Naciones Unidas

CERD/C/FRA/Q/17-19

Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial

Distr. general

8 de julio de 2010

Español

Original: francés

Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial 77º período de sesiones2 a 27 de agosto de 2010

Aplicación de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial

Lista de temas que deben abordarse al examinar los informes periódicos 17º a 19º de Francia (CERD/C/FRA/17-19)

La lista de temas que figura a continuación ha sido elaborada por el Relator para el país, con el propósito de utilizarla en el examen de los informes periódicos 17º a 19º de Francia. El objetivo de esta lista es facilitar el diálogo entre la delegación del Estado parte y el Comité, y no requiere respuestas por escrito. No es una lista exhaustiva, pues durante el diálogo con el Estado parte podrán abordarse otros asuntos.

1.La política de integración en Francia y sus consecuencias para la observanciade la Convención

a)Gran debate sobre la identidad nacional abierto por el Ministro de Inmigración, Integración, Identidad Nacional y Desarrollo Solidario (arts. 2 y 5):

i)Objetivos del debate, primeras conclusiones y próximas etapas.

b)Composición étnica de la población (seguimiento de la recomendación que figura en el párrafo 10 de CERD/C/FRA/CO/16):

i)Estadísticas o indicaciones sobre el número de personas que podrían recibir un trato desfavorable a causa de su raza, color, ascendencia, nacionalidad u origen étnico; datos sobre los idiomas maternos y los hablados con frecuencia o sobre otros indicadores de la diversidad étnica; y toda la información sobre raza, color, ascendencia y origen nacional o étnico que se haya recabado gracias a las encuestas nacionales. En su defecto, una descripción cualitativa de las características étnicas de la población (datos objetivos) (CERD/C/FRA/17-19, párrs. 13 y 14).

c)Política de inmigración (arts. 2 y 5):

i)Contenido, alcance y consecuencias para los derechos recogidos en la Convención de la Ley Nº 2007-1631, de 20 de noviembre de 2007, relativa al control de la inmigración, a la integración y al asilo (CERD/C/FRA/17-19, párrs. 194 a 196).

2.Las dificultades con que tropiezan ciertos grupos para progresar en la sociedad francesa (derechos civiles y políticos, derecho a la vivienda, derecho a laeducación, derecho al trabajo)

a)Acceso a la vivienda (arts. 3 y 5):

i)Contenido y primeros resultados del programa de renovación urbana dirigido por la Agencia Nacional para la Renovación Urbana (ANRU) e iniciado en 2003 (CERD/C/FRA/17-19, párr. 319);

ii)Plan de acción para promover la igualdad de oportunidades en el acceso a la vivienda (CERD/C/FRA/17-19, párr. 321);

iii)Estadísticas y reparto de competencias (ámbito nacional/local) referentes a la detección y represión de las prácticas discriminatorias en el acceso a la vivienda (CERD/C/FRA/17-19, párr. 322);

b)Acceso al empleo (arts. 2 y 5):

i)Mecanismos de prevención y lucha contra la discriminación en el mercado laboral (CERD/C/FRA/17-19, párr. 124), resultados y conclusiones de la aplicación de estas políticas;

ii)Aplicación de los instrumentos legislativos de lucha contra la discriminación en el empleo, y mecanismos de control dentro de las empresas (CERD/C/FRA/17‑19, párrs. 290 a 304 y 309 a 311);

c)Discriminación de los romaníes (arts. 2, 3 y 5):

i)Alcance de las leyes sobre los nómadas (en particular la Ley de 5 de julio de 2000) y grado en que se aplican a las demás comunidades itinerantes, especialmente los romaníes y sobre todo respecto del acceso a una vivienda digna, los cuidados médicos y la educación (CERD/C/FRA/CO/16/Add.1, párrs. 53 a 112 y CERD/C/FRA/17-19, párrs. 95 a 116).

3.Prevención y lucha contra la discriminación racial

a)Mecanismos estatales (art. 2):

i)Seguimiento de la Declaración y el Programa de Acción de la Conferencia Mundial de Durban contra el Racismo (2001) y aplicación de un plan de acción nacional para prevenir, combatir y eliminar el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia (CERD/C/FRA/17-19, párrs. 53 a 60).

ii)Organigrama de los mecanismos estatales (de ámbito nacional y local) encargados de combatir y prevenir la discriminación racial. Información sobre la coordinación entre estos mecanismos (CERD/C/FRA/17-19, párrs. 24 y 211) y sobre los resultados obtenidos. Consecuencias para el reparto de competencias del proyecto de ley sobre el Defensor de los Derechos Humanos (CERD/C/FRA/17-19, párrs. 207 a 224).

b)La represión de los actos de discriminación (art. 6):

i)Primeros resultados de las oficinas contra la discriminación (CERD/C/FRA/17-19, párr. 23).

ii)Medidas adoptadas para incitar a todas las fiscalías a responder a las encuestas estadísticas. Medidas adoptadas para que el dispositivo de recopilación de datos estadísticos se haga extensivo a los órganos jurisdiccionales civiles y administrativos, y para que abarque también los registros de las comisarías (CERD/C/FRA/17-19, párr. 32).

iii)Mecanismos de lucha contra los comportamientos discriminatorios de las fuerzas del orden (CERD/C/FRA/17-19, párrs. 271 y 276).

iv)Contenido, medidas y resultados de la lucha contra la discriminación racial en Internet (incluidas las redes sociales).