Naciones Unidas

CAT/C/MWI/1

Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes

Distr. general

6 de marzo de 2020

Español

Original: inglés

Español, francés e inglés únicamente

Comité contra la Tortura

Informe inicial que Malawi debía presentar en 1997 en virtud del artículo 19 de la Convención con arreglo al procedimiento simplificado de presentación de informes *

[Fecha de recepción: 14 de octubre de 2019]

Introducción

1.El Gobierno de Malawi se complace en presentar las respuestas a la lista de cuestiones previa a la presentación del informe inicial con arreglo al procedimiento facultativo de presentación de informes estipulado en el artículo 19 de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (Convención contra la Tortura). Así pues, el presente informe constituye el informe inicial y combinado de Malawi en virtud del tratado. Abarca el período comprendido entre 1996, cuando Malawi se adhirió a la Convención, y marzo de 2019. La presentación del informe sigue el orden establecido en la lista de cuestiones presentada a Malawi por el Comité.

2.El informe fue preparado por el Equipo Nacional de Tareas sobre la Convención contra la Tortura, el cual está presidido por el Ministerio de Justicia y Asuntos Constitucionales. El Equipo Nacional de Tareas está integrado por Ministerios, Departamentos y Organismos del Gobierno, instituciones de gobernanza y organizaciones de la sociedad civil. La lista completa de los miembros del Equipo figura en el anexo 1. Malawi espera seguir colaborando con el Comité en el curso del examen del presente informe.

3.Remitimos al Comité al documento básico común de Malawi, en el que se hace una descripción de la organización histórica, política, constitucional, jurídica y social del país.

Artículo 1

Respuesta al párrafo 1 de la lista de cuestiones (CAT/C/MWI/QPR/1)

4.El derecho penal de Malawi no contiene una definición específica de la tortura que se ajuste al artículo 1 de la Convención contra la Tortura. El artículo 19, párrafo 3 de la Constitución establece lo siguiente: “nadie podrá ser sometido a torturas, ni a ningún tipo de penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes”. En el artículo 19, párrafo 4 se prohíben los castigos corporales en relación con los procedimientos judiciales o con cualquier otro procedimiento que se inicie ante cualquier órgano estatal. Los derechos estipulados en los párrafos 3 y 4 del artículo 19 no son derogables, como se dispone en el artículo 45, párrafo 2 de la Constitución, que dice lo siguiente: “No se admitirán derogaciones respecto de: b) la prohibición de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes”. El Código Penal (cap. 7:01) de Malawi tipifica como delito todo acto que pueda equivaler a tortura, según la definición del artículo 1 de la Convención contra la Tortura. El capítulo XXII del Código Penal prevé la penalización de los actos que pongan en peligro la vida y la salud de una persona. Tales delitos abarcan los actos realizados con el fin de causar daños graves con arreglo al artículo 235 (pena de prisión perpetua) y al artículo 238 (pena de 14 años de prisión, como máximo), y los comprendidos en el artículo 239, intento de causar lesiones con sustancias explosivas (pena de 14 años de prisión), el artículo 240, administración maliciosa de veneno con intención de causar daños (pena de 14 años de prisión), y el artículo 241, lesiones (pena de 7 años de prisión). Otros artículos del Código Penal que también tipifican como delito los actos que podrían equivaler a tortura de conformidad con el artículo 1 de la Convención son el artículo 254, que trata de las agresiones que ocasionan daños corporales (pena de 5 años de prisión), y el artículo 263, que trata del secuestro o el rapto para someter a una persona a daños graves, al pago de un rescate, a la esclavitud, etc. (pena de 10 años de prisión). Estos delitos son imprescriptibles. El enjuiciamiento de los delitos solo está sujeto a las disposiciones generales del procedimiento penal establecido en el Código de Procedimiento Penal y Probatorio. En las últimas modificaciones introducidas en el Código Penal no se consideró la posibilidad de incluir la definición de tortura. Esta cuestión será examinada, pues, por el Ministerio de Justicia y Asuntos Constitucionales en colaboración con la Comisión Jurídica.

5.Malawi aplica un sistema de dos vertientes para incorporar los instrumentos internacionales en el ordenamiento jurídico interno, lo que supone procesos separados de ratificación e incorporación de los instrumentos internacionales en el derecho interno. La Convención contra la Tortura no puede invocarse directamente ante los tribunales nacionales. En el artículo 211, párrafo 1 de la Constitución de la República de Malawi se estipula que todo “acuerdo internacional al que se haya adherido después de la entrada en vigor de la Constitución formará parte de la legislación de la República si así lo dispone una ley del Parlamento”. No obstante, los tribunales están facultados, en virtud del artículo 11, párrafo 3 de la Constitución de la República de Malawi, a recurrir a las normas vigentes de derecho internacional público y a la jurisprudencia extranjera comparable.

6.El Tribunal Superior de Malawi recurrió a la Convención contra la Tortura en el caso Gable Masangano c. el Fiscal General y otros,caso constitucional núm. 15 de 2007. En ese caso, una persona condenada que cumplía una pena de 12 años de prisión inició un juicio contra el Gobierno de Malawi alegando que las condiciones de detención violaban el artículo 42, párrafo 1 b) de la Constitución —que establece que toda persona detenida, incluidos los reclusos condenados, tendrá derecho a ser recluida en condiciones compatibles con la dignidad humana, lo que incluirá, como mínimo, el suministro de material de lectura y escritura, una nutrición adecuada y tratamiento médico a cargo del Estado—, y también el Reglamento Penitenciario, que establece las normas mínimas de detención. El demandante alegó que la prisión no proporcionaba recursos suficientes, en relación, entre otros, con el régimen y los productos alimentarios, la ropa y los accesorios, y el equipamiento y el espacio físico de las celdas. En el análisis del tribunal se recurrió a la Convención contra la Tortura, y el tribunal declaró lo siguiente:

“.... De hecho, la lucha de la comunidad internacional contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes condujo a que, en diciembre de 1975, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobara una resolución que contenía la Declaración sobre la Protección de Todas las Personas contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. La Declaración precedió la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, en la que la tortura se define como sigue:

…. todo acto por el cual se inflija intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o una confesión, de castigarla por un acto que haya cometido, o se sospeche que ha cometido, o de intimidar o coaccionar a esa persona o a otras, o por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación, cuando dichos dolores o sufrimientos sean infligidos por un funcionario público u otra persona en el ejercicio de funciones públicas, a instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia.”

7.El tribunal impuso al Estado la obligación de mejorar las condiciones de detención, de conformidad con la Constitución de la República de Malawi y las normas internacionales, en un plazo de 18 meses a partir de la fecha en que se dictó la sentencia (que prescribió en mayo de 2011).

Artículo 2

Respuesta a los párrafos 2, 3, 4, 5 y 6 de la lista de cuestiones

8.Todos los detenidos gozan de garantías jurídicas en virtud de la Constitución de Malawi. En el artículo 42 se dispone, entre otros derechos, el de tener acceso a un abogado, a solicitar un reconocimiento por un médico independiente de su elección y a que se practique dicho reconocimiento, a ser informados de sus derechos y de los cargos que se les imputan, a informar de su detención a un familiar o a cualquier otra persona de su elección, y a ser llevados sin demora ante un juez en un plazo de 48 horas o apenas cumplido tal plazo, o bien a ser liberados bajo fianza. Por consiguiente, la Constitución de Malawi establece claramente la protección de las personas detenidas; sin embargo, existen muchos problemas que se interponen al disfrute de esos derechos. Se ha solicitado numerosas veces a los tribunales que protejan el disfrute de los derechos consagrados en el artículo 42. Por ejemplo, en el caso referido al artículo 42, párrafo 2 e) de la Constitución de la República de Malawi La República c. Leveleve (195 de 2000) [2000] MWHC 20 (9 de agosto de 2000) se pidió al tribunal que interpretara el artículo 42, párrafo 2 b), que establece que tan pronto como sea razonablemente posible, pero a más tardar 48 horas después de la detención, o si el plazo de 48 horas expira fuera del horario de trabajo de los tribunales o en un día no laborable para el tribunal, el primer día laborable después de que expire dicho plazo, los detenidos deberán comparecer ante un tribunal independiente e imparcial, que deberá acusarlos o informarles de los motivos de su detención y, en caso de que esto no suceda, los detenidos deberán ser puestos en libertad. En el caso mencionado no se hizo comparecer al demandante ante un tribunal durante un período de diez meses. El tribunal decidió que el Estado había violado su derecho a comparecer ante un tribunal dentro del plazo de 48 horas. Una vez transcurrido dicho plazo se está infringiendo de forma continua tal derecho. Por consiguiente, se concedió al demandante la libertad bajo fianza. El artículo 146, párrafo 2 (cap. 9:02) de la Ley de Establecimientos Penitenciarios de Malawi establece la exención de cualquier restricción que imponga el funcionario a cargo a la comunicación entre el prisionero y el abogado y/o las visitas del representante legal al prisionero. El artículo 151 permite la visita del abogado a su cliente o al cliente de la otra parte. Por otra parte, en el artículo 155 se prohíbe expresamente la inhabilitación de las visitas de los abogados.

