Naciones Unidas

CERD/C/CUB/Q/19-21

Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial

Distr. general

18 de junio de 2018

Original: español

Español, francés e inglés únicamente

Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial

9 6 º período de sesiones

6 a 30 de agosto de 2018

Tema 4 del programa provisional

Examen de los informes, las observaciones y la información presentados por los Estados partes en virtud del artículo 9 de la Convención

Lista de temas relativa a los informes periódicos 19º y 21º combinados de Cuba

Nota del Relator para el país

1.El Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial decidió en su 76º período de sesiones (véase A/65/18, párr. 85) que el Relator para el país enviaría al Estado parte en cuestión una breve lista de temas con miras a orientar y centrar el diálogo entre la delegación del Estado parte y el Comité durante el examen del informe del Estado parte. El presente documento contiene una lista de temas con esa finalidad. La lista no es exhaustiva: durante el diálogo con el Estado parte podrán abordarse otros asuntos. No se requieren respuestas por escrito.

Información sobre la composición demográfica de la población

2.Información sobre los resultados del Censo de Población y Viviendas de 2012 y datos estadísticos desglosados, actualizados y completos sobre la composición demográfica de la población en el Estado parte y medidas adoptadas para que la recolección de datos esté basada en la autoidentificación.

La Convención en el derecho interno y el marco institucional y normativo para su aplicación (arts. 2 y 4)

3.Información sobre casos concretos en los que las disposiciones de la Convención hayan sido invocadas ante los tribunales nacionales o directamente aplicadas por estos.

4.Medidas legislativas o cambios constitucionales previstos para fortalecer la prevención de la discriminación racial e incorporar en la legislación interna una definición de discriminación racial de conformidad al artículo 1, párr. 1, de la Convención, que además contemple los actos de discriminación directa e indirecta.

5.Estado de discusión o aprobación en que se encuentra el nuevo Código Penal (CERD/C/CUB/19-21, párr. 206). Información sobre si se ha previsto que dicho código tipifique como delito todas las acciones que establece el artículo 4 de la Convención y para proceder a la incorporación de la motivación racial como circunstancia agravante de la responsabilidad penal.

6.Mayor información sobre el sistema nacional de promoción y protección de los derechos humanos (CERD/C/CUB//19-21, párr. 210) y sobre las medidas adoptadas para el establecimiento de una institución nacional de derechos humanos de conformidad con los principios relativos al estatuto de las instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos (Principios de París), así como de un mecanismo encargado de la lucha contra el racismo y la discriminación racial (CERD/C/CUB/CO/14-18, párr. 13).

7.Información sobre la composición, rol y funcionamiento del mecanismo estatal de seguimiento permanente a la lucha contra el racismo y la discriminación racial a que se refiere el Estado parte en su informe (CERD/C/CUB/19-21, párr. 212). Información sobre las acciones concretas llevadas a cabo por tal mecanismo y sus resultados.

Situación de la población afrodescendiente (arts. 2 a 5)

8.Información actualizada sobre el impacto y los resultados concretos que han tenido las medidas adoptadas para luchar contra el racismo y la discriminación estructural que sigue afectando a la población afrodescendiente.

9.Información actualizada, incluyendo datos estadísticos desglosados, sobre el impacto que ha tenido la implementación de los programas sociales mencionados en el párrafo 20 del informe del Estado parte y de qué manera han contribuido a mejorar la situación socioeconómica de los afrodescendientes, en particular en cuanto a su acceso al trabajo, a la educación, a la salud y a una vivienda adecuada.

10.Datos estadísticos sobre casos de uso excesivo de la fuerza por la policía y otros agentes del orden contra personas afrodescendientes y pertenecientes a minorías étnicas, en particular resultados de las investigaciones, penas impuestas a los autores e indemnización otorgada a las víctimas. En particular, información sobre las investigaciones llevadas a cabo relativas a alegaciones de uso excesivo de la fuerza por parte de agentes del orden en contra de Sonia Garro Alfonso, Madelaine Lázara Carballo Betancourt y Yaumara Brown Surit, casos ocurridos en 2012. Medidas adoptadas para prevenir actos de violencia y uso excesivo de la fuerza por los agentes del orden en contra de personas afrodescendientes.

