Naciones Unidas

CERD/C/NZL/CO/21-22/Add.1

Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial

Distr. general

17 de septiembre de 2018

Español

Original: inglés

Español, francés e inglés únicamente

Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial

Observaciones finales sobre los informes periódicos21º y 22º combinados de Nueva Zelandia

Adición

Información recibida de Nueva Zelandia sobre elseguimiento de las observaciones finales *

[Fecha de recepción: 23 de agosto de 2018]

Solicitud de información adicional a Nueva Zelandia tras el examen de sus informes periódicos 21º y 22º en virtud de la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial

1.Los días 22 y 23 de agosto de 2017, el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial aprobó sus observaciones finales sobre los informes periódicos 21º y 22º de Nueva Zelandia (CERD/C/NZL/CO/21-22). El Comité solicitó que se proporcionase información pertinente en el plazo de un año sobre la aplicación de tres de sus recomendaciones relativas al proceso de solución de reclamaciones del Tratado de Waitangi (párrafo 15 de las observaciones finales), la aplicación de las recomendaciones contenidas en la decisión Wai 262 (párrafo 17), la investigación sobre abuso de niños y adultos con discapacidad en instituciones de guarda estatales (párrafo 34 a)), y la reducción del número de niños maoríes y de los pueblos del Pacífico en instituciones de guarda estatales (párrafo 34 b)). En el presente documento se proporciona información sobre la evolución de la situación en estos ámbitos en los 12 meses transcurridos desde la aprobación de las observaciones finales.

Proceso de solución de reclamaciones previsto en el Tratado de Waitangi

Superficie de las tierras y porcentaje del territorio total que han sido objeto del proceso de solución de reclamaciones

2.El objetivo de la Corona es que el proceso de solución resuelva todas las reclamaciones históricas en virtud del Tratado de Waitangi relativas a las reivindicaciones acerca de las tierras maoríes. El proceso de solución tiene por objeto satisfacer las aspiraciones de cada grupo de demandantes maoríes en los ámbitos espiritual, económico, cultural e histórico.

3.En los 12 meses transcurridos desde que el Comité examinó el informe de Nueva Zelandia, la Corona ha llegado a un acuerdo de compensación con otros dos grupos de demandantes, a saber, Ngāti Hei y Ngāti Rangi; las reparaciones comerciales y monetarias acordadas ascienden a un total de 25,5 millones de dólares. Los resúmenes de esos y otros paquetes de medidas de reparación se adjuntan en el apéndice 1.

4.En mayo de 2018, aproximadamente el 92% de los grupos tribales tenía un mandato oficial. Es decir, habían recibido el respaldo de sus comunidades iwi para actuar como sus representantes en las negociaciones sobre solución de reclamaciones del Tratado. Todos los grupos que todavía no han obtenido dicho poder especial han expresado su deseo de participar en las negociaciones sobre solución de reclamaciones con arreglo al Tratado.

5.Todas las tierras de Nueva Zelandia, pueden, en principio, ser objeto del proceso de solución de reclamaciones previsto en el Tratado de Waitangi. Sin embargo, solo un pequeño porcentaje del total de tierras de las que los maoríes fueron desposeídos han sido devueltas en procesos de solución de reclamaciones. La Corona no recaba estadísticas sobre el porcentaje de tierras perdido o devuelto a través de procesos de solución de reclamaciones a lo largo de la historia. Además, la Corona tampoco está en condiciones de proporcionar una compensación puramente monetaria (dólar por dólar) a los maoríes por las tierras perdidas.

6.En la solución de reclamaciones en virtud del Tratado de Waitangi, es política de la Corona que solo puedan ofrecerse como reparación tierras de propiedad de la Corona. Se protegen así los derechos de propiedad privada y se vela por que las reparaciones otorgadas en virtud del Tratado no creen nuevas injusticias en el reparto de tierras. Para algunos grupos, la devolución de las tierras es primordial, mientras que otros conceden más importancia a la obtención de un capital para crear una base económica. Para la mayoría, la solución pasa por una combinación de ambas modalidades.

