CRS

Servicios Católicos de Socorro

CEDEAO

Comunidad Económica de los Estados del África Occidental

PAI

Programa Ampliado de Inmunización

FIDA

Federación Internacional de Abogadas

PIB

Producto Interno Bruto

GLSS

Ghana Living Standards Survey

PPME

Países Pobres Muy Endeudados

OIT

Organización Internacional del Trabajo

AIEPI

Atención Integrada a las Enfermedades Prevalentes de la Infancia

IPEC

Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil

PAN

Programa de Acción Nacional

UNICEF

Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia

WACAP

Proyecto para el Caco y la Agricultura de África Occidental

WAJU

Unidad policial de la mujer y el menor

PMA

Programa Mundial de Alimentos

ÍNDICE

Párrafos Página

INTRODUCCIÓN1-89

I.MEDIDAS GENERALES DE APLICACIÓN9-2510

A.Reservas910

B.La conformidad con la Convención sobre los Derechos del Niño10-1510

C.El estatuto de la Convención en el plano nacional16-1712

D.Decisiones judiciales de los órganos judiciales o cuasijudiciales1812

E.Los recursos legales (recursos civiles)19-2013

F.La estrategia nacional para la infancia21-2513

II.ESTRATEGIA NACIONAL26-3915

A.La aplicación, coordinación y supervisión26-3015

B.Cooperación con la sociedad civil3116

C.La divulgación de la Convención32-3916

III.DEFINICIÓN DEL NIÑO40-6717

A.El asesoramiento jurídico y médico sin autorización parental4117

B.El tratamiento médico o la intervención quirúrgica sinautorización parental4217

C.La finalización de la enseñanza obligatoria4318

D.La admisión al empleo, incluido el trabajo peligroso, y eltrabajo a tiempo parcial o a tiempo completo4418

E.El matrimonio4518

F.El consentimiento sexual4618

G.El alistamiento voluntario en las fuerzas armadas4718

H.El reclutamiento por las fuerzas armadas4819

ÍNDICE (continuación)

Párrafos Página

III.(continuación)

I.La responsabilidad penal4919

J.La privación de libertad50-5219

K.La declaración como testigo en causas civiles y penales antelos tribunales5320

L.La presentación de denuncias y la solicitud de reparaciónante órganos judiciales o cuasi judiciales sin autorizaciónparental54-5520

M.La solicitud de reparación a una junta de protección demenores5620

N.La solicitud de reparación ante un Tribunal de la Familia5720

O.La participación en los procedimientos administrativos yjudiciales que conciernen al niño5820

P.El consentimiento al cambio de identidad/acceso a la información sobre la familia biológica5921

Q.La capacidad jurídica para heredar y realizar transaccionespatrimoniales6021

R.La creación de asociaciones o la incorporación a ellas6121

S.La elección de una religión o asistencia a centros de instrucción religiosa6221

T.El consumo de alcohol y otras sustancias reguladas63-6421

U.La escolarización y el empleo6522

V.La discriminación por motivos de sexo6622

W.La pubertad6722

IV.PRINCIPIOS GENERALES68-10122

A.La no discriminación68-7622

B.Los tribunales de distrito7725

ÍNDICE (continuación)

Párrafos Página

IV.(continuación)

C.El interés superior del niño78-8325

D.El derecho a la vida, la supervivencia y el desarrollo84-8925

E.El cuidado y el desarrollo en la prima infancia90-9326

F.El respeto de la opinión del niño94-10027

G.Limitaciones10128

V.LOS DERECHOS Y LIBERTADES CIVILES102-13129

A.Nombre y nacionalidad102-10829

B.La preservación de la identidad109-11030

C.El derecho a conocer a sus padres y a ser cuidado por ellos111-11230

D.La libertad de expresión113-11431

E.La libertad de pensamiento, de conciencia y de religión115-11631

F.La libertad de asociación y de celebrar reuniones pacíficas117-11932

G.La protección de la vida privada12032

H.El acceso a información adecuada121-12333

I.El derecho a no ser sometido a torturas ni a otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes124-12633

J.Los procedimientos de denuncia12734

K.Las campañas de sensibilización12834

L.Actividades de capacitación12934

M.La rehabilitación de los niños13034

N.Sistemas independientes de supervisión13135

VI.ENTORNO FAMILIAR Y OTRO TIPO DE TUTELA132-16435

A.Orientación parental132-13535

ÍNDICE (continuación)

Párrafos Página

VI.(continuación)

B.Las responsabilidades de los padres136-13735

C.La separación de los padres138-14036

D.La reunión de la familia141-14237

E.El traslado y la retención ilícitos143-14737

F.El pago de la pensión alimenticia del niño148-14938

G.Los niños privados de su medio familiar15038

H.La adopción151-15538

I.El examen periódico de las asignaciones156-15739

J.Los abusos y el descuido158-16440

VII.SALUD BÁSICA Y BIENESTAR165-22742

A.Salud y servicios de salud16542

B.Políticas y programas 166-17642

C.Programas17744

D.Legislación178-17945

E.Mortalidad maternal e infantil180-18245

F.Principales enfermedades mortales en niños menoresde 5 años183-18446

G.Cobertura de salud reproductiva infantil185-19147

H.Prevención de VIH/SIDA y de las infecciones de transmisiónsexual192-19449

I.Recogida de datos195-19750

J.Participación de organizaciones no gubernamentales19850

K.Problemas a que hace frente el Servicio de Salud de Ghana19951

ÍNDICE (continuación)

Párrafos Página

VII.(continuación)

L.Prácticas tradicionales200-20751

M.Los niños discapacitados208-21352

N.El nivel de vida214-22353

O.La seguridad social y los servicios e instalaciones de guardade niños224-22759

VIII.EDUCACIÓN, ESPARCIMIENTO Y ACTIVIDADESCULTURALES228-29660

A.La educación, incluidas la formación y orientaciónprofesionales228-24460

B.Asignaciones presupuestarias245-24764

C.Costo real de la educación para la familia de un niño248-24966

D.Idiomas de la enseñanza escolar25066

E.Mecanismos para garantizar una educación integradora251-25366

F.Medidas para garantizar un número suficiente de maestrosen las escuelas254-25568

G.Prestación de servicios educativos256-25768

H.Índice de analfabetismo258-25968

I.Enseñanza extraescolar260-26269

J.Cambios en el sistema educativo263-26470

K.Matriculación26571

L.Nueva legislación26671

M.Impartición de enseñanza en la primera infancia26772

N.Planificación de la educación268-26972

O.Reducción de la deserción escolar27073

ÍNDICE (continuación)

Párrafos Página

VIII.(continuación)

P.Logros alcanzados271-27373

Q.Objetivos274-27573

R.Mecanismos de supervisión276-27775

S.Enseñanza secundaria278-28175

T.Acceso a la enseñanza superior28276

U.Castigos corporales283-28476

V.Derecho a ser oído28576

W.Formación de maestros en los derechos del niño28676

X.El descanso, el esparcimiento y las actividades culturales287-29577

Y.Problemas29678

IX.MEDIDAS ESPECIALES DE PROTECCIÓN297-34378

A.Los niños refugiados297-30178

B.La retirada de su domicilio de niños necesitados de cuidadoy protección302-30380

C.Los niños en los conflictos armados304-30680

D.Los niños en el sistema de administración de justicia demenores307-31980

E.Los niños sometidos a explotación, incluida su recuperaciónfísica y psicológica y su reintegración social320-32883

F.La explotación y los abusos sexuales329-33085

G.La venta, la trata y el secuestro331-33985

H.Otras formas de explotación340-34386

X.CONCLUSIÓN344-34687

INTRODUCCIÓN

1.Ghana demostró su compromiso en favor de los niños al ratificar la Convención sobre los Derechos del Niño el 5 de febrero de 1990. Desde entonces, el Gobierno y la población de Ghana no han cejado en su empeño de armonizar las leyes y políticas internas con la Convención. Si bien Ghana admite que aún caben muchas mejoras, se han logrado avances considerables, a pesar de las dificultades económicas y culturales.

2.El clima propiciado por la adhesión de Ghana al sistema democrático ha permitido que se consolide la protección de los derechos del niño en la Constitución de 1992 y facilitó además la incorporación en el derecho legislado del profundo sentido del valor que tiene la familia propio del país. Aplicando la Convención y los demás instrumentos de derechos humanos a través de la legislación interna, por ejemplo la Ley del menor de 1998 (Ley Nº 560), Ghana espera construir una sociedad unida e integradora que proteja a los niños y les permita crecer y desarrollarse hasta el máximo de sus posibilidades.

3.Asimismo, se ha renovado el compromiso de promover y proteger los derechos de los niños de Ghana. Clara muestra de ello es la creación en 2001 de un Ministerio de Estado de la Mujer y el Niño. Esa voluntad quedó además plasmada en las actividades de preparación y seguimiento del período extraordinario de sesiones sobre la infancia de la Asamblea General de las Naciones Unidas en 2002. Ghana participó en las tres reuniones del Comité preparatorio previas al período de sesiones, lanzó una campaña para decir sí en favor de la infancia, se unió al Movimiento Mundial en favor de la Infancia y estableció la Alianza Nacional para la Infancia y su Fondo Fiduciario con el patrocinio del Excmo. Sr. Presidente John Agyekum Kufuor el 24 de abril de 2001. De resultas del período extraordinario de sesiones, Ghana está preparando un Programa de Acción Nacional (PAN) para la infancia, de diez años de duración.

4.En Ghana todavía se producen violaciones de los derechos del niño, a pesar de que se ha avanzado considerablemente para impedir que ocurran. Reconociendo este hecho, la Administración aborda el problema del abuso de los derechos del niño mediante la formulación y la aplicación de políticas en beneficio de los menores, el desarrollo de infraestructuras, programas contra la pobreza, el buen gobierno y una mayor participación de los niños.

5.Desde que se presentó el primer informe, el Gobierno de Ghana ha promulgado tres leyes importantes, la Ley de enmienda del Código Penal de 1998 (Ley Nº 554), la Ley del menor de 1998 (Ley Nº 560) y la Ley de justicia de menores de 2003 (Ley Nº 653), para garantizar que los niños estén protegidos de conformidad con las normas internacionales. La Comisión Nacional del Niño y otras entidades se ocupan incansablemente de informar y sensibilizar a adultos y niños de los derechos dispuestos en la Convención y estas leyes.

6.Este informe se presenta en el momento en que Ghana conoce una aceleración positiva del proceso y la reforma democráticos. En 2000 hubo un cambio de gobierno democrático y pacífico, triunfo sin precedentes en la historia nacional. Esto ha creado las condiciones propicias para que se respeten los derechos humanos y ha servido de catalizador para proseguir las reformas en esta esfera. Sensibilizando de los derechos humanos, creando el marco adecuado para investigar las violaciones de los derechos humanos que se cometan y garantizando la existencia de mecanismos apropiados para ejercerlos, el Gobierno de Ghana espera administrar justicia a sus ciudadanos, especialmente a sus niños, y proseguir la reforma económica y política.

7.En este informe se abordan los motivos de preocupación expuestos en el primer informe, como son la finalización y aprobación de leyes generales para la protección de los niños; el fortalecimiento de la coordinación entre los diversos órganos y mecanismos de la Administración relacionados con los derechos del niño; el desarrollo de un sistema de obtención y gestión de datos sobre la infancia; la incorporación de la Convención sobre los Derechos del Niño en los programas de estudios y de formación de los gremios que obran por el desarrollo del niño, entre otras cosas.

8.El presente informe está dividido en 11 secciones en las que se describe la aplicación de la Convención hasta el final del año 2003. Comienza con una introducción, seguida de una sección sobre las medidas generales de aplicación de la Convención y la estrategia nacional adoptada para tratar los problemas de la infancia. La definición de "niño" y otras cuestiones relativas a ciertas disposiciones de la legislación ghanesa se tratan en la sección siguiente. El informe también se refiere a los principios generales de la Convención en relación con los sistemas jurídico y administrativo del país. La sección siguiente trata de los derechos y libertades civiles de los niños ghaneses, en particular la Constitución de 1992, la Ley de enmienda del Código Penal de 1998 (Ley Nº 554) y la Ley del menor de 1998 (Ley Nº 560). Las cuestiones relativas al entorno familiar y otro tipo de tutela se abordan en la séptima sección, y la siguiente trata de la salud básica y el bienestar de los niños. Los temas de la educación, el esparcimiento y las actividades culturales se abordan en la novena sección. La décima trata de las medidas especiales de protección establecidas para solucionar los problemas de los menores de Ghana; la última sección cierra el informe.

I. MEDIDAS GENERALES DE APLICACIÓN

A. Reservas

9.Ghana no formuló reservas a la Convención sobre los Derechos del Niño y suscribe plenamente el resultado de la Conferencia Mundial de Derechos Humanos (1994).

B. La conformidad con la Convención sobre los Derechos del Niño

Armonización de la legislación

10.Con arreglo al artículo 4 de la Convención, Ghana ha puesto gran empeño en armonizar plenamente la legislación y las prácticas nacionales con los principios y las disposiciones de la Convención. Según se indicó en los párrafos 8 a 11 del informe inicial, muchas instituciones, como la Comisión Nacional del Niño, han cuidado de que la práctica nacional se ajuste a la Convención. En lo que respecta a la legislación, según se indicó en los mismos párrafos, la Constitución de 1992 es un marco para la protección de los derechos del niño.

11.Desde que se presentó el informe inicial, entre otros, se ha conseguido lo siguiente:

a)La revisión general de toda la legislación interna por el Comité Asesor para la reforma de la Ley del menor entre 1995 y 1998 culminó con la aprobación de los instrumentos legislativos que se indican más abajo.

b)En 1998, se aprobó la Ley de enmienda del Código Penal (Ley Nº 554) para armonizarlo con la Convención. La enmienda incluye un aumento de la edad de responsabilidad penal; una mayor protección de los malos tratos y el secuestro de niños; mayor protección contra los delitos sexuales, incluido el incesto, y otros ámbitos en que aumenta la protección de los niños de la corrupción, la seducción, la prostitución y el matrimonio precoz (el texto completo figura en los anexos).

c)La Ley del menor de 1998 (Ley Nº 560) es conforme con la Convención. Contiene una lista de los derechos exigibles y de los deberes de los padres; las órdenes relativas a la atención y la protección de los niños; el establecimiento de normas y procedimientos para la resolución de asuntos judiciales o cuasi judiciales relacionados con los niños; el establecimiento de tribunales de la familia; normas relativas a los deberes y responsabilidades, la custodia y tenencia, y el derecho de visita de los padres; normas sobre hogares de guarda y adopción; normas que prohíben diversas formas de trabajo infantil; normas que rigen el aprendizaje; normas básicas de admisión de los niños en instituciones; normas para el funcionamiento de las guarderías y normas para la inscripción del nacimiento (el texto completo de la ley figura en el apéndice).

d)También se aprobó el instrumento legislativo (L.I 1705), de los derechos del niño de 2002, para desarrollar la Ley del menor.

e)La Ley de justicia de menores de 2003 (Ley Nº 653) tiene por objeto proteger los derechos de los delincuentes juveniles de conformidad con la Convención y las Reglas mínimas de las Naciones Unidas para la administración de la justicia de menores (Reglas de Beijing).

Reforma institucional

Ministerio de la Mujer y el Niño

12.El Ministerio de la Mujer y el Niño fue creado para salvar las deficiencias administrativas que hasta entonces impedían aplicar debidamente la Convención sobre los Derechos del Niño. Está encargado de poner en vanguardia y coordinar el género y el desarrollo del niño. Por consiguiente, tiene el mandato de coordinar, supervisar y revisar las políticas de la mujer y el niño que se formulen y aplicarlas en los distintos sectores.

Consejo Nacional de la Mujer y el Desarrollo y Comisión Nacional del Niño

13.El Consejo Nacional de la Mujer y el Desarrollo y la Comisión Nacional del Niño han pasado a ser departamentos que se encargan de aplicar la política y asesorar al Ministerio en lo relativo a la política de la mujer o el niño.

Unidad de la Mujer y el Menor

14.La Unidad de la Mujer y el Menor abrió sus puertas primero en Accra en octubre de 1998. Ya funciona en las diez regiones administrativas del país. Es un órgano policivo único y el primero de este tipo en el África occidental. Sus oficinas no son otras tantas comisarías de policía. Deben ser un centro de información, apoyo y coordinación, además de ofrecer servicios básicos de atención al público con un equipo de personal civil compuesto de psicólogos clínicos, asistentes sociales, consejeros y asesores jurídicos. La unidad recibió de la jefatura de policía el mandato de colaborar con la Federación Internacional de Abogadas (FIDA), la Comisión de Derechos Humanos y Justicia Administrativa, la Junta de Asistencia Jurídica y otras entidades. Sus objetivos principales son prevenir, investigar y perseguir los delitos cometidos contra las mujeres y los niños y brindarles protección.

Comisión de Ghana sobre el SIDA

15.La Comisión de Ghana sobre el SIDA es un órgano supraministerial y multisectorial establecido en 2002, encabezado por el Presidente de la República en virtud de la Ley Nº 613, para dirigir y coordinar los programas y actividades generales (de los ministerios, departamentos, organismos, sector privado, entidades asociadas en el desarrollo, organizaciones no gubernamentales (ONG), organizaciones de la comunidad y sociedad civil) en la lucha contra el VIH/SIDA. El programa y las actividades de la Comisión se basan en el Marco Estratégico Nacional contra el VIH/SIDA (2001-2005).

C. El estatuto de la Convención en el plano nacional

16.Aunque ni el texto de la Constitución de 1992 ni el de ninguna legislación nacional mencionen expresamente la Convención, los legisladores de Ghana han procurado que el ordenamiento jurídico se inspire en ella. En la Ley del menor, la Ley de enmienda del Código Penal y la Ley de justicia de menores se vela por respetar el espíritu de la Convención.

17.A la luz del artículo 41 de la Convención, Ghana observa que ésta no afectará a las disposiciones de las leyes nacionales ni del derecho internacional vigentes que sean más conducentes a dar efecto a los derechos del niño. Ghana no desea precisar las normas nacionales o internacionales vigentes que serían "más propicias" que las disposiciones de la Convención para darles efecto puesto que sería una apreciación subjetiva.

D. Decisiones judiciales de los órganos judiciales o cuasi judiciales

18.Cuando se haya presentado una demanda ante un tribunal de la familia, un tribunal de distrito o un tribunal superior, se dictara sentencia o una orden motivada vinculante para las partes, las cuales tendrán derecho de apelación con arreglo al artículo 38 4) de la Ley Nº 560 y la Ley de tribunales de justicia. La Comisión de Derechos Humanos y Justicia Administrativa emitirá un dictamen con arreglo al artículo 7 1) d) a fin de reparar, enmendar y anular las acciones que hayan supuesto una violación de los derechos y libertades fundamentales del niño de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 1) a) y c) de la Ley relativa a la Comisión de Derechos Humanos y Justicia Administrativa de 1993 (Ley Nº 456). La Comisión notificará el dictamen al infractor (particulares, su superior jerárquico o las autoridades). Si la parte infractora no pone en práctica lo recomendado en el dictamen, la Comisión tomará las medidas oportunas ante el Tribunal Superior para que se cumpla con arreglo al artículo 18 de la Ley Nº 456.

E. Los recursos legales (recursos civiles)

19.Si se vulneran o violan los derechos que le están garantizados con arreglo al artículo 3-14 de la Ley Nº 560 y en el capítulo 5 de la Constitución, el niño podrá exigir que se respeten y se les dé efecto solicitando a un tribunal de la familia, el tribunal de distrito, el tribunal superior o la Comisión de Derechos Humanos y Justicia Administrativa el remedio correspondiente de conformidad con los artículos 35 y 65 de la Ley 560 y el artículo 7 1) d) de la Ley Nº 456 y el artículo 218 d) de la Constitución de 1992.

20.Están habilitados para presentar una demanda: el padre o la madre del niño, un tutor, cualquier otra persona, el propio niño, su representante, un agente de libertad vigilada, el Departamento de Bienestar Social, la Comisión de Derechos Humanos y Justicia Administrativa, la Asistencia de Ghana u ONG como la FIDA, que pueden solicitar:

a)La negociación y el avenimiento entre las partes interesadas;

b)La comunicación de la denuncia y la decisión al respecto al superior jerárquico del infractor;

c)El recurso a un tribunal competente para solicitar una medida que garantice que se ponga fin al acto o conducta ilegal o que se abandonen o modifiquen los procedimientos ilegales, o

d)Un recurso para limitar la aplicación de la ley impugnándola si se pretende justificar el acto o conducta culpable invocando leyes o reglamentos delegados que no estén justificados o supongan una actuación desproporcionada.

F. La estrategia nacional para la infancia

21.Como se indicó en los párrafos 22 a 24 del informe inicial de Ghana, la Comisión Nacional del Niño se constituyó para procurar el bienestar general y el desarrollo del niño y coordinar todos los servicios esenciales para la infancia a fin de promover los derechos del niño. La Comisión se encarga de supervisar la aplicación de la Convención; sin embargo, desde 2001, el Ministerio de la Mujer y el Niño tiene el mandato general de velar por el bienestar de éstos. Se prevé que la creación del Ministerio y la reestructuración de sus dependencias permita coordinar efectivamente todo lo concerniente al niño y la mujer.

22.Como un departamento del nuevo Ministerio, la Comisión Nacional del Niño tiene, entre otras, las siguientes funciones:

a)Preparar programas y proyectos basados en políticas y planes del Ministerio sobre cuestiones de la infancia;

b)Reunir información mediante investigaciones, seminarios o informes para formular la política ministerial.

Avances logrados en la ejecución del Programa de Acción Nacional

23.El primer Programa de Acción Nacional (PAN) para los niños se apuntó algunos éxitos aunque no se cumplieron todos sus objetivos. La mortalidad de lactantes disminuyó de 103‰ en 1990 a 56,7‰en 1998. Al mismo tiempo, la mortalidad de menores de 5 años disminuyó de 155a 108‰. El índice de matrícula neta de 67,5% en 1990 aumentó al 88% en 1997 en la enseñanza primaria y a la vez hubo una disminución general de la tasa de analfabetismo en los adultos del 60% en 1990 al 50% en 2000.

24.Los factores que permitieron estos avances son:

a)El PAN influyó en la labor de las instituciones públicas de modo que se avanzó en la supervivencia, protección, participación y desarrollo de los niños;

b)La cobertura mediática de los asuntos relativos a la infancia ha servido para sensibilizar más la Convención y otros asuntos de la infancia;

c)El incremento de las actividades de promoción y protección de la infancia de las ONG;

d)La existencia de una legislación sobre los derechos del niño;

e)El apoyo de las entidades asociadas en el desarrollo;

f)La democracia y el buen gobierno.

Dificultades para ejecutar el Plan de Acción Nacional

25.A pesar del avance habido en la ejecución del PAN, se tropezó con los siguientes inconvenientes, entre otros:

a)Los ministerios, departamentos y organismos del ramo no se molestaron en consultar el PAN;

b)La falta de coordinación y supervisión efectivas para lograr la totalidad de los objetivos.

c)La falta de recursos y partidas presupuestarias suficientes para alcanzar los objetivos del PAN.

II. ESTRATEGIA NACIONAL

A. La aplicación, coordinación y supervisión

Nivel nacional

26.El marco institucional para la aplicación de la Convención en el país desde 2001 hizo del Ministerio de la Mujer y el Niño la principal entidad estatal al respecto. El Ministerio es consciente de que los asuntos del niño abarcan todas las esferas sociales. Por consiguiente, coordina con todas las instituciones y entidades pertinentes la supervivencia, el desarrollo, la protección y la participación de los niños en el país. Al existir el Ministerio, es posible coordinar mejor las actividades de los departamentos gubernamentales en favor de la infancia. Las reuniones periódicas del gabinete y de los departamentos probablemente faciliten la tarea de coordinación.

Nivel regional

27.El departamento ministerial, o Comisión Nacional del Niño, tiene diez oficinas en todas las regiones administrativas del país, que colaboran con sus respectivas asambleas de distrito en la aplicación de la Convención. En cuanto a otros aspectos específicos, el ramo pertinente, como el Ministerio de Salud o el Ministerio de Educación, Juventud y Deporte, tiene la responsabilidad directa de velar por que se apliquen todas las disposiciones de la Convención relativas a la salud o la educación.

28.La Comisión Nacional del Niño también es la principal responsable de compilar estadísticas y datos sobre el bienestar y los derechos del niño. En 2000, la Comisión hizo una encuesta de los niños en Ghana. Se encuestó a 4.513 niños sobre su bienestar y su desarrollo. Los resultados del estudio sirvieron para un informe sobre los niños de Ghana en 2000. Esta encuesta ofrece un panorama cabal y preciso de la situación en que se encuentran y de las repercusiones que, desde su punto de vista, tiene la Convención. El informe de fin del decenio y el seguimiento de la Cumbre Mundial a favor de la Infancia y el análisis de la situación de la mujer y el niño en Ghana también sirvieron para el mismo fin de evaluación. El Servicio de Estadística de Ghana (GSS) y otras instituciones de estudio e investigación también reúnen una gran variedad de datos, como los relativos al niño.

29.Para supervisar y evaluar efectivamente sus programas, proyectos y actividades, la Comisión Nacional del Niño utiliza mecanismos como la presentación de informes anuales sobre el trabajo de los coordinadores regionales, foros de las ONG interesados en la infancia, investigaciones periódicas, la cobertura mediática y la presentación de informes anuales sobre sus actividades.

Nivel de los distritos

30.En virtud del artículo 16 2) de la Ley del menor, la asamblea de distrito tiene el mandato de salvaguardar el bienestar y promover los derechos del niño en su jurisdicción y de coordinar las actividades en favor de la niñez de los organismos estatales y no gubernamentales. En el marco de la descentralización, el Departamento de Bienestar Social y Desarrollo de la Comunidad está presente en los 110 distritos para investigar y actuar en todos los casos de violación de los derechos del niño. En casi todos los 110 distritos existen otras instituciones como tribunales, la Comisión Nacional de Educación Cívica y la Comisión de Derechos Humanos que contribuyen a prestar servicios a los niños. Cabe mencionar, sin embargo, que, en razón de los limitados recursos disponibles en los distritos, los organismos descentralizados citados no han podido cumplir todo su deber.

B. Cooperación con la sociedad civil

31.Por medio de la Comisión Nacional del Niño, el Ministerio de la Mujer y el Niño coopera con los interlocutores sociales nacionales e internacionales y los grupos de la sociedad civil para promover la Convención. Habida cuenta de la limitación de los recursos y de la capacidad de la Comisión, ésta ejecuta algunos de sus programas en colaboración con esas organizaciones. Con objeto de coordinar las actividades y mejorar la comunicación entre estos grupos, la Comisión celebra foros trienales para las organizaciones y los particulares interesados en los derechos del niño en Ghana. El resumen de los resultados y las conclusiones de estos foros se incluyen en el informe anual de la Comisión. La Alianza Nacional por la Infancia, los equipos comunitarios de protección del menor y los clubes de derechos del niño son otros medios que la Administración utiliza para favorecer el ejercicio de los derechos del niño.

C. La divulgación de la Convención

32.La Convención ha sido traducida a los seis principales idiomas de Ghana: ga, ewe, twi, dagbani, dagare y nzema. Se han editado 1.000 ejemplares en cada uno, que se han distribuido en todo el país, y muchos los utilizan como material de consulta. En los medios de comunicación electrónicos e impresos, públicos y privados, del país se sigue hablando de la Convención que no se ha traducido a ninguno de los idiomas de los refugiados residentes en el país.

33.Entre 1997 y 2002, se llevaron a cabo varios programas de divulgación nacional y regional, o en los distritos y comunidades a todos los interesados y los grupos de la sociedad civil. Algunos de los interesados son: el Departamento de Bienestar Social, la FIDA, la Coalición de ONG de Ghana de los Derechos del Niño, la Unidad Policial de la Mujer y el Menor, Curious Minds, Mujeres de la Radiodifusión (WIB), la Comisión Nacional de Educación Cívica, la Comisión de Derechos Humanos y Justicia Administrativa y el Consejo Nacional para la Mujer y el Desarrollo. Se distribuyeron más de 20.000 ejemplares de la Ley Nº 560 y la Ley Nº 554, que se examinaron con el concurso de los organismos colaboradores.

34.Se realizaron numerosos programas, en la prensa o electrónicamente, para dar a conocer la Convención a todos los niños. Además, con la participación activa de éstos, se ha simplificado para que ellos la entiendan. Se han distribuido ejemplares a todas las instituciones de formación de docentes, que los utilizan como material de consulta.

35.Los medios de comunicación han resultado un gran aliado para fomentar la participación de los niños. Hay más de 50 emisoras de radio privadas, muchas de ellas tienen programas para niños en los que éstos participan activamente, moderando y produciéndolos.

36.La Comisión Nacional del Niño colabora con otros organismos estatales de la infancia en la organización de seminarios, talleres y reuniones de promoción de los derechos del niño. Se han celebrado varios cursillos para otras entidades, como los media y la policía de todo el país, que se consideran importantes para dar cumplimiento a la Convención. Ya se ha comenzado a incorporar la Convención en los programas de estudio de distintas profesiones (por ejemplo, la policía, el personal judicial, las escuelas de medicina o de enfermería).

37.Participan en la promoción de la Convención varias ONG para la infancia. Algunas de ellas se agruparon en la Coalición de ONG de Ghana de defensa de los derechos del niño a fin de tratar de incrementar el bienestar de los niños del país. Componen la Coalición 150 ONG, un promedio de 15 por región administrativa.

38.Las principales actividades de la Coalición han sido la promoción y la sensibilización de cuestiones precisas que afectan a los niños, la formación y la potenciación de sus miembros y también de los medios de comunicación, las asociaciones de músicos, los grupos religiosos y los niños. Con los programas de promoción se pretende ayudar a cambiar la política para que favorezca a los niños.

39.Las ONG desempeñan un papel muy importante y contribuyen al seguimiento de la Convención reuniendo información y documentación y velando por que la Administración cumpla sus obligaciones con arreglo a ella.

III. DEFINICIÓN DEL NIÑO

40.Prácticamente no hay discrepancias entre la legislación nacional y la Convención. La Ley del menor de 1998 define al niño como la persona menor de 18 años, al igual que la Convención. El proceso de revisión de la legislación de menores que culminó con la Ley del menor estipuló la edad para gozar de los derechos del niño. Anteriormente, la edad hasta la que se consideraba menores a los delincuentes era de 17 años. Actualmente conforme a la Ley de justicia de menores, es de 18 años. En Ghana no hay una edad única a la que se llegue a la mayoría. La edad de votar con arreglo a la Constitución es de 18 años. Con arreglo a la Ley de sucesiones testadas de 1971 (Ley Nº 360) se puede testar desde los 18 años. El consumo de alcohol es legal a los 18 años, con arreglo a la Ley de venta de bebidas alcohólicas de 1970 (Ley Nº 331). Ahora bien, la edad de la responsabilidad contractual con arreglo al Código Mercantil de 1963 (Ley Nº 179) es de 21 años.

A. El asesoramiento jurídico y médico sin autorización parental

41.No es preciso tener autorización parental para ningún tipo de asesoramiento jurídico o médico. El Ministerio de Salud está buscando la forma de atender mejor a los adolescentes.

B. El tratamiento médico o la intervención quirúrgica sin autorización parental

42.Los niños pueden recibir casi todo tipo de tratamiento médico sin autorización parental, pero para una intervención quirúrgica, todos los menores de 18 años deben tenerla. Recientemente, la Comisión de Derechos Humanos y Justicia Administrativa ha determinado que, cuando los padres no dan su consentimiento únicamente en razón de sus creencias religiosas o de otro tipo, el facultativo debe decidir cuál es el procedimiento médico más conveniente para el menor y obrar en consecuencia.

C. La finalización de la enseñanza obligatoria

43.La Constitución concede a todos los niños ghaneses el derecho a la educación. Con arreglo al programa de reforma de la enseñanza de 1987, los nueve primeros años de escolarización (de 6 a 15 años de edad, es decir, la enseñanza básica) son gratuitos y obligatorios, pero los niños mayores de la edad prevista que no hayan finalizado la enseñanza básica también pueden gozar de este derecho.

D. La admisión al empleo, incluido el trabajo peligroso, y el trabajo a tiempo parcial o a tiempo completo

44.Con arreglo al artículo 87 de la Ley del menor, no se empleará a niños en "condiciones de explotación" definidas como el trabajo que los priva de salud, educación o desarrollo. Además, con arreglo al artículo 88, no serán empleados para trabajar entre las 20.00 y las 06.00 horas. Asimismo, con arreglo al artículo 91 no se puede emplear a ningún menor de 18 años en "trabajos peligrosos", definidos como aquellos que constituyen un riesgo para su salud, seguridad o moral. La ley incluye ejemplos concretos de empleos que corresponden a esta categoría, como el trabajo en el mar, la explotación minera y las canteras, la manipulación de cargas pesadas y el trabajo en lugares como bares, hoteles o locales de diversión donde se puede estar expuesto a actos inmorales. Con arreglo a los artículos 89 y 90, la edad mínima de empleo es de 15 años y la edad mínima para los trabajos ligeros es de 13 años. Se define el trabajo ligero como el que no sea susceptible de perjudicar la salud y el desarrollo del niño y no afecte su asistencia a la escuela ni su capacidad de aprender.

E. El matrimonio

45.Con arreglo a la Ley del menor la edad mínima para cualquier tipo de matrimonio es de 18 años. El menor tiene derecho a negarse a los esponsales, a ser objeto de pago de una dote o de alguna transacción y a contraer matrimonio antes de los 18 años. El Departamento de Bienestar Social, la Comisión de Derechos Humanos y Justicia Administrativa y la Unidad Policial de la Mujer y el Menor protegen a los menores de 18 años del matrimonio forzado. Cuando se obliga a los jóvenes a casarse, se pone pleito judicial y así se impide a los padres y al esposo que se consuma el matrimonio.

F. El consentimiento sexual

46.El artículo 101 del Código Penal de 1960 (Ley Nº 29) fue enmendado en 1998 por la Ley de enmienda del Código Penal (Ley Nº 554) que establece que la edad legal de consentimiento sexual es de 16 años. La corrupción de niños de menos de 16 años, con o sin su consentimiento, constituye delito y se castiga con una pena de prisión de 7 a 25 años.

G. El alistamiento voluntario en las fuerzas armadas

47.Como se indicó en el informe inicial, la edad mínima de alistamiento en el ejército es de 18 años.

H. El reclutamiento por las fuerzas armadas

48.No hay reclutamiento militar.

I. La responsabilidad penal

49.El artículo 4 de la Ley de enmienda del Código Penal de 1998 (554) aumenta la edad de responsabilidad penal de los 7 a los 12 años.

J. La privación de libertad

50.En virtud del artículo 4 de la Ley de enmienda del Código Penal, toda persona mayor de 12 años puede incurrir en responsabilidad penal y, por consiguiente, ser privada de su libertad de conformidad con la Ley de justicia de menores. El tratamiento que se dé al joven condenado por un delito variará en función de la naturaleza de éste:

a)Ingreso en un centro correccional por un período de 6 a 18 meses o de 3 años en caso de delitos graves como asesinato o corrupción de menores.

b)Medidas alternativas al ingreso en una institución como libertad vigilada, restitución o pago de indemnización u otras, conforme al artículo 26 de la Ley de justicia de menores. Cuando se le concede la libertad vigilada, el delincuente juvenil está supervisado por un agente o un asistente social. Se restringe su libertad de circulación y se le ayuda a reformarse en el entorno familiar.

c)Aplicación estricta de lo dispuesto en la orden de libertad vigilada, si corresponde al interés superior del menor.

d)Orden de confiarlo a una persona apta.

51.Como se indicó en el informe inicial, el Código de Procedimiento Penal de 1960 prohíbe la imposición de la pena de muerte a los menores delincuentes (de 12 a 17 años de edad) y a los adultos jóvenes delincuentes (de 17 a 21 años). Además, el artículo 46 1) de la Ley de justicia de menores dispone que la pena máxima que se puede imponer a los menores delincuentes (de 12 a 18 años actualmente) o a los adultos jóvenes delincuentes (de 18 a 21 años actualmente) es de tres años de internamiento en un centro correccional para menores cuando se les declare culpables de un delito habitualmente castigado con la pena de muerte.

52.En cuanto a la prisión a perpetuidad, con arreglo al Código de Procedimiento Penal de 1960 y la Ley de justicia de menores, no se puede aplicar a los menores. Con arreglo al Código de Procedimiento Penal, todos los delitos cometidos por menores o jóvenes adultos se castigan del mismo modo: con tres años de internamiento en un reformatorio. Con miras a mejorar este sistema, el citado artículo de la Ley de justicia de menores limita la pena máxima a tres años.

K. La declaración como testigo en causas civiles y penales ante los tribunales

53.Con arreglo al Decreto de probanza de 1975 (NRCD 323), los niños pueden declarar como testigos en causas civiles y penales a menos que estén incapacitados por no poder expresarse o comprender que deben decir la verdad.

L. La presentación de denuncias y la solicitud de reparación ante órganos judiciales o cuasi judiciales sin autorización parental

54.Cualquier persona, incluidos los niños, puede denunciar casos de maltrato de menores o de menores necesitados de cuidado y protección (artículo 17 de la Ley del menor). No es necesaria la autorización parental.

55.Con arreglo a los artículos 18 y 19 de la Ley del menor, si la denuncia concierne a los padres y puede tener consecuencias desfavorables para el menor, el Departamento de Bienestar Social lo pone en un lugar seguro o ayuda a encontrar a una persona apta para que lo cuide, y recomienda además al tribunal que disponga la manutención del menor.

M. La solicitud de reparación a una junta de protección de menores

56.La junta de protección de menores tiene competencias cuasi judiciales en todos los aspectos civiles y algunas jurisdicciones penales (artículos 31 y 32 de la Ley del menor) en lo relativo a los niños. Toda persona directamente interesada puede ser llamada a asistir y participar en las deliberaciones de la junta. Además, ésta permitirá que el niño exprese su opinión y participe en toda decisión que lo afecte (artículo 30 de la Ley del menor). Por último, con arreglo al régimen de juntas de protección de menores, no se exige el pago de los gastos de expediente, que suelen disuadir a las personas de solicitar reparación judicial, facilitándose así la reparación en asuntos de familias o menores.

N. La solicitud de reparación ante un tribunal de la familia

57.Los niños pueden solicitar relaciones de paternidad y manutención sin autorización parental en virtud de la Ley del menor y pueden recibir ayuda de un representante que es quien los ayuda a entablar la acción.

O. La participación en los procedimientos administrativos y judiciales que conciernen al niño

58.Ninguna ley prohíbe que los niños participen en los procedimientos administrativos y judiciales. Con arreglo al artículo 38 de la Ley del menor, el niño tiene derecho a disponer de asistencia letrada ante un tribunal de la familia, el derecho a prestar declaración y expresar su opinión, el derecho a la vida privada y el derecho de presentar recurso. En todos los demás procedimientos administrativos y judiciales, los niños tienen los derechos de que gozan los adultos, además de aquellos amparados con arreglo a la Constitución y demás leyes de la infancia.

P. El consentimiento al cambio de identidad/acceso a la información sobre la familia biológica

59.Con arreglo al artículo 11 de la Ley del menor, el niño tiene derecho a su propia opinión sobre cualquier asunto. El artículo 70 de la Ley del menor precisa las condiciones de adopción, que indican que se ha de tomar en cuenta la voluntad del niño y que si éste tiene al menos 14 años deberá dar su consentimiento a la adopción. El niño tiene derecho a saber que ha sido adoptado si conviene a su interés superior (artículo 72 de la Ley del menor).

Q. La capacidad jurídica para heredar y realizar transacciones patrimoniales

60.No hay restricciones legales a la edad para heredar. Con arreglo a la Ley de Contratos de 1960 (Ley Nº 25), la edad legal para realizar transacciones patrimoniales por contrato oficial es de 21 años.

R. La creación de asociaciones o la incorporación a ellas

61.El artículo 21 1) e) de la Constitución establece la libertad de asociación para todos, incluidos los niños. Los niños pueden crear asociaciones y clubes, por ejemplo, clubes de los derechos del niño, brigadas de niñas y niños, clubes culturales o clubes medioambientales, y adherirse a ellos.

S. La elección de una religión o asistencia a centros de instrucción religiosa

62.No hay leyes específicas que aborden esta cuestión en relación con los niños. No obstante, la Constitución garantiza el derecho de practicar una religión. Todos los niños tienen este derecho.

T. El consumo de alcohol y otras sustancias reguladas

63.Con arreglo a la Ley de venta de bebidas alcohólicas de 1970 (Ley Nº 331), no se puede servir alcohol a niños menores de 18 años. El principal órgano encargado de tratar las cuestiones relativas a las drogas y las sustancias reguladas es la Junta de Control de Estupefacientes que dispone de procedimientos en caso de problemas de drogas en el país. La Ley de estupefacientes (regulación, represión y sanciones) de 1990 (PNDCL 236) prohíbe los estupefacientes y dispone que se establezca la Junta de Control de Estupefacientes con el fin de impedir la entrada de drogas en el país.

64.Ghana ha suscrito muchas convenciones y protocolos de las Naciones Unidas relativos a las drogas como la Convención Única de 1961, la Convención sobre Sustancias Sicotrópicas de 1971, el Protocolo de 1972 de enmienda de la Convención Única de 1961 y la Convención contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas de 1988. De acuerdo con las directrices de las Naciones Unidas, todos los signatarios, como Ghana, tienen la obligación de seguir las indicaciones establecidas para solucionar los problemas del control de estupefacientes y sustancias reguladas afines que afectan a los jóvenes, en especial a los niños.

U. La escolarización y el empleo

65.Con arreglo al artículo 89 de la Ley del menor, la edad mínima de empleo es de 15 años, que coincide con la edad de finalización de la enseñanza básica. No obstante, se permite el trabajo ligero a partir de los 13 años, siempre que no impida asistir a clase, estudiar y finalizar la enseñanza básica. En este sentido, en Ghana hay algunos niños que trabajan en el sector informal, pero también estudian.

V. La discriminación por motivos de sexo

66.Los niños y las niñas son iguales ante la ley, a tenor del artículo 17 de la Constitución que también prohíbe la discriminación por motivos de sexo. Con arreglo a la Ley de enmienda del Código Penal de 1998 (Ley Nº 554), la edad de consentimiento sexual es de 16 años; con arreglo a la Ley del menor, la edad para el matrimonio es de 18 años, para ambos sexos. Ello responde a lo dispuesto en el artículo 2 de la Convención sobre los Derechos del Niño

W. La pubertad

67.La pubertad no es un criterio en la legislación penal de Ghana.

IV. PRINCIPIOS GENERALES

A. La no discriminación

68.El principio de no discriminación figura en la Constitución como un principio vinculante que se aplica por igual a todos en Ghana. La Ley del menor ampara el principio de no discriminación, especialmente en relación con los niños.

69.El artículo 17 de la Constitución establece claramente que "todas las personas son iguales ante la ley" y que nadie puede ser discriminado "por motivos de sexo, raza, color, origen étnico, religión o creencias, condición social o económica". Además, el párrafo 3 del artículo 17 dice: "A efectos del presente artículo, "discriminar" significa dispensar un trato diferente a distintas personas única o principalmente por sus características de raza, lugar de origen, convicciones políticas, color, sexo, ocupación, religión o creencias, en virtud de alguna de las cuales se las somete a inhabilitación o restricciones a las que no están sujetas personas de otras características o bien se les otorgan privilegios o favores que no se conceden a personas de otras características".

70.El párrafo 4 del artículo 28 establece además que "Nadie privará a un niño de tratamiento médico, educación u otra prestación social o económica únicamente en razón de creencias religiosas o de otro tipo". El artículo 3 de la Ley del menor amplía lo anterior al establecer que "Nadie discriminará a los niños por razones de sexo, raza, edad, religión, discapacidades, estado de salud, costumbres, origen étnico, procedencia rural o urbana, nacimiento u otra condición, situación socioeconómica o porque el niño sea un refugiado".

71.Si se cree que se ha violado uno de estos derechos, el niño cuyos derechos hayan sido vulnerados, o sus tutores, podrán recurrir a los tribunales, la Comisión de Derechos Humanos y Justicia Administrativa, el Departamento de Bienestar Social u ONG como la FIDA, como se indica en relación con "Los recursos legales" en el presente informe.

72.La Comisión de Derechos Humanos y Justicia Administrativa, la Comisión Nacional del Niño, la Unidad Policial de la Mujer y el Menor, el Departamento de Bienestar Social, la Comisión Nacional de Cultura y Educación, La Junta de Asistencia Jurídica, las organizaciones de la sociedad civil u otras entidades se encargan de sensibilizar al público y a los niños de los derechos de éstos, como la no discriminación, en todo el país. También se han tomado medidas para abordar la discriminación de los grupos de niños vulnerables:

a)El Ministerio de Fomento de los Recursos Humanos y Empleo preparó una política sobre la discapacidad en 2002 para combatir la discriminación de los discapacitados.

b)La Federación de Discapacitados y el Departamento de Bienestar Social organizan campañas de sensibilización de los derechos de las personas con discapacidades.

c)El Gobierno de Ghana y el sector privado han rehabilitado o creado varias escuelas de niños ciegos, sordos o con discapacidades mentales.

d)En el Departamento de Bienestar Social se identifica e inscribe a las personas con discapacidades. Se asesora a los padres de los niños discapacitados para que sepan aceptar su discapacidad y se les ayuda a obtener asistencia médica, cuando es necesario. El departamento también administra un programa de rehabilitación en la comunidad que integra a los discapacitados en la sociedad. Se fomenta la matrícula de los niños impedidos en escuelas regulares o especiales.

e)El Ministerio de Educación, Juventud y Deporte ha incluido en sus programas de formación de docentes los aspectos importantes de la política sobre la discapacidad. El Ministerio también ha nombrado maestros itinerantes en cada región para que ayuden en el proceso de enseñanza -aprendizaje de los niños discapacitados.

f)El Ministerio de Fomento de los Recursos Humanos y Empleo ha preparado un posible marco político para abordar las cuestiones esenciales de los niños de la calle como la salud, la vivienda, la educación, la formación y la protección.

g)La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados ha creado escuelas para los niños refugiados en sus campamentos. También ha establecido un sistema de acogida que permite encomendar a los niños no acompañados a refugiados adultos voluntarios.

h)Los medios de comunicación electrónicos (la televisión) se dirigen a los sordomudos con noticias u otros mensajes de carácter social como sobre el VIH/SIDA o los derechos del niño.

73.En la división de enseñanza básica del Servicio de Educación de Ghana se estableció una unidad de enseñanza de las niñas para incrementar la participación de éstas en el sistema de educación oficial. En el contexto general de la enseñanza básica universal, obligatoria y gratuita, la unidad procura incrementar la matrícula de niñas en la enseñanza básica para que sea igual a la de los niños varones y aumentar el número de ellas que pasan al segundo ciclo de enseñanza secundaria. Se prevé cumplir estos objetivos para el año 2005. La designación por el Gobierno de turno de un Ministro de Estado de Enseñanza Primaria, Secundaria y de las Niñas, entre otras cosas, ha de garantizar el logro efectivo de este objetivo.

74.A raíz de la Conferencia Mundial sobre la Mujer de Beijing (1995), se han adoptado medidas para eliminar la discriminación de las niñas como una de las 12 esferas de especial preocupación. El Ministerio de Educación, en estrecha colaboración con organismos como el Programa Mundial de Alimentos (PMA), los Servicios Católicos de Socorro, el UNICEF, el Banco Mundial y otras ONG, ha tomado medidas para conseguir que más niñas vayan a la escuela:

a)El programa de comedores escolares en áreas desfavorecidas;

b)La escuela de vida para las niñas que abandonan la enseñanza;

c)El suministro de bicicletas para que ellas vayan a la escuela;

d)La expansión de los cursos de ciencias, matemáticas y tecnología en todo el país;

e)La distribución de uniformes, útiles escolares y otros medios de enseñanza/aprendizaje;

f)Planes especiales de becas para las niñas pobres más inteligentes;

g)El nombramiento de un Ministro de Estado de enseñanza primaria, secundaria y de las niñas;

h)La eliminación de los estereotipos sexistas al elaborar los libros de texto y decidir las materias;

i)La formación de los maestros y profesores para que utilicen métodos pedagógicos que tengan en cuenta la igualdad entre los sexos;

j)La creación de un entorno escolar propicio para las niñas.

75.También se han promulgado varias leyes para abolir las prácticas tradicionales que perjudican el adelanto de las niñas. Por ejemplo, el artículo 17 de la Ley de enmienda del Código Penal de 1998 (Ley Nº 554) que prohíbe todas las formas de servidumbre consuetudinaria como Trokosi o el artículo 14 de la Ley del menor que suprime el matrimonio de niños y los esponsales forzados. Los rituales de viudedad también quedaron abolidos en virtud del artículo 88 del Código Penal enmendado por la PNDCL 90 que establece que "quien obligue a una viuda o a sus parientes a seguir una costumbre o práctica cruel por naturaleza será culpable de un delito menor".

76.La Constitución refrenda además las medidas afirmativas como los mecanismos para solucionar las diferencias entre los sexos en la sociedad.

B. Los tribunales de distrito

77.Hay tribunales de distrito y están habilitados para entender en lo relativo a los niños como tribunales de menores o de la familia. El artículo 47 de la Ley de tribunales de justicia (enmienda) de 2002 (Ley Nº 620) reconoce la jurisdicción de los tribunales para dirimir causas civiles y penales que afecten a los niños.

C. El interés superior del niño

78.El espíritu general de este principio está plasmado en la Constitución, así como en otras leyes. El principio del interés superior del niño está estipulado expresamente en la Ley del menor, la Ley de justicia de menores y la Ley de asuntos matrimoniales de 1971 (Ley Nº 367), entre otras.

