Naciones Unidas

CRC/C/VNM/Q/3-4

Convención sobre losDerechosdel Niño

Distr. general

27 de octubre de 2011

Español

Original: inglés

Comité de los Derechos del Niño

60º período de sesiones

29 de mayo a 15 junio de 2012

Aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño

Lista de cuestiones que requieren información adicionaly actualizada en relación con el examen de los informesperiódicos tercero y cuarto de Viet Nam (CRC/C/VNM/3-4)

Se pide al Estado parte que presente por escrito información adicionaly actualizada, de ser posible antes del 1º de marzo de 2012.

En el diálogo con el Estado parte, el Comité puede abordar todoslos aspectos de los derechos del niño contemplados en la Convención.

Parte I

En esta sección se pide al Estado parte que presente sus respuestas alas siguientes preguntas en un máximo de 30 páginas.

1.Sírvanse indicar si el Estado parte tiene previsto modificar la Ley de protección, cuidado y educación de los niños, de 2004, para armonizarla plenamente con los principios y disposiciones de la Convención sobre los Derechos del Niño.

2.Rogamos proporcionen información actualizada sobre el marco institucional actual y el órgano de coordinación para hacer efectivos los derechos del niño en virtud de la Convención, incluso a nivel local (comunas).

3.Infórmese sobre la evaluación, en su caso, del Programa de Acción Nacional en favor de los niños vietnamitas (2001-2010) y sus resultados, así como sobre el programa para el período actual y si tiene en cuenta las recomendaciones del Comité.

4.Sírvanse proporcionar información actualizada sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para establecer un mecanismo independiente, de conformidad con los Principios relativos al estatuto de las instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos (Principios de París), para supervisar el respeto de los derechos del niño en virtud de la Convención.

5.Se ruega informen sobre la existencia en el Estado parte de un sistema unificado para la recopilación y el análisis de datos con un enfoque centrado en los derechos de la infancia que abarque a todos los grupos de niños.

6.Sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para elaborar un plan detallado de sensibilización y educación sobre los derechos del niño en la sociedad en general, en particular los niños, incluidos los miembros de grupos étnicos minoritarios y los que viven en las zonas rurales. Infórmese también acerca de la capacitación sobre la Convención, la legislación y las políticas sobre los derechos del niño impartida a todos los profesionales que trabajan con niños o en su favor.

7.Sírvanse informar al Comité sobre las medidas adoptadas para eliminar la discriminación directa e indirecta contra niños en situaciones vulnerables, en particular miembros de minorías religiosas y étnicas, y niños en situaciones de migración, con discapacidad, con VIH/SIDA, o que viven en zonas rurales o aisladas o en los suburbios de las grandes ciudades, especialmente en lo que respecta al acceso a los servicios sociales, educativos y de salud.

8.Rogamos informen al Comité sobre los planes para incluir en la legislación el requisito explícito de que el principio del interés superior del niño se aplique en todas las decisiones individuales relativas a los niños que adopten los tribunales y órganos administrativos.

9.Sírvanse informar al Comité sobre las medidas adoptadas para prohibir explícitamente el castigo corporal en el hogar, las escuelas y las instituciones.

10.Proporciónese información detallada sobre las medidas adoptadas para prevenir los malos tratos y el descuido de niños, especialmente en lo que respecta a la gestión del sistema de protección de la infancia, las definiciones de malos tratos y descuido, las actividades de sensibilización, el fomento de la buena crianza de los hijos, los mecanismos de presentación de informes, las intervenciones y el seguimiento en relación con el niño y su familia.

11.Se ruega informen sobre las medidas adoptadas para apoyar suficientemente a las familias con el fin de garantizar que todos los niños, incluidos los que tienen discapacidad, puedan vivir y criarse con sus familias. Infórmese también al Comité sobre las medidas adoptadas para ofrecer servicios comunitarios y apoyo tendentes a evitar la institucionalización de los niños, y de cualquier plan para desinstitucionalizar y reintegrar a los niños con discapacidad.

12.Sírvanse informar sobre la ejecución y evaluación de la Estrategia para la protección y el cuidado de la salud del pueblo (2001-2010) y la Estrategia nacional de nutrición (2001-2010). Infórmese al Comité sobre la existencia de estrategias durante el período actual, en concreto sobre las relativas a saneamiento y agua potable. Infórmese asimismo al Comité sobre la ejecución de la estrategia para resolver el problema de la desnutrición, particularmente en el caso de las minorías étnicas y los niños de zonas rurales remotas.

13.Sírvanse informar sobre la calidad y la eficacia de la educación, especialmente en relación con las disparidades regionales y étnicas, incluido el uso de las lenguas minoritarias en la enseñanza primaria. Infórmese al Comité sobre la incorporación de la definición de educación integradora en la legislación nacional y sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para proporcionarla a los niños con discapacidad.

14.Rogamos aporten información sobre la elaboración y ejecución del plan de acción nacional sobre la justicia juvenil y su compatibilidad con la Convención.

15.Sírvanse proporcionar información detallada y actualizada sobre la situación de los niños en centros de detención para drogodependientes, incluidas las medidas adoptadas para proteger sus derechos y para vigilar las violaciones de esos derechos.

16.Sírvanse informar sobre las medidas adoptadas y las dificultades surgidas en las inspecciones del trabajo infantil y los mecanismos de vigilancia en el sector estructurado y el no estructurado. Además, se ruega faciliten información sobre la existencia de algún plan de prohibición del trabajo infantil en ocupaciones peligrosas y de un sistema de supervisión del cumplimiento.

Parte II

En esta sección, se invita al Estado parte a actualizar brevemente (en tres páginas como máximo) la información proporcionada en su informe en relación con:

a)Los nuevos proyectos de ley o nuevas leyes y sus respectivos reglamentos;

b)Las nuevas instituciones (y sus mandatos) o reformas institucionales;

c)Las políticas, los programas y los planes de acción adoptados recientemente y su alcance y financiación;

d)Las ratificaciones recientes de instrumentos de derechos humanos.

Parte III

Datos, estadísticas y demás información de que se disponga

1.Sírvanse facilitar datos estadísticos sobre el número de niños con discapacidad en el Estado parte, desglosados, entre otras cosas, por edad, sexo, tipo de discapacidad y origen, y sobre el porcentaje de estos niños que asisten a las instituciones de enseñanza general.

2.Rogamos proporcionen, si existen, datos estadísticos actualizados (desglosados por edad, sexo, origen étnico, ubicación geográfica y situación socioeconómica) para el período 2008-2011 en relación con:

a)La pobreza infantil;

b)La malnutrición y lactancia;

c)El acceso al agua;

d)La tasa de mortalidad materna e infantil;

e)Las necesidades no cubiertas, especialmente en lo que respecta a los niños y las embarazadas con VIH;

f)La matrícula, repetición de curso y deserción escolar en todos los niveles educativos.

3.Además, el Estado parte puede citar esferas que afecten a los niños y que considere importantes con respecto a la aplicación de la Convención.