7.Las soluciones alcanzadas con relación al Tratado no extinguen los derechos de los maoríes en virtud del Tratado de Waitangi. Al contrario, el proceso de solución tiene por objeto intensificar la colaboración existente entre los grupos de demandantes maoríes, la Corona y todas las demás partes, en lo que respecta al Tratado de Waitangi y sus principios. De esa manera, se alienta a las partes a tener en cuenta mutuamente sus derechos e intereses.

8.En noviembre de 2017, el Gobierno creó una nueva cartera ministerial y una unidad de apoyo para las relaciones entre la Corona y los maoríes, dependientes del Ministerio de Justicia. La función de la cartera y la unidad es favorecer y fortalecer la relación entre la Corona y los maoríes, a medida que Nueva Zelandia se adentra en la era posterior a las reclamaciones presentadas con arreglo al Tratado.

9.Las reclamaciones recientes pueden ser llevadas ante el Tribunal de Waitangi, pues la Ley de 1975 relativa al Tratado de Waitangi otorga a dicho Tribunal facultades para investigar y formular recomendaciones sobre las infracciones recientes del Tratado. La solución proporcionada para las reclamaciones históricas es definitiva y, a partir de la fecha de liquidación, la Corona queda liberada y eximida de toda obligación y responsabilidad respecto de esas reclamaciones.

Descripción de los paquetes de medidas de reparación e información sobre su valor de mercado actual

10.La Corona colabora estrechamente con cada grupo demandante para formular un conjunto de medidas de reparación que puedan satisfacer las pretensiones de los demandantes, con sujeción a la disponibilidad de medios de reparación, en particular de tierras. Por consiguiente, cada paquete de medidas de reparación es único. La mayoría de ellos se compone de un conjunto de instrumentos comunes normalizados, elaborados en el marco del proceso de solución de reclamaciones del Tratado. En el cuadro 1 figuran esos instrumentos de reparación.

Cuadro 1Instrumentos normalizados de reparación

Medidas de solución de reclamaciones

Históricas

Culturales

Monetarias/Comerciales

Reseña histórica convenida

Transferencia de tierras

Dinero en efectivo

Actos de reconocimiento

Gobernanza conjunta

Transferencia de activos de la Corona

Disculpa

Definición de procedimientos relacionales

Topónimos

Reconocimiento jurídico

11.En el apéndice 1 se presenta un resumen del valor monetario total del conjunto de las reparaciones otorgadas a cada grupo cuyas reclamaciones se han resuelto. La Corona no reúne información sobre el valor de mercado actual de las reparaciones otorgadas en cada solución, pues:

a)En muchos casos, la entidad que representa al grupo beneficiario de la reparación no está obligada a hacer públicos sus estados financieros y, por lo tanto, no se dispone de esa información; y

b)Una vez que los bienes constitutivos de reparación se transfieren a la entidad representante del grupo beneficiario, la Corona cesa de tener responsabilidad sobre los bienes y, por lo tanto, se considera innecesario mantener supervisión o registro alguno del desempeño de la entidad en la gestión de sus activos.

12.Algunos de los grupos beneficiarios de una reparación publican sus informes financieros anuales. En el cuadro 2 figuran los principales indicadores de desempeño de dos de esos grupos. Las cifras reseñadas indican el valor de mercado actual de los paquetes de medidas de reparación concedidas a dichos grupos. También ponen de manifiesto la manera en que esos grupos han podido aprovechar la base económica proporcionada por la solución. Es posible que en el futuro esas entidades generen beneficios anuales por encima del valor original de la compensación recibida.

Cuadro 2Principales indicadores de desempeño correspondientes a Ngāi Tahu y Waikato Tainui( En millones de dólares)

Grupo demandante

Valor monetario total de la compensación otorgada

Total de activos en 2017

Total de ganancias netas 2016/17

Total de distribuciones 2016/17

Ngāi Tahu

170

1 270

126,78

46,6

Waikato Tainui

170

855

114,8

16

Medidas adoptadas a raíz del informe Wai 262

13.Se conoce como Wai 262 el informe de 2011 del Tribunal de Waitangi titulado “ Ko Aotearoa Tēnei: A Report into Claims Concerning New Zealand Law and Policy Affecting Māori Culture and Identity ” (Ko Aotearoa Tēnei: informe sobre las reclamaciones relativas a la legislación y las políticas de Nueva Zelandia que afectan a la cultura y la identidad maoríes). Si bien el Gobierno no ha adoptado ninguna política integral a raíz del informe, está aplicando medidas que responden a sus conclusiones y recomendaciones o se basan en ellas.

14.Por ejemplo, en agosto de 2018, el Gobierno publicó la Maihi Karauna (Estrategia de la Corona) para la revitalización del idioma maorí. En ella se expone lo que hará la Corona para fomentar un idioma maorí fuerte, saludable y próspero. El documento “ Kia māhorahora te reo — every day, by everyone, every way, everywhere ” (Kia māhorahora te reo — todos los días, por todos, por todos los medios y en todas partes) plasma la visión de la Corona, la cual señaló que su función era garantizar que los neozelandeses usaran, aprendiesen y valoraran el idioma maorí. La Estrategia de la Corona complementa la Maihi Māori (Estrategia Maorí), desarrollada en virtud de la Ley sobre el Idioma Maorí de 2016 con objeto de revitalizar el idioma en las familias (whanau), los hogares y la comunidad. Con las estrategias Maihi Karauna and Maihi Māori se pretende lograr un objetivo común: un idioma maorí saludable en todos los sentidos, es decir una lengua próspera y viva que se utilice en la vida cotidiana.

15.En septiembre de 2018 se iniciarán consultas públicas sobre la modificación de la Ley de Derechos sobre Variedades Vegetales, de 1987. El Gobierno ha manifestado públicamente su intención de tomar en cuenta, como parte del examen, las recomendaciones que figuran en el informe Wai 262 en relación con los derechos sobre variedades vegetales. Además, el Gobierno celebrará consultas sobre posibles formas de instaurar la obligación de revelar el origen en el régimen de patentes, como se recomienda en el informe.

16.En respuesta a otras preocupaciones recogidas en el informe Wai 262, el Gobierno ha establecido mecanismos de gobernanza conjunta para los monumentos naturales de especial importancia cultural y espiritual para los maoríes. El 20 de marzo de 2017, el Parlamento aprobó la Ley Te Awa Tupua (sobre la Resolución de las Reclamaciones relativas al Río Whanganui), que dota de personalidad jurídica al Río Whanganui y, por consiguiente, le confiere todos los derechos, facultades, obligaciones y responsabilidades de una persona jurídica.

17.Hasta la fecha, el enfoque del Gobierno respecto del informe Wai 262 ha consistido en abordar las conclusiones del Tribunal en el contexto de su programa de trabajo global, en particular las cuestiones relativas a la colaboración entre la Corona y los maoríes. Aunque se ha llevado a cabo un trabajo considerable, a menudo este no se ha asociado explícitamente con el informe Wai 262. En la actualidad, el Gobierno está estudiando la forma de comunicar mejor la pertinencia de su actual programa de trabajo en relación con el informe Wai 262 y de lograr que su futuro programa de trabajo aborde de modo más explícito el informe y sus recomendaciones.

Real Comisión de Investigación sobre el Maltrato Histórico bajo la Tutela del Estado

18.La Real Comisión de Investigación sobre el Maltrato Histórico bajo la Tutela del Estado (en adelante la “Real Comisión” o “la Comisión de Investigación”) fue establecida oficialmente el 1 de febrero de 2018. Si bien todas las comisiones de investigación creadas por ley en Nueva Zelandia gozan de las mismas atribuciones jurídicas, las reales comisiones están reservadas a las cuestiones de importancia pública más graves. La Comisión de Investigación está dirigida por el ex Gobernador General, Sir Anand Satyanand.