9.Para abordar el problema de las detenciones preventivas prolongadas, el Servicio Penitenciario ha capacitado a su propio personal parajurídico para que brinde asistencia jurídica internamente a los reclusos recién admitidos, lo que facilitaría la celebración de juicios rápidos. Esos funcionarios son también el vínculo entre los reclusos que necesitan apoyo jurídico y la Oficina de Asistencia Jurídica. Hacen además un seguimiento con las autoridades de la fiscalía y con los tribunales a fin de garantizar que los detenidos en prisión preventiva comparezcan rápidamente ante el tribunal competente. Hasta la fecha se ha impartido capacitación a 17 funcionarios del Servicio Penitenciario de Malawi en estudios parajurídicos, y estos funcionarios han sido destinados a diferentes centros penitenciarios y están trabajando en las oficinas de recepción (admisión) como parte del equipo de evaluación y clasificación de los delincuentes. No se dispone fácilmente de datos sobre el número de abogados que han visitado las prisiones porque, conforme a la práctica establecida, en los libros de visita de las prisiones no se pide indicar la profesión sino simplemente la ubicación física y los datos de contacto.

10.Por su parte, el Servicio de Policía de Malawi lleva registros de las detenciones. Hay un registro que se mantiene actualizado con los pormenores pertinentes de todos los sospechosos bajo custodia policial en un momento dado. El Servicio de Policía de Malawi también lleva un registro con los antecedentes de todos los reclusos.

11.Las personas más desfavorecidas tienen acceso a asistencia letrada. La Ley de Asistencia Letrada (cap. 4:01) de Malawi prevé la concesión de asistencia jurídica en materia civil y penal a las personas con recursos insuficientes para contratar a abogados privados y a otras categorías de personas cuando los intereses de la justicia así lo exigen. La Ley también establece la Oficina de Asistencia Jurídica, que tiene sedes en las regiones meridional, central, septentrional y oriental del país. En mayo de 2018, la Oficina contaba con 13 abogados y 19 asistentes jurídicos. Sin embargo, tal número se considera insuficiente, por lo que se están tomando medidas para aumentar su capacidad.

12.La Comisión de Derechos Humanos es una institución nacional de derechos humanos establecida en virtud del artículo 129 de la Constitución de la República de Malawi. La Comisión tiene facultades de investigación y en materia de formulación de las recomendaciones que sean razonablemente necesarias para la promoción efectiva de los derechos conferidos por la Constitución o por cualquier otra ley escrita. La Comisión está compuesta por comisionados nombrados cuando corresponde por el Presidente por recomendación del Comisionado Jurídico y el Defensor del Pueblo. La Comisión también se rige por la Ley de la Comisión de Derechos Humanos (cap. 3:08) de Malawi, en la que se detallan su composición y mandato. La Comisión es, en virtud de la Constitución y de su Ley de Habilitación, un órgano independiente que se espera que lleve a cabo sus tareas de forma independiente e imparcial. Además, la contratación de personal para realizar las tareas incumbentes a la Comisión se hace de manera independiente. Las actividades de la Comisión están financiadas por el Gobierno. Está clasificada como una institución nacional de promoción y protección de los derechos humanos de categoría “A”, de conformidad con los Principios de París. En su informe anual 2017‑2018, la Comisión informó de que había tramitado un total de 262 denuncias en 2015, lo que representa una disminución del 26,8 % con respecto a las 358 denuncias de 2014. En 2016, la Comisión tramitó 324 denuncias.

13.En 2016 se modificó la Ley de la Comisión de Derechos Humanos a fin de aplicar las recomendaciones de diversos órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos. De conformidad con la modificación del artículo 26, ni el Comisionado Jurídico ni el Defensor del Pueblo tienen derecho de voto en los procedimientos de la Comisión.

14.En los últimos años, la Comisión ha realizado investigaciones sobre la situación de las personas con albinismo, el acceso a la justicia por parte de las víctimas de la violencia de género, los castigos corporales en las escuelas públicas, y la labor preparatoria de una investigación sobre la comunidad de lesbianas, gais, bisexuales, transgénero e intersexuales (LGBTI). Si bien la Comisión elabora sistemáticamente informes anuales, el Parlamento no ha examinado ninguno de sus informes.

Medidas legislativas, judiciales y de otra índole adoptadas para eliminarla violencia contra la mujer, servicios de apoyo a las víctimas, ydatos estadísticos

15.Malawi ha adoptado diversas medidas con el fin de eliminar todas las formas de violencia contra la mujer. En cuanto a las medidas legislativas, la Ley de Prevención de la Violencia Doméstica (cap. 7:05) de Malawi, el Código Penal, la Ley de Matrimonio, Divorcio y Relaciones Familiares (cap. 25:01) de Malawi, la Ley de Igualdad de Género (cap. 25:06) de Malawi, y la Ley de Prevención y Gestión del VIH/sida contienen disposiciones que penalizan distintas formas de violencia contra la mujer. En la Ley de Prevención de la Violencia Doméstica se establece la prevención de la violencia doméstica y la protección de las personas afectadas, entre otras cosas, dictando órdenes de protección. Además de la Ley de Prevención de la Violencia Doméstica, varias disposiciones del Código Penal, como las relativas a daños graves, agresiones y lesiones citadas anteriormente, la violación y tentativa de violación (arts. 132 y 133), respectivamente, también tipifican como delito distintas formas de violencia que se pueden infligir a las mujeres. El Código Penal no penaliza la violación conyugal. La Comisión Jurídica Especial, durante la última revisión del Código Penal, recomendó que no se penalizara la violación conyugal. No obstante, la Ley de Matrimonio, Divorcio y Relaciones Familiares, en su artículo 62, estipula que el marido comete el delito de violación si tiene relaciones sexuales con la esposa sin su consentimiento durante la separación judicial.

16.La Ley sobre Igualdad de Género también prohíbe las prácticas culturales nocivas en virtud del artículo 5. En tal artículo se tipifican como delito tales prácticas y, en caso de que el autor sea declarado culpable, deberá cumplir una pena de un máximo de cinco años de prisión y abonar una multa de 1 millón de kwachas de Malawi (K1.000.000,00). La Ley también tipifica como delito el acoso sexual y, en caso de en caso de que el autor sea declarado culpable, deberá cumplir una pena de un máximo de cinco años de prisión y abonar una multa de 1 millón de kwachas de Malawi (K1.000.000,00).

17.En el artículo 4 de la Ley de Prevención y Gestión del VIH/sida también se prohíben las prácticas culturales nocivas. Tales prácticas conllevan una multa de 5.000.000 kwachas y una pena de prisión de un máximo de cinco años.

18.La Ley de Prevención y Gestión del VIH/sida prohíbe, además, como práctica cultural nociva aquella que pueda poner a una persona en peligro de contraer una infección por el VIH o que pueda catalizar el proceso de infección por VIH a sida. En la primera lista, la Ley enumera las siguientes prácticas nocivas prohibidas: chimwanamaye , fisi , hlazi , chijuramphinga , kuchotsafumbi , chiharo , kuikamwanakumalo , kujuranthowa , kulowaokupitakufa , kulowao kupitangozi , kupimbira , kuponderaguwa , kusamalamlendo , kutsukamwana , mbirigha , gwamula , mwanaakuley bulangete la mfumu .

19.En el caso de Eric Aniva de 2016, un hombre seropositivo fue acusado de tener relaciones sexuales sin protección con viudas en el marco de una práctica cultural nociva llamada “purificación de viudas”. Se le acusó de incurrir en una práctica cultural nociva y de intento de cometer el delito tipificado por dicha práctica, en contravención de lo dispuesto en el artículo 5, párrafos 1 y 2, de la Ley de Igualdad de Género de 2013. Fue declarado culpable y condenado a 24 meses de prisión con trabajos forzados.

20.Además de las medidas legislativas y normativas adoptadas, el Gobierno también está haciendo campañas de concienciación a fin de que las comunidades modifiquen la actitud social respecto de las prácticas tradicionales nocivas. A este respecto, el Gobierno ha elaborado directrices para normalizar la aplicabilidad de los reglamentos en los consejos de distrito. Tales reglamentos han permitido disminuir algunas prácticas tradicionales nocivas y matrimonios precoces. Se reconoce asimismo la necesidad de que haya programas que empoderen a los tutores, tanto hombres como mujeres, a fin de erradicar los estereotipos de género y las prácticas tradicionales nocivas a nivel local. Además, muchos dirigentes tradicionales están trabajando de consuno con el Gobierno para impugnar los sistemas comunitarios que promueven prácticas tradicionales nocivas y están haciendo cumplir los reglamentos dentro de sus comunidades. En muchos reglamentos se aborda el tema del matrimonio infantil imponiendo multas a las familias que realizan tal práctica, así como penalizando a los jefes que no hacen cumplir los reglamentos en sus comunidades.

