Página

Introducción

3

Artículo 1: Definición de discriminación contra la mujer

4

Artículo 2: Obligación de eliminar la discriminación contra la mujer

4

Artículo 3: avance de la mujer y garantía del ejercicio de los derechos humanos

8

Artículo 4: medidas de acción positiva

10

Artículo 5: roles y estereotipos de los sexos

11

Artículo 6: Trata y prostitución

14

Artículo 7. Participación política de la mujer. Eliminar la discriminación política y pública

17

Artículo 8. Representación y participación internacional

19

Artículo 9. Nacionalidad

22

Artículo 10. Educación

22

Artículo 11. Empleo

25

Artículo 12. Salud

30

Artículo 13. beneficios sociales y económicos

33

Artículo 14. mujeres rurales

36

Artículo 15 y 16. igualdad en el derecho civil

38

Apartado adicional sobre exclusión

39

Apartado adicional sobre violencia contra las mujeres

42

Anexos***

* ** Los anexos del presente documento pueden consultarse en los archivos de la secretaría.

Introducción

La Convención para la Eliminación de Todas las formas de Discriminación contra la Mujer, adoptada en Nueva York el 18 de diciembre de 1979, fue ratificada por España el 16 de diciembre de 1983 y publicada en el Boletín Oficial del Estado el 21 de marzo de 1984. La ratificación se realizó con una reserva, que se mantiene en la actualidad: la ratificación por España de la Convención no afectará a las disposiciones constitucionales en materia de sucesión a la Corona.

Desde la fecha de su publicación, este Tratado forma parte del ordenamiento jurídico nacional, tal y como proclama el artículo 96.1 de la Constitución Española de 1978 y el artículo 1.5 del Código Civil. De acuerdo con el artículo 18 de la Convención, España ha presentado informes en 1985, 1989, 1995, 1998, 2002 y 2008. El último informe, presentado en 2008, se defendió ante el Comité en julio de 2009 incluyendo la información correspondiente hasta el año 2007, por lo que este doble Informe que ahora se presenta abarca el periodo comprendido entre 2008 y 2013. Respecto a este último año, se ha incorporado la información disponible hasta la fecha.

En el presente informe se presentan los avances conseguidos en materia de igualdad entre mujeres y hombres en relación con los mandatos contenidos en el texto de la Convención, en el marco de la legislación y políticas de la Unión Europea. Igualmente, el presente informe tiene en cuenta las Observaciones Finales realizadas por el Comité al VI informe presentado por España.

El informe se ha elaborado con arreglo a las “Directrices generales sobre la forma y contenido de los informes” y se estructura siguiendo el articulado de la Convención si bien se ha incorporado un capítulo exclusivamente dedicado a la violencia de género y otro a la exclusión social.

En relación con cada capítulo, se incorporan datos estadísticos relativos a la situación de las mujeres en el área correspondiente, las principales modificaciones que afectan al ordenamiento jurídico y la descripción de las políticas, programas y actuaciones más relevantes en cada ámbito.

Con respecto a los Objetivos de Desarrollo del Milenio, sobre los que el Comité solicitaba información en este informe, si bien no hay un apartado específico al respecto, puede encontrarse dicha información en los párrafos 47, 121 y 122 del presente informe, considerando además que tanto para la Ley 23/1998 de cooperación internacional para el desarrollo, así como en los sucesivos II, III y IV Planes Directores vigentes para este periodo se asume la CEDAW y la Plataforma de acción de Beijing como marcos de la referencia en la política de desarrollo.

Se incorporan a este Informe una serie de anexos: Anexo 1: Ampliación del Articulado; Anexo 2: Listado de Planes, Proyectos y Protocolos de la Administración General del Estado; Anexo 3: Listado de Jurisprudencia; y Anexo 4: Listado de Legislación.

También se incorporan aquellos Planes, Proyectos y Protocolos que figuran en el Anexo 2, así como una serie de fichas que han suministrado las 17 comunidades autónomas y las 2 ciudades autónomas con información relativa al ámbito de sus competencias.

Artículo 1: definición de discriminación contra la mujer

Como ya consta en los anteriores Informes de España al Comité, el marco general de la igualdad viene establecido en la Constitución de 1978, que recoge la igualdad como valor, como principio y como derecho, en los artículos 1, 9 y 14.

La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (en adelante LOIE), descrita con mayor detalle en el VI Informe, define en su articulado diferentes conceptos relativos al principio de igualdad o la discriminación directa e indirecta por razón de sexo, entre otros. [Ver Anejo I.1.]

La definición de la discriminación ha sido precisada por diversa jurisprudencia a través de las Sentencias del Tribunal Constitucional (STC), del Tribunal Supremo (STS) y de los Tribunales Superiores de Justicia de las Comunidades Autónomas (STSJ). Todos ellos han elaborado una doctrina precisa del significado de la igualdad y del derecho a la no discriminación por razón de sexo. De particular interés en el período abarcado por el presente informe resulta el desarrollo del concepto de discriminación indirecta, como elemento indisociable de la interdicción general de la discriminación contenida en el artículo 14 de la Constitución. [Ver Anejo I.2.]

En materia de Seguridad Social y acceso a las pensiones de jubilación de personas trabajadoras con contratos a tiempo parcial, también se ha emitido jurisprudencia específica al respecto. [Ver Anejo I.3.] Mediante Real Decreto-ley 11/2013, de 2 de agosto, para la protección de los trabajadores a tiempo parcial y otras medidas urgentes en el orden económico y social, se modifica el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, para adecuarla a la STC 61/2013, de 14 de marzo, respecto al cómputo de los periodos de carencia, para causar derecho a las prestaciones de Seguridad Social en el caso de los trabajadores contratados a tiempo parcial.

Por último, es preciso referirse a la jurisprudencia constitucional recaída en relación con el carácter agravado que tiene en nuestro ordenamiento el tratamiento penal de la violencia cuando la víctima sea mujer y cónyuge del agresor o esté ligada a él por una análoga relación de afectividad, bien en el momento de los hechos, bien con anterioridad. Este carácter agravado fue introducido en nuestro ordenamiento por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género [Ver Anejo I.4.]

Artículo 2: obligación de eliminar la discriminación contra la mujer

El marco jurídico general en el que se circunscribe la eliminación de la discriminación contra la mujer en España parte de la Constitución Española, la cual establece como uno de los valores superiores del ordenamiento jurídico el principio de igualdad a través de diversas vías: artículos 9.2, 14 y 32. [Ver Anejo II.1.]

Otros artículos como el 23.2 ó el 35.1 establecen la igualdad en ámbitos concretos (acceso a funciones y cargos públicos o en cuanto al deber y derecho a trabajar). Por otro lado, el artículo 66 del Código Civil establece, en materia de matrimonio, que “los cónyuges son iguales en derechos y deberes”.

Existe un claro marco jurídico que tiene como objetivo eliminar la discriminación contra la mujer. Recientemente se ha modificado la LOIE y el Texto refundido de la Ley de ordenación y supervisión de los seguros privados para dar cumplimiento a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 1 de marzo de 2011 (C-236/09 “Test-Achats”), según la cual no podrán existir diferencias en función del sexo en las primas y prestaciones de seguros. [Ver Anejo II.2.]

Además, la eliminación de toda discriminación figura en el Código Penal a través de los artículos 22.4 y 510. [Ver Anejo II.3.]

Durante el periodo al que se refiere el informe se ha modificado sucesivamente el rango político administrativo del cargo responsable de las políticas de Igualdad entre mujeres y hombres en España [Ver Anejo II.4.]

Desde el ámbito institucional, y con el propósito de difundir la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y de acuerdo con las recomendaciones del Comité, el Instituto de la Mujer ha llevado a cabo diversas iniciativas, como la edición de un folleto denominado “La igualdad nos interesa”, con el articulado de la misma, y que fue distribuido a asociaciones de mujeres, organizaciones relacionadas con la igualdad de oportunidades, Universidades, Comunidades Autónomas y entidades locales.

La LOIE creó una serie de mecanismos institucionales que se han ido desarrollando en la Administración General del Estado en este periodo; entre ellas las Unidades de Igualdad de los departamentos Ministeriales, que han funcionado durante el periodo que cubre el Informe. El Instituto de la Mujer ha desarrollado desde diciembre de 2010 un proceso de capacitación inicial dirigido a las personas responsables de las mismas en los diferentes departamentos ministeriales. En el año 2013 se trabajó en la evaluación del Plan de Igualdad de la Administración General del Estado (AGE), que contiene el conjunto de objetivos y medidas para la incorporación del principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en la gestión de las políticas de recursos humanos de la AGE.

En lo que se refiere a la Comisión Delegada del Gobierno para la Política de Igualdad, ésta es un órgano colegiado del Gobierno, cuya creación es acordada por el Consejo de Ministros mediante Real Decreto. Tiene las siguientes funciones: examinar las cuestiones de carácter general que tengan relación con varios de los Departamentos Ministeriales que integren la Comisión; estudiar aquellos asuntos que, afectando a varios Ministerios, requieran la elaboración de una propuesta conjunta previa a su resolución por el Consejo de Ministros; y, resolver los asuntos que, afectando a más de un Ministerio, no requieran ser elevados al Consejo de Ministros. [Ver Anejo II.5]

Las Comunidades Autónomas han desarrollado sus propias estructuras institucionales de género y algunas se han dotado de Comisiones Interdepartamentales para la Igualdad de Mujeres y Hombres. Éstas tienen competencias asignadas en materia de igualdad de oportunidades y de prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres de acuerdo al el marco constitucional español y sus respectivos Estatutos de Autonomía. Las distintas Consejerías de los gobiernos de las Comunidades Autónomas desarrollan sus políticas en estas materias y existen igualmente organismos de Igualdad propios, en su mayoría denominados Instituto de La Mujer de la Comunidad en cuestión. Con el objetivo de mantener la coordinación entre Estado y Comunidades Autónomas, existe una conferencia sectorial de Igualdad para la coordinación de actuaciones entre ambos entes. [Ver Anejo II.6.]

Con la Administración Local se ha cooperado a través de Convocatorias de subvenciones y de Convenios de colaboración entre las Administraciones Locales y el Instituto de la Mujer. Anualmente, se suscribe un Convenio de Colaboración entre el Instituto de la Mujer y la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) para la cofinanciación de programas conjuntos en materias tales como una guía de buenas prácticas en las políticas locales de empleo, planes de conciliación en el ámbito local, formación a responsables políticos y técnicos de igualdad en la Administración Local o planes locales de sensibilización y prevención de la violencia de género. Las Comunidades Autónomas también disponen de mecanismos de cooperación con las corporaciones locales.

En las Observaciones Finales (párrafo 14), el Comité observaba que aún no había entrado en funcionamiento el Consejo de participación de la Mujer e instaba a España a ultimar el reglamento que regula su funcionamiento y competencias. En desarrollo de lo previsto en la LOIE, se dictó el Real Decreto 1791/2009, de 20 de noviembre, por el que se regula el régimen de funcionamiento, competencias y composición del Consejo de Participación de la Mujer, órgano colegiado de consulta y asesoramiento, cuyo fin esencial es servir de cauce para la participación de las mujeres en la consecución efectiva del principio de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, y la lucha contra la discriminación por razón de sexo. [Ver Anejo II.7]

Por último, debe hacerse una referencia a la igualdad de género como una de las señas de identidad de la Cooperación Española, tal y como reconoció el Comité de Ayuda al Desarrollo (CAD) – OCDE en su informe inter pares de diciembre del 2011. En este sentido. La LOEI en su artículo 32 reconoce la política de desarrollo como fundamental para su aplicación, y el PEIO 2007-2011 incorpora por primera vez el Eje 11 sobre Política Exterior y de Cooperación Internacional, como ejemplo de coherencia de políticas.

El III Plan Director de la Cooperación Española 2009-2012 consolidó el enfoque de género en desarrollo tal y como lo describe la Estrategia de Género en Desarrollo de la Cooperación Española, que el II Plan Director (2005-2008) incorporó por primera vez tal y como quedó descrito en el Informe anterior presentado por España.

El IV Plan Director de la Cooperación Española 2013-2016 continúa en esta misma línea incorporando entre sus 8 prioridades, el enfoque de género en desarrollo y la promoción de los derechos de las mujeres y de la igualdad de género y reafirma los objetivos establecidos en la Estrategia de Género en Desarrollo, el Plan de Acción de Mujeres y Construcción de la Paz en aplicación de la Resolución 1325 y el Plan Sectorial de Actuación de Género de la AECID, contemplando acciones específicas para la igualdad formal, para la igualdad real, y para el empoderamiento de las mujeres, consolidando el liderazgo de España como donante comprometido con la igualdad de género .

Reflejando la Observación Final del Comité a España en su párrafo 34, relativa a la Plataforma de Acción de Beijing, debe destacarse que los instrumentos mencionados contemplan acciones para el avance en el cumplimiento de los derechos económicos, laborales, sociales y culturales de las mujeres, complementadas con acciones específicas para el empoderamiento de las mismas. Para ello se han aprobado múltiples proyectos en las diferentes regiones de apoyo a los marcos legislativos, políticas públicas y medidas específicas, en los marcos internacionales, regionales, nacionales y locales. Muchos de estos proyectos cuentan con especificidades de dobles y triples discriminaciones contra las mujeres.

Debe tenerse en cuenta la transversalización del enfoque de género en la cooperación española puesto que tanto el III como el IV Plan Director apuesta por una estrategia dual, sectorial y transversal en el que la formación supone una herramienta clave. [Ver Anejo II.8]

Destaca la Red de Responsables de Género de las Oficinas Técnicas de Cooperación como buena práctica para una mayor calidad de la ayuda y una mayor coordinación e institucionalización del enfoque de género en AECID.

España ha sido el donante con más financiación asignada a género en el sistema de NNUU: se han financiado importantes fondos globales como el Fondo Fiduciario de la ONU para Eliminar la Violencia contra la Mujer, la Ventanilla de Género del Fondo ODM y el Fondo Multidonante para la Igualdad de Género, del que España ha sido impulsor y principal donante. [Ver Anejo II. 9]. Ha de destacarse también la firma de un Marco de Asociación Estratégica plurianual con UNIFEM-ONU Mujeres 2010-2012, actualmente en revisión para su renovación, el Plan de acción de Género del Banco Mundial y el Fondo España Nepad.

En relación con las actuaciones llevadas a cabo en el ámbito parlamentario, cabe mencionar que en la IX (2008-2011) y X legislaturas (2011-actualidad) ha funcionado la Comisión de Igualdad del Congreso de los Diputados como Comisión legislativa permanente. Se presentaron 28 Proposiciones No de Ley (PNL) y 2 Informes del grado de cumplimiento de PNL. Los principales temas abordados por estas PNL fueron los estereotipos en la imagen de las mujeres, su tratamiento en los medios de comunicación, la promoción de juegos infantiles no sexistas en el ámbito escolar, mujeres y deporte y reducción de la brecha digital entre mujeres y hombres.

Igualmente, hubo PNL en relación a la situación laboral de las mujeres: brecha salarial, situación de las mujeres autónomas en la maternidad, conciliación de la vida laboral y familiar, permiso de paternidad, racionalización y flexibilización de los horarios, derecho de lactancia (para que pueda disfrutarse por ambos progenitores indistinta y conjuntamente), denominación no sexista en las ocupaciones, el sector pesquero y las mujeres rurales. Hay que señalar también las PNL referidas a la prevención temprana de la violencia de género en el sistema sanitario, educativo y de servicios sociales, particularmente con mujeres inmigrantes, regulación del matrimonio forzado como delito específico del Código Penal y eliminación de la Publicidad de prostíbulos en los medios de transporte público.

Ha habido diversas comparecencias de los altos cargos responsables de la igualdad de género y de la lucha contra la violencia contra las mujeres en la Comisión de Igualdad del Congreso. En la presente legislatura, la Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad informó el 9 de febrero de 2012 de las líneas principales de su gobierno en materia de igualdad. En su última comparecencia, el 29 de mayo de 2013, informó sobre medidas de violencia de género, lucha contra la trata con fines de explotación sexual y la posible modificación de la Ley de Interrupción voluntaria del embarazo.

En la Comisión de Igualdad del Congreso y del Senado, se han presentado en este periodo numerosas mociones, en las que se insta al gobierno a coordinar los recursos con las Comunidades Autónomas y corporaciones locales en las medidas para luchar contra la violencia de género, para fomentar la participación de las mujeres en el mercado laboral o la conciliación de la vida laboral y familiar. Otras se refieren al deporte femenino o a la discriminación de las mujeres en los medios de comunicación.

Artículo 3: avance de la mujer y garantía del ejercicio de los derechos humanos

En primer lugar, debe tenerse en cuenta que la lucha para erradicar la violencia contra la mujer es considerada en España parte de las políticas para avanzar en la realización de los derechos humanos.