11.Datos estadísticos desglosados por edad, sexo y origen étnico o nacional de la población penitenciaria.

12.Mecanismos para favorecer la participación política de los afrodescendientes, en particular en cargos de toma de decisiones.

Situación de los defensores de los derechos humanos (arts. 2 y 5)

13.Información sobre las medidas adoptadas a fin de fomentar un entorno seguro y propicio para la labor de los defensores de los derechos humanos, en particular los que abogan por los derechos de las personas afrodescendientes .

Múltiples formas de discriminación (arts. 2 y 5)

14.Medidas adoptadas para combatir las múltiples formas de discriminación contra las mujeres afrodescendientes, particularmente en el mercado de trabajo, en el acceso a la educación y a servicios de salud, incluyendo salud sexual y reproductiva y para favorecer su participación política. Medidas adoptadas para hacer frente a la violencia de género que enfrentan las mujeres afrodescendientes.

15.Información sobre casos de discriminación múltiple en razón del origen étnico y de la orientación sexual o identidad de género. Información sobre las medidas tomadas para incorporar una perspectiva étnico-racial en la lucha contra la discriminación basada en la orientación sexual e identidad de género.

Situación de los refugiados, solicitantes de asilo y otros no ciudadanos (arts. 2, 5 y 6)

16.Datos sobre la situación de los migrantes, incluidos los que se encuentran en situación irregular, los solicitantes de asilo y los refugiados, así como de las personas apátridas o en riesgo de serlo. Medidas legislativas y administrativas adoptadas para garantizarles una protección adecuada, incluyendo en lo que respecta al acceso al trabajo, la vivienda, los servicios de salud y la educación (CERD/C/CUB/CO/14-18, párr. 19). Medidas tomadas para prevenir y combatir la discriminación y la intolerancia contra los migrantes, los solicitantes de asilo y los refugiados.

17.Medidas adoptadaspara favorecer la integración social y brindar una protección adecuada a migrantes irregulares de origen haitiano,integrarlos a la sociedad y para asegurar que no sean víctimas de tratos discriminatorios (CERD/C/CUB/19-21, párr. 65).

18.Información desglosada por sexo, edad, grupo étnico y nacionalidad de las víctimas, sobre el número de investigaciones, condenas y penas impuestas en casos de trata de seres humanos con fines de explotación laboral o sexual (CERD/C/CUB/CO/14-18).Medidas adoptadas para garantizar la implementación efectiva del Plan de acción nacional para la prevención y la lucha contra la trata de personas y la protección de las víctimas (2017-2020).

Acceso a la justicia (arts. 5 y 6)

19.Medidas adoptadas para facilitar a las víctimas de discriminación racial el acceso a mecanismos de denuncia y recursos judiciales efectivos, incluyendo las medidas para dar a conocer tales mecanismos y recursosy la asistencia que se presta a las víctimas en la tramitación de denuncias.

20.Medidas adoptadas para mejorar la formación y sensibilización de funcionarios públicos, incluyendo agentes de policía, fiscales, abogados, defensores públicos, jueces y profesionales del sistema judicial sobre los efectos negativos de la discriminación racial y para asegurar la aplicación efectiva de la legislación contra la discriminación y la Convención.

Combate a los prejuicios y estereotipos que conducen a la discriminación racial (art. 7)

21.Medidas adoptadas,incluyendo campañas de sensibilización y educación, para prevenir la propagación de mensajes que promuevan la difusión de estereotipos y prejuicios raciales, particularmente en contra de la población afrodescendiente. Medidas adoptadas para que los planes de estudio y textos escolares promuevan la comprensión y tolerancia entre los diversos grupos raciales o étnicos y para prevenir la difusión de estereotipos y prejuicios raciales.

Participación de la sociedad civil en la implementación de la Convención

22.Medidas adoptadas para fortalecer el vínculo entre las instancias de gobierno y las organizaciones de la sociedad civil que trabajan para eliminar la discriminación racial y resultados concretos. Mayor información sobre la ampliación y fortalecimiento de los espacios de consulta e intercambio con la sociedad civil sobre los temas relativos a la Convención, a que se refiere el párrafo 256 del informe del Estado parte.