Naciones Unidas

CRPD/C/CHN-HKG/RQ/2-3

Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Distr. general

7 de junio de 2022

Español

Original: chino e inglés

Chino, español, francés e inglés únicamente

Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

27º período de sesiones

15 de agosto a 9 de septiembre de 2022

Tema 5 del programa provisional

Examen de los informes presentados por las partes en la Convención en virtud del artículo 35

Respuestas de Hong Kong (China) a la lista de cuestiones relativa a sus informes periódicos segundo y tercero combinados * **

[Fecha de recepción: 21 de abril de 2021]

A.Propósito y obligaciones generales (arts. 1 a 4)

Respuestas al párrafo 1 a) de la lista de cuestiones (CRPD/C/CHN-HKG/Q/2-3)

1.En consonancia con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (en adelante, la Convención), el Gobierno de la Región Administrativa Especial (RAE) de Hong Kong de la República Popular China (en adelante, el Gobierno) está firmemente determinado a promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad, y a fomentar el respeto de su dignidad inherente. Tal como se informa en el párrafo 9 de los informes periódicos segundo y tercero combinados de la RAE de Hong Kong de la República Popular China en virtud de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (en adelante, el informe combinado), el Gobierno reconoce los principios establecidos en el artículo 3 en la aplicación de la Convención. A nivel constitucional, la Ley Fundamental de la RAE de Hong Kong de la República Popular China protege los derechos fundamentales de todas las personas, incluidas las personas con discapacidad. A nivel de la legislación interna, esos derechos están amparados por la Carta de Derechos de Hong Kong en virtud de la Disposición Legislativa sobre la Carta de Derechos de Hong Kong (cap. 383). Al formular y revisar la legislación relativa a las personas con discapacidad, las oficinas y departamentos estatales tendrán debidamente en cuenta los valores fundamentales que se desprenden de la Convención y tratarán de garantizar que la legislación sea conforme con los principios y las obligaciones enunciados en esta.

Respuestas al párrafo 1 b) de la lista de cuestiones

2.La prestación por discapacidad es un régimen no contributivo que no está sujeto a la prueba de los recursos ni a la rendición de cuentas, y que permite atender las necesidades especiales derivadas de la discapacidad de los residentes de Hong Kong (China) con discapacidad severa. Los médicos de hospitales o centros de salud públicos evalúan si una persona cumple las condiciones para percibir esa prestación.

3.Tal como se indica en el párrafo 7 del informe combinado, el Gobierno finalizó en 2015 el examen de los criterios para beneficiarse del régimen de prestación por discapacidad y formuló recomendaciones con miras a aumentar el apoyo a las personas con discapacidad. Por ejemplo, se recomendaron modificaciones en el formulario de evaluación médica utilizado por los médicos para determinar si las personas con discapacidad cumplían los criterios de admisión con el fin de garantizar la coherencia y la objetividad de la evaluación. Tras consultar a las partes interesadas, el formulario revisado comenzó a utilizarse en 2019.

Respuestas al párrafo 1 c) de la lista de cuestiones

4.El Gobierno revisa de forma continua la cobertura de las distintas categorías de discapacidad. El Plan Programático relativo a las Personas con Discapacidad y la Rehabilitación (anteriormente conocido como Plan Programático de Rehabilitación de Hong Kong), que se publicó recientemente, en julio de 2020, recomienda una actualización periódica de la definición de discapacidad y la clasificación de los tipos de discapacidad a fin de estar al día en cuanto a los acontecimientos en el plano local e internacional con miras a determinar mejor las necesidades de las personas con distintos tipos de discapacidad de cara a la futura planificación de los servicios. El Plan Programático ha recomendado también que se adopte el marco de la Clasificación Internacional del Funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud (CIF), publicado por la Organización Mundial de la Salud, en las encuestas sobre las personas con discapacidad. El Gobierno aplicará esas recomendaciones.

Respuestas al párrafo 1 d) de la lista de cuestiones

5.Por lo que respecta a la definición de discapacidad utilizada en distintos instrumentos legislativos y en la prestación de servicios, las oficinas y los departamentos públicos suelen hacer referencia, tal como se explica en el párrafo 6 del informe combinado, a la definición que figura en el Plan Programático a la hora de establecer políticas y servicios relacionados con las personas con discapacidad. Habida cuenta de la amplia gama de necesidades de servicios de personas afectadas por distintos tipos de discapacidad y en distinto grado, los departamentos y oficinas públicos deben efectuar los ajustes correspondientes y adoptar instrumentos de evaluación específicos para determinar adecuadamente qué personas con discapacidad se beneficiarán de los servicios, de manera que se les proporcione el apoyo apropiado en el marco de sus respectivos programas y los objetivos de sus políticas. En lo que respecta a la legislación, es necesario elaborar una definición de discapacidad que refleje adecuadamente el objetivo legislativo que se pretende alcanzar y facilite su aplicación. Ante la diversidad de objetivos de las disposiciones legislativas, es necesario disponer de una definición de discapacidad que se adapte al objetivo específico de cada disposición concreta. Esto explica por qué la definición que figura en un instrumento legislativo podría no ser idéntica a la que figura en otro. El Gobierno ha procurado que la definición sea conforme con el principio de “igualdad inclusiva” enunciado en la Convención.

Respuestas al párrafo 2 a) de la lista de cuestiones

6.El Gobierno concede gran importancia a la participación de las personas con discapacidad en la ejecución de los programas y la prestación de los servicios que les conciernen, teniendo en cuenta el bienestar y las necesidades de desarrollo de los niños con discapacidad. Esto se refleja en la creación de una Comisión de Alto Nivel sobre la Infancia. En septiembre de 2017, durante la fase de preparación, se creó un comité preparatorio presidido personalmente por el Jefe del Ejecutivo con el objeto de organizar la creación de esa Comisión. El comité preparatorio celebró una serie de sesiones de colaboración pública en las que participaron grupos de defensa de los derechos del niño, trabajadores sociales y personal de los sectores de la atención de la salud y la educación, así como padres y el público en general, y brindó asesoramiento sobre la condición jurídica, los términos de referencia, la estructura, la composición y el plan de trabajo inicial de la Comisión. En junio de 2018, se estableció la Comisión sobre la Infancia, presidida por el Secretario General de la Administración, con el propósito de mejorar y supervisar la integración y la racionalización de las políticas vinculadas con la infancia en diferentes oficinas y departamentos públicos y de promover y difundir los derechos de los niños enunciados en la Convención sobre los Derechos del Niño. El apoyo a los niños con discapacidad es una de las prioridades en la labor de la Comisión.

7.Como se ha mencionado en las respuestas al párrafo 1, el Plan Programático se volvió a publicar en julio de 2020. Uno de sus principios rectores es respetar el propósito de la Convención. La formulación del Plan Programático se basó en tres etapas de colaboración pública (a saber, la determinación del alcance, la formulación de recomendaciones y la creación de consenso) que se llevaron a cabo entre 2018 y principios de 2020 con la participación activa de personas con discapacidad, organizaciones que las representan, proveedores de servicios del sector de la rehabilitación y las partes interesadas.

Respuestas al párrafo 2 b) de la lista de cuestiones

8.Para preparar el informe combinado, el Gobierno realizó una consulta pública sobre los principales temas que debían abordarse e invitó a los ciudadanos (incluidas las personas con discapacidad y sus organizaciones) a expresar su opinión sobre la aplicación de la Convención en Hong Kong (China) y a sugerir otros temas que podrían incluirse en el informe. En concreto, la versión preliminar del informe se distribuyó entre las organizaciones no gubernamentales (ONG) y grupos de partes interesadas del sector de la rehabilitación, y se publicó en Internet para que los ciudadanos pudieran formular comentarios. Además, se organizaron cuatro sesiones de consulta pública.

9.La participación de las partes interesadas y la consulta pública forman también parte de la elaboración de legislación, políticas e iniciativas relacionadas con las personas con discapacidad. La formulación del Plan Programático mencionado más arriba es un ejemplo de ello. El Comité Consultivo de Rehabilitación (CCR), principal órgano consultivo del Gobierno en materia de políticas y medidas en favor de las personas con discapacidad, integrado por miembros de los sectores interesados, incluidas las personas con discapacidad, sus organizaciones y las ONG que prestan servicios de rehabilitación a las personas con discapacidad, dirigió su elaboración. El CCR creó un grupo de trabajo de revisión dedicado específicamente a la preparación del Plan Programático. El grupo de trabajo de revisión contaba, entre sus integrantes, con personas con discapacidad, representantes de organizaciones de autoayuda de personas con discapacidad, ONG que prestaban servicios de rehabilitación y grupos de padres o cuidadores interesados.

B.Derechos específicos (arts. 5 a 30)

Igualdad y no discriminación (art. 5)

Respuestas al párrafo 3 a) de la lista de cuestiones

10.En respuesta a las recomendaciones de la Comisión de Igualdad de Oportunidades sobre la reforma de las cuatro disposiciones legislativas relativas a la lucha contra la discriminación, el Gobierno ha abordado las ocho recomendaciones de mayor prioridad mediante la promulgación de la Disposición Legislativa sobre Discriminación (Enmiendas Varias) en junio de 2020. La Disposición Legislativa de enmienda mejora la protección contra la discriminación y el acoso en las cuatro disposiciones legislativas contra la discriminación, entre ellas la Disposición Legislativa contra la Discriminación por Discapacidad (cap. 487). Más concretamente, se han efectuado las siguientes modificaciones en el marco de la Disposición Legislativa contra la Discriminación por Discapacidad:

i)Se ofrece protección contra el acoso por motivos de discapacidad entre las personas que comparten un mismo lugar de trabajo;

ii)Se brinda protección a los proveedores de servicios contra el acoso de los clientes por motivos de discapacidad;

iii)Se garantiza la protección contra el acoso por motivos de discapacidad entre los clientes y los proveedores de servicios cuando ese acoso se produce fuera de la RAE de Hong Kong, pero en aviones o barcos registrados en ella;

iv)Se brinda protección contra el acoso por motivos de discapacidad a los socios de clubes y las personas que desean adherirse a estos.

11.El Gobierno está estudiando detenidamente las demás recomendaciones prioritarias de la Comisión de Igualdad de Oportunidades.

Respuestas al párrafo 3 b) de la lista de cuestiones

12.La Disposición Legislativa contra la Discriminación por Discapacidad garantiza la salvaguarda jurídica de la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad y personas conexas y las protege contra la discriminación, el acoso y el menosprecio por agentes públicos y privados en diversos ámbitos (entre ellos el empleo, la educación, el acceso a instalaciones y la provisión de bienes, servicios e instalaciones). Las personas vinculadas a las personas con discapacidad (cónyuges, familiares, cuidadores, personas que conviven con ellas y personas con las que mantienen una relación comercial, deportiva o recreativa) también están protegidas por esa disposición.

Respuestas al párrafo 3 c) de la lista de cuestiones

13.La Disposición Legislativa contra la Discriminación por Discapacidad atribuye a la Comisión de Igualdad de Oportunidades el mandato y las facultades necesarios para luchar contra la discriminación por motivos de discapacidad por medio de determinadas actividades, como realizar investigaciones oficiales, tramitar denuncias, mediar entre las partes en un litigio y prestar asistencia a las personas agraviadas, de conformidad con la disposición mencionada. Como se ha indicado en las respuestas al párrafo 3 a), el Gobierno ha finalizado recientemente, en junio de 2020, las modificaciones legislativas para ampliar el alcance de la Disposición Legislativa contra la Discriminación por Discapacidad.

Respuestas al párrafo 3 d) de la lista de cuestiones

14.La Comisión de Igualdad de Oportunidades desempeña un papel activo en la promoción de la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad. En concreto, ha publicado los códigos de prácticas y directrices siguientes sobre la igualdad de oportunidades en la educación y el empleo, que promueven las buenas prácticas relacionadas con los ajustes razonables:

Disposición Legislativa contra la Discriminación por Discapacidad: Código de Buenas Prácticas en Materia de Educación.

Disposición Legislativa contra la Discriminación por Discapacidad: Código de Prácticas sobre el Empleo.

Disposición Legislativa contra la Discriminación por Discapacidad y Personas con Discapacidad Visual.

Disposición Legislativa contra la Discriminación por Discapacidad y Personas con Discapacidad Auditiva.

Igualdad de Oportunidades en el Empleo: Buenas Prácticas de Gestión.

15.En virtud de la Disposición Legislativa contra la Discriminación por Discapacidad, ningún centro educativo puede discriminar a los estudiantes por motivos de discapacidad, por ejemplo, negándose a aceptar las solicitudes de admisión, en relación con las condiciones en que están dispuestos a admitirlos, o sometiéndolos a cualquier otro trato lesivo. En función de las evaluaciones y recomendaciones de los especialistas, y con el consentimiento de los padres, la Oficina de Educación remite a los alumnos con discapacidades más severas o múltiples a los centros de educación especial y proporciona a estos centros personal especializado y recursos para prestar un apoyo intensivo a los alumnos. En el marco de la Política de Educación Integrada, otros alumnos con necesidades educativas especiales asistirán a escuelas ordinarias que cuentan con recursos adicionales, apoyo profesional y formación para los docentes a fin de atender las necesidades de esos alumnos. Los centros educativos tienen flexibilidad para dedicar recursos a la contratación de servicios profesionales de asistencia o adquirir equipos e instalaciones de apoyo, por ejemplo, servicios de interpretación en lengua de señas y sistemas de transmisión inalámbrica para apoyar a los alumnos con discapacidad auditiva, así como máquinas braille y pantallas lupa o de circuito cerrado para los alumnos con discapacidad visual.

Respuestas al párrafo 3 e) de la lista de cuestiones

16.Las cuatro disposiciones legislativas vigentes de lucha contra la discriminación (esto es, la Disposición Legislativa contra la Discriminación por Discapacidad, la Disposición Legislativa sobre la Discriminación por Razones de Sexo (cap. 480), la Disposición Legislativa contra la Discriminación por la Situación Familiar (cap. 527) y la Disposición Legislativa sobre la Discriminación Racial (cap. 602)) ofrecen protección contra la discriminación por motivos previstos, como el sexo, el embarazo, el estado civil, la discapacidad, la raza y la situación familiar.

Mujeres con discapacidad (art. 6)

Respuestas al párrafo 4 a) a c) de la lista de cuestiones

17.A nivel constitucional, la Ley Fundamental protege el derecho a la igualdad y la no discriminación de todas las personas en Hong Kong (China), incluidas las mujeres y niñas con discapacidad. En cuanto a la legislación nacional, estos derechos también están protegidos por la Carta de Derechos de Hong Kong. La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y la Convención sobre los Derechos del Niño también se aplican en la RAE de Hong Kong. La Disposición Legislativa sobre la Discriminación por Razones de Sexo ofrece protección jurídica contra la discriminación por motivos de género, estado civil y embarazo. A partir del 19 de junio de 2021, la disposición prohíbe que se discrimine en relación con la lactancia materna.

18.En 2001, el Gobierno creó la Comisión de la Mujer. A través de sus integrantes, designados por el Jefe del Ejecutivo, la Comisión se encarga de asesorar al Gobierno sobre las políticas e iniciativas que afectan a las mujeres.

19.A fin de ayudar a los funcionarios a llevar a la práctica la perspectiva de género, la Comisión de la Mujer ha elaborado una lista de comprobación referente a la incorporación de la perspectiva de género teniendo en cuenta la experiencia de otros lugares y la situación local. La lista de comprobación es una herramienta analítica que contiene un conjunto de preguntas sencillas para ayudar a los funcionarios públicos a tener en cuenta las diferentes necesidades y perspectivas de ambos géneros de forma más sistemática durante el proceso de formulación, aplicación, seguimiento y evaluación de las políticas. Tal como anunció en su discurso sobre políticas de 2015, el Jefe del Ejecutivo ha aceptado las recomendaciones de la Comisión de la Mujer de que, a partir de abril de 2015, todas las oficinas y departamentos públicos usen la lista de control e incorporen la perspectiva de género al formular las principales políticas e iniciativas gubernamentales.

20.El Gobierno colabora estrechamente con la Comisión de la Mujer en la promoción de los intereses y el bienestar de las mujeres mediante la creación de un entorno propicio, el empoderamiento y la educación pública. Todos los años se destina un presupuesto de 38 millones de dólares de Hong Kong para apoyar la labor de esa Comisión, lo que incluye la implementación del Programa de Millas para el Desarrollo de la Capacidad y el Plan de Financiación para el Desarrollo de la Mujer, además de la realización de actividades de educación pública y sensibilización.

Respuestas al párrafo 4 d) de la lista de cuestiones

21.Como se ha mencionado en las respuestas al párrafo 1, el Plan Programático se volvió a publicar en julio de 2020. En ese Plan se establecen orientaciones estratégicas, recomendaciones y medidas para hacer frente a las diversas necesidades de servicios de las personas con discapacidad a lo largo de su vida (incluidas las mujeres y las niñas con discapacidad, independientemente de su edad y lugar de residencia), lo que abarca desde la rehabilitación preescolar hasta la educación superior; la rehabilitación y la formación profesional; el apoyo al empleo; servicios de atención comunitaria y residencial; la promoción de una cultura inclusiva de la discapacidad; instalaciones y transportes accesibles; la participación en actividades culturales y artísticas, recreativas y deportivas; el desarrollo sostenible de los servicios, etc.

Niños y niñas con discapacidad (art. 7)

Respuestas al párrafo 5 a) y b) de la lista de cuestiones

22.En cuanto a los servicios de atención a la infancia, las ONG subvencionadas por el Departamento de Bienestar Social prestan una amplia gama de servicios de atención en centros de día o residenciales, incluidos los prestados por los centros de atención a la infancia para niños menores de 3 años, así como los hogares de acogida, los hogares para grupos pequeños y los hogares infantiles para menores de 18 años. Los niños con discapacidad, independientemente de su sexo y lugar de residencia, tienen acceso a estos servicios generales en igualdad de condiciones con los demás niños.

23.En cuanto a la educación, el Gobierno concede gran importancia al apoyo a los alumnos con necesidades educativas especiales y ha adoptado un enfoque de doble vía en la provisión de educación especial, según el cual los alumnos con discapacidades más severas o múltiples son admitidos en escuelas especiales para recibir servicios intensivos de apoyo, mientras que otros alumnos con necesidades educativas especiales asisten a escuelas ordinarias. El gasto público total en escuelas especiales y de educación integrada ha aumentado considerablemente, en torno a un 80 %, en los últimos cinco años (pasando de 3.650 millones de dólares en 2016/17 a unos 6.570 millones en 2020/21, según las estimaciones).

24.Los centros docentes admiten a los alumnos con necesidades educativas especiales y les proporcionan la educación y el apoyo adecuados, entre otras cosas adaptando la enseñanza, los planes de estudios y el sistema de evaluación. También deben establecer un mecanismo de comunicación permanente con los padres y las partes interesadas para que conozcan mejor las necesidades y el apoyo que reciben los alumnos con necesidades educativas especiales.

25.El Plan de Apoyo a la Salud Mental del Estudiante se introdujo en el curso 2016/17 con el fin de proporcionar apoyo a los estudiantes con necesidades de salud mental mediante un modelo de colaboración médica, educativa y social. El objetivo de este Plan es facilitar la detección e intervención tempranas para que los estudiantes con necesidades de salud mental puedan recibir apoyo multidisciplinario en el entorno escolar. Un total de 150 escuelas participaron en el Plan de Apoyo a la Salud Mental del Estudiante en el curso escolar 2020/21, lo que representa un aumento de alrededor del 70 % en comparación con el número de escuelas participantes en curso anterior.

Respuestas al párrafo 5 c) de la lista de cuestiones

26.Como se ha mencionado en las respuestas al párrafo 2, el Gobierno concede gran importancia al bienestar y las necesidades de desarrollo de los niños con discapacidad. Esto se refleja en la Comisión de Alto Nivel sobre la Infancia creada en junio de 2018 y presidida por el Secretario General de la Administración con el propósito de mejorar y supervisar la integración y la racionalización de las políticas vinculadas con la infancia en varias oficinas y departamentos públicos, así como promover y difundir los derechos de los niños enunciados en la Convención sobre los Derechos del Niño. El apoyo a los niños con discapacidad es una de las prioridades de la labor de la Comisión.

Respuestas al párrafo 6 de la lista de cuestiones

27.Reconociendo la importancia de la intervención temprana en el caso de los niños que necesitan servicios de rehabilitación, en octubre de 2018 el Gobierno regularizó los servicios de rehabilitación preescolar in situ mediante un proyecto piloto. Concretamente, el Departamento de Bienestar Social subvenciona a las ONG para que creen equipos multidisciplinarios de rehabilitación preescolar. Los equipos están integrados por trabajadores sociales, psicólogos clínicos o psicopedagogos, personal de atención a niños con necesidades especiales, logopedas, fisioterapeutas y terapeutas ocupacionales que prestan servicios de rehabilitación in situ a los niños con necesidades especiales en los jardines de infancia o guarderías. El número de plazas de estos servicios de rehabilitación pasó de unas 3.000 durante el proyecto piloto a más de 8.000 en septiembre de 2020. El gasto estimado en 2020/21 ascendió a unos 850,4 millones de dólares. El número de plazas ofrecidas por estos servicios se incrementará a 10.000 para el año académico 2022/23.

28.Aparte de los servicios de rehabilitación preescolar in situ, el Gobierno ofrece una amplia gama de programas de rehabilitación y formación para los niños con necesidades especiales a través de los Centros de Educación y Formación Temprana, los Centros de Atención Infantil Especial y el Programa Integrado en los Jardines de Infancia-Guarderías, como se informa en los párrafos 7.8, 24.10 y 24.11 del informe inicial. El número total de plazas para estos servicios en esos centros se incrementará en unas 1.200 entre 2019/20 y 2021/22, lo que supondrá un gasto anual de unos 129 millones de dólares.

Toma de conciencia (art. 8)

Respuestas al párrafo 7 a) y b) de la lista de cuestiones

29.A fin de promover el espíritu y los valores fundamentales de la Convención, el Gobierno ha aumentado la financiación anual de 13,5 a 20 millones de dólares a partir de 2020/21 para la ejecución de actividades y programas diversificados de educación pública y sensibilización, que abarcan la promoción de una cultura inclusiva de la discapacidad, un lugar de trabajo inclusivo, la accesibilidad del entorno, el transporte, los servicios, la información y el ocio, así como los talentos y las capacidades de las personas con discapacidad. También se dispone de financiación para que las ONG y los grupos de autoayuda de personas con discapacidad puedan organizar actividades o programas destinados a aumentar la conciencia pública acerca de los derechos de estas personas. Durante su aplicación, se recaban las opiniones y los comentarios del CCR, que está formado por miembros de los sectores competentes, así como por personas con discapacidad, organizaciones de personas con discapacidad y ONG que prestan servicios de rehabilitación a estas personas.

30.Por otra parte, la Oficina de Educación lleva a cabo actividades de concienciación sobre la educación integrada para los ciudadanos y los padres a través de diversos medios de comunicación. En concreto, ha publicado la Guía de Aplicación del Enfoque Escolar Integral a la Educación Integrada y la correspondiente Guía para Padres, destinadas a las escuelas y los padres respectivamente, en las que se explican los principios de la educación integrada, que se ilustran con ejemplos fructíferos. La Oficina de Educación también ha creado un grupo de trabajo para la comunicación periódica con diversos sectores, como las escuelas, otros departamentos gubernamentales, organizaciones de personas con discapacidad y asociaciones de padres. El gasto total en la implantación de la Educación Integrada ha aumentado en torno al 140 %, pasando de 1.360 millones de dólares en 2016/17 a una estimación de 3.230 millones en 2020/21. La Oficina seguirá colaborando con distintos sectores para dar a conocer los últimos avances en Educación Integrada a las partes interesadas utilizando diferentes medios de comunicación y actividades de difusión.

31.Por otra parte, el Gobierno ha destinado una financiación anual de 50 millones de dólares a una nueva iniciativa de promoción de la salud mental y educación pública. La primera fase de esta iniciativa se puso en marcha en julio de 2020 para mejorar la comprensión que tiene la opinión pública de la salud mental, reduciendo así la estigmatización de las personas con necesidades en materia de salud mental, con miras a propiciar una sociedad receptiva a la salud mental a largo plazo. Una de las actividades realizadas como parte de la iniciativa es la elaboración de la Carta de Salud Mental en el Lugar de Trabajo, publicada a comienzos de noviembre de 2019 con el objetivo de promover un entorno favorable a la salud mental en el lugar de trabajo. En septiembre de 2020, unas 280 organizaciones se comprometieron a firmar la Carta, lo que abarcaría a unos 380.000 empleados.

Respuestas al párrafo 7 c) de la lista de cuestiones

32.Según los códigos de práctica radiotelevisiva sobre las normas que rigen los programas emitidos por el Organismo de Comunicaciones (órgano independiente establecido en virtud de la Disposición Legislativa sobre el Organismo de Comunicaciones (cap. 616) para regular la industria de la radiodifusión y las telecomunicaciones en la RAE), las entidades con licencia para la radiodifusión no deben incluir en sus programas ningún material que pueda fomentar el odio o el miedo, o que se considere denigrante o insultante, en relación con cualquier persona o grupo por motivos de discapacidad física o mental, entre otros factores. Todos los concesionarios de radiodifusión y la Radiotelevisión de Hong Kong, en su calidad de servicio público de radiodifusión, deben acatar ese principio general.

Accesibilidad (art. 9)

Respuestas al párrafo 8 a) de la lista de cuestiones

33.En lo que atañe a las viviendas públicas de alquiler, los edificios administrados por el organismo competente en Hong Kong (China) se han construido siguiendo los principios del acceso sin barreras y el diseño universal. En particular, existen rutas de acceso sin barreras e itinerarios táctiles que conectan los edificios de viviendas con los principales servicios de las urbanizaciones (por ejemplo, los centros comerciales, los servicios de asistencia y las instalaciones comunitarias). Con respecto a los edificios de viviendas públicas de alquiler existentes, con un diseño más antiguo, se ha puesto en marcha un programa de reforma para facilitar el acceso sin barreras y actualizar el diseño y los paneles de control de los ascensores, mejorar los pasos de peatones y añadir barandillas y bandas táctiles de advertencia.

34.Además, en el marco de un programa relativo a la instalación de ascensores que se inició en 2008, el organismo a cargo de la vivienda ha mejorado los accesos peatonales existentes en las urbanizaciones de viviendas públicas de alquiler, entre otras cosas instalando ascensores en las zonas comunes, en los bloques de viviendas que carecían de ellos y junto a las pasarelas existentes que conectan las urbanizaciones.

35.También se ha puesto en marcha el Programa de Accesibilidad Universal para adaptar las instalaciones de las urbanizaciones (por ejemplo, mediante ascensores) en las pasarelas. En el marco de este Programa se han completado 163 proyectos, hay 60 en curso y 156 se encuentran en diferentes fases de estudio y planificación.

36.En lo que respecta a los edificios privados, el Reglamento núm. 72 y el anexo III del Reglamento de Construcción (Planificación) (cap. 123F), en virtud de la Disposición Legislativa sobre la Construcción (cap. 123), establecen los requisitos jurídicos que deben cumplir las viviendas públicas de alquiler y sus instalaciones para satisfacer las necesidades de las personas con discapacidad. Estos requisitos son aplicables a todos los edificios nuevos, así como a todas las reformas o ampliaciones de los edificios existentes a los que tengan acceso, o es razonable esperar que tengan acceso, las personas con discapacidad. Como complemento a los requisitos jurídicos, el Departamento de la Construcción ha publicado el “Manual de Diseño: Acceso sin Barreras, 2008”, que recoge los requisitos de diseño obligatorios estipulados en el Reglamento de Construcción (Planificación), así como los principios de diseño recomendados como mejores prácticas, con nuevas disposiciones para mejorar el acceso y las instalaciones. Las zonas comunes de los edificios de viviendas públicas de alquiler, incluidos los jardines, las terrazas ajardinadas y otras instalaciones exteriores e interiores, deben estar libres de barreras.

37.El Departamento de la Construcción ha creado un comité técnico encargado del diseño sin barreras, que está integrado por representantes de las oficinas públicas pertinentes, institutos profesionales de la construcción, el mundo académico y el sector de la rehabilitación, así como por personas con discapacidad, a fin de que revise el Manual de Diseño de forma periódica. En 2012, 2015, 2017 y 2019 se publicaron versiones actualizadas del Manual. Este tipo de labor continuará.

Respuestas al párrafo 8 b) de la lista de cuestiones

38.El Gobierno fomenta y facilita la integración de las personas con discapacidad en la comunidad. Los operadores de transportes públicos se han comprometido a mejorar sus instalaciones siempre que sea posible para ofrecer una mayor accesibilidad, teniendo en cuenta la opinión de las personas con discapacidad. En agosto de 2020, había alrededor de 1.330 taxis accesibles para los usuarios de silla de ruedas, todas las estaciones de transporte público por ferrocarril estaban equipadas con al menos un acceso sin barreras, y aproximadamente el 99 % de los autobuses franquiciados eran accesibles en silla de ruedas.

39.El Departamento de Transporte promueve de manera permanente el concepto de “Transporte para Todos” mediante programas de educación pública y publicidad, y revisa periódicamente las normas de planificación pertinentes a fin de proporcionar a los operadores de transportes públicos orientaciones claras para la planificación y prestación de servicios de transporte público accesibles.

40.El Departamento de Aviación Civil publicó en 2015 un folleto orientativo para los operadores aéreos de la RAE sobre las medidas en favor de las personas con movilidad reducida durante los viajes por vía aérea. El Aeropuerto Internacional de Hong Kong ofrece servicios e instalaciones accesibles para las personas con discapacidad y adopta medidas para asegurar que las personas con discapacidad sean tratadas en igualdad de condiciones con los demás usuarios de los servicios e instalaciones del aeropuerto.

41.Como se menciona en las respuestas al párrafo 7, a fin de promover el espíritu y los valores fundamentales de la Convención, el Gobierno ha aumentado la financiación anual para la realización de actividades y programas diversificados de educación pública y sensibilización que abarcan la promoción de la cultura inclusiva de la discapacidad y la accesibilidad del entorno, el transporte y los servicios.

Respuestas al párrafo 8 c) de la lista de cuestiones

42.El Gobierno promueve activamente la accesibilidad de la Web y las aplicaciones móviles para facilitar a las personas con discapacidad el acceso a la información y los servicios en línea. Mediante un programa de reconocimiento que se lleva a cabo conjuntamente con una organización pública local se alienta e incentiva a las empresas y a las organizaciones públicas y privadas para que apliquen más aún las normas de diseño accesible para los sitios web y las aplicaciones móviles. También se ofrecen servicios gratuitos de evaluación y asesoramiento a las organizaciones participantes a fin de facilitar la comprensión y el cumplimiento de los requisitos técnicos.

43.Las páginas web y las aplicaciones móviles de las oficinas y departamentos públicos facilitan información sobre la legislación, las iniciativas de política, los servicios, las consultas públicas y los anuncios públicos, además de otras cuestiones, para el público en general. Todos los sitios web oficiales cumplen la norma de nivel AA de las Pautas de Accesibilidad al Contenido en la Web 2.0 o 2.1 publicadas por el Consorcio World Wide Web. Todas las aplicaciones móviles de la administración pública ofrecen funciones de accesibilidad. Se realizan periódicamente auditorías de cumplimiento de los requisitos de accesibilidad de los sitios web y las aplicaciones móviles de las entidades públicas.

44.El Gobierno promueve el empleo de la lengua de señas y la lectura fácil. En concreto, el Departamento de Servicios Informativos proporciona señal en directo o en directo integrada con interpretación en lengua de señas a las emisoras de televisión in situ para las conferencias de prensa o sesiones informativas gubernamentales importantes. Todos los días se emiten programas informativos gratuitos con interpretación en lengua de señas. En cuanto a la lectura fácil, el CCR ha creado un grupo de trabajo encargado de formular una guía de redacción que sirva de referencia a las oficinas y departamentos públicos, las ONG, los organismos públicos y otras entidades en lo que respecta a la elaboración de documentos en lectura fácil.

Respuestas al párrafo 8 d) de la lista de cuestiones

45.Las oficinas y departamentos públicos seguirán supervisando los avances en materia de accesibilidad, tomando como referencia la Convención, en particular las medidas o iniciativas mencionadas más arriba, con un enfoque de colaboración mutua y consulta con los órganos consultivos, los organismos públicos y las ONG interesadas.

Derecho a la vida (art. 10)

Respuestas al párrafo 9 a) de la lista de cuestiones

46.Las personas con discapacidad y sus familiares pueden planificar de manera anticipada sus cuidados con los equipos de profesionales de la salud que los atienden a fin de hacerles saber sus preferencias respecto de la atención médica o personal en el futuro.

Respuestas al párrafo 9 b) de la lista de cuestiones

47.Los equipos multidisciplinarios de los servicios psiquiátricos especializados de la Administración de Hospitales, compuestos por profesionales de diversas disciplinas sanitarias (profesionales de la medicina, la enfermería, la psicología clínica, la terapia ocupacional, la asistencia social sanitaria, etc.), prestan servicios médicos completos e integrados que comprenden servicios de hospitalización, consultas externas especializadas, formación en rehabilitación diurna y apoyo a la comunidad a los pacientes psiquiátricos (entre ellos las personas con discapacidad y las personas con trastorno por estrés postraumático) teniendo en cuenta la gravedad de su estado y sus necesidades clínicas.

48.Siguiendo la tendencia internacional a centrarse creciente y progresivamente en los servicios comunitarios y ambulatorios para el tratamiento de las enfermedades mentales, la Administración de Hospitales ha adoptado diversas medidas para mejorar el apoyo comunitario a los pacientes psiquiátricos con miras a facilitar su recuperación y reintegración en la comunidad.

49.En 2010/11, la Administración de Hospitales puso en marcha el Programa de Gestión de Casos, que consta de varias fases, para ofrecer un apoyo intensivo, continuo y personalizado a los pacientes con enfermedades mentales graves. En el marco del Programa, las personas a cargo de la gestión de los casos también colaborarán estrechamente con diversos proveedores de servicios, en particular con los Centros Comunitarios Integrados para el Bienestar Mental (CCIBM) subvencionados por el Departamento de Bienestar Social, en la prestación de un apoyo coordinado a los pacientes en la comunidad. En 2014/15, el Programa se había ampliado hasta abarcar los 18 distritos de la RAE.

50.A fin de mejorar aún más el servicio, la Administración de Hospitales ha agregado el apoyo entre pares al Programa para mejorar el apoyo comunitario a los pacientes, siguiendo un enfoque gradual a partir de 2015/16. Se contrata a personal de apoyo entre pares que ha sido usuario de los servicios anteriormente y se está recuperando satisfactoriamente para ayudar a los pacientes a alcanzar sus metas de recuperación personales y adquirir la capacidad de gestionar su enfermedad.

51.En 2012 la Administración de Hospitales creó una línea telefónica directa para brindar asesoramiento sobre salud mental las 24 horas del día con el propósito de seguir mejorando los servicios de salud mental y el apoyo brindado a los pacientes, sus cuidadores y el público en general. Las llamadas a esa línea telefónica directa son atendidas por personal de enfermería psiquiátrica que ofrece asesoramiento profesional a los pacientes, sus cuidadores, otros interesados y la ciudadanía sobre cuestiones relacionadas con la salud mental.

52.El Departamento de Bienestar Social subvenciona a las ONG para la creación de CCIBM, con el fin de prestar servicios de apoyo integrados a nivel de distrito que van desde la prevención hasta la gestión de crisis para personas en recuperación y personas que pueden presentar problemas de salud mental, sus familias y cuidadores y los residentes que viven en el distrito de que se trate. A fin de facilitar la rehabilitación social y fortalecer el apoyo clínico y la intervención interdisciplinaria para los usuarios de los servicios de los CCIBM, a partir de 2018 se han proporcionado recursos adicionales al Servicio de Apoyo entre Pares basado en la Capacidad de Acción en las Unidades Comunitarias de Servicios Psiquiátricos y el Servicio de Psicología Clínica basado en la Capacidad de Acción para los CCIBM.

Respuestas al párrafo 9 c) de la lista de cuestiones

53.El Gobierno está tratando de ofrecer una atención al final de la vida holística y de calidad que incluya a las personas con discapacidad y sus familiares, de modo que se respeten sus preferencias y necesidades. Por lo tanto, examinará la viabilidad de facilitar el fin de la vida en las residencias para personas con discapacidad, sin necesidad de desplazamientos.

Situaciones de riesgo y emergencias humanitarias (art. 11)

Respuestas al párrafo 10 de la lista de cuestiones

54.Para atender las necesidades de salud mental de las personas (incluidas las que presentan discapacidad) que se han visto afectadas por la pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID-19), el Departamento de Salud ha creado un sitio web sobre salud mental denominado “Hablemos”, que consta de una página dedicada a la información sobre el tema de la salud mental en general, y también sobre la COVID-19 y la salud mental, con miras a divulgar información al respecto y consejos para hacer frente a la ansiedad, con enlaces a sitios web conexos para que las personas que necesiten ayuda sepan dónde encontrarla.

55.Durante la pandemia de COVID-19, la Administración de Hospitales ha facilitado información accesible al público (incluidas las personas con discapacidad) en relación con COVID-19. La información abarca desde las medidas preventivas (por ejemplo, cómo lavarse las manos paso a paso, el uso correcto de las mascarillas y los indicios y síntomas de la COVID-19) hasta las pautas terapéuticas correspondientes. Esa importante información se presenta en forma de carteles y vídeos (con audio y subtítulos) y se divulga en los hospitales y clínicas de carácter público, así como en el sitio web de la Administración de Hospitales para su consulta pública. Las páginas web en cuestión siguen el diseño de accesibilidad web y cumplen el nivel AA de las Pautas de Accesibilidad al Contenido en la Web 2.0 publicadas por el Consorcio de la World Wide Web.

56.Además, las personas con discapacidad que cumplen los criterios para someterse a la prueba de diagnóstico de la COVID-19 reciben información sobre la recogida de muestras y consejos para el control de la infección. Si se sospecha o se confirma que están infectadas por la COVID-19, tienen acceso a los servicios sanitarios de la Administración de Hospitales en condiciones de igualdad, incluida la admisión en hospitales públicos y centros de aislamiento, tratamiento y seguimiento médico. Si han mantenido contactos cercanos con casos confirmados de COVID-19, ingresarán en las unidades sin barreras de los centros de cuarentena y tendrán el mismo acceso a la asistencia médica in situ.

57.Por lo que respecta a los servicios de rehabilitación, a pesar de la pandemia de COVID-19, se han seguido prestando servicios esenciales (por ejemplo, acompañamiento, enfermería y administración de medicamentos y servicios de cuidados personales) en el marco de los servicios de atención domiciliaria para personas con discapacidad en la comunidad. En el caso de los usuarios con otras necesidades especiales o urgentes, los equipos de atención evaluarán las circunstancias y necesidades de los usuarios y les proporcionarán el apoyo adecuado. En cuanto a los servicios que dependen de centros no abiertos al público durante la pandemia, se siguen prestando de forma individualizada teniendo en cuenta las circunstancias y necesidades de los usuarios. Estos servicios se han reanudado progresivamente en cuanto la situación de la pandemia se ha estabilizado un poco.

Igual reconocimiento como persona ante la ley (art. 12)

Respuestas al párrafo 11 de la lista de cuestiones

58.El Gobierno respeta la opinión de las personas con discapacidad intelectual o psicosocial y su derecho a tomar sus propias decisiones. En concreto, el artículo 59S, párrafo 3 b), de la Disposición Legislativa sobre Salud Mental (cap. 136) estipula claramente que, en el desempeño de cualquier función prevista en ella, el tutor o curador deberá velar, entre otras cosas, por que se respeten las opiniones y la voluntad de la “persona mentalmente incapacitada”, tal como se define en esa Disposición, en la medida en que puedan determinarse.

59.Como se indicó en el párrafo 48 del informe combinado, el Gobierno ha establecido un marco jurídico y medidas administrativas para garantizar la capacidad jurídica de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con las demás personas, respecto de todos los aspectos de la vida, así como su derecho al igual reconocimiento como persona ante la ley. A nivel constitucional, el artículo 25 de la Ley Fundamental establece que todos los residentes de la RAE de Hong Kong son iguales ante la ley. Por lo que atañe a la legislación nacional, los artículos 10 y 13 de la Carta de Derechos establecen, respectivamente, que todas las personas son iguales ante los tribunales y que todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.

Acceso a la justicia (art. 13)

Respuestas al párrafo 12 a) de la lista de cuestiones

60.En virtud del artículo 79B de la Disposición Legislativa de Procedimiento Penal (cap. 221), una persona mentalmente incapacitada puede declarar ante el tribunal por videoconferencia en determinados casos. Según el artículo 79C de la Disposición, es posible presentar ante un tribunal una entrevista grabada en vídeo con una persona mentalmente incapacitada como su prueba de cargo en casos específicos. Además, el tribunal puede dictar otras medidas de protección a los testigos vulnerables en los procesos penales, como la instalación de una pantalla de protección, un acceso especial o una persona de apoyo cuando estos testigos presten declaración ante el tribunal.

61.Las personas con discapacidad también gozan de protección en el sistema de justicia civil, que les permite interponer demandas o defenderse por medio de un allegado o un curador ad litem, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento de los Tribunales Superiores (cap. 4A) y el Reglamento de los Tribunales de Distrito (cap. 336H). En ausencia de un representante de ese tipo, el tribunal designará un abogado de oficio. Este mecanismo sirve para garantizar que nadie pueda aprovecharse de las personas con discapacidad intelectual o psicosocial en los procesos judiciales.

62.En la práctica, cuando interrogue a un sospechoso o autor de un delito, la Policía de Hong Kong contará con el apoyo de una persona apropiada, siempre que sea posible, para facilitar la comunicación con la persona mentalmente incapacitada y ayudarle a comprender sus derechos. En caso de que esta persona sea detenida, gozará de los derechos establecidos en la notificación a las personas bajo custodia policial o involucradas en investigaciones policiales, que se emitirá y explicará a la persona de apoyo que proceda.

63.A fin de atenuar el estrés y daño que puedan experimentar los testigos vulnerables durante el proceso penal, la policía tomará las declaraciones mediante entrevistas grabadas en vídeo y solicitará la ayuda de psicólogos clínicos cuando sea necesario. Como se ha mencionado más arriba, esas grabaciones de vídeo pueden utilizarse como prueba en las actuaciones penales. Se proporcionaría una persona de apoyo para acompañar a los testigos que lo requieran durante el proceso judicial.

64.El Departamento de Aduanas ha establecido directrices para los funcionarios de primera línea que tratan con las personas con discapacidad detenidas a fin de velar por que se respeten sus derechos.

65.El Departamento de Inmigración reconoce los derechos de las personas con discapacidad y garantiza su acceso a la justicia en igualdad de condiciones con las demás. Este Departamento cuenta con directrices y procedimientos internos sobre el trato correcto a las personas con discapacidad.

Respuestas al párrafo 12 b) de la lista de cuestiones

66.A nivel constitucional, el artículo 25 de la Ley Fundamental garantiza la igualdad ante la ley. En cuanto a la legislación nacional, estos derechos también están amparados por el artículo 10 de la Carta de Derechos de Hong Kong. El Código de Enjuiciamiento exige a los fiscales que conozcan, respeten y hagan efectivos los derechos fundamentales recogidos en la Ley Fundamental y en la Carta de Derechos de Hong Kong. En lo que atañe a los casos de violencia doméstica, el Departamento de Justicia ha publicado la Política para el Enjuiciamiento de los Casos de Violencia Doméstica, que brinda orientación a los fiscales acerca del enjuiciamiento de los casos de violencia en el hogar (incluidos los de se refieren a mujeres con discapacidad). Esto garantiza la coherencia y la imparcialidad de las resoluciones.

67.La policía hace todo lo posible por reducir la presión sobre las víctimas de la violencia sexual (incluidas las mujeres con discapacidad) durante la investigación de los casos. Las mujeres afectadas son entrevistadas por un agente de policía del mismo sexo. Con su consentimiento, se remite inmediatamente a las víctimas al Departamento de Bienestar Social y a las ONG pertinentes para que reciban los servicios de apoyo adecuados. Como se mencionó más arriba, el tribunal permite a la fiscalía utilizar una pantalla protectora para las víctimas a fin de mantenerlas separadas del público o del acusado mientras testifican en el tribunal. Si una víctima ha de prestar declaración en una causa relativa a determinados delitos sexuales, el tribunal puede autorizarla a prestar declaración por videoconferencia en directo. También se proporcionaría una persona de apoyo para acompañar a la víctima durante el proceso judicial.

Respuestas al párrafo 12 c) de la lista de cuestiones

68.Los fiscales tienen una buena formación sobre las cuestiones que conciernen a los derechos de las personas con discapacidad, en particular de las personas con discapacidad intelectual o psicosocial, ya sean acusados, víctimas o testigos vulnerables. Se han ofrecido seminarios impartidos por especialistas (por ejemplo, psiquiatras, psicólogos clínicos y representantes de ONG) a los fiscales como parte de su desarrollo profesional continuo. Los temas de estos programas de formación incluyen las circunstancias atenuantes de las enfermedades mentales, el manejo y el interrogatorio de las personas mentalmente incapacitadas en los procesos penales, la comprensión de las características de estas personas, etc.

69.En los programas de formación básica de los nuevos reclutas y en los programas de formación de los agentes en activo, la policía ha incluido los temas de la “Carta de las Víctimas” y la “Igualdad de Oportunidades”, según proceda. Todos los agentes de policía tienen la posibilidad de adquirir los conocimientos necesarios para salvaguardar los derechos de las personas, independientemente de su sexo, discapacidad, situación familiar y etnia. También se imparte formación sobre el trato debido a los detenidos con discapacidad, la comunicación con la asistencia necesaria, etc.

70.El Departamento de Inmigración imparte formación a los nuevos miembros del personal sobre la sensibilidad profesional en el trato con las personas con discapacidad y sobre los derechos de esas personas. También mantiene contactos con las organizaciones pertinentes para impartir formación a los funcionarios en activo de distinto rango.

71.Los nuevos agentes y los agentes en activo del Departamento de Aduanas reciben formación sobre los procedimientos departamentales para tratar con las personas con discapacidad detenidas y sobre los derechos de las personas con discapacidad.

Libertad y seguridad de la persona (art. 14)

Respuestas al párrafo 13 a) de la lista de cuestiones

72.La Oficina de Alimentación y Salud tendrá en cuenta las disposiciones de la Disposición Legislativa sobre Salud Mental (cap. 136) para garantizar que la legislación se ajuste a los principios de la Convención.

Respuestas al párrafo 13 b) de la lista de cuestiones

73.Existen suficientes salvaguardias para garantizar que las personas con discapacidad tengan un proceso con todas las garantías y gocen del derecho a un juicio imparcial, lo cual está amparado a nivel constitucional por la Ley Fundamental. En cuanto a la legislación nacional, estos derechos están protegidos por la Carta de Derechos de Hong Kong. En virtud del artículo 76 de la Disposición Legislativa de Procedimiento Penal (cap. 221) y el artículo 45 de la Disposición Legislativa sobre Salud Mental (cap. 136), se puede dictar una orden de hospitalización contra un acusado con discapacidad mental (incluida una persona absuelta por motivos de enajenación o no apta para comparecer en juicio) cuando se cumplan determinadas condiciones. En virtud del artículo 74, párrafo 1, de la Disposición Legislativa de Procedimiento Penal, una persona puede ser absuelta por enajenación mental si el jurado considera que efectivamente “cometió el acto u omisión” que se le imputa, pero que estaba enajenada en ese momento. En virtud del artículo 75A, párrafo 1 b), de esa Disposición, cuando un acusado es inimputable el jurado debe determinar si “cometió el acto u omisión” que se le imputa. En ambas situaciones, es necesario probar que el acusado “cometió el acto u omisión” y la carga de probarlo más allá de toda duda razonable recae en la acusación. Del mismo modo, la acusación debe demostrar, más allá de toda duda razonable, que una persona con discapacidad mental es culpable de un delito, o que ha cometido el acto o la omisión que se le imputa, para que pueda ser objeto de una orden de hospitalización en virtud del artículo 45 de la Disposición Legislativa sobre la Salud Mental. Un tribunal solo puede dictar una orden de hospitalización si dispone de pruebas suficientes de modo que se cumplan las condiciones jurídicas pertinentes. El acusado participa en el procedimiento y puede impugnar las pruebas. Tiene derecho a recurrir la resolución. Aunque el tribunal puede emitir una orden de hospitalización para un período indeterminado, un equipo de psiquiatras (Tribunal de Revisión de Salud Mental) revisará anualmente la orden para determinar si se dan las condiciones de seguridad para liberar al paciente de modo que regrese a la comunidad, y velar por que el paciente no permanezca recluido más tiempo de lo estrictamente necesario.

Respuestas al párrafo 13 c) de la lista de cuestiones

74.A partir de abril de 2015, el número de miembros del Tribunal de Revisión de Salud Mental se ha incrementado de 30 a 45 para que su composición sea más amplia. Se trata de psiquiatras experimentados, trabajadores sociales de ONG y personas de renombre de la sociedad local, como abogados y profesores universitarios. Además, desde julio de 2018, se ha designado como presidente del tribunal a un abogado con mucha experiencia en la práctica privada que ha adoptado una serie de medidas para proteger los derechos humanos de los pacientes (por ejemplo, entregar una notificación de la decisión más detallada, en la que se exponen los hechos y las justificaciones del tribunal). El presidente también asesora a los pacientes y a sus familias, al comienzo de las vistas, sobre los objetivos de estas y su derecho a formular preguntas y solicitar declaraciones, entre otros.

Protección contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (art. 15)

Respuestas al párrafo 14 de la lista de cuestiones

75.El derecho a no ser objeto de tortura ni tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes está amparado por el artículo 3 de la Carta de Derechos de Hong Kong.

76.Para la policía, es importante proteger la intimidad y los derechos de las personas detenidas (incluidas las personas con discapacidad). Todas las personas detenidas tienen los mismos derechos, por ejemplo a solicitar asistencia jurídica, comunicarse con un familiar o allegado y recibir atención médica, tal como se indica en la notificación a las personas bajo custodia policial o involucradas en investigaciones policiales que se entrega a cada detenido.

77.La policía reconoce que los detenidos con discapacidad pueden tener necesidades especiales y ha establecido procedimientos y directrices claras al respecto. Antes de realizar el registro corporal al inicio de la custodia, la policía preguntará al detenido con discapacidad si requiere la presencia de un adulto apropiado. En el caso de un detenido mentalmente incapacitado, la policía hará todo lo posible para localizar a un adulto apropiado e invitarlo a personarse en la comisaría a fin de brindarle el apoyo adecuado.

78.La detención de personas (incluidas las personas con discapacidad) por razones de inmigración se rige por la Disposición Legislativa sobre Inmigración (Trato a los Detenidos) (cap. 115E) y la Disposición Legislativa relativa al Servicio de Inmigración (Trato a los Detenidos) (cap. 331C). Los artículos 1B y 6A del anexo 1 de la Disposición Legislativa sobre Inmigración (Trato a los Detenidos), y los artículos 4 y 12 de la Disposición Legislativa relativa al Servicio de Inmigración (Trato a los Detenidos) prevén el acceso de los detenidos a la asistencia jurídica y la atención médica. Los detenidos reciben información sobre sus derechos mediante documentos bilingües que se les entregan (traducidos a su lengua materna siempre que es posible) y carteles expuestos en las oficinas del Departamento de Inmigración y en todos los puestos de control. El Departamento de Inmigración también ha adoptado procedimientos internos para atender las necesidades especiales de los detenidos.

79.El Departamento de Servicios Penitenciarios pone su máximo empeño en proporcionar un entorno seguro, humano, digno y saludable a los detenidos (incluidas las personas con discapacidad). La detención de personas que quedan bajo la custodia de este Departamento se rige por el Reglamento de las Instituciones Penitenciarias (cap. 234A), y existen disposiciones para garantizar que los detenidos tengan acceso a asistencia jurídica y atención médica. El Departamento de Servicios Penitenciarios también presta los servicios de atención médica necesarios y adecuados a todas las personas detenidas. En el caso de las personas que acaban de ser detenidas, los funcionarios médicos del Departamento de Salud y el personal penitenciario de enfermería realizan un reconocimiento médico y prestan la atención médica básica necesaria y adecuada, o remiten los casos a los hospitales públicos para que reciban tratamiento.

Protección contra la explotación, la violencia y el abuso (art. 16)

Respuestas al párrafo 15 a) de la lista de cuestiones

80.Como se informa en el párrafo 57 del informe combinado, la Disposición Legislativa sobre Violencia en la Familia y en las Relaciones de Cohabitación (cap. 189) y la Disposición Legislativa de Protección de Niños y Jóvenes (cap. 213) brindan protección a las mujeres y los niños, incluidas las mujeres y las niñas con discapacidad.

81.La Disposición Legislativa sobre la Discriminación por Razones de Sexo (cap. 480) prohíbe el acoso sexual en esferas como el empleo, la educación o el suministro de bienes y servicios, o el uso de instalaciones, y su protección se extiende también a las mujeres y niñas con discapacidad. Las recientes modificaciones legislativas también han ampliado el ámbito de aplicación de la disposición para proteger del acoso sexual a las personas que trabajan en un mismo lugar y a los candidatos o socios de los clubes.

82.En aplicación del principio “Un marco curricular para todos”, la Oficina de Educación promueve la educación sexual en distintos tipos de centros docentes mediante un currículo escolar holístico con miras a fomentar la comprensión de las cuestiones relacionadas con el sexo. A fin de abordar las necesidades de desarrollo de los alumnos con necesidades educativas especiales (incluidas las niñas) y mejorar su conciencia de autoprotección, los planes de estudio de las diferentes etapas clave de aprendizaje y asignaturas (por ejemplo, enseñanza general, enseñanza liberal/vida independiente, gestión sanitaria y asistencia social) constan de módulos de educación sexual (por ejemplo, autoprotección, cómo llevarse bien con el sexo opuesto, matrimonio y familia, control de la natalidad y parto, y cómo buscar ayuda).

83.A fin de concienciar a los profesores y a los trabajadores sociales de las escuelas sobre la necesidad de proteger a los estudiantes (incluidas las niñas con discapacidad) contra la discriminación, el trato injusto, la agresión sexual o el acoso, la Oficina de Educación, la policía y el Departamento de Bienestar Social trabajan conjuntamente para reforzar la formación sobre la detección temprana, la intervención y el apoyo a los estudiantes víctimas. Además, para salvaguardar el bienestar de los estudiantes, los centros educativos deben solicitar a sus futuros empleados (personal docente y no docente) que se sometan al programa de comprobación de antecedentes penales en la fase avanzada del proceso de contratación para verificar si tienen antecedentes de delitos de carácter sexual.

84.Aparte de las investigaciones y los procesamientos, la policía lleva a cabo programas de educación pública y sensibilización para crear conciencia sobre la forma de protegerse uno mismo contra la violencia sexual. La policía también trabaja estrechamente con otros departamentos estatales y ONG para idear soluciones colaborativas que refuercen los servicios de protección y apoyo a las víctimas de la violencia sexual (incluidas las mujeres y niñas con discapacidad) mediante un enfoque interinstitucional.

Respuestas al párrafo 15 b) de la lista de cuestiones

85.A fin de que los agentes de primera línea adquieran los conocimientos y habilidades necesarios para abordar la violencia doméstica, la violencia sexual, el maltrato infantil y otras formas de violencia (incluidas las que afectan a mujeres y niñas con discapacidad) y mejorar su sensibilidad profesional a la hora de tratar estos casos, la policía ha incluido los temas pertinentes en distintos cursos de formación que comprenden información sobre las necesidades de los grupos de distinto género, edad u orientación sexual.

86.La policía también imparte formación relacionada específicamente con la protección de las mujeres y los menores de edad y el manejo de las personas vulnerables, incluidas las personas con discapacidad, en la formación básica de los nuevos reclutas y en los programas de formación de los agentes en activo, según proceda.

87.El Departamento de Inmigración imparte formación al nuevo personal sobre la sensibilidad profesional en el trato con las personas con discapacidad, lo que comprende la forma de responder a la violencia contra las mujeres y las niñas con discapacidad. También ha promulgado directrices e instrucciones internas para los funcionarios en activo sobre el trato a las personas con discapacidad.

88.El Departamento de Servicios Penitenciarios imparte asimismo formación a los nuevos empleados y a los agentes en activo sobre el manejo de las personas con discapacidad en custodia. Se han promulgado las directrices internas pertinentes.

Respuestas al párrafo 15 c) de la lista de cuestiones

89.Como se informa en los párrafos 56 a 62 del informe combinado, el Gobierno protege a las personas con discapacidad contra todas las formas de explotación, violencia y abuso, a través de medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas que se revisan periódicamente para detectar posibles mejoras.

90.Como se menciona en las respuestas al párrafo 2, el CCR es el principal órgano consultivo del Gobierno en materia de políticas y medidas para las personas con discapacidad, y está integrado por miembros de los sectores interesados, incluidas las personas con discapacidad, sus organizaciones y las ONG que prestan servicios de rehabilitación a las personas con discapacidad. El CCR está respaldado por tres subcomités que ofrecen asesoramiento en materia de accesibilidad, medidas de apoyo al empleo de las personas con discapacidad y educación pública sobre los valores fundamentales de la Convención, respectivamente, y cuya composición abarca igualmente a las personas con discapacidad, sus organizaciones y las ONG que prestan servicios de rehabilitación a esas personas. Esta estructura operacional del CCR permite garantizar una supervisión eficaz de las instalaciones y los programas para las personas con discapacidad.

Protección de la integridad personal (art. 17)

Respuestas al párrafo 16 de la lista de cuestiones

91.La Administración de Hospitales aplica un enfoque multidisciplinario en la prestación de servicios a los pacientes con trastorno de identidad de género y las personas intersexuales (incluidas las personas con discapacidad), mediante un equipo de psiquiatras, psicólogos clínicos, cirujanos, ginecólogos, médicos, endocrinólogos, terapeutas ocupacionales y trabajadores sociales del ámbito de la medicina para evaluar la gravedad y prestar los servicios adecuados según la situación concreta de los pacientes, lo que incluye psicoterapia, tratamiento hormonal y cirugía.

92.Si se detectan genitales ambiguos en un recién nacido, el equipo multidisciplinario hablará con los padres y evaluará el sexo y la función sexual que podría desarrollar el bebé en el futuro. La decisión sobre el tratamiento se tomará en función del interés del niño, con el consentimiento de los padres. Los factores que deben tenerse en cuenta son los resultados del diagnóstico, la masculinización de los genitales externos secundaria a la exposición prenatal a los andrógenos, las respuestas a la estimulación exógena de los andrógenos y la función sexual y el potencial de fertilidad en el proceso de asignación del sexo. Aunque es probable que el tratamiento quirúrgico precoz para la oportuna determinación del sexo reduzca los riesgos de la cirugía y la posible discriminación por parte de los compañeros y de la sociedad en general, el tratamiento se decide caso por caso y no es obligatorio, a menos que se compruebe que se han producido complicaciones médicas graves o que ponen en peligro la vida del niño debido a la ambigüedad de sus genitales y que se requiere el tratamiento preconizado para proteger el interés superior del niño. La intervención quirúrgica en niños intersexuales no es obligatoria.

93.En el caso de los pacientes con trastorno de identidad de género, los psiquiatras establecen el diagnóstico y proporcionan el tratamiento, mientras que los psicólogos clínicos realizan la evaluación psicológica y ofrecen asesoramiento. Teniendo en cuenta las necesidades de los pacientes, los psiquiatras pueden remitirlos a endocrinólogos para que les prescriban hormonas sexuales, a terapeutas ocupacionales para que les den consejos prácticos para adaptarse a la experiencia de la vida real en el género deseado por los pacientes, y a trabajadores sociales del ámbito de la medicina para que les brinden apoyo social. Los pacientes que hayan sido sometidos a un tratamiento hormonal durante al menos 12 meses ininterrumpidos y hayan vivido en su género adquirido de forma continuada durante al menos 12 meses con una adaptación psicológica y social satisfactoria, evaluada por psiquiatras y psicólogos clínicos, pueden ser remitidos a los cirujanos para una intervención de reasignación de sexo a petición de los pacientes. Tras la derivación, los cirujanos evaluarán las necesidades de los pacientes en vista de la intervención quirúrgica y prestarán los servicios que proceda, incluida la cirugía de reasignación de sexo. Se ha adoptado el mismo modelo de servicios para las personas transgénero con discapacidad.

Derecho a vivir de forma independiente (art. 19)

Respuestas al párrafo 17 a), b), c), d) y e) de la lista de cuestiones

94.Como se mencionó en el párrafo 65 del informe combinado, el Gobierno reconoce plenamente el derecho de las personas con discapacidad a vivir de forma independiente y a participar de forma plena en la comunidad, y les presta servicios de apoyo a fin de ayudarlas a seguir viviendo en la comunidad. Aquellas personas con discapacidad que no pueden vivir de manera independiente y las que no pueden ser debidamente atendidas por sus familias tienen acceso a servicios de atención en residencias. El ingreso en los servicios de atención residencial está sujeto a una evaluación y es voluntario.

95.El Departamento de Bienestar Social concede subvenciones a las ONG para que presten diversos servicios comunitarios de atención y apoyo a fin de que las personas con discapacidad puedan desarrollar al máximo sus capacidades físicas, intelectuales y sociales, facilitando así su integración en la colectividad, y para que refuercen la capacidad de los cuidadores y alivien su carga, con el fin de mejorar la calidad de vida tanto de las personas con discapacidad como de las personas que cuidan de ellas. Estos servicios de atención y apoyo comunitario se prestan a través de los Centros de Apoyo de Distrito para Personas con Discapacidad, el Servicio de Atención Domiciliaria para Personas con Discapacidad Severa, el Servicio Integrado de Apoyo para Personas con Discapacidad Física Severa, el Centro de Atención y Apoyo Transitorios para Pacientes Tetrapléjicos, los Centros Comunitarios Integrados para el Bienestar Mental, los Centros de Apoyo para Personas con Autismo, los Centros de Servicios Múltiples para Personas con Discapacidad Auditiva, los Centros de Rehabilitación y Formación para Personas con Discapacidad Visual, los Centros Sociales y Recreativos para Personas con Discapacidad, los Centros de Recursos para Padres y Familiares, la Red Comunitaria de Rehabilitación y los servicios diurnos y residenciales de respiro, que atienden las necesidades respectivas de las personas con distintos tipos de discapacidad y sus cuidadores.

96.Como se ha mencionado en las respuestas al párrafo 1, el Plan Programático se publicó de nuevo en julio de 2020. En él se recomienda un aumento continuado de la capacidad de los servicios de apoyo comunitario y domiciliario existentes. A este respecto, el Gobierno ha aplicado progresivamente las siguientes medidas:

De 2020/21 a 2021/22, el número de Centros de Apoyo de Distrito para Personas con Discapacidad se incrementará de 16 a 21, al tiempo que se refuerzan la formación y los servicios en materia de rehabilitación.

En 2019/20, el número de Centros de Apoyo para Personas con Autismo se ha incrementado de 3 a 5 y se ha aumentado el personal de los centros existentes.

En 2018/19, el número de Centros de Recursos para Padres y Familiares pasó de 6 a 12, y a 19 en 2019/20, con unidades especializadas para las minorías étnicas en cinco de esos centros.

A partir de 2020/21, los Centros Sociales y Recreativos para Personas con Discapacidad dispondrán de más recursos humanos.

Otras 1.800 personas con discapacidad que viven en la comunidad reciben servicios de atención domiciliaria.

97.En el Plan Programático también se recomienda la creación de nuevos servicios y la integración de los existentes con el fin de dar continuidad, de manera coherente, a los servicios de apoyo comunitario para las personas con diferentes niveles de necesidades de atención, lo que incluye la creación de nuevos centros de rehabilitación para las personas con discapacidad severa que tienen necesidades intensivas de atención y que viven en su domicilio, mediante la integración de los servicios de los centros de día y los servicios de atención domiciliaria de manera flexible, y la prestación de apoyo adecuado para las personas con discapacidad severa en función de los cambios en las necesidades de servicios en las distintas etapas de su vida; y que se estudie la aplicación del marco de la Clasificación Internacional del Funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud en la elaboración de una estructura que comprenda objetivos de rehabilitación, intervención, valoración y evaluación para facilitar el intercambio de datos y experiencias entre las organizaciones de rehabilitación. A largo plazo, se adoptará un modelo de servicios de apoyo comunitario de tres niveles para atender a las personas con necesidades de atención elevadas, moderadas y leves, respectivamente.

98.En lo que respecta a las viviendas públicas, las personas con discapacidad pueden acceder a una “reubicación compasiva”, previa evaluación por los trabajadores sociales o las personas competentes (por ejemplo, los asistentes sociales de las ONG que corresponda) y la recomendación del Departamento de Bienestar Social. En función de la disponibilidad, se asignarán a las personas con discapacidad viviendas públicas de alquiler que respondan a sus necesidades (por ejemplo, viviendas con ascensor en urbanizaciones sin barreras y viviendas más espaciosas). Además, aunque las políticas actuales obligan a los inquilinos de las viviendas públicas de alquiler a trasladarse a otros departamentos de este tipo o a desalojar los que ocupan si dejan de cumplir los criterios pertinentes (por ejemplo, si superan los umbrales de ingresos y patrimonio familiar; o en el caso de viviendas de baja ocupación), los hogares que tienen miembros con discapacidad están exentos de la obligación de mudarse.

Libertad de expresión y de opinión y acceso a la información(art. 21)

Respuestas al párrafo 18 a) y b) de la lista de cuestiones

99.El Gobierno concede importancia a la promoción de la lengua de señas y a la formación de intérpretes de esta lengua. Como se informa en el párrafo 79 del informe combinado, desde septiembre de 2015 se han incluido cursos de lengua de señas en la oferta de cursos de idiomas impartidos por el Fondo de Educación Permanente. Los estudiantes inscritos en ellos pueden solicitar el reembolso de parte de los gastos de matrícula. Con el apoyo del Gobierno, en junio de 2016 dos organizaciones caritativas locales elaboraron, para referencia del público, una lista de intérpretes de lengua de señas de Hong Kong experimentados, que contiene información sobre los intérpretes profesionales, indicando su experiencia y cualificaciones. Al mes de mayo de 2020, el número de intérpretes de lengua de señas en esa lista había aumentado en torno al 20 %.

100.Hong Kong (China) necesita que se elabore una lengua de señas común para los distintos grupos de personas con discapacidad auditiva. La prioridad, en estos momentos, es preparar un glosario uniforme de señas que representen los términos más utilizados. A este respecto, en el Plan Programático se ha recomendado que se estudie la elaboración de una lengua de señas de Hong Kong para su uso en la radiodifusión pública (incluidos los programas informativos y los anuncios públicos de interés general) y en los actos oficiales, publicando un glosario de la lengua de señas Hong Kong, al tiempo que se preservan los conjuntos habituales de lengua de señas utilizados por los distintos grupos o sectores para la comunicación en actividades sociales individuales. A fin de poner en práctica esta recomendación, el CCR ha creado un grupo de trabajo encargado de asesorar sobre el calendario de aplicación y establecer las directrices de desarrollo estratégico y las medidas de apoyo conexas para elaborar una lengua de señas de Hong Kong. El Gobierno tendrá en cuenta el asesoramiento del grupo de trabajo para promover y desarrollar la lengua de señas.

Respeto del hogar y de la familia (art. 23)

Respuestas al párrafo 19 a) de la lista de cuestiones

101.En el plano constitucional, el artículo 37 de la Ley Fundamental protege la libertad de matrimonio de los residentes en Hong Kong (incluidas las personas con discapacidad) y su derecho a formar una familia libremente. En cuanto a la legislación nacional, el artículo 19 de la Carta de Derechos de Hong Kong establece, entre otras cosas, que se reconocerá el derecho de hombres y mujeres (incluidas las personas con discapacidad) en edad de contraer matrimonio a casarse y fundar una familia. Los matrimonios en la RAE se rigen por la Disposición Legislativa sobre el Matrimonio (cap. 181) y la Disposición Legislativa sobre Causas Matrimoniales (cap. 179), que establecen que toda persona (incluidas las personas con discapacidad) puede contraer matrimonio si cumple los requisitos legales.

Respuestas al párrafo 19 b) de la lista de cuestiones

102.Los centros de tecnología reproductiva deben seguir el capítulo V del Código de Prácticas sobre Tecnología Reproductiva e Investigación con Embriones al facilitar información sobre sus servicios de tecnología reproductiva a todos los clientes y donantes (incluidas las personas con discapacidad).

Respuestas al párrafo 19 c) y d) de la lista de cuestiones

103.Existe una amplia gama de mecanismos de apoyo para los niños con discapacidad y sus padres, en particular servicios de atención infantil diurna y residencial y un servicio de acogida para ayudar a los padres a cuidar de los niños en tiempos difíciles. El Departamento de Bienestar Social promueve activamente el mantenimiento de la responsabilidad parental con respecto a los hijos (incluidos los que presentan discapacidad), y ha proporcionado subvenciones a las ONG para que establezcan Centros Especializados de Apoyo a la Custodia Compartida a fin de prestar servicios de apoyo a la crianza de los hijos a los padres separados, divorciados o en proceso de divorcio, lo cual comprende asesoramiento sobre la custodia compartida, un servicio de coordinación de las responsabilidades parentales y un servicio de contacto con los niños, así como grupos o programas de crianza estructurados. Estos mecanismos, servicios y medidas están dirigidos a todos los niños, independientemente de la discapacidad del niño o de uno o ambos padres.

Educación (art. 24)

Respuestas al párrafo 20 a), b), c) y d) de la lista de cuestiones

104.El Gobierno está determinado a ofrecer una educación de calidad a todos los estudiantes, independientemente de su discapacidad, edad, sexo y etnia. Estos tienen las mismas oportunidades de acceso a la educación. En los centros educativos ordinarios y especiales del sector público, todos los alumnos con necesidades educativas especiales o discapacidad (incluidos aquellos con deficiencia auditiva) disfrutan de educación primaria y secundaria gratuita como los demás niños, y se les proporcionan los servicios de apoyo necesarios. En el curso 2019/20 había unos 53.000 alumnos con necesidades educativas especiales inscritos en centros públicos ordinarios, lo que supone el 9,5 % del total de alumnos matriculados en dichos centros. Además, hay unos 8.200 alumnos que estudian en las escuelas públicas especiales. También hay 52 escuelas internacionales ordinarias, muchas de las cuales ofrecen servicios integrados y apoyo a los alumnos con necesidades educativas especiales. Según la información facilitada por los centros, hay un total de unos 1.700 alumnos con necesidades educativas especiales.