Con carácter específico ha de destacarse que la normativa española ordena la imposición de una pena accesoria de alejamiento, sin prever la posibilidad de prescindir de dicha medida en el caso de que la víctima desee restablecer la relación con el agresor. [Ver Anejo III.1.]

Durante el periodo que cubre este Informe, el Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades (2008-2011), mencionado en el anterior informe CEDAW, se ha ido implementando en sus diversas áreas de actuación.

El Instituto de la Mujer ha elaborado el borrador del nuevo Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades 2013-2016, que se ha articulado a partir del análisis y diagnóstico de la situación actual, del desarrollo de los planes anteriores y de los principales retos en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. Tras las aportaciones de los Ministerios implicados será sometido a consulta del Consejo de Participación de la Mujer y, finalmente, aprobado mediante Acuerdo de Consejo de Ministros. Las medidas se estructurarán según las siguientes esferas: igualdad laboral, conciliación y corresponsabilidad, lucha contra la violencia de género, participación de las mujeres en política, economía y sociedad, educación, desarrollo de medidas concretas en políticas de salud, deporte, medios de comunicación y sociedad de la información, y como novedad un eje concreto sobre política exterior y cooperación internacional,. Algunos ejes prioritarios, como el de empleo se desarrollará mediante un Plan Especial para la Igualdad de Mujeres y Hombres en el Ámbito Laboral y contra la Discriminación Salarial y el de violencia de género mediante la Estrategia Nacional para la Erradicación de la Violencia sobre las Mujeres.

Asimismo, se han aprobado diversos planes en materia de derechos humanos en los que el avance de la mujer figura de manera prioritaria. [Ver Anejo III.2.]

La LOIE ordena al Gobierno que desarrolle reglamentariamente la Ley 30/2003, de 13 de octubre, sobre medidas para incorporar la valoración del impacto de género en las disposiciones normativas. A tal efecto, se dictó el Real Decreto 1083/2009, de 3 de julio, por el que se regula la memoria del análisis de impacto normativo. [Ver Anejo III.3.] En desarrollo de lo dispuesto en la disposición adicional segunda de este Real Decreto se elabora cada año un Informe de impacto de género del Proyecto de ley de Presupuestos Generales del Estado.

El Instituto de la Mujer mantiene actualizada su base de datos “Mujeres en cifras”, que cuenta con más de 300 indicadores. Desde 2013, elabora la publicación electrónica "Mujeres en cifras. Boletín estadístico". Sigue además colaborando estrechamente con el Instituto Nacional de Estadística (INE) para realizar conjuntamente la publicación online de Mujeres y Hombres en España.

El Ministerio de Educación cuenta con diversos Informes Periódicos en los que recoge entre otras cuestiones las actuaciones sobre el cumplimiento de la LOIE y la colaboración con las diferentes unidades ministeriales para el desarrollo de dicha Ley.

En el ámbito de la Defensa, se han aprobado diversas medidas que favorecen la situación de las mujeres en las Fuerzas Armadas Españolas (en adelante FAS). La LOIE establece preceptos específicos para las FAS que exigen la aplicación del principio de igualdad en materia de acceso, formación, ascensos, destinos y situaciones administrativas así como que al personal militar les sean de aplicación en materia de igualdad, prevención de la violencia de género, conciliación de la vida personal, familiar y profesional. [Ver Anejo III.4.]

El Ministerio de Defensa cuenta además con El Observatorio Militar para la igualdad, órgano encargado de velar por la consecución de la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres en las Fuerzas Armadas y el fomento de medidas de conciliación de la vida personal, familiar y profesional. [Ver Anejo III.5.]

También en el Ministerio de Defensa se está llevando a cabo un estudio acerca del impacto de la movilidad geográfica del personal militar en su vida familiar y se cuenta con un Servicio de Consulta atendido permanentemente por dos oficiales destinadas en la Secretaría Permanente de Igualdad que recibe y atiende más de 500 consultas al año relacionadas con la aplicación práctica de la numerosa normativa en materia de conciliación.

En el periodo del presente informe, algunas Comunidades Autónomas como Castilla la Mancha, Asturias y Extremadura han aprobado Leyes de Igualdad propias [Ver anejo III.6.]

Muchas Comunidades Autónomas cuentan con Planes de Igualdad en los que figuran diversas áreas de actuación: transversalidad, educación, violencia de género, bienestar social, salud, medio rural, sociedad de la información, medios de comunicación, conciliación o empleo.

Además, Navarra, Cataluña, Asturias, Extremadura, Castilla La Mancha, Castilla León, Andalucía, La Rioja, Baleares, Galicia y Valencia han incorporado también el informe de impacto de género en la tramitación de los proyectos de ley, decretos y de determinados planes de especial relevancia. De manera específica, Andalucía reguló por Decreto 20/2010, de 2 de febrero, la Comisión de Impacto de Género en los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, con representación en todas las Consejerías de la Junta de Andalucía para impulsar que el presupuesto sea un elemento activo para la efectividad de la igualdad entre mujeres y hombres.

La Cooperación Internacional para el Desarrollo cuenta con líneas estratégicas para la igualdad formal, real, así como con numerosos programas, proyectos y actividades tanto en el ámbito multilateral como bilateral que persiguen el empoderamiento de las mujeres en el cumplimiento de los derechos económicos, sociales, civiles y políticos y especialmente en los culturales, en los que la cooperación española cuenta a su vez con las Estrategias de Pueblos Indígenas y de Cultura, con integración transversal del enfoque Genero en Desarrollo (GED), así como proyectos e iniciativas muy significativas en las esferas mencionadas los países socios de África, América Latina y Asia. [Ver Anejo III.7.]

Artículo 4: medidas de acción positiva

El Comité realizó una observación final (párrafo número 16), en la que alentaba a España a tomar medidas relativas al párrafo 1 del artículo 4 de la Convención. En los siguientes párrafos se da respuesta a dicha preocupación.

En materia de empleo y ayudas a la contratación, se han dado durante todo el periodo del informe mayores bonificaciones en las cuotas a la Seguridad Social para los contratos que se conciertan con mujeres. Normalmente se trata de estímulos para la contratación indefinida o para la conversión en indefinida de contratos temporales. Así, la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, mantiene ayudas cualificadas para facilitar la contratación de mujeres. También la Ley 11/2013, de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo que establece, entre otras, medidas en relación con la reducción de cuotas a la seguridad social, la capitalización de la prestación por desempleo y la transformación de contratos temporales suscritos con mujeres jóvenes en indefinidos.

En las Órdenes de Bases reguladoras de las subvenciones del Ministerio de Empleo y de Seguridad Social se tiene en cuenta la perspectiva de género en la valoración de los programas presentados [Ver Anejo IV.1.]

En materia de inmigración, la Dirección General de Migraciones, de la Secretaría General de Inmigración y Emigración, del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, ha apoyando el desarrollo de programas e iniciativas cuyas destinatarias son mujeres inmigrantes. Anualmente se realiza una convocatoria dirigida a facilitar la integración de inmigrantes en la sociedad española con actuaciones específicamente dirigidas a la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres inmigrantes, así como a las mujeres inmigrantes para su capacitación, liderazgo y mayor participación social. [Ver Anejo IV.2.] Del presupuesto global relativo a las ayudas convocadas en 2012, se han financiado programas directamente relacionados con la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres por un total de 3.632.951,47 €, de los que 821.585,84 € son cofinanciados por el Fondo Social Europeo y 2.556.080,30 € cofinanciados por el Fondo Europeo para la Integración.

Por otra parte, la Dirección General de Igualdad de Oportunidades del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y el Instituto de la Mujer han desarrollado una serie de programas e iniciativas cuyas destinatarias son mujeres. Se dirigen a potenciar la inserción laboral de las mujeres, el emprendimiento femenino y el acceso de las mujeres a puestos directivos en las empresas.

El Instituto de la Mujer colabora en el fortalecimiento del movimiento asociativo de mujeres a través de las ayudas de la convocatoria del Régimen General. En el conjunto del período 2008-2012 se han concedido ayudas económicas a 687 programas de 467 entidades.

En ese mismo periodo, a través de la convocatoria de subvenciones para la realización de programas de cooperación y voluntariado sociales con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), se llevaron a cabo 496 programas de inserción laboral, inserción social de las mujeres que se encuentran en situación o en riesgo de exclusión social y prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres con 374 entidades.

Las Comunidades Autónomas han impulsado medidas de fomento del asociacionismo de mujeres llevando a cabo políticas de estímulo y apoyo al empleo para las mujeres que se resumen en el apartado correspondiente a Empleo. [Ver Anejo IV.3.]

La Cooperación Española ha promovido la paridad en los cargos de la estructura de la Secretaría de Cooperación, contando con representación de mujeres al más alto nivel de cargos directivos entre ellas Secretarias Generales, directoras y subdirectoras de Secretaría de Estado y de la AECID.

Artículo 5: roles y estereotipos de los sexos

En las Observaciones finales del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer al VI Informe Periódico de España, el Comité mostraba su preocupación (párrafo 18 de las Observaciones Finales) por la persistencia de los estereotipos tradicionales arraigados sobre las funciones y responsabilidades de las mujeres y de los hombres. Llamaba también la atención sobre la falta de información relativa a medidas específicas del ámbito educativo para eliminar estos estereotipos, así como la falta en los medios de comunicación de representaciones o imágenes positivas de las mujeres pertenecientes a otros grupos étnicos y a minorías. A estas preocupaciones se da respuesta en los siguientes párrafos.

I.Situación actual

Los papeles y responsabilidades de mujeres y hombres en el hogar y la sociedad española se reflejan en los usos del tiempo. De los datos disponibles se observa, por un lado, diferencias importantes de base en el tiempo dedicado por las mujeres al hogar y la familia (4 horas, 7 minutos) y por los hombres al trabajo remunerado (3 horas, 25 minutos). Se ha producido un ligero incremento del tiempo dedicado por la mujer al trabajo remunerado (12 minutos) y un descenso del destinado por los hombres (39 minutos). [Ver Anejo V.1.]

Otros datos que pueden incidir en la imagen estereotipada sobre las mujeres y que hacen referencia a conciliación de la vida laboral y personal y a la corresponsabilidad en el reparto de las labores domésticas y en la atención a la familia, son los referentes a los permisos de maternidad y paternidad y las excedencias. En el año 2012, se concedieron 298.732 permisos de maternidad de los que 5.028 casos (el 1,7%) fueron disfrutados por los padres haciendo uso de la posibilidad que ofrece el artículo 48 del Estatuto de los Trabajadores. En el mismo año 2012, 245.867 padres se acogieron al permiso de paternidad de 13 días aprobado por la LOIE.

En 2010, el 92,6% de personas ocupadas entre 16 y 64 años que se habían tomado una excedencia a tiempo completo para cuidar de hijo o hija menor de ocho años eran mujeres. Este porcentaje aumenta hasta el 97,7% en el caso de las excedencias por período superior a un año. Además, las mujeres ocupadas que habían optado por reducir la jornada laboral para cuidar de personas dependientes era el 96,8%, frente al 3.2% de hombres.

Los estereotipos están también presentes en la elección de itinerarios educativos. Así, se observa en los estudios de ciclo formativo de grado medio en el que las mujeres están sobre-representadas en sectores tradicionalmente feminizados (textil, imagen personal, servicios culturales a la comunidad, sanidad…) y por el contrario, están sub-representadas en otros en los que los hombres han estado siempre más presentes, como informática, edificación y obra civil, electricidad o electrónica. Igualmente en las enseñanzas universitarias, a pesar de ser las mujeres mayoría en todas las ramas, sigue teniendo una presencia mucho menor en ramas como ingeniería y arquitectura (técnicas). Esa elección a su vez puede tener una clara proyección en las carreras laborales de las mujeres. [Ver en Anejo V. 2. mención específica a presencia de mujeres en medios de comunicación].

II.Medidas legislativas

En este periodo se ha aprobado la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual Comunicación Audiovisual, que regula el respeto a los principios mínimos de prevención y eliminación de discriminación de género o cualquier circunstancia personal o social [Ver Anejo V.3.]

III.Políticas y programas

En los años 2009 y 2010 el Instituto de la Mujer firmó sendos convenios con el Ente Público Radio Televisión Española (RTVE) para promover un tratamiento no discriminatorio y favorecer una representación más positiva de la imagen de las mujeres. Se realizaron programas dirigidos a fomentar el cambio de actitudes sociales favoreciendo la evolución hacia la igualdad real entre mujeres y hombres y la erradicación de cualquier forma de violencia hacia las mujeres y a difundir una imagen real y no discriminatoria de éstas, fomentando un tratamiento informativo que visibilice su participación y aportación en todos los ámbitos sociales, así como para promoviendo el conocimiento y la reflexión sobre las formas de transmisión cultural de actitudes sexistas.

En el marco de estos convenios se han organizado jornadas formativas para profesionales de los medios de comunicación, con el fin de impulsar la igualdad en el ámbito de la comunicación.

Cada año, el Instituto de la Mujer, a través del Observatorio de la Imagen de las Mujeres, recibe, analiza y canaliza las denuncias originadas por anuncios sexistas que aparecen en cualquier medio de comunicación. Sobre esa base se requiere a las empresas para que modifiquen o retiren sus campañas, asesorándolas para facilitar la eliminación de los mensajes discriminatorios. En el periodo de referencia se han recibido un total de 4.091 denuncias y se ha actuado en 131 ocasiones. Con carácter anual, el Observatorio elabora un informe sobre las gestiones realizadas. [Ver Anejo V.4.]

En el ámbito internacional, hay que señalar la reunión de expertos sobre “Igualdad y Medios de Comunicación” celebrada el 31 de mayo de 2010 en Madrid durante la presidencia española de la Unión Europea. También se ha colaborado en la elaboración y difusión del Manual “Mujeres y periodistas primero” del Consejo de Europa. Ambas iniciativas se dirigen al debate y la reflexión sobre los estereotipos en los medios de comunicación y la necesidad de transcenderlos como un imperativo de los derechos humanos.

Para la sensibilización de la población en general se han realizado a nivel nacional diversas campañas publicitarias sobre la corresponsabilidad familiar en el ámbito doméstico, el lenguaje sexista y la visibilización de las mujeres en el deporte. [Ver Anejo V. 5.]

El Instituto de la Mujer lideró diferentes acciones el ámbito de la sensibilización sobre estereotipos, destacando el Proyecto “Equilibrio entre la vida laboral, familiar y personal”, con la elaboración de una Guía de buenas prácticas; y el “Programa Editorial”, para sensibilizar a la opinión pública sobre la necesaria modificación de patrones y roles culturales [Ver Anejo V.6.]

En el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, se han financiado 93 proyectos entre el año 2008 y 2012 sobre los siguientes temas: políticas públicas, igualdad entre hombres y mujeres en la vida económica, participación en la toma de decisiones, promoción de la calidad de vida de las mujeres, fomento de la igualdad civil, transmisión de valores y actitudes igualitarias, conciliación de la vida personal, familiar y laboral, cooperación, violencia de género, atención a la diversidad e inclusión social, la igualdad en la aplicación de la ley y medios de comunicación.

Durante los años 2010 y 2011, el Instituto de la Mujer desarrolló una nueva convocatoria de subvenciones destinadas al fomento de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, destinadas a la promoción de la creación, producción y difusión artística. En este ámbito hay que mencionar formación online sobre el análisis de los estereotipos de género relacionados con la representación de las mujeres y los hombres en el cine, con una duración de 40 horas, ofertando un total de 150 plazas.

Además se convocaron subvenciones públicas destinadas a fomentar el principio de igualdad de oportunidades de las mujeres en el ámbito universitario, financiando actividades, seminarios y títulos oficiales de Estudios de postgrado en Universidades públicas y privadas, asociaciones, entidades y fundaciones de ámbito universitario. Este hecho supone un respaldo explícito a la formalización de los Estudios Feministas, del Género y de las Mujeres en dicho ámbito. Del año 2008 al 2012 se han concedido ayudas a un total de 858 programas.

Por último, el Observatorio de la Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres ha desarrollado diversos estudios sobre diversos temas (discriminación salarial por razón de sexo, planes de igualdad en negociación colectiva, impacto de la crisis económica en el trabajo doméstico remunerado domiciliario o transversalidad de género entre otros) [Ver Anejo V.7]. Se ha creado un nuevo grupo de trabajo dentro del Observatorio: la Comisión de Estadística, que cuenta con las Comisiones de Tiempos y trabajos, Inmigración, Transversalidad y Estadística.

El Instituto de la Juventud (INJUVE) fomenta la participación juvenil y la de sus asociaciones mediante una convocatoria anual de subvenciones y lleva a cabo actuaciones de tipo formativo y divulgativo en las que se promueve la Igualdad de Oportunidades, el lenguaje no sexista, la lucha contra actitudes y estereotipos en la juventud en relación con la igualdad de género, la diversidad sexual, la conciliación y la prevención de la violencia de género entre jóvenes, particularmente en el contexto de la nuevas tecnologías.

A propósito del lenguaje no sexista, la “Guía para un uso no discriminatorio del lenguaje en las personas con discapacidad”, elaborada por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO), (2010), a través de la Unidad de Género del Centro de Recuperación de Personas con Discapacidad Física (CRMF) de Salamanca, propone pautas para la utilización de un lenguaje no sexista en relación con las mujeres con discapacidad.

De manera específica, el Ministerio de Educación elabora anualmente un Plan de Formación del Departamento por el que se imparten cursos de formación interna sobre políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como módulos específicos en lo relativo al uso de lenguaje no sexista en la administración pública o sobre la perspectiva de género en la elaboración de presupuestos

En el ámbito de las Fuerzas Armadas, el Ministerio de Defensa entrega el Premio “Soldado Idoia Rodríguez Buján, mujer en las Fuerzas Armadas” para reconocer a aquellas personas o instituciones que han hecho contribuciones a la integración de las mujeres en las FAS, realiza actuaciones para valorar y difundir la labor de la mujer en las Fuerzas Armadas (Exposición itinerante de materiales audiovisuales sobre la mujer militar española, organización de jornadas, conferencias). También se está elaborando en 2013 la agenda de actividades para el 25 aniversario de la incorporación de las mujeres a las FAS.

Las Comunidades Autónomas han desarrollado instrumentos y programas propios para la eliminación de estos estereotipos, tanto sobre el acceso a la formación, el empleo o el deporte entre otros. [Ver Anejo V.8.]

También en el ámbito de los Comunidades Autónomas, para promover trayectorias profesionales no sexistas y no condicionadas por estereotipos culturales, se llevan a cabo diversas actuaciones, especialmente en educación secundaria.

La Cooperación Española promueve actividades de sensibilización sobre el cambio social en cuanto a la modificación de patrones socioculturales y educativos, a través de proyectos de educación con enfoque de género (marco de asociación con UNICEF y aporte a su Plan estratégico y a proyectos específicos del organismo) y mediante cursos, talleres y campañas de sensibilización desde las oficinas en terreno o a través de ONGDs financiadas por la Cooperación Española.

Artículo 6: trata y prostitución

En las Observaciones finales del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer al VI Informe Periódico de España, el Comité mostraba su preocupación por la prevalencia de la trata de mujeres y niñas y la prostitución en condiciones de explotación, así como por la ausencia de investigaciones y datos exhaustivos sobre todos los aspectos de este fenómeno, a lo largo de los siguientes epígrafes se dará respuesta a dicha observación final.

I.Situación actual

Aunque se están produciendo importantes avances en la recogida de datos sobre la trata de mujeres y niñas con fines de explotación sexual, se considera que la dimensión real de este grave delito en nuestro país aún se desconoce.

Todos los departamentos ministeriales implicados están trabajando conjuntamente para mejorar los datos sobre la respuesta institucional ante este delito. Así, en el III Informe de Seguimiento del Plan Integral de Lucha contra la Trata con Fines de Explotación sexual, correspondiente al año 2011, se incluyó por primera vez un anexo estadístico (http://www.msssi.gob.es/ssi/violenciaGenero/ tratadeMujeres/planIntegral/home.html).

Según el IV Informe de Seguimiento del Plan Integral de Lucha contra la trata con fines de explotación sexual, en 2012, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado realizaron, en 2012, 2.201 inspecciones administrativas en lugares de prostitución y 239 atestados policiales. De las 12.305 personas detectadas en situación de riesgo, se identificó a 976 víctimas.

A través de las subvenciones públicas destinadas a proyectos de atención y ayudas sociales a mujeres víctimas de trata de seres humanos con fines de explotación sexual, en 2012 se ha subvencionado a un total de 40 organizaciones sin fines de lucro especializadas que han observado signos o detectado situaciones de trata con fines de explotación sexual o de explotación sexual en 1.317 mujeres.

II.Medidas legislativas

La Ley Orgánica 2/2009, de 11 de diciembre, de reforma de la Ley de Extranjería introduce el artículo 59 bis de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, que recoge las medidas de protección reconocidas a las mujeres víctimas de trata de seres humanos que decidan denunciar al explotador o que se encuentren en situación especial, asegurando el ejercicio de su derecho constitucional a la tutela judicial efectiva.

El Reglamento de la citada Ley, aprobado mediante Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, dedica el Capítulo IV del Título V a la residencia temporal y trabajo por circunstancias excepcionales de extranjeras víctimas de trata de seres humanos.

A través de la reforma del Código Penal llevada a cabo por la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, en vigor el 23 de diciembre de 2010, se incorporó al ordenamiento jurídico español el delito de trata, según está definido por el Protocolo de Palermo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños; la Decisión Marco 2002/629/JAI, del Consejo, de 19 de julio de 2002, y, finalmente, el Convenio de Varsovia del Consejo de Europa, de 16 de mayo de 2005. [Ver en Anejo VI.1. reforma del Código Penal a través de la ley citada]

El anteproyecto de Ley Orgánica de reforma del Código Penal, contribuye a la transposición de la Directiva 2011/93/UE, relativa a la lucha contra los abusos sexuales y la explotación sexual de los menores y la pornografía infantil; y de la Directiva 2011/36/UE, de 5 abril de 2011, relativa a la prevención y lucha contra la trata de seres humanos y a la protección de las víctimas. Asimismo, modifica la actual regulación del delito de inmigración ilegal, separando claramente esta figura delictiva del delito de trata de seres humanos y ajustando tipos y penas a las exigencias derivadas la Directiva 2002/90/CE y la Decisión Marco 2002/946/JAI. Dicho anteproyecto recoge diversas medidas de gran impacto como la tipificación del matrimonio forzado y los actos reiterados de hostigamiento y acoso [Ver Anejo VI. 2.]

La transposición de la Directiva 2011/93/UE tiene también un impacto considerable en este ámbito al revisar la regulación de los abusos sexuales sobre menores, así como de los delitos vinculados a la pornografía infantil. [Ver Anexo VI. 3]

El 10 de septiembre de 2010 fue publicada en el Boletín Oficial del Estado la aprobación del Instrumento de Ratificación del Convenio del Consejo de Europa sobre la lucha contra la trata de seres humanos, hecho en Varsovia el 16 de mayo de 2005.

También se aprobó el Instrumento de Ratificación del Convenio del Consejo de Europa para la protección de los niños contra la explotación y el abuso sexual, hecho en Lanzarote el 25 de octubre de 2007, que entró en vigor para España el 1 de diciembre de 2010.

III.Políticas y programas

Los instrumentos principales en la lucha contra la trata de seres humanos son:

a)El Plan Integral de lucha contra la trata con fines de explotación sexual 2008-2012, diseñado en torno a cinco objetivos: sensibilización, cooperación con los países de origen, tránsito y destino, participación de las ONGs, asistencia y protección y persecución de traficantes y proxenetas. El seguimiento de la ejecución del Plan se ha realizado a través de informes anualeshttp://www.msssi.gob. es/ssi/violenciaGenero/tratadeMujeres/planIntegral/home.htm. Una vez finalizada la evaluación del Plan se aprobará un nuevo instrumento integral para hacer frente a la trata de mujeres y niñas con fines de explotación sexual, previsiblemente en el segundo semestre de 2013.

b)III Plan de Acción contra la explotación sexual de la infancia y la adolescencia 2010-2013: se propone la mejora e integración de datos estadísticos recogidos por las policías nacionales, autonómicas y locales.

c)El Sistema de Inteligencia sobre trata de seres humanos aprobado en 2009 por el Ministerio del Interior. Mantiene una base de datos con información sobre el número de víctimas y sus características, así como sobre la atención especializada que se les presta.

d)El Plan Policial contra la Trata de Seres Humanos con fines de explotación sexual, aprobado en 2013. Para la consecución de sus objetivos, el Cuerpo Nacional de Policía cuenta con las Unidades contra las Redes de Inmigración y Falsedades Documentales, con la Brigadas Provinciales de Extranjería y Fronteras y con una Brigada central contra la Trata de Seres Humanos creada también en 2013. La Campaña sobre la Trata de Seres Humanos con fines de Explotación Fiscal se encuentra publicitada en la página web de la Policía (www.policía.es/trata). Existe un correo electrónico al que puede remitirse cualquier información relativa y un número de teléfono de atención a las víctimas.

e)Protocolo Marco de Protección de Víctimas de Trata de Seres Humanos: adoptado en 2011 junto con su Comisión de Seguimiento mejora los mecanismos de detección, identificación, asistencia y protección de las víctimas.

f)El Foro Social contra la Trata favorece la cooperación entre las ONG y las administraciones.

En el ámbito de la integración de los inmigrantes, la Dirección General de Migraciones (Secretaría General de Inmigración y Emigración del Ministerio de Empleo y Seguridad Social) apoya el desarrollo de programas que promueven el conocimiento, la puesta en marcha de acciones y la creación de redes de apoyo social para mujeres inmigrantes en situación de vulnerabilidad por ser víctimas de explotación sexual o trata.

Dentro de esas actuaciones se incluye la financiación de programas específicos destinados a mujeres que se encuentran en situaciones de precariedad económica, víctimas de redes de prostitución y que carezcan de redes de apoyo social, así como la financiación de aquellos que tengan por objeto la erradicación de la trata de personas con fines de explotación laboral o sexual y que promuevan la inserción de las víctimas en el mercado de trabajo, mediante itinerarios de integración sociolaboral y formación para el empleo. Además, se está implantando en los Centros de Migraciones, dependientes de esa Dirección General, y en los de las ONG subvencionadas, un Protocolo especifico de Actuación ante posibles casos de Trata de Seres Humanos.

Más allá de estos planes, destacan numerosas acciones de asistencia y atención integral a las víctimas de trata así como diversas iniciativas divulgativas e informativas, como la elaboración de una Guía de recursos para la atención a las víctimas de trata o la Conmemoración del Día Internacional contra la Explotación Sexual y el Tráfico de Mujeres, Niñas y Niños [Ver Anejo VI. 4.]

Los III y IV Plan Director de la Cooperación Española, La Estrategia de Género y el Plan de Acción Sectorial de Género contemplan acciones específicas dirigidas a paliar todas las formas de violencia y discriminación y muy especialmente aquellas de extrema gravedad como la trata y explotación sexual. La Secretaria de Cooperación Internacional y la AECID colaboran en el seguimiento del Plan Integral de Lucha contra la Trata de Seres Humanos con fines de Explotación Sexual y en el Foro Social de Lucha contra la Trata. En este marco de cooperación internacional se ubican numerosos proyectos y acciones de formación y prevención entre los que figuran varios Convenios bilaterales con países emisores o la colaboración en la Red de Relatores Nacionales de la Coordinadora Anti-Trata de la UE [Ver Anejo. VI. 5.]

En las Comunidades Autónomas de Asturias y Extremadura han realizado un trabajo específico en este terreno para visibilizar y denunciar socialmente la trata [Ver Anejo. VI. 6.]

Artículo 7: participación política de la mujer. Eliminar la discriminación política y pública

I.Situación actual

En la presente legislatura, el Presidente del Gobierno es un hombre y la Vicepresidenta Primera una mujer, quien además ostenta los cargos de Ministra y Portavoz del Gobierno. Su predecesora en la Vicepresidencia Primera también era una mujer. La presencia de mujeres ministras en el ejecutivo se encuentra en el porcentaje del 30,77%.

En lo que respecta a los órganos superiores y a los altos cargos de la Administración General del Estado, en diciembre de 2012 las mujeres eran titulares del 32,59% de estos puestos mientras que en el año 2008 suponían el 28,47 %, de acuerdo con los datos facilitados por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Estos datos incluyen altos cargos de los entes públicos que son nombrados por el Gobierno aunque no tengan rango administrativo concreto.

Respecto al Congreso de los Diputados, el porcentaje de mujeres elegidas ha sido del 36,0% para la actual legislatura. [Ver Anejo. VII. 1.]

En el Senado, en la actual legislatura, el número y porcentaje de mujeres elegidas Senadoras (33,33%) son los más elevados. [Ver Anejo. VII. 2]

En julio de 2012 fue elegida por primera vez una mujer para desempeñar el cargo de Defensora del Pueblo.

Por lo que se refiere a los Parlamentos Autonómicos, en 2012 se alcanzaron las cifras más elevadas de diputadas y la presencia femenina se ha consolidado en los gobiernos autonómicos, tanto en las presidencias como en las consejerías, aunque con algunas oscilaciones. [Ver Anejo. VII. 3 y 4]

En el ámbito local, la proporción de alcaldesas y de concejalas ha crecido de forma sostenida. Tras las últimas elecciones municipales, las alcaldesas representaban el 16,77% y las concejalas el 34,95%. [Ver Anejo. VII. 5.]

Se ha incrementado también de forma sostenida la presencia de mujeres representantes de España en el Parlamento Europeo. Las mujeres elegidas para el Parlamento Europeo en 2009 representaban el 36,0% de los escaños correspondientes a España. En el año 2007 la proporción fue del 33,3 %.

La participación de las mujeres en el sistema judicial también se ha incrementando, sobre todo en los juzgados unipersonales. Sin embargo, su proporción es mucho menor en los órganos colegiados, en el Tribunal Supremo representa el 13% y el 32% en la Audiencia Nacional y los Tribunales Superiores de Justicia. [Ver Anejo. VII. 6.]

La participación también aumenta considerablemente en otros órganos constitucionales [Ver Anejo. VII. 7.], en los poderes económicos. [Ver Anejo. VII. 8.], en la filiación de los principales partidos políticos [Ver Anejo. VII. 9], en el número de mujeres en cargos ejecutivos y en sindicatos mayoritarios según figura en las tablas anexadas. [Ver Anejo. VII.10.]

Por último, cabe señalar que las Fuerzas Armadas españolas son de las que mayor porcentaje de mujeres tiene entre los países occidentales, con un 12,4% de mujeres en el total de las FFAA.

II.Modificaciones del ordenamiento jurídico

El Comité realizó una Observación Final con respecto al último informe de España (observación del párrafo nº 12) mostrando su preocupación porque aún no se hubiera llevado a efecto la reforma constitucional para garantizar la igualdad ante la ley de las mujeres y los hombres en materia de sucesión a la Corona.

Hace varios años se planteó el debate sobre una posible reforma de la Constitución en torno a cuatro cuestiones: a) la supresión de la discriminación de la mujer en la sucesión a la Corona; b) la inclusión de los nombres de las Comunidades Autónomas; c) la reforma del Senado; y d) la adecuación del texto constitucional a lo que se preveía que iba a ser la Constitución Europea. La cuestión fue sometida a la consideración de agentes políticos y expertos, pidiéndose un informe al Consejo de Estado. Finalmente, no se emprendió dicha reforma ante la falta de consenso político.

Para que la reforma constitucional pueda llevarse a cabo no sólo es conveniente el acuerdo unánime de las fuerzas políticas del Estado en relación con la norma sobre la que se fundamenta todo el ordenamiento jurídico, sino que, además, la reforma no es formalmente posible si no cuenta con el apoyo de una amplia mayoría de las Cortes Generales. En determinados supuestos se uniría la obligación de alcanzar una mayoría parlamentaria aún mayor y de disolver las Cortes, recabar nuevamente la aprobación de dos tercios de las nuevas Cámaras, sometiendo por último la decisión a referéndum. Este procedimiento agravado de reforma en relación con determinados preceptos constitucionales, y que es el que se aplicaría en concreto a la regulación constitucional acerca de la sucesión al trono, pretende garantizar que las materias que constituyen el eje del sistema democrático únicamente puedan reformarse si se cuenta con un grado muy elevado de consenso político, no dándose a día de hoy tales circunstancias.

En otro orden de cuestiones, al final de la anterior Legislatura, en agosto de 2011, se aprobó una reforma del Reglamento del Congreso de los Diputados, introduciéndose la posibilidad de un procedimiento de votación telemático, para que las y los parlamentarios puedan votar en sesión plenaria en determinadas votaciones, por motivos de embarazo, maternidad, paternidad o enfermedad grave.

III.Políticas y programas

En el ámbito de las Fuerzas Armadas, en todos los organismos y juntas de evaluación del Ministerio de Defensa para la asignación de mandos, destinos y ascensos, se requiere la presencia de mujeres en proporción al número de mujeres entre los evaluados. El cumplimiento de ésta norma se comprueba en informes trimestrales que los Mandos de Personal de los Ejércitos y la Armada remiten trimestralmente a la secretaría Permanente de Igualdad de tal Ministerio.

En el ámbito de la participación de la mujer en la sociedad civil, el Instituto de la Mujer presta apoyo técnico e infraestructuras a ONGs cuyas actividades estén encaminadas a potenciar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y la participación de la mujer en todos los ámbitos. En el artículo 4 de este informe se facilitaba la información sobre las convocatorias de subvenciones del Régimen General y con cargo a la asignación tributaria del IRPF.

