RESPUESTAS DEL GOBIERNO DEL REINO DE SWAZILANDIA A LA LISTA DE CUESTIONES (CRC/C/ SWZ /Q/1) RECIBIDAS POR EL COMITÉ DE LOS DERECHOS DEL NIÑO ACERCA DEL EXAMEN DEL INFORME INICIAL DEL REINO DE SWAZILANDIA (CRC/C/ SWZ /1) *

[Recibidas el 17 de agosto de 2006]

ÍNDICE

Página

SIGLAS Y ABREVIATURAS 4

INTRODUCCIÓN 5

Parte I

A. INFORMACIÓN Y DATOS ESTADÍSTICOS 5

1. Número y porcentaje de niños (de 0 a 19 años) que viven en Swazilandia 5

2. Partidas y tendencias del presupuesto nacional para los servicios sociales (en Emalangeni ) 5

3. Número de niños privados de un entorno familiar y separados de sus padres 6

4. Número de niños con discapacidades 7

5. Estadísticas sobre salud 7

6. Denuncias de maltrato de menores 7

7. Estadísticas sobre enseñanza y alfabetización 8

8. Estadísticas de drogodependencia infantil 12

9. Niños infectados y afectados por el VIH y el SIDA 12

10. Estadísticas sobre delincuencia en menores de 18 años 12

11. Medidas especiales de protección 13

B. MEDIDAS GENERALES DE APLICACIÓN 13

1. Armonización de la legislación nacional con las disposiciones y principios de la Convención 13

2. Litigios en los que se invoque la Convención 14

3. Coordinación de la aplicación de la Convención 14

4. Aprobación y alcance del plan nacional de acción 15

5. Actividades de capacitación y sensibilización sobre la Convención y los derechos humanos en general 15

ÍNDICE (continuación)

Página

Parte I ( continuación )

B. ( continuación )

6. Cooperación entre el Gobierno y la comunidad internacional, incluidas las organizaciones no gubernamentales, en la aplicación de la Convención 16

7. Prioridades en la aplicación de la Convención 16

Parte II

Copia de la Convención sobre los Derechos del Niño en siswati 17

Parte III

1. Nuevos proyectos de ley/leyes promulgadas 17

2. Nuevas instituciones 20

3. Políticas recientemente aplicadas 20

4. Programas y proyectos recientemente ejecutados, y su alcance 20

SIGLAS Y ABREVIATURAS

ETSEnfermedades de transmisión sexual

OMSOrganización Mundial de la Salud

ONGOrganizaciones no gubernamentales

PMAPrograma Mundial de Alimentos

PNUDPrograma de las Naciones Unidas para el Desarrollo

SIDASíndrome de Inmunodeficiencia Adquirida

SWAGAAGrupo de Acción contra el Abuso de Swazilandia

UNESCOOrganización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura

UNICEFFondo de las Naciones Unidas para la Infancia

VIHVirus de Inmunodeficiencia Humana

INTRODUCCIÓN

Este informe es la respuesta del Gobierno de Swazilandia a la lista de cuestiones que se examinarán junto con el Informe inicial sobre la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño, durante el 43º período de sesiones del Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, el 18 de septiembre de 2006. Ha sido elaborado por el Ministerio de Salud y Bienestar Social en consulta con otros ministerios y departamentos del Gobierno con competencias en la materia.

Parte I

A. INFORMACIÓN Y DATOS ESTADÍSTICOS

1. Número y porcentaje de niños (de 0 a 19 años) * que viven en Swazilandia

2003

2004

2005

Niños

288.595 (49,7%)

292.718 (49,8%)

296.554 (49,8%)

Niñas

291.615 (50,3%)

295.300 (50,2%)

298.684 (50,2%)

Total

580.210 (100%)

588.018 (100%)

595.238 (100%)

Zonas urbanas

104.475 (18,0%)

106.145 (18,1%)

107.856 (18,1%)

Zonas rurales

475.735 (82,0%)

481.873 (81,9%)

487.382 (81,9%)

Total

580.210 (100%)

588.018 (100%)

595.238 (100%)

0 a 4

169.502 (29,2%)

173.763 (29,6%)

177.474 (29,8%)

5 a 9

133.679 (23,0%)

137.656 (23,4%)

143.040 (24,0%)

9 a 14

138.414 (23,9%)

137.379 (23,4%)

135.749 (22,8%)

15 a 19

138.615 (23,9%)

139.220 (23,7%)

138.975 (23,4%)

Total

580.210 (100%)

588.018 (100%)

595.238 (100%)

Porcentaje del total

53,7%

53,2%

52,8%

* Estas son las estimaciones oficiales, sin embargo no se refieren a cada año de edad, sino a grupos de edad definidos, por lo que no es posible obtener una cifra de niños menores de 18 años.

2. Partidas y tendencias del presupuesto nacional para los servicios sociales (en Emalangeni )

2003/04

2004/05

2005/06

a)Enseñanza

563.776.468

697.854.548

839.128.408

Preescolar *

304.941

456.590

585.746

Primaria

307.547.175

372.238.969

456.780.710

Secundaria

255.924.352

325.158.989

381.761.952

Porcentaje del presupuesto nacional

22,77%

21,26%

26,03%

b)Atención de la salud

22.470.335

28.409.646

30.313.033

Servicios curativos

16.493.379

19.647.703

23.688.243

Salud pública

5.976.956

8.747.543

6.610.390

Clínicas y hospitales infantiles

ninguno

14.400

14.400

Centros de Excelencia de Medicina Clínica Infantil

n.a.

n.a.