105.El Organismo de Exámenes y Evaluación de Hong Kong organiza los exámenes públicos, incluido el correspondiente al título de enseñanza secundaria de Hong Kong para evaluar el rendimiento académico de los estudiantes que terminan la educación secundaria con miras a su admisión en la enseñanza superior y el desarrollo de su carrera profesional. El Organismo de Exámenes y Evaluación tiene por misión garantizar que todos los candidatos (incluidas las personas con discapacidad) sean evaluados de forma justa e imparcial, y se compromete a tener en cuenta las necesidades de los candidatos. Se han previsto medidas especiales de ajuste para los exámenes correspondientes al título de enseñanza secundaria con el fin de que los alumnos con necesidades educativas especiales gocen de igualdad de oportunidades para demostrar sus conocimientos, como la ampliación del tiempo de examen, la exención de parte de un examen, la provisión de etiquetas o descripciones de texto para los dibujos o las imágenes complicadas a fin de evitar que estos alumnos centren su atención únicamente en detalles de menor importancia, y la autorización para que los candidatos diagnosticados con dislexia y dificultades de escritura severas utilicen programas informáticos de conversión de voz a texto en los exámenes de determinadas asignaturas. Las solicitudes de ajustes especiales las examina el comité o grupo de trabajo del Organismo de Exámenes competente, que incluyen a representantes del Gobierno, los centros de educación especial, los centros de educación secundaria, los centros de educación superior, las asociaciones de padres y los expertos en la materia.

106.El Consejo de Formación Profesional, principal proveedor oficial de educación y formación profesional de Hong Kong y órgano que promueve la igualdad de oportunidades de aprendizaje para todos los estudiantes (incluidas las personas con discapacidad), examina todas las solicitudes de admisión en igualdad de condiciones. Se proporcionará asesoramiento y asistencia a los alumnos con necesidades educativas especiales en una fase temprana. También se ha creado una página web específica con información sobre los programas, las solicitudes de admisión y los servicios de apoyo a los estudiantes con necesidades educativas especiales. En el curso 2019/20 había 2.082 alumnos con necesidades educativas especiales inscritos en el Consejo de Formación Profesional, lo que supone un 5 % del total de alumnos de los programas ordinarios.

107.El Consejo de Formación Profesional aplica un enfoque holístico en su labor de apoyo a los estudiantes con necesidades educativas especiales, que incluye apoyo pedagógico, como clases de recuperación, grupos de tutoría, prácticas individuales, ayudas técnicas y adaptación de equipos. La exoneración de cursar determinados módulos y la aplicación de modalidades especiales de evaluación también se examinan caso por caso. Los consejeros escolares prestan servicios de asesoramiento a los estudiantes con necesidades educativas especiales y, cuando es necesario, los derivan a servicios especializados externos, por ejemplo los prestados por psicólogos clínicos, psicopedagogos y logopedas. Se organizan varios tipos de programas inclusivos para los estudiantes a fin de promover un entorno de aprendizaje justo en el que la diversidad y las diferencias se respeten y valoren por igual.

108.El Consejo de Formación Profesional también ofrece una diversidad de medios de enseñanza, equipos e instalaciones para que los estudiantes con necesidades educativas especiales puedan aprender sin barreras. A partir del año académico 2019/20, se destina una financiación anual de 21,6 millones de dólares al Consejo de Formación Profesional para mejorar el apoyo a los estudiantes con necesidades educativas especiales que se matriculan en programas de educación y formación profesional.

109.Además de ofrecer una subvención especial de 20 millones de dólares en 2015, el Comité de Subvenciones a las Universidades, que asesora al Gobierno sobre la financiación y el desarrollo estratégico de la educación superior en Hong Kong, facilitó otros 20 millones de dólares en 2018 como subvención bienal especial para que las ocho universidades que financia ofrezcan a los estudiantes con necesidades educativas especiales sus programas académicos y faciliten la adaptación de estos a la vida universitaria, y para que proporcionen un mayor apoyo a esos estudiantes, por ejemplo, adquiriendo dispositivos y equipos, reforzando la formación del personal académico y administrativo, y apoyando a los órganos de estudiantes en la organización de eventos y actividades que fomenten la integración de los alumnos con necesidades educativas especiales en la vida universitaria, a fin de seguir promoviendo así una cultura inclusiva.

Salud (art. 25)

Respuestas al párrafo 21 a) de la lista de cuestiones

110.La Administración de Hospitales ha reforzado los servicios de tecnología de reproducción asistida en los hospitales públicos para satisfacer la elevada demanda de servicios. Para aumentar la capacidad del servicio de fecundación in vitro (FIV), un hospital público ha proporcionado 100 ciclos de FIV adicionales desde 2016/17. Además, se han creado servicios de enfermería de triaje de casos de esterilidad en tres hospitales públicos para acortar el tiempo de espera para la derivación a la clínica de esterilidad en el marco del Plan Anual 2017/18 de la Administración de Hospitales.

111.La evaluación de los clientes se lleva a cabo independientemente de su condición de persona con discapacidad. De acuerdo con el código de prácticas publicado por el Consejo de Tecnología de Reproducción Humana de Hong Kong, la idoneidad de los clientes para los procedimientos de tecnología de reproducción asistida (como la FIV) se evaluará teniendo en cuenta el bienestar del niño como factor primordial. La evaluación tiene en cuenta el bienestar físico, mental y social de los clientes, incluidos sus antecedentes médicos y su probable capacidad futura para cuidar al hijo o atender las necesidades de este.

Respuestas al párrafo 21 b) de la lista de cuestiones

112.El Plan de Seguro de Salud Voluntario, que entró en vigor en abril de 2019, es una iniciativa de la Oficina de Alimentación y Salud para regular los productos de seguro hospitalario y mejorar la transparencia del mercado, proporcionando a los consumidores (incluidas las personas con discapacidad, independientemente de su lugar de residencia) una mayor confianza al adquirir un seguro de salud y utilizar servicios sanitarios privados cuando lo necesiten, reduciendo así la presión sobre los servicios hospitalarios públicos a largo plazo. La participación en este Plan de Seguro es voluntaria tanto para las aseguradoras como para los usuarios. En comparación con los planes de seguro hospitalario existentes, el Plan de Seguro de Salud Voluntario incluye muchas opciones estandarizadas para mejorar la protección del asegurado, por ejemplo:

a)Prórroga garantizada hasta los 100 años sin límite de prestaciones: la combinación de estas dos características puede proporcionar una protección continuada a lo largo de toda la vida a los asegurados. Además, todas las prestaciones básicas deben seguir una base anual para que su importe se contabilice de nuevo tras la renovación anual de la póliza. Los pacientes con enfermedades crónicas, más propensos a sufrir incidentes, pueden beneficiarse especialmente de estas características;

b)Cobertura de las pruebas de diagnóstico por imagen y del tratamiento no quirúrgico del cáncer que se prescriban;

c)Cobertura del tratamiento de las afecciones congénitas diagnosticadas a partir de los 8 años de edad;

d)Cobertura del tratamiento psiquiátrico en régimen de internamiento en los hospitales locales.

Respuestas al párrafo 21 c) de la lista de cuestiones

113.Para la Administración de Hospitales, el consentimiento de los pacientes antes de una operación o un tratamiento forma parte de la calidad de la atención y es un requisito legal. Los pacientes que den su consentimiento recibirán información adecuada sobre la naturaleza, los efectos, los riesgos, las posibles complicaciones del tratamiento propuesto y las opciones alternativas. En el caso de las personas mentalmente incapacitadas y de los pacientes que están inconscientes y no pueden otorgar su consentimiento, los médicos de la Administración de Hospitales les administrarán el tratamiento sobre la base del interés superior del paciente.

Habilitación y rehabilitación (art. 26)

Respuestas al párrafo 22 a) de la lista de cuestiones

114.Sírvanse remitirse a las respuestas que figuran en el párrafo 17.

Respuestas al párrafo 22 b) de la lista de cuestiones

115.El Comisionado de Rehabilitación de la Oficina de Trabajo y Bienestar Social supervisa las políticas y programas generales en materia de rehabilitación y bienestar de las personas con discapacidad, y coordina el desarrollo y la prestación de servicios de rehabilitación por áreas de política y en el marco de las iniciativas de las oficinas y departamentos públicos competentes, tal como se contempla en el Plan Programático. La prestación eficaz de los servicios implica la concertación de los esfuerzos de las oficinas y departamentos estatales, los organismos públicos, las ONG y las organizaciones de autoayuda interesadas, lo que a su vez depende del diseño del mecanismo de coordinación.

116.En el marco del mecanismo de coordinación establecido, el Comisario de Rehabilitación es miembro del CCR, y los altos funcionarios de los departamentos, y las oficinas estatales y los organismos públicos pertinentes también están representados en el CCR. Como se ha mencionado en las respuestas al párrafo 2, el CCR asesora al Gobierno sobre los asuntos referentes al bienestar de las personas con discapacidad y la elaboración y aplicación de las políticas y los servicios de rehabilitación. El Presidente y los miembros del CCR (incluidas las personas con discapacidad, sus organizaciones y las ONG que prestan servicios de rehabilitación para personas con discapacidad) son designados por el Jefe del Ejecutivo. El CCR se reúne periódicamente para debatir sobre los servicios públicos destinados a las personas con discapacidad, y para establecer las prioridades de los servicios de bienestar y rehabilitación que afectan a las personas con discapacidad, así como asuntos que pueden ser transversales a las políticas de los departamentos y las oficinas estatales. El Gobierno toma en consideración los consejos del CCR cuando prepara el discurso sobre políticas y el presupuesto anuales. Este mecanismo de coordinación facilita y garantiza la aplicación efectiva de los servicios de rehabilitación para las personas con discapacidad por los departamentos y las oficinas estatales.

Trabajo y empleo (art. 27)

Respuestas al párrafo 23 a) de la lista de cuestiones

117.Los solicitantes de empleo con discapacidad (incluidas las personas con discapacidad intelectual o psicosocial) reciben servicios de orientación laboral, localización de puestos adecuados y remisión, así como servicios de seguimiento tras su colocación, para ayudarlos a hallar un empleo apropiado en el mercado de trabajo. Se ofrecen incentivos financieros para alentar a los empleadores a contratar a personas con discapacidad. El importe máximo de la asignación por contratar a una persona con discapacidad (que se incrementó a 51.000 dólares en septiembre de 2018) se ha vuelto a aumentar a 60.000 dólares a partir de septiembre de 2020. Se realizan campañas publicitarias para promover un entorno de trabajo inclusivo. Se prestan servicios de orientación psicológica y emocional a los solicitantes de empleo con discapacidad que los necesiten, para ayudarlos a concentrarse en la búsqueda laboral y a adaptarse a sus nuevos puestos de trabajo.

Respuestas al párrafo 23 b) de la lista de cuestiones

118.Todas las medidas de apoyo al empleo existentes se ofrecen también a todas las personas con discapacidad (incluidas las que tienen discapacidad intelectual o psicosocial e independientemente de su sexo).

Respuestas al párrafo 23 c) de la lista de cuestiones

119.El Gobierno se ha comprometido a aplicar medidas para facilitar el empleo de personas con discapacidad en la administración pública y dar un trato preferente a los candidatos con discapacidad que soliciten puestos de trabajo en la administración. Los funcionarios con discapacidad en activo tienen la posibilidad de recibir una ayuda económica para la adquisición de las ayudas técnicas necesarias para desempeñar sus funciones en el lugar de trabajo. Las oficinas y departamentos públicos también realizan las adaptaciones necesarias en las oficinas y el trabajo asignado a los funcionarios con discapacidad, teniendo en cuenta la naturaleza y el grado de su discapacidad.

120.En cuanto al sector privado, el Departamento de Bienestar Social dispone de un programa de apoyo a los empleados con discapacidad para facilitar el empleo de estas personas y mejorar su eficiencia laboral. Concretamente, este programa ofrece a los empresarios una subvención puntual máxima de 40.000 dólares por cada empleado con discapacidad para que adquiera ayudas técnicas o realicen modificaciones en el lugar de trabajo. Hasta mayo de 2020, se habían concedido unos 3,64 millones de dólares a los empleadores de 230 personas con discapacidad en el marco de este programa.

121.En el Plan Programático se recomendó la creación de lugares de trabajo favorables para las personas con discapacidad. El Gobierno estudiará, junto con la Comisión de Igualdad de Oportunidades, la posibilidad de reforzar la promoción de las directrices de la Comisión de Igualdad de Oportunidades sobre los ajustes razonables para que los empleadores las conozcan mejor y para que se promuevan esos ajustes en el lugar de trabajo.

Respuestas al párrafo 23 d) de la lista de cuestiones

122.El Departamento de Bienestar Social está realizando un proyecto titulado “Mejora del Empleo de las Personas con Discapacidad a través de la Pequeña Empresa” destinado a prestar apoyo financiero a las ONG para que creen pequeñas empresas o negocios que empleen a personas con discapacidad. El número de personas con discapacidad empleadas por cada empresa o negocio no debe ser inferior al 50 % del total de personas en nómina. Hasta mayo de 2020, 35 ONG habían recibido una ayuda financiera por un total de unos 131 millones de dólares para poner en marcha 126 empresas que se espera que generen unos 1.300 puestos de trabajo, de los cuales unos 910 son para personas con discapacidad. La protección laboral existente cubre a las personas con discapacidad.

Nivel de vida adecuado y protección social (art. 28)

Respuestas al párrafo 24 a) de la lista de cuestiones

123.Basándose en el umbral de pobreza oficial, el Gobierno publicó en diciembre de 2014 el “Informe sobre la situación de la pobreza en Hong Kong: personas con discapacidad, 2013”, en el que se analiza la situación de pobreza de estas personas. Se espera que el próximo informe se publique en 2021 o 2022. La labor de recopilación de datos comenzó en el segundo semestre de 2019. El Gobierno seguirá aportando recursos para mitigar la pobreza y apoyar a los desfavorecidos con miras a construir una sociedad solidaria e inclusiva. Sobre la base de los principios de favorecer al niño, a la familia y al trabajo, respetando las elecciones de los beneficiarios y dando prioridad a la salud pública, el Gobierno estudiará y formulará políticas y medidas más adecuadas para atender mejor las necesidades de los diversos grupos desfavorecidos, incluidas las personas con discapacidad.

Respuestas al párrafo 24 b) y c) de la lista de cuestiones

124.El Gobierno gestiona una serie de regímenes de seguridad social no contributivos y no sujetos a rendición de cuentas para satisfacer las distintas necesidades de los residentes. Como se ha mencionado en las respuestas al párrafo 1, las personas con discapacidad severa evaluada por los médicos de clínicas y hospitales públicos pueden solicitar una prestación por discapacidad no condicionada (cuyo importe mensual gira actualmente en torno a 1.835dólares, siendo el importe máximo de 3.670 dólares en función de la situación de los solicitantes). Por su parte, las personas con discapacidad que experimenten dificultades económicas pueden solicitar beneficiarse del Plan General de Asistencia de la Seguridad Social, en virtud del cual pueden recibir subsidios superiores a los de las personas sanas, así como una serie de complementos y subvenciones especiales para atender sus necesidades especiales derivadas de la discapacidad. Los desembolsos reales dependen de las condiciones financieras y de otra índole de cada hogar. La media actual de la prestación mensual del Plan General para los beneficiarios solteros con discapacidad permanente asciende a unos 6.600dólares.

125.Dado que al diseñarse los distintos regímenes de seguridad social (incluidos los mencionados anteriormente y otros tipos de prestaciones, como el subsidio de subsistencia para personas de edad con necesidades económicas) se han tenido en cuenta las necesidades especiales de los respectivos beneficiarios, solo es posible optar por un tipo de prestación. Este principio se aplica para evitar un “doble beneficio” de modo que se garantice la sostenibilidad del sistema de seguridad social.

126.El Gobierno ajusta los niveles de contribución a la seguridad social mediante un mecanismo que permite reflejar la evolución de los precios y mantener el poder adquisitivo. Por ejemplo, la prestación por discapacidad se ha incrementado en un 40 % en la última década.

Respuestas al párrafo 24 d) de la lista de cuestiones

127.Como se menciona en las respuestas al párrafo 17, la política vigente permite que las personas con una necesidad urgente de alojamiento permanente (incluidas las personas con discapacidad) accedan a la vivienda pública de alquiler a través de la “reubicación compasiva”, previa evaluación por los trabajadores sociales o personal competentes (por ejemplo, los asistentes sociales de las ONG interesadas), previa recomendación del Departamento de Bienestar Social. En función de la disponibilidad, se asignarán viviendas adecuadas a las personas con discapacidad, teniendo en cuenta sus necesidades.

Participación en la vida política y pública (art. 29)

Respuestas al párrafo 25 a) y b) de la lista de cuestiones

128.Como se mencionó en el párrafo 124 del informe combinado, el Gobierno ha adoptado medidas legislativas y administrativas adecuadas para fomentar la participación de las personas con discapacidad en la formulación de políticas, particularmente en materia de rehabilitación. Un ejemplo de ello es la formulación del Plan Programático que se menciona en las respuestas al párrafo 2.

129.A nivel constitucional, el artículo 26 de la Ley Fundamental establece que los residentes permanentes de la RAE de Hong Kong tienen derecho a votar y a ser elegidos, de conformidad con la ley. En el ámbito de la legislación nacional, la Disposición Legislativa sobre el Consejo Legislativo (cap. 542) y la Disposición Legislativa sobre los Consejos de Distrito (cap. 547) garantizan que los residentes permanentes de la RAE, incluidas las personas con discapacidad, tengan derecho a votar y a presentarse a las elecciones de acuerdo con la ley. Una persona no puede ser inhabilitada para inscribirse en el censo electoral ni para votar por el mero hecho de tener una discapacidad mental, intelectual o psicosocial. Puede ser inhabilitada para figurar en el censo de una circunscripción electoral si, en virtud de la Disposición Legislativa sobre Salud Mental (cap. 136), se declara que no tiene capacidad, en razón de una discapacidad mental, tal como se define en la Disposición, para gestionar y administrar sus bienes y asuntos. La Disposición Legislativa sobre la Salud Mental establece que el tribunal debe cumplir una serie de procedimientos rigurosos antes de declarar la incapacitación de una persona por razones de salud mental, ateniéndose a las definiciones que figuran en la Disposición. Este mecanismo permite asegurar que los votos emitidos en unas elecciones reflejen verdaderamente la libre voluntad del votante y reducir el riesgo de que este sea objeto de influencias indebidas o de manipulación, garantizando de ese modo un proceso electoral limpio.

130.Además, el Gobierno se esfuerza por facilitar el voto de los electores con necesidades especiales, incluidos los que tienen diferencias intelectuales, en las elecciones públicas y por suministrar la información pertinente. En elecciones anteriores se han adoptado numerosas medidas para velar por que los electores puedan ejercer su derecho al voto. Por ejemplo, en todos los colegios electorales se ha puesto a disposición de los votantes que lo necesiten una ayuda pictórica que explica el procedimiento de votación. Esta ayuda también se ha publicado en el correspondiente sitio web para que los electores puedan consultarla antes de la votación. Mientras tanto, los electores que no puedan emitir su voto por sí mismos pueden pedir ayuda a los presidentes de los colegios electorales para que marquen la papeleta en su nombre según su decisión de voto. Todo el proceso será presenciado por un funcionario electoral para garantizar que la votación se lleve a cabo de manera imparcial. Todo el personal electoral debe firmar una declaración de confidencialidad y cumplir diversos requisitos relativos al voto secreto. Las disposiciones existentes son conformes con el artículo 29 de la Convención, relativo a la participación de las personas con discapacidad en la vida política y pública.

Respuestas al párrafo 25 c) de la lista de cuestiones

131.La información general sobre los actos públicos notificables y notificados (como las instrucciones relativas al ingreso y la salida en los eventos y las condiciones específicas que se aplican) está disponible en el sitio web de la policía para que los ciudadanos (incluidas las personas con discapacidad) puedan consultarla.

132.Antes de cualquier acto público, la policía llevará a cabo una evaluación exhaustiva de las amenazas para identificar cualquier peligro potencial para los participantes (incluidas las personas con discapacidad). Los peligros detectados se comunicarán a los organizadores para proteger la seguridad de todos los participantes. Los organizadores deberán disponer de un número suficiente de agentes de seguridad para mantener el orden durante el evento. La policía está facultada para suspender una reunión o desfile público en aras del orden público, la seguridad pública y los derechos y libertades de los demás. En tal situación, la policía impartirá instrucciones e información adecuados al público (incluidas las personas con discapacidad) utilizando diversos medios.

C.Obligaciones específicas (arts. 31 a 33)

Recopilación de datos y estadísticas (art. 31)

Respuestas al párrafo 26 de la lista de cuestiones

133.En la fase de planificación de la reciente encuesta de 2019/20 sobre las personas con discapacidad, el Gobierno ha recabado de forma proactiva la opinión de las organizaciones de personas con discapacidad para establecer la definición de discapacidad, los temas que debían abordarse y la forma de realizar la encuesta. También se ha invitado a esas organizaciones a participar en la encuesta piloto para evaluar el proyecto de cuestionario y los procedimientos de recogida de datos, y para transmitir a los entrevistadores las aptitudes necesarias y consejos sobre el modo adecuado de comunicarse con las personas con discapacidad. Durante la recopilación de datos, las organizaciones han colaborado en la labor de recabar contribuciones y divulgar mensajes promocionales para dar a conocer la encuesta. En la consulta posterior a la encuesta, que se realizará a mediados de 2021, se compilarán las opiniones de estas organizaciones sobre el análisis y la difusión de los datos.

Cooperación internacional (art. 32)

Respuestas al párrafo 27 de la lista de cuestiones

134.El Gobierno participa activamente en actividades internacionales con arreglo a lo dispuesto en la Ley Fundamental. Se invita a las personas con discapacidad a formar parte de la delegación de la RAE de Hong Kong según corresponda. En 2017, el entonces Presidente del Subcomité de Accesibilidad del CCR, que era una persona con discapacidad, se sumó a la delegación de la RAE para asistir a la Reunión Intergubernamental de Alto Nivel sobre el Examen de Mitad de Período del Decenio de las Personas con Discapacidad de Asia y el Pacífico (2013-2022), organizada conjuntamente por la Comisión Económica y Social para Asia y el Pacífico y la Federación China de Personas con Discapacidad.

Aplicación y seguimiento nacionales (art. 33)

Respuestas al párrafo 28 de la lista de cuestiones

135.Sírvanse remitirse a las respuestas que figuran en el párrafo 22 b).

Respuestas al párrafo 29 a) de la lista de cuestiones

136.La Comisión de Igualdad de Oportunidades es un organismo oficial independiente, y sus poderes, funciones y autonomía de funcionamiento están previstos y protegidos por la ley. Aunque los Principios de París no están plasmados en un convenio internacional, la Comisión de Igualdad de Oportunidades sigue en gran medida esos Principios en lo que se refiere a la independencia, la autonomía, el pluralismo, las facultades de investigación, los recursos y la capacidad de entablar acciones legales. Sus miembros incluyen representantes con conocimientos especializados y procedentes de diversos sectores.

Respuestas al párrafo 29 b) de la lista de cuestiones

137.Las oficinas y departamentos públicos son plenamente conscientes de la necesidad de cumplir las obligaciones que emanan de la Convención a la hora de formular y aplicar políticas y medidas en relación con las personas con discapacidad. Asignarán los recursos humanos, técnicos y financieros necesarios para implementar las políticas y medidas pertinentes, garantizando la igualdad de oportunidades y derechos de las personas con discapacidad en cumplimiento del espíritu y las disposiciones de la Convención.

Respuestas al párrafo 30 de la lista de cuestiones

138.Para más información sobre el cometido y las funciones del CCR, sírvanse remitirse a las respuestas que figuran en los párrafos 2, 7, 8, 15, 18 y 22.

139.Desde que comenzó a aplicarse la Convención en Hong Kong, en agosto de 2008, el Gobierno ha aumentado incesantemente el gasto periódico global en servicios de rehabilitación y el apoyo a las personas con discapacidad hasta un 150 % aproximadamente, pasando de 16.600 millones de dólares en 2007/08 a un monto estimado de 41.200 millones de dólares en 2020/21.