Las Comunidades Autónomas cuentan con Consejos de participación de las mujeres [Ver Anejo VII. 11.]

Se han conmemorado el Día Internacional de las Mujeres (8 de marzo), el Día contra la Violencia de Género (25 de noviembre) y el Día Internacional contra la brecha salarial (22 de febrero). Con motivo del centenario de la Constitución de Cádiz de 1812 se realizó un Acto de Homenaje a las Constituyentes: 27 senadoras y diputadas de todo el arco parlamentario de la legislatura de 1977.

La Cooperación al Desarrollo, más allá de la transversalidad de género en sus acciones, cuenta con proyectos específicos de apoyo a la participación política de las mujeres y la eliminación de la discriminación política y pública, a través de la CEPAL, COOMCA/SICA en América Latina, UNIFEM, INSTRAW y ONU Mujeres entre otros organismos. [Ver Anejo VII. 12.]

Artículo 8: representación y participación internacional

I.Situación actual

La participación de las mujeres en la vida política se ha ido incrementando de forma progresiva, pero todavía existen evidentes desequilibrios cualitativos y cuantitativos, especialmente en el plano de las relaciones internacionales y más en concreto en lo que se refiere a los puestos de representación con responsabilidad. [Ver Anejo VIII. 1. y 2.]

Por otro lado, desde 2008 España entra a reforzar de manera significativa su participación en los foros internacionales vinculados con el desarrollo y su participación en las Juntas ejecutivas de los OOII del Fondo de Igualdad y del Plan de acción de género del BM, así como en los espacios de toma de decisiones sobre Género y desarrollo de la Comisión Europea (CE). Ha sido especialmente significativo el apoyo para la aprobación en 2010, durante la Presidencia Europea de España de 2010 del Plan de Acción de la UE para la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres en la política de desarrollo 2010-2015, que está vigente y es un ejemplo de buena práctica en la coordinación del seguimiento de la UE con todos los Estados Miembros.

II.Modificaciones del ordenamiento jurídico

El Comité incluía un apartado en las Observaciones Finales al VI Informe presentado por España relativo a ratificación de tratados. Al respecto, puede informarse que España ha ratificado la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas, habiendo presentado ya el I Informe a dicho Comité en diciembre de 2012 y estando prevista la defensa del mismo en noviembre de este año 2013.

III.Políticas y programas.

En el ámbito de Naciones Unidas, España contribuyó muy activamente, como Estado y como presidencia de la Unión Europea a la creación de ONU-Mujeres mediante la resolución de la Asamblea General 64/289 de julio de 2010 sobre “coherencia en todo el sistema”.

El día 10 de noviembre de 2010, el ECOSOC eligió a España como miembro de su primera Junta Ejecutiva, en calidad de primer donante, pues a lo largo de los últimos años España se convirtió en el principal contribuyente mundial a los organismos específicos de género del Sistema de Desarrollo de NNUU y concretamente de ONU-Mujeres.

El Presidente del Gobierno se comprometió en mayo de 2011 a mantener su apoyo a ONU-Mujeres en el marco del Acuerdo de Asociación Estratégica 2010-2013. En este sentido, ONU-Mujeres participa en 28 iniciativas financiadas por el Fondo España-PNUD para el logro de los Objetivos del Milenio.

Durante los últimos años España ha participado activamente en diferentes foros y organismos internacionales: UE, CEPAL, PNUD, ONU Mujeres, OSCE, NEPAD y CSW y del CAD/OCDE. [Ver Anejo VIII. 3.]

Durante la Presidencia española del Consejo de la UE, en el primer semestre de 2010, España tuvo entre sus objetivos prioritarios el avance en la igualdad entre mujeres y hombres y la lucha contra la violencia contra las mujeres. Estos objetivos se plasmaron en la aprobación en el Consejo de Ministros EPSCO de 8 de marzo de 2010 de las Conclusiones del Consejo sobre Erradicación de la Violencia contra las Mujeres en la Unión Europea, a propuesta de España y en la Declaración del TRIO de Presidencias, junto con Bélgica y Hungría.

También durante la Presidencia española del Consejo de la UE se llevaron a cabo la celebración del Foro Europeo de Mujeres Beijing + 15 y la Cumbre Europea de Mujeres en el Poder, que reunió a 28 ministras y secretarias de estado de 19 países europeos y concluyó con la Declaración de Cádiz.

En relación al Plan Nacional del Reino de España para la aplicación de la resolución 1325 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (2000), sobre mujeres, paz y seguridad (2007), ya descrito en el anterior informe, cabe destacar que dicho plan ha sido revisado y actualizado en dos ocasiones en los últimos años, adecuándolo a las disposiciones de las últimas resoluciones del Consejo de Seguridad y ampliando las provisiones sobre violencia sexual en conflicto. En el marco de este Plan, y durante el periodo que cubre el Informe, se han llevado a cabo numerosas acciones entre las que destacan la organización de un curso hispano-holandés de capacitación civil-militar en el área de género y protección de civiles que cuanta ya con seis ediciones. [Ver Anejo VIII. 4.]

Por otro lado, la Cooperación Española elabora un Plan específico sobre Mujeres y Construcción de paz para aplicar el Plan Nacional antes mencionado.

En el ámbito específico de las FAS, el Ministerio de Defensa promueve activamente los valores de igualdad entre el hombre y la mujer y la aplicación de la UNSCR 1325 en diversos foros y organismos internacionales: UE, OTAN, AFRICOM, OSCE y PNUD [Ver Anejo VIII. 5.]

El II Plan Nacional para la Alianza de Civilizaciones 2010-2014 introduce la transversalidad del género en sus cuatro ámbitos de acción prioritaria: juventud, educación, migración y medios de comunicación.

El extinto Ministerio de Igualdad, durante su período de vigencia (2008-2010) gestionó la Convocatoria de Subvenciones “Mujeres y desarrollo” para financiar proyectos de desarrollo en América Latina que promocionaran el ejercicio de los derechos económicos, sociales y políticos por parte de las mujeres y contribuyeran a la articulación de su sociedad civil en colaboración con las asociaciones españolas.

EL Instituto de la Mujer dio continuidad al Programa de Formación en Cooperación Internacional “Mujeres y Desarrollo” – Magíster en Género y Desarrollo, orientando el Programa hacia una oferta académica de mayor alcance internacional, a través de la convocatoria realizada por el Instituto Complutense de Estudios Internacionales (ICEI) del X Mágister en Género y Desarrollo en julio de 2013.

La Red de Mujeres Africanas y Españolas por un Mundo Mejor es una iniciativa del gobierno español para dar apoyo a organizaciones de mujeres y de la sociedad civil en España y África, cuyo Secretariado está gestionado por ONU Mujeres. La Red organiza sus actividades en torno a cinco grupos de trabajo en las áreas de Educación, Salud, Violencia, Desarrollo Económico y Derechos de las Mujeres, combinando cooperación sur-sur y norte-sur a través del intercambio de experiencias y de conocimiento en talleres de formación, seminarios de expertas, ferias o conferencias, entre otras actividades. Entre los años 2009 y el momento actual, tres han sido los encuentros organizados por dicha Red: Monrovia (2009), Valencia (2010) y Windhoec (2011). En 2010, se presentó en Valencia el Plan Estratégico Mujeres por un Mundo Mejor. La Red de Mujeres Africanas y Españolas por un Mundo Mejor creó en 2007 el Fondo España-NEPAD para el Empoderamiento de las Mujeres Africanas, dando seguimiento a los compromisos de la Declaración de Maputo de 2006 (I Encuentro de Mujeres por un Mundo Mejor). España ha realizado dos contribuciones por un importe total de 20M€, la primera (10M€), fue desembolsada en 2007, y la segunda (10M€) en 2010.

Artículo 9: nacionalidad

No ha habido modificaciones respecto a esta materia en el período de este Informe.

Artículo 10: educación

I Situación actual: Según los últimos datos de la Encuesta de Población Activa del Instituto Nacional de Estadística (EPA), los datos de la población de 16 y más años, según el nivel de estudios terminados, son los siguientes: [Ver Datos población y nivel de estudios Anejo X 1 y 2; Alumnado matriculado en Ciclos Formativos de F.P por Familia profesional y sexo en Anejo X 3; Distribución del profesorado de EE. de régimen general no universitario por sexo en Anejo X.4; distribución del alumnado matriculado por sexo en todo el sistema educativo en Anejo X.5; Tasas netas de escolarización de 16 a 18 años por sexo en Anejo X.6; Distribución de estudiantes de 1º y 2º ciclo y Grado por rama de enseñanza y sexo en Anejo X.7; Distribución de los estudiantes de Máster por rama de enseñanza y sexo en anejo X.8 y evolución del Personal Docente e Investigador Universitario en Anejo X.9].

Las tasas de escolarización de 16 a 18 años de las mujeres también han sido superiores a las de los hombres en 16, 17 y 18 años, aunque la diferencia no supera el 6%.

Según los datos de la EPA del IV trimestre de 2012, el 51,16% de las personas con titulación superior son mujeres, pero persiste una diferencia entre ambos sexos a la hora de elegir especialidades académicas.

La presencia de las mujeres es mayoritaria en la matriculación en las Universidades en todas las ramas, con la excepción de las titulaciones técnicas. Así, en el curso 2012-2013, en Ciencias de la Salud el 70,5% son mujeres, en Ciencias Sociales y Jurídicas el 61,1%, en Artes y Humanidades el 61,7% y en Ciencias el 53,6%. Sin embargo, en la rama de Ingeniería y Arquitectura el porcentaje de mujeres se sitúa en el 26,4%. En el curso académico 2010-2011, esa proporción era del 23,68%.

Aunque hay algunas diferencias entre especialidades. La mujer se inclina más por las Enseñanzas de Régimen Especial (61,8 % de mujeres frente al 38,2% de hombres). Sin embargo, la mujer no supera el 9,7% como alumnado de Enseñanzas Deportivas.

En las Enseñanzas No Regladas, es decir, las enseñanzas no conducentes a títulos con validez académica o profesional, la presencia de las mujeres es también mayoritaria (91, 6% frente al 8,4% de hombres) y aunque menos, la proporción de mujeres en las Escuelas Oficiales de Idiomas es también superior (66,3% frente al 33,7% de hombres).

Esta tendencia mayoritaria se repite en los ciclos formativos de FP a Distancia (67% de mujeres frente al 33% de los hombres) y en las Enseñanzas de Adultos de carácter formal y mayor en la no formal (76,8% frente al 23,2%).

Las mujeres promocionan algo más en el primer y segundo curso de Bachillerato (80% frente al 75% de los hombres).

En cuanto a la población gitana, y prestando atención a la realidad específica de las familias gitanas, de acuerdo a las Observaciones Finales efectuadas por el Comité al VI Informe presentado por España (párrafo 30), debe señalarse que se observa en las mujeres un creciente interés por la educación.

Los estudios sobre la situación educativa de la población gitana muestran que se ha producido un considerable avance en la escolarización en educación infantil y primaria puesto que más de la mitad de las niñas y niños gitanos se escolarizan con tres años, en el 90% de los casos el alumnado gitano se incorpora al centro escolar en el curso que le corresponde por su edad y cada vez son más las familias gitanas que toman la iniciativa de escolarizar a sus hijos e hijas.

Por lo que se refiere al logro de objetivos educativos se observa que, en la actualidad, la cifra de escolarización en educación primaria es del 96,7% del alumnado gitano, frente al 99,9 % de la población general, cifra que se quiere incrementar hasta el 99% en 2020.

El absentismo en Educación Primaria es del 22,5 % . Uno de los objetivo de la Estrategia Nacional para la Inclusión Social de la Población Gitana (2012-2020), aprobada el 2 de marzo de 2011 [Ver Anejo X.10], es reducirlo al 10%.

La escolarización en Educación Secundaria de población gitana entre 13-15 años es del 78,1 % de chicos y el 71,7% de chicas, el objetivo de la citada Estrategia es alcanzar el 90% para ambos.

Según estudios publicados por el Ministerio de Educación, en colaboración con el Instituto de la Mujer y realizados por la Fundación del Secretariado Gitano, las niñas gitanas obtienen resultados significativamente mejores que los niños al acabar la educación primaria, son menos disruptivas, están más motivadas por los estudios y asumen la responsabilidad de las tareas y el respeto de las normas.

Frente a lo anterior, las preadolescentes gitanas se escolarizan en primero de Educación Secundaria Obligatoria en mucha menor proporción que los alumnos gitanos (39,3% frente a 60,7%). No obstante, a pesar de que hay menos chicas que chicos que inician esta etapa, ellos abandonan la educación en mayor medida, mientras que las chicas que han entrado tienden a permanecer. De manera que en 4º de la ESO se invierten las cifras y el porcentaje de chicas gitanas (63,4%) casi dobla al de chicos (36,6%).

II.Políticas y programas

En las Observaciones Finales del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer al VI Informe Periódico de España, el Comité recomendaba la implantación de medidas específicas dirigidas al ámbito educativo para eliminar estereotipos tradicionales arraigados sobre las funciones de los hombres y las mujeres. En respuesta a dicha observación, cabe referirse a las siguientes medidas:

El Instituto de la Mujer, en el período de este informe ha elaborando materiales didácticos dirigidos al profesorado, padres, madres y alumnado para su utilización en actividades de formación de profesionales de la educación y en las aulas de distintos niveles educativos. También se han elaborado Guías sobre temas de actualidad y diferentes formatos de juegos o programas virtuales. [Ver Anejo X.11].

Asimismo, con el fin de involucrar a las madres y a los padres, cabe mencionar el XI edición del Premio especial destinado a la experiencia educativa realizada por una Asociación de Madres y de Padres de Alumnos, dirigido a conseguir la igualdad en la educación de niñas y niños, la reedición de “Madres y Padres coeducamos en la escuela”, o a los centros educativos: “Manual para el responsable de coeducación en los centros educativos”.

Continúa el Proyecto Intercambia mencionado en Informes previos (que incluye el Portal Intercambia) con el objetivo de compartir experiencias, proyectos, materiales educativos y acciones destacadas e innovadoras sobre igualdad de oportunidades, coeducación y prevención de la violencia de género para profesionales docentes y de las administraciones educativas. En él colaboran los Organismos de Igualdad y las Consejerías de Educación de las diferentes Comunidades Autónomas.

Entre 2009 y 2012 han tenido lugar cuatro ediciones del Curso on line “Coeducación: dos sexos en un solo mundo”, para promover la educación en igualdad para profesionales docentes de los distintos niveles educativos. El total de profesorado formado ha sido de 2.776 de educación infantil, primaria y secundaria.

En colaboración con sindicatos de enseñanza, se ha desarrollado el Proyecto “Sindicadas”, con objeto de difundir la LOIE en el ámbito educativo.

En los ejercicios 2010, 2011 y 2012 se ha desarrollado la Campaña “Educando en Igualdad” [Ver Anejo X.12.]

En prácticamente todas las Comunidades Autónomas se realizan acciones de sensibilización dirigidas al alumnado de educación primaria y secundaria, a las Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos y al resto de la comunidad educativa para el aprendizaje del respeto, la igualdad, habilidades sociales de conciliación y tolerancia cero ante actitudes violentas. [Ver Anejo X.13].

En cuanto a medidas específicas relativas a la población gitana, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte está trabajando para mejorar la calidad de la educación para el conjunto del alumnado que permita un incremento de los resultados de todos los estudiantes sin distinción. En consonancia con ello, no se recogen datos sesgados por variables de raza, etnia o cultura.

Se ha realizado el Proyecto “Las familias gitanas se implican: metodología trasnacional para trabajar con las familias gitanas para conseguir el éxito de sus hijos en el sistema educativo”, proyecto en el que han participado organizaciones públicas y privadas de Bulgaria, España, Hungría y Rumania con el apoyo económico del programa Aprendizaje a lo largo de la Vida de la Unión Europea a través de la Agencia Ejecutiva en el Ámbito Educativo, Audiovisual y Cultural (EACEA), con la participación del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Fundación Secretariado Gitano.

Los Ministerios de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte está elaborando un estudio comparado sobre la situación educativa de la comunidad gitana en colaboración con la Fundación Secretariado Gitano sobre la situación educativa del alumnado gitano en educación secundaria.

Por lo que se refiere a medidas de acción positiva para personas con discapacidad, y respondiendo así a la Observación Final del párrafo 32 realizada por el Comité al VI Informe de España, y más allá de otras menciones a lo largo del presente informe, tanto en la Ley Orgánica de Educación de 3 de mayo de 2006, como en la normativa de desarrollo de la misma se contemplan acciones para personas con discapacidad sin que exista discriminación alguna entre hombres y mujeres. Sobre los avances con respecto a las políticas relativas a mujer y discapacidad, puede consultarse la información remitida al Comité de los derechos de las personas con discapacidad, tanto en el informe inicial (párrafos 17 a 20) como de las respuestas al listado de preguntas (párrafos 1.20.1; 1.20.2 y 1.20.3 ).

