Naciones Unidas

CCPR/C/132/2/Add.3

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

Distr. general

6 de septiembre de 2021

Español

Original: inglés

Comité de Derechos Humanos

Informe sobre el seguimiento de las observaciones finales del Comité de Derechos Humanos

Adición

Evaluación de la información relativa al seguimiento de las observaciones finales sobre Nueva Zelandia *

Observaciones finales CCPR/C/NZL/CO/6, 24 de marzo de 2016

(116º período de sesiones):

Párrafos objeto de seguimiento:30, 32 y 44

Respuesta relativa al seguimiento:CCPR/C/NZL/CO/6/Add.1, 30 de agosto de 2017

Evaluación del Comité:Se necesita más información sobre los párrafos 30[A], 32[A][B] y 44[C]

Párrafo 30: Violencia doméstica y de género

El Estado parte debe redoblar sus esfuerzos para luchar contra la violencia doméstica y de género en todas sus formas, incluida la violencia sexual, en particular en lo que respecta a las mujeres y niñas maoríes y de las poblaciones de las islas del Pacífico y las mujeres y niñas con discapacidad. En particular, el Estado parte debe velar por que:

a) Las leyes penales relativas a la violencia doméstica y de género, incluida la violencia sexual, se apliquen de manera efectiva en todo el territorio;

b) Los programas para luchar contra la violencia doméstica y de género, incluida la violencia sexual, se incorporen en el Plan de Acción Nacional en materia de Derechos Humanos;

c) Se establezcan procesos eficaces de supervisión y evaluación con indicadores claramente definidos y procedimientos de reunión sistemática de datos para evaluar el alcance del problema de la violencia doméstica y de género y orientar las futuras iniciativas legislativas y de políticas;

d) Se formulen y ejecuten programas de rehabilitación y resarcimiento de las víctimas en todo el territorio, que supongan la prestación de asistencia especializada médica, psicosocial y letrada;

e) Se aplique y supervise eficazmente el marco de solución de conflictos familiares vigente, en particular para proteger a quienes son objeto de violencia doméstica, en especial las mujeres y los niños.

Resumen de la respuesta del Estado parte

a)Desde que estableció el Grupo Ministerial sobre la Violencia Familiar y la Violencia Sexual en 2014, el Gobierno ha venido creando un sistema cuyos componentes están totalmente integrados, gestionado por un personal cualificado capaz de reconocer los riesgos y las necesidades y que sabe cómo responder. Además, el Estado parte: i) ha establecido el Servicio Nacional de Seguridad en el Hogar; ii) ha creado el Marco de Evaluación y Gestión de Riesgos; iii) ha creado el Marco de Competencias del Personal; iv) ha ampliado el servicio de visitas domiciliarias intensivas Family Start (Fundar una Familia), dirigido a familias de alto riesgo con hijos; v) puso en marcha la campaña de concienciación pública Danger Signs (Señales de Peligro) a finales de 2016, en el marco de la campaña “It’s not OK” (“No está bien”); vi) ha ampliado el programa E Tū Whānau (un programa de prevención de la violencia basado en la comunidad) para incluir a las comunidades de difícil acceso, en particular a los miembros de bandas y a las comunidades de refugiados y migrantes; vii) ha ampliado de dos a ocho los lugares en que se aplica el programa piloto de información para las decisiones sobre la libertad provisional, cuyo objetivo es ofrecer a los jueces que deciden respecto de la libertad provisional más información sobre los antecedentes de violencia familiar del acusado, a fin de que puedan adoptar decisiones fundamentadas; y viii) ha asignado 503 millones de dólares neozelandeses al paquete de inversión Safer Communities (Comunidades Más Seguras), dirigido a aumentar sustancialmente el personal y los recursos de la policía en todo el país. Por su parte, el Grupo Ministerial también supervisa los esfuerzos de prevención de la violencia familiar y sexual destinados a frenar la violencia antes de que se produzca y a evitar que se repita.

El 15 de marzo de 2017, la Ministra de Justicia presentó al Parlamento el proyecto de ley sobre la violencia en la familia y la whānau (familia ampliada), dirigido a reforzar la respuesta judicial a la violencia familiar y apoyar el proceso en curso de creación de un sistema integrado. El proyecto de ley prevé modificaciones en virtud de las cuales se aumentará el acceso a los servicios y a las evaluaciones de riesgos y necesidades, se registrarán con mayor precisión los delitos de violencia familiar en el sistema de justicia penal, se posibilitará la introducción de códigos de prácticas y se establecerán nuevas disposiciones para el intercambio de información. También tipifica tres nuevos delitos: el estrangulamiento no mortal, la coacción para contraer matrimonio y la agresión a un familiar.

La policía ha emprendido varias iniciativas para mejorar la respuesta a la violencia doméstica y de género, incluida la violencia sexual, a saber: i) ha establecido una alianza con las tribus maoríes para prevenir los efectos intergeneracionales de la violencia familiar y reducir el número desproporcionado de maoríes que son víctimas y autores de violencia familiar; ii) ha comenzado a grabar en vídeo los interrogatorios de las víctimas de violencia familiar llevados a cabo en el lugar de los hechos, con vistas a mejorar la experiencia de las víctimas cuando la policía trata e investiga casos de violencia familiar y a reforzar la aplicación de las leyes sobre violencia familiar; y iii) ha puesto en marcha el programa de trabajo Safer Whānau (Whānaus Más Seguras), que prevé la formación, a cargo de la policía, de todos los agentes de primera línea que se ocupan de los casos de daño infligido en el entorno familiar, y mediante el cual en 2017 se restableció un curso de capacitación de coordinadores especializados en violencia familiar;

b)En el marco del Plan de Acción Nacional de Nueva Zelandia, se hace un seguimiento de los progresos realizados por el Gobierno para atender a las 121 recomendaciones que aceptó en el examen periódico universal de 2014. La Comisión de Derechos Humanos está estudiando la posibilidad de ampliar el alcance del plan para que abarque también las recomendaciones formuladas por los órganos de los tratados. El propio plan prevé un gran número de medidas destinadas a combatir la violencia doméstica y de género, incluida la violencia sexual, muchas de las cuales ya se han aplicado en su totalidad o en buena parte;

c)La Encuesta sobre Delincuencia y Seguridad de Nueva Zelandia, que constituye una importante fuente de datos nacionales sobre las víctimas de violencia familiar, se va a transformar en una encuesta anual, denominada Encuesta sobre Delincuencia y Víctimas. Esto contribuirá a mejorar la labor oficial de seguimiento y medición de la violencia familiar. Se han definido siete indicadores en relación con la violencia familiar para mejorar el seguimiento de las tendencias relativas a la prevalencia, los daños infligidos a las víctimas y la relación entre los costos generados y los daños causados por los agresores. Los datos obtenidos se utilizarán para definir los objetivos del programa Better Public Services (Mejora de los Servicios Sociales) y el programa de trabajo del Grupo Ministerial sobre la Violencia Familiar y la Violencia Sexual a partir de 2017. Además, se han introducido mejoras en las estadísticas sobre víctimas y delincuentes del registro de delitos a fin de facilitar su uso público: ahora se publican mensualmente y se pueden consultar en el sitio web de la policía de Nueva Zelandia;

d)En julio de 2016, el Grupo Ministerial puso en marcha un proyecto sobre la respuesta a las víctimas, centrado en la prestación de asesoramiento y atención a largo plazo a las víctimas de violencia familiar. Asimismo, las víctimas de violencia sexual disponen de servicios integrados para las denuncias de carácter sensible, entre los que se incluye la atención de trabajadores sociales, asistentes y psicólogos. El Grupo Ministerial también está probando una nueva estrategia, la Respuesta Integrada en materia de Seguridad, cuyo objetivo es garantizar que las familias con problemas de violencia reciban la ayuda que necesitan;

e)El marco para la resolución de conflictos familiares puede ayudar a lograr soluciones duraderas en los casos de conflictos relacionados con el cuidado de los hijos. No es necesario activar el proceso de resolución cuando una parte o un niño sufre violencia doméstica. Las víctimas de violencia familiar pueden acudir directamente al Tribunal de Familia.

Evaluación del Comité

[A]: a), b), c), d) y e)

El Comité acoge con satisfacción la detallada información proporcionada por el Estado parte. Solicita información adicional, incluidos los resultados obtenidos, en relación con: i) el sistema que se está estableciendo para contar con un personal capaz de reconocer los riesgos y las necesidades con respecto a la violencia doméstica y de género; ii) el Marco de Evaluación y Gestión de Riesgos; iii) el Marco de Competencias del Personal; iv) la ampliación del programa E Tū Whānau para incluir a las comunidades de difícil acceso; v) el paquete de inversión Safer Communities, dotado de 503 millones de dólares neozelandeses y dirigido a aumentar sustancialmente el personal y los recursos de la policía en todo el país; vi) el proyecto de ley sobre la violencia en la familia y la whānau, propuesto para modificar la ley relativa a la violencia familiar, incluido el calendario previsto para su aprobación; y vii) las iniciativas emprendidas por la policía de Nueva Zelandia.

El Comité toma nota de la información proporcionada sobre la integración de un gran número de recomendaciones del examen periódico universal de 2014 en el Plan de Acción Nacional de Nueva Zelandia. Solicita aclaraciones acerca de las medidas que se hayan adoptado desde la aprobación de sus observaciones finales para combatir la violencia doméstica y de género, incluida la violencia sexual, y para incorporar programas de lucha contra la violencia doméstica y de género en el Plan de Acción Nacional.