79.De acuerdo con el apartado 2) del artículo 2 de la Ley del menor, todos los tribunales deben tenerlo como norma en las decisiones relativas a los niños. Del mismo modo, muchos organismos, como la Comisión de Derechos Humanos y Justicia Administrativa, el Departamento de Bienestar Social y la Comisión Nacional del Niño, lo han adoptado en asuntos de la infancia.

80.A la luz del apartado 2) del artículo 3 de la Convención sobre los Derechos del Niño, la Ley del menor garantiza que todas las instituciones encargadas del cuidado y la protección de los niños cumplan las normas establecidas en materia de seguridad, sanidad y supervisión. En ella se dictan las normas para el establecimiento de instituciones para las niñas. Con arreglo al artículo 105 de la Ley del menor, el Ministro de Bienestar Social puede crear internados y debe aprobar el establecimiento de asilos no estatales. Una vez establecidos, el departamento de bienestar social de la asamblea de distrito debe supervisar los internados en su jurisdicción.

81.Con arreglo al artículo 108, el Ministro puede autorizar la inspección de los asilos en cualquier momento para velar por que se administren con arreglo a las normas correspondientes. Si no lo hacen, se les puede retirar la licencia en virtud del artículo 109 2). Además, de conformidad con el artículo 110, mientras el niño se encuentre bajo la supervisión del personal del internado éste asumirá la responsabilidad parental y defenderá los derechos del niño.

82.En lo que respecta concretamente a las guarderías, el artículo 116 de la ley obliga al departamento de la asamblea de distrito a inspeccionar las instalaciones, los libros, las cuentas y demás registros de las guarderías de su distrito al menos una vez por semestre.

83.Si bien Ghana ha procurado garantizar que se tome en cuenta el principio del interés superior en las actividades legislativas y administrativas relacionadas con los niños, aún hay varias dificultades al respecto, como el desconocimiento del principio, su aplicación y las infraestructuras inadecuadas.

D. El derecho a la vida, la supervivencia y el desarrollo

84.El Código Penal de 1960 (Ley Nº 29) prohíbe el aborto a menos que lo haya autorizado un médico reconocido, cuando el embarazo sea resultado de una violación, del abuso de menores o su desarrollo ponga en peligro la vida de la madre, dañe su salud física o psíquica o exista un riesgo importante de que el niño pueda nacer o sufrir más adelante una anomalía física o enfermedad graves.

85.El Código también tipifica como delito la incitación al suicidio y la tentativa de suicidio. No hay datos sobre la incidencia del fenómeno, aunque en los media se ha informado de casos aislados de menores que se han suicidado.

86.La supervivencia es un derecho humano fundamental garantizado a todas las personas independientemente de su edad o sexo. En razón al derecho a la vida, se ha ideado una estrategia para mejorar los servicios de salud maternoinfantil, que abarca la emancipación, la potenciación y la prestación de servicios. Uno de los principales objetivos es reducir considerablemente la mortalidad materna y de niños de hasta 5 años permitiendo un mejor acceso a buenos servicios sanitarios. El artículo 29 de la Constitución de 1992 y el artículo 6 2) de la Ley del menor garantizan a todos los niños el derecho a la supervivencia con servicios sociales adecuados como nutrición y salud.

87.En el marco de los esfuerzos por mejorar el acceso a los servicios de salud, se han construido nuevas instalaciones y se han hecho mejoras en varias otras para que puedan dispensar una gama más variada de servicios. Ha habido un aumento en la cifra global de instalaciones de salud estatales, religiosas y privadas. Para garantizar mejor la supervivencia de los niños de todas las edades, la Administración se ha esmerado más en mejorar el acceso y la calidad de los servicios sanitarios del país. Se han establecido programas de garantía de la calidad en algunos hospitales y se ha procurado acercar los servicios de salud a la población, organizando servicios de extensión y utilizando sistemas de atención en la comunidad. Se instaló a profesionales de la salud en varias comunidades (agentes sanitarios de la comunidad) para facilitar la interacción con las familias y brindar un mejor acceso a los servicios de salud reproductiva e infantil desde la base.

88.Para acabar con las principales causas de morbilidad y mortalidad especialmente entre los niños menores de 5 años, se aprobó la estrategia de tratamiento integrado de las enfermedades de la infancia en 30 distritos con la intención de extenderla a los 110 distritos para el año 2006. Los componentes del tratamiento integrado están mejorando la capacidad de los agentes de la salud para tratar los casos, el sistema de salud (suministro de medicamentos, supervisión, derivación, etc.) y las prácticas caseras y comunitarias.

89.La estrategia del tratamiento integrado combate sobre todo el paludismo, las enfermedades diarreicas, las graves infecciones de las vías respiratorias, el sarampión y la malnutrición, principales causas de enfermedad y defunción de los niños de menos de 5 años en el país.

E. El cuidado y el desarrollo en la prima infancia

90.De conformidad con el artículo 8 de la Ley del menor, el Gobierno de Ghana ha formulado una política general de cuidado y desarrollo en la prima infancia. Con ello se da a todos los niños un buen comienzo en la vida acorde con el objetivo global de crear un mundo apropiado para los niños, entre otras cosas.

91.Los objetivos de la política son:

a)Promover la aceptación y el respeto generales de la Ley del Menor;

b)Ampliar los programas de supervivencia, crecimiento y desarrollo de los niños, especialmente en las comunidades rurales y pobres;

c)Promover la nutrición y la seguridad alimentaria de las familias;

d)Reducir las altas tasas de mortalidad de lactantes y de niños de menos de 5 años;

e)Fomentar la enseñanza preescolar;

f)Hacer cumplir las leyes en vigor para reducir todas las formas de malos tratos en la infancia y las prácticas socioculturales que perjudiquen a los pequeños;

g)Fortalecer la capacidad institucional de los servicios de cuidado y desarrollo en la prima infancia en el país, las regiones, los distritos y los subdistritos (consejos zonales, urbanos, locales y de área) para promover una colaboración más estrecha entre todos ellos.

92.En el artículo 28 a) y d) de la Constitución se dispone el desarrollo físico y moral del niño. Con arreglo a este artículo, todos los niños tienen igual derecho a las medidas de cuidado especial, asistencia y manutención que sean necesarias para su desarrollo físico, moral y psíquico.

93.Reconociendo la importancia de la educación para el desarrollo del niño, la Constitución de Ghana garantiza la enseñanza básica universal, obligatoria y gratuita de los niños y la Ley del menor es el marco jurídico para el pleno desarrollo del niño. El plan estratégico del Ministerio de Educación (2003) prevé que el cuidado y el desarrollo en la prima infancia formen parte de la educación básica.

F. El respeto de la opinión del niño

94.El artículo 11 de la Ley del menor dice así: "Nadie privará al niño capaz de tener su propia opinión del derecho a expresarla, a ser escuchado y a intervenir en decisiones que lo afecten, dándose a la opinión del menor la debida importancia de acuerdo con su edad y su madurez". Con ello se le concede el derecho de expresar su opinión acerca de todo lo que lo afecte, ya sea en el ámbito familiar, en la escuela, en los procedimientos judiciales, en el internamiento en una institución u otro tipo de tutela o en los procedimientos para solicitar asilo.

95.En el caso concreto de los procedimientos judiciales que conciernan al menor, se garantiza su derecho a expresar su opinión. Aparte de en el artículo 11, en el artículo 38 de la Ley del menor también se resumen los derechos del niño ante los tribunales de la familia. El apartado 2) dice así: "El niño tendrá derecho a prestar declaración y expresar su opinión ante el Tribunal de la Familia". Los niños también pueden presentar denuncias, directamente o por intermedio de alguien para que las examine la Comisión de Derechos Humanos y Justicia Administrativa. Como se indica en los párrafos 49 y 50 del informe inicial de Ghana, en el seno de muchas familias no se toma en cuenta la opinión de los niños. No obstante, las limitaciones culturales ante las opiniones del menor se están eliminando paulatinamente con los programas de sensibilización de la Comisión Nacional del Niño, la Comisión de Derechos Humanos y Justicia Administrativa y otras ONG que defienden los derechos del niño.

96.Todas las instituciones de segundo ciclo tienen un consejo estudiantil, que permite que los alumnos den su opinión de la gestión de la escuela y aborden temas relacionados con ésta. El presidente del consejo forma parte de la junta escolar directiva en representación de los alumnos. Los niños no participan en los consejos locales al momento de tomar una decisión.

97.Se ha formado en este aspecto de la Convención a más de 1.000 profesionales (docentes, médicos, abogados, policías y jueces). Se está procurando integrarlo en los estudios de esos gremios.

98.Más de 3.000 miembros de clubes infantiles escolares han recibido una formación acerca de la Convención, las aptitudes de liderazgo y la manera de hacer mella en la política a nivel local, nacional e internacional. Por ejemplo, en 2002 un grupo de niños de regiones desfavorecidas del país abordó con el Vicepresidente y el Parlamento cuestiones específicas que afectaban a sus comunidades.

99.Los niños también han participado en la formulación de políticas como la política de salud de los adolescentes, la futura política sobre el trabajo infantil y el anteproyecto de ley sobre la trata. Los niños y los jóvenes son importantes agentes de la sensibilización de sus coetáneos acerca de los peligros del VIH/SIDA. Children and Youth in Broadcasting CURIOUS MINDS, una ONG compuesta de más de 100 niños, es un ejemplo de organización infantil que defiende a los niños que han recibido una formación elemental en técnicas de radiodifusión y algunos aspectos del periodismo, centradas en los derechos y las responsabilidades del niño, y trabaja con ellos. Se han creado clubes similares en otras regiones y en las escuelas.

100.CURIOUS MINDS tiene un programa en una de las emisoras nacionales de radio del país. Los niños participan directamente en la selección de los temas que se debaten. Con su emisión radiofónica, se han enseñado a muchos niños la Convención sobre los Derechos del Niño, la Ley del menor de 1998 (Ley Nº 560) y algunos aspectos de la Ley de enmienda del Código Penal de 1998 (Ley Nº 554). La ONG ha sido un grupo de presión muy eficaz para influir en la política oficial para la niñez y otras cuestiones conexas.

G. Limitaciones

101.Aunque se ha avanzado mucho en el ámbito de la participación infantil, la participación efectiva ha sido mínima porque sigue vigente la idea de que los niños deben estar callados. Los niños sin escolarizar y otros grupos vulnerables como los niños de la calle no tienen medios de dar su opinión de lo que los afecta. Todavía no se han encontrado los mecanismos para que en el debate a nivel local y nacional se oiga la voz de los niños. Se ha propuesto crear un congreso nacional del niño.

V. LOS DERECHOS Y LIBERTADES CIVILES

A. Nombre y nacionalidad

La inscripción del nacimiento y las defunciones

102.Como se señaló en el párrafo 53 del informe inicial del país, la Ley de inscripción de nacimientos y defunciones de 1965 (Ley Nº 301), por la que se estableció el sistema de inscripción de nacimientos y defunciones vigentes, obliga a registrar todo nacimiento y defunción en todas las regiones del país.

103.A fin de facilitar el acceso de la mayor parte de la población, hay oficinas del Registro de Nacimientos y Defunciones en las 10 regiones, los 110 distritos y en varias localidades. El artículo 8 1) de la Ley de inscripción dispone que se registre el nacimiento del niño en el distrito en que nace. Aun en aquellos casos en que el recién nacido se encuentre en situación de abandono y no se disponga de ningún dato sobre su lugar de nacimiento, se inscribirá el nacimiento en el distrito en que se le encuentre (art. 80 2)). La Ley de inscripción faculta al encargado del registro a emplazar a los padres que no hubiesen inscrito el nacimiento de un niño para que acudan al registro a proporcionar los datos correspondientes en el plazo establecido (art. 8 5)). Aun cuando prácticas culturales como el dar tardíamente un nombre al niño, observables en algunos grupos étnicos, pueden impedir la pronta inscripción del nacimiento, la Ley de inscripción (art. 10) contempla este supuesto puesto que permite la inscripción del nombre con posterioridad a la inscripción del nacimiento. Por ello, la cuestión de la falta de inscripción en el registro está contemplada satisfactoriamente en la normativa.

104.Los hijos de los refugiados, solicitantes de asilo y desplazados reúnen las condiciones para ser inscritos en el Registro de Ghana siempre y cuando hayan nacido en el territorio nacional. Con arreglo a la Ley de nacionalidad de 2000 (Ley Nº 591), pueden optar por la nacionalidad de Ghana o la de sus padres cuando lleguen a la edad adulta.

Elementos de la identidad del niño consignados en el Registro de Nacimientos

105.Para proceder a la inscripción se necesitan determinados datos como el nombre, el sexo y la fecha de nacimiento del menor, el tipo de nacimiento (único, de gemelos, de trillizos u otro tipo), el lugar de nacimiento, el nombre y apellido y la edad de los padres, y la dirección, profesión, religión, nivel educativo del padre y la nacionalidad de los progenitores.

106.Para evitar la estigmatización y la discriminación, no se hace constar el estado matrimonial de los padres ni su etnia, aspectos que para la mayoría de las personas no quieren que se conozcan. A fin de no violar el derecho a la vida privada del menor, que también podría dar lugar a estigmatización y discriminación, el artículo 6 de la Ley de inscripción prohíbe que se divulguen los datos reunidos en aplicación de esta ley. Los infractores pueden ser condenados a una multa o a una pena o a ambas sanciones (art. 38).

Medidas adoptadas para sensibilizar de la inscripción del nacimiento

107.El Registro ha adoptado medidas importantes para sensibilizar aún más de la importancia de inscribir los nacimientos. Se han iniciado campañas de gran intensidad en los planos tanto nacional como de distrito y municipal y también se motiva a la población a que inscriba los nacimientos y las defunciones. También se ha preparado material para las actividades locales de sensibilización, como camisetas, adhesivos, panfletos, carteles y otras cosas. Los medios de comunicación han participado muy activamente en todos estos programas. Como parte de las actividades para alentar la inscripción del nacimiento, se ha suprimido la tasa de inscripción de lactantes. Los datos sobre los nacimientos registrados en las regiones, especialmente en los municipios rurales, indican un constante incremento de la inscripción de lactantes en los meses siguientes a la supresión de la tasa.

Retos para el sistema de inscripción

108.Los principales retos que debe superar el Registro de Nacimientos y Defunciones para alcanzar sus objetivos son la falta de personal y de medios logísticos, la falta de motivación de la ciudadanía para acudir al registro, el escaso número de inscripciones y la insuficiente financiación de las actividades del servicio.

B. La preservación de la identidad

109.El Registro de Nacimientos y Defunciones ha presentado al Gabinete un memorando para aumentar a los 12 meses la edad en que la falta de inscripción del nacimiento puede entrañar una sanción transcurridos 21 días, de conformidad con la Ley de inscripción de nacimientos y defunciones de 1965 (Ley Nº 301). Con ello se pretende que se inscriba el mayor número posible de niños sin ningún tipo de trabas culturales. Con arreglo a la Ley del menor, no es lícito privar al niño del derecho a un nombre, del derecho a adquirir la nacionalidad ni del derecho a conocer, en la medida de lo posible, a sus padres naturales y a sus parientes.

110.Además, el Tribunal de la Familia es competente para entender en toda solicitud de confirmar quiénes son los padres teniendo en cuenta distintos factores como el nombre de éstos como aparece en el registro de nacimientos.

C. El derecho a conocer a sus padres y a ser cuidado por ellos

111.Tanto la Constitución como la Ley del menor disponen que todo niño tiene derecho a conocer a sus padres y a ser cuidado por ellos. Una parte del apartado 1) del artículo 28 de la Constitución dispone lo siguiente:

"El Parlamento promulgará las leyes necesarias para que:

a)Todo niño tenga el derecho a que sus padres le proporcionen el mismo grado de cuidados especiales, asistencia y manutención que necesita para su desarrollo, salvo cuando los progenitores hayan efectivamente renunciado a sus derechos y obligaciones para con el niño de acuerdo con los dispuesto por la ley;

b)Los padres ejercerán su derecho y obligación naturales de cuidar, mantener y criar a sus hijos en colaboración con las instituciones que el Parlamento por ley prescriba de modo que siempre prime el interés superior del niño;

c)Quedan salvaguardadas la protección y la promoción de la familia como unidad de la sociedad para promover el interés superior del niño."

112.El artículo 6 de la Ley del menor dice así:

"a)Ningún progenitor privará a su hijo de su bienestar a) así no hubiesen estado casados cuando nació; o b) no sigan viviendo juntos;

b)Todo niño tiene derecho a que sus padres le proporcionen la vida, dignidad, esparcimiento, libertad, salud, educación y vivienda;

c)Todo progenitor tiene derechos y obligaciones, por ley o no, en relación con el menor, como:

1.Proteger al menor del descuido, la discriminación, la violencia, los malos tratos, la exposición a riesgos físicos y morales y la opresión;

2.Darle buenos consejos, atención, asistencia y manutención y la garantía de su supervivencia y desarrollo;

3.Velar por que, en la ausencia temporal de uno de los padres, sea atendido por una persona competente y que el menor de 18 meses de edad sea cuidado únicamente por una persona de 15 años de edad o más, excepto cuando hayan renunciado a sus derechos y responsabilidades conforme a la ley."

D. La libertad de expresión

113.El artículo 21 1) a) de la Constitución garantiza a todos el derecho de opinión y expresión, incluida la libertad de prensa. El artículo 11 de la Ley del menor establece además que "nadie impedirá a un niño con capacidad para formarse una opinión el derecho a expresarla, a ser escuchado y a intervenir en toda decisión que lo afecte y se dará a dicha opinión la importancia que merece de acuerdo con su edad y su madurez ". Este derecho se ha ejercido por distintos medios como la radio, la televisión y la prensa. A modo de ejemplo, puede mencionarse la organización de la iniciativa "Niños y jóvenes en la radiodifusión", que se está ampliando de cuatro a todas las regiones del país. Con ello se pretende brindar más oportunidades de producción a los niños para que se expresen por sí mismos.

114.Las restricciones a las que puede estar sujeto el ejercicio de ese derecho, de conformidad con el apartado 2) del artículo 13 de la Convención sobre los Derechos del Niño, son aplicables únicamente a las personas menores de 18 años (y de ahí, por definición, los menores) aunque mayores de 12 (y, por consiguiente, que pueden ser tenidos penalmente por responsables con arreglo a lo dispuesto en la Ley de enmienda del Código Penal de 1998 (Ley Nº 554). En tal caso, son de aplicación todas las excepciones normales de la libertad de opinión y de expresión (como la legislación que prohíbe la difamación). No obstante, cabe señalar que las restricciones de la libertad de expresión vigentes en Ghana son mínimas y enteramente compatibles con la normativa internacional.

E. La libertad de pensamiento, de conciencia y de religión

115.El artículo 21 1) de la Constitución protege la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión y el artículo 28 4) impide ser privado de ella en razón de las creencias religiosas u otras. El artículo 11 de la Ley del menor también protege el derecho del niño a estas libertades.

116.A ningún grupo minoritario o indígena se le priva del derecho de practicar la religión o de manifestar las creencias de su elección. Aparte de un reducido número de escuelas privadas confesionales, en todos los centros educativos de Ghana se promueve oficialmente la tolerancia religiosa. En algunas zonas pequeñas y remotas, donde esas creencias suelen ser homogéneas, a veces se dan clases de religión y prácticas tradicionales. No hay ninguna restricción jurídica de estas libertades, excepto en los casos en que un menor que haya cumplido la edad de responsabilidad penal las utilice para vulnerar ilícitamente los derechos y las libertades de terceros, contraviniendo así el derecho legislado.

F. La libertad de asociación y de celebrar reuniones pacíficas

117.El artículo 21 1) d) y e) de la Constitución protege el derecho de asociación y reunión. Dispone que todos tienen el derecho a "d) la libertad de reunión, inclusive la libertad de participar en procesiones o manifestaciones; e) la libertad de asociación, que incluirá la libertad de fundar o adherirse a sindicatos u otras asociaciones nacionales e internacionales para la protección de sus intereses". No existen restricciones a las condiciones para que los niños se afilien a una asociación o funden asociaciones.

118.Una vez más las restricciones al derecho de reunión son aplicables únicamente a los menores varones o niños que hayan alcanzado la edad de responsabilidad penal y que contravengan una ley o desarrollen cualquier actividad por la que puedan perder su derecho de reunión cuando concurran las condiciones para suspender las libertades fundamentales consagradas en el artículo 21 4) de la Constitución. Hay numerosas organizaciones infantiles, como la brigada de muchachos y muchachas, los niños exploradores, los clubes de la naturaleza, los clubes de los derechos del niño, las muchachas guías, los clubes y grupos culturales, los clubes de equitación, los clubes en torno al SIDA y otros muchos. Estas asociaciones desempeñan una función muy importante en la defensa y divulgación de los derechos y las libertades del niño.

La participación del niño

119.La participación del niño en la vida del país poco a poco se está revelando como una evolución, aunque incipiente, de los principios de gobierno de los países. Cada vez más se recaba la opinión del niño al ejecutar programas para la infancia, por ejemplo, a menudo se recurre a jóvenes para sensibilizar a la juventud de las enfermedades de transmisión sexual, método que ha resultado ser muy eficaz. Como parte del proceso de evaluación en Ghana de las medidas aplicadas en un decenio para lograr los objetivos de la Cumbre Mundial en favor de la Infancia, se llevó a cabo un estudio en que los principales encuestados eran los niños. También se han facilitado a los niños posibilidades para reunirse y examinar cuestiones que los afectan con los encargados de tomar las decisiones como los parlamentarios, jueces, quienes aplican la política o la Presidencia.

G. La protección de la vida privada

120.La protección de la vida privada, la familia, el domicilio y la correspondencia está garantizada en la Constitución, la Ley del menor y la Ley de enmienda del Código Penal de 1998. El artículo 18 2) de la Constitución dice así: "No habrá injerencias en la vida privada, el domicilio, los bienes, la correspondencia o la comunicación de una persona excepto cuando lo disponga la ley y cuando sea necesario en una sociedad libre y democrática por motivos de seguridad pública o bienestar económico del país, para proteger la salud o la moral, prevenir desórdenes o delitos o proteger los derechos y las libertades ajenos". Al margen de las mencionadas, no se prevén restricciones especiales en el caso del niño. La Ley del menor y la Ley de justicia de menores protegen el derecho a la vida privada en las actuaciones judiciales de índole civil y penal.

H. El acceso a información adecuada

121.El artículo 21 f) de la Constitución garantiza el derecho a la información, supeditado a las condiciones y las leyes necesarias en una sociedad democrática. De ahí que no haya trabas jurídicas para proporcionar al niño fuentes de información nacionales e internacionales. A través del sistema educativo, la Administración proporciona a todos los niños muchas fuentes de información adecuadas para que puedan desarrollarse desde el punto de vista social, espiritual y moral, así como desde el punto de vista de la salud física y mental. Debido a la escasez de fondos y materiales, sin embargo algunos niños, especialmente en las zonas rurales del país, no reciben suficientes libros de texto o material impreso. No obstante, la mayoría de los niños de Ghana pueden escuchar las emisiones de radio tanto en inglés como en su lengua local. Además, muchos pueden obtener información a través de los programas de televisión, las bibliotecas, Internet o periódicos como el Junior Graphic.

122.En el país se hablan 44 idiomas. El Ministerio de Educación, en colaboración con otros organismos como la Oficina de Idiomas de Ghana, publica material impreso para escolares en 11 idiomas. El suministro de publicaciones en los 44 idiomas del país ha resultado difícil debido al gran número de lenguas y a las limitaciones económicas.

123.La Constitución, la Ley del menor y la Ley de cinematografía protegen al niño contra información de los medios de masas que puedan ser moralmente perjudiciales. El artículo 28 1) d) de la Constitución protege al niño de los "peligros físicos y morales". Asimismo, el artículo 6 3) a) de la Ley del menor dispone que los padres deberán "proteger al niño del descuido, la discriminación, la violencia, los malos tratos, los peligros físicos y morales y la explotación". Como se mencionó en el párrafo 57 del informe inicial de Ghana, la Ley de cinematografía protege al niño de material inadecuado, especialmente en los media de titularidad pública. Desgraciadamente, debido al cada vez mayor acceso a las tecnologías de la información y a la liberalización del comercio, los niños suelen verse expuestos a materiales no deseables que no promueven su bienestar. Ello es especialmente cierto en los centros urbanos, donde las películas, las revistas y el uso de Internet son actividades muy populares entre la juventud.

I. El derecho a no ser sometido a torturas ni a otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes

124.De conformidad con el artículo 15 de la Constitución, la dignidad de toda persona es sagrada. Ninguna persona, ya sea que esté detenida, tenga restringidos sus movimientos o esté encarcelada, podrá ser sometida a torturas o a ningún trato o pena cruel, inhumano o degradante o a otras condiciones que menoscaben o puedan menoscabar su dignidad y su valía como ser humano. Se garantiza a los delincuentes menores de edad el derecho a ser recluidos con arreglo a la ley en celdas especiales para ellos. Además, el artículo 28 3) establece que "no se someterá a ningún menor a tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes".

