Naciones Unidas

CRPD/C/PER/1

Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

Distr. general

12 de enero de 2011

Español

Original: español

Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Aplicación de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

Informes iniciales presentados por los Estados partesde conformidad con el artículo 35 de la Convención

Perú *

[8 de julio de 2010]

Índice

Párrafos Página

Siglas y acrónimos3

I.Introducción1–84

II.Avances9–525

A.Lineamientos para un nuevo enfoque en materia de discapacidad, a partir de lo dispuesto por la Convención22–337

B.Participación de la sociedad civil en la Comisión Multisectorial Permanenteencargada de implementar la Convención34–3810

C.Revisión estadística39–5211

III.Información específica relativa a la aplicación, en la legislación y en la práctica, de los artículos 1 a 33 de la Convención53–8719

A.Antecedentes53–5719

B.Disposiciones generales de la Convención (artículos 1 a 4)5820

C.Derechos específicos59–8223

D.La situación especial de los niños, las niñas y las mujeres con discapacidad83–8455

E.Obligaciones específicas85–8756

Siglas y acrónimos

BFH

Bono Familiar Habitacional

CEBE

Centro de Educación Básica Especial

CODIS

Comisión Especial de Discapacidad – Congreso de la República

COFIDE

Corporación Financiera de Desarrollo

CONADIS

Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad

ENCO

Encuesta Nacional Continua

FONCODES

Fondo Nacional de Cooperación para el Desarrollo

INDECI

Instituto Nacional de Defensa Civil

INEI

Instituto Nacional de Estadística

MEF

Ministerio de Economía y Finanzas

MIMDES

Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social

OMAPED

Oficina Municipal para la Atención de la Persona con Discapacidad

ONPE

Oficina Nacional de Procesos Electorales

OREDIS

Oficina Regional para la Atención de la Persona con Discapacidad

PCM

Presidencia del Consejo de Ministros

PRITE

Programa de Intervención Temprana

PRONAMA

Programa Nacional de Movilización por la Alfabetización

RENIEC

Registro Nacional de Identificación y Estado Civil

SAANEE

Servicio de Apoyo y Asesoramiento para la Atención de Estudiantes con Necesidades Educativas Especiales

SISFOH

Sistema de Focalización de Hogares

I.Introducción

1.El proceso de cumplimiento de la Convención y la revisión de los avances y dificultades, transcurridos dos años desde su entrada en vigencia, nos hace entender en su verdadera dimensión la brecha que existe entre el debe ser y el es. Este necesario contraste nos ha permitido comprender que el Estado, en efecto, no es solamente el gobierno central, el llamado poder ejecutivo o la suma de los tres poderes consagrados en nuestra Constitución Política. Adicionalmente, y esto lo conocemos por la recientemente aprobada Ley de Infracciones y Sanciones por el incumplimiento de la Ley General de la Persona con Discapacidad y su Reglamento, no es por decreto o alguna norma excepcionalmente drástica, que los patrones socioculturales son modificados o los niveles de discriminación se reducen en forma automática.

2.Los Estados modernos, como se sabe, tienen ante sí el gran reto de dejar atrás la estela del asistencialismo estéril para producir un desarrollo sostenible. Bajo este nuevo contexto, los montos de presupuesto público y su eficiente manejo juegan un rol decisivo en el impacto de las políticas públicas. Es obligación entonces dirigir nuestra atención hacia cuánto y cómo se incorpora en la vida socioeconómica del país, el elemento de la planificación. La relación es directa: dentro de un clima de estabilidad económica es donde mejor y más igualdad de oportunidades se puede esperar para la población con discapacidad que busca integrarse a los beneficios del desarrollo económico; en complemento, dado ese escenario favorable, los Estados podrán atender más eficientemente sus compromisos asumidos en virtud de tratados internacionales de derechos humanos.

3.A lo anterior podemos denominarlo "la atención orgánica" al tema de discapacidad y que, en los últimos documentos de trabajo de las instituciones públicas vinculadas al tema, podemos identificar como la adhesión a los postulados de un tipo de gobierno que despolitiza sus políticas sociales, más exactamente sus programas sociales y los convierte a la vez que en mecanismos que minimizan los efectos de la pobreza, en canales de superación sobretodo de conceptos aparentemente sin significado pero cruciales a la hora de evaluar el impacto de la inversión social. Dos ejemplos vamos a emplear para sustentar lo expuesto y completar la idea de por qué el Estado debe orientar sus mayores esfuerzos a fortalecer capacidades.

4.El primer ejemplo está referido a programas laborales para aliviar los efectos de la pobreza: tomamos conocimiento que en zonas altoandinas hay padres de familia que prohíben trabajar a sus hijos con discapacidad no severa, lo cual es otra forma de mantener invisible la problemática de la discapacidad. Casos parecidos son aquellos que no se han extinguido aún del todo, donde se oculta al hijo o familiar con discapacidad.

5.Otro ejemplo son las cuotas que se reservan para personas con discapacidad en materia educativa o de trabajo y que no alcanzan a completarse por no reunir el perfil técnico o profesional o, en el caso del 5% de vacantes universitarias que por ley se reserva, la cuota no es cubierta.

6.Esto nos sirve como indicador de los niveles de responsabilidad que corresponde al gobierno encargado de implementar y hacer seguimiento al impacto de sus políticas públicas, así como a la ciudadanía. Es en este punto que la Convención se presenta como el marco vinculante tanto a nivel de mandato operativo como también de plataforma conceptual a seguir, estableciendo claramente el objetivo de no afectar más a los derechos humanos de las personas con discapacidad.

7.Creemos que abordar con realismo la problemática de las personas con discapacidad y sus familiares, desde el ámbito específico de los procesos presupuestario y de planificación, significa el respeto a la dignidad de la persona con discapacidad; esto nos ha llevado ya a tener algunas experiencias con las organizaciones civiles que los agrupan, en cuanto a desarrollar con ellos agendas técnicas donde se les explica la dinámica de países como el nuestro y la importancia de que el esfuerzo y la modificación de hábitos, sea realizado en doble vía.

8.El organismo rector en materia de discapacidad, publicó en tal sentido un Cuaderno de Trabajo donde se contrastan criterios de orden técnico para enfocar la discapacidad y, en general, el tema de las poblaciones altamente vulnerables, desde la perspectiva de la planificación estratégica y la necesidad de unificar —armonizar— planes que por su dispersión impiden mejorar la eficiencia en las intervenciones del gobierno a través de su política fiscal y social. Otro documento de carácter práctico y que sirve como guía sobre cómo orientar presupuesto al tema de discapacidad, es "Lineamientos para incorporar el tema discapacidad dentro del proceso de planificación de las entidades públicas".

II.Avances

9.Los últimos dos años han sido especialmente fructíferos en la consolidación de compromisos sectoriales a favor de una sociedad más inclusiva que promueva la igualdad de oportunidades; junto al sector público, también servirá remarcar el aporte del sector privado desde sus muestras de responsabilidad social, así como de la sociedad civil en su capacidad de organización para difundir y fomentar el desarrollo de capacidades y talentos de las personas con discapacidad.

10.Las entidades públicas, sin desatender su programación de actividades aprobadas en sus planes operativos y al margen de sus limitaciones presupuestales, acompañaron el proceso de reforma del Estado impulsando y consolidando marcos regulatorios básicos para el trabajo articulado que exigen las políticas públicas implementadas con el objetivo de integrar social y económicamente a las personas con discapacidad, en especial aquella que se encuentra en situación de extrema pobreza.

11.Muestras de tales logros, son la conformación de las Comisiones Multisectoriales Permanentes encargadas de implementar el Plan de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad 2009-2018 y de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, normas que se aprobaron con los Decretos Supremos Nos. 007‑2008-MIMDES y 080-2008-PCM, respectivamente. Ambos espacios han servido para reforzar el concepto de transversalidad del tema de discapacidad, así como impulsar intersectorialmente la iniciativa de incorporar este mismo tema a la programación estratégica presupuestaria del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), mejorando de esta manera los niveles de seguimiento a metas e indicadores como los aprobados por el Plan de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad 2009-2018, en términos cuantitativos y de diseño de líneas base.

12.Otro logro de carácter estratégico ha sido la aprobación de la Ley Nº 29392, Ley de Infracciones y Sanciones por el incumplimiento de la Ley Nº 27050 y su Reglamento, que faculta al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (MIMDES) a aplicar sanciones por infracciones a la legislación vigente que protege derechos de las personas con discapacidad en aspectos laborales, educativos y de accesibilidad; al Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS) se le encarga la tarea especializada de evaluar la pertinencia de las denuncias y preparar los expedientes que sustenten las correspondientes resoluciones de sanciones y aplicación de multas según la infracción sea tipificada como leve, grave o muy grave.

13.No obstante, los operativos e intervenciones de carácter preventivo en entidades públicas y privadas, continúan formando parte de la política de sensibilización a cargo de nuestro ente rector.

14.En esta misma línea de resultados obtenidos, se tiene el incremento presupuestal propuesto por el CONADIS y aprobado en el presupuesto público del año fiscal 2010, de más del 40% respecto al presupuesto institucional 2009. Esta gestión tuvo como objetivo el financiamiento para la apertura de sus doce nuevas oficinas regionales de coordinación, que sumadas a las once existentes, completarán la cobertura a nivel nacional, propiciando un mayor acercamiento con los gobiernos regionales y locales, entidades privadas y organizaciones de personas con discapacidad.

15.El mayor presupuesto asignado, insertó al CONADIS dentro de la lógica del Presupuesto por Resultados del MEF, que implica el cumplimiento de metas fijadas para cuatro productos: entrega de ayudas biomecánicas, reconocimiento y acreditación de personas con discapacidad, asistencia técnica a gobiernos regionales y locales para la apertura de oficinas de atención al tema de discapacidad, y el fortalecimiento de capacidades a funcionarios locales y regionales.

16.Una mención especial, dada su influencia en el proceso de descentralización y la búsqueda de resultados concretos en el más corto plazo, merece el tema de los gobiernos regionales y locales; a ellos la legislación les asigna el compromiso de crear e implementar oficinas para la atención a las personas con discapacidad, incluyéndolas dentro de sus estructuras orgánicas. Para tal fin, las leyes de presupuesto público 2009 y 2010 han autorizado la ejecución de partidas presupuestales específicas. Son 25 gobiernos regionales y 1.834 gobiernos locales (entre distritales y provinciales) que articularían una red a nivel nacional de atención directa a sus poblaciones con discapacidad, al término del año 2009 8 Regiones y 328 municipalidades han cumplido con la apertura de sus oficinas especializadas en la atención a las personas con discapacidad. Se viene desarrollando en este sentido, un plan de incidencia pública desde las Comisiones Multisectoriales que se han conformado para vigilar el cumplimiento del Plan de Igualdad de Oportunidades y de la Convención; plan de incidencia que está muy asociado con capacitación a funcionarios públicos y sociedad civil organizada, a través del Secretario Técnico CONADIS.

17.Asimismo, conforme a lo establecido en su Plan Estratégico Institucional 2009‑2013, el CONADIS —como organismo público adscrito al MIMDES— y el Congreso de la República a través de su Comisión Especial de Discapacidad ha participado directamente en el desarrollo normativo de temas vitales para la persona con discapacidad, habiéndose aprobado en el año 2009 mediante Decreto Supremo Nº 013-2009-MIMDES, el Reglamento de la Ley Nº 28530, Ley de Promoción de acceso a Internet para personas con discapacidad y de adecuación del espacio físico de las cabinas públicas; el proyecto de ley que modifica los artículos 43, 241 y 274 del Código Civil sobre la voluntad indubitable que deben expresar las personas con cualquier discapacidad; la propuesta de Decreto Supremo que reemplazaría al Decreto Supremo Nº 129-95-EF sobre las normas referidas a la inafectación del pago de los derechos arancelarios y cancelación de los demás impuestos con documentos cancelatorios en la importación de vehículos especiales y prótesis para el uso exclusivo de personas con discapacidad.

18.Un logro, que contribuye de manera decidida a posicionar el tema de discapacidad en la agenda pública nacional y promocionar las buenas prácticas hacia las personas con discapacidad, es la emisión de la Resolución Ministerial Nº 498-2009-MIMDES que instaura el reconocimiento "Orden al Mérito por la Inclusión Social de las Personas con Discapacidad". Como se aprecia, no solamente se emprenden campañas de detección de infracciones y la aplicación de sus respectivas sanciones, sino también se reconocen los esfuerzos privados y muestras de civismo a favor de una sociedad más inclusiva.

19.También constituyen avances gestados al amparo de la Convención, la aprobación de la Ley Nº 29478, que establece el otorgamiento de facilidades para la emisión del voto de las personas con discapacidad; aprobación de la Ley Nº 29524 para Personas Sordociegas, que reconoce la Sordoceguera como Discapacidad única; la Resolución Jefatural Nº 0269-2009 del RENIEC por la cual se establece la emisión gratuita del documento nacional de identidad a las personas con discapacidad, facilitando diversos procedimientos para aquellas personas, niños especialmente, que no cuenten con partida de nacimiento; Ley de Prestaciones de Salud para los miembros de las Fuerzas Armadas y Policiales.

20.Son algunos de los avances que esbozamos y que serán detallados más adelante en el desarrollo de las matrices sugeridas por las Naciones Unidas; matrices que contienen lo dispuesto por las Directrices recibidas para su llenado, y que fueron agenda de una sesión especial de la Comisión Multisectorial Permanente creada el año 2008 para hacer seguimiento a lo dispuesto por la Convención. En esta sesión se determinó requerir a los ministerios, organismos autónomos, gobiernos regionales y provinciales, sus avances en la implementación de la Convención. Asimismo, la sociedad civil fue convocada por la Comisión Multisectorial para representar a cada una de las discapacidades reconocidas en nuestro país, se han recogido sus principales demandas (el Plan de Igualdad de Oportunidades 2009-2018 fue resultado de las audiencias públicas que el Estado organizó en el interior del país), sumándose a ello los canales de difusión puestos a su disposición, como son el programa radial "Sin Barreras" difundido por una radio estatal, el nuevo programa "Fortaleciendo Capacidades" (www.radiobacan.com/bacan_tv.php) y los foros que se tienen habilitados, en el portal web del órgano rector en discapacidad, el CONADIS, así como la "Encuesta en Línea" que tiene alojado en su portal la Comisión Especial de Discapacidad del Congreso de la República.

21.Este año, se llevaron a cabo, con el apoyo del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), talleres y audiencias públicas en 14 regiones de todo el país, registrándose gran concurrencia, donde se trataron temas referidos a los derechos humanos de las personas con discapacidad en el marco de la Convención; se contó con la participación de especialistas de la Comisión Especial de Discapacidad del Congreso de la República y del CONADIS, quienes recogieron las principales preocupaciones y aportes de la sociedad civil, que han sido incorporados en este documento.

A.Lineamientos para un nuevo enfoque en materia de discapacidad, a partir de lo dispuesto por la Convención

22.El ente rector en discapacidad de nuestro país, CONADIS, además de aspirar a convertirse en una institución eficaz en el cumplimiento de sus metas físicas y con altos ratios de ejecución presupuestal, ha reorientado en los dos últimos años el enfoque de sus logros, hacia el diseño de un diagnóstico que explique la evolución del tema de la discapacidad en la última década y sus perspectivas; tal análisis tiene relación directa con nuevos elementos incorporados al escenario de las políticas sociales, además de otros que han adquirido mayor intensidad e influencia en el desarrollo e implementación de las políticas públicas.

23.Nos referimos, por ejemplo, a la creciente importancia que tienen las estadísticas, ámbito donde aún la discapacidad no cuenta con una línea base que permita medir con mayor precisión la situación de las personas con discapacidad en el Perú, así como definir años base para un mejor seguimiento de normas cruciales como el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM que fija en nuestros país políticas nacionales de obligatorio cumplimiento al Sector Público; más aún, el Plan de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad 2009-2018 y la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, requieren un levantamiento de información más focalizado para priorizar intervenciones sectoriales. En este sentido, sirve citar la iniciativa del CONADIS y su par ecuatoriano de realizar un Plan Piloto para elaborar una Línea Base en la región fronteriza peruano-ecuatoriana, en el marco del Acuerdo Binacional Amplio de Buena Vecindad Perú – Ecuador.

24.También nos debemos referir a cómo se vienen articulando los planes nacionales con la política económica en la línea trazada por el Plan Perú 2021 del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN). Insertar el tema discapacidad en este escenario estará significando atender directamente el concepto de transversalidad sectorial y montos de presupuesto asignados; asimismo, implica vincular la problemática de las personas con discapacidad desde el enfoque de derechos humanos, con la marcha de estrategias nacionales como CRECER (Programa Social "Juntos") y la lógica de programas estratégicos presupuestales como el de "Articulación nutricional".

25.En el mismo sentido, estamos tomando en cuenta instancias de diálogo como la Mesa de Concertación para la Lucha contra la Pobreza, que a través de sus 579 mesas en funcionamiento: 26 regionales, 146 provinciales, 400 distritales y siete en centros poblados, puede complementar el trabajo que realizamos con los gobiernos regionales y locales.

26.Estos insumos para el rediseño del diagnóstico sobre discapacidad, son parte de un análisis crítico a reportes de información como los citados por el proyecto de Plan Perú 2021 formulado por el CEPLAN, que nos muestra cuadros como el siguiente:

Cobertura educativa de la población con discapacidad en el Perú (En porcentaje por grupos de edad)

Detalle

3-5 años

6-11 años

12-16 años

1993

2006

1993

2006

1993

2006

Perú

13,2

64,3

64,6

88,3

54,7

80,4

Discapacidad

Física

28,1

57,7

65,4

85,9

61,8

82,1

Intelectual

33,5

87,3

59,0

89,2

46,2

71,0

Visual

41,5

80,7

76,5

98,4

64,5

94,7

Auditiva

50,2

86,8

74,3

96,8

60,0

80,8

De lenguaje

33,6

71,2

52,1

92,0

44,5

66,7

Auditiva y de lenguaje

22,7

60,7

41,9

65,9

41,5

38,0

Otra múltiple

23,5

34,6

42,0

58,1

36,3

44,6

Fuente: Ministerio de Educación, Estadísticas Educativas Escale, 2009.

27.En efecto, el Ministerio de Educación indica que el porcentaje de cobertura educativa de personas con alguna discapacidad se ha incrementado en todas las edades, advirtiéndose que el grupo de 3 a 5 años es el de mayor rezago respecto de los otros grupos de edades. La pregunta que como Estado debemos plantearnos es si esa mayor cobertura se traduce luego, al cumplir el alumno su ciclo educativo, en mayores y mejores oportunidades laborales y de estudios; un tema específico sobre este punto sería el de las personas con discapacidad intelectual y su situación posescuela, en el marco de la Década de la Educación Inclusiva vigente en el Perú.

28.Es tal como lo dispone la normatividad internacional y nacional vigente respecto a los derechos de las personas con discapacidad: pasar de lo declarativo a las acciones concretas, resultado de políticas eficaces dirigidas a construir efectivamente una sociedad inclusiva que promueve la igualdad de oportunidades. Las instituciones públicas involucradas más funcionalmente con el tema de discapacidad, si bien cumplen con los objetivos que se le encargan presupuestal y cuantitativamente, están en la obligación de identificar aquellas estructuras que traban el proceso orientado a la plena integración socio-económica de la persona con discapacidad, así como los nuevos elementos de juicio que sirvan para propiciar avances en el tratamiento del tema.

29.Preocupaciones como las descritas, dentro de las conocidas restricciones presupuestales, dirigieron durante el año 2009 varias de nuestras acciones hacia la conformación de mesas de trabajo y suscripción de convenios para mejorar los niveles de conocimiento y atención de discapacidades como la sordoceguera, sin dejar de lado los aspectos de prevención, del creciente impacto que tienen los factores de riesgo para adquirir una discapacidad, como es la contaminación ambiental o los accidentes de tránsito.

30.Lo expuesto nos obliga entonces también como Estado y como parte del proceso de mejorar la calidad de los servicios que prestamos, a emprender ciclos de capacitación en gestión pública a nuestro personal que tiene contacto directo con las personas con discapacidad y sus familiares, con la convicción de que el fortalecimiento institucional es un requisito indispensable para convertirnos en una Administración Pública moderna al servicio del ciudadano.

31.Ingresan también en este propósito de reelaborar el diagnóstico de la discapacidad en nuestro país, las gestiones iniciadas ante el Ministerio de Economía y Finanzas para diseñar un programa estratégico dedicado al tema de la discapacidad; como paso previo, se elevó un oficio ante su secretaría general, solicitando la confirmación de que las entidades públicas tienen habilitada la estructura funcional programática necesaria para orientar y ejecutar presupuesto en el tema de discapacidad. Cumplimos con informar que dicho ministerio ha dado respuesta positiva y el CONADIS se ha encargado de oficiar a los sectores de este nuevo avance a favor de una mayor organicidad en la atención al tema de discapacidad. No olvidemos que un fallo estructural detectado y que la lógica de la programación estratégica presupuestal nos debe ayudar a superarla, consiste en la llamada naturaleza de las funciones o competencias sectoriales, que históricamente ha impedido que las entidades públicas no identifiquen ni orienten presupuesto específico a la atención de los necesidades de las personas con discapacidad; un sinsentido que obstruye también un seguimiento más preciso a las acciones que emprende el Estado a favor de esta población, y que con la aclaración realizada por el órgano rector el materia presupuestal, se debe empezar a resolver desde la fase de la programación (de las actividades, proyectos y programas) en los procesos presupuestarios de las entidades públicas.

