un miembro de un grupo de personas en razón de la raza, el color, el origen nacional o étnico, las creencias religiosas o de otro tipo, la ascendencia, la orientación sexual o la identidad de género.

8.Por consiguiente, las motivaciones racista, xenófoba y homófoba constituyen circunstancias agravantes respecto de todos los delitos.

9.En la parte III del presente documento se ofrecen datos oficiales a este respecto recopilados por la policía.

Recomendación núm. 27 “Programas de formación para agentes del orden, jueces, abogados y otros funcionarios del Estado”

10.El Comité acoge con satisfacción la información proporcionada por el Estado parte respecto de la formación de la policía. El Comité lamenta la falta de información sobre los programas de formación y los talleres sobre los derechos humanos, la prevención de la discriminación racial y los derechos consagrados en la Convención organizados para representantes de órganos estatales, entidades de la administración local, asociaciones, agentes del orden, jueces y abogados (art. 7).

11. El Comité recomienda al Estado parte que siga organizando programas de formación sobre la discriminación racial para agentes del orden, entre otras cosas sobre la prevención del control policial con sesgo racista y los debidos métodos de investigación de los delitos motivados por prejuicios y los casos de discurso de odio. El Comité recomienda además al Estado parte que organice cursos de formación especializados sobre la prevención de la discriminación racial y sobre los derechos consagrados en la Convención para jueces, abogados y otros funcionarios del Estado, así como para representantes de entidades de la administración local y asociaciones. El Comité solicita información detallada sobre esos programas de formación y sus efectos en la situación de las minorías étnicas.

Α.Oficina del Ombudsman

12.La Ombudsman, en el marco de sus competencias, ha llevado a cabo, y sigue llevando a cabo, una serie de acciones destinadas a eliminar la discriminación racial en Chipre, incluida la organización de seminarios de formación para funcionarios y estudiantes. A continuación se ofrecen algunos ejemplos de esas actividades de formación:

La Oficina del Ombudsman imparte regularmente charlas y formación a agentes de policía, en colaboración con la Academia de Policía de Chipre, sobre los temas de la aplicación de la ley en las sociedades multiculturales, la lucha contra la discriminación racial y el respeto y la protección de los derechos humanos en general. Las actividades de formación más recientes se llevaron a cabo los días 12 a 15 de diciembre de 2017 (para alumnos de la Academia de Policía), 22 de febrero de 2018 (para tenientes de policía) y 7 de marzo de 2018 (para agentes de la policía de inmigración);

En la formación del personal del Centro de Internamiento de Migrantes Irregulares participan funcionarios de la Oficina del Ombudsman, en el marco de las competencias de esta como mecanismo nacional de prevención establecido con arreglo al Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. Las actividades de formación tienen por objeto educar y prevenir todas las formas de menoscabo y vulneración de los derechos humanos de los migrantes internados. Las actividades de formación más recientes tuvieron lugar los días 12 a 15 de septiembre de 2017;

La Oficina del Ombudsman organiza seminarios de formación para el personal del Departamento Penitenciario, sobre los temas de “Los derechos humanos y las instituciones penitenciarias” y “La discriminación y los incidentes racistas”. La sesión de formación más reciente tuvo lugar el 22 de diciembre de 2017 y estuvo dirigida a guardias de prisiones recién contratados;

En 2017, la Oficina del Ombudsman colaboró con el Ministerio del Interior, la policía y la Academia de Administración Pública de Chipre en la organización de una serie de seminarios de formación para funcionarios de primera línea (Departamento de Trabajo, Departamento de Relaciones Laborales, policía: agentes de inmigración y dependencias locales, funcionarios de las autoridades locales que ofician bodas civiles, etc.) destinados a mejorar la capacidad de esos funcionarios para detectar indicios de trata y explotación de grupos vulnerables de personas, principalmente mujeres migrantes, y remitir sin demora los casos detectados a los servicios adecuados;

Los seminarios de formación obligatorios impartidos por la Academia de Administración Pública de Chipre a los funcionarios recién contratados cuentan regularmente con la participación de funcionarios de la Oficina del Ombudsman, que exponen el tema de la lucha contra la discriminación;

