Período

Asesinato

Femicidio

Homicidio

Sicariato

2014

95

27

64

1

2015

107

55

6

7

2016

102

67

11

2

2017

81

102

14

0

2018

64

60

12

2

2019

70

67

14

0

A Junio 2020

20

27

10

0

Total

539

405

131

12

Fuente : Operación Estadística de Homicidios Intencionales del Ministerio de Gobierno/DINASED

Elaborado por: FGE

Para abordar los casos de femicidio, la FGE utiliza el Protocolo Latinoamericano de Investigación de las Muertes Violentas de Mujeres por Razones de Género (femicidio/feminicidio) elaborado por ONU Mujeres y la OACDH.

Desde 2014, la Fiscalía maneja el Sistema Integrado de Actuaciones Fiscales (SIAF), que permite tener un mayor control de la gestión institucional.

I.Respuestas al párrafo 9

En 2017, se aprobó la Ley Orgánica de Movilidad Humana y su Reglamento para favorecer la coordinación interinstitucional técnica, política y operativa en materia de prevención, así como la investigación-sanción del delito y la protección integral a víctimas de trata y tráfico. A partir de esta Ley se creó el Comité Interinstitucional de Coordinación para la Prevención de Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes y Protección a sus Víctimas y la Normativa para su funcionamiento. Dicho Comité cuenta con un Protocolo para operativizar la asistencia y protección a presuntas víctimas o víctimas de trata de personas; una de sus principales tareas fue la actualización, diseño e implementación de la nueva política anti-trata de personas.

La construcción del nuevo Plan de Acción Contra la Trata de Personas 2019-2030 (PACTA) inició en abril de 2018 y contó con el aporte de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) que fomenta la ejecución de acciones concretas y de carácter operativo que articulan a las distintas instituciones para la prevención y promoción de derechos, protección integral a víctimas e investigación y judicialización. Además, integra el enfoque de género en su accionar al reconocer “a las mujeres en el centro de la acción pública como sujetos de derechos y protección especial para la puesta en marcha de medidas efectivas orientadas a cambiar las prácticas sociales como la violencia y buscar la reparación integral” .

El Estado ecuatoriano implementó el Sistema de Registro de Trata de Personas y Tráfico de Migrantes (REGISTRATT) para generar información depurada sobre las víctimas y dar seguimiento al proceso de cada caso, incluida la instancia de protección de la víctima.

En 2018 se aprobó el Plan Nacional de Movilidad Humana con cuatro políticas: promover la ciudadanía universal y la libre movilidad en el ámbito internacional; generar las condiciones para fomentar una migración ordenada y segura; fortalecer la protección de los derechos de la población en situación de movilidad; y, defender la diversidad, integración y convivencia de las personas en movilidad.

Paralelamente, se trabajó en el Plan Estratégico de Seguridad Integral Fronteriza - Frontera Norte (2018) que contiene acciones destinadas a fortalecer la defensa, atención y protección de las víctimas de trata en el área de frontera con el vecino país de Colombia.

El MDG crea la Dirección de Prevención de Trata de Personas y Tráfico de Migrantes (DPTPTM), con una Unidad Especializada Anti-trata, que en 2019 se transforma en la Unidad Nacional de Investigación Contra la Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes y a la vez, se crea la nueva Dirección Nacional Contra la Violencia de Genero, Familia, Niñez, Adolescencia y Trata de Personas (DINAPEN).

La DINAPEN amplió el personal de 32 a 49 efectivos policiales y puso en funcionamiento la Unidad Nacional Especializada de Investigación contra la Delincuencia Organizada Transnacional (UNIDOT), para la investigación de casos de trata.

En 2019 se implementó el Sistema de Seguimiento de Trata de Personas y Tráfico de Migrantes (SISEGETT). Esta herramienta digital monitorea la implementación del PACTA, alberga información para seguimiento a la ejecución de actividades planificadas y ofrece la facilidad de descargar un repositorio de datos.

El MREMH, el MDG y el CNIMH en la sub-mesa de trata de personas y tráfico ilícito de migrantes, construyeron un instructivo especializado para autorizaciones de salidas del país para niños, niñas y adolescentes como preventiva del delito.

El 18 de enero de 2018, el MDG firmó un convenio con Center of Missing and Exploited Children (ICMEC), para la activación de la “Alerta Ámbar”, denominada en Ecuador “Alerta Emilia”. El Estado ecuatoriano es parte de la Red Global de Niños Desaparecidos. Este sistema de alerta difunde de forma inmediata la imagen e información de niños, niñas y adolescentes desaparecidos a través de dispositivos móviles y medios de comunicación masiva, con el fin de encontrar a la víctima en el menor tiempo posible.

A la fecha, el sistema es funcional y cuenta con el “Protocolo del Programa Alerta Emilia”; establece un mecanismo de coordinación en el nivel nacional entre las principales instituciones de la Función Judicial y del sector de seguridad como es el caso del MDG, CJ, FGE, DP y la Policía Nacional, que orienta la implementación del Programa.

A partir de la implementación de esta Alerta ha sido posible la homologación de criterios técnicos para la elaboración de afiches estandarizados; la creación de una estrategia de diseminación de fotos; la lista de verificación - evaluación de riesgo en caso de menores de edad desaparecidos, la consolidación de una base única de personas desaparecidas entre la FGE y el MDG – Policía Nacional; la creación de una página web y un aplicativo móvil; y, la elaboración de rutas de atención y protocolos de actuación para la coordinación interinstitucional.

El MREMH y el MIES, con el apoyo de UNICEF, elaboraron el “Procedimiento de Atención para Niños, Niñas, Adolescentes y sus Familias en el contexto de movilidad humana en Ecuador”, para garantizar el ingreso al territorio de todo niña, niño y adolescente no acompañado; realizar, sin distinción alguna, una evaluación y determinación del Interés Superior del Niño, así como identificar y aplicar las medidas inmediatas y sostenibles de protección y garantía de derechos pertinentes en cada caso.

Frente al contexto de movilidad humana de personas venezolanas, en 2018 se formuló el Plan de Atención del Flujo Inusual de Ciudadanos Venezolanos. En 2019, mediante Decreto Presidencial, se otorga amnistía migratoria para ciudadanos y ciudadanas de Venezuela que no hayan violado las leyes del Ecuador.

En lo que respecta a las medidas de prevención frente al delito de trata de personas, se han desarrollado varias campañas como la Campaña #Aquí Estoy, lanzada el 11 de abril de 2019 por el Comité Interinstitucional, para prevenir a través de todos los canales informativos estatales, sobre ofertas laborales fraudulentas; se activó una línea telefónica gratuita de asistencia. Asimismo, se registra la campaña “Prevengamos la Migración Riesgosa” y la realización de un curso virtual sobre trata de personas, con la participación de 31.537 participantes.

El CJ organizó, en 2016, el curso virtual sobre formas extremas de violencia: femicidio y trata de personas; participaron 3.208 juezas/jueces, fiscales y defensores públicos.

El MIES cuenta con dos casas de acogida para víctimas de trata con fines de explotación sexual comercial, en Machala y Quito. Adicionalmente, financia la casa para niñas y adolescentes víctimas de trata (Quito), administrada por la Fundación Alas de Colibrí. En julio de 2018, el Municipio Quito y la FGE, pusieron en funcionamiento la casa de acogida “Arupo”, para mujeres adolescentes víctimas de trata con fines de explotación sexual y sus hijos/as (0 a 3 años). Esta casa puede albergar hasta 19 adolescentes, de 12 a 17 años 11 meses. El Sistema de Protección a Víctimas y Testigos les proporciona apoyo psicológico, trabajo social y otros servicios para contribuir a reestablecer su proyecto de vida.

En 2018 la Dirección de Atención y Protección a ecuatorianos en el Exterior (DIPEE) del MREMH atendió siete casos de trata de personas de mujeres y niñas ecuatorianas y en 2019 cuatro casos.

