Naciones Unidas

CMW/C/TJK/Q/1

Convención Internacional sobrela protección de los derechos detodos los trabajadores migratoriosy de sus familiares

Distr. general

26 de octubre de 2011

Español

Original: inglés

Comité de Protección de los Derechos de Todoslos Trabajadores Migratorios y de sus Familiares

15º período de sesiones

12 a 23 de septiembre de 2011

Examen de los informes presentados por los Estadospartes de conformidad con el artículo 73 de la Convención

*

I.Información de carácter general

1.Sírvanse indicar el rango de la Convención en el derecho nacional (párr. 60) y dar ejemplos de casos, si los hubiere, en que los tribunales o las autoridades administrativas del país la hayan aplicado directamente.

2.Se ruega faciliten información actualizada, en particular estadísticas desglosadas, sobre el volumen y la naturaleza de las corrientes de migración desde y hacia el territorio de Tayikistán en el período transcurrido desde la entrada en vigor de la Convención para el Estado parte (2004). Sírvanse proporcionar también información precisa sobre las medidas concretas adoptadas por el Estado parte para establecer un sistema coherente de acopio de datos, incluida información sobre los migrantes en situación irregular, con objeto de evaluar la dimensión y la naturaleza de las corrientes de migración (párrs. 6 y 11).

3.Sírvanse indicar si el Gobierno ha realizado un análisis de las consecuencias sociales de la migración de trabajadores registrada por Tayikistán, es decir, sus repercusiones en la vida familiar, la situación de las mujeres y los niños, y presentar información al respecto (párrs. 6 a 8 y 11).

4.Se ruega detallen mejor las medidas adoptadas y los resultados logrados con el programa nacional de migración para 2006-2010, aprobado por decisión del Gobierno de 31 de enero de 2006 (párr. 18). ¿Qué obstáculos han surgido al aplicar el programa y cuáles de sus expectativas no se han cumplido y por qué motivos?

5.Se ruega faciliten información más detallada sobre el proyecto de programa estatal de migración para 2011-2015 (párr. 19), incluidos los recursos asignados por el Estado parte para su ejecución. ¿Qué medidas contempla para: a) volver a emplear a los trabajadores migratorios que regresan; y b) ofrecer protección efectiva a los familiares de los trabajadores migratorios que se quedan?

6.Sírvanse facilitar información precisa sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para promover y divulgar la Convención y para aumentar el conocimiento y entendimiento de sus disposiciones entre la población en general, los trabajadores migratorios y sus familiares y los funcionarios estatales. Indiquen también si los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley y otros funcionarios públicos, como los jueces, los policías y los asistentes sociales, reciben formación sobre la Convención y su aplicación (párr. 12).

7.Sírvanse ofrecer más detalles acerca de la participación de las organizaciones de la sociedad civil en la preparación del informe del Estado parte. Indiquen, si procede, la manera en que los representantes de los migrantes expatriados y las asociaciones de migrantes participaron en la redacción del informe del Estado parte (párr. 4).

II.Información relativa a cada uno de los artículos de la Convención

A.Principios generales

8.Sírvanse facilitar información detallada sobre los mecanismos nacionales (judiciales y/o administrativos) competentes para examinar y resolver denuncias de los trabajadores migratorios y de sus familiares, incluidos los que se encuentran en situación irregular, en caso de vulneración de sus derechos (párr. 55). Infórmese, asimismo, del número de denuncias relacionadas con los derechos de los migrantes atendidas por el Ombudsman de Tayikistán desde 2008, sus resultados y la reparación ofrecida a las víctimas de esas violaciones (párr. 59).

9.El Comité toma nota de los logros del Estado parte en la creación de instituciones públicas competentes en el ámbito de las relaciones laborales con los trabajadores migratorios. Sírvanse proporcionar información sobre los principales retos y las dificultades en la regulación de la migración laboral y la protección de los derechos de los migrantes y sus familiares en el Estado parte (párrs. 62 a 65).