Con el apoyo del Ministerio de Educación y Cultura, se siguen organizando visitas de funcionarios de la Oficina del Ombudsman a centros públicos y privados de enseñanza primaria y secundaria, durante las que se realizan exposiciones y se imparte formación, a profesores y alumnos, sobre los temas de la diversidad y la discriminación. Las visitas más recientes se llevaron a cabo el 27 de febrero de 2018, a una escuela de enseñanza secundaria (la exposición se realizó ante toda la escuela), y el 19 de marzo de 2018, a una escuela de enseñanza primaria (la formación se impartió en forma de “aprendizaje práctico”, adaptado a la edad de los alumnos);

En 2017, la Oficina del Ombudsman organizó, conjuntamente con el Consejo de la Juventud de Chipre, un foro de estudiantes sobre la diversidad, al que asistieron estudiantes de enseñanza secundaria de todo el país. En el marco del foro, los estudiantes, orientados por instructores cualificados, debatieron y expresaron sus opiniones sobre cuestiones relativas a la diversidad y la integración de los migrantes;

En 2013, la Ombudsman, en cooperación con la policía, redactó una nueva política/circular sobre la forma en que la policía debe prevenir los delitos e incidentes motivados por prejuicios, responder a esos delitos e incidentes y registrarlos. La política/circular fue aprobada por la policía y se está aplicando desde entonces. Además, se ha incluido en el principal plan de estudios que se utiliza para formar a los nuevos miembros de la policía, así como en la formación continua impartida a todos los demás agentes de policía.

B.Ministerio de Educación y Cultura

13.Desde mayo de 2017, el Ministerio de Educación y Cultura siguió ofreciendo conferencias, seminarios y programas de formación para combatir el uso en la esfera pública de estereotipos racistas y de discursos de odio, incluido el racismo contra la comunidad romaní, las minorías étnicas musulmanas y los solicitantes de asilo, por conducto del Instituto Pedagógico. El Instituto proporciona apoyo constante a los docentes y las escuelas, impartiendo actividades de formación y talleres sobre la aplicación de la política de lucha contra el racismo, como la formación anual destinada a los docentes de enseñanza primaria y secundaria, y organizando conferencias sobre cuestiones relativas al racismo, el género y los derechos humanos. Además, el Instituto organiza seminarios de formación en el empleo para docentes, en cada escuela, así como una serie de seminarios a los que los docentes pueden asistir por la tarde, de manera voluntaria. Específicamente, durante el período que se examina, los seminarios en el empleo ofrecidos, tanto en el contexto de la enseñanza primaria como en el de la secundaria, fueron los siguientes y trataron sobre los siguientes temas:

El fomento de la empatía;

La aplicación de la política de lucha contra el racismo en nuestra escuela: dificultades para responder a los incidentes racistas;

Las relaciones humanas y la gestión de las crisis en la comunidad escolar: del conflicto al respeto de la diversidad;

Racismo – la promoción y la enseñanza de la igualdad;

Estereotipos, prejuicios, racismo: hacia una educación basada en los derechos humanos;

La concienciación de los alumnos contra el racismo y la intolerancia;

La integración de los alumnos migrantes en las aulas ordinarias;

La aceptación del “otro”;

El fomento de la empatía de los alumnos en la escuela multicultural moderna.

14.Asimismo, el Ministerio de Educación y Cultura, en colaboración con la Comisionada para los Derechos del Niño y la Oficina del ACNUR en Chipre, está ejecutando el programa titulado Lejos del Hogar y del Miedo, dirigido a los niños procedentes de familias de refugiados y/o migrantes matriculados en la enseñanza secundaria. En el marco del programa, las escuelas participantes colaboran con todas las instituciones organizadoras para elaborar un plan de acción basado en sus necesidades específicas con vistas a promover la integración de los niños y sus familias. En cada escuela, un grupo de padres, docentes y niños de distintas procedencias (nativos, refugiados, migrantes) coordinan el diseño y la ejecución del plan de acción. Esto brinda a los niños y a sus familias la oportunidad de ser escuchados a través de campañas sobre los derechos del niño y facilita su proceso de integración. El programa se puso en marcha en mayo de 2017 y concluirá en junio de 2018, y se cerrará con un acto divulgativo en el que participarán todas las escuelas del programa, el público en general y los docentes, que se celebrará el Día del Niño (1 de junio de 2018).