El Artículo 104 de la Ley de Movilidad Humana establece que: “El Viceministerio de Movilidad Humana, a solicitud del Ministerio del Interior, concederá a las víctimas extranjeras de Trata de Personas y tráfico ilícito de migrantes la visa de residencia temporal de excepción, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica de Movilidad Humana y este Reglamento”. A partir de 2019, se desarrolla la normativa secundaria para el otorgamiento de visas temporales de excepción a víctimas de trata de personas. El MREMH ha venido trabajando en la elaboración de un instructivo para uso del Comité Interinstitucional, relativo a las solicitudes de visas temporales de excepción por ser una víctima de trata; así como en un Protocolo para el Otorgamiento de Visas de Residencia Temporal de Excepción para las Víctimas de Trata de Personas.

En 2014, el MSP expidió el Reglamento de Control de Establecimientos donde se ejerce Trabajo Sexual, donde se definen lineamientos y directrices para su funcionamiento y se dispone a la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (ARCSA) la competencia para la verificación del cumplimiento de esta norma.

En 2017, el MSP publica el “Manual de Atención Integral en Salud a personas que ejercen el Trabajo Sexual”, en el cual se reconoce las condiciones sociales prevalecientes del trabajo sexual y aporta enfoques para garantizar una atención digna y evitar la discriminación hacia las trabajadoras sexuales.

Se cuenta con el Modelo de atención para mujeres, niños, niñas y adolescentes víctimas de Trata y tráfico Ilícito en el marco del “Protocolo de Actuación Interinstitucional para la Atención y Protección Integral de Víctimas de Trata de Personas” y el “Protocolo de Actuación Interinstitucional en Casos de Tráfico Ilícito de Migrantes”, para brindar una respuesta articulada y coordinada para la atención y protección integral de este grupo, así como la restitución de sus derechos.

J.Respuestas al párrafo 10

La reforma a la Ley de Cuotas en 2000 reconoce una cuota obligatoria de participación de las mujeres en un 30% en todas las candidaturas de elección popular, para candidaturas principales y 30% para candidaturas suplentes, con excepción del binomio presidencial. En el mismo cuerpo legal se establece que la cuota se incrementará en 5% en cada proceso electoral hasta alcanzar la paridad, tomando en cuenta además la participación étnica y cultural.

Si se comparan los resultados de las candidaturas entre 2014 y 2019, se observa un incremento de 0,8%; en 2014 hubo 42,1% de mujeres candidatas frente a 57,9% de hombres; y, en 2019, se contó con el 42,9% de mujeres ante 57,1% de hombres.

Frente a este escenario, la Defensoría del Pueblo, junto con organizaciones de mujeres, inició en 2019 un proceso de defensa del principio de paridad en las vicealcaldías del país como garantía del derecho a la igualdad material.

Hasta marzo de 2020, la Defensoría del Pueblo ha presentado 89 acciones de protección de las cuales se han ganado 27 y dos se encuentran en espera de audiencia. Se ha logrado la designación de 23 vicealcaldesas como resultado de las acciones de protección presentadas por la Defensoría del Pueblo.

En 2019 la Función Electoral, el CNE, con el apoyo de ONU Mujeres, realizó dos estudios que aportaron con evidencia para la reforma legislativa y cambios normativos e institucionales sobre igualdad de género: “Situación de Paridad Democrática en el Ecuador” y “Estudio: violencia política contra las mujeres en Ecuador”.

En febrero de 2020 entró en vigencia la Reforma al Código de la Democracia, con avances en materia de género, entre ellos, la incorporación de medidas para garantizar que la ley y el principio constitucional de paridad se cumplan.

La ejecución de estas medidas será de manera progresiva y hasta completar el cincuenta por ciento (50%) de encabezamiento de lista de mujeres, el porcentaje mínimo de encabezamiento de mujeres en las listas a nivel nacional por organización política será del 15%, el porcentaje de listas encabezadas por mujeres a inscribirse por la organización política para elecciones pluripersonales y unipersonales será mínimo del 30%. En las inscripciones de candidaturas pluripersonales y unipersonales, el porcentaje mínimo de encabezamiento de listas será del 50%. En este instrumento normativo se reconoce y sanciona la violencia política por razones de género. La violencia política de género se define en el artículo 280 del Código de la Democracia.

El CNIG trabaja con el CNE y el Instituto de la Democracia para el desarrollo acciones que garanticen a las mujeres y personas LGBTI el derecho a una participación política bajo el principio de igualdad y no discriminación. En 2018, se inició un proceso de sensibilización en participación política e igualdad de género, dirigido a mujeres rurales de comunidades indígenas de cuatro provincias del país.

K.Respuestas a los párrafos 11, 12, 13 y 14

Delitos sexuales en el ámbito educativo

El COIP describe y establece sanciones para delitos contra la integridad sexual y reproductiva, siendo un agravante la comisión del delito contra niñas, niños y adolescentes (NNA). Además, sanciona los delitos de estupro, distribución de pornografía infantil y oferta de servicios sexuales.

MINEDUC, CJ y FGE promulgaron en 2017 “Protocolos y Rutas de Actuación frente a situaciones de violencia detectadas o cometidas en el sistema educativo”, para guiar la actuación de los Departamentos de Consejería Estudiantil (DECE) y de la comunidad educativa ante casos de violencia. Los protocolos se aplican a delitos y contravenciones de negligencia, violencia física, violencia psicológica y violencia sexual y son de aplicación obligatoria en todas las instituciones educativas, en todos los niveles y modalidades.

El MINEDUC actualizó el Protocolo en enero de 2020, ese mismo año expidió el “Manual de Actuación de las Juntas Distritales de Resolución de Conflictos y Delegados /as Sustanciadores/as frente a casos de violencia sexual en el Sistema Educativo” para uso de la Junta Distrital de Resolución de Conflictos, para garantizar el interés superior del niño y evitar la re victimización en los procesos administrativos. De igual forma, se aprobó el “Manual de Usuario para el Sistema de Registro de Violencia Sexual”, para obligatorio registro de los casos de violencia sexual en el sector educativo, en todos los niveles.

El “Programa Educando en Familia” ha capacitado a 317.799 familias en prevención de acoso y violencia escolar; a 1,463.955 familias en prevención de violencia sexual y 253.393 familias en educación de la sexualidad y afectividad.

El MINEDUC capacitó a 1’105.440 estudiantes, 96.863 docentes, 11.717 autoridades, 708.786 familias y/o representantes legales de las instituciones educativas sobre el “Protocolo para Actuación en casos de violencias detectadas o cometidas en el sistema educativo”.

En 2018 el CNIG expidió la “Guía de Orientaciones Técnicas para Prevenir y Combatir la Discriminación por Diversidad Sexual e Identidad de Género en el Sistema Educativo Nacional”.

En 2017 se suscribió un convenio interinstitucional entre MINEDUC, FGE, SDH y CJ, para garantizar espacios educativos libres de violencia. Se crearon las Mesas de Acceso a la Justicia para solventar nudos críticos para la resolución de casos en el Sistema Educativo.

La Función Judicial declaró como máxima prioridad el tratamiento pre-procesal y procesal por delitos contra la integridad sexual y reproductiva cometidos en cualquier tiempo contra de niñas, niños y adolescentes. Entre 2014 y 2019, se denunciaron 9.743 casos de violencia sexual, todos han contado con un plan de acompañamiento y restitución de derechos.

Entre 2018 y 2019, 1.013 jueces/juezas aprobaron el curso de formación "Niños/as y adolescentes víctimas de delitos contra la integridad sexual y reproductiva”.

