1

Churcampa

Radio Visión

Martes 6.00 a 7.00

2

Antabamba

Emisora Municipal

Miércoles 7.00 a 7.30

3

Huarmey

Radio Manantial

Viernes 10.30 a 11.00

4

Chulucanas

Radio Emmanuel

Viernes 11.00 a 12.00

5

Villa Rica

Radio Studio Gala

Miércoles 9.30 a 10.00

6

San Ignacio

Miel

Jueves 11.30 a 12.30

7

Candarave

Radio Studio Líder

Miércoles 6.30 a 7.00

8

Carhuaz

Radio Jaymar

Miércoles 15.00 a 15.30

9

Castilla

Radio Horizonte

Miércoles 11.00 a 12.00

10

Echarati-Kiteni

Radio Nevada

Jueves 6.30 a 7.00

11

Oxapampa

Frecuencia 96.1 Fm

Miércoles 12.00 a 12.30

12

Daniel Carrión

Radio Sembrador

Miércoles 11.00 a 12.00

13

Parinacochas

Radio Universal

Lun/vie 8.00 a 9.00

14

Chota

Radio Paz

Lunes 11.00 a 12.00

15

Huancané

Radio La Ribereña

Jueves 8.00 a 9.00

16

Santa Cruz

Radio HGV

Mar/jue 16.00 a 17.00

17

Santa Cruz

Radio Amistad

Miércoles 17.00 a 18.00

18

Huancabamba

Radio Laser Star

Miércoles 12.00 a 13.00

Proyecto “Desarrollo de habilidades para fortalecer autoestima y capacidad de decisión frente a situaciones violencia”

En el año 2014, se diseñó una metodología de intervención para atacar las causas que vulneran los derechos en las relaciones desiguales de poder, fortaleciendo los valores democráticos que promuevan formas de convivencia y rechazo a la violencia como mecanismo de autocontrol, convivencia armónica y el diálogo.

En este contexto, se implementó en el distrito de San Juan de Lurigancho en convenio interinstitucional con la Asociación Gabriela Mistral, en mayo 2015, el proyecto “Desarrollo de Habilidades para fortalecer el autoestima y capacidad de decisión frente a situaciones de violencia”. El proyecto fue diseñado con tres líneas estratégicas de intervención:

a)Con la Mujer, fortalecimiento de la autoestima y autonomía de la mujer para la toma de decisiones frente a situaciones de violencia familiar.

b)Con la Comunidad: i) Fortalecer de los mecanismos locales a través de la sensibilización y el abordaje preventivo del problema en los instrumentos de gestión y de la articulación; ii) promover el concurso de las empresas privadas de la jurisdicción a fin de implementar la oferta del servicio buscando permanencia y sostenibilidad; iii) especializar a los operadores de justicia, salud y educación en los ejes temáticos de autoestima y autonomía.

c)En materia de difusión del servicio: difusión de spots y cuñas publicitarias de sensibilización.

Proyecto “Prácticas de Crianza”

El propósito del proyecto “Prácticas de crianza que promueven el buen trato hacia niños y niñas de 3 a 5 años” se promociona un ambiente familiar y educativo sin violencia al interior de una cultura de buen trato que permita conductas positivas en niños y niñas de 3 a 5 años. En el escenario educativo, el resultado esperado fue que la comunidad educativa desarrolle un programa lúdico - vivencial que promueva dichas prácticas.

El proyecto, respondió a tener niños y niñas emocionalmente estables que ejercen su derecho a sentirse bien y libres de violencia con normas de convivencia claras, tiene concordancia con las políticas públicas del país. Se logró progresivamente una mayor participación de madres y padres en los procesos de capacitación, lo que ayudó mejor sus competencias parentales con énfasis en el manejo de emociones, identificación de necesidades físicas y afectivas; importancia del juego en el desarrollo del niño o niña, en el establecimiento de vínculos en la familia, la crianza compartida, normas y disciplina positiva.

En el presente año está en marcha una intervención similar en Carabayllo en alianza con ALDEAS SOS PERÙ, actualmente, está en proceso la firma de un convenio de cooperación interinstitucional.

Proyecto “Emprendimiento para el empoderamiento y prevención de la violencia de género”

Este proyecto marca la diferencia con otras propuestas de emprendimiento económico, pues busca el empoderamiento de las mujeres víctimas de violencia. El proyecto apuesta por un emprendimiento que esté relacionado con la autonomía, autoestima y el empoderamiento de las mujeres y no solo con la rentabilidad económica. Su objetivo es reducir las situaciones de violencia de género a través del incremento de la autonomía económica y financiera de las mujeres fruto de sus emprendimientos económicos. El proyecto piloto de 24 meses se desarrolla en 5 distritos de Lima Metropolitana: Villa María del Triunfo, El Agustino, Pachacamac- Manchay y San Juan de Lurigancho.

El proyecto cuenta con cinco componentes: Gestión empresarial, Capacitación técnica, Gestión financiera, Desarrollo personal y social y el componente institucional. El Proyecto busca promover en las familias cambios de actitud, mejorar la comunicación y el ejercicio de roles con equidad.

Hasta la fecha contamos con 89 mujeres que han participado en la ejecución de los módulos de gestión empresarial, técnico productivo y desarrollo personal y social. La línea de trabajo del proyecto esta presentada como una forma de anticiparnos a los hechos de violencia y de esta manera ofrecerle a las mujeres emprendedoras una alternativa de trabajo que le permita cubrir las necesidades básicas de sus familias y sostenerlas con el tiempo.

Estudio Multinacional sobre Determinantes de la violencia hacia niños y niñas

El Estado peruano forma parte del “Estudio Multinacional sobre los determinantes de la violencia hacia niñas, niños y adolescentes”, el cual busca reducir las situaciones de violencia contra niñas, niños y adolescentes, pues la finalidad de dicho estudio es el diseño de estrategias de prevención a partir del análisis exhaustivo de los determinantes de la violencia.

Para ello, el Estudio Multinacional desarrollará de manera sistemática la aplicación y evaluación de intervenciones públicas de prevención de violencia, a partir de un marco amplio de evidencias enfocadas en el problema de la protección de la niñez y adolescencia, que sean sensibles a variaciones en edad y género y que consideren de forma integral las necesidades de los niños, niñas, adolescentes y de los adultos que viven con ello, a través de tres etapas:

a)Entendiendo el contexto, busca identificar las tendencias nacionales y prioridades específicas de investigación e intervención sobre las causas de la violencia en la niñez y adolescencia, a través de un análisis secundario de datos nacionales y revisión de bibliografía, así como análisis de las estrategias que están funcionando;

b)Investigación aplicada, buscará realizar estudios de campo basados en métodos mixtos adaptados a la características particulares del contexto del país, profundizando en los determinantes y prioridades identificadas en la primera etapa, a fin de proponer estrategias de prevención a implementarse;

c)Desarrollo de intervenciones y evaluación, busca aplicar y validar en un territorio específico las estrategias de prevención de violencia identificadas, sobre la base de los resultados de las etapas 1 y 2. A la fecha se ha culminado la Etapa 1, teniendo como producto el informe país sobre los determinantes de la violencia que afecta a niños, niñas y adolescentes.

Además el MIMP, a través de la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes, en el año 2015 a través de la DEMUNA en el marco del Plan de Incentivos para la Mejora de la Gestión Municipal (PI), se realizaron actividades de promoción sobre “Buen trato” contando con la participación de 1.600 distritos aproximadamente.

Encuesta Nacional de Relaciones Sociales-ENARES

Reconociendo la importancia de contar con evidencias e información pertinente que permitan orientar la toma de decisiones en materia de prevención y atención de la violencia contra las mujeres, niñas, niños y adolescentes el Estado peruano llevó a cabo la Encuesta Nacional sobre Relaciones Sociales en los años 2013 y 2015. La ENARES proveerá información sobre: a) prevalencia de la violencia hacia mujeres, niños, niñas y adolescentes entre 9 y 17 años que afecta el entorno familiar; b) prevalencia de la violencia en el entorno de la escuela para el caso de niños, niñas y adolescentes de ese rango de edad; c) factores causales (personales, familiares y socio-culturales) en ambos entornos; y d) respuestas de las instituciones y personas a las que acuden. Asimismo, permitirá recoger información sobre la tolerancia social en mujeres y hombres mayores de 18 años a nivel nacional.

Esta encuesta se llevó a cabo a través de un trabajo conjunto entre el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) y el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI).

b) Asigne suficientes recursos financieros para la aplicación del Plan Nacional contra la Violencia hacia la Mujer 2009-2015 y dinamice el Programa Estratégico contrala Violencia Fam iliar y Sexual (Ley núm.29465);

En el año 2014, se elaboró un presupuesto referencial, pues las acciones no se incluían en los Planes Operativos, lo que dificultaba el cálculo exacto y la labor de seguimiento. Solamente dos sectores, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y el Ministerio del Interior, tenían metas presupuestales específicamente asignadas para el cumplimiento del Plan Nacional contra la Violencia hacia la Mujer - PNCVHM (2009-2015).

Presupuesto del plan de acción 2014

Ministerio del Interior

1 108 258 , 00

Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables

85 510 255, 00

Total general

86 618 513, 00

Fuente: Presupuesto Nacional.

Para el año 2015, se consideró la información que los sectores tienen asegurada para la proyección de fondos en sus presupuestos, para efectos del seguimiento presupuestal.

Presupuesto del Plan de Acción 2015

Sector

Monto (en nuevos Soles)

Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables

85  354 381

Ministerio del Interior

494 249

Total general

85 848 630

Fuente: Información presupuestal de cada sector.

Los demás sectores también invierten recursos en el cumplimiento del PNCVHM, sin embargo, no están en capacidad de informar con certeza el monto invertido, ya que las actividades del Plan no se encuentran desagregadas dentro de sus respectivos presupuestos.

A continuación brindamos información sobre los recursos financieros del Programa Nacional contra la Violencia Familiar y Sexual (2014-2016), que forma parte del MIMP.

Año

Presupue sto Institucional de Apertura – PIA

Presupuesto Institucional Modificado – PIM

Ejecutado

% Avance de Ejecución

Variación porcentual del PIM

2014

78 269 558

78 407 254

76 318 781

97,3%

2015

87 573 348

85 186 304

83 055 603

97,5%

8,6%

2016

90 000 020

95 363 944

48 390 923

50,7%

11,9%

(*) Fuente: SIAF-SP al 18 de Agosto de 2016.

c) Adopte protocolos especiales para unificar los procedimientos de denuncia de los casos de violencia contra la mujer y centralice los sistemas existentes de reunión de datos para recopilar, desglosar y actualizar periódicamente los datos sobre dicha violencia, con el fin de comprender la extensión y la naturaleza de las diversas formas de violencia contra la mujer y de facilitar la evaluación de los progresos realizados;

Se han aprobado protocolos de atención para enfrentar la problemática de feminicidio, trata de personas y acoso sexual en espacios públicos. A continuación se detallan los siguientes:

a)Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 257-2014-MP-FN, del 23 de enero de 2014, se aprobó el “Protocolo del Ministerio Público para la atención a víctimas de trata de personas”;

b)Mediante Resolución Ministerial N° 203-2014-MIMP se aprobó el “Protocolo Intersectorial para víctimas de Trata de Personas en el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables”;

c)Mediante Decreto Supremo N° 005-2016-IN se aprobó el “Protocolo Intersectorial para la prevención y persecución del delito y la protección, atención y reintegración de víctimas de trata de personas”;

d)Decreto Supremo N° 006-2015-MIMP que aprueba el “Protocolo interinstitucional de acción frente al feminicidio, tentativa de feminicidio y violencia de pareja de alto riesgo”;

e)Resolución de la Dirección Ejecutiva N° 032-2016-MIMP-PNCVFS-DE que aprueba el “Protocolo de los Centros Emergencia Mujer para la atención de Casos de Acoso Sexual en Espacios Públicos”.

En lo que respecta a centralizar los sistemas existentes de reunión de datos, se informa que el MIMP desde la Unidad de Generación de Información y Gestión del Conocimiento (UGIGC) del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual ha implementado y administra sistemas de información con base a registros administrativos, recopila información en temática de violencia familiar y sexual desde el año 2002. A la fecha se ha implementado los siguientes registros:

a)Registro de casos de los CEM, que permite conocer la demanda de atención o casos de violencia familiar y sexual con sus respectivas características;

b)Registro de atenciones de los CEM, permite conocer y monitorear las intervenciones profesionales de los CEM;

c)Registro de acciones preventivas promocionales, permite conocer el quehacer preventivo promocional del PNCVFS;

d)Registro de expedientes legales, permite conocer el seguimiento de la ruta que los expedientes legales cursan en el sistema de justicia;

e)Registro de feminicidio y tentativas, permite identificar y registrar a las víctimas de feminicidio y tentativa a fin de brindar apoyo psicosocial y defensa legal;

f)Registro de la línea de orientación telefónica 100, permite conocer las características de las consultas telefónicas;

g)Registro de casos y atenciones del CAI, permite conocer los casos y las intervenciones especializadas de los hombres judicializados sentenciados derivados a este servicio;

h)Registro de Servicio de Atención de Urgencia (SAU), permite conocer los casos de urgencia y de alto riesgo social;

i)Registro de Chat 100 y Redes Sociales, recoge estadística de la atención para la prevención de conductas violentas, especialmente las que se producen en relaciones de pareja (enamoramiento y noviazgo);

j)Registro Rita, permite registrar casos de violencia familiar y sexual derivados por las sociedades de beneficencia pública;

k)Registro de víctimas de esterilizaciones forzadas, permite registrar aquellos casos de víctimas de esterilizaciones forzadas que reciben atención en los CEM;

l)Registro de estrategia rural, permite conocer los casos derivados al sistema de atención y protección en zona rural por violencia familiar y sexual.

En relación a la comunicación de resultados, desde la UGIGC se difunde los datos generados a través de los sistemas de información, mediante boletines virtuales mensuales, publicaciones impresas como el “El PNCVFS en cifras”, donde se puede encontrar información regional y local de la problemática de la violencia familiar y sexual. Asimismo se cuenta con sistemas web administrados desde esta unidad:

a)La Red de Investigación en Violencia de Género (REDIN), tiene por objetivo difundir los resultados de investigaciones a nivel nacional y regional, a través de una base de datos que identifique y organice las investigaciones, de manera que se generen espacios de diálogo, reflexión y trabajo para enfrentar esta problemática;

b)El Repositorio Digital del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual, tiene por finalidad recopilar, almacenar, preservar, y socializar en formato digital el conocimiento obtenido sobre la problemática de la violencia familiar, sexual y feminicidio producido por el Estado;

c)Plataforma de Asistencia Técnica (ASISTA), es una plataforma web dirigida a los operadores de los servicios que brinda el PNCVFS, quienes realizan el registro de datos en las fichas y plantillas elaboradas para el recojo de información a nivel nacional, su objetivo principal es el de fortalecer las capacidades teóricas y prácticas en el registro de la información de violencia familiar y sexual;

d)Sistema de Información Geográfica de Consulta en Línea (SIGVIOLENCIA), este sistema contiene información georeferenciada de los servicios CEM, SAU, Línea 100: ubicación geográfica, estadísticas e instituciones con las que articulan en la atención de los casos de violencia familiar y/o sexual;

e)El Sistema Integrado de Registro de Violencia Familiar y Sexual (SIRVFS), tiene como objetivo permitir el registro y consulta en tiempo real de información relacionada a la atención de las personas que sufren algún hecho de violencia familiar y sexual, así como las acciones para prevenir la violencia y promover una cultura de paz. Cabe señalar, que a la fecha se ha implementado en 32 servicios CEM distribuidos a nivel nacional.

Asimismo, el Observatorio de Criminalidad del Ministerio Público elabora reportes estadísticos respecto de la problemática del feminicidio y la tentativa de feminicidio de manera permanente desde el año 2009 según los requerimientos de información presentados a la institución. Además elabora informes trimestrales, semestrales o anuales los cuales se encuentran disponibles en el portal web institucional. También, este Observatorio emite boletines anuales con datos estadísticos sobre trata de personas, desde el año 2012 hasta la actualidad.

El Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) publica desde el año 2000 cada año la Encuesta Nacional Demográfica y de Salud Familiar (ENDES), que contiene una sección que informa sobre la violencia contra las mujeres. Cabe señalar como se mencionó anteriormente la Encuesta Nacional de Relaciones Sociales-ENARES es un documento conjunto entre el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y el INEI.

d)Penalizar los delitos sexuales

Desde el año 2014 se han realizado modificaciones al Código Penal que mejoran la tipificación de los delitos. Se modificó el delito de trata de personas a través de la Ley N° 30251, que fue publicada el 21 octubre 2014. Actualmente el tenor del artículo es el siguiente:

“Artículo 153.- Trata de personas

1.El que mediante violencia, amenaza u otras formas de coacción, privación de la libertad, fraude, engaño, abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad, concesión o recepción de pagos o de cualquier beneficio, capta, transporta, traslada, acoge, recibe o retiene a otro, en el territorio de la República o para su salida o entrada del país con fines de explotación, es reprimido con pena privativa de libertad no menor de ocho ni mayor de quince años.

2.Para efectos del inciso 1, los fines de explotación de la trata de personas comprende, entre otros, la venta de niños, niñas o adolescentes, la prostitución y cualquier forma de explotación sexual, la esclavitud o prácticas análogas a la esclavitud, cualquier forma de explotación laboral, la mendicidad, los trabajos o servicios forzados, la servidumbre, la extracción o tráfico de órganos o tejidos somáticos o sus componentes humanos, así como cualquier otra forma análoga de explotación.