En relación a la educación afectivo-sexual, se han llevado a cabo diversas acciones específicas, como la difusión de diversos recursos y materiales didácticos a través del Portal Intercambia ya mencionado o la celebración de las Jornadas Intercambia 2012, reuniones de carácter anual donde se ponen en común conocimientos, proyectos y materiales que promueven la coeducación. En las Jornadas de 2012 se debatieron temas de educación afectivo-sexual. [Ver Anejo X.14.]

La asignatura “Educación para la Ciudadanía” se sigue impartiendo en educación primaria y en educación secundaria obligatoria.

El proyecto de Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE), recoge entre los principios del sistema educativo el desarrollo de la igualdad de derechos y oportunidades y el fomento de la igualdad efectiva entre hombres y mujeres, así como la prevención de la violencia de género.

Por otro lado, la LOMCE crea dos nuevas asignaturas: “Valores sociales y culturales” y “Valores éticos”, elegidas por los alumnos que no cursen la asignatura de Religión en las etapas de Educación primaria o secundaria obligatoria y que incluirán valores ciudadanos entres los que se encuentran la promoción efectiva de la igualdad entre mujeres y hombres.

En el ámbito de las Fuerzas Armadas, el Ministerio de Defensa celebra periódicamente conferencias de divulgación sobre medidas de conciliación y sobre el servicio de consulta del Observatorio militar de Igualdad. Además, el conocimiento de conceptos básicos de perspectiva de género está incluido en la formación militar a todos los niveles. El personal militar que va a ser desplegado en misiones internacionales efectúa un curso impartido conjuntamente por el Mando de Adiestramiento y Doctrina del Ejército de Tierra en Granada y por la Universidad de Granada. Este curso está financiado por el Instituto de la Mujer.

La Cooperación Española promueve como una de sus prioridades la educación. La Estrategia Sectorial específica de Educación integra de manera transversal el enfoque de género y cuenta con medidas para la igualdad de género de niñas, jóvenes y mujeres en la educación y la formación profesional y cuenta con acciones en programas bilaterales y multilaterales, apoyando iniciativas del Banco Mundial, UNICEF y ONU Mujeres.

Artículo 11: empleo

En las Observaciones Finales (párrafo 24), el Comité instaba a España a tomar mayores medidas para garantizar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en el mercado laboral. Con objeto de dar respuesta a dicha preocupación, se detallan en los párrafos siguientes los avances desde la presentación del último informe de España al respecto.

I.Situación actual

Como ya se señaló en el VI Informe, el empleo es una de las esferas de especial atención por parte de los poderes públicos, dentro de las políticas de igualdad, por su importancia clave para la situación de las mujeres en España.

En el año 2012 el 45,64% de la población activa eran mujeres, representando éstas el 45,42% de la ocupada, el 46,29 de la parada y el 59,73 de la inactiva. En el contexto actual de intensificación de la crisis económica, las mujeres están acusando su impacto negativo. En 2012 se ha mantenido la tendencia hacia una mayor simetría por sexo dentro del mercado de trabajo. [Ver Anejo XI. 1 y 2.]

Desde 2008 a 2012, el número de mujeres activas ha aumentado en un 17%. Se ha producido un intenso proceso de incorporación de mujeres mayores al mercado de trabajo como respuesta a la caída de los ingresos familiares, que continúa en 2012, si bien a menor ritmo que en años anteriores. No obstante, en 2012, la actividad de las más jóvenes desciende.

La evolución de la brecha salarial por género refleja que en lo concerniente a la ganancia media por hora trabajada se ha registrado un descenso de un punto desde el año 2006 a 2010 (del 16,3% al 15,3%) mientras que en lo que se refiere a la brecha salarial de género en ganancia media anual se ha registrado un descenso de 3,8 puntos durante el mismo periodo (del 26,3% al 22,5%) [Ver Anejo XI. 3.]

El 24,5% de las mujeres ocupadas tienen jornada a tiempo parcial frente a un 6,6% de los varones ocupados. Las mujeres asalariadas tienen, además, mayor proporción de contratos temporales que los varones. [Ver Anejos XI. 4. y 5.]

Las mujeres son asalariadas en un 87 % de los casos mientras que los hombres lo son en el 78,6 % de los casos. Esta brecha que se debe especialmente a la importante presencia de mujeres asalariadas en el sector público (sanidad, educación y servicios sociales).

Las mujeres españolas (9,7%) tienden a ocuparse menos como empresarias si se compara con sus compañeras europeas (11,1%). Por otro lado, la brecha entre mujeres y hombres en España (8,6 p.p.) es algo mayor que la registrada a nivel europeo (8,0 p.p.).

En cuanto a la actividad emprendedora femenina, en el año 2011, aunque la participación de los hombres en el emprendimiento sigue siendo mayoritaria (61,4%) se percibe un repunte de las mujeres (38,6%) [Ver Anejo XI. 6, 7 y 8]

Por lo que se refiere a la segregación horizontal, cabe indicar la elevada proporción de mujeres en el sector servicios y, en concreto, en el comercio, la sanidad y los servicios sociales, la hostelería y la educación. [Ver Anejos XI.9. y XI.10].

Por lo que respecta a la segregación vertical, llama la atención la elevada presencia de mujeres en la categoría de “ocupaciones elementales”, constituyendo el 62,9 % del total de personas ocupadas en ella. El resultado es que las mujeres tienden a ocuparse en puestos de trabajo que exigen menores niveles de cualificación y acceden en menor cuantía que los hombres a los puestos de alta responsabilidad y ello a pesar de que sus niveles educativos son actualmente, en general, superiores.[Ver anexo XI, 11].

Según el Informe de la OCDE “Cerrando las brechas de género: Es hora de actuar”, presentado en diciembre de 2012, España ha sido uno de los países de la organización que ha registrado un mayor descenso en la brecha de género en empleo y se sitúa por encima de la media de la OCDE en el número de mujeres en posición de liderazgo. En 2010 el porcentaje de mujeres entre los altos directivos era del 34%. Entre las mujeres jóvenes la participación se iguala a la del hombre. La diferencia ha pasado de más de 18 puntos porcentuales a finales de 2007 a 4,5 puntos al final de 2012 para las mujeres entre 30 y 34 años. Esta diferencia se sitúa a sólo un punto para las de 25 a 29 años.

También según la OCDE, el número de empresas que son propiedad de mujeres está creciendo más que aquellas que son propiedad de los hombres y un tercio de los trabajadores por cuenta propia (con empleados) son mujeres”, mientras que “la proporción de mujeres autónomas con empleados es la tercera más alta de la OCDE”

En relación a las mujeres gitanas, el Estudio Población Gitana, Empleo e Inclusión Social: Un estudio comparado: población gitana española y del Este de Europa sobre encuesta realizada en 2011 por EDIS/FSG, ofrece los siguientes datos: en la población inactiva predominan las mujeres gitanas, (un 68,5 %). No obstante, si se analiza la causa de la inactividad, se muestran grandes diferencias entre la población mayoritaria y la población gitana desde la perspectiva de género, pues si bien el 52,3 % de la población gitana declara estar inactiva por ejercer labores del hogar, en el conjunto de España el porcentaje es del 26,9%. Aplicando estos porcentajes por sexo, la proporción es del 41,4% para el conjunto de las españolas y el 73 % entre las gitanas inactivas de España. Junto a ello, el desempleo es inferior entre las mujeres gitanas (39,1 % ) que en todas las mujeres españolas (46%).

II.Instrumentos jurídicos

En relación a la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, se han aprobado varios instrumentos jurídicos que la desarrollan o están vinculados a ella y que dan respuesta a la primera parte de la Observación Final del párrafo 14 realizada por el Comité a España; entre ellos la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de ampliación de la duración del permiso de paternidad en los casos de nacimiento, adopción o acogida. [Ver Anejo XI.12.]

Por otro lado, en desarrollo de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo, se han aprobado también varios instrumentos que afectan directamente a la situación laboral de las mujeres, como el Real Decreto 197/2009, de 23 de febrero, por el que se desarrolla el Estatuto del Trabajo Autónomo, con referencias explícitas a la violencia de género o la Ley 32/2010, de 5 de agosto, por la que se establece un sistema específico de protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos y que también tiene en cuenta esta cuestión [Ver Anejo XI.13.]

Son muy numerosos los instrumentos jurídicos que se han aprobado en el periodo que cubre el Informe para completar la regulación de la situación laboral de las mujeres. Entre ellos destaca la adopción reciente del Real Decreto-ley 11/2013, de 2 de agosto, para la protección de los trabajadores a tiempo parcial y otras medidas urgentes en el orden económico y social, con el fin de garantizar en todo momento el principio de igualdad de los trabajadores a tiempo parcial y a tiempo completo. [Ver Anejo XI.14.]

Las Comunidades Autónomas de Castilla-la Mancha, Galicia y la Comunidad Valenciana han aprobado leyes para la mejor de la situación laboral de las mujeres [Ver Anejo XI.15.]

III.Políticas y programas

La Estrategia Española de Empleo 2012-2014, tiene el objetivo central de fomentar el empleo de la población activa y aumentar la participación de hombres y mujeres en el mercado de trabajo, mejorando la productividad y la calidad en el empleo en un mercado de trabajo sostenible basado en la igualdad de oportunidades, la cohesión social y territorial.

Está en fase de elaboración el Plan especial para la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el ámbito laboral y contra la discriminación salarial, vinculado a los objetivos de crecimiento y empleo de la Estrategia Europea 2020, que se inspira y complementa en la “Estrategia para la Igualdad entre mujeres y hombres 2010-2015”, en la Carta de la Mujer y en el Pacto Europeo para la Igualdad de Género 2011-2012.

En el periodo que cubre el Informe se han puesto en marcha varias iniciativas generales de transversalidad de género en las políticas de empleo y reactivación económica y programas de formación, como el Proyecto “Reforzando las políticas de empleo y reactivación económica con enfoque de género”, desarrollado entre enero de 2011 y junio de 2012 en el marco del Programa PROGRESS [Ver Anejo XI.16A]

Con objeto de potenciar el autoempleo y el emprendimiento de las mujeres, se han desarrollado diversos programas que incluyen formación, asesoramiento, ayudas a la financiación: El Programa de Apoyo Empresarial a Mujeres (PAEM) funciona en colaboración con el Consejo Superior de Cámaras de Comercio, Industria y Navegación de España o el programa “Emprendedoras Innovadoras” que se realizará hasta diciembre del año 2014 en colaboración con la Escuela de Organización Industrial y con diversas Diputaciones y entidades locales [Ver Anejo XI.16B]

También se han puesto en marcha programas de igualdad en la empresa con asesoramiento y ayudas para la implantación de los Planes de Igualdad y la regulación y convocatorias anuales del distintivo de igualdad en la empresa.

Para el acceso de mujeres a puestos de responsabilidad, incluidos Comités de dirección y Consejos de Administración, se desarrollan iniciativas de formación de predirectivas y promoción del liderazgo de las mujeres en el ámbito empresarial, regulándose desde 2010 el distintivo “Igualdad en la empresa” cuyo objetivo es reconocer el nivel de excelencia que una entidad alcanza en materia de igualdad. [Ver Anejo XI.17A.].

Se han llevado a cabo acciones de sensibilización para las empresas y la ciudadanía con el objetivo de aumentar la participación de las mujeres en el mercado laboral a todos los niveles. El más relevante es la celebración del 22 de febrero como Día Internacional de la Igualdad salarial. [Ver Anejo XI.17B]

En el ámbito de la integración de los inmigrantes, la Dirección General de Migraciones apoya el desarrollo programas e iniciativas cuyas destinatarias son mujeres. Anualmente se realiza una convocatoria dirigida a facilitar la integración de inmigrantes. En el marco de estas convocatorias se desarrollan programas que promuevan la conciliación de la vida familiar y laboral.

La Dirección General de Migraciones convocó en julio de 2012 ayudas dirigidas a la financiación de programas que fomenten la integración social y laboral de personas inmigrantes, estableciendo como prioritarios programas cofinanciados por el Fondo Social Europeo (FSE) y dirigidos a mujeres inmigrantes en diferentes ámbitos: empleabilidad, inclusión social, conciliación de la vida familiar y laboral, no discriminación en el ámbito laboral.

Las Comunidades Autónomas también desarrollan iniciativas en relación al empleo de las mujeres, tanto en la mejora de su empleabilidad mediante la formación como con medidas de apoyo a las mujeres empresarias y emprendedoras. [Ver Anejo XI.18]

Con respecto a la actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en este ámbito, hay que señalar que tras la publicación de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de Marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, la Dirección General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, consideró necesario realizar un Plan de Actuaciones con objeto de vigilar el cumplimiento por las empresas de las obligaciones contenidas en dicha ley, así como en otras en las que se recogen derechos de los trabajadores y obligaciones de los empresarios en relación con los principios de no discriminación por razón de sexo y de igualdad efectiva entre mujeres y hombres. Este Plan se denominó “Plan de actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social 2008-2010, para la vigilancia en las empresas de la igualdad efectiva entre mujeres y hombres" en el que se incluye la lucha contra la discriminación salarial. El Plan Integrado Anual de Actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social ha continuado incluyendo actuaciones en esta materia en 2011,2012 y 2013. [Ver Resultados en Anejo XI.19.]

En 2013 se ha firmado un convenio de colaboración entre el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y el Ministerio de Empleo y Seguridad Social con el objeto de establecer vigilancia permanente de la igualdad efectiva entre mujeres y hombres en las empresas.

La Cooperación Española prioriza el cumplimiento de los Derechos económicos y la promoción del trabajo digno como un elemento fundamental de la lucha contra la feminización de la pobreza. Para ello promueven medidas concretas para el empoderamiento económico de las mujeres en proyectos de África y América Latina, tanto para el análisis de situación en ese ámbito con CEPAL en América Latina (el cual cuenta con un Observatorio de Igualdad) o Fondo España NEPAD para el empoderamiento de las mujeres africanas, como para impulsar iniciativas concretas como el Fondo de Igualdad de Género de ONU Mujeres, o el Plan de acción de género del Banco Mundial. Como elemento de innovación se reconocen las políticas de usos del tiempo y medidas sobre el cuidado de las personas como una prioridad en la política de desarrollo, financiando iniciativas a UN-Instraw, sobre Cadenas globales de cuidado, migraciones de las mujeres trabajadoras del hogar y Presupuestos sensibles al género en América Latina de UNIFEM y ONU Mujeres, así como campañas de las ONGD como “Muévete por la igualdad”.

Artículo 12: salud

Además de los avances específicos desde la presentación del último informe de España, se complementa la respuesta a la Observación Final realizada por el Comité a España relativa al ámbito de la salud (párrafo 26), ya remitida en noviembre de 2011 al Comité.

I.Situación actual

En el año 2011, la esperanza de vida al nacer fue 84,97 en mujeres y 79,16 en hombres, de modo que las mujeres viven, de media, 5,81 años más que los hombres. Según la Encuesta Nacional de Salud 2011/12, de la población con limitaciones para la realización de las actividades de la vida cotidiana, el 60,4% son mujeres (7 puntos más que los hombres).

Según la Encuesta sobre alcohol y drogas en población general en España, EDADES 2011, el consumo de drogas tanto legales como ilegales está más extendido entre los hombres que entre las mujeres, excepto en hipnosedantes. El porcentaje de mujeres que no han consumido ninguna droga en el último año casi duplica al de hombres (11.1/19.7).

En relación al consumo de tabaco en España, según la Encuesta Nacional de Salud 2011/12, las personas que fumaban diaria u ocasionalmente suponían el 31,4% de los hombres y el 22,8% de las mujeres. Sin embargo disminuye el diferencial por sexo, sobre todo en jóvenes de 15 a 24 años, aunque también en este grupo de edad continúan fumando más los hombres (22,5%) que las mujeres (21%).

Con respecto al consumo de alcohol, según la Encuesta sobre alcohol y drogas en población general en España, EDADES 2011, el 83,2% de los hombres habían consumido alcohol en el último año frente al 69,9% de las mujeres y el 73,2% de los hombres consultados consumieron alcohol en el último mes frente al 51,2% de las mujeres. La prevalencia de consumo diario de alcohol, en los últimos 30 días, fue de 15,3% en hombres y de 5% en mujeres.

El consumo de hipnosedantes es más elevado en las mujeres que en los hombres (15,3% frente a 7,6% en el último año) y aumenta a medida que aumenta la edad.

El cannabis se mantiene como la droga ilegal más consumida entre la población de 15-64 años de edad (13,6% de hombres consumen frente a 5,5% de mujeres). Los hombres consumen en mayor proporción que las mujeres en todos los grupos de edad.

