Naciones Unidas

CRPD/C/CHN-MAC/2-3

Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Distr. general

26 de junio de 2019

Español

Original: chino e inglés

Chino, español, inglés y ruso únicamente

Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Informes periódicos segundo y tercero combinados que Macao (China) debía presentar en 2018 en virtud del artículo 35 de la Convención * **

[Fecha de recepción: 31 de agosto de 2018]

I.Introducción

1.El presente informe contiene los informes periódicos segundo y tercero combinados que la Región Administrativa Especial de Macao de la República Popular China (RAE de Macao) va a presentar al Comité de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (el Comité) en relación con la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (la Convención) en la RAE de Macao. El período que abarca el contenido del informe se extiende desde el 1 de enero de 2010 hasta el 31 de diciembre de 2017.

2.El informe se elaboró tomando como referencia las directrices (CRPD/C/2/3) aprobadas por el Comité y las directrices del Comité de Derechos Humanos relativas a la forma y el contenido de los informes que deben presentar los Estados partes en los tratados internacionales de derechos humanos (HRI/GEN/2/Rev.6), con la información suministrada por los departamentos y las entidades pertinentes de la RAE de Macao, en especial las comisiones sobre asuntos de derechos humanos. Respecto de la recomendación que figura en el párrafo 99 de las observaciones finales del Comité, cabe mencionar que el Gobierno de la RAE de Macao ha llevado a cabo una consulta pública que abarca a todos los sectores de la sociedad, incluidas las organizaciones no gubernamentales (ONG) y otras partes interesadas vinculadas a las cuestiones de las personas con discapacidad, a fin de recabar comentarios y sugerencias sobre el contenido del informe.

3.Cuando proceda, la tercera parte del documento básico de China (HRI/CORE/CHN.MAC/2010) y la información pertinente de las partes relativas a la RAE de Macao que figuran en los últimos informes de China sobre los tratados de derechos humanos y los documentos pertinentes podrían remitir a la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, la Convención sobre los Derechos del Niño, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Su contenido no ha variado, a menos que en el informe se formulen observaciones en contrario.

4.La información y los datos aquí suministrados se centran principalmente en los cambios en las leyes y las medidas relacionadas con la evolución real de la RAE de Macao en el período que abarca el informe y se presentarán en forma resumida y actualizada. Las recomendaciones formuladas por el Comité en sus observaciones finales se tratarán en relación con las disposiciones respectivas de la Convención.

II.Aplicación de las disposiciones generales de la Convención (artículos 1 a 4)

Protección jurídica en la RAE de Macao

5.La dignidad de la persona, la igualdad de derechos y la no discriminación están protegidas por la Ley Fundamental de la RAE de Macao de la República Popular China, cuyo artículo 38, párrafo 3, establece expresamente que las personas con discapacidad gozarán del cuidado y la protección de la RAE de Macao. El Decreto Ley núm. 33/99/M sobre el Régimen de Prevención de la Discapacidad y la Rehabilitación y la Integración Social de las Personas con Discapacidad sienta las bases para las políticas de prevención de la discapacidad y el tratamiento, la rehabilitación, la participación social y la inclusión de las personas con discapacidad.

6.Si ven vulnerados sus derechos, las personas con discapacidad pueden apelar o presentar denuncias ante la Asamblea Legislativa o la Comisión contra la Corrupción, o bien pueden recurrir a una autoridad administrativa o a un tribunal mediante procedimientos administrativos, civiles o penales para proteger sus derechos e intereses legítimos y obtener reparación.

7.En términos generales, el contenido referente al sistema de protección jurídica de la RAE de Macao consignado en el informe inicial sigue siendo válido.

8.En general, la RAE de Macao ha logrado progresos considerables en distintos planos de la protección de los derechos humanos. En el plano legislativo, se han aprobado la Ley núm. 9/2011 sobre el Régimen de Prestación por Discapacidad y los Servicios de Salud Gratuitos; el Reglamento Administrativo 3/2011 sobre el Sistema de Evaluación del Tipo y el Grado de Discapacidad, el Registro y la Emisión de la Tarjeta de Discapacidad; la Ley núm. 2/2016 para Prevenir y Combatir la Violencia Doméstica y la Ley núm. 10/2017 del Sistema de Educación Terciaria. Por otra parte, en el Código Penal de Macao se han introducido modificaciones por las que se tipifica el acoso sexual como delito independiente y se refuerza la protección de la infancia (Ley núm. 8/2017); también deberían destacarse el fortalecimiento del sistema de asistencia letrada (Ley núm. 13/2017) y la introducción del Plan Decenal de Desarrollo de la Educación no Terciaria (2011 a 2020) y el Plan Programático Decenal de Rehabilitación (2016 a 2025) (Plan Decenal). El Gobierno de la RAE de Macao ha adoptado, asimismo, medidas para promover la igualdad de género y el apoyo a las personas vulnerables, como las personas con discapacidad, los niños y las mujeres; ha puