ACTG

Grupo de ensayos clínicos sobre el SIDA

ASEAN

Asociación de Naciones del Asia Sudoriental

CRI

Conocimiento Religioso Islámico

DEPD

Departamento de Desarrollo y Planificación Económicos

GCE

Certificado general de educación

JTB

Departamento de Telecomunicaciones Brunei (Jabatan Telekom Brunei)

KANCA

Asociación de Niños Discapacitados (Persatuan Kanak‑Kanak Cacat)

MIB

Monarquía Islámica Malaya (Melayu Islam Beraja)

N Level

Nivel normal

O Level

Nivel ordinario

OMS

Organización Mundial de la Salud

ONG

Organización no gubernamental

PCE

Certificado primario de educación (Primary Certificate of Education)

PIB

Producto interno bruto

PYMES

Pequeñas y medianas empresas

RIPAS Hospital

Hospital RIPAS (Raja Isteri Pengiran Anak Saleha)

RTB

Radiotelevisión Brunei

SIDA

Síndrome de la Inmunodeficiencia Adquirida

TIC

Tecnología informática de telecomunicaciones

UNICEF

Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia

VIH

Virus de la inmunodeficiencia humana

INTRODUCCIÓN

1.Brunei Darussalam se encuentra en la costa noroeste de la isla de Borneo. El país tiene una superficie de 5.765 km2 y 161 km de costa.

2.Se calcula que a mediados de 2000 Brunei Darussalam tenía una población de 338.400 habitantes, de los cuales 179.100 eran hombres y 159.300 eran mujeres. Brunei Darussalam tiene una población predominantemente joven cuyo desglose por edades indica que 108.965 (32,2%) son menores de 15 años, 204.055 (60,3%) están en edad laboral (entre 15 y 64 años) y 25.380 (7,5%) tienen 55 años o más. La tasa anual de crecimiento demográfico en 2000 fue del 2,3%. La densidad es de 59 habitantes por kilómetro cuadrado. La comunidad más numerosa es la malaya, que representa aproximadamente el 67,8% de la población. La siguiente comunidad en importancia es la china, seguida por otras razas.

3.Según el censo de población realizado por el Departamento de Desarrollo y Planificación Económicos (DEPD) en 1991, la esperanza media de vida se calcula en 72,1 años para los hombres y 76,5 años para las mujeres. Las cifras más recientes facilitadas por el Ministerio de Salud indican que la esperanza de vida tiende a un constante aumento tanto para los hombres como para las mujeres. En 1994‑1996 la esperanza de vida de los hombres era de 75,4 años, y la de las mujeres de 77,7. En 1998 la tasa de mortalidad infantil fue de 6,5 por cada 1.000 nacidos vivos.

4.En Brunei Darussalam la financiación de los programas de desarrollo sigue dependiendo en gran medida de los ingresos obtenidos del petróleo y el gas natural. Por otra parte, Brunei Darussalam obtiene también ingresos por arriendos, regalías, impuestos sobre sociedades y dividendos. Debido a la naturaleza no renovable del petróleo y el gas, el programa de desarrollo nacional de Brunei Darussalam prevé la diversificación económica.

5.En el Séptimo Plan de Desarrollo (1996‑2000) el Gobierno asignó aproximadamente 7.200 millones de dólares de Brunei a la aplicación de diversos proyectos y programas en siete sectores, a saber: la industria y el comercio, los transportes y las comunicaciones, los servicios sociales, las empresas de servicios públicos, los edificios públicos, la seguridad y esferas varias. De los siete sectores, el de los servicios sociales es el que recibe la mayor asignación, con un 27,5% aproximadamente de la asignación total, lo que equivale a 1.978,3 millones de dólares de Brunei. Esto indica que el Gobierno otorga prioridad al bienestar social de la población, incluidos los niños. Aunque no hay una asignación presupuestaria específica para la infancia, esta esfera queda incluida mayoritariamente en el sector de la enseñanza y la salud. El sector de servicios sociales se compone de los seis subsectores siguientes:

-Enseñanza:

407 millones de dólares de Brunei (21%);

-Medicina y salud:

212 millones de dólares de Brunei (11%);

-Vivienda oficial:

124 millones de dólares de Brunei (6%);

-Vivienda pública:

918 millones de dólares de Brunei (46%);

-Vivienda de confesiones religiosas:

52 millones de dólares de Brunei (3%);

-Instalaciones públicas:

264 millones de dólares de Brunei (13%).

6.Brunei Darussalam es el tercer productor de petróleo del sudeste de Asia y en 1999 producía 182.000 barriles diarios. Asimismo, es el cuarto productor mundial de gas natural licuado. En 1999 el petróleo y el gas representaban el 35% aproximadamente del producto interno bruto (PIB).

7.Los recursos humanos son fundamentales para que Brunei Darussalam logre transformarse en una economía industrial diversificada. Como la mayoría de países en desarrollo, el país sufre escasez de fuerza de trabajo cualificada. Por consiguiente, se hace un mayor hincapié en la enseñanza. La principal esfera en que se concentra el desarrollo de los recursos humanos es la de la capacidad administrativa e industrial, en especial las aptitudes empresariales, así como la formación profesional y técnica.

8.Brunei Darussalam exporta principalmente tres productos básicos: el crudo, los productos derivados del petróleo y el gas natural licuado, que se venden principalmente al Japón, los Estados Unidos y los países de la Asociación de Naciones del Asia Sudoriental (ASEAN). La iniciativa del Gobierno de fomentar las actividades no relacionadas con el petróleo ni con el gas, tales como la agricultura, el turismo, las PYMES, la silvicultura y la pesca, ha tenido un gran éxito. En 1996 estas actividades representaron el 64% del PIB, frente a sólo el 24,3% en 1991. Brunei Darussalam es un sultanato soberano independiente que se rige por una constitución escrita. La Constitución de 1959 dispone que el Sultán es el Jefe del Estado, investido de plenos poderes ejecutivos. Asisten y asesoran al Sultán cinco consejos, a saber: el Consejo Religioso, el Consejo Privado, el Consejo de Ministros (Gabinete), el Consejo Legislativo y el Consejo de Sucesión.

9.Su Majestad el Sultán y Yang Di-Pertuan es la autoridad ejecutiva suprema de Brunei Darussalam. Su Majestad ha desempeñado el cargo de Primer Ministro desde que Brunei Darussalam recuperó la independencia en 1984.

10.El sistema administrativo de Brunei Darussalam gira en torno a la Oficina del Primer Ministro que es la que ha dado el principal impulso al objetivo de Su Majestad de conferir más eficacia al Gobierno. Su Majestad ha seguido una combinación de políticas tradicionales y reformistas, y ha optado por abandonar la estructura compuesta por un Primer Ministro y Secretario de Estado y adoptar en su lugar un sistema ministerial completo con carteras concretas, que se ha convertido en faro de la nación y modo de vida para Brunei Darussalam. Consiste en una mezcla de lengua, cultura y costumbres malayas, las enseñanzas del islam y los valores islámicos y el sistema monárquico, que tiene que ser apreciado y seguido por todos.

11.En Brunei Darussalam, el sistema político reposa en dos pilares, a saber: la Constitución escrita y la tradición de la Monarquía Islámica Malaya (Melayu Islam Beraja, o MIB). Estos dos factores dominan tanto la vida política oficial de Brunei como su filosofía de gobierno. Asimismo, existe como rasgo subyacente la adhesión del país a la legalidad, a un sistema basado fundamentalmente en el common law inglés y la independencia del poder judicial.

12.En Brunei Darussalam todavía se practica ampliamente el sistema de familia extensa en virtud del cual los padres, los tíos, las tías y otros familiares conviven bajo un mismo techo. De hecho, los proyectos del programa de viviendas del Gobierno están concebidos para mantener este sistema familiar y velan por que las familias se reasienten con tanta proximidad entre sí como sea posible. El sistema de familia extensa de Brunei Darussalam ha contribuido significativamente al fomento de los valores de bondad al inculcar a los niños la defensa de los valores morales y espirituales mediante el respeto de sus padres, sus mayores, sus gobernantes y sus dirigentes, como enseña el islam. Esta educación correcta contribuirá a que los niños sean conscientes de sus futuros deberes y función en la sociedad. La continuidad de esta tradición de devoción por una sociedad bondadosa es parte de los valores tradicionales e islámicos, como prevé la filosofía nacional de la MIB en Brunei.

I. MEDIDAS GENERALES DE APLICACIÓN DE LA CONVENCIÓN

A. Medidas adoptadas en los dos últimos años para armonizar la legislación nacional con las disposiciones de la Convención

Marco jurídico

13.Brunei Darussalam se adhirió a la Convención el 23 de diciembre de 1995 con una reserva general sobre las disposiciones que puedan ir en contra de la Constitución del país y de las creencias y principios del islam, así como reservas específicas a los artículos 14 (libertad de pensamiento, conciencia y religión), 20 (protección de los niños privados de un entorno familiar) y 21 (adopción).

14.La legislación vigente es compatible con los principios consagrados en la Convención sobre los Derechos del Niño. Estas disposiciones legislativas se reseñarán con detalle en los apartados siguientes del presente informe.

15.Antes de adherirse a la Convención sobre los Derechos del Niño, Brunei Darussalam comenzó a elaborar leyes para mejorar la situación de la infancia en un gran número de esferas. En este sentido, Brunei Darussalam ha promulgado leyes para proteger a los niños maltratados o descuidados. Entre las disposiciones del Decreto sobre la infancia de 2000 está el nombramiento de un defensor del niño y la tipificación de delitos como el maltrato, el descuido, el abandono y la exposición a riesgos. Todos estos delitos son punibles con multas y condenas de cárcel de hasta diez años. También se ha tipificado la trata de niños, que se pena con multas y condenas de cárcel de hasta cinco años. Este decreto establece también que el interés superior del niño será siempre la consideración primordial cuando se plantee la cuestión del bienestar del niño.

16.Asimismo, el Decreto de emergencia sobre la familia islámica de 1999, promulgado ese año, contiene algunas disposiciones sobre la familia musulmana y dispone sobre cuestiones relativas a la manutención y a la tutela o custodia de los hijos.

17.En el caso de los no musulmanes el Decreto de emergencia sobre la mujer casada de 1999 contiene disposiciones acerca de la manutención de los hijos y el Decreto de emergencia sobre la tutela de menores de 1999 reglamenta las cuestiones relativas a la tutela de los niños que no sean musulmanes.

18.El Decreto islámico sobre la adopción de niños de 2001 y el Decreto sobre la adopción de niños de 2001, que entraron en vigor el 26 de marzo de 2001, reglamentan la adopción de niños en Brunei Darussalam y complementan la Ley sobre el registro de adopción (cap. 123) vigente.

B. Mecanismos existentes en los niveles nacional o local para coordinar las políticas referentes a los niños y para vigilar la aplicación de la Convención

19.La Dependencia de Servicios Sociales del Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes se encarga de supervisar el bienestar y el desarrollo de la infancia. Esta dependencia sirve también de centro coordinador de actividades relacionadas con la infancia, tales como la reunión y la divulgación de información. Asimismo, ejerce de secretaría para la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño. Habida cuenta de esta función, el Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes estableció un comité de redacción para la Convención, compuesto por funcionarios de los organismos siguientes: la Oficina del Primer Ministro, el Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes, el Ministerio de Educación, el Ministerio de Salud, la Fiscalía General, el Ministerio de Asuntos Religiosos, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Relaciones Exteriores y el Consejo de Mujeres (ONG).

20.Asimismo, se ha establecido un grupo de trabajo compuesto por representantes de estos organismos y también de los departamentos siguientes: el Departamento de Información, Radiotelevisión Brunei, la Real Policía de Brunei, el Departamento de Prisiones, el Departamento de Desarrollo y Planificación Económicos, la Oficina de Fiscalización de Estupefacientes, el Departamento de Trabajo, el Departamento de Inmigración y la Dependencia Jurídica Islámica del Ministerio de Asuntos Religiosos.

21.La principal función de estos comités es preparar el informe nacional que debe presentarse en virtud de la Convención sobre los Derechos del Niño, así como supervisar la aplicación de la Convención.

22.Del 4 al 8 de noviembre de 1996 se celebró una reunión consultiva regional bajo el título "La Convención sobre los Derechos del Niño: el reto de su aplicación". La reunión estuvo organizada por el Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes, en colaboración con el UNICEF. Asistieron a ella representantes de ministerios, departamentos del Gobierno y ONG. Durante la reunión se celebró también una sesión especial a la que asistieron escolares, que participaron activamente en los debates. Asistió a la reunión Su Alteza Real Pengiran Isteri Hajjah Mariam Binti Haji Abdul Aziz, que pronunció una sabda o alocución real en la que sugirió la necesidad de establecer un consejo nacional de la infancia. La estructura de este Consejo, establecido el 18 de enero de 2001, es la siguiente:

Gráfico 1

ONGEvaluaciónInvestigaciónLegislaciónInformesAplicación/programaSupervisiónConsejo Nacional de la Infancia 23.El mandato del Consejo consiste en:

a)Coordinar las actividades para los niños que organizan los diversos órganos y organizaciones; y

b)Velar por que se tengan en consideración los principios de la Convención al formular políticas nacionales.

24.El Consejo está compuesto por representantes de diversos organismos, como: la Oficina del Primer Ministro, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Educación, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Asuntos Religiosos, el Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes y las ONG.

C. Medidas de difusión de los principios y disposiciones de la Convención entre los niños y los adultos

25.Se ha traducido la Convención al malayo. El texto de la Convención y sus definiciones deben difundirse en los diversos ministerios y organismos gubernamentales, así como entre la población en general, mediante:

a)La movilización de los medios de información;

b)La integración de la Convención en el programa de estudios escolar; y

c)La sensibilización de los padres y las familias para una mejor comprensión de la Convención por medio de campañas, seminarios y simposios.

D. Medidas para conseguir la participación de toda la comunidad social en la aplicación de la Convención

26.Se han emprendido diversos programas para que toda la comunidad social del país participe en la aplicación de la Convención. Estos programas comprenden:

-la difusión de la Convención en las aldeas por mediación de los jefes de aldea;

-la celebración de conciertos, espectáculos y representaciones protagonizadas por niños en los cuatro distritos; y

-la difusión de la Convención en todas las escuelas del país.

E. Coordinación y cooperación internacionales

27.A fines de 1995, antes de que Brunei Darussalam pasara a ser Parte en la Convención, la Fiscalía General organizó un seminario sobre el mecanismo convencional, en el que se presentó la Convención a diversos organismos gubernamentales y no gubernamentales. Antes de la firma en 1995, un equipo de funcionarios del UNICEF visitó Brunei Darussalam para facilitar información sobre la Convención, lo que dio como resultado la reunión consultiva ya mencionada.

28.Brunei Darussalam está cooperando estrechamente con expertos del UNICEF para la aplicación de la Convención y se han organizado conjuntamente las reuniones y simposios siguientes:

-una reunión consultiva regional con cooperación del UNICEF, del 4 al 8 de noviembre de 1996; y

-un simposio sobre la Convención organizado por la Dependencia de Servicios Sociales en colaboración con el UNICEF, del 12 al 14 de octubre de 1998.

29.Además de organizar reuniones y seminarios, los funcionarios de la Fiscalía General y de la Dependencia de Servicios Sociales asistieron a varios seminarios y reuniones organizados en otros países por el UNICEF, tales como la Reunión regional de los mecanismos nacionales de coordinación de la Convención sobre los Derechos del Niño en la región del Asia oriental y el Pacífico, que se celebró del 19 al 21 de mayo de 1998 en Bangkok (Tailandia).

II. DEFINICIÓN DE NIÑO

30.La principal definición de niño en la legislación de Brunei se encuentra en la Ley de interpretación y cláusulas generales (cap. 4) y concuerda con la definición que figura en la Convención (véase infra). Sin embargo, en otras leyes se establecen límites de edad para distintas categorías de niños bajo ciertas circunstancias, como se explica a continuación.

31.Con arreglo a la Ley de interpretación y cláusulas generales (cap. 4), se considera niño o menor a toda persona que no haya cumplido los 18 años. Esta ley se refiere a la elaboración, interpretación y publicación de las leyes, por lo que en ausencia de otra definición concreta en la legislación nacional se aplicarán sus disposiciones.

32.Con arreglo al Decreto sobre la infancia de 2000, se define como niño a toda persona que no haya cumplido los 18 años.

33.Con arreglo a la Ley del trabajo (cap. 93) se define como niño a toda persona que no haya cumplido los 14 años y como joven a toda persona que haya dejado de ser un niño pero aún no haya cumplido los 18 años. En este caso, la diferencia es que se puede emplear a jóvenes en cualquier rama de la producción siempre que no trabajen entre las 10 de la noche y las 7 de la mañana. Asimismo, la ley prohíbe el empleo de niños y jóvenes menores de 18 años en buques o para trabajos bajo tierra. Aunque en la actualidad no se tiene conocimiento de casos de trabajo infantil en el país, son de aplicación las disposiciones sobre empleo de niños y jóvenes tal como éstos se definen en la ley.

34.La Ley matrimonial (cap. 76) reglamenta la celebración y registro de las nupcias religiosas y civiles. Con arreglo a esta ley, se define como menor a toda persona que no siendo viudo o viuda no haya cumplido los 18 años. La edad mínima para el matrimonio es de 14 años. Cuando se contraiga matrimonio y uno de los cónyuges sea menor de edad, es necesario el consentimiento del padre, la madre o el tutor del menor. La ley tipifica el matrimonio con un menor sin tal consentimiento como delito punible con penas de tres años de cárcel y multa. Sin embargo, la ley no se aplica en el caso de matrimonios musulmanes, puesto que éstos se rigen por la Ley cherámica (sharia). A pesar de estas disposiciones, y según la información facilitada por el Registro Matrimonial, el número de matrimonios entre menores, generalmente en zonas rurales o entre grupos indígenas, es reducido.

35.La Ley del Consejo Religioso y el Tribunal del Cadí (cap. 77) no restringe la edad mínima para el matrimonio entre musulmanes. Según dispone la Ley cherámica, tales matrimonios pueden registrarse con arreglo a cuanto dispone el apartado 3 del artículo 137 de dicha ley.

36.En cuanto a la responsabilidad penal de los niños, el Código de Procedimiento Penal (cap. 7) define como delincuente juvenil a todo niño de más de 7 años y de menos de 18 que sea condenado por un delito punible con multa y pena de prisión. Con arreglo al Código Penal (cap. 22), los actos cometidos por niños menores de 7 años no pueden considerarse delito. Además, tampoco son considerados delito los actos cometidos por niños sin suficiente uso de razón para entender la naturaleza y las consecuencias de su conducta y que tengan más de 7 años de edad pero menos de 12.

37.En la práctica, la decisión de procesar a los menores de 18 años depende de varios factores, entre los que están la gravedad del delito, los antecedentes penales del niño, su historial educativo y, cuando proceda, la recomendación de las autoridades escolares o cualquier otro factor atenuante que sea aplicable. La cuestión de los niños que han infringido la ley se comentará con detalle en otro apartado del presente informe.

38.La Ley sobre la relación carnal ilícita (cap. 29) prohíbe las relaciones sexuales con niñas menores de 16 años. Con arreglo al Código Penal (cap. 22), las relaciones sexuales con niñas menores de 14 años constituye un delito, independientemente de que haya o no consentimiento. Por consiguiente, aunque se considere que una niña de edad comprendida entre 14 y 16 años pueda consentir en mantener relaciones sexuales, éstas siguen siendo delito. Por consiguiente, las personas que tengan relaciones sexuales con niñas menores de 16 años pueden ser procesadas sin que se tenga en consideración si hubo o no consentimiento. Sin embargo, con arreglo a la excepción que se establece en el artículo 375 del Código Penal, "no se considerará violación el coito de un hombre con su esposa, siempre que ésta no sea menor de 13 años".

39.En cuanto a la participación en procedimientos administrativos y judiciales que puedan afectar al niño, el Reglamento de la Sala Civil del Tribunal Superior de Brunei establece que en tales procedimientos puede representar al niño un curador para el pleito o un amigo próximo.

40.Desde el punto de vista de la Ley cherámica, puede dividirse a los niños en dos categorías, a saber: los que no son mumaiz y los niños que son mumaiz pero no baligh. No son mumaiz los niños que no pueden diferenciar entre el bien y el mal (edad que se calcula en 7 años). Son mumaiz pero no baligh los niños que sí pueden diferenciar entre el bien y el mal (mayores de 7 años) pero no han alcanzado la pubertad. Sin embargo, en el contexto de los derechos del niño y de sus bienes, lo que comprende aspectos tan importantes como la manutención, la enseñanza, la educación moral, la seguridad, etc., puede entenderse por niño las personas que no han alcanzado la "mayoría de edad", es decir, las que no han cumplido 18 años. El artículo 2 de la Ley del Consejo Religioso y el Tribunal del Cadí (cap. 77) define como menores a "toda persona que no sea viudo o viuda y no haya cumplido los 18 años".

41.Con arreglo a la Ley de juramentos y testimonios (cap. 3), podrá admitirse la declaración de un menor ante un tribunal si se le advierte de que debe decir la verdad, toda la verdad y nada más que la verdad. En la práctica, antes de que un niño preste testimonio ante un tribunal, debe determinarse en primer lugar si entiende qué significa prestar declaración bajo juramento, y si es así se le advertirá de que debe decir la verdad. De este modo, la declaración será admisible, tras lo cual el tribunal deberá determinar qué importancia ha de otorgarse al testimonio del menor.

42.Con arreglo al Decreto islámico sobre la adopción de niños de 2001 (para los musulmanes) y el Decreto sobre la adopción de niños de 2001 (para los no musulmanes), se entiende por niño la persona célibe que no ha cumplido los 18 años.

III. PRINCIPIOS GENERALES

A. La no discriminación (artículo 2 de la Convención)

Contexto jurídico

43.No existe legislación al respecto y actualmente se opina que no es necesario legislar sobre esta cuestión.

Aplicación

44.En muchos aspectos los niños no son víctimas de discriminación en ningún servicio y gozan de todos los ofrecidos por el Gobierno. No existe ningún tipo de discriminación de género en la prestación de servicios.

45.En algunos servicios los niños gozan de más ventajas que los adultos. Por ejemplo, Brunei Darussalam ofrece atención médica gratuita a todos sus ciudadanos y residentes permanentes, así como a todos los niños menores de 12 años, con independencia de su nacionalidad. Para obtener asistencia médica no disponible en el país, los ciudadanos de Brunei, incluidos los niños, son enviados al extranjero para que reciban tratamiento con cargo al Gobierno.

46.En el ámbito de la enseñanza, uno de los objetivos de la Política de Educación Nacional es que todos los niños de Brunei tengan la posibilidad de que se atiendan sus necesidades y aspiraciones y puedan participar como ciudadanos en el desarrollo de la nación. Brunei Darussalam ofrece la escolarización gratuita a sus ciudadanos. Quienes no son ciudadanos de Brunei (los residentes permanentes y los trabajadores expatriados) pueden solicitar autorización para enviar a sus hijos a las escuelas públicas mediante el pago de las tasas correspondientes, que son muy bajas.

B. El interés superior del niño (artículo 3 de la Convención)

Contexto jurídico

47.El Decreto sobre la infancia de 2000 prevé el cuidado y la protección de los niños, especialmente de los más vulnerables, como, por ejemplo, quienes son víctimas de malos tratos, explotación y descuido. En virtud de esta legislación, cuando se plantea alguna cuestión en relación con el bienestar de los niños en cualquier circunstancia, la consideración primordial siempre será el interés superior del niño.

Aplicación

48.Brunei Darussalam subraya la necesidad de asegurar el porvenir de sus ciudadanos jóvenes. En muchas esferas, como los servicios de enseñanza y de salud, el interés del niño está bien protegido. Incluso cuando un niño ha transgredido la ley, se prefiere rehabilitarlo y hacerle comprender su responsabilidad social, en lugar de sancionarlo.

49.La Dependencia de Servicios Sociales del Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes, con la cooperación del Departamento de Servicios Médicos y la Real Policía de Brunei, brindan protección a los niños que han sufrido malos tratos dándoles alojamiento y asistencia. El Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes administra un centro expresamente destinado a las niñas y las mujeres. El centro se creó en virtud de la Ley de protección de mujeres y niñas. El centro, denominado Taman Noor Hidayah, se fundó con los siguientes objetivos:

-brindar orientación e impartir formación para la rehabilitación moral de las niñas y las mujeres que se han visto inmersas en actividades sociales negativas; y

-dar alojamiento a las mujeres y niñas que son víctimas de malos tratos.

50.La policía ha creado una unidad especial para proteger los derechos de los jóvenes delincuentes, las mujeres y los niños. Esta unidad se ocupa de los casos de abuso físico o mental, lesiones, abandono, maltrato y explotación sexual, y coopera con la Dependencia de Servicios Sociales del Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes y el Departamento de Servicios Médicos del Ministerio de Salud.

51.En Brunei Darussalam muchas organizaciones gubernamentales y no gubernamentales se ocupan del bienestar de los niños. A escala nacional se han creado los fondos siguientes para recaudar y distribuir recursos financieros destinados a los niños necesitados: el Fondo de Distrito para los Huérfanos; el Fondo para los Discapacitados; el Fondo para los Ciegos; el Fondo Príncipe Heredero para los Huérfanos; el Fondo Nacional del Bienestar; el Fondo Nacional para los Huérfanos; el Fondo para el Patrocinio de los Niños; el Fondo para el VIH; el Fondo Médico Infantil; y el Fondo Eric Goh.

52.Cada año, varias ONG ayudan a los niños necesitados y discapacitados con donaciones de dinero en efectivo, libros, uniformes escolares y otros objetos, así como mediante la organización de programas de recreo para ellos.

53.Varios ministerios, como el Ministerio del Interior, así como el Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes y el Ministerio de Educación, organizan actividades deportivas y programas para el desarrollo cultural de los jóvenes con miras a recaudar fondos para los niños que los necesiten.

Limitaciones

54.En la actualidad ninguna institución se ocupa de la rehabilitación del niño varón. En el octavo Plan Nacional de Desarrollo, que comenzará en el año 2001, se incluirá una propuesta para establecer un hogar para niños.

C. El derecho a la supervivencia y el desarrollo

Contexto jurídico

55.El derecho a la vida, intrínseco al niño, se reconoce en las leyes penales de Brunei Darussalam en las que está suficientemente protegido.

56.El Código Penal (cap. 22), incluye los delitos contra la vida. En el Código se tipifican como delito los abortos provocados y las lesiones infligidas al hijo por nacer, el abandono de menores y la ocultación de nacimiento (arts. 312 a 318). El delito de aborto provocado incluye la situación en que la mujer provoca su propio aborto. Para este delito, el período de privación de libertad puede llegar a los tres años, además de una multa o, si la mujer se queda posteriormente embarazada, la pena consiste en privación de libertad de hasta siete años y multa (art. 312). Cuando el aborto se provoca con el consentimiento de la mujer, la pena puede ser de privación de libertad de hasta diez años y multa (art. 313).

57.El artículo 315 tipifica como delito los actos cometidos para impedir que el niño nazca con vida o para causar su muerte después del parto. La pena correspondiente consiste en privación de libertad de hasta diez años y multa. Es necesario que estos actos no se hayan cometido de buena fe con la intención de salvar la vida de la madre.

58.Cuando un acto, cometido con la intención de causar la muerte del niño por nacer, constituye homicidio culposo, la pena aplicable consiste en privación de libertad de hasta diez años y multa (art. 316).

59.El artículo 317 tipifica como delito el abandono de los niños menores de 12 años por los padres o de quienes estén a su cargo. Este delito se sanciona con privación de libertad de hasta siete años o multa, o con ambas penas. Si el niño muere como consecuencia del abandono, el delincuente también es responsable de asesinato o de homicidio culposo.

60.El delito de ocultación del nacimiento de un niño deshaciéndose en secreto del cadáver, con independencia de si la muerte del niño se produjo antes, durante o después del parto, lleva aparejado una pena de privación de libertad de hasta dos años o multa, o ambas (art. 318).

Aplicación

61.La policía y otros órganos competentes se toman en serio la comisión de delitos que vulneran el derecho del niño a la vida y la supervivencia, y se sanciona con severidad a los delincuentes.

62.Aunque no se enuncia expresamente el derecho del niño a que se atiendan sus necesidades básicas, como la salud, la vivienda, la educación, la alimentación o el agua, los diversos órganos gubernamentales y no gubernamentales prestan asistencia mediante una serie de servicios en los ámbitos de la salud, la enseñanza y el bienestar. Brunei cuenta con programas de salud, como la provisión de suplementos vitamínicos necesarios, leche a las mujeres embarazadas, inmunización obligatoria contra las enfermedades, visitas escolares y visitas de los domicilios de los recién nacidos. El Ministerio de Educación ofrece varios programas de asistencia a los niños, como la enseñanza gratuita, el programa de alimentación escolar, las ayudas para el transporte y la enseñanza, establecidos desde hace ya mucho tiempo. Las organizaciones de mujeres también contribuyen a la educación de los niños mediante la donación de libros y uniformes escolares a los niños necesitados. Los niños abandonados reciben atención médica y el Ministerio de Salud se hace cargo de ellos, mientras que la Dependencia de Servicios Sociales presta asistencia en la tramitación de la adopción del niño.

D. El respeto de las opiniones del niño

Contexto jurídico

63.Como se establece en el capítulo II, Definición de niño, la Ley de juramentos y testimonios dispone que se aceptará que los menores de edad presten declaración en los tribunales después de que el tribunal les advierta de que deben decir la verdad, toda la verdad y nada más que la verdad. En la práctica, antes de que un niño preste declaración, el tribunal determinará, en primer lugar, si éste comprende lo que significa prestar declaración bajo juramento y, si es así, le advertirá de que debe decir la verdad. De este modo, la declaración del niño será admisible y el tribunal determinará posteriormente la importancia que le debe conceder.

64.El apartado b) del párrafo 1 del artículo 93 del Decreto de emergencia (Ley de la familia islámica) de 1999 dispone que cuando decida quién tendrá la custodia del niño el tribunal tendrá en cuenta los deseos del niño, si éste es capaz de expresar sus propias opiniones.

Aplicación

65.En la escuela, a escala nacional e internacional, se organizan diversas actividades para fomentar la expresión en público de las opiniones de los niños.

66.En el artículo 133A de la Ley de medios de prueba (cap. 108) se regula la declaración de los niños. En virtud de este artículo, cuando un niño comparece como testigo y, en opinión del tribunal, no comprende el significado del juramento, se puede tomar su declaración, aunque no la preste bajo juramento. No obstante, el tribunal tiene que estar convencido de que el niño es suficientemente inteligente y comprende la obligación que tiene de decir la verdad para que su declaración esté justificada. En estas circunstancias, cualquier testimonio dado por el niño requerirá otros medios de prueba que lo corroboren, antes de que se pueda declarar culpable de un delito al encausado.

67.Radiotelevisión Brunei emite una serie de programas que brindan a los niños oportunidades para expresarse y cambiar impresiones. El concurso anual de debate, en inglés y en malayo, son dos ejemplos de este tipo de programas. Una de las actividades anuales de las escuelas primarias consiste en organizar concursos de oratoria.

68.Algunas escuelas y colegios han establecido consejos de alumnos, gestionados por los propios estudiantes y dirigidos por un líder estudiantil. Éste representa a los alumnos de la escuela y desempeña una función esencial en la promoción de las cuestiones relativas al bienestar de los estudiantes.

69.Según el islam, los niños tienen derecho a manifestar su opinión y pueden participar en la adopción de una decisión que les afecte:

-los niños que ya son mumaiz (capaces de distinguir entre el bien y el mal) pueden, en los casos de padres divorciados, escoger con quién quieren estar; y

-en los casos en que los puntos de vista y la ideología de los padres sean opuestos a los del islam, los niños tienen derecho a asesorar a sus padres.

IV. DERECHOS Y LIBERTADES CIVILES

A. Nombre y nacionalidad

Contexto jurídico

70.La Ley de inscripción en el registro de nacimientos y defunciones (cap. 79) dispone que el padre y la madre tienen la obligación jurídica de inscribir en el registro los nacimientos y las defunciones de sus hijos. Los nacimientos se registrarán dentro de los 14 días siguientes al parto. Cuando este plazo sea insuficiente para decidir el nombre del niño, su inscripción deberá realizarse dentro de los dos meses siguientes al nacimiento. Las defunciones se inscribirán dentro de las 12 horas siguientes a la muerte.

71.En la Ley de nacionalidad de Brunei (cap. 15) se establece la condición de súbdito de Su Majestad el Sultán y Yang Di-Pertuan, que incluye las categorías de personas que son súbditos de Su Majestad por ley y las categorías de personas que son súbditos de Su Majestad por inscripción en el registro y naturalización.

72.Pertenece a las categorías de personas consideradas súbditos por ley de Su Majestad el Sultán cualquier persona que en la fecha señalada, o posteriormente, sea:

a)nacida en Brunei y comúnmente considerada miembro de un grupo indígena reconocido de la raza malaya, a saber: belait, bisayah, brunei, dusun, kedayan, murut o tutong;

b)nacida en Brunei de padre y madre nacidos en Brunei y miembros de un grupo considerado indígena de Brunei a tenor de la primera lista de la ley;

c)nacida fuera de Brunei de padre considerado comúnmente miembro de uno de los grupos indígenas de la raza malaya, a saber: belait, bisayah, brunei, dusun, kedayan, murut o tutong; o de padre y madre nacidos en Brunei y miembros de un grupo considerado indígena de Brunei a tenor de la primera lista de la ley;

d)nacida en Brunei en la fecha señalada, o posteriormente, de padre que en el momento del nacimiento de esa persona sea súbdito de Su Majestad; y

e)nacida fuera de Brunei de padre que en el momento del nacimiento de esa persona sea súbdito de Su Majestad por inscripción en el registro en virtud del artículo 5, cuando el nacimiento se inscribe en un consulado de Brunei o en Brunei dentro de los seis meses siguientes, o dentro de un plazo mayor que Su Majestad, en un caso especial, haya podido autorizar.

73.La Ley de nacionalidad de Brunei también establece que Su Majestad puede disponer la inscripción en el registro como súbdito de Su Majestad de cualquier hijo menor de edad de un súbdito de Su Majestad, mediante la presentación por parte de un progenitor o tutor del niño de una solicitud conforme a las normas; asimismo, Su Majestad puede, en casos especiales, cuando lo considere conveniente, disponer la inscripción de cualquier menor en el registro como súbdito de Su Majestad.

74.El registro de nacimientos del Departamento de Inmigración y Registro Nacional cuenta con 25 códigos de zona que abarcan todos los distritos y zonas remotas de Brunei Darussalam. El equipo de médicos itinerantes también asiste en este proceso mediante la inscripción de los nacimientos que tienen lugar en las zonas remotas y apartadas de difícil acceso.

Aplicación

75.Cuando nace un niño, es preciso registrarlo en la sección de Inscripción de Nacimientos, Defunciones y Adopciones del Departamento de Inmigración y Registro Nacional.

76.Todos los niños nacidos fuera de Brunei Darussalam cuyo padre sea súbdito de Su Majestad, debe inscribirse en el órgano competente del país donde haya nacido. El padre o tutor también debe informar del nacimiento a la misión de Brunei Darussalam más cercana para solicitar la ciudadanía de Brunei para el niño.

77.De modo similar, todos los niños que nazcan de padres extranjeros en Brunei Darussalam deben inscribirse en el registro de nacimientos de Brunei, así como en la embajada de su país; así se tiene la posibilidad de solicitar para el niño la ciudadanía de los países respectivos de acuerdo con la legislación nacional correspondiente. Desde 1923, todos los nacimientos que tienen lugar en Brunei Darussalam deben inscribirse en el registro.

Limitaciones

78.Es posible que algunos nacimientos no se inscriban en el registro, por ejemplo, los niños abandonados y expósitos sobre los que no se ha informado a las autoridades, y la persona que ha encontrado y criado a esos niños no ha hecho lo necesario para informar de su existencia. En estos casos no existe certificado de nacimiento y el niño tendrá dificultades para solicitar documentos de identidad cuando crezca.

B. Preservación de la identidad

Contexto jurídico

79.Además de las inscripciones de los nacimientos en virtud de la Ley de inscripción en el registro de nacimientos y defunciones, la Ley del registro nacional (cap. 19) dispone la inscripción en el registro de los habitantes de Brunei Darussalam para la expedición de la tarjeta de identidad. Esta tarjeta incluye datos de la persona, como su nombre (y cualesquiera otros nombres conocidos), su raza y su situación en cuanto a la ciudadanía. Los niños menores de 12 años están dispensados de esta inscripción.

80.En virtud del reglamento de pasaportes elaborado de conformidad con la Ley de pasaportes (cap. 146), se puede solicitar un pasaporte de Brunei, un certificado internacional de identidad, un certificado general de identidad o un certificado de emergencia para viajes.

Aplicación

81.Cuando un niño cumple 12 años, le ley exige que tenga una tarjeta de identidad expedida en función de su situación, a saber:

a)tarjeta de identidad amarilla para los ciudadanos;

b)tarjeta de identidad morada para los residentes permanentes; y

c)tarjeta de identidad verde para los residentes temporales (por ejemplo, con permiso de trabajo) que han entrado en Brunei legalmente y tienen permiso de inmigración para permanecer más de tres meses (incluidos los niños con 12 años cumplidos cuyos padres sean titulares de una tarjeta de identidad verde).

82.Se expiden certificados internacionales de identidad a los residentes permanentes en Brunei Darussalam.

C. Libertad de expresión

Contexto jurídico

83.No existe ninguna disposición legal que se refiera expresamente a la libertad de expresión. No obstante, en el inciso iii) del apartado b) del párrafo 1 del artículo 48 de la Ley del Consejo Religioso y del Tribunal del Cadí (cap. 77) se establece la jurisdicción civil correspondiente a la custodia del niño. Cuando los padres están divorciados, se atienden los deseos del niño respecto del progenitor con el que desea estar, siempre y cuando el niño sea mumaiz o "capaz de expresar su propia opinión".

Aplicación

84.En Brunei Darussalam, la tradición y la cultura siguen despeñando una función importante en la educación de los hijos, y se sigue respetando a los mayores. En consecuencia, se limita el modo en que los niños expresan sus opiniones y, cuando lo hacen, los padres suelen haber determinado previamente sus opiniones. No obstante, se ha ideado una serie de actividades infantiles, como concursos y talleres de cuentos, para incitar a los niños a abrirse más y darles la posibilidad de expresarse.

85.En la Ley del Consejo Religioso y del Tribunal del Cadí no existe ninguna disposición sobre las personas que tienen el derecho de custodia de un niño o hadanah y de administrar las propiedades o bienes de un menor; esta ley sólo establece el alcance de las competencias del Tribunal del Cadí en los procesos civiles sobre la custodia de un menor en el apartado A) del párrafo 1 y el inciso iii) del párrafo 1 de su artículo 48. No obstante, el tribunal, en esos procesos, decidirá con arreglo a los hukum syara' (principios islámicos), que también otorgan al niño el derecho de escoger con quién desea estar, siempre y cuando ya sea mumaiz o capaz de expresar su propia opinión.

86.También se alienta a los niños a que aconsejen a sus padres cuando la religión, la cultura y las leyes nacionales se contradigan.

87.Asimismo, se anima a los niños de Brunei Darussalam a que se inscriban en las sociedades y clubes escolares. Entre las organizaciones preferidas destacan la Sociedad de la Media Luna Roja, los Scouts, las Niñas Guías, los Cadetes del Ejército y los Cadetes de la Policía.

88.Los periódicos locales, como el Borneo Bulletin y el News Express tienen una sección de cartas al director en la que los lectores expresan sus opiniones sobre distintas cuestiones. Con frecuencia, los niños envían cartas que se publican en esta sección.

89.El Departamento de Telecomunicaciones Brunei (Jabatan Telekom Brunei, JTB), mediante su proveedor de acceso a Internet, "Brunet", ofrece acceso a la World Wide Web a los habitantes del país. La edad mínima para abrir una cuenta en Brunet es de seis años con el consentimiento de los padres para el pago de la garantía.

Limitaciones

90.Aunque en Brunei Darussalam se dispone de acceso a los servicios de Internet, todavía no se ha aprobado ninguna ley sobre el ciberespacio. No obstante, se va a establecer un órgano nacional para que examine esta cuestión. Además, el Departamento de Telecomunicaciones Brunei no regula el acceso a los diversos sitios de Internet, con lo que incumbe a los padres y los tutores supervisar el tipo de información a la que se accede.

D. Acceso a la información pertinente

Contexto jurídico

91.En la Ley de censura de películas y espectáculos públicos (cap. 69) se prevé la censura de películas y otros espectáculos públicos. En esta ley se establece que constituye un delito publicar o exhibir cualquier película sin la debida autorización; la pena correspondiente consiste en la privación de libertad durante un período de hasta 12 meses y una multa.

92.En la Ley de publicaciones indeseables (cap. 25) se prohíben la importación, la distribución o la reproducción de publicaciones indeseables, contrarias al interés público. La pena por la importación, la publicación, la venta o el ofrecimiento de la venta, la distribución o la reproducción de material prohibido es de privación de libertad durante un período de hasta cuatro años.

93.La Notificación de Radiodifusión (Código deontológico) de 1998, emitida con arreglo al artículo 9 del Decreto de emergencia (sobre radiodifusión) de 1997, se aplica a todos los programas de radio y televisión, incluidos todos los servicios gratuitos de radiodifusión.

94.Este Código dispone que todos los programas de televisión deben mostrar una indicación adecuada sobre su contenido, tal como se indica a continuación:

a)U-Apto para todos los públicos;

b)12-Sólo apto para mayores de 12 años;

c)PG-Sólo apto para menores acompañados por los padres o con orientación de los padres;

d)18-Sólo apto para mayores de 18 años.