19.La primera tarea de la Comisión de Investigación fue llevar a cabo consultas públicas independientes sobre el proyecto relativo a su mandato e informar al Ministro del Interior acerca de los resultados de dichas consultas.

20.El 29 de mayo de 2018, el Presidente de la Comisión presentó su informe sobre la celebración de consultas públicas al Ministro del Interior, que lo está examinando, en colaboración con otros ministros de carteras pertinentes. Tras estas deliberaciones, el Ministro presentará al Gabinete de Ministros una propuesta definitiva sobre el mandato, los miembros y el presupuesto de la Real Comisión. Una vez que el mandato definitivo haya sido aprobado por el Gabinete de Ministros y notificado públicamente, la Comisión de Investigación podrá empezar a tomar declaraciones y examinar esos testimonios. Se prevé que las investigaciones de fondo darán comienzo a mediados o finales de 2018.

Ámbito de la investigación – proyecto de mandato

21.En el preámbulo del proyecto de mandato se afirma que Nueva Zelandia tiene la obligación internacional de adoptar todas las medidas legislativas, administrativas, judiciales o de otra índole necesarias para proteger a las personas contra el maltrato. También se reconoce que el maltrato de las personas bajo la tutela del Estado exige un examen pronto e imparcial, y se hace referencia al llamamiento del Comité para el establecimiento de una investigación independiente.

22.Una de las prioridades fundamentales de la Comisión de Investigación es examinar los efectos diferenciados del maltrato bajo la tutela del Estado en determinados grupos de personas, como los maoríes y la población de las Islas del Pacífico, las personas LGBTQI (lesbianas, gais, bisexuales, transgénero, queer e intersexuales), y las personas que han sufrido problemas de salud mental. Entre otras cosas, el mandato prevé que la Comisión de Investigación desarrolle métodos de trabajo centrados en las víctimas y los supervivientes, adopte un enfoque centrado en la familia, trabaje en colaboración con las iwi maoríes y atienda las quejas de las comunidades del Pacífico. El proceso de consultas del Presidente incluirá el examen de una referencia apropiada al Tratado de Waitangi y sus principios.

23.El proyecto de mandato prevé que la Comisión de Investigación examine: la naturaleza y el alcance del maltrato que tuvo lugar bajo la tutela del Estado; sus repercusiones inmediatas y a largo plazo sobre las personas, las familias y las comunidades (incluidos los efectos intergeneracionales); los factores (incluidos los sistémicos) que pueden haber causado el maltrato o contribuido a él; y las lecciones que deben extraerse para el futuro.

24.La Comisión de Investigación podrá examinar los casos de maltrato ocurridos entre el 1 de enero de 1950 y el 31 de diciembre de 1999, y goza de cierta discrecionalidad para examinar cuestiones fuera de esas fechas. Examinará casos de maltrato físico, emocional y sexual, así como de desatención, conforme se definen en las normas nacionales e internacionales aplicables. La Comisión de Investigación podrá examinar las experiencias de niños, adolescentes y adultos (incluidas las personas con discapacidad).

25.La Comisión de Investigación examinará los actuales protocolos de prevención del maltrato y respuesta frente a este, así como los mecanismos de reparación para las víctimas y los supervivientes. El término “reparación” se utiliza en un sentido amplio para incluir compensaciones de carácter monetario y no monetario, como se describe en las orientaciones nacionales e internacionales al respecto.

26.La Comisión de Investigación puede recomendar la adopción de medidas de carácter legislativo, administrativo, político, práctico o procedimental. Formulará recomendaciones sobre las medidas apropiadas que el Estado debe tomar para rectificar el daño causado, entre ellas la conveniencia de que este emita una disculpa.

27.De conformidad con la Ley de Investigaciones de 2013, la Comisión de Investigación no puede formular conclusiones sobre responsabilidad civil, penal o disciplinaria, pero sí puede constatar infracciones y puede recomendar que se adopten medidas para determinar responsabilidades.

