Naciones Unidas

CRC/C/FJI/Q/2-4

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

5 de marzo de 2014

Español

Original: inglés

Comité de los Derechos del Niño

67º período de sesiones

1 a 19 de septiembre de 2014

Tema 4 del programa provisional

Examen de los informes de los Estados partes

Lista de cuestiones relativa a los informes periódicos segundo a cuarto combinados de Fiji

Se pide al Estado parte que presente por escrito infor mación adicional y actualizada, de ser posible antes del 15 de junio de 2014.

En el diálogo con el Estado parte, el Comité puede abordar todos los aspectos de los derechos del niño contemplados en la Convención.

Parte I

En esta sección se pide al Estado parte que presente sus respuestas a las siguientes preguntas en un máximo de 30 páginas.

1.Sírvanse aclarar si el Estado parte prevé formular una política y una estrategia integrales para los niños y, de ser así, faciliten información sobre su contenido, el presupuesto asignado para su ejecución y el proceso de seguimiento y evaluación.

2.Sírvanse informar al Comité de las medidas tomadas para aplicar sus anteriores recomendaciones (CRC/C/15/Add.89, párr. 30) sobre la creación de un mecanismo independiente de recepción y verificación de denuncias para vigilar, promover y proteger los derechos del niño en el Estado parte. En relación con el párrafo 31 del informe del Estado parte, sírvanse aclarar el cometido del funcionario administrativo encargado de los derechos del niño de la Comisión de Derechos Humanos y de Lucha contra la Discriminación de Fiji.

3.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas tomadas por el Estado parte para promover la participación significativa de los niños a nivel local y nacional en la elaboración y aplicación de la Política nacional sobre el cambio climático y otras políticas al respecto. Asimismo, aclaren si los derechos e intereses de los niños están integrados y protegidos en la Política nacional sobre el cambio climático; de ser así, indiquen de qué manera.

4.Indíquese qué medidas se han tomado para reformar las actitudes tradicionales, la percepción del papel de los géneros y las leyes y los reglamentos existentes que discriminan a las niñas en la familia y la vida pública. Sírvanse informar al Comité de las medidas adoptadas para prevenir, investigar y condenar los actos de violencia contra niñas y para proporcionar reparación a las víctimas. Con referencia al párrafo 183 del informe del Estado parte, expliquen las medidas tomadas para garantizar que las formas tradicionales de disculpa (bulubulu) no se impongan a los niños víctimas de delitos sexuales y que se dé seguimiento a los casos de niños obligados a "reconciliarse" con sus abusadores.

5.Sírvanse aclarar si el Decreto sobre la ciudadanía protege el derecho a la nacionalidad de los niños abandonados (expósitos) garantizando que adquieren automáticamente la nacionalidad fiyiana.

6.En relación con la elevada incidencia de la violencia contra los niños, en particular del castigo corporal, como se indica en el párrafo 108 del informe del Estado parte, sírvanse facilitar información sobre las medidas prácticas adoptadas para prevenir y erradicar todas las formas de violencia contra los niños, como una prohibición legal explícita del castigo corporal en todos los contextos.

7.Sírvanse explicar cómo se tiene en cuenta el interés superior del niño en los procedimientos penales relativos a sus padres, específicamente al imponerles la pena, incluida la de prisión perpetua. Asimismo, rogamos aclaren las medidas adoptadas para velar por que los hijos de padres encarcelados no sean víctimas de ningún tipo de discriminación.

8.A la luz de las anteriores recomendaciones del Comité (CRC/C/15/Add.89, párr. 40), sírvanse indicar las medidas adoptadas para eliminar la discriminación y el estigma social de que son víctimas los niños con discapacidad y facilitar su plena inclusión en la sociedad. Facilítese información sobre las medidas aplicadas por el Estado parte para garantizar el acceso efectivo de los niños con discapacidad a los servicios de salud y sociales.

9.Con referencia a los párrafos 314 y 315 del informe del Estado parte, rogamos expliquen en detalle los progresos realizados en la aplicación de la Política de educación inclusiva, adoptada en 2010, y la justificación, desde el punto de vista educativo, de la creación de escuelas de educación especial para los niños con discapacidad por la Sección de Educación Especial del Ministerio de Educación.

10.En relación con el párrafo 281 del informe, en el que se afirma que la tasa de embarazos de adolescentes continúa siendo motivo de preocupación, sírvanse informar al Comité si el Estado parte ha evaluado las causas fundamentales de las elevadas tasas de embarazo en la adolescencia. Indíquense las medidas adoptadas para garantizar que la educación y los servicios de salud sexual y reproductiva para adolescentes, que incluyen la planificación familiar y servicios de aborto sin riesgo, sean accesibles y adecuados en todo el Estado parte, y que los programas de educación y concienciación destinados a los niños varones se integren en las políticas y los planes relativos a los servicios de salud sexual y reproductiva para niños.

11.Sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas para que la educación sea gratuita, sin costos ocultos, y accesible para todos los niños y niñas, y sobre las iniciativas emprendidas para reducir la deserción escolar y aumentar la tasa de escolarización y permanencia de los niños, en particular de las niñas, en el sistema escolar. Asimismo, indíquense las medias adoptadas a fin de ejecutar programas para la primera infancia, también en las islas periféricas.

12.En el contexto de la introducción de una identidad nacional común tanto para los habitantes indígenas de Fiji (iTaukei) como para el resto de los fiyianos, y de legislación conexa, sírvanse informar al Comité de las medidas tomadas por el Estado parte para proteger los derechos culturales de los niños pertenecientes a grupos minoritarios e indígenas, así como el aprendizaje y el uso de sus idiomas. Asimismo, infórmese al Comité de las medidas adoptadas para garantizar la participación efectiva de los niños de los diversos grupos indígenas, tanto a nivel local como nacional, con respecto a todas las políticas que afectan su identidad y sus derechos sociales y culturales.

