Distr.GENERAL

CRC/C/ETH/Q/323 de junio de 2006

ESPAÑOLOriginal: INGLÉS

COMITÉ DE LOS DERECHOS DEL NIÑO43º período de sesiones11 a 29 de septiembre de 2006

APLICACIÓN DE LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO

Lista de cuestiones que deben abordarse al examinar eltercer informe periódico de Etiopía (CRC/C/129/Add.8)

Parte I

En esta sección se pide al Estado Parte que presente por escrito información adicional actualizada, de ser posible antes del 5 de agosto de 2006

A. Datos y estadísticas (si se dispone de ellos)

1.Sírvanse proporcionar datos desglosados (por sexo, grupo de edad, grupo étnico, zona urbana o rural) correspondientes a los años 2003, 2004 y 2005 sobre el número y el porcentaje de menores de 18 años y la proporción que viven en Etiopía.

2.A tenor de lo dispuesto en el artículo 4 de la Convención, sírvanse proporcionar datos desglosados para los años 2003, 2004 y 2005, sobre las asignaciones y tendencias presupuestarias (en cifras absolutas y como porcentaje de los presupuestos nacional y regionales) en relación con la aplicación de la Convención, con una evaluación de las prioridades en cuanto a los gastos presupuestarios destinados a los siguientes ámbitos:

a)La educación (los diferentes tipos de educación, es decir, la preescolar, la primaria y la secundaria);

GE.06-42798 (S) 120706 170706

b)La atención de la salud (los diferentes tipos de servicios de salud, por ejemplo, la atención primaria, los programas de vacunación, la atención sanitaria de los adolescentes, la atención del VIH/SIDA y otros servicios de atención de la salud de los niños, incluido el seguro social);

c)Los programas y servicios para niños con discapacidad;

d)Los programas de apoyo a las familias;

e)El apoyo a los niños que viven por debajo del umbral de pobreza;

f)La protección de los niños que necesitan otras formas de atención, en particular el apoyo de las instituciones que prestan dicha atención;

g)Los programas y actividades para la prevención del maltrato de menores, la explotación sexual del niño y el trabajo infantil y para la protección del niño contra esos abusos;

h)Los programas y servicios para niños pertenecientes a minorías;

i)Los programas y servicios para los niños abandonados, incluidos los de la calle;

j)La justicia de menores y la reinserción social de los delincuentes juveniles; y

k)Los programas de prestación de los servicios y el apoyo necesarios para los niños víctimas de conflictos armados.

3.Con referencia a los niños privados de un entorno familiar y separados de sus padres, sírvanse proporcionar datos desglosados (por sexo, grupo de edad y, si es posible, por grupo étnico y por zona urbana o rural) correspondientes a los años 2003, 2004 y 2005 sobre el número de niños:

a)Separados de sus padres;

b)Colocados en instituciones;

c)Colocados en hogares de guarda; y

d)Adoptados en el país o en el extranjero.

4.Sírvanse especificar el número de niños menores de 18 años con discapacidad, desglosado por sexo, grupo de edad y, si es posible, por grupo étnico y por zona urbana o rural que en los años 2003, 2004 y 2005:

a)Vivían con sus familias;

b)Se encontraban en instituciones;

c)Vivían en hogares de guarda;

d)Asistían a escuelas ordinarias;

e)Asistían a escuelas especiales; y

f)No estaban escolarizados.

5.Sírvanse proporcionar datos estadísticos desglosados (por sexo, grupo de edad y, de ser posible, por grupo étnico y por zona urbana o rural) correspondientes a los años 2003, 2004 y 2005 sobre:

a)Las tasas de mortalidad de lactantes y niños;

b)Las tasas de vacunación;

c)Las tasas de malnutrición; y

d)La salud del adolescente, incluidos los embarazos precoces y las infecciones de transmisión sexual, y la salud mental.

6.Con referencia a los malos tratos infligidos a los niños, sírvanse proporcionar datos desglosados (por sexo, grupo de edad y, si es posible, por grupo étnico, y tipo de maltrato denunciado) que abarquen los años 2003, 2004 y 2005, sobre:

a)El número de denuncias de maltrato a los niños;

b)El número y el porcentaje de denuncias que dieron lugar a una sentencia judicial u otro tipo de medida de seguimiento; y

c)El número y la proporción de niños víctimas que recibieron asesoramiento y asistencia para la recuperación.

7.Respecto del derecho a la educación, sírvanse proporcionar datos estadísticos desglosados (por sexo, grupo de edad, grupo étnico, zona urbana o rural, niños inmigrantes) que abarquen los años 2003, 2004 y 2005, como porcentaje del grupo de edad correspondiente, sobre:

a)Las tasas de alfabetización entre los menores y los mayores de 18 años;

b)La tasa de matrícula en los centros de enseñanza preescolar, primaria y secundaria;

c)El porcentaje de niños que terminan sus estudios primarios y secundarios;

d)El número y el porcentaje de niños que abandonan los estudios o repiten curso; y

e)La proporción de alumnos por maestro y el número de alumnos por clase.