28.El proyecto de mandato prevé que la Comisión de Investigación presente un informe definitivo en la actual legislatura (que finaliza en 2020), a menos que se decida prorrogar el plazo, con el aval del ministro responsable.

Reducción del número de niños maoríes y de los pueblos del Pacífico que están bajo la tutela del Estado

29.Uno de los principales objetivos de Oranga Tamariki, el Ministerio de la Infancia, creado el 1 de abril de 2017, es reducir el número desproporcionado de maoríes y personas originarias de las Islas del Pacífico en las instituciones de protección y tutela y en el sistema de justicia de menores. Los valores de Oranga Tamariki incluyen altas aspiraciones para los niños maoríes y el trabajo en estrecha colaboración con las whānau (familias), los hapū (grupos de parentesco) y las iwi (tribus).

30.Al final del trimestre de marzo de 2018, un 69% de los niños bajo la tutela del Estado eran maoríes, mientras que un 6% pertenecían a poblaciones de las Islas del Pacífico. La mitad de las personas que entran en contacto con los servicios de protección y tutela y el sistema de justicia de menores son maoríes, y la probabilidad de que sean remitidos a los servicios de Oranga Tamariki duplica a la del total de la población.

31.Oranga Tamariki está obligado por ley a establecer objetivos mensurables de reducción de las disparidades en el caso de los maoríes, y en 2018 se están preparando medidas para el seguimiento de la mejora de los resultados correspondientes a ese grupo. Según lo previsto, ese seguimiento se efectuará a partir del 1 de julio de 2019, a fin de que el primer informe anual pueda hacerse público una vez que se analicen los datos correspondientes a los 12 meses transcurridos hasta el 30 de junio de 2020.

32.A partir del 1 de julio de 2019, Oranga Tamariki también tendrá la obligación de velar por que:

a)Las políticas, las prácticas y los servicios del departamento tomen en consideración a los mana tamaiti (hijos) y la whakapapa (genealogía) de los niños y jóvenes maoríes, y las whānaungatanga (responsabilidades familiares) respecto de su whānau (familia), hapū (grupo de parentesco) e iwi (tribu);

b)Se establezcan asociaciones estratégicas con las iwi y las organizaciones maoríes para ofrecer mejores resultados a los niños y jóvenes maoríes que lleguen al conocimiento del Ministerio y sus whānau (familias);

c)Se elaboren y se revisen periódicamente orientaciones para respaldar la competencia cultural del personal del Ministerio, entre otras prácticas óptimas.

33.Oranga Tamariki cuenta con un marco de referencia para todos los profesionales de ese ámbito. Cabe citar por ejemplo la norma denominada “ Whakamana te tamaiti: Empowering Māori children ” (Whakamana te tamaiti: empoderar a los niños maoríes), que se centra en maneras, apropiadas desde el punto de vista cultural, de promover los derechos. Por ejemplo, se realiza una investigación especializada de la ascendencia genealógica de los niños para proporcionarles información cultural que los ayude a conformar su identidad, les proporcione un sentido de pertenencia y los conecte con sus familiares y los recursos. En la Whakamana te tamaiti se incluye a los grupos de familiares próximos y a la familia extendida y se les invita a participar en el proceso de tutela y protección. Este sistema se está ensayando en 21 localidades de Nueva Zelandia.

34.Otras iniciativas que se centran en lograr mejores resultados y reducir el número de niños maoríes y de las Islas del Pacífico que se encuentran bajo tutela del Estado son las siguientes:

a)Organización de reuniones con las familias en etapas tempranas, para apoyar a las familias maoríes en situación de riesgo;

b)Prestación de apoyo a las iwi (tribus) para que coordinen sus propias conferencias familiares, es decir reuniones estructuradas de miembros de la “familia” cuyo objetivo es adoptar decisiones con respecto a cuestiones de tutela y protección o casos de jóvenes infractores de la ley;

