Provincia/región

Omaníes

Porcentaje

Expatriados

Porcentaje

Mascate

381.612

21,4

250.461

44,8

Batinah

564.407

31,7

89.098

15,9

Musandam

20.324

1,1

8.054

1,5

Zahirah

147.689

8,3

59.326

10,6

Dakhiliyah

235.337

13,2

31.803

5,7

Sharqiyah

264.369

14,8

49.392

8,8

Wusta

16.861

1,0

6.122

1,1

Zufar

150.959

8,5

65.001

11,6

Total

1.781.558

100,0

559.257

100,0

8.El árabe es el idioma oficial de la Sultanía de Omán y la mayoría de la población es musulmana. Los no musulmanes son principalmente trabajadores expatriados procedentes de todas las regiones del mundo. Todos los ciudadanos de Omán viven en armonía y muestran una tolerancia religiosa ejemplar; la sociedad omaní rechaza y considera inaceptable cualquier manifestación de fanatismo religioso o sectario. El Estado garantiza la libertad de culto y la sociedad vive en total acuerdo y armonía. Por su condición de Estado costero, Omán fue destino y origen de muchas oleadas de inmigrantes de Asia y África y hacia esos continentes; sin embargo, la sociedad omaní no ha conocido ninguna perturbación social.

Sistema político

9.Omán avanza a ritmo constante hacia el desarrollo completo de las instituciones estatales en diversas esferas. En 1982 se creó el Consejo Consultivo del Estado, en 1991 el Consejo Consultivo (Shura) y en noviembre de 1996 se promulgó la Ley fundamental del Estado (la Constitución). Estos hechos marcan el inicio del proceso de redefinición de las instituciones sociales, en particular el poder judicial, y de los instrumentos jurídicos que organizan la sociedad sobre la base sentada por la Constitución para responder a los principales acontecimientos ocurridos en la sociedad omaní desde 1970. La Constitución consagra los principios rectores del Estado y establece los derechos y deberes fundamentales de los ciudadanos. En concreto, garantiza la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley y la libertad de culto. También establece que la justicia y la igualdad son las bases de la vida política, económica y social en la Sultanía.

10.El artículo 5 de la Constitución establece que el Estado es una Sultanía hereditaria. De acuerdo con este precepto, el Estado se compone de los siguientes órganos principales:

a)El Sultán, que es el Jefe del Estado y el Comandante Supremo de las Fuerzas Armadas. Es el símbolo de la unidad nacional y su guardián y defensor. En el artículo 42 de la Constitución se enumeran sus funciones.

b)El Consejo de Ministros, que es el órgano encargado de aplicar las políticas generales del Estado.

c)El Consejo de Omán, formado por el Consejo Consultivo (Shura) y el Consejo de Estado.

El Consejo Consultivo (Shura)

11.El Consejo Consultivo (Shura) se creó en 1990 para sustituir al Consejo Consultivo del Estado. La ley le otorga competencias en las esferas económica y social. Se compone de 83 miembros elegidos democráticamente para representar a las divisiones administrativas del país. El mandato de los miembros del Consejo es de cuatro años y puede ser renovado. El Consejo celebra anualmente cuatro sesiones ordinarias en las que examina diversos expedientes y cuestiones presentados por los ministerios y formula observaciones y recomendaciones al respecto. Recientemente, el Consejo Consultivo examinó y aprobó recomendaciones sobre cuestiones tales como la privatización de los transportes y las comunicaciones, la reforma de la educación básica, la mejora de la enseñanza superior, cuestiones relacionadas con la protección del medio ambiente, la mejora de los servicios de salud y la reforma de la administración pública. El Consejo también puede celebrar reuniones a puerta cerrada para examinar cuestiones concretas en presencia de los ministros y los funcionarios públicos competentes.

12.El Consejo estudia proyectos de ley presentados por el Gobierno y examina leyes relativas a las esferas económica y social para formular recomendaciones sobre su revisión o reforma. Diversas comisiones del Consejo redactan informes sobre cuestiones concretas para que éste las examine, adopte decisiones al respecto y las transmita finalmente al Sultán.

13.Las últimas elecciones de miembros del Consejo Consultivo tuvieron lugar en octubre de 2003. Podían presentar su candidatura al Consejo todos los omaníes, hombres y mujeres, de 30 o más años de edad. Tenían derecho a votar en estas elecciones todos los omaníes, hombres y mujeres, de 21 o más años de edad. Se presentaron 485 candidatos, entre ellos 14 mujeres.

El Consejo de Estado

14.El Sultán nombra a los miembros del Consejo de Estado por un período de tres años renovable. Los miembros deben ser omaníes con competencia y experiencia en diferentes esferas. En 2003, el Consejo constaba de 55 miembros, de los que 7 eran mujeres. Entre las funciones del Consejo de Estado figura el examen de expedientes y cuestiones remitidas por el Sultán o el Consejo de Ministros para que formule propuestas y recomendaciones.

15.El Consejo de Estado presenta al Sultán un informe anual sobre sus actividades. El Consejo ha contribuido a la elaboración del sexto plan quinquenal (2001-2005), examinado numerosos proyectos de ley y presentado varias recomendaciones al Consejo de Ministros. Asimismo ha completado varios estudios, especialmente sobre cuestiones problemáticas como los recursos hídricos y la diversificación económica. El Consejo celebra anualmente cuatro sesiones ordinarias, que tienen lugar en enero, marzo, mayo y octubre, aunque su presidente puede convocar sesiones extraordinarias si lo considera necesario.

Los derechos humanos y, en particular, los derechos de la mujer

16.Desde 1970, el actual Estado omaní se esfuerza por garantizar los derechos humanos fundamentales de conformidad con las disposiciones de los pactos, declaraciones y convenciones internacionales. Se han promulgado sucesivamente leyes para garantizar derechos humanos tales como las libertades de residencia, de circulación, personal, de expresión y de opinión, etc. Esta política se confirmó con la promulgación de la Constitución, que garantizó la salvaguardia de la dignidad y libertad del ser humano de conformidad con la ley. La Constitución prohíbe pues privar de libertad a una persona, excepto en los casos previstos por la ley. El imperio de la ley ha pasado a ser el principio fundamental de la política penal, según la cual, únicamente la ley determina los delitos y los castigos.

17.Con el inicio de la nueva era de la Sultanía, el Estado condenó oficialmente la marginación de la mujer y declaró que la mujer omaní disfrutaría de todos sus derechos previstos en la ley y en la sharia islámica. A raíz de esta declaración, la mujer omaní pudo disfrutar de los progresos realizados en relación con el ejercicio de sus derechos y contó con el apoyo continuo del Estado. En la actualidad, la mujer omaní participa en el Consejo de Estado y en el Consejo Consultivo y ocupa cargos de responsabilidad en la administración del Estado y en otras esferas y desempeña una función cada vez más importante y concreta en la labor de desarrollo del país. El hecho de que tres mujeres sean titulares de tres carteras ministeriales -educación superior, desarrollo social y turismo- es una prueba de la elevada consideración social de la mujer. Otra mujer con rango de ministra dirige la Organización General de Pequeñas Industrias. La Sultanía ha ratificado mediante el Decreto del Sultán Nº 93/2002 el acuerdo por el que se crea la Organización de Mujeres Árabes, y ha mostrado de esa manera su apoyo a la labor realizada por esa organización para fortalecer la función de la mujer árabe trabajadora.

18.Desde la refundación del Estado, el Gobierno omaní considera que la mujer es un asociado esencial para el desarrollo social y la educación de las futuras generaciones de ciudadanos omaníes que serán responsables del desarrollo del país. Esto indica que todos los aspectos del desarrollo que afectan la vida de los seres humanos en Omán se aplican de la misma manera a los hombres y a las mujeres. La estricta observancia de este principio ha producido resultados concretos en la esfera del desarrollo integrado de la sociedad omaní. Las mujeres representan casi la mitad de todos los estudiantes en diversos niveles de educación, concretamente el 49%, y los índices de matriculación de mujeres en el grupo de edad comprendido entre los 6 y los 23 años no son diferentes de los índices de matriculación de los hombres, que se sitúan en torno al 69%.

19.Las mujeres omaníes han demostrado su valía en la educación universitaria, donde han obtenido licenciaturas que les permiten trabajar como médicos, asistentes sociales, funcionarias públicas, maestras, policías, etc. En la actualidad, muchas mujeres son maestras o funcionarias públicas o trabajan en el sector privado. La mujer omaní tiene los mismos derechos y obligaciones que el hombre y recibe el mismo salario por trabajo de igual valor, tanto en el sector público como en el privado.