Educación en materia de derechos humanos en las escuelas

Mediante Decreto Ejecutivo 460, de 19 de julio de 2018, se resolvió reformar el Reglamento General de la LOIPEVM y dispuso la actualización de las mallas curriculares para todos los niveles educativos, textos escolares y guías docentes para que se incluya la igualdad entre hombres y mujeres bajo el principio de no discriminación. El documento precisa la igualdad de género en todas las esferas políticas, económicas y sociales.

Desde el año lectivo 2018-2019, en todos los regímenes educativos se incorpora una hora curricular para trabajo en el aula sobre Desarrollo Humano Integral, donde se educa para prevenir la violencia y el abuso sexual.

El MINEDUC aprobó el “Manual para la facilitación del Recorrido Participativo: Prevención de la violencia de género y sexual” para fortalecer y obtener nuevos conocimientos sobre la problemática de la violencia sexual, educar en derechos y motivar al público a intercambiar saberes y conocimientos adecuados en torno a los derechos sexuales. Hasta 2019, se han formado 31.750 estudiantes de segundo y tercero de bachillerato y 1.412 docentes.

En 2018 el Ecuador expidió la “Política Intersectorial de Prevención del Embarazo en Niñas y Adolescentes, PIPENA (2018-2025)”, para contribuir a la disminución del embarazo en este grupo etario, garantizando el ejercicio de sus derechos sexuales y reproductivos, el derecho a la integridad personal y a una vida libre de violencia.

En 2017 el CNIG realizó la investigación cualitativa sobre “Embarazo en mujeres adolescentes con discapacidad, su vinculación con la violencia basada en género y los desafíos en el cuidado humano ”; y, en 2019, la investigación “Cuerpos que sí importan. Estudio de casos sobre Violencia basada en Género en niñas, adolescentes y mujeres con discapacidad”.

La STPTV tiene a su cargo la coordinación y seguimiento del Plan Toda una Vida, intervención emblemática de política pública intersectorial sustentada en el Plan Nacional de Desarrollo 2017 – 2021. Dentro de este Plan se contempla la “Misión Mujer”, cuyo componente 2 es la “Prevención del embarazo en niñas y adolescentes”

El MSP, en el marco de Misión Mujer, se comprometió a asegurar la efectiva implementación de programas de educación integral para la sexualidad, respetando la autonomía progresiva de las niñas y niños y las decisiones informadas de adolescentes y jóvenes sobre su sexualidad, con enfoque participativo, intercultural, de género y de derechos humanos.

En materia de educación para la sexualidad, el MSP en 2019 reporta el fortalecimiento de los Servicios de Atención Integral y Amigable para Adolescentes; la repotenciación de los Clubs de Adolescentes en articulación con comités locales de salud; el fomento de cambio de patrones socioculturales que naturalizan la VBG, el embarazo en adolescentes y las uniones tempranas; y, la actualización de herramientas para la promoción de salud sexual y salud reproductiva y una vida libre de violencia.

En el 2017 el MINEDUC emitió el “Protocolo de Actuación Frente a Situaciones de Embarazo, Maternidad y Paternidad de Estudiantes en el Sistema Educativo” y en 2019 expidió la “Guía metodológica Prevención del Embarazo en niñas y adolescentes”.

En octubre de 2018 se realizaron las primeras jornadas de prevención del embarazo en niñas y adolescentes, donde participaron más de 3.000 adolescentes.

En 2018 el MIES elaboró una Metodología de Desarrollo Positivo Adolescente, que ha sido adaptada para el uso de los equipos técnicos en prevención y atención de embarazo en niñas y adolescentes gestantes o madres, y víctimas de violencia.

El MIES, en el marco del PIPENA, desarrolló procesos de sensibilización y formación en prevención de violencias, con la participación de 237.175 mujeres y 45.359 hombres; 5.596 mujeres y 4.803 hombres menores de 16 años y con 17.895 mujeres y 766 hombres de 16 años.

Calidad de la educación y acceso de las niñas de grupos desfavorecidos

La LOEI reformada en el 2017, determina la transversalización del enfoque de interculturalidad en el Plan Nacional de Educación, así como en el currículo, textos escolares y estándares e indicadores de calidad educativa y procesos de evaluación.

El Ecuador tiene 6.795 instituciones educativas rurales ordinarias y 10 especializadas. Hasta 2019 se reportó un total de 513.648 niñas y adolescentes mujeres que se encuentran matriculadas en unidades educativas rurales.

La Dirección Nacional de Educación Intercultural Bilingüe garantiza los procesos de transversalización de interculturalidad, a través de programas de educación de calidad, con pertinencia cultural, lingüística y ambiental, para atender las necesidades educativas de los pueblos y nacionalidades.

En 2018 la Presidencia de la República decretó la creación de la Secretaría del Sistema de Educación Intercultural Bilingüe (SESEIB), instancia encargada de la coordinación, gestión, seguimiento y evaluación de las políticas públicas de Educación Intercultural Bilingüe, para el ejercicio de los derechos de las comunidades, pueblos y nacionalidades, bajo los principios de interculturalidad y plurinacionalidad; pone a disposición de la comunidad educativa, materiales curriculares y didácticos para facilitar la acción pedagógica en los Centros Educativos Comunitarios Interculturales Bilingües (CECIBs).

El Ecuador cuenta con el “Modelo del Sistema de Educación Intercultural Bilingüe (MOSEIB)” para desarrollar las habilidades y destrezas cognitivas, psicomotrices y afectivas de las/os estudiantes de pueblos y nacionalidades en las instituciones educativas interculturales bilingües. Complementariamente, se cuenta con las “Orientaciones pedagógicas para fortalecer la implementación del MOSEIB (2019)” .

Con base en el Acuerdo Ministerial 295-13, el MINEDUC emitió la normativa referente a la atención de estudiantes con necesidades educativas especiales en establecimientos de educación ordinaria o en instituciones educativas especializadas.

Existen 140 Unidades Distritales de Apoyo a la Inclusión (UDAI). En 2017 ingresaron al Sistema Educativo Nacional a través del trabajo de las UDAI 1.318 personas con discapacidad.

108 instituciones de Educación Especializada fiscales en todo el país atienden a estudiantes con discapacidad visual o auditiva, motora, intelectual, con trastornos del espectro autista y multi discapacidad. 7.101 instituciones ordinarias inclusivas en nivel nacional realizan adaptaciones curriculares y aplican metodologías inclusivas para la educación de la población con discapacidad.

En 2018 se capacitó a 250 docentes en estrategias de educación inclusiva y desarrollo sostenible, los mismos que serán tutores y replicarán la capacitación a 5.000 docentes de instituciones educativas ordinarias inclusivas.

El MINEDUC desarrolló el Modelo Nacional de Gestión y Atención para estudiantes con necesidades educativas especiales asociadas a la discapacidad de las instituciones de educación especializadas, a partir del cual se han establecido dos tipos de servicios, instituciones educativas inclusivas o instituciones de educación especializada que brindan servicio educativo a estudiantes con necesidades educativas especiales asociadas a la discapacidad; y, aulas inclusivas o especializadas que forman parte de instituciones educativas ordinarias.

El “Modelo de Educación Bilingüe Bicultural para Personas con Discapacidad Auditiva” permite definir los procedimientos sobre procesos pedagógicos, planificación institucional, evaluación y promoción de los estudiantes con necesidades educativas asociadas a la discapacidad auditiva.

En 2016 se elaboró el “Modelo Nacional de Gestión y Atención Educativa Hospitalaria y Domiciliaria” , con el objetivo de “brindar atención educativa para que los niños y adolescentes puedan superar los retrasos académicos que sufren en el proceso de aprendizaje debido a las largas estancias hospitalarias”. Este Modelo ha ampliado la oferta en los hospitales y Casas de Acogida y Tratamiento de la Red Pública Integral de Salud y Red Complementaria como una política pública que reconoce a los estudiantes en situación de mayor vulnerabilidad.

