Naciones Unidas

CRPD/C/PER/QPR/2-3

Convención sobre los D erechos de las P ersonas con D iscapacidad

Distr. general

8 de mayo de 2017

Original: españolEspañol, inglés y ruso únicamente

Comité sobre los Derechos de las P ersonas con Discapacidad

Lista de cuestiones previa a la presentación del segundo y tercer informes periódicos combinados del Perú *

A.Propósito y obligaciones generales (arts. 1 a 4)

1.Sírvanse indicar cuáles son las iniciativas emprendidas para asegurar la plena armonización de la legislación vigente con la Convención, especialmente en lo relativo al igual reconocimiento de la capacidad jurídica de todas las personas con discapacidad.

2.Sírvanse informar sobre medidas adoptadas para transversalizar el enfoque de derechos humanos de la discapacidad en los planes y políticas públicas, particularmente en la política de derechos humanos del Estado parte.

3.Sírvanse indicar de qué manera la legislación del Estado parte contempla explícitamente la denegación de ajustes razonables como una forma específica de discriminación. Indiquen también de qué manera se aplica el concepto de “ajuste razonable” como mecanismo de igualdad y no discriminación de las personas con discapacidad.Sírvanse informar sobre las medidas para modificar el lenguaje peyorativo contenido en los artículos 121-A, 122.3.B y 152.2 del Código Penal que señalan que es un agravante del delito de lesiones cuando la víctima “sufre discapacidad”.

B.Derechos específicos (arts. 5 a 30)

Igualdad y no discriminación (art. 5)

4.Faciliten información sobre las medidas que se han incorporado para garantizar la no discriminación de las personas con discapacidad, particularmente en relación a las mujeres y niños con discapacidad, las personas con discapacidad que viven en zonas rurales,las personas con discapacidad indígenas, así como la poblaciónafroperuana con discapacidad.

5.Sírvanse informar sobre recursos sencillos, accesibles y efectivos de que dispongan las personas con discapacidad para reclamar en casos de discriminación.

Mujeres con discapacidad (art. 6)

6.Sírvanse indicar qué medidas adicionales se han tomado para combatir la discriminación múltiple e interseccional hacia las mujeres con discapacidad, y especialmente las mujeres indígenas y afroperuanas con discapacidad.

7.Sírvanse informar sobre las medidas adoptadas para aplicar de manera transversal el enfoque de derechos humanos de ladiscapacidad en las políticas de promoción de los derechos de la mujer, especialmente las políticas contra la violencia de género y las relativas a los derechos sexuales y reproductivos. Informen sobre la medida en que la discapacidad ha sido transversalizadaen la Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar.

Niños y niñas con discapacidad (art. 7)

8.Faciliten información sobre medidas adoptadas para prevenir y sancionar la violencia, el abuso y el abandono de niños y niñas con discapacidad, así como sobre las medidas, incluidas las presupuestarias,para proporcionar los apoyos necesarios para que puedan ejercer sus derechos en igualdad de condiciones con los demás. Sírvanse informar sobre medidas para asegurar que los niños y las niñas con discapacidad,especialmente niños y niñas indígenas con discapacidad,son oídos en relaciónal diseño e implementación de las medidas que les afectan. Sírvanse informar sobre medidas paraprevenir y combatir toda forma de violencia contra los niños y niñas con discapacidad, particularmente la intimidación o el acoso.

Toma de conciencia (art. 8)

9.Sírvanse ampliar información sobre el alcance e impacto de las acciones y programas de toma de conciencia para luchar contra los estereotipos negativos y prejuicios contra las personas con discapacidad y sobre las medidas adicionales que se han implementado para que las acciones de toma de conciencia que llevan a cabo actores privados sean compatibles con el enfoque de derechos humanos de las personas con discapacidad.

Accesibilidad (art. 9)

10.Sírvanse informar si se ha adoptado el Plan Nacional de Accesibilidad, tal como lo dispone la cuarta disposición final de la Ley General de la Persona con Discapacidad. Indiquen si el plan tiene indicadores, objetivos y metas concretas y si ha sido consultado con las personas con discapacidad a través de sus organizaciones representativas.En caso que no se haya adoptado, señalen qué medidas se vienen realizando para su adopción.Sírvanse asimismo informar sobre las medidas adoptadas para asegurar la accesibilidad del entorno físico, transporte, servicios e información y comunicaciones.