95.En la lista primera (Código de los programas de los servicios de radiodifusión) se establecen las siguientes normas que se deben observar en relación con los programas infantiles:

-Los programas infantiles no deben contener escenas violentas, de miedo o de carácter sexual.

-Los programas infantiles deben representar la filosofía y valores de la Monarquía Islámica Malaya e inculcar y promover el respeto de la ley y el orden; el respeto de los padres y mayores; el respeto mutuo y de los bienes ajenos en el marco de la convivencia, y la honorabilidad. Estos programas deben contener valores positivos con una distinción clara entre los valores positivos y negativos, y resaltar los valores morales positivos.

96.Los programas emitidos no deben contener escenas en que:

a)Se consuma alcohol, tabaco, drogas o se promueva su consumo (salvo que el programa tenga una finalidad educativa y muestre sus efectos negativos);

b)Se muestren denominaciones comerciales o marcas de bebidas alcohólicas y drogas prohibidas.

97.Los programas que contengan escenas en que se muestren denominaciones comerciales o marcas de cigarrillos deben obtener previamente la aprobación del ministro responsable de las cuestiones de radiodifusión. Se deben evitar los programas en que se muestre una violencia excesiva hacia las personas, los animales, incluso en los dibujos animados y las animaciones en que aparezcan personas, animales y bienes. Los programas dirigidos a los niños nunca deben tener un final que pueda alterar o perturbar sus emociones.

98.La lista segunda (Código deontológico de la publicidad) de la Notificación también contiene un artículo titulado "Los niños y la publicidad" en que se brindan orientaciones sobre el contenido de la publicidad relacionada con los niños, como por ejemplo:

a)La publicidad no debe contener valores contrarios al concepto de respeto entre los niños y los adultos (por ejemplo, niños irrespetuosos y desobedientes);

b)La publicidad dirigida principalmente a los niños, o en los programas que con toda probabilidad verán los niños, no debe contener imágenes ni palabras que puedan tener como consecuencia daños físicos, emocionales o morales;

c)La publicidad en que aparecen niños debe examinarse con cuidado desde la perspectiva de la seguridad, y no debe mostrarlos realizando actos que puedan ser peligrosos para ellos mismos o para otros; y

d)La publicidad dirigida a los niños, o en la que aparecen niños, no debe contener prácticas o valores negativos, indeseables, indecentes o inadecuados.

Aplicación

99.Los niños de Brunei Darussalam tienen acceso a la información a través de diversos medios de comunicación, entre ellos la prensa escrita, la radio, la televisión e Internet.

100.Además de las bibliotecas y las escuelas, la Oficina de Lengua y Literatura, departamento sufragáneo del Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes, proporciona a los niños acceso a material de lectura mediante los servicios de una biblioteca situada en el centro de Bandar Seri Begawan, y de las bibliotecas de distrito, que disponen de una librería juvenil para los jóvenes de 12 a 20 años y una librería infantil para los niños menores de 12 años. También cuentan con clubes del libro para diversos grupos de edad con el fin de alentar a los niños a acudir a la biblioteca y utilizar los servicios disponibles, y a encontrarse con otros niños que tienen intereses similares. Esta oficina también organiza, cada tres meses, concursos de lectura destinados a grupos de diversas edades. Las bibliotecas están bien atendidas, especialmente los fines de semana, cuando los padres suelen llevar a los niños. La oficina suele organizar muchas otras actividades culturales y educativas, como juegos y visitas sobre el terreno, de modo que los niños puedan obtener información al tiempo que aportan sus ideas en beneficio de los demás. También se ofrece un servicio de biblioteca móvil que lleva la biblioteca a los niños que viven en las zonas rurales y urbanas apartadas. La biblioteca móvil se para dos veces por semana en las zonas fijadas. En cada parada, la biblioteca móvil ofrece sus servicios durante una hora y el niño puede disponer de los libros. Los libros de la librería móvil se pueden tomar en préstamo y se devuelven cuando dos semanas después, como está previsto, la biblioteca vuelve al lugar.

101.Para los niños de sólo cinco años, se publican revistas locales como Mekar (Flor) y Juara (Campeón).

102.La Oficina de Lengua y Literatura también organiza campañas de lectura a través del taller móvil de cuentos y el movimiento para la cultura de la lectura, destinados a potenciar la competencia lectora de los niños. De vez en cuando también se organizan ferias nacionales del libro.

103.En Brunei Darussalam existe un canal público de televisión aunque también se reciben tres canales de televisión de Malasia. Asimismo, los habitantes de Brunei se pueden abonar a los programas de televisión por satélite ofrecidos por una compañía local, Kristal, y por una compañía malaya, Astro. Además, existen varios canales de radio que emiten programas en malayo, inglés, mandarín y ghurkali.

104.Radiotelevisión Brunei (RTB) emite desde las 6 de la mañana hasta las 12 de la noche. Los programas infantiles constituyen el 12,6% de la programación diaria (el 3,17%, los programas infantiles de producción local, y el 9,5%, los programas infantiles de producción extranjera). Los programas de producción local suelen tener una finalidad educativa. El Comité de la Junta de censura de Radiotelevisión Brunei censura todos los programas extranjeros; los programas de producción local siguen la filosofía de la Monarquía Islámica Malaya. Como ya se ha mencionado anteriormente, en Brunei Darussalam es posible tener acceso a Internet, y los niños de tan sólo 6 años pueden abrir sus propias cuentas en Brunet con el consentimiento de sus padres.

Limitaciones

105.Como se ha indicado anteriormente, el Departamento de Telecomunicaciones Brunei no regula el acceso a los diversos sitios de Internet, con lo que incumbe a los padres y tutores supervisar el tipo de información a que se accede.

E. Libertad de pensamiento, de conciencia y de religión

Contexto jurídico

106.La Constitución dispone que la religión oficial de Brunei Darussalam es el islam, que se practica según su confesión shafeita. No obstante, la Constitución también permite la práctica en paz y armonía de todas las religiones por parte de las personas que las profesan.

107.El artículo 166 de la Ley del Consejo Religioso y del Tribunal del Cadí dispone que ninguna persona menor de 14 años y 7 meses podrá inscribirse en el registro como converso a la religión islámica. Además, el artículo 167 establece que si un menor de 14 años y 7 meses pide su conversión al islam, el Cadí dispondrá que sea devuelto a su tutor legal y se considerará que su conversión no ha tenido lugar. No obstante, esta medida no menoscabará el derecho del niño a convertirse al islam cuando tenga la edad apropiada.

Aplicación

108.Aunque Brunei Darussalam ha formulado una reserva sobre el artículo 14 de la Convención sobre los Derechos del Niño en relación con la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión, en Brunei Darussalam se practican libremente varias religiones además de la islámica.

109.Los jóvenes que hayan cumplido 14 años y 7 meses pueden inscribirse en el registro como conversos a la religión islámica sin que sea necesario el consentimiento de sus padres. El niño que no haya cumplido esta edad no se puede convertir, no se puede inscribir en el registro y es devuelto a sus padres. No obstante, si uno de los padres, o ambos, se convierte al islam, el hijo o hijos que no hayan cumplido 14 años y 7 meses serán automáticamente musulmanes; el hijo o hijos que hayan cumplido esa edad tendrán derecho a decidir si se convierten o no.

F. Libertad de asociación y de celebrar reuniones pacíficas

Contexto jurídico

110.El Código Penal (cap. 22) tipifica como delito la celebración de reuniones ilegales cuyos asistentes tengan el objetivo común de:

-intimidar mediante la fuerza ilegal, o mediante su demostración, a los miembros del Gobierno de Brunei o a cualquier funcionario público en el ejercicio de sus competencias legítimas;

-oponerse a la aplicación de una ley o al desarrollo de un proceso legal;

-causar daños o allanamiento de propiedad ajena o cometer otros delitos;

-mediante la fuerza ilegal, o mediante su demostración, dirigida contra cualquier persona, tomar posesión de cualquier propiedad, o despojar a cualquier persona del derecho de paso, o del uso del agua, o de otro derecho incorporal que posea o goce, o realizar cualquier derecho o presunto derecho; o

-mediante la fuerza ilegal, o mediante su demostración, obligar a una persona a hacer lo que no está obligado a hacer por ley, o a abstenerse de hacer lo que por ley tiene derecho a hacer.

Aplicación

111.Además de las diversas sociedades y clubes escolares, en Brunei Darussalam los niños pueden hacerse socios de varias organizaciones y sociedades; entre ellas se incluyen organizaciones como los Scouts, el Movimiento de las niñas guías, la Sociedad de la Media Luna Roja y muchas más.

G. Protección de la vida privada

Contexto jurídico

112.En virtud de la Ley de protección de mujeres y niñas (cap. 120), cuando una niña participa en una actividad sexual ilícita, lo que puede incluir la violación o el ultraje al pudor, se tomará su testimonio en privado, es decir, a puerta cerrada. Asimismo, se protegerá su identidad.

113.El Código de Procedimiento Penal (cap. 7) dispone que los testigos infantiles que no hayan cumplido 14 años cuando se comete el presunto delito pueden prestar declaración a través de un enlace de televisión con la venia del tribunal. Esta disposición se limita a los casos de agresión o de lesiones o a los delitos sexuales previstos en la legislación. Este procedimiento tiene como consecuencia que las declaraciones tomadas de este modo se tratarán como si se hubieran prestado presencialmente y se considerarán medios de prueba admisibles con respecto a cualquier hecho.

114.La Ley de correos (cap. 52) dispone que constituye delito abrir deliberada y dolosamente una carta que debería entregarse, o cometer un acto mediante el que se previene o impide la entrega debida de una carta a una persona. Esta disposición, no obstante, no se aplica a los padres o tutores de un menor cuando éste es el destinatario.

115.El artículo 41 del Decreto sobre la infancia de 2000 restringe la publicación de cualquier información que pudiera llevar al descubrimiento de la identidad de los niños que participan en un proceso judicial, con independencia de que sean acusados, víctimas o testigos. Las personas que contravienen esta disposición se enfrentan a una pena de privación de libertad de hasta dos años o multa de hasta 5.000 dólares, o ambas.

Aplicación

116.La posibilidad de prestar declaración a través de un enlace de televisión no existía hasta 1995 y de momento sólo se ha empleado en dos ocasiones. Esta disposición ha sido útil para los testigos infantiles que hubieran podido tener dificultades para prestar declaración en presencia del presunto delincuente, que en algunos casos podría tratarse de alguien a quien conocen muy bien o con quien tienen mucho trato.

H. Derecho a no ser sometido a torturas ni a otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes

Contexto jurídico

117.El Código Penal (cap. 22) tipifica expresamente como delito los actos contra la persona, que abarcan desde los que causan lesiones y lesiones graves hasta los que provocan la muerte. Las penas son severas y pueden llegar hasta los 15 años de cárcel con azotes, en función de la gravedad del delito. Las disposiciones de este Código son de aplicación general y a menudo se invocan en el procesamiento de personas acusadas de lesionar o torturar a un niño.

Aplicación

118.Los delitos contra los niños, como en la mayoría de los países, son delitos graves en Brunei Darussalam. El Departamento de Investigaciones Penales de la Real Policía de Brunei creó la Unidad contra la violencia doméstica y los malos tratos a los niños el 1º de abril de 1997, para aumentar la protección de la infancia. Esta iniciativa dimana del reconocimiento de que las mujeres y los niños, al encontrarse en situación de desventaja física o ser psicológicamente inmaduros, necesitan salvaguardias y atención especiales. Una de las funciones principales de esta unidad consiste en la protección de los niños contra todas las formas de violencia física y psicológica, lesiones o abusos, abandono, malos tratos, abusos sexuales y explotación. En 1999, esta unidad se incorporó a la Unidad contra el vicio, que también se ocupa de los delitos relacionados con la prostitución y el juego. No obstante, se sigue concediendo atención especial y prioritaria a los casos de violencia doméstica y de malos tratos a los niños.

119.Esta unidad colabora con los asistentes sociales sanitarios y los funcionarios de la Dependencia de Servicios Sociales (del Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes). Las denuncias de presuntos malos tratos se suelen presentar directamente en la comisaría de policía más próxima como alternativa a su presentación a los asistentes sociales sanitarios. La policía se ocupa de las investigaciones y del procesamiento del presunto delincuente, mientras que los asistentes sociales sanitarios y la Dependencia de Servicios Sociales prestan servicios como, por ejemplo, orientación y alojamiento, a los menores y en algunos casos a sus familias. La Unidad contra la violencia doméstica y los malos tratos a los niños de la Real Policía de Brunei forma parte del Equipo de protección del niño, creado por el Ministerio de Salud. El Equipo de protección del niño del Ministerio de Salud se ocupa de las denuncias de malos tratos físicos y de lesiones no accidentales a los niños. La Unidad contra la violencia doméstica y los malos tratos a los niños también organiza conferencias sobre la prevención de la delincuencia, en concreto la delincuencia cuyas víctimas son los niños, lo que se pone en conocimiento del público mediante reuniones en las escuelas y colegios y en las asociaciones de vigilancia vecinal. Estas conferencias están destinadas a informar a la población de las medidas adecuadas que se deben tomar en los casos de delitos contra los niños.

Limitaciones

120.Los niños que son víctimas de malos tratos y las personas que los rodean (siempre familiares y vecinos) se resisten a denunciar los hechos cuando se producen y, probablemente, muchos de estos casos no se denuncian. Además de la policía, las denuncias se pueden presentar en muchos lugares, como, por ejemplo, los hospitales, la Dependencia de Servicios Sociales, y las escuelas. A menudo, estas instituciones son las que presentan oficialmente a la policía las denuncias de malos tratos a los niños en lugar de las propias víctimas o sus familias. Por consiguiente, estas instituciones tienen la responsabilidad y la carga añadida de estar más atentas a las señales de malos tratos y de emprender las actuaciones y las investigaciones necesarias.

121.A pesar de las orientaciones para los maestros, algunos maltratan a los alumnos. Sin embargo, estos incidentes son poco frecuentes. Cuando se producen, los padres tienen la posibilidad de denunciar los hechos a la policía. El Ministerio de Educación investiga posteriormente el asunto y toma las medidas apropiadas en función de la gravedad de los hechos.

V. ENTORNO FAMILIAR Y OTRO TIPO DE TUTELA

A. Responsabilidades de los padres

Contexto jurídico

122.De conformidad con el artículo 317 del Código Penal (cap. 22), los padres que abandonen a un hijo menor de 12 años serán sancionados con penas de hasta siete años de prisión, con multa o con ambas sanciones.

123.Con respecto a los ciudadanos que no sean musulmanes, en el párrafo 1 del artículo 4 del Decreto de emergencia sobre la mujer casada de 1999 se dispone que "tras el acto solemne del matrimonio, los cónyuges estarán obligados a cooperar mutuamente para salvaguardar los intereses de su unión y cuidar y mantener a los hijos".

Aplicación

124.Antes de casarse, las parejas de religión musulmana deben presentar una solicitud al Ministerio de Asuntos Religiosos para asistir a un curso prematrimonial. El curso se imparte a todas las parejas, independientemente de la edad, y la solicitud debe presentarse 45 días antes de la fecha de la boda. El Ministerio de Asuntos Religiosos se encarga de impartir el curso prematrimonial para los futuros esposos a fin de inculcarles la importancia del matrimonio y orientar a las parejas para que sean buenos esposos y esposas y, llegado el momento, padres responsables.

125.Los ciudadanos no musulmanes reciben también cursos y orientación prematrimonial, impartidos por dirigentes de su iglesia y comunidad, para que sean padres responsables.

126.El Ministerio de Asuntos Religiosos, la Dependencia de Servicios Sociales y las ONG organizan también de vez en cuando conferencias y seminarios sobre cuestiones relativas a la paternidad y la maternidad.

B. Separación de los hijos respecto de sus padres (artículo 9 de la Convención)

Contexto jurídico

127.En el caso de ciudadanos no musulmanes, la custodia de los niños se concede normalmente a la madre, y el padre mantiene el derecho de visita de sus hijos. En el Decreto de emergencia sobre la custodia de los menores de 1999 se recoge la legislación relativa a la custodia de los niños no musulmanes.

128.Para los ciudadanos musulmanes, la custodia de los hijos o hadanah en caso de disolución del matrimonio se rige por el Decreto de emergencia sobre la Ley de la familia islámica de 1999. Esta legislación es una codificación de la práctica actual, que es la siguiente: por lo que se refiere a un niño musulmán el Tribunal del Cadí decidirá de conformidad con la Hukum Syara quién tiene derecho a la custodia del niño. Para obtener la custodia se deben cumplir ciertas condiciones:

a)Ser musulmán;

b)Estar en pleno uso de las facultades mentales;

c)No padecer ninguna enfermedad de larga duración que impida cuidar del niño ni padecer enfermedades como la lepra, el vitíligo o el síndrome de inmunodeficiencia adquirida (SIDA), o ser portador del VIH o padecer alguna enfermedad venérea transmisible;

d)Tener una edad apta para dar al niño el cuidado, el amor y la afección que puede necesitar;

e)Tener una conducta correcta de acuerdo con la moral islámica; y

f)Vivir en un lugar en el que el niño no esté expuesto a riesgos morales o físicos.

129.Sin embargo, la prioridad se concede a la madre, que se considera que es la persona más indicada para ejercer la custodia de la hija que no sea mumaiz, bien durante la continuación del matrimonio o tras el divorcio. Si la madre vuelve a casarse con un hombre que no esté emparentado con la niña, con lo cual no puede contraer matrimonio con ella, la madre perderá la custodia pero volverá a obtenerla si se disuelve ese matrimonio.

130.En cualquier caso, si la madre pierde el derecho a la custodia ese derecho pasará a su familia inmediata según el siguiente orden de prioridad:

a)La abuela materna y los ascendientes;

b)La abuela paterna y los ascendientes;

c)La hermana de los mismos padres;

d)La hermana del mismo padre;

e)La hermana de la misma madre;

f)La tía materna de los mismos padres;

g)La tía materna del mismo padre;

h)La tía materna de la misma madre;

i)La hija de la hermana;

j)La hija del hermano;

k)La tía paterna; o

l)La tía del padre (la hermana del abuelo del niño).

Aplicación

131.En el caso desafortunado de que el niño no pueda vivir con los padres debido no ya a las circunstancias jurídicas antes mencionadas sino a la desaparición o fallecimiento del padre, de la madre o de ambos, la Dependencia de Servicios Sociales se encargará de la tutela del niño en un centro de bienestar social o de acuerdo con su programa de promoción de la familia. No obstante, se debe señalar que la tutela del niño se ejerce mejor bajo la supervisión de los padres o de sus familiares más cercanos. La participación de la Dependencia de Servicios Sociales se considera únicamente como el último recurso tras haber agotado todas las opciones.

132.El Departamento de Prisiones permite que los niños lactantes y de corta edad cuyos padres cumplan condena permanezcan con su madre. Los niños pueden también visitar a sus padres en la prisión.

133.En caso de que haya que separar al niño de sus padres porque no lo cuidan, lo maltratan o comenten abusos, el niño quedará, por decisión judicial, bajo tutela del Estado, es decir, de la Dependencia de los Servicios Sociales. Sin embargo, se considera que la familia es la institución más adecuada para ejercer la custodia del niño.

134.En 1995, los centros de bienestar social de la Dependencia de Servicios Sociales dieron cobijo a cuatro niños huérfanos y en 1996 acogieron a otros cuatro. Más tarde, esos niños quedaron bajo tutela de sus familiares más cercanos.

C. Reunificación familiar (artículo 10 de la Convención)

135.No hay legislación sobre la protección de los refugiados, pero en caso de que se encuentre a un niño refugiado el Gobierno dispondrá el regreso de ese niño con sus padres legítimos basándose en motivos humanitarios.

D. Recuperación de los gastos relacionados con los niños en casos de divorcio (artículo 27 de la Convención)

Contexto jurídico

136.En el capítulo III del Decreto de emergencia sobre la mujer casada de 1999 figuran las disposiciones aplicables a no musulmanes que rigen las reclamaciones para el mantenimiento de las esposas y los hijos. Las disposiciones pertinentes figuran en los artículos 19 a 29. En el párrafo 2 del artículo 19 se establece que "si una persona desatiende o se niega a mantener a su hijo, legítimo o ilegítimo, un tribunal de primera instancia podrá ordenar, basándose en pruebas adecuadas, que esa persona pague una pensión mensual o una cantidad global para el mantenimiento del niño".

137.Esta legislación obliga también a que una persona que haya aceptado a un niño que no sea su hijo como miembro de la familia mantenga a ese niño hasta que alcance la mayoría de edad. Además, cualquier gasto en el que haya incurrido una persona para mantener al niño podrá reclamarse como deuda al padre o la madre.