c)Elaboración de instrumentos para concienciar sobre las necesidades de las poblaciones de las Islas del Pacífico y fomento de la sensibilidad cultural y las competencias técnicas en el Oranga Tamariki;

d)Elaboración de planes y herramientas para apoyar la participación de interesados externos de las Islas del Pacífico;

e)Colaboración con los jóvenes de las Islas del Pacífico y los prestatarios de servicios para orientar el diseño de los servicios;

f)Creación de un grupo de las Islas del Pacífico que asuma un liderazgo intelectual y promueva la colaboración con los interesados de las Islas del Pacífico; y

g)Creación de una dependencia de los pueblos de las Islas del Pacífico que se encargue de defender las voces de estos en el Oranga Tamariki.

Apéndice

Reparaciones comerciales y monetarias concedidas en el marco de la solución de reclamaciones con arreglo al Tratado, al 4 de mayo de 2018

Número

Iwi (tribu)

Fecha de firma del acuerdo

Reparaciones comerciales y monetarias (gasto imputado*, expresado en dólares)

1

Waitomo

14 de junio de 1990

n/d

2

Ngāti Whakaue

23 de septiembre de 1993

5 210 000

3

Ngāti Rangiteaorere

21 de octubre de 1993

760 000

4

Hauai

30 de octubre de 1993

715 682

5

Waikato Tainui Raupatu

22 de mayo de 1995

170 000 000

6

Waimakuku

20 de diciembre de 1995

375 000

7

Te Maunga

2 de octubre de 1996

129 032

8

Rotomā

6 de octubre de 1996

43 931

9

Ngāi Tahu

21 de noviembre de 1997

170 000 000

10

Turangitukua

26 de septiembre de 1998

5 000 000

11

Pouakani

19 de noviembre de 1999

2 000 000

12

Te Uri o Hau

13 de diciembre de 2000

15 600 000

13

Ngāti Ruanui

12 de mayo de 2001

41 000 000

14

Ngāti Tama

20 de diciembre de 2001

14 500 000

15

Ngāti Awa

27 de marzo de 2003

43 390 000

16

Ngāti Tūwharetoa (BOP)

6 de junio de 2003

10 500 000

17

Ngaa Rauru Kiitahi

27 de noviembre de 2003

31 000 000

18

Te Arawa Lakes

18 de diciembre de 2004

2 700 000

19

Ngāti Mutunga (Taranaki)

31 de julio de 2005

14 900 000

20

Te Roroa

17 de diciembre de 2005

9 500 000

21

Affiliate Te Arawa Iwi/Hapū

30 de septiembre de 2006

n/d

22

Affiliate Te Arawa Iwi/Hapū

11 de junio de 2008

38 600 000

23

Central North Island Collective

25 de junio de 2008

14 669 640

24

Taranaki Whānui ki te Upoko o te Ika

19 de agosto de 2008

25 025 000

25

Waikato Tainui (River claim)

22 de agosto de 2008

n/d

26

Ngāti Apa (North Island)

8 de octubre de 2008

16 000 000

27

Whanganui On-Account

31 de julio de 2009

n/d

28

Ngāti Whare

8 de diciembre de 2009

9 568 260

29

Ngāti Manawa

12 de diciembre de 2009

12 207 780

30

Ngāti Raukawa (River)

17 de diciembre de 2009

n/d

31

Waikato Tainui (River claim)

17 de diciembre de 2009

n/d

32

Upper Waikato River Iwi

9 de marzo de 2010

n/d

33

Ngāti Tūwharetoa (River interests)

31 de mayo de 2010

n/d

34

Ngāti Maniapoto (Waipa River)

27 de septiembre de 2010

n/d

35

Ngāti Kuia (Kurahaupo)

23 de octubre de 2010

24 330 388

36

Ngāti Apa ki te Rā Tō (Kurahaupō)

29 de octubre de 2010

27 830 388

37

Rangitāne o Wairau (Kurahaupō)