15.Desde febrero de 2017, el Instituto Pedagógico, en cooperación con el Departamento de Enseñanza Primaria, el centro de investigación CARDET y la empresa asesora INNOVADE, está ejecutando un nuevo proyecto, en varias escuelas primarias seleccionadas, para la enseñanza del griego a menores nacionales de terceros países. El proyecto está cofinanciado por el Fondo de Asilo, Migración e Integración (en un 90%) y la República de Chipre (en un 10%).

16.El Instituto también coordina el proyecto titulado Medidas para Mejorar la Integración Social y Educativa de los Niños Procedentes de Países No Pertenecientes a la Unión Europea, cofinanciado por el Fondo de Asilo, Migración e Integración y la República de Chipre. El objetivo del proyecto es proporcionar apoyo a los docentes sobre cuestiones relacionadas con la enseñanza del griego como segundo idioma y la atención a la diversidad sociocultural en la escuela, y establecer medidas para fomentar la participación de los padres en las escuelas a las que asisten alumnos de terceros países. El proyecto se puso en marcha en enero de 2017 y concluirá en junio de 2018.

17.El Instituto también participó hasta finales de 2017 en el proyecto europeo BODI. El proyecto BODI tenía por objeto: 1) contribuir a la formulación de prácticas y políticas educativas relativas a la educación intercultural, la educación sobre las cuestiones de género y la inclusión de los niños y los padres pertenecientes a minorías culturales; 2) contribuir al desarrollo de las competencias de los docentes mediante nuevos métodos para la formación de docentes y nuevos instrumentos prácticos adaptables, por ejemplo, promoviendo la comprensión de las diferencias culturales que inciden en la educación preescolar, creando herramientas para resolver los posibles conflictos y tensiones, fomentando aptitudes y concibiendo herramientas creativas con los niños para atender a las cuestiones de la diversidad cultural, el género y la salud, proporcionando herramientas para implicar a los padres y lograr que participen en el diálogo sobre cuestiones delicadas; 3) contribuir al desarrollo de la capacidad de las escuelas para atender a la diversidad cultural, a fin de que los niños de distintos orígenes culturales y sus padres no sean excluidos, y preparar a los niños para la participación en una sociedad intercultural, que sea tolerante ante la diversidad de género.

18.Además, el Ministerio de Educación y Cultura siguió coordinando el proyecto iDecide (2016-2018), del programa Erasmus+, en el marco del cual se han creado un conjunto de herramientas innovadoras y un curso de orientación para promover la formulación de políticas basadas en datos —que pueden contribuir a reducir la marginación y las disparidades en los resultados del aprendizaje—, prestando apoyo a los directores y el personal de las escuelas y a los encargados de la formulación de políticas a fin de que emprendan procesos comunes e inclusivos para la adopción de decisiones. Mediante el uso de las herramientas y la recopilación de datos exhaustivos, con el proyecto se aspira a aclarar los aspectos complejos de la manera en que las decisiones del ámbito escolar inciden en los grupos marginados y a formular recomendaciones concretas sobre políticas y prácticas que promuevan los procesos comunes para la adopción de decisiones, en los que se dé voz a todas las partes interesadas. Uno de los resultados más importantes del proyecto será el conjunto de herramientas iDecide, mediante el que, entre otras cosas, se invitará a los directores y el personal de las escuelas a tomar en consideración los siguientes factores al adoptar decisiones:

Las diferencias culturales: En las visitas a lugares de culto se deben tener en cuenta las diversas religiones representadas entre la población escolar y en la comunidad de la zona o el país a fin de garantizar que no se excluyan sistemáticamente los lugares de culto de las minorías religiosas (independientemente de la intención);