Se confirma la tendencia descendente del consumo de cocaína, iniciada en 2007, y de anfetaminas, éxtasis y alucinógenos, iniciada en 2001. En el caso de la cocaína, la proporción de consumidores entre los hombres es 4 veces mayor que la observada entre las mujeres.

Las mujeres dentro de la demanda de tratamiento de las drogodependencias no comporta más allá de un 20% del total. En estos tratamientos se busca garantizar no sólo el acceso en igualdad de condiciones entre hombres y mujeres, sino que el diseño de los itinerarios terapéuticos personalizados tengan especialmente en cuenta, cuando procedan, las cuestiones relacionadas con el género, ya que está perfectamente demostrado que la mujer adicta sufre una doble penalización en comparación con el varón, al ser rechazada de manera más intensa y sistemática por la sociedad en sus intentos de lograr la reinserción familiar, social y laboral.

En relación al uso de métodos de prevención de embarazos no planificados deben mencionarse que su uso disminuye a lo largo de las etapas vitales sin encontrarse diferencias significativas por sexo. Las mujeres prefieren utilizarlos algo más que los hombres en las edades de 16 a 44 años (74% mujeres y 69,8% hombres), invirtiéndose a partir del rango de edad de 45-54, donde el uso baja un 46,8% en mujeres y un 51,6% en hombres. [Más datos en Anejo XII.1].

La Encuesta Nacional de Salud Sexual (ENSS) 2009 es la primera encuesta poblacional de salud sexual, destacando en ella la trasversalización del enfoque de género en el diseño y tratamiento de los datos.

En relación a la Interrupción Voluntaria del Embarazo, en el año 2011 se produjo un ligero incremento del 4,71%, puesto que en 2010 abortaron 113.031 mujeres y en el año 2011 118.359 mujeres. En el 2,68% la interrupción se realizó en un centro público, realizándose el 97,28% en centros privados. En el 89,58% de los casos, la IVE se realizó a petición de la mujer. El número total de IVE en mujeres menores de 20 años es de 14.586, lo que representa el 12,32% del total de IVEs notificadas en 2011, un incremento respecto al año anterior de un 3,28%.

En España la tendencia de la epidemia de VIH está estabilizada, el porcentaje de nuevos diagnósticos de VIH en mujeres notificados en el año 2011 asciende al 17%. La edad media al diagnóstico de VIH es de 36 años sin diferencias entre hombres y mujeres. Las personas que se infectaron por transmisión heterosexual constituyen el 31%. El retraso diagnóstico en mujeres es superior a la media situándose en un 59%. Los casos de sida notificados en mujeres en 2011 suponen el 21% del total.

II.Instrumentos jurídicos

En marzo del 2012, la Relatora Especial para el seguimiento de las Observaciones del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la mujer de las Naciones Unidas, solicitó a España mayor información en su próximo Informe Periódico sobre la mejora en al acceso a los servicios de salud sexual y reproductiva, así como sobre la medidas concretas para implementar la estrategia nacional sobre salud sexual y reproductiva. En respuesta a dicha observación, además de a la anteriormente mencionada del Comité, cabe referirse a las siguientes medidas:

La Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, que ha sido desarrollada por Real Decreto 825/2010, de 25 de junio, de desarrollo parcial de la Ley Orgánica 2/2010, y por Real Decreto 831/2010, de 25 de junio, de garantía de la calidad asistencial de la prestación a la interrupción voluntaria del embarazo. Esta Ley ha sido, a su vez, objeto de un recurso ante el Tribunal Constitucional por cuestionarse su conformidad con la Constitución, sin que a fecha de cerrar este Informe se haya dictado sentencia.

La Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública, establece en su artículo 6 el derecho a que las actuaciones de salud pública se realicen en condiciones de igualdad sin que pueda producirse discriminación por razón de sexo.

En cuanto al derecho a asistencia sanitaria de la población extranjera, el Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, sobre Medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones, modifica la Ley Orgánica 4/2000 de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, y la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, y añade un nuevo artículo 3 ter (asistencia sanitaria en situaciones especiales) que reconoce a los extranjeros no registrados ni autorizados como residentes en España, la asistencia sanitaria en caso de urgencia por enfermedad grave o accidente hasta el alta médica, así como en caso de asistencia al embarazo, parto y postparto.

En todo caso, los extranjeros menores de dieciocho años recibirán asistencia sanitaria en las mismas condiciones que los españoles. A esto hay que añadir las actuaciones en materia de salud pública, desarrolladas por las Comunidades Autónomas, quienes las ejercen independientemente del dispositivo de asistencia sanitaria y dirigidas a toda la población, sin distinción de su acceso al sistema sanitario asistencial, de su nacionalidad o situación administrativa en España, al amparo de lo dispuesto en la ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública. Estas prestaciones están basadas en criterios epidemiológicos y de exposición y riesgo.

Igualmente, tras la entrada en vigor del Real Decreto 1192/2012, de 3 de agosto, por el que se regula la condición de asegurado y de beneficiario a efectos de la asistencia sanitaria en España con cargo a fondos públicos, a través del Sistema Nacional de Salud, se ha extendido la prestación de asistencia sanitaria a las víctimas de trata de seres humanos cuya estancia temporal en España haya sido autorizada durante el período de restablecimiento y reflexión, incluyendo los cuidados de urgencia y el tratamiento básico de las enfermedades, así como la cobertura de la atención necesaria, ya sea médica o de otro tipo, a las víctimas de trata de seres humanos con necesidades especiales.

III.Políticas y programas

El Observatorio de Salud de las Mujeres (OSM), unidad de la Dirección General de Salud Pública, Calidad e Innovación del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, ha realizado diferentes acciones en este ámbito [Anejo XII.2.], destacando la aprobación en 2010 de la Estrategia Nacional de Salud Sexual y Reproductiva. Inclusión de la perspectiva de género en las Estrategias que el Sistema Nacional de Salud (SNS) tiene establecidas para la atención de enfermedades de mayor prevalencia.

También se han ejecutado acciones de formación de profesionales con enfoque de género, así como de investigación, difusión y sensibilización que incluyen elaboración de informes diversos, celebración de jornadas técnicas y colaboraciones del Instituto de la Mujer con Entidades sanitarias [Anejo XII.3, 4 y 5].

En el ámbito de las drogodependencias debe destacarse la aprobación el 31 de Enero de 2013 del Plan de Acción 2013-2016 que desarrolla y complementa a la Estrategia Nacional de Drogas, 2009-2016. Este plan incluye una visión transversal con enfoque de género, incorporando las necesidades específicas de la mujer a todas las acciones e intervenciones planteadas”.

En el año 2009 se realizó el “III Encuentro sobre "Mujeres y Drogodependencias en colaboración con la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas.

Varias Comunidades Autónomas han desarrollado numerosos programas relacionados con la salud de las mujeres. [Anejo XII. 6.]

En este ámbito se han llevado a cabo actuaciones específicas a favor de las mujeres inmigrantes, varias de ellas cofinanciados por el Fondo Europeo para la Integración (FEI), en el marco de las subvenciones convocadas por la Dirección General de Migraciones [Anexo XII. 7.].

Por último, la Cooperación Española reconoce los derechos sexuales y reproductivos como un enfoque más completo que la salud materno-infantil y promueven proyectos para su cumplimiento en las diferentes regiones, apoyando al Fondo de Población de las Naciones Unidas con un Marco de Asociación Estratégica de financiación de 2010 a 2012, además de otros fondos y programas de ámbito bilateral de apoyo a este enfoque. En el primer semestre de 2013 finalizó su evaluación, con resultados positivos.

Artículo 13: beneficios sociales y económicos

Artículo 13a: prestaciones económicas y familiares

I.Situación actual

[Ver Anejos XIII, 1 – 3]: A 1 de febrero de 2013, el porcentaje de pensiones contributivas del sistema de la Seguridad Social percibidas por mujeres era del 51,27%. La mayoría de pensiones de viudedad (el 92,90%) y de pensiones en favor de familiares (76,52%) eran percibidas por mujeres, mientras que sólo percibían el 34,71% de las pensiones de incapacidad permanente y el 36,21% e las pensiones de jubilación.

En la fecha que se ha señalado, la cuantía media mensual de las pensiones contributivas percibidas por mujeres era de 653,31 euros mientras que la pensión media mensual de los hombres asciende a 1.059 euros.

En el nivel no contributivo de la Seguridad Social, en 2011 las mujeres fueron beneficiarias:

a)Del 69,74% de las pensiones no contributivas de la Seguridad Social, representando el 54,99% del total de personas beneficiarias de las pensiones no contributivas de invalidez y el 81,04% de las pensiones no contributivas de jubilación.

b)Del 86,20% de las pensiones asistenciales, representando el 91,22% del total de beneficiarios de las pensiones asistenciales de vejez y el 85,66% de las de enfermedad.

c)Del 78,45% de las prestaciones de la Ley de Integración Social del Minusválido (LISMI).

d)En lo que se refiere a las personas beneficiarias de las prestaciones por desempleo en su nivel contributivo, las mujeres representaban, en 2012, el 44,99% del total, y el importe medio diario de su prestación representaba el 84,81% del importe medio diario de la prestación de los hombres. En cuanto a las prestaciones por desempleo de nivel asistencial, las mujeres representaron, en 2012, el 45,49% del total de beneficiarios.

Durante 2012, 298.732 personas disfrutaron de permisos y prestaciones por maternidad; el 98,32% fueron percibidos por madres, si bien 245.867 hombres disfrutaron y percibieron, en 2012, permisos y prestaciones por paternidad.

II.Instrumentos jurídicos

Los principales instrumentos jurídicos que regulan los beneficios sociales y económicos son:

a)La ley 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2009 introdujo modificaciones respecto a las prestaciones por maternidad que implican mejoras de la protección.

b)Real Decreto 295/2009, de 6 de marzo, por el que se regulan las prestaciones económicas del sistema de la Seguridad Social por maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural. Mediante esta norma se efectúa el desarrollo reglamentario de la normativa legal aplicable a los subsidios por maternidad y por riesgo durante el embarazo, con las modificaciones introducidas en su configuración por la LOIE.

c)En virtud de la Ley 9/2009, de 6 de octubre, de ampliación de la duración del permiso de paternidad en los casos de nacimiento, adopción o acogida, se modifica el artículo 48 bis del Estatuto de los Trabajadores, y amplía el periodo de suspensión del contrato por paternidad. En la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013, se señala que dicha ampliación entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2014.

d)La Ley 26/2009 de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado 2010, introduce una serie de modificaciones para la pensión de viudedad, en los supuestos de separación judicial y divorcio, de la que son perceptoras mayoritariamente mujeres.

e)En los mismos términos, y relación con la pensión de viudedad en Clases Pasivas del Estado, se modifica del artículo 38.2 de la Ley de Clases Pasivas del Estado, (Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril).

f)La Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado 2011. [Anejo XIII. 4.]

El 1 de agosto entró en vigor el Real Decreto 1148/2011, de 29 de julio, para la aplicación y desarrollo, en todos los regímenes del sistema de la Seguridad Social, de la prestación económica para el cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave.

Por otro lado, la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, introduce varias modificaciones en la Ley General de la Seguridad Social que afectan a los beneficios sociales y económicos de las mujeres. [Anejo XIII. 5.]

Artículo 13b: sociedad de la información, ciencia, deporte, arte y cultura.

I.Situación actual

Las Encuestas de empleo del tiempo indican que los patrones de conducta de mujeres y hombres tienden a acercarse, pero la diferencia en las proporciones de mujeres y hombres que dedican tiempo al cuidado del hogar y la familia, así como el tiempo que destinan a ello, siguen siendo muy diferentes. En este sentido, muchas mujeres disponen de menos tiempo que los hombres para dedicar a otras actividades, como el deporte y las aficiones. [Ver Anejo XIII. 6.]

De acuerdo con lo que indican las Encuestas sobre los hábitos deportivos en España, la población considera de modo mayoritario (49%) que la práctica deportiva se encuentra igual de extendida entre mujeres y hombres. Sin embargo, y a pesar de que cada vez hay una mayor proporción de la población que practica deporte, los hombres lo hacen en mayor medida que las mujeres y la diferencia entre mujeres y hombres sólo ha disminuido ligeramente en los últimos treinta años [Ver Anejo XIII. 7.]

En el año 2012 un total de 9.483 personas integraban los órganos de gobierno de las Federaciones deportivas y el 13,7% eran mujeres. Un total de 4.257 personas tenían la consideración de personal de alta competición y el 33,5 % eran mujeres. Un total de 3.498.848 personas disponían de licencia deportiva y el 20,6% eran mujeres.

Existe marcada diferencia en el tipo de actividades extra-escolares consideradas más adecuadas para los hijos e hijas en función de su sexo [Ver Anejo XIII. 8].

Según los datos de la Encuesta de hábitos y prácticas culturales en España, 2010-2011, el consumo cultural de la población se mantiene a pesar de la crisis económica. Sin embargo, siguen existiendo algunas diferencias significativas en los hábitos y prácticas culturales según sexo [Ver Anejo XIII. 9]

En cuanto a la audiencia de los medios de comunicación según sexo, se viene produciendo un progresivo acercamiento entre mujeres y hombres a algunas pautas, como la lectura de diarios, pero aún se observa un uso diferenciado [Ver Anejo XIII. 10.]

A pesar de que el porcentaje de mujeres entre las personas titulares de primeras inscripciones de derechos de propiedad intelectual en concepto de autor/a se ha incrementado de año en año, en 2011 era aún inferior al treinta y uno por ciento, y ese porcentaje bajaba al 12,2% en el caso de obras técnicas y al 16,2%, en obras musicales [Ver Anejo XIII. 11.]

La utilización de ordenadores e Internet se ha incrementado de año en año, pero los porcentajes de mujeres que utilizan habitualmente las nuevas tecnologías siguen siendo inferiores a los de hombres. [Ver Anejo XIII. 12.]

II.Instrumentos jurídicos

La Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación establece entre sus objetivos generales promover la inclusión de la perspectiva de género como categoría transversal, así como una presencia equilibrada de mujeres y hombres en todos los ámbitos del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación. [Ver Anejo XIII. 13]

III.Políticas y programas

La Estrategia Española de Ciencia y Tecnología y el Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica promueven la perspectiva de género en el ámbito de la investigación científico-técnica, así como los estudios de género y de las mujeres.

Se prevé el desarrollo de programas específicos por parte del Gobierno para la plena incorporación de las mujeres en la Sociedad de la Información, en especial las pertenecientes a colectivos de exclusión.

En este sentido, en diciembre de 2009 se aprobó el primer Plan de Acción para la Igualdad de Mujeres y Hombres en la Sociedad de la Información (2009-2011) y actualmente se está preparando un nuevo Plan en esa materia, de ámbito nacional y que ha incluido medidas para la Cooperación al desarrollo. [Ver Anejo XIII. 14.]

Desde 2005 y con motivo del Día Internacional de la Mujer, se viene celebrando el festival cultural “Ellas crean”, en el que se presentan numerosas novedades relacionadas con la música, la literatura, el cine, la pintura y la fotografía. La última edición de este Festival tuvo lugar en abril de 2013.

El Instituto de la Mujer colabora anualmente con el Consejo Superior de Deportes en la convocatoria y entrega de los premios Instituto de la Mujer a las mejores deportistas en edad escolar y universitaria, así como a las tres Comunidades Autónomas y Universidades que mejor hayan promocionado el deporte femenino en edad escolar.

En el año 2011 se participó en el “V Seminario Iberoamericano Mujer y Deporte” y en la “III Asamblea General de la Red Iberoamericana Mujer y Deporte”.

Además y en colaboración con el Comité Olímpico Español, dentro de la Comisión “Mujer y Deporte” se realizaron foros anuales en los años 2010, 2011 y 2012. También se ha realizado la exposición “Siempre Adelante. Mujeres Deportistas” y se han actualizado sus contenidos para incluir los éxitos de las deportistas españolas en los Juegos Olímpicos de Londres 2012, así como las Paralimpiadas.

En distintas Comunidades Autónomas se realizan actuaciones de promoción de la igualdad en el ámbito deportivo junto a las federaciones, asociaciones y demás entidades deportivas en esas Comunidades. Un ejemplo de esta actuación es la celebración de la Carrera de la Mujer en Madrid.

Artículo 14: mujeres rurales

El Comité, en el párrafo 28 de sus Observaciones Finales, pedía a España una evaluación exhaustiva de la situación de las mujeres de las zonas rurales. En este sector se han dado algunas de los mayores avances desde el anterior informe. En los siguientes párrafos se trata de dar una detallada respuesta a las preocupaciones del Comité.

