Naciones Unidas

CRC/C/RUS/Q/4-5

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

19 de julio de 2013

Español

Original: inglés

Comité de los Derechos del Niño

65º período de sesiones

13 a 31 de enero de 2014

Tema 4 del programa provisional

Examen de los informes de los Estado s partes

Lista de cuestiones relativa a los informes periódicos cuarto y quinto combinados de la Federación de Rusia (CRC/C/RUS/4-5)

Se pide al Estado parte que presente por escrito información adicional y actualizada, de ser posible antes del 1 de noviembre de 2013.

En el diálogo con el Estado parte, el Comité puede abordar todos los aspectos de los derechos del niño contemplados en la Convención.

Parte I

En esta sección se pide al Estado parte que presente sus respuestas a las siguientes preguntas ( en un máximo de 30 páginas ) .

1.Sírvanse aclarar la situación de la Convención en el ordenamiento jurídico interno de la Federación de Rusia e informar al Comité de si los tribunales nacionales han invocado los derechos contemplados en ella, ya sea para fundamentar un caso o como guía para la interpretación de normas jurídicas.

2.Informen al Comité de si la Estrategia de acción nacional para la infancia (2012‑2017) se ha visto plasmada en estrategias a nivel local y cómo han participado los niños y la sociedad civil en este proceso. Asimismo, indiquen los presupuestos para la aplicación así como los mecanismos de supervisión y evaluación de tales estrategias.

3.Informen de los órganos responsables de la coordinación general de la aplicación de la Convención en todos los sectores a nivel federal y a nivel de sujetos federales, así como de sus mandatos y los recursos humanos, financieros y técnicos que se les han asignado.

4.Informen al Comité de si el proceso presupuestario del Estado parte incluye asignaciones presupuestarias para los niños en los sectores y órganos pertinentes, incluidos los indicadores y el sistema de seguimiento tanto a nivel federal como a nivel de sujetos federales. Informen de si existen asignaciones presupuestarias específicas para los hijos de los trabajadores migratorios, los niños romaníes, los hijos de los solicitantes de asilo y los adultos y niños apátridas sin registro de residencia permanente.

5.Informen de las disposiciones destinadas a las empresas, sobre todo para las empresas de extracción de petróleo, para impedir que vulneren los derechos de los niños, particularmente los niños pertenecientes a grupos indígenas.

6.Informen al Comité de la legislación y otros mecanismos establecidos por el Estado parte para proteger de la discriminación a los niños en situaciones de vulnerabilidad, como son los niños pertenecientes a grupos minoritarios, los niños romaníes, los hijos de los trabajadores migratorios, los hijos de apátridas, las niñas del Cáucaso septentrional, los niños sin registro de residencia permanente y los niños pertenecientes al grupo de lesbianas, gays, transexuales y bisexuales. En particular, informen de las medidas adoptadas para combatir y prevenir los delitos motivados por la xenofobia y los prejuicios.

7.Informen sobre la efectividad de las medidas adoptadas para prevenir los abusos y la violencia sexuales contra los niños y las medidas destinadas a prestar servicios de rehabilitación a las víctimas de estos delitos.

8.Teniendo en cuenta la información según las cual muchos niños son separados por la fuerza de sus padres, sírvanse aclarar los criterios y directrices establecidos para que los órganos de tutela y curatela y la fiscalía inicien la tramitación de estas causas. Aclaren cómo interpreta el Estado parte el "cúmulo de circunstancias difíciles" mencionado en el artículo 73 del Código de la Familia que se usa como fundamento para separar a los hijos de sus padres.

9.Aclaren la posición del Gobierno sobre la campaña "contra la justicia juvenil", que al parecer da prioridad a los derechos de los padres respecto de los derechos de los niños y cómo ha colaborado la Iglesia Ortodoxa rusa en la campaña.

10.Informen al Comité del estado del proyecto de ley relativo a las inspecciones públicas de instituciones infantiles. Asimismo, aclaren qué órgano se encarga de estudiar la colocación de los niños en instituciones de acogida.

11.Informen de las medidas adoptadas por el Estado parte para combatir el difundido problema del maltrato de los niños en las instituciones y las familias de acogida así como del tipo de asistencia que se dispensa a los niños que los sufren y el seguimiento que se realiza.

12.Indiquen el número de niños adoptados en los ámbitos nacional e internacional desde la promulgación de la Ley "Dima Yakovlev" en diciembre de 2012 que prohíbe la adopción de niños rusos en los Estados Unidos de América. Asimismo, señalen en qué medida esto ha afectado a la posible adopción de niños con discapacidad privados del entorno familiar. A este respecto, indiquen el número de niños con discapacidad adoptados antes y después de la entrada en vigor de la mencionada ley.

13.Informen del proceso y el plazo de aprobación del proyecto de ley de bases de los servicios sociales en la Federación de Rusia. Informen asimismo al Comité sobre las medidas adoptadas para prevenir el ingreso sistemático y generalizado de los niños con discapacidad en instituciones. Especifiquen los criterios que se aplican para su acogimiento institucional y los métodos de reconocimiento empleados para determinar su grado de discapacidad. Indiquen los tipos de asistencia y apoyo que se prestan a las familias de niños con discapacidad y las condiciones para acogerse a tal asistencia y apoyo.