138.En la práctica, el juez de primera instancia hace constar en acta la demanda de la esposa o del niño y notifica a la persona interesada la fecha de la vista en la que el juez escuchará las alegaciones presentadas por las partes para determinar si existen pruebas suficientes para apoyar los cargos. Al determinar esas pruebas, el juez evaluará normalmente los medios de que dispone la persona para determinar la cantidad que se deba pagar y dictar una orden al respecto.

139.En el artículo 336 se establece que "Si una persona incumple sin causa suficientemente justificada esa orden, el juez podrá mandar que por cada incumplimiento de la orden se cobre la cantidad debida en la manera prevista por la ley para el cobro de multas impuestas por los jueces la primera instancia, o condenar a esa persona a penas de cárcel de un mes por cada mes de pensión que no haya pagado".

140.En los casos en los que se haya dejado de pagar la pensión, se emite generalmente una orden judicial de detención a fin de que se lleve ante los tribunales a esa persona y pueda explicar el motivo del incumplimiento del mandamiento judicial. Normalmente se lleva a cabo otra evaluación de los bienes de manera que el juez tenga la opción de modificar la orden existente o dictar otras órdenes en relación con la cantidad impagada.

141.Las disposiciones relativas a la pensión de mantenimiento se rigen actualmente para los musulmanes por la parte VII de la Ley del Consejo Religioso y el Tribunal del Cadí (cap. 77), que se aplica únicamente a las reclamaciones efectuadas por un musulmán contra otro musulmán.

142.En el párrafo 1 del artículo 159 se establece que un menor, personalmente o mediante un representante, podrá solicitar que un tribunal del Cadí, tal como se prevé en el artículo 83, dicte una orden contra su padre legítimo o contra cualquier otra persona responsable, de conformidad con el derecho islámico, en relación con el pago periódico de una cantidad en concepto de mantenimiento a la que el menor pueda pretender con arreglo al derecho islámico.

143.Además, en el artículo 161 se establece que "Si una persona desatiende o se niega a mantener a un hijo ilegítimo que no pueda mantenerse por sí mismo, un tribunal del Cadí, basándose en las pruebas presentadas, podrá ordenar que esa persona pague una pensión mensual que ascienda a la cantidad que el tribunal considere razonable".

144.De conformidad con lo anterior, si la reclamación se efectúa contra el padre putativo, se presentará ante un tribunal de primera instancia que podrá obligar a esa persona a pagar la pensión mensual que el tribunal considere razonable y que no exceda de 500 dólares de Brunei.

145.La práctica para el cumplimiento de una orden dictada por los tribunales del Cadí es la misma que la mencionada anteriormente. Sin embargo, la competencia de los tribunales de primera instancia se limita al cumplimiento de la orden y el juez no tiene competencia para modificar la orden original dictada por un Cadí, de manera que las partes deben remitir la cuestión al Cadí si quieren efectuar alguna modificación.

E. Los niños privados de un entorno familiar (artículo 20 de la Convención)

Contexto jurídico

146.La Ley del Consejo Religioso y del Tribunal del Cadí (cap. 77) rige las cuestiones relativas a la tutela de los niños musulmanes. El Tribunal del Cadí Principal tiene jurisdicción para entender y adoptar todas las medidas y procedimientos relativos a la tutela de los niños.

147.Por otro lado, las cuestiones relacionadas con la tutela de los niños no musulmanes se rigen por el Decreto de emergencia (sobre la custodia de niños pequeños) de 1999.

Aplicación

148.En Brunei Darussalam el sistema de familia extensa y la inculcación del concepto de sociedad protectora, además del carácter bondadoso de sus ciudadanos, ha creado un entorno más agradable para los niños, dado que las familias se ocupan siempre de ellos. Los 2.000 huérfanos (niños menores de 18 años sin padres) registrados en la Dependencia de Servicios Sociales están bajo tutela de sus familiares más cercanos. No hay orfanatos en Brunei Darussalam.

149.La Dependencia de Servicios Sociales presta asistencia económica a los huérfanos menores de 18 años. La actitud humanitaria de la sociedad de Brunei ha aliviado la carga económica de los niños huérfanos. Además de la asistencia económica que presta el Gobierno, existen otros organismos u órganos que ayudan económicamente a los huérfanos. Organismos como el Baitul mal del Consejo Religioso Islámico y la Fundación Sultan Haji Hassanal Bolkiah tienen programas especiales de asistencia económica para ayudar a los huérfanos. Además, la Dependencia de Servicios Sociales recauda también las cantidades donadas por los ciudadanos con el mismo fin. Con este mismo objetivo se han creado fondos a nivel de distrito en los cuatro distritos.

150.Las ONG realizan también diferentes actividades recaudatorias para hacer donaciones a los huérfanos y a las personas necesitadas, especialmente durante el mes de ayuno y los períodos festivos.

151.La Dependencia de Servicios Sociales actúa siempre como red de seguridad, dependiendo de las circunstancias del niño, en caso de que las otras posibilidades no se puedan utilizar. Se puede resumir fácilmente que a los niños nunca les falta ayuda y que siempre hay familias dispuestas a ayudar a los niños necesitados de un entorno familiar.

152.El centro de bienestar social llamado Taman Noor Hidayah, administrado por la Dependencia de Servicios Sociales, proporciona de manera temporal otro tipo de tutela y protección a niños maltratados o desatendidos. Presta también servicios de rehabilitación para niños delincuentes, sobre todo a niñas. En el centro se imparten cursos de capacitación, de disciplina y de enseñanza religiosa y se prestan servicios de asesoramiento. Durante el día los niños asisten a escuelas normales o de formación profesional. Los niños rehabilitados regresan a sus familias una vez que se considera que están preparados para dejar el centro.

F. La adopción (artículo 21 de la Convención)

Contexto jurídico

153.En Brunei Darussalam la adopción de niños se rige por el Decreto islámico sobre la adopción de niños de 2001 (para los musulmanes) y el Decreto sobre la adopción de niños de 2001 (para los no musulmanes). Los registradores de la adopción inscriben las adopciones en un registro, según se establece en la Ley de registro de la adopción (cap. 123).

154.El Decreto islámico sobre la adopción de niños de 2001 se aplica cuando al menos una de las partes en la solicitud de adopción profesa la religión islámica. Un juez syar'ie de los tribunales de la sharia islámica (Ley cherámica) emite la autorización de adopción. Antes de autorizar la adopción se debe cumplir lo establecido en la syar'ie en el sentido de que la adopción se realiza en el interés superior (maslahah) del niño, teniendo en cuenta la voluntad de los padres, en su caso, o del tutor o de la persona responsable del mantenimiento del niño, así como la voluntad del niño si por su edad puede expresar su propia opinión. No se autorizará la adopción cuando una persona no musulmana solicita la adopción de un niño cuyo padre, madre o ambos sean musulmanes, o si los padres son desconocidos. La adopción únicamente se autorizará si existe el consentimiento de los padres, en su caso, o del tutor o de la persona responsable del mantenimiento del niño. No obstante, el juez syar'ie puede prescindir de ese consentimiento si la persona cuyo consentimiento se requiere ha abandonado, desatendido o infligido persistentemente malos tratos al niño, ha desatendido o se ha negado persistentemente a mantenerlo o si no está capacitado para cuidar del niño por motivos de incapacidad física o psíquica y hay muchas posibilidades de que esa incapacidad se mantenga durante un período indefinido.

155.Sin embargo, no se autorizará la adopción en los casos en que un hombre solicite la adopción de una niña, o una mujer la de un niño, a menos que los solicitantes y el niño tengan relaciones de nasab (relaciones de ascendencia basadas en lazos consanguíneos legítimos), en cuyo caso es ilegítimo (haram) que contraigan matrimonio. Se considerará musulmán al niño no musulmán adoptado por un musulmán. La adopción no perjudicará los derechos de herencia que le correspondan al niño respecto de sus padres naturales. No obstante, el adoptante puede transferir mientras viva sus bienes inmobiliarios al niño adoptado, cederle sus bienes muebles en concepto de donación y cederle sus bienes de todas clases mediante un testamento en el que no se incluya más de un tercio del total de sus pertenencias.

156.El Decreto sobre la adopción de niños de 2001 no se aplica a las personas que profesen la religión islámica. El Tribunal Superior de Brunei Darussalam emite las autorizaciones de adopción. No se autorizará la adopción en los casos en que el único solicitante sea un hombre y la solicitud de adopción se refiera a una niña, a menos que el Tribunal determine que concurren circunstancias especiales que justifican la autorización. Al igual que en el Decreto islámico sobre la adopción de niños de 2001, se precisará el consentimiento de las personas pertinentes, aunque el Tribunal puede prescindir de dicho consentimiento en las mismas circunstancias previstas en el decreto islámico citado. No se autorizará la adopción si el niño es de padres desconocidos, y se considerará que ese niño es musulmán a menos que se demuestre lo contrario. Antes de emitir una autorización de adopción, el Tribunal deberá determinar que:

a)Toda persona cuyo consentimiento se precisa para la autorización y de cuyo consentimiento no se pueda prescindir ha dado ese consentimiento y comprende el carácter y las consecuencias de la autorización de adopción y, en el caso de los padres en particular, comprende que las consecuencias de la autorización de adopción les privarán de sus derechos sobre el niño;

b)La autorización se emitirá teniendo en cuenta el bienestar del niño, prestando atención a este respecto a la voluntad del menor y teniendo en consideración su edad y entendimiento; y

c)El solicitante no ha recibido ni ha acordado recibir, y ninguna persona ha efectuado o acordado efectuar al solicitante, ningún pago u otro tipo de recompensa por la adopción, excepto los que el Tribunal pueda aprobar.

157.Al emitir la autorización de adopción, los padres o tutores del niño adoptado perderán todos los derechos, obligaciones y responsabilidades en relación con la tutela, el mantenimiento y la educación del menor en el futuro y esos derechos serán conferidos y jurídicamente exigibles al adoptante, y ejercidos por él. En los casos en que un adoptante o el niño adoptado muera sin que se haya hecho testamento válido en relación con cualquier tipo de bienes, éstos se transmitirán a todos los efectos como si el niño adoptado fuera el hijo del adoptante nacido de un matrimonio legalmente sancionado. Del mismo modo, en todo enajenamiento de cualquier propiedad efectuado después de la fecha de la autorización de adopción, toda referencia al hijo o hijos del adoptante se hará de manera que incluya una referencia al niño adoptado, a menos que se muestre intención de lo contrario.

Aplicación

158.El Departamento de Inmigración y Registro Nacional es el organismo gubernamental que se encarga del registro de las adopciones en el país. En los distritos respectivos se designan altos funcionarios del Registro Nacional que se ocupan de la recepción de las solicitudes de adopción de los diferentes distritos.

159.La División de Promoción de la Familia de la Dependencia de Servicios Sociales presta asistencia a las autoridades encargadas de la inmigración para preparar el estudio informativo sobre el hogar de acogida. El informe social realizado por la Dependencia de Servicios Sociales desempeña una función importante a la hora de determinar si la solicitud reúne las condiciones requeridas. La principal responsabilidad de los asistentes sociales consiste en comprobar que se asigna al niño la familia que más le conviene y un entorno familiar favorable, además de comprobar que los ingresos de las familias adoptantes son sólidos y estables.

160.El Comité de Evaluación de las Solicitudes de Adopción de Niños Abandonados se creó para evaluar y tramitar las adopciones de los niños de muy corta edad abandonados. El Comité, que está formado por representantes de varios departamentos gubernamentales pertinentes, evalúa la idoneidad de los solicitantes y prepara las recomendaciones que procedan. Las recomendaciones del Comité y la solicitud se presentarán al Tribunal Superior, que examinará la solicitud antes de autorizar el registro de esa adopción.

161.La Dependencia de Servicios Sociales facilita que los residentes temporales en Brunei Darussalam adopten niños al preparar el estudio informativo sobre el hogar de acogida tal como requieren los organismos pertinentes de países extranjeros.

162.En 1999 se registraron cuatro casos de niños de muy corta edad abandonados (véase el anexo A). En Brunei Darussalam se considera que esos niños son musulmanes de acuerdo con el edicto religioso o fatwa en el que se establece que los niños de muy corta edad abandonados, de padre o madre desconocidos, encontrados en un territorio de población musulmana o en un territorio de población no musulmana en el que haya población musulmana, se considerará que son niños de religión musulmana a los que los no musulmanes no pueden adoptar. Un niño abandonado no puede utilizar el nombre de su padre adoptivo sino que, normalmente, recibirá el nombre de "Abdullah" u otro nombre como "Abdul Rahim". Esos nombres provienen de "Asma Ul Husna", los 99 nombres de Alá.

163.Entre las limitaciones que se plantean figura el tiempo que se precisa para registrar una adopción, dado que muchos organismos participan en ese proceso a fin de efectuar una evaluación minuciosa y, al igual que en las adopciones normales, se incluye un período de prueba.

164.En los casos de adopción de niños abandonados se precisa un cierto período de tiempo para llevar a cabo una investigación minuciosa con el fin de localizar a la madre natural, así como para que se creen vínculos afectivos entre los padres adoptivos y el niño.

G. Traslados ilícitos y retención ilícita de niños

Contexto jurídico

165.En el Código Penal (cap. 22) se recoge el delito de secuestro y rapto, que podrá ser castigado con penas de prisión de hasta diez años y multa.

166.En el párrafo 1 del artículo 4 de la Ley de protección de mujeres y niñas (cap. 120) se dispone que el delito de trata de niñas puede ser castigado con penas de hasta cinco años de prisión y multa que puede ascender a 20.000 dólares de Brunei.

167.En el artículo 33 de la parte VIII del Decreto sobre la infancia de 2000 se considera delito la participación de una persona en cualquier tipo de transacción cuyo objeto o uno de sus objetos sea transferir o conferir la posesión, custodia o control total, parcial, temporal o permanente de un niño a título oneroso. El artículo 34 considera delito la importación o la ayuda para importar un niño en Brunei Darussalam mediante pretensión o representación falsas o medios fraudulentos o engañosos. Estos delitos están castigados con penas de prisión de hasta siete años y diez azotes, multa de hasta 20.000 dólares de Brunei, o ambas penas.

Aplicación

168.Los casos de traslado ilícito y de retención ilícita de niños son muy poco frecuentes. No obstante, en caso de que se produzcan, los niños serán devueltos a sus familias respectivas.

H. Maltrato y descuido de los niños incluidas su recuperación física y psicológica y su reintegración social

Contexto jurídico

169.El Decreto sobre la infancia de 2000 es una ley en la que se prevé la tutela y protección de los niños. De conformidad con este decreto se considera que un niño necesita protección cuando:

a)El niño ha sufrido, o se encuentra en riesgo sustancial de sufrir, daños físicos o emocionales o abusos sexuales por parte de su tutor;

b)El niño ha sufrido, o se encuentra en riesgo sustancial de sufrir, daños físicos o emocionales o abusos sexuales, y su tutor, consciente de esos daños, abusos o riesgo, no ha protegido o es poco probable que proteja al niño de esos daños o abusos;

c)El tutor del niño no está en condiciones, ha descuidado o es incapaz de ejercer una vigilancia y control adecuados del niño y éste frecuenta malas compañías, está expuesto a sufrir daños morales o no puede ser controlado por su tutor;

d)El tutor no ha cuidado al niño o no está dispuesto a proporcionarle la atención, alimento, vestimenta y protección adecuados;

e)El niño no tiene tutor o ha sido abandonado por su tutor, al que no se puede localizar tras realizar las investigaciones oportunas, y no existe otra persona adecuada que esté dispuesta y sea capaz de ejercer la tutela del niño;

f)El niño precisa someterse a exámenes, análisis o tratamientos médicos para restablecer o preservar su salud y su tutor no atiende esa necesidad o se niega a que se someta a dichos exámenes, análisis o tratamientos;

g)El niño tiene un comportamiento que le perjudica, o que puede ser perjudicial, para él o para cualquier otra persona, y su tutor es incapaz o no está dispuesto a adoptar las medidas necesarias para poner remedio a la situación, o las medidas adoptadas por el tutor no dan resultado;

h)Las relaciones entre el niño y su tutor o entre los tutores del niño son tan conflictivas que los vínculos familiares están gravemente deteriorados y, por lo tanto, causan daños emocionales al niño;

i)El niño ha sido o se considera que ha sido víctima de cualquiera de los delitos mencionados en el Código Penal (cap. 22) o de cualquier delito de las características descritas en el decreto, y su tutor es la persona que ha cometido o que se considera que ha cometido ese delito, o no ha protegido al niño o es poco probable que lo proteja;

j)El niño es:

i)miembro de la misma familia que el niño de la situación mencionada en el apartado i) anterior, o

ii)miembro de la misma familia de una persona que ha sido condenada por cualquiera de los delitos a los que se hace referencia en el apartado i), y parece encontrarse en peligro de que se cometa con él o en relación con él un delito similar y su tutor es la persona que ha cometido o se considera que ha cometido el delito, o es incapaz o no está en disposición de proteger al niño; o

k)El niño se dedica a la mendicidad.

170.De acuerdo con el decreto, se designarán protectores y un registrador de niños que necesitan protección para llevar a cabo las funciones previstas en el decreto. Se creará también un equipo de acción sobre malos tratos a los niños que coordine en el plano local servicios para las familias y los niños en los casos en que se considere que estos últimos necesitan protección. El decreto autoriza a todo protector o funcionario de policía a acoger temporalmente bajo custodia a un niño si estima que existen motivos razonables para considerar que ese niño necesita protección, y a buscar un lugar seguro para el niño o acudir a un funcionario médico si estima que el niño debe ser sometido a un examen médico.

171.El decreto obliga también a los médicos titulados, incluyendo a los funcionarios médicos, a notificar inmediatamente a un protector o a un funcionario de policía las situaciones en las que considere que existen motivos razonables para creer que el niño que está examinando o tratando sufre daños físicos o emocionales debido a malos tratos, desatención, abandono o desprotección.

172.Además, en el apartado 1 del artículo 26 del decreto se considera delito los malos tratos, la agresión, la desatención, el abandono o la desprotección de un niño o permitir que se cometan esos actos. Los delitos estipulados en esta sección están castigados con penas de hasta siete años de prisión y azotes, multa de hasta 20.000 dólares de Brunei, o ambas. Está también prohibido utilizar a los niños para la mendicidad o para la realización de cualquier actividad ilegal que perjudique su salud o bienestar. Ese tipo de delitos está castigado con penas de hasta cinco años de prisión y azotes, multa que puede ascender a 10.000 dólares de Brunei, o ambas.

173.En el decreto se estipula que el interés superior del niño será siempre la consideración primordial en cualquier cuestión que surja en cualquier circunstancia particular relacionada con el bienestar del niño.

174.Las disposiciones del Código Penal (cap. 22) se pueden aplicar también en casos de malos tratos. Las disposiciones pertinentes figuran en el capítulo XVI del Código, relativo a los delitos contra las personas, a saber: homicidio (arts. 299 a 304), suicidio (art. 305), actos que provoquen la interrupción del embarazo, daños al feto, abandono de recién nacidos y ocultación de nacimiento (arts. 312 a 318), actos que causen daño y lesiones graves (arts. 319 a 326), empleo de violencia criminal y agresión (arts. 349 a 358), y violación, delitos contra natura e incesto (arts. 375 a 377A).

175.Los delitos relacionados con el abuso sexual se recogen en la Ley de protección de mujeres y niñas (cap. 120) y en el Código Penal (cap. 22). En este último se estipulan los delitos de violación y de relaciones sexuales con menores, que están castigados con penas de hasta 30 años de prisión y no menos de 12 bastonazos, dependiendo de la gravedad del delito. En el Código figuran también disposiciones relativas al delito de "atentado contra el pudor", que está castigado con una pena máxima de 5 años de prisión y azotes. Figuran asimismo otras disposiciones relativas a los delitos de secuestro o rapto de un niño con fines de prostitución, que están castigados con penas de hasta 10 años de prisión. La Ley sobre la relación carnal ilícita (cap. 29) prohíbe que se mantenga relación carnal con una niña menor de 16 años, delito que está castigado con penas de entre 2 y 7 años de prisión y hasta 24 azotes si el autor es adulto, o 12 si el autor del delito es un joven.

176.Por lo que se refiere al abuso sexual, en el artículo 354 del Código Penal figuran las disposiciones pertinentes relativas al atentado contra el pudor y en el artículo 375 las relativas a violación y relaciones sexuales con menores. Las disposiciones del artículo 2 de la Ley sobre la relación carnal ilícita (cap. 29) se aplican también a los delitos de relaciones sexuales mantenidas con una niña menor de 16 años. Algunos de estos casos se tipifican inicialmente como violación, aunque una vez que se han establecido los hechos los cargos imputados se pueden modificar según dispongan los fiscales adjuntos o el Tribunal. Las condenas previstas para estos delitos son de un máximo de 30 años de prisión y no menos de 12 bastonazos y, en el caso de atentado contra el pudor, un máximo de 5 años de prisión y azotes.