20.Teniendo en cuenta que la consecución del desarrollo en todo país exige cooperación y solidaridad, el Gobierno omaní dedicó especial atención a la creación de la primera Asociación de Mujeres en Omán desde la refundación en 1970. La Asociación ha participado en la promoción de las condiciones sociales, culturales y sanitarias de la mujer omaní en todos los niveles y en todos los ámbitos. Asimismo ha abordado con dedicación y constancia el problema del analfabetismo en la mujer y ha emprendido también diversas actividades para aumentar la sensibilización de las mujeres en diversas esferas. La asociación sigue desplegando esfuerzos y ampliando su presencia en las diferentes regiones del país, y cuenta en la actualidad con varios centros en las ciudades y poblaciones de la Sultanía y con miles de miembros. Publica mensualmente una revista en la que se examinan cuestiones que afectan a las mujeres, y colabora con el Ministerio de Asuntos Sociales en programas de educación para mujeres que viven en zonas de difícil acceso en los que se presta especial atención a las cuestiones del cuidado de los hijos, la educación sanitaria y la orientación sobre el uso de modernos aparatos domésticos.

21.Estos avances en el desarrollo de la mujer omaní fueron únicamente posibles gracias al interés mostrado por la mujer omaní y al apoyo continuado del Estado a las iniciativas emprendidas al respecto. El Gobierno de Omán no escatima esfuerzos para alentar a la mujer a que ocupe el lugar que le corresponde en la sociedad. Hoy en día, las mujeres participan en todas las actividades, incluidas las políticas, presentándose como candidatas y votando en las elecciones. La mujer también participa en las actividades económicas y ya hay varias mujeres que son propietarias de empresas, directoras generales o miembros del cuadro directivo superior.

Desarrollo social

22.Los servicios sociales que presta el Estado son sólo parte de los esfuerzos del Estado por garantizar a los ciudadanos omaníes condiciones de vida dignas a lo largo de toda su vida y en todas las circunstancias posibles a las que puedan tener que hacer frente en cualquier parte del país.

23.Esos servicios reflejan el aspecto humano de la refundación contemporánea del país, que se centra en la persona humana. También emanan del espíritu de familia que existe en Omán, donde las familias siguen estando estrechamente unidas y sus miembros se ayudan mutuamente. El Ministerio de Asuntos Sociales desempeña diversas funciones en el marco de su concepto de bienestar social, en el que todos tienen cabida. Presta asistencia social tanto a los que tienen medios como a los que no en todas las categorías y segmentos sociales, y fomenta el voluntariado social para poder extender el alcance de la seguridad social. Además, trata de rehabilitar a los pobres para que puedan conseguir un empleo remunerado y participar en actividades y proyectos individuales o colectivos que les permitan ser autosuficientes y mantenerse a sí mismos.

24.La asistencia social cubre diversas esferas e iniciativas directas e indirectas en un sistema completo de solidaridad social que incluye la seguridad social, programas de asistencia especial, programas de creación de empleo, sociedades de beneficencia, el programa nacional para el desarrollo de las comunidades locales y programas para la rehabilitación de la mujer. El Estado atiende también las necesidades básicas de las familias desfavorecidas. Presta asimismo la atención necesaria a los discapacitados con necesidades especiales mediante programas comunitarios de rehabilitación y la provisión de servicios para que puedan tener una vida mejor.

Salud

25.Una de las características más prominentes del resurgimiento que se inició en Omán en 1970 es la atención de las necesidades básicas de los ciudadanos. El Estado no sólo presta asistencia sanitaria gratuita y de la mejor calidad posible sino que también lo hace en todas las regiones del país, incluidas las de difícil acceso, consciente de que esa atención es un requisito previo para que los ciudadanos puedan participar activamente en el proceso de desarrollo. Los logros alcanzados en esta esfera fueron elogiados por organizaciones internacionales como la Organización Mundial de la Salud (OMS) y el UNICEF. En la actualidad, el Estado administra el 87% de los hospitales y el 90% de los centros de salud y los sanatorios. En 2002 había 17.740 empleados en el sector sanitario, entre ellos 2.497 médicos y 7.057 enfermeros, de los que el 58% eran ciudadanos omaníes.

Educación

26.Quizás el logro más admirable de Omán en el período de su moderno renacimiento se haya producido en la esfera de la educación. Puede decirse que la educación, como otros sectores, empezó desde cero en 1970. En esa época había tan sólo tres escuelas en todo el país, una en cada una de las tres principales ciudades, a saber, Nasqat, Mattrah y Sallalah. Quienes recibieron educación antes de 1970 fueron los afortunados que habían abandonado el país para buscar trabajo o estudiar en el extranjero sin ninguna esperanza de regresar a Omán.

27.En 2003 había 1.022 escuelas, sin contar las 132 privadas, a las que asistían 600.000 niños y niñas. Todos tienen una plaza en las escuelas de enseñanza general y de enseñanza básica, y un número considerable de alumnos termina matriculándose en la Sultan Qabus University, donde en el año académico 2002/03 se matricularon 3.000 estudiantes. Además de la universidad existen varias escuelas e institutos especializados.

28.El Estado no escatima esfuerzos para fomentar la educación para todos y desarrollar el sector educativo pues es consciente de que es el sector más importante para la promoción de la persona y, por consiguiente, para el desarrollo de la sociedad en su conjunto. Este enorme salto cualitativo y cuantitativo en la educación -el número de escuelas se multiplicó por más de 322 y el número de estudiantes por más de 510- no fue un fin en sí, sino que se consideró que era el camino a seguir para aumentar el potencial de los ciudadanos omaníes de contribución al desarrollo del país.

29.Los esfuerzos de la Sultanía para combatir el analfabetismo en la mujer comenzaron en 1973, tras la oportuna refundación. La política educativa adoptó el principio del disfrute del derecho a la educación en condiciones de igualdad. Este precepto se ha convertido en un principio de la filosofía educativa. El Estado ha realizado enormes avances en su programa de alfabetización que cubre las zonas rurales y urbanas e incluye a hombres y mujeres. Uno de los objetivos del programa de alfabetización era conseguir la adopción de un programa de estudios integrado, en paralelo con las distintas etapas de educación general, para que de los programas de alfabetización se pudiera pasar a los niveles más elevados posibles de enseñanza.

30.Desde su inicio, el programa de alfabetización abarcó todas las estrategias y conceptos aplicables en esta esfera, comenzando con la alfabetización tradicional para dar paso a enfoques selectivos centrados en la vocación concreta de la persona alfabetizada. Finalmente se adoptó el concepto amplio de analfabetismo en el marco de la estrategia árabe de lucha contra el analfabetismo en el mundo árabe tanto en el ámbito de la alfabetización como en el ámbito cultural. En ese mismo sentido, la labor actual se coordina para combatir el analfabetismo en tanto que problema social. Esto se logra mediante el programa para la reducción del analfabetismo del Plan Nacional de Educación para Todos (2006-2007 y 2015-2016).

31.Los programas de alfabetización no sólo se impartieron a los hombres, sino que también las mujeres asistieron a los centros regionales de alfabetización donde se les impartieron conocimientos prácticos para la vida cotidiana. Se prestó atención a la elaboración de un programa pedagógico y cultural en el que se adoptara una perspectiva de género. Se publicaron dos libros de educación general, uno para el primer nivel y otro para el segundo. En ambos libros se proporciona información para ayudar a las personas a aumentar su nivel de vida y mejorar las condiciones familiares a fin de adaptarse a los rápidos cambios sociales y a su repercusión en la vida de las personas y la familia, con el objetivo último de mejorar las condiciones de vida en la sociedad.

32.Las estadísticas anuales indican un aumento constante de la inscripción de mujeres en programas de alfabetización desde 1983-1984. Además del aumento cuantitativo se amplió también el alcance geográfico, ya que se impartieron cursos de alfabetización en todas las escuelas y en centros específicos creados con ese fin. La ampliación del número de centros se combinó con la de horarios lectivos, y las clases se impartieron durante todo el día en cursos de mañana, tarde y noche para tener en cuenta las circunstancias especiales de las mujeres. Las actividades de alfabetización se han convertido también en un elemento esencial de los planes de los ministerios competentes y de las organizaciones de la sociedad civil. En 2004 y 2005 había 534 divisiones de alfabetización en los diversos centros dedicados a esa cuestión a los que asistían 7.641 personas, de las que el 95% eran mujeres.