3.000.000

c)Niños con discapacidades

51.900

51.900

51.900

d)Familias

n.a.

n.a.

n.a.

e)Niños que viven por debajo del umbral de pobreza: Fondo para la Enseñanza de los Niños Huérfanos o Vulnerables

16.000.000

20.000.000

47.000.000

f)Otros tipos de tutela, incluidas las instituciones de acogida

588.223

626.700

626.700

SOS Children Village Association

138.915

138.900

138.900

Child Welfare foster children

63.708

102.200

102.200

Caritas Orphans Aid

385.600

385.600

385.600

g)Maltrato, explotación sexual y trabajo de los niños

n.d.

n.d.

n.d.

h)Niños que pertenecen a minorías

n.d.

n.d.

n.d.

i)Niños abandonados, incluidos los niños de la calle: véase f)

j)Justicia de menores y rehabilitación de menores delincuentes **

227.869

234.547

282.880

* La enseñanza preescolar no forma parte de las competencias principales del Ministerio de Educación, aunque existe una partida presupuestaria para los centros de preescolar. La propiedad y administración de estos centros están en manos privadas, y el Ministerio de Educación se limita a proporcionar estructuras de supervisión para unificar la administración de estas escuelas.

**Cifras relativas únicamente al Centro Correccional de Menores.

3. Número de niños privados de un entorno familiar y separados de sus padres

2003

2004

2005

Separados de sus padres

n.d.

n.d.

n.d.

Colocados en una institución *

288.595 (49,7%)

292.718 (49,8%)

296.554 (49,8%)

Niños

291.615 (50,3%)

295.300 (50,2%)

298.684 (50,2%)

Niñas

580.210 (100%)

588.018 (100%)

595.238 (100%)

Colocados en hogares de guarda

104.475 (18,0%)

106.145 (18,1%)

107.856 (18,1%)

Adoptados en el país

475.735 (82,0%)

481.873 (81,9%)

487.382 (81,9%)

Adoptados en el extranjero

580.210 (100%)

588.018 (100%)

595.238 (100%)

* Los datos se refieren únicamente a los centros registrados.

4. Número de niños con discapacidades

2003

2004

2005

Que viven

Con su familia

n.d.

n.d.

n.d.

En instituciones

63

112

116

Con familias de acogida

1

3

5

Que asisten a

Escuelas regulares

n.d.

n.d.

n.d.

Escuelas especiales

239

244

253

Niños

135

130

133

Niñas

104

114

120

Sin escolarizar

n.d.

n.d.

n.d.

5. Estadísticas sobre salud

2003

2004

2005

Tasa de mortalidad de niños menores de un año *

n.d.

n.d.

n.d.

Tasa de mortalidad de niños menores de 5 años**

n.d.

n.d.

n.d.

Tasa de vacunación

83%

83%

71%

Porcentaje de niños malnutridos

n.d.

n.d.

n.d.

Número de embarazos de adolescentes

n.d.

n.d.

n.d.

Número de adolescentes con enfermedades mentales

n.d.

n.d.

n.d.

Número de adolescentes con ETS

n.d.

n.d.

n.d.

* Tasa de mortalidad de niños menores de 1 año (1997): 78‰.

** Tasa de mortalidad de niños menores de 5 años (1997): 106‰.

6. Denuncias de maltrato de menores

2003

2004

2005

Número de denuncias de maltrato de menores

n.d.

1.279

1.816

Número de causas incoadas (total)

619

597

984

Violación

478

479

457

Incesto

14

9

8

Sodomía

7

4

14

Agresión sexual

48

45

49

Secuestro

15

6

47

Estupro

57

54

69

Número de víctimas que recibieron asesoramiento

n.d.

899

1.271

7. Estadísticas sobre enseñanza y alfabetización

2003

2004

2005

Tasa de alfabetización de menores de 18 años

n.d.

n.d.

n.d.

Tasa de alfabetización de mayores de 18 años*

n.d.

n.d.

n.d.

Tasa de matrícula en la enseñanza preescolar

n.d.

n.d.

n.d.

Enseñanza primaria: tasa bruta de matrícula

101%

101%

101,26%

Tasa neta de matrícula

85%

85%

84,29%

Enseñanza secundaria: tasa bruta de matrícula

48%

48%

51,31%

Tasa neta de matrícula

37%

37%

38,74%

Tasa total de matrícula

80%

80%

81,89%

Relación alumno/maestro

Enseñanza primaria

31

32

33

Enseñanza secundaria

13

18

17

Promedio de niños por aula

Enseñanza primaria

13

11

11

Enseñanza secundaria

37

39

42

* Tasa de alfabetización (mayores de 10 años, 1997): 81,3% (el 82,6% de los varones y el 80,2% de las mujeres).