Igual reconocimiento como persona ante la ley (art. 12)

11.Sírvanse indicar qué medidas concretas se han implementado para derogar del Código Civil y otras leyes, incluida la Ley de Competencia Notarial en Asuntos No Contenciosos(Ley núm. 26662), las normas que autorizan la privación o restricción de la capacidad jurídica a las personas con discapacidad. Asimismo, informen sobre medidas adoptadas para restituir la capacidad jurídica a las personas con discapacidad sujetas a interdicción judicial.Sírvanse informar sobre medidas adoptadas para derogar la norma contenida en el artículo 4 del Decreto Legislativo núm. 1310 que aprueba medidas adicionales de simplificación administrativa y que faculta la interdicción notarial de adultos mayores.

Acceso a la justicia (art. 13)

12.Faciliten información sobre los avances para garantizar el acceso a la justicia, incluido el servicio notarial,de las personas con discapacidad, incluida la accesibilidad física, la provisión de braille, la interpretación en lengua de signos, la provisión de documentos en lenguaje de lectura fácil y la implementación de otros métodos y modos aumentativos y alternativos de comunicación. Asimismo, informen sobre los ajustes de procedimiento para personas con discapacidad en los procesosadministrativos, civiles y penales.Sírvanse informar sobre las medidas que se han tomado para derogar la norma contenida en el artículo162.1 del nuevo Código Procesal Penal que señala que el inhábil por razones naturales no puede brindar testimonio en el marco de un proceso penal.

Libertad y seguridad de la persona (art. 14)

13.Sírvanse informar sobre las medidas para avanzar en la desinstitucionalización de las personas con discapacidad, así como las medidas paraeliminar la declaración de imputabilidad en los procesos penales y asegurar que las personas con discapacidad tengan garantías judiciales en igualdad de condiciones con las demás personas. Sírvanse informar sobre medidas adoptadas para derogar la norma contenida en el artículo 23 del Decreto Legislativo núm. 1348 que aprueba el Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes, que faculta el internamiento involuntario de adolescentes en conflicto con la ley penal.

Protección contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (art. 15)

14.Sírvanse informar sobre medidas para asegurar que el mecanismo nacional de prevención de la tortura cuenta con los recursos humanos y financieros suficientes para desarrollar su labor.

Protección contra la explotación, la violencia y el abuso (art. 16)

15.Faciliten información sobre la implementación de medidas para prevenir y sancionarla violencia, abuso y explotación contra las personas con discapacidad, especialmente mujeres y niños con discapacidad.

Protección de la integridad personal (art. 17)

16.Sírvanse informar sobre medidas para eliminar el internamiento involuntario y el tratamiento forzoso de las personas con discapacidad, particularmente de las personas con discapacidad intelectual y/o psicosocial.

Libertad de desplazamiento y nacionalidad (art. 18)

17.Sírvanse informar sobre las medidas adoptadas para adecuar la legislación de migraciones a la Convención.

Derecho a vivir de forma independiente y a ser incluido en la comunidad (art. 19)

18.Sírvanse indicar las medidas adoptadas, incluidas las presupuestarias, para proporcionar apoyos, incluida la asistencia personal, a personas con discapacidad para su inclusión en la comunidad.

Libertad de expresión y de opinión y acceso a la información (art. 21)

19.Sírvanse indicar si la información destinada a la población en general es accesible para las personas con discapacidad, es decir, si está disponible en lengua de señas, en versiones de lectura fácil, en braille, así como en formatos y medios aumentativos y alternativos de comunicación. Asimismo, informen sobre las medidas que se han tomado para asegurar la accesibilidad en las páginas web de entidades públicas. Informen sobre medidas para reglamentar e implementar efectivamente la Ley núm. 29535 que otorga reconocimiento oficial a la lengua de señas peruana.

Respeto al hogar y la familia (art. 23)

20.Informen sobre las medidas adoptadas para asegurar que los padres no sean separados de sus hijos por causa de una discapacidad.

Educación (art. 24)

21.Sírvanse informar, de manera concreta, acerca de la implementación de la transformación del sistema de educación hacia la educación inclusiva y de calidad, incluidas las medidas para asegurar presupuestos adecuados para asegurar la inclusióny el acceso de las personas con discapacidad a la educación inclusiva, los ajustes razonables, los servicios de apoyo, la reforma del pénsum de estudio yla capacitación continua del personal docente, particularmente en zonas rurales y remotas. Sírvanse informar sobre medidas efectivas para la inclusión de las personas con discapacidad en la educación terciaria. Sírvanse informar sobre medidas para erradicar la exclusión educativa sobre la base de la discapacidad, especialmente de las personas con discapacidad intelectual y/o psicosocial, en particular en los centros educativos privados.