Debe destacarse la extensa regulación que han hecho de esta cuestión las distintas Comunidades Autónomas [Ver Anejo XIV.1]

I.Instrumentos jurídicos

Una de las principales novedades jurídicas durante del periodo que cubre el Informe tiene que ver con la titularidad de las explotaciones agrarias. La LOIE contempla en su artículo 30 la figura jurídica de la titularidad compartida, como medida dirigida a hacer efectiva la igualdad entre mujeres y hombres en el sector agrario, y conseguir el pleno reconocimiento del trabajo de las mujeres en el ámbito rural. Con esta finalidad se aprobó el Real Decreto 297/2009, de 6 de marzo, sobre titularidad compartida en las explotaciones agrarias.

Posteriormente, la Ley 35/2011, de 4 de octubre, sobre Titularidad Compartida de las Explotaciones Agrarias expresa que “en el ámbito de la explotación familiar del medio rural, son muchas las mujeres que comparten con los hombres las tareas agrarias, asumiendo buena parte de las mismas y aportando tanto bienes como trabajo. Sin embargo, en la mayoría de los casos, figura sólo el hombre como titular de la explotación agraria, lo que dificulta que se valore adecuadamente la participación de la mujer en los derechos y obligaciones derivados de la gestión de dicha explotación, en condiciones de igualdad. En España, más del 70 por ciento de los titulares de explotación agraria son hombres.”

La Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible, establece que las sociedades mercantiles estatales y las entidades públicas empresariales adscritas a la Administración General del Estado adaptarán su gestión a los principios enunciados de la misma, entre otros, favorecer la adopción de principios y prácticas de responsabilidad social empresarial por sus proveedores, en particular relativas a la promoción de la integración de la mujer y de la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.

En algunas Comunidades autónomas también se ha legislado a favor de las mujeres rurales. Así, con motivo del desarrollo reglamentario de la Ley 35/2011, de 4 de octubre, sobre Titularidad Compartida de las explotaciones agrarias, se han creado registros de Titularidad Compartida autonómicos.

II.Políticas y programas

El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente llevó a cabo una serie de actividades para la puesta en marcha de la Ley 35/2011, de 4 de octubre, sobre Titularidad Compartida de las Explotaciones Agrarias.

Entre ellas figura el establecimiento del Registro de Titularidad Compartida de explotaciones agrarias (RETICOM) (Orden AAA/1408/2012), la elaboración de un Plan de Difusión para dar a conocer la titularidad compartida y distintas acciones de colaboración y coordinación, tanto con los órganos competentes de las distintas comunidades autónomas y otros ministerios implicados, como con las organizaciones de mujeres rurales más representativas de ámbito nacional y las redes de desarrollo rural.

El Registro electrónico (RETICOM) ya está desarrollado y puesto en marcha para que las comunidades autónomas puedan volcar sus datos en ella, en base a lo dispuesto en la Ley. A fecha de 22 de marzo de 2013, el número de explotaciones incorporadas al RETICOM por CCAA se refleja en el cuadro siguiente. [Ver Anejo XIV.2)

En este marco, el 22 de septiembre de 2011 se efectuó una ampliación y actualización de la Exposición itinerante Mujeres y Sociedad Rural: entre la inercia y la ruptura, incluyendo información y material fotográfico sobre la misma.

De igual modo, con el objetivo de incentivar a las empresas, organizaciones e instituciones públicas o privadas, especialmente a las pequeñas y medianas y a las empresas individuales, a incorporar o desarrollar políticas de responsabilidad social, las Administraciones Públicas mantendrán una política de promoción de la responsabilidad social de acuerdo con las recomendaciones que haga el Consejo Estatal de la Responsabilidad Social Empresarial.

También se ha aprobado el Plan estratégico para la igualdad de género en el desarrollo sostenible del medio rural 2011 – 2014 y el Programa de Desarrollo Rural Sostenible para el período 2010-2014.

El Instituto de la Mujer ha suscrito, desde el año 2011, convenios bianuales de colaboración con distintos Ayuntamientos para la puesta en marcha del Programa “AURORA” cuyo objetivo es mejorar la calidad de vida de las mujeres en el ámbito rural ya que la falta de infraestructuras y servicios hace más difícil su participación social y laboral. En el periodo 2011-2012 se suscribieron 24 convenios y el número de mujeres participantes ascendió a 798.

Se ha aprobado el Programa de formación en materia de alfabetización digital y empoderamiento de las mujeres rurales, con perspectiva de igualdad, priorizando la participación de aquellas mujeres de 45 a 65 años.

El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente prioriza, en el marco de la política del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y del Fondo Social Europeo (FSE), aquellas actividades llevadas a cabo o cuyos beneficiarios son mujeres. [Ver Anejo XIV.3]

La experiencia del actual periodo de programación se materializó en el informe “Incorporación de la perspectiva de género en los programas de desarrollo rural (2007-2011)”. (Ver conclusiones principales de dicho informe en Anejo XIV.4]

Fuera del ámbito de los Fondos Europeos, en 2012 el presupuesto en concurrencia competitiva que se asignó para proyectos realizados por asociaciones de mujeres rurales fue de 644.850 € para proyectos destinadas a la innovación tecnológica en el medio rural y para la promoción de mujeres rurales. Las convocatorias están abiertas de nuevo. [Ver Anejo XIV.5.]

Por último, la Estrategia de Género de la Cooperación al Desarrollo de España trabaja en este ámbito con proyectos de derechos económicos de las mujeres como situación específica de mayor discriminación el ámbito rural en muchos países socios. [Ver Anejo XIV. 6].

Artículo 15 y 16: igualdad en el derecho civil

Como perspectiva general, actualmente puede decirse que el ordenamiento civil español, en lo que afecta a la situación jurídica de la mujer –sus derechos y obligaciones en el ámbito de las relaciones patrimoniales- en la sociedad civil y particularmente en el seno de la familia, se halla constituido fundamentalmente por el Código civil, cuerpo legislativo que ha sido reformado con frecuencia mediante leyes especiales de modificación parcial (adopción, normas preliminares sobre derecho internacional privado, nacionalidad, causas de separación, nulidad y divorcio, testamentos, incapacitación, violencia doméstica...), y por la ley reguladora de la publicidad del estado civil de las personas . En el ámbito de cooperación española se promueve desde muchas iniciativas y proyectos los derechos civiles y políticos de las mujeres.

A su vez a promovido importantes proyectos en el mundo a favor de las acciones positivas.

En concreto, la regulación sobre la publicidad del estado civil se halla integrada hoy por la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil. Supone hoy día un avance en dos aspectos que afectan a la igualdad de sexos en esta área, relativa la protección y publicidad del estado civil de las personas, como son el de la constancia de la filiación y el de la determinación del orden de los apellidos en la inscripción de nacimiento de la persona.

Por otra parte, y en relación con las Observaciones del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer de 7 de agosto de 2009 (CEDAW C/ESP/CO/6), en el apartado 30, en el que reclamaba, entre otras acciones, que se adoptaran las medidas necesarias para garantizar y salvaguardar los derechos económicos de todas las mujeres gitanas, independientemente de si su matrimonio está inscrito o no en el Registro Civil, es preciso hacer referencia a la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de 8 de diciembre de 2009, Caso Muñoz Díaz contra España (TEDH\2009\140). [Anejo XV y XVI.1.]

Apartado adicional sobre exclusión

I.Situación actual

[Ver Anejo específico exclusión 1] La tasa de riesgo de pobreza o exclusión ha venido equiparándose entre sexos progresivamente. La evolución ha sido significativa ya en que en 2008 la diferencia entre sexos era de 2,6 puntos y en 2011 puede considerarse prácticamente equivalente con una diferencia que no alcanza el punto porcentual. Esta equiparación no ha sido consecuencia de una mejora en la situación de las mujeres, sino de un claro empeoramiento de la de los hombres, al ser éstos los más afectados por la destrucción del empleo en el periodo.

En todos los grupos de edad es mayor la tasa de pobreza relativa de las mujeres que la de los hombres, especialmente en las mujeres de más edad, aunque dicha diferencia está disminuyendo en los últimos años entre sus respectivas tasas de pobreza a excepción del año 2012 según los datos provisionales publicados por el INE (18%, las mujeres, y 15,4%, los hombres).

En cuanto a la distribución por sexo de las rentas mínimas de inserción, es destacable que mientras que en los años anteriores a la crisis las mujeres eran titulares en torno a un 70%, esta situación ha ido cambiando en los últimos años con una tendencia a igualarse ambos sexos como titulares de la prestación . [Ver Anejo Específico Exclusión 2.]

En cuanto a las personas sin hogar, los hombres siguen suponiendo 4/5 partes del total de este grupo. [Ver Anejo Específico Exclusión 3]

Por otro lado, las mujeres con discapacidad suponen el 59,8% de las personas con discapacidad. Las tasas de discapacidad, por edades, son ligeramente superiores en los hombres hasta los 44 años y a partir de los 45 se invierte la situación, creciendo esta diferencia a medida que aumenta la edad. El grupo más grande es el de mujeres con más de 80 años: 723.900 personas.

El porcentaje de mujeres con discapacidad ocupadas en 2011 es casi 10 puntos porcentuales inferior al de los hombres. La tasa de paro de las mujeres con discapacidad en 2011 era de 27,6%, superior al de los hombres en algo más de un punto porcentual, y superior en casi 3 puntos porcentuales a la propia tasa de paro femenino de 2010.

En cuanto a las medidas de fomento del empleo el número total de mujeres ocupadas con discapacidad que se han beneficiado de reducciones o bonificaciones derivadas de medidas de fomento del empleo es de 17.700, lo que supone un 29,7% del total de beneficiarios.

El 78,24%, de las mujeres con discapacidad o carece de estudios o tiene estudios primarios. El porcentaje de analfabetismo es de 13,06% de mujeres con discapacidad frente al 7,25% de hombres.

En relación con las mujeres dependientes, a fecha 1 de diciembre de 2012, en la distribución de personas beneficiarias por sexo: 66% eran mujeres y 34 % hombres [Ver Anejo Específico Exclusión 4].

De las 5.363.688 personas extranjeras con certificado de registro o tarjeta de residencia en vigor a 30 de septiembre de 2012 un 47,65% son mujeres. La tasa de actividad es mayor en la población extranjera (75,1%) que en la española (57,62%) tanto la de mujeres (68,72%) como la de varones (82,06%), según datos de la Encuesta de Población Activa 2012, del Instituto Nacional de Estadística (INE).

II.Modificaciones del ordenamiento jurídico

La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, que creó el nuevo derecho subjetivo de ciudadanía para las personas que no pueden valerse por sí mismas, ha sido modificada por el Real Decreto-Ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público y por el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad.

En relación con la legislación sobre personas con discapacidad, cabe reseñar la firma y ratificación por España de la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad, que entró en vigor en mayo de 2008 y cuyo artículo 6 está dedicado a las mujeres con discapacidad. En el ámbito de la cooperación internacional al desarrollo española se aborda/considera la situación de las mujeres y niñas con discapacidad como una de las peores formas de discriminación frente a las que hay que tomar medidas específicas de cara a su empoderamiento y visibilización en los países socios. España ha sido cofacilitadora, junto con Filipinas, del documento final de la Reunión de Alto Nivel sobre discapacidad y desarrollo que tendrá lugar en Nueva York el 23 de septiembre.

En cuanto al derecho de asilo y de la protección subsidiaria, la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria, ha sustituido a la Ley 5/1984, de 26 de marzo. Esta nueva ley incorpora especiales referencias a la dimensión de género en relación con los motivos que, en caso de existir persecución, pueden conducir a la concesión del estatuto de refugiado e incluye detalladamente las causas que determinan el cese o la exclusión del disfrute del derecho de asilo con la voluntad de evitar discriminaciones por razón de género.

III.Políticas y programas

La actuación de España en materia de inclusión social se enmarca en la aprobación sucesiva de los Planes Nacionales de Acción para la Inclusión Social (2006-2008, 2010-2013 y 2013-2016). Asimismo, se llevan a cabo actuaciones y programas dirigidos a mujeres que sufren situaciones de discriminación múltiple por pertenecer a colectivos específicos más vulnerables tales como mayores (elaboración del “Libro Blanco del Envejecimiento Activo”), población con discapacidad (III Plan de Personas con Discapacidad 2009-2012 ), mujeres inmigrantes (Programa de atención biopsicosocial para mujeres inmigrantes), gitanas (Estrategia Nacional para la Inclusión Social de la Población Gitana en España 2012-2020) y reclusas (“Programa de Acciones para la Igualdad entre Mujeres y Hombres en el Ámbito Penitenciario”). [Ver Anejo Específico Exclusión 5]

Se han introducido módulos de género y discapacidad en toda la acción formativa para personal de la AGE y Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, de tal manera que el Plan de Acción, y las medidas que de él se derivan tengan en cuenta la situación, necesidades y expectativas diferenciadas de mujeres y hombres.

En cuanto a mujeres mayores, se han llevado a cabo diversas actuaciones, que incluyen programas de relaciones intergeneracionales, programas sanitarios preventivos y de atención, e incremento recursos sociales para evitar los problemas derivados de las situaciones de residencia en soledad [Ver Anejo Específico Exclusión 6 y 7].

En este ámbito, se observa un incremento de la participación de las mujeres mayores en los programas de ocio. Así, un promedio de un 67% de mujeres mayores participaron en el programa de vacaciones del Imserso entre los años 2008-2012 y un 60% en el programa de termalismo social.

Por su parte, el Acuerdo del 10 de julio de 2012 del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, para la Mejora del Sistema, ha aprobado la revisión de la prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales, al objeto de devolverle el carácter excepcional de su reconocimiento previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, y de atender a la formación de los cuidadores familiares.

En cuanto a actuaciones en relación a las mujeres con discapacidad, se han llevado a cabo programas de sensibilización, así como de formación sobre género para el personal de la Dirección General de Políticas de Apoyo a la Discapacidad. Como marco general, destaca entre otros la “Estrategia Española de Discapacidad 2012-2020” y su plan de acción, actualmente en proceso de elaboración [Ver Anejo Específico Exclusión 8]

En el ámbito de las mujeres inmigrantes destacan el programa de inserción socio-laboral (SARA), que tiene como objetivo mejorar la calidad de vida de las mujeres inmigrantes, mediante una mejor capacitación para su integración social y laboral, y el Programa de atención biopsicosocial para mujeres inmigrantes, en cuyo marco se han realizado 16 cursos hasta la fecha con el objetivo de visibilizar los factores que inciden en la salud de las mujeres inmigrantes [Ver Anejo Específico Exclusión 9]

En este mismo ámbito debe tenerse en cuenta la convocatoria de ayudas dirigidas a la financiación de programas que fomenten la integración social y laboral del colectivo de personas inmigrantes. Entre estos programas, cofinanciados por el Fondo Europeo para la Integración (FEI), figuran programas introductorios de acogida integral cuyo objetivo es que las personas inmigrantes adquieran conocimientos básicos del idioma, historia, cultura y marco de convivencia de la sociedad de acogida, y dentro de este último haciendo especial hincapié en la igualdad de trato entre hombres y mujeres.

También se han ejecutado numerosas acciones dirigidas a la mejora de la situación de las mujeres gitanas atendiendo a sus necesidades en materia de vivienda, salud, educación y empleo. Con esa finalidad, se han financiado proyectos de intervención social integral para su inserción, acciones de sensibilización, estudios y otras actuaciones para su mayor participación social.

La Estrategia Nacional para la Inclusión de la Población Gitana en España recoge expresamente el enfoque transversal de género, en el diseño, desarrollo y evaluación de las políticas y programas en los ámbitos de la educación y formación, el empleo, la salud y la lucha contra la exclusión social. En este ámbito, hay que destacar también el papel esencial del Instituto de la Mujer, así como de las organizaciones del movimiento asociativo gitano, entre ellas la Fundación Secretariado Gitano.

Más allá de la Estrategia Nacional para la Inclusión de la Población Gitana en España, se han ejecutado diversos programas y acciones [Ver Anejo Específico Exclusión 10] entre los que cabría mencionar el Programa Operativo español “Lucha contra la Discriminación”, del Fondo Social Europeo, que tiene entre sus organismos beneficiarios a la Fundación Secretariado Gitano (FSG), al Instituto de la Mujer o a la Cruz Roja; la celebración en Granada del Congreso Mundial de Mujeres Gitanas (octubre 2011), auspiciado por el Consejo de Europa y organizado por el Instituto de Cultura Gitana.