Tasa de promoción, abandono de los estudios y permanencia en 2003, por clase

(Niños y niñas)

1º Primaria

2º Primaria

3º Primaria

4º Primaria

5º Primaria

6º Primaria

7º Primaria

1º Secundaria

2º Secundaria

3º Secundaria

4º Secundaria

5º Secundaria

Tasa de promoción

74%

81%

74%

76%

76%

74%

77%

73%

60%

83%

60%

3%

Tasa de repetición

19%

16%

19%

17%

15%

15%

9%

12%

18%

6%

30%

1%

Tasa de abandono

7%

3%

7%

7%

9%

11%

14%

14%

22%

11%

10%

93%

Tasa de permanencia

100%

91%

88%

80%

73%

65%

57%

48%

40%

29%

21%

13%

Alumnos-años

1.229

1.084

1.078

960

862

76%

627

550

490

311

209

Coeficiente de eficiencia

-

-

-

67%

62 %

57%

51 %

45%

34%

38%

33 %

28%

Tasa de promoción, repetición, abandono de los estudios y permanencia en 2003, por género

1º Primaria

2º Primaria

3º Primaria

4º Primaria

5º Primaria

6º Primaria

7º Primaria

1º Secundaria

2º Secundaria

3º Secundaria

4º  Secundaria

5º Secundaria

Niñas

Tasa de promoción

77%

74%

79%

79%

77%

76%

78%

72%

58%

83%

58%

3%

Tasa de repetición

16%

11%

15%

14%

14%

14%

8%

13%

17%

6%

14%

1%

Tasa de abandono

7%

15%

6%

7%

9%

10%

14%

15%

25%

10%

28%

96%

Tasa de permanencia

100%

92%

76%

71%

65%

59%

52%

44%

37%

26%

17%

9%

Alumnos-año

1.189

1.033

900

826

762

684

566

506

440

274

172

70

Coeficiente de eficiencia

-

-

-

66%

62%

58%

52%

45%

33%

37%

32%

28%

Niños

Tasa de promoción

71%

89%

70%

73%

74%

73%

76%

74%

61%

83%

63%

3%

Tasa de repetición

21%

22%

22%

19%

16%

16%

10%

12%

19%

6%

16%

1%

Tasa de abandono

8%

11%

8%

8%

10%

11%

14%

14%

20%

11%

21%

96%

Tasa de permanencia

100%

90%

1,2%

92%

83%

73%

64%

53%

45%

34%

26%

19%

Alumnos-años

1.267

1.153

1.310

1.133

991

876

704

606

554

358

257

156

Coeficiente de eficiencia

-

-

-

68%

63%

57%

50 %

45%

35%

39 %

34 %

29%

Tasa de promoción, repetición, abandono de los estudios y permanencia en 2004, por clase

(Niños y niñas)

1º Primaria

2º Primaria

3º Primaria

4º Primaria

5º Primaria

6º Primaria

7º Primaria

1º Secundaria

2º Secundaria

3º Secundaria

4º  Secundaria

5º Secundaria

Tasa de promoción

79%

88%

83%

83%

82%

77%

88%

77%

63%

94%

63%

1%

Tasa de repetición

1%

1%

1%

1%

1%

1%

0%

12%

15%

4%

32%

1%

Tasa de abandono

21%

11%

16%

16%

17%

22%

14%

11%

21%

2%

5%

98%

Tasa de permanencia

100%

79%

70%

59%

50%

41%

34%

100%

87%

65%

64%

59%

Alumnos-años

1.007

800

710

596

501

415

323

1.133

1.034

677

934

593

Coeficiente de eficiencia

-

-

-

64%

57%

48%

46%

42%

32%

34%

62%

1%

Tasas de promoción, repetición, abandono de los estudios y permanencia en 2004, por género

1º Primaria

2º Primaria

3º Primaria

4º Primaria

5º Primaria

6º Primaria

7º Primaria

1º Secundaria

2º Secundaria

3º Secundaria

4º  Secundaria

5º Secundaria

Niñas

Tasa de promoción

79%

88%

83%

83%

82%

77%

88%

76,2%

61,2%

91,6%

60,7%

0.5%

Tasa de repetición

1%

1%

1%

1%

1%

1%

0%

11,5%

14,8%

3.3%

16,1%

0.8%

Tasa de abandono

21%

11%

16%

16%

17%

22%

14%

12,3%

24,0%

5,1%

23,2%

98,7%

Tasa de permanencia

100%

79%

70%

59%

50%

41%

34%

100%

86,1%

61,9%

58,6%

42,4%

Alumnos-años

1.007

800

710

596

501

415

323

1.130

1.011

640

699

427

Coeficiente de eficiencia

-

-

-

64%

57%

48 %

46%

42,1%

32.0%

34 ,3%

48 ,8%

0,3%

Niños

Tasa de promoción

73%

80%

74%

76%

78%

75%

90%

78%

65%

96%

65%

0%

Tasa de repetición

1%

1%

2%

2%

1%

1%

1%

12%

16%

4%

17%

1%

Tasa de abandono

26%

18%

24%

22%

21%

24%

9%

10%

19%

0%

19%

99%

Tasa de permanencia

100%

74%

60%

45%

35%

27%

21%

100%

89%

69%

69%

54%

Alumnos-años

1.011

751

612

460

354

278

211

1.137

1.060

717

829

540

Coeficiente de eficiencia

-

-

-

49%

43%

36%

36%

35%

29%

31%

57%

0%

Tasas de promoción, repetición, abandono de los estudios y permanencia en 2005, por clase

(Niños y niñas)