Castigos corporales

125.Se están adoptando medidas para suprimir el castigo físico del Manual del Docente. Ahora bien, el artículo 13 20) de la Ley del menor no necesariamente prohíbe este tipo de castigo. Dispone que "no es justificable ninguna sanción que por su índole o por su grado no corresponda a la edad, condición física y mental del menor, ni tampoco si debido a la tierna edad del menor o por otro motivo éste es incapaz de entender el propósito de la sanción".

126.Los castigos corporales siguen siendo objeto de un amplio debate debido a las inveteradas consideraciones culturales y religiosas sobre cómo se ha de castigar al niño. No obstante, en virtud de la Ley del menor se multará a todo aquel que, sin motivo justificado y sin medida administre un castigo al menor que no sea acorde con su edad ni su condición física y mental.

J. Los procedimientos de denuncia

127.Los centros escolares tienen procedimientos para que los menores agraviados denuncien los malos tratos. La Unidad Policial de la Mujer y el Menor también puede investigar e intervenir en la instrucción del sumario en casos de agresión o daños corporales graves a niños. Por razones culturales, sin embargo, muchos niños no se atreven a denunciar a un adulto y rara vez se recurre a estos mecanismos. Una vez más, es difícil conocer los casos de malos tratos en el hogar.

K. Las campañas de sensibilización

128.Se han emprendido campañas para sensibilizar del peligro de maltrato a los menores. En televisión, hay un anuncio alusivo a este tema. Así y todo, se necesitarán más tiempo y recursos para lograr que el mensaje se transmita a una audiencia más numerosa.

L. Actividades de capacitación

129.No se ha iniciado ningún programa de capacitación para sensibilizar a los gremios, como los maestros o la policía, del peligro o la prevención de la tortura y los tratos crueles e inhumanos.

M. La rehabilitación de los niños

130.Algunas instituciones, por ejemplo la Unidad Policial de la Mujer y el Menor, la Comisión de Derechos Humanos y Justicia Administrativa y ONG como la Fundación Ark y la FIDA tienen programas de asesoramiento psicosocial que prestan apoyo a las víctimas y supervivientes de tratos crueles. Ahora bien, esos programas sólo llegan a una mínima parte de la población y todavía no se ejecutan en las zonas rurales ni en algunos núcleos urbanos del país.

N. Sistemas independientes de supervisión

131.La Comisión de Derechos Humanos y Justicia Administrativa y la ONG de Ghana Coalición para la Defensa de los Derechos del Niño actúan como mecanismos independientes para conocer los casos de violación de los derechos. No obstante, la falta de capacidad y medios financieros limita sus posibilidades de conocer y denunciarlos con regularidad. Se debe hacer una mención especial de los medios de información que han contribuido a divulgar las violaciones cometidas.

VI. ENTORNO FAMILIAR Y OTRO TIPO DE TUTELA

A. Orientación parental

132.Tanto la Constitución como la Ley del menor establecen directrices para la colocación de menores en un entorno familiar u otro tipo de tutela. Todos los miembros de la familia contribuyen a la socialización del niño. El marco jurídico y cultural los obliga, especialmente a los padres biológicos, a atender las necesidades del niño. Esas necesidades son la educación, la salud, la alimentación, la vivienda, el vestido, el cariño y el afecto. En el artículo 15 de la Ley del menor se tipifica como delito el incumplimiento por los progenitores o tutores de sus obligaciones para con el niño. Además, quienes hayan adoptado o acogido a un niño tienen la responsabilidad legal de mantenerlo y guiarlo.

133.Se propone a los niños al cuidado de personas aptas o son internados cuando su entorno familiar no es adecuado para su crecimiento y desarrollo. Es conveniente subrayar que la Ley del menor y la Ley de sucesiones intestadas, Ley Nº 111 de 1985 del Consejo Provisional de Defensa Nacional, tratan de promover el interés superior del niño huérfano.

134.Existen instituciones públicas y privadas que colaboran para defender los derechos del niño cuando la familia incumple sus obligaciones. Los niños en circunstancias especialmente difíciles, como los huérfanos u otros niños en situación vulnerable, son atendidos en centros especiales. Otras instituciones, como el Ministerio de Fomento de los Recursos Humanos y Empleo, el Departamento de Bienestar Social, la Comisión Nacional del Niño, la Unidad Policial de la Mujer y el Menor y la dependencia de educación de niñas de la División de Enseñanza Básica del Servicio de Educación de Ghana, y algunas ONG también atienden a los niños que se encuentran en dificultades.

135.Tradicionalmente, el sistema familiar en Ghana facilita la socialización mediante la educación y capacitación de la familia a fin de garantizar la supervivencia, el desarrollo y la protección del niño. La mayoría de las organizaciones de carácter religioso también ofrecen servicios de asesoramiento familiar a sus miembros. Los medios de información electrónicos e impresos han sido fundamentales en la promoción e información sobre la paternidad responsable.

B. Las responsabilidades de los padres

136.La consideración jurídica de la responsabilidad parental se establece en los artículos 5 y 6 de la Ley del menor. De acuerdo con esos artículos, todos los niños tienen derecho a crecer al lado de sus padres y familiares, a menos que se demuestre judicialmente que esa convivencia perjudica el interés superior del niño. En el artículo 79 de la Ley de enmienda del Código Penal de 1998 (Ley Nº 554), se penaliza el incumplimiento de las responsabilidades parentales. Estas leyes tienen en cuenta los principios de no discriminación, respeto de la opinión del niño y desarrollo de todas sus capacidades.

137.Existen programas de ayuda económica para las familias, como créditos blandos y microcréditos gestionados por las instituciones financieras, ONG y algunas entidades públicas. Por ejemplo, a través del Fondo para el Desarrollo de la Mujer, el Ministerio de la Mujer y el Niño ejecuta programas de microcrédito para que las familias puedan subvenir a las necesidades de sus hijos. Además, otorga subvenciones en algunos casos especiales para que los padres puedan pagar la matrícula o el costo del aprendizaje. Las asambleas de distrito y algunas instituciones benéficas han creado programas de becas para ayudar a los niños necesitados que cursan con éxito la enseñanza básica y secundaria. En algunos casos, se han creado programas especiales de becas para niñas a fin de compensar el desequilibrio de género.

C. La separación de los padres

138.En el artículo 5 de la Ley del menor se garantiza el derecho del niño a vivir con sus padres, a menos que se establezca que ello perjudica el interés superior del niño. De acuerdo con este artículo, los niños no deben ser separados de sus padres a menos que esa convivencia: a) les cause un daño considerable; b) los someta a abusos graves; c) sea contraria a su interés superior. La separación debe ser decidida por las autoridades competentes. En el artículo 19 de la Ley del menor se faculta al Departamento de Bienestar Social a investigar todos los casos presumibles o reales de abuso y descuido. También se autoriza a las juntas de protección del menor y a los tribunales de la familia a resolver cuestiones de acceso, custodia y tenencia, paternidad y pensión alimenticia.

139.En el artículo 30 5) de la Ley del menor se protege el derecho del niño a participar en esos procedimientos y a expresar su opinión; el artículo dice que: "La junta de protección del menor deberá permitir que el niño exprese su opinión y participe en la adopción de toda decisión que lo afecte hasta donde lo permita su uso de razón". Además, en el artículo 38 se contemplan varios derechos que tiene ante los tribunales de la familia: "1) El niño tendrá derecho a estar representado legalmente ante los tribunales de la familia; 2) El niño tendrá derecho a prestar declaración y a expresar su opinión ante los tribunales de la familia; 3) Se respetará la vida privada del niño en todas las actuaciones ante los tribunales de la familia; 4) Se informará al niño, al tutor y a los padres que tienen derecho a recurrir de la decisión que se adopte".

140.En el artículo 44 de la Ley del menor se garantiza también el derecho del niño separado de sus progenitores, o únicamente de uno de ellos, a mantener una relación personal con ellos, a menos que se perjudique su interés superior: "Los progenitores, un miembro de la familia o cualquier persona que haya cuidado al niño podrá solicitar que los tribunales de la familia autoricen un régimen de visitas periódicas". En el artículo 45 se indican las directrices para el examen de esa solicitud, que incluyen la consideración del interés superior del niño y la importancia de que un niño de corta edad esté con su madre. Los tribunales de la familia también podrán tener en cuenta la edad del niño y determinar si expresa independientemente su opinión y si la convivencia con alguno de sus progenitores responde a su interés superior.

D. La reunión de la familia

141.La Ley del menor dispone que todos los niños tienen derecho a vivir y crecer con sus padres. Establece asimismo que nadie deberá negar al niño el derecho a estar con sus padres, a menos que se demuestre judicialmente que el progenitor no está en pleno uso de sus facultades mentales y abusa del niño o lo expone a peligros morales y físicos. En este caso, en toda solicitud de reunir a la familia, dentro o fuera del país, se tomará en cuenta el interés superior del niño y la solicitud se tramitará sin demora.

142.En situaciones de desastre, la Cruz Roja Internacional y los servicios sociales internacionales aúnan sus esfuerzos para buscar a los padres o a los hijos, según el caso, y conseguir reunirlos.

E. El traslado y la retención ilícitos

143.Es evidente que existe alguna forma de trata local y transfronteriza. La mayoría de las víctimas de la trata interna son menores, especialmente niñas de 7 a 16 años de edad, sobre todo de la región septentrional de Ghana. También se atrae a muchachos de 10 a 17 años hacia las zonas mineras para hacerlos trabajar ilícitamente. Los contratistas o agentes (operadores) contactan con los padres para que permitan que realicen esas actividades, para lo que utilizan medios y promesas falsos de capacitación y un buen sueldo. Los contratistas o agentes tratan de ganar la confianza de los niños que trabajan en el campo y así los convencen para que se vayan con ellos. Un informe del Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (IPEC) de la OIT indica que el grueso de la trata de niños dentro del país tiene lugar en la región septentrional, desde las comunidades pesqueras de las regiones de Volta, Brong Ahafo, Oriental y Gran Accra hasta los centros urbanos de Accra y Kumasi.

144.Son víctimas de la trata transfronteriza o internacional tanto los niños menores como las jóvenes de 16 a 25 años de edad. Se les atrae más que nada con promesas de una vida mejor y acaban en burdeles o realizando algún otro tipo de trabajo a la fuerza. Hay pruebas de que existe esa trata en el África occidental. Ghana se ha adherido al Protocolo sobre la trata (2002-2003) de la Comunidad Económica de los Estados del África Occidental (CEDAO) y va a aprobar una ley para penalizarla. El Ministerio de la Mujer y el Niño y el Ministerio de Fomento de los Recursos Humanos y Empleo han instituido un grupo de trabajo para poner en marcha un proceso que garantice el rápido examen del proyecto de ley en el Parlamento y su aplicación.

145.Ghana dispone de diversos instrumentos jurídicos que condenan la trata. Los artículos 107 y 108 del Código Penal de 1960 tipifican como delito muchas actividades relacionadas con la compra de mujeres y las relaciones sexuales con menores. El artículo 111 del Código autoriza la búsqueda de un niño retenido con propósitos inmorales y el artículo 314 tipifica como delito cualquier forma de comercio de esclavos.

146.Aunque las disposiciones citadas hasta cierto punto se refieren a la trata, la Administración reconoce que son insuficientes. El Ministerio de Justicia ha preparado un proyecto de ley sobre la trata de seres humanos. Ghana ha ratificado el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño a fin de impedir y poner fin a la trata de mujeres y niños.

147.El Ministerio de Justicia está estudiando otras propuestas sobre el traslado ilícito: conceder un estatus jurídico a las víctimas de la trata para que no puedan ser enjuiciadas por prostitución o inmigración ilegal; permitir que las víctimas permanezcan en el país como testigos de cargo; crear un registro en el que sea obligatorio inscribir a todos los niños que viven con familiares pero no con sus padres, a fin de evitar la trata; reformar el Código Penal de 1960 para que los delitos penados en virtud de los artículos 107 y 108 se consideren delitos graves de segundo grado en lugar de delitos menores.

F. El pago de la pensión alimenticia del niño

148.Tradicionalmente, los miembros de más edad de la familia velan por que los padres mantengan a los hijos como es debido sin que sea necesario acudir a los tribunales u organismos públicos. No obstante, últimamente las autoridades intervienen más y más para conseguir que se pague la pensión alimenticia del niño:

a)Cuando el Departamento de Bienestar Social considera que una persona que trabaja está eludiendo su responsabilidad de mantener a sus hijos, se notifica al empleador y el Departamento retiene la pensión del salario del empleado para mantener y atenderlos.

b)Los tribunales de la familia también resuelven obligar a los padres, o a quien tenga la responsabilidad legal de pagar la pensión alimenticia, a velar por el interés superior de sus hijos. Al resolver estas causas, los tribunales pueden no sólo conceder la custodia y tenencia sino también ordenar el pago de una pensión alimenticia.

c)En los casos en que los padres o los tutores legales de un niño no pueden subvenir a sus necesidades, se recurre a los servicios que prestan las organizaciones benéficas, la comunidad internacional o las ONG. Desafortunadamente, Ghana no dispone de recursos suficientes para prestar un servicio social nacional a su población.

149.Jurídicamente, la "pensión alimenticia" ha de pagarse a todos los niños menores de 18 años, a menos que trabajen y sean remunerados. No obstante, los mayores de 18 años que todavía están en la escuela o reciban algún tipo de formación, siguen teniendo derecho al pago de la pensión alimenticia, de conformidad con el sistema tradicional.

G. Los niños privados de su medio familiar

150.El Departamento de Bienestar Social es el organismo público encargado de proporcionar un asilo o una familia a los niños privados de su medio familiar. Algunas de las medidas previstas para proporcionar un entorno familiar adecuado son la adopción, la asistencia, la asignación y las familias de guarda.

H. La adopción

151.El Departamento de Bienestar Social asigna a esos niños a particulares interesados y se remite a los tribunales para que legalicen la adopción de modo que no queden desamparados, ni siquiera tras el fallecimiento de los padres adoptivos. Entretanto, si el Departamento considera que hay alguna incompatibilidad entre los adoptantes y el niño asignado, éste vuelve a la tutela del Departamento.

152.Las disposiciones y los procedimientos aplicables para conceder la adopción están contemplados en los artículos 65 a 86 de la Ley del menor y en las Normas de adopción. En la ley se dispone lo relacionado con la competencia y el procedimiento de adopción, la solicitud de adopción, las restricciones para la concesión judicial de la adopción, el consentimiento de los padres y tutores, otro tipo de consentimiento, las condiciones para dictar órdenes judiciales de adopción, las órdenes provisionales, el conocimiento de la adopción por el niño, las solicitudes de adopción presentadas por extranjeros, los niños adoptados previamente y las consecuencias de la adopción para los derechos de los padres.

153.El artículo 70 1) b) de la Ley del menor establece que, antes de que el tribunal dicte una orden de adopción, deberá determinar si "responde al interés superior del niño y si se ha tenido en cuenta su voluntad si está en condiciones de formarse una opinión". La solicitud de adopción puede presentarse ante un tribunal superior, el tribunal de distrito o un tribunal de la familia que en la fecha de la solicitud tenga jurisdicción en el lugar de residencia del solicitante o del niño (art. 65).

154.A diferencia de la adopción local, como reflejo de las normas internacionales, en la Ley del menor se ha detallado con más rigor que en la legislación anterior el procedimiento para la adopción internacional. De acuerdo con la Ley del menor, no se puede conceder la adopción a una persona extranjera soltera. Tampoco se puede conceder a extranjeros a menos que ellos y el niño vivan en Ghana. La adopción por extranjeros también está sometida a las restricciones y órdenes provisionales que pueden imponerse a los nacionales. Las disposiciones pertinentes figuran en los artículos 65 a 78 de la ley.

155.Antes de que los tribunales concedan la adopción, el Departamento de Bienestar Social hace lo siguiente:

a)Investiga los antecedentes de las parejas que quieren adoptar para comprobar su situación económica y social y sus condiciones de vida antes de encomendarles al niño. Durante los tres primeros meses de la asignación, miembros del departamento visitan a los adoptantes para cerciorarse de que no hay incompatibilidad con el niño.

b)El principio del interés superior del niño se tiene en cuenta en todas las circunstancias, incluso si la adopción se concede a un familiar. Se entrevista al niño o la niña y se le explica el proceso en términos que pueda comprender.

I. El examen periódico de las asignaciones

156.Antes de encomendar a un niño a alguien se entrevista a los solicitantes, teniendo en cuenta:

a)Su domicilio, condiciones de vida, antecedentes laborales y medios de sustento;

b)Si tienen antecedentes penales, así como cualquier otro dato en función del interés superior del niño;

c)Si han padecido tuberculosis o si existen antecedentes de epilepsia o enfermedades mentales en su familia;

d)Si son adictos a alguna droga.

157.La duración de la asignación inicial no puede ser inferior a tres meses ni superior a seis. Durante ese tiempo, si los solicitantes consideran que existe alguna incompatibilidad pueden devolver al niño al Departamento de Bienestar Social. En la medida de lo posible, se respeta el principio del interés superior del niño. Si por su edad el niño está en condiciones de entender la situación, se le explican las cosas y se pide su consentimiento antes de encomendarlo a alguien.

J. Los abusos y el descuido

158.La ley protege a los niños de toda forma de abuso y descuido. La Ley de enmienda del Código Penal de 1998 (Ley Nº 554) tipifica como delito abandonar a un niño o exponerlo a una situación de peligro (art. 5), secuestrar a un niño (art. 7), y una serie de delitos sexuales como la violación, el matrimonio forzado, el abuso deshonesto, el incesto, la corrupción de menores, el proxenetismo con menores, inducir o alentar la seducción o prostitución de un niño de menos de 16 años, la detención de un niño de menos de 16 años o permitir que los menores de esa edad se encuentren en burdeles (arts. 11 a 13).

159.Además, la Ley del menor protege toda una serie de derechos del niño e impone diversas obligaciones a los padres (arts. 1 a 15). En el artículo 13 1) se protege al niño de los tratos degradantes e inhumanos cuando dice: "Nadie someterá a un niño a tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, como las prácticas culturales que deshumanicen o sean perjudiciales para su bienestar físico y mental". En el artículo 15 se dispone que, si se demuestra ante los tribunales que se ha violado esa disposición, el culpable podrá ser condenado al pago de una multa y hasta a un año de prisión. De conformidad con la Ley del menor, esto se aplica a todos, así sean personas de la familia. En el caso de los niños internados en una institución, el artículo 110 1) de la Ley del menor dispone que todo el personal encargado de atenderlos tiene las mismas responsabilidades parentales que sus padres naturales.

160.Cuando un niño o las autoridades competentes consideran que se han producido actos de maltrato o abandono, el niño o las autoridades pueden denunciar los hechos ante la Comisión de Derechos Humanos y Justicia Administrativa o ante los tribunales, incluidos los tribunales de la familia (tal como se ha señalado en relación con los "Recursos judiciales"). La Comisión puede dictar órdenes de indemnización y recomendar que se adopten o no medidas mientras que los tribunales de la familia u otros tribunales pueden dictar condenas penales u otras órdenes. En los artículos 16 a 26 de la Ley del menor se indica el procedimiento para la intervención de las autoridades en los casos en que el niño deba ser protegido de actos de violencia, abusos o descuido.

161.El Ministerio de Justicia estaba elaborando leyes sobre la violencia intrafamiliar que van a proteger mejor a los niños expuestos a ella. También se están preparando leyes para prohibir la trata de personas, que protegerá de la explotación a los niños privados de un entorno familiar. No se tendrá en cuenta el hecho de que la persona objeto de la trata ha dado su consentimiento.

162.Para tratar de que el sistema de justicia penal responda más eficazmente a las necesidades especiales de los niños y las mujeres víctima de la violencia, en 1998 la Administración creó la Unidad Policial de la Mujer y el Menor. Ya hay 12 de estas dependencias en todo el país, es decir, por lo menos una en la capital de cada una de las diez regiones. También se está tratando de contratar personal administrativo en las diversas comisarías de policía para que se atienda a un mayor número de mujeres y niños. El cuadro 7.1 muestra los casos de maltrato de menores tramitados desde noviembre de 1998 hasta diciembre de 2002 por la Unidad Policial de la Mujer y el Menor de Accra.

Cuadro 7.1

Casos de maltrato de menores tramitados por la Unidad Policial de la Mujer y el Menor de Accra (noviembre de 1998 a diciembre de 2002)

Tipo de casos

1998

1999

2000

2001

2002

Incesto

10

5

6

5

16

Conducta deshonesta

-

4

2

175

81

Trato carnal antinatural

-

3

2

-

-

Desatención de las necesidades básicas e impago de la pensión alimenticia

286

537

1.390

1.054

2.031

Secuestro

6

3

5

9

15

Trata de niños

4

1

1

Robo de niños

3

16

4

20

Exposición a agravios

1

4

67

Corrupción en grado de tentativa

1

1

Violación en grado de tentativa

3

1

2

3

17

Violación

35

23

34

58

134

Corrupción

106

154

181

204

533

Agresión

120

95

86

323

1.456

Abuso deshonesto

12

11

17

28

69

Fuente: Unidad Policial de la Mujer y el Menor de Accra, mayo de 2003.

163.El gráfico 1 muestra los casos de violación y corrupción de menores denunciados a la Unidad Policial de la Mujer y el Menor de Accra de noviembre de 1998 a diciembre de 2002. Se observa un incremento de esos casos pero los funcionarios de la dependencia atribuían la tendencia al alza a una mayor sensibilización de los delitos sexuales y al hecho de que cada vez más personas confían en la policía para que resuelva los casos de menores.

Gráfico 1

164.Las instituciones públicas y las organizaciones de la sociedad civil han colaborado en la lucha contra todas las formas de maltrato de menores. Los media han estado al frente de esa labor. También se han utilizado folletos y carteles para sensibilizar del maltrato del niño.

VII. SALUD BÁSICA Y BIENESTAR

A. Salud y servicios de salud

165.Como se indicó en el informe inicial de Ghana, el Ministerio de Salud es el principal órgano gubernamental encargado de velar por las necesidades de salud de los ghaneses. Su función consiste en garantizar el acceso equitativo a los servicios de atención de salud y la aplicación de programas de salud pública. Los artículos 28 4) y 30 de la Constitución de 1992 establecen que ningún niño será privado de tratamiento médico. El artículo 8 de la Ley del menor también dispone que ninguna persona podrá impedir el acceso de un niño a los servicios de salud, la atención médica o cualquier otro servicio necesario para su desarrollo sano. Para aplicar esas disposiciones, el Gobierno ha puesto en práctica políticas y programas para atender las necesidades de salud de los niños.

B. Políticas y programas

166.El Programa de Salud Infantil incluye todas las actividades de salud encaminadas a promover y mantener el crecimiento y desarrollo óptimos de niños con edades comprendidas entre 0 y 18 años. Los programas y políticas que se mencionan a continuación están concebidos para lograr una sanidad de calidad en el país.

Políticas

167.En el documento titulado "Políticas y estrategias para mejorar la salud de los niños menores de 5 años", el Servicio de Salud de Ghana, dependiente del Ministerio de Salud, ha identificado cinco esferas prioritarias de intervención para mejorar la salud de los niños menores de 5 años. Esas esferas son la salud neonatal, el control de problemas de crecimiento y nutrición, la prevención y control de enfermedades infecciosas y lesiones, la atención clínica de niños enfermos o que presenten lesiones, y otras intervenciones relacionadas con la salud.

168.Las políticas de salud escolar y de salud de los adolescentes atienden las necesidades de niños menores de 5 años. Otras políticas de apoyo para mejorar la salud infantil son la Política nacional de lactancia, la Reglamentación para la promoción de la lactancia (LI 1667) 2000, la política sobre el Programa Ampliado de Inmunización (PAI), la política de prevención de la transmisión maternoinfantil del VIH/SIDA (TMI) (elaborada como parte de la política nacional contra el SIDA) y la política de exención para niños menores de 5 años.

Política nacional de lactancia

169.Esa política promueve la alimentación exclusivamente mediante la lactancia materna durante los primeros seis meses de vida, la introducción de alimentación complementaria a partir de los 6 meses y la continuación de la lactancia hasta los 2 años o más. Se asesora a las madres seropositivas y se les permite que hagan una elección informada sobre el modo de alimentación de sus hijos (alimentación exclusivamente mediante lactancia durante los seis primeros meses y supresión de ese modo de alimentación después de ese período o alimentación sustitutiva).

Política sobre el Programa ampliado de inmunización (PAI)

170.La política sobre el Programa ampliado de inmunización (PAI) prevé la administración gratuita de vacunas ordinarias a todos los niños. La inmunización prevista en el programa incluye la vacuna antituberculosa (BCG), la vacuna triple (contra la difteria, la tos ferina y el tétanos), las vacunas contra la hepatitis B/haemophilus influenza de tipo B (que se introdujeron en 2002), la vacuna antipoliomielítica oral y las vacunas contra el sarampión y contra la fiebre amarilla.