El Instituto de la Mujer también ha desarrollado diversas acciones en el área de las Mujeres reclusas, especialmente en el área de salud, conocimiento de sus derechos y deberes y prevención frente a situaciones de violencia. Debe destacarse entre otras la colaboración desde el año 2009 con la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias en la implantación del “Programa de Acciones para la Igualdad entre Mujeres y Hombres en el Ámbito Penitenciario”. [Ver Anejo Específico Exclusión 11]

Por su parte, las Comunidades Autónomas también han abordado la situación de las mujeres que afrontan mayores dificultades y se encuentran en riesgo de exclusión. [Ver Anejo Específico Exclusión 12]

Apartado adicional sobre violencia contra las mujeres

El Comité alentaba a España, en su Observación Final contenida en el párrafo 20, a seguir intensificando los esfuerzos para hacer frente al problema de la violencia contra la mujer. En el párrafo 22 de las observaciones finales se refería a las medidas relativas a la trata de personas. Aunque sobre esta última observación España ya remitió una serie de respuestas en 2011, analizadas por el Comité en su 51º período de sesiones, con objeto de dar respuesta a ambas preocupaciones, se detallan en este apartado adicional los avances que han tenido lugar desde el último informe presentado por España.

I.Situación actual

En las últimas dos décadas, España ha estado firmemente comprometida en la causa de la eliminación de la violencia que sufren las mujeres, en todas sus manifestaciones: violencia en el seno de la pareja, trata, explotación, abusos, agresiones sexuales, mutilación genital femenina, crímenes de honor y matrimonios forzados, entre otros.

La Delegación del Gobierno para la Violencia de Género, elabora y difunde datos sobre la magnitud y aspectos evaluativos de las medidas implantadas a través de su Portal Estadístico http://www.msc.es/ssi/violenciaGenero/portalEstadistico/ boletinmensual/home.htm.

Se han incorporado los datos de “menores huérfanos por violencia de género” a la ficha estadística de mujeres víctimas mortales de violencia de género y se ha creado una nueva ficha estadística de menores víctimas mortales por violencia de género. Todas estas informaciones se actualizan cada vez que se produce una víctima mortal.

Tal y como consta en la Estrategia Nacional para la Erradicación de la Violencia contra la Mujer 2013-2016, 2012 es hasta la fecha el año con el menor número de víctimas mortales, ascendiendo a 52. En el período 2007-2011, la cifra más alta de víctimas mortales se ha dado en el año 2008 con 76 casos y la más baja en el año 2009, con 56 casos, oscilando el resto de años de este período entre los 61 casos del año 2011 y los 73 del año 2010, habiéndose producido 71 casos durante el año 2007.

Según las Macroencuestas de violencia de género (1999, 2002, 2006 y 2011) existe un aumento de las mujeres que han conseguido superar la violencia de género. En concreto, según la Macroencuesta 2011, el 72,2 % del total de las encuestadas habría salido de la situación de maltrato.

En lo relativo al número de denuncias por violencia de género, desde enero de 2007 hasta el 31 de diciembre de 2012 se han presentado un total de 800.542 denuncias. El porcentaje de mujeres víctimas mortales que no denuncia su situación es muy elevado y se sitúa casi de modo constante en el 81%.

El servicio telefónico 016 de información y asesoramiento jurídico en materia de violencia de género, desde su puesta en funcionamiento en septiembre de 2007 y hasta el 31 de mayo de 2013, ha atendido 374.909 (con una media diaria de 205) llamadas relacionadas con la violencia de género. Además, en el Servicio telefónico de Atención y Protección para víctimas de la violencia de género (ATENPRO), hasta el 31 de diciembre de 2012, 44.776 mujeres han sido usuarias del mismo.

En cuanto a las ayudas económicas, el número de mujeres víctimas de violencia de género que, hasta el 31 de diciembre de 2012, han recibido la ayuda prevista por el artículo 27 de la Ley Orgánica 1/2004, asciende a 1.563.

En lo relativo a los datos referidos a los contratos bonificados y de sustitución de mujeres víctimas de violencia de género, a 31 de diciembre de 2012, un total de 3.687 mujeres se beneficiaron de los contratos bonificados, mientras que, a la misma fecha, el total de contratos de sustitución suscritos ha sido de 1.015.

Por último, debe destacarse que dentro del programa de la Renta Activa de Inserción (RAI) que, además, prevé una ayuda a víctimas de violencia de género para cambios de residencia, a fecha 31 de diciembre de 2012, 30.716 mujeres víctimas de violencia de género percibían, mientras que el número de perceptoras de ayudas para cambio de residencia desde enero de 2005 hasta el 31 de diciembre de 2012 ha sido de 12.628.

La Web de recursos de apoyo y prevención ante casos de violencia de género (WRAP) contiene información sobre todo tipo de recursos de prevención, protección y asistencia a las víctimas en todo el territorio nacional independientemente de la entidad que lo gestione (Administración General del Estado, Comunidades Autónomas, entes locales, instituciones privadas y ONG). Actualmente contiene información de más de 5100 recursos

II.Instrumentos jurídicos

La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (LOVG), crea un marco jurídico que arbitre de forma global medidas y procedimientos específicos en aras a erradicar este fenómeno

Durante el período objeto de análisis se han producido modificaciones legislativas de gran relieve y en varias áreas: ratificación de instrumentos internacionales, extranjería, penal, procesal y laboral. En el ámbito internacional destaca el Instrumento de Ratificación del Convenio del Consejo de Europa para la protección de los niños contra la explotación y el abuso sexual, hecho en Lanzarote el 25 de octubre de 2007. En el ámbito nacional, cabe mencionar la introducción de mejoras en las garantías procesales de los derechos laborales de las trabajadoras víctimas de violencia de género (Ley 36/2011, de 10 de octubre) y la inclusión a las víctimas de violencia de género como uno de los colectivos especialmente vulnerables (Real Decreto-ley 27/2012, de 15 de noviembre de medidas urgentes para reforzar la protección a los deudores hipotecarios). [Ver Anejo Específico Violencia contra la mujer. 1]

En el ámbito autonómico se han seguido desarrollando leyes específicas de prevención y protección integral de las mujeres contra la violencia de género [Ver Anejo Específico Violencia contra la mujer. 2]

III.Políticas y programas

Como órganos de coordinación interinstitucional en materia de violencia de género destaca el Observatorio Estatal de Violencia sobre la Mujer, creado por la Ley Integral, siendo una de sus principales funciones la remisión al Gobierno y a las comunidades autónomas, con periodicidad anual, de un informe sobre la evolución de la violencia ejercida sobre la mujer en el que destacará las necesidades de reforma legal, si las hubiere, y evaluará la efectividad de las medidas acordadas en la materia. Hasta el momento se han presentado cuatro Informes Anuales en el periodo 2007-2011. El quinto Informe Anual acaba de ser aprobado en el Pleno del Observatorio celebrado el día 5 de julio de 2013 y se publicará en los próximos meses.

En julio de 2013, fue aprobada la Estrategia Nacional para la erradicación de la violencia contra la mujer (2014-2016), un instrumento vertebrador de la actuación de los poderes públicos, para acabar con esta forma de violencia, y unifica en un mismo documento de forma coherente, coordinada y sistematizada 284 medidas de actuación, que implican a todas las administraciones y los poderes públicos, y cuya ejecución supone un presupuesto estimado de 1.555.611.634 euros. Entre sus objetivos figuran: la ruptura del silencio, la mejora de la respuesta institucional, la atención a los menores y a las mujeres especialmente vulnerables a la violencia de género y la visibilización y atención a otras formas de violencia contra la mujer.

Diversas comunidades autónomas poseen un Observatorio de la Violencia de Género, como es el caso de Andalucía, Aragón, La Rioja y País Vasco.

Desde la aprobación de la Ley de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, y hasta junio de 2013, se han adoptado medidas de desarrollo en más de 165 reuniones del Consejo de Ministros. Desde el año 2009 y hasta el 2013, sólo la Administración General del Estado ha gastado en la lucha contra la violencia de género 1.349.603.204,93 euros, con ligeras oscilaciones pero siempre ha superado anualmente los 325 millones de euros.

Los recortes presupuestarios obligados por la fuerte crisis económica que padece España, no han afectado a los servicios de protección, atención y rehabilitación de las víctimas.

En el Periodo que cubre el Informe se han aprobado numerosos planes y programas de formación, prevención y atención en el ámbito de la violencia contra la mujer, entre ellos el Protocolo de Atención Especializada a Menores Expuestos a Violencia de Género, y el Plan de atención y prevención de la violencia de género en población extranjera inmigrante (2009 – 2012) [Ver Anejo Específico Violencia contra la mujer. 3]

También en el ámbito de las mujeres inmigrantes debe destacarse que en el marco de las ayudas convocadas por la Dirección General de Migraciones en 2012, se ha destinado un total de 1.600.867,94 € a la financiación de programas específicamente destinados a la atención y prevención de la violencia de género.

Es esencial la formación de profesionales, que se imparte de manera continuada en cooperación con los organismos con competencias en cada una de las áreas, y que intervienen en el ámbito de la violencia de género: ámbito educativo, profesionales sanitarios, operadores jurídicos, servicios sociales, policía, etc.

Hay que resaltar la formación del personal que atiende tanto el servicio 016 de información y asesoramiento jurídico en materia de violencia de género, como el Teléfono de Ayuda a Niños y Adolescentes en Riesgo de la Fundación ANAR (con el que se ha suscrito un convenio para la atención especializada de llamadas realizadas por menores). También recibe formación el personal integrante del Centro recontrol del Sistema de Seguimiento por Medios Telemáticos de las Medidas de Alejamiento en materia de violencia de género.

En 2009 se aprobó el Protocolo de actuación para el Seguimiento por Medios Telemáticos de las Medidas de Alejamiento en materia de Violencia de Género, donde se prevé que los órganos judiciales acuerden la utilización de instrumentos de tecnología adecuada para controlar el cumplimiento de las medidas cautelares de alejamiento.

Durante 2011 se han formado en el Sistema Nacional de Salud 13.966 profesionales, que participaron en 573 actividades formativas. Destaca el incremento de la formación en los servicios de Urgencias. Esta formación se hace basada en unos criterios de calidad comunes aprobados para todo el SNS en 2008.

En el ámbito de la justicia, en relación a la actividad de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer y del fiscal de sala contra la Violencia sobre la Mujer, destaca la formación sobre igualdad y violencia de género que se ha llevado a cabo para jueces, magistrados, fiscales, secretarios judiciales, fuerzas y cuerpos de seguridad y médicos forenses, así como el desarrollo de medidas judiciales de protección y de seguridad de las víctimas a adoptar en los procesos civiles y penales.

Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad cuentan con una estructura de servicios especializados en violencia contra la mujer. El Cuerpo Nacional de Policía cuenta con el Servicio de Atención a la Familia (SAF), que engloba los SAM (Servicios de Atención a la Mujer) y los GRUME (Grupos de Menores); y con las Unidades de Prevención, Asistencia y Protección contra los malos tratos a la mujer (UPAP). Todos ellos han recibido formación especializada en violencia contra la mujer. [Ver Anejo Específico Violencia contra la mujer 4].

Existe un Protocolo de Actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y de Coordinación con los órganos judiciales para la protección de las víctimas de violencia doméstica y de género, siendo las UPAP de acuerdo al mencionado protocolo, las Unidades operativas, encargadas del seguimiento y control de las medidas judiciales acordadas.

El Ministerio de Educación ha elaborado un Plan de Acción Social que incluye medidas para erradicar la violencia de género, un Protocolo de actuación frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo, y ha diseñado diversas medidas para evitar el uso sexista del lenguaje en la administración pública.

En el Plan de Formación del Profesorado se contemplan actividades específicas sobre la igualdad entre hombres y mujeres en general y, más concretamente, sobre la prevención temprana de la violencia de género. Se ha publicado además el Tríptico informativo del III Plan Director para la Convivencia y Mejora de la Seguridad Escolar (curso escolar 2012-2013).

También las Comunidades Autónomas han implementado medidas orientadas a la formación y sensibilización de la comunidad educativa, y a la revisión de los materiales educativos. Hay importantes avances en la composición de los Consejos Escolares y la aprobación de Planes de Convivencia en los centros educativos. La mayoría de las comunidades autónomas poseen un Observatorio Regional para la Convivencia Escolar.

En colaboración con la Federación Española de Municipios y Provincias se realizan módulos de formación online dirigidos a profesionales del ámbito local.

El Instituto de la Mujer, desde el año 2009, desarrolla convenios de colaboración con diferentes entidades locales para llevar a cabo el Programa de Información, Formación y Prevención de la Violencia Sexual en Jóvenes y Adolescentes. Han participado 4.507 jóvenes y 1.242 profesionales.

El acceso a la información se facilita mediante la publicación de folletos y guías específicas de ámbito estatal, destacando los siguientes: “Guía de los derechos de las mujeres víctimas de violencia de género”; “Derechos laborales y de Seguridad Social y ayudas para fomentar el empleo de las víctimas de violencia de género” y “Los derechos de las mujeres extranjeras víctimas de la violencia de género.

La atención a las víctimas se presta a través de diversos servicios como el citado Servicio de Atención y Protección a las víctimas de la violencia de género (ATENPRO). Asimismo, la Ley Integral garantiza igualmente el derecho a la asistencia social integral de las víctimas de violencia de género, previendo ayudas económicas para aquellas víctimas, que debido a su edad, falta de preparación general o especial y circunstancias sociales, tengan dificultades para encontrar empleo e integrarse socialmente. Las acciones priorizadas con carácter general han sido la atención y prevención de la violencia de género en mujeres extranjeras y la atención de menores víctimas directas o indirectas de esta violencia en desarrollo del Protocolo de Atención Especializada a Menores Expuestos a Violencia de Género.

Las actuaciones y medidas para el acceso a la vivienda y a las residencias públicas para mayores realizadas por las Comunidades Autónomas han considerado a las víctimas de violencia de género como colectivos preferentes para acceder a las promociones de viviendas protegidas.

Con el objetivo de conocer la magnitud y características de la violencia de género, se han realizado diversos estudios e investigaciones por la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género y por el Observatorio Estatal de Violencia sobre la Mujer.

En 2008 el CISNS aprobó los Indicadores Epidemiológicos Comunes del SNS y la definición de “caso de violencia de género” como categoría que facilite la incorporación a la vigilancia epidemiológica de la violencia de género. En ese mismo año, también aprobó los Criterios Comunes de Calidad del SNS para la Formación de profesionales.

Desde 2009, el resultado y análisis de dichos indicadores (epidemiológicos y de formación) se publica de forma periódica en los Informes Anuales sobre Violencia de Género de la Comisión.

Durante el período de este informe, la mayoría de Comunidades Autónomas han aprobado Planes y Programas específicos en el ámbito de la violencia contra las mujeres. [Ver Anejo Específico Violencia contra la mujer. 5] Asimismo, se han aprobado Acuerdos interinstitucionales con el objetivo de mejorar la coordinación institucional. Además, se han elaborado Protocolos de coordinación sectorial para los servicios sanitarios, educativos, sociales, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y Corporaciones Locales. Además, con carácter general, las competencias en materia de violencia de género en las Comunidades Autónomas corresponden a los organismos de igualdad. No obstante, en Andalucía y País Vasco, se ha constituido una unidad administrativa con competencias análogas a la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género.

Se han creado también los Planes de Colaboración para garantizar la ordenación de las actuaciones de prevención, asistencia y persecución de los actos de violencia contra la mujer, que implican a las Administraciones Sanitarias, de Justicia, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y Servicios Sociales de atención.

En diciembre de 2012 ha sido aprobada por el Consejo Interterritorial una nueva edición del Protocolo común de actuación sanitaria frente a la violencia de género como herramienta fundamental para el personal sanitario, con el objetivo de proporcionar unas pautas de actuación homogéneas, tanto en la atención y seguimiento, como en la prevención y diagnóstico temprano de los casos de violencia dirigida de forma específica contra las mujeres.

El Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación ha apoyado activamente los esfuerzos que se están desarrollando por las instituciones de NNUU y la sociedad civil para luchar contra la impunidad de los asesinatos cometidos contra mujeres por el hecho de serlo (feminicidio/femicidio). Tales esfuerzos han llevado al desarrollo de la “Guía de Recomendaciones para la investigación eficaz del crimen de feminicidio”, destinada a apoyar la investigación forense de estos crímenes, realizada por sociedad civil y expertos de España y de varios países latinoamericanos; y el “Modelo de protocolo sobre la investigación del feminicidio”, destinada a inspirar políticas públicas contar estos crímenes, y cuya autoría pertenece a ONU Mujeres y a la Oficina de la Alta Comisionada de NNU para los Derechos Humanos (OACNUDH), de próxima publicación.

En cuanto a la Cooperación española, las acciones para luchar contra la violencia sobre la mujer han sido numerosas y muy relevantes, constituyendo una de sus ventajas comparativas y señas de identidad. Destaca el proyecto “Ciudades Seguras de UNIFEM”, las campañas lanzadas por el Secretaría General de la ONU, el apoyo al Fondo fiduciario de las Naciones Unidas contra la violencia de género (siendo España uno de los socios donantes principales del mismo) y la firma de Convenios con varias organizaciones para financiar programas en este ámbito [Ver Anejo Específico Violencia contra la mujer. 6].