177.Independientemente de las personas que tienen derecho a la tutela, un tribunal del Cadí puede decidir no conceder la tutela de un niño a una persona determinada de entre las que tengan derecho a la custodia. En caso de que se produzca una situación confusa que pueda desaconsejar conceder la tutela del niño a alguna de las personas que tengan derecho, el Tribunal del Cadí puede decidir que el niño quede bajo la tutela de una institución que preste servicios de atención infantil o conceder la tutela a otra persona adecuada. La consideración primordial que tendrá en cuenta el Tribunal del Cadí será el bienestar del niño, así como la opinión de los padres y la opinión del niño en caso de que éste tenga la edad de mumaiz (capaz de diferenciar entre el bien y el mal) o pueda expresar su propia opinión.

Aplicación

178.La Real Policía de Brunei creó en 1997 una dependencia especial, llamada Unidad contra la violencia doméstica y los malos tratos a los niños. Esta unidad se incluyó en la Unidad contra el vicio en 1999. Su principal función es proteger a las mujeres y a los niños de la violencia doméstica, ya sea física o psíquica, y su labor incluye también casos de daños o abuso, desatención, malos tratos, explotación y abusos sexuales.

179.Esta unidad colabora estrechamente con los asistentes medicosociales y con la Dependencia de Servicios Sociales. Cualquier sospecha de malos tratos se comunica generalmente a la comisaría más cercana. La Unidad contra la violencia doméstica y los malos tratos a los niños se ocupa de las cuestiones relacionadas con el proceso penal de los supuestos autores, mientras que los asistentes medicosociales y la Dependencia de Servicios Sociales procuran protección a las víctimas.

180.La policía y los hospitales han informado de casos de malos tratos a niños (véase el anexo II). Por consiguiente, existen varias sentencias condenatorias para delitos previstos en el Decreto sobre la infancia de 2000 (véase el anexo II).

181.Si fracasan todos los esfuerzos para encontrar un amparo adecuado en la familia, los niños maltratados quedan bajo la protección de un centro de acogida (véase el anexo III). Ese centro de acogida se encuentra bajo la supervisión de la Dependencia de Servicios Sociales del Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes. En el centro de acogida se imparte a los niños cursos de religión islámica y de capacitación profesional, se prestan servicios de asesoramiento y los niños asisten a escuelas normales.

182.La Dependencia de Servicios Sociales dispone de dos líneas de teléfono que funcionan durante las horas de oficina para que los ciudadanos puedan solicitar información o informar de casos de malos tratos a los niños y de desatención, así como sobre cualquier otro tipo de problemas sociales.

183.En el plano nacional existe un equipo de acción sobre malos tratos a los niños que determina las medidas que se deben adoptar para tratar esos casos de malos tratos. Este equipo está presidido por el Secretario Permanente del Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes. El Hospital Raja Isteri Pengiran Anak Saleha creó un equipo de acción sobre malos tratos a los niños para determinar los casos en que las lesiones de los niños que acuden al hospital no se han producido de manera accidental.

184.Entre los problemas que se plantean figuran los siguientes:

-la persistencia de casos de desatención y malos tratos de los que no se informa a las autoridades debido al descrédito social que suponen y a las posibles consecuencias jurídicas;

-la inexistencia de un programa de rehabilitación de los autores de malos tratos a los niños; y

-la falta de reconocimiento de la existencia de malos tratos, lo que requiere una mayor sensibilización de la población.

VI. SALUD BÁSICA Y BIENESTAR

A. Supervivencia y desarrollo

Contexto jurídico

185.La Ley de cuarentena y prevención de enfermedades establece que los padres de todos los niños nacidos en Brunei y de todos los niños no nacidos en Brunei pero residentes en el país, en el plazo de seis meses a contar desde su nacimiento y de seis meses a contar desde su llegada a Brunei, respectivamente, llevarán al niño al servicio público de vacunación del distrito. Si no lo hacen, se les impondrá una multa de 50 dólares de Brunei y el tribunal ordenará la vacunación dentro de un determinado plazo. Si no se cumple esta orden, el padre o la madre tendrá que pagar una multa de 100 dólares de Brunei y (por cada día transcurrido) una multa de 10 dólares.

186.La indicada ley también establece que el padre o la madre o cualquier persona que posea la custodia en Brunei de un niño que haya cumplido la edad de 7 años deberá, en el plazo de seis meses posteriores a la fecha en que el niño haya cumplido esa edad, llevarlo a un centro público de vacunación o a un médico para su examen (artículo 39 de la ley). Si el vacunador público o el facultativo médico opina que el niño: a) no ha sido vacunado adecuadamente en los 12 meses anteriores, revacunará al niño; b) no ha sido vacunado específicamente en los 12 meses anteriores, vacunará inmediatamente al niño; y c) ha sido vacunado adecuadamente en los 12 meses anteriores, determinará cuándo tenga que revacunarse. Así se hará con la condición de que ningún niño que haya sido revacunado adecuadamente en dos ocasiones antes de cumplir 10 años de edad vuelva a ser revacunado, excepto cuando se establezca expresamente (artículo 39 de la ley).

187.Asimismo, la ley considera delito vacunar o tratar de vacunar a un niño con varias sustancias o producirle o tratar de producirle la enfermedad de la viruela. Cuando así ocurra, se impondrá una multa de 1.000 dólares de Brunei y pena de seis meses de prisión (artículo 49 de la ley).

188.El padre, la madre o la persona que tenga la custodia de algún alumno no vacunado que asista a una escuela pública deberá vacunarlo. Se considera delito no hacerlo, por lo que se impondrá una multa de 100 dólares de Brunei y el alumno no será admitido en ninguna escuela pública hasta que haya sido vacunado.

189.La Ley del trabajo también establece las condiciones de empleo de los menores para garantizar que el empleo no les perjudique en su desarrollo. Está prohibido que los niños trabajen en buques, excepto en los designados por el Comisionado como buques escuela o de capacitación. El empleo de un niño o un joven en un buque exige la presentación de un certificado médico que reconozca su aptitud para trabajar. El empleo permanente en el mar exigirá la presentación periódica de ese examen médico, a intervalos no superiores al año.

Aplicación

Condiciones generales de salud

190.Al aumentar la concienciación pública respecto de las cuestiones de salud y el privilegio de una buena situación económica, Brunei Darussalam continúa avanzando en el camino de mejores condiciones de salud.

191.Brunei Darussalam ha hecho suya la Declaración de Alma Ata de Salud para Todos en el Año 2000 y ha aprobado la atención primaria de salud como estrategia fundamental para alcanzar la meta fijada en la indicada Declaración.

Cuadro 1

Indicadores globales evaluados en lo que respecta al año 1998 para alcanzar los objetivos de la OMS

1.Esperanza de vida al nacer (año 1994‑1996)(Objetivo: > 60 años)

MasculinaFemenina

75,4 años

77,7 años

2.Tasa de alfabetización, en porcentaje (a la edad de 9 o más años) (año 1991)(Objetivo: > 70%)

MasculinaFemenina

93,7

84,7

3.Tasa de mortalidad infantil por cada 1.000 nacidos vivos(Objetivo: < 50)

6,5

4.Tasa de mortalidad de los menores de 5 años por cada 1.000 nacidos vivos(Objetivo: < 70)

8,5

5.Tasa de mortalidad materna por cada 100.000 nacidos vivos(Objetivo: < 100)

40,2

6.Porcentaje de recién nacidos que pesen por lo menos 2.500 g al nacer(Objetivo: > 90%)

89,6

7.Porcentaje de niños cuyo peso es aceptable teniendo en cuenta su edad(Objetivo: 90%)

90,8

8.Porcentaje de niños cuyo peso es aceptable teniendo en cuenta su altura(Objetivo: > 90%)

88,3

9.Porcentaje de partos en los que ha intervenido personal de salud capacitado(Objetivo: > 95%)

99,0

10.PIB per cápita a precios corrientes (B$)(Objetivo: 500 dólares de los EE.UU.)

25.100

192.La tasa de mortalidad de los recién nacidos ha disminuido regularmente hasta alcanzar en 1998 la cifra de 6,5 por cada 1.000 nacidos vivos. Esta cifra incluye los recién nacidos prematuramente en gestaciones de hasta 24 semanas. Del mismo modo, la tasa de mortalidad infantil también ha disminuido y permanece por debajo de 0,5 por cada 1.000 niños de 1 a 4 años (1998).

193.Las estadísticas pediátricas vitales desde 1978 que indican las tendencias quinquenales y de los siete últimos años (1992‑1998) son las que figuran en el cuadro que se adjunta (véase el anexo IV). Esta cifras son comparables a las de otras naciones avanzadas.

194.La mayoría de las embarazadas prefieren dar a luz en los hospitales. De un total de 7.457 nacidos vivos en 1998, el 96,8% nació en hospitales. La tasa de mortalidad materna fue de 0,4 por cada 1.000 nacidos vivos (1998). También esta cifra continúa siendo baja.

B. Enfermedades transmisibles perjudiciales

Aplicación

195.La tasa de vacunación infantil supera el 95% y Brunei Darussalam se encuentra exento de todas las enfermedades transmisibles importantes. Sin embargo, existen pequeños brotes periódicos de enfermedades transmisibles menores, por ejemplo, varicela, sarampión, rubéola y paperas. Todas ellas son objeto de vigilancia.

196.Aunque no existen casos de malaria o paludismo en la población local, se han detectado de vez en cuando algunos casos importados, entre los trabajadores migrantes de otros países. También se efectúa una vigilancia estricta de los casos de parálisis fláccida aguda, como parte del proceso para declarar el país libre de poliomielitis.

C. Agua y saneamiento

197.El 99% de la población tiene acceso a agua potable. El 1% restante, que vive en las zonas remotas, depende del agua de lluvia o de los ríos, que se somete a purificación. La mayor parte de la población dispone de agua fluorada.

198.Todas las personas que viven en zonas urbanas disponen de instalaciones de alcantarillado con fosas sépticas. Se están realizando estudios para mejorar el saneamiento en las zonas remotas.

D. Niños discapacitados

Niños con necesidades especiales

199.Dado que una tercera parte de la población tiene menos de 15 años de edad, los servicios de atención de salud dan prioridad a este grupo de población joven, en especial en lo que respecta a la prevención de discapacidades mediante una atención prenatal y postnatal óptima.

200.Todos los niños con discapacidades, tanto mentales como físicas, se detectan lo más pronto posible para que pueda producirse una pronta intervención.

201.Existen pediatras para prestar asistencia en los partos de naturaleza peligrosa. En la actualidad, gracias a una tecnología médica más avanzada y mejores disposiciones médicas y de atención de salud, sobreviven más niños prematuros gracias a la atención neonatal intensiva. Se hace lo posible para fomentar la supervivencia sin discapacidades. Se efectúa el seguimiento de los niños que presentan riesgos.

202.Desde el principio, un pediatra experimentado aconseja a los padres, con el fin de prestarles apoyo y ayudarles a atender las necesidades especiales del niño y planear la gestión futura.

203.Todo niño al que se le haya diagnosticado una discapacidad específica de aprendizaje o de carácter físico (motriz, visual, auditiva, de la palabra), incluidos algunos niños cuya discapacidad sólo puede observarse con posterioridad en el curso de su desarrollo, será evaluado plenamente para determinar sus necesidades especiales y recibir una pronta estimulación y atención duradera con asistencia adecuada con cargo a los recursos disponibles.

204.El equipo multidisciplinario para niños con necesidades especiales se reúne para examinar la gestión de casos individuales y planear programas para esos niños, incluidas la rehabilitación, terapéuticas específicas y otros servicios con miras a su pronta estimulación. Estas terapéuticas son las siguientes:

-Terapéutica de la palabra;

-Fisioterapia;

-Ayudas auditivas (se dispone actualmente de implantes cloqueares);

-Enseñanza para niños con disminución auditiva;

-Escuelas especiales para niños con discapacidad visual. Los que tienen una discapacidad parcial reciben enseñanza en escuelas especiales en el país, y en los casos más graves se los envía a escuelas especiales en el extranjero;

-Servicios ortopédicos, por ejemplo, zapatos especiales, aparatos ortopédicos, miembros artificiales y armazones para ayudar a caminar y facilitar la movilidad;

-Cirugía menor, por ejemplo, liberación de tendones;

-Cirugía mayor, por ejemplo, reducción de caderas descoyuntadas, inserción de derivaciones para aliviar la hidrocefalia;

-Consejos de dietética y nutrición para los niños con problemas para tragar o comer; y

-Tratamiento médico específico, por ejemplo, para la epilepsia, el asma, las infecciones y las úlceras de decúbito.

205.A estos niños no se los discrimina por razón de su discapacidad. Se les somete a todas las intervenciones médicas o quirúrgicas necesarias para mejorar su calidad de vida. Por ejemplo, en algunos casos niños con síndrome de Down complicado con una cardiopatía congénita han sido operados en el extranjero con cargo al Gobierno de Brunei, para que puedan vivir con mejor calidad de vida.

206.El Comité Nacional Consultivo y de Coordinación para los Niños con Necesidades Especiales es un comité multidisciplinario que se centra en la educación de los niños con esas necesidades. Se establecen planes para proporcionar guarderías o programas preescolares a tiempo completo, incluidas las prontas intervenciones necesarias para preparar a estos niños con necesidades especiales para que empiecen a asistir a la escuela a la edad de aproximadamente 5 años.

207.La Dependencia de Servicios Sociales ha establecido centros para los niños discapacitados, principalmente clases de orientación de esos niños con el fin de proporcionarles conocimientos sociales prácticos así como educación básica. En todo el país existen centros de esta clase. La ONG KANCA participa activamente en las actividades sociales y de bienestar de esos niños con necesidades especiales.

E. Las condiciones de salud y los niños de Brunei

208.Se da importancia y prioridad en la atención de salud, lo que incluye la promoción, prevención y servicios curativos y de apoyo, a las necesidades de esta categoría de niños de corta edad.

209.El sistema de atención de salud es eficiente. Consta de cuatro hospitales públicos y dos privados, con una capacidad total de aproximadamente 1.000 camas. Existe un oficial público en cada distrito. El Hospital Raja Isteri Pengiran Anak Saleha de la capital es el principal hospital de referencia. Los pacientes son transportados en barco, automóvil, ambulancia o helicóptero.

210.Además de los servicios prestados en los hospitales, existen servicios ambulatorios comunitarios así como servicios de atención de la salud de la madre y el niño en todo el país compuestos por:

-1 centro de exámenes médicos;

-3 centros de salud con instalaciones de policlínica;

-13 clínicas;

-14 clínicas de salud maternoinfantil que proporcionan atención prenatal y postnatal a las madres y atención de salud a los niños;

-15 clínicas móviles equipadas con servicios de dispensario;

-6 equipos médicos volantes.

211.En estos centros de salud y clínicas, así como en las escuelas, existen servicios de odontología infantil.

212.Un número importante de parteras comunitarias está asignado a cada zona concreta. Estas parteras atenderán y ayudarán a las pocas madres que opten por dar a luz en su casa y supervisarán el período postparto, lo que incluye alentar el amamantamiento materno y garantizar que el niño sea controlado periódicamente por un pediatra. No existe una política oficial de planificación de la familia pero se alienta el espaciamiento de los nacimientos. También existen muchos médicos privados.

213.El Equipo Médico Volante efectúa visitas regularmente por medio de helicópteros, proporcionando servicios médicos en las aldeas remotas, donde es más difícil acceder a la atención de salud. Sin embargo, la accesibilidad a los servicios es en general buena, ya que el 90% de la población vive en la zona costera servida por un adecuado sistema de carreteras.

214.Hay en total 344 médicos (1998) en todo el país, lo que supone una proporción de 1 por cada 939 habitantes.

215.Los servicios de laboratorio corren a cargo del Laboratorio Estatal del Hospital RIPAS, el laboratorio de servicios científicos y los laboratorios de cada hospital de distrito y los centros de salud.

F. Nutrición

216.De enero a junio de 1995 se efectuó una encuesta sobre la nutrición de las mujeres embarazadas y los niños de menos de 5 años de edad, con una muestra de 817 y 1.137, respectivamente. Los resultados indican que el 38,9% de las embarazadas padecía anemia con menos de 11 g/dl de hemoglobina. En lo que respecta a los niños de menos de 5 años, no había casos graves de malnutrición por falta de proteínas y calorías, pero el 3,6% de los encuestados registraba dos desviaciones estándar por debajo de la media y el 9,1% resultó obeso con un peso superior a dos desviaciones estándar por encima de la media.

217.Se llevó a cabo otra encuesta pormenorizada sobre nutrición en la que participaron familias a lo largo de un año y que se terminó recientemente. Esta encuesta proporcionará más información para planear los programas futuros en materia de nutrición.

G. Disposiciones en materia de salud para los niños en situación desventajosa

Contexto jurídico

218.Desde marzo de 1987 el SIDA es una enfermedad de declaración obligatoria en virtud de la Ley de cuarentena y prevención de enfermedades infecciosas. Con arreglo a lo dispuesto en dicha ley, todos los casos de infección por VIH tienen que comunicarse a las autoridades de salud con el fin de permitir la vigilancia y la adopción de medidas de prevención.

219.Sin embargo, al ser la infección por VIH una condición estigmatizadora, se han planteado profundos dilemas éticos para tener en cuenta, por una parte, las prioridades de salud pública y, por otra, las libertades cívicas individuales.

220.La Dependencia de Control de Enfermedades de los Servicios de Salud Pública dispone de listas de las personas afectadas por el VIH/SIDA, a efectos de vigilancia, tratamiento y control. En estas listas las personas reciben una clave de manera que se mantiene la confidencialidad en relación con el VIH y se protege la intimidad de los interesados. La población nacional con VIH/SIDA no sufre discriminación en materia de empleo, vivienda, acceso a la atención de salud y escolarización de los niños afectados.

VIH/SIDA

221.El primer caso de infección de un adulto por VIH se detectó en 1986. Desde entonces ha habido un total de 18 casos de nacionales de Brunei y residentes permanentes. Entre ellos figura un caso de VIH adquirido antes de nacer y el de una embarazada que al realizar un examen prenatal resultó seropositiva.

222.Se realizan programas activos de prevención primaria del VIH mediante la educación y la modificación de comportamientos, destinados al público en general, y en especial a los grupos de riesgo.

223.En Brunei Darussalam se han adoptado otras estrategias para prevenir y controlar el VIH/SIDA. Son las siguientes:

a)Para garantizar la seguridad de la sangre y los productos sanguíneos. Además de hacer un examen para descubrir la presencia de sífilis y hepatitis B y C, desde 1986 también se hace un examen de VIH a todos los donantes de sangre y hasta ahora no se ha encontrado ningún caso de presencia del virus. Los pacientes con problemas circulatorios sólo reciben productos sanguíneos seguros tratados adecuadamente;

b)Intensificación de los programas de vigilancia. En la actualidad, los siguientes grupos de riesgo reciben asesoramiento y son sometidos a examen para descubrir la presencia de VIH: todos los donantes de sangre; los presos; las personas que tienen otras enfermedades de transmisión sexual; los consumidores de drogas ilícitas; las personas que tienen conductas de alto riesgo; los trabajadores del sector de la salud expuestos a riesgos laborales; los pacientes con tuberculosis; los trabajadores extranjeros; y las personas que lo pidan voluntariamente;

c)Prevención de la transmisión prenatal por medio del examen prenatal de la presencia de VIH. De enero de 1989 a julio de 1993 se realizó un estudio prenatal limitado de las madres, que en su mayoría son residentes locales. Ninguna de ellas resultó seropositiva. El progreso más notable para prevenir la infección pediátrica por VIH en lo países que puedan permitírselo figura en el informe sobre la estrategia del protocolo 076 del Grupo de Ensayos Clínicos sobre el SIDA (ACTG). Se ha descubierto que si las mujeres seropositivas reciben zidovudina durante el segundo y el tercer trimestre, y después zidovudina IV durante el parto y posteriormente, seguida de zidovudina para el niño durante seis semanas, la tasa de transmisión prenatal puede reducirse en dos tercios (Connor E. M., et al., 1994, Sperling R. S., et al., 1996). El tratamiento ACTG 076 se ha convertido en el habitual y actualmente parece más justificado ofrecer un examen médico prenatal a las mujeres dados los impresionantes beneficios que pueden derivarse si resultan seropositivas. Desde enero de 1997, cuando se diagnosticó el primer caso de infección prenatal adquirida por VIH a una pareja sintomática que desconocía su situación al respecto, se ofrece a todas las embarazadas un examen médico prenatal para descubrir la presencia de VIH;

d)Prevención de la transmisión prenatal debido a la lactancia materna. Desde hace algún tiempo está claro que las mujeres VIH-positivas (seropositivas) que optan por criar con biberón en vez de recurrir a la lactancia materna pueden de este modo prevenir la infección de probablemente el 10% de los niños expuestos en la fase prenatal (Dunn D. T. et al., 1992). En Brunei Darussalam existen a buen precio preparados seguros para niños. Se recomienda la lactancia materna, pero si alguna madre sabe que es seropositiva se le proporciona asesoramiento para criar de otra forma al recién nacido; y

e)Asesoramiento de las parejas infectadas por el VIH sobre decisiones en materia de reproducción. Aunque hay muy pocas mujeres en edad reproductiva que estén infectadas por VIH, se proporciona consejo y asesoramiento acerca de los embarazos futuros a las parejas interesadas, de forma no coercitiva, así como información acerca de los beneficios demostrados del protocolo ACTG 076 para el caso de que decidan tener más hijos.

