Naciones Unidas

CERD/C/KAZ/Q/6-7

Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial

Distr. general

16 de diciembre de 2013

Español

Original: inglés

Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial

84º período de sesiones

3 a 21 de febrero de 2014

Tema 6 del programa provisional

Examen de los informes, las observaciones y la información presentados por los Estados partes en virtud del artículo 9 de la Convención

Lista de temas relativa a los informes periódicos sexto y séptimo combinados de Kazajstán (CERD/C/KAZ/6-7)

Nota del Relator para el país

El Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial decidió en su 76º período de sesiones (A/65/18, párr. 85) que el Relator para el país enviaría al Estado parte en cuestión una breve lista de temas con miras a orientar y centrar el diálogo entre la delegación del Estado parte y el Comité durante el examen del informe del Estado parte. El presente documento contiene una lista de temas con esa finalidad. La lista no es exhaustiva: durante el diálogo con el Estado parte podrán abordarse otros asuntos. No se requieren respuestas por escrito.

1.La Convención en el derecho interno; marco institucional y normativo parasu aplicación (artículos 1, 2, 3, 4, 6 y 7)

a)Definición de la discriminación racial conforme al artículo 1 de la Convención (CERD/C/KAZ/6-7, párrs. 25 y 31; CERD/C/KAZ/CO/4-5, párr. 10);

b)Datos estadísticos sobre la composición étnica de la población, incluida la situación social y económica de los diferentes grupos étnicos (CERD/KAZ/6-7, párr. 71; CERD/C/KAZ/CO/4-5, párr. 13);

c)Información sobre las medidas especiales relativas a los grupos desfavorecidos, incluidos los efectos de las medidas adoptadas para detectar y prevenir conflictos y promover la tolerancia entre las etnias (CERD/C/KAZ/6-7, párrs. 30, 126 y 238; CERD/C/KAZ/CO/4-5, párr. 8);

d)Información sobre los casos de discriminación racial examinados por la Comisión de Derechos Humanos y el Comisionado para los Derechos Humanos de Kazajstán (Ombudsman), y sobre cualesquiera medidas adoptadas para establecer una institución nacional independiente de derechos humanos de conformidad con los Principios de París (CERD/C/KAZ/CO/4-5, párr. 21);

e)Información sobre la legislación que prohíbe la difusión de ideas de superioridad racial y las actividades organizadas que puedan incitar a las personas a la violencia racial, así como estadísticas actualizadas sobre las sentencias dictadas por delitos motivados por la intolerancia o el odio racial o étnico (CERD/C/KAZ/6-7, párrs. 41 a 44; CERD/C/KAZ/CO/4-5, párr. 18);

f)Medidasadoptadasparaprevenirelterrorismo,el extremismo y el aumento de los delitos motivados por el odio, incluida la incitación al odio étnico (CERD/C/KAZ/6-7, párr. 105).

2.Situación de las comunidades minoritarias (artículos 2, 5, 6 y 7)

a)Información actualizada sobre los progresos realizados para mejorar la participación de los miembros de las minorías en el Gobierno y en el Parlamento, así como en los procesos de adopción de decisiones a nivel regional, y respecto de la igualdad de acceso a los servicios públicos (CERD/C/KAZ/CO/4-5, párrs. 11 y 12);

b)Información actualizada sobre el programa Nurly kosh para el reasentamiento de personas de etnia kazaja (oralmanes) entre 2009 y 2011 (CERD/C/KAZ/6-7, párr. 87);

c)Información sobre la concesión de parcelas de tierra a miembros de los diferentes grupos étnicos (CERD/C/KAZ/6-7, párr. 94);

d)Información actualizada sobre los procedimientos de registro de las organizaciones religiosas (CERD/C/KAZ/6-7, párr. 104);

e)Estrategias, incluidas las instalaciones y los libros de texto, utilizadas para impartir enseñanza en y sobre los idiomas de las minorías étnicas distintos del ruso, el uigur, el tayiko y el uzbeko (CERD/C/KAZ/6-7, párr. 246; CERD/C/KAZ/CO/4-5, párr. 9);

f)Efectos de las medidas adoptadas para garantizar el uso de los idiomas minoritarios, especialmente en las regiones con comunidades minoritarias compactas, incluido el uso del bilingüismo en la designación de lugares geográficos y en los carteles públicos (CERD/C/KAZ/6-7, párr. 387; CERD/C/KAZ/CO/4-5, párr. 20).

3.Acceso a la justicia; discriminación contra los no ciudadanos, incluidos los inmigrantes, los refugiados y los solicitantes de asilo (artículos 5, 6 y 7)

a)Información sobre las restricciones impuestas a los derechos de los no ciudadanos presentes legalmente en el país (CERD/C/KAZ/6-7, párr. 34);

b)Bajo número de denuncias y ausencia de acciones judiciales y de sentencias civiles y administrativas por actos de discriminación racial (CERD/C/KAZ/6-7, párr. 48);

c)Acceso de los miembros de minorías étnicas y los inmigrantes al trabajo y sistema de cuotas para la contratación de trabajadores extranjeros en virtud de la Ley de migración de la población de 2011 (CERD/C/KAZ/6-7, párrs. 141 y 142; CERD/C/KAZ/CO/4-5, párr. 16);

d)Medidas adoptadas para garantizar el acceso, sin discriminación alguna, a los procedimientos de solicitud del asilo, y evaluación de los obstáculos a la aplicación de la política de integración en el marco de la Ley de refugiados de 2009 (CERD/C/KAZ/6-7, párrs. 76 a 80; CERD/C/KAZ/CO/4-5, párr. 15);

e)Información sobre la detención administrativa de los solicitantes de asilo y los inmigrantes en situación irregular, incluida la duración y las condiciones de la detención y el acceso a las salvaguardias jurídicas;

f)No devolución: proporciónese información actualizada sobre la aplicación en la práctica de las disposiciones legales vigentes en materia de denegación de entrada y expulsión de extranjeros.