La discapacidad y las cuestiones de salud: En la planificación inicial de la excursión o visita escolar deben tenerse en cuenta todas las discapacidades, problemas de salud y requisitos dietéticos de la población escolar y las posibles dificultades a las que puedan enfrentarse los alumnos;

Los obstáculos económicos: En función de la situación socioeconómica de cada alumno, los directores y el personal de las escuelas deben prestar atención al costo;

Los obstáculos geográficos: Deben tenerse en cuenta la ubicación de la comunidad y la distancia que los niños puedan tener que recorrer todos los días entre la escuela y sus hogares;

Los obstáculos sociales: Antes de la adopción de una decisión, deben analizarse las características sociales de la población escolar, como el tipo de familia a la que pertenecen los alumnos, la situación de sus padres en cuanto a la ciudadanía, etc.

19.El Ministerio de Educación y Cultura seguirá organizando cursos de formación especializados, dirigidos a docentes, alumnos y padres, sobre la prevención de la discriminación racial y sobre los derechos consagrados en la Convención.

C.Ministerio de Justicia y Orden Público – Policía

20.La Academia de Policía de Chipre imparte, entre otras cosas, instrucción y formación sobre los derechos humanos, la discriminación racial y otras formas de discriminación y la lucha contra la xenofobia y el racismo en todos los niveles de la capacitación policial, a fin de educar a los agentes de todos los rangos de la policía. Se incluyen sesiones dedicadas a esos temas en el programa de capacitación básica para los agentes de policía recién contratados, en los cursos avanzados como los destinados a los sargentos, a los inspectores y a los inspectores jefes, así como en otros cursos especializados.

21.Concretamente, se ofrecen las siguientes sesiones dedicadas a la prevención de la discriminación y la lucha contra la discriminación:

La lucha contra la xenofobia y el racismo;

La comunicación en una sociedad multicultural;

El ejercicio de las funciones policiales en una sociedad multicultural;

Los derechos humanos;

La prohibición de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes;

La discriminación racial y otras formas de discriminación;

Los derechos humanos y la deontología policial.

22.Entre mayo de 2017 y abril de 2018, la Academia de Policía de Chipre impartió los siguientes programas que incluyen sesiones sobre los derechos humanos, el racismo y la xenofobia:

Jornada formativa de actualización, impartida al menos una vez cada seis meses y dirigida a los agentes de policía que prestan servicio en el Centro de Internamiento de Menoyia. Se ofreció los días 12, 13, 14 y 15 de septiembre de 2017 y 5, 6, 7 y 8 de marzo de 2018;

Programa de formación para la policía de proximidad;

Programa de formación para el servicio de patrullaje a pie;

Programa de deontología policial y gestión de incidentes estresantes;

Programa avanzado de formación para la policía judicial;

Programa básico de formación para la policía judicial;

Programa de formación para sargentos;

Programa de formación para inspectores jefes.

23.También cabe señalar que, el 20 de septiembre de 2017, la Academia de Policía de Chipre organizó una jornada específica dedicada a los derechos humanos, a fin de informar a los participantes sobre cuestiones como:

La aplicación de las disposiciones del Código Deontológico de la Policía;

La investigación de los delitos de motivación racial y los delitos motivados por prejuicios;

El desarrollo de una cultura de respeto de los derechos humanos.

24.La formación de la policía se centra en la armonización de la mentalidad de la policía con el nuevo entorno multicultural de la sociedad chipriota. A este respecto, se hace hincapié en fomentar la adopción y el mantenimiento por la policía de una actitud positiva hacia todas las personas, independientemente de su cultura, sus costumbres, su religión, su orientación sexual y su lugar de origen.

25.En la intranet de la policía se creó una carpeta especial que contiene todas las Órdenes de la Policía y Circulares del Jefe de Policía emitidas desde 2008. La carpeta es una herramienta que resulta útil a los miembros de la policía en el desempeño de sus tareas diarias relativas a cuestiones relacionadas con la lucha contra el racismo y la discriminación (por ejemplo, legislación y procedimientos de detección e investigación de delitos raciales o delitos o incidentes de motivación racial).