Hasta 2018, 60 hospitales, 5 Centros Especializados en Tratamiento de Adicciones al Alcohol y otras Drogas (CETD), 1 Casa de Acogida y 1 Instituto Psiquiátrico cuentan con el Programa de Atención Educativa Hospitalaria y Domiciliaria.

L.Respuestas al párrafo 15

Acceso al empleo formal

La Agenda Nacional para la Igualdad de Mujeres y Personas LGBTI 2018-2021, en el Eje N° 2 sobre Sostenibilidad de la Vida, incluye la redistribución del trabajo de cuidado, pues las mujeres mantienen, de manera casi exclusiva, las responsabilidades domésticas y de cuidado, lo que limita el ejercicio de sus derechos económicos.

La Ley Orgánica para la Justicia Laboral y reconocimiento del Trabajo en el Hogar, expedida el 9 de octubre de 2017, establece en su artículo 18 sanciones debido a despido por discriminación: “En caso de despido por discriminación que afecte al trabajador por su condición de adulto mayor o por su orientación sexual, entre otros casos de discriminación, el trabajador tendrá derecho a la indemnización adicional de un año, pero no tendrá derecho de reintegro”.

Desde 2017 el CNIG acompaña el proceso que lidera el MDT con la asesoría del PNUD, para crear el Sello de Equidad de Género en el Trabajo, que es un reconocimiento que otorga el Comité del Sello (conformado por entidades públicas y privadas) a las empresas u organizaciones que de manera voluntaria se comprometan a trabajar con excelencia por la igualdad de género.

Seguridad Social

En el Ecuador se implementó la afiliación voluntaria al Sistema de Seguridad Social, que se aplica a cualquier trabajador/a sin relación de dependencia o independientes (incluyendo el sector informal), así como para ecuatorianas/os que viven en el extranjero. Se paga el 20,5% de la base de aportación o salario que perciba.

En la Resolución 516 del Consejo Directivo del IESS, se desarrolla la reglamentación de los aportantes voluntarios tanto en el territorio nacional como en el exterior; donde además se establecen los beneficios de los afiliados, tales como pensiones (vejez, invalidez, montepío); auxilio de funerales, salud en territorio nacional, cobertura de salud para los hijos e hijas menores de 18 años, cobertura de salud para el cónyuge pagando un porcentaje adicional del 3.41%, y préstamos hipotecarios. La base para la aportación del afiliado o afiliada, corresponderá al valor mensual que el afiliado/a establezca en su solicitud que, en ningún caso, podrá ser inferior al salario básico unificado fijado por el MDT (cuadro 7).

A diciembre de 2019, se registran 234.868 Trabajadoras No Remuneradas del Hogar (TNRH) afiliadas al Sistema de Seguridad Social del IESS, con una tasa de crecimiento anual promedio de 30,5% a partir de 2015. En el caso de las mujeres afiliadas en el sector privado, se cuentan 786.466 a diciembre de 2019, implica un crecimiento anual promedio de -0,1%, mientras que en el sector público se tiene una tasa de crecimiento de 1,6%, es decir 333.167 afiliadas.

Según los datos de la Encuesta Nacional de Empleo, Desempleo y Subempleo (ENEMDU), la tasa de participación global de las mujeres en el período 2011-2017, oscila entre el 47,8% y el 55,6%; mientras que para los hombres es del 78,3% y el 80,6% respectivamente.

La inserción en el mercado laboral para las mujeres, depende en mayor medida del nivel de educación; en el año 2015 hay un 26.4% de mujeres con educación superior dentro de la PEA ocupada, frente a un 18.3 % de hombres en igual condición. En el área urbana, la tendencia se mantiene con 33.6% para las mujeres frente al 24.8% de los hombres. Análogamente, en el área rural los hombres representan el 6.67% y las mujeres el 10.01%.

Con el fin de promover el trabajo entre la población más joven, entre ellas las mujeres, en marzo de 2016, se publicó la Ley Orgánica para la Promoción del Trabajo Juvenil, Regulación Excepcional de la Jornada de Trabajo, Cesantía y Seguro de Desempleo, mediante la cual se hacen cambios a la legislación laboral para favorecer el empleo para mujeres y hombres jóvenes, principalmente en el sector privado (pago de estipendio y afiliación a la seguridad social, contrato de trabajo juvenil, entre otros).

Complementariamente, el MDT lleva adelante dos proyectos, el primero conocido como MI PRIMER EMPLEO, cuyo objetivo principal es dar oportunidad de realizar pasantías pre-profesionales en entidades públicas o privadas a jóvenes estudiantes universitarios. En los años 2108 y 2019, la mayoría de pasantes fueron mujeres.

El segundo proyecto denominado “Empleo Joven” inició el 25 de octubre de 2018, con el objetivo de motivar al sector privado a la creación de nuevas vacantes mediante el reembolso de incentivos. Al 22 de enero de 2020 se registra 3.788 hombres y 2.106 mujeres jóvenes colocados a través del Proyecto Empleo Joven (entre 18 y 26 años de edad).

El Estado ecuatoriano cuenta desde 1966, con el Servicio Ecuatoriano de Capacitación Profesional (SECAP). Desde el año 2015, las mujeres registran una mayor participación que los hombres. (cuadro 8).

Trabajadoras remuneradas del hogar

El 18 de diciembre de 2013, el Gobierno del Ecuador ratificó el Convenio 189 de OIT sobre las trabajadoras y los trabajadores domésticos, convirtiéndose en el undécimo Estado miembro de OIT y el quinto Estado de América Latina en ratificarlo, con el propósito de mejorar las condiciones de vida y de trabajo de las trabajadoras domésticas.

En noviembre de 2018, el Estado ecuatoriano estableció la Mesa Interinstitucional de Apoyo a los Derechos de las Trabajadoras Remuneradas del Hogar, con la participación de la Unión Nacional de Trabajadoras del Hogar y Afines (UNTHA), el Sindicato Nacional Único de Trabajadoras Remuneradas del Hogar (SINUTRHE), la Confederación Ecuatoriana de Organizaciones Sindicales Libres (CEOSL), la Universidad Andina Simón Bolívar (UASB), CARE Ecuador - Programa Igual Valor, Iguales Derechos, ONU Mujeres, MDT y el CNIG, institución que coordina la Mesa.

Vigilancia y prevención del hostigamiento sexual en el ámbito laboral

El 9 de octubre de 2017, se emite la Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica del Servicio Público y al Código del Trabajo para Prevenir el Acoso Laboral.

En el marco de las acciones de la Mesa Interinstitucional de Apoyo a los Derechos de las Trabajadoras Remuneradas del Hogar, se llevó adelante un proceso para promover la suscripción del Convenio sobre la Eliminación de la Violencia y el Acoso en el Mundo del Trabajo, Convenio 190 y la Recomendación 260 de OIT, por parte del Estado ecuatoriano.

Complementariamente, en marzo de 2019, esta Mesa Interinstitucional elabora las “Rutas de Atención para trabajadoras remuneradas del hogar (TRH) en caso de enfrentar situaciones de violencia y acoso en el ámbito laboral”, en la cual se describen los pasos para acceder a la justicia, se señala las instancias, las medidas de protección y otros recursos disponibles para enfrentar situaciones de violencia.

El MREMH, con el apoyo de ONU Mujeres, expidió mediante Acuerdo Ministerial 106, el 6 de agosto de 2019, el “Protocolo Interno para la Prevención, Actuación y Eliminación de todas las formas de Acoso u Hostigamiento Laboral con Connotación Sexual”.

La STPTV y la GIZ implementan el proceso de “Certificación de espacios libres de violencia”. En este marco, hasta junio de 2020 han aprobado el curso on line de certificación 42.598 funcionarios/as de 54 instituciones del sector público central (46,22% mujeres y 53.78% hombres). En el caso de gobiernos municipales, hasta el 15 de junio de 2020, se han certificado 1.195 mujeres y 915 hombres que trabajan en los GADs.