32.En el mismo orden de ideas, y con un programa estratégico asociado a discapacidad que sea incorporado a la Ley de Presupuesto Público 2011, los compromisos sectoriales tendrían el marco adecuado para obtener las sinergias que permitan al CONADIS convertirse en la entidad especializada que cumpla a cabalidad sus roles de asistencia técnica, promoción, fiscalización, mejoramiento de la normatividad y articulación sectorial.

33.Entretanto, conforme a su actual dinámica de funcionamiento y esta es una situación que estamos creando las bases para revertirla en el año 2010, es limitado el alcance que el CONADIS puede tener en términos de transversalizar realmente (compromisos presupuestales incluidos) el tema de la discapacidad; consolidar una posición suprarregional para vigilar el cumplimiento de las normas, acompañar el proceso de descentralización y asesorar técnicamente a las oficinas municipales y regionales de atención a las personas con discapacidad, son los retos que se ha planteado el Estado Peruano para avanzar más rápidamente en la adecuación en todo el Sector Público de lo dispuesto por la Convención.

B.Participación de la sociedad civil en la Comisión Multisectorial Permanente encargada de implementar la Convención

34.En relación a la participación directa de la sociedad civil a fin de recibir su opinión y aportes que mejoren la calidad de las políticas públicas sobre discapacidad, informamos que el CONADIS en su calidad de Secretario Técnico de la Comisión Multisectorial Permanente encargada del seguimiento y propuesta de medidas para la implementación de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, cumplió con convocar a las asociaciones de personas con discapacidad y sus familias para que participen de la elección de los cinco Representantes de las personas con discapacidad y de familiares de personas con discapacidad ante la secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial Permanente encargada del seguimiento y propuesta de medidas para la implementación de la Convención.

35.Durante el proceso de convocatoria a los representantes de la sociedad civil se ha registrado poca participación de las asociaciones de personas con discapacidad y de sus familiares, habiéndose designado sólo representantes de las Asociaciones de Personas con Discapacidad Visual, de las Asociaciones de Personas con Discapacidad Física y de las Asociaciones de las Personas con Discapacidad de Sordoceguera.

36.El CONADIS y el Congreso de la República, a través de su Comisión Especial de Discapacidad, se encuentran promoviendo la participación de las asociaciones de personas con discapacidad, sus familias y de las propias personas con discapacidad a través de los diferentes medios de comunicación (programa radial "Sin Barreras" que se emite a nivel nacional —muy recientemente es transmitido también por Internet—, inserción de foros en portales web institucionales, realización de audiencias públicas descentralizadas, preparación de programa televisivo sobre discapacidad que será emitido semanalmente en alianza con el canal del Estado) incentivando a que dicha participación sea con aportes, sugerencias e ideas que favorezcan a la mejora del diseño de políticas, planes y proyectos en beneficio de la población con discapacidad.

37.Para incentivar estas buenas prácticas, el MIMDES aprobó la Resolución Ministerial Nº 498-2009, que aprueba el Reglamento para el otorgamiento de Condecoraciones en el Sector Mujer y Desarrollo Social, creándose la Condecoración "Orden al Mérito por la Inclusión Social de las Personas con Discapacidad", cuyo objeto es poner en agenda pública la temática de discapacidad, a través de una política de reconocimiento al trabajo que realiza la sociedad civil organizada y también el que despliegan personas naturales, creando así conciencia en los funcionarios y servidores de las instituciones públicas y privadas y la colectividad en general, sobre los derechos que tienen las personas con discapacidad.

38.Pese a estos y otros logros que se enumeran en las matrices, sirve anotar como tarea pendiente incrementar el grado de participación de la sociedad civil y sus organizaciones, especialmente las que congregan a personas con discapacidad y sus familiares, alineando así la perspectiva de un Estado cuya densidad e integración ha de incluir a los depositarios de sus políticas e inversión pública, en una vinculación de doble vía que se describió al inicio de este documento. Hay al respecto un reciente informe de PNUD – Perú sobre nuestro nivel de desarrollo humano para 2009.

C.Revisión estadística

39.Según la Encuesta Nacional Continua (ENCO) – INEI del año 2006, en el Perú el 8,4% de la población presenta algún tipo de discapacidad, esto significa que 8 de cada 100 personas a nivel nacional declaran tener al menos una discapacidad. La presencia de alguna discapacidad es mayor en el área urbana con 8,9% que en el área rural con 6,9%, siendo en general las mujeres, tanto del área urbana como de la rural las que reportan mayores tasas de discapacidad.

40.Tomando en cuenta el tipo de discapacidad, la de mayor prevalencia es la visual con 4,5%, seguida de la motora con 2,7% y la auditiva con 2,2%. La discapacidad menos prevalente se da en la del habla y de la comunicación que reportan 0,7% y 0,6%, respectivamente. Esto se aprecia en el cuadro siguiente:

Población que presentó alguna dificultad o limitación física o mental, por área de residencia, según tipo de discapacidad y sexo, 2006 (Tasa de prevalencia)

Tipo de Discapacidad / sexo

Total

Urbana

Rural

Visual

4,5

5,0

3,2

Hombre

3,8

4,1

2,9

Mujer

5,2

5,8

3,5

Motora 1

2,7

2,7

2,5

Hombre

2,2

2,2

2,1

Mujer

3,1

3,2

2,8

Auditiva

2,2

2,2

2,1

Hombre

2,2

2,2

2,1

Mujer

2,2

2,2

2,2

Mental 2

1,1

1,2

1,1

Hombre

1,0

1,0

0,9

Mujer

1,3

1,3

1,2

Del habla

0,7

0,7

0,6

Hombre

0,8

0,9

0,7

Mujer

0,6

0,6

0,6

De la comunicación

0,6

0,7

0,5

Hombre

0,7

0,7

0,5

Mujer

0,6

0,7

0,5

Otros 3

0,1

0,1

0,1

Total

8,4

8,9

6,9

Hombre

7,6

8,0

6,5

Mujer

9,2

9,9

7,4

Fuente: Instituto Nacional de Estadísticas e Informática (INEI) – Encuesta Nacional Continua 2006 (ENCO).

1 Comprende limitación en el uso de extremidades superiores e inferiores.

2 Comprende limitaciones para el aprendizaje y entendimiento.

3 Comprende otras dificultades o limitaciones.

41.Si tomamos en cuenta el tipo de discapacidad y su distribución regional, tenemos:

Población con alguna discapacidad por tipo de discapacidad, según departamento, 2006 (Tasa de prevalencia)

Departamento

Total

Visual

Motora 1

Auditiva

Mental 2

Del habla

De la comunicación

Amazonas

7,2

4,7

1,5

1,8

0,8

0,8

0,6

Ancash

6,9

2,9

2,9

1,7

1,3

0,6

0,7

Apurimac

5,6

2,3

2,2

1,6

0,6

0,6

0,4

Arequipa

10,4

5,0

4,1

4,0

1,1

0,6

0,7

Ayacucho

6,7

2,7

2,0

1,7

1,5

0,5

0,5

Cajamarca

7,3

4,0

2,5

2,2

0,9

0,7

0,6

Cusco

8,5

2,8

3,5

3,7

0,8

0,6

0,4

Huancavelica

6,6

4,2

1,6

2,0

0,7

0,5

0,3

Huánuco

4,5

1,6

1,6

1,3

0,8

0,6

0,6

Ica

9,2

5,3

2,6

1,9

1,6

0,9

0,8

Junín

5,0

2,2

1,4

1,7

0,5

0,5

0,4

La Libertad

7,1

4,8

1,8

1,5

0,6

0,6

0,5

Lambayeque

2,2

0,5

0,9

0,4

0,4

0,4

0,4

Lima Metropolitana 3

11,7

6,7

3,5

2,9

1,6

1,0

0,9

Lima Provincias 4

11,7

7,4

3,4

2,5

1,7

0,7

0,7

Loreto

4,1

2,2

1,3

0,6

0,4

0,4

0,3

Madre de Dios

2,6

0,8

1,0

0,5

0,4

0,5

0,3 a

Moquegua

9,9

3,1

4,9

3,0

1,9

0,6

0,8

Pasco

10,3

5,8

2,5

2,4

2,3

0,6

0,7

Piura

6,6

3,3

2,4

1,3

0,9

0,6

0,5

Puno

9,0

4,8

2,9

2,4

1,5

0,4

0,4

San Martín

6,6

4,2

1,6

1,3

0,8

0,6

0,5

Tacna

6,2

2,9

2,7

1,4

1,0 a

0,4 a

0,4 a

Tumbes

3,4

1,1

1,3

0,8

0,8

0,8

0,7

Ucayali

8,5

5,7

2,4

1,2

0,6

0,7

0,3 a

Total

8,4

4,5

2,7

2,2

1,1

0,7

0,6

Fuente: Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) – Encuesta Nacional Continua 2006 (ENCO).

1 Comprende limitación en el uso de extremidades superiores e inferiores.

2 Comprende limitaciones para el aprendizaje y entendimiento.

3 Comprende la provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao.

4 Excluye la provincia de Lima.

a Tiene únicamente valor referencial por presentar un coeficiente de variación mayor a 15%.

42.Al respecto, en un consolidado estadístico presentado el año 2009 se aprecia la distribución de la población con discapacidad según región:

Población con discapacidad por departamento Valores del Censo INEI ajustados según estudio de prevalencia del INR Actualizado al año 2006 según el Censo del INEI año 2005

Departamento

Población con discapacidad urbana y rural

Urbana

Rural

Total

Porcentaje

Porcentaje

Porcentaje

Lima

852 834

37,86

34 054

2,73

886 888

25,34

Puno

72 759

3,23

207 318

16,62

280 077

8,00

Cusco

80 868

3,59

141 954

11,38

222 822

6,37

Piura

141 914

6,30

70 977

5,69

212 891

6,08

La Libertad

134 030

5,95

71 476

5,73

205 506

5,88

Cajamarca

41 448

1,84

135 717

10,88

177 165

5,06

Junín

107 900

4,79

59 626

4,78

167 525

4,78

Ancash

85 824

3,81

80 582

6,46

166 406

4,75

Arequipa

111 278

4,94

22 079

1,77

133 357

3,81

Huánuco

41 898

1,86

73 347

5,88

115 245

3,29

Lambayeque

85 599

3,80

22 827

1,83

108 426

3,10

Ayacucho

47 755

2,12

59 750

4,79

107 506

3,07

Loreto

60 595

2,69

39 667

3,18

100 262

2,87

Callao

97 763

4,34

125

0,01

97 888

2,79

San Martín

54 288

2,41

31 434

2,52

85 722

2,45

Apurimac

26 355

1,17

58 628

4,70

84 983

2,43

Huancavelica

20 724

0,92

47 900

3,84

68 624

1,96

Ica

55 189

2,45

10 728

0,86

65 916

1,88

Amazonas

19 598

0,87

34 179

2,74

53 776

1,54

Ucayali

28 608

1,27

14 470

1,16

43 078

1,23

Pasco

23 652

1,05

16 715

1,34

40 367

1,15

Tacna

24 328

1,08

3 867

0,31

28 195

0,81

Tumbes

19 147

0,85

2 370

0,19

21 517

0,62

Moquegua

12 389

0,55

4 615

0,37

17 005

0,49

Madre de Dios

5 632

0,25

3 119

0,25

8 750

0,25

Total

2 252 375

99,99

1 247 525

100,01

3 499 899

100,00

43.Discapacidad según grupo de edad y sexo. La población que tiene más personas con alguna discapacidad, se ubica en el rango de edad de 60 y más años, representando el 39,9% del total, seguido de las personas que tienen de 40 a 59 años con 27,5%. Esta tendencia tiene el mismo comportamiento cuando lo desagregamos por sexo, con porcentajes de 39,7% para los hombres y 40,0% para las mujeres en la población de la tercera edad.

Población con alguna discapacidad por grupo de edad, según sexo, 2006 (Distribución porcentual)

Sexo

Total

Hasta 11 años

De 12 a 17 años

De 18 a 24 años

De 25 a 39 años

De 40 a 59 años

De 60 y más años

Hombre

100,0

8,8

7,0

7,0

12,8

24,8

39,7

Mujer

100,0

5,7

6,2

5,6

12,9

29,6

40,0

Total

100,0

7,1

6,5

6,2

12,8

27,5

39,9

Fuente: Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) – Encuesta Nacional Continua 2006 (ENCO).

Población con alguna discapacidad por grupo de edad, según departamento, 2006 (Distribución porcentual)

Departamento

Total

Hasta 11 años

De 12 a 17 años

De 18 a 24 años

De 25 a 39 años

De 40 a 59 años

De 60 y más años

Amazonas

100,0

6,7

6,7

5,1

11,8

32,7

36,9

Ancash

100,0

5,6

4,9

4,7

10,7

25,7

48,4

Apurimac

100,0

7,1

7,5

4,9

8,6

19,5

52,5

Arequipa

100,0

4,2

3,3

4,8

12,9

26,1

48,8

Ayacucho

100,0

10,9

8,0

5,8

10,9

22,5

41,9

Cajamarca

100,0

6,6

5,8

4,6

11,4

25,0

46,5

Cusco

100,0

5,3

4,1

4,8

13,1

28,6

44,1

Huancavelica

100,0

5,4

5,3

4,8

10,7

28,2

45,6

Huánuco

100,0

9,6

7,7

5,9

12,2

24,1

40,6

Ica

100,0

6,1

7,2

6,9

14,4

28,0

37,5

Junín

100,0

6,8

5,6

6,2

12,3

23,8

45,3

La Libertad

100,0

6,0

6,9

5,9

10,9

28,9

41,4

Lambayeque

100,0

10,1

5,9

6,6

12,5

20,0

44,9

Lima Metropolitana 1

100,0

7,7

7,2

7,2

14,2

27,8

35,9

Lima Provincias 2

100,0

5,8

7,6

7,0

10,7

27,0

42,0

Loreto

100,0

11,3

8,6

7,2

12,8

28,0

32,1

Madre de Dios

100,0

17,9

8,6 a

5,9 a

11,6

24,1

31,8

Moquegua

100,0

3,8

4,1

5,3

12,5

28,8

45,4

Pasco

100,0

6,8

6,9

6,4

11,0

29,2

39,6

Piura

100,0

7,6

7,9

6,7

11,0

27,2

39,7

Puno

100,0

6,4

4,9

4,2

10,3

27,5

46,8

San Martín

100,0

7,1

7,0

6,2

15,9

36,3

27,4

Tacna

100,0

3,6 a

4,0 a

3,4 a

11,8

30,1

47,1

Tumbes

100,0

13,4

8,7

7,6

12,0

17,3

41,0

Ucayali

100,0

6,6

6,8

6,3

14,7

36,7

28,9

Total

100,0

7,1

6,5

6,2

12,8

27,5

39,9

Fuente: Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) – Encuesta Nacional Continua 2006 (ENCO).

1 Comprende la provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao.

2 Excluye la provincia de Lima.

a Tiene únicamente valor referencial por presentar un coeficiente de variación mayor a 15%.

44.Discapacidad según nivel educativo. Para el Estado la educación especial tiene un enfoque inclusivo, atiende a personas con necesidades educativas especiales con el fin de conseguir su integración en la vida comunitaria y su participación en la sociedad. La ley establece el derecho a ser admitido en un colegio regular, aplicar sistemas especiales de pruebas en braille para ciegos y en lenguaje de señas para sordos, adecuación en infraestructura de centros educativos para la accesibilidad y la adecuación curricular. Pese a los esfuerzos, se observa que persiste la exclusión en este campo: uno de cada cinco discapacitados no tiene ningún nivel educativo, y solo el 11,3% alcanzó el nivel superior.

Población con alguna discapacidad por nivel educativo, según área de residencia y sexo, 2006 (Distribución porcentual)

Sexo

Total

Sin nivel 1

Primaria

Secundaria

Superior

Urbana

100,0

100,0

100,0

100,0

100,0

Hombre

43,6

29,6

44,3

46,6

49,1

Mujer

56,4

70,4

55,7

53,4

50,9

Rural

100,0

100,0

100,0

100,0

100,0

Hombre

47,7

29,6

61,6

64,7

65,6

Mujer

52,3

70,4

38,4

35,3

34,4

Total

100,0

100,0

100,0

100,0

100,0

Hombre

44,4

29,6

48,6

47,8

49,5

Mujer

55,6

70,4

51,4

52,2

50,5

Fuente: Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) – Encuesta Nacional Continua 2006 (ENCO).

1 Incluye educación inicial.

Población con alguna discapacidad por nivel educativo, según departamento, 2006 (Distribución porcentual)

Departamento

Total

Sin nivel 1

Primaria

Secundaria

Superior

Amazonas

100,0

28,2

52,2

13,8

5,8

Ancash

100,0

38,0

41,3

13,7

7,1

Apurimac

100,0

48,7

33,8

13,3

4,2

Arequipa

100,0

17,0

39,2

28,4

15,5

Ayacucho

100,0

41,7

39,8

13,5

5,0

Cajamarca

100,0

44,7

41,9

9,7

3,6

Cusco

100,0

37,0

35,6

18,8

8,6

Huancavelica

100,0

41,6

40,8

13,6

4,0

Huánuco

100,0

42,2

41,4

12,2

4,3

Ica

100,0

13,4

39,1

31,6

15,9

Junín

100,0

24,8

41,8

23,1

10,3

La Libertad

100,0

22,2

43,4

23,4

10,9

Lambayeque

100,0

38,1

40,6

16,4

4,9 a

Lima Metropolitana 2

100,0

10,6

34,4

39,5

15,4

Lima Provincias 3

100,0

16,5

45,5

29,5

8,5

Loreto

100,0

21,0

49,3

23,1

6,5

Madre de Dios

100,0

22,8

50,4

20,8

6,0 a

Moquegua

100,0

19,7

43,2

24,7

12,4

Pasco

100,0

29,0

43,8

19,1

8,1

Piura

100,0

28,9

45,5

19,4

6,1

Puno

100,0

34,1

43,4

14,8

7,7

San Martín

100,0

22,0

55,4

17,1

5,6

Tacna

100,0

18,8

46,8

25,6

8,7 a

Tumbes

100,0

25,4

51,9

16,4

6,3 a

Ucayali

100,0

12,6

49,7

27,9

9,7

Total

100,0

21,2

39,4

28,1

11,3

Fuente: Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) – Encuesta Nacional Continua 2006 (ENCO).

1 Incluye el nivel inicial.

2 Comprende la provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao.

3 Excluye la provincia de Lima.

a Tiene únicamente valor referencial por presentar un coeficiente de variación mayor a 15%.

Población con alguna discapacidad por tipo de discapacidad, según nivel de educación, 2006 (Distribución porcentual)

Nivel de educación

Total

Visual

Motora 1

Auditiva

Mental 2

Del habla

De la comunicación

Sin nivel 3

21,2

17,5

27,0

29,2

35,0

46,8

44,9

Primaria

39,4

38,9

40,8

41,1

41,6

34,2

34,2

Secundaria

28,1

30,8

22,9

20,8

18,4

15,1

16,5

Superior

11,3

12,8

9,2

9,0

5,0

3,9

4,4

Total

100,0

100,0

100,0

100,0

100,0

100,0

100,0

Fuente: Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) – Encuesta Nacional Continua 2006 (ENCO).

1 Comprende limitación en el uso de extremidades superiores e inferiores.

2 Comprende limitaciones para el aprendizaje y entendimiento.

3 Incluye el nivel inicial.

45.Discapacidad según condición de ocupación y categoría de ocupación. Las personas con discapacidad deben tener la oportunidad de tener un trabajo libremente elegido en un mercado y entorno laboral que sea abierto y accesible. Sin embargo la realidad es distinta, es difícil su acceso al empleo. Por ello, a fin de mitigar la exclusión de estos trabajadores en el mercado laboral se han establecido medidas que van desde comprometer al Estado a contratar un porcentaje de personas con discapacidad, hasta otorgar beneficios tributarios a las empresas que incorporen laboralmente a personas discapacitadas.

46.Según la ENCO el ratio que relaciona la población ocupada discapacitada respecto al total de la población en edad de trabajar (PET) con alguna discapacidad, alcanza el 48,2%, que es inferior a la tasa de la población que no presenta ninguna discapacidad en 18,5 puntos porcentuales, lo que evidencia la exclusión laboral de este segmento de la población.