33.La labor realizada por el Gobierno desde la reinstauración del sistema educativo para promulgar leyes, elaborar políticas y mecanismos, actualizar programas y renovar las instituciones es fruto de su reconocimiento de la importancia que tiene el desarrollo continuo para afrontar los cambios y hacer frente a los problemas. El objetivo es conseguir que todas las instituciones educativas desempeñen sus funciones y alcancen sus nobles objetivos. La adopción del principio de Educación para Todos en respuesta a las necesidades de la sociedad omaní fue una importante decisión de política. La Constitución garantiza el derecho a la educación para todos los ciudadanos. El artículo 13 dispone que la educación es un elemento fundamental para el progreso de la sociedad y que el Estado debe fomentar y hacer todo lo posible para que todos tengan acceso a ella. Ese artículo dispone también que el Estado debe proporcionar educación pública, combatir el analfabetismo y fomentar la creación de escuelas e institutos privados bajo supervisión del Estado y de conformidad con las disposiciones de la ley.

34.Con el fin de aplicar las recomendaciones formuladas por varias conferencias locales, regionales e internacionales sobre educación, y especialmente por la Conferencia sobre la visión internacional del futuro de la economía de Omán (Omán 2020), el Ministerio de Educación elaboró planes para desarrollar la educación general en la Sultanía. La primera medida consistió en la impartición de educación básica en algunas escuelas y la ampliación progresiva de esa educación tanto vertical como horizontalmente para alcanzar el ciclo de educación secundaria (niveles 11 y 12).

35.En los tres últimos decenios, el sector educativo ha experimentado importantes transformaciones tanto cuantitativas como cualitativas. Desde el punto de vista cuantitativo, el número de instituciones de enseñanza en las distintas categorías y niveles se multiplicó como consecuencia de las necesidades de desarrollo social y económico, y de la demanda cada vez mayor de educación. Las matriculaciones de estudiantes crecieron también rápidamente cada año. En el curso académico 2004/05 había 1.038 escuelas de las que 430 impartían educación básica y 608 educación general. Las escuelas de educación básica representaban el 41% del total de las escuelas públicas. Desde el punto de vista cualitativo, se diversificaron las instituciones de enseñanza y se elaboraron planes de estudios especializados. Además de escuelas públicas, también existen escuelas privadas.

36.En la actualidad, el sistema educativo de Omán es objeto de un amplio proceso de ampliación en el contexto de una estrategia general de desarrollo de la educación. La estrategia incluye la introducción de los estudios de ciencias y matemáticas, y la adopción de un nuevo planteamiento que destaca las aptitudes individuales de los estudiantes en las artes, la técnica, la ingeniería, la salud y la educación, y fomenta la adopción de conocimientos prácticos, métodos de deducción y relaciones recíprocas. Se ha puesto de relieve la importancia de enseñar el inglés en los primeros niveles de la educación básica, añadir espacio para material didáctico y laboratorios en las escuelas básicas e introducir gradualmente estudios informáticos. La evaluación de los estudiantes también ha evolucionado e incluye, además de los exámenes, la evaluación de proyectos y trabajos de investigación presentados por los estudiantes. La evaluación ha pasado a ser un proceso continuo en el que se tienen en cuenta las diferencias y las capacidades de aprendizaje de los alumnos, encomendándoles ciertas tareas en consecuencia.

37.En Omán, los objetivos de la educación se basan en los valores sociales y culturales de la sociedad omaní establecidos en la Constitución. El artículo 13 dispone que la educación tiene por finalidad aumentar y desarrollar los niveles de cultura general, promover el conocimiento científico, despertar el interés por aprender, atender las necesidades de los planes económicos y sociales, y crear una generación sana y con sólidos valores morales orgullosa de su país y su patrimonio y dispuesta a salvaguardar sus logros. Los principios educativos también tienen por objeto atender las necesidades del progreso científico y cumplir con los requisitos de las tecnologías de la información en un mundo globalizado.

38.El Ministerio de Educación ha proseguido la elaboración de objetivos generales para la educación, objetivos específicos para la educación básica y otros objetivos para los niveles 11 y 12 acordes con las características de la sociedad y de los estudiantes omaníes, y en armonía con las futuras direcciones y progresos de la Sultanía en diferentes sectores de actividad. El plan de desarrollo de la educación general se formuló y aplicó tomando como base esos objetivos.

39.Los niveles educativos se reestructuraron de acuerdo con este plan para cubrir dos ciclos: la educación básica, que dura diez años, y la educación secundaria, que dura dos años. Esta división, que se aplica también en muchos otros países, se ajusta perfectamente a los requisitos del futuro desarrollo de la educación en Omán. El número de años de estudios que actualmente se cursan en Omán es equivalente al de muchos países árabes. Por lo tanto, un estudiante omaní no debería tener problemas para inscribirse en cualquier otra escuela fuera de Omán o matricularse en universidades árabes o extranjeras tras finalizar la escolarización en Omán.

40.Por lo que respecta a la filosofía educativa, el Ministerio de Educación adoptó teorías y conceptos avanzados que se basan en los más recientes progresos científicos en la esfera de la educación. El Ministerio anima a los maestros a diversificar sus métodos de enseñanza para cumplir los requisitos de aprendizaje y docencia. También trata de fomentar las relaciones entre los maestros y los estudiantes, para lo que exhorta a los maestros a que permitan una mayor participación de los estudiantes en el aprendizaje y a que renuncien a los métodos convencionales que hacían de los estudiantes sujetos pasivos y perpetuaban el aprendizaje de memoria. El Ministerio adoptó asimismo los conceptos de autoeducación y de aprendizaje mediante el trabajo, así como otros conceptos modernos, y creó un entorno educativo favorable para la aplicación de esos conceptos.

41.Al fomentar la educación en diversas etapas y niveles se intenta crear un sistema educativo integrado y uniforme que sea coherente y permita pasar fácilmente de una etapa a otra, y en el que participen otros departamentos gubernamentales para alcanzar las metas y objetivos deseados y colmar las expectativas.

42.El Estado ha creado varios tipos de escuelas de educación general, formación profesional y enseñanza islámica. La escolarización comienza a la edad de 6 años y los niños tienen la posibilidad de matricularse en las escuelas sin discriminación. En 2003, el índice de matriculación en esa edad alcanzó el 8%*. En la actualidad el proceso educativo se está reformando para dividir los diez años de educación básica en dos ciclos, el primero de cuatro años y el segundo de seis, tras los cuales se pasaría a cursar los dos años de educación secundaria. El proceso de reforma del plan de estudios, la ampliación de los cursos de idiomas, de los estudios sociales y de ciencias, y de la enseñanza islámica, así como la utilización de computadoras y otras técnicas tiene por objeto enriquecer el proceso educativo haciéndolo más efectivo.

43.La atención que el Estado presta a la educación en tanto que requisito previo para el desarrollo se extendió a la educación superior, en la que los esfuerzos realizados culminaron en la creación en 1986 de la Sultan Qabus University, que supuso un desarrollo trascendental de la enseñanza superior en la Sultanía. Se introdujeron estudios universitarios y de postgrado, que se consideraron esenciales para la formación en diversas esferas de altos dirigentes omaníes a fin de contribuir al proceso de desarrollo nacional.

El poder judicial

44.La Constitución (arts. 59 a 71) prevé, entre otras cuestiones, la independencia del poder judicial y establece que las sentencias judiciales se basarán únicamente en lo dispuesto en la ley. La ley publicada en 1999 mediante el Decreto del Sultán Nº 90/99 organiza el sistema judicial omaní en una estructura integrada. El sistema está compuesto por un tribunal supremo con sede en la capital, Mascate, y 6 tribunales de apelación, uno por cada provincia o región de las principales divisiones administrativas de Omán, y 40 tribunales de primera instancia diseminados a lo largo de las diferentes wilayas (divisiones). Esos tribunales entienden de casos penales, civiles y comerciales, así como de casos relacionados con la situación personal, condiciones laborales y cuestiones fiscales, excepto cuando esos casos están relacionados con controversias administrativas.

45.El Tribunal Supremo es el órgano superior del poder judicial omaní. Entre sus funciones figura el examen de la coherencia en la aplicación e interpretación de las leyes. También vela por que los jueces observen y apliquen correctamente la ley. Exceptuando las controversias administrativas, el Tribunal Supremo tiene competencia para examinar casos penales, civiles, comerciales y casos relacionados con la situación personal y con cuestiones fiscales, cualquiera que sea su naturaleza.

