Naciones Unidas

CRC/C/SYR/Q/5

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

11 de julio de 2018

Español

Original: inglés

Árabe, español, francés e inglés únicamente

Comité de los Derechos del Niño

80º período de sesiones

14 de enero a 1 de febrero de 2019

Tema 4 del programa provisional

Examen de los informes presentados por los Estados partes

Lista de cuestiones relativa al quinto informe periódico de la República Árabe Siria

Se pide al Estado parte que presente por escrito información adicional actualizada (en un máximo de 10.700 palabras), de ser posible antes del 12 de octubre de 2018. En el diálogo con el Estado parte, el Comité puede abordar todos los aspectos de los derechos del niño contemplados en la Convención.

Parte I

1.Sírvanse proporcionar información actualizada sobre la situación del proyecto de ley sobre los derechos del niño, si establece la edad mínima para contraer matrimonio en 18años, tanto para varones como para mujeres, y si, cuando se promulgue, sus disposiciones sustituirán los códigos del estatuto personal de las comunidades religiosas del Estado parte en lo que atañe a la edad mínima para contraer matrimonio.

2.Rogamos proporcionen información sobre el mandato de la Comisión Siria de Asuntos de la Familia y la Población en relación con los derechos del niño y las medidas adoptadas para aplicar el plan de acción nacional para la aplicación de la Convención en todo el territorio del Estado parte.

3.Faciliten información sobre las medidas adoptadas para asegurar la inscripción de los nacimientos y el acceso a la nacionalidad de todos los niños nacidos de madres sirias y padres extranjeros, en particular en el caso de los niños nacidos en el extranjero. Aporten información sobre las medidas adoptadas para asegurar la inscripción de los nacimientos y el acceso a la nacionalidad de los niños sirios refugiados que nacieron en países vecinos, en particular en el Líbano, Jordania y Turquía.

4.En relación con la crisis en curso, sírvanse proporcionar información sobre:

a)Las medidas adoptadas para investigar, enjuiciar y castigar a todos los autores, tanto estatales como no estatales, de delitos que hayan ocasionado víctimas civiles, los de desapariciones forzadas, torturas y malos tratos a niños, y los de violencia sexual y maltrato de niños recluidos;

b)El acceso de organizaciones humanitarias y observadores independientes a todos los lugares en que haya menores recluidos;

c)Los planes de acción para reconstruir las infraestructuras y asegurar la disponibilidad de agua potable, electricidad y saneamiento.

5.Sírvanse informar sobre las medidas adoptadas para proteger a los niños contra la violencia sexual, también en los campamentos de desplazados internos, para aplicar procedimientos de detección a fin de identificar a los niños supervivientes de la violencia sexual y poner a su disposición servicios de rehabilitación física y psicológica, así como sobre las medidas adoptadas para acabar con la violencia sexual contra los niños y la esclavización de estos, en particular los pertenecientes a minorías étnicas y religiosas.

6.Se ruega faciliten información sobre las medidas adoptadas para proteger a las niñas contra el matrimonio infantil, la esclavitud sexual, el maltrato y la violencia, así como otras prácticas nocivas como los “asesinatos por honor”, incluida información acerca de si esas prácticas están tipificadas como delito y de las sanciones aplicables.

7.Proporcionen información sobre el sistema de acogimiento familiar, y los mecanismos de supervisión y seguimiento de los orfanatos bajo control de las diversas comunidades religiosas, como las denominaciones musulmana y cristiana y los yazidíes. Proporcionen también información sobre las medidas adoptadas para que los niños huérfanos a causa de la crisis sean acogidos primordialmente por sus familiares o en entornos de tipo familiar.

8.Rogamos aporten información sobre las medidas tomadas a fin de:

a)Promover la desinstitucionalización de los niños con discapacidad, prestar apoyo a las familias para que los atiendan y asegurar el acceso a una educación inclusiva en escuelas de la comunidad;

b)Afrontar las necesidades posteriores a la crisis a corto y largo plazo de los niños con discapacidad, incluidos programas de rehabilitación psicosocial y protésica.

9.Sírvanse proporcionar información sobre la disponibilidad y la cobertura de los servicios de atención a la salud infantil, incluido el acceso a vacunas en el Estado parte, así como el acceso de los niños a servicios de salud mental para tratar el trastorno por estrés postraumático, los casos de autolesión, los intentos de suicidio, el abuso de sustancias y la toxicomanía.

10.Se ruega faciliten información sobre las medidas adoptadas o que se prevé adoptar para reconstruir la infraestructura educativa, asegurar un número suficiente de docentes capacitados, ofrecer programas para atender a las necesidades de los niños en situaciones de crisis y posteriores a las crisis, incluidos los que regresan del extranjero, y asegurar el acceso a la educación de todos los niños en el Estado parte.