Tratamiento del VIH/SIDA

224.El epidemiólogo de la Dependencia de Control de Enfermedades se ocupa de proporcionar los consejos iniciales y efectuar las investigaciones epidemiológicas. Posteriormente, todos los casos que se conocen de VIH/SIDA se remiten para su tratamiento a los correspondientes médicos, pediatras u obstetras.

225.Cuando resulta conveniente, la gestión general incluye educación, asesoramiento, servicios de apoyo emocional y físico, consejos sobre nutrición, anticonceptivos y precauciones específicas, y asesoramiento sobre decisiones acerca de embarazos futuros.

226.Habida cuenta del pequeño número de casos existente, se permite el libre acceso a los pabellones con fácil contacto con los médicos, a efectos de la atención médica general y también para problemas específicos. Cuando se considera apropiado, se proporciona tratamiento específico para la profilaxis de las infecciones oportunistas.

227.Todos los niños cuyas madres están infectadas por VIH comienzan la profilaxis de la neumonía por pneumocystis carinii a la edad de entre 6 semanas y 2 meses, y continúan esta terapéutica hasta que cumplen 6 meses o quede claro que el niño no está infectado, si esto ocurre antes.

228.En Brunei Darussalam existen combinaciones de terapéutica antirretroviral, tratamiento que es gratuito para los ciudadanos y los residentes permanentes, independientemente de la fase en que se encuentre la infección.

229.Recientemente, una ONG ha establecido un fondo especial para atender las necesidades de cualquier familia afectada por el VIH/SIDA.

H. Maltrato y descuido de niños

230.Como se ha dicho antes, el Decreto sobre la infancia de 2000, en su artículo 19 impone a los médicos registrados, incluidos los oficiales médicos, notificar de inmediato a un protector o un funcionario de policía su opinión razonable de que un niño que esté examinando o tratando sufre daños físicos o emocionales como consecuencia de malos tratos o descuido, con el fin de que puedan adoptarse las medidas necesarias. Además, en virtud del párrafo 4 del artículo 19, el funcionario médico está facultado para mantener temporalmente bajo custodia al niño, hasta que esa custodia temporal pueda asumirla un protector o un funcionario de policía.

231.El hospital suele ser el lugar donde se detectan por primera vez lesiones carentes de explicación. Los enfermeros y médicos que se ocupan de los niños reciben capacitación para descubrir las señales que puedan dar a entender la presencia de malos tratos. A través de los medios informativos se proporciona a la población enseñanza de salud que incluye los malos tratos contra los niños y su prevención.

232.Aunque las denuncias no son obligatorias, a menudo son presentadas por uno de los padres, o por parientes o vecinos preocupados, lo que refleja la creciente concienciación del público en lo que respecta a este problema.

233.De vez en cuando los hospitales tratan casos de abusos y malos tratos físicos y sexuales. En el Hospital RIPAS, el Equipo de Protección del Niño, compuesto por un grupo multidisciplinario, celebra regularmente conferencias en las que se exponen casos con el objetivo siguiente:

a)Compartir toda la información pertinente y examinar las pruebas de malos tratos, factores a que se deben y probabilidad de que vuelvan a repetirse;

b)Examinar la seguridad del niño o niños en la familia y decidir si se necesitan medidas jurídicas para protegerlo(s); y

c)Formular un plan para la labor futura en lo que respecta al niño y la familia, incluida la evaluación de las necesidades familiares y la ayuda disponible localmente, la designación de un trabajador social que desempeñe una función determinante, y recomendaciones para el seguimiento y el examen de casos.

234.Estos exámenes se basan en el principio de que el bienestar del niño siempre es primordial. Se mantiene informados a los padres y, cuando procede, las decisiones se adoptan con su participación. También se alienta el apoyo de la familia amplia. En caso necesario se proporciona asesoramiento a los padres.

235.Resulta claramente necesaria la capacidad de combinar los conocimientos especializados para la protección efectiva del niño, como pudo verse por ejemplo en un proceso reciente ante el Tribunal Superior de un caso de abuso sexual infantil. En los tribunales de Brunei se admitió como prueba una grabación en vídeo con el fin de evitar que un niño de corta edad que declaraba como testigo sufriera la tensión y el trauma que supone presentar pruebas ante el tribunal en presencia del acusado. En el hospital se preparó cuidadosamente una grabación en vídeo de la entrevista con el niño, que fue admitida por el tribunal. El proceso prosiguió con el interrogatorio de la parte contraria, para lo cual se contó con la combinación de los conocimientos especializados de los organismos asociados. En el Hospital RIPAS se estableció un sistema de enlace por vídeo para que el niño pudiera prestar testimonio contra su padre natural sin la tensión añadida de encontrarse en presencia del acusado ante un tribunal formalmente constituido.

236.La labor de protección de los niños requiere una adecuada cooperación interinstitucional. El Equipo de Protección del Niño del Hospital RIPAS ha establecido una buena relación de trabajo con otros profesionales y considera que la labor interdisciplinaria constituye un proceso fundamental en la tarea de tratar de proteger a los niños de quienes abusan de ellos.

I. Disposiciones presupuestarias y de otra índole

237.La asignación del presupuesto del Estado para el sector de la salud ha aumentado constantemente en los últimos años, hasta alcanzar el 6,97% del presupuesto nacional. El presupuesto de salud per cápita asciende a 619 dólares de Brunei (1998).

238.La atención de salud es gratuita para todos los ciudadanos y residentes permanentes de Brunei, todos los niños de menos de 12 años de edad, independientemente de su nacionalidad, y todos los empleados públicos y personas a su cargo. Los demás tienen que pagar una tasa nominal. En caso de atención médica no disponible en el país, los ciudadanos de Brunei y los que tienen derecho a recibir asistencia son enviados al extranjero para obtener tratamiento con cargo al Gobierno de Brunei.

239.Se da gran prioridad a la capacitación en el país y en el extranjero de médicos, enfermeros y personal de salud encargado del cuidado de los niños.

J. Servicios de pediatría

240.Para prestar mejor la atención pediátrica, existen servicios de esta clase en el Hospital RIPAS y en otros hospitales de distrito. Existen servicios de pediatría comunitarios en todos los distritos, incluso en las zonas rurales.

241.De manera habitual, todos los recién nacidos son examinados por un pediatra. Después de obtener el alta del hospital, las madres y los niños reciben diariamente la visita de personas pertenecientes a los servicios de obstetricia comunitarios, durante los primeros 7 a 10 días, con el fin de alentar la lactancia materna y el espaciamiento de los nacimientos, y para supervisar el período puerperal y la primera fase del neonatal.

242.El seguimiento de los recién nacidos con buena salud corresponde a la clínica de salud maternoinfantil más próxima. Las vacunaciones habituales y la vigilancia de la salud del niño, incluidos exámenes de su desarrollo, se efectúan en las diferentes etapas de su crecimiento. Se investigan los problemas específicos del desarrollo con el fin de determinar si algún niño tiene discapacidad física, y de este modo proporcionar una temprana intervención en caso necesario.

K. Niveles de vida

243.Aunque sin duda Brunei Darussalam ha efectuado grandes progresos en la esfera de la atención de salud infantil, todavía queda mucho por hacer. Es preciso interesarse en especial por la prevención, ya que una buena prevención de las condiciones de salud durante la infancia evitará enfermedades crónicas en la edad adulta.

244.A medida que se amplían los servicios de salud del país para atender las necesidades crecientes de la población, aumenta el número de nuevos centros de salud y de clínicas que se construyen. Dentro del Séptimo Plan Nacional de Desarrollo se ha aprobado la construcción de un hospital para mujeres y niños en Bandar Seri Begawan, destinado a atender las necesidades de asistencia de salud de las mujeres y los niños del país.

VII. EDUCACIÓN, DEPORTE, ESPARCIMIENTO Y ACTIVIDADES CULTURALES

A. Educación, incluida la formación profesional

Ley de educación (escuelas no estatales) (capítulo 55)

245.En esta ley se establecen las condiciones de registro y control de la enseñanza laica, de las escuelas que no dependen total o parcialmente del Estado o son controladas por éste, y cuestiones conexas.

246.En la Ley de educación (escuelas no estatales) (cap. 55) no se prevé el derecho de los niños a la educación. Sin embargo, se tratan asuntos relativos al desarrollo espiritual y educativo saludable del niño al reglamentar las condiciones de establecimiento de escuelas privadas, a fin de que cualquier posible influencia negativa o indeseable de estas escuelas sea controlada por las autoridades competentes. La obligación de registrar las escuelas, sus directores y maestros permite proteger el bienestar de los alumnos de las escuelas privadas. El permiso será denegado cuando las escuelas, los maestros y los directores no cumplan las condiciones que establece la ley, por ejemplo, si la escuela no se ajusta a las normas de higiene o si el edificio no reúne las condiciones necesarias de seguridad.

Decreto de emergencia sobre educación de 2000

247.Está en preparación una nueva legislación sobre la educación cuyo principal objetivo es:

estatuir sobre cuestiones relacionadas con la educación, incluido el registro de las instituciones privadas de enseñanza como forma de regular el sistema docente en Brunei Darussalam y velar por la conformidad con el programa de estudios nacional;

garantizar la enseñanza desde la etapa preescolar, es decir, desde la guardería y el parvulario hasta la enseñanza superior;

ofrecer posibilidades de educación especial a los niños con necesidades especiales en materia de educación; y

ofrecer una estructura jurídica que garantice la protección de los derechos de los niños y los jóvenes, especialmente el derecho a la educación.

Aplicación

a) Panorama general y presupuesto

248.Uno de los principales temas nacionales del Gobierno de Su Majestad el Sultán y Yang Di‑Pertuan de Brunei Darussalam ha sido y será siempre velar por la educación. Esta voluntad se manifiesta tanto en la asignación presupuestaria nacional como en la puesta en marcha de proyectos nacionales, por ejemplo la fundación de una universidad, en 1985. Aproximadamente el 21% de la asignación presupuestaria (1.978 millones de dólares de Brunei) destinada al sector de los servicios sociales del Séptimo Plan Nacional de Desarrollo (1996‑2000) se dedicó a la enseñanza, lo que corresponde a una suma aproximada de 407 millones de dólares de Brunei. De ahí que, por ocupar un lugar tan prioritario, la escolarización esté abierta a todos y la alfabetización alcance una cifra superior al 90%.

249.La enseñanza escolar empezó en 1912 con una escuela malaya en la capital de Brunei; en 1918 las escuelas se habían extendido gradualmente a las otras regiones del país. Tras la segunda guerra mundial hubo un período de gran reconstrucción y la enseñanza no quedó al margen. El avance en educación se produjo en ámbitos como la infraestructura y el desarrollo profesional. En 1941 había 42 escuelas en todo el Estado, con un total de 1.764 alumnos, entre ellos 312 niñas. Aun cuando el número de niñas que asistían a la escuela parece relativamente pequeño, era notable teniendo en cuenta los niveles de Brunei (Informe anual de Brunei, 1941:45). En 1951 el Gobierno implantó la enseñanza complementaria en lengua inglesa en las escuelas malayas.

250.El primer Plan de desarrollo de la enseñanza de 1954-1959 significó un paso más para satisfacer las necesidades del país, en particular al establecer más escuelas preparatorias y secundarias de lengua inglesa. La ampliación de la infraestructura física hizo necesario formular una política nacional de educación para la orientación futura de la enseñanza en Brunei. Al final, se sometieron al Gobierno dos informes sobre la enseñanza: el Informe sobre la enseñanza de 1959 y el de la Comisión de Educación de 1972. En estos informes se recomendaba, entre otras cosas, la utilización de la lengua malaya como vector de la instrucción en todas las escuelas.

251.En 1984 se logró un nuevo avance al instaurar una política de enseñanza bilingüe para que los alumnos obtuvieran un excelente dominio de las lenguas malaya e inglesa. La política de bilingüismo ofrece mayores oportunidades a los niños de Brunei para continuar sus estudios en el extranjero. También se imparte instrucción en otros idiomas; leguas como el mandarín, el árabe y el francés se enseñan en las escuelas como materias optativas.

b) Objetivos de la educación

252. La Política Nacional de Educación de Brunei Darussalam tiene por objeto establecer un sistema efectivo, eficiente y equitativo de educación en consonancia con la filosofía nacional de la Monarquía Islámica Malaya. Los objetivos de la Política Nacional de 1997 son los siguientes:

-ofrecer un mínimo de 12 años de enseñanza a todos los niños de Brunei, es decir 7 años de enseñanza primaria (incluida la preescolar), 3 años de enseñanza secundaria de primer ciclo y 2 años de segundo ciclo o de formación profesional o en una escuela técnica;

-ofrecer un programa de estudios común y exámenes nacionales comunes a todas las escuelas del país;

-promover y defender el sistema bilingüe en el que el bahasa melayu seguirá desempeñando un papel de vanguardia, a la vez que se siguen elevando gradualmente los niveles de instrucción en lengua inglesa;

-enseñar la religión islámica, velando por que los valores islámicos y el modo de vida islámico se integren en el sistema educativo mediante un programa de estudios adecuado;

-fomentar el desarrollo de la identidad nacional, en la que todos los ciudadanos de Brunei, como súbditos leales y siguiendo la orientación del Monarca, desempeñen funciones útiles para responder a las nuevas exigencias del país;

-ofrecer oportunidades de enseñanza superior a los que sean aptos y estén calificados, de conformidad con el proceso de cambio del país; y

-ofrecer a todos los niños de Brunei la oportunidad de que se atiendan sus necesidades, se responda a sus aspiraciones y se les permita participar en calidad de ciudadanos en el desarrollo de la nación.

253.Aunque la educación no es obligatoria, se calcula que más del 99% de los niños de Brunei Darussalam asisten a la escuela primaria.

254. En la actualidad hay 123 escuelas públicas primarias, 26 escuelas públicas secundarias y 60 escuelas no estatales o privadas. En el año 1999, la cifra total de matriculación en todas las escuelas e instituciones dependientes del Ministerio de Educación era de 93.895.

Cuadro 2

Número de escuelas, alumnos y maestros de la enseñanza general incluidos los parvularios, entre 1995 y 1999

Año escolar

Escuelas

Clases

Alumnos

Maestros

Promedio de alumnos por escuela

Promedio de alumnos por clase

Promedio de alumnos por maestro

1995

202

3.283

83.703

5.874

414

25

14

1996

206

3.418

85.464

6.530

415

25

13

1997

211

3.499

87.088

6.551

413

25

13

1998

215

3.857

90.606

6.998

421

23

13

1999

219

3.956

93.895

7.151

429

24

13

Fuente : Anuario Estadístico de Educación.

c) Establecimientos de enseñanza, servicios de apoyo y asistencia social para los estudiantes

255. No cabe duda de que los avances de Brunei Darussalam han sido enormes en cuanto a la matriculación en las escuelas. La alta tasa de matriculación se debe a varios factores, como la enseñanza gratuita para todos los ciudadanos desde el nivel primario hasta la enseñanza superior. Los niños de otras nacionalidades pagan derechos de matrícula en la enseñanza secundaria, aunque son mínimos. Además, hay escuelas en todo el país, en particular en las zonas alejadas, donde se atiende incluso a un número reducido de niños. Más importante aún, Brunei Darussalam ofrece igualdad de oportunidades a los niños y las niñas desde la primaria hasta la enseñanza superior, lo que explica la alta tasa de matriculación.

256.La mayoría de las escuelas del Estado, están dotadas actualmente de instalaciones y equipo moderno y adecuado. Aparte del aspecto físico, el Gobierno también ha reconocido la importancia de contar con docentes bien preparados y competentes. Se han hecho enormes esfuerzos para formar maestros del país, aunque también se contratan en el extranjero para satisfacer la creciente demanda de personal en las escuelas. A consecuencia de ello, la proporción de estudiantes por docente en las escuelas de Brunei se considera positiva y conveniente para la enseñanza y el aprendizaje.

257.En Brunei la enseñanza no es monopolio del Estado, sino que también el sector privado desempeña un papel. Hay 60 escuelas no estatales que ofrecen distintos niveles de enseñanza. La participación del sector privado ofrece a los padres otras posibilidades y la libertad de elegir lo que mejor convenga a sus hijos. Además del programa de estudios escolar, las escuelas también deben ofrecer programas complementarios a fin de fomentar el desarrollo plural y constante de cada persona en lo que respecta a competencias e inclinaciones intelectuales, espirituales, sociales, físicas y estéticas que le permitan mantener las aspiraciones del país y contribuir a ellas.

258.En términos generales, la enseñanza complementaria tiene por objeto ofrecer mayor desarrollo personal, incluidos los valores de cooperación, entendimiento y respeto mutuos y la aceptación de las diferencias. Se alienta a los estudiantes de las instituciones de enseñanza primaria, secundaria y superior a que participen tanto en actividades físicas como intelectuales. Las disposiciones para los programas de refuerzo comprenden la participación de los niños en los acontecimientos nacionales e internacionales, proyectos científicos y muchas otras actividades recreativas organizadas por las escuelas o el departamento de programas complementarios. En definitiva, se espera que mediante estos programas los niños de Brunei adquieran los valores que son importantes para fomentar el desarrollo de la identidad nacional.

259.La deserción escolar existe en todo sistema educativo y Brunei no es una excepción a la regla. Son varios los factores que intervienen en este problema que es de índole educativa, económica y social. En el marco de Brunei Darussalam, se han formulado diversas estrategias educativas para evitar la deserción escolar temprana. Entre otras, estrategias para mejorar el rendimiento escolar, el dominio de los idiomas y la capacidad de reflexión.

260.Los niños de Brunei Darussalam deben presentarse a exámenes nacionales en distintos niveles. No obstante, algunos no llegan al nivel necesario de instrucción del programa de estudios principal. Para los alumnos con menos disposición para los estudios se han elaborado evaluaciones y programas sustitutivos especiales a fin de que puedan alcanzar un determinado nivel de aptitudes, especialmente en el ámbito técnico y profesional con vistas a obtener un empleo posteriormente.

261.Los alumnos que no consiguen el certificado primario de educación en dos convocatorias pasan al primer año del primer ciclo de secundaria pero con un programa de estudios de nivel II. Este programa de nivel II fue establecido en 1997 para atender a las necesidades de los alumnos con menos disposición para los estudios pero más motivados por un programa orientado a la formación profesional. Este programa comprende asignaturas optativas por módulos y tiene una orientación práctica, para que los alumnos puedan determinar su capacidad y aptitudes.

262.Al terminar la evaluación del primer ciclo de secundaria, los alumnos del programa principal de estudios se orientan hacia cursos que desembocan en el Certificado general de educación de Brunei-Cambridge de nivel ordinario (nivel O) o el Certificado general de educación de nivel normal (nivel N); o bien hacia cursos de nivel técnico básico y de oficios en las escuelas técnicas y de formación profesional.

263.Los alumnos para los que el nivel ordinario es demasiado exigente pueden optar por el curso de nivel normal con un programa de estudios compuesto entre un 70 y un 80% por cursos del nivel ordinario. No obstante, si los resultados escolares son excelentes, en los primeros seis meses del curso de nivel normal tienen la primera oportunidad de "traslado lateral" de este nivel al nivel ordinario.

264.Al final del segundo año de enseñanza secundaria de segundo ciclo, los alumnos que obtengan notas excelentes se presentan al examen de nivel ordinario de Brunei-Cambridge. Los que tienen menos disposición para los estudios se presentan al examen de nivel normal del Certificado general de educación Brunei-Cambridge. Los alumnos que obtienen un buen resultado en el nivel normal tienen la oportunidad de pasar a los cursos de orientación universitaria. Al terminar un año más de estudios, estos alumnos se presentan al examen del nivel ordinario. O bien, tras aprobar el examen del nivel normal, pueden optar por una formación para obtener un diploma en una formación técnica o entrar en el mercado de trabajo.

265.En lo que respecta al acceso y la equidad, el Ministerio de Educación estableció en 1997 una dependencia especial de educación para investigar, planificar y aplicar programas de estudios especiales para los niños con necesidades especiales. Estos cursos se imparten en el entorno de las escuelas generales, lo que permite la integración temprana con los niños normales. Los docentes han sido formados para aplicar programas de intervención en las primeras fases sobre la base de un plan de educación individualizado con el objetivo general de que estos niños puedan llegar a ser miembros independientes, útiles y colaboradores de la comunidad. Se ha previsto dedicar más recursos y conocimientos para atender a las necesidades específicas, como la discapacidad auditiva y visual, el retraso mental y las discapacidades físicas.