1º Primaria

2º Primaria

3º Primaria

4º Primaria

5º Primaria

6º Primaria

7º Primaria

1º Secundaria

2º Secundaria

3º Secundaria

4º  Secundaria

5º Secundaria

Tasa de promoción

73%

80,5%

85,8%

78,5%

75,9%

75,6%

88,0%

73,3%

65,7%

95,0%

63%

1%

Tasa de repetición

0,%

0,8%

0,8%

0,7%

0,7%

0,6%

0,4%

13,7%

17,1%

5,0%

32%

1%

Tasa de abandono

26,1%

18,7%

23,4%

20,9%

23,4%

23,8%

11,5%

13,0%

17,2%

0,0%

5%

98%

Tasa de permanencia

100%

73,7%

59,9%

45,7%

36,1%

27,6%

21,0%

18,6%

15,8%

12,5%

64%

59%

Alumnos-años

1.007

743

603

460

364

278

211

215

190

131

934

593

Coeficiente de eficiencia

-

-

-

51,3%

43,4%

36,5%

35,4%

32,5%

27,6%

29,7%

62%

1%

Tasas de promoción, repetición, abandono de los estudios y permanencia en 2005, por género

1º Primaria

2º Primaria

3º Primaria

4º Primaria

5º Primaria

6º Primaria

7º Primaria

1º Secundaria

2º Secundaria

3º Secundaria

4º  Secundaria

5º Secundaria

Niñas

Tasa de promoción

76,3%

84,3%

80,3%

82,1%

78,3%

77%

88,6%

72,4%

64,2%

95,4%

60,7%

0,5%

Tasa de repetición

0,6%

0, 6S %

0,7%

0,5%

0,6%

0,7%

0,4%

13,8%

16,2%

4,6%

16,1%

0,8%

Tasa de abandono

23,1%

15,1%

19,1%

17,5%

21,1%

21,9%

11%

13,8%

19,6%

0,0%

23,2%

98%

Tasa de permanencia

100%

76,8%

65,1%

52,6%

43,4%

34,1%

26,6%

23,7%

19,9%

15,2%

58,6%

42,4%

Alumnos-años

1.006

772

655

528

436

344

267

275

238

160

699

427

Coeficiente de eficiencia

-

-

-

58,5%

50,2%

42,7%

41,3%

37,2%

30,3%

32,6%

48,8%

0,3%

Niños

Tasa de promoción

70,6%

77,3%

71,9%

75,2%

73,6%

77,6%

87,5%

74,2%

67,2%

94,7%

65%

0%

Tasa de repetición

0,7%

0,9%

0,9%

0,8%

0,8%

0,6%

0,5%

13,6%

18,0%

5,3%

17%

1%

Tasa de abandono

28,7%

21,8%

27,3%

24,0%

25,6%

25,8%

12,1%

12,2%

14,7%

0,0%

19%

99%

Tasa de permanencia

100%

71,1%

55,5%

40,2%

30,5%

22,6%

16,7%

14,7%

12,6%

10,4%

69%

54%

Alumnos -años

1.007

718

560

406

307

227

168

170

154

109

829

540

Coeficiente de eficiencia

-

-

-

45,3%

37,7%

31,2%

30,4%

28,4%

25,1%

27,1%

57%

0%

8. Estadísticas de drogodependencia infantil

2003

2004

2005

(Porcentaje)

Número de drogodependientes

n.d.

n.d.

n.d.

Número de fumadores

n.d.

n.d.

n.d.

Número de consumidores de alcohol

n.d.

n.d.

n.d.

9. Niños infectados y afectados por el VIH/SIDA

2003

2004

2005

Infectados por el VIH (15 a 19, casos prenatales) *

32,5%

29,3%

n.d.

Afectados por el VIH/SIDA

n.d.

n.d.

n.d.

A la cabeza de la familia a causa del VIH/SIDA

n.d.

n.d.

n.d.

Huérfanos del VIH/SIDA que viven con la familia extendida o colocados en una institución

n.d.

n.d.

n.d.

*Estimación del informe de seguimiento para los pacientes prenatales en 2002.

10. Estadísticas sobre delincuencia en menores de 18 años

2003

2004

2005

Número de sospechosos de haber delinquido

Ambos sexos

7.113

6.149

4.418

Niños

5.451

4.395

3.513

Niñas

1.662

1.954

887

Número de encausados

Ambos sexos

4.808

4.022

2.827

Tipo de sentencias

Encarcelamiento

Ambos sexos

1.150

720

823

Niños

853

583

707

Niñas

297

137

116

Castigos corporales

Niños únicamente

388

233

235

Multas

Ambos sexos

3.270

3.069

1.766

Niños

Niñas

Duración del encarcelamiento

n.d.

n.d.

n.d.

Número de centros de detención de menores *

1

1

1

Número de detenidos en centros de menores

341

419

297

Niños

309

397

273

Niñas

32

22

24

Número de detenidos en centros para adultos

n.d.

n.d.

n.d.

n.d.

Duración media de la detención

n.d.

n.d.

n.d.

n.d.

Denuncias de abuso y maltrato

n.d.

n.d.

n.d.

n.d.

Menores juzgados y condenados como adultos

n.d.

n.d.

n.d.

n.d.

