Grupo de trabajo anterior al período de sesiones

45º período de sesiones

18 de enero a 5 de febrero de 2010

Respuestas a la lista de cuestiones y preguntas relativas al examen de los informes periódicos combinados sexto y séptimo

* El presente informe se publica sin revisión editorial.

Egipto *

Pregunta 1

En los anexos al informe se hace referencia detallada a la participación de la sociedad civil y al método de colaboración con las asociaciones cívicas (véanse los anexos 2 y 3). En ellos figura una lista de las organizaciones no gubernamentales y asociaciones cívicas que colaboraron en la preparación del informe y se reproducen las firmas de los participantes. Además, se remitió el informe finalizado a las organizaciones no gubernamentales que asistieron a las reuniones y se recibieron respuestas por escrito de varias asociaciones cívicas, que se han tomado debidamente en cuenta.

El informe se ha remitido a los titulares de los ministerios pertinentes. Téngase en cuenta que este tipo de informes no se presentan ante el Parlamento, pero sí se utilizan como referencia en las sesiones parlamentarias que guarden relación con cualquiera de los artículos de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.

Pregunta 2

La cooperación entre el Consejo Nacional de la Mujer, el Organismo Central de Movilización Pública y Estadística y el Centro de Información y Apoyo a la Adopción de Decisiones dependiente del Consejo de Ministros ha dado los frutos siguientes:

1.Unificación de los conceptos y criterios e indicadores utilizados tanto por los institutos de estadística como por los usuarios en general para cuantificar la perspectiva de género.

2.Enmiendas a la redacción de la encuesta del mercado laboral, las encuestas de opinión, las encuestas de usos múltiples y otros instrumentos de recopilación y análisis de datos; se desglosaron esos datos para determinar la dimensión y la naturaleza específicas de las disparidades, así como su relevancia.

3.Orientación y fomento de la capacidad de los encuestadores; se mantuvieron abiertos los canales de comunicación entre los encuestadores y los usuarios de datos a fin de detectar las necesidades y dificultades que pudieran surgir.

4.Se ha creado un proyecto para la medición de la igualdad entre los géneros mediante estadísticas desglosadas, fruto de la colaboración entre el Consejo Nacional de la Mujer y el Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer (UNIFEM). El objetivo del proyecto es incorporar la perspectiva de género en las estadísticas nacionales y fortalecer la capacidad de los estadísticos con el fin de actualizar continuamente la base de datos sobre el género y ayudar a los usuarios de los datos y los encargados de la adopción de decisiones a determinar la dimensión del problema y establecer prioridades de acción; esto se conseguiría mediante la aplicación de indicadores nacionales e internacionales para todos los tipos de desigualdades de género y la utilización de esos indicadores en la evaluación de los nuevos datos.

Se han desarrollado nuevos indicadores tipológicos para medir la igualdad de los sectores de la educación, la salud, el empleo y la actividad política y pública con el objetivo de dar un seguimiento más detallado a los logros que vayan alcanzando las mujeres.

Por ejemplo, el índice de paridad en la enseñanza primaria se calcula de la siguiente manera:

Tasa de matrícula neta femenina x 100Tasa de matrícula neta masculina

La tasa de matrícula neta se obtiene de la siguiente manera:

Número de estudiantes (de sexo masculino o femenino) por curso escolar× 100Número de estudiantes (de sexo masculino o femenino) en el grupo de edad correspondiente a ese curso

Al aplicar esa fórmula, se observa que los índices de paridad para 2007 son de 0,99 para el ciclo de primaria, 1,03 para el ciclo intermedio y 1,06 para el ciclo de secundaria, estos dos últimos a favor de las mujeres. Estos resultados son diferentes a los obtenidos al aplicar el indicador tradicional o la brecha de género, lo que confirma que el nuevo índice de paridad es más preciso porque cuantifica la discriminación real.

Pregunta 3

Como se expone en el informe, Egipto ha retirado ya la reserva al artículo 9 de la Convención y, de conformidad con los requisitos constitucionales del país, está adoptando las medidas necesarias para retirar también la reserva al artículo 2, entre ellas una encuesta de opinión que se circulará a los ministerios pertinentes y a las instituciones religiosas con vistas a adoptar próximamente una decisión al respecto. La retirada de la reserva al artículo 16 se ha postergado, como se expone en la página 80 del informe.