El Comité acoge con satisfacción las medidas adoptadas por el Estado parte para transformar la Encuesta sobre Delincuencia y Seguridad de Nueva Zelandia en la Encuesta sobre Delincuencia y Víctimas, de carácter anual, en particular la definición de indicadores para mejorar el seguimiento de las tendencias relativas a la prevalencia, los daños infligidos a las víctimas y la relación entre los costos generados y los daños causados por los agresores. Celebra asimismo las mejoras introducidas en las estadísticas sobre víctimas y delincuentes del registro de delitos a fin de facilitar su uso público. Solicita al Estado parte que en su próximo informe periódico incluya datos sobre los casos de violencia doméstica y de género, incluidos datos sobre las investigaciones, los enjuiciamientos y las condenas, e información sobre el uso de esas cifras como base para formular políticas y leyes.

El Comité acoge con satisfacción la puesta en marcha, en 2016, del proyecto sobre la respuesta a las víctimas y los servicios integrados para las denuncias de carácter sensible. Solicita información sobre: i) las medidas adoptadas para proporcionar asistencia letrada a las víctimas; ii) el número de víctimas que han recibido apoyo en el marco de ese proyecto y de esos servicios en los tres últimos años; iii) si el proyecto y los servicios cubren la totalidad del territorio; y iv) si los servicios son de acceso gratuito para todas las mujeres, en particular para las de familias maoríes y familias procedentes de las islas del Pacífico, así como para las mujeres y niñas con discapacidad.

El Comité toma nota de la información proporcionada, pero lamenta la falta de información sobre las medidas específicas adoptadas con respecto a los casos de violencia doméstica que se someten al mecanismo de resolución de conflictos familiares y sobre cómo se ha realizado el seguimiento de esos casos. Solicita información sobre el número de casos de violencia doméstica sometidos al mecanismo en los tres últimos años y sobre si el Estado parte prevé adoptar alguna medida especial para velar por la aplicación efectiva del marco para la resolución de conflictos, particularmente en relación con la protección de las víctimas de violencia doméstica, especialmente las mujeres y los niños.

Párrafo 32: Maltrato infantil

El Estado parte debe:

a) Redoblar sus esfuerzos por luchar contra el maltrato de niños en todos los entornos, entre otras cosas mediante la creación y la aplicación de mecanismos de detección temprana y denuncia que cuenten con la participación de múltiples interesados y estén adaptados a las necesidades de los niños, y mediante la investigación efectiva de los casos y la rendición de cuentas de los autores;

b) Proporcionar información detallada, en su próximo informe periódico, sobre los resultados del Plan de Acción para la Infancia y el examen del organismo Infancia, Juventud y Familia, y sobre las medidas adoptadas para mejorar la eficacia y la calidad de los servicios de protección y rehabilitación que se prestan a niños y jóvenes;

c) Velar por que se adopten todas las medidas necesarias, entre otras cosas programas de sensibilización en las escuelas, para impedir que se repita lo ocurrido en el caso de los “Roast Busters”.

Resumen de la respuesta del Estado parte

a)A raíz del examen del organismo Infancia, Juventud y Familia, en 2016 el Gobierno acordó crear y poner en marcha un nuevo modelo para la gestión de los servicios de atención y protección y el sistema de justicia juvenil. El 1 de abril de 2017 entró en funcionamiento el Ministerio de la Infancia Vulnerable, un nuevo ministerio independiente con un enfoque centrado en la infancia. Desarrollará su labor en colaboración con el conjunto del sector social, lo que confirma que solo podrá generar resultados por medio de otros agentes, y no actuando como un organismo de prestación directa de servicios. El nuevo ministerio se encargará de velar por que los niños vulnerables y sus familias y whānau reciban lo antes posible los servicios que necesitan. Con el nuevo modelo de gestión se intensificarán los esfuerzos por combatir el maltrato infantil en todos los entornos mediante la prestación de servicios en cinco ámbitos principales: i) la prevención del daño a través de la puesta a disposición de servicios accesibles para las familias; ii) la intervención intensiva ante la intensificación de los problemas para garantizar que los niños y las familias reciban la ayuda que necesitan; iii) la prestación de apoyo para el cuidado de los niños cuando estos no puedan vivir con sus familias biológicas; iv) la administración de servicios de justicia juvenil para los jóvenes infractores; y v) la prestación de apoyo para la transición a la edad adulta a los jóvenes acogidos a modalidades alternativas de cuidado. El nuevo modelo de gestión se centrará en la mejora de los resultados para los maoríes y se pondrá en marcha a lo largo de los próximos cuatro o cinco años, durante los cuales el Gobierno invertirá cerca de 350 millones de dólares neozelandeses. El Estado parte también proporciona información detallada sobre los programas, servicios y disposiciones existentes para prevenir y combatir el maltrato y el descuido de niños;