Política de prevención de la transmisión maternoinfantil del VIH/SIDA

171.Se trata de una nueva esfera de política desarrollada como parte de la Política nacional contra el SIDA para reducir y controlar la transmisión maternoinfantil del VIH/SIDA (TMI) en el país. Se están realizando esfuerzos considerables para, con carácter voluntario, proporcionar a las embarazadas asesoramiento, análisis, terapia antirretroviral e información sobre alimentación infantil.

172.El programa, que comenzó en 2001 en el distrito con mayor prevalencia del VIH, se aplica en la actualidad en 24 distritos y está previsto ampliarlo a los 110 distritos del país. Además, se están poniendo en práctica servicios de atención y apoyo para atender a los afectados.

Política de salud escolar

173.La Política de salud escolar se aplica conjuntamente por el Servicio de Educación de Ghana y el Servicio de Salud de Ghana. La finalidad de los servicios de salud escolar es promover la salud de los niños en edad preescolar y escolar. Entre los objetivos de esa política figuran los siguientes:

a)Realizar revisiones y exámenes de salud a los niños al inicio de la enseñanza preescolar y de la enseñanza primaria, la enseñanza secundaria inferior y la enseñanza secundaria superior;

b)Establecer un sistema de referencia sanitario para escolares a fin de determinar problemas visuales, dentales, auditivos o de lenguaje, así como problemas emocionales o de comportamiento;

c)Crear un sistema para reducir las causas de mala salud, por ejemplo la polución atmosférica y acústica;

d)Supervisar el estado de salud de los vendedores de alimentos en las escuelas e informar sobre normas de higiene para la preparación y venta de alimentos.

Política de salud de los adolescentes

174.El objetivo de esta política es mejorar la salud de los adolescentes mediante la facilitación de información y conocimientos adecuados de salud, lo que garantizará un cambio en los comportamientos y aumentará la utilización de servicios de salud, en particular los de salud reproductiva, tanto públicos como privados.

Política de exención para niños menores de 5 años

175.Esta política incluye a niños menores de 5 años, embarazadas y ancianos. La exención se aplica a los servicios prestados en centros de nivel inferior a los hospitales de distrito, es decir, clínicas y centros de salud. Todos los servicios preventivos, esto es, vacunación, promoción del desarrollo y suministro de vitamina A, son gratuitos para los niños.

176.Han surgido problemas debido a la falta de directrices claras para la aplicación de esta política. Los distintos centros la interpretan de manera diferente. Además, los problemas relativos al retraso o a la falta de reembolso a los centros del tratamiento gratuito prestado han dado lugar a la suspensión de la exención en algunos de ellos. Independientemente de esta política, todos los pobres que no pueden pagar el tratamiento y cuya incapacidad económica haya sido comprobada por los trabajadores sociales adscritos a los centros de salud reciben tratamiento gratuito. La política se está revisando a la luz de la Política Nacional de Seguro Médico.

C. Programas

177.También se están aplicando los siguientes programas para mejorar el estado de salud de los niños en el país:

a)Atención de salud neonatal (prestada como parte del Programa de embarazo sin riesgo);

b)Crecimiento y nutrición (lactancia, alimentación complementaria, provisión de micronutrientes (vitamina A, yodo y hierro), provisión de alimentos para zonas deprimidas y rehabilitación nutricional para niños malnutridos);

c)Atención a niños enfermos y que presentan lesiones;

d)Atención Integrada a las Enfermedades Prevalentes de la Infancia (AIEPI);

e)Hacer retroceder el paludismo;

f)Prevención y control de enfermedades infecciosas;

g)Programa Ampliado de Inmunización (PAI);

h)Promoción de la salud (existe un componente activo de este programa que se aplica a todos los mencionados anteriormente).

D. Legislación

Reglamentación sobre la promoción de la lactancia 2000 (L1 1667)

178.LaReglamentación sobre la promoción de la lactancia 2000 (L1 1667) regula la comercialización y distribución de productos sustitutivos de la leche materna. También fomenta la lactancia velando por que no se influya indebidamente a las mujeres para que utilicen alimentos sustitutivos. La Comisión de alimentación y medicamentos se encarga de supervisar el cumplimiento de esta reglamentación.

Ley sobre la sal yodada

179.La Ley sobre la sal yodada, Ley de alimentación y medicamentos (enmendada) de 1996 (Ley Nº 523), trata de garantizar que la sal que se vende en el país sea yodada. Los consejos de coordinación regional se encargan de la supervisión en sus respectivas jurisdicciones administrativas.

E. Mortalidad maternal e infantil

Mortalidad de niños menores de 1 año y mortalidad infantil

180.La morbilidad y mortalidad de niños menores de 5 años representa una proporción importante de la morbilidad y mortalidad general, y convierte a ese grupo de edad en el grupo más vulnerable. Las tasas de mortalidad de niños menores de un año y de mortalidad infantil se han reducido considerablemente a lo largo del último decenio. La mortalidad de niños menores de 5 años se redujo del 215‰ en 1960 al 130 en 1995, el 107 en 1997 y el 105 en 2000, y la mortalidad de niños menores de un año se redujo del 127‰ en 1960 al 67 en 1998 y el 55 en 2000 (véase el cuadro 8.1). Las tasas de mortalidad de niños menores de 1 año y de mortalidad infantil son sistemáticamente más bajas en las zonas urbanas que en las rurales. Esas tasas varían en función de las regiones: la más baja se registra en la región Gran Accra y la más alta en la región central.

Cuadro 8.1

Tasas de mortalidad de niños menores de 5 años/niños menores de 1 año

Año

1960

1993

1998

2000

Mortalidad de niños menores de 5 años (‰)

215

119

107

105

Mortalidad de niños menores de 1 año (‰)

127

57

67

55

Fuente: Servicio de Salud de Ghana (2000) y Estudio demográfico de salud (1960, 1993 y 1998).

Mortalidad maternal

181.Se calcula que la tasa de mortalidad maternal es del 214 por 100.000, aunque en comunidades rurales de difícil acceso, donde los servicios de salud son mínimos, la tasa puede ascender a más del 500 por 100.000 (gráfico 2).

182.Entre las medidas adoptadas para reducir la mortalidad maternal figuran la capacitación sobre embarazos sin riesgo dirigida a los proveedores de servicios; la provisión de equipo y logística; la información, educación y comunicación, que incluye la celebración de una semana de concienciación sobre el embarazo sin riesgo, la intensificación de estudios sobre mortalidad maternal, el mejoramiento de la atención prenatal y la provisión de sistemas de comunicación para comunidades desfavorecidas.

F. Principales enfermedades mortales en niños menores de 5 años

183.Las cinco principales enfermedades mortales que representan aproximadamente el 70% de todas las muertes de niños menores de 5 años son el paludismo, las infecciones respiratorias agudas (neumonía), la diarrea, la anemia y el sarampión.

184.El paludismo representa por sí solo el 22% de las muertes de niños menores de 5 años. Se han adoptado varias medidas para controlar el paludismo. Una de ellas es un proyecto de asociación pública/comercial para la provisión de mosquiteros/materiales tratados con insecticida. Los resultados de un estudio de evaluación de las repercusiones del proyecto han revelado los siguientes datos (gráfico 3):

a)Aumento de la percepción (del 11% en el año 2000 al 40% en 2002) de que el mosquitero es el método más eficaz de prevención del paludismo;

b)Aumento de la utilización de mosquiteros (del 12% en el año 2000 al 44% en 2002) para prevenir las picaduras de mosquitos;

c)Aumento en el número de hogares que disponen de mosquiteros (del 16% en 2000 al 46% en 2002).

G. Cobertura de salud reproductiva e infantil

185.En el cuadro 8.4 figuran los principales indicadores del Programa de salud reproductiva e infantil. La Dependencia de Salud Reproductiva e Infantil del Servicio de Salud de Ghana ha registrado mejoras a lo largo de los años en la prestación de servicios. La cobertura de atención prenatal era del 98,4% en 2001, lo que suponía un leve aumento en relación con el 96,7% registrado en el año 2000. La cobertura nacional en 2001 para embarazos en la adolescencia fue del 14,1%, lo que representaba una ligera disminución en relación con el 14,6% registrado en el año 2000. Los partos bajo supervisión médica han aumentado en los últimos años, como figura en el cuadro 8.2.

186.El porcentaje de niños con peso bajo al nacer fue del 8,3% en 2001, lo que supone una mejora en relación con el 8,7% registrado en el año 2000. Este porcentaje se ha mantenido relativamente estable desde 1995, y sólo se han producido oscilaciones marginales a pesar de que la ampliación de la cobertura de atención prenatal ha aumentado la necesidad de mejorar la calidad de esos servicios.

Cuadro 8.2

Programa de salud reproductiva e infantil

Indicador

1999

2000

2001

Prenatal

86,4

96,7

98,4

TT2+

57,7

73

72,9

Vacuna triple

73

83,9

76,3

Embarazos en la adolescencia

14,6

14,1

Partos bajo supervisión médica

43,5

51,6

60,4

Bajo peso al nacer

8,3

8,7

8,3

Posnatal

43,1

47,6

54,2

Número de centros de salud que atienden a bebés

-

39

40

Tasa de alimentación exclusivamente mediante lactancia hasta los 4 meses

-

37

37

Tasa de alimentación exclusivamente mediante lactancia hasta los 6 meses

-

17

17

Instituciones que atienden partos bajo supervisión médica

-

51,6

60,4

Tasa de peso al nacer+

-

8,7

8,3

Tasa (institucional) de mortalidad maternal

2,5

2,3

2,6

Tasa de mortinatalidad

-

-

2,4

Fuente: Programa de salud reproductiva, Servicio de Salud de Ghana, 2003.

Medidas para prevenir los embarazos precoces, en particular información y asesoramiento apropiados

187.El Ministerio de Salud y el Servicio de Salud de Ghana prestan servicios de salud para todas las personas que viven en Ghana, y entre ellas para los adolescentes. Desde 1996, ambos organismos han identificado a los adolescentes como un subgrupo importante debido a su elevado número y a los problemas a que hacen frente durante la adolescencia. Para crear una base para la elaboración del Programa de salud y desarrollo de los adolescentes en Ghana, se realizaron entre 1997 y 2000 tres estudios de referencia a los que precedió un análisis organizativo. Los resultados de los estudios de referencia señalaron diversas dificultades a las que se enfrentan los jóvenes, los trabajadores de salud, los padres/tutores, los dirigentes comunitarios y los profesores para atender los problemas de los jóvenes. Entre otros, el embarazo precoz fue uno de los principales problemas identificados, así como las consecuencias de las relaciones sexuales tempranas y sin la debida adopción de precauciones.

Estrategias del programa de salud y desarrollo de los adolescentes

188.Las principales estrategias del programa de salud y desarrollo de los adolescentes son las siguientes:

a)Creación de capacidad (formación, reconocimiento de los servicios, acondicionamiento de los locales y creación de estructuras físicas);

b)Información, educación y comunicación (IEC) y promoción (adopción y adaptación de materiales de IEC orientados a las necesidades de los jóvenes);

c)Prestación de servicios de salud adecuados para los adolescentes (que incluyen la creación de espacios para adolescentes en los centros de salud).

Logros alcanzados

189.Se han realizado varios avances, aunque todavía queda mucho por hacer para completar la aplicación del programa y crear servicios adecuados para la salud de los adolescentes como parte integrante de la prestación de servicios de salud, tanto en el sector público como en el privado. Se han registrado avances en las esferas de la creación de capacidad, la información, educación y comunicación, la promoción y la prestación de servicios amplios adecuados para los jóvenes.

Función desempeñada por el sistema educativo en la prevención de los embarazos precoces

190.Los servicios de salud y educación de Ghana han establecido una relación de colaboración para que ambos organismos puedan proporcionar información y servicios de salud apropiados a los escolares y a las asociaciones de padres y maestros. Como parte de esa colaboración se ha elaborado una política de salud escolar.

191.Los trabajadores de la salud prestan servicios de salud escolar mediante inspecciones periódicas de las instalaciones escolares. También se proporciona a los escolares información sobre cuestiones apropiadas de salud pública. Se realizan revisiones médicas periódicas a los escolares para identificar y atender problemas de salud graves y crónicos. El Servicio de Salud de Ghana también recoge, recopila y mantiene datos fiables desglosados sobre embarazos en la adolescencia por edad y región. En el cuadro 8.3 del anexo A figuran los casos registrados entre 1999 y 2002.

H. Prevención del VIH/SIDA y de las infecciones de transmisión sexual

192.Se han emprendido muchas campañas educativas sobre el VIH/SIDA y otras infecciones de transmisión sexual (ITS) en las escuelas y las comunidades para prevenir los riesgos a que están expuestos los niños y, en particular, los adolescentes. También se ha aumentado el acceso al tratamiento para ITS mediante la provisión de servicios de salud adecuados para los adolescentes. Se están realizando campañas activas para ayudar a romper el estigma asociado a la enfermedad.

193.También se está llevando a cabo en determinados distritos de las diez regiones del país un programa para prevenir la transmisión maternoinfantil del VIH/SIDA. El programa alienta a que se solicite voluntariamente asesoramiento y análisis, trata de mejorar la prestación de servicios y asesora también a las embarazadas sobre alimentación infantil. Está previsto que el programa se aplique en los 110 distritos del país. Gracias a este programa se suministra a las mujeres seropositivas el medicamento antirretroviral Nevirapine al comienzo del parto, y se administra una dosis a los recién nacidos en las 72 horas posteriores al nacimiento para reducir la posibilidad de transmisión.

Cobertura del tratamiento y programa de apoyo para afectados por el VIH/SIDA

194.La cobertura del tratamiento y programa de apoyo para afectados por el VIH/SIDA es la siguiente:

a)Tratamiento antirretroviral (limitado a instituciones terciarias y a determinados distritos y localidades);

b)Tratamiento de enfermedades oportunistas en centros de salud terciarios, regionales y de distrito;

c)Asesoramiento en todos los centros de salud terciarios, regionales y de distrito;

d)Atención a domicilio en los centros de salud de distrito y subdistrito;

e)Desarrollo de la tecnología de lucha antivectorial (VCT) en los planos terciario, regional y de distrito.

I. Recogida de datos

Práctica habitual

195.La recopilación de información se hace habitualmente mediante el sistema de información sobre la gestión sanitaria. Los centros informan a los subdistritos, y éstos a los distritos, las regiones y, por último, a escala nacional. Diversos programas y dependencias tienen también sistemas de supervisión para la recogida rutinaria de datos cada 3, 6 ó 12 meses. La información sobre enfermedades epidémicas recurrentes, por ejemplo la meningitis cerebroespinal, la poliomielitis, el cólera y la dracunculosis, tiene carácter semanal. Por ejemplo, el sólido sistema de vigilancia puesto en práctica dio lugar a la identificación en 2003 de seis casos de poliomielitis.

Estudios especiales

196.El Servicio de Estadísticas de Ghana realiza también estudios periódicos, como por ejemplo el Estudio demográfico de salud y la Evaluación de la prestación de servicios generales. El Servicio de Salud de Ghana se basa específicamente en esos estudios para la prestación de servicios de salud reproductiva e infantil. La Dependencia de Investigación de Salud hace también estudios concretos, y el Instituto Noguchi proporciona información adecuada sobre investigación médica.

197.La División de Salud Pública realiza visitas de supervisión desde los distritos y las regiones y en el plano nacional, y cada tres meses se hacen también visitas integradas de supervisión.

J. Participación de organizaciones no gubernamentales

198.Las ONG colaboran en tanto que asociados en la prestación de atención de salud en Ghana. Algunas de ellas participan en la planificación, aplicación, supervisión y evaluación de programas de salud infantil en todos los niveles.

K. Problemas a que hace frente el Servicio de Salud de Ghana

199.Entre esos problemas figuran las creencias y prácticas socioculturales (tabúes alimenticios, mutilación genital femenina, inmunizaciones), el éxodo de personal profesional y la falta de infraestructuras (carreteras, aprovisionamiento de agua e instalaciones sanitarias).

L. Prácticas tradicionales

200.El derecho a no ser sometido a tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes es una cuestión que preocupa mucho a los ghaneses. En la prensa internacional y nacional se ha hecho una amplia labor de defensa contra las prácticas de la ablación genital femenina y la trokosi. Esa práctica está prohibida por la Constitución y está tipificada como delito penal en la Ley del menor y en la Ley de reforma del Código Penal de 1994 y 1998.

201.En el párrafo 3 del artículo 28 de la Constitución se prohíbe el maltrato de menores. En dicho artículo se dispone que ningún niño podrá ser sometido a tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. La Ley del menor penaliza esos actos. En el párrafo 1 del artículo 13 de esa ley se establece que ninguna persona podrá someter a un niño a tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, incluida cualquier práctica cultural que deshumanice o sea perjudicial para el bienestar físico o psicológico del niño. De conformidad con esta ley, la pena en condena sumaria por la violación de sus disposiciones será de una multa de hasta 5 millones de cedis, un año de prisión o ambas.

202. La ablación genital femenina, como se indicó en el informe inicial de Ghana, es ilegal y está sujeta a enjuiciamiento penal de conformidad con la Ley de reforma del Código Penal de 1994 (art. 1). Dicho artículo establece que quien practique la ablación, infibulación o la mutilación del labio mayor y el clítoris, o de una parte de esos órganos, de otra persona comete un delito grave de segundo grado y podrá ser condenado a una pena no inferior a tres años de prisión.

203. La trokosi , y todos los actos de servidumbre tradicional, son ilegales de conformidad con la Ley de reforma del Código Penal de 1998 ( Ley Nº 554). En el artículo 17 de esa ley se establece lo siguiente: 1) Toda persona que: a) envíe o reciba en cualquier lugar a otra persona; o b) participe o esté implicada en cualquier actividad ritual o tradicional en relación con alguna persona con el propósito de someter a esa persona a cualquier forma de servidumbre ritual o tradicional o a cualquier forma de trabajo forzado relacionado con un ritual tradicional comete un delito y podrá ser condenado a una pena no inferior a tres años de prisión; 2) A los efectos de este artículo, la expresión "estar implicado" significa: a) enviar, aceptar, consentir la aceptación o recibir en cualquier lugar a una persona a los fines del ritual tradicional; o b) concluir cualquier acuerdo, ya sea escrito o verbal, para someter a alguna de las partes en el acuerdo o a cualquier otra persona a la realización del ritual tradicional; o c) estar presente en cualquier actividad conexa o relacionada con la realización del ritual tradicional.

204. En todos los casos citados de trato ilícito a niños, las denuncias pueden presentarse ante la Comisión de derechos humanos y justicia administrativa, la policía o las autoridades locales. Aunque Ghana es uno de los primeros países africanos que ha aprobado legislación contra la ablación genital femenina, esa práctica sigue siendo un problema. El Gobierno y otros grupos y organismos de derechos humanos han adoptado medidas para sensibilizar a la población a ese respecto. Se ha impartido formación a miembros de la policía, proveedores de servicios de salud, funcionarios de los departamentos de inmigración y aduanas y funcionarios de las asambleas de distrito para tratar cuestiones relacionadas con esa práctica.

205. Los medios de información han desempeñado también una función muy eficaz para difundir diversos mensajes sobre esa cuestión. Sin embargo, la fuerte raigambre de las creencias tradicionales, el analfabetismo generalizado y los bajos niveles de educación en las regiones septentrionales (donde se producen prácticamente todos los casos de ablación genital femenina) han dado lugar a que haya habido pocos enjuiciamientos. No obstante, se están haciendo progresos y el grado de sensibilización aumenta.

206. En el caso de la trokosi se han producido muchos avances. Recientemente han sido liberadas más de la mitad de las casi 5.000 mujeres que se encuentran en régimen de servidumbre bajo esa práctica. Muchas organizaciones han prestado su asistencia para lograr ese avance (en particular, Fetish Slaves Liberation Movement e International Needs).

207. Las protestas generalizadas contra esa práctica han provocado también la participación de la Oficina del Presidente. La Comisión de Derechos Humanos y Justicia Administrativa ha hecho también un esfuerzo considerable para informar a la población sobre los efectos negativos de esa práctica y para que la ley se aplique contra ella. Las víctimas de la trokosi han recibido mucha asistencia de la comunidad internacional y, en particular, del Gobierno de Dinamarca, que ha creado un centro de capacitación y formación profesional para rehabilitar a las víctimas liberadas.

M. Los niños discapacitados

208. Las disposiciones generales sobre no discriminación contempladas en el artículo 17 de la Constitución se aplican también a los discapacitados. Además de ese artículo, el artículo 29 de la Constitución, titulado "Derechos de los discapacitados", se ocupa ampliamente de los discapacitados y garantiza su plena participación en actividades sociales o recreativas, su protección contra la explotación y el acceso a lugares e instalaciones públicos. El objetivo de la política sobre discapacidades del año 2000 es lograr que los discapacitados participen efectivamente en la vida económica y política general. Se calcula que el 10% de la población tiene discapacidad. Esta cifra indica que los discapacitados representan una parte importante de la sociedad, y el mejoramiento de sus condiciones de vida, en particular la protección efectiva de sus derechos humanos fundamentales, es una importante cuestión de política.

209. No existen escuelas especiales para discapacitados físicos, sino que los niños con discapacidades físicas se integran en las escuelas normales. Hay dos escuelas para ciegos, ocho para sordos, situadas en ocho regiones, y cinco escuelas especiales para discapacitados mentales situadas en diferentes partes del país. La mayoría de las instituciones no tienen instalaciones adecuadas.

210. La falta de fondos suficientes para adquirir equipo especial y material didáctico y educativo limita el rendimiento escolar de los niños discapacitados. El niño discapacitado puede ser objeto también de rechazo, discriminación y abandono en la familia y en la comunidad.

Medidas adoptadas

211. Se han adoptado las medidas que figuran a continuación para mejorar el nivel de vida de los discapacitados:

a) En el artículo 10 de la Ley del menor, de 1998, (Ley Nº 560) figura una disposición especial para el tratamiento del niño discapacitado;

b) Se ha mejorado el acceso a lugares públicos tales como centros de enseñanza y bibliotecas para que puedan utilizarlos los discapacitados;

c) Se han previsto exenciones en relación con la inscripción escolar de niños discapacitados;

d) Se han creado escuelas especiales para niños con discapacidades auditivas y visuales, y se han mejorado las que ya existían;

e) Las asambleas de distrito y las organizaciones de la sociedad civil han realizado una labor considerable para la prestación de servicios médicos y otros servicios de apoyo a niños discapacitados;

f) El Ministerio de Educación y otras partes interesadas han adoptado medidas para formar a profesores en la enseñanza de niños discapacitados en instituciones educativas.

212. Aunque se han creado mecanismos para garantizar la supervivencia, protección y desarrollo de los niños discapacitados, no ha sido posible crear una situación de igualdad de oportunidades para facilitar la integración. Ello ha tenido un efecto negativo en el desarrollo del niño discapacitado, ya que muchos padres consideran que la educación de esos niños no justifica los recursos que deben invertir.

213. Queda todavía mucho por hacer para cambiar la actitud que mantienen los padres y la sociedad en el reconocimiento del niño discapacitado como individuo con los mismos derechos y posibilidades. Se necesita realizar una labor de promoción más intensa para aumentar la sensibilización y cambiar esa percepción negativa.

N. El nivel de vida

214. A pesar de que el Gobierno, la sociedad civil y las ONG han dedicado sus mejores esfuerzos para cambiar la situación, el nivel de vida de muchos niños sigue siendo bajo. La pobreza es el factor fundamental que impide que los niños disfruten de un nivel de vida adecuado. Según el Estudio sobre el nivel de vida en Ghana (4), el 39,5% de los ghaneses son pobres y el 25% extremadamente pobres, lo que significa que no pueden cubrir sus necesidades básicas. Las comunidades desfavorecidas se ven inmersas en un ciclo vicioso de mala salud, baja tasa de empleo y servicios sociales e infraestructuras insuficientes. En el cuadro 8.3 figuran los ingresos promedio de los ghaneses por quintil.

Cuadro 8.3

Ingresos promedio anuales familiares y per cápita, por quintil

Quintil

Ingresos promedio anuales familiares (cedis)

Ingresos promedio anuales per cápita (cedis)

Tamaño promedio de la familia

Inferior

979.000 

166.000  

5,9

Segundo

1.770.000

328.000  

5,4

Tercero

2.009.000

419.000  

4,8

Cuarto

2.673.000

652.000  

4,1

Superior

3.025.000

1.080.000

2,8

Total

2.267.000

527.000 

4,3

Fuente : Estudio sobre el nivel de vida en Ghana (4), Servicio de Estadísticas de Ghana, octubre de 2000.

215. En Ghana, los ingresos anuales, y el nivel general de vida, son menores en el norte que en el sur. En el cuadro 8.4 figuran los ingresos anuales por familia en las diferentes regiones del país.