Pregunta 4

En las páginas 12 a 16 de los informes combinados sexto y séptimo figuran las respuestas de Egipto a las observaciones finales del Comité sobre el informe anterior. Se ha informado al respecto a los ministerios, las entidades interesadas, las instituciones de la sociedad civil y la sociedad en su conjunto, bien mediante diversas actividades organizadas por el Comité Nacional de la Mujer, entre ellas congresos, debates, reformas legislativas, medidas y decisiones de nivel ministerial, bien por conducto de los medios de comunicación.

Pregunta 5

En virtud de la Constitución egipcia, la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer es un texto jurídicamente vinculante. Se utiliza como referencia ante los tribunales desde 1981, no en su calidad de instrumento internacional, sino como parte de la legislación nacional. Los letrados y las organizaciones no gubernamentales invocan ese instrumento en todas las actividades pertinentes.

Pregunta 6

Egipto aplica la definición de discriminación contra la mujer que establecen las Naciones Unidas. La Constitución egipcia, fuente de toda la legislación nacional, prohíbe la discriminación directa e indirecta de la mujer, lo cual se considera equivalente a la incorporación de esa definición en la propia Constitución.

Pregunta 7

El número total de denuncias recibidas en la Oficina del Defensor de la Mujer desde su creación hasta junio de 2009 es de 53.097, aproximadamente, sumando las de la oficina central de El Cairo a las de las oficinas subsidiarias ubicadas en todas las provincias. Los motivos de las denuncias varían desde las referentes al estatuto personal hasta las de índole laboral, pasando por las relativas a la seguridad social, la violencia, la ejecución de disposiciones judiciales, los beneficios sociales y los procedimientos judiciales civiles y penales. Esas denuncias se han remitido a las autoridades competentes de conformidad con la jurisdicción de cada una. Hasta la fecha, se ha resuelto alrededor del 50% de ellas.

Respecto a la segunda parte de la pregunta, además de lo expuesto en las páginas 20 y 21 (artículo 3.2) del informe, están las organizaciones civiles, las oficinas de asuntos de la familia del Ministerio de la Seguridad Social, las dependencias de igualdad de oportunidades de los ministerios y los comités de la mujer de los diversos sindicatos, que tramitan toda denuncia relacionada con la discriminación por motivos de género.

Pregunta 8

Una parte de la estrategia se incorporó en el plan nacional de desarrollo económico y social para 2002-2007. Las partes restantes se integraron en el plan para 2007-2012, que incluye una perspectiva de género. Se da seguimiento a la aplicación mediante mecanismos establecidos en los ministerios y el Consejo Nacional para la Mujer. Por primera vez en Egipto, se desarrolla una operación de seguimiento mediante la recopilación de datos sobre el terreno a nivel de provincias, en lugar de recurrir únicamente a los informes. Los resultados finales del seguimiento y la evaluación se presentan al Primer Ministro.

Pregunta 9

El informe aborda este punto en las páginas 6 y 7. Cabe señalar aquí que se ha preparado un folleto que se distribuirá próximamente.

Pregunta 10

En el informe se exponen esas actividades, que se realizan de forma continua y se incluyeron en los epígrafes “Esfuerzos realizados” correspondientes a cada uno de los artículos citados.

Pregunta 11

Además de lo que se expone en la página 10 del informe, los detalles solicitados se pueden encontrar en informes diversos, entre ellos los informes del proyecto de supervisión de los medios de comunicación que se debate en reuniones en las que participan los medios de comunicación y cuya finalidad es mejorar la imagen de la mujer en todos los medios. La unidad de supervisión de los medios de comunicación está compuesta por un director principal, un asistente del director que actúa como oficial de enlace del proyecto y un equipo de periodistas de la radio, la televisión y la prensa escrita. Se ha creado una comisión de apoyo al proyecto cuyo director es el secretario general, y un grupo de expertos. La unidad de supervisión de los medios de comunicación está integrada en la estructura administrativa del Consejo y tiene un presupuesto limitado para completar el proyecto actual. Una vez finalizado este, el Estado sufragará el total del presupuesto que necesite esa dependencia, que quedará incluida en el marco presupuestario del Consejo, como todas las demás entidades que lo componen.

Pregunta 12

La legislación castiga la violación y el acoso, incluida la violencia doméstica. De conformidad con la Constitución y la ley, las comunicaciones oficiales de las mujeres ante la justicia tienen el mismo valor que las de los hombres (véase la página 82 del informe).

En una de las causas vistas en 2008, el tribunal declaró al acusado culpable de acoso sexual y lo condenó a tres años de prisión y al pago de una indemnización equivalente a 900 dólares de los EE.UU.

Pregunta 13

El Gobierno y varias asociaciones civiles proveen albergues para las víctimas de la violencia. Ciertas asociaciones civiles ofrecen un número telefónico de emergencia y planes de asistencia. Existen servicios de asesoramiento y atención para las mujeres víctimas de la violencia. Los hospitales y centros de salud tanto en las zonas urbanas como en las rurales atienden a las víctimas de la violencia.

Se organizan diálogos, encuentros y programas de capacitación para sensibilizar y concienciar a la opinión pública y para desarrollar las aptitudes de quienes trabajan en este ámbito.

Según estadísticas obtenidas por el Ministerio del Interior de Egipto, durante el período 2002-2009 se presentaron 3.584 denuncias por asesinato, agresión con agravantes, secuestro, abuso deshonesto, violación, robo con intimidación, incendio, aborto y coacción para la firma de documentos. Estas cifras no reflejan debidamente la realidad, dado que la mayoría de las mujeres no denuncia estos hechos.

El Consejo ha puesto en marcha un ambicioso proyecto a este respecto (véanse las páginas 82 a 84 del informe).

Pregunta 14

Sírvanse examinar las páginas 83 y 84 del informe.

Se ha aprobado ya una ley que tipifica como delito la mutilación genital (ley núm. 126 de 2008). En el artículo 4 de esa ley se define el delito de mutilación genital femenina, y se imponen penas de prisión a los médicos, enfermeros u otros asistentes si media una denuncia.

En lo que respecta a la incidencia de la campaña nacional sobre la mutilación genital femenina, el Consejo Nacional para la Infancia y las Madres ha organizado numerosas actividades destacables: se han creado grupos de presión formados por líderes naturales locales (líderes juveniles, médicos, religiosos) contra la mutilación genital; se ha creado un plan de asistencia urgente en el Consejo Nacional para la Infancia y las Madres con el fin de proteger a los niños de todas las formas de violencia, gracias al cual varias localidades se han declarado libres de la mutilación genital femenina; y se ha fomentado un clima de opinión pública contrario a esa práctica. Será necesario continuar con esas campañas hasta erradicar el fenómeno.

Pregunta 15

Por diversas razones, hasta el momento no se ha evaluado con exactitud la magnitud real del problema de la trata de mujeres, dado que las estadísticas disponibles, obtenidas por muestreo por las organizaciones no gubernamentales, no son suficientemente fiables. Los estudios realizados por los centros de investigación han sido objeto de numerosos cuestionamientos por parte de diversos investigadores.

En términos generales, la legislación egipcia considera que la trata de personas es un delito. Hay leyes para hacer frente a este fenómeno: la ley núm. 103 de 1976 y la ley núm. 371 de 1956. Sin embargo, existen ciertos vacíos legales, por lo que se ha ultimado un proyecto de ley general para la lucha contra la trata de personas que contiene una extensa sección sobre la mujer y la niña y se remitirá al Parlamento en su próximo período de sesiones.

Se ha creado el Comité Nacional de Coordinación, compuesto por 12 de los ministerios competentes, el Consejo Nacional de la Mujer, el Consejo Nacional de Derechos Humanos, el Consejo Nacional para la Infancia y las Madres, los servicios de inteligencia y la Fiscalía. El Comité tiene la misión de redactar un plan de trabajo nacional para afrontar la cuestión de la trata de personas y presentar propuestas y recomendaciones a ese respecto al Consejo de Ministros por conducto del Ministerio de Relaciones Exteriores. El Comité también vigila el cumplimiento de las obligaciones internacionales de Egipto derivadas de las disposiciones del Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños. En lo que respecta a los recursos financieros asignados, cada una de las actividades del Comité es organizada y financiada por la entidad competente en la materia.

Pregunta 16

No hay estadísticas sobre el número de mujeres que trabajan en la prostitución dado que, en contraste con lo que sucede en otros países, se trata de una actividad ilícita. Hay varios informes e investigaciones poco fiables al respecto realizados por organizaciones gubernamentales y no gubernamentales.

Continúa en estudio en las comisiones estatutarias el proyecto del Consejo en el que se solicita la modificación de uno de los artículos del Código Penal relativos a los delitos de adulterio, con vistas a aplicar una sanción única a mujeres y hombres de conformidad con la ley islámica, que impone idénticas sanciones a ambos sexos.