M.Respuestas al párrafo 16

Guía Práctica Clínica para el aborto terapéutico

El MSP brinda atención oportuna, integral y de calidad a las mujeres en situación de aborto terapéutico o por violación en caso de discapacidad mental. Para ello, se expidió la “Guía Práctica Clínica de Atención del aborto terapéutico” (2015), con el fin de brindar atención, diagnóstico, evaluación y tratamiento oportuno del aborto terapéutico, que contribuya a disminuir la morbimortalidad materna en Ecuador y a mejorar la atención de la salud de las mujeres en estas condiciones, de enero a julio del año 2020, se registra un total de 74 atenciones por violencia sexual, y 13 atenciones de embarazos terminado en aborto.

Las razones contempladas en la legislación ecuatoriana para que un aborto pueda ser considerado como terapéutico se encuentran en el COIP (artículo 150) .

El 4 de agosto de 2017, mediante memorando No. MSP-2017-0790-M, la máxima autoridad del Ministerio de Salud recordó al personal médico la obligación de brindar atención oportuna a las mujeres que lleguen con procesos de aborto en curso o con consecuencias de abortos ya realizados. Enero-diciembre del 2019, se han realizado: 25.327 atenciones, de Enero-Julio de 2020 se han realizado: 7777 atenciones.

En el mismo documento se hace referencia también a la violencia contra las mujeres y al rol del personal de salud en estos casos, manifestando que “tiene la obligación de denunciar cuando la paciente atendida, haya sido víctima de un delito y requiera protección para evitar la repetición del mismo, por ejemplo, en casos de violencia y violencia sexual”. Finalmente, se resalta el resguardo de la confidencialidad de los pacientes.

Confidencialidad en servicios de salud de derechos sexuales y reproductivos

En 2014 el MSP expidió el “Reglamento para el Manejo de la Información Confidencial en el Sistema Nacional de Salud”, en su Artículo 27, dispone que: “ Sólo podrán acceder a los datos de identificación de los usuarios el personal inmerso en la cadena sanitaria que requiera conocerlos, , en definitiva, en actividades que por su naturaleza manejen dicha información”. Durante el año 2019, se capacitaron 80 profesionales de salud en la Guía de aborto terapéutico y secreto profesional.

Es preciso indicar que, el MSP brinda atención efectiva incluyendo un adecuado proceso de referencia desde los niveles inferiores para la atención de las complicaciones derivadas del aborto, en cumplimiento a la normativa vigente y en el marco de los derechos humanos. En el año 2018, se sensibilizaron a 800 profesionales y en el año 2019, se capacitaron a 21.285 profesionales de salud en derechos humanos.

Despenalización del aborto

En 2019 la Comisión de Justicia de la Asamblea Nacional emitió informe favorable frente a la despenalización del aborto por 4 causales: violación, violación incestuosa, inseminación no consentida y cuando el embrión o feto padezca una patología congénita adquirida. En el Pleno de la Asamblea Nacional, no se obtuvieron los votos suficientes para su aprobación. En el periodo de enero a junio de 2020, la atenciones a niñas de 10 a 14 años embarazadas es de 7.636; y de adolescentes embarazadas es de 142.781.

Incesto como causa del embarazo infantil

El COIP no considera el incesto como delito, sin embargo, penaliza la violación, cuya pena máxima está vinculada con algunos agravantes, entre ellos : “la o el agresor es tutora o tutor, representante legal, curadora o curador o cualquier persona del entorno íntimo de la familia o del entorno de la víctima, ministro de culto o profesional de la educación o de la salud o cualquier persona que tenga el deber de custodia sobre la víctima” .

En 2019, tras las reformas al COIP, se incluye la tipificación de la violación incestuosa, el artículo 171.1: “La persona que viole a un pariente que sea ascendiente, descendiente o colateral hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad , será sancionada con el máximo de la pena privativa de libertad prevista en el artículo anterior. Si se produce la muerte de la víctima se sancionará con pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años” . En el Registro Diario Automatizado de Consultas y Atenciones Ambulatorias (RDACAA) y la Plataforma de Registro de Atención (PRAS) del MSP, para el periodo de enero a junio de 2020, hay 1.724 atenciones a niñas menores de 14 años, víctimas de violencia sexual, sin embargo, no se precisa si son producto o no de incesto.

Acceso a métodos anticonceptivos e información sobre salud sexual y reproductiva

En 2017 el Ecuador construyó el “Plan Nacional de Salud Sexual y Salud Reproductiva 2017-2021”. Se cuenta además con la “Política Intersectorial de Prevención del Embarazo en Niñas y Adolescentes Ecuador 2018-2025 (PIPENA)”, cuyo objetivo principal es contribuir a que las y los adolescentes accedan de manera universal a información, educación incluyendo educación integral de la sexualidad, servicios de salud sexual y salud reproductiva, para la toma de decisiones libres, responsables y saludables sobre su sexualidad y reproducción.

Cifras de atenciones a mujeres en temas de acceso a métodos anticonceptivos, consultas preventivas, desglosado por edades

Niñas

Adolescentes

Jóvenes

Adultas

10-14 años

15-19 años

20-29 años

30 años a más

Año 2019

22.922

132.283

346.030

196.183

Año 2020 (enero-junio)

7.111

42.303

119.817

70.211

Total

30.033

174.586

465.847

266.394

Fuente: Estadística del Ministerio de Salud

Elaborado por: MSP

Para el periodo enero a junio de 2020 se registró un total de 21 consultas preventivas de planificación familiar, relacionadas con Anticoncepción oral de emergencia. Además, MSP tiene una línea de asesoría telefónica gratuita y confidencial 171 opción 2, para dar asesoría a la ciudadanía en general incluidos los adolescentes, en el periodo de enero a julio de 2020 se registró un total de 4780 llamadas. Del total de llamadas, 39 fueron realizadas por niños/as de 10 a 14 años y 595 fueron realizadas por adolescentes de 15 a 19 años.

Código Orgánico de Salud

El Código Orgánico de la Salud (CONASA) es una propuesta de norma cuya construcción inició en el año 2012 en la Asamblea Nacional. El debate continúa en la Función Legislativa.

El MSP expidió el Manual del Modelo de Atención Integral del Sistema Nacional de Salud Familiar Comunitario e Intercultural (MAIS-FCI); en el que reconoce a los determinantes de la salud como el conjunto de procesos que tiene el potencial para generar protección o daño para la salud individual y colectiva; además reconoce la existencia de determinantes conductuales, ambientales, biológicos y sociales.

Parto culturalmente adecuado

El MSP implementa la atención del parto respetuoso, en libre posición y con pertinencia cultural desde 2008, con base en la “Guía Técnica para la Atención del Parto Culturalmente adecuado”. (ver cuadro 9).

Se actualizó la “Guía de Especificaciones Técnicas para Unidades de Trabajo de Parto y Recuperación (UTPRS)” al Instructivo de "Especificaciones técnicas para el área de atención de parto" , como una normativa de carácter obligatorio en todos los establecimientos de salud de Primer y Segundo Nivel de Atención del MSP que atienden partos, con el fin de adecuar los servicios de atención de parto adaptándolos a las necesidades de la población, tomando en cuenta sus costumbres y tradiciones culturales, mediante instrumentos técnicos y normativos que garanticen un proceso apropiado.

Desde el MSP se realizaron procesos de certificación de parteras ancestrales vinculadas con el Sistema Nacional de Salud. 1.434 parteras se encuentran articuladas con el MSP, 957 están legitimadas por su comunidad y 95 han recibido la certificación de acuerdo con el “Manual de Articulación de Parteras Ancestrales con el Sistema Nacional de Salud”.