Salud (art. 25)

22.Sírvanse informar sobre las medidas adoptadas para garantizar a las personas con discapacidad, especialmente las mujeres con discapacidad, el acceso a programas accesibles de salud, incluidos los servicios de salud sexual y reproductiva, en igualdad de condiciones con las demás personas, especialmente en las zonas rurales.Informen sobre las medidas para garantizar el acceso efectivo de las personas con discapacidad a seguros privados de salud.

Habilitación y rehabilitación (art. 26)

23.Sírvanse informar sobre medidas implementadas para garantizar el acceso de las personas con discapacidad a servicios accesibles de habilitación y rehabilitación basados en el modelo de derechos humanos de la discapacidad yen igualdad de condiciones con las demás personas.

Trabajo y empleo (art. 27)

24.Sírvanse informar sobre medidas concretas adoptadas a fin de aumentar el nivel de empleo de las personas con discapacidad, en particular las personas con discapacidad intelectual y/o psicosocial, incluidas las medidas para la implementación de la cuota de empleo en el sector público.

25.Sírvanse proporcionar información sobre qué medidas se han adoptado en relación a la provisión de ajustes razonables tanto en el sector público como en el privado.

Nivel de vida adecuado y protección social (art. 28)

26.Sírvanse indicar qué medidas adicionales ha adoptado el Estado parte paraincluir específicamente a las personas con discapacidad en los programas y estrategias para la reducción de la pobreza. Asimismo, informen sobre medidas para asegurar el acceso de las personas con discapacidad a los servicios de seguridad social, sin que dicho acceso esté condicionado a la privación de su capacidad legal.

Participación en la vida política y pública (art. 29)

27.Sírvanse informar sobre las medidas para garantizar la participación efectiva, accesible e inclusiva de las personas con discapacidad en los procesos electorales y particularmente su derecho al voto secreto y personal, con apoyos.

Participación en la vida cultural, las actividades recreativas, el esparcimiento y eldeporte (art. 30)

28.Informen sobre las medidas efectivas para la implementación del Tratado de Marrakech para Facilitar el Acceso a las Obras Publicadas a las Personas Ciegas, con Discapacidad Visual o con Otras Dificultades para Acceder al Texto Impreso. Informen asimismo sobre las medidas adoptadas para garantizar la participación efectiva y plena de las personas con discapacidad en actividades culturales, los deportes y el turismo, así como para asegurar la accesibilidad a los servicios e instalaciones culturales,deportivas y de turismo. Informen sobre las medidas para asegurar que las personas con discapacidad puedan desarrollar sus capacidades culturales, artísticas e intelectuales, especialmente en áreas rurales.

C.Obligaciones específicas (arts. 31 a 33)

Recopilación de datos y estadísticas (art. 31)

29.Sírvanse facilitar información sobre las medidas adicionales adoptadas para la recopilación de estadísticas desglosadassobre personas con discapacidad, en cooperación con personas con discapacidad a través de sus organizaciones representativas. Sírvanse indicar qué medidas se han adoptado para que los censos, particularmente el censo de 2017, se diseñen e implementen con un enfoque de derechos humanos de la discapacidad.

Cooperación internacional (art. 32)

30.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para garantizar que la discapacidad se incorpore en los planes nacionales de aplicación y seguimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Informen sobre medidas adoptadas para incluir a las personas con discapacidad en el informe nacional sobre implementación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible ante el Foro Político de Alto Nivel sobre Desarrollo Sostenible.

Seguimiento nacional (art. 33)

31.Sírvanseindicar las medidas que se han adoptado para:a) fortalecer el rol y presupuesto del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad y la participación efectiva de las personas con discapacidad a través de sus organizaciones representativas en dicha entidad; y b) establecer el mecanismo independiente de vigilancia de la Convención compatible con los principiosrelativos al estatutodelas instituciones nacionalesdepromoción y proteccióndelos derechos humanos (Principios de París)y asegurar que cuente con los recursos financieros y humanos apropiados para el desempeño de sus funciones.