21.Existe asimismo voluntad política para combatir las prácticas tradicionales nocivas. El 25 de julio de 2014, el Profesor Arthur Peter Mutharika, Presidente del Estado, pasó a ser el primer Jefe de Estado de la Comunidad de África Meridional para el Desarrollo (SADC) en firmar un compromiso para poner fin a los matrimonios infantiles, práctica que afecta actualmente a un elevado número de niñas menores de 18 años. Además, el 26 de febrero de 2015, el Presidente guió a sus colegas de Malawi para que firmasen un compromiso con la campaña HeForShe, y se declaró defensor de tal campaña. El Ministerio de Género, Infancia, Discapacidad y Bienestar Social, en colaboración con una emisora de radio privada llamada “Zodiak” y con el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA), está llevando a cabo una campaña en los medios de comunicación para poner fin a los matrimonios infantiles. Tal campaña tiene por objeto sensibilizar al público sobre los peligros que plantean las prácticas tradicionales nocivas. En el ámbito escolar, la iniciativa “Mother Groups” ha sido una herramienta que contribuyó a reducir el número de matrimonios infantiles y a promover el regreso a la escuela de los jóvenes novios.

Denuncias, investigaciones, enjuiciamientos, condenas y sentenciasen casos de trata de personas y otras medidas adoptadas

22.En el plano normativo se aprobó el Plan de Acción Nacional para Combatir la Violencia de Género en Malawi (2014-2020). El Plan de Acción constituye un marco para la adopción de medidas por parte del Gobierno con el fin de reducir la prevalencia de la violencia contra la mujer, y prevenirla.

23.Las víctimas de la violencia de género reciben apoyo. Existen centros de atención integral destinados a ayudar a las víctimas, en los que se ofrece asesoramiento y se atiende a necesidades médicas y psicosociales. Hay unos 18 centros de atención integral en los principales hospitales de todo Malawi. Además, el Servicio de Policía de Malawi cuenta con unidades policiales de apoyo a las víctimas que dependen de la Subdivisión de Servicios de Policía de Proximidad. Estas unidades proporcionan a las víctimas seguridad y protección de emergencia, así como atención y apoyo primarios antes de derivarlas a un hospital o a la autoridad pertinente. Existen asimismo unidades comunitarias de apoyo a las víctimas en zonas rurales y aisladas. Las víctimas o los amigos y familiares de las víctimas de la violencia de género también pueden utilizar la línea telefónica gratuita (116) para denunciar casos. Esta línea gratuita está a cargo del Ministerio de Género, Infancia, Discapacidad y Bienestar Social, junto con la organización no gubernamental (ONG), Youth Net and Counselling. Además, dicho Ministerio está presente en todos los distritos de Malawi a través de funcionarios de bienestar social destinados para atender casos de violencia de género, que no se limitan a remitirlos a otras autoridades pertinentes sino que también prestan cierto apoyo psicosocial. A nivel comunitario, “Mother Groups” y los comités de protección de los niños en las escuelas también desempeñan un papel fundamental en la prestación de asistencia psicosocial a las víctimas de la violencia de género.

24.El Servicio de Policía de Malawi se ocupa de la violencia de género a través de sus unidades de apoyo a las víctimas. En el cuadro a continuación figura el número de casos denunciados desde 2005.

Cuadro 1

Violencia de género: 2005 a 2018

Año

Física

Emocional

Sexual

Económica

Total

2005

6 411

42

478

394

7 325

2006

8 284

52

519

525

9 380

2007

6 112

62

282

403

6 859

2008

6 451

50

336

358

7 195

2009

8 880

91

299

310

9 580

2010

28 891

308

1 333

888

31 420

2011

23 716

233

1 447

966

26 362

2012

17 258

10 450

990

790

29 488

2013

20 400

900

841

400

22 541

2014

11 639

869

1 400

1 248

15 156

2015

11 000

823

1 438

1 245

14 506

2016

9 971

990

1 960

1 890

14 811

2017

8 975

7 957

944

1 488

19 364

2018

0

0

0

0

0

Total

167 988

22 827

12 267

10 905

213 987

25.La Ley sobre la Trata de Personas de 2015 es el principal texto legislativo que se ocupa de las cuestiones relativas a ese tema. Esta Ley prevé la prevención y la eliminación de la trata de personas. En su marco se establece el Comité Nacional de Coordinación. Este Comité supervisa la aplicación efectiva de las disposiciones de la Ley. En agosto de 2017, Malawi puso en marcha el Plan de Acción Nacional contra la Trata de Personas (2017‑2022). El Plan de Acción establece medidas concretas y específicas con plazos determinados. Fija el objetivo de reducir los casos de trata de personas en un 50 % para 2022.

26.La Ley de Atención, Protección y Justicia de Menores (cap. 26:03) de Malawi, en el artículo 79, también tipifica como delito la trata de personas, pero específicamente en relación con los niños.

27.En 2017, la Policía de Malawi registró casos en los distritos de Mulanje, Mwanza, Phalombe, Mchinji, Nkhotakota, Mangochi y Chitipa. Todos estos distritos se sitúan en la frontera con varios países vecinos. En los cuadros que figuran a continuación se ofrece más información sobre los casos de trata.

Casos de trata de personas, por distrito, 2013-2017

Fuente: Servicio de Policía de Malawi.

Malawianos víctimas de la trata fuera de Malawi, 2013-2017

Fuente: Servicio de Policía de Malawi.

Tendencias observadas en relación con la trata de personas entre 2013 y 2017

Fuente: Servicio de Policía de Malawi.

28.En el año 2013 se procesó y condenó en total a 15 sospechosos, lo que representa una tasa de condenas del 47 %, mientras que en el año 2014 la tasa de procesamientos fue del 51 %, es decir un aumento del 4 %. En el año 2015 se rescató a un total de 142 víctimas, se detuvo a 68 sospechosos y se condenó a 58 de ellos, lo que representa una tasa de condenas del 85 %. Hubo un aumento en la tasa de procesamientos en el año 2016 de un 2 %. En el año 2017 se rescató a un total de 121 víctimas, se detuvo a 42 sospechosos y se condenó a 26 de ellos, lo que representa una tasa de condenas del 62 %, es decir, un aumento del 2 % durante el mismo período de 2016.

Trata de personas según la edad

Fuente: Servicio de Policía de Malawi.

29.Los dirigentes tradicionales, el público en general y las estructuras de la policía de proximidad también desempeñan un papel fundamental en la identificación de los autores de casos de trata y el rescate de las víctimas. Phalombe y Mchinji son dos de los distritos en donde se han fortalecido las estructuras de policía de proximidad que ayudan a frenar la trata de personas.

30.También se han establecido mecanismos de cooperación e intercambio de información con los países vecinos. Existe un foro anual de la SADC que reúne a los países para compartir información sobre la trata de personas. El Servicio de Policía de Malawi también utiliza mecanismos tales como la Organización de Cooperación Regional de los Jefes de Policía de África Meridional y la Organización Internacional de Policía Criminal-INTERPOL. La INTERPOL ha desempeñado una función muy importante en el rescate de víctimas y la detención de los autores de los delitos fuera de las fronteras de Malawi. Además, a fin de responder al creciente número de casos de trata de mujeres malawianas en Kuwait, el Gobierno de Malawi y el Gobierno de Kuwait han concertado un acuerdo bilateral sobre el fortalecimiento de las salvaguardias establecidas para garantizar que los visados de trabajo que se concedan a un malawiano para trabajar en Kuwait cumplan efectivamente ese propósito y no otro.

31.A fin de dar mayor efecto a la Ley sobre la Trata de Personas se creó una Sección de Protección de la Infancia en la Subdivisión de Servicios de Policía de Proximidad del Servicio de Policía de Malawi, con el objetivo de contribuir a lograr un entorno de protección para los residentes de Malawi.

Artículo 3

Respuesta a los párrafos 7, 8 y 9 de la lista de cuestiones

32.El artículo 10 (cap. 15:04) de la Ley de Refugiados de Malawi confirma el principio de no devolución. Además, el Gobierno de Malawi, a través del Departamento de Refugiados del Ministerio del Interior, garantiza que los solicitantes de asilo puedan acceder a los procedimientos para la determinación de la condición de refugiado desde el punto de entrada. Las personas que solicitan asilo en las fronteras son evaluadas y luego autorizadas por un funcionario de inmigración antes de ser trasladadas al centro de tránsito donde presentan sus solicitudes de asilo. El Departamento realiza talleres de capacitación trimestrales para los funcionarios de fronteras y se hace hincapié en el principio de no devolución.

33.En 2017, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), conjuntamente con el Gobierno, organizó talleres de capacitación en los distritos fronterizos de Mwanza, Karonga y Chitipa, en los que se capacitó a 106 funcionarios: 43 eran funcionarios de inmigración y 31 oficiales de policía. Los otros 32 funcionarios procedían de los consejos de distrito, las oficinas de bienestar social de distrito, las oficinas de salud de distrito y el Departamento de Refugiados.