4 de diciembre de 2010

24 830 388

38

Ngāti Pāhauwera

17 de diciembre de 2010

20 000 000

39

Ngāti Porou

22 de diciembre de 2010

90 000 000

40

Ngāi Tamanuhiri

5 de marzo de 2011

11 070 000

41

Maraeroa A and B Block Settlement

12 de marzo de 2011

1 800 000

42

Ngāti Mākino

2 de abril de 2011

9 600 000

43

Ngāti Manuhiri

21 de mayo de 2011

9 000 000

44

Ngāti Whātua o Kaipara

9 de septiembre de 2011

22 100 000

45

Waitaha

20 de septiembre de 2011

7 500 000

46

Rongowhakaata

30 de septiembre de 2011

22 240 000

47

Ngāti Whātua Ōrākei

5 de noviembre de 2011

18 000 000

48

Te Aupōuri

28 de enero de 2012

21 040 000

49

Ngāti Raukawa

2 de junio de 2012

50 000 000

50

Ngāti Ranginui

21 de junio de 2012

38 027 555

51

Tāmaki Makaurau Collective

8 de septiembre de 2012

n/d

52

NgāiTakoto

27 de octubre de 2012

21 040 000

53

Te Rarawa

28 de octubre de 2012

6 000 000

54

Ngāti Toa Rangātira

7 de diciembre de 2012

55

Ngāti Rangiwewehi

16 de diciembre de 2012

56

Tapuika

16 de diciembre de 2012

6 000 000

57

Ngāti Koroki Kahukura

20 de diciembre de 2012

3 000 000

58

Ngāti Koata

21 de diciembre de 2012

11 760 000

59

Te Atiawa o Te Waka-a-Maui

21 de diciembre de 2012

11 760 000

60

Ngāti Pūkenga

7 de abril de 2013

7 000 000

61

Ngāti Rarua

13 de abril de 2013

11 760 000

62

Ngāti Tama ki Te Tau Ihu

20 de abril de 2013

12 060 000

63

Maungaharuru Tangitū Hapū

25 de mayo de 2013

23 000 000

64

Ngāi Tūhoe

4 de junio de 2013

168 923 000

65

Ngāti Rangiteaorere

14 de junio de 2013

750 000

66

Ngāti Hauā

18 de julio de 2013

13 000 000

67

Ngāi Te Rangi

14 de diciembre de 2013

29 500 000

68

Ngāti Kuri

7 de febrero de 2014

21 040 000

69

Te Kawerau ā Maki

22 de febrero de 2014

6 500 000

70

Ngāruahine

5 de agosto de 2014

67 500 000

71

Whanganui River

9 de agosto de 2014

81 000 000

72

Te Ātiawa (Taranaki)

9 de agosto de 2014

87 000 000

73

Tauranga Moana Iwi Collective

21 de enero de 2015

250 000

74

Ngāti Hineuru

2 de abril de 2015

25 000 000

75

Taranaki Iwi

5 de septiembre de 2015

70 000 000

76

Heretaunga Tamatea

26 de septiembre de 2015

105 000 000

77

Ngāi Tai ki Tāmaki

7 de noviembre de 2015

12 700 000

78

Rangitāne o Manawatū

14 de noviembre de 2015

13 500 000

79

Ngatikahu ki Whangaroa

18 de diciembre de 2015

6 200 000

80

Rāngitane o Wairarapa-Tamaki Nui-ā-Rua

6 de agosto de 2016

32 500 000

81

Ahuriri Hapū

2 de noviembre de 2016

19 500 000

82

Te Wairoa

26 de noviembre de 2016

100 000 000

83

Ngāti Tamaoho

30 de abril de 2017

10 300 000

84

Ngāti Tūwharetoa

8 de julio de 2017

77 612 740

85

Ngāti Hei

17 de agosto de 2017

8 500 000

86

Ngāti Rangi

10 de marzo de 2018

17 000 000

Total

2 241 868 784

* El gasto imputado total corresponde a las reparaciones comerciales y monetarias, y generalmente no incluye el valor de las reparaciones de carácter cultural o las reparaciones concedidas a título graciable.