26.El Código Deontológico de la Policía se revisó en 2017 a la luz de, entre otras fuentes, el Código Europeo de Ética de la Policía y la Guía de Conducta y Ética para la Función Pública, elaborada con la asistencia de la Ombudsman. El Código Deontológico se enriqueció mediante la adición de nuevas disposiciones sobre la conducta de los agentes de policía en el desempeño de sus funciones. Además, el Código se dividió en artículos a fin de facilitar su uso. Se trata de un marco institucional de acciones, conductas y actitudes que tiene por objeto poner de relieve la integridad profesional y moral del policía como persona responsable y como funcionario. Es un marco de principios y normas que promueven el respeto y la confianza mutuos entre la policía y los ciudadanos. El Código Deontológico se publicó en forma de folleto y se distribuyó a todos los miembros de la policía con fines de concienciación y sensibilización, fortalecimiento de la buena administración y la transparencia, promoción de los derechos humanos de los ciudadanos, refuerzo de la confianza pública en la policía y fomento de una mayor profesionalidad de la policía. Está dividido en ocho partes, dedicadas, entre otras cuestiones, a las obligaciones y deberes generales de la policía, la conducta durante las actuaciones policiales, la conducta durante la investigación y el interrogatorio y la conducta durante la detención y la privación de libertad. El Código se publicó en la intranet y en el sitio web oficial de la policía de Chipre. Por último, también se modificó la Instrucción Permanente núm. 1/73 de la Policía, titulada “Código Deontológico de la Policía”.

III.Estadísticas y otros datos útiles relativos a la recomendación núm. 13, proporcionados por la policía de Chipre

Denunciantes/acusados de incidentes y/o casos de motivación racial (2005-2017)

Año

Denunciantes/víctimas

Acusados/autores

Total

2005

6

1

7

2006

22

14

36

2007

3

4

7

2008

11

16

27

2009

9

14

23

2010

58

46

104

2011

29

45

74

2012

16

32

48

2013

11

16

27

2014

20

14

34

2015

12

22

34

2016

18

26

42

2017

36

42

78

Total

251

292

543

Nacionalidad/origen étnico de los denunciantes de incidentes y/o casos de naturaleza racial y/o motivación racial (2005-2017) (Última actualización: abril de 2017)

Nacionalidad

2005

2006

2007

2008

2009

2010

2011

2012

2013

2014

2015

2016

2017

Total

Egipto

1

1

Côte d ’ Ivoire

1

1

Bulgaria

2

1

3

1

2

9

Alemania

1

1

1

3

Georgia

4

1

1

2

8

Ghana

1

1

Guinea

1

1

República Dominicana

1

1

Grecochipriota

3

1

28

12

5

2

2

4

17

74

Grecia

15

2

1

1

19

Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte

3

4

1

8

Estados Unidos de América

1

1

2

India

3

1

4

Jordania

1

1

Iraq

2

2

Irán

1

1

Irlanda

4

4

Israel

1

2

4

7

Kenya

1

1

China

1

1

Kurdistán

1

2

3

Croacia

1

1

Líbano

1

1

Bangladesh

1

4

1

6

Benin

1

2

3

Nigeria

1

1

2

Pakistán

1

1

2

Estado de Palestina

2

5

7

Rumania

1

1

3

1

2

8

Siria

1

2

1

4

Sudán

1

1

Turcochipriota

1

6

1

4

5

4

4

5

3

10

43

Turquía

1

1

Zimbabwe

1

1

Filipinas

1

1

Sin especificar

1

1

3

7

2

4

18

Total

6

22

3

11

9

58

29

16

11

20

12

18

36

251

Fuente: Oficina de Lucha contra la Discriminación, Departamento de Lucha contra la Delincuencia, Dirección General de la Policía.