34.El Departamento también lleva a cabo inspecciones de las fronteras para garantizar que no se niegue la entrada a ninguna persona que lo necesite y que se protejan los derechos humanos de los solicitantes de asilo. No ha habido ningún caso de devolución de solicitantes de asilo o refugiados en Malawi.

35.Desde 1998, Malawi ha recibido 36.852 solicitudes de asilo: en 12.240 casos se reconoció la condición de refugiado; se rechazaron 1.080 solicitudes, y 7.466 están siendo examinadas por el Comité de Refugiados. Hay aún 20.014 entrevistas pendientes. Todas las decisiones se comunican a los solicitantes por escrito. Si un solicitante de asilo no está satisfecho con la decisión adoptada por el Comité, puede interponer un recurso ante el Ministro en un plazo de 14 días a partir del momento en que reciba la decisión. A fin de reducir el número de solicitudes de asilo aún en tramitación, el Departamento ha empleado un procedimiento acelerado para tratar los casos del Congo y Burundi, teniendo en cuenta la situación humanitaria reinante en ambos países. El Departamento también ha contratado a un nuevo funcionario para que examine los casos pendientes. Los cuadros a continuación presentan información sobre los refugiados y los solicitantes de asilo.

Cuadro 2

Nacionalidad

Población en mayo de 2018

Condición adquirida

Recién llegados (fotografía)

Salidas

Bebés recién nacidos

Fallecimientos

Grupo etario

Total

De 0 a 4 años

De 5 a 11 años

De 12 a 17 años

De 18 a 59 años

De más de 60 años

Familias

Personas

Familias

Personas

Familias

Personas

Familias

Personas

Familias

Personas

Familias

Personas

H

M

H

M

H

M

H

M

H

M

Somalí

41

104

14

39

0

0

0

0

0

0

0

0

11

17

8

2

5

6

27

25

1

2

104

Congoleña

5 289

21 435

1 661

4 814

28

90

0

0

0

15

0

4

2 770

2 668

2 221

2 126

1 672

1 362

4 947

3 542

32

95

21 435

Burundesa

2 326

8 322

327

680

8

22

0

0

0

3

0

0

1 002

991

831

786

584

507

2 120

1 411

33

57

8 322

Rwandesa

1 784

6 445

344

586

5

9

0

0

0

3

0

0

583

603

622

625

449

517

1 580

1 350

60

56

6 445

Ugandesa

4

8

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

1

1

0

1

0

4

1

0

0

8

Sudanesa

4

7

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

1

1

0

0

0

3

2

0

0

7

Etíope

36

42

5

5

0

0

0

0

0

0

0

0

3

3

0

0

0

0

33

3

0

0

42

Eritrea

2

2

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

2

0

0

0

2

Bel

1

4

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

1

0

1

0

0

2

0

0

0

4

Keniana

2

2

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

2

0

0

0

2

Zimbabuense

3

8

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

1

0

0

0

0

2

5

0

0

8

Zambiana

2

6

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

1

1

0

1

3

0

0

6

De Côte d ’ Ivoire

1

3

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

1

0

0

0

0

0

1

1

0

0

3

Brasileña

1

2

1

2

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

1

0

0

1

0

0

0

2

Tanzana

1

1

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

1

0

0

1

Angoleña

0

0

1

1

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Total

9 497

36 391

2 353

6 127

41

121

0

0

0

21

0

4

4 370

4 286

3 684

3 542

2 712

2 392

8 725

6 344

126

210

36 391

Fuente : Dependencia de Determinación de la Condición de Refugiado.

Cuadro 3

Número de solicitantes de asilo hasta mayo de 2018

Nacionalidad

Población en mayo de 2018

Nuevas llegadas en el mes

Recién llegados (fotografía)

Bebés recién nacidos (fotografía)

Bebés recién nacidos en el mes

Fallecimientos

Grupo etario

Total

De 0 a 4 años

De 5 a 11 años

De 12 a 17 años

De 18 a 59 años

De más de 60 años

Familias

Personas

Familias

Personas

H

M

Personas

Personas

H

M

H

M

H

M

H

M

H

M

Somalí

1

1

0

0

0

0

0

2

0

0

0

0

0

0

0

0

1

0

0

0

1

Congoleña

1 521

3 388

139

283

28

90

6

9

73

1

304

378

240

180

220

182

1 200

667

8

9

3 388

Burundesa

547

837

75

101

8

22

0

3

22

0

48

46

44

38

49

33

435

143

1

0

837

Rwandesa

180

200

13

34

5

9

2

1

12

0

32

7

9

5

12

11

51

67

6

0

200

Etíope

0

1

0

0

0

0

0

0

1

0

1

0

0

0

0

0

0

0

0

0

1

Ugandesa

1

1

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

1

0

0

0

1

Zimbabuense

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Keniana

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Total

2 250

4 428

227

418

41

121

8

15

108

1

385

431

293

223

281

226

1 688

877

15

9

4 428

36.En lo que respecta a la repatriación de los refugiados, se trata de un proceso permanente ya sea espontáneo (cuando la devolución de los solicitantes no es facilitada por las autoridades competentes) o voluntario (cuando la devolución de los solicitantes se formaliza). A raíz de la concertación de acuerdos tripartitos se ha procedido a la repatriación voluntaria, por ejemplo, de nacionales de Rwanda. La repatriación voluntaria de 3.371 nacionales mozambiqueños del campamento de refugiados de Luwani, que expresaron el deseo de regresar a sus hogares en marzo de 2017 sigue a la espera de un acuerdo entre los Gobiernos de Malawi y Mozambique y el ACNUR.

37.Las medidas que Malawi ha establecido para garantizar que nadie sea expulsado o extraditado a un país en el que corra el riesgo de ser sometido a tortura o malos tratos se enmarcan en la ley relativa a la extradición. La extradición de una persona a un país que haya concertado un acuerdo de extradición con Malawi se rige por la Ley de Extradición (cap. 8:03) de Malawi. Malawi también ha concertado acuerdos de extradición bilaterales con algunos Estados.

38.Durante el proceso de extradición, la persona que va a ser extraditada tiene derecho a impugnar la solicitud interponiendo un recurso ante el Tribunal Superior e incluso ante el Tribunal Supremo de Apelación. La supervisión judicial tiene por objeto garantizar que las personas que vayan a ser extraditadas sean tratadas de manera justa y que su extradición se base en fundamentos jurídicos adecuados. En virtud del artículo 7, párrafos 1 y 3 de la Ley de Extradición, el Ministro responsable presenta una solicitud a un Tribunal de Primera Instancia para la extradición de una persona en particular y dicta una autorización para proceder con respecto a la persona que va a ser extraditada. La persona que va a ser extraditada puede impugnar la solicitud presentando un recurso ante el Tribunal Superior. Cabe citar al respecto el caso de extradición de Vincent Murekezi, un ciudadano de Rwanda.

39.Malawi es un Estado parte en el Protocolo de Extradición de la SADC. En virtud del artículo 4 f) del Protocolo, Malawi tiene la obligación de denegar la extradición de una persona a un Estado parte en el que esa persona ha sido o sería sometida a torturas o tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.

Artículos 5 a 9

Respuesta a los párrafos 10, 11 y 12 de la lista de cuestiones

40.Como se ha mencionado anteriormente, el derecho penal de Malawi no contiene una definición específica de la tortura que se ajuste al artículo 1 de la Convención. Malawi tipifica como delito ciertos actos que podrían equivaler a tortura, de conformidad con el artículo 1. Tales delitos se han señalado anteriormente. En los artículos 5 y 6 del Código Penal se establece que las personas que conciban un acto o que participen en un acto que, de haber tenido lugar íntegramente en la jurisdicción del tribunal constituiría un delito contra el Código Penal, pero que tiene lugar tanto dentro como fuera de la jurisdicción, podrán ser procesadas y sancionadas con arreglo a lo dispuesto en el Código Penal de la misma manera que si tal acto hubiera tenido lugar enteramente dentro de la jurisdicción en cuestión, y que todo ciudadano malawiano funcionario de la administración pública que cometa, en cualquier otro país, actuando o pretendiendo actuar en el desempeño de las tareas que incumben a su cargo, un delito que, de haberse cometido en Malawi, sería punible en ese país, será culpable de un delito de la misma naturaleza y estará sujeto a la misma pena que si el delito se hubiera cometido en Malawi. Malawi reconoce la prohibición de la tortura como una norma imperativa de derecho internacional.