46.En 1999 se creó mediante el Decreto del Sultán Nº 91/99 el Tribunal de Justicia Administrativa, formado por dos salas y con jurisdicción para entender de cuestiones administrativas. Este tribunal examina decisiones adoptadas por departamentos gubernamentales y tiene competencia para derogar decisiones gubernamentales y fijar indemnizaciones.

47.Se considera que el sistema de tribunales creado en el marco del poder judicial es un avance moderno para garantizar el derecho a entablar procesos judiciales. El anterior sistema judicial estaba formado por tribunales religiosos, un tribunal comercial y un tribunal penal. Se han promulgado varias leyes para organizar la labor judicial, en particular la Ley de procedimientos penales y la Ley de procedimientos civiles y comerciales. También se creó un Consejo Supremo de la Magistratura, así como otras leyes que organizan las profesiones de abogado y secretario judicial.

48.En 1999 se promulgó la Ley del ministerio público por la que se creó un órgano independiente encargado de ejercer la acusación pública.

Características de la economía nacional

49.La economía de Omán es una economía de mercado abierta fuertemente dependiente del petróleo. La situación económica general mejoró a partir del año 2000 debido a varios factores, entre ellos el aumento de los precios del petróleo, el desarrollo del sector del gas natural licuado, el incremento de la inversión pública en infraestructuras y la constante diversificación económica que redujo la dependencia del petróleo. Desde ese año, la economía nacional ha experimentado excedentes en la balanza de pagos y el índice de precios de consumo se redujo al 7% en 2002. La situación financiera del Estado mejoró mucho, por lo que se decidió utilizar el excedente para reintegrar deuda externa y ampliar los activos omaníes en el extranjero.

50.La política económica se aplica mediante planes quinquenales consecutivos que definen los objetivos del Gobierno en todos los sectores. La Conferencia Omán 2020 identificó las principales esferas de la política de desarrollo de Omán para un plazo de 20 años teniendo en cuenta los cambios acaecidos en la economía mundial y las repercusiones de la revolución de las tecnologías de la información y las comunicaciones sobre la producción en general y los servicios. Uno de los objetivos que fijó la Conferencia fue reducir a un 9% antes de 2020 la proporción que representa el petróleo en el producto nacional bruto (PNB), que en 1996 era del 41%, y aumentar al 10% antes de 2020 la contribución del gas natural, que en 1996 era del 1%. Está previsto que el sector industrial, que en 1996 suponía el 7,5% del PNB, represente el 20% en 2020.

51.A partir de 1999, el sector privado comenzó a crecer más rápidamente en la Sultanía de Omán. En ese año el sexto plan quinquenal (2001-2005) fijó tres objetivos principales, a saber, desarrollo de los recursos humanos y de las infraestructuras, mayor diversificación de la economía y desarrollo del sector privado, con lo que se aceleró el proceso de privatización en Omán.

52.La producción nacional de fuentes no petrolíferas aumentó constantemente a una tasa estimada en un 7,2% en 2001 y en un 22,2% en 2002. El gasto público aumentó un 1,7% en 2001 y un 5,4% en 2002. El Gobierno presta especial atención al turismo, y la agricultura y la pesca son actividades muy importantes en la economía nacional. En la actualidad, las exportaciones agrícolas de Omán representan el 26,5% del total de las exportaciones no petrolíferas, y los productos agrícolas cubren el 53,8% de las necesidades de consumo locales. Según el último censo (2003), unos 48.800 trabajadores están empleados en la agricultura y 9.300 en el sector pesquero, lo que supone un total de 58.100 trabajadores.

Parte II

MEDIDAS LEGISLATIVAS, JUDICIALES, ADMINISTRATIVAS Y DE OTRO TIPO ADOPTADAS POR OMÁN PARA APLICAR LAS DISPOSICIONES DE LA CONVENCIÓN

Artículo 1

53.Como se ha señalado anteriormente, desde el inicio de su refundación en 1970 la Sultanía de Omán ha trabajado sin descanso para establecer bases de justicia e igualdad entre todos los ciudadanos. La Sultanía consolidó los valores de tolerancia, fraternidad y solidaridad, que están profundamente arraigados en la cultura de la sociedad omaní, y ha fomentado esos valores mediante una serie de leyes y medidas para garantizar los derechos fundamentales a todos los omaníes sin discriminación. El islam es la principal fuente legislativa, conforma la cultura nacional y es un modo de vida para la inmensa mayoría de la población. Si se tiene en cuenta que el islam prohíbe toda forma de discriminación y es contrario a cualquier acto de discriminación entre los seres humanos, se comprenderá que las prácticas discriminatorias son ajenas a la sociedad omaní e inaceptables por naturaleza para la mayoría de la población, aun cuando no estén penalizadas por la ley.

54.Se puede por lo tanto afirmar que la política general de la Sultanía de Omán respecto de cualquier acto de discriminación proviene en primer lugar del sentimiento religioso de la población, que considera que la discriminación es contraria al islam y que cualquier acto de discriminación es un pecado, y en segundo lugar de las leyes que consagran este principio y consideran que la discriminación es un acto punible contrario a la moral y a la ética pública.

55.Para cumplir con las disposiciones de la Convención, que garantiza en general el disfrute por todas las personas y grupos, sin discriminación y en condiciones de igualdad, de los derechos humanos y de las libertades fundamentales en todas las esferas de la vida pública, se promulgaron leyes, especialmente la Constitución y otras leyes pertinentes, a fin de establecer normas y procedimientos claros para dar efecto a las disposiciones de este instrumento.

56.Como confirmación de esta orientación, la Parte III de la Constitución se dedica a los derechos y obligaciones públicos. El artículo 17 establece que todos los ciudadanos son iguales ante la ley y tienen los mismos derechos y obligaciones públicos. También dispone que no se discriminará entre ellos por motivos de sexo, origen, color, idioma, religión, secta, lugar de domicilio o estatus social. La Constitución establece también varios controles constitucionales en las esferas de la justicia, el poder judicial, la observancia de la ley y la organización del poder judicial. El artículo 9 especifica que la ley en la Sultanía se basará en la justicia, la consulta al Consejo Consultivo y la igualdad. Los ciudadanos tendrán derecho a participar en los asuntos públicos de conformidad con lo dispuesto en la Constitución y las condiciones y circunstancias previstas por la ley.

Artículo 2

57.La normativa en vigor en Omán en la esfera de la administración de justicia a los ciudadanos y la prohibición de discriminación contra cualquier grupo por motivos de género o raza o por cualquier otro motivo se aplica a todas las personas y, en principio, al Estado y a sus mecanismos e instituciones. El Estado, representado por sus instituciones, garantiza la prevención de toda forma de discriminación y la ley le exige que se abstenga de cualquier acto o práctica de discriminación racial. Las instituciones públicas no están por encima de la ley y deben responder ante ésta de sus actos. Tanto los ciudadanos como los residentes disponen de remedios jurídicos, independientemente de quienes sean los autores de actos de discriminación. El artículo 59 de la Constitución establece que el imperio de la ley es la base del gobierno del Estado. Los derechos y las libertades están garantizados por la dignidad del poder judicial y la honradez e imparcialidad de los jueces. El artículo 25 estipula que todos los ciudadanos tienen derecho a entablar procesos judiciales. La ley define los procedimientos y circunstancias necesarios para ejercer este derecho y el Estado garantiza, en la medida de lo posible, que las instituciones judiciales reconcilien a los querellantes y resuelvan los casos sin demora.

58.Dado que el Estado se preocupa por dar el ejemplo en lo que respecta a la lucha contra todas las formas de discriminación, las instituciones y órganos públicos desempeñan sus funciones en consecuencia y se abstienen de todo acto o práctica que implique, aliente, apoye o proteja la discriminación, cualquiera que sea su origen. El artículo 80 de la Constitución dispone que ninguna institución pública puede dictar normas, reglamentos, decisiones o instrucciones que contravengan las disposiciones de las leyes y decretos en vigor o de los tratados y acuerdos internacionales que forman parte de la legislación del país.

59.Cabe señalar que en la Sultanía de Omán nunca han existido leyes o medidas que hayan dado lugar a prácticas discriminatorias, por lo que no ha sido necesario emprender un proceso de derogación o enmienda. Desde su refundación, la Sultanía aplica un único orden político, judicial y social basado en la justicia y la igualdad, y pone todo su empeño en consolidar esos valores en la sociedad omaní.

60.La Sultanía ha promulgado leyes en las que se tipifica como delito cualquier acto de discriminación racial. El Código Penal, publicado mediante el Decreto del Sultán Nº 7/74, tipifica como delito la incitación a la discriminación racial para crear conflictos religiosos o sectarios. El artículo 130 bis del Código establece que quien promueva o fomente conflictos religiosos o sectarios, o ideologías de odio o violencia entre la población podrá ser condenado a una pena de hasta diez años de prisión.