47.A continuación estadísticas de la PET con alguna discapacidad según tipo de discapacidad, y también la Población Ocupada de 14 y más años de edad con alguna discapacidad según tipo de discapacidad.

Población en edad de trabajar con alguna discapacidad por tipo de discapacidad, según condición de ocupación, 2006 (Distribución porcentual)

Condición de ocupación

Total

Visual

Motora 1

Auditiva

Mental 2

Del habla

De la comunicación

Ocupado

48,2

48,6

38,5

44,7

31,4

28,9

19,1

No ocupado 3

51,8

51,4

61,5

55,3

68,6

71,1

80,9

Total

100,0

100,0

100,0

100,0

100,0

100,0

100,0

Fuente: Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) – Encuesta Nacional Continua 2006 (ENCO).

Nota: Se considera como población en edad de trabajar a aquella de 14 y más años de edad.

1 Comprende limitación en el uso de extremidades superiores e inferiores.

2 Comprende limitaciones para el aprendizaje y entendimiento.

3 Comprende los desocupados activos e inactivos.

Población ocupada de 14 y más años de edad con alguna discapacidad por tipode discapacidad, según categoría de ocupación, 2006 (Distribución porcentual)

Condición y categoría de ocupación

Total

Visual

Motora 1

Auditiva

Mental 2

Del habla

De la comunicación

Empleador o patrono

6,8

7,1

7,6

6,7

5,0

3,4

3,0

Independiente

50,4

50,2

55,6

53,3

50,0

33,0

39,8

Dependiente

27,4

29,5

21,1

23,1

19,6

32,5

23,7

Trabajador familiar no remunerado

11,9

9,5

12,5

13,7

20,9

27,8

30,9

Trabajador del hogar

3,1

3,4

2,8

2,8

3,8 a

2,3 a

1,8 a

Otro

0,4

0,3 a

0,4

0,4 a

0,8 a

1,0 a

0,9 a

Total

100,0

100,0

100,0

100,0

100,0

100,0

100,0

Fuente: Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) – Encuesta Nacional Continua 2006 (ENCO).

1 Comprende limitación en el uso de extremidades superiores e inferiores.

2 Comprende limitaciones para el aprendizaje y entendimiento.

a Tiene únicamente valor referencial por presentar un coeficiente de variación mayor a 15%.

48.Discapacidad según etnia. Se observa que la mayor cantidad de personas que sufre alguna discapacidad en el país, tiene como lengua materna el castellano, ya que 7 personas de cada 10 lo aprendieron en la niñez. Le sigue en importancia el quechua con 24%. Solo el 1,2% de la población discapacitada señaló ser sordomuda.

Población con alguna discapacidad por idioma o lengua aprendida en la niñez, según área de residencia y sexo, 2006 (Distribución porcentual)

Área de residencia /sexo

Total

Castellano

Quechua

Otras lenguas 1

Es sordomuda

Urbana

100,0

78,3

19,0

1,9

0,8

Hombre

100,0

78,7

18,3

1,9

1,0

Mujer

100,0

77,9

19,6

1,8

0,7

Rural

100,0

47,7

42,2

7,6

2,4

Hombre

100,0

49,6

40,2

7,5

2,6

Mujer

100,0

46,0

44,0

7,7

2,2

Total

100,0

71,7

24,0

3,1

1,2

Hombre

100,0

72,0

23,4

3,2

1,4

Mujer

100,0

71,5

24,5

3,0

1,0

Fuente: Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) – Encuesta Nacional Continua 2006 (ENCO).

1 Incluye aymara, asháninca, aguaruna, shipibo-conibo, otras lenguas nativas e idiomas extranjeros.

49.Comentario. El tema estadístico forma parte de la agenda pendiente para registrar con mayor precisión y de manera actualizada el número de personas que viven en el Perú; basta señalar lo indicado en la publicación del JICA – CONADIS respecto a los antecedentes que existen en materia de censos realizados hasta la fecha, distintos uno del otro en sus resultados.

Principales resultados de estadísticas de discapacidad en el Perú

Censo o encuesta

Año

Población general

Población PCD

Porcentaje de incidencia

Censo INEI

1981

17 762 231

26 560

0,15

Censo INEI

1993

22 639 443

288 526

1,27

Estudio Prevalencia INR

1993

22 639 443

2 961 239

13,08

EHODIS – Lima – Callao

2005

8 030 533

457 550

5,70

ENCO – Nacional

2006

27 219 264

2 368 076

8,70

ENCO – Lima Metropolitana

2006

8 184 427

892 102

10,90

50.Esto ha dado lugar que el CONADIS desde el año 2005 emprenda iniciativas de carácter presupuestal ante el MEF y el INEI a fin de que se haga un levantamiento de información censal sobre la situación socio-demográfica del tema específico de personas con discapacidad.

51.La Encuesta de Hogares sobre Discapacidad en Lima Metropolitana EHODIS 2005, fue un primer éxito al margen de que solamente incluyó a la población de Lima; tenemos asimismo el proyecto piloto para realizar un censo en Tumbes, cuyos términos de financiamiento se vienen coordinando en el marco del Acuerdo Amplio Binacional Perú – Ecuador.

52.Este año se ha suscrito un convenio marco con el INEI que incluirá el desarrollo de una Guía Metodológica para instruir en materia estadística a gobiernos locales y regionales que tengan iniciativas para censar a su población con discapacidad; una de las más destacadas fue la emprendida por el Gobierno Regional de Lambayeque que auspició la creación del primer Consejo Inter Universitario por la Inclusión Social de las Personas con Discapacidad en dicho departamento, uno de cuyos objetivos es el levantamiento de información regional sobre discapacidad.

III.Información específica relativa a la aplicación, en la legislación y en la práctica, de los artículos 1 a 33 de la Convención

A.Antecedentes

53.Mediante el Decreto Supremo Nº 080-2008-PCM, el Estado Peruano crea la Comisión Multisectorial Permanente encargada del seguimiento y propuesta de medidas para la implementación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad, siendo sus funciones:

a)Aprobar su Reglamento Interno;

b)Proponer medidas para la implementación de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad;

c)Ejercer la labor de seguimiento y monitoreo de la implementación de la Convención;

d)Promover la incorporación de las acciones contenidas en la Convención, en los planes operativos y planes estratégicos de sus respectivos ministerios;

d)Elaborar los indicadores y metas que permitan evaluar el logro de los resultados esperados de la implementación de la Convención;

e)Elaborar un Informe anual, de alcance nacional, sobre los avances de la Convención, así como de elaborar el informe nacional a ser remitido al Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad conforme a lo previsto en el artículo 33 de la Convención;

f)Coordinar con los demás sectores del Estado la realización de acciones que contribuyan de manera eficaz al cumplimiento de las metas de la Convención;

g)Coordinar con el Comité.

54.La Comisión Multisectorial Permanente está conformada por:

a)Un representante del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, quien la preside;

b)Un representante del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS, quien se hace cargo de la Secretaría Técnica de la Comisión;

c)Un representante del Comisión Especial de Discapacidad del Congreso de la República;

d)Un representante de la Presidencia del Consejo de Ministros;

e)Un representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

f)Un representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento;

g)Un representante del Ministerio de Salud;

h)Un representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;

i)Un representante del Ministerio de Educación.

55.En el marco de la Convención, mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-MIMDES, se crea la Comisión Multisectorial Permanente encargada del monitoreo y seguimiento del Plan de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad 2009-2018.

56.Las líneas estratégicas del trabajo desarrollado por ambas comisiones se han descrito en párrafos precedentes y ellas están dirigidas a conseguir que el tema de la discapacidad sea transversalizado, pero con la debida incorporación del tema en los planes sectoriales y de desarrollo concertado (en el caso de las regiones y municipalidades), considerando que es en esos documentos matrices de gestión donde se gesta la asignación de presupuestos que, luego de haberse habilitado la estructura funcional programática de gasto, nos permitirá realizar con mayor precisión el monitoreo de los indicadores que se determinen.

57.Entretanto, y esto va en sintonía con lo referido en las Directrices respecto a los cuadros de indicadores ilustrativos presentados por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (HRI/MC/2008/3), los datos del presente Informe Inicial se sustentan en indicadores de proceso; hasta que se alcance la organicidad en el tratamiento del tema, no podemos emplear los indicadores de resultados. Tal es la evolución que se ha previsto en el Perú, tomando en cuenta también el contexto normativo (se viene intensificando la reforma del Estado, uno de cuyos elementos centrales es culminar la transferencia de funciones, competencias y presupuestos a los gobiernos regionales y locales); se adjunta, en el mismo sentido, el proyecto de Observatorio de la Discapacidad que el CONADIS viene impulsando su financiamiento, inclusive en el marco del Acuerdo Amplio Binacional con la hermana república del Ecuador.

B.Disposiciones generales de la Convención (artículos 1 a 4)

58.Véase cuadro siguiente.

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Avance

La definición de discapacidad utilizada para reunir los datos que se analizaron, qué impedimentos se han incluido y la conceptualización de "largo plazo"

Nuestra Ley General de la Persona con Discapacidad, Ley Nº 27050, define que "La persona con discapacidad es aquella que tiene una o más deficiencias evidenciadas con la pérdida significativa de alguna o algunas de sus funciones físicas, mentales o sensoriales, que impliquen la disminución o ausencia de la capacidad de realizar una actividad dentro de formas o márgenes considerados normales, limitándola en el desempeño de un rol, función o ejercicio de actividades y oportunidades para participar equitativamente dentro de la sociedad"; en este escenario, consideramos una prioridad la vigilancia de los derechos humanos de las personas con discapacidad, y el Estado Peruano viene adoptando y desarrollando acciones sistemáticas para generar un modelo de atención a la población con discapacidad, que forme parte de la propia reforma del Estado emprendida desde inicio de la presente década y que se extienda hacia todas las poblaciones en situación de riesgo.

El "largo plazo" lo entendemos como el horizonte temporal trazado para alcanzar el pleno funcionamiento de dicho sistema, lo cual no impide que en el corto y mediano plazo desarrollemos avances en materia normativa, presupuestal y de afinamiento a las políticas públicas, tal como se viene haciendo.

Los medios por los cuales la legislación nacional define y entiende los conceptos de los artículos 1 y 2 de la Convención, y en particular las leyes, reglamentos, costumbres sociales o prácticas que discriminen por motivos de discapacidad

A través de normas como la creación de las Comisiones Multisectoriales Permanentes descritas en las primeras páginas o la aprobación de la Ley de Infracciones y Sanciones por el incumplimiento de la Ley General que protege a las personas con discapacidad y genera un régimen especial de promoción de sus derechos, el Estado Peruano reivindica la importancia que tiene intersectorializar el tema de discapacidad; es decir, no asigna a una sola entidad la vigilancia y vigencia plena de una Ley General, sino que compromete al Sector Público en una política de Estado cuyo fundamento es la protección de los derechos humanos.

Bajo este enfoque, las restricciones presupuestales no obstruyen el desarrollo normativo (ajustes razonables, leyes contra la discriminación, adopción de lenguajes especiales) que se viene dando en nuestro país.

Los medios por los cuales el Estado parte define e interpreta el concepto de "ajustes razonables" y la condición de no imponer "una carga desproporcionada o indebida", proporcionando ejemplos

Nuestro Ministerio de Trabajo tiene una Oficina creada para atender la temática laboral de las personas con discapacidad, siendo uno de sus componentes las acciones de "supervisión".

Nos hemos encontrado con las dificultades de orden económico que para el Sector Privado representa, por ejemplo, el hecho de adecuar sus instalaciones para una mayor accesibilidad de las personas con discapacidad. En el mismo sentido, más allá del factor de infraestructura física, se tiene contemplado en la Ley Nº 27050 y su Modificatoria Ley Nº 28164, en el Decreto Supremo Nº 027 que aprobó la Presidencia del Consejo de Ministros el año 2007, el porcentaje del 3% de personas con discapacidad que debe tener toda institución pública, lo cual incluye el acceso a cargos directivos; debe mencionarse que en los citados concursos públicos los postulantes con discapacidad reciben una bonificación del 15% sobre el puntaje final.

Que no se respete ese derecho, además de estar considerada la infracción en el Ley de Infracciones y Sanciones, la legislación peruana establece el inicio de acciones judiciales por causal de discriminación.

La manera en que se han puesto en vigor los principios y las obligaciones generales establecidos en los artículos 3 y 4 de la Convención y la manera en que se prevé asegurar su realización efectiva, en particular el principio de la promoción del pleno ejercicio de los derechos reconocidos en la Convención sin discriminación por motivos de discapacidad, como se dispone en el artículo 4, proporcionando ejemplos

El Estado Peruano decretó en el año 2008 la aprobación del Plan de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad 2009-2018 y designó a una Comisión Multisectorial de carácter Permanente su seguimiento.

Este Plan, como se indicó, forma parte del gran proyecto de lograr la organicidad funcional a nivel estatal en la atención a las necesidades de la población con discapacidad.

La Presidencia de la Comisión Multisectorial se encargó al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, que es el sector encargado de los temas niñez, adolescencia, mujer, adulto mayor, desplazados, violencia familiar.

Se encuentra en evaluación el proyecto de modificatoria al Código Civil en los artículos que corresponden a la libre determinación de personas con discapacidad respecto a su estado civil.

Para ejemplificar las intervenciones del ente rector en discapacidad (CONADIS) se adjunta en versión digital la Memoria Anual 2009 conteniendo los principales logros, estando entre ellos la desactivación de una Comisión Revisora sobre el grado de discapacidad que se había creado en una Universidad Pública para admitir a sus alumnos beneficiarios de la cuota de vacantes reservadas; la incidencia ante el Congreso de la República para defender el ingreso laboral de una persona con discapacidad a la Magistratura y la intervención ante un Gobierno Local que impedía la inscripción de un matrimonio de dos personas sordas.

Datos estadísticos desglosados y comparativos sobre la eficacia de medidas concretas contra la discriminación y los progresos logrados en asegurar por igual el ejercicio de cada uno de los derechos reconocidos en la Convención, incluida una perspectiva de género y basada en la edad

Tema pendiente cuya evolución ha sido expuesto en párrafos precedentes dentro del ítem "Revisión Estadística".

Los derechos reconocidos en la Convención que el Estado parte ha procurado hacer efectivos progresivamente y los derechos que se ha comprometido a poner en práctica de inmediato. Describir el efecto de estas últimas medidas

Sin duda todos están contenidos en la normatividad desarrollada en los últimos dos años; no obstante, constituyen una prioridad de Estado, los artículos referidos a Mujer, Niños y Niñas con Discapacidad, que a su vez forman parte —aun de manera transversal— de los Programas Estratégicos que reciben atención especial dentro de los presupuestos públicos y un monitoreo más exhaustivo: Articulación Nutricional y Cuidado Prenatal, así como la reducción de los niveles de violencia contra la mujer.

A nivel de agenda pública, se realizó el evento en marzo de este año "Mujer y Discapacidad" enmarcado dentro del Artículo 6º de la Convención, contándose con la presencia de representantes en Lima de gremios regionales y también de la señora Eneida Ferrer de SEDISCAP – OEA. Nos hemos planteado el objetivo de realizar en diciembre 2010 un Congreso Iberoamericano que focalizará la discapacidad en los dos temas, mujer y niñez con discapacidad; sin perjuicio de que los demás artículos, como se señala, sean materia de una atención más específica de modo progresivo.

El grado de participación de las personas con discapacidad, incluidas las mujeres, los niños y las niñas con discapacidad en la elaboración, aplicación y evaluación de legislación y políticas para introducir la Convención. También se deberá indicar la diversidad de personas con discapacidad que han participado en estos procesos con una perspectiva de género y basada en la edad

Como se ha indicado, no se llega aún a la fase de la especificidad en la participación de niñez y mujeres con discapacidad en todos los avances producidos en el tema.

En el Perú se organizó el año 2009 el Congreso Panamericano donde niños y adolescentes eran el universo de participantes, quedando pendiente la tarea de empezar a identificar con precisión y con fines de seguimiento a la Convención, los segmentos formados por niños, niñas y mujeres con discapacidad.

La perspectiva de género, no obstante, está presente en la evaluación de las 12 políticas nacionales priorizadas por el Estado Peruano y que forman parte del citado Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM, cuya principal innovación se encuentra en evaluación y que consiste extender los reportes de evaluación a la instancia de gobierno subnacional (gobiernos regionales y locales).

Si el Estado tiene medidas que ofrecen un nivel más alto de protección de los derechos de las personas con discapacidad que las disposiciones de la Convención, como se plantea en el párrafo 4 del artículo 4

La Convención es un documento que más bien viene a complementar y mejorar de modo articulado la legislación dispersa que se ha generado en los últimos años en el Perú, bajo la influencia del constante desarrollo normativo que debemos reconocer se ha producido a nivel internacional y nacional en materia de derechos humanos.

Este año 2010, se tiene programada, y en este esfuerzo coinciden el Congreso de la República y el CONADIS, formular la propuesta de armonización de las normas peruanas sobre discapacidad a lo dispuesto por la Convención.

La forma en que se ha garantizado que las disposiciones de la Convención se apliquen en todas las partes del Estado, sin limitaciones o excepciones, en el caso de Estados federales o muy descentralizados

Conforme a nuestra Constitución, la República del Perú tiene un gobierno unitario, representativo y descentralizado; la legislación que se apruebe y los tratados —que son leyes para nuestro país— son de aplicación en todo el territorio nacional.

Por esta razón y en virtud de la Convención, la Ley de Infracciones y Sanciones aprobada en agosto de 2009 tiene vigencia en todo el país y las fases instructiva y sancionadora que establece su Reglamento aprobado en marzo-2010, vienen siendo adecuadas por el CONADIS y el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social con un enfoque descentralizado.

Las Oficinas Municipales y las Regionales para la Atención a las Personas con Discapacidad (OMAPED y OREDIS), sin embargo, aún no se alinean íntegramente a lo dispuesto por la Convención y esto debe ser evaluado en la armonización de las normas prevista en función de la Convención.

Hay un tema de autonomías administrativas, presupuestales y funcionales que precisamente deben empezar a superarse con la incorporación del tema discapacidad a la programación estratégica presupuestaria del Ministerio de Economía y Finanzas.

Gestión que según se explicó, se ha iniciado este año y se vienen impulsando consensos para que a nivel del Congreso de la República y del propio Poder Ejecutivo se apruebe un Decreto de Urgencia que servirá para generar compromisos concretos sectoriales, incluyendo a los gobiernos regionales y locales.

C.Derechos específicos

1.Artículo 5Igualdad y no discriminación

59.Se reconoce que todas las personas son iguales ante la ley y tienen derecho a igual protección legal y a beneficiarse de la ley en igual medida sin discriminación alguna.

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Avance

Si las personas con discapacidad pueden ampararse en la ley para proteger o dedicarse a sus intereses en pie de igualdad con las demás

Nuestra Constitución Política establece que toda persona tiene derecho la igualdad ante la ley. Nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquiera otra índole.

Asimismo, determina que toda persona incapacitada para velar por sí misma a causa de una deficiencia física o mental tiene derecho al respeto de su dignidad y a un régimen legal de protección, atención, readaptación y seguridad.

Para el ejercicio de estos derechos, el Estado promueve la acción pública de instituciones privadas; igualmente, articula la prestación de servicios en Defensorías del Pueblo, Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, Ministerio Público, Policía Nacional; se tienen tres ministerios entre cuyas funciones se encuentra la atención directa a la persona con discapacidad: Salud, Educación, Trabajo.

Las medidas efectivas adoptadas para garantizar a las personas con discapacidad protección legal igual y efectiva contra todo tipo de discriminación, incluido proporcionarles ajustes razonables

En las leyes de presupuesto público de los ejercicios fiscales 2009 y 2010, se aprobaron dos artículos cruciales para que los gobiernos locales y regionales puedan orientar presupuesto al tema de discapacidad. Son los referidos a autorizar la ejecución del 0,5% de sus presupuestos para mejorar o proveer de accesibilidad a la infraestructura urbana de las ciudades, así como a los palacios municipales que están al servicio de todos los ciudadanos y en especial a la población con discapacidad y adulto mayor; también se autoriza el gasto mensual de hasta una Unidad Impositiva Tributaria (UIT) en la apertura y puesta en funcionamiento de las oficinas municipales y regionales de atención a la persona con discapacidad.

Políticas y programas, incluidas medidas de acción afirmativa, para lograr la igualdad de facto de las personas con discapacidad, teniendo en cuenta su diversidad

La implementación y puesta en funcionamiento de Mesas de Trabajo vinculadas a las distintas capacidades, promovidas por el Congreso de la República y el CONADIS, son formas de ampliar oportunidades para la participación e integración de las personas con discapacidad y sus familiares. Igualmente, las audiencias públicas en el interior del país, realizadas para recoger los aportes de la sociedad civil e interactuar con los funcionarios públicos encargados de atender el tema de discapacidad.