41.En 2002 Malawi firmó el Protocolo de Extradición de la SADC. Debe aún ratificarlo e incorporarlo en su ordenamiento interno. A raíz de ello, Malawi ha concertado o está en vías de concertar varios acuerdos bilaterales de extradición. En 2004, Malawi inició negociaciones con la República de Zambia para concertar un tratado de extradición, que sigue negociándose. En 2017, Malawi concertó un acuerdo de extradición con la República de Rwanda. Conforme a tal acuerdo, darán lugar a extradición los delitos que, con arreglo a la legislación de ambas partes, se castiguen con pena de encarcelamiento o con otra pena privativa de libertad de un año como mínimo. Malawi también ha iniciado negociaciones para concertar acuerdos de extradición con la República de la India y la República de Egipto.

Artículo 10

Respuesta a los párrafos 13 y 14 de la lista de cuestiones

42.El Servicio de Policía de Malawi ha establecido escuelas de formación para agentes de policía y reclutas. Su plan de estudios incluye un curso de derechos humanos que también abarca las disposiciones de la Convención. La Comisión de Derechos Humanos de Malawi ha elaborado un manual que se utiliza en varias escuelas de formación de la policía.

43.Lo mismo se aplica a los funcionarios de prisiones recién contratados que se forman en escuelas establecidas por el Servicio Penitenciario de Malawi. El Departamento ha revisado su programa de capacitación y ahora incorpora instrumentos de derechos humanos tanto nacionales como internacionales. Entre los libros utilizados, el Departamento ha elaborado un manual para instructores de derechos humanos y un manual de derechos humanos para instructores y alumnos, que incluso se distribuyen a los alumnos como material de trabajo cuando se gradúan de la Escuela de Formación. Además, el Departamento también distribuyó por lo menos tres copias del Código Penal, el Código de Procedimiento Civil y Probatorio y la Ley de Igualdad de Género en cada centro penitenciario para su uso por parte de los funcionarios encargados durante las conferencias que dicten al personal, para subrayar que la tortura está tipificada como delito en las normas del Estado parte. El Departamento supervisa la eficacia de los programas de capacitación y educación en la reducción de los casos de tortura y malos tratos mediante informes de situación diarios, semanales y mensuales que se presentan a la oficina del Comisionado Jefe quien, a su vez, solicita al centro penitenciario en cuestión que adopte las medidas del caso.

44.La Sección de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Asuntos Constitucionales, en colaboración con las prisiones de Malawi y otros interesados clave, está elaborando un conjunto de instrumentos dirigidos a la aplicación tanto de las Directrices de Robben Island como de las Directrices de Luanda. Varias organizaciones de la sociedad civil, como Centre for Human Rights Education, Advice and Assistance, también capacitan a la policía y a los funcionarios de prisiones en materia de derechos humanos, incluido en lo referente a las disposiciones de la Convención. El Foro Africano para la Supervisión Civil de la Policía también ha celebrado sesiones de capacitación con agentes de policía en relación con las Directrices sobre las Condiciones de Detención, la Custodia Policial y la Prisión Preventiva en África (Directrices de Luanda).

Artículo 11

Respuesta a los párrafos 15, 16, 17, 18, 19 y 20 de la lista de cuestiones

45.La Comisión Jurídica ha concluido el examen de la Ley de Establecimientos Penitenciarios. Se ha publicado un informe con conclusiones detalladas y un proyecto de ley de establecimientos penitenciarios. El proyecto de ley requiere la aprobación del Gabinete antes de su presentación al Parlamento.

46.La Comisión Jurídica también ha propuesto un texto legislativo de directrices sobre la imposición de penas. En el cuadro que figura a continuación se muestra la población carcelaria de Malawi en septiembre de 2018.

Cuadro 4

Población carcelaria y capacidad según diseño

Centro penitenciario

Personas sentenciadas, por sexo

Personas en prisión preventiva, por sexo

Total

Capacidad según diseño inicial

Nuevas celdas

Cupo excedentario

H

M

H

M

Chitipa

182

2

25

1

210

60

0

Karonga

55

0

0

0

55

20

0

35

Rumphi

135

1

31

0

177

80

0

97

Mzuzu

695

0

122

0

817

90

Mzimba

269

3

125

3

500

400

0

100

Nkhatabay

183

0

33

1

217

80

0

137

Nkhotakota

290

0

70

0

368

120

0

248

Kasungu

334

2

93

4

407

240

0

167

Ntchisi

286

0

41

0

327

60

2 (30)

207

Lilongwe

2 056

39

582

26

2 708

480

4 (200)

1 428

Dedza

182

7

108

8

305

120

2 (40)

105

Ntcheu

144

0

58

0

202

80

2 (40)

42

Mangochi

150

0

69

0

219

90

0

129

Domasi

304

0

30

0

334

240

0

94

Mpyupyu

243

0

0

0

243

200

0

43

Mikuyu 1

337

0

0

0

337

240

0

97

Zomba Central

1 887

0

184

0

2 071

756

0

1 315

Blantyre

1 295

20

480

22

1 819

570

0

1 249

Mwanza

178

0

23

0

201

160

2 (30)

-19

Luwani

57

0

0

0

57

60

0

-3

Thyolo

88

0

70

0

158

90

0

68

Makande

244

0

0

0

244

120

0

124

Mulanje

324

9

23

2

425

240

0

185

Chikhwawa

424

4

60

2

510

240

0

270

Bangula

16

0

0

0

16

12

0

4

Nsanje

116

1

24

3

144

120

0

24

YORC de Bzyanzi

117

0

0

0

117

30

2 (30)

8 727

YORC de Kachere

140

0

27

0

167

54

0

113

YORC de Mikuyu

198

0

18

0

216

210

0

6

YORC de Bvumbwe

221

0

9

0

230

90

2

60

Total

11 150

88

2 305

72

13 801

16 celdas que alojan a un número adicional de 560 reclusos

Fuente : Servicio Penitenciario de Malawi.

YORC : Centro de Rehabilitación de Jóvenes Delincuentes .

47.En septiembre de 2018 había en todas las cárceles 13 niños con sus madres, 97 extranjeros en prisión preventiva y 37 extranjeros condenados.

48.El Gobierno de Malawi ha empleado varias medidas para reducir el hacinamiento en las cárceles. Entre las medidas legislativas adoptadas figura el requisito previsto en el artículo 42, párrafo 2 b) de la Constitución de que toda persona que no haya comparecido ante un juez en un plazo de 48 horas o tan pronto como sea posible cumplido ese plazo deberá ser puesta en libertad bajo fianza. En la parte IVA del Código de Procedimiento Penal y Probatorio se establecen los plazos de la prisión preventiva para garantizar que las personas no permanezcan en prisión preventiva durante largos períodos. Además de los requisitos legales, se han adoptado otras medidas, como los tribunales móviles en todo Malawi para resolver los casos de los detenidos en prisión preventiva durante largos períodos y volver a dictar sentencias no privativas de libertad en el caso de otros detenidos. Además, el Tribunal Superior ha establecido una división penal para facilitar la rápida tramitación de los asuntos penales. Por otra parte, en la formación de los magistrados se les alienta a dictar sentencias no privativas de libertad, como servicios comunitarios o condenas condicionales. El Servicio Penitenciario de Malawi también está construyendo nuevas celdas en Lilongwe y Mzuzu para reducir el hacinamiento en las prisiones de Maula y de Mzuzu. El Servicio Penitenciario de Malawi está trabajando además en la construcción de establecimientos de transición para alojar a los detenidos con penas de prisión más cortas. En ejercicio de las facultades conferidas al Ministro del Interior para promulgar reglamentos en virtud del artículo 121 de la Ley de Establecimientos Penitenciarios, se han elaborado reglamentos de libertad condicional, que aún deben ser examinados y publicados en el boletín oficial antes de su entrada en vigor. El Reglamento de Libertad Condicional también tiene por objeto reducir el hacinamiento en las cárceles permitiendo la libertad condicional de los presos en determinadas circunstancias.

49.Con el fin de fomentar las medidas sustitutivas de la prisión preventiva, el Gobierno de Malawi, junto con las organizaciones de la sociedad civil y los jefes, está fomentando las vías de acceso a la justicia como justicia primaria. Además, se está alentando la mediación de las aldeas a fin de utilizar las estructuras de las comunidades. En el ejercicio económico 2017‑2018, el Departamento llevó a cabo las siguientes actividades encaminadas a reducir el hacinamiento en las cárceles.

Cuadro 5 A

Medidas adoptadas para hacer frente al hacinamiento en las cárceles

Actividad

Número de reclusos liberados

Revisión de los expedientes de los reclusos para su excarcelación

333

Facilitación de las audiencias itinerantes

142

Vigilancia e inspección de los establecimientos penitenciarios por la Inspección de Prisiones

760

Apoyo de la labor de confirmación de los tribunales

47

Liberación de las personas y derivación a Chance for Change con una orden de asistencia a dicho Centro

24

Total

1 306

Cuadro 5 B

Indultos presidenciales

2012

Pascua

República

Navidad

Indulto ordinario

0

377

279

Prisioneros con enfermedades crónicas y terminales

0

0

0

2013

Indulto ordinario

0

396

288

2014

Indulto ordinario

280

403

216

2015

Indulto ordinario

268

230

Prisioneros con enfermedades crónicas y terminales

10

2016

Indulto ordinario

209

224

282

Prisioneros con enfermedades crónicas y terminales

19

2017

Indulto ordinario

234

297

279

Prisioneros con enfermedades crónicas y terminales

14

09

Reclusas

56

Ancianos

16

2018

Indulto ordinario

234

172

279

Prisioneros con enfermedades crónicas y terminales

03

Total

737

2 240

1 584

Fuente : Servicio Penitenciario de Malawi.