* El centro de menores sólo acoge varones; las niñas van al centro correccional para mujeres, pero duermen en pabellones distintos dentro del centro.

11. Medidas especiales de protección

2003

2004

2005

Niños explotados sexualmente

n.a.

n.a.

n.a.

Niños drogodependientes

n.a.

n.a.

n.a.

Niños que han recibido asistencia contra la drogodependencia

n.a.

n.a.

n.a.

Niños que trabajan

n.a.

n.a.

n.a.

Niños desplazados en el interior del país

n.a.

n.a.

n.a.

Niños solicitantes de asilo no acompañados

n.a.

n.a.

n.a.

Leyenda: n.d. = No se dispone de datosn.a. = No se aplica

B. MEDIDAS GENERALES DE APLICACIÓN

1. Armonización de la legislación nacional con las disposiciones y principios de la Convención

El Gobierno de Swazilandia no ha emprendido ninguna iniciativa destacable para armonizar la legislación nacional con las disposiciones y principios de la Convención. No obstante, se han producido algunas novedades, como muestran los siguientes textos jurídicos:

a)Se ha modificado el artículo 223 bis del Código de Procedimiento Penal y de Pruebas, lo cual ha facilitado la creación del Servicio de Intermediación y del Tribunal de Menores. El Tribunal de Menores se ocupa de obtener pruebas en las causas penales sobre delitos sexuales de que son víctimas los menores de corta edad.

b)Se ha adoptado la Ley de la Constitución de 2005, que contiene numerosas disposiciones referidas a todas las personas y protegen y promueven los derechos del niño. En particular, la Constitución contiene una carta de derechos en virtud de la cual se protegen una serie de derechos y libertades fundamentales del individuo.

c)Se está tratando de establecer una definición común dentro del marco jurídico doble de Swazilandia. La Fiscalía General, dependiente del Ministerio de Justicia y Asuntos Constitucionales, en colaboración con el PNUD ha encargado la elaboración de un proyecto de reforma jurídica en materia de género y derechos humanos, destinado a armonizar las leyes nacionales con la Constitución, la Convención y demás instrumentos de derechos humanos en los que Swazilandia es parte.

d)Iniciativas de reforma jurídica: la Fiscalía General también ha pedido que el proyecto de reforma jurídica en materia de género y derechos humanos examine la Ley de matrimonio, Nº 47, de 1964 y la Ley de administración de herencias, Nº 28, de 1902. Se han propuesto enmiendas a estas leyes, incluidas algunas relativas a la edad mínima para casarse y heredar. Más concretamente, en la actualidad, los menores de 18 años no pueden contraer matrimonio sin autorización de sus padres. Sin embargo, en la Ley de matrimonio propuesta se autoriza a los menores a casarse con el consentimiento de sus padres y, si éstos se lo deniegan, el menor podrá recurrir al Ministro. En cuanto a la herencia, de conformidad con el proyecto de ley propuesto para la administración de herencias, es ilegal desheredar a un hijo y el Juez Presidente del Tribunal Superior tiene la responsabilidad de proteger los derechos sucesorios del niño al depositar la parte de la herencia que le corresponde en un fondo bajo la custodia de su tutor. Asimismo, mientras que según la Ley de administración de herencias de 1902 el abogado encargado del caso cobraba los intereses de la parte correspondiente al niño, en el proyecto de ley propuesto, es el niño quien cobra los intereses, garantizándose así su derecho a la supervivencia y al desarrollo. Otras iniciativas en el terreno jurídico son el proyecto de ley sobre delitos sexuales, destinada a combatir el abuso y la explotación sexual de los niños, que pone de manifiesto la insuficiencia de la Ley de protección de las niñas y las mujeres, Nº 39, de 1920. Lo mismo puede decirse del proyecto de ley de protección de la infancia, que se ocupa de manera global de las cuestiones relativas a los derechos del niño.

2. Litigios en los que se invoque la Convención

Hasta la fecha no se ha invocado la Convención en ningún litigio. Sin embargo, los juristas de los tribunales de Swazilandia sí recurren a los principios consagrados en ella.

3. Coordinación de la aplicación de la Convención

El Gabinete del Gobierno de Swazilandia ha aprobado el marco legislativo y la creación de la Unidad de Coordinación para la Infancia, así como su puesta en marcha por el Ministerio de Salud y Bienestar Social. El 31 de julio de 2006, la Fiscalía General estaba ultimando el instrumento jurídico por el que se crea la Unidad, que estará encargada de integrar y coordinar todos los textos legislativos, políticas, planes, proyectos y programas elaborados por el Gobierno y las organizaciones no gubernamentales (ONG) para promocionar los derechos del niño. Más concretamente, la Unidad tiene por objetivos:

a)Velar por que los niños estén al amparo de todas las formas de maltrato, cuenten con apoyo y puedan desarrollarse sin discriminación.

b)Ayudar a las comunidades a crear redes de seguridad para todos los niños de su jurisdicción.

c)Revisar y formular políticas para la infancia.

d)Coordinar y apoyar todas las actividades realizadas por los ministerios del Gobierno y las ONG.

e)Desarrollar una base de datos de todos los niños vulnerables, incluidos los huérfanos y los niños de la calle, incluso en el ámbito de las jefaturas tribales; y

f)Elaborar programas orientados a mejorar las aptitudes de los niños para la vida cotidiana.