13.Indíquese la edad mínima de responsabilidad penal. Asimismo, sírvanse aclarar de qué manera la Ley de justicia juvenil promueve la justicia restaurativa, así como medidas sustitutivas de la privación de libertad, y garantiza el derecho del niño a la asistencia jurídica gratuita. Rogamos expliquen los elementos principales del proyecto de decreto sobre medidas correctivas en el seno de la comunidad y del proyecto de decreto sobre justicia juvenil, e indiquen cuándo planea aprobarlos el Estado parte.

Parte II

En esta sección, el Comité invita al Estado parte a presentar una breve puesta al día (en tres páginas como máximo) de la información proporcionada en su informe en relación con:

a)Los nuevos proyectos de ley o nuevas leyes y sus respectivos reglamentos;

b)Las nuevas instituciones (y sus mandatos) y reformas institucionales;

c)Las políticas, los programas y los planes de acción adoptados recientemente y su alcance y financiación;

d)Las ratificaciones recientes de instrumentos de derechos humanos.

Parte III

Datos, estadísticas y demás información de que se disponga

1.Sírvanse facilitar información presupuestaria relativa a los tres últimos años sobre los recursos destinados a los niños y a los sectores sociales, indicando el porcentaje que cada partida presupuestaria representa dentro del presupuesto nacional total y del producto nacional bruto del Estado parte.

2.Proporcionen datos de los últimos tres años, desglosados por edad, sexo, entorno socioeconómico, origen étnico y ubicación geográfica, sobre:

a)El número de casos de malos tratos y actos de violencia contra niños, incluidas todas las formas de castigo corporal. Sírvanse facilitar información adicional sobre el tipo de asistencia ofrecida a los niños víctimas de estos actos y sobre las medidas adoptadas al respecto, como el enjuiciamiento de los responsables, en cuyo caso rogamos indiquen las penas impuestas;

b)El número de investigaciones de casos de violencia sexual y violación, así como los resultados de los juicios, indicando en particular las penas impuestas a los autores y las reparaciones e indemnizaciones otorgadas a las víctimas;

c)El número de casos de delitos sexuales en los que se ha forzado a niños a "reconciliarse" con sus abusadores mediante formas tradicionales de disculpa (bulubulu);

d)El número de niños en situaciones de calle;

e)La prevalencia del peso inferior al normal o del retraso del crecimiento en los lactantes y los niños menores de 5 años y la mortalidad de los niños menores de 5 años, particularmente en las divisiones oriental y septentrional;

f)El número de niños infectados o afectados por el VIH/SIDA.

3.Sírvanse facilitar datos relativos a los últimos tres años, desglosados por edad, sexo, entorno socioeconómico, origen étnico y ubicación geográfica, sobre la situación de los niños privados de un entorno familiar, y en particular sobre el número de niños:

a)Separados de sus padres;

b)Que viven en hogares encabezados por un niño;

c)Acogidos en instituciones;

d)Acogidos en familias de guarda;

e)Adoptados en el país o en el extranjero.

4.Sírvanse facilitar datos de los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, tipo de discapacidad, origen étnico y ubicación geográfica, sobre el número de niños con discapacidad:

a)Que viven con su familia;

b)Internados en instituciones;

c)Que asisten a escuelas normales de enseñanza primaria;

d)Que asisten a escuelas normales de enseñanza secundaria;

e)Que asisten a escuelas especiales;

f)Que no van a la escuela;

g)Que han sido abandonados por su familia.

5.Sírvanse proporcionar datos relativos a los últimos tres años, desglosados, entre otras cosas, por edad, sexo, entorno socioeconómico, origen étnico y residencia en las islas periféricas del Estado parte, sobre:

a)Las tasas de matriculación y conclusión de la enseñanza, en porcentajes, de los grupos de edad pertinentes de los centros de enseñanza preescolar, primaria y secundaria;

b)El número y el porcentaje de deserciones escolares y repeticiones de curso;

c)El número promedio de alumnos por profesor.

6.Sírvanse proporcionar datos de los últimos tres años, desglosados por edad, sexo, entorno socioeconómico, grupo étnico y residencia en las islas periféricas, del número de niños que:

a)Realizan trabajo infantil;

b)Trabajan en el servicio doméstico y en los sectores pesquero y agrícola;

c)Realizan trabajos peligrosos.

7.Sírvanse facilitar datos de los últimos tres años, desglosados, entre otras cosas, por edad, sexo, origen étnico y tipo de delito, sobre el número de:

a)Niños que presuntamente cometieron un delito y fueron denunciados a la policía;

b)Niños condenados y los tipos de penas o sanciones previstas para los delitos que cometieron, y la duración de la privación de libertad;

c)Centros de privación de libertad existentes para los niños en conflicto con la ley, y la capacidad de dichos centros;

d)Niños recluidos en esos centros y niños recluidos en centros para adultos;

e)Niños en prisión preventiva, y la duración media de la privación de su libertad;

f)Casos denunciados de maltrato y abusos a niños durante su detención y privación de libertad.

8.Rogamos proporcionen una puesta al día de los datos contenidos en el informe que hayan quedado obsoletos o no reflejen las novedades recientes.

9.Además, el Estado parte puede citar esferas que afecten a los niños y que considere importantes con respecto a la aplicación de la Convención.