14.Expliquen la noción de educación integradora mencionada en la Ley de educación de enero de 2013 e indiquen los recursos humanos, técnicos y financieros destinados a su aplicación.

15.En vista del incremento de la tasa de morbilidad entre los niños adolescentes, informen al Comité de las medidas adoptadas para determinar las causas profundas del incremento de las enfermedades, especialmente entre los niños en situaciones vulnerables, como son los niños privados del entorno familiar.

16.Informen al Comité de las medidas adoptadas para prevenir el abuso de drogas y alcohol entre los niños y para determinar las causas profundas del número cada vez más elevado de suicidios infantiles.

17.Aclaren si se tiene en cuenta el interés superior del niño como aspecto primordial a la hora de tomar las decisiones relativas a la vivienda tras el divorcio de los padres, que se regula en el artículo 292 del Código Civil y en el artículo 31 del Código de la Vivienda. Informen al Comité de las medidas adoptadas para que los hijos de trabajadores migratorios y los niños romaníes tengan acceso a una vivienda adecuada, con agua potable y un saneamiento adecuado, y también acceso a los servicios médicos públicos.

18.Expliquen las razones del extendido fenómeno de la segregación de los niños romaníes en "aulas romaníes" y la deficiente calidad de la enseñanza que se imparte en estas aulas e informen al Comité de las medidas adoptadas para que los niños romaníes tengan acceso a escuelas y aulas convencionales. Asimismo, informen al Comité de las medidas adoptadas a fin de eliminar las trabas administrativas que existen para la matriculación de los hijos de los trabajadores migratorios y los niños solicitantes de asilo en las escuelas convencionales.

19.Informen al Comité de los pasos dados para extender el programa de justicia juvenil a todas las regiones de la Federación de Rusia. Informen sobre el plazo estipulado para la aprobación de la legislación relativa a la instauración de los tribunales de menores.

Parte II

En esta sección, el Comité invita al Estado parte a actualizar brevemente (en tres páginas como máximo) la información proporcionada en su informe en relación con:

a)Los nuevos proyectos de ley o nuevas leyes, y sus respectivos reglamentos;

b)Las nuevas instituciones (y sus mandatos) o reformas institucionales;

c)Las políticas, los programas y los planes de acción adoptados recientemente y su alcance y financiación;

d)Las ratificaciones recientes de instrumentos de derechos humanos.

Parte III

Datos, estadísticas y demás información de que se disponga

1.Facilítense datos desglosados por edad, sexo, situación socioeconómica, origen étnico y ubicación geográfica, relativos a los años 2010, 2011 y 2012, sobre el número de:

a)Casos de malos tratos y violencia infligidos a niños, incluidas todas las formas de castigo corporal, especialmente en las instituciones y las familias de acogida, e información sobre los casos de enjuiciamiento de sus autores y las penas impuestas en el Estado parte;

b)Investigaciones de casos de abusos y violencia sexuales cometidos contra niños e información sobre los casos de enjuiciamiento y las penas impuestas a sus autores y las medidas de reparación e indemnización ofrecidas a las victimas;

c)Niños que trabajan en el sector informal y niños que viven en la calle;

d)Casos de investigación, enjuiciamiento y castigo de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley que hayan participado en la detención ilegal, el abuso o el maltrato de niños, acaecidos durante su arresto y detención;

e)Niños recluidos en instalaciones de detención e instituciones penitenciarias, incluidos los que se encuentran en prisión preventiva.

2.Facilítense datos (desglosados por edad, sexo, situación socioeconómica, origen étnico y ubicación geográfica) sobre la situación de los niños privados de un entorno familiar y separados de sus padres, relativos a los años 2010, 2011 y 2012; indíquese el número de niños:

a)Separados de sus padres;

b)Internados en instituciones;

c)Confiados a familias de acogida;

d)Adoptados en el país o en el extranjero e información sobre los países de destino.

3.Especifíquese el número de niños con discapacidad y de niños con capacidad limitada, desglosado por edad, sexo, tipos de discapacidad, origen étnico y ubicación geográfica, relativo a los años 2010, 2011 y 2012, en cuanto a niños que:

a)Viven con sus familias;

b)Viven en instituciones;

c)Asisten a escuelas convencionales de enseñanza primaria;

d)Asisten a escuelas convencionales de enseñanza secundaria;

e)Asisten a escuelas especiales;

f)No están escolarizados;

g)Teniendo discapacidad han sido abandonados.

4.Facilítense datos, desglosados por país de origen, sobre el número de niños a los que se ha concedido asilo o protección humanitaria y sobre cuántos de ellos han sido devueltos, extraditados o expulsados. Facilítese información detallada sobre los motivos de esas decisiones, así como una lista de los países a los que esos niños han sido devueltos.

5.Proporciónese al Comité una actualización de los datos contenidos en el informe que hayan quedado obsoletos a raíz de la reunión de nuevos datos o de nuevos acontecimientos.

6.Además, el Estado parte puede citar esferas que afecten a los niños y que considere importantes con respecto a la aplicación de la Convención.