61.En la Sultanía no hay organizaciones o movimientos integracionistas multirraciales y no existen barreras de ningún tipo entre las razas, en primer lugar. Respecto de la creación de sociedades nacionales, el artículo 33 de la Constitución garantiza la libertad para formar asociaciones nacionales con objetivos legítimos y conforme a las disposiciones vigentes, de manera que no entren en conflicto con las estipulaciones y objetivos de la Constitución.

62.La Sultanía ha adoptado las medidas necesarias para garantizar el disfrute pleno y en condiciones de igualdad de los derechos humanos. Ha promulgado leyes específicas para garantizar la protección de grupos especiales y otros grupos de características similares que viven en condiciones difíciles a fin de integrarlos en diferentes programas y planes nacionales, atender sus necesidades y permitirles disfrutar de los derechos humanos y libertades fundamentales en las esferas social, económica, cultural y política. La Ley de la seguridad social es especialmente importante, ya que consagra la política del Estado de promoción de la solidaridad social entre las personas. Por lo que se refiere a las medidas adoptadas para proteger a los grupos étnicos, debe señalarse que en la Sultanía no existen grupos de ese tipo ni grupos que vivan separadamente o al margen de la corriente general de la sociedad.

Artículo 3

63.En la Sultanía nunca ha existido ningún sistema de discriminación o segregación racial, por lo que nunca se han dado las situaciones a las que se refiere este artículo ni ha sido necesario adoptar medidas para prohibirlas o erradicarlas. Además, las disposiciones del Código Penal no dan opción a esas prácticas. De hecho, la Sultanía condena firmemente, tanto a nivel oficial como popular y en todos los foros, todas esas prácticas.

Artículo 4

64.Los legisladores han velado por erradicar cualquier corriente que pudiera fomentar tendencias racistas y prácticas discriminatorias o cualquier acto similar. El Código Penal penaliza la participación, el apoyo o la incitación a la comisión de esos actos. El artículo 130 bis del Código Penal prevé que quien promueva o fomente conflictos religiosos o sentimientos sectarios o ideologías de odio y violencia entre la población será castigado con una pena de hasta diez años de prisión. En la Sultanía no se han registrado incidentes de instigación, incitación, publicación o promoción de ideas basadas en la superioridad racial o el odio racial, ni de participación de personas, grupos, instituciones, organizaciones u órganos gubernamentales en actos de ese tipo. Tampoco ha habido ningún caso de violencia o incitación a la violencia contra individuos, grupos u organizaciones por motivos étnicos o raciales, o basados en el color o el origen. Como se ha señalado en el párrafo 50, en la Sultanía no se han registrado delitos de ese tipo. No existen organizaciones o actividades de propaganda organizadas o no que fomenten la discriminación racial o inciten, promuevan, financien o apoyen actos de ese tipo. Esos actos son contrarios a las tradiciones y leyes de la sociedad y la ciudadanía los condena. Por lo tanto, no ha sido necesario adoptar medidas para prohibir la formación de esas organizaciones o prohibir y castigar la participación en ellas. Por consiguiente, las autoridades e instituciones omaníes no realizan actos de discriminación racial ni adoptan medidas que pudieran apoyar o incitar a su comisión.

Artículo 5

65.El Estado de Omán mantiene el principio de que la persona humana es el principal activo del país y el principal factor para su desarrollo. Por esa razón, la legislación omaní concede una importancia evidente a los seres humanos, tanto omaníes como extranjeros, y al respeto de sus derechos. Ya se ha señalado que las leyes y reglamentaciones de la Sultanía tienden básicamente a garantizar la justicia y la igualdad, establecer el imperio de la ley, difundir los valores de tolerancia y fraternidad, y preservar la estructura social basada en las enseñanzas y la cultura islámicas. El Estado de Omán sigue difundiendo estos valores y principios en los diferentes segmentos sociales y en diversos sectores de actividad, en los niveles social, económico o político, para garantizar el ejercicio sin discriminación de los derechos humanos en todas las esferas.

66.Respecto al derecho a la igualdad de tratamiento ante la ley, el artículo 17 de la Constitución dispone que todos los ciudadanos son iguales ante la ley y tienen los mismos derechos y obligaciones públicos. También establece que no se discriminará entre ellos por motivos de sexo, origen, color, idioma, religión, secta, lugar de residencia o estatus social. En la parte 6 de la Constitución, el artículo 59 especifica que la soberanía de la ley es la base del Gobierno del Estado. Los derechos y libertades están garantizados por la dignidad del poder judicial y la honradez e imparcialidad de los jueces.

67.Respecto del derecho a la seguridad personal y a la protección del Estado contra todo acto que atente contra esa seguridad, el artículo 18 de la Constitución garantiza la libertad personal de conformidad con la ley. Ninguna persona puede ser arrestada, registrada, detenida o encarcelada, ni se puede restringir su derecho a elegir su residencia o circular libremente, excepto en los casos previstos por la ley. Este derecho queda aún más protegido por el artículo 20, que dispone que nadie será objeto de tortura física o psicológica ni de engaño o trato humillante, y la ley fija las penas previstas para quien sea declarado culpable de esos actos. No tendrán valor las declaraciones obtenidas mediante engaño, tortura o trato humillante ni mediante la amenaza de esos actos.

68.Por lo que respecta a los derechos políticos, la ley garantiza que todos los ciudadanos puedan ejercerlos. El examen detenido de las normas y reglamentaciones que rigen el proceso electoral pone de manifiesto que la Sultanía ha adoptado medidas para impedir cualquier forma de discriminación en el disfrute del derecho a tomar parte en elecciones, como puede comprobarse a continuación:

a)Derecho a tomar parte en elecciones. El artículo 9 de la Constitución garantiza el derecho de todos los ciudadanos a participar sin discriminación en los asuntos públicos, de acuerdo con la Constitución y las condiciones y circunstancias previstas por la ley.

b)Derecho a votar. El artículo 2 de la reglamentación sobre elecciones al Consejo Consultivo (consejo representativo), publicada por el Decreto ministerial Nº 26/2003, prevé que tienen derecho a votar para la elección de los miembros del Consejo todos los ciudadanos omaníes que cumplan los siguientes requisitos:

-Haber cumplido 21 años de edad al 1º de enero del año en que se celebren las elecciones;

-Estar inscritos en el registro electoral.

Este artículo también concede a todos los omaníes el derecho a participar sin discriminación en las elecciones, según se prevé en la reglamentación antes mencionada.

c)Derecho a presentarse a las elecciones. El artículo 10 de la citada reglamentación dispone que pueden presentar su candidatura a las elecciones del Consejo Consultivo todos los omaníes que cumplan los siguientes requisitos:

-Tener al menos 30 años de edad el día anterior a la convocatoria de candidaturas;

-Ser natural o residente en la provincia para la que se presenta la candidatura;

-Tener un nivel de cultura aceptable y experiencia práctica adecuada.

Por consiguiente, el derecho a presentarse a las elecciones al Consejo Consultivo está garantizado para todos los omaníes, hombres y mujeres, sin discriminación por motivos de origen, color, sexo o religión, siempre que se cumplan los requisitos señalados.

69.Respecto del acceso a las funciones públicas, el artículo 12 de la Constitución establece que la justicia, la igualdad y la igualdad de oportunidades entre los omaníes son las bases de la sociedad y están garantizadas por el Estado. Todos los ciudadanos tienen las mismas posibilidades para acceder a empleos públicos.

70.Por lo que se refiere a otros derechos civiles, el artículo 11 de la Constitución establece la inviolabilidad de la propiedad pública y la protección de la propiedad privada. No se podrá impedir a nadie que disponga de su propiedad, excepto en casos de interés público previstos por la ley y en las condiciones estipuladas por ésta y a condición de que la persona cuya propiedad sea expropiada reciba una indemnización justa. La confiscación de la propiedad está prohibida.

71.Derecho a circular libremente, elegir el lugar de residencia y salir del país. El artículo 18 de la Constitución garantiza la libertad personal de acuerdo con la ley. Nadie puede ser arrestado, registrado, detenido o encarcelado, ni se pueden restringir sus derechos a circular libremente y a elegir su residencia, excepto en los casos previstos por la ley. El artículo 16 prohíbe deportar o exiliar a ciudadanos o impedirles regresar a la Sultanía. En el artículo 35 se tratan los derechos de los residentes extranjeros en la Sultanía y se dispone que todos los extranjeros que residan legalmente en el país tendrán derecho a la protección personal y de su propiedad de conformidad con la ley. Los extranjeros deberán respetar los valores de la sociedad y sus tradiciones y costumbres.

