2015

2016

2017

2018

2019

1

31

7

9

16

En los últimos cinco años se identificó a 32 mujeres migrantes indocumentadas como víctimas de trata.

Desde 2011 hasta el final de 2020, la Comisión de Protección a las Víctimas de Delitos recibió ocho solicitudes de asistencia a víctimas de trata de personas, y aceptó seis. El juicio ya había concluido, y la sentencia era definitiva.

Participación en la vida política y pública

Para consultar la representación de las mujeres en la vida política, véase el cuadro 18.

La ley marco 1/2019 eleva del 33 % al 40 % el umbral de mujeres y hombres en las listas electorales para el parlamento nacional y el Parlamento Europeo, los órganos electivos de los municipios y la composición de los consejos parroquiales. Las listas que no cumplen con ese requisito se rechazan.

El Ministerio de Relaciones Exteriores se ha comprometido a aumentar la representación de las mujeres en puestos de liderazgo. Actualmente, además del Ministro, el Ministerio de Relaciones Exteriores es dirigido por cuatro Secretarios de Estado, de los cuales dos son mujeres. En diciembre de 2019, la embajadora Madalena Fischer se convirtió en la primera Directora General de Política Exterior, y en 2018 finalizó el mandato de la embajadora Ana Martinho como primera Secretaria General de Asuntos Exteriores. El acceso de mujeres al cuerpo diplomático no estaba permitido hasta 1974, y actualmente las mujeres ocupan el 30 % de los cargos diplomáticos.

La Dirección General y las vicedirecciones de la Administración de Justicia están ocupadas por mujeres. El Consejo Directivo del Instituto de Registros y del Notariado tiene Presidenta, al igual que el del Instituto de Gestión Financiera y Equipamientos de la Justicia, que cuenta con Presidenta y una Directora en su composición. La misma situación se da en el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial. En los tribunales judiciales superiores, existe desde 2015 un aumento considerable del número de mujeres magistradas y fiscales. La diferencia sigue siendo significativa en el nivel de los tribunales de primera instancia, teniendo en cuenta la presencia de un mayor número de mujeres magistradas. El Tribunal Administrativo Supremo cuenta con Presidenta y Vicepresidentas. En el Tribunal Supremo de Justicia hay una Vicepresidenta, y el Plenario incluye a 15 mujeres miembros. En el Tribunal de Apelaciones de Lisboa hay paridad de géneros, y en el Tribunal de Apelaciones de Guimarães hay más magistradas que magistrados.

Mediante la Ley 49/2018 se creó el régimen legal de “Mayor acompañado” (adulto acompañado) que elimina los procesos de interdicción e inhabilitación. La autonomía solo puede limitarse bajo los términos de la ley, y la capacidad de ejercer derechos y cumplir con obligaciones debe limitarse al mínimo necesario. Bajo este régimen, es posible practicar actos personales, tales como ejercer el derecho de voto.

Educación

Las mujeres están a la cabeza en cuanto al acceso a la educación pública, como se muestra a continuación.

( E uros)

Educación superior 2019-2020

1 a etapa

2 a etapa

3 a etapa

Total

Mujeres

25 446

5 161

733

31 340

Hombres

19 065

4 117

669

23 851

Existe una asignación presupuestaria específica para otorgar becas de educación superior a estudiantes desfavorecidos y estudiantes con discapacidad.

Presupuesto ejecutado

2019 (en euros)

2020 (en euros)

Subsidios de asistencia social

130 739 951,83

112 966 835,79

Subsidios por discapacidad

720 950,11

1 343 813,45

Estudiantes 2019-2020

Subsidios de asistencia social (en euros)

Subsidios por discapacidad (en euros)

Mujeres

46 580

64,2 %

506

50,6 %

Hombres

25 937

35,8 %

494

49,4 %

Total

72 517

1 000

El programa ROMA Educa otorga becas a estudiantes de nivel secundario; en el período 2019-2020 se otorgaron 49 becas (13 a chicas) por un valor de 60.000 euros. La edición 2020-2021 del programa extendió las becas a la educación terciaria e incluyó una cláusula que garantizaba que el 40 % de los candidatos seleccionados pertenecieran al sexo infrarrepresentado.

El programa OPRE tiene como objetivo fomentar la permanencia de los estudiantes romaníes en la educación superior. La edición 2019-2020 tuvo una asignación presupuestaria de 124.927 euros y otorgó 38 becas (17 a mujeres).

Empleo

En cuanto a las solicitudes de empleo registradas, las mujeres representaron el 49,1 % de los 23.628 candidatos en noviembre de 2020, con la región del Alentejo a la cabeza (52,9 %). El grupo etario de 35 a 54 años es el que presenta el mayor número de solicitudes de empleo entre todas las regiones. Se observó un aumento del número de personas con discapacidad con educación terciaria y secundaria (12.404) en comparación con la cifra de 2018 (11.055) y en el desempleo de larga duración (véanse los cuadros 6 y 7). Todas las medidas de empleo se aplican a las mujeres con discapacidad. Desde 2018 se ha producido una evolución positiva en la participación de las mujeres con discapacidad en las actividades de formación, lo que demuestra un compromiso por mejorar sus competencias para su posterior integración en la sociedad y en el mercado laboral (véanse los cuadros 8 y 9).

A pesar de que desde 2011 existe un sistema de cupos de empleo para personas con discapacidad en la administración pública, se aprobaron nuevas leyes en 2019 que establecieron cupos mínimos para el sector privado. La medida “Marca Inclusiva/Premio al Mérito” es un certificado que distingue las prácticas de gestión inclusiva desarrolladas por los empleadores con respecto a las personas con discapacidad. En 2019, se recibieron solicitudes de 58.653 trabajadores, de los cuales 1.283 eran trabajadores con discapacidad (2,19 %). Se incrementó la asistencia financiera a las entidades que integran a personas con discapacidad, y esas personas siguen teniendo acceso a medidas de facilitación del empleo.

La COVID-19 ha afectado las posibilidades de empleo de las personas con discapacidad. El programa ATIVAR.PT, un programa avanzado de apoyo al empleo y la formación profesional, está orientado a las personas con discapacidad, en el marco del Programa de Estabilización Económica y Social, e incluye las vertientes ATIVAR.PT: Pasantías (hasta el 30 de junio de 2021) y ATIVAR.PT: Incentivo para la contratación de personas con discapacidad, que superan el valor del índice de apoyos sociales (IAS) en un 15 % y un 10 %, respectivamente. También incluye la prórroga excepcional del Contrato empleo inserción +.

El número de migrantes y refugiados incluidos en los registros de desempleo muestra que, desde 2018, siempre es mayor el porcentaje de mujeres (véase el cuadro 10). Portugal apoya la integración de migrantes y refugiados mediante la formación profesional y el empleo, sin medidas especiales específicas para cada género. En 2020, se puso en marcha el programa PLA (Portugués, lengua de acogida) en el que se imparten cursos para fortalecer los conocimientos de la lengua y la cultura portuguesas de los extranjeros (empleados y desempleados), y que reemplazó al programa anterior, PPT (Portugués para todos). El número de personas a las que alcanza esta medida ha ido en aumento desde 2016, y en 2020 participaron 5.675 migrantes (véase el cuadro 11).

En 2015 se creó la Oficina de Apoyo a los Emprendedores Migrantes para facilitar su integración en el mercado laboral. Los migrantes también reciben apoyo de la Oficina de Empleabilidad, Educación Superior y Calificación, que en 2020 asistió a 2.417 individuos (36 % de mujeres). La Red de Oficinas de Integración Profesional para Migrantes tuvo 8.021 visitas (56 % mujeres). Desde 2009, el Programa de Emprendimiento para Migrantes ha promovido 142 cursos de apoyo para la creación de negocios, en los que han participado 1.730 mujeres y 1.004 hombres, que han creado 235 negocios (153 creados por mujeres).

El Instituto de Empleo y Formación Profesional está preparando una formación sobre ciudadanía activa con el fin de lograr que toda la población tenga acceso equitativo a las tecnologías digitales. La medida forma parte de la iniciativa INCoDe.2030 e incluirá el uso de servicios públicos en línea, notificaciones electrónicas, seguridad digital y redes sociales, entre otros, en consonancia con el Marco Dinámico de Referencia de Competencia Digital.

Mediante la Ley 100/2019 se aprobó el Estatuto del Cuidador Informal, que establece los derechos y deberes del cuidador y la persona cuidada, así como las respectivas medidas de apoyo, incluida la cobertura social y las contribuciones sociales. En 2020 se aprobaron normas específicas para los cuidadores informales. Las medidas de cobertura y apoyo dependen de si el cuidador lo es a tiempo completo o no. Los cuidadores a tiempo completo pueden recibir pagos en efectivo o por transferencia si cumplen con las condiciones para acceder a la prestación, a saber, formar parte del mismo grupo familiar, haberse retirado temporalmente del mercado laboral, y tener un ingreso mensual conjunto inferior al umbral financiero (1,2 veces el valor del IAS para el cuidador informal principal). Los cuidadores que se hayan retirado del mercado laboral pueden registrarse en el programa voluntario de seguridad social para tener protección por edad avanzada, incapacidad permanente o muerte. Todos los cuidadores, independientemente de su condición, tienen acceso a capacitación para facilitar los cuidados y fomentar el bienestar del cuidador y de la persona cuidada (oferta de capacitación, aplicaciones móviles, asesoramiento, información adicional y apoyo para cuidadores formales o profesionales). Los cuidadores acceden a asesoramiento y apoyo psicológico.