3.La captación, transporte, traslado, acogida, recepción o retención de niño, niña o adolescente con fines de explotación se considera trata de personas incluso cuando no se recurra a ninguno de los medios previstos en el inciso 1.

4.El consentimiento dado por la víctima mayor de edad a cualquier forma de explotación carece de efectos jurídicos cuando el agente haya recurrido a cualquiera de los medios enunciados en el inciso 1.

5.El agente que promueve, favorece, financia o facilita la comisión del delito de trata de personas, es reprimido con la misma pena prevista para el autor”.

El numeral 7 del delito de favorecimiento a la prostitución fue modificado por la Primera Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley Nº 30077, publicada el 20 agosto 2013, la misma que entró en vigencia el 1 de julio de 2014:

“Artículo 179.- Favorecimiento a la prostitución

El que promueve o favorece la prostitución de otra persona, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de seis años.

La pena será no menor de cinco ni mayor de doce años cuando:

[…]

7.El agente actúa como integrante de una organización criminal.”

El numeral 4 del delito de proxenetismo fue modificado por la Primera Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley Nº 30077, publicada el 20 agosto 2013, la misma que entró en vigencia el 1 de julio de 2014:

“ Artículo 181.- Proxenetismo

El que compromete, seduce, o sustrae a una persona para entregarla a otro con el objeto de tener acceso carnal, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de seis años.

La pena será no menor de seis ni mayor de doce años, cuando:

[…]

4.El agente actúa como integrante de una organización criminal”.

Se incorporó el delito de proposiciones sexuales a través del artículo 5° de la Ley N° 30171, publicada el 10 marzo 2014:

“Artículo 183-B. Proposiciones sexuales a niños, niñas y adolescentes

El que contacta con un menor de catorce años para solicitar u obtener de él material pornográfico, o para llevar a cabo actividades sexuales con él, será reprimido con una pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de ocho años e inhabilitación conforme a los numerales 1, 2 y 4 del artículo 36.

Cuando la víctima tiene entre catorce y menos de dieciocho años de edad y medie engaño, la pena será no menor de tres ni mayor de seis años e inhabilitación conforme a los numerales 1, 2 y 4 del artículo 36.”

Párrafo 36: Salud

Teniendo en cuenta su declaración sobre la salud y los derechos sexuales y reproductivos, aprobada en su 57º período de sesiones, en febrero de 2014, el Comité toma nota de que los abortos en condiciones de riesgo son una de las principales causas de morbilidad y mortalidad materna. En ese sentido, el Comité recomienda al Estado parte que:

a) Haga extensiva la legalización del aborto a los casos de violación, incesto o malformación fetal severa;

Se presentó la iniciativa legislativa ciudadana del Proyecto de Ley N° 3839/2014 I.C. “Proyecto de Ley que despenaliza el aborto en los casos de embarazos como consecuencia de una violación sexual, inseminación artificial o transferencias de óvulos no consentidas” por parte de la Articulación Feminista, conformada por las organizaciones de Movimiento Manuela Ramos, Estudios para la Defensa de los Derechos de la Mujer (DEMUS), Centro de la Mujer Peruana Flora Tristán, Centro de Promoción y Defensa de los Derechos Sexuales y Reproductivos (PROMSEX), Católicas por el derecho a decidir y CLADEM- Perú.

En el Congreso de la República este proyecto de ley se derivó a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, la cual recomendó no aprobar el proyecto de ley y mediante votación de los congresistas miembros de la Comisión se archivó en mayo de 2015. Posteriormente, se remitió a la Comisión de Constitución y Reglamento, con dictamen favorable del Presidente de la Comisión de Constitución se sometió a votación ante los congresistas miembros de la Comisión quienes decidieron archivar por mayoría el proyecto de ley en noviembre de 2015.

Cabe mencionar que como política en salud sexual el Ministerio de Salud suministra de forma gratuita el Anticonceptivo Oral de Emergencia en todos los centros de salud del país, a partir de la medida cautelar dictada por el Primer Juzgado Constitucional de Lima, el pasado 20 de junio de 2016, lo cual constituye un avance en la protección de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres peruanas, especialmente de aquellas que se encuentra en situación de vulnerabilidad.

b) Garantice la disponibilidad de servicios de aborto y el acceso de las mujeres a atención de calidad después de un aborto, especialmente cuando se presenten complicaciones a raíz de un aborto en condiciones de riesgo;

En el Perú se encuentra despenalizado el aborto terapéutico, el Código Penal en el artículo 119° señala que: “No es punible el aborto practicado por un médico con el consentimiento de la mujer embarazada o de su representante legal, si lo tuviere, cuando es el único medio para salvar la vida de la gestante o para evitar en su salud un mal grave y permanente.”

El ministerio de Salud, en el marco de lo establecido en el código penal, aprobó con Resolución Ministerial N° 486-2014/MINSA la “Guía Técnica Nacional para la estandarización del procedimiento de la Atención Integral de la gestante en la Interrupción Voluntaria por Indicación Terapéutica del Embarazo menor de 22 semanas con consentimiento informado en el marco de lo dispuesto en el artículo 119° del Código Penal” (en adelante Guía Técnica Nacional) que tiene por finalidad asegurar la atención integral de la gestante en los casos de interrupción voluntaria por indicación terapéutica del embarazo menor de veintidós semanas con consentimiento informado, cuando es el único medio para salvar la vida de la gestante o para evitar en su salud un mal grave y permanente, en el marco de los derechos humanos, con enfoque de calidad, género e interculturalidad, garantizando los procedimientos para dicha atención.

El Ministerio de Salud viene trabajando en la aplicación de la Guía Técnica Nacional a partir del segundo nivel de atención de los Establecimientos de salud. Según los reportes estadísticos de la Oficina de Informática a la fecha se han reportado 91 Abortos Terapéuticos registrados con el código 0049. Cabe señalar que dentro de los causales de aborto terapéutico se encuentra el embarazo ectópico tubárico, ovárico, cervical los cuales según registros estadísticos son (3,399) para el año 2015 y (1,226) a junio del año 2016; otra causal de aborto terapéutico es Mola hidatiforme parcial con hemorragia de riesgo materno que para el 2015 se reportaron (566) y a junio del 2016 (232) casos, estos datos fueron reportados por la Oficina General de Tecnologías de la Información.

Finalmente, respecto a la atención de servicios de salud a las mujeres que presenten complicaciones a raíz de un aborto en condiciones de riesgo o bajo la modalidad de un tipo de aborto que aún se encuentra penalizado en ordenamiento jurídico interno, la Ley N° 26842 – Ley General de Salud- señala como regla general en su artículo 3° que: “Toda persona tiene derecho a recibir, en cualquier establecimiento de salud, atención médico-quirúrgica de emergencia cuando la necesite y mientras subsista el estado de grave riesgo para su vida o su salud”. Sin embargo, en su artículo 30° establece que “El médico que brinda atención médica a una persona herida por arma blanca, herida de bala, accidente de tránsito o por causa de otro tipo de violencia que constituya delito perseguible de oficio o cuando existan indicios de aborto criminal, está obligado a poner el hecho en conocimiento de la autoridad competente”.

c) Elimine las medidas punitivas contra las mujeres que abortan, entre otras cosas adoptando las medidas necesarias para armonizar la Ley General de Salud y el Código de Procedimiento Penal con el derecho constitucional a la intimidad;

En el caso de aborto terapéutico el médico tratante constatará el peligro para la vida o la salud de la mujer, por ende la no punibilidad del caso. El médico tratante podrá hacer una interconsulta con otro médico o junta médica. Cualquier imposición o exigencias adicionales se consideran una violación a los derechos de la mujer al acceso al aborto en los casos permitidos por la ley.

La Guía Técnica Nacional para la interrupción voluntaria por indicación terapéutica del embarazo menor de veintidós (22) semanas, señala que sobre la base de lo consensuado por sociedades médicas del Perú se consideran las siguientes entidades clínicas de la gestante, en las que se amerita evaluar la interrupción terapéutica del embarazo:

a)Embarazo ectópico tubárico, ovárico, cervical;

b)Mola hidatiforme parcial con hemorragia de riesgo materno;

c)Hiperémesis gravídica refractaria al tratamiento con deterioro grave hepático y/o renal;

d)Neoplasia maligna que requiera tratamiento quirúrgico, radioterapia y/o quimioterapia;

e)Insuficiencia cardiaca congestiva clase funcional III-IV por cardiopatía congénita o adquirida (valvulares y no valvulares) con hipertensión arterial y cardiopatía isquémica refractaria a tratamiento;

f)Hipertensión arterial crónica severa y evidencia de daño de órgano blanco;

g)Lesión neurológica severa que empeora con el embarazo;

h)Lupus Eritematoso Sistémico con daño renal severo refractario a tratamiento;

i)Diabetes Mellitus avanzada con daño de órgano blanco;

j)Insuficiencia respiratoria severa demostrada por la existencia de una presión parcial de oxígeno < 50 mm de Hg y saturación de oxígeno en sangre < 85%.y con patología grave;

k)Cualquier otra patología materna que ponga en riesgo la vida de la gestante o genere en su salud un mal grave y permanente, debidamente fundamentada por la Junta Médica.

Igualmente la Guía Técnica Nacional contempla que la orientación y/o consejería en salud sexual y reproductiva deben darse dentro de un marco ético que requiere poner en el centro las necesidades de las mujeres y el respeto a los siguientes derechos:

a)Derecho a la información completa, veraz, imparcial y útil;

b)Respeto a la dignidad, privacidad y confidencialidad;

c)Libertad de conciencia y expresión;

d)Respeto a la voluntad y libre elección;

e)Derecho a la igualdad y a la no discriminación.

La orientación y/o consejería a la paciente debe realizarse en todo momento desde que se decide la intervención hasta después de realizada, a cargo de personal profesional capacitado.

g) Divulgue información sobre las directrices técnicas relativas al aborto terapéutico entre todo el personal de salud y vele por que al aplicar las directrices se dé una interpretación amplia al derecho a la salud física, mental y social.

Dentro de las acciones realizadas por el Ministerio de Salud para difundir información en relación al aborto terapéutico se han realizado las siguientes actividades:

Año 2015

Enero

•Elaboración del plan 2015 para la implementación de la Guía Técnica Nacional en proceso de revisión y aprobación.

•Reproducción de la Guía Técnica Nacional en magnético listo para ser distribuido.

Febrero

•Se reenvió la Guía Técnica Nacional a todas las coordinadoras regionales de la Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Sexual y Reproductiva, diagramada, lista para ser reproducido o impreso en cada región. Asimismo se encuentra disponible en la página web del MINSA entre los documentos de la Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Sexual y Reproductiva.

•Se hicieron coordinaciones con la Oficina General de Estadística e Informática para crear un código en el HIS que corresponda al aborto terapéutico, para así contar a nivel nacional con las estadísticas de las solicitudes presentadas y los casos atendidos, ya que el registro no era uniforme en todos los hospitales, actualmente con el código se espera consolidar los reportes.

•El 18 de febrero en coordinación con el Comité de Derechos Sexuales y Reproductivos de la Sociedad Peruana de Obstetricia y Ginecología y PROMSEX, se realizó un Taller dirigido a profesionales médicos, con el propósito de discutir los alcances de Guía Técnica Nacional para la prestación del servicio de aborto terapéutico desde una perspectiva médica, jurídica y social. El mencionado Taller se llevó a cabo en el Salón Miramar del Hotel José Antonio, Miraflores lima Perú, con la asistencia de médicos y abogados de diferentes hospitales de Lima y regiones del país.

Marzo

•Se realizó una teleconferencia con médicos de los hospitales y coordinadoras regionales de salud sexual y reproductiva sobre la Guía Técnica Nacional que estandariza la aplicación del aborto terapéutico.

Abril

•El 1 de abril se realizó una presentación de la Guía y sus alcances en su aplicación a directores regionales de salud y coordinadores regionales de salud sexual y reproductiva en el taller Nacional de la estrategia realizada en la localidad de Lunahuaná, donde los asistentes solicitaron capacitación de sus proveedores para la aplicación de dicha directiva y mayor difusión de sus alcances.

•El 13 de abril en coordinación con PROMSEX y el Comité de Derechos Sexuales y Reproductivos de la Sociedad Peruana de Obstetricia y Ginecología se realizó el Taller dirigido a profesionales médicos con el propósito de discutir los aspectos de orden Bioético en la aplicación de la Guía Técnica Nacional para la prestación del servicio de aborto terapéutico. Dicho taller se realizó en la ciudad de Lima, en el Hotel Sol de Oro.

•Se vienen haciendo coordinaciones para difundir entre los proveedores el código de aborto terapéutico para que hagan uso cuando se realiza la intervención.

•También se está trabajando con OGEI, para reforzar las capacitaciones en los digitadores para que usen el código de aborto terapéutico.

Noviembre

•El 12 de noviembre se realizó el “Taller de Aborto Terapéutico Muerte Materna Indirecta 2015” con la participación de Directores de los Hospitales de Lima y Callao, médicos jefes de los servicios de Ginecología, Obstetricia y Obstetras, con una participación de 44 profesionales de la salud de diferentes establecimientos de salud y se contó con la presencia de los representantes de Instituto de Gestión de Servicios de Salud y Representantes de Universidades.

•El 20 de noviembre de realizo el II Taller de Aplicación de la Guía del Aborto Terapéutico 2015 en el Instituto Materno Perinatal-Ex Maternidad de Urna con la asistencia de Gineco Obstetras, obstetras y asesores legales en un total de 42 profesionales de diferentes establecimientos de salud.

Diciembre

•El 4 de diciembre se desarrolló el III Taller Aplicación Guía Aborto Terapéutico, 2015 RM 286/2014 MINSA, en el Paraninfo del Ministerio de Salud con la asistencia de 33 profesionales de salud del Ministerio y profesionales de la Fuerza Aérea del Perú, entre ellos Médicos Gineco Obstetras jefes de servicio, Gineco Obstetras asistenciales, obstetras y asesores legales de los diferentes establecimientos de salud y se contó con la presencia de la Procuraduría Pública.

•El 17 de diciembre se realizó el “Taller de Orientación y Consejería en Salud Sexual y Reproductiva con Énfasis en la Aplicación de la Guía Aborto Terapéutico, 2015” RM 286/2014 MINSA, dirigido a obstetras que realizan la orientación y consejería en salud sexual y reproductiva con la asistencia de 33 obstetras pertenecientes a diferentes hospitales del MINSA, ESSALUD y Fuerzas Armadas.

Año 2016

Enero

•Se incluyó la Guía Técnica Nacional en la página web del MINSA entre los documentos de la Dirección de Salud Sexual y Reproductiva.

•Se realizó el Taller “Muerte Materna y Manejo Humanizado del Aborto” con la asistencia de 56 asistentes entre los que se encontraban 22 Directores de los Hospitales y Centros Maternos Perinatales, Médicos Gineco Obstetras, sociedades y representantes de EsSalud.

Febrero

•Se inició las reuniones para la validación de la Guía de Orientación y Consejería en Aborto Terapéutico, con la presencia de representantes de Hospitales, Centro de Salud, Colegio Nacional de Obstetras y Director de Salud Sexual y Reproductiva.

•El 11 de febrero se realizó la Reunión Técnica Aborto Terapéutico con la asistencia de 61 Profesionales de Salud entre los que se encontraban médicos Gineco Obstetras, Médicos Generales, Obstetras y abogados de las 3 redes de Lima: Rebagliati, Almenara y Negreiros.

•El 11 de febrero se realizó I Taller Aplicación Guía Aborto Terapéutico 2016 RM 486/201http://undocs.org/sp/A/RES/486/2014 MINSA, en las instalaciones de EsSalud, dirigido a médicos Gineco Obstetras, Obstetras y asesores legales de las diferentes redes asistenciales de Lima y Callao con una participación de 45 profesionales en su totalidad.

Abril

•El 19 de abril se realizaron talleres de “Orientación y Consejería en Salud Sexual y Reproductiva con Énfasis en Aplicación de la Guía Técnica del Aborto Terapéutico” con la red de Rebagliati y sus centros asistenciales, total de participantes 52 profesionales entre Médicos Gineco Obstetras y Obstetras.

•El 20 de abril se realizaron talleres de “Orientación y Consejería en Salud Sexual y Reproductiva con Énfasis en Aplicación de la Guía Técnica del Aborto Terapéutico” con la red de Aimenara y sus centros asistenciales correspondientes, total de participantes 50 profesionales entre médicos Gineco Obstetras y Obstetras.

Mayo

•El 11 mayo en la región de Huánuco se realizó la difusión de la Guía Técnica Nacional, se entregó la norma a cada coordinador de Redes y Hospitales de la región.

•El 31 de mayo se realizaron talleres de “Orientación y Consejería en Salud Sexual y Reproductiva con Énfasis en Aplicación de la Guía Técnica del Aborto Terapéutico” con la red del Hospital Negreiros y sus centros asistenciales correspondientes, total de participantes 25 profesionales entre médicos Gineco Obstetras y Obstetras.

Profesionales

Capacitados

Médicos Gineco Obstetras, médicos generales y obstetras

188

Directores de Hospitales y Coordinadores de Redes

29

Julio

•El 22 de julio del 2016 se realizó la reunión para difusión de la Guía Técnica Nacional a Obstetras de los siguientes hospitales: Hospital Dos de Mayo, Hospital San Bartolomé, Hospital Sergio Bernales, Hospital Loayza, Instituto Nacional Materno Perinatal e Instituto de Gestión de Servicios en Salud.