2.Artículo 8Toma de conciencia

60.Se establece la obligación de los Estados partes de aplicar políticas eficaces de toma de conciencia para promover una imagen positiva de las personas con discapacidad. El informe deberá contener información sobre las medidas adoptadas para crear mayor conciencia de las personas con discapacidad, fomentar el respeto de sus derechos y de su dignidad, sus capacidades y contribuciones, y combatir los estereotipos y los prejuicios contra ellas.

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Avance

Las campañas de concienciación dirigidas a la sociedad en general y dentro del sistema educativo y las actividades realizadas a través de los principales medios de difusión

-Creación de una primera biblioteca virtual denominada "TIFLO BIBLIOTECA DEL CONGRESO", del cual se ha logrado la publicación de la Historia del Perú en el sistema Braille; el Congreso de la República aprobó con su respectiva partida presupuestal la creación del primer colegio para personas sordas "Ludwig Van Bethoven"; se dio inicio a la Campaña Nacional "Mi Silla" que donará 50.000 sillas de ruedas a personas con discapacidad en pobreza y pobreza extrema; también se marcó el inicio de la Campaña Nacional "Ver para Creer" que permitió operar de cataratas a más de 1.500 personas; se realizó la I Campaña Gratuita de Salud Bucal "Una Sonrisa Especial", con prioridad en la atención a niños y niñas con retardo mental leve o severa y síndrome de down. Deben citarse los concursos de proyectos "Mentes Brillantes", donde se concertaron esfuerzos privados y públicos, bajo el impulso de la Comisión Especial de Discapacidad, al igual que se instaló el Centro de Recursos "Mefiboset" a través de cual se promueve el acceso de personas con discapacidad a tecnologías de información.

-Con una frecuencia semanal y por las ondas de Radio Nacional se emite el programa radial "Sin Barreras", que educa y orienta a la población sobre el cumplimiento de la normatividad vigente relacionada a discapacidad y también para promover buenas prácticas ciudadanas a favor de una sociedad más inclusiva. Este programa difunde las actividades programadas por el CONADIS y entrevista a personalidades médicas, líderes de organizaciones gremiales, funcionarios públicos y privados, así como atiende llamadas del público de todos los lugares del país. Se promocionan actividades de entidades públicas y privadas.

Las medidas tomadas para dar a conocer la Convención y los derechos que reconoce e informar al respecto a las personas con discapacidad y otros sectores de la sociedad

Por la frecuencia del canal 56, en la parrilla de una de las principales empresas de servicio de televisión por cable. se accede a una comunicación de vanguardia e inclusión, al brindar información en el lenguaje de señas, en la transmisión de las sesiones plenarias, comisiones y demás actividades realizadas por el Congreso de la República, convirtiéndose de esta manera en el primero y único canal del Perú que cuenta con intérpretes en lenguaje de señas.

3.Artículo 9Accesibilidad

61.Se establece la obligación que tienen los Estados partes de adoptar medidas apropiadas para que las personas con discapacidad puedan vivir en forma independiente y participar plenamente en todos los aspectos de la vida.

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Las medidas legislativas y de otra índole adoptadas para asegurar el acceso de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con las demás, al entorno físico (incluido el uso de señales indicadoras y señalización en las calles), al transporte, la información y las comunicaciones (con inclusión de las tecnologías y sistemas de información y comunicaciones) y a otras instalaciones y servicios proporcionados al público, por entidades privadas inclusive, en zonas urbanas y rurales de conformidad con los párrafos 2 b) a 2 h) del artículo 9 de la Convención

Mediante Decreto Supremo Nº 011-2006-VIVIENDA, se aprueban las Normas Técnicas del Reglamento Nacional de Edificaciones – RNE, entre las que se encuentra la Norma A.120 "Accesibilidad para Personas con Discapacidad", la cual recopila lo establecido en la NTE A.060 y NTE U. 190.

Esta norma técnica establece condiciones y especificaciones técnicas de diseño para la elaboración de proyectos y ejecución de obras de edificación y para la adecuación de las existentes donde sea posible, con el fin de hacerlas accesibles a las personas con discapacidad.

Si bien la norma fue publicada en el año 2006, la norma es siempre materia de difusión a nivel nacional. Igualmente, las normas técnicas de edificación son permanentemente revisadas con el propósito de que se encuentren actualizadas, de este modo, en el año 2009 parte del contenido y la denominación de la Norma A.120 fue modificada por "Accesibilidad para Personas con Discapacidad y de la Personas Adultas Mayores" aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2009-VIVIENDA.

- Se instaló el Comité Técnico de Normalización de Accesibilidad al Medio Físico. Este comité, conformado por diversas instituciones del sector público como privado, elaborará normas técnicas de accesibilidad para personas con discapacidad en edificaciones arquitectónicas y urbanísticas tomando como referencia normativas internacionales.

En ese sentido su tarea será la de establecer los requisitos mínimos de diseños universales que deben cumplir los ambientes, equipamientos y medios de transporte para que sean aptos y ser usados por las personas con discapacidad y no tengan dificultades u obstáculos cuando realicen sus actividades individuales o colectivas.

Normas y directrices técnicas sobre accesibilidad, así como auditorías sobre su cumplimiento y sanciones en caso de que no se cumplan; y si los recursos obtenidos mediante las sanciones monetarias se dedican a promover medidas de accesibilidad

Está contemplada en la Ley de Infracciones y Sanciones como falta muy grave la contravención de las disposiciones urbanísticas y arquitectónicas que permiten la accesibilidad a las personas con discapacidad, teniendo en cuenta el entorno. En efecto, esta misma ley establece que los ingresos por concepto de multas serán destinados al CONADIS para fines de difusión y promoción de la normatividad vigente a favor de las personas con discapacidad.

El uso de disposiciones sobre adquisición pública y otras medidas que establecen requisitos obligatorios en materia de accesibilidad

La entrada en vigencia de la Ley de Infracciones y Sanciones ofrecerá el marco normativo adecuado para exigir en las construcciones el componente de discapacidad – accesibilidad.

La identificación y eliminación de obstáculos y barreras a la accesibilidad, inclusive en los sectores privado y público, y la existencia de planes nacionales de accesibilidad con metas y plazos claros

El Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM estableció para la meta de accesibilidad (una de las tres políticas nacionales en materia de discapacidad) que un 30% de edificaciones públicas fuesen accesibles; la meta se cumplió al Prime Semestre del año 2009. Este año se amplió la meta al 60%.

4.Artículo 10Derecho a la vida

62.Se reafirma el derecho inherente a la vida de las personas con discapacidad en igualdad de condiciones con las demás.

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Si la legislación reconoce y protege el derecho a la vida y a la supervivencia de las personas con discapacidad en igualdad de condiciones con las demás

La Constitución Política del Perú consagra entre los "Derechos Fundamentales de la Persona", el derecho que tiene toda persona "a la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar. El concebido es sujeto de derecho en todo cuanto le favorece".

Si las personas con discapacidad son objeto de privación arbitraria de la vida

Bajo el enfoque de igualdad ante la ley, nuestra Carta Magna dispone en su artículo 1º: "La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado".

La entidad de carácter autónomo que vela por el cumplimiento del mandato constitucional respecto a las personas con discapacidad, es el CONADIS; en el ámbito del Poder Legislativo, la entidad que propone normas y fiscaliza su aplicación en todo el territorio nacional es la Comisión Especial de Discapacidad.

5.Artículo 11Situaciones de riesgo y emergencias humanitarias

63.Los Estados partes se obligan a garantizar la protección y la seguridad de las personas con discapacidad en situaciones de riesgo, incluidas situaciones de conflicto armado, emergencias humanitarias y desastres naturales.

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Las medidas adoptadas para garantizar la protección y la seguridad de las personas con discapacidad, entre ellas las medidas para incluirlas en los protocolos de emergencia nacionales

El Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI estableció la Directiva Nº 002-2010-INDECI "Disposiciones del INDECI para las Personas con Discapacidad".

Las medidas adoptadas para asegurar que la asistencia humanitaria de socorro se distribuya en forma accesible a las personas con discapacidad que se encuentren en una situación de emergencia humanitaria, en particular las medidas adoptadas para asegurar que en los alojamientos de emergencia y los campamentos de refugiados haya letrinas y servicios sanitarios accesibles para las personas con discapacidad

-A nivel de gobiernos locales, ellos disponen desde este año con una partida presupuestal de 1 UIT mensual (Unidad Impositiva Tributaria = aproximadamente 1.200 dólares) para fines de implementar debidamente sus oficinas de atención a las personas con discapacidad, más aún en época de emergencias naturales.

-En cuanto a capacitación, se destacó el evento organizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores: Foro Internacional "Cascos Blancos – Voluntariado Perú", que tuvo como objetivo mostrar las experiencias de los países de Perú y Argentina, tomando como modelo de organización la gestión que la Iniciativa Cascos Blancos de Argentina viene realizando ante la presencia de desastres; la temática abordada consistió en "Género, personas adultas mayores y personas con discapacidad en la gestión de riesgos y desastres".

6.Artículo 12Igual reconocimiento como persona ante la ley

64.Se reafirma que las personas con discapacidad tienen derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica.

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Las medidas adoptadas para asegurar que las personas con discapacidad puedan ejercer su capacidad jurídica en igualdad de condiciones con las demás en todos los aspectos de la vida, en particular las medidas para garantizar el derecho de las personas con discapacidad a mantener su integridad física y mental, a la plena participación como ciudadanos, a ser propietarias y heredar bienes, a controlar sus propios asuntos económicos y a acceder en igualdad de condiciones a préstamos bancarios, hipotecas y otras modalidades de crédito financiero, y su derecho a no ser privadas de sus bienes de manera arbitraria

Con la finalidad de lograr el respeto y pleno ejercicio de los derechos fundamentales sin restricciones de las personas sordas y sordociegas, el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad –CONADIS ha presentado el proyecto de ley que modifica, los artículos 43, 241 y 274 del Código Civil referidos a la voluntad indubitable que deben expresar estas personas con discapacidad. Actualmente la propuesta se encuentra en estudio.

Los mencionados artículos del Código Civil señalan que las personas sordomudas, sordociegas y ciegomudas que no pueden expresar su voluntad de manera indubitable debido a su incapacidad absoluta, no pueden contraer matrimonio y es causal de nulidad del mismo.

Si existe o no legislación que restrinja la plena capacidad jurídica por razón de discapacidad, así como las medidas adoptadas para ajustarse al artículo 12 de la Convención

Iniciativas como las descritas en el apartado precedente, atienden a la necesidad de adecuar las normas legales nacionales que permitan la inclusión efectiva de las personas con discapacidad en la sociedad, considerando las recomendaciones internacionales con carácter legislativo, social, educativo, laboral o de cualquier otra índole, necesarias para eliminar cualquier tipo de discriminación.

El apoyo de que disponen las personas con discapacidad para ejercer su capacidad jurídica y manejar sus finanzas

El Banco de la Nación (BN) presentó su renovado portal web www.bn.com.pe, el único de la banca peruana con estándares internacionales que permite el acceso a la navegación de personas con discapacidad visual convirtiéndose en la primera institución del sector público a nivel nacional en cumplir con la Ley Nº 28530 y la Resolución Ministerial Nº 126-2009-PCM que indican la total accesibilidad que deben contar las páginas web institucionales del Estado.

El renovado portal institucional del BN, permite a las personas invidentes, con baja visión y usuarios de la tercera edad, realizar consultas de los productos y servicios, trámites y operaciones con mayor facilidad en menos tiempo; desde PCs, teléfonos celulares, Blackberry, PDA, etc., utilizando software lectores de pantalla, de ayuda visual o auditiva.

La existencia de salvaguardias contra el abuso de modelos asistidos de adopción de decisiones

Tema incorporado al proceso de armonización de las normas nacionales a lo dispuesto por la Convención, actividad que ha sido programada dentro del Plan Operativo Institucional 2010 del CONADIS.

El fomento de la concienciación, y las campañas educativas sobre el reconocimiento de la igualdad ante la ley de todas las personas con discapacidad

En el Informe sobre Desarrollo Humano 2009 de PNUD – Perú, se sugiere precisamente que el análisis sobre la densidad básica del Estado sea complementado con la incorporación de otros servicios, como los vinculados a justicia, que permitan caracterizar etapas más avanzadas de densidad del Estado que se aspira lograr y, a través de ella, contribuir a un desarrollo más inclusivo y equitativo en todo el país.

Añadimos que, conforme al modesto pero atendible aporte del presente informe, será necesario articular esos servicios en una estructura presupuestaria con margen para el seguimiento de resultados a partir de metas intersectoriales.

7.Artículo 13Acceso a la justicia

65.Se reconoce el derecho de las personas con discapacidad de tener acceso efectivo a la justicia en igualdad de condiciones con las demás, sin ser excluidas de los procedimientos judiciales.

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Las medidas adoptadas para asegurar a todas las personas con discapacidad el acceso efectivo a la justicia en todas las etapas de los procedimientos judiciales, incluyendo las fases de instrucción y otras etapas preliminares

-El nuevo Código Procesal Penal busca lograr el ahorro en el aspecto económico así como en el tiempo de duración de los procesos, lo que beneficia al Estado, imputado, agraviado y a los operadores de justicia.

-La Ley Nº 29392, Ley que sanciona las infracciones a la Ley General de la Persona con Discapacidad, fija multas a las entidades públicas que incumplan normas de accesibilidad, favoreciendo así el libre desplazamiento físico de las personas con discapacidad que usan los servicios del sistema judicial peruano.

Las medidas adoptadas para asegurar que se capacite efectivamente al personal del poder judicial y el sistema penitenciario nacionales sobre el respeto de los derechos de las personas con discapacidad

-La plena identificación de una persona con discapacidad, exige que también en los centros penitenciarios se realicen campañas de certificación gratuita de la discapacidad organizadas por el CONADIS; al llevarse a cabo, se forma conciencia entre el personal administrativo y policial a cargo de dichos establecimientos; de otro lado, se promueve el acceso y regularización de la identidad de las personas con discapacidad, considerando que el DNI es un requisito para ser inscrito en el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad.

La existencia de ajustes razonables, incluso ajustes de procedimiento en los procesos judiciales para asegurar la participación efectiva de las personas con todo tipo de discapacidad en el sistema de justicia, independientemente de la situación en que se encuentren (por ejemplo, como víctimas, acusados, testigos, miembros del jurado, etc.)

Para un mejor seguimiento, el Ministerio de Economía y Finanzas ha adoptado como Programa Estratégico dentro de sus intervenciones sectoriales a favor de implantar la metodología del Presupuesto por Resultados, la "Prevención del Delito y del Nuevo Código Procesal Penal". Esta adecuación mejora los niveles de evaluación a la ejecución presupuestal y es el mejor indicador de que los recursos públicos se gastan bien y en políticas de Estado consideradas prioritarias, entre estas se encuentra la administración de justicia.

Ajustes relacionados con la edad para garantizar la participación efectiva de niños y jóvenes con discapacidad

Los esfuerzos sectoriales del MIMDES están dirigidos a medir con mayor precisión el impacto de las políticas públicas sobre las poblaciones en riesgo; para tal fin a todos sus programas nacionales se les viene exigiendo mejoren la calidad de sus indicadores, incorporando datos por cada grupo de población atendida.

8.Artículo 14Libertad y seguridad de la persona

66.Se asegura que las personas con discapacidad disfruten del derecho a la libertad y la seguridad personal y no sean privadas de su libertad ilegal o arbitrariamente, en razón de la existencia de una discapacidad.

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Las medidas adoptadas por el Estado parte para asegurar que todas las personas con cualquier tipo de discapacidad disfruten del derecho a la libertad y la seguridad de la persona y que nadie sea privado de su libertad en razón de su discapacidad.

Al respecto, se encuentran plenamente vigentes nuestro Código Civil y el nuevo Código Procesal Penal, que garantizan que toda persona que se sienta vulnerada en sus derechos humanos puede acudir a un Poder Judicial independiente ante el cual interponer cualquier acción amparada no solamente en los mencionados Códigos, sino en nuestra Constitución Política.

Para promover y difundir la normatividad vigente, el Estado Peruano cuenta con el MIMDES y los organismos de protección y vigilancia de los derechos ciudadanos, como son Defensoría del Pueblo, Ministerio Público, Tribunal Constitucional.

Las medidas adoptadas para abolir toda legislación que permita la institucionalización o privación de la libertad de todas las personas con cualquier tipo de discapacidad.

Las medidas legislativas y de otra índole adoptadas para asegurar que se ofrezcan a las personas con discapacidad que han sido privadas de su libertad los ajustes razonables necesarios, y se beneficien de las mismas garantías procesales que el resto de las personas para que puedan disfrutar plenamente de los demás derechos humanos.

9.Artículo 15Protección contra la tortura y otros tratos o penas crueles,inhumanos o degradantes

67.Se establece la protección de las personas con discapacidad contra la tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.

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Las medidas de protección adoptadas para que las personas con discapacidad, incluidas las que necesitan apoyo para ejercer su capacidad jurídica, no sean sometidas a experimentación médica o científica sin su consentimiento libre e informado.

El Código Civil cautela la libre determinación de las personas con discapacidad y regula los procesos de curatela e interdicción.

Sobre la prevención de la tortura, existe un Programa contra la Violencia Familiar y Sexual que el MIMDES gerencia, sobre lo cual se ha formulado un Plan Nacional y para el año 2011 se estime cuente también con un Programa Estratégico.

La inclusión de las personas con discapacidad en las estrategias y mecanismos nacionales para prevenir la tortura.

10.Artículo 16Protección contra la explotación, la violencia y el abuso

68.Se protege a todas las personas con discapacidad, y especialmente a los niños y a las mujeres con discapacidad, de todas las formas de explotación, violencia y abuso, tanto en el seno del hogar como fuera de él.

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Las medidas de carácter legislativo, administrativo, social, educativo y de otra índole adoptadas para proteger a las personas con discapacidad, tanto en el seno del hogar como fuera de él, contra todas las formas de explotación, violencia y abuso, incluidos los aspectos relacionados con el género y con la infancia.

-El Ministerio de Justicia presentó la propuesta legislativa del Código de los Niños y Adolescentes y del Código Penal, tendientes a prohibir el reclutamiento y alistamiento de menores de edad por parte de las Fuerzas Armadas y grupos armados.

-Por su incidencia en la prevención de la discapacidad y evitar disolución de hogares por la pérdida del padre o la madre, destaca el Ministerio de Transportes y Comunicaciones que, a través de un Decreto Supremo, endureció el cuadro de sanciones para los conductores que cometan infracciones de tránsito, como una de las medidas que implementa el Sector para combatir la accidentalidad de las pistas; necesaria disposición después que en abril-2009 el Plan nacional de la Estrategia Sanitaria contra Accidentes de Tránsito 2009-2012 revelara que en los últimos cuatro años en nuestro país 117.900 personas sufrieron accidentes de tránsito (urbano y carreteras) que les causaron una discapacidad permanente.

Las medidas de protección social dirigidas a apoyar a las personas con discapacidad, incluyendo a sus familias y cuidadores, y a prevenir, reconocer e informar casos de explotación, violencia y abusos, inclusive los aspectos relativos al género y basados en la edad.

El Programa Social Juntos está dirigido a la población más vulnerable y en peores condiciones de pobreza, riesgo y exclusión.

Su implementación significa mejorar las condiciones de disponibilidad, acceso y uso de un paquete de servicios de salud-nutrición y educación de acuerdo con el ciclo de vida de los beneficiarios del Programa.

Las medidas adoptadas para que todos los servicios y programas destinados a servir a las personas con discapacidad sean supervisados efectivamente por autoridades independientes.

Aunque priman aún los criterios de transversalidad que adhieren el tema discapacidad dentro del grupo denominado "poblaciones vulnerables", debe valorarse lo avanzado por el Programa Estratégico del MEF vinculado a "Articulación Nutricional", que vincula el desarrollo humano con un crecimiento sano del niño y de la madre desde el período de gestación.

Las medidas dirigidas a asegurar que todas las personas con discapacidad que sean víctimas de la violencia tengan acceso a servicios y programas efectivos de recuperación, rehabilitación y reintegración social.

-Se aprobó este año el Reglamento de la Ley del Seguro Integral de Salud.

-Uno de los fundamentos del citado Programa Social Juntos, es el informe de la Comisión de la Verdad y Reconciliación que abordó las consecuencias de la violencia política vivida en el Perú hasta inicios de los años noventa

Asimismo, el MIMDES tiene implementado el Programa Nacional contra la Violencia Familiar y Sexual, que reporta la adecuación a nivel metodológico de sus Centros de Emergencia Mujer (CEM), para atender a personas víctimas de violencia familiar y sexual con discapacidad. Desde el año 2008 se ha incorporado un ítem en la ficha de registro de casos para identificar a estas personas; en tal sentido, se ha instruido al personal de los CEM a fin que les brinden atención preferencial. En el período enero-2008 y diciembre-2009 se atendieron un total de 1.030 víctimas con discapacidad, lo que representa aproximadamente el 1,2% del total de casos atendidos en los CEM.

Las medidas adoptadas para que todos los servicios y recursos disponibles para prevenir la violencia y apoyar y asistir a las víctimas sean accesibles para las personas con discapacidad.

Forman parte de las infracciones que la Ley Nº 29392 sanciona a partir de este año 2010, la no adopción de medidas correctivas respecto a las normas de accesibilidad vigentes.

Legislación y políticas, incluidas legislación y políticas centradas en la mujer y el niño, que garanticen que se reconozcan, investiguen y, cuando proceda, se sometan a la justicia, todos los casos de explotación, violencia y abuso contra personas con discapacidad.

El sector Justicia presentó la propuesta legislativa que regula el empleo de la fuerza por parte del personal de las Fuerza Armadas en Zonas No Declaradas en Estado de Emergencia dentro del Territorio Nacional.

11.Artículo 17Protección de la integridad personal

69.Se establece el derecho de toda persona con discapacidad a que se respete su integridad física y mental.

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Las medidas adoptadas para proteger a las personas con discapacidad de tratamientos médicos (o de otra índole) administrados sin el consentimiento pleno e informado de la persona.

Se encuentran plenamente vigentes para todos los grupos de población, el Código Civil y el nuevo Código Procesal Penal; al igual que las políticas contra el trato inhumano, cruel y práctica de torturas por la condición de discapacidad que pueda tener la persona humana, el Estado Peruano enmarca sus intervenciones y el mejoramiento de las normas, dentro de lo dispuesto por nuestra Constitución Política y el cumplimiento de los Tratados Internacionales.

En el aspecto social, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social se encarga de la atención de este tipo de denuncias; asimismo, se tienen a las Defensorías Municipales del Niño y el Adolescente y a organizaciones no gubernamentales que articulan acciones con el Estado, a fin de reducir y eliminar la incidencia de estos casos.

Las medidas adoptadas para proteger a todas las personas con discapacidad de la esterilización forzada, y a las niñas y mujeres frente al aborto forzado.

La existencia, composición y función de las organizaciones de examen independientes encargadas de garantizar el cumplimiento de este derecho, así como los programas y medidas que estos órganos hayan adoptado.

En el Perú son varias las instituciones independientes que funcionan bajo un Estado de Derecho que tiene vigencia casi 18 años desde la última decisión antidemocrática de disolver nuestro Parlamento Nacional, de lo cual sobrevino —gracias también a la presión internacional— una inmediata convocatoria a elecciones para elegir una Asamblea Constituyente que elaboró nuestra Carta Magna del año 1993.

En la actualidad tiene plena vigencia una institución como el Tribunal Constitucional que es la última instancia para resolver conflictos de interpretación e infracción a la Constitución Política que nos rige.

12.Artículo 18Libertad de desplazamiento y nacionalidad

70.Se reconoce el derecho de las personas con discapacidad a la libertad de circulación y de elección del lugar de residencia, así como a una nacionalidad.

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Las medidas legislativas o administrativas adoptadas para asegurar el derecho de las personas con discapacidad a adquirir una nacionalidad y a no ser privadas de ella, así como su derecho a entrar o salir del país según su propio deseo.

Dentro de los Derechos Fundamentales de la Persona, nuestra Constitución Política establece que la persona tiene derecho a elegir su lugar de residencia, a transitar por el territorio nacional y a salir de él y entrar en él, salvo limitaciones por razones de sanidad o por mandato judicial o por aplicación de la ley de extranjería; asimismo, el derecho a su nacionalidad, nadie puede ser despojado de ella, tampoco puede ser privado del derecho de obtener o de renovar su pasaporte dentro o fuera del territorio de la República.

Es el Ministerio del Interior, a través de su Dirección General de Migraciones y Naturalización, quien ejecuta la política migratoria, administra, coordina y controla el movimiento migratorio y la naturalización, así como expide documentos de viaje y de identificación para extranjeros.

Las medidas adoptadas para asegurar que todos los niños y las niñas con discapacidad recién nacidos sean inscritos inmediatamente después de su nacimiento y se les dé un nombre y una nacionalidad.

A ellos se les genera gratuitamente la partida de nacimiento e inmediatamente su respectivo DNI. Este servicio especial se realiza en el marco de un convenio suscrito entre el Ministerio de Salud y EsSalud, en cerca de 40 hospitales a nivel nacional, en donde el RENIEC cuenta con oficinas.

Se debe mencionar que los recién nacidos cuentan con un Código Único de Identificación (número de DNI) que tendrá vigente todo su ciclo de vida.

Que los menores de edad con discapacidad cuenten con DNI, contribuye directamente a prevenir y disminuir los casos de abuso y explotación de los cuales pueden ser sujetos; favorece el seguimiento de sus atenciones médicas y/o acceso a los programas sociales; ayuda a disminuir el tráfico de órganos, trata y sustracción nacional e internacional de menores que se ven alentados por la falta de controles efectivos, sumado a la facilidad que puede darse en la adulteración o falsificación de resoluciones judiciales que autorizan sus viajes nacionales e internacionales.

Al respecto debe mencionarse al RENAVIM, por el cual, en caso de extravío del menor, sus datos podrán ser difundidos oportunamente accediendo a la base de datos del RENIEC, encontrando los datos de sus progenitores.

13.Artículo 19Derecho a vivir de forma independiente y a ser incluido en la comunidad

71.Se reconoce el derecho de las personas con discapacidad a vivir en forma independiente y a participar en la comunidad.

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La existencia de sistemas de vida independiente, incluida la posibilidad de disponer de asistentes personales, en el caso de quienes los requieran.

-Se aprobó la Ley que considera a la sordoceguera como una discapacidad única, por lo que el Estado reconocerá el lenguaje de señas, la dactilología y el Braille como sistemas de comunicación oficial, sin afectar la libre elección de los discapacitados; la norma plantea la acreditación y registro de guías e intérpretes especiales para este tipo de discapacidad y que el Estado y las entidades privadas que prestan servicios públicos las tengan para atención de estas personas.

-El CONADIS, invocando lo dispuesto por la Convención respecto a la atención especial a la niñez con discapacidad, gestionó e inició este año la entrega a nivel nacional, de 700 sillas de ruedas adaptadas para niñas y niños.

La existencia de servicios de apoyo domiciliarios que permitan a las personas con discapacidad poder vivir en su comunidad.

El Programa Nacional de Apoyo Directo a los más Pobres, conocido como Juntos, es una de las iniciativas de protección social más importantes de nuestro país. Tiene como objetivo promover el ejercicio de los derechos fundamentales a través de la articulación de la oferta de servicios en nutrición, salud, educación e identidad; incluye entrega de incentivos monetarios (35 dólares) a madres o tutoras, bajo la condición de que participen activamente en el éxito del Programa.

Por ahora, su cobertura se extiende hacia 1.110 distritos en extrema pobreza, siendo sus beneficiarios los hogares que tienen entre sus miembros a madres gestantes, padres viudos, personas de la tercera edad o apoderados que tengan bajo tutela a niños y niñas hasta los 14 años de edad.

Aunque el beneficio es transversal, este año se ha gestionado priorizar también la atención a la población con discapacidad

La existencia y diversidad de opciones en materia de servicios residenciales que permitan diversas fórmulas de vida, incluyendo viviendas compartidas y protegidas que tengan en cuenta el tipo de discapacidad.

Se inauguró una casa albergue para los soldados del Ejército que padecen alguna discapacidad.

La infraestructura cuenta con cinco pabellones con un total de 80 camas, cocina equipada, comedor, sala de estar, baños y oficinas administrativas; y fue entregado a la Asociación de Clases y Soldados Discapacitados del Ejército del Perú.

Esta obra, iniciativa del Congreso de la República, se inserta dentro del Plan Nacional para reivindicar a los discapacitados de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, producto de la lucha contra los delincuentes narcoterroristas.

El grado de accesibilidad de las personas con discapacidad a los servicios e instalaciones comunitarias de que dispone la población en general.

-Aunque todavía los Indicadores de Densidad del Estado (IDE) analizados por el Informe PNUD Perú identifican desigualdades entre zonas rurales y urbanas, el Índice de Desarrollo Humano (IDH) determina avances en el porcentaje de viviendas con acceso a la red de agua y desagüe (dentro y fuera de la vivienda), así como a electricidad.

En cuanto al cumplimiento de normas de accesibilidad, bajo el principio de subsidiariedad, son a las instancias de gobierno local (1.834) y regional (25) que tienen la función de vigilar se respeten dichas normas, desde el inicio de las obras de construcción. La armonización anunciada de las normas nacionales a la Convención, tiene ese objetivo; asimismo, la Ley de Infracciones y Sanciones aprobada, es el mayor avance registrado.

-Se ha implementado en la provincia de Lima el Proyecto Metropolitano de Transporte Público; cumpliendo con la normatividad de accesibilidad universal, el transporte es accesible a personas con discapacidad, adultos mayores, mujeres gestantes, personas con niños en brazos, ofertando un servicio con inclusión social, seguro y con reducción de la contaminación del aire.

14.Artículo 20Movilidad personal

72.Se reconoce el derecho de las personas con discapacidad a moverse libremente con la mayor independencia posible.

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Las medidas para facilitar la movilidad de las personas con discapacidad, en la forma y el momento de su preferencia, incluido el uso de señales indicadoras y señalización en las calles que permitan reconocer la accesibilidad, así como su acceso a formas de asistencia (humana, animal, o mediante tecnologías y dispositivos de asistencia), a un costo asequible.

-La plena entrada en vigor de la Ley de Infracciones y Sanciones a partir de este año, propiciará la debida gestión presupuestal por parte de municipalidades, gobiernos regionales y ministerios, orientada a subsanar y mejorar las condiciones de accesibilidad para el libre desplazamiento de las personas con discapacidad.

Desde ya, en julio-2009 se aprobó el nuevo Código de Tránsito que sanciona el uso indebido de zonas de parqueo reservadas para vehículos conducidos o que conducen a personas con discapacidad; para el mismo fin, el CONADIS inició en diciembre-2009 la emisión de distintivos vehiculares.

-La Municipalidad Metropolitana de Lima dispuso, a través de una ordenanza que da a conocer la reglamentación del servicio público de transporte urbano, que multará con 720 nuevos soles (casi 250 dólares) a las empresas de transporte público que se nieguen a recoger en los paraderos a escolares, ancianos, niños, embarazadas o personas discapacitadas, pese a tener capacidad en el interior del vehículo.

Las medidas adoptadas para asegurar que las tecnologías sean al mismo tiempo de alta calidad, asequibles y de fácil uso.

Se aprobaron lineamientos para Accesibilidad a páginas web y Aplicaciones para telefonía móvil para instituciones públicas del Sistema Nacional de Informática, mediante Resolución Ministerial Nº 126-2009-PCM y por la cual las entidades públicas tienen un plazo de treinta (30) meses para su implementación, por lo que deberán considerar en sus respectivos Planes Operativos Informáticos (POI) las actividades necesarias con esa finalidad.

Las medidas adoptadas para enseñar técnicas de movilidad personal a las personas con discapacidad y al personal especializado que trabaja con ellas.

Elaboración del proyecto de Reglamento de la Ley Nº 28735, Ley que regula la atención de las personas con discapacidad, mujeres embarazadas y adultos mayores en los aeropuertos, aeródromos, terminales terrestres, ferroviarios, marítimos y fluviales y medios de transporte.

Las medidas adoptadas para alentar a las entidades que fabrican ayudas para la movilidad, dispositivos y tecnologías de apoyo a que tengan en cuenta todos los aspectos de la movilidad de las personas con discapacidad.

-Se formuló el proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento para la Inafectación de Impuestos a la Importación de Vehículos Especiales y Prótesis para el Uso Exclusivo de las Personas con Discapacidad.

-En el Programa Estratégico sobre discapacidad, que se encuentra en fase de diseño bajo la supervisión del MEF, se ha previsto la creación de un Programa de Ayudas Biomecánicas y Compensatorias que tiene entre sus componentes la implementación a nivel nacional de talleres para su fabricación y reparación.

15.Artículo 21Libertad de expresión y de opinión y acceso a la información

73.Se reconoce el derecho a las personas con discapacidad a la libertad de expresión y opinión, incluida la libertad de recabar, recibir y facilitar información e ideas mediante cualquier forma de comunicación que elijan.

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Las medidas legislativas y de otra índole adoptadas para asegurar que la información dirigida al público en general sea accesible a las personas con discapacidad de manera oportuna y sin un costo adicional.

-La Ley General de la Persona con Discapacidad norma la emisión de programas televisivos subrotulados para facilitar el acceso a la información

-Aprobación del Reglamento de la Ley Nº 28530, Ley de Promoción de acceso al Internet para personas con discapacidad y de adecuación del espacio físico de las cabinas públicas

Las medidas legislativas y de otra índole adoptadas para que, en todas las interacciones oficiales y para acceder a la información, las personas con discapacidad puedan utilizar su medio preferido de comunicación, por ejemplo, el lenguaje de signos, el Braille, formas aumentativas y alternativas de comunicación y otros formatos accesibles.

El pleno del Congreso aprobó una iniciativa que considera a la sordoceguera como una discapacidad única, por lo que el Estado reconocerá el lenguaje de señas, la dactilología y el Braille como sistemas de comunicación oficial, sin afectar la libre elección de los discapacitados.

Asimismo, esta ley establece que las entidades e instituciones públicas y privadas que brinden servicios públicos o de atención al público deben proveer a las personas sordociegas, de manera gratuita y en forma progresiva, el servicio de guía intérprete cuando estas lo requieran. Dichas entidades e instituciones permitirán que las personas sordociegas comparezcan ante ellas con guías intérpretes reconocidos oficialmente.

Las medidas adoptadas para que las entidades privadas y los medios de difusión proporcionen información y servicios en formatos accesibles para las personas con discapacidad, incluidas las medidas adoptadas para evitar que el sector privado bloquee o restrinja el acceso a la información en formatos alternativos.

La citada Ley Nº 28530 aprobada en diciembre 2009, declara de interés social la promoción del acceso al uso del Internet y de las tecnologías que les impida su integración a la Sociedad de la Información y su reinserción al mercado laboral.

El grado de accesibilidad de los medios de difusión y el porcentaje de los sitios web públicos que cumplen las normas de la Web Accessibility Initiative (WAI) (Incitativa sobre accesibilidad de la Web).

Recién entró en vigencia la Ley Nº 28530 y no se han registrado datos relevantes, encontrándose en plena fase de adecuación bajo la conducción de la Oficina Nacional de Gobierno Electrónico de la Presidencia del Consejo de Ministros.

Las medidas legislativas y de otra índole adoptadas en relación con el reconocimiento oficial del(los) lenguaje(s) de signos.

-Aprobación de la Ley para Personas Sordociegas, que reconoce la Sordoceguera como Discapacidad única.

-La Comisión de Salud del Parlamento, aprobó por unanimidad, un dictamen por el cual se le otorga reconocimiento oficial al lenguaje por señas, como mecanismo de comunicación de las personas con discapacidad auditiva.

16.Artículo 22Respeto de la privacidad

74.Se reconoce el derecho de todas las personas con discapacidad a la protección de su vida privada, honor y reputación.

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Las medidas adoptadas para proteger la confidencialidad de la información personal, médica y relacionada con la rehabilitación de las personas con discapacidad.

La Ley General de la Persona con Discapacidad faculta al CONADIS a conducir un Registro Nacional de la Persona con Discapacidad, donde actualmente se tienen inscritas a 71,000 personas, siendo obligatorio guardar la confidencialidad de la información recibida en cada uno de los expedientes, salvo mandato judicial.

Las medidas adoptadas para que las personas con discapacidad no sean ocultadas so pretexto de estar defendiendo su privacidad.

El Informe del Desarrollo Humano 2009 de PNUD Perú, destaca el importante rol del RENIEC al no solamente convertirse la documentación (entrega del DNI) una política pública, sino su connotación social al hacer frente a patrones socio-culturales que tienden a ocultar al familiar con discapacidad.

17.Artículo 23Respeto del hogar y de la familia

75.Se reconoce el derecho de las personas con discapacidad a casarse y fundar una familia, a decidir libremente el número de hijos que quieren tener y a mantener su fertilidad en igualdad de condiciones con las demás.

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Las medidas adoptadas para asegurar que las personas con discapacidad puedan ejercer su derecho a casarse y a fundar una familia sobre la base del consentimiento libre y pleno.

Se ha presentado el proyecto de ley que modifica, los artículos 43, 241 y 274 del Código Civil; los mencionados artículos señalan que las personas sordomudas, sordociegas y ciegomudas que no pueden expresar su voluntad de manera indubitable debido a su incapacidad absoluta, no pueden contraer matrimonio y es causal de nulidad del mismo.

Las medidas adoptadas para que las personas con discapacidad tengan acceso a la planificación familiar, la reproducción asistida y a programas de adopción o de acogida de niños en guarda.

En la Secretaría Nacional de Adopciones del MIMDES, los solicitantes de una adopción reciben información y son sensibilizados en adopciones prioritarias. Asimismo, para promover la adopción de los niños, se actualiza constantemente el registro y sus respectivos expedientes.

Asimismo, se difunden adopciones prioritarias "Angeles que aguardan" desde el año 2008, a través de la web del MIMDES con la finalidad de promover la adopción de niños y niñas mayores de 8 años, adolescentes, grupos de hermanos con alguna discapacidad o problemas de salud.

Mensualmente la Secretaría Nacional de Adopciones actualiza las estadísticas de niños, niñas y adolescentes en situación de abandono que tienen alguna discapacidad, siendo al 08 de abril de 2010 un total de 142 personas.

Las medidas adoptadas para que los padres con discapacidad que lo requieran dispongan de la asistencia apropiada para el desempeño de sus responsabilidades en la crianza de los hijos, asegurando así la relación padre-hijo.

-En el Código de los Niños y Adolescentes, hay un artículo referido a niños y adolescentes con discapacidad, se refiere a su derecho a recibir una atención, educación especializada y capacitación laboral, así como a su derecho a una atención asistida permanente bajo responsabilidad del Sector Salud.

-El MIMDES, en cuanto a la necesaria dotación alimentaria, condición que favorece a la integración familiar, emitió la Resolución Ministerial Nº 034-2010-MIMDES que aprueba el Convenio de Gestión 2010 entre el MIMDES Y Gobiernos Locales y Provinciales para la gestión del Programa de Complementación Alimentaria – PCA (Cláusula 5.22: Priorizar la atención a las personas con discapacidad con la finalidad de brindar seguridad alimentaria a través del PCA).

Las medidas adoptadas para asegurar que ningún niño sea separado de sus padres en razón de una discapacidad del menor, de ambos padres o de uno de ellos.

Las medidas adoptadas para apoyar a los padres y madres, y a las familias de niños y niñas con discapacidad, a fin de evitar el ocultamiento, el abandono, el descuido o la segregación del niño o la niña con discapacidad.

El Programa Social "Juntos", cuyo carácter de transferencia condicionada incorpora el componente "Identidad y ciudadanía" incentiva a las familias a participar del Programa "Mi Nombre" para niños y adultos sin partida de nacimiento o sin DNI. El Estado considera indispensable la continuidad de esta política.

De otro lado, también el tema identidad forma parte de los Programas Estratégicos a cargo del MEF, lo cual permite la debida provisión financiera al RENIEC.

Las medidas adoptadas para evitar la institucionalización de los niños y niñas con discapacidad cuyos padres no puedan cuidarlos y para asegurar que se les proporcione atención alternativa dentro de la familia extensa o, de no ser esto posible, dentro de la comunidad en un entorno familiar.

La Comisión Especial Revisora del Código de los Niños y Adolescentes, aprobó el Titulo II del Libro III del código en el cual se realizan importantes precisiones para garantizar que la actividad procesal vinculada a los niños y adolescentes tome en cuenta el interés superior de sus derechos.

Esta Comisión recibió el informe de que en el año 2009, fueron declarados en abandono y adoptados 246 niños, más de la mitad de ellos por parejas de extranjeros; a fin de aumentar el número de adopciones, ha dispuesto que se preste especial atención a la investigaciones tutelares, mecanismo que resulta fundamental para agilizar los procesos de adopciones.

18.Artículo 24Educación

76.Se reconoce el derecho de las personas con discapacidad a la educación sobre la base de la igualdad de oportunidades con un sistema de educación inclusivo a todos los niveles y la facilitación del acceso a la enseñanza a lo largo de la vida.

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Las medidas adoptadas para asegurar que todo niño con discapacidad tenga acceso a una educación temprana y a la enseñanza primaria, secundaria y superior obligatorias.

-Resolución Ministerial Nº 069-2008-ED que aprueba Directiva "Normas para la matrícula de niños, niñas, jóvenes con discapacidad en los diferentes niveles y modalidades del sistema educativos en el marco de la Educación Inclusiva" Directiva Nº 01-2008-VMGP- DIGEBE.

-Resolución Ministerial Nº 440-2008-ED que aprueba el Diseño Curricular Nacional de Educación Básica Regular.