Todas las medidas legislativas tomadas en el contexto de la pandemia cubren a los trabajadores y trabajadoras autónomos, por ejemplo el aplazamiento del pago de las contribuciones sociales, la asistencia financiera excepcional otorgada a las familias de los trabajadores y trabajadoras autónomos que hayan dejado de trabajar para cuidar a sus hijos en el hogar debido a los cierres de escuelas impuestos por las autoridades sanitarias, la prórroga extraordinaria de las prestaciones por desempleo y de los subsidios de subsistencia, la consideración de la COVID-19 como causa de incapacidad temporal para trabajar, de modo similar a una enfermedad con hospitalización, pagada al 100 %, y la prestación por enfermedad en casos de COVID‑19, para la que no es necesario un período de carencia, período de trabajo efectivo o período de espera.

Con respecto al marco legislativo orientado a mejorar los ingresos de los hogares, se tomaron diversas medidas, como la actualización del IAS (a 438,81 euros), lo que tiene un efecto en el monto de todas las prestaciones sociales, incluidas las pensiones por edad avanzada y discapacidad; el aumento del umbral financiero para las prestaciones sociales mínimas, como el suplemento social para personas de edad; el mantenimiento de las medidas temporales de 2020 que protegen a los grupos más vulnerables de personas desempleadas: los hogares con hijos y los desempleados de larga data; y el aumento de 15 a 20 días de la licencia parental para hombres, pagada al 100 %.

Los trabajadores y trabajadoras del servicio doméstico gozan de la cobertura general de seguridad social, con algunas características particulares (pueden o no estar cubiertos por la protección contra el desempleo), y el plan de pensiones contributivo. Al igual que otros empleados, también están cubiertos por las medidas tomadas en relación con la pandemia que conciernen el acceso a las prestaciones por enfermedad por causa de la COVID-19 o la necesidad de aislamiento sanitario. La legislación actual sobre el trabajo doméstico se ajusta a los aspectos relevantes del Convenio sobre las Trabajadoras y los Trabajadores Domésticos, 2011 (núm. 189) de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Entre 2012 y 2018 la brecha salarial entre hombres y mujeres, en promedio, disminuyó 4,1 puntos en el salario básico (al 14,4 %) y 3,3 puntos en el salario bruto (al 17,8 %). La disminución de 1,6 puntos entre 2015 y 2018 se debió principalmente a la mejora de los salarios de las mujeres, que aumentaron más que los de los hombres. En este contexto, el ingreso mínimo pasó de 505 euros en 2015 a 635 euros en 2020. En la segunda mitad de 2020, el Instituto Portugués de la Calidad creó la Comisión Técnica para la Igualdad Salarial entre Mujeres y Hombres (CT 216) con el fin de elaborar una norma salarial para el país, relacionada con un sistema de gestión de igualdad salarial, para su adopción por parte de las empresas públicas y privadas, que permita reducir la brecha salarial de género. La CT 216 incluye a entidades públicas, representantes del sector académico, del sector comercial, y representantes sindicales. Uno de sus grupos de trabajo está elaborando la norma nacional mediante la adaptación de la norma islandesa IST 85:2012 (Directrices y requerimientos para sistemas de gestión de igualdad salarial). Se espera que la norma portuguesa se complete en 2023 y sea adoptada por las empresas como instrumento para implementar buenas prácticas para la erradicación de la discriminación salarial.

El Código del Trabajo (Ley 7/2009) protege a los trabajadores y trabajadoras que tengan responsabilidades familiares mediante la estipulación de licencias por maternidad, paternidad y parentales, permisos de ausencia relacionados con la maternidad, la paternidad y el cuidado de los hijos, flexibilidad horaria relacionada con el cuidado de los hijos y protección contra despidos. Antes de despedir a una trabajadora embarazada, puérpera o en período de lactancia, o a un trabajador durante la licencia por paternidad o licencia parental, el empleador debe solicitar una opinión legal a la Comisión para la Igualdad en el Trabajo y el Empleo (CITE). Es ilegal incumplir esas opiniones legales, excepto con autorización de un tribunal. En una situación de despido de una trabajadora embarazada, puérpera o en período de lactancia, la carga de la prueba recae en el empleador. Los empleadores que no estén de acuerdo con autorizar el trabajo a tiempo parcial o flexible para los trabajadores y trabajadoras con uno o más hijos menores de 12 años deben solicitar, por adelantado, una opinión legal a la CITE. Los empleadores también deben informar a la CITE si tienen la intención de no renovar un contrato de plazo fijo de una trabajadora embarazada, puérpera o en período de lactancia para que se realice una evaluación a fin de determinar si ha habido discriminación. La CITE está participando del proyecto Padres en el Trabajo para combatir la discriminación y mejorar la protección de las trabajadoras embarazadas, las madres y los padres en el lugar de trabajo.