Es importante señalar que, aunque la Unidad de Coordinación para la Infancia todavía no está en pleno funcionamiento, el Gobierno lleva asignándole fondos desde 2004. En el ejercicio 2004/05 le fueron destinados 10 millones de emalangeni, la misma cantidad que le ha sido asignada para el ejercicio financiero en curso.

4. Aprobación y alcance del plan nacional de acción

Swazilandia ha aprobado un plan nacional de acción para los niños huérfanos o vulnerables para el período de 2006 a 2010. El plan tiene los siguientes objetivos:

a)Velar por que los niños tengan acceso a un techo y estén protegidos del maltrato, la violencia, la explotación, la discriminación, la trata y la privación de herencia.

b)Apoyar a los individuos y hogares vulnerables para permitirles producir o procurarse alimentos adecuados en cantidad suficiente para satisfacer sus necesidades nutricionales a corto y a largo plazo.

c)Mejorar el acceso a los servicios atención sanitaria básica para los niños más vulnerables; y

d)Lograr la universalidad de la educación primaria y prestar ayuda a los niños huérfanos o vulnerables en las escuelas secundarias.

Para alcanzar estos objetivos del plan nacional de acción se están llevando a cabo o poniendo en marcha una serie de intervenciones. Estas intervenciones han sido agrupadas en categorías de programa, en función de los derechos que abarcan, a saber, derecho a la alimentación, derecho a la protección, derecho a la educación, derecho a los servicios básicos y derecho a la participación. Desde el lanzamiento del plan nacional de acción en 2006, las principales actividades en marcha suponen la movilización de fondos para la aplicación.

5. Actividades de capacitación y sensibilización sobre la Convención y los derechos humanos en general

El Gobierno, en colaboración con sus asociados internacionales para el desarrollo, ha empezado a impartir formación a las distintas partes interesadas en la aplicación de la Convención, tal como se detalla a continuación:

-La Fiscalía General ha emprendido actividades de formación en los ministerios y departamentos sobre la presentación de informes de los Estados Partes.

-La Oficina del Viceprimer Ministro y el recientemente creado Ministerio de Desarrollo Regional y Juventud, en colaboración con el UNICEF, llevan ejecutando desde 2001 un proyecto de ámbito comunitario para la creación de capacidad sobre los derechos del niño. En el marco de este proyecto se ha impartido formación a diversas partes interesadas, como los cuidadores de los centros vecinales de asistencia, los comités comunitarios de protección de la infancia, los tutores de niños huérfanos o vulnerables y los líderes comunitarios.

-Save the Children (Swaziland), una ONG a la que el Gobierno asigna una subvención anual, se ha mostrado muy activa, en varios ámbitos, entre ellos el de la creación de capacidad sobre los derechos del niño. En particular, ha impartido formación a miembros de los comités regionales de protección de la infancia, a cuidadores y a miembros de los comités para niños huérfanos o vulnerables acerca de la protección y los derechos del niño.

6. Cooperación entre el Gobierno y la comunidad internacional, incluidas las organizaciones no gubernamentales, en la aplicación de la Convención

El Gobierno colabora estrechamente con asociados internacionales para el desarrollo y ONG en la aplicación de la Convención. En este sentido, ha desempeñado un papel fundamental la puesta en práctica de un programa de acción del Gobierno de Swazilandia y el UNICEF para 2001-2005 (programa de acción comunitaria en favor de los derechos de la infancia). En el marco de este programa se han puesto en marcha varios proyectos, como los destinados al establecimiento, consolidación y expansión de los centros vecinales de asistencia y de los comités comunitarios de protección de la infancia. Otros subprogramas/proyectos se refirieron al desarrollo desde la primera infancia, los modos de vida sostenibles, la educación para todos, la generalización de las vacunaciones, la inscripción de nacimientos, matrimonios y defunciones y la formación sobre asistencia jurídica. Durante el período de aplicación del programa, el UNICEF hizo importantes contribuciones de fondos para la ejecución de los diversos proyectos, como los más de 7 millones (7.059.481) de emalangeni aportados para el período 2003 a 2005. Otros asociados internacionales para el desarrollo que han contribuido a la puesta en práctica del programa del país fueron el PMA y la UNESCO. La labor del PMA ha sido fundamental para la distribución de alimentos a los centros vecinales de asistencia y a las familias desfavorecidas, mientras que la UNESCO ha colaborado estrechamente con el Ministerio de Educación. Las ONG también han sido eficaces en la aplicación del programa del país, tanto individualmente como a través de su federación, la Asamblea de Coordinación de las Organizaciones no Gubernamentales.

En la actualidad está ejecutándose un nuevo programa para 2006-2010, denominado Programa de Acción del UNICEF y el Gobierno de Swazilandia 2006-2010. Los ámbitos de colaboración establecidos en este programa son la educación y la preparación a la vida cotidiana, la supervivencia y el desarrollo de los niños, las redes de seguridad para la protección de los niños y las actividades de defensa y comunicación sobre los derechos del niño.