Cuadro 8.4

Ingresos promedio anuales familiares y per cápita, por región

Región

Ingresos promedio anuales familiares (cedis)

Ingresos promedio anuales per cápita (cedis)

Occidental

2.671.000

568.000

Central

1.464.000

444.000

Gran Accra

3.356.000

932.000

Oriental

2.055.000

415.000

Volta

1.950.000

527.000

Ashanti

2.550.000

622.000

Brong Ahafo

2.302.000

548.000

Septentrional

1.552.000

210.000

Occidental superior

1.442.000

206.000

Occidental inferior

1.446.000

321.000

Total

2.267.000

527.000

Fuente : Estudio sobre el nivel de vida en Ghana (4), Servicio de Estadísticas de Ghana, octubre de 2000.

Mortalidad infantil

216. La pobreza de las familias ghanesas se traduce en una elevada tasa de mortalidad infantil. Aproximadamente uno de cada nueve niños muere antes de cumplir 5 años. De 1986 a 1998 mejoró la tasa de mortalidad infantil, tal como figura en el gráfico 4.

Malnutrición

217. Un elevado porcentaje de niños en Ghana sufre las consecuencias de la malnutrición, por ejemplo retrasos leves o graves en el crecimiento, debilidad y peso inferior al normal. En el cuadro 8.5 se muestra la distribución de la malnutrición en Ghana.

Cuadro 8.5

Distribución, en porcentaje, de la prevalencia de la malnutrición

Retrasos en el crecimiento

Debilidad

Peso inferior al normal

Todos

25,1

6,8

23,3

Niños

26,5

6,6

23,8

Niñas

23,7

8,4

22,7

Población rural

30,2

6,2

28,8

Pobres

36,7

8,8

27,1

Niños

38,9

7,4

40,3

Niñas

34,5

10,2

31,7

No pobres

23,8

4,3

18,3

Niños

24,6

2,4

16,3

Niñas

23,0

6,3

20,3

Población urbana

20,8

7,5

17,8

Pobres

27,1

7,5

23,8

Niños

28,0

8,5

24,9

Niñas

26,2

6,5

22,8

No pobres

12,9

9,4

14,8

Niños

14,6

8,3

13,5

Niñas

11,2

10,6

16,2

1993 Accra

12,2

6,1

13,0

1998 Accra

17,9

4,1

20,5

Fuente : Análisis de la situación del niño y la mujer en Ghana, 2000, UNICEF.

218. La imposibilidad de acceder a fuentes de agua salubre o en buen estado contribuye también al mal estado de salud de muchos niños ghaneses. En el cuadro 8.6 se indica que, en 1997, únicamente el 66,8% de los hogares ghaneses tenían acceso a agua potable. En el cuadro 8.6 también se pone de manifiesto la disparidad entre zonas rurales y urbanas. Esta situación podría ser un reflejo de los niveles de vida en esas localidades.

Cuadro 8.6

Distribución de hogares por asentamiento y fuente de agua potable, 1992-1997

Tipo de instalación

Zonas urbanas

Zonas rurales

Nacional

Fuente de agua potable

1992

1997

1992

1997

1992

1997

Agua corriente

38,3

37,2

2,5

2,5

15,3

15,4

Grifo público

35,0

37,4

10,9

12,2

19,2

21,5

Pozo de sondeo/bombeo

2,5

4,1

21,1

28,6

14,5

19,4

Pozo protegido

6,0

7,3

6,9

Vendedor/Cisterna

3,6

6,6

0,4

1,8

1,5

3,6

Acceso total a agua potable

79,4

91,3

34,9

52,5

50,5

3,6

Acceso total a agua no apta para el consumo

20,6

8,7

65,1

47,5

49,5

33,2

Fuente : Análisis de la situación del niño y la mujer en Ghana, 2000, UNICEF.

Agua

219. El escaso acceso a servicios básicos de salud afecta también a la situación sanitaria de mucha población, especialmente en zonas rurales, lo que a su vez incide en el nivel de vida de los ghaneses. En el cuadro 8.7 figura el porcentaje de población por región que vive a una distancia de media hora de un centro de atención básica de salud.

Cuadro 8.7

Proporción de población que vive a media hora de un centro de atención básica de salud

Región

Población urbana

Población rural

(En porcentaje)

Ashanti

75,1

48,0

Brong Ahafo

75,8

38,4

Central

75,1

42,4

Oriental

75,8

44,9

Gran Accra

93,5

62,8

Septentrional

49,9

16,4

Oriental superior

21,8

16,0

Occidental superior

82,6

13,9

Volta

74,8

51,1

Occidental

84,7

30,9

Todas las regiones

80,4

38,6

Promedio nacional

52,9

Fuente : Análisis de la situación del niño y la mujer en Ghana, 2000, UNICEF.

220. En el cuadro 8.9 figura la distribución de la población por sexo y edad. El elevado porcentaje de niños ha creado importantes cargas para la actual población activa. Aunque la tasa de fertilidad en Ghana está descendiendo, sigue siendo más elevada de lo que sería deseable, tal como se muestra en el gráfico 5.

Cuadro 8.9

Distribución de la población por edad, asentamiento y sexo (en porcentaje)

Edad

Urbana

Rural

Total

Hombres

Mujeres

Hombres

Mujeres

Hombres

Mujeres

0 a 4

5,4

5,4

7,2

7,1

6,6

6,5

5 a 9

7,4

7,3

8,4

8,0

7,9

7,7

10 a 14

7,2

8,0

7,5

7,3

7,3

7,5

15 a 19

6,0

6,0

5,2

4,5

5,4

5,0

20 a 24

3,9

4,3

3,2

3,0

3,5

3,5

25 a 29

2,6

4,1

2,3

3,7

2,6

3,8

30 a 34

2,4

3,4

2,2

3,3

2,3

3,4

35 a 39

2,5

2,9

2,4

3,1

2,4

3,1

40 a 44

1,8

3,0

2,0

2,3

2,0

2,5

45 a 49

2,1

2,0

1,8

2,1

1,9

2,1

50 a 54

1,3

1,6

1,7

1,9

1,6

1,8

55-60

1,2

1,1

1,1

1,2

1,1

1,2

60-64

0,9

1,3

1,0

1,4

0,9

1,3

Más de 65

2,1

2,9

2,4

2,8

2,2

2,8

Total

46,6

53,4

48,3

51,7

47,8

52,2

Fuente : Estudio sobre el nivel de vida en Ghana, Servicio de Estadísticas de Ghana, octubre de 2000.

221. Otro indicador del nivel de vida de una persona es la capacidad para acceder a los servicios sociales. Este hecho es evidente, por ejemplo, en los casos en que las personas tienen que adoptar una decisión. Dado que los servicios sociales son relativamente caros, las necesidades de un niño pueden no incluirse debidamente en las prioridades del gasto familiar si la familia es pobre. Cabe la posibilidad de que en un hogar el acceso al agua sea fácil y que, debido a la incapacidad para pagar el consumo de agua, la familia decida utilizar otra fuente de aprovisionamiento de agua difícil de transportar. La tendencia a informar sobre enfermedades y buscar tratamiento es menor en los pobres que en quienes pueden permitirse el tratamiento; esta situación se relaciona con las repercusiones del costo de la salud en función de los ingresos. El nivel de ingresos de una persona afecta también a su capacidad para hacer uso de instalaciones sanitarias. Por ejemplo, la práctica de cobrar por la utilización de esas instalaciones ha dado lugar a que los niños no las utilicen, ya que sus padres no pueden permitirse el pago de la tasa que se cobra.

222. La principal prioridad del Gobierno es crear las bases para una economía sólida que asista a todos los ghaneses, al tiempo que sigue realizando una buena gestión de los asuntos públicos y mejorando su infraestructura para superar el problema de pobreza que todavía existe. No obstante, los niveles de vida de los niños de Ghana están mejorando. Con la ayuda de los asociados para el desarrollo, la sociedad civil y el Gobierno, esta tendencia proseguirá y muchos más niños podrán desarrollar todas sus posibilidades.

Estrategias adoptadas para mejorar los niveles de vida

223. Se han adoptado algunas medidas como parte de las estrategias para aliviar la pobreza y mejorar los niveles de vida, especialmente entre los niños y las mujeres. Entre ellas figuran las siguientes:

a) Decisión de adherirse en 2001 a la Iniciativa en favor de los países pobres muy endeudados (PPME) y dirigir los recursos hacia programas de reducción de la pobreza;

b) Adopción de la Estrategia de lucha contra la pobreza de Ghana;

c) Aplicación de la enseñanza básica obligatoria, universal y gratuita;

d) Creación de un Ministerio de los Asuntos de la Mujer y del Niño;

e) Tratamiento integrado de las enfermedades de la infancia.

O. La seguridad social y los servicios e instalaciones de guarda de niños

224.El sistema tradicional de familia ampliada comporta una red de seguridad que, en cierta medida, vela por el bienestar del niño. El sistema alienta a los miembros de la familia a contribuir a los gastos de mantenimiento de los hijos de los familiares con menos posibilidades económicas. El Estado no dispone de recursos suficientes para proporcionar una financiación pública sustancial de apoyo a programas de seguridad social o seguro social para niños. También falta un marco institucional sólido para aplicar un programa amplio de seguridad social.

225.No obstante, se han hecho mejoras significativas en la ampliación de los servicios sociales existentes, de los que se informaba en los párrafos 96 y 97 del informe inicial de Ghana. A continuación se mencionan algunos de los programas y modalidades de servicios sociales puestos en práctica:

a)La cobertura del Consorcio de la seguridad social y el seguro nacional se está ampliando para incluir al sector informal;

b)Las compañías de seguros están creando nuevos productos cuyas garantías se aplicarán en favor de los niños;

c)Los niños menores de 5 años tienen acceso gratuito a servicios de atención preventiva de salud;

d)Se ha aprobado una Ley nacional de seguro de salud para aplicar un programa de seguro que sustituya al sistema de pago al contado;

e)Prestación gratuita de servicios de atención prenatal y postnatal;

f)Subvención de los gastos médicos de los hijos de los funcionarios públicos.

226.De conformidad con el párrafo 3 del artículo 18 de la Convención sobre los Derechos del Niño, los padres que reúnan las condiciones requeridas pueden tener derecho a la utilización de servicios e instalaciones para el cuidado de los niños. Tanto el sector público como el privado gestionan guarderías. En los artículos 115 a 120 de la Ley del menor se establecen los procedimientos para solicitar la gestión de una guardería, y el Departamento de Bienestar Social fija las directrices para el funcionamiento de esos centros y supervisa su labor.

Problemas

227.Uno de los principales problemas es que muchos de los programas institucionales de seguro benefician únicamente a niños cuyos padres son contribuyentes. Otros problemas son los siguientes:

a)Las dificultades económicas en aumento han debilitado los sistemas de protección que proporcionaba la familia ampliada;

b)La mayoría de los niños que se encuentran en situaciones sumamente difíciles no tienen acceso a ninguna forma de seguridad social;

c)Escaso conocimiento del programa;

d)Falta de confianza en el programa.

VIII. EDUCACIÓN, ESPARCIMIENTO Y ACTIVIDADES CULTURALES

A. La educación, incluidas la formación y orientación profesionales

228.La Ley del menor establece el marco jurídico para el pleno desarrollo del niño. En el artículo 8 de la ley se explica en detalle el derecho del niño a la educación y otros aspectos necesarios para su desarrollo educativo. La ley incluye también disposiciones sobre la enseñanza oficial y la formación de aprendices en el sector informal.

229.De conformidad con la Constitución, la educación básica es gratuita, obligatoria y universal, y las diferentes formas de la enseñanza secundaria, que incluye la formación técnica y profesional, deben generalizarse y hacerse progresivamente gratuitas.

230.La Ley de enseñanza, de 1961 (Ley Nº 87), prevé la enseñanza primaria obligatoria y gratuita para todos los niños en edad escolar. Las importantes reformas educativas introducidas en 1987 trataban de conseguir que la tasa de inscripción escolar fuese superior a la del crecimiento de la población y fortalecer la relación entre el contenido educativo y las aspiraciones socioeconómicas nacionales.

231.La Constitución prevé también la enseñanza básica gratuita, obligatoria y universal. En consecuencia, en 1996 se introdujo el programa de enseñanza básica. Los cuatro objetivos estratégicos del programa son los siguientes:

a)Aumentar la calidad de la docencia y los rendimientos escolares;

b) Aumentar el acceso y la participación;

c) Mejorar la gestión, la eficiencia y la sostenibilidad; y

d) Descentralizar la administración del sistema educativo.

232.Para alcanzar esos objetivos, el Ministerio de Educación, Juventud y Deportes ha puesto en práctica las siguientes medidas:

a) Construcción , renovación y mantenimiento de las instalaciones;

b) Reforma, reestructuración y capacitación de la administración;

c) Revisión del programa de estudios;

d) Mejoramiento de la capacidad de los maestros de enseñanza básica;

e) Participación comunitaria;

f) Programas de alfabetización funcional mediante la enseñanza extraescolar; y

g) Mejoramiento de los programas de formación de maestros.

233.Tanto el Ministerio de Educación como el sector privado han facilitado el acceso de los niños a la enseñanza primaria en todo el país. Entre los años 2000 y 2003 el Gobierno construyó 2.000 nuevas escuelas de enseñanza primaria. También se han realizado muchas obras de rehabilitación en algunas escuelas.

Educación de las niñas

234.En 1997 se creó en la División de Educación Básica del Servicio de Educación de Ghana una Dependencia de Educación de Niñas para aumentar la participación de las niñas en el sistema de enseñanza oficial. La creación de la dependencia en 1997 supuso un paso importante en la firme decisión del país de garantizar el respeto de los principios generales de la Convención sobre los Derechos del Niño, en particular en el sentido de asegurar un entorno no discriminatorio y reducir las desigualdades de género en el sector.

235.La máxima "Si educas a un niño educas a un individuo, pero si educas a una niña educas a una nación" (atribuida al Dr. Kwegyir Aggrey, pedagogo ghanés) comenzó a ganar sentido. Una de las prioridades de la Dependencia es la elaboración de un programa que promueva la educación de las niñas para alcanzar la igualdad entre los sexos en la educación, especialmente en la enseñanza primaria.

236.La labor de la Dependencia en el contexto general del programa de enseñanza básica es alcanzar en 2005 los siguientes objetivos:

a)Equiparar el índice de matriculación de niñas en la enseñanza básica al de niños;

b) Aumentar del 30% (estimación de 1996) al 50% la transición de la enseñanza primaria a la enseñanza secundaria superior; y

c)Impartir a 10.000 niñas clases prácticas de ciencias, tecnología y matemáticas con el objetivo de que al menos un 30% de ellas elijan estudios de ciencias en la enseñanza secundaria superior.

237.Al comienzo de la creación de la Dependencia de Educación de Niñas, en 1997, el índice de matriculación de niñas en escuelas públicas era del 46,2%. En el año académico 2000/01 el índice era del 47,2%, lo que suponía un aumento del 1%. En el mismo período, el índice de matriculación en la enseñanza secundaria inferior fue del 43,7%, y aumentó a 45,3% en el año académico 2000/01, lo que suponía un aumento del 1,6%. La matriculación en escuelas de enseñanza secundaria superior fue del 38,7% y aumentó al 40,7% en 1999/2000, lo que suponía un aumento del 2%.

238.La tasa de transición de niñas desde los seis grados de primaria a la enseñanza secundaria inferior en 1996/97 fue del 92,3%, aunque se redujo al 89,6% en 2000/01. La transición de la enseñanza secundaria inferior a la superior fue del 33% y se redujo al 32,8% durante el mismo período (gráfico 6).

Formación profesional y técnica

239.El Gobierno ha creado también instituciones de formación profesional y técnica para proporcionar una base calificada de recursos humanos para el sector manufacturero y otros sectores productivos de la economía. Se han creado asimismo dependencias de transferencia de tecnología intermedia en todos los centros regionales en el marco de la iniciativa de los servicios regionales de tecnología industrial adaptada para ofrecer formación de aprendizaje en diversas profesiones e impartir nuevos cursos a los artesanos.

Enseñanza preescolar

240.El período que se examina se ha caracterizado por un aumento en el número de niños que asisten a instituciones de enseñanza preescolar, lo que revela que existe una apreciación cada vez mayor en todo el país de la importancia de prestar más atención a la supervivencia, el crecimiento y el desarrollo del niño. Según el censo de población y vivienda de 2000, el 44% de los niños con edades comprendidas entre 3 y 5 años (inclusive) puede acceder a algún tipo de programa de educación para la primera infancia, como por ejemplo enseñanza preescolar o guarderías, tal como se muestra en el cuadro 9.1.

Cuadro 9.1

Porcentaje de niños de zonas rurales y urbanas que cursan la enseñanza preescolar

Edad

Zona rural

Zona urbana

(En porcentaje)

3 años

25

35

4 años

46

62

5 años

60

73

Fuente: Ministerio de Educación, Estudio del sector educativo, 2000(Cuestionario sobre indicadores básicos del bienestar, 1997).

241.En el cuadro 9.2 se indican también las tendencias en la matriculación en la enseñanza preescolar en escuelas públicas entre los años académicos 1998/99 y 2001/02.

Cuadro 9.2

Tendencias en la matriculación en la enseñanza preescolar (pública) (1998/99 a 2001/02)

Año

Niñas

Porcentaje

Niños

Porcentaje

Subtotal

Porcentaje

1998/99

223.088

49,6

226.750

50,4

449.838

100

1999/00

225.402

49,7

228.279

50,3

453.681

100

2000/01

216.466

49,7

219.157

50,3

435.623

100

2001/02

226.819

50,0

230.778

50,0

457.597

100

Fuente:División de Estudios estadísticos, gestión de la información y relaciones públicas, Ministerio de Educación, 2001.

242.En el año académico 2001/02, un total de 9.634 escuelas impartían enseñanza preescolar, de las que 6.321 eran públicas y 3.313 privadas (cuadro 9.3).

Cuadro 9.3

Número de escuelas de enseñanza preescolar por región (2001/02)

Región

Públicas

Privadas

Total

Gran Accra

214

833

1.047

Volta

636

282

918

Oriental

984

383

1.367

Central

848

338

1.186

Occidental

1.021

366

1.387

Ashanti

1.116

780

1.896

Brong Ahafo

798

225

1.023

Septentrional

461

57

518

Oriental superior

152

29

181

Occidental superior

91

20

111

Total

6.321

3.313

9.634

Fuente: Capacitación en Sistemas de Información de Gestión , Ministerio deEducación, 2002.

243.Esas instituciones cuentan con el apoyo que presta la colaboración intersectorial coordinada entre los sectores de la sanidad y la educación. Funcionarios del sector sanitario visitan esos centros para supervisar el desarrollo de los niños, mientras que funcionarios del sector imparten cursos de capacitación en las propias instituciones para cuidadores y maestros.

244. Una vez que se apruebe, la Política de atención y desarrollo en la primera infancia servirá de orientación al Gobierno y a los ministerios competentes, así como a las asambleas de distrito, las comunidades, las familias, el sector privado, las ONG y los asociados para el desarrollo para aplicar eficazmente los programas de atención y desarrollo en la primera infancia, en particular la decisión de incluir instalaciones de enseñanza preescolar en todas las escuelas de enseñanza primaria.

B. Asignaciones presupuestarias

245. Ghana no contempla ninguna asignación presupuestaria directa para la infancia. Las asignaciones para la infancia se hacen a los sectores cuya labor afecta a los niños, esto es, la educación, la salud y el bienestar social. En el plano central, la asignación general de fondos para la educación ha aumentado gracias a la creación del Fondo Fiduciario para la Educación y la participación en la educación del Fondo Común de las Asambleas de Distrito. Estas dos fuentes de financiación forman parte de los fondos del presupuesto nacional creados por ley, que son obligatorios. A través del Fondo Fiduciario para la Educación, el 2,5% del impuesto sobre el valor añadido (12,5%) que se recauda sobre los bienes y servicios se destina a la educación, mientras que el 20% del Fondo Común de las Asambleas de Distrito proporciona financiación adicional para mejorar la enseñanza en los distritos.

246. En 1996, se asignó a la educación el 34,7% del presupuesto ordinario del país, junto con una cantidad de 15.500.000 cedis para cubrir gastos de capital. Esa asignación tuvo en cuenta los objetivos propuestos en el programa de reforma, que prevé una tasa de crecimiento anual del 6% para la enseñanza primaria, una matriculación del 50% en la enseñanza secundaria superior, nueve cursos de educación básica y una matriculación del 30% en instituciones terciarias . En los cuadros 9.4 y 9.5 figura el desglose de gastos en educación durante el período 1994-1996.

Cuadro 9.4

Gasto público (ordinario) total en educación (en tanto que porcentaje del gasto ordinario nacional y del producto interno bruto (PIB))

Año

Total del Presupuesto ordinario nacional (en miles de millones de cedis)

Presupuesto ordinario para educación (en miles de millones de cedis)

Presupuesto para educación como porcentaje del presupuesto ordinario nacional

Como porcentaje del PIB

1994

455,5

186,9

40,7

3,6

1995

702,33

252,6

36,0

3,3

1996

1.034,96

359,19

34,7

No disponible

Fuente : El Desarrollo de la Educación: Informe Nacional de Ghana, 1994-1996 (Ministerio de Educación).

Cuadro 9.5

Desglose de los gastos ordinarios y de capital en educación

Año

Gasto ordinario (en millones de cedis)

Gasto de capital (en millones de cedis)

Presupuesto total para educación (en millones de cedis)

1994

186.989,2

2.800,00

196.789,2

1995

252.693,7

12.000,00

264.693,7

1996

359.199,7

15.600,00

374.799,7

Fuente : El Desarrollo de la Educación: Informe Nacional de Ghana, 1994-1996 (Ministerio de Educación).

247. En 2001, el gasto público total en educación, según se determinó en la estrategia de reducción de la pobreza de Ghana, fue del 16,9%. La reasignación de ese gasto por nivel de enseñanza asigna a la enseñanza primaria la proporción más elevada (32,9%) y la educación especial recibe la proporción más baja (0,4%). En general, se asigna a la educación básica, que comprende la enseñanza preescolar, la primaria y la secundaria inferior, así como la enseñanza extraescolar, el 60,6%, que aumentará al 64,7% en 2004.

C. Costo real de la educación para la familia de un niño

248. La política educativa en Ghana establece que la educación es gratuita en el nivel básico, aunque se ha aprobado que los padres paguen algún tipo de tasa. Entre esas tasas figuran las contribuciones para las asociaciones de padres y maestros, para actividades deportivas y culturales y para la prestación de orientación y asesoramiento. Las tasas difieren entre la enseñanza primaria y la secundaria inferior, y las escuelas adoptan diversos medios, incluidas diferentes formas de exclusión, para obtener el pago de las tasas, a pesar de las directrices gubernamentales que establecen que no se puede excluir de la enseñanza a un niño por el impago de las tasas escolares. Aunque se supone que esas tasas son asequibles, algunos padres no pueden pagarlas, lo que constituye una de las principales causas de que algunos niños no asistan a la escuela.

249. El Servicio de Educación de Ghana tiene en cuenta el costo real que la educación del niño representa para la familia y, con la asistencia de los asociados para el desarrollo, presta apoyo a grupos determinados y a niños concretos mediante diversos programas. Entre ellos figuran las becas que cubren el costo de la escolarización y apoyan a los estudiantes necesitados, especialmente a las niñas (las becas se conceden también para la compra de uniformes escolares, carteras, calzado, libros de ejercicios y lápices). Desde su introducción en 1999, este tipo de ayuda se concede anualmente a 50 estudiantes en cada escuela en todos los distritos.

D. Idioma de la enseñanza escolar

250. La cuestión del idioma de enseñanza sigue generando debate en lo que respecta a su idoneidad para un sistema educativo dominado por la utilización del inglés. La política de educación establece que debería utilizarse como idioma de enseñanza en los grados P1 a P3 el idioma de Ghana que sea el habitual en la zona en la que está situada la escuela. En esos grados, el inglés se estudia como segunda lengua. El Plan Estratégico de Educación (2003-2015) prevé la alfabetización en inglés y en un idioma ghanés como un objetivo conexo en el marco de su objetivo de política titulado "Mejoramiento de la calidad de la enseñanza y el aprendizaje para aumentar el rendimiento de los alumnos/estudiantes (objetivo de política 2)". La meta fijada es que, para 2007, el 30% de los estudiantes del grado P3 estén alfabetizados y tengan conocimientos básicos de aritmética, y que esa proporción sea del 50% para 2010 en los estudiantes del grado P6.

E. Mecanismos para garantizar una educación integradora

251. Existen diversos mecanismos para garantizar el acceso y la participación en la enseñanza de todos los niños, especialmente de las niñas. Se están rehabilitando instalaciones escolares en todos los distritos y se están construyendo escuelas en zonas en las que faltan instalaciones de este tipo o en las que las instalaciones son provisionales. La Dependencia de Educación de Niñas, creada para facilitar y promover la educación de las niñas, emprende periódicamente campañas de sensibilización y concienciación para alentar a las familias a que envíen a sus hijos a la escuela. Algunas ONG prestan ayuda en esta labor mediante la concesión de pequeñas subvenciones a las familias para que puedan emprender proyectos que generen ingresos. El Programa Mundial de Alimentos y los Servicios Católicos de Socorro proporcionan alimentos, desecados y cocinados, para alentar a que los niños vayan a la escuela y garantizar que las niñas puedan continuar los estudios.