Se desarrolló un conjunto de herramientas prácticas para empleadores (consistente en seis listas de verificación) con información legal sobre los derechos de los trabajadores y las trabajadoras en términos de la maternidad y paternidad, es decir, sobre licencias parentales, lactancia materna, trabajo flexible, protección contra despidos de mujeres embarazadas, puérperas o en período de lactancia, licencias por cuidado de los hijos y los efectos de las ausencias de los trabajadores y las trabajadoras que deben cumplir con obligaciones parentales. Se está desarrollando una guía de buenas prácticas con información sobre estrategias para lograr la participación de los empleadores, y una recopilación de buenas prácticas sobre embarazo, maternidad, paternidad y conciliación de la vida laboral y personal.

Una medida de promoción de la igualdad de género en el mercado laboral otorga asistencia adicional a los empleadores que contraten a personas desempleadas del género infrarrepresentado, y ha permitido incorporar a 2.940 personas al mercado laboral en 2020 y a 1.489 en 2019. (Véase el cuadro 12). También se promocionan condiciones especiales de acceso y aumento en apoyo de entidades que contratan a personas de familias monoparentales, lo cual, aunque no están orientado solo a las mujeres, las beneficia particularmente. En 2019 y 2020 (datos provisionales), alrededor del 86,4 % de los beneficiarios del aumento fueron mujeres. (Véase el cuadro 13).

Como miembro de la Unión Europea, Portugal espera la decisión que ratifique el Convenio sobre la Eliminación de la Violencia y el Acoso en el Mundo del Trabajo, 2019 (núm. 190) de la OIT.

Salud

El Servicio Nacional de Salud ofrece acceso universal a la salud sexual y reproductiva en los centros de atención primaria por medio de los médicos de familia. Cuando es necesario, se deriva a las mujeres a especialistas en ginecología y obstetricia. Se garantiza el acceso igualitario a todas las mujeres independientemente de su condición jurídica, situación financiera, origen social, edad, discapacidad o enfermedad. En las consultas de planificación familiar de los centros de atención primaria se ofrece información y recursos sobre planificación familiar, prevención de infecciones de transmisión sexual y educación sexual, y se realizan análisis gratuitos. El Servicio Nacional de Salud ofrece acceso gratuito a diversos métodos anticonceptivos en los servicios y consultas de atención primaria y en los hospitales, incluidos los anticonceptivos de emergencia.

En la Ley 110/2019 se establecen los principios, derechos y deberes aplicables en términos de protección durante el período previo a la concepción, la fecundación asistida, el embarazo, el parto y el puerperio. La Ley establece que las mujeres y los recién nacidos solo deben someterse a las prácticas necesarias durante el trabajo de parto, el parto y el período posnatal, y la atención debe basarse en el mejor conocimiento científico con el que se cuente. En caso de nacimiento por cesárea, la indicación clínica que lo haya motivado debe incluirse en la historia clínica correspondiente y en el registro sanitario de la embarazada. Durante el parto, los servicios de salud deben asegurar la presencia de múltiples métodos de analgesia: a) analgesia no farmacológica, según las preferencias de la embarazada y su situación clínica; b) analgesia farmacológica, tal como la analgesia epidural, según las condiciones clínicas de la parturienta y a pedido expreso de ella, con consentimiento informado respecto de las ventajas y desventajas del uso de cada método. La Ley también establece que, según las directrices de la OMS, se reconoce a todas las mujeres los siguientes derechos en términos de protección en el período previo a la concepción, la fecundación asistida, el embarazo, el parto, el alumbramiento y el puerperio: a) el derecho a la información, el consentimiento informado o el rechazo informado, y el respeto a sus decisiones y preferencias; b) el derecho a la confidencialidad y la privacidad; c) el derecho a un trato digno y respetuoso; d) el derecho a un trato amable y sin violencia de ningún tipo; e) el derecho a un trato igualitario y no discriminatorio; f) el derecho a recibir la mejor atención médica, que sea segura y apropiada; y g) el derecho a la libertad, la autonomía y la libre determinación, incluido el derecho a no sufrir coerción.

El Servicio Nacional de Salud asegura el acceso universal con plena asistencia financiera para los programas de fecundación y procreación asistida según los criterios y la legislación aplicables (Ley 32/2006). No hay un límite de edad para las consultas. La inducción de la ovulación y la inseminación intrauterina se realizan hasta los 42 años, y la inseminación in vitro y la inyección intracitoplasmática de espermatozoides se realizan hasta los 40 años. Existe un banco público de gametos de donación voluntaria.

La gestación subrogada está prohibida en Portugal.

Los servicios de salud mental del Servicio Nacional de Salud asisten a mujeres de todas las edades. El Centro de Trauma Psicológico de Coímbra tiene un programa especial para las mujeres víctimas de violencia que sufren de enfermedad mental. En Viseu, existe una residencia protegida para que puedan vivir de forma autónoma. Se espera que se inaugure una segunda residencia en la región de Alentejo en 2021.

La directriz 18/2020, actualizada el 5 de junio, sobre embarazo y COVID-19, dio a los servicios de salud recomendaciones con base científica y epidemiológica en relación con los controles del embarazo, el parto y el puerperio, incluida la lactancia materna. Se publicó con la intención de humanizar la atención sanitaria para las embarazadas y los recién nacidos, respetando los derechos conquistados y consagrados en la Ley 110/2019, sin prohibir la presencia de un acompañante durante el parto ni requerir la separación de la mujer y el recién nacido.

La directriz 13/2020 sobre la exposición de los profesionales de la salud al SARS-CoV-2 determinó los procedimientos de salud y seguridad ocupacional que debían adoptar los profesionales sanitarios para minimizar la exposición al SARS-CoV-2, la identificación temprana de síntomas, la derivación clínica correspondiente y las medidas de control y prevención de las infecciones. La directriz fue implementada por los servicios de salud ocupacional de los establecimientos sanitarios, lo que incluyó pruebas rutinarias de COVID-19 de carácter sistemático para los profesionales sanitarios de los hospitales grandes. Al igual que en otros países de Europa, los profesionales sanitarios de instituciones públicas y privadas forman parte de los grupos prioritarios para la vacunación contra la COVID-19. Además, y siguiendo las recomendaciones de la OMS, en la legislación nacional se clasificó la COVID‑19 como enfermedad ocupacional para los profesionales sanitarios, y el procedimiento para su reconocimiento como enfermedad ocupacional es más sencillo y rápido que el aplicable a otras enfermedades de ese tipo.

Empoderamiento económico de las mujeres

En 2020, se mantuvo el 10 % de aumento en la prestación de desempleo o de cesación de la actividad para las familias monoparentales o los hogares con menores a cargo. Si bien la prestación no se dirige exclusivamente a las mujeres, la medida las beneficia en gran medida, ya que los hogares monoparentales suelen estar conformados, en magnitudes desproporcionadas, por madres solteras.

Desde 2015 hasta el inicio de 2021, dentro del marco del programa Portugal 2020, la Agencia para la Competitividad y la Innovación financió 2.528 proyectos empresariales (que incluyeron microcréditos). Todos esos proyectos tenían al menos una mujer en un puesto directivo, lo que representa el 54,5 % de mujeres en puestos directivos de entre un total de 3.318 mujeres y 2.773 hombres.

Aunque no son exclusivas para las mujeres, las siguientes medidas de protección social las afectan principalmente, ya que representan una gran proporción de la población de edad:

a)Aumento extraordinario a partir del 1 de mayo de las pensiones mínimas, en línea con ajustes similares adoptados en 2017, 2018 y 2019, para recuperar el poder adquisitivo perdido entre 2011 y 2015 como consecuencia de la crisis financiera. Se aplica un aumento mínimo (10 euros o 6 euros, dependiendo de si la pensión se había actualizado en 2011 o en 2015) a los pensionistas con pensiones inferiores a 1,5 veces el valor del IAS;

b)Mejora y simplificación de las condiciones de acceso al Complemento Solidario para las Personas de Edad;

c)Programa Radar Social para asistir a las personas de edad y fortalecer los servicios domiciliarios.

Mujeres de las zonas rurales

Si bien no existen factores de discriminación en el acceso a la tierra, se han incluido diversas medidas en el programa de desarrollo rural para el 2020 con el fin de mejorar el apoyo a los proyectos de emprendimiento de mujeres de las zonas rurales. Incluyen inversiones en pequeñas explotaciones agrícolas, en mecanismos de procesamiento y distribución, en proyectos de diversificación de actividades (como el turismo) y proyectos de cadenas de distribución locales, que permiten que las solicitudes presentadas por mujeres tengan una calificación más alta en cuanto a los requisitos para la aprobación.

La Asociación de Mujeres Campesinas y Rurales de Portugal también desarrolló un proyecto de inversión con un costo de 77.000 euros financiado por el programa de desarrollo rural para 2020 con objetivos estratégicos diversificados, como la promoción del emprendimiento femenino mediante la organización de seminarios y talleres sobre herramientas de gestión de emprendimientos, y la creación de un sitio web específico sobre el tema.

En octubre de 2020, el Consejo de Ministros aprobó la Agenda 2020-2030 para la Innovación Agrícola, que aborda el desafío para la industria de la agroalimentación de aumentar la producción para cumplir con las demandas crecientes y más diversas de los consumidores. También se incluyeron medidas de apoyo específicas para reforzar el papel de los grupos infrarrepresentados en las estructuras de asociación, como los jóvenes agricultores y las mujeres, y reducir los obstáculos preexistentes, como la desigualdad de género o la dependencia económica.

Desde marzo de 2019 se puede solicitar el reconocimiento de Pequeña Agricultura Familiar, que facilita a los agricultores acceso prioritario a medidas específicas de financiación, como las inversiones en pequeñas explotaciones agrícolas, mecanismos de procesamiento y distribución, proyectos de diversificación de actividades y proyectos de cadenas de distribución locales, así como regímenes de seguridad social más favorables, procedimientos de adquisiciones públicas simplificados y acceso a cursos de capacitación específicos.

Según las estadísticas disponibles, el 30,7 % de los agricultores autónomos son mujeres.

Grupos de mujeres desfavorecidas

Portugal reconoce el derecho de las personas que tengan un permiso de residencia temporal o permanente válido de solicitar la reunificación familiar con un pariente que viva fuera de Portugal, un pariente que haya ingresado en el territorio nacional legalmente y que viva con él o ella y esté a su cargo, ya sea que los lazos antecedan o no al ingreso del residente en el país. Ese derecho también se reconoce para una persona que esté en el territorio nacional o en el exterior y que haya formado una unión civil con el residente, si la unión tiene validez jurídica. El familiar que tenga un visado de reunificación familiar o que se encuentre en el territorio nacional y cuya solicitud haya sido aceptada recibirá un permiso de residencia de la misma duración que el del residente. Dos años después de la expedición del primer permiso de residencia, y siempre que siga existiendo el lazo familiar, con independencia del límite mencionado, o cuando el titular del derecho de reunificación familiar tenga hijos menores de edad viviendo em Portugal, los familiares tendrán el derecho de recibir un permiso autónomo, válido por tres años y renovable. En casos excepcionales, a saber, de divorcio, viudez o juicio penal por un delito de violencia doméstica, podrá otorgarse un permiso de residencia autónomo antes de que termine el período de dos años. El primer permiso de residencia otorgado al cónyuge bajo el régimen de reunificación familiar es autónomo si ha estado casado con el residente durante más de cinco años (válido por dos años, renovable por tres). Los familiares de niños que tengan permiso de residencia tienen derecho a una autorización autónoma.

Un permiso de residencia permite al titular acceder a la educación, tener un empleo remunerado, realizar actividades como profesional independiente y acceder a la orientación, formación y mejora profesional, a la atención sanitaria y al derecho y a la justicia.

Los solicitantes de asilo tienen derecho a la asistencia jurídica en todas las etapas del proceso. La asistencia jurídica está a cargo de una entidad pública u ONG con la que se haya firmado un acuerdo. Actualmente, esa responsabilidad le corresponde al Consejo Portugués para los Refugiados (CPR), en colaboración con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados. Los solicitantes también cuentan con apoyo legal, provisto por el Instituto de Seguridad Social.

El principio de no devolución se establece en la Ley 27/2008 y garantiza el derecho del solicitante a no ser devuelto a un país (de origen, residencia, u otro) en el que su vida o su libertad se verían amenazadas si se cumplieran ciertas condiciones específicas, como se indica en la Convención de Ginebra y la Ley de Asilo de Portugal, siempre que ese riesgo sea consecuencia de su raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social determinado, o a sus opiniones políticas, y debería existir una relación clara e intrínseca de causa y efecto entre el regreso del solicitante y la amenaza específica. La observancia del principio de no devolución se relaciona intrínsecamente con la determinación de la condición de refugiado, de modo que, cuando se establece que una solicitud de asilo es infundada, por no cumplir con los criterios de la Convención de Ginebra y el Protocolo de Nueva York, se respeta completamente el principio antes mencionado en esos términos. La Ley de Asilo de Portugal tiene una garantía adicional contra la devolución, ya que asegura que las personas que reciben una decisión negativa pueden interponer un recurso que tiene un efecto suspensivo inmediato, lo que significa que no pueden ser retiradas del territorio antes de la decisión judicial definitiva.