72.Derecho a una nacionalidad y derecho al matrimonio. El artículo 12 de la Constitución establece que la familia es la base de la sociedad y salvaguarda su estructura jurídica. El Estado ha garantizado todas las condiciones apropiadas para la vida familiar, que es especialmente sagrada en una sociedad islámica. Respecto de la nacionalidad, el artículo 15 de la Constitución especifica que la nacionalidad está regulada mediante la ley. No se puede perder ni retirar, excepto en los casos previstos por la ley.

73.El artículo 1 de la Ley de la nacionalidad (Nº 3/83), enmendada, considera que son jurídicamente ciudadanos de Omán quienes reúnan las siguientes condiciones (la legislación, omaní acepta cualquiera de los tres criterios siguientes, sin ninguna discriminación por motivos de color, sexo o religión):

-Quienes hayan nacido en el territorio de Omán o fuera del territorio nacional y cuyo padre sea omaní (filiación por parte paterna);

-Quienes hayan nacido en el territorio de Omán o fuera del territorio nacional de madre omaní y padre desconocido, a menos que el padre legítimo reconozca la paternidad, o si el padre era omaní y se convirtió en apátrida (filiación por parte materna);

-Los nacidos en el territorio de Omán de padres desconocidos;

-Quienes hayan nacido en Omán y tengan su residencia en el país, siempre y cuando el padre hubiera nacido también en Omán y fuera apátrida y continuara siéndolo en el momento del nacimiento del niño (vínculo territorial).

74.El artículo 2 de esa ley establece las condiciones para obtener la nacionalidad omaní sin discriminación entre los solicitantes. El artículo 17 aclara además que, en aplicación de la ley, la palabra "extranjero" se refiere tanto a hombres como a mujeres, salvo disposición en contrario, lo que confirma el principio de la igualdad entre hombres y mujeres para solicitar la nacionalidad. No obstante, el tiempo de residencia exigido para obtener la nacionalidad es más corto para los extranjeros casados con una mujer omaní. Los artículos 4 y 5 de la ley eximen también a las mujeres extranjeras casadas con un ciudadano de Omán de las condiciones enumeradas en el artículo 2, a fin de fomentar el principio de nacionalidad uniforme en la misma familia. Los mismos principios se aplican en cuestiones de matrimonio y herencia, como se detalla en el Código sobre el estatuto de la persona, que se inspira en la sharia islámica.

75.En la parte 4 del Código Penal, titulada "Delitos relacionados con la religión y la familia", el artículo 209 dispone que se castigará con una pena de entre diez días y tres años de prisión, o se impondrá una multa de entre 5 y 500 rials, a quien:

-Blasfeme en público contra Dios o contra los grandes profetas;

-Haga observaciones insultantes, en público o mediante publicaciones, contra las religiones reveladas o las creencias religiosas, con la intención de denigrarlas;

-Cometa un acto que perturbe una reunión mantenida de acuerdo con la ley para la celebración de ritos religiosos.

Esta disposición indica la preocupación del Estado omaní por garantizar la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión.

76.Libertad de opinión y expresión. El artículo 29 de la Constitución garantiza esta libertad y dispone expresamente que la libertad de opinión y expresión, ya sea mediante la palabra hablada o escrita, o de otra forma está garantizada de acuerdo con lo dispuesto por la ley. El artículo 31 garantiza además la libertad de prensa y la libertad para imprimir y publicar de acuerdo con las condiciones y circunstancias previstas por la ley. Está prohibido imprimir o publicar material que provoque discordia pública, viole la seguridad del Estado o no respete de la dignidad y los derechos de una persona.

77.Libertad de reunión. El artículo 32 de la Constitución se ocupa de esta cuestión y establece que los ciudadanos tienen derecho a la libertad de reunión de acuerdo con lo previsto por la ley.

78.Respecto de los derechos económicos, sociales y culturales, los artículos 11 a 13 de la Constitución garantizan los derechos de los ciudadanos en esas esferas. El artículo 11 enumera una serie de principios económicos en los que se basa el sistema de gobierno y que promueven la justicia, la igualdad, la libertad y la dignidad del ser humano, de manera que la persona humana pueda disfrutar de esos derechos con dignidad. Se han promulgado leyes para garantizar que todos puedan ejercer su libertad económica y el derecho a la propiedad de manera individual o en asociación con otros. Algunos de los principios enumerados en ese artículo son los siguientes:

a)Las bases de la economía nacional son la justicia y los principios de una economía libre. Su principal pilar es la cooperación constructiva y provechosa entre las actividades públicas y privadas. Su objetivo es lograr el desarrollo económico y social.

b)La libertad de la actividad económica se garantiza dentro de los límites previstos por la ley y en interés público, a fin de garantizar el buen estado de la economía nacional.

c)Queda prohibida la confiscación de propiedad, y la pena de confiscación de una propiedad concreta se impondrá únicamente por orden judicial y en las circunstancias previstas por la ley.

d)Las bases de la política fiscal y de los derechos públicos son la justicia y el desarrollo de la economía nacional.

79.Derecho al trabajo y derecho a la vivienda. El artículo 12 de la Constitución prevé que el Estado promulgue leyes para proteger a los empleados y a los empleadores y regule las relaciones entre ellos. Todos los ciudadanos tienen derecho a la libre elección de su trabajo, de acuerdo con lo dispuesto por la ley. Está prohibida la imposición de trabajo obligatorio, excepto en las circunstancias previstas en la ley y para la ejecución de servicios públicos, en cuyo caso se recibirá un salario justo. Para consolidar las disposiciones del artículo 12, la Sultanía ha ratificado los siguientes convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT): Convenio sobre el trabajo forzoso (Convenio Nº 29, de 1930), ratificado mediante el Decreto del Sultán Nº 96/75, y Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil (Convenio Nº 182, de 1999), ratificado mediante el Decreto del Sultán Nº 2001/38. También se adhirió mediante Decreto del Sultán a la Convención sobre los Derechos del Niño. Mediante otro decreto del Sultán se promulgó la Ley de la seguridad social, que presta asistencia social a los trabajadores y sus familias y garantiza su seguridad social.

80.La legislación al respecto en la Sultanía se basa en la parte III de la Constitución, titulada "Derechos y obligaciones públicos", cuyo artículo 17 dispone que todos los ciudadanos son iguales ante la ley y tienen los mismos derechos y obligaciones públicos. La Ley del trabajo, publicada en 2003, contiene varios principios que afirman la igualdad entre todos los trabajadores, independientemente de su nacionalidad, sexo, religión o cualquier otra diferencia. El artículo 1 de esa ley define al trabajador como una persona física, hombre o mujer, que trabaja a cambio de un salario bajo la dirección o supervisión de un empleador. Esta definición de trabajador protegido por la ley se aplica a todos los trabajadores sin distinción alguna por motivos de sexo o nacionalidad. Las mismas condiciones se aplican al empleador, a quien se define de manera tal que no pueda dar lugar a ningún tipo de discriminación o diferenciación. La no discriminación que establece la Ley del trabajo no se limita a los términos generales de la definición, sino que abarca también todas las consecuencias de un contrato laboral, tanto respecto de los derechos del trabajador como de los salarios, vacaciones anuales, bajas por enfermedad e indemnización por despido, así como respecto de las obligaciones del trabajador, de las que la más importante es la de realizar el trabajo requerido. La no discriminación se aplica también a las obligaciones del empleador, especialmente al compromiso de pagar una remuneración al trabajador y proporcionar un entorno de trabajo adecuado, así como condiciones de seguridad y salud en el trabajo y otras obligaciones impuestas por la ley.

81.Derecho a fundar asociaciones. El artículo 33 de la Constitución garantiza el derecho a fundar asociaciones de ámbito nacional con objetivos legítimos y por medios pacíficos de acuerdo con las condiciones y en las circunstancias previstas por la ley para proteger los derechos de los trabajadores. De conformidad con el apartado ix) del párrafo d) del artículo 5 de la Convención, que establece el derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas, el capítulo 9 de la Ley del trabajo contiene artículos que tratan específicamente de la formación de comités de representantes para proteger los intereses de los trabajadores y defender en todas las cuestiones que proceda sus derechos jurídicamente establecidos. El Estado ha aplicado los requisitos del artículo 110 de la Ley del trabajo y ha aprobado reglamentaciones para la creación y el funcionamiento en el lugar de trabajo de comités de representantes, contenidas en las Decisiones Nos. 135/2004 y 136/2004 sobre la creación y funcionamiento de los principales comités de representantes.