266.Además de proporcionar escolaridad gratuita, el Gobierno de Brunei se ocupa de los niños que necesitan ayuda económica. El Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes administra los fondos destinados a esos niños. El Fondo de Patrocinio concede 500 dólares de Brunei anuales para los derechos de matrícula, los libros y la ropa del niño, y ofrece un subsidio mensual de 65 dólares para cada niño, con el mismo fin. Estas sumas se dedican a los niños de edades comprendidas entre los 5 y los 18 años. Las prestaciones se canalizan por medio de diversos organismos del Estado, entre otros el Ministerio de Educación que ofrece, entre otras cosas, el plan de alimentación y albergues juveniles, y subsidios de transporte. Todos los escolares se benefician además del programa de salud escolar que ofrece exámenes médicos precoces a fin de poder diagnosticar los problemas de salud en la etapa más temprana posible. Los equipos médicos se componen de un médico y enfermeras que efectúan visitas periódicas en las zonas urbanas y en las rurales. Se proporciona tratamiento para problemas de la vista, la nutrición y las vacunaciones. El servicio odontológico dispone de clínicas dentales en las escuelas y ambulantes para los escolares.

267.El Ministerio de Educación también creó una dependencia de orientación y asesoramiento profesional que ofrece sus servicios a los alumnos de todas las instituciones de enseñanza. Las actividades de esta dependencia comprenden programas de orientación, divulgación de la información pertinente y orientación profesional, y en materia de enseñanza, búsqueda de empleo, visitas y exposiciones y reuniones sobre las carreras profesionales. También planifica y organiza cursos de formación y visitas con fines educativos al extranjero de los directores y docentes de establecimientos de enseñanza. Asimismo en las escuelas se abordan las perspectivas de desarrollo profesional para ampliar las posibilidades de los alumnos a la hora de elegir los cursos relacionados con su carrera profesional.

268.Teniendo en cuenta que el número de instituciones locales de enseñanza es limitado, el Gobierno ha venido ofreciendo continuamente becas de estudio en el extranjero. Este gesto muy generoso del Gobierno ha permitido que muchos estudiantes, sin distinción de sexo, puedan continuar sus estudios y obtener la preparación necesaria para contribuir al desarrollo de la nación. Las becas de estudio en el extranjero comprenden las disciplinas de medicina, ingeniería, arquitectura, contabilidad e ingeniería aeronáutica. Brunei reconoce la importancia del desarrollo de los recursos humanos para el fortalecimiento de la nación y por ello ha hecho de la inversión en educación una de las prioridades del Gobierno.

269.Otra de las grandes preocupaciones del Ministerio de Educación es el bienestar general de todos los niños. De ahí que los principios y la práctica en lo que respecta al bienestar de los alumnos sean una de las principales características de la organización escolar de Brunei. Los docentes reciben formación en asesoramiento a fin de que puedan ayudar a los niños con diversos problemas, como el absentismo, las ausencias injustificadas, el vandalismo y el tabaquismo. Los niños que necesitan una mayor atención en el plano emocional y social también pueden acceder al servicio de orientación que recibe el apoyo de diversos organismos, como el Ministerio de Salud, el Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes y el Ministerio de Asuntos Religiosos.

d) Educación religiosa islámica

270.La enseñanza religiosa oficial en Negara Brunei Darussalam se imparte desde el nivel de la enseñanza primaria hasta el superior. El Conocimiento Religioso Islámico, más conocido como CRI, es una asignatura que se enseña en todas las escuelas estatales y no estatales, primarias y secundarias, de todo el Estado. Sus objetivos son, fundamentalmente, enseñar la fe islámica y alentar a los estudiantes musulmanes a conocer sus principios esenciales. También se intenta inculcarles el valor espiritual del islam, y ofrecerles directrices para que se conviertan en ciudadanos responsables con altos valores morales. Asimismo se enseña a los niños la historia del islam y el sentimiento de fraternidad entre los pueblos del mundo.

e) Escuelas religiosas islámicas

271.La enseñanza religiosa también se imparte en las escuelas religiosas en el nivel preescolar y primario, desde el nivel 1 hasta el 6. Por lo general, el objetivo fundamental de estas escuelas es educar, inculcar, guiar y formar a los niños en el sentido profundo de la fe islámica. A todos se les enseña a comprender, creer y practicar las enseñanzas del islam con fe en Alá Todopoderoso (véase el anexo V).

272.Las escuelas árabes y las instituciones superiores islámicas fueron establecidas para formar intelectuales musulmanes en las diversas disciplinas, a fin de atender las necesidades de potencial humano del país basándose en el principio de la Monarquía Islámica Malaya. En Brunei hay 134 escuelas religiosas a las que asisten más de 37.000 alumnos y estudiantes para aprender religión. Hay unos 1.770 profesores de religión en estas escuelas.

273.A fin de racionalizar la administración de la educación en el país, todos los tipos de escuelas, incluidas las escuelas religiosas islámicas, pasan a depender gradualmente del Ministerio de Educación.

f) La disciplina en las escuelas

En 1984 el Ministerio de Educación y Salud publicó un libro sobre la disciplina y las normas que deben regir en las escuelas y las residencias de estudiantes de Brunei Darussalam. En lo fundamental, el libro contiene directrices destinadas a los administradores escolares y los docentes para que sirvan de referencia cuando proceda.

274.No obstante, en la actualidad la mayoría de escuelas, tanto primarias como secundarias, cuentan con asesores que ayudan a los maestros en los casos de indisciplina en sus respectivas escuelas. Los casos que exigen mayor atención se presentan al Departamento de Escuelas del Ministerio de Educación.

275.Se está preparando un nuevo libro que se publicará en breve en relación con las normas y directrices para el tratamiento de los problemas de disciplina.

B. Esparcimiento y actividades recreativas y culturales (artículo 31 de la Convención)

276.Los niños disfrutan de igualdad de oportunidades respecto de su participación en las actividades de esparcimiento y culturales.

277.El país cuenta con una buena infraestructura de esparcimiento, actividades sociales y culturales. El Departamento de Actividades Complementarias, el Ministerio de Educación y el Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes organizan, supervisan y ponen en marcha estas actividades para los jóvenes y los niños en todo el país.

278.La Oficina de Lengua y Literatura ha creado bibliotecas en todas las regiones destinadas al público en general. Cuando no hay un edificio disponible, especialmente en las zonas muy alejadas o rurales, y cuando el acceso no es fácil, se ofrecen servicios de bibliotecas ambulantes.

279.Esta oficina también organiza programas y actividades especiales para los niños durante las vacaciones escolares con el fin de que se diviertan y disfruten, a la vez que se les anima a leer más libros en las horas de esparcimiento. Uno de estos proyectos, que organiza anualmente la oficina, es la Aldea Infantil. Los niños de todo el país se reúnen en la capital y participan en toda clase de actividades al aire libre, incluidos concursos y competiciones. Esta actividad ofrece indirectamente a los niños la oportunidad de entablar amistades y de tener una vida social sana. Otro proyecto que tiene mucho éxito entre los niños y que también organiza la oficina es el proyecto de lectura para alentar a los niños de Brunei a disfrutar de la lectura y a desarrollar una cultura del libro. La Oficina de Lengua y Literatura también edita mensualmente un boletín informativo para fomentar la capacidad de redacción.

280.Radiotelevisión Brunei (RTB) ofrece actividades recreativas de todo tipo para los niños, bien sea con propósitos educativos o de esparcimiento. En la televisión hay muchos tipos de programas infantiles, por ejemplo, de actividades promocionales y documentales para niños, además de programas extranjeros.

281.También se ofrecen a los niños programas especiales sobre la seguridad para recordarles su importancia, en particular para los que viven en la Aldea Acuática donde ha habido ahogados. Otra campaña versa sobre la seguridad en el hogar, en especial porque es donde se producen accidentes debidos a negligencia, incendios u otros accidentes domésticos.

282.Radiotelevisión Brunei también organiza muchos concursos para alentar a los jóvenes talentos en diversos ámbitos, como concursos de canto y talleres de pintura. También se organizan varios programas anuales de preguntas y respuestas.

283.Aparte de RTB y de la Oficina de Lengua y Literatura, el Ministerio de Educación, en cooperación con otros organismos, también organiza programas y proyectos para los niños. La Dependencia de Servicios Sociales, por medio de la División de Promoción de la Familia, organiza asimismo muchos proyectos para los niños del país con el fin de darles ocasión de vivir una vida más plena y rica.

284.El sector privado también desempeña un papel en las actividades que se ofrecen a los niños al patrocinar concursos de pintura y de fotografía y giras educativas. La participación de las ONG también es muy importante en este sector, en el que suelen organizarse actividades sociales para los niños huérfanos, discapacitados y pobres.

VIII. PROTECCIÓN ESPECIAL

A. Niños en situaciones de emergencia (refugiados) (artículo 22)

Contexto jurídico

285.Brunei Darussalam no tiene disposiciones especiales para quienes desean la condición de refugiado o solicitan asilo.

Aplicación

286.Brunei Darussalam presta y seguirá prestando asistencia humanitaria a los refugiados del mar, caso por caso y en la medida de su capacidad, por ejemplo, cuando haya un navío de refugiados que no esté en condiciones para la navegación, con el peligro de que se hunda, cuando haya enfermos o heridos graves a bordo o cuando los ocupantes carezcan totalmente de sustento.

287.Aunque Brunei Darussalam no acepta refugiados y no es parte en ningún instrumento internacional en esta esfera, sí que apoya con contribuciones financieras voluntarias diversos programas y proyectos ejecutados por el organismo de las Naciones Unidas correspondiente desde 1984.

Limitaciones

288.Al ser un país pequeño y con poca población, la presencia de refugiados podría tener repercusiones sociales, políticas y de seguridad adversas.

B. Los niños en los conflictos armados (art. 38) y su integración social (art. 39)

Contexto jurídico

289.La edad mínima para entrar en las fuerzas armadas en Brunei Darussalam se fija en la Ley de las Reales Fuerzas Armadas de Brunei (cap. 149). El artículo 12 dice que "los oficiales de reclutamiento podrán alistar en las fuerzas armadas y en el regimiento de reserva a aquellas personas que reúnan las condiciones requeridas y sean mayores de 17 años y medio". Además, el artículo 13 dispone también que los oficiales de reclutamiento podrán alistar en las fuerzas armadas o en el regimiento de reserva a "los jóvenes que reúnan las condiciones", a fin de formar y mantener cualesquiera unidades compuestas, en todo o en parte, por menores soldados o reservistas con el consentimiento de los padres, de las personas que ejerzan la potestad y derechos paternos o del Oficial de Distrito.

Aplicación

290.Brunei Darussalam no tiene ninguna experiencia en esta materia.

C. Niños que han infringido la ley (la administración de la justicia de menores (art. 40), niños privados de libertad (art. 37 b) a d)), imposición de penas a menores (art. 37 a)), y la recuperación física y psicológica y la reintegración social del niño (art. 39))

Contexto jurídico

291.Una serie de disposiciones de las leyes de Brunei sirve para proteger a la infancia en este aspecto. Las principales figuran en el Código de Procedimiento Penal (cap. 7), por el que se regula la administración de la justicia penal en Brunei.

292.En el párrafo 1 del artículo 2 del Código de Procedimiento Penal se restringe la definición de menor delincuente a los menores de entre 7 y 18 años. Según esta definición, los menores de 7 años no cometen delito, lo que también está específicamente dispuesto en el artículo 82 del Código Penal (cap. 22). Conforme a dicho artículo, nada de lo que haga un menor de 7 años constituye delito. Conforme al artículo 83, nada de lo que pueda hacer un niño mayor de 7 años y menor de 12 constituye delito si no tiene uso de razón suficiente para entender la índole y consecuencias de su conducta en la ocasión de que se trate.

293.El párrafo 1 del artículo 238 del Código prohíbe imponer la pena capital a los menores de 18 años. Según dicho artículo no se impondrá la pena de muerte a personas declaradas culpables de delito si el tribunal entiende que eran menores de 18 años cuando lo cometieron. El tribunal condenará a dichas personas a quedar detenidas a discreción de Su Majestad.

294.Los menores delincuentes comparecerán ante un tribunal de primera instancia y recibirán el mismo trato que los adultos. Aunque en la ley se prevé la existencia de tribunales de menores, todavía no se han creado. Cuando se trata de delitos cometidos por menores suele aceptarse la solicitud de libertad bajo fianza. Tendrá derecho a dicha libertad el menor delincuente cuando el delito del que se le acusa lo admita, por estar penado con menos de dos años de reclusión. Cuando se trate de delitos más graves que sobrepasen la jurisdicción de los tribunales de primera instancia, la petición de libertad bajo fianza quedará en manos del tribunal intermedio y del tribunal superior, previa solicitud de un fiscal adjunto, facultado para elegir la jurisdicción o tribunal a que se ha de someter la causa. Rara vez los tribunales conceden la libertad bajo fianza a menores delincuentes a los que se acuse de delitos muy graves (por ejemplo, asesinato y tenencia de armas de fuego), ya que para esos delitos no está prevista la libertad bajo fianza. En estos casos el menor permanecerá detenido en la prisión estatal a la espera del juicio.

295.Cuando un menor delincuente es declarado culpable de un delito punible con multa o reclusión, en lugar de aplicar la sentencia, el tribunal podrá dejarlo libre de cargos con una advertencia o imponerle el depósito de una fianza como prenda de buena conducta durante un período no superior a 12 meses. En el caso de delitos graves podrá permanecer detenido en un establecimiento penal no menos de un año y no más de cinco.

296.El Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes tiene un centro especial para jóvenes y mujeres, que se creó de conformidad con la Ley de protección de mujeres y jóvenes, denominado Taman Noor Hidayah. El centro se creó con los siguientes objetivos:

-orientar y capacitar mediante la rehabilitación moral a las jóvenes y mujeres que se hubieran dedicado a actividades sociales nocivas;

-brindar refugio a las mujeres y niñas víctimas de maltrato.

297.El centro funciona desde 1987 y, aunque no está pensado específicamente para niñas, de los archivos se desprende que se ha admitido a menores. Desde 1987, de un total de 105 admitidas, 42 eran menores.

Aplicación

298.En el artículo 262 del Código de Procedimiento Penal se fijan normas sobre los lugares de detención de los menores delincuentes, que tienen por objeto brindarles una protección suficiente. Abarcan aspectos como el alojamiento, la puesta en libertad y el traslado, los artículos prohibidos, la ropa personal y de cama, los alimentos, la salud y la limpieza, el empleo, la formación religiosa, la educación, las visitas y las comunicaciones, los delitos y la disciplina. También regulan las restricciones, las quejas de los reclusos, la clasificación y los grados, la libertad condicional, el personal, la dirección, las funciones del oficial médico, los administradores del establecimiento, la junta asesora y la dotación de los lugares de detención. Los reclusos podrán optar a la libertad condicional una vez cumplidos 12 meses de la condena.

299.Conforme al apartado b) del párrafo 5 del artículo 262 del Código de Procedimiento Penal (cap. 7), el Ministro de Cultura, Juventud y Deportes, con la autorización de Su Majestad el Sultán y Yang Di-Pertuan, está autorizado a dictar normas y a reglamentar la clasificación, trato, empleo, disciplina, control, dieta y recreo de los menores delincuentes detenidos en cualquier centro penitenciario de Brunei.

300.La Ley sobre el uso indebido de drogas (cap. 27) dispone lo necesario para la fiscalización de las drogas peligrosas o perjudiciales y lo relativo a su finalidad. Conforme al reglamento de disciplina relativo al uso indebido de drogas (instituciones autorizadas) de 1987, se entenderá por "centro" cualquier institución autorizada conforme a la definición de la Ley sobre el uso indebido de drogas, en cuyo artículo 2 las instituciones autorizadas se definen como las instituciones o lugares aprobados por el Ministro con la autorización de Su Majestad el Sultán y Yang Di‑Pertuan para el tratamiento y rehabilitación de los drogadictos. No hay disposiciones especiales para los menores.

301.Sólo hay una institución o lugar para el tratamiento y rehabilitación de drogadictos, la Rumah Al Islah, de Jalan Pelumpong, Muara.

302.Según las cifras facilitadas por la Oficina de Fiscalización de Estupefacientes del Gabinete del Primer Ministro, en el año 2000 se practicaron 19 detenciones de menores de 15 años, y 70 de jóvenes de entre 16 y 20 años por uso indebido de drogas.

303.Cuando se detenga a un menor por sospecha de haber cometido delito, se procederá con él conforme al Código de Procedimiento Penal de la misma manera que con un adulto. No hay disposiciones especiales para los menores en la ley en lo que respecta a la investigación criminal, la detención, la prisión preventiva y la libertad bajo fianza.

304.Si se detiene a un menor por sospechar que ha cometido un delito menos grave, por ejemplo, robo o agresión menor, casi siempre la policía le concederá de oficio la libertad bajo fianza. La policía hará lo necesario para informar a la familia y poner en libertad bajo fianza al sospechoso el mismo día de su detención. Si se trata de delitos más graves, incluidos los muy graves, el presunto delincuente menor de edad continuará detenido por la policía, aunque la práctica general consiste en mantenerlo separado de los adultos.

305.La policía tiene una unidad especial contra la violencia doméstica y el maltrato de los niños, que atiende los casos en que se ven implicados jóvenes delincuentes y mujeres. Se ocupa de los casos de violencia física y mental, lesiones, abuso, descuido, maltrato, trata sexual, bienes robados y explotación. Dicha unidad colabora con el trabajador medicosocial y la Dependencia de Servicios Sociales. Según las estadísticas compiladas por la unidad, entre 1993 y 1998 se registraron 14 casos de maltrato de niños. En ese período hubo 7 casos de relaciones carnales ilícitas.

306.De los análisis de la investigación de los casos denunciados desde 1995 llevados a cabo por la Unidad contra la Violencia Doméstica y el Maltrato de los Niños se desprende que el maltrato obedecía a los siguientes factores:

-estrés y tensión mental debidos a problemas económicos;

-nuevo matrimonio de los padres; y

-ataques de ira.

307.Según las cifras dadas por la policía en 1998, se practicaron 511 detenciones de menores. Cuatrocientos cincuenta y siete de los detenidos eran varones y 63 mujeres. Las cifras revelan una disminución con respecto a años anteriores. Por ejemplo, en 1997 hubo un total de 713 varones y 29 mujeres, y en 1996, 917 varones y 14 mujeres. Cabe señalar que el número de mujeres delincuentes ha aumentado ligeramente a lo largo de los años. No todas las detenciones resultaron en procesos judiciales y algunos de los delincuentes fueron puestos en libertad o enviados por la policía a las autoridades correspondientes.

308.Conforme al Código de Procedimiento Penal, al pronunciarse el fallo de culpabilidad el tribunal debe condenar al acusado conforme a la ley. No hay en el Código disposiciones especiales para los menores, salvo en el caso de la pena capital. No obstante, al condenar a delincuentes menores los tribunales tienen muy en cuenta la limitación que afecta a esos delincuentes. Antes de pronunciar sentencia, el tribunal solicita al ministerio público que le exponga los antecedentes y el expediente penal, con las alternativas que pueda haber. En la mayoría de los casos, el tribunal también pide a la Fiscalía que aporte el expediente escolar del delincuente para saber si aún sigue escolarizado, lo que ayudará al tribunal a dictar la sentencia apropiada. Normalmente no suelen imponerse multas elevadas, ya que eso supondría una carga innecesaria para los padres o tutores, equivalente sólo a la reclusión. El tribunal, teniendo en cuenta los medios de que disponga el delincuente, especificará normalmente un período en el que ha de satisfacerse la multa. En algunas ocasiones el tribunal también puede ordenar el pago de la multa a plazos.

309.La condena más corriente es la imposición de una fianza de buena conducta a los menores delincuentes. Esta fianza puede dictarse por un período no superior a dos años y se suele imponer a quienes delinquen por primera vez. El tribunal puede sin embargo imponer condiciones para la fianza, por ejemplo, pedirla por 12 meses por un importe de 1.500 dólares de Brunei con los padres o tutores como garantes. Esto significa fundamentalmente que los padres o tutores hacen las veces de garantes y que como tales deben cumplir las condiciones de la fianza.

310.El tribunal puede ordenar que el joven esté bajo control policial por un período no superior a dos años. Esta sentencia se impone si el acusado ha sido condenado a reclusión por un período no inferior a dos años. Rara vez se impone el control policial como única medida.

311.Los tribunales consideran a menudo la pena de privación de libertad como último recurso. Se impone con mayor probabilidad a los menores delincuentes que sean reincidentes o delincuentes habituales. A este respecto, al tribunal no suele quedarle otra posibilidad que la condena de privación de libertad habida cuenta de los malos antecedentes del delincuente.

312.El poder judicial compiló su propio registro de delitos cometidos por menores en Brunei de enero de 1994 a octubre de 1998. Según las estadísticas, hubo 358 delitos cometidos por menores en ese período. Entre los delitos cometidos figuran el allanamiento de morada, la receptación de cosas robadas, el vandalismo, la violación, las lesiones voluntarias y las infracciones de aduanas, tráfico e inmigración. Una mayoría de los delitos fueron robos (44%), seguidos del uso indebido de drogas (10%). Hubo 337 delincuentes varones y 21 mujeres. La mayoría estaban entre las edades de 16 y 18 años. Los factores que contribuyeron a los problemas juveniles parecían ser la negligencia o los problemas conyugales de los padres, o el hecho de que éstos fueran delincuentes, y las influencias negativas de los compañeros.