La Red Nacional de Apoyo para la Integración de los Migrantes se compone de 3 centros nacionales creados en 2004 que prestan ayuda, asesoramiento y servicios de mediación por parte de mediadores interculturales de distintos orígenes (en 2019, recibieron el Premio de Administración Pública de las Naciones Unidas), y 109 centros de apoyo local, en alianza con las municipalidades locales, las universidades, y las ONG. La Estrategia Nacional para la Integración de las Comunidades Romaníes se estableció en 2013 (y estará en vigor hasta 2022) para mejorar el bienestar y la integración de los romaníes, alentar la comprensión mutua y la interacción positiva y deconstruir los estereotipos.

Actualmente, 110 mujeres con discapacidad residen en hospitales psiquiátricos y 1.694 en instituciones del sector social pertenecientes a órdenes religiosas. En 2021 se pondrá en marcha un proceso de desinstitucionalización de los servicios de salud mental, con fondos de la Unión Europea. Se está expandiendo la red de cuidados a largo plazo para permitir la vida autónoma de un mayor número de pacientes. Diversas ONG tienen programas de apoyo integrado, como “Primero la vivienda”.

El Instituto Nacional de Rehabilitación, principal interlocutor institucional para el apoyo de las ONG a las personas con discapacidad, asistió a la Federación Nacional de Cooperativas de Solidaridad Social en el Proyecto GID: Género, Igualdad, Derechos y Discapacidad.

Garantizar el acceso a la información es condición fundamental para el pleno ejercicio de los derechos y deberes de todo ciudadano. En el Decreto Ley 83/2018 se definieron los requisitos de accesibilidad para los sitios web públicos y las aplicaciones móviles del sector público, en particular para las personas con discapacidad.

Matrimonio y relaciones familiares

Mediante la Ley 49/2018 se creó el régimen legal de “Mayor acompañado” (adulto acompañado), que elimina los procesos de interdicción e inhabilitación. Garantiza el derecho a contraer matrimonio o constituir situaciones de unión, a procrear, reconocer legalmente o adoptar hijos, a cuidarlos y educarlos. Por lo tanto, se garantizan los derechos de custodia de los hijos y las responsabilidades parentales para las mujeres con discapacidad.

El Instituto Nacional de Rehabilitación organiza actividades de formación enfocadas en las mujeres con discapacidad y su participación en la familia, la sociedad, la educación, el empleo y el ocio, así como en sus familias, los expertos en el área de la discapacidad y el público en general. El Centro de Estudios Sociales de la Universidad de Coímbra elaboró entre 2012 y 2014 un estudio titulado “Intimidad y discapacidad: ciudadanía sexual y reproductiva de las mujeres con discapacidad en Portugal”, de próxima publicación.

La Constitución establece que los cónyuges tienen iguales derechos y deberes con respecto a la capacidad civil y política y la manutención y la educación de los hijos, lo que significa que se atribuyen iguales derechos y responsabilidades a los cónyuges con independencia del género. El Código Civil también establece el principio de que la administración de la familia pertenece a ambos cónyuges.

El Código Civil establece el ejercicio conjunto de las responsabilidades parentales en la constancia de matrimonio y asigna el ejercicio de dichas responsabilidades a uno de los cónyuges en ausencia del otro en caso de impedimento o muerte. En caso de divorcio, separación legal de personas y bienes, declaración de nulidad o anulación del matrimonio, el Código Civil establece que un tribunal deberá definir la residencia de los hijos y establecer derechos de visita según sus intereses, teniendo en cuenta todas las circunstancias pertinentes, a saber, el posible acuerdo de los padres y el deseo expresado por cada uno de ellos para promover las relaciones frecuentes del hijo o hija con cada uno. Los criterios adoptados por el tribunal deben tener en cuenta los intereses de los hijos, incluido el de mantener una relación estrecha con ambos padres, promoviendo y aceptando acuerdos o tomando decisiones que favorezcan que haya amplias oportunidades de contacto con ambos, y un reparto equitativo de las responsabilidades.

El divorcio de mutuo acuerdo solicitado por ambos cónyuges puede concretarse en el registro civil o en el tribunal. El divorcio sin el consentimiento de uno de los cónyuges requiere la intervención del tribunal.

La Ley 48/2018 permite que los cónyuges renuncien recíprocamente a ser herederos legales uno del otro mediante un acuerdo prenupcial, incluido el acuerdo de que el régimen de propiedad será la separación de bienes.

Cualquiera de los cónyuges puede volver a contraer matrimonio sin necesidad de que exista un período internupcial. La muerte de uno de los cónyuges da lugar a diversos derechos, incluidos el derecho a la sucesión como heredero legal del cónyuge, si no han realizado la separación de personas y bienes, y el ejercicio exclusivo de las responsabilidades parentales con respecto a los hijos de la pareja.

