Naciones Unidas

CRC/C/TGO/Q/3-4

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

18 de julio de 2011

Español

Original: francés

Comité de los Derechos del Niño

59º período de sesiones

16 de enero a 3 de febrero de 2012

Aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño

Lista de cuestiones que requieren información adicional y actualizada en relación con el examen de los informes periódicos tercero y cuarto combinados del Togo, presentados en un solo documento (CRC/C/TGO/3-4)

Se pide al Estado parte que presente por escrito información adicional y actualizada, de ser posible antes del 1º de octubre de 2011, que no exceda de 30 páginas.

En el diálogo con el Estado parte, el Comité puede abordar todos los aspectos de los derechos del niño enunciados en la Convención.

Parte I

1.Sírvanse indicar las medidas adoptadas para poner en funcionamiento, con operatividad plena, el Comité Nacional de los Derechos del Niño, creado en virtud del artículo 452 del Código de la Infancia de 2007, que se encarga de coordinar las actividades de protección de los derechos del niño.

2.Sírvanse proporcionar información actualizada sobre la marcha de la elaboración del documento de política nacional de protección del niño validado en diciembre de 2008, así como sobre su contenido. Sírvanse especificar si esa política, que se dirige, de manera expresa, a los niños en situación de vulnerabilidad, versará, no obstante, sobre el conjunto de disposiciones que abarca la Convención.

3.Sírvanse indicar si los niños disponen de un mecanismo de recurso a la Comisión Nacional de Derechos Humanos, que sea específico y accesible, en todo el territorio del Estado parte. En caso afirmativo, sírvanse indicar las medidas adoptadas para dar a conocer ese mecanismo a los niños. Sírvanse exponer las razones por las que el Estado parte ha disminuido en un 20% la subvención asignada a la Comisión y especificar si el Estado parte ofrece actualmente los recursos humanos, materiales y técnicos necesarios para el funcionamiento de esta.

4.Sírvanse especificar las medidas adoptadas o previstas para centralizar la recopilación de datos sobre los niños partiendo de los distintos sistemas de recopilación que existen actualmente en el Estado parte.

5.Sírvanse comentar la información según la cual la parte del presupuesto del Estado parte dedicada a la salud y la educación está disminuyendo y no representa, respectivamente, más que el 5,35% de cada uno de esos dos sectores. Sírvanse indicar el efecto que tienen esas restricciones presupuestarias sobre los niños. Sírvanse también enumerar las medidas adoptadas por el Estado parte para cumplir los compromisos enunciados en el documento exhaustivo de estrategia de lucha contra la pobreza (2009‑2011), sobre todo con respecto al presupuesto asignado a la salud.

6.Sírvanse proporcionar información actualizada sobre las actividades de información, sensibilización y formación con respecto a la Convención realizadas por el Estado parte en favor de los niños, los padres y todos los profesionales que trabajan para los niños o con ellos, y aclarar si la información relativa a la Convención está disponible en todas las lenguas y en todas las regiones del Estado parte.

7.Sírvanse explicar cuáles son las medidas adoptadas concretamente para eliminar los estereotipos sexistas que existen en el Estado parte en relación con las niñas.

8.Sírvanse detallar las medidas destinadas a poner fin al asesinato de los niños nacidos con una discapacidad o una anomalía (párrafo 93 del informe) e indicar qué causas se han incoado contra los autores de esos infanticidios.

9.Sírvanse facilitar información actualizada sobre las medidas adoptadas por el Estado parte, sobre todo campañas nacionales, para asegurar la inscripción gratuita y universal de los nacimientos en el Togo que se menciona en el párrafo 104 de su informe y para velar por que los niños no registrados no se vean privados del acceso a la atención de la salud y la educación.

10.Sírvanse indicar si se han adoptado medidas para investigar los casos de tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes infligidos a niños, descritos por el Relator Especial sobre la tortura a raíz de la misión que realizó en el país en abril de 2007. Sírvanse precisar si se ha implantado un mecanismo para que los niños puedan presentar efectivamente una denuncia en caso de maltrato, habida cuenta de que el Estado parte reconoce, en el párrafo 149 de su informe, que ni la Inspección General de Servicios de Seguridad ni las autoridades judiciales han recibido ninguna denuncia. Sírvanse indicar cuáles son las medidas concretas adoptadas para poner remedio a las condiciones de detención de los niños, condiciones que el propio Estado parte considera preocupantes.

11.Sírvanse indicar las medidas encaminadas a fomentar la adopción nacional y, a tal fin, reducir el costo de los procedimientos de adopción nacional (280.000 francos CFA). Sírvanse indicar, asimismo, las razones por las que las asociaciones de la sociedad civil no pueden formar parte del Comité Nacional para la Adopción de Niños.

12.Sírvanse especificar las medidas adoptadas por el Estado parte para asegurarse de que el sistema escolar público sea accesible a los niños discapacitados. Sírvanse, asimismo, enumerar las medidas encaminadas a remediar la falta absoluta de formación del personal docente en la enseñanza de niños con discapacidad, como se menciona en el párrafo 189 del informe.

13.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas destinadas a disuadir a las comunidades de seguir practicando la mutilación genital femenina. Sírvanse indicar qué medidas se han adoptado para aplicar, de manera efectiva, la prohibición de los matrimonios precoces o forzados. Sírvanse indicar en qué situación se halla el Estado parte por lo que respecta a la aprobación del Código de la Familia y la prohibición de la poligamia. Sírvanse indicar también las medidas adoptadas para aplicar las recomendaciones anteriores formuladas por el Comité sobre todas las demás prácticas nocivas para los niños (CRC/C/15/Add.255, párr. 57).

14.Sírvanse precisar al Comité las medidas destinadas a remediar la falta de servicios de salud reproductiva en el país. Dado que la interrupción voluntaria del embarazo está prohibida por la ley de 2007, sírvanse indicar qué hace el Estado parte para evitar los embarazos no deseados, sobre todo de las adolescentes, y los abortos que se les practican a estas clandestinamente en condiciones que ponen su vida en peligro.

15.Sírvanse proporcionar información actualizada sobre las medidas destinadas a prevenir la propagación del virus de la inmunodeficiencia humana y el síndrome de inmunodeficiencia adquirida y luchar contra ella, así como las destinadas a ocuparse del importante número de niños que han perdido a sus padres a causa de esa enfermedad.

16.Sírvanse proporcionar información actualizada sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para garantizar la aplicación efectiva de la legislación para reprimir la explotación sexual de los niños. Sírvanse detallar, sobre todo, el programa nacional armonizado para prevenir las diferentes formas de explotación sexual de los niños y combatirlas. Sírvanse indicar cuáles son las medidas concretas adoptadas para poner fin a los abusos sexuales que se cometen contra los niños en las escuelas.

17.Sírvanse facilitar información actualizada sobre el proceso de reforma de la justicia juvenil mencionado en el párrafo 482 del informe. Sírvanse indicar en qué situación se halla, sobre todo, la creación de tribunales de menores en todas las regiones del país (solo hay uno en Lomé); cuáles son las medidas adoptadas para garantizar que esos tribunales dispongan de los recursos humanos y materiales necesarios para su buen funcionamiento, y qué formación específica sobre los derechos del niño reciben los magistrados, los funcionarios judiciales y los asistentes sociales que trabajan en contacto con niños.

Parte II

En esta sección, se invita al Estado parte a actualizar brevemente (en tres páginas como máximo) la información proporcionada en su informe en relación con:

a)Las nuevas leyes o proyectos de ley y su respectivo reglamento;

b)Las nuevas instituciones (y su mandato) o reformas institucionales, y su financiación;

c)Las políticas, los programas y los planes de acción adoptados recientemente y su alcance; y

d)Las ratificaciones recientes de instrumentos de derechos humanos.

Parte III

Datos, estadísticas y otra información de que se disponga

1.Sírvanse indicar el número de niños obligados a contraer matrimonios precoces o forzados y la proporción de uniones polígamas en esos matrimonios. Además, sírvanse indicar cuál es el número de personas que han sido llevadas ante la justicia por haber casado a niños desde que se aprobó el Código de la Infancia en 2007.

2.Por lo que respecta a los niños internados en instituciones, sírvanse proporcionar datos correspondientes a 2008 y 2009 y 2010 (desglosados por sexo, edad, motivo del internamiento y tipo de internamiento) sobre el número de niños apartados del entorno familiar que han sido internados en instituciones y sobre la duración media de ese internamiento.

3.Sírvanse indicar el número de niños con discapacidad registrados en 2008, 2009 y 2010 (los datos deben desglosarse por edad, sexo, tipo de discapacidad, origen étnico y situación geográfica) y el porcentaje de esos niños que tienen acceso a la educación.

4.Sírvanse proporcionar datos correspondientes a 2008 y 2009 y 2010 (desglosados por edad, sexo, origen étnico y situación geográfica) sobre el número de niños:

a)víctimas de maltrato, incluidos abusos sexuales, especificando el número de niños que han tenido acceso a servicios de rehabilitación y ayuda a la reintegración social, las acciones judiciales iniciadas contra los autores de esos delitos y los resultados de esas acciones durante el período de que se informa;

b)víctimas de la explotación económica, sobre todo el número de niños que trabajan como empleados domésticos, el número de acciones judiciales iniciadas contra los autores de esa explotación económica y la condena que se les ha impuesto;

c)que viven o trabajan en la calle y, asimismo, el número de ellos que se benefician de los programas de reintegración social.

5.Sírvanse facilitar datos estadísticos detallados correspondientes a 2008, 2009 y 2010, desglosados por edad, sexo y delito cometido, sobre los niños que han sido juzgados como adultos, los niños detenidos en centros penitenciarios para adultos y los niños a los que se han aplicado penas alternativas.

6.Por último, el Estado parte puede enumerar los ámbitos que influyan en la situación de los niños y que estime prioritarios en relación con la aplicación de la Convención.