7. Prioridades en la aplicación de la Convención

-Poner en práctica la política para la infancia y el proyecto de ley de la infancia, especialmente en lo que se refiere a los niños huérfanos o vulnerables;

-Elaborar una estrategia que permita a los encargados de formular las políticas un mejor conocimiento de las cuestiones relacionadas con los derechos del niño;

-Motivar a los legisladores para que actúen con eficacia en el ejercicio de sus funciones y responsabilidades relacionadas con la infancia;

-Establecer asambleas infantiles donde los niños puedan participar en las decisiones que les afectan tanto a escala nacional como regional;

-Elaborar estrategias de comunicación para aumentar la sensibilización sobre la violencia y el maltrato que padecen los niños;

-Fomentar una mayor delicadeza en cuanto al tratamiento que dan los medios a las cuestiones relacionadas con los niños, especialmente en relación con el VIH/SIDA y los abusos sexuales;

-Mejorar las técnicas de recopilación, procesamiento, análisis y divulgación de datos sobre cuestiones relacionadas con la infancia;

-Movilizar los recursos necesarios para que los ministerios y departamentos del Gobierno con competencias en la materia puedan divulgar las disposiciones de la Convención y llevar a cabo actividades de promoción y formación relacionadas con ella, a fin de aumentar los niveles de concienciación y observancia, así como la participación de los niños en todos los proyectos y programas gubernamentales que tengan consecuencias para sus derechos;

-Fortalecer la coordinación, el seguimiento y la evaluación de los programas para la infancia; y

-Reforzar los programas que se ocupan de las necesidades de los niños con discapacidades y otros niños marginados.

Parte II

Hay dos idiomas oficiales en Swazilandia: el inglés y el siswati. Se ha publicado, y adjuntado a este documento, una traducción de la Convención al siswati.

Parte III

1. Nuevos proyectos de ley/leyes promulgadas

Durante el período en cuestión no se han promulgado nuevas leyes que traten directamente de los derechos del niño. No obstante, se está trabajando actualmente en un proyecto de ley de la infancia y un proyecto de ley sobre delitos sexuales. Ambos tienen por objetivo abordar todos los aspectos de la protección y el bienestar de los niños, en particular su protección frente a los delitos sexuales y demás formas de maltrato.

En 2005, el Parlamento promulgó la Ley de la Constitución del Reino de Swazilandia, Nº 001, de 2005 (denominada en adelante "la Constitución"). Este documento es vital en cuanto se refiere a la determinación de los derechos del niño en Swazilandia, pues es el texto más importante en el que se describe la naturaleza de los derechos que asistirán, o no, a todo grupo social. La Constitución contiene una carta de derechos en la que se citan específicamente los derechos del niño, que gozan de reconocimiento y protección en el Reino de Swazilandia (véase el artículo 29). Se trata, entre otros, de los siguientes:

Ciudadanía del niño

En el capítulo IV de la Ley de la Constitución de 2005 se reconoce como fundamental el derecho de todo niño a que se proteja su nombre y su identidad. El derecho fundamental a la ciudadanía, por ejemplo, está supeditado al de la identidad.

Carta de derechos

En el capítulo III de la Constitución se garantiza el derecho a la libertad de expresión, a la libertad de pensamiento, a la libertad de asociación y reunión, el derecho a la protección de la intimidad, a la libertad de conciencia y culto, la libertad de asamblea y asociación, el derecho a no ser sometido a torturas o a tratos degradantes y el derecho a la protección de la familia.

Derechos del niño

En el artículo 29 de la Constitución se protege al niño contra todo trabajo que ponga en peligro su educación, salud o desarrollo. También se prohíbe someter a un niño a malos tratos, torturas y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, con la salvedad del lícito y moderado castigo físico con ánimo correctivo. Todos los niños tienen derecho a recibir los cuidados adecuados y a ser educados por sus padres o por otra autoridad designada por la ley.

Abolición de la ilegitimidad

En el párrafo 4 del artículo 29 y en el artículo 31 de la Constitución se prohíbe la condición de "ilegitimidad" de los hijos y se establece que todo niño, nacido dentro o fuera del matrimonio, gozará de la misma protección. Por lo tanto, de conformidad con esta disposición, es ilegal desheredar a un hijo.

No obstante lo anterior, la conformidad de la Constitución con el espíritu de la Convención sobre los Derechos del Niño es parcial, como demuestran los siguientes hechos:

-El artículo 1 de la Convención define niño como "todo ser humano menor de dieciocho años de edad". La Constitución no establece qué se entiende por niño, ni en su artículo 29 ni en las disposiciones de interpretación (art. 261).

-El párrafo 1 del artículo 29 de la Constitución satisface en parte los requisitos del artículo 32 de la Convención, en virtud del cual los Estados Partes deben reconocer "el derecho del niño a estar protegido contra la explotación económica y contra el desempeño de cualquier trabajo que pueda ser peligroso o entorpecer su educación, o que sea nocivo para su salud o para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social".

-El párrafo 2 del artículo 29 satisface los requisitos del párrafo 1 del artículo 19 de la Convención, en el que se establece que "Los Estados Partes adoptarán todas las medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas apropiadas para proteger al niño contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual, mientras el niño se encuentre bajo la custodia de los padres, de un representante legal o de cualquier otra persona que lo tenga a su cargo".