Los niños discapacitados

252. Se están realizando esfuerzos cada vez mayores para promover la educación integradora; también se están adoptando medidas para ayudar a niños que tienen discapacidades graves e inician la escolarización con retraso. Según los datos más recientes, se ofrecen servicios para atender las necesidades especiales de 3.362 niños, que representan menos del 2% de la población. De esa cifra, 2.187 asisten a escuelas para sordos, 484 a escuelas para ciegos, 669 a escuelas para discapacitados mentales y 22 a instituciones especiales que se ocupan de niños sordos y ciegos, como se indica en el Gráfico 7.

253. Otros estudios recientes indican que aproximadamente el 10% de los niños con deficiencia visual son atendidos en instituciones para niños con necesidades especiales . A través de un proyecto sobre el sector educativo apoyado por el Banco Mundial se proporcionan materiales de lectura adecuados para niños ciegos, así como equipo para niños con discapacidades auditivas. Además, la construcción de escuelas se está adaptando para que puedan ser utilizadas por niños con necesidades especiales. En el gráfico 7 se indica el número de niños que asisten a instituciones que atienden necesidades especiales.

F. Medidas para garantizar un número suficiente de maestros en las escuelas

254. Se han adoptado las siguientes medidas para garantizar que haya un número suficiente de maestros en el sistema escolar:

a) Aumento del número de maestros admitidos y graduados en institutos de formación;

b) Incremento de los programas de ayuda a los maestros en los distritos;

c) Introducción de un programa acelerado de capacitación de maestros;

d) Concesión de incentivos a maestros en zonas desfavorecidas;

e) Reducción del número de maestros que se acogen a excedencia por estudios e introducción de programas de educación a distancia para proporcionar oportunidades alternativas para el desarrollo profesional y académico de los maestros;

f) Cursos de acceso para maestros que no han sido formados en institutos para que sean admitidos en institutos de formación.

255. Se organizan periódicamente programas de capacitación en el trabajo para aumentar la competencia de los maestros. Los programas, realizados en la escuela y por grupos, se llevan a cabo en todas las regiones y los distritos.

G. Prestación de servicios educativos

256. La adopción de un enfoque participativo para la impartición de la enseñanza en Ghana ha contribuido a aumentar la prestación de servicios educativos. Mediante este enfoque, se alienta a todas las partes interesadas en el sector de la enseñanza a contribuir al mejoramiento de la educación en todos los niveles. Por consiguiente, se han adoptado medidas en el nivel básico con la asistencia de los asociados para el desarrollo para construir aulas adicionales, rehabilitar instalaciones anticuadas y aumentar el suministro de materiales pedagógicos y de aprendizaje.

257. En algunos casos, se proporcionan bicicletas a los estudiantes para reducir el costo y el tiempo invertidos para llegar a la escuela desde casa. Algunas instituciones educativas privadas disponen de autobuses para transportar a los niños desde casa a la escuela y viceversa.

H. Índice de analfabetismo

258. Durante el período que se examina, la aplicación de la primera fase del programa de alfabetización funcional dio lugar a la impartición de cursos de alfabetización y de conocimientos básicos de aritmética a 1,2 millones de personas de los 15 grupos lingüísticos del país . Un estudio realizado por el Servicio de Estadísticas de Ghana indica que las mujeres constituyen el mayor grupo de población analfabeta en Ghana, con un porcentaje del 62,3% (Servicio de Estadísticas de Ghana, 2000). El estudio también señala que únicamente una de cada tres mujeres con edades comprendidas entre los 15 y los 34 años y una de cada diez con edades comprendidas entre los 45 y los 51 años sabe leer y escribir. Se añade que el 41% de las mujeres de Ghana no ha ido nunca a la escuela, frente al 21% de los hombres. La mayoría de esas mujeres vive en zonas rurales. En el cuadro 9.6 figura el nivel de educación por sexo en relación con los diversos niveles del sistema educativo.

Cuadro 9.6

Niveles de educación por sexo

Categoría

Hombres

Mujeres

Total

En porcentaje

Nunca ha asistido a la escuela

21,1

41,0

31,8

Inferior a Enseñanza media/Secundaria inferior

24,6

25,6

25,1

Enseñanza media/Secundaria inferior

38,6

27,8

32,8

Enseñanza secundaria o superior

15,8

5,7

10,4

Fuente : Servicio de Estadísticas de Ghana, 2000.

259. La distribución desglosada por sexo del índice de alfabetización que figura en el cuadro 9.7 revela que el analfabetismo afecta más a las mujeres que a los hombres, tanto en zonas urbanas como rurales. Del 74,2% de mujeres analfabetas en zonas rurales, al menos el 40% se halla en el grupo de edad de 15 a 34 años, y el 25% en el grupo de edad de 9 a 14 años (División de Enseñanza Extraescolar, 1996).

Cuadro 9.7

Índices de analfabetismo por sexo

Índices

Mujeres

Hombres

Nacional

Índice nacional de analfabetismo

62,6

35,8

50,2

Índice de analfabetismo en zonas rurales

74,2

44,9

60,8

Índice de analfabetismo en zonas urbanas

42,1

20,5

32,2

Fuente : Servicio de Estadísticas de Ghana, 2000.

I. Enseñanza extraescolar

260. La enseñanza extraescolar forma parte integrante de la educación. La creación en 1989 en el Ministerio de Educación de la División de Enseñanza Extraescolar marcó el inicio de un planteamiento oficial consciente para atender las necesidades de la población adulta analfabeta. Mediante el programa de alfabetización y conocimientos funcionales se han organizado cursos de alfabetización en las diez regiones del país. Como se ha indicado anteriormente, algunos niños en edad escolar que, por diversas razones, no pueden cursar la enseñanza oficial, participan en estos programas.

261. Además de la labor gubernamental, existen otros programas no oficiales impartidos por ONG. School for Life es un ejemplo de esos programas, y los cursos de alfabetización y de conocimientos básicos de aritmética que ha impartido en la Región Septentrional han contribuido a reducir el número de personas potencialmente analfabetas en esa región. Entre los años académicos 1995/96 y 2001/02 se han inscrito en el programa un total de 45.538 personas. En el gráfico 8 se muestran las tendencias en la inscripción en los cursos de ese programa.

262. La eficacia del programa de School for Life queda demostrada por el número de sus graduados que han entrado en el sistema oficial. El cuadro que figura a continuación muestra que en los años académicos que van de 1995/96 a 2001/02, un total de 41.883 personas han obtenido la graduación en esos cursos. De esa cifra, 28.833 graduados han entrado en el sistema escolar oficial, lo que supone el 69% de los que se graduaron en ese período (cuadro 9.8).

J. Cambios en el sistema educativo

263. Desde el último informe, uno de los cambios más significativos en el sector de la educación fue la introducción del programa de enseñanza básica gratuita, obligatoria y universal. Ese programa, que se introdujo en cumplimiento de un mandato constitucional (artículo 38 de la Constitución de 1992), prevé la aplicación de programas educativos orientados por los siguientes tres elementos principales:

a) Aumento en el acceso y la participación;

b) Mejoramiento de la calidad de la enseñanza y el aprendizaje;

c) Mejoramiento de la eficiencia en la gestión de la educación.

Cuadro 9.8

Transición de la enseñanza no oficial a la oficial

Año

Distrito

Graduados

Número de personas en la enseñanza oficial

Porcentaje de graduados en la enseñanza oficial

Hombres

Mujeres

Total

Hombres

Mujeres

Total

1995/96

2

1.344

933

2.277

766

425

1.191

53

1996/97

2

1.343

922

2.265

1.016

660

1.676

74

1997/98

5

2.950

1.948

4.894

1.635

1.178

2.813

57

1998/99

5

3.208

2.302

5.510

1.811

1.691

3.502

64

1999/00

8

5.115

4.039

9.154

3.359

2.278

5.673

62

2000/01

8

5.818

3.200

9.018

4.409

2.862

7.271

81

2001/02

8

5.461

3.300

8.761

4.121

2.622

6.743

77

Total

25.239

16.644

41.883

17.117

11.716

28.833

69

Fuente : School for Life (Tamale, 2003).

264. Un cuarto elemento, la descentralización, se añadió para garantizar que la prioridad de las actividades del programa se adaptasen a la política de descentralización del Gobierno y para que estuviesen orientadas hacia los distritos.

K. Matriculación

265. Durante el período que se examina, los índices brutos de matriculación fueron del 75,5% en 1987/88, del 74,6% en 1995/96 y del 80% en 2002. La diferencia por sexo en favor de los niños en el índice bruto de matriculación se redujo del 14,7% en 1987/88 al 10% en 1996/97. En la actualidad, la diferencia por sexo en el índice bruto de matriculación es del 7% en favor de los niños. Un análisis de la participación por sexo en la enseñanza en 2001/02, basado en los índices netos de matriculación (que muestran la participación real de niños y niñas en edad escolar, siguiendo el censo de población y vivienda del año 2000) indica que en términos reales la diferencia es únicamente del 1% a favor de los niños. El promedio nacional de matriculación neta es del 58%, y representa el 59% para los niños y el 58% para las niñas en 2001/02. En el cuadro 9.9 figuran los índices neto y bruto de matriculación por sexo y región.

L. Nueva legislación

266. No se han aprobado nuevas leyes que afecten al sector de la enseñanza. En la actualidad se está revisando la Ley de educación de 1961. Se presentará un nuevo proyecto de ley al Gabinete Ministerial para su examen y debate en el Parlamento y su aprobación como ley. La nueva ley trata de adaptarse a los recientes acontecimientos que influyen en la impartición de enseñanza y que no se tienen en cuenta en la actual Ley de educación. Se trata, por ejemplo, de cuestiones de descentralización y registro de maestros.

Cuadro 9.9

Índices neto y bruto de matriculación en la enseñanza primaria por sexo y región, 2001/02

Región

Índice bruto de matriculación

Índice neto de matriculación

Niños

Niñas

Total

Niños

Niñas

Total

Volta

87

78

83

57

55

56

Central

96

90

93

71

69

70

Gran Accra

85

80

83

62

60

61

Oriental

94

88

91

67

66

57

Brong-Ahafo

88

78

83

61

57

59

Occidental

88

80

84

66

62

64

Ashanti

80

75

77

60

58

59

Occidental superior

63

63

63

44

47

45

Septentrional

74

55

65

53

43

48

Oriental superior

70

69

70

50

53

52

Nacional

83

76

80

59

58

58

Fuente : Capacitación en Sistemas de Información y Gestión, Ministerio de Educación, 2002.

M. Impartición de enseñanza en la primera infancia

267. El Gobierno ha dado también su consentimiento para que se incluyan instalaciones de enseñanza preescolar en todas las escuelas de enseñanza primaria, y la política nacional sobre desarrollo en la primera infancia se encuentra a la espera de examen y adopción. Esta decisión es importante porque trata de resolver la situación anterior, en la que la enseñanza preescolar no se consideraba oficialmente como parte del mandato del Servicio de Educación de Ghana, que se encargaba de la enseñanza de niños a partir de los seis años. Si se adopta la política, el mandato de ese servicio comenzará a partir de los cuatro años de edad y se incluirá en la enseñanza básica obligatoria, universal y gratuita.

N. Planificación de la educación

268.Existe un nuevo compromiso para garantizar que el país cumpla sus obligaciones en relación con el logro de los objetivos mundiales de educación. Así pues, el Ministerio de Educación, Juventud y Deportes ha intensificado la planificación de la educación mediante la preparación de un plan nacional de acción para la educación para todos, de conformidad con el Marco de Acción de Dakar 2000. Además, se han preparado y presentado propuestas para conseguir apoyo financiero adicional en el marco de la Iniciativa Vía Rápida (IVR) para la educación para todos.

269. Los principios básicos de esos programas son el acceso universal y la conclusión de la escolarización. El programa de trabajo de ambos programas proviene del Plan Estratégico de Educación (2003-2015), que es en sí mismo un nuevo enfoque para la aplicación y difusión de políticas, estrategias y objetivos de educación para ese período.

O. Reducción de la deserción escolar

270.La introducción de los programas de alimentación escolar ha contribuido a aumentar la matriculación en las escuelas de tres regiones de la parte septentrional de Ghana. No obstante, esas regiones siguen haciendo frente a problemas para que los niños prosigan la escolarización, ya que el índice de deserción escolar, estimado en el 29,5% para las niñas y el 20,2% para los niños (Boakye y otros, 1998), y en el 10% para los niños y el 12% para las niñas (Programa de apoyo al sector de la enseñanza, 2001), hace pensar que persisten las diferencias de género. Aproximadamente el 30% de las niñas y el 19% de los niños en edad de cursar la enseñanza escolar no asisten a la escuela. Para conseguir que asistan y permanezcan en las escuelas se necesitarán enfoques más innovadores que se adapten a los contextos rurales desfavorecidos y a las necesidades de trabajo para el sustento de la familia.

P. Logros alcanzados

271.Hay que seguir trabajando para aumentar la calidad de la enseñanza en Ghana. Los proyectos de rehabilitación y de construcción de escuelas han mejorado el entorno de enseñanza y aprendizaje en las escuelas. En la actualidad, se calcula que se están construyendo 3.000 nuevas escuelas y que se han rehabilitado más de 200. La revisión del plan de estudios para la enseñanza primaria y la secundaria inferior ha ampliado el campo de aplicación del contenido y ha añadido nuevas materias al programa académico. Se han incorporado al programa de estudios escolar cuestiones sobre el VIH/SIDA, conocimientos prácticos y educación sobre derechos y moral.

272.Un cambio importante en el sistema educativo fue la introducción en 1999 del examen de supervisión del rendimiento y de las reuniones de evaluación de los rendimientos escolares como un segundo grupo de actividades concebidas para evaluar el rendimiento escolar del estudiante; asimismo, en 1992 comenzaron los exámenes de criterios referenciados. Las reuniones de evaluación del rendimiento escolar, que siguieron a la comunicación a las escuelas de los resultados del examen de supervisión del rendimiento, reunieron a los padres y a otras partes interesadas para debatir los resultados del examen y otras cuestiones relacionadas con la escuela. Los exámenes de criterios referenciados y de supervisión del rendimiento dieron lugar a que se plantearan cuestiones fundamentales sobre la calidad de la educación y su disponibilidad para diferentes sectores o categorías de niños.

273.Se sigue trabajando en la evaluación de los resultados de calidad en el sistema educativo. Se han presentado propuestas para la introducción de un examen de normas mínimas nacionales que combine las ventajas de los dos exámenes citados anteriormente, ya que ambos han planteado algunos problemas acerca de su idoneidad.

Q. Objetivos

274.El Plan Estratégico de Educación (2003-2015) ha identificado varios objetivos futuros de acuerdo con los diez objetivos del sector. Son los siguientes:

a)Mayor acceso y participación en la educación y la capacitación;

b) Mejoramiento de la calidad de la enseñanza y el aprendizaje para aumentar el rendimiento de los estudiantes;

c) Ampliación y mejora de la enseñanza y la formación técnica y profesional;

d) Promoción de la buena salud y el saneamiento ambiental en las escuelas y las instituciones de enseñanza superior;

e) Fortalecimiento y mejora de la planificación y la administración de la enseñanza;

f) Promoción y ampliación de la oferta educativa y capacitación en ciencias y tecnología;

g) Mejora de la calidad de los programas académicos y de investigación;

h) Promoción y ampliación de la enseñanza preescolar;

i) Identificación y promoción de programas educativos que ayuden en la prevención y atención del VIH/SIDA;

j) Proporcionar a las niñas las mismas oportunidades para acceder al ciclo completo de enseñanza y dar también facilidades a los padres.

275.Los objetivos de política se engloban en cuatro esferas principales que expresan las intenciones del ministerio en relación con su consecución. Esas cuatro esferas son las siguientes:

a)Acceso equitativo a la educación. Sentar las bases para que el acceso a la enseñanza básica universal sea más equitativo, para lo que deberán crear más oportunidades en los niveles secundario y terciario para niños y adultos que no asisten a la escuela y con los que es difícil entrar en contacto. Integrar a un número cada vez mayor de estudiantes que finalizan la enseñanza básica en sistemas secundarios y terciarios amplios y más diversos.

b)Calidad de la enseñanza. Proporcionar con más eficacia y equidad los diversos recursos de que dispone el sistema (por ejemplo profesores, prácticas de enseñanza, condiciones de aprendizaje e instalaciones), y seleccionar resultados educativos para su mejora.

c)Administración de la enseñanza. El ministerio, sus organismos y las escuelas utilizarán los escasos recursos de la manera más eficiente en el marco de sus funciones claramente definidas a fin de crear una nueva cultura de servicio, apoyo y confianza mutua.

d)Ciencias, tecnología y educación y formación técnica y profesional. Se ampliarán las oportunidades para que los jóvenes, incluidos los niños que no asisten a la escuela, los que la abandonan y los que finalizan "con normalidad" la escolarización, participen en cursos técnicos y profesionales. Debe aumentarse la inversión en la promoción de la ciencia y la tecnología, especialmente en instituciones de enseñanza secundaria inferior y de educación posbásica.

R. Mecanismos de supervisión

276.Como parte del mecanismo de supervisión concebido para hacer un seguimiento de los progresos realizados y de los resultados en la consecución de los objetivos fijados, se ha creado el Comité Asesor Técnico del Sector Educativo. También se encomendó la supervisión de la situación en el sector a un equipo de supervisión y evaluación de la división de planificación, presupuesto, supervisión y evaluación del Ministerio.

277.Además de esos mecanismos, los supervisores de distrito de la división de inspección del Servicio Educativo de Ghana realizan visitas periódicas a las escuelas para prestar asistencia a los directores en su tarea diaria de supervisar la situación en las escuelas.

S. Enseñanza secundaria

278.La ampliación del segundo ciclo de la enseñanza ha sido motivo de preocupación. Durante el período que se examina, la inversión en el segundo ciclo de la enseñanza no ha aumentado en comparación con el de la enseñanza básica. La estrategia de lucha contra la pobreza de Ghana prevé que la matriculación en la enseñanza secundaria superior aumente del 17 al 25% en 2004. La matriculación en la enseñanza secundaria superior aumentó de unos 146.000 estudiantes de ese grupo de edad en el año académico 1987/88 a 195.000 en 1997/98 y 204.000 en 2000/01. El número de escuelas públicas de secundaria aumentó de 240 a 474. El número de instituciones de enseñanza técnica no ha cambiado, y sigue siendo de 23. La matriculación en muchas escuelas diurnas comunitarias de enseñanza secundaria, que comenzaron a principios del decenio de 1990 a aumentar la accesibilidad a la enseñanza secundaria sin costos adicionales de matriculación y alojamiento, es baja. Un número considerable de ellas tiene menos de 100 alumnos.

279.En los casos en que se ha determinado que la alfabetización y los conocimientos básicos de aritmética de muchos estudiantes de enseñanza secundaria superior es escaso, se ha alentado decididamente la participación en programas de enseñanza técnica y formación profesional, tanto en el enfoque oficial como en el no oficial. La creación de un programa de centros de recursos de enseñanza técnica y formación profesional, que provee aparatos y otro equipo técnico a grupos de escuelas, además de proporcionar una oportunidad para la formación extraescolar de artesanos, ha contribuido a añadir valor a la enseñanza y formación profesional y técnica.

280.Asimismo, mediante la creación de la dependencia de enseñanza técnica para mujeres en la División de Enseñanza Técnica, se presta asistencia a las muchachas que quieren proseguir estudios de formación profesional y técnica, que se consideraba que estaban reservados para los hombres. El fortalecimiento del apoyo institucional para la formación profesional y técnica mediante la prestación de asistencia adicional al Instituto Nacional de Formación Profesional y al Consejo Nacional de Coordinación de Exámenes y Capacitación Profesionales contribuye a ampliar el apoyo a la enseñanza técnica.

281.La política nacional de educación prevé la enseñanza gratuita para todos. Por lo tanto, los estudiantes de enseñanza secundaria deben pagar únicamente tasas para la adquisición de los libros de texto y otras tasas acordadas por los padres y los profesores. El Gobierno subvenciona el pago de las tasas de alojamiento. Existen algunas becas para estudiantes con dificultades económicas, aunque, desafortunadamente, no son suficientes para atender la demanda. La creación por algunos dirigentes tradicionales, comunidades y escuelas de fondos de dotación de la enseñanza es otra posibilidad de asistencia para la enseñanza secundaria.

T. Acceso a la enseñanza superior

282.La enseñanza es gratuita y todos pueden acceder a ella. La exclusión de algunos niños de la escolarización puede atribuirse a la pobreza y a la falta de adaptación del sistema oficial. En algunas raras circunstancias, se ha negado a algunos niños el acceso a la escuela debido a ciertas prácticas tradicionales, por ejemplo la Trokosi, el acogimiento familiar y los matrimonios precoces. Los casos de exclusión temporal de la escuela de muchachas embarazadas se han reducido debido a que las actuales directrices del Gobierno exigen que las muchachas que se encuentren en esa situación sean admitidas en la escuela. No se dispone de datos sobre esos casos, ya que de la mayoría de ellos no se informa ni se registran oficialmente.

U. Castigos corporales

283.El castigo corporal sigue practicándose ampliamente en las escuelas. El Código de Disciplina Escolar de Ghana para el segundo ciclo de la enseñanza permite el castigo corporal en casos muy raros, en los que el director de la escuela debe autorizarlo o administrarlo. En la enseñanza básica, el castigo corporal se utiliza frecuentemente en muchas zonas rurales, en las que se aducen diversas razones para su utilización persistente y continua. Sin embargo, en muchas escuelas de zonas urbanas, especialmente en las privadas, el castigo corporal está prohibido. En algunas ocasiones, en reuniones de padres y profesores, el tema de la abolición del castigo corporal ha producido cierta controversia, ya que algunos padres prefieren esa forma de castigo.

284.No existen mecanismos de supervisión, situación que debe solventarse en la preparación de una política oficial sobre la promoción del interés superior del niño.

V. Derecho a ser oído

285.En las escuelas se ofrece la oportunidad de que los niños expresen su opinión, especialmente en los niveles del ciclo secundario y terciario. Las escuelas de enseñanza básica en las que los niños pueden expresar su opinión son muy escasas. No hay registros a ese respecto, por lo que se tiende a considerar que esa posibilidad no existe. Sin embargo, los consejos de representación de estudiantes en las escuelas secundarias y en instituciones terciarias sirven de foro para que los niños debatan cuestiones que les afectan y para que los estudiantes expresen su opinión sobre cuestiones concretas.

W. Formación de maestros en los derechos del niño

286.Como parte del proceso para formar y sensibilizar a los maestros acerca de la Convención sobre los Derechos del Niño, se ha preparado un manual para la formación de maestros en cuestiones de promoción y protección de los derechos del niño en la escuela. Están previstos programas de capacitación, que se espera que den como resultado la instauración de un diálogo con los niños para examinar las políticas escolares y la preparación de programas pertinentes. Poco a poco, ganan popularidad en las escuelas los programas de asesoramiento entre iguales. No obstante, las actividades dirigidas a facilitar el asesoramiento entre iguales son poco frecuentes.

X. El descanso, el esparcimiento y las actividades culturales

Descanso y esparcimiento

287.Para conseguir el desarrollo pleno del niño, el programa de estudios prevé que se conceda tiempo para el esparcimiento. Durante la jornada escolar hay dos pausas para que los niños jueguen y se distraigan. Los niños practican actividades deportivas y juegos, para los que las escuelas cuentan con instalaciones. Todos los años las escuelas participan en competiciones deportivas organizadas por el Servicio de Educación de Ghana. Muchas escuelas tienen clubes de los que los niños pueden formar parte.

Campos de juego para los niños

288.En casi todas las comunidades existen lugares de esparcimiento y para que los niños realicen actividades recreativas. La Comisión Nacional de la Infancia administra el parque Efua Sutherland, que es el principal parque recreativo y de entretenimiento infantil del país. También se utiliza para realizar otras actividades sociales, tanto infantiles como para adultos. Existen parques similares en el país gestionados por empresas privadas, pero el parque Efua Sutherland es el que más subvenciones recibe para realizar programas infantiles. En 2001 se organizaron en el parque 42 programas recreativos y educativos para niños.

Centros recreativos para niños del Ministerio de los Asuntos de la Mujer y del Niño

289.El Ministerio de los Asuntos de la Mujer y del Niño emprende campañas de sensibilización sobre la necesidad de proporcionar instalaciones recreativas y de aprendizaje para los niños. Para conseguir ese objetivo, se ha creado el concepto de centro infantil. Ese concepto trata de promover y orientar el desarrollo del niño, tanto en sus aptitudes creativas como en sus relaciones con la sociedad y el entorno. Los centros no sólo sirven como instalaciones recreativas, sino que también se utilizan para que los niños, especialmente en zonas rurales, aprendan y desarrollen sus aptitudes. En ellos se enseña batik (técnica manual de estampado de tejidos), teñido de telas, cestería, pintura, etc. Los centros se utilizarán también para impartir cursos extraescolares de alfabetización infantil.