8.Sírvanse proporcionar datos estadísticos desglosados (por sexo, grupo de edad, grupo étnico y por zona urbana o rural) sobre el consumo de drogas y el uso indebido de alcohol, tabaco y otras sustancias, que abarquen los años 2003, 2004 y 2005.

9.Sírvanse proporcionar datos estadísticos desglosados (por sexo, grupo de edad, grupo étnico y por zona rural o urbana) sobre el número de niños:

a)Infectados por el VIH/SIDA;

b)Afectados por el VIH/SIDA;

c)Que son cabeza de familia debido al VIH/SIDA; y

d)Huérfanos debido al VIH/SIDA, que viven con la familia ampliada o en instituciones.

10.Sírvanse proporcionar datos estadísticos desglosados (por sexo, grupo de edad y tipo de delito) correspondientes a los años 2003, 2004 y 2005, en particular sobre el número de:

a)Menores de 18 años que presuntamente hayan cometido un delito denunciado a la policía;

b)Menores de 18 años que hayan sido acusados de un delito y hayan sido condenados, y el tipo de castigo o sanción impuesto en relación con los delitos cometidos, incluida la duración de la privación de libertad;

c)Centros de detención para delincuentes menores de 18 años y la capacidad de esos centros;

d)Menores de 18 años detenidos en esos centros y menores de 18 años detenidos en centros para adultos;

e)Menores de 18 años recluidos en centros de detención preventiva y la duración media del período de detención;

f)Casos denunciados de abuso y maltrato de menores de 18 años durante la detención o el encarcelamiento; y

g)Menores de 18 años juzgados y condenados como adultos.

11.Con referencia a las medidas especiales de protección, sírvanse proporcionar datos estadísticos desglosados (por sexo, grupo de edad y, de ser posible, por grupo étnico y por zona urbana o rural) correspondientes a los años 2003, 2004 y 2005, sobre el número de menores:

a)Que son objeto de explotación sexual, en particular la prostitución, la pornografía y la trata, así como el número de esos menores que han tenido acceso a tratamientos de recuperación y otro tipo de asistencia;

b)Afectados por el uso indebido de sustancias nocivas, y el número de esos niños que han recibido tratamientos y ayuda para la rehabilitación;

c)Que trabajan;

d)Desplazados; y

e)Solicitantes de asilo y refugiados no acompañados.

12.Sírvanse facilitar datos estadísticos desglosados (por sexo, grupo de edad y grupo étnico) sobre los menores que:

a)Han sido desmovilizados de los grupos armados;

b)Han sido víctimas de minas terrestres;

c)Han recibido servicios de orientación; y

d)Han sido reunidos con sus familiares o reinsertados en sus comunidades.

B. Medidas generales de aplicación

1.El Comité agradecería que se le facilitara información acerca de las actividades mediante las que se tiene previsto aplicar las recomendaciones formuladas en las observaciones finales del Comité sobre el informe inicial de Etiopía (CRC/C/70/Add.7) que todavía no se han atendido en su totalidad, en particular con respecto a los párrafos: 9 (definición del niño); 10 (recogida de datos); 16 (registro de los nacimientos); 17 (VIH/SIDA); 18 (educación); 19 (los niños en los conflictos armados); 23 (los niños de la calle); y 20 (la administración de la justicia de menores).

2.Sírvanse proporcionar más información sobre los esfuerzos desplegados por el Estado Parte para seguir armonizando la legislación nacional con las disposiciones y los principios de la Convención, así como sobre las medidas que se han tomado para adoptar un proyecto de ley de la infancia.

3.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para la publicación de la Convención en el Boletín Oficial. Asimismo, sírvanse facilitar información sobre los casos, de haberlos, en que se haya invocado directamente la Convención ante los tribunales nacionales y proporcionar ejemplos al respecto.

4.Sírvanse informar al Comité de cuál es el organismo responsable de la coordinación de los derechos del niño en el país, e incluir información sobre sus atribuciones y los recursos humanos y financieros con los que cuenta.

5.Sírvanse indicar al Comité si se ha evaluado el anterior Plan de Acción Nacional en Favor de la Infancia y cómo se han subsanado las deficiencias del mismo en el nuevo Plan adoptado en 2004. Sírvanse informar también acerca de las asignaciones presupuestarias y el grado de aplicación del Plan de Acción.