Las uniones de hecho existen cuando dos personas conviven en condiciones similares a las de los cónyuges durante más de dos años. No se rigen por un catálogo de derechos y deberes como el matrimonio, ni deben seguir reglas específicas en términos de la gestión de los bienes y las deudas. Al igual que con el matrimonio, existe una unión de hecho heterosexual y una unión de hecho homosexual. Ambos tipos de uniones tienen los mismos derechos, a excepción del derecho a la fecundación asistida, que solo se aplica a las parejas compuestas por personas de diferente sexo o por mujeres. En la Ley 2/2016 se definen los efectos de esa convivencia, como la protección del hogar familiar, el régimen de prestaciones legales aplicables a las parejas casadas en términos de vacaciones, feriados, ausencias, licencias y preferencia en la colocación de funcionarios públicos, aplicación del régimen del impuesto sobre la renta de las personas físicas bajo las mismas condiciones aplicables a las personas casadas y no separadas, protección social ante la muerte del beneficiario, prestación por muerte en accidente de trabajo o enfermedad ocupacional, pensiones por servicios prestados excepcionales y pertinentes, y el derecho a la adopción conjunta.

Existen tres regímenes patrimoniales del matrimonio: régimen de comunidad de bienes gananciales, régimen de comunidad de bienes, y separación de bienes. Por defecto, se aplica el régimen de comunidad de bienes gananciales: los bienes en común son los que se obtienen del trabajo de los cónyuges y los adquiridos durante el matrimonio a título oneroso.

En caso de divorcio, el Código Civil establece que cualquiera de los cónyuges tiene derecho a la manutención, con independencia del tipo de divorcio, y determina los criterios para fijar el monto, a saber, la duración del matrimonio, la aportación a la economía de la pareja y el tiempo que deberá dedicar cada uno a criar a los hijos en común. Cuando la contribución de un cónyuge sea mayor que la del otro, el primero tendrá derecho a demandar la compensación correspondiente por parte del otro. Esa compensación se aplica a menos que esté en vigor el régimen de separación de bienes.

El Código Civil establece que ambos cónyuges administran el patrimonio en común. Esas reglas se aplican independientemente del género. En caso de enajenación de la propiedad o gravamen contra la misma, la legislación civil establece el principio de consentimiento de ambos cónyuges ante la enajenación o gravamen pertinente y para alquilar el hogar familiar.

Objetivos de Desarrollo Sostenible

La resolución 95-A/2015 del Consejo de Ministros y la Ley 4/2018, en la que se aprueba el Régimen Jurídico de la Evaluación del Impacto de Género de los Actos Normativos, exigen la evaluación en esos términos de los actos normativos aprobados por el Gobierno o el Parlamento. La Ley Presupuestaria del Estado determina que el presupuesto de los servicios y organismos debe incorporar la perspectiva de género y determinar los programas, actividades y medidas que deben someterse a un análisis del impacto de género en 2020.

Con respecto a la conciliación de la vida familiar y laboral, las normas existentes para la administración pública se extienden a todos los trabajadores. Los regímenes de horario flexible incluyen horarios de trabajo continuos, que corresponden a una reducción del período de trabajo normal no mayor a una hora, o la posibilidad de teletrabajar, entre otros, y se ofrecen tanto al padre como a la madre. El programa “3 em Linha” está orientado a promover un mayor equilibrio entre la vida profesional, personal y familiar como condición para la igualdad efectiva entre las mujeres y los hombres, y representa una iniciativa conjunta del Gobierno, las empresas públicas y privadas y las administraciones públicas centrales y locales.

Desde enero de 2018, se debe respetar la representación equilibrada de mujeres y hombres en los cuerpos gerenciales y de supervisión de los cuadros administrativos de las empresas del sector público y las empresas que cotizan en bolsa. La paridad se establece en una representación mínima de 33,3 % de mujeres en los órganos administrativos del sector comercial estatal y un 20 % en las empresas que cotizan en bolsa. En la Ley 26/2019 se aprobó el régimen de representación equilibrada entre mujeres y hombres de los organismos de administración directa e indirecta del Estado, las instituciones públicas de educación superior y las asociaciones públicas, como las asociaciones profesionales. La designación de tales funcionarios y organismos debe estar sujeta a un umbral mínimo de representación equilibrada entre mujeres y hombres del 40 %. Con respecto a los puestos gerenciales superiores sujetos al escrutinio de un Comité de Selección y Contratación para la Administración Pública, se considera una paridad del 40 % de mujeres en la composición de las listas de candidatos.

El principio de igual salario por trabajo igual o trabajo de igual valor también se consagra en la Constitución y el Código del Trabajo. En la administración pública no hay diferencias salariales determinadas por el género, y, en el caso de los puestos directivos, el monto de la remuneración depende de si el puesto es de gestión superior o media, y la categoría (1a o 2a).