-Resolución Directoral Nº 650-2008-ED que aprueba las Normas Complementarias para la creación, organización y funcionamiento de los Centros de Recursos de la Educación Básica Especial – CREBE.

-Resolución Viceministerial Nº 025-2008-ED que aprueba la Directiva Nº 069-2008-VMGP-DIGEBE que establece las normas referidas a la planificación, organización, ejecución, monitoreo y evaluación de las actividades de la Campaña Nacional de Sensibilización y Movilización por la Educación Inclusiva.

-Resolución Ministerial Nº 298-2008-ED que aprueba las Normas Complementarias para la Implementación del Programa para la Capacitación de Docentes de Educación Básica Especial – 2008.

-Resolución Viceministerial Nº 037-2008-ED que constituye la Mesa de Dialogo y acción conjunta por la Educación Inclusiva.

-Disposiciones para el desarrollo de las actividades técnico pedagógicas e institucionales en las instituciones de educación básica y técnico productivo en los años lectivos 2008, 2009 y 2010. R.M. Nº 494-2007-ED, R.M. Nº 441-2008-ED y R.M. Nº 341-2009-ED.

-Resolución Directoral N.° 0236-2010-ED Dispone que los órganos de Gestión Psicopedagógica de los CEBE brinden atención a los estudiantes con discapacidad severa y multidiscapacidad en el nivel posterior a la Educación Primaria.

-Resolución Viceministerial Nº 0020-2010-ED que aprueba la Directiva Nº 026-2010-VMGP-DIGEBE que regula la organización y desarrollo del "III Concurso de Experiencias Exitosas en Inclusión Educativa", la misma que contiene las Bases de dicho evento.

El número de niños y niñas con discapacidad en programas de educación temprana.

El Ministerio de Educación a través de los Programas de Intervención Temprana PRITE viene brindando atención a:

Año

Niños/as atendidos

2008

678

2009

663

Las diferencias significativas que existen en la educación de los niños y las niñas en los distintos niveles de enseñanza y si hay políticas y legislación para eliminar esas diferencias.

En ese marco se implementa la Ley del Fomento a la Educación de las Niñas y Adolescentes Rurales Nº 27558, desarrollando los siguientes objetivos:

1.De la atención diversificada a las necesidades de las niñas y adolescentes rurales, ha desarrollado:

-Jornadas Académica de Interaprendizaje para articular acciones del enfoque Transversal de atención a los niños, niñas y adolescentes con discapacidad, en forma presencial y virtual, se capacitaron a 1082 profesionales docentes y no docentes, en el período 2009, en temas:

-Educación inclusiva. Enfoques y estrategias.(Virtual)

-En Software educativo Lee Todo

-Avances y Perspectivas de la Educación Inclusiva 2009.

-Revisión de y aportes a la guía y perfil del psicólogo para la atención del talento y superdotación

-Institucionalización y fortalecimiento de los equipos de apoyo y asesoramiento a la atención de las necesidades educativas especiales – SAANEE. (211) SAANEE con resolución de conversión al presente.

2.De la cobertura de matrícula, se ha desarrollado:

-Campañas y mesas dialogo para el incremento de la matricula de estudiantes con discapacidad en el entorno rural, a través de:

-Mesa de Dialogo y acción Conjunta por la Educación Inclusiva.

-Establecimiento de las metas anuales de las DRE – UGEL para la universalización de la atención de niños, niñas y jóvenes con discapacidad en la Educación Básica Regular.

3.De la equidad de género, se ha desarrollado:

-Incorporación del lenguaje de género como componente transversal en todas la normatividad y documentos emitidos.

-La directiva de inicio de año Nº 0341-2009: acceso compartido a los servicios EBR, EBA y EPT.

-Implementación de las adaptaciones para la atención de las necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad.

-Campañas de Sensibilización y Movilización para la revaloración de los niños, niñas y jóvenes con discapacidad en el entorno rural.

-Concurso Nacional de Experiencias Exitosas de Educación Inclusiva 2009

-Primera Conferencia Internacional por la Educación Inclusiva y Social

-Jornada Pedagógica de Sensibilización "La Educación Inclusiva en la Formación Inicial Docente", participación de 55 directivos de Institutos Superiores Pedagógicos de 15 regiones: Amazonas, Ancash, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Puno y Tacna.

Las medidas legislativas y de otra índole para asegurar que las escuelas y materiales sean accesibles y que se proporcionen ajustes razonables individualizados y el apoyo que requieran las personas con discapacidad para asegurar una educación efectiva y la plena inclusión.

Distribución de 34 maquinas Perkins para escritura en el sistema Braille, distribuidas en 25 instituciones de 16 regiones: Ica, San Martín, Tumbes, Madre de Dios, Loreto, Pasco, Arequipa, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Junín, Lambayeque, Lima y Ancash.

-Distribución de 305 kits de materiales para discapacidad visual: pautas, punzones, escuadras y goniómetros, en 17 Regiones: Ica, San Martín, Tumbes, Madre de Dios, Loreto, Pasco, Arequipa, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Junín, Lambayeque, Lima, Moquegua y Ancash.

-Entrega a nivel nacional de :

3991 Manuales de Adaptaciones Curriculares;

1983 Pruebas Psicopedagógicas;

800 Reglamento EBE;

824 Manual Educación Inclusiva;

260 Módulos con Materiales varios para los CEBE.

-Implementación del Proyecto "Educación Inclusiva: Educación para Todos en la Región Sur Occidental del Perú" en convenio con Caritas del Perú, focalizado en las regiones Tacna Moquegua, Arequipa.

-Actividades de fortalecimiento de los servicios de la Educación Básica Especial, en el marco del Programa de Desarrollo de la Inclusión Educativa y Social – PRODIES en las regiones de Piura, Cajamarca, Ica, La Libertad, Lima Metropolitana y Lima provincias.

-Apoyo de los Organizaciones de la sociedad Civil para la implementación y la accesibilidad de los locales de los Centros de Educación Básica Especial, en relación a los servicios sanitario y la construcción de rampas.

-Elaboración del perfil de proyecto de Fortalecimiento de la Inclusión de estudiantes con discapacidad en escuelas de educación básica de la muestra piloto en las regiones Apurímac, Ayacucho, Cusco, Huancavelica y Huánuco,

-Formación de la Mesa de Dialogo y Acción Conjunta para el fortalecimiento de la Educación Inclusiva.

Disponibilidad de servicios de capacitación en Braille, lenguaje de signos, formas de comunicación aumentativas y alternativas, movilidad y otros aspectos para los niños, adultos o maestros que así lo requieran.

-Ejecución del taller de Lengua de Señas Peruanas, dirigido a los docentes de los equipos de apoyo y asesoramiento SAANEE, .Se capacitaron 40 participantes, en la ciudad de Huacho (agosto de 2009).

-Participación en evento de capacitación con el Programa Nacional de Movilización por la Alfabetización PRONAMA, y entrega de regletas y punzones para facilitar el logro de los objetivos de aprendizaje en el desarrollo del PRONAMA con enfoque inclusivo para participantes con Discapacidad Visual.

-Desarrollo del taller de capacitación en la atención a la discapacidad visual desarrollando los temas sobre definiciones, características, y respuesta educativa abordando aspectos específicos como Sistema Braille, Ábaco, Habilidades de la Vida Diaria, Orientación y Movilidad y Estimulación Visual. Se capacitaron 40 docentes en la ciudad de Huacho (agosto de 2009).

-Ejecución del taller de Estrategias y recursos para la Inclusión de estudiantes con discapacidad auditiva en el aula, desarrollado en la UNIFE (agosto de 2009).

Las medidas adoptadas para la promoción de la identidad lingüística de las personas sordas

Proyecto de ley Nº 02752/2008-CR, que propone otorgar reconocimiento oficial a la Lengua de Señas Peruana (LSP), como medio de comunicación para las personas con discapacidad auditiva en todo el territorio nacional; se tiene el dictamen favorable de la Comisión de Salud.

-Actualización del documento Lengua de Señas Peruanas -2009, con una segunda edición ampliada, con la incorporación de un capítulo de informática.

-Elaboración de la Guía para el aprendizaje de la Lengua de Señas con orientaciones al docente para la organización de las sesiones de aprendizaje de la lengua de señas peruanas.

-Elaboración para la 2ª edición del Manual de Lengua de Señas Bilingüe Quechua –Español, dirigido a personas con discapacidad auditiva de zonas quechua hablantes (Cuzco, Apurímac, Puno, Arequipa y Moquegua y entendible por los quechua hablantes de la variedad dialectal ayacuchano chanka, con un tiraje de 1.000 ejemplares y distribuido a 650 docentes de escuelas bilingües.

-Se ha inaugurado el colegio inclusivo Ludwig Van Beethoven, para niños con discapacidad auditiva, siendo la primera institución de educación inclusiva para niños con discapacidad auditiva que contribuirá, a reducir el nivel de analfabetismo entre las personas que padecen de sordera.

Las medidas adoptadas para asegurar que la educación se proporcione en las lenguas, modos, medios de comunicación y entornos más apropiados para cada uno.

-Elaboración e impresión el Manual de Lenguaje de Señas Bilingüe (quechua y castellano) para estudiantes con discapacidad auditiva.

-Mediante el Decreto Supremo Nº 008-2009-ED, se crea el Programa Nacional de Capacitación de Educación en Seguridad Vial, y en el artículo 2 se establece que: "el Ministerio de Educación a través de la Dirección de Tutoría y Orientación Educativa, dependiente del Viceministerio de Gestión Pedagógica, es responsable de conducir el Programa Nacional de Capacitación de Educación en Seguridad Vial.

-El objetivo es que los niños aprendan la importancia de los valores como, por ejemplo, el respeto a la vida, las normas establecidas y la autoridad legítima, así como otros aspectos relacionados con las funciones del policía de tránsito, el semáforo, derechos y deberes de las personas con discapacidad en el tema de Seguridad Vial.

Las medidas adoptadas para asegurar que los profesionales del sistema educativo estén adecuadamente formados en cuestiones de discapacidad, así como las medidas para incorporar personas con discapacidad en el equipo educativo.

-Resolución Ministerial Nº 298-2008-ED que aprueba las Normas Complementarias para la Implementación del Programa para la Capacitación de Docentes de Educación Básica Especial – 2008

-Desarrollo del "Concurso Nacional de Experiencias Exitosas en Educación Inclusiva".

-Capacitación Virtual dirigidas a los profesionales docentes y profesionales no docentes para la atención al Talento y Superdotación, el fortalecimiento del SAANEE y para los profesionales de los programas de Intervención Temprana.

-Ejecución de la Conferencia Internacional "Inclusión educativa para las personas con discapacidad". Ruta hacia la inclusión educativa y social con la participación de los países de Brasil, México, Canadá y UNESCO – Chile.

-Fortalecimiento de la atención a niños con discapacidad en las zonas de intervención del Programa PRONIÑO de la Fundación Telefónica.

-En el año 2010 en el marco del Programa Nacional de Formación y Capacitación Permanente- PRONAFCAP, se viene desarrollando 300 horas de capacitación en convenio con la Pontificia Universidad Católica del Perú, con participación de 365 docentes de Educación Básica Especial.

-Respecto a las medidas para la incorporación de las personas con discapacidad al sistema educativo, se ha realizado la distribución de materiales educativos especializados para docentes y para el Servicio de Apoyo y Asesoramiento para la Atención a las Necesidades Educativas Especiales a nivel nacional

El número y porcentaje de estudiantes con discapacidad en la enseñanza terciaria.

En nuestro sistema educativo corresponde a educación técnica productiva, institutos o escuelas superiores no universitaria y universidades.

Educación técnico-productiva

Año

Número de estudiantes

2008

678

2009

663

Superior no universitaria

Año

Número de estudiantes

2008

173

2009

209

El número y porcentaje de estudiantes con discapacidad por género y campos de estudio.

Perú: Matrícula del sistema educativo por tipo de gestión y área geográfica, según etapa, modalidad y nivel educativo, 2009 P/

Etapa, modalidad y nivel educativo

Gestión

Área

Género

Total

Pública

Privada

Urbana

Rural

Masculino

Femenino

Básica Regular

7 633 102

6 049 021

1 584 081

5 664 196

1 968 906

3 891 661

3 741 441

Inicial

1 324 542

996 043

328 499

967 319

357 223

672 004

652 538

Primaria

3 747 562

3 019 815

727 747

2 547 531

1 200 031

1 910 644

1 836 918

Secundaria

2 560 998

2 033 163

527 835

2 149 346

411 652

1 309 013

1 251 985

Básica Alternativa 1

184 420

112 061

72 359

179 550

4 870

96 623

87 797

Básica Especial

20 862

16 897

3 965

19 904

958

12 240

8 622

Técnico-Productiva 2

251 667

119 163

132 504

243 757

7 910

95 265

156 402

Superior No Universitaria

361 278

125 704

235 574

343 052

18 226

157 153

204 125

Pedagógica

33 751

18 141

15 610

30 543

3 208

11 673

22 078

Tecnológica

321 747

102 234

219 513

306 964

14 783

141 659

180 088

Artística

5 780

5 329

451

5 545

235

3 821

1 959

Total

8 451 329

6 422 846

2 028 483

6 450 459

2 000 870

4 252 942

4 198 387

Fuente: Ministerio de Educación – Estadística Básica.

Fuente: ESCALE – MED 2009.

1 Incluye Educación de Adultos.

2 Incluye Educación Ocupacional.

Ajustes razonables y otras medidas adoptadas para garantizar el acceso a la educación para toda la vida.

-La Dirección General de Educación Básica Especial ha emitido la Directiva Nº 236-2010-ED que dispone el desarrollo de acciones en favor de la etapa posterior a la primaria de los estudiantes con discapacidad severa y multidiscapacidad de los Centros de Educación Básica Especial.

-Taller de orientación para la formulación los Programas no Escolarizados dirigidos a personas con discapacidad mayor da 20 años de edad.

Las medidas adoptadas por el Estado para identificar tempranamente a las personas con discapacidad y determinar sus necesidades educativas.

-Ejecución del Plan Nacional Intersectorial de Identificación de niños y niñas de 0 a 5 años de edad con discapacidad o en riesgo de adquirirla (los sectores comprometidos serán Educación y Salud).

-Taller de capacitación a los profesionales docentes y no docentes para la reorientación de los Programas de Intervención Temprana en el marco de la Directiva 081-VMGP-DINEBE-2006.

19.Artículo 25Salud

77.Se reconoce que las personas con discapacidad tienen derecho a gozar del más alto nivel posible de salud y dispone que se asegurará el acceso de las personas con discapacidad a servicios de salud que tengan en cuenta las cuestiones de género, incluida la rehabilitación relacionada con la salud, en su comunidad y en forma gratuita.

Informar sobre

Avance

Las medidas legislativas y de otra índole que protegen contra la discriminación y aseguran a las personas con discapacidad igualdad de acceso a servicios de salud de calidad, incluso en el ámbito de la salud sexual y reproductiva.

-Se ha establecido por Resolución Ministerial Nº 587-2009-MINSA la Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Familiar, cuyo órgano responsable es la Dirección General de Salud de las Personas, y que tiene por objetivo concentrar esfuerzos en el fortalecimiento del primer nivel de atención tomando como eje fundamental al Equipo Básico de Salud para un mayor beneficio de la población en situación de pobreza y pobreza extrema correspondiendo integrar a todos los profesionales de la salud necesarios para abarcar las intervenciones preventivo – promociónales en el núcleo familiar, llevándolas a los lugares más apartados del país

Las medidas adoptadas para que las personas con discapacidad tengan acceso a la rehabilitación relacionada con la salud en su comunidad, libremente y en forma gratuita.

Se aprueba el Plan de Igualdad de Oportunidades para la Personas con Discapacidad 2009-2018, mediante el Decreto Supremo Nº 007-2008-MIMDES, cuya Línea Estratégica 2 contempla el Acceso a los servicios de salud. Este Plan tendrá su primera evaluación respecto a los compromisos intersectoriales asumidos, en julio-2010. (Se incluye copia de la matriz de compromisos en CD adjunto.)

Los servicios de salud y programas de detección temprana e intervención, según el caso, para evitar y reducir al máximo la aparición de nuevas discapacidades, prestando atención a los niños, las mujeres y los ancianos, especialmente en zonas rurales.

Se tiene en vigencia la Resolución Ministerial Nº 148-2007-TR que aprueba el Reglamento de Constitución y Funcionamiento del Comité y Designación de Funciones del Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo y documentos como Guía Básica sobre Sistemas de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo y la Guía Técnica de Registros.

Las medidas legislativas y de otra índole para velar porque las campañas de salud pública son accesibles a las personas con discapacidad.

Con Resolución Defensorial Nº 011-2009-DP, la Defensoría del Pueblo crea el Programa de Defensa y Promoción de los Derechos de las Personas con Discapacidad (accesibilidad, salud, educación, empleo, adscrito a la Adjuntía para los Derechos Humanos y las Personas con Discapacidad de la Defensoría del Pueblo)

Las medidas adoptadas para informar a los médicos y otros profesionales de la salud sobre los derechos de las personas con discapacidad, en las zonas rurales inclusive.

-El Ministerio de Salud emitió la Resolución Ministerial Nº 308-2009-MINSA que aprueba la Norma Técnica de Salud de la Unidad Productora de Servicios de Medicina de Rehabilitación, cuya finalidad es mejorar en todo el país la calidad de atención de las personas con discapacidad y/o en riesgo de ella.

-Asimismo, el componente de capacitación a médicos forma parte del Programa Social "Juntos" y de los Programas Estratégicos "Salud Materno Neonatal" y "Articulado Nutricional"; tratamiento que ha devenido en los buenos resultados de cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo del Milenio en el Perú, según el Informe al año 2008.

Las medidas legislativas y de otra índole para asegurar la protección contra la discriminación en el acceso al seguro médico y otros tipos de seguro, cuando estos sean obligatorios por ley.

-Se aprueba el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM, por el cual se dictan las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento por parte del Sector Público; entre ellas figura la política 5.3 Erradicar toda forma de discriminación en contra de las personas con discapacidad.

-El Código Procesal Penal contempla sanciones por actos de discriminación.

Las medidas adoptadas para garantizar que los servicios sanitarios no sólo existan sino que sean plenamente accesibles.

Dentro de la clasificación de las sanciones, la reciente Ley Nº 29392, Ley de Infracciones y Sanciones por incumplir la Ley General de la Persona con Discapacidad, señala como infracción muy grave "La contravención de las disposiciones urbanísticas y arquitectónicas que permiten la accesibilidad a las personas con discapacidad, teniendo en cuenta el entorno".

Las medidas adoptadas para mejora la sensibilización y la información en diversos formatos accesibles, incluido el Braille, respecto de la prevención del VIH/SIDA y la malaria

Ante la convicción de que la propagación del contagio y de las actitudes estigmatizantes frente a las personas afectadas por el VIH/SIDA, siguen teniendo como único antídoto a la información pertinente y adecuada, en noviembre de 2009, el Presidente del Consejo de la Prensa Peruana, el Representante Residente del PNUD en el Perú y la Coordinadora de ONUSIDA para el Perú, Ecuador y Bolivia, presentaron la segunda edición de la singular campaña "Una Imagen contra el Estigma y Discriminación causados por el VIH/SIDA".

20.Artículo 26Habilitación y rehabilitación

78.Se establece las medidas para que las personas con discapacidad puedan lograr y mantener la máxima independencia, plena capacidad física, mental, social y vocacional, y la inclusión y participación plenas en todos los aspectos de la vida, mediante programas generales de habilitación y rehabilitación, en los ámbitos de la salud, el empleo, la educación y los servicios sociales.

Informe sobre

Avance

Los programas generales de habilitación y rehabilitación para las personas con discapacidad, en los ámbitos de la salud, el empleo, la educación y los servicios sociales, incluida la intervención temprana, y sobre la disponibilidad de estos servicios y programas en zonas rurales

El Ministerio de Salud y la Agencia de Cooperación Internacional del Japón (JICA) firmaron el acuerdo de donación para la construcción de la nueva sede del Instituto Nacional de Rehabilitación (INR) "Adriana Rebaza Flores". La donación es por 20 millones de dólares y tiene por finalidad el otorgar a las personas con discapacidad una atención integral de salud de mejor calidad y con mayor acceso

Las medidas adoptadas para asegurar que la participación en servicios y programas de habilitación y rehabilitación sea voluntaria.

La Municipalidad Metropolitana de Lima, desarrolla el Programa de Rehabilitación Basada en la Comunidad – RBC, una de sus acciones es la formación de promotores o agentes comunitarios:

-Se realizan los Módulos de capacitación a promotores en Rehabilitación Basada en Comunidad dirigido a coordinadores y personal voluntario de los Comités de Vasos de Leche del Cercado de Lima, lográndose capacitar a 30 personas.

-Se han realizado dos empadronamientos con las promotoras de salud y el equipo de RBC en el sector 1º de mayo y 2 de mayo del Cercado de Lima, visitando a 180 familias e identificándose a 95 personas con discapacidad.

La promoción de la formación inicial y continua de los profesionales y el personal que trabajen en programas de habilitación y rehabilitación.

Se emite la Resolución Ministerial Nº 308-2009-MINSA que aprueba la Norma Técnica de Salud de la Unidad Productora de Servicios de Medicina de Rehabilitación (cuya finalidad es mejorar la calidad de atención de las personas con discapacidad y/o en riesgo de ella).

Las medidas adoptadas para promover la disponibilidad, el conocimiento y el uso de dispositivos y tecnologías de apoyo, diseñados para las personas con discapacidad, en actividades de habilitación y rehabilitación

EsSalud ha desarrollado Redes de Cooperación Interinstitucional que se constituyen en un instrumento de cooperación que tiene por finalidad desarrollar estrategias dirigidas a la integración sociolaboral de personas con discapacidad. Son lideradas por el Director del Centro de Rehabilitación Profesional (CERP) o Jefe de Unidad de Prestaciones Sociales en los casos donde existen Módulos Básicos de Rehabilitación Profesional (MBRP) o Unidades Básicas de Rehabilitación Profesional (UBARP).

Esta estrategia orientada a mejorar las posibilidades de inserción sociolaboral de las personas con discapacidad, supone procesos de adiestramiento previos, que incluye conocimiento de tecnologías de rehabilitación y también orientación sicológica y desarrollo de destrezas sociales.

Las medidas adoptadas para promover la cooperación internacional en el intercambio de tecnologías de apoyo, en particular con países del tercer mundo.

En reciente reunión con los representantes de la agencias de cooperación internacional que trabajan en el Perú, el CEPLAN propuso que los US$ 450 millones que se reciben de ayuda internacional no reembolsable se usen para combatir y aliviar la pobreza en el Perú. La iniciativa ha tenido una respuesta favorable de parte de las agencias.

Esta iniciativa responde a la necesidad de articular la ayuda financiera de la cooperación internacional con programas sociales como "Juntos".

21.Artículo 27Trabajo y empleo

79.Se reconoce el derecho de las personas con discapacidad a trabajar y ganarse la vida en un mercado de trabajo y un entorno laboral abiertos, inclusivos y accesibles, incluso en el caso de las personas que adquieran una discapacidad en el desempeño de su empleo.

Informe sobre

Avance

Las medidas legislativas adoptadas para proteger contra la discriminación en todas las etapas del empleo y en todo tipo de empleo y para reconocer los derechos de las personas con discapacidad a trabajar sobre la base de la igualdad con los demás, en particular el derecho a igualdad de remuneración por trabajo de igual valor.

El Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM fija como política nacional de obligatorio cumplimiento para el Sector Público lo que establecía la Ley Nº 27050, Ley General de la Persona con Discapacidad respecto a la cuota del 3% de trabajadores con discapacidad del total de la planilla que debe contar cada entidad pública. Como se ha informado, el incumplimiento de esta cuota es sancionada con multa según la nueva Ley de Infracciones y Sanciones.

Un componente importante de lo dispuesto en el citado Decreto Supremo es el acceso de personas con discapacidad que reúnan el perfil laboral adecuado, a cargos directivos.

Se han presentado propuestas legislativas para que esta modalidad de contratación se extienda hacia el Sector Privado, no habiendo hasta la fecha tenido la aprobación del Congreso de la República.

El efecto de los programas y políticas especiales de empleo encaminados a lograr el empleo pleno y productivo de las personas con discapacidad, de conformidad con los apartados a) a g) del párrafo 1 del artículo 27.

En el Reglamento de la Ley de Contrataciones con el Estado (Decreto Supremo Nº 184-2008-EF), se regula la situación de empate entre empresas, otorgándole preferencia a las empresas con personal discapacitado.

El efecto de las medidas para facilitar el reempleo de personas con discapacidad que pasan a ser redundantes como resultado de la privatización, redimensionamiento a la baja y reestructuración económica de empresas públicas y privadas, de conformidad con el apartado e) del párrafo 1 del artículo 27.

Mediante Resolución Ministerial Nº 027-2010-TR, se aprueba la "Guía Metodológica para realizar Ferias a favor de la Persona con Discapacidad".

La disponibilidad de asistencia técnica y financiera para proporcionar ajustes razonables, incluida la promoción de la creación de cooperativas y empresas embrionarias a fin de alentar el espíritu empresarial.

Se encuentra vigente un sistema de financiamiento a micronegocios y emprendimientos de personas con discapacidad, a cargo de la Corporación Financiera de Desarrollo – COFIDE que operando como un banco de segundo piso, administra un Fondo mediante el cual deriva recursos financieros a tasas promocionales, a entidades como la Caja Municipal de Trujillo que maneja estrategias de promoción del autoempleo entre las personas con discapacidad, como por ejemplo "CrediAmigo".

Las medidas de acción afirmativa y efectiva para el empleo de personas con discapacidad en el mercado de trabajo ordinario.

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo concede atención especial a las personas con discapacidad, a través de sus programas Construyendo Perú, ProJoven y Revalora Perú, que son oportunidades de trabajo temporal pero también de adiestramiento de las capacidades laborales; en el caso de Revalora Perú, programa de Reconversión Laboral creado para hacer frente a la crisis económica, las personas con capacitadas en cursos de alta demanda en el mercado laboral, en centros técnicos de primer nivel.

Las medidas de acción positiva y efectiva para prevenir el hostigamiento de las personas con discapacidad en el lugar de trabajo.

-Está vigente la Ley Nº 27942, Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual; bajo este marco cada una de las entidades públicas aprueba Directivas de aplicación.

-Los actos de discriminación están sancionados en el Código Procesal Penal.

-Los funcionarios públicos deben desarrollar sus actividades dentro de lo dispuesto por la Ley Marco del Empleo Público; Principio de probidad y ética pública: el empleado público actuará de acuerdo a los principios y valores éticos establecidos en la Constitución y las leyes, que requiera la función pública.

El acceso de las personas con discapacidad al empleo abierto y los servicios de formación profesional, incluidos los que promueven el empleo por cuenta propia.

El Ministerio de Trabajo estableció (Decreto Supremo Nº 001-2003-TR, que crea el Registro de Empresas Promocionales para Personas con Discapacidad) como política del Sector un conjunto de acciones orientadas a las Empresas Promocionales y empresas en general, a fin de que conozcan los beneficios que brinda la ley si se contrata a personas con discapacidad, sensibilizando también al empresariado en la promoción e inserción laboral de este grupo vulnerable.

Información sobre las diferencias significativas que existen en el empleo de hombres y mujeres con discapacidad y si existen políticas y legislación para eliminarlas a fin de promover el adelanto de la mujer con discapacidad.

"Erradicar toda forma de discriminación en contra de las personas con discapacidad" es una política de Estado que todas la entidades del Sector Público deben cumplir; esto al amparo de lo decretado por la Presidencia del Consejo de Ministros el año 2007 a través del Decreto Supremo Nº 027.

Identificación de los grupos más vulnerables entre las personas con discapacidad (incluyendo ejemplos) e indicación de las políticas y medidas legislativas que existen para incluirlos en el mercado de trabajo.

Proyecto de Ley Nº 03112/2008-CR, propone modificar el artículo 65 del Decreto Ley Nº 19990, Ley del Sistema Nacional de Pensiones, que permite el empleo de beneficiarios de pensión de orfandad con discapacidad.

Las medidas adoptadas para promover los derechos sindicales de las personas con discapacidad.

La legislación laboral peruana protege a todos los trabajadores en sus derechos sindicales.

Las medidas adoptadas para retener y reciclar a los trabajadores que, como consecuencia de un accidente de trabajo, quedan con una discapacidad que les impide seguir realizando sus anteriores tareas.

-Proyecto de Ley Nº 03113/2008 – Congreso de la República, que propone incorporar una Vigésimo Tercera Disposición al Decreto Legislativo Nº 816, Código Tributario, asimismo modificar los artículos 37 y 46 del Decreto Legislativo Nº 774, Ley del Impuesto a la Renta y los artículos 17, 19, 28 y 37 del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributación Municipal, que regula el pago de tributos de personas con discapacidad.

-Aprobación de la Ley del Seguro Integral de Salud, la cual considera la condición temporal de las personas sin empleo.

Información sobre el trabajo de personas con discapacidad en el sector informal de la economía del Estado parte y medidas adoptadas para que puedan salir de ese sector, así como medidas adoptadas para que accedan a los servicios básicos y la protección social.

El Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social y el CONADIS presentaron el año 2009 el libro Estudio de Línea de Base "Demanda Laboral de Trabajadores con Discapacidad en las Empresas del Perú", publicación donde se identifican las características laborales solicitadas desde las empresas hacia las personas con discapacidad. Se contó con el apoyo financiero de la Agencia Japonesa de Cooperación Internacional JICA.

Las salvaguardias existentes para proteger a los trabajadores con discapacidad de despidos injustos y de trabajos forzosos u obligatorios, de conformidad con el párrafo 2 del artículo 27.

Mediante Decreto Supremo Nº 018-2006-TR se establecen las funciones de la Oficina Nacional de Promoción Laboral para Personas con Discapacidad, entidad dependiente del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; está encargada de promover el ejercicio de los derechos de los trabajadores con discapacidad, así como de brindar y propiciar los servicios de asesoría, defensa legal, mediación y conciliación gratuitos, en un marco de no discriminación e igualdad de oportunidades.

Las medidas adoptadas para velar por que las personas con discapacidad que tienen conocimientos profesionales y formación técnica sean provistas del apoyo necesario para que puedan ingresar y reingresar en el mercado de trabajo, de conformidad con el apartado k) del párrafo 1.

El Programa Red Cil Pro Empleo se encarga de operar en la bolsa de trabajo a nivel nacional, siendo su propósito vincular de manera eficaz a los trabajadores que están en búsqueda de empleo con las empresas que presentan vacantes y desean contratar personal.

Las medidas adoptadas para velar porque los estudiantes con discapacidad tengan el mismo acceso al mercado ordinario de trabajo.

El CONADIS administra un Centro de Enseñanza Técnico Productivo "Alcides Salomón Zorrilla" donde se capacita a personas con discapacidad en oficios como Carpintería, Jardinería, Panadería, Confecciones, Computación. Se han organizado varias Ferias Expo-Venta de la producción de dicho Centro.

Las medidas adoptadas para garantizar la existencia de distintas modalidades de empleo, como el trabajo presencial, el teletrabajo (fuera de la ubicación o en el hogar) y la subcontrata, y las oportunidades laborales que ofrecen las nuevas tecnologías de la comunicación.

-La Universidad Nacional de Ingeniería a través de su Instituto INICTEL, ofrece cursos de capacitación en tecnologías de la información y comunicaciones, conforme se puede apreciar sus resultados en http://cetic.inictel.net. Son proyectos aprobados para impartirse a personas con discapacidad.

-El Perú forma parte del programa POETA auspiciado por la OEA, el cual promueve oportunidades de capacitación en tecnologías de la información y comunicaciones para personas con discapacidad. Está en trámite la incorporación del CONADIS al Comité Asesor Nacional

22.Artículo 28Nivel de vida adecuado y protección social

80.Se reconoce el derecho de las personas con discapacidad a un nivel de vida adecuado y a la protección social.

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Avance

Las medidas adoptadas para asegurar a las personas con discapacidad la disponibilidad y el acceso a agua potable, a una alimentación adecuada, a vestido y a vivienda, proporcionando ejemplos

-Mediante la Resolución Ministerial Nº 453-2007-VIVIENDA, se aprueba el Reglamento Operativo del Bono Familiar Habitacional para Adquisición de Vivienda Nueva a Sola Cuota. Esta norma considera en sus definiciones a la "discapacidad" y para la constitución del Grupo Familiar al Jefe de Familia y a hijos y/o nietos mayores de 25 años con discapacidad.

-Mediante Resolución Ministerial Nº 733-2008- VIVIENDA, se aprueba el Reglamento Operativo para acceder al BFH en la modalidad de aplicación de Vivienda Nueva. Esta resolución considera en sus definiciones a la "discapacidad", se establece que la vivienda de interés social debe cumplir con el RNE, en el que se encuentra la norma técnica A.120 "Accesibilidad para Personas con Discapacidad" ahora "Accesibilidad para Personas con Discapacidad y de la Personas Adultas Mayores", se amplía, en la constitución del Grupo Familiar, la consideración que esté conformado por un Jefe de Familia y los hijos propios o del cónyuge, mayores de 25 años con discapacidad.

Asimismo, se considera un sistema de puntaje para otorgar el BFH, en casos que el número de Grupos Familiares que solicite el bono supere el número de bonos disponibles; este sistema de puntaje toma en cuenta la situación económica y social de los solicitantes. Se otorga un puntaje por cada miembro del Grupo Familiar con discapacidad y una bonificación adicional por Jefe de Familia con discapacidad.

Las medidas adoptadas para asegurar a las personas con discapacidad el acceso a servicios, dispositivos y otro tipo de asistencia adecuada a precios asequibles, incluida la disponibilidad de programas que cubran los gastos extras relacionados con la discapacidad.

Se vienen trabajando entre los ministerios de Vivienda y de Defensa, la suscripción de convenios con el objeto de implementar proyectos de vivienda en los terrenos afectados en uso y de propiedad del ministerio de Defensa o de sus órganos de ejecución, facilitando el acceso a una vivienda a la sociedad en general y prioritariamente al personal de las fuerzas armadas de las distintas zonas del país, considerando además, un número determinado de viviendas correspondientes al Programa Techo Propio, que serán adjudicadas a los deudos de los miembros de dichas instituciones y al personal que haya resultado con invalidez permanente y absoluta, como consecuencia del cumplimiento del deber.

Las medidas adoptadas para asegurar el acceso de las personas con discapacidad, en particular las mujeres, las niñas y las personas mayores, a programas de protección social y programas de mitigación de la pobreza.

-Mediante Resolución Ministerial Nº 161-2009-VIVIENDA, se aprueba el reglamento operativo para acceder al BFH para las modalidades de aplicación de Construcción en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda. Esta norma al igual que las anteriores también considera la definición de discapacidad, ampliando la consideración para la constitución del Grupo Familiar a los hijos y nietos del conviviente y ampliando la bonificación en el sistema de puntaje, al jefe de familia solo y jefe de familia sola con discapacidad.

-Mediante Resolución Ministerial Nº 320-2009-VIVIENDA, se aprueba el Reglamento Operativo para acceder al BFH en área rural para las modalidades de aplicación de Construcción en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda. Esta resolución también incluye las mismas consideraciones sobre discapacidad que la Resolución Ministerial Nº 733-2008-VIVIENDA

-Alrededor de 200 personas con discapacidad trabajarán en módulos de venta que serán instalados en las dependencias del Ministerio de Salud - MINSA, gracias al "Programa de Inserción Laboral en dependencias del MINSA". Mediante esta iniciativa el Estado brindará oportunidades de superación a los sectores que sufren desigualdad; las personas seleccionadas para el programa, laborarán en los Centros de Salud, Centros Maternos Infantil, Hospitales e Institutos Especializados del sector.

Las medidas encaminadas a ofrecer programas de vivienda pública y prestaciones y programas de jubilación a las personas con discapacidad.

Mediante la Ley Nº 29231 – Ley de Saneamiento Financiero de los Prestatarios del Banco de Materiales, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2009-VIVIENDA, se autoriza al Banco de Materiales a cubrir las contingencias de los créditos otorgados para efectos de vivienda y el desgravamen a que hubiese lugar, cancelándose el total del crédito pendiente de los prestatarios, considerando entre otros casos, la discapacidad física y mental.

Las medidas adoptadas para reconocer la relación entre pobreza y discapacidad.

Proyecto de ley Nº 03113/2008-CR, Propone incorporar una Vigésimo Tercera Disposición al Dec. Leg. Nº 816, Código Tributario, asimismo modificar los artículos 37 y 46 del Dec. Leg. Nº 774, Ley del Impuesto a la Renta y los artículos 17, 19, 28 y 37 del Dec. Leg. Nº 776, Ley de Tributación Municipal, que regula el pago de tributos de personas con discapacidad.

23.Artículo 29Participación en la vida política y pública

81.Se garantiza los derechos políticos de las personas con discapacidad.

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Avance

La legislación y las medidas de otra índole para garantizar a las personas con discapacidad, en particular las personas con discapacidad mental o intelectual, derechos políticos, incluyendo, si procede, las limitaciones existentes y las medidas adoptadas para superarlas.

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) cuenta desde diciembre 2009, tras la aprobación por el Congreso de la República de la Ley Nº 29478, con el marco jurídico necesario para otorgar facilidades para la emisión del voto de las personas con discapacidad.

Las medidas adoptadas para asegurar el derecho a votar de todas las personas con discapacidad, por sí mismas o acompañadas por una persona de su elección.

El Documento Nacional de Identidad (DNI) se constituye en el único título de derecho al sufragio de la persona a cuyo favor ha sido otorgado. Su uso es obligatorio para todos los ciudadanos y RENIEC ha emitido la respectiva Resolución Jefatural que dispone la entrega gratuita del DNI a las personas con discapacidad, previa acreditación.

Las medidas adoptadas para asegurar la plena accesibilidad de los procedimientos, instalaciones y materiales de la votación.

Bajo el marco de la Ley Nº 29478, la ONPE mantiene un registro de ciudadanos con discapacidad, al que se puede acceder a través de su página web institucional, con el propósito de facilitar el acceso al sufragio mediante: a) elaboración de cédulas de sufragio en lenguaje Braille (plantillas Braille) para los ciudadanos con discapacidad visual, b) Instalación de mesas de sufragio en los primeros pisos de los locales de votación, c) Desplazamiento temporal de las mesas de sufragio ubicadas en pisos altos, dentro de los locales de votación, para evitar que las personas con discapacidad tengan que subir escaleras, d) Señalización de los locales de votación, para orientar a los ciudadanos con discapacidad y difusión de las medidas adoptadas para facilitarles el acceso al sufragio

Los indicadores que miden el pleno disfrute del derecho de las personas con discapacidad a participar en la vida. política y pública.

-En el período 2004-2007, 10.758 personas con discapacidad han ejercido su derecho al sufragio.

-El total de DNI tramitados gratuitamente a personas con discapacidad a nivel nacional, desde el año 2003 hasta el 5 de marzo de 2010, asciende a 67,729, de los cuales 38,805 son personas adultas y 28,924 son menores edad.

El apoyo prestado a las personas con discapacidad para la creación y mantenimiento de organizaciones que representen sus derechos e intereses en los planos local, regional y nacional.

El CONADIS mantiene desde el año 2001 un registro de asociaciones, ONGs y gremios que trabajan a favor de las personas con discapacidad y la atención de sus problemas; en varias de tales organizaciones, son los padres o familiares quienes participan en sus juntas directivas. A la fecha son 310 instituciones las inscritas en el Registro Nacional; lo cual las acredita para gestionar convenios, acceder a la cooperación internacional y fomentar la integración social de sus asociados.

24.Artículo 30Participación en la vida cultural, las actividades recreativas, el esparcimientoy el deporte

82.Se reconoce el derecho de las personas con discapacidad a participar en la vida cultural, desarrollar y utilizar su potencial creativo, artístico e intelectual, a que se reconozca y apoye su identidad cultural y lingüística especial y a participar en actividades recreativas, de esparcimiento y deportivas en igualdad de condiciones con las demás.

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Avance

Las medidas adoptadas para reconocer y promover el derecho de las personas con discapacidad a participar en igualdad de condiciones con las demás en la vida cultural, incluidas las oportunidades para desarrollar y utilizar su potencial creativo, artístico e intelectual.

Está en marcha un Programa Sociocultural Recreativo y Deportivo que incluye:

-Taller de Canto "Desarrollando Talentos" con niños y jóvenes especiales de los CEBES San Bartolomé, los Cipreses, las Palomitas y Santa Lucia.

-"Exhibición de Marinera de Adolescentes y Jóvenes con Habilidades Diferentes" de los CEBES de Lima, realizado en el pasaje Santa Rosa del Centro Histórico de Lima.

-Taller de Artes Escénicas para personas con discapacidad, contribuyendo a que participen en el desarrollo cultural de nuestra ciudad.

-Actividades en Instituciones Educativas Especiales, llevándoles principalmente mensajes educativos a través del Arte – Teatro educativo y Títeres educativos.

-Se ha instaurado el I Concurso "Niños con Talentos Especiales" que tiene como objetivo valorar, estimular y desarrollar los talentos del potencial creativo e histriónico de los niños, niñas y jóvenes especiales, contribuyendo a su desarrollo integral para promocionar la difusión de la Educación Inclusiva.

Las medidas adoptadas para asegurar que las instalaciones culturales, de esparcimiento, turísticas y deportivas sean accesibles a las personas con discapacidad, teniendo en cuenta los niños con discapacidad, incluso mediante la utilización condicional de la adquisición pública y la financiación pública.

La Ley Nº 29408 – Ley General de Turismo publicada el 18 de setiembre de 2009, dispone en su artículo 46 que corresponde al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, el diseño e implementación del Programa de Turismo Social con los organismos públicos y privados, el cual incluye la facilitación y creación de oportunidades para el disfrute de las actividades turísticas a favor de los grupos poblaciones, dentro de los cuales se encuentra las personas con discapacidad.

En cumplimiento de este mandato, el Viceministerio de Turismo a través de la Dirección Nacional de Turismo, viene diseñando el Programa de Turismo Social, el mismo que en cumplimiento de la ley, debe incluir medidas de facilitación para que el grupo poblacional referido disfrute de las actividades turísticas, lo que supone que las instalaciones donde se brindan servicios turísticos sean accesibles a personas con discapacidad.

Las medidas adoptadas para que las leyes de propiedad intelectual no constituyan una barrera para el acceso de las personas con discapacidad a materiales culturales, incluida su participación en actividades internacionales pertinentes.

La Municipalidad Metropolitana de Lima, reporta la implementación del Plan Piloto "Promotores de Turismo Guías Especiales", en alianza con el Instituto Nacional de Cultura, capacitando a seis jóvenes con discapacidad intelectual.

Se capacita a ocho jóvenes con discapacidad intelectual como Promotores de Turismo Guías Especiales en alianza con Patronato Parque de las Leyendas.

Las medidas para promover la cultura de los sordos.

-Proyecto de ley Nº 02752/2008-CR, que propone otorgar reconocimiento oficial a la Lengua de Señas Peruana (LSP), como medio de comunicación para las personas con discapacidad auditiva en todo el territorio nacional; actualmente cuenta con dictamen favorable de la Comisión de Salud.

-Ley del Congreso de la República que aprueba la Sordoceguera sea considerada una discapacidad; acorde con artículo 2 de la Constitución Política en relación a la igualdad entre las personas.

Las medidas para apoyar la participación de personas con discapacidad en los deportes, incluida la eliminación del trato discriminatorio y diferenciado de las personas con discapacidad en la concesión de premios y medallas.

La Ley de Infracciones y Sanciones incluye un artículo que considera como una falta muy grave el incumplimiento de la obligación de reconocer a los deportistas con discapacidad que obtengan triunfos olímpicos y mundiales en sus respectivas disciplinas de la misma forma como se reconoce a los atletas y deportistas triunfadores sin discapacidad, por parte del Instituto Peruano del Deporte (IPD) y el Comité Olímpico Peruano (COP).

Las medidas adoptadas para asegurar que los niños con discapacidad tengan acceso en igualdad de condiciones con otros niños a la participación en las instalaciones de juego, recreación, esparcimiento y deportes, incluidas las que forman parte del sistema escolar.

El Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social administra los programas nacionales Wawa Wasi e INABIF, que tienen entre sus beneficiarios directos a niños y niñas menores de 4 años que requieren de cuidado y protección en razón de que sus padres trabajan o buscan trabajo y no cuentan con una persona adulta que pueda dedicarse a su cuidado y que garantice una atención integral.

D.La situación especial de los niños, las niñas y las mujeres con discapacidad

1.Artículo 6Mujeres con discapacidad

83.Aunque los aspectos relativos al género deben integrarse sistemáticamente en la aplicación de todos los artículos cuando proceda, en relación con este artículo en particular se deberá incluir información sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para asegurar el pleno desarrollo, adelanto y empoderamiento de la mujer, a fin de garantizarle el ejercicio y disfrute de los derechos y libertades fundamentales reconocidos en la Convención y la eliminación de toda forma de discriminación.

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Si a nivel de legislación y de política, así como en la elaboración de programas, se reconoce la desigualdad de género en el caso de las mujeres y las niñas con discapacidad.

El Estado Peruano aspira a que los avances en este tema se visibilicen incorporando la temática discapacidad dentro de la programación estratégica presupuestal del Ministerio de Económica y Finanzas, generando el tejido de indicadores que permitirán un mejor seguimiento a los compromisos que cada Sector asuma.

Este año 2010 se ha iniciado, a iniciativa de la Comisión Multisectorial Permanente encargada de recomendar medidas para implementar la Convención, el diseño de un Programa Estratégico aplicado a la discapacidad, lo cual permitirá un monitoreo sistémico y verificable a nivel informático (Sistema Integrado de Administración Financiera) de las políticas públicas orientadas al tema de discapacidad.

Se apunta a eliminar la atención dispersa al tema, desde todos sus ámbitos, incluido el legal.

Si las niñas y las mujeres con discapacidad disfrutan de todos los derechos y libertades fundamentales en condiciones de igualdad con los niños y los hombres con discapacidad.

Existe un cuerpo normativo nacional que así lo prescribe, no obstante esto no siempre es suficiente. En complemento, el Estado Peruano promueve convenios, propicia el funcionamiento de organizaciones no gubernamentales e incorpora en su Código de Ética del Servidor Público, elementos orientados a eliminar todas las formas de discriminación contra las personas con discapacidad, con independencia del género.

Si las niñas y mujeres con discapacidad disfrutan de todos los derechos humanos y libertades fundamentales en igualdad de condiciones con las demás niñas y mujeres sin discapacidad.

Tanto la Ley de Aseguramiento Universal recientemente aprobada, como el fomento de la Educación Inclusiva a través del Consejo Nacional de Educación donde participa la sociedad civil, son instancias donde las personas con discapacidad mujeres amplía sus oportunidades de inclusión social y económica.

2.Artículo 7Niños y niñas con discapacidad

84.Se deberá incluir información suplementaria, cuando proceda, sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para garantizar que los niños y las niñas con discapacidad gocen plenamente de todos los derechos humanos y libertades fundamentales reconocidos en la Convención y, en particular, para asegurar que en todas las medidas relativas a los niños y las niñas con discapacidad el interés superior del niño sea una consideración primordial.

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Los principios en que se apoya la adopción de decisiones en relación con los niños y las niñas con discapacidad.

Todas las decisiones de política pública se toman en torno a principios como la no discriminación y absoluto respeto a la dignidad de la persona humana.

Si los niños y las niñas con discapacidad puede expresar libremente su opinión sobre todas las cuestiones que les afectan y reciben asistencia apropiada acorde con su edad y tipo de discapacidad para ejercer este derecho.

La libertad de expresión se ejerce en todos los niveles de la sociedad. En cuanto a la asistencia que reciben los niños con discapacidad, ésta se comprueba en los servicios que brinda el Estado a través básicamente de sus ministerios de Salud y Educación; no con la cobertura total que se desea pero en este proceso cobra especial importancia la dinámica del gasto público que se enfoca a reducir y eliminar la desnutrición infantil, como condición indispensable para el desarrollo económico. El Ministerio de Economía y Finanzas administra los programas estratégicos referidos a niñez en sus aspectos nutricional, lecto-escritura, cuidados neo y post natal.

Las diferencias pertinentes en la situación de los niños y las niñas con discapacidad.

La promoción y vigilancia de la equidad de género es transversal a todas las edades. Existe un Plan Nacional de Acción por la Infancia y Adolescencia 2002-2010 a cargo del MIMDES en donde se hace necesario, dentro de las adaptaciones planteadas, generar un objetivo estratégico específicamente orientado a niños y niñas con discapacidad.

El concepto de transversalidad, progresivamente deberá alinearse con cada eje temático de la política social del Estado Peruano; de aquí la importancia de enlazar la situación de las poblaciones vulnerables a la lógica de los Presupuestos por Resultados.

Si los niños con discapacidad se consideran titulares de derechos en condiciones equivalentes a las de los demás niños.

Mediante el Decreto Supremo Nº 003-2010-MIMDES, se aprueba la relación de trabajos peligrosos y actividades peligrosas o nocivas para la salud integral y la moral de las y los adolescentes.

E.Obligaciones específicas

1.Artículo 31Recopilación de datos y estadísticas

85.Este artículo rige el proceso de recopilación de datos por el Estado parte.

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Las medidas adoptadas para recopilar información apropiada en forma desglosada, incluidos datos estadísticos y de investigación, que les permitan formular y aplicar políticas para dar efecto a la Convención respetando los derechos humanos y libertades fundamentales, los principios éticos, las salvaguardias jurídicas, la protección de los datos, la confidencialidad y la privacidad

No obstante lo recientemente señalado por el Informe sobre Desarrollo Humano Perú 2009: "De lograrse una mejoría sustancial en la recolección, sistematización y tratamiento de la información por parte del sistema estadístico nacional, sería recomendable que estudios futuros sobre la densidad estatal profundicen en las líneas que este Informe sólo ha comenzado a explorar", se debe señalar que los procedimientos aplicados a los censos nacionales, son validados por el organismo rector, el Instituto Nacional de Estadística, respetando lo dispuesto por la Convención.

La difusión de estas estadísticas y las medidas adoptadas con objeto de que sean accesibles para las personas con discapacidad.

-El año 2009, mediante el Decreto Supremo Nº 013-2009-MIMDES se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 28530, Ley de promoción de Acceso al Internet para Personas con Discapacidad y de Adecuación del Espacio Físico de las Cabinas Públicas; esta norma obliga al empleo de software inclusivo en los negocios de Internet y en los portales web institucionales.

-Rige igualmente la obligatoriedad de los organismos públicos de presentar con fines de transparencia y acceso a la información pública, todos sus informes de gestión, incluyendo las fuentes estadísticas de su competencia.

Las medidas adoptadas para asegurar la plena participación de las personas con discapacidad en el proceso de recopilación de datos e investigación.

-Las asociaciones, ONGs, gremios de personas con discapacidad y familiares, coordinan con el Registro Nacional de la Persona Nacional que administra el CONADIS, la entrega de información de sus afiliados para cumplir trámites de inscripción, postulación a plazas laborales que les exigen su acreditación, acceso a beneficios de carácter arancelario en Aduanas. Son 310 las personas jurídicas inscritas a nivel nacional.

-Con la finalidad de reconocer el esfuerzo de las personas e instituciones que contribuyen al fortalecimiento de la inclusión social y la ejecución de acciones que benefician a las personas con discapacidad, el Ministerio de la Mujer de la Mujer y Desarrollo Social (MIMDES) premiará con la "Orden al Mérito por la Inclusión Social de las Personas con Discapacidad" para impulsar más el trabajo por esta población vulnerable. Esta iniciativa ha sido aprobada con Resolución Ministerial Nº 498-2009-MIMDES.

2.Artículo 32Cooperación internacional

86.Se reconoce la importancia de la cooperación internacional del Estado en apoyo de los esfuerzos nacionales para hacer efectivos el propósito y los objetivos de la Convención.

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Las medidas adoptadas para garantizar que la cooperación internacional sea incluyente y accesible a las personas con discapacidad.

Desde el año 2004 la Cancillería promueve el "Programa Solidaridad con las Personas con Discapacidad", a fin de contribuir al logro de igualdad de oportunidades para el ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad y hacer viable su acceso a los recursos que requieren para participar en la sociedad, fomentando la cooperación internacional técnica y económica. Son 2,531 las ayudas biomecánicas que se reportan como donadas bajo esta iniciativa.

Las medidas adoptadas para garantizar que los fondos de los donantes sean utilizados debidamente por los países receptores (incluyendo ejemplos, números y porcentajes de proyectos de financiación con fines concretos que hayan tenido éxito).

-Existe una legislación nacional que vigila el cumplimiento de los requisitos establecidos para captación de la cooperación internacional, la entidad encargada es la Agencia Peruana de Cooperación Internacional.

-En cuanto al Sector Público, éste tiene una estructura de evaluación y seguimiento a los proyectos de inversión social, presidido por el Sistema Nacional de Inversión Pública que, a su vez, a partir de este año ha obligado al MEF a formular una programación multianual que articule la ejecución de los proyectos gestionados con recursos de toda fuente de financiamiento.

Programas y proyectos dirigidos específicamente a personas con discapacidad y porcentaje del presupuesto total que se les asignó

Mientras no se implemente una sistematización del gasto público que ordene, cuantifique y ayude al monitoreo de la atención específica que brinda el Estado a las personas con discapacidad, se tendrá una dispersión en dicho gasto que impide evaluar presupuestariamente el avance en el tema.

Hacia este objetivo se dirige la generación de un Programa Estratégico aplicado a discapacidad.

Un dato que sí se conoce con exactitud es el presupuesto asignado al CONADIS, en su calidad de ente rector: 5.450.000 nuevos soles (aproximadamente 1.800.000 dólares).

Las medidas de acción afirmativa adoptadas para incluir a los grupos más vulnerables de personas con discapacidad, como las mujeres, los niños, etc.

En diciembre de 2009, en el marco de la Convención, la Comisión Multisectorial Permanente encargada de su seguimiento, organizó a través del CONADIS el I Encuentro Internacional de Proyectos Inclusivos, que tuvo como su principal logro la suscripción de un Acta de Compromiso de las Agencias de Cooperación que operan en nuestro país, con la especial mención a viabilizar proyectos orientados al tema de discapacidad; bajo el mismo criterio, se organizó en marzo-2010 el I Congreso Internacional "Mujer y Discapacidad". Para diciembre-2010 se tiene programado en Lima un evento de alcance iberoamericano que servirá para generar una línea base de proyectos inclusivos exitosos y afianzar alianzas estratégicas.

El grado de participación de las personas con discapacidad en el diseño, desarrollo y evaluación de programas y proyectos.

-El Programa Nacional Wawa Wasi —albergues infantiles— atiende a niños y niñas de entre 6 y 47 meses de edad; dependiendo del tipo de discapacidad que presente el infante, los coordinadores de campo evalúan su permanencia en el programa para su atención, sin discriminación alguna.

-Desde octubre 2009, dicho Programa está aplicando la ficha SISFOH (Sistema de Focalización de Hogares), que incluye dentro de sus indicadores si la población beneficiaria (niños, niñas, padres, madres, actores comunales) presentan algún tipo de discapacidad.

-En el aspecto de la participación laboral de personas con discapacidad, su nivel de intervención mínima debe ser del 3% del total del personal contratado por cada institución pública; sobre este tema también incidirá coercitivamente a partir de este año, la Ley de Infracciones y Sanciones.

El grado en que los programas y proyectos generales elaborados incorporan medidas sobre las personas con discapacidad.

El Fondo Nacional de Cooperación para el Desarrollo (FONCODES) en los materiales de capacitación que elabora, incorpora de manera transversal en cada módulo (ciudadanía y liderazgo, vida saludable visión emprendedora) el enfoque de inclusión social que implica grupos vulnerables como son niñas y niños, adultos mayores, mujeres y personas con discapacidad.

Las medidas para favorecer y apoyar el fomento de la capacidad, inclusive mediante el intercambio y puesta en común de información, experiencias, programas de capacitación y mejores prácticas.

Reuniones sostenidas con equipos técnicos del país de Ecuador, a fin de desarrollar agenda común sobre discapacidad en el marco del Acuerdo Amplio Binacional de Buena Vecindad. Se ha propuesto la realización de un censo en la región fronteriza de Tumbes - Perú, que ayude a trazar una línea base sobre discapacidad y funcione como piloto para ser replicado en nuestras regiones.

Asimismo, se encuentra en trámite un proyecto de convenio en relación a replicar en el Perú la misión técnico científica ecuatoriana "Manuela Espejo".

Si las políticas y programas relativos a los Objetivos de Desarrollo del Milenio tienen en cuenta los derechos de las personas con discapacidad.

En línea con los objetivos de desarrollo del Milenio, el Perú ha ido adecuando sus presupuestos públicos y el año 2010 dispuso que las entidades del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales asumen como prioridad en su gestión el logro de los siguientes resultados a favor de la población: a) la reducción de la desnutrición crónica infantil; b) la reducción de la mortalidad materna y neonatal; c) la mejora en los niveles de comprensión lectora y matemática; d) el incremento del acceso de la población a la identidad; e) la reducción del tiempo de acceso a centros de servicios sociales (salud y educación) y a mercados; f) el incremento del acceso a agua potable y disposición sanitaria de excretas en áreas rurales; g) el incremento de la cobertura y uso de la telefonía e Internet en áreas rurales; h) el incremento en la cobertura energética operativa en hogares rurales. Todos estos temas han sido insertados dentro de la programación estratégica presupuestaria del MEF, que como se informó alcanza ya el 14% del total del presupuesto público 2010.

Debe tomarse en cuenta que esta tendencia se sigue desde el año 2007; dada la transversalidad del tema discapacidad, éste es asumido como un componente más en la ejecución presupuestal. En este sentido se ha iniciado el diseño de un Programa Estratégico asignado a la discapacidad.

La elaboración, marcha y eficacia de programas de intercambio de conocimientos técnicos y experiencia para la asistencia a las personas con discapacidad.

Las Oficinas Municipales y Regionales de Atención a las Personas con Discapacidad deben cumplir un rol decisivo en el fomento de capacidades y también de la participación activa de los gremios que los agrupan; para tales fines, en el presupuesto público 2010, los gobiernos locales y regionales están autorizados a utilizar hasta una Unidad Impositiva Tributaria (UIT) mensual para financiar los gastos operativos, planes, programas y servicios que por ley deben realizar los gobiernos regionales y locales a favor de la población con discapacidad de su jurisdicción.

Cumpliendo su función rectora en el tema, el CONADIS presta su asistencia técnica y facilita manuales – guías para la puesta en marcha de la Convención. Una primera guía está dedicada en forma de Lineamientos Básicos a ofrecer las pautas para insertar la temática discapacidad dentro del proceso de planificación de las entidades públicas.

3.Artículo 33Aplicación y seguimiento nacionales

87.Este artículo rige la aplicación y el seguimiento nacionales de la Convención.

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Las medidas adoptadas para designar uno o más organismos gubernamentales encargados de las cuestiones relativas a la aplicación de la Convención, teniendo debidamente en cuenta la posibilidad de establecer o designar un mecanismo de coordinación en el gobierno que se encargue de facilitar la adopción de medidas al respecto en distintos sectores y a distintos niveles

-El Decreto Supremo Nº 080-2008-PCM que crea la Comisión Multisectorial Permanente encargada del seguimiento y propuesta de medidas para la implementación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad.

-El Decreto Supremo Nº 007-2008-MIMDES que crea la Comisión Multisectorial Permanente encargada del monitoreo y seguimiento del Plan de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad 2009-2018

-Proyecto de ley Nº 03173/2008-CR, Propone otorgar rango de Ley al Decreto Supremo Nº 007 2008-MIMDES, que aprueba el Plan de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad 2009 - 2018

El establecimiento de un marco, incluidos uno o más mecanismos independientes, según proceda, y las medidas adoptadas para promover, proteger y supervisar la aplicación de la Convención teniendo en cuenta los principios relativos a la condición jurídica y el funcionamiento de las instituciones nacionales de protección y promoción de los derechos humanos

La Comisión Multisectorial Permanente que vigila el cumplimiento de la Convención, contempla la incorporación de representantes de todas las discapacidades; se ha aprobado un procedimiento para la elección de dichos representantes.

Las medidas adoptadas para que la sociedad civil, en particular las personas con discapacidad y las organizaciones que las representan, incluidas las que aporten una perspectiva de género, participen en el proceso de supervisión y en la preparación del informe

La Ley de Infracciones y Sanciones, establece que las organizaciones civiles y las personas naturales pueden presentar su denuncia ante el CONADIS, cuando consideran que alguna institución está vulnerando los derechos de las personas con discapacidad.

La integración de cuestiones de discapacidad en la agenda de todos los organismos del gobierno de manera que los distintos departamentos estén igualmente informados sobre los derechos de las personas con discapacidad y puedan contribuir para promoverlos

De los reportes recibidos por la Comisión Multisectorial Permanente encargada de consolidar el Informe Nacional, dos gobiernos regionales señalan que aprobaron sus Planes Regionales de Igualdad de Oportunidades para la Personas con Discapacidad (Ancash y Amazonas); Puno lo tiene en su fase de elaboración. Esto es importante como punto de partida porque tales iniciativas convocan a la sociedad civil a una mayor participación e interés de las autoridades para financiar los planes aprobados.

El funcionamiento de los departamentos gubernamentales y sus programas y funciones en relación con las personas con discapacidad

Aprobación por parte de la Presidencia del Consejo de Ministros, del Instructivo para la Aplicación de Normas de Inclusión Social de las Personas con Discapacidad en el Sector

Las asignaciones presupuestarias a los efectos de la aplicación y supervisión nacionales

El Ministerio de Economía y Finanzas habilitó la Cadena del gasto en el Clasificador Funcional Programático, mediante el cual las entidades públicas pueden asignar presupuesto a la ejecución de actividades, proyectos y programas aplicados al tema de discapacidad; uno de los rubros que pueden consignar las entidades es el de la supervisión. Esta cadena de gasto es la misma que emplea el CONADIS para ejecutar su presupuesto que este año 2010 tiene una meta específica vinculada a la difusión y supervisión del cumplimiento de la Convención (aproximadamente 17.000 dólares)