6.Sírvanse informar al Comité de las medidas adoptadas por el Estado Parte, a nivel central, para garantizar la aplicación de los derechos del niño, sin discriminación alguna, según lo estipulado en la Convención, independientemente de las normas locales y étnicas existentes.

7.Sírvanse proporcionar información actualizada sobre las atribuciones y los recursos puestos a disposición de la Comisión Nacional de Derechos Humanosydel Ombudsman. Sírvanse asimismo especificar si la Comisión Nacional de Derechos Humanos acepta denuncias individuales.

8.Preocupa al Comité la información sobre el uso excesivo de la fuerza y las detenciones arbitrarias en gran escala que afectaron directamente a los niños, en especial a los que pertenecen a grupos vulnerables, como los niños de la calle y las minorías étnicas, en el contexto de las manifestaciones que se produjeron tras las elecciones de 2005. Sírvanse informar al Comité de las medidas adoptadas por el Estado Parte para investigar semejantes violaciones graves de los derechos del niño.

9.El Comité toma conocimiento de la presencia de unos 175.000 refugiados procedentes de países vecinos (párrafo 223 del informe del Estado Parte). Sírvanse proporcionar información adicional sobre el apoyo que se presta a los niños refugiados, en especial sobre los centros educativos y los servicios de salud de que disponen, así como de las disposiciones jurídicas y las garantías procesales aplicables.

10.El Comité observa la ausencia de información sobre la situación de las minorías étnicas en el informe del Estado Parte y solicita información adicional al respecto.

11.Sírvanse facilitar información actualizada sobre las medidas adoptadas para difundir la Convención, el informe del Estado Parte y las anteriores observaciones finales del Comité (CRC/C/15/Add.80).

12.Sírvanse proporcionar información actualizada sobre las iniciativas destinadas a formar y sensibilizar a los niños, padres, maestros, trabajadores sociales y otros profesionales que trabajan con los niños o en favor de ellos, sobre la Convención y los derechos humanos en general.

13.Sírvanse proporcionar información actualizada sobre la cooperación entre el Estado Parte y la comunidad internacional, incluidas las organizaciones no gubernamentales (ONG), en las actividades destinadas a aplicar la Convención, y sobre la normativa aplicable a la labor de las ONG.

14.Sírvanse indicar las cuestiones relacionadas con los niños que el Estado Parte considera prioridades que requieren la atención más urgente respecto de la aplicación de la Convención.

Parte II

Sírvanse proporcionar al Comité ejemplares del texto de la Convención sobre los Derechos del Niño en todos los idiomas oficiales del Estado Parte y, en su caso, en otros idiomas o dialectos. De ser posible, estos textos deberían presentarse en versión electrónica.

Parte III

En esta presente sección se invita al Estado Parte a actualizar brevemente (tres páginas como máximo) la información facilitada en su informe respecto de:

-Nuevos proyectos de ley o leyes promulgadas;

-Nuevas instituciones;

-Políticas de reciente aplicación; y

-Programas y proyectos de reciente ejecución y su alcance.

Parte IV

A continuación figura una lista preliminar de cuestiones importantes (en las que no se incluyen las cuestiones indicadas en la parte I) que el Comité quizás examine durante el diálogo con el Estado Parte. No es necesario proporcionar respuestas por escrito. Esta lista no es exhaustiva, ya que en el transcurso del diálogo podrían plantearse otras cuestiones.

1.La no discriminación en general y, en particular, la discriminación contra las niñas, los niños discapacitados, los niños que viven en la pobreza, los niños nacidos fuera del matrimonio, los niños desplazados internamente, los niños refugiados y solicitantes de asilo, los niños pertenecientes a minorías étnicas, los niños en conflicto con la ley y los niños de las zonas rurales;

2.El respeto de la opinión del niño;

3.Los castigos corporales en la familia, la escuela y otras instituciones;

4.Los malos tratos a los niños, el abandono y la violencia doméstica;

5.La adopción y la reunificación familiar;

6.La seguridad social y el nivel de vida, en particular los niveles elevados de pobreza;

7.La calidad de la enseñanza, en particular los elevados niveles de analfabetismo y la falta de maestros capacitados;

8.Los niños desplazados internamente y refugiados;

9.Los niños afectados por los conflictos armados, en particular por las minas terrestres, y los servicios de rehabilitación disponibles;

10.La explotación económica y el trabajo infantil;

11.Los niños de la calle;

12.La explotación sexual y la trata;

13.La administración de la justicia de menores, entre otras cosas, la imposición y ejecución de cualesquiera actos de tortura u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes; las medidas sustitutivas de la prisión, en especial la prisión preventiva; la existencia de legislación adecuada; y la existencia de servicios de rehabilitación y reinserción social; y

14.Los niños que pertenecen a minorías étnicas.

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