b)No se ha proporcionado información;

c)A raíz de la revisión llevada a cabo por la Dirección Independiente de Control de la Actuación Policial en 2015, el Ministerio de Desarrollo Social adoptó medidas para evitar que se repitiera lo ocurrido en el caso de los “Roast Busters”. En particular, se introdujeron modificaciones en las prácticas internas, como la implantación del tratamiento interinstitucional de los casos de maltrato y descuido de niños. El nuevo modelo de gestión mejorará la protección de los niños y jóvenes contra la violencia sexual, por ejemplo mediante la promoción de la participación de los niños y la creación de los servicios de prevención e intervención intensiva. Además, se han adoptado procedimientos operativos estándar conjuntos, que recogen los acuerdos de colaboración convenidos entre la policía de Nueva Zelandia y el Ministerio de la Infancia Vulnerable para casos de investigación de denuncias de malos tratos infligidos a varios niños. Por otro lado, el Ministerio de Educación y la policía de Nueva Zelandia también han elaborado recursos y ofrecido asesoramiento y actividades de formación a las escuelas con el objetivo de capacitar al personal para responder al acoso y prevenirlo. Asimismo, en 2016 se añadió una sección sobre las relaciones sexuales de los menores de edad al Protocolo para la Protección de la Infancia, en la cual se especifican los factores que se deben tener en cuenta durante la fase de consulta entre las dos entidades. Se ha reforzado la formación impartida a este respecto, que se ha integrado también en el curso de capacitación de investigadores para la protección de la infancia. Además, la Corporación de Indemnizaciones por Accidente cuenta con un equipo de prevención y participa activamente en iniciativas de prevención de la violencia sexual dirigidas a la infancia y la juventud.

Evaluación del Comité

[A]: a)

El Comité acoge con satisfacción la creación, en 2017, del Ministerio de la Infancia Vulnerable. Solicita más información sobre el nuevo modelo de gestión, en particular sobre las medidas que existen para detectar en una fase temprana el maltrato infantil y sobre la forma en que las autoridades investigan debidamente los casos detectados y, si procede, procesan y condenan a los autores.

No hay información que evaluar: b)

El Comité señala que la información solicitada debe incluirse en el próximo informe periódico del Estado parte.

[B]: c)

El Comité toma nota de las medidas adoptadas para evitar que se repita lo ocurrido en el caso “Roast Busters”. No obstante, solicita información sobre: i) la fecha en que se implantó el tratamiento interinstitucional de los casos de maltrato y descuido de niños; ii) la fecha en que se adoptaron los procedimientos operativos estándar conjuntos para las investigaciones de denuncias de malos tratos infligidos a varios niños; iii) la fecha y los resultados de la formación impartida en relación con la sección añadida al Protocolo para la Protección de la Infancia en 2016; y iv) la labor realizada por la Corporación de Indemnizaciones por Accidente tras la aprobación de las observaciones finales del Comité.

Párrafo 44: Ley de la Zona Marina y Costera (Takutai Moana) de 2011

El Estado parte debe revisar la Ley de la Zona Marina y Costera (Takutai Moana) de 2011 para que se respeten los derechos consuetudinarios de los maoríes sobre sus tierras y recursos, y su desarrollo cultural.

Resumen de la respuesta del Estado parte

El Gobierno no prevé revisar la Ley de la Zona Marina y Costera (Takutai Moana) de 2011. Esta Ley reconoce los intereses consuetudinarios que poseen los maoríes sobre la zona marina y costera común y promueve su disfrute efectivo. Con ella se suprimió el derecho de propiedad del Estado sobre esa zona y se restablecieron los intereses consuetudinarios de los maoríes que se habían anulado anteriormente. Esta Ley permite realizar investigaciones en la totalidad de la costa neozelandesa, mientras que la anterior restringía la investigación a ciertas zonas.

Evaluación del Comité

[C]: El Comité lamenta que el Estado parte no prevea revisar la Ley de la Zona Marina y Costera (Takutai Moana) de 2011. Toma nota de la explicación proporcionada y solicita más información sobre cómo garantiza esta Ley que se respeten no solo los intereses, sino también los derechos consuetudinarios de los maoríes sobre sus tierras y recursos, así como su desarrollo cultural. El Comité reitera su recomendación.

Medida recomendada: Envío de una carta al Estado parte para informarlo de la suspensión del procedimiento de seguimiento. La información solicitada debe incluirse en el próximo informe periódico del Estado parte.

Fecha de presentación del próximo informe periódico: 2026 (el examen del país se realizará en 2027, con arreglo al ciclo de examen previsible. Véase https://www.ohchr.org/EN/HRBodies/CCPR/Pages/PredictableReviewCycle.aspx).