B.Parte III de la Convención

Artículos 11 y 68

10.Sírvanse brindar información detallada sobre las medidas adoptadas para prevenir la esclavitud y el trabajo forzoso, así como otras formas de trata de personas, y proteger y asistir a las víctimas, por ejemplo, garantizándoles el acceso a recursos efectivos, centros de acogida y servicios de tratamiento médico, asesoramiento y rehabilitación especializados y acordes con su sexo (párr. 86). Sírvanse comunicar asimismo el número de centros de acogida de que dispone el Estado parte y el número y la edad de las víctimas de trata de personas que han recibido asistencia en ellos desde la ratificación de la Convención por Tayikistán (párr. 86).

11.Se ruega faciliten información actualizada sobre las medidas adoptadas (como la protección efectiva contra las represalias) para alentar a las víctimas de la esclavitud y el trabajo forzoso, así como de otras formas de trata, a declarar las vulneraciones de sus derechos, teniendo debidamente en cuenta la situación particular de las mujeres y los niños, y para hacer frente al problema de las agencias de contratación y empleo implicadas en el tráfico ilícito de trabajadores migratorios (párrs. 86 a 91).

12.Sírvanse presentar estadísticas recientes con cifras precisas de los casos de trata constatados por los órganos judiciales y el número de víctimas indemnizadas por daños y perjuicios desde que Tayikistán ratificó la Convención (párrs. 90 y 92). Concretamente, faciliten información actualizada sobre: a) el número de investigaciones, enjuiciamientos, condenas y sentencias en el asunto de trata concerniente a la agencia de contratación "Rustam" (párr. 86); y b) los resultados de las otras causas judiciales mencionadas en el párrafo 86 del informe inicial del Estado parte.

Artículo 23

13.Sírvanse proporcionar información actualizada sobre las medidas adoptadas para garantizar que se preste asistencia consular efectiva a los trabajadores migratorios de Tayikistán y sus familiares en los países de destino (párr. 151). Sírvanse indicar también el número de diplomáticos y cónsules (incluidos los cónsules honorarios) de Tayikistán en los países de destino, así como su estatuto y funciones, en particular en lo que respecta a la protección de los derechos y los intereses legítimos de los trabajadores migratorios (ibid.). Además, precisen si los órganos consulares controlan periódicamente las cárceles donde cumplen condena trabajadores migratorios tayikos (ibid.).

Artículo 25

14.Se ruega especifiquen de qué manera se garantiza que en la práctica todos los trabajadores migratorios, incluidas las mujeres, gocen del mismo trato que los nacionales en cuanto a la remuneración y otras condiciones de trabajo, es decir, horas extraordinarias, horario de trabajo, descanso semanal, vacaciones pagadas, seguridad social, salud, fin de la relación de empleo y otras condiciones de trabajo.

Artículo 27

15.Sírvanse indicar detalladamente en qué medida los trabajadores migratorios y sus familiares gozan de acceso efectivo a los servicios de protección social (párr. 158). Expliquen más ampliamente las modalidades de aplicación de los distintos planes de seguridad social existentes en el Estado parte a los trabajadores migratorios en situación regular y en situación irregular.

16.Sírvanse indicar si el Estado parte ha celebrado acuerdos bilaterales o multilaterales sobre el reconocimiento y la transferencia de las cotizaciones a la seguridad social de los trabajadores migratorios tayikos.

Artículo 28

17.Sírvanse precisar en qué medida los trabajadores migratorios y sus familiares en situación irregular pueden recibir atención médica de urgencia en las mismas condiciones que los nacionales (párr. 159).

Artículo 30

18.Sírvanse indicar si la enseñanza primaria es gratuita para todos los hijos de trabajadores migratorios, incluidos los que se encuentran en situación irregular. ¿Qué medidas se están adoptando para promover y facilitar la matriculación de esos niños? Además, sírvanse facilitar datos desglosados por sexo sobre la escolarización de los hijos de trabajadores migratorios en la enseñanza primaria, secundaria y terciaria (párr. 169).

Artículo 31

19.Por lo que se refiere a la información facilitada en el párrafo 170 del informe del Estado parte, sírvanse precisar las medidas prácticas que se hayan adoptado para velar por el respeto de la identidad cultural de los trabajadores migratorios extranjeros y sus familiares en Tayikistán.