50.Con el fin de mejorar las condiciones de detención, el Departamento ha construido dos bloques de celdas en la prisión de Maula, en el centro de Malawi, con capacidad para 800 personas. Estos nuevos bloques celulares cumplen con los derechos humanos en todos los aspectos.

51.En el artículo 42 de la Constitución se dispone que toda persona privada de libertad, incluyendo a los reclusos con condena, tendrá derecho a estar detenida en condiciones compatibles con la dignidad humana, lo que abarca, como mínimo, el tratamiento médico por cuenta del Estado. En el párrafo 1 d) de dicho artículo se indica que toda persona privada de libertad, incluyendo a los reclusos con condena, tendrá derecho a que se le proporcionen los medios y la oportunidad de comunicarse con un médico de su elección y de recibir su visita. En el artículo 25 de la Ley de Establecimientos Penitenciarios se establece la posibilidad de que el Ministro nombre a un médico habilitado como oficial médico de una prisión. Se indica, además, que el Ministro podrá nombrar a un funcionario médico del Gobierno que resida en el lugar donde exista una prisión. En la práctica, un recluso que necesite los servicios de un médico privado o que tenga un médico de cabecera puede utilizar los servicios de ese profesional.

52.Para tratar el virus de la inmunodeficiencia humana (VIH) y la tuberculosis, el Departamento utiliza un modelo de detección en tres etapas. Cada recluso se somete a una prueba de tuberculosis y del VIH: 1) cuando ingresa a la prisión; 2) mientras está en prisión cumpliendo su pena de reclusión, 3) cuando sale de la prisión. Durante el período de encarcelamiento, el Departamento realiza pruebas masivas de tuberculosis al menos cada seis meses tanto en los reclusos como en el personal penitenciario. Las personas que den positivo a la prueba de tuberculosis reciben inmediatamente el tratamiento indicado.

53.Por lo que respecta al VIH/sida, el Departamento ha adquirido equipos Gene Expert que se han instalado en tres prisiones regionales a las que se deriva a los reclusos de las prisiones de distrito que presenten enfermedades graves. A las personas que reciben terapia antirretroviral se les da alimentos fortificados suplementarios para aumentar su inmunidad. El Departamento ha empezado a aplicar un programa de enseñanza mutua en virtud del cual los reclusos y el personal penitenciario enseñan a sus compañeros las mejores prácticas de prevención y mitigación del VIH y la tuberculosis.

54.También se ha asociado con varias organizaciones locales e internacionales, a saber, Elizabeth Glaser Paediatric AIDS Foundation, DIGNITAS International, Light House Trust, United Kingdom Voluntary Services Organisation, Sexual Reproductive Health and Rights in Southern Africa Trust - Malawi Office, Médicins sans Frontières, Human Resources for Health 2030, Umunthu Foundation, Challenge TB, y Christian Health Association in Malawi, que prestan apoyo al Departamento en materia de prevención y tratamiento del VIH y la tuberculosis. El apoyo consta de actividades de fomento de la capacidad, colaboración de los trabajadores de la salud y suministro de material y equipo. En el cuadro que figura a continuación se indica el número de médicos que trabajan en las cárceles.

Cuadro 6

Médicos que trabajan en las prisiones

Médicos

Número

Médicos

1

Auxiliares clínicos

10

Auxiliares médicos

4

Enfermeros

12

Oficiales de salud ambiental/pública

3

Técnicos farmacéuticos

1

Auxiliares de laboratorio

1

Fuente : Servicio Penitenciario de Malawi.

Cuadro7

Fallecimientos de prisioneros entre enero de 2014 y septiembrede 2018. El cuadro siguiente muestra el número de personasfallecidas en prisión entre 2014 y 2018

Centro penitenciario

Número de personas fallecidas

Blantyre

48

Chitipa

3

Chikhwawa

6

Dedza

1

Karonga

3

Kasungu

11

Kachere

5

Mangochi

6

Lilongwe

98

Mzimba

21

Mzuzu

36

Mwanza

4

Mulanje

19

Nkhatabay

2

Nkhotakota

19

Ntcheu

26

Rumphi

3

Thyolo

12

Zomba Central

91

Fuente : Servicio Penitenciario de Malawi.

55.Cuando un prisionero muere en el hospital, un oficial médico prepara un informe en el que se certifica la muerte y su causa. Pero cuando una persona muere en prisión, la ley exige que un médico forense (funcionario judicial) lleve a cabo una investigación. Sin embargo, esto no siempre sucede.

56.En relación con las medidas adoptadas para abordar las disposiciones de atención de la salud en las cárceles, incluidos los reclusos con VIH/sida o tuberculosis, el Servicio Penitenciario de Malawi cuenta en cada prisión con personal sanitario, dirigido por un médico general, que presta asistencia sanitaria inmediata a los reclusos. Además, se ha capacitado a tres funcionarios de prisiones específicamente en salud mental. Si la enfermedad no puede ser atendida por el personal médico de la prisión, el recluso enfermo se traslada a un hospital en el distrito de la ciudad donde se encuentre la prisión. Además, el Servicio Penitenciario de Malawi también prevé que los médicos visiten en la prisión a los reclusos enfermos que, debido a su estado de salud, no puedan ser trasladados inmediatamente al hospital. Con respecto a los reclusos con VIH/sida, se les proporciona la medicación adecuada y se les somete a una dieta especial. A los presos que sufren de tuberculosis también se les proporciona la medicación adecuada, una dieta especial y se les aloja en un lugar separado del resto de los presos. En todas las prisiones se realizan exámenes masivos de rutina para detectar la tuberculosis y el VIH/sida.

57.Para los menores de edad existen reformatorios. En el artículo 42, párrafo 2 g) de la Constitución de Malawi se dispone que los menores de 18 años se recluirán separados de los adultos; en el artículo 97 de la Ley de Atención, Protección y Justicia de Menores se dispone también que ningún niño, mientras esté detenido en un centro vigilado o en un reformatorio o durante el traslado hacia o desde un tribunal, o durante la espera antes o después de comparecer ante un tribunal, podrá relacionarse con un adulto (que no sea un pariente) al que se impute un delito distinto del que se imputa al niño conjuntamente con el adulto. Hay tres centros de detención administrados con este fin, a saber, los reformatorios de Byanzi, Kachere y Bvumbwe. Hay otros dos reformatorios administrados por el Ministerio de Género, Infancia, Discapacidad y Bienestar Social, a saber, los reformatorios de Chilwa y Mpemba. Todos los centros apuntan a la rehabilitación y la reintegración de los niños en la sociedad. Ningún reformatorio está cercado, lo que garantiza que los niños mantengan una interacción con los miembros de su comunidad. Además, aunque los reformatorios ofrecen instalaciones educativas, para garantizar la reintegración sin contratiempos de los niños en la sociedad se permite que, a partir del séptimo grado, los niños aprendan en las escuelas públicas junto con otros niños. Además, se alienta a los niños a que participen en actividades deportivas en su comunidad para que desarrollen un compromiso social positivo.

58.La práctica de detener a menores en las prisiones de Kachere y Bvumbwe irá disminuyendo y, a la larga, cesará, a raíz de una reciente sentencia del Tribunal Superior (La República c. los niños detenidos en las cárceles de Bvumbwe y Kachere, causa de revisión penal núm. 21 de 2017, dictada el 5 de junio de 2018), en la que se ordena la puesta en libertad de todos los niños que estaban a la espera de juicio. La sentencia ordenó que se enviara a todos los niños que hubieran sido declarados culpables de un delito a los reformatorios de Chilwa y Mpemba.

59.Las personas con trastornos mentales y discapacidad psicosocial son trasladadas a un hospital psiquiátrico. El Gobierno, en colaboración con el Centre for Human Rights Education, Advice and Assistance, está llevando a cabo un proyecto piloto que tiene por objeto prestar servicios psicosociales a los reclusos, tales como sistemas de primera detección y examen de problemas mentales, con el fin de retirar a los reclusos con trastornos mentales del sistema de justicia penal y litigar para su liberación o, cuando sea posible, facilitar su traslado a un hospital psiquiátrico. El proyecto también está dirigido a capacitar a los magistrados, la policía y los funcionarios de prisiones en cuestiones de salud mental a fin de manejar mejor a los reclusos con problemas de salud mental. Ofrece asimismo asesoramiento a los presos con la finalidad de convertirlos en ciudadanos valiosos antes de reintegrarse a la sociedad. El proyecto piloto está dirigido a las prisiones de Bvumbwe, Zomba y Chichiri.