Nacionalidad/origen étnico de los acusados de incidentes y/o casos de carácter racial y/o motivación racial (2005-2017)

Nacionalidad

2005

2006

2007

2008

2009

2010

2011

2012

2013

2014

2015

2016

2017

Total

Egipto

1

2

3

Côte d ’ Ivoire

0

Bulgaria

0

Alemania

0

Georgia

1

1

República Dominicana

0

Grecochipriota

1

14

2

15

6

35

43

21

14

13

22

26

33

245

Grecia

0

Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte

1

1

2

Estados Unidos de América

0

India

0

Irlanda

0

Jordania

1

1

2

Israel

0

Kenya

1

1

China

0

Kurdistán

0

Croacia

0

Líbano

0

Bangladesh

0

Benin

0

Nigeria

0

Pakistán

1

1

Pakistán

6

2

8

Rumania

1

1

1

3

Siria

2

0

2

Sudán

0

Turcochipriota

0

Turquía

0

Zimbabwe

0

Sin especificar

1

1

4

8

2

8

24

Total

1

14

4

16

14

46

45

32

16

14

22

26

42

292

Móvil de los incidentes y/o casos de naturaleza racial y/o motivación racial (2005-2017)

Móvil

2005

2006

2007

2008

2009

2010

2011

2012

2013

2014

2015

2016

2017

Total

Idioma

1

1

2

Necesidades especiales

1

1

2

Nacionalidad/origen étnico

2

17

3

6

4

26

12

7

4

1

3

8

15

108

Edad

0

Religión

1

3

1

1

1

1

3

3

14

Comunidad

1

1

3

6

4

10

25

Opinión política

1

16

2

3

2

1

4

29

Orientación sexual

1

3

1

3

1

1

10

Raza

1

1

3

1

1

7

Género

0

Color

1

1

2

5

9

1

2

4

1

3

1

30

Sin especificar

1

1

Total

4

35

4

6

13

40

25

15

9

12

11

19

35

228

Incidentes y/o casos de naturaleza racial y/o motivación racial (2005-2017) (Última actualización: mayo de 2018)

2005

2006

2007

2008

2009

2010

2011

2012

2013

2014

2015

2016

2017

Subtotal (2005-2010)

Total

Incidentes

2

18

3

6

8

34

16

14

8

11

11

17

27

71 a

175

1. Registros

1

1

0

2

1

2

2

5

3

5

0

1

16

7 a

39

2. Investigaciones penales

1

17

3

4

7

32

14

9

5

6

11

16

11

64 a

136

2.1 No verificados, no existieron, archivados por otros motivos, de carácter no policial

0

1

1

3

4

5

7

5

0

3

3

6

2

14 a

40

2.2 Examen en curso

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

3

4

0 a

7

2.3 En suspenso

0

0

0

0

0

0

1

0

0

0

0

0

1

0 a

2

2.4 Presentados a los tribunales

1

16

2

1

3

27

6

4

5

3

8

7

4

50 a

87

2.4.1 Pendientes de resolución judicial

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

4

7

2

0 a

12

2.4.2 Suspensión

Interrupción

Abandono de la acusación

0

0

2

0

2

4

3

1

1

1

2

0

2

8 a

18

2.4.3 Absolución

1 b

0

0

0

0

2 b

0

1

1

0

0

0

0

3 a

5

2.4.4 Condena

0

16

0

1

1 b

21

3

2

3

2

2 b

0

0

39 a

51

Fuente: Oficina de Lucha contra la Discriminación, Departamento de Lucha contra la Delincuencia, Dirección General de la Policía.

a Durante este período ningún caso estaba pendiente de resolución judicial.

b Se formularon acusaciones de racismo.

Incidentes y/o casos de naturaleza racial y/o motivación racial (2005-2017) por tipo de agresión

2005

2006

2007

2008

2009

2010

2011

2012

2013

2014

2015

2016

2017

Subtotal (2005 - 2010)

Total

Incidentes

2

18

3

6

8

34

16

14

8

11

11

17

27

71

175

Clasificación del tipo de agresión

• Contra la persona

2

1

2

2

4

10

15

5

5

1

4

13

5

21

69

• Contra la propiedad

0

17

1

5

4

22

5

3

1

2

5

4

5

49

74

• Agresiones verbales, discurso/actos/ amenazas de odio

2

2

1

0

5

24

4

6

7

8

3

13

22

34

97