82.Derecho a la salud pública, la asistencia médica y la seguridad social. El artículo 12 de la Constitución prevé que el Estado vele por la salud pública y la prevención y el tratamiento de enfermedades y epidemias. El Estado hace todo lo posible por prestar asistencia médica a todos los ciudadanos y fomenta la creación de hospitales, clínicas y otras instituciones médicas privadas bajo supervisión del Estado y de conformidad con las normas establecidas por la ley. También trabaja para conservar y proteger el medio ambiente y prevenir la contaminación. El Estado garantiza asimismo la asistencia social tanto al asegurado como a su familia en casos de emergencia, enfermedad, invalidez y ancianidad, de acuerdo con el sistema de seguridad social. También fomenta que el conjunto de la sociedad comparta la carga de los efectos de desastres y calamidades públicas.

83.La Ley de la seguridad social, promulgada mediante el Decreto del Sultán Nº 87/84, garantiza la asistencia social a ocho categorías de ciudadanos: huérfanos, viudas, divorciados, mujeres evacuadas, mujeres solteras, ancianos, discapacitados y familiares de presos (siempre y cuando no tengan ingresos suficientes o alguna persona que les preste ayuda, sin discriminación por motivos de raza, sexo, color, secta o etnia).

84.Derecho a la educación y la formación profesional. El artículo 15 de la Constitución establece que la educación es un elemento fundamental para el progreso de la sociedad y que el Estado debe fomentarla y tratar de que todos tengan acceso a ella. El objetivo de la educación es aumentar y desarrollar los niveles de cultura general, promover el conocimiento científico, despertar el interés por aprender, atender las necesidades de los planes económicos y sociales, y crear una generación sana y con sólidos valores morales, orgullosa de su país y su patrimonio y dispuesta a salvaguardar sus logros. El Estado proporciona educación, combate el analfabetismo y alienta la creación de escuelas e institutos privados bajo supervisión estatal y de acuerdo con las disposiciones de la ley. También promueve y conserva el patrimonio nacional y alienta y fomenta los estudios de ciencias y de literatura, así como la investigación científica. El Estado presta asimismo atención a la enseñanza técnica, que considera un requisito previo para afrontar los avances modernos. Para ello ha creado cinco escuelas tecnológicas, entre ellas una de alta tecnología en Mascate. En ellas se aplica un programa de estudios moderno que incluye muchas especializaciones científicas, y todos los años se gradúan miles de estudiantes. Las escuelas están supervisadas por el Ministerio de Recursos Humanos, encargado de proporcionar y desarrollar la formación profesional. También se han mejorado los cursos de formación para que alcancen los más altos niveles aplicables a fin de contribuir al esfuerzo nacional para impartir programas de orientación profesional y aumentar la sensibilización sobre el valor y la ética del trabajo.

Artículo 6

85.La Sultanía de Omán, de conformidad con el derecho a establecer procesos judiciales y basándose en los principios enunciados en el artículo 25 de la Constitución, que dispone que todas las personas pueden ejercer ese derecho, ha promulgado leyes al respecto para hacerlo efectivo. Entre esas leyes figura el Código del Poder Judicial, la Ley del Tribunal de Justicia Administrativa, la Ley del ministerio público y la Ley de procedimientos penales.

Artículo 7

86.El plan de estudios de las escuelas de Omán está concebido para dar efecto al principio de igualdad en todo el proceso educativo. Los cursos son los mismos para todos los estudiantes nacionales y residentes, tanto de sexo masculino como femenino. En esos cursos se hace hincapié en la lucha contra la discriminación racial y en los derechos humanos y se promueven los principios de tolerancia, cooperación y diálogo constructivo entre las personas y los grupos. Mediante los programas de estudios y la selección de conceptos y métodos docentes se inculca a los estudiantes los principios de igualdad y justicia social. Esta orientación es especialmente evidente en la enseñanza de humanidades, sobre todo en los cursos de educación islámica, idioma árabe, estudios sociales y conocimientos prácticos. A continuación se detalla la manera en que se elaboran esos cursos para combatir la discriminación racial y promover los derechos humanos, la comprensión y la tolerancia.

87.Tratamiento de esos temas en los objetivos de los cursos escolares. Los cursos de educación islámica, idioma árabe, estudios sociales y conocimientos prácticos están concebidos para alcanzar los objetivos de luchar contra la discriminación racial poniendo de relieve los derechos humanos y promoviendo la tolerancia. Esos objetivos son los siguientes:

1.Familiarizar al estudiante con sus derechos y sus obligaciones respecto de su familia y su país;

2.Ampliar los conocimientos sobre la relación del estudiante con la familia, la escuela y la sociedad;

3.Crear relaciones sociales positivas;

4.Comprender la importancia de la cooperación respetando a los demás;

5.Explicar los derechos humanos en general y los derechos de la mujer, del niño y del trabajador en particular;

6.Aumentar la sensibilización sobre los derechos y obligaciones, y dar la oportunidad de ponerlos en práctica en un contexto de libertad responsable;

7.Comprender la importancia de la cooperación internacional, la coexistencia pacífica entre los pueblos y la función que para ello desempeñan las organizaciones árabes, islámicas e internacionales;

8.Adquirir actitudes positivas, como la convivencia con los demás, la fraternidad, la asunción de responsabilidades, la observancia de las normas y reglamentaciones y la preservación de la propiedad pública;

9.Adquirir valores elevados como la igualdad, la tolerancia, el diálogo, la veracidad y la honestidad, la generosidad, el respeto a los semejantes y la sinceridad.

10.Desarrollar la confianza en los valores de la consulta, la justicia, la igualdad y el amor al trabajo;

11.Aumentar la sensibilización y fomentar la interacción con las experiencias humanas contemporáneas;

12.Valorar la función esencial de la familia y respetar la moral y el orden públicos;

13.Comprometerse con los principios de cooperación internacional, paz justa y paz con los Estados vecinos;

14.Fomentar en los estudiantes el trabajo en equipo y alentarlos a que participen en actividades colectivas sin egoísmo y con espíritu de cooperación;

15.Adquirir conocimientos para comunicarse con otros y expresar ideas y sentimientos de manera equilibrada y clara.

88.Ejemplo de tratamiento del tema en el contenido del plan de estudios. El contenido del plan de estudios de educación islámica, idioma árabe, estudios sociales y conocimientos prácticos trata en sus diversas lecciones los conceptos de tolerancia y comprensión y abarca todos los tipos de derechos y obligaciones. También se centra en la lucha contra todas las formas de discriminación racial. A continuación figura un examen de algunas de las lecciones centradas en esas ideas.

Ejemplo de tratamiento del tema en el contenido del plan de estudios

Tratamiento del tema

Título de la lección

Nivel

Concepto

Lecciones complementarias sobre los derechos del niño, los derechos del prójimo y los derechos del maestro, manteniendo un debate sobre la máxima del Profeta "La obligación de un musulmán hacia otro musulmán...". El objetivo de esta lección es familiarizar al estudiante con estos derechos y lograr su defensa de los mismos

- Derechos del niño en el islam

- Derechos y obligaciones del prójimo

- Derechos y obligaciones del maestro

5

Tolerancia

Lección completa para poner de relieve que todos los miembros de la familia tienen derechos y obligaciones

Derechos mutuos entre los miembros de la familia

Dos lecciones complementarias, explicación detallada de la máxima del Profeta sobre las relaciones entre musulmanes para aumentar el sentimiento de fraternidad y las buenas relaciones con el prójimo, establecer el principio de tolerancia y explicar la manera en que el islam erradicó la discriminación racial

- Fraternidad

- Organización de las relaciones entre musulmanes y no musulmanes

8

Serie de lecciones para presentar los derechos de las categorías que se examinan a fin de que los estudiantes sean conscientes de que todos tienen los mismos derechos y obligaciones

- Derechos humanos

- Derechos de la mujer

- Derechos del trabajador

9

Tres lecciones para explicar la necesidad de proteger la vida humana, el espíritu, la propiedad, el honor y la religión, y para asegurarse de que la dignidad humana esté bien preservada y protegida, independientemente del sexo o la raza y sin distinción alguna entre los seres humanos