60.La reclusión en régimen de aislamiento se utiliza con los reclusos que han sido declarados culpables de haber cometido un delito en prisión, según se definen estos delitos en el artículo 89 de la Ley de Establecimientos Penitenciarios. En tales casos se aplica el régimen de aislamiento por períodos que no exceden de 15 días. Hoy en día, la reclusión en régimen de aislamiento solo se aplica a los prisioneros violentos como consecuencia de un trastorno mental, antes de que ser llevados a una institución de salud mental para su tratamiento.

61.El Gobierno de Malawi está trabajando para superar la escasez de alimentos y para mejorar las condiciones sanitarias en las cárceles. Por lo que respecta a la escasez de alimentos, las prisiones han creado granjas para complementar los alimentos que se distribuyen normalmente.

62.Con respecto a la separación de los detenidos, en el artículo 64 de la Ley de Establecimientos Penitenciarios se dispone la separación de los reclusos por sexo y su confinamiento en partes distintas de la prisión. En el mismo artículo se establece además otra clasificación de los detenidos: prisioneros condenados, prisioneros jóvenes, prisioneros adultos, prisioneros sin antecedentes penales, prisioneros con condenas anteriores y prisioneros que se sospeche o se haya comprobado que sufren trastornos mentales. Sin embargo, debido a las dificultades de espacio con que se enfrentan las prisiones, en algunos casos no se separa a los detenidos en prisión preventiva, los condenados, los delincuentes sin antecedentes y los presos con condenas anteriores. Se separa, en cambio, a quienes se sospeche o se haya comprobado que sufren trastornos mentales de los demás prisioneros a fin de proporcionarles los cuidados que requiera su condición.

63.No se prevé por el momento aumentar la edad mínima de responsabilidad penal. En el informe de la Comisión Jurídica de 2000 sobre la revisión del Código Penal se recomendó aumentar la edad de responsabilidad penal de 7 a 10 años. La modificación se aprobó en 2011.

Artículos 12 y 13

Respuesta a los párrafos 21 y 22 de la lista de cuestiones

64.Ha habido denuncias de tortura de prisioneros. En 2014 hubo dos denuncias de tortura, una en la prisión de Rumphi y otra en la de Thyolo. El caso de Rumphi se remitió a la policía para su enjuiciamiento penal, mientras que en el caso de Thyolo se llevó a cabo una investigación disciplinaria que condujo a un descenso de categoría debido a la pérdida de sueldo. En 2017, en la prisión de Kasungu, un recluso murió a causa de los golpes propinados por un funcionario de prisiones por haberse apartado del grupo de trabajo. El funcionario sospechoso está ahora en prisión preventiva a la espera de ser procesado.

65.En cuanto al mecanismo de tramitación de las denuncias relativas a las alegaciones de tortura por parte de los funcionarios de prisiones, la práctica establecida consiste en nombrar a un recluso a cargo en cada celda. Una de las tareas de este recluso es recibir las denuncias y preocupaciones de sus compañeros de celda y transmitirlas a los funcionarios de bienestar social quienes, a su vez, las transmiten al funcionario encargado de la prisión. El oficial a cargo, a través de la Oficina de Disciplina del Centro Penitenciario, iniciará una investigación formal sobre las denuncias de tortura. En caso de que las denuncias tengan fundamento, el asunto se remite a la oficina pertinente para que se tomen las debidas medidas.

66.Sin embargo, el principal reto al que se enfrenta el Servicio Penitenciario de Malawi en la lucha contra la tortura es la falta de voluntad de los reclusos que presentan denuncias para testificar en los correspondientes casos iniciados. El Departamento, en colaboración con otros interesados en la justicia penal, está elaborando un mecanismo de tramitación de denuncias con el que se pretendería hacer frente a los obstáculos que impiden a los reclusos presentar denuncias de actos de tortura perpetrados por funcionarios de prisiones. A tales efectos, ha creado un equipo de tareas al que encomendó la elaboración de tal mecanismo de tramitación de denuncias. Actualmente, el equipo de tareas está llevando a cabo una reunión consultiva sobre las prisiones a nivel nacional, lo que supone encuentros con los prisioneros y con el personal penitenciario. En el período que se examina no se ha registrado ningún caso de violencia entre reclusos.

67.Por su parte, el Servicio de Policía de Malawi dispone de las siguientes estadísticas sobre los casos de tortura, uso excesivo de la fuerza y aplicación de las recomendaciones de la Comisión de Investigación del 20 de julio:

a)Se enjuició y condenó a un funcionario por asesinato;

b)Sigue en curso el proceso relativo a tres funcionarios;

c)En un caso de asesinato a tiros de un camionero que transportaba carbón, un funcionario fue procesado y condenado por homicidio y sus dos colegas fueron absueltos por el Tribunal Superior;

d)Actualmente no hay estadísticas de personas que hayan muerto en detención policial.

68.La Ley de Policía de 2010 (cap. 13:01) de Malawi prevé el establecimiento de la Comisión Independiente de Denuncias contra la Policía. El mandato de tal Comisión incluye la investigación de toda conducta indebida de agentes de policía o de delitos presuntamente cometidos por estos; la investigación de fallecimientos o lesiones en detención policial o como resultado de la acción de agentes de policía, y la investigación de denuncias contra los agentes de policía o contra el Servicio de Policía. No obstante, esta Comisión aún no ha entrado en funciones. Se prevé que un órgano de esa índole tenga mayor efecto por ser un sistema jurídico de tramitación de casos relativos a la policía estructurado e independiente. En la actualidad, el Servicio de Policía de Malawi cuenta con una Dependencia de Normas Profesionales que se ocupa de investigar casos graves de conductas policiales indebidas, en cuyo marco los agentes pueden ser procesados u objeto de medidas disciplinarias, incluida la destitución. La Ley de Policía, en sus artículos 124 a 126, también prevé un plan de visitantes legos. El objetivo del plan es permitir a los miembros de la comunidad evaluar las condiciones de detención en las comisarías de policía e informar sobre tales condiciones. Esto también se complementa con el mandato constitucional de la Comisión de Derechos Humanos de Malawi de investigar las violaciones de los derechos humanos por parte de la policía.

Artículo 15

Respuesta al párrafo 24 de la lista de cuestiones

69.El artículo 42, párrafo 2 c) de la Constitución de Malawi estipula que toda persona detenida por la presunta comisión de un delito, o bien acusada de haber cometido un delito, tendrá derecho, además de los derechos que le corresponden como persona detenida, a no ser obligada a hacer una confesión o admisión de culpabilidad que pueda utilizarse como prueba en su contra. Sin embargo, el artículo 176 del Código de Procedimiento Penal y Probatorio no prohíbe expresamente el uso de pruebas de confesión obtenidas mediante tortura o tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. Se esperaría que las pruebas así obtenidas violaran en general los derechos más amplios a un juicio justo. Así es como los tribunales lo han interpretado en la práctica. En la decisión del Tribunal Superior La República c. Chinthiti, causa penal núm. 17 de 1997, el Tribunal llegó a la conclusión de que el artículo 176 del Código de Procedimiento Penal y Probatorio violaba el derecho a no declarar en contra de uno mismo establecido en el artículo 42, párrafo 2 c) de la Constitución. El Tribunal nunca tomó en consideración la relación entre la admisión de pruebas de confesión involuntaria y la prohibición absoluta de la tortura y los tratos crueles, inhumanos y degradantes. Sin embargo, en la decisión del Tribunal Supremo de Apelación de Malawi Thomson Fulaye Bokhobokho y otros c. la República, recurso penal núm. 10 de 2000, el Tribunal estableció que el artículo 176 dispone las normas legislativas relativas a la admisión de confesiones, lo que implica que las pruebas de confesión son admisibles independientemente de las alegaciones de tortura y, una vez admitidas, si el juez está convencido más allá de toda duda razonable de que la confesión es materialmente verdadera.

Artículo 16

Respuesta al párrafo 25 de la lista de cuestiones

70.Los tratos o penas crueles, inhumanos y degradantes no están definidos en la legislación de Malawi. Sin embargo, como se ha explicado anteriormente, los tratos o penas crueles, inhumanos y degradantes están prohibidos en la Constitución. El Código Penal también tipifica como delito los actos que puedan constituir tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.

Respuesta al párrafo 26 de la lista de cuestiones

71.Los defensores de los derechos humanos ejercen libremente sus derechos en Malawi. Pueden expresarse libremente y no son objeto de detenciones arbitrarias. Además, los defensores de los derechos humanos que trabajan en el marco de organizaciones de la sociedad civil están protegidos por la ley. La Ley de Organizaciones No Gubernamentales (cap. 5:05) estableció la Junta de ONG que asesora al Gobierno sobre cuestiones relativas a estas organizaciones. Además, en virtud de tal Ley se estableció un órgano de coordinación de las ONG denominado Consejo de Organizaciones No Gubernamentales de Malawi.