A raíz de la creación del Comité Nacional de Coordinación para la lucha contra la trata de personas y su erradicación, las autoridades competentes en esta materia están desarrollando en la actualidad una labor de capacitación y sensibilización del personal que se ocupa de estas cuestiones.

Pregunta 17

En virtud de la reforma constitucional de 2007, que afecta al artículo 62, relativo a la potenciación de la participación política de la mujer, se ha aprobado la ley núm. 149 de 2009 sobre la composición del Parlamento. Se agregaron 32 distritos electorales en los que las candidaturas se restringen a las mujeres, lo que garantiza que al menos 64 escaños sean para ellas. Además, en los distritos restantes, que totalizan 222, se ha autorizado la presentación de candidaturas femeninas. Estas medidas se aplicarán en las próximas elecciones parlamentarias, previstas para 2010.

La Constitución egipcia garantiza la plena igualdad entre los géneros (véanse el anexo 4 y las páginas 44 y 45 del informe (artículo 7.b.1), y no hay discriminación contra la mujer.

En lo referente a la representación de la mujer en todos los niveles de gobierno, la judicatura y las instituciones académicas, no existe restricción o discriminación alguna contra la mujer en esos sectores. Hay mujeres que ocupan puestos en esos ámbitos (véanse los diversos temas y materias tratados en el informe).

Pregunta 18

Este asunto guarda relación con los hijos de padre palestino y tiene su origen en la resolución núm. 1547 de 1959 de la Liga de los Estados Árabes, en virtud de la cual los Estados miembros no pueden otorgar su nacionalidad a los palestinos, a fin de salvaguardar la presencia y la identidad palestinas y evitar que desaparezcan por completo con el paso del tiempo. Aun así, ha habido casos concretos en los que, por motivos humanitarios, se ha concedido la nacionalidad a los hijos de madre egipcia y padre palestino.

Pregunta 19

En 2007, la tasa neta de matrícula femenina en la enseñanza primaria alcanzó el 86,2%, frente al 86,7% de la masculina. En el primer ciclo de secundaria, la tasa neta de matrícula femenina fue del 71,6%, por un 69,3% de la masculina. En el segundo ciclo, esas proporciones alcanzan el 47,9% y el 45,1%, respectivamente.

Cabe recordar también lo expuesto en la página 38 del informe (artículo 10).

En Egipto no hay discriminación entre egipcios y extranjeros, ni entre quienes pertenecen a una minoría y quienes no, puesto que todos somos ciudadanos. Las personas de origen no egipcio que llegaron al país en épocas anteriores son egipcios y tanto ellas como sus descendientes directos gozan de todos los derechos derivados de la ciudadanía.

Pregunta 20

Los motivos principales del abandono escolar son los problemas económicos y, en ocasiones, la ausencia de escuelas a una distancia razonable. En zonas rurales las niñas se ven obligadas a recorrer largas distancias por el campo, lo cual no es compatible con las tradiciones de algunas comunidades.

Se responde también a esta pregunta en la página 43 del informe (artículo 10.f).

Pregunta 21

Sírvanse examinar la información detallada que se expone en las páginas 48 (artículo 11.1.a.1) y 30 y 31 (artículo 7.b.1), respectivamente.

Además de lo expuesto en la página 9 del informe respecto de la creación de dependencias de igualdad de oportunidades, cabe señalar que esas dependencias funcionan bajo la supervisión directa de las oficinas ministeriales y centran sus actividades en los asuntos relativos a las trabajadoras y a la discriminación contra la mujer en el lugar de trabajo. Las unidades buscan fomentar la participación de las mujeres en todas las etapas de la adopción de decisiones y garantizar que puedan ejercer sus plenos derechos constitucionales en lo que respecta al trabajo.

Pregunta 22

El Ministerio de Trabajo e Inmigración es el encargado de aplicar la Ley del Trabajo (ley núm. 12 de 2003), en la que se establece la protección legal de la mujer y la madre trabajadora y se reafirma el principio de igualdad de todos los trabajadores.

El Ministerio de Trabajo supervisa la aplicación de las políticas orientadas al desarrollo de servicios que facilitan a las mujeres el desempeño de sus múltiples funciones.

En la actualidad se está elaborando un proyecto de ley que abordará la situación de los trabajadores del sector no estructurado, en el que las mujeres constituyen más de la mitad de la fuerza laboral.

Pregunta 23

Egipto es uno de los países con menos incidencia del VIH/SIDA, y la prevalencia en el total de la población es inferior al 0,03%. Se ha incluido el VIH/SIDA en los planes de estudio de las escuelas preparatorias y secundarias, así como en las facultades universitarias pertinentes y en los planes específicos de los institutos privados de servicios sociales.

El programa nacional egipcio para combatir la propagación del VIH/SIDA comprende la sensibilización en materia de salud de los ciudadanos en general y de los jóvenes, las mujeres y los trabajadores del sector de la salud en particular; la lucha contra las enfermedades de transmisión sexual; la supervisión de las transfusiones de sangre; y la vigilancia y el apoyo a los grupos sociales más vulnerables a la enfermedad.

Pregunta 24

Los servicios de salud egipcios han mejorado notablemente en lo que respecta a su accesibilidad y calidad. El número de dependencias de atención de la salud en el medio rural ha pasado de 3.205 en 2000 a 3.851 en 2009. En el ámbito de la salud mental, el número de camas disponibles en hospitales psiquiátricos ha aumentado de 7.171 en 2000 a 8.182 en 2005. Se ha incrementado también el número de dependencias de atención de la salud mental, que ha pasado de 12 en 2000 a 16 en 2005. En el ámbito de la salud reproductiva, la tasa de mortalidad materna ha disminuido de 84 muertes por cada 100.000 nacidos vivos en 2000 a 55 por cada 100.000 en 2008.

Pregunta 25

Además de lo expuesto en las páginas 60, 61 y 67 del informe (artículos 12 y 14), cabe citar que las mujeres rurales representan a sus comunidades en muchos consejos municipales (consejos populares y consejos locales).

Pregunta 26

Los derechos de las mujeres de edad se respetan plenamente en los sistemas de pensiones, la seguridad social y los servicios asistenciales, que ofrecen muchas prestaciones a los jubilados y los discapacitados. Estas personas tienen los mismos derechos que cualquier otro ciudadano, e incluso reciben ayudas especiales.

Existen hogares para la tercera edad, preparados y equipados para ofrecer a las mujeres de edad una vida digna y proporcionarles servicios de atención de la salud física y mental y actividades culturales y recreativas.

Hay clubes para personas de edad que son también centros de asistencia por medio de los cuales se prestan servicios diversos, tanto en los mismos clubes como a domicilio: oficinas de asistencia para mayores, servicios de acompañantes y dependencias para fisioterapia. De conformidad con el artículo 10 de la ley núm. 49 de 1982, relativa a la rehabilitación de discapacitados (mujeres y hombres), un 5% del total de funcionarios de cada una de las dependencias administrativas del Estado e instituciones y empresas del sector público deben ser personas con discapacidad.

Por lo que respecta a las trabajadoras domésticas extranjeras, se respetan sus derechos y las embajadas de sus respectivos países verifican minuciosamente el cumplimiento de esta obligación.

Preguntas 27 y 28

Egipto formuló una reserva al artículo 16 de la Convención en cuyo texto se responde suficientemente a estas dos preguntas. Los motivos de la reserva se exponen en la página 80 del informe (artículo 16).

En Egipto, el sistema de herencias se rige por la ley islámica, que estipula criterios cuantitativos predefinidos: cada heredero percibe la parte de los bienes que corresponde a su grado de parentesco con el fallecido. Las mujeres tienen derecho a heredar, y la parte que perciben depende de su grado de parentesco. No hay discriminación contra ellas, puesto que pueden heredar tanto como un hombre y, en ocasiones, incluso más. En ciertos casos, las mujeres heredan y los hombres no. Cuando los herederos son hermanos del difunto, las mujeres perciben la mitad que los hombres como contrapartida de los derechos adicionales que se les reconoce a ellas. Por ejemplo, en caso de necesidad, la hermana tiene derecho a percibir por ley una pensión alimenticia del hermano.

Sigue habiendo controversia entre los teólogos en lo que respecta a la poligamia. Un equipo dedicado a la exégesis de las aleyas coránicas concluyó que la poligamia estaba permitida, mientras que en opinión de otro equipo se permitía de manera condicional, pero no de forma general. Hay quien aboga por realizar un análisis minucioso de las aleyas porque podrían contener elementos que no alentarían la poligamia, sino que la prohibirían. Hasta el momento, la legislación no ha resuelto este problema.

Pregunta 29

En lo que respecta a la posibilidad de que Egipto se adhiera al Protocolo Facultativo, remitimos al Comité a lo expuesto en la página 16 del informe.

Se está realizando un estudio sobre la posible adhesión al Protocolo Facultativo.