N.Respuestas al párrafo 17

En 2019 el MIES entregó 31.310 créditos de Desarrollo Humano a mujeres, USD 32.252.710. El 49% de las mujeres que acceden al crédito son mestizas, el 19% indígenas y el 11% montubias. El 68,8% de las usuarias se dedican a actividades agropecuarias y el 55,6% tienen entre 30 a 45 años. Además, 36.978 mujeres accedieron a procesos de capacitación a través de las Escuelas de Inclusión Económica, para generar o fortalecer su emprendimiento productivo,.

En 2019 el Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social del Ecuador (BIESS) produjo dos campañas con el fin de incrementar los créditos para mujeres: "Para ti Mujer" y "Gracias Mamá", desarrolladas en 2019.

Según datos del BIESS, de 2010 a 2019 se registra un aumento del 4% en la concesión de préstamos quirografarios a mujeres, destinados al pago de deudas, gasto en salud y educación y una parte importante para compra de enceres domésticos. Estos préstamos son otorgados mayoritariamente a mujeres entre 40 y 60 años, seguidas por mujeres de entre 60 y 80 años. (ver cuadro 10).

El Instituto Nacional de Economía Popular y Solidaria (IEPS) tiene como objeto fomentar y promover las condiciones de vida de las personas y organizaciones sujetas a la Ley Orgánica de la Economía Popular y Solidaria, mismo que contiene componentes de género.

En 2019 accedieron 480 mujeres a créditos solidarios en el sistema de Economía Popular y Solidaria (EPS). Con el Proyecto de Fortalecimiento de los Actores Rurales de la Economía Popular y Solidaria (FAREPS), en 2019, se capacitó a 800 socios de las Organizaciones sobre desarrollo organizativo, financiero y técnico, el 40% fueron mujeres.

Banecuador, impulsa la inclusión, la asociatividad y la mejora de la calidad de vida de los micro, pequeños y medianos empresarios, principalmente de agro negocios, comercio y servicios de los sectores rural y urbano popular y a grupos menos favorecidos, mediante la prestación de servicios financieros con enfoque social. Entre mayo de 2016 y enero de 2020 se han entregado USD 1.189.363.271,21 para emprendimientos de mujeres en todo el país.

El Banco Central del Ecuador (BCE), que tiene bajo su competencia el control del régimen monetario nacional y el registro del otorgamiento de créditos y beneficiarios, informa que en 2018 se registró un total de 6.8 millones de clientes en el Sistema Financiero Nacional, de los cuales el 16.1% corresponde a mujeres (1'094.189). Esto representó un incremento de 250.919 mujeres en relación con 2017.

O.Respuestas al párrafo 18

El Ministerio de Agricultura (MAG), ha realizado la entrega de predios rurales en 12 provincias, beneficiando a 1.810 mujeres afrodescendientes, mestizas, montubias e indígenas, de entre 18 y 65 años de edad, pertenecientes a diferentes organizaciones sociales.

En marzo del 2019 el MAG desarrolló la “Estrategia Nacional Agropecuaria para Mujeres Rurales (ENAMR)”, como herramienta para el empoderamiento de las mujeres rurales en la Agricultura Familiar Campesina. La Estrategia se elaboró a partir de un proceso participativo de levantamiento de la problemática traducida a brechas y barreras a las que se enfrentan las mujeres del sector agropecuario y que puede ser abordada a través de políticas y acciones diferenciadas, así como la validación de una agenda común, con el apoyo del Programa Mundial de Alimentos (PMA), de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) y ONU Mujeres.

P.Respuestas al párrafo 19

De acuerdo al ordenamiento constitucional ecuatoriano, existen tres tipos de consulta: a) la consulta pre legislativa implica consultar a los pueblos y nacionalidades indígenas cuando la tarea legislativa pueda afectar los derechos de este segmento de la población (Artículo 57 numeral 17; b) la consulta previa, cuando se refiere a los actos administrativos del Estado en virtud de realizar labores de exploración o explotación de los recursos naturales (Artículo 57 numeral 7); y, c) la consulta ambiental que es independiente de los pueblos y nacionalidades. (Artículo 298).

El 20 de febrero de 2019 la Defensoría del Pueblo emitió la Resolución No. 021-DPE-DD-2019, que crea y regula un sistema de vigilancia del debido proceso en los casos en los que se recurra a la consulta previa, libre, informada, de buena fe y de la consulta ambiental.

En noviembre de 2018 se suscribió un Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda (MIDUVI), EPCPT y Petroamazonas-EP para la construcción de viviendas unifamiliares en beneficio de las comunidades rurales de la Provincia de Orellana. Igualmente, Petroamazonas-EP, a través de su programa de relaciones comunitarias, ha implementado proyectos de mejoramiento de infraestructura educativa, recreativa, de saneamiento.

El MAE, a través del Programa de Reparación Ambiental y Social (PRAS), implementa mecanismos, instrumentos y estrategias para la reparación integral de las pérdidas del patrimonio natural y las condiciones de vida de la población, a fin de garantizar el derecho individual y colectivo a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, como lo establece el Código Orgánico Ambiental –COA y su Reglamento.

Q.Respuestas al párrafo 20

De acuerdo con lo establecido en la Constitución de la República del Ecuador, en el Artículo 9 “las personas extranjeras que se encuentren en el territorio ecuatoriano tendrán los mismos derechos y deberes que las ecuatorianas…”, por lo que, el Estado ecuatoriano garantiza el ejercicio pleno de sus derechos.

El Ecuador ha ratificado los ocho principales instrumentos de Derechos Humanos, así como todos los instrumentos internacionales de protección de los derechos de las personas en movilidad humana. De igual manera, el Plan Nacional de Desarrollo “Toda Una Vida” 2017-2021, establece como prioridad proteger y promover los derechos de las personas en situación de movilidad humana en el territorio nacional y en el exterior con un enfoque de género. De igual manera, a partir de la entrada en vigencia de la Ley Orgánica para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las mujeres, en 2018, se destacan acciones a favor de las mujeres víctimas de violencia y en necesidad de atención psicosocial y legal.

El 6 de febrero de 2017 entró en vigor la Ley Orgánica de Movilidad Humana (LOMH) y su Reglamento, normativa que garantiza de forma integral los preceptos constitucionales sobre los derechos y obligaciones respecto al reconocimiento, atención y protección a las personas en movilidad humana. Mediante Acuerdo Ministerial No.907, de 16 de febrero de 2018, el MDG otorgó un plazo para que los extranjeros que se encontraran en situación migratoria irregular en territorio ecuatoriano, pudieran regularizarse sin tener que pagar las multas por faltas migratorias; oportunidad para que mujeres extranjeras en movilidad humana obtuvieran una visa de residencia temporal o permanente en Ecuador y pudieran acceder a educación superior, trabajo y otros.

El 25 de julio de 2019, la Presidencia de la República emitió el Decreto Ejecutivo No. 826, por el cual se estableció el “ Protocolo para el Procesamiento y Concesión de Visados de Residencia Temporal de Excepción por Razones Humanitarias en favor de niños, niñas y adolescentes de nacionalidad venezolana durante la regularización para ciudadanas y ciudadanos venezolanos” . Igualmente, el Estado ecuatoriano dispuso la eliminación de la exigencia del certificado de antecedentes penales para niños, niñas y adolescentes que ingresen al Ecuador.