Artículo 33

20.Sírvanse proporcionar información más detallada sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para preparar a los ciudadanos para una migración laboral informada (por ejemplo, estudio del mercado de trabajo de los países de destino, ayudas para encontrar empleo y medidas relacionadas con las cuestiones sociales). Indiquen, además, cuántos centros de recursos para los trabajadores migratorios funcionan en el Estado parte (párrs. 175 a 179). Asimismo, especifiquen las formas de apoyo jurídico, social y psicológico que brinda el Estado parte a los trabajadores migratorios y sus familiares en Tayikistán y a los migrantes tayikos en los países de destino (ibid.).

C.Parte IV de la Convención

Artículo 41

21.Teniendo en cuenta la información facilitada en el párrafo 186 del informe inicial del Estado parte, indiquen si el Estado parte ha previsto adoptar medidas que faciliten a los trabajadores migratorios tayikos en el extranjero el ejercicio de su derecho a votar y a ser elegidos en las elecciones que se celebren en el Estado parte (párr. 186).

Artículo 47

22.Sírvanse facilitar información sobre las remesas de los trabajadores migratorios tayikos en el extranjero. A la luz del artículo 47 de la Convención, sírvanse facilitar también información detallada sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para facilitar la transferencia de ingresos y ahorros de los trabajadores migratorios (párrs. 171 y 199).

Artículo 48

23.Sírvanse indicar si el Estado parte tiene acuerdos de doble imposición con los Estados receptores. En caso afirmativo, sírvanse facilitar información acerca de las disposiciones de esos acuerdos en lo que se refiere a la transferencia de las remesas y las cotizaciones a la seguridad social.

Artículo 49

24.Se ruega informen en detalle acerca de los requisitos para la obtención del permiso de trabajo aplicables a los trabajadores migratorios extranjeros, precisando su costo, su duración, las normas para su cancelación y los recursos de apelación ante la denegación o cancelación de un permiso de trabajo (párrs. 200 y 201).

25.Sírvanse proporcionar información correspondiente al período comprendido entre 2008 y 2010 sobre el número de permisos de trabajo para trabajadores migratorios extranjeros que fueron solicitados, expedidos, denegados o cancelados. Indiquen, asimismo, si un trabajador migratorio al que se le haya rescindido el contrato puede buscar otro empleo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 49 y 51 de la Convención (párrs. 200 y 201).

D.Parte V de la Convención

26.Sírvanse facilitar datos detallados sobre el número de trabajadores fronterizos que ejercen una actividad remunerada en Tayikistán, desglosados por sexo y nacionalidad. Se ruega informen asimismo de los posibles acuerdos bilaterales o multilaterales relativos a la migración de trabajadores fronterizos en que sea parte Tayikistán.

E.Parte VI de la Convención

Artículo 64

27.Se ruega expliquen con mayor detalle las actividades de colaboración y consulta con los principales países de destino de los trabajadores migratorios tayikos, con miras a promover condiciones de trabajo y de vida satisfactorias, equitativas y humanas para los trabajadores migratorios tayikos en esos países (párr. 209).

28.Sírvanse ofrecer información más detallada sobre la aplicación de los acuerdos bilaterales de cooperación en el ámbito de la migración concluidos con la Federación de Rusia (2004), Kirguistán (1998) y Kazajstán (2006), así como de los instrumentos regionales de la Comunidad de Estados Independientes (CEI), como el Acuerdo sobre la migración laboral y la protección social de los trabajadores migratorios de la CEI (1994) y el Acuerdo sobre la condición jurídica de los trabajadores migratorios y sus familiares (2008) (párrs. 21 y 207).

29.Se ruega indiquen de qué manera los nacionales tayikos, en particular las mujeres, son contratados para empleos en el extranjero y las medidas adoptadas para regular las actividades de contratación en el Estado parte.

Artículo 68

30.Sírvanse facilitar información sobre los trabajadores migratorios en tránsito en el Estado parte, sobre todo en lo que respecta a la protección frente a redes delictivas de todo tipo. Sírvanse aportar también información detallada sobre la aplicación del Acuerdo sobre cooperación entre los Estados miembros de la CEI en la lucha contra la migración ilegal (1998) (párr. 21).