-El párrafo 4 del artículo 29 de la Constitución, en la medida en que la Constitución se ajusta a las disposiciones y principios generales de la Convención, se ajusta a lo dispuesto en el artículo 2 de la Convención, en el cual se estipula que "los Estados Partes respetarán los derechos enunciados en la presente Convención y asegurarán su aplicación a cada niño sujeto a su jurisdicción, sin distinción alguna, independientemente de la raza, el color, el sexo, el idioma, la religión, la opinión política o de otra índole, el origen nacional, étnico o social, la posición económica, los impedimentos físicos, el nacimiento o cualquier otra condición del niño, de sus padres o de sus representantes legales".

-El párrafo 3 del artículo 29 de la Constitución está en consonancia con el párrafo 1 del artículo 18 de la Convención, en el cual se dispone que "los Estados Partes pondrán el máximo empeño en garantizar el reconocimiento del principio de que ambos padres tienen obligaciones comunes en lo que respecta a la crianza y el desarrollo del niño. Incumbirá a los padres o, en su caso, a los representantes legales la responsabilidad primordial de la crianza y el desarrollo del niño. Su preocupación fundamental será el interés superior del niño".

-En el párrafo 6 del artículo 29 se consagra el derecho de todo niño swazi a la educación gratuita hasta el final de la enseñanza primaria. Sin embargo, este artículo no establece la obligatoriedad de esta enseñanza, tal y como se exige en el párrafo 1 a) del artículo 28 de la Convención, según el cual todos los Estados Partes deberán "implantar la enseñanza primaria obligatoria y gratuita para todos".

-Asimismo, en el artículo 4 de la Convención se establece lo siguiente: "[...] En lo que respecta a los derechos económicos, sociales y culturales, los Estados Partes adoptarán esas medidas hasta el máximo de los recursos de que dispongan y, cuando sea necesario, dentro del marco de la cooperación internacional." El cumplimiento de este artículo en Swazilandia es parcial en la medida en que la Constitución sólo contempla un derecho limitado a la enseñaza (párrafo 6 del artículo 29) y no se ocupa de los demás derechos económicos, sociales y culturales.

-La Constitución no contiene disposiciones específicas sobre los niños con discapacidades, como se exige en el artículo 23 de la Convención, salvo lo estipulado en el artículo 30, que se refiere a todas las personas con discapacidades.

2. Nuevas instituciones

El Gobierno ha establecido en el país las siguientes instituciones para la infancia:

-El Ministerio de Desarrollo Regional y Juventud, creado en abril de 2006.

-La Unidad de Coordinación para la Infancia, creada en 2002, aunque su establecimiento no fue anunciado en el Diario Oficial hasta julio de 2006. No obstante, aún no está en pleno funcionamiento.

-La Unidad para la Violencia Doméstica, la Protección Infantil y los Delitos Sexuales, dependiente de la Policía Real de Swazilandia.

-El Tribunal de Menores. La enmienda del Código de Procedimiento Penal y de Pruebas (art. 223 bis) dio como resultado la creación del Tribunal de Menores dentro del Tribunal Superior de Swazilandia en 2005.

-El Centro de Excelencia de Medicina Clínica Infantil. Se trata de un centro de salud especial para niños infectados con el VIH/SIDA, creado en 2005.

3. Políticas recientemente aplicadas

Además de la protección ofrecida por la Constitución y otras leyes, existen políticas nacionales destinadas a mejorar el bienestar y la calidad de vida de los niños en Swazilandia. Se trata, en particular, de las siguientes:

-La Política Nacional para la Infancia, que se ocupa también de los niños huérfanos o vulnerables, a la espera de ser aprobada por el Gabinete;

-La Política Nacional de Descentralización, aprobada por el Gabinete en 2006;

-La Política Nacional sobre el VIH y el Segundo Plan Nacional Estratégico y de Acción (2006-2008), aprobados por el Gabinete y puestos en marcha por le Primer Ministro en julio de 2006;

-La Política Nacional de Salud y Bienestar Social, sometida al Gabinete en julio de 2006 para su aprobación;

-La Política nacional de juventud, que ya ha sido aprobada por el Gabinete.

4. Programas y proyectos recientemente ejecutados, y su alcance

-Los centros vecinales de asistencia. Se trata de estructuras comunitarias establecidas en colaboración con asociados internacionales para el desarrollo; su misión es proporcionar alimentos y cuidados básicos a los niños huérfanos o vulnerables. Estos centros funcionan desde 2003.

-Los comités comunitarios de protección de la infancia ("Lihlombe Lekukhalela"). Se trata de una iniciativa comunitaria de divulgación en la que participan miembros de la Policía Real de Swazilandia, el Director de la Fiscalía Pública y varias ONG y organizaciones comunitarias, que aborda los asuntos relativos a la violencia de género en las escuelas y otros foros comunitarios por todo el país.

-Una línea telefónica de ayuda a cargo del SWAGAA y del Ministerio de Educación ideada para prestar asistencia a escolares que se encuentran en situación de maltrato.

-Cuartos habilitados especialmente para los niños en las comisarías de policía. Están concebidos para que los niños se encuentren en un entorno agradable en las comisarías.

-El Comité Consultivo para Programas sobre el Trabajo Infantil. Se trata de un comité multisectorial creado para coordinar las cuestiones relacionadas con el trabajo infantil.

-Centros KaGoGo. Este programa se ocupa de la creación/construcción en las jefaturas tribales de centros que faciliten la gestión de los proyectos y las actividades de ámbito comunitario.

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