De acuerdo al reporte del Sistema de Registro Migratorio de Ciudadanos Venezolanos del Ministerio de Gobierno, hasta el 11 de agosto de 2020, se tiene que el 75,4 % de ciudadanos venezolanos que ingresaron al Ecuador, pertenecen al grupo etario entre 18 a 55 años de edad (grupo poblacional económicamente activo), el 18,6% corresponde al grupo etario de 0-17 años y el 5% corresponde a ciudadanos venezolanos de más de 56 años de edad. El 50,9 % pertenece al sexo femenino y el 49,1 % al sexo masculino. Como parte de estas acciones enfocadas a mujeres en movilidad humana se detallan las siguientes:

Prevención de la discriminación

El Estado ecuatoriano está comprometido en promover acciones para prevenir todo tipo de discriminación, entre ellas la xenofobia, como un medio para garantizar la inclusión social. Desde el 2016, se han venido llevando a cabo campañas anuales llegando a capacitar a 86.093 personas para prevenir la discriminación y la xenofobia dentro del sistema educativo nacional. Estas campañas incluyen a estudiantes, padres y docentes. De igual forma, la Cancillería ecuatoriana durante este año se encuentra ejecutando el Proyecto "Campaña de Prevención y Sensibilización contra todas las formas de Discriminación" (también conocida como “UN SOLO RUMBO”), cuyo objetivo es promover el respeto, la inclusión y los derechos de la población extranjera en el Ecuador.

Servicios sociales del MIE

Entre enero 2019 al 31 de julio de 2020, el MIES ha brindado 119.418 atenciones en frontera y ciudades de acogida. Se ha dado atención prioritaria a NNAs no acompañados que incluyen: atenciones en espacios amigables, atenciones en carpas de descanso, asistencia humanitaria, atenciones de familias radicadas, atenciones mediante el Protocolo de Protección Especial para NNA en contextos de movilidad humana, todo esto con un costo referencial anual de $ 1.336.610. Adicionalmente, con Acuerdo Interministerial No. 0000006, de 18 de marzo de 2020, se estableció el Procedimiento para la regularización de personas extranjeras, padres de niños, niñas o adolescentes ecuatorianos-NNAs, que no han registrado su ingreso a través de los puntos de control migratorio oficiales.

Salud

Durante el 2019, se brindaron 509.258 atenciones a ciudadanos venezolanos con un costo anual referencial de $45.267.290,81. En el contexto de la pandemia se han registrado 935 casos confirmados de extranjeros contagiados por COVID-19, de los cuales 521 son de nacionalidad venezolana (55,7%), todos estos casos recibieron atención de salud a través del sistema público (corte 26 septiembre/2020).

Educación

Durante el ciclo educativo 2019 – 2020 accedieron al sistema educativo público ecuatoriano un total de 69.241 estudiantes de nacionalidad extranjera de los cuales 50.097 son venezolanos (72%). El costo referencial anual de este servicio asciende a $37.121.493,55.

Trata de personas y tráfico ilícito de migrantes

Para la lucha contra estos delitos transnacionales el Gobierno nacional ha instituido el Comité Interinstitucional de Coordinación para la Prevención de Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes, y Protección a sus Víctimas, y ha diseñado un Plan de Acción contra la Trata de Personas en el Ecuador (PACTA) 2019 – 2030. En el Plan, se formuló un claro diagnóstico de la situación país en este tema y se trabajó el marco estratégico de análisis de la problemática y proposición de líneas de acción en distintos niveles. Cabe destacar que el 3% del total de las víctimas rescatadas (579 víctimas desde el año 2017) son de nacionalidad venezolana.

Espacios con la sociedad civil

El Estado ecuatoriano ha implementado acciones como las Mesas Nacionales de Movilidad Humana (Nacional, intersectoriales y zonales), que se constituyen como un mecanismo de diálogo para la identificación de necesidades, socialización de políticas públicas y coordinación de acciones. Este mecanismo ha sido implementado desde el 2018 e incluye la participación de instituciones estatales del Ejecutivo, GADs, academia, sociedad civil, organismos internacionales, entre otros. Estas Mesas se realizan actualmente de manera bimensual.

Cooperación internacional

El actual contexto provocado por la pandemia COVID-19, el Estado ecuatoriano realiza mayores esfuerzos en la gestión de nuevos recursos financieros que puedan ser canalizados para el fortalecimiento de la oferta de servicios para las mujeres migrantes y se encuentra priorizando programas de atención con enfoque de género a favor de mujeres y niñas, adolescentes migrantes para su inclusión y reducción de vulnerabilidades. En consecuencia, algunos cooperantes como Canadá, Francia, EEUU y ONGs como CARE, HIAS y otros miembros de la Plataforma R4V han otorgado recursos no reembolsables y reembolsables para proyectos de este tipo.

La Defensoría Pública (DP) con el objeto de fortalecer las capacidades técnicas de litigio de las defensoras y defensores públicos, firmó un convenio de cooperación con el Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), para contar con apoyo técnico sobre procesos migratorios y defensa de derechos humanos. En este contexto se emitió el primer “Instructivo de Atención de causas para Personas en situación de Movilidad Humana sometidos a audiencia de deportación” , donde se establecen los pasos a seguir en los distintos casos que atiende la DP referentes a movilidad humana y refugio, con el objetivo de estandarizar y establecer presupuestos mínimos de defensa en los procesos de deportación.

Desde 2016, en Quito y Guayaquil, se cuenta con un/a defensor/a especializado/a para la prestación del servicio legal gratuito a personas en condición de movilidad humana, mientras que en las otras provincias se brinda el servicio con defensores/as multi-competentes.

En febrero de 2017, la DP, en cumplimiento de la Disposición transitoria Segunda de la LOMH, expidió el “Instructivo para la atención a personas en movilidad humana y necesidad de protección internacional en el proceso de determinación de la condición de refugiado y procesos de regularización migratoria”, que normó el servicio legal que brinda esa institución a personas en movilidad humana que desean tramitar un visado en Ecuador o busquen la protección del Estado ecuatoriano a través del refugio.

La DP brinda servicios gratuitos de asesoramiento y patrocinio legal en casos de refugio, apátrida, inadmisión, deportación y regularización migratoria

En junio de 2020, se suscribió con los representantes de ACNUR, ONU Mujeres, UNICEF y de la Cancillería de Colombia, el instrumento de extensión por seis meses del proyecto “Fortalecimiento de capacidades institucionales para la protección de niñas, niños, adolescentes y jóvenes de la zona transfronteriza Colombia-Ecuador, afectadas por la violencia y el conflicto armado”. Se ejecuta desde enero de 2019 con recursos del Fondo de Consolidación de la Paz de la ONU, con enfoque de género, de derechos humanos y movilidad humana. Cabe destacar que en la ANIMH 2017-2021 se incluyen acciones de política pública enfocadas en asegurar el acceso a los servicios de salud de emergencia de las personas en movilidad humana.

Por otra parte, en el caso del Ecuador, en 2019 continuó la ejecución del Proyecto de Prevención de la Migración Riesgosa en Adolescentes ecuatorianos (Segunda Etapa), que alcanzó a 30.000 personas en nivel nacional. El objetivo del proyecto es sensibilizar a las y los adolescentes de los novenos y décimos años de educación general básica de cantones y parroquias con mayor índice de migración riesgosa, sobre los peligros y formas de violencia de la migración indocumentada.

Dentro de sus competencias, el MREMH mantiene vigente el registro, así como un protocolo para los procesos de determinación de la condición de migrantes. Mediante el programa “Escuela de Familias”, en 2019, cerca de 6.500 familias de la Provincia del Carchi (frontera norte con Colombia) participaron en el primer módulo de capacitación denominado “Derecho a Tener Derechos”.

R.Respuestas al párrafo 21

Matrimonio infantil

En 2015, la Asamblea Nacional aprobó la Ley Reformatoria al Código Civil, que en su artículo 3 dispuso la reforma del artículo 83, estableciendo: “Las personas que no hubieren cumplido dieciocho años no podrán casarse”, con lo que el Estado ecuatoriano cumple con las observaciones del Comité de derogar el matrimonio infantil en el Ecuador. Administración de bienes gananciales

Antes de 2015, el Código Civil establecía que las personas unidas en vínculo matrimonial no tenían la obligación de estipular quién de los dos había de administrar los bienes de la sociedad conyugal y “si no se determinaba en el acta de matrimonio, se presumirá que el administrador es el marido”. La Ley Reformatoria al Código Civil (2015) deroga el numeral 3 del artículo 102 del Código Civil y establece como requisito esencial para la validez del matrimonio “La expresión libre y espontánea del consentimiento de los contrayentes y la determinación obligatoria de quien administrará la sociedad conyugal”, con lo que se cumple con la recomendación del Comité de derogar la disposición que designa al esposo como administrador de los bienes gananciales.