Respuesta al párrafo 27 de la lista de cuestiones

72.A fin de combatir los ataques de que son objeto las personas con albinismo, el Gobierno de Malawi, en colaboración con diversos interesados, ha venido aplicando las siguientes medidas especiales:

Establecimiento de un Comité Técnico Nacional multisectorial para combatir el abuso de que son objeto las personas con albinismo en Malawi, que ha estado debatiendo con todas las partes interesadas iniciativas y estrategias para poner fin a las crecientes y graves violaciones de los derechos humanos de las personas con albinismo.

Adopción del 13 de junio como Día Internacional de Sensibilización sobre el Albinismo y realización de programas de concienciación multimedia para educar y sensibilizar al público en general sobre las cuestiones relativas al albinismo en el país.

Capacitación de fiscales y magistrados de la policía de todo el país en materia de enjuiciamiento en casos de ataques contra personas con albinismo.

Revisión del Código Penal y de la Ley de Anatomía para incluir en ellos disposiciones sobre nuevos delitos y endurecer las penas.

Directriz de práctica propuesta por el Presidente del Tribunal Supremo en el sentido de que todos los casos relacionados con el albinismo sean manejados únicamente por magistrados profesionales.

Elaboración de un manual para fiscales, magistrados y jueces que sirva de guía para el enjuiciamiento de los casos de albinismo.

Fortalecimiento de la protección de la comunidad y de los sistemas transfronterizos mediante la cooperación entre países y regiones.

Inclusión de alumnos con albinismo en escuelas de internado con protección policial.

Detección de las personas con albinismo en todo el país a fin de determinar el tamaño de la población albina y su lugar de residencia con miras a disponer de medidas de seguridad adecuadas.

Puesta en marcha de un Plan de Acción Nacional (2018‑2022) para poner fin a los ataques contra las personas con albinismo.

Respuesta al párrafo 28 de la lista de cuestiones

73.La justicia callejera es otro fenómeno inquietante. Las estadísticas del Servicio de Policía de Malawi muestran que, entre 2015 y 2017, se informó de 57 muertes debidas a actos de justicia callejera. El Ministerio de Justicia y Asuntos Constitucionales, el Servicio de Policía de Malawi y la Comisión de Derechos Humanos de Malawi están considerando la posibilidad de realizar una investigación sobre las causas y el alcance de esta cuestión, y los posibles remedios.

Respuesta al párrafo 29 de la lista de cuestiones

74.La Constitución de la República de Malawi prohíbe los castigos corporales en relación con los procedimientos judiciales o con cualquier otro procedimiento que se inicie ante cualquier órgano estatal. No existe una legislación que prohíba explícitamente los castigos corporales. Por lo que respecta al ámbito educativo, en la Ley de Educación (cap. 30:01) de Malawi se estipula que el plan de estudios nacional promueve el respeto de los derechos humanos. Además, las Directrices sobre la Enseñanza Primaria Gratuita han prohibido los castigos corporales y disponen que los alumnos que infrinjan las normas escolares sean informados de su infracción y sean escuchados. El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología trata el problema de la violencia escolar contra las niñas y los niños mediante varias medidas que forman parte de la aplicación de la Ley de Educación. Ha impartido capacitación a los maestros consejeros; establecido un Código de Conducta Docente que se pone en conocimiento de maestros y alumnos; puesto a disposición un reglamento y normas escolares en todas las escuelas, que se difunde tanto entre los padres como entre los alumnos, y establecido vínculos estrechos con las unidades comunitarias de apoyo a las víctimas, así como con los centros de salud. Los comités de protección de la infancia y “Mother Groups”a nivel escolar son otras estructuras fundamentales para que los alumnos denuncien casos de abuso o violencia.

Respuesta al párrafo 30 de la lista de cuestiones

75.Los actos homosexuales están prohibidos en Malawi. La mayoría de los presuntos casos de violencia contra las personas por su orientación sexual o expresión o identidad de género no se denuncian ni a la policía ni a la Comisión de Derechos Humanos. Sin embargo, organizaciones de la sociedad civil como Centre for the Development of People están procurando, junto con los agentes de policía, provocar un cambio de actitud y eliminar los prejuicios que supone la persecución de personas por su orientación sexual o expresión o identidad de género.

76.El Ministerio de Justicia y Asuntos Constitucionales ha solicitado a la Comisión de Derechos Humanos que lleve a cabo una investigación sobre cuestiones relacionadas con la comunidad de lesbianas, gais, bisexuales, transgénero e intersexuales (LGBTI).

Conclusión

77.Malawi reitera su compromiso de aplicar plenamente la Convención contra la Tortura. Esto ha quedado debidamente demostrado en el informe. Cabe señalar que existen aún lagunas, principalmente en el marco legislativo y administrativo institucional para la prevención de la tortura. Malawi seguirá revisando progresivamente sus leyes y políticas y emprendiendo reformas normativas para garantizar un marco sólido contra la tortura. Con tal fin, Malawi solicita asistencia técnica al Comité y a otros organismos de las Naciones Unidas. Malawi espera seguir colaborando con el Comité durante el examen del presente informe.

Anexos

Anexo I

Lista de miembros del Equipo Nacional de Tareas

1.Ministerio de Justicia y Asuntos Constitucionales (Presidente)

2.Ministerio de Género, Infancia y Bienestar Social

3.Ministerio del Interior

4.Ministerio de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional

5.Ministerio de Salud y Población

6.Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología

7.Ministerio de Trabajo y Formación Profesional

8.Servicio de Policía de Malawi

9.Servicio Penitenciario de Malawi

10.Comisión de Derechos Humanos de Malawi

11.Comisión Jurídica

12.Defensoría del Pueblo

13.Departamento de Inmigración

14.Oficina Nacional de Estadística

15.Oficina del Registro Civil

16.Poder Judicial de Malawi

17.Oficina de Asistencia Jurídica

18.Universidad de Malawi, Facultad de Derecho del Chancellor College

19.Servicio de Asesoramiento Parajurídico

20.Centre for Human Rights Education Advice and Assistance

21.Youth and Society

22.Saccode Trust

23.Article III

Anexo II

Extractos del Código Penal

235.Actos destinados a causar un daño grave o a impedir la detención

Será declarada culpable de un delito y podrá ser condenada a cadena perpetua toda persona que, con la intención de mutilar, desfigurar o incapacitar a otra persona o de infligirle un daño grave, o de resistir o impedir la detención o privación de la libertad conforme a derecho de una persona:

Lesione o cause un daño grave a una persona por cualquier medio; o

Intente de cualquier modo golpear a una persona con cualquier tipo de proyectil o con una lanza, una espada, un cuchillo o cualquier otra arma peligrosa u ofensiva; o

Haga explotar cualquier sustancia explosiva; o

Envíe o entregue cualquier sustancia explosiva u otro artículo peligroso o nocivo a cualquier persona; o

Induzca a una persona a tomar o recibir dicha sustancia o dicho artículo; o

Ponga un líquido corrosivo o cualquier sustancia destructiva o explosiva en cualquier lugar; o

Arroje dicho líquido o sustancia sobre una persona, o aplique de otro modo dicho líquido o sustancia sobre el cuerpo de una persona.

238.Daños intencionales graves

Toda persona que, en contravención de la ley, cause daños graves a otra, será culpable de un delito y podrá ser castigada con una pena de prisión de 14 años.

239.Intento de lesionar con sustancias explosivas

Toda persona que, en contravención de la ley, y con la intención de causar daño a otra, coloque una sustancia explosiva en cualquier lugar, será culpable de un delito y podrá ser condenada a una pena de prisión de 14 años.

240.Administración maliciosa de veneno con intención de causar daños

Toda persona que, en contravención de la ley, y con la intención de herir o molestar a otra, induzca a que se le administre un veneno o sustancia nociva a otra persona o a que esta los tome, poniendo así en peligro su vida, o le cause algún daño grave, será culpable de un delito y podrá ser condenada a una pena de prisión de 14 años.

241.Lesiones y actos similares

Toda persona que, en contravención de la ley:

Lesione a otra; o

Con intención de herir o molestar a otra persona, induzca a que se le administre un veneno o sustancia nociva o a que esta los tome, poniendo así en peligro su vida, o le cause algún daño grave, será culpable de un delito y podrá ser condenada a una pena de prisión de siete años.

254.Agresiones que causan lesiones corporales

Toda persona que agreda y cause lesiones corporales a otra será culpable de un delito y podrá ser castigada con una pena de prisión de cinco años, con o sin castigo corporal.

263.Secuestro o rapto para someter a una persona a un dañograve, esclavitud, etc.

Toda persona que secuestre o rapte a otra para someterla o disponer de ella de manera que corra el riesgo de ser sometida a un daño grave, a la esclavitud o a la lujuria antinatural de una persona, o a sabiendas de que es probable que esa persona sea sometida o dispuesta de esa manera, será culpable de un delito y podrá ser condenada a una pena de prisión de diez años.