- Propósitos de la sharia

10

Tres lecciones para explicar el significado de la solidaridad social y mostrar que la solidaridad y la cooperación son necesarias entre miembros de la misma sociedad sin distinción alguna, y entre sociedades diversas, mostrando el planteamiento del islam para erradicar la pobreza; formas de alcanzar este objetivo. Estas lecciones inculcarán en los estudiantes el espíritu de solidaridad, cooperación de igualdad

Solidaridad social

Lecciones complementarias que tratan el mismo tema desde diferentes puntos de vista; respeto hacia los jóvenes, los animales y todas las criaturas; la atención se centra en la necesidad de compasión entre los miembros de la sociedad y entre las diversas comunidades

Misericordia

2 y 4

Tolerancia

Dos lecciones sobre la ética de la tolerancia en el islam y sobre la manera en que el islam ha demostrado tolerancia hacia los demás, independientemente de la religión o el color

Lección sobre la tolerancia

Lección sobre la magnanimidad y el perdón

3

Tercer consejo: lección sobre la importancia de la bondad al tratar con los demás

Consejo del Profeta

5

Lección sobre la importancia de promover buenas relaciones entre las personas

Lección sobre la doctrina islámica para mostrar la tolerancia del islam hacia el prójimo y su reconocimiento aceptando las enseñanzas contenidas en todos los libros sagrados

Posición de los musulmanes hacia los libros sagrados

6

Explicación de la máxima del Profeta que insta a la tolerancia entre los musulmanes aunque la otra parte haya obrado mal

Prohibición de abandonar al prójimo

7

Dos lecciones de interpretación del Corán, sobre la tolerancia hacia todas las personas, aunque hayan obrado, e instando a evitar la violencia contra la persona humana

Cualidades de los siervos de Dios

Lección sobre buenas maneras para tratar con el prójimo

Bondad al tratar a los demás

8

Módulo de cuatro lecciones para explicar el concepto y las consecuencias de la paz mediante la interpretación de algunos versos del Corán y la máxima del Profeta que dice que un musulmán es quien no causa daño a los musulmanes

El islam es una religión de paz

Explicación de los principios de deliberación y perdón y de su importancia mediante lecciones extraídas de la biografía del Profeta, que es el modelo que deben seguir todos los musulmanes; explicación de la tolerancia mostrada por el Profeta hacia los miembros de otras religiones y su perdón a quienes le perjudicaron

Situaciones en la vida del profeta

9

Lección completa sobre tolerancia: su significado y propósitos

Tolerancia

11

Interpretación de un verso del Corán en el que se ponen de relieve las costumbres islámicas y el diálogo con los demás, especialmente con las gentes del Libro

Buenas maneras durante el diálogo

12

Lección para poner de relieve las formas que un musulmán debe observar al hablar con otros, en el sentido de que debe atenerse a la verdad y escuchar las opiniones ajenas

Buenas maneras durante la conversación

3

Lección para destacar las buenas costumbres de los musulmanes al tratar con los demás

Bondad al tratar con los demás

4

Lección para enseñar la obligación de mantener la palabra dada entre dos seres humanos independientemente de la raza o la religión

Mantener la palabra dada

5

Parte de una lección que confirma la unidad de la raza humana como descendientes de Adán y Eva

Ética social

Lección para enseñar la obligación de mantener la confianza entre dos seres humanos independientemente de la raza o la religión

Honestidad

6

Dos lecciones para destacar la necesidad de respetar al ser humano, al que Dios ha dignificado prohibiendo que se atente contra su integridad y su honor y al que ha concedido una libertad que no debe ser violada y una igualdad sin preferencia alguna por motivos de color o ascendencia

Dignidad del ser humano

Una lección para poner de relieve que un musulmán debe mantener buenas maneras al tratar con los demás y debe ser justo y amable

Educación al tratar con los demás

Una lección para mostrar que la llamada del Profeta se dirige a todas las personas sin discriminación entre los sexos o las razas

Presentación del islam a los grupos que visitan la tumba del Profeta

7

Interpretación de un verso del Corán que afirma la unidad del origen humano y que la dignidad se basa en la obediencia a Dios

Los más dignos ante Dios

8, parte 2

Explicación de una máxima del Profeta para poner de relieve la igualdad de todos ante la ley

Igualdad de todos ante la ley

9, parte 2

Una lección para mostrar que la doctrina islámica busca una sociedad humana caracterizada por la cooperación y la compasión mutua

Efectos de la doctrina islámica en la sociedad

3

Lección completa basada en la máxima del Profeta que muestra los derechos de los jóvenes y los de los ancianos

Respeto hacia los jóvenes y los ancianos

3

Derechos

Parte de una lección sobre compasión hacia todo lo que se halla sobre la tierra, concepto basado en una máxima del Profeta

Compasión

Lección completa sobre las obligaciones de un musulmán frente a sus prójimos musulmanes o no musulmanes

Derechos del prójimo

4

Lección completa basada en una máxima del Profeta sobre los derechos de los jóvenes y los ancianos

Respeto hacia los jóvenes y los ancianos

Lección sobre los derechos y obligaciones sociales de un musulmán hacia otro musulmán

Preceptos del Profeta

5

Dos lecciones en un módulo sobre la importancia de la caridad para con los necesitados y la asistencia moral a los faltos de voluntad

Módulo: moral y costumbres

6

Texto del Corán en que se instruye acerca de que deben observarse las costumbres islámicas al tratar con los demás, evitar la sospecha y abstenerse de poner en evidencia las debilidades del prójimo y de murmurar

Costumbres sociales

7

Módulo sobre la obligación de pagar el salario a los trabajadores, como se expone en una máxima del Profeta

Costumbres morales

8, parte 2

Lección para poner de relieve el precepto islámico sobre los derechos y obligaciones de los trabajadores

La condición de trabajador en el islam

10, parte 1

Dos versos del Corán en que se muestra la necesidad de respetar las costumbres islámicas al tratar con los demás y evitar el sarcasmo, los apodos despectivos y abstenerse de poner en evidencia las debilidades del prójimo y de murmurar

Males sociales

10, parte 1

Una lección para poner de relieve los derechos de la mujer en el islam

La condición de la mujer en el islam

10, parte 2

Una máxima del Profeta que prohíbe poner en evidencia a un musulmán o revelar sus secretos

Bienestar de los musulmanes

12, parte 1

Una máxima del Profeta que insta a evitar causar daño material o moral a los ancianos

Prohibición de causar daño

12, parte 2

Una máxima del profeta en la que se enumeran las obligaciones de un musulmán hacia otro musulmán

Saludar, aceptar una invitación, dar consejo, invocar el perdón de Dios cuando alguien estornuda, visitar a los enfermos y asistir a los funerales

Una lección para poner de relieve los derechos y las obligaciones de la mujer en el islam

La mujer en el islam

Una lección para explicar en detalle los derechos y las obligaciones de los cónyuges hacia su propia familia

Organización de la familia en el islam

Conclusión

89.La Sultanía de Omán, al presentar su informe inicial de conformidad con el artículo 9 de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, considera más que nunca que las prácticas y actos de discriminación racial de cualquier tipo y por cualquier motivo deben ser condenados en todos los niveles. Al mismo tiempo, la Sultanía estima que todas las sociedades deben eliminar esta plaga inhumana y, por supuesto, que la sociedad omaní debe estar completamente libre de ella. Las enseñanzas del islam, que están profundamente arraigadas en la sociedad omaní y que condenan la segregación y la discriminación por cualquier motivo excepto la piedad y las buenas obras, fueron sin duda una salvaguardia que protegió a la sociedad omaní de este azote. No obstante, el Estado, consciente de que la ley debe disuadir a quien no esté convencido de ello por sus sentimientos religiosos, ha promulgado una serie de leyes y medidas legislativas, como se ha mostrado en el presente informe, para tipificar como delito los actos y prácticas discriminatorias, que se consideran aborrecibles e inaceptables en el islam y son punibles por la ley.

90.Aunque en la Sultanía no se han dado casos de discriminación racial, las autoridades competentes consideran una prioridad garantizar que esos actos y prácticas estén completamente erradicados de la sociedad y que, en caso de que se produzcan, los autores sean tratados con severidad, ya que la sociedad considera que esos actos y prácticas son anormales y aborrecibles y podrían ser un factor de división susceptible de poner en peligro su cohesión y extender el odio y el rencor. La Sultanía está también orgullosa de los grandes progresos realizados en poco tiempo para construir un Estado moderno con instituciones modernas donde prevalece el imperio de la ley, la justicia y la igualdad.

Referencias

1.Constitución de Omán.

2.Código Penal.

3.Ley de la nacionalidad.

4.Código del Servicio Civil.

5.Código del Poder Judicial.

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