313.Una vez condenado, si se le impone pena de reclusión, el menor delincuente será enviado a la cárcel de Jerudong, que también es para adultos. En Brunei Darussalam no hay instalaciones correccionales especiales para menores, y debido al hacinamiento las autoridades carcelarias no pueden mantener a los menores en un pabellón aparte. De igual manera en el centro de rehabilitación de drogadictos también están juntos los menores y los adultos. Las estadísticas del Departamento de Prisiones confirman que sólo unos pocos de los menores delincuentes son condenados a reclusión. Entre 1995 y 1998 hubo 89 delincuentes juveniles privados de libertad. La edad más baja era de 14 años.

314.Los menores delincuentes conviven en la cárcel con los reclusos adultos: a) más maduros, b) que pronto serán puestos en libertad, c) muy devotos y d) condenados por delitos leves. Cabe también señalar que esto se hace así con la esperanza de que los adultos puedan servir de guía a los menores, haciéndoles comprender sus errores. Además, a los menores delincuentes se les da, en la medida de lo posible, el trato que se les debe en tanto que tales.

315.Brunei Darussalam pasó a ser Parte en la Convención sobre los Derechos del Niño el 27 de diciembre de 1995 y, con la adhesión, se reafirmó su resolución de proteger el interés y supervivencia del niño y mejorar su crecimiento y desarrollo. Se están adoptando medidas para proteger mejor el derecho de los niños cuando se ven en conflicto con la ley. Por ejemplo, la construcción de una prisión nueva con más instalaciones permitirá a la autoridad carcelaria tener más en cuenta el bienestar de los menores encarcelados.

316.Al tratarse de una nación islámica que intenta llevar a la práctica y defender los principios de la religión, el islam se trasluce en todos los aspectos de la vida de Brunei Darussalam a todos los niveles, y en el concepto nacional de ser malayo. La Monarquía Islámica refuerza también esa influencia religiosa. Aparte de las disposiciones de la Ley del Consejo Religioso y del Tribunal del Cadí (cap. 77), en los que se prevén determinados derechos de los niños, hay diversas normas coránicas y de los hadices (dichos y prácticas del Profeta) que guían a los adultos musulmanes en su relación y trato con los niños. Gracias a la adopción de un estilo de vida islámico y a la práctica de la tradición malaya de devoción y dedicación a la infancia, Brunei Darussalam se ha constituido en morada de paz para todos, incluidos los niños. Cabe señalar que en algunos casos los delitos cometidos por menores son el resultado de un amor y dedicación excesivos.

Limitaciones

317.Las distintas autoridades que intervienen en la administración de justicia tienen interés en revisar el criterio seguido con los menores delincuentes para así atenerse al espíritu y propósito de la Convención sobre los Derechos del Niño, aunque debido a lo limitado de los recursos ha de procederse con más lentitud.

318.No hay instalaciones correccionales separadas para los menores delincuentes debido a que se incluye a muy pocos.

D. Niños sometidos a explotación

Contexto jurídico

319.La ley prohíbe emplear a menores de 16 años. El empleo de los menores de 14 se considera trabajo infantil. En virtud de la Ley del trabajo (cap. 93, párrafo 1 del artículo 24) se prohíbe el empleo de niños en cualquier rama de la producción. Conforme a esta ley, se define al niño como la persona menor de 14 años.

320.En virtud del Código Penal (cap. 22) y la Ley de protección de mujeres y niñas (cap. 120) se imponen penas graves por los delitos de venta, trata y secuestro de mujeres jóvenes y niñas. Entre los delitos tipificados figura el secuestro de menores para someterlos a esclavitud y la venta de menores para la prostitución, penados con reclusión de hasta diez años.

Aplicación

321.La mayoría de quienes buscan empleo son mayores de 18 años; aunque hay cierto número de solicitantes de empleo más jóvenes. Los padres pueden pedir el consentimiento del Comisionado de Trabajo para que sus hijos menores puedan trabajar. En el ejercicio de esta facultad, el Comisionado procederá según el interés superior del niño. Sólo se da el consentimiento si el tipo de trabajo no es exigente en el aspecto físico y mental ni pone en peligro la seguridad del niño. Según las estadísticas facilitadas por el Departamento de Trabajo, en 1998 solicitaron empleo 40 menores.

322.Técnicamente, puede considerarse trabajo infantil la presencia de menores en los centros laborales. No obstante, es normal que los niños ayuden en los negocios familiares, como mercados nocturnos, puestos de frutas y verduras o tiendas de comestibles, y otras empresas familiares. El ayudar a la familia es tradicional en la cultura de Brunei, ya que para algunas es una manera de formar a los hijos para que se hagan cargo del negocio familiar cuando estén preparados. A muchos de ellos no se les paga por esa ayuda o se les dan cantidades mínimas como estímulo.

Limitaciones

323.El Departamento de Trabajo se ocupa junto con el Ministerio de Educación y los sectores privados de los programas de capacitación para ayudar a los jóvenes que buscan empleo a perfeccionar sus conocimientos y a estudiar otras alternativas que compensen la falta de formación escolar. El principal inconveniente es que este tipo de programa debe hacerse específicamente para el tipo de solicitante de que se trate, de forma que no tenga que competir por los puestos de trabajo con jóvenes con mejores expedientes educativos.

324.El que haya solicitantes de trabajo menores debidamente registrados puede deberse al mal rendimiento escolar, que les impidió seguir a más altos niveles educativos. Otro motivo puede ser la necesidad de algunas familias de que sus hijos empiecen pronto a trabajar para ayudar a su sostenimiento.

E. Menores implicados en drogas y en el abuso de sustancias adictivas

Contexto jurídico

325.En virtud de la Ley sobre el uso indebido de drogas (cap. 27) se dispone la fiscalización de drogas peligrosas o dañinas y de sus usos. No hay ninguna disposición legal en que se aborde este aspecto específicamente con respecto a los niños.

Aplicación

326.La Oficina de Fiscalización de Estupefacientes es el organismo principal encargado del cumplimiento de las leyes sobre los estupefacientes en Brunei Darussalam. Los funcionarios de la oficina tienen plenos poderes de investigación en los casos de drogas. Recientemente, en una ocasión se empleó a un menor para importar drogas. Los padres le adhirieron drogas por todo el cuerpo. Tras su detención, el padre natural del niño fue condenado a 27 años de reclusión y la madrastra a 24. La mayoría de los menores son detenidos por consumo y tenencia para su propio uso. A pesar de la falta de disposiciones legales, como en otras esferas en que los niños llegan a estar en conflicto con la ley la Oficina de Fiscalización de Estupefacientes se muestra especialmente humana y comprensiva al tratar con menores.

327.La oficina también presta servicios de seguimiento mediante su programa de vigilancia. Este programa se ocupa de quienes cometen delitos relacionados con los estupefacientes y han seguido un tratamiento y un programa de rehabilitación, a los condenados por consumo de droga y a los menores delincuentes que siguen voluntariamente el programa tras quedar clasificados como drogadictos. En este programa se vigila a los participantes mediante análisis periódicos de orina y visitas al azar durante un período máximo de dos años. Conforme a la ley, se puede prorrogar por otro más, pero eso no suele suceder en la práctica. Durante el período de supervisión se prestan servicios de orientación a los participantes y a sus familias. Se organizan actividades de recreo y deportivas y clases de religión, como manera de alentarlos y hacerles entrever un estilo de vida más sano. También hay un programa parecido para los que se drogan por inhalación, conforme al Decreto de emergencia sobre sustancias enajenantes de 1991, aunque el programa de vigilancia correspondiente tiene una duración máxima de un año.

328.El tratamiento y rehabilitación institucionalizado de los drogadictos depende del Departamento de Prisiones. El tratamiento y la rehabilitación se desarrollan durante un plazo de 6 a 36 meses. Los reclusos quedan después bajo control otros 24 meses tras la puesta en libertad bajo la jurisdicción de la Oficina de Fiscalización de Estupefacientes. En Brunei sólo hay un centro de rehabilitación para drogadictos y, en consecuencia, no hay instalaciones aparte para los menores delincuentes. El centro también brinda tratamiento y rehabilitación a los adictos a sustancias inhaladas. El tratamiento y rehabilitación de estos drogadictos tiene una duración de 6 a 12 meses.

329.La mayoría de los menores que delinquen en este apartado son adictos a la codeína y a las sustancias psicotrópicas, y aumenta la tendencia a los estimulantes del tipo anfetamina. Las drogas también son populares entre los delincuentes adultos y, en cuanto al tipo de drogas, no hay diferencia entre las preferencias de menores y adultos. Los adultos drogadictos arrastran normalmente este hábito desde cuando eran menores.

330.La Oficina de Fiscalización de Estupefacientes opina que debe darse a los jóvenes todas las oportunidades de rehabilitación sin el estigma de un expediente penal. Así pues, al tratar con los menores, lo que se tiene en cuenta sobre todo es su capacidad de rehabilitación y las perspectivas futuras.

331.En la práctica se siguen las siguientes directrices:

a)Cuando se detiene a un menor delincuente se le ofrece la libertad bajo fianza, a menos que esté implicado en delitos graves, por ejemplo de tráfico de drogas. En la medida de lo posible no se los detiene, porque no hay un lugar aparte de detención para menores. Cuando es preciso detenerlos, se toman medidas para que estén separados de los adultos; y

b)No se enjuicia a estudiantes y jóvenes a menos que sean reconocidos como traficantes o reincidentes. Son puestos en libertad con una advertencia y deben seguir el programa de vigilancia de la oficina, o son recomendados para recibir tratamiento y rehabilitación.

332.Brunei Darussalam no cuenta actualmente con datos sobre el número de niños y jóvenes adictos a las drogas. La Oficina de Fiscalización de Estupefacientes, sin embargo, mantiene registros del número de estudiantes que se drogan. Según la oficina, de 1995 a 2000, el número total de estudiantes detenidos fue de 279, de los cuales 147 tenían 15 o menos años y el resto eran menores de 19. El total, sin embargo, disminuye. En 2000 se detuvo a 25 estudiantes, en comparación con 30 en 1999 y 33 en 1998. La detención de los menores de 15 años también se redujo a 19 en 2000, frente a 20 en 1999 y 29 en 1998.

333.En el año 2000, 4 estudiantes tienen que seguir el programa de vigilancia. Estas cifras fueron de 18 en 1997, 2 en 1998 y sólo 1 en 1999.

334.La tendencia decreciente de las detenciones de estudiantes ha contribuido a establecer una relación más estrecha entre la oficina y el Ministerio de Educación. La oficina tiene un acuerdo con el Ministerio de Educación para prevenir la propagación del uso indebido de drogas entre los estudiantes. En las escuelas y facultades se hacen análisis de orina para detectar a los drogadictos. Antes de remitirlos a la oficina y una vez identificados mediante los análisis de orina u otros medios, los consejeros escolares o la Dependencia de Orientación del Ministerio de Educación se ocupan de esos estudiantes. La oficina se hace cargo de los casos de los que no pueden ocuparse eficazmente las escuelas o la Dependencia. La oficina también colabora con el Ministerio de Educación en la posible modernización de la enseñanza contra las drogas en los programas de estudios escolares, también destinada a las instituciones de enseñanza superior.

335.En un intento de sensibilizar a los jóvenes de los peligros del uso indebido de drogas, la oficina hizo presentaciones en escuelas, facultades y aldeas a lo largo del año. En 2000, la oficina hizo un total de 98 presentaciones en todo el país, 59 de ellas dedicadas a los estudiantes, que asistieron en número de 11.777. La oficina también ayuda al Ministerio de Educación en actividades tales como cuestionarios y cursos de orientación para dirigentes estudiantiles.

336.Las campañas para orientar a los jóvenes hacia actividades alternativas a la drogadicción se llevan asimismo de manera rigurosa. Se despliegan actividades conjuntas con grupos comunitarios de aldea con el fin de difundir actividades sanas para la juventud. Con este tipo de campaña se confía en que la oficina podrá llegar a los menores que han abandonado la escuela.

337.En su esfuerzo por determinar los problemas de uso indebido de drogas en las instituciones educativas y en su intento posterior por erradicar la drogadicción, la Oficina de Fiscalización de Estupefacientes realizó dos encuestas: una en 1994 y otra en 1998. Los resultados le permitieron determinar la magnitud del problema y, por consiguiente, trazar las estrategias futuras.

Limitaciones

338.Los esfuerzos por erradicar el uso indebido de drogas son caros y lo limitado de los recursos constituye el principal condicionamiento que ha impedido abordar el problema de los menores de manera separada. Por ejemplo, el número de instalaciones correccionales y de detención para menores que hay en Brunei es escaso. No obstante, se están adoptando medidas en este sentido.

F. Niños indígenas o pertenecientes a grupos étnicos minoritarios

Contexto jurídico

339.Aunque no hay leyes específicas de protección de los derechos de los niños indígenas o pertenecientes a grupos étnicos minoritarios, en virtud de la Ley de nacionalidad (cap. 15), en el derecho de Brunei se reconocen 7 grupos indígenas de raza malaya (a saber: belait, bisayah, brunei, dusun, kedayan, murut y tutong) y 15 grupos de pueblos considerados indígenas de Brunei Darussalam, (a saber: bukitan, dayak del mar, dayak de tierra, kalabit, kayan, kenyah, kajang, lugat, lisum, melanau, penan, sian, tagal, tabun y ukit) a los que podría considerarse súbditos de Su Majestad el Sultán y que, en tanto que tales, gozan de todos los derechos que corresponden a esa condición.

Aplicación

340.A todos los niños se los trata igual independientemente de la religión, antecedentes o raza.

IX. CONCLUSIONES

341.Brunei Darussalam pasó a ser Parte en la Convención sobre los Derechos del Niño el 27 de diciembre de 1995, adhesión que entrañó un compromiso mayor en la protección del interés y supervivencia del niño y la mejora de su crecimiento y desarrollo.

342.Al ser una nación islámica que trata de practicar y defender los principios de la religión, el islam se trasluce en todos los aspectos y a todos los niveles de la vida de Brunei. El concepto nacional de Monarquía Islámica Malaya refuerza esa influencia religiosa. No sólo la sharia (Ley del Consejo Religioso y del Tribunal del Cadí, cap. 77) consagra determinados derechos del niño, sino que hay diversas normas y hadices (dichos y prácticas del Profeta) que guían a los adultos musulmanes en su relación y trato con los niños. La adopción del estilo de vida islámico y la práctica de la tradición malaya de devoción y dedicación a la infancia es lo que ha hecho de Brunei Darussalam desde tiempo inmemorial una morada de paz para todos, incluidos los niños. Cabe mencionar que determinados casos de delincuencia juvenil son el resultado de un amor y dedicación excesivos.

343.No obstante, al haberse adherido a la Convención sobre los Derechos del Niño, Brunei Darussalam reconoce la necesidad acuciante de centrar y volver a definir esa devoción y de aplicar mejor las leyes islámicas y civiles en el beneficio máximo de la infancia del país. Como paso adelante en el cumplimiento de las obligaciones que le impone la Convención, Brunei Darussalam creó el Consejo Nacional de la Infancia, el 18 de enero de 2001, según propuso Su Alteza Real Pengiran Isteri Hajjah Mariam en la reunión consultiva sobre la Convención sobre los Derechos del Niño en 1996. Este órgano podrá en principio coordinar mejor los esfuerzos de los distintos organismos encargados de la infancia en Brunei Darussalam. Se aprecia verdaderamente que lo que se necesita es un criterio de totalidad al atender las cuestiones que afectan a la infancia.

344.En nuestro sistema educativo todos los niños reciben enseñanza gratuita secular y religiosa desde el nivel primario hasta el terciario, y el sistema de salud presta cuidados gratuitos desde los servicios preventivos hasta los curativos. Se considera que Brunei Darussalam ha hecho una excelente labor en estas dos esferas, y que las disposiciones jurídicas se aplican plenamente.

345.El sistema de seguridad social y las redes de seguridad evolucionan continuamente para mantenerlas en consonancia con la Convención.

346.La preparación y redacción del informe ha permitido a Brunei Darussalam darse cuenta de la necesidad de prestar más atención a cuestiones a las que antes no se había atendido suficientemente. La Convención sobre los Derechos del Niño también ha ayudado a Brunei Darussalam a formular sus estrategias para atender a la infancia en un futuro próximo, y no ve ningún motivo para no mejorar sus políticas a fin de alcanzar plena y totalmente los objetivos de la Convención.

ANEXOS

Anexo I

ESTADÍSTICAS DE NIÑOS ABANDONADOS Y ENCONTRADOS EN BRUNEI DARUSSALAM

Año

Varones

Mujeres

Total

1995

1

1

1996

1

1

1997

1

1

1998

2

1

3

1999

6

6

2000

1

1

Fuente: Fiscalía General.

Anexo II

DELITOS A TENOR DEL DECRETO SOBRE LA INFANCIA DE 2000

Delito

Artículo 26Maltrato, descuido, exposición o abandono de niños

Artículo 33Transmisión ilícita de la tenencia, tutela o guarda de menores

Artículo 34Introducción de menores en el país mediante falsos pretextos

Artículo 28Abandono de menores sin alguien al cuidado

Artículo 27Utilización de menores para la mendicidad o actividades ilegales

Pena

Reclusión máxima de siete años y diez azotes o multa máxima de 20.000 dólares, o ambas

Reclusión máxima de siete años y diez azotes o multa máxima de 20.000 dólares, o ambas

Reclusión máxima de siete años y diez azotes o multa máxima de 20.000 dólares, o ambas

Reclusión máxima de cinco años y diez azotes o multa máxima de 10.000 dólares, o ambas

Reclusión máxima de cinco años y ocho azotes o multa máxima de 10.000 dólares, o ambas

Fuente: Fiscalía General.

Anexo III

ESTADÍSTICAS SOBRE LAS MUJERES ACOGIDAS EN TAMAN NOOR HIDAYAH (Refugio a cargo de la Dependencia de Servicios Sociales)

Motivo de permanencia en el refugio

1995

1996

1997

1998

1999

Total

Pérdida del autocontrol

9

9

2

12

11

13

Explotación sexual

-

-

-

-

5

5

Problemas familiares

-

-

-

1

3

4

Descuido (huérfanos)

4

4

-

-

-

8

Abuso sexual

3

-

-

-

6

9

Total

16

13

2

13

25

69

Fuente: Dependencia de Servicios Sociales.

Anexo IV

ESTADÍSTICAS PEDIÁTRICAS DE BRUNEI DARUSSALAM

1978

1983

1988

1992

1993

1994

1995

1996

1997

1998

Total nacimientos

5.662

6.031

6.932

7.330

7.354

7.321

7.401

7.690

7.498

7.457

Total nacidos vivos

5.598

5.981

6.884

7.290

7.314

7.270

7.341

7.633

7.459

7.411

Total mortalidad fetal tardía (nacidos muertos)Índice por 1.000 nacidos vivos

11,3

8,3

6,9

5,5

5,4

7,0

8,1

7,4

5,2

6,2

Mortalidad prenatalÍndice por 1.000 nacidos vivos

22,1

13,4

10,1

9,8

11,4

10,5

12,3

10,7

8,9

9,0

Mortalidad neonatal tempranaÍndice por 1.000 nacidos vivos (primera semana)

10,9

5,4

3,2

4,4

6,0

3,6

4,2

3,3

3,8

2,8

Mortalidad neonatalÍndice por 1.000 nacidos vivos (primer mes)

12,2

6,1

3,8

6,7

7,7

5,1

5,3

4,5

4,7

4,7

Mortalidad infantil Índice por 1.000 nacidos vivos (primer año)

20

10,9

7,0

9,6

11,2

8,4

7,9

6,9

7,4

6,5

Mortalidad infantilÍndice por 1.000 habitantes (1 a 4 años)

1,4

1,3

0,6

0,5

0,6

0,5

0,5

0,5

0,5

0,5

Anexo V

NÚMERO DE ALUMNOS, DE MAESTROS Y DE ESCUELAS RELIGIOSAS ISLÁMICAS (1996-2000)

Año escolar

1996

1997

1998

1999

2000

Escuelas

113

114

110

115

117

Clases

1.426

1.486

1.573

1.632

1.673

Alumnos

16.055

16.816

17.128

18.060

18.740

Alumnas

15.469

15.912

16.203

16.914

17.489

Maestros

1.176

1.406

1.468

1.579

1.580

Número de alumnos por escuela

279

287

303

304

310

Número de alumnos por clase

22

22

21

21

22

Número de alumnos por maestro

26

23

23

22

23

Fuente: Departamento de Estudios Islámicos, Ministerio de Asuntos Religiosos.

Anexo VI

MAPA DE BRUNEI DARUSSALAM