S.Respuestas al párrafo 22

Administración de bienes de la sociedad conyugal

Conforme a lo indicado en el numeral anterior, se incluye el “inventario de bienes de sociedad conyugal”, según lo establece el “Régimen Económico Matrimonial de la Sociedad Conyugal Ecuatoriana”.

En cuanto a la cuestión de pensiones alimenticias, la Función Judicial ha implementado el “Sistema Único de Pensiones Alimenticias (SUPA)”, donde el CJ se encarga de garantizar el adecuado y oportuno proceso de recaudación y pago de pensiones alimenticias.

T.Respuestas al párrafo 23

Violencia contra niños, niñas y adolescentes

La Constitución de la República del Ecuador, en el artículo 46, numeral 4, consagra el derecho a protección y atención a los menores contra todo tipo de violencia, maltrato, explotación sexual o de cualquier otra índole, o contra la negligencia que provoque tales situaciones.

Según el artículo 67 del Código de la Niñez y Adolescencia se entiende por maltrato “toda conducta, de acción u omisión, que provoque o pueda provocar daño a la integridad o salud física, psicológica o sexual de un niño, niña o adolescente, por parte de cualquier persona, incluidos sus progenitores, otros parientes, educadores y personas a cargo de su cuidado, cualquiera sea el medio utilizado para el efecto, sus consecuencias y el tiempo necesario para la recuperación de la víctima”.

En diciembre de 2017, en el marco de una visita oficial de los miembros del Comité de los Derechos del Niño al Ecuador y en concordancia con las observaciones al último informe presentado por el Estado ecuatoriano ante dicho Comité, la Vicepresidencia de la República propuso la elaboración de un “Pacto con niños, niñas y adolescentes” a nivel nacional, con el objetivo de concienciar a la población sobre los derechos humanos de niños, niñas y adolescentes; aplicar políticas públicas con estándares de derechos humanos; consolidar los avances, superar las brechas existentes en el ejercicio de sus derechos y mitigar los impactos de las distintas formas de violencia; convocar a la sociedad política y a la sociedad civil a resignificar el paradigma de niñez y adolescencia para su plena participación; proteger de manera absoluta la inversión en la niñez y adolescencia; y, evitar que los cambios macro-económicos incidan en la vigencia de sus derechos.

Subsecuentemente, en febrero de 2018, el Ecuador realizó un referéndum y consulta popular, en el que, entre otros temas, se preguntó a la ciudadanía acerca de la conveniencia de enmendar la Constitución para que nunca prescriban los delitos sexuales en contra de niñas, niños y adolescentes. La ciudadanía se pronunció a favor de dicha reforma (73,53% de los votos válidos).

Como medidas de sensibilización y capacitación respecto de las buenas prácticas parentales, el MIES diseñó el programa de parentalidades positivas denominado "Creciendo en Familias: Crianza Positiva" a fin de llegar a 433.059 familias. En cuanto a la estrategia de prevención y erradicación del trabajo infantil, el MIES elaboró y aprobó en 2019 el “Modelo de Gestión para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil”, que cuenta con una Norma Técnica para los Servicios de Erradicación del Trabajo Infantil. En este contexto, se atendió a 10.870 niñas, niños y adolescentes en trabajo infantil en todo el territorio nacional, en 142 unidades de atención. Para 2020, se ha planificado atender a 11.450 niñas, niños y adolescentes en trabajo infantil.

U.Respuestas al párrafo 24

El MAE, desarrolló la metodología para la integración del enfoque de género en la construcción de la Primera Contribución Nacional Determinada del Ecuador (NDC) y en su Plan de Implementación, con la asistencia técnica de ONU Mujeres. En el Plan de Acción se incorporaron metas correctivas de género, a través de dos programas específicos:

PROAmazonía: busca mejorar la situación y posición de las mujeres de la Amazonía ecuatoriana en los procesos socio ambientales para enfrentar el cambio climático, mediante la implementación de programas de mitigación y adaptación con metodologías validadas para la intervención desde una perspectiva de género. PROAmazonía tiene la asistencia técnica de ONU Mujeres-Ecuador, a través del proyecto “Incorporación del Enfoque de Género en PROAmazonía”.

FORECCSA:el proyecto tiene por objeto potenciar elempoderamiento de mujeres, niñas y adolescentes, mediante la implementación de medidas de adaptación para reducir la carga de trabajo de las mujeres, facilitar sus labores agrícolas, mejorar sus ingresos y su acceso a espacios de representación o decisión. Este programa se implementó con la asistencia técnica de ONU Mujeres.

El CNIG ha aportado con la capacitación a las y los funcionarios del MAE sobre género, lidera conjuntamente con el MAE la mesa de género y cambio climático. Se encuentra en proceso el Plan de Acción de Género y Cambio Climático y la construcción del sistema de información georreferenciado de género y cambio climático.

La Secretaría Nacional Técnica de Gestión de Riesgos (SNTGR) ha realizado siete talleres de sensibilización a los actores del Sistema Nacionalizado de Gestión de Riesgos (SNDGsR); el curso virtual "Prevención de la violencia basada en género" con 346 usuarios sensibilizados; y, la publicación del Manual de capacitación sobre la Violencia Basada en Género.

En respuesta al Mandato de las Mujeres Amazónicas, la DPE expidió la Resolución N°101-DPE-REV-EXP-2018, respecto de los hechos evidenciados por las mujeres amazónicas defensoras de la selva de las bases frente al extractivismo.

V.Respuestas al párrafo 25

El BCE, en coordinación con el Banco Mundial, se encuentra desarrollando la Estrategia Nacional de Inclusión Financiera, para mejorar el acceso y uso de los servicios financieros de calidad que generen el bienestar en la ciudadanía en general, incluyendo a mujeres de diferentes estratos sociales.

Los GADs han generado su propia normativa para dar cumplimiento efectivo a la LOIPEVM, con acompañamiento de la SDH.

En 2019 el GAD municipal de Riobamba aprobó la ordenanza No. 07-2019, dirigida a la "Prevención y Erradicación progresiva de la discriminación y violencia contra las mujeres en el cantón Riobamba".

En noviembre de 2019, el GAD del Municipio de Cayambe, aprobó la Ordenanza para implementar el Sistema Cantonal para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las mujeres, niñas, adolescentes, jóvenes, adultas y adultos mayores, en todas sus diversidades.

El GAD Municipal de Archidona ha capacitado a la Junta Cantonal de Protección de Derechos, así como a las tenencias políticas para otorgar medidas administrativas inmediatas de protección a mujeres víctimas de violencia de género; hasta el momento se han otorgado 264 medidas a 44 mujeres (noviembre 2018 a enero 2020).

En 2018 el GAD Municipal de Ibarra aprobó la “Ordenanza para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres y de Género en el Cantón”.

En enero de 2018, el GAD Municipal de Manta lanzó la “Agenda de Políticas Públicas para la protección de derechos de los grupos de atención prioritaria 2018-2023”. En junio de 2018, se aprobó la Ordenanza que crea la Junta Cantonal de Protección de Derechos de la Mujer, que tiene como finalidad generar mecanismos para brindar una atención integral a mujeres víctimas de violencia de género.

En abril de 2019, el GAD Municipal de Cuenca expidió la “Ordenanza para la Prevención, Atención Integral y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres en Cuenca”.