Actividades culturales

290.El Servicio de Educación de Ghana cuenta con una dependencia de educación cultural que vela por que la educación cultural se imparta realmente en las escuelas, sobre todo en el nivel básico. El artículo 39 de la Constitución prevé la introducción consciente de dimensiones culturales para aspectos relevantes de la planificación nacional. La Comisión Nacional de Cultura ha aprobado un proyecto de política cultural que sirve de guía a todos los sectores gubernamentales y vela por que se promueva y preserve la cultura para subrayar la importancia del crecimiento y desarrollo equitativo de la nación, de la que los niños son el mayor valor.

291.Para aplicar esa política cultural se ha creado en cada uno de los 110 distritos un centro de cultura nacional. Esos centros, que colaboran estrechamente con las asambleas de distrito, las autoridades tradicionales y otros sectores pertinentes, como por ejemplo el sanitario y el educativo, tienen los siguientes objetivos:

a)Creación y mantenimiento de centros recreativos y de aprendizaje para niños;

b)Desarrollo y difusión de conocimientos tradicionales, en particular la literatura oral, la historia, la ciencia y la tecnología.

292.Se están celebrando consultas con todas las asambleas de distrito para crear parques temáticos en las comunidades.

293.Existe una estrecha colaboración entre la Comisión Nacional de Cultura y el Servicio de Educación de Ghana para revisar el programa de enseñanza y los planes de estudio de las escuelas de enseñanza básica y conseguir que los valores y conceptos tradicionales positivos se utilicen en la elaboración de los libros de texto. Como parte de esa colaboración, se han elaborado libros de texto escolares en las 11 lenguas de Ghana.

294.En el artículo 39 de la Constitución se prevé también la prohibición de las prácticas tradicionales que sean perjudiciales para la salud y el bienestar del niño. La Ley de reforma del Código Penal tipifica como delito el consentimiento de prácticas inhumanas tales como la mutilación genital femenina y la trokosi.

295.También se está realizando una labor de investigación y promoción para complementar la aplicación de leyes que eliminen completamente esos actos, o cuando menos los reduzcan, que son practicados únicamente por unos pocos grupos étnicos. Se necesita más financiación y apoyo de los organismos pertinentes, las ONG y los grupos de defensa para mantener la investigación y la educación a fin de eliminar completamente todas las prácticas culturales perjudiciales.

Y. Problemas

296.Existen dificultades para aplicar las leyes contra esas prácticas culturales perjudiciales, ya que sus partidarios y las personas de las regiones étnicas afectadas consideran que son una parte fundamental de su religión, creencia y visión del mundo. Esas dificultades se están resolviendo mediante campañas de persuasión e intervenciones económicas para que quienes practican esas tradiciones y creencias las abandonen.

IX. MEDIDAS ESPECIALES DE PROTECCIÓN

A. Los niños refugiados

297.Según se indicó en el párrafo 125 del informe inicial de Ghana, el organismo encargado de la protección de los derechos de los niños refugiados es el Ministerio de Desarrollo de los Recursos Humanos y de Empleo. En Ghana los niños refugiados tienen los derechos y los deberes especificados en:

a)Los artículos de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951;

b)El Protocolo sobre el Estatuto de los Refugiados de 1967;

c)La Convención de la Organización de la Unidad Africana que rige los Aspectos Inherentes a los Problemas de los Refugiados de África;

d)La Ley de los refugiados de 1992 (PNDCL 305D)

298.Los niños a quienes se concede estatuto de refugiados reciben una tarjeta de identidad (en la forma reglamentaria), un permiso de residencia y un documento de viaje de las Naciones Unidas (cuando procede).

299.El Departamento de Bienestar Social colabora con otros organismos para otorgar protección especial a los niños refugiados proporcionándoles a ellos y a sus madres techo, alimentos, orientación y apoyo emocional para su supervivencia. El Departamento ha secundado a los asistentes sociales de los campamentos de refugiados liberianos de Budumbura y Zanzule en las regiones central y occidental. En casos extremos el Departamento ayuda a instalar a los niños refugiados en los hogares de personas aptas para cuidarlos.

Cuadro 10.1

Número de refugiados por país, junio de 2000

País

Número

Porcentaje

Liberia

9.528

75

Sierra Leona

2.004

16

Togo

1.067

8

Sudán

22

0,8

Nigeria

6

0,05

Rwanda

32

0,25

Etiopía

6

0,05

Burundi

8

0,06

Libia

6

0,05

Congo Brazzaville

5

0,03

República Democrática del Congo

13

0,10

Total

12.697

Fuente: Análisis de la situación de las mujeres y los niños en Ghana, en 2000, UNICEF.

300.En el cuadro 10.1 se observa que los refugiados de Liberia constituyen la mayor proporción (75%) en el país, seguidos de los de Sierra Leona (16%) y el Togo (8%) y que el grupo más pequeño es el de Congo Brazzaville (0,03%). Los niños (en estas estadísticas se clasifica así a los de 0 a 17 años) constituyen el 21,1% y que la razón entre varones y mujeres es casi del 50/50 en la población refugiada según se observa en el cuadro 10.2.

Cuadro 10.2

Distribución de los refugiados por edades y sexo, junio de 2000

Edad

Mujer

Varón

Total

Porcentajedel total

0 a 4

325

309

634

5

5 a 17

2.358

2.383

4.741

37

18 a 59

3.279

3.930

7.209

57

60+

44

84

128

1

Total

6.006

6.706

12.712

Fuente: Análisis de la situación de los niños y las mujeres en Ghana, 2000, UNICEF.

301.Para reunir a los niños no acompañados con sus familias, el CICR y el Fondo Save the Children han establecido un sistema de localización de niños.

B. La retirada de su domicilio de niños necesitados de cuidado y protección

302.El artículo 3 de la Ley Nº 560 relativa a la no discriminación y el artículo 19 3) dan al Departamento de Bienestar Social el mandato de "retirar" de su domicilio a los niños necesitados de cuidado y protección según lo establecido en el artículo 18 1) a) a n) y de llevarlos a un lugar seguro, independientemente del estatuto del menor, sea éste ghanés o refugiado.

303.Son lugares seguros los distintos hogares infantiles gestionados por el Departamento de Bienestar Social o los hogares infantiles privados reconocidos, o la vivienda de una persona apta de la localidad o de una familia de acogida.

C. Los niños en los conflictos armados

304.Según se indicó en el párrafo 126 de su informe inicial, Ghana prácticamente no tiene experiencia de niños implicados directamente en conflictos armados. Por ley, se prohíbe a los menores de 18 años alistarse en las Fuerzas Armadas y no hay reclutamiento obligatorio de ningún tipo. En Ghana no ha habido guerras ni actividades rebeldes prolongadas. En Ghana no hay niños soldados.

305.No obstante, las luchas étnicas y tribales han afectado a bastantes niños. Cuando ocurren estos conflictos suelen limitar el acceso de los niños a la atención de salud y la educación.

306.Para paliar los efectos de los conflictos en los niños hay instituciones estatales y organizaciones de la sociedad civil que prestan servicios de auxilio y mediación entre las partes enfrentadas.

D. Los niños en el sistema de administración de justicia de menores

307.En Ghana las normas de la administración de justicia de menores siguen rigiéndose por las mismas leyes expuestas en los párrafos 127 a 129 del informe inicial. No obstante se han adoptado medidas adicionales de establecimiento de juntas de protección de menores y tribunales de familia con arreglo a la Ley del menor para garantizar los derechos de los niños en conflicto con la ley.

308.Se prevé que la Ley de justicia de menores cambie el sistema de justicia de menores de Ghana, concediendo a los niños infinitamente más derechos, protección y procedimientos de rehabilitación.

La administración de la justicia de menores

309.La administración de justicia de menores de Ghana es acorde con los instrumentos y normas internacionales pertinentes en la materia. El principio de bienestar incluido en el artículo 2 2) de la Ley del menor establece que "el interés superior del niño será la principal consideración de cualquier tribunal, persona, institución u otro órgano en todas las cuestiones que afecten a un menor".

310.El principio subraya todas las medidas adoptadas para proteger y velar por el derecho de cualquier niño implicado en el sistema de administración de justicia de menores. Para promover y proteger el sentido de la dignidad del menor, y el derecho a la vida, la supervivencia y el desarrollo, se cuenta con las siguientes medidas:

a)Los casos con participación de menores delincuentes son examinados por tribunales de menores que se reúnen a puerta cerrada y, aunque el menor haya delinquido en compañía de adultos, tras el juicio, se remite al menor a un tribunal de menores que le impone la pena;

b)De conformidad con las leyes nacionales, el menor acusado de infringir la ley penal se "considera inocente hasta que se demuestre su culpabilidad de acuerdo con la ley";

c)Con arreglo a la parte II de la Ley de justicia de menores, "cuando el delincuente menor comparece ante un tribunal de menores, 20 1), se le deben comunicar los cargos que se le imputan de modo que le resulte comprensible";

d)Se pedirá al delincuente juvenil imputado que indique al tribunal si reconoce haber cometido el delito;

e)El joven delincuente, su abogado, padre o madre, tutor, pariente cercano o un agente de libertad vigilada puede examinar el texto de la acusación en cualquier etapa del procedimiento.

La asistencia a los menores inculpados

311.El artículo 22 de la Ley de justicia de menores dispone que "el Presidente al comienzo del procedimiento del tribunal informará al menor en un lenguaje comprensible de lo siguiente:

a)Su derecho a guardar silencio;

b)Su derecho a la asistencia letrada.

312.En cuanto al derecho a la presencia en la sala del padre o la madre, o de un pariente próximo, en Ghana se aplica sistemáticamente. Cuando se detiene a un menor, se debe informar de ello a los padres, tutores o parientes cercanos (cuando se puedan localizar) e invitarlos a acudir al tribunal antes de que se inicien los procedimientos.

313.El delincuente juvenil puede disponer en todo momento de los servicios de oficiales probatorios capacitados cuyos deberes se indican expresamente en los artículos 22 y 23 de la Ley Nº 560 y en la Ley de justicia de menores. Cuando es necesario, especialmente cuando el joven se declara culpable del delito, se encomienda a un oficial probatorio que investigue los antecedentes sociales del menor y que presente un informe denominado de investigación social, en el que informará al tribunal de las circunstancias que probablemente hayan empujado al menor a cometer el delito. En el informe, el oficial probatorio recomienda al tribunal las diversas medidas de corrección y rehabilitación del menor delincuente que puede considerar.

314.De conformidad con instrumentos internacionales como las Reglas de Beijing y las Directrices de Riad y las Reglas de las Naciones Unidas para la protección de los menores privados de libertad, el sistema de la Administración de Justicia de Menores adopta medidas para proteger y rehabilitar a los delincuentes juveniles.

315.Con arreglo al artículo 21 de la Ley de justicia de menores, se puede conceder la libertad provisional a un inculpado menor bajo caución de los padres, el tutor o un pariente cercano o un responsable. Si no se le puede conceder la libertad bajo fianza se le envía a un hogar tutelar de menores dependiente del Departamento de Bienestar Social durante un tiempo razonable y no a las secciones o cárceles de adultos. El artículo 21 5) establece que el tiempo total de detención preventiva de un menor no superará los tres meses salvo en el caso de delitos graves en que no superará los seis meses. Sin embargo es problemático aplicar este artículo por falta de hogares tutelares disponibles. Sólo hay diez, situados en las capitales regionales del país.

316.Si el menor es declarado culpable, se pueden ordenar las siguientes medidas:

a)El pago de una multa por los padres o el tutor;

b)Se le puede dejar en libertad vigilada bajo la supervisión de un agente (el equivalente de la sentencia condicional de los adultos);

c)Se le encomienda al cuidado de una persona apta;

d)Se le envía a un centro correccional, pero el internamiento es el último recurso y depende del tipo de delito cometido (con arreglo al artículo 43/44 de la Ley de justicia de menores).

317.Es posible recurrir cualquiera de estas sentencias. Cuando es necesario internar al menor se adoptan medidas para separarlo de los adultos. Por ejemplo, si se le envía a una cárcel de adultos debido a un error en la edad indicada en el expediente durante el procesamiento, la ley prevé que se retire al menor de la cárcel de adultos.

El principio de protección

318.A fin de evitar a los menores procedimientos judiciales o la estigmatización que supone una condena, en Ghana se establece un sistema de juntas de protección de menores con arreglo a los artículos 27 a 32 de la Ley del menor.

319.Los artículos 25 y 26 de la Ley de justicia de menores también establecen ya la práctica y el objetivo de la protección. Todas las prácticas indicadas anteriormente se refieren a las medidas establecidas y los esfuerzos realizados por Ghana para velar por que los jóvenes en conflicto con la ley sean tratados con humanidad y rehabilitados y no condenados.

E. Los niños sometidos a explotación, incluida su recuperación física y psicológica y su reintegración social

La explotación económica de los niños, incluido el trabajo infantil

320.El artículo 28 de la Constitución de 1992 de Ghana garantiza la protección de los niños frente a la explotación laboral. La Ley del menor reafirma los derechos en la legislación nacional y establece sanciones en caso de que se vulneren. El Ministerio de Asuntos de la Mujer y el Niño, el Ministerio de Desarrollo de los Recursos Humanos y de Empleo y el Ministerio de Administración Local y Desarrollo Rural y sus dependencias técnicas son los encargados de amparar estos derechos. La Ley Nº 560 establece en Ghana la edad legal de empleo en los 15 años, que prácticamente coincide con la edad de finalización de la enseñanza escolar básica.

321.En Ghana se dan las siguientes formas de explotación perjudiciales para la salud infantil: el trabajo infantil, la trata de niños, la explotación sexual comercial de los niños y la servidumbre tradicional. La Ley del menor define y establece sanciones contra la explotación económica de los niños. La Ley de educación de Ghana establece la obligatoriedad de la enseñanza básica (hasta los 15 años). En el marco de la política de enseñanza básica, obligatoria, universal y gratuita, el Ministerio de Educación, Juventud y Deporte en colaboración con distintos interesados desarrolla varios programas, como:

a)Programas permanentes de sensibilización comunitaria en foros, talleres, programas de radio y televisión, carteles y anuncios;

b)Proyectos de recogida y rehabilitación de los niños víctimas de explotación económica;

c)Programas especiales de formación profesional del Ministerio de Desarrollo de los Recursos Humanos y de Empleo y de otros asociados, incluidos grupos de la sociedad civil;

d)El inicio del Proyecto para el Cacao y la Agricultura de África Occidental (WACAP);

e)Creación por parte de la OIT/IPEC en las escuelas de grupos infantiles de promoción entre coetáneos;

f)Celebración del Día Mundial contra el Trabajo Infantil y la Trata de Niños;

g)Traducción a los idiomas locales de la Ley Nº 560.

322.Con arreglo a la Ley Nº 560, la edad mínima de empleo es de 15 años. No obstante, la ley permite el "trabajo ligero" a la edad de 13 años, pero prohíbe emplear a niños menores de 18 años en "trabajos peligrosos". La ley dispone que el trabajo no debe perjudicar la educación, la salud y el desarrollo del niño. La ley también establece sanciones para velar por la aplicación efectiva del párrafo 2 del artículo 32 de la Convención sobre los Derechos del Niño.

Los instrumentos internacionales suscritos por Ghana

323.Ghana es Parte es la Convención sobre los Derechos del Niño, y en los Convenios Nos. 182 y 138 de la OIT relativos a las peores formas de trabajo infantil y la edad mínima de empleo, respectivamente.

Las políticas y estrategias adoptadas para prevenir y combatir el trabajo infantil

324.Las políticas y estrategias adoptadas para combatir el trabajo infantil y otras formas de explotación son, entre otras: la enseñanza básica, obligatoria, universal y gratuita, la Normativa de los derechos del niño de 2002 (LI1 705), Ley Nº 560 suplementaria; y la creación de comités multidisciplinarios de derechos del niño.

325.Algunas de las estrategias nacionales desarrolladas para garantizar la protección de los niños son: el desarrollo de leyes y políticas de protección de los menores; el establecimiento de estructuras y programas para que las comunidades y las familias asuman la protección de los niños. En Ghana también dieron buen resultado la mejora de la sensibilización en el plano educativo y comunitario para modificar las actitudes y la creación de asociaciones multisectoriales amplias para la protección de los niños.

Las instituciones de vigilancia del trabajo infantil

326.Algunas de las instituciones pertinentes son el Ministerio de Asuntos de la Mujer y del Niño, la Comisión Nacional del Niño y el Departamento de Bienestar Social.

327.Además, se está reorganizando el programa de estudios de la escuela básica para adaptarlo mejor a los niños y los padres y hacerlo más atractivo. A continuación se enumeran otras medidas adoptadas para garantizar que se reconozcan y protejan los derechos del niño ante la explotación económica y el trabajo que pueda resultar peligroso o nocivo para la educación y el desarrollo del niño.

a)Patrocinio por distintas Asambleas de Distrito de estudiantes de magisterio que volverán a sus comunidades patrocinadoras para enseñar y mejorar la calidad de la educación;

b)Programas de becas para niños necesitados a cargo de las Asambleas de Distrito y otros asociados, estatales y no gubernamentales;

c)Microcréditos para que los padres puedan cuidar mejor a sus hijos;

d)Programas de sensibilización en cursos públicos y comunitarios;

e)La Ley de educación de 1960 y la política de enseñanza básica, obligatoria, universal y gratuita.

328.Cabe citar los siguientes programas de cooperación técnica y asistencia internacional de Ghana: OIT/IPEC, OIT/WACAP, Trata de Niños (LUTRENA) y proyectos similares de otros asociados nacionales, que se llevan a cabo en Ghana para corregir la situación.

F. La explotación y los abusos sexuales

329.La ley protege a los niños de la explotación y los abusos sexuales. La Ley de enmienda del Código Penal de 1998 (Ley Nº 554) tipifica una serie de delitos sexuales en los artículos 11 a 13. Son delito: la violación, los abusos deshonestos, la corrupción, el matrimonio forzado, la prostitución de menores de 16 años y la admisión de menores de 16 años en los prostíbulos. La ley protege contra la explotación sexual a niños y niñas y ha aumentado la edad de consentimiento sexual de los 14 a los 16 años.

330.Tanto el Gobierno como las organizaciones de la sociedad civil se sirven de los medios de comunicación impresos y electrónicos para educar y sensibilizar al público acerca de las formas de abusos sexuales y sobre qué hacer si los niños son víctimas de ellos. La creación de la Unidad Policial de la Mujer y el Menor ha permitido ocuparse de los casos con rapidez y muchos de los agentes de la Unidad están especialmente sensibilizados, lo que, entre otras cosas, ha incrementado la confianza del público para denunciar los casos.

G. La venta, la trata y el secuestro

331.Se ha preparado un proyecto de ley sobre la trata de personas que va a ser promulgado como ley; entre tanto los delitos de trata se persiguen con arreglo a la Ley de enmienda del Código Penal de 1998 (Ley Nº 554) y la Ley del menor.

Los programas vigentes de sensibilización y formación del público

332.Las campañas de sensibilización e información emprendidas por distintos interesados que siguen en curso comprenden programas de radio, televisión y escolares, artículos de prensa, carteles, folletos, pegatinas y tablones de anuncios, sensibilización directa de los funcionarios superiores de la administración individualmente y en grupo, sensibilización de grupos de empleadores y trabajadores, del personal de los medios de comunicación, y de los dirigentes comunitarios y de la sociedad civil.

333.Con los medios de comunicación como principales aliados, se están desarrollando muchos programas de sensibilización e información acerca de las modalidades y los peligros de la trata. Los medios de comunicación también son invitados a participar en la mayoría de los programas sobre los derechos del niño y están representados en el Comité Directivo Nacional de la OIT/IPEC y en el Foro de Asociados Nacionales sobre el Trabajo Infantil.

334.El Fondo Común de las Asambleas de Distrito, el Fondo para el Desarrollo de la Mujer del Ministerio de Asuntos de la Mujer y del Niño, el programa de capacitación y búsqueda de empleo del Ministerio de Desarrollo de los Recursos Humanos y del Empleo, los fondos de la OIT/IPEC, el UNICEF y otros asociados para el desarrollo se unieron a efectos de la preparación de políticas y aplicación de programas. Hacen falta muchos más fondos para abordar el problema con mayor determinación.

335.Otras estrategias adoptadas son: la sensibilización de las asambleas de distrito para que asuman el liderazgo de sus comunidades; la integración de programas mediante la creación de redes y la colaboración; la acción conjunta en el desarrollo de políticas y leyes; la mejora de la rehabilitación de los niños víctimas en el sistema de educación; la habilitación de las comunidades para que cuiden mejor a los niños y los retengan mediante la capacitación profesional y la financiación de microcréditos.

336.Se ha creado un comité nacional presidido por el Excelentísimo Vicepresidente Sr. Aliu Mahama para supervisar las estrategias de lucha y de prevención de la trata de niños.

337.Se ha preparado junto con la OIT/IPEC un plan de acción nacional contra la trata de niños en el que han colaborado todos los organismos pertinentes para la prevención y la lucha de la trata de niños.

338.La dependencia de trabajo infantil del Ministerio de Desarrollo de los Recursos Humanos y de Empleo y la Unidad Policial de la Mujer y el Menor, los servicios sociales y los comités de seguridad de las asambleas de distrito fueron creados para ocuparse de tales casos. También se estableció un grupo de trabajo sobre la trata de niños que coordina y supervisa los programas y actividades relativos a la venta, la trata y el secuestro de niños.

339.Ghana firmó un memorando de entendimiento con la Organización Internacional del Trabajo con miras a iniciar el programa OIT/IPEC en Ghana en el año 2000. La Interpol de Ghana coopera activamente con países dentro y fuera del continente en materia de trata de niños. A fin de fortalecer esta cooperación, el proyecto de la OIT/IPEC sobre la trata de niños en Ghana ha programado un taller subregional destinado a los agentes de seguridad y fuerzas del orden de la subregión.

H. Otras formas de explotación

340.La Constitución de 1992, la Ley Nº 560 del menor, la Ley de enmienda del Código Penal de 1998 (Ley Nº 554) y la Normativa de los derechos del niño de 2002 (LI17805) prohíben la explotación de los niños. También se ha preparado un proyecto de ley sobre la trata de personas que incluye la prohibición de la trata de niños que se había omitido en la Ley Nº 560. A nivel administrativo, el Gobierno ha creado ministerios, departamentos y organismos para proteger a los niños de la explotación. Son, por ejemplo, el Ministerio de Asuntos de la Mujer y del Niño, el Ministerio de Desarrollo de los Recursos Humanos y de Empleo, el Ministerio de Administración Local y el Ministerio de Educación. A éstos se añaden la Comisión Nacional del Niño, los Departamentos de Trabajo, Bienestar Social y Desarrollo Comunitario, las asambleas de distrito y el Servicio de Educación de Ghana.

341.Se han preparado actividades de formación para docentes. También se celebraron varios talleres de formación de docentes para los asociados en las distintas esferas de la protección del menor para incorporar la protección de los niños en las políticas y programas sectoriales.

342.Las asignaciones presupuestarias procedentes del Fondo de Promoción de la Mujer administrado por el Ministerio de Asuntos de la Mujer y el Menor, los fondos para la reducción de la pobreza administrados por el Ministerio de Desarrollo de los Recursos Humanos y de Empleo y las asambleas de distrito, otros fondos de donaciones para los programas de ayuda gestionados por ONG y los asociados sociales se destinan a mejorar las medidas adoptadas a nivel nacional para proteger a los niños contra la explotación.

343.Se llevan a cabo procedimientos globales de amparo que abarcan el suministro de vivienda, asesoramiento, rehabilitación y reintegración de los niños con familias en colaboración con organismos estatales y no gubernamentales.

X. CONCLUSIÓN

344.Se va implantando gradualmente en el país el concepto de derechos del niño. Se han dado grandes pasos para imprimir el espíritu de la Convención sobre los Derechos del Niño en el sistema jurídico de Ghana; la Ley de enmienda del Código Penal, la Ley del menor, la Normativa de los derechos del niño y la Ley de justicia de menores incluyen todas ellas disposiciones que garantizan la conformidad de la legislación interna con la Convención. Los principios generales de la Convención también han influido en muchas políticas aprobadas para garantizar el bienestar de los niños; la promoción constante de los derechos en las leyes y las políticas modificará la actitud del pueblo hacia los niños.

345.Gracias al afianzamiento de los principios democráticos en el país desde 1993, se respetan los derechos y libertades civiles de todos, incluidos los niños. No obstante, la familia que es la principal unidad de cuidado de los niños, sufre una gran presión debida a la urbanización y las dificultades económicas. Estos problemas también han debilitado los vínculos de la familia extendida, de manera que algunos padres tienen dificultades para atender sus responsabilidades. La aplicación de las políticas y los programas garantizará que los niños estén protegidos de todo aquello que altere su desarrollo.

346.La estrategia de utilizar estructuras estatales a nivel nacional y comunitario teniendo a las organizaciones de la sociedad civil como asociadas en la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño es una fórmula idónea que aumentará el bienestar de los niños.

-----