11.Rogamos faciliten información sobre las medidas adoptadas para que los niños, en particular los varones, no estén sometidos a las peores formas de trabajo infantil y para prestar apoyo a las familias en situación de pobreza. Proporcionen información sobre la situación de los planes de acción nacionales para combatir las peores formas de trabajo infantil, la mendicidad infantil y la trata de niños.

12.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas a fin de:

a)Asegurar la protección física de los niños en las zonas en que el Gobierno haya establecido recientemente el control, así como en las zonas donde haya hostilidades, entre otras cosas, permitiendo que los niños sean evacuados de las zonas sitiadas;

b)Localizar, reunificar y reintegrar a los niños separados de sus familias;

c)Reeducar y rehabilitar a los niños víctimas de la propaganda y el lavado de cerebro terroristas;

d)Ofrecer apoyo psicosocial y rehabilitación a los niños víctima de la violencia derivada de la crisis.

13.Se ruega aporten información sobre las medidas adoptadas a fin de:

a)Prevenir y combatir el reclutamiento y el empleo de niños en posiciones de combate y de apoyo por parte de fuerzas gubernamentales, milicias progubernamentales y grupos armados no estatales;

b)Velar por que las operaciones militares, en particular los ataques aéreos, no sean indiscriminados y no vayan dirigidos contra civiles, en especial niños, y prohibir el uso de municiones en racimo y armas químicas e incendiarias.

Parte II

14.El Comité invita al Estado parte a presentar una breve puesta al día (en tres páginas como máximo) de la información proporcionada en su informe en relación con:

a)Los nuevos proyectos de ley o nuevas leyes y sus respectivos reglamentos;

b)Las nuevas instituciones (y sus mandatos) o reformas institucionales;

c)Las políticas, los programas y los planes de acción adoptados recientemente y su alcance y financiación;

d)Las ratificaciones recientes de instrumentos de derechos humanos.

Parte III

Datos, estadísticas y demás información de que se disponga

15.Sírvanse proporcionar datos presupuestarios consolidados de los tres últimos años sobre las partidas destinadas a la infancia y a los sectores sociales, indicando el porcentaje que representa cada partida respecto del presupuesto nacional total y del producto nacional bruto. Informen asimismo sobre la distribución geográfica de esos recursos.

16.Se ruega faciliten los datos estadísticos actualizados de que se disponga, correspondientes a los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, origen étnico, origen nacional, ubicación geográfica y situación socioeconómica, sobre:

a)Los niños en posiciones de combate y de apoyo reclutados por actores estatales y no estatales;

b)Los matrimonios infantiles;

c)Los “asesinatos por honor” en que se hayan visto involucrados niños, incluido el número de detenciones y enjuiciamientos de los autores de esos delitos;

d)Los casos de tortura y malos tratos en centros de reclusión de jóvenes y prisiones;

e)Los casos de maltrato y desatención de niños en familias, hogares de acogida y otro tipo de instituciones públicas y privadas, como orfanatos, hogares infantiles y escuelas;

f)Las investigaciones de casos de violencia y esclavitud sexuales y violación, y los resultados de los juicios, incluida información sobre las penas impuestas a los autores y las medidas de resarcimiento e indemnización ofrecidas a las víctimas;

g)Los niños malnutridos y ferropénicos, los niños menores de 5 años con peso inferior al normal y con retrasos en el desarrollo físico, y los niños con poliomielitis, sarampión, hepatitis y leishmaniasis;

h)Los niños que trabajan en los sectores estructurado y no estructurado de la economía;

i)Los niños víctimas de la trata para fines de explotación laboral y sexual;

j)Los niños recluidos, acusados y condenados, y el tipo de delitos por el que lo han sido.

17.Sírvanse aportar datos relativos a los últimos tres años, desglosados por edad, sexo, nivel socioeconómico, origen étnico y ubicación geográfica, sobre la situación de los niños privados de un entorno familiar, indicando el número de niños:

a)Separados de sus padres y que han quedado huérfanos durante la crisis;

b)Acogidos en instituciones y orfanatos;

c)Asignados a familias de acogida y adoptados nacional e internacionalmente;

d)En campamentos de desplazados internos y en centros de acogida.

18.Facilítense datos de los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, tipo de discapacidad, origen étnico y ubicación geográfica, sobre el número de niños con discapacidad que:

a)Viven con sus familias;

b)Viven en instituciones;

c)Asisten a escuelas primarias ordinarias;

d)Asisten a escuelas secundarias ordinarias;

e)Asisten a escuelas especiales;

f)No están escolarizados;

g)Han sido abandonados por su familia.

19.Sírvanse proporcionar al Comité una actualización de los datos del informe que hayan quedado obsoletos por haberse recabado otros más recientes o como resultado de un cambio de situación.

20.Además, el Estado parte puede citar esferas que afecten a los niños y que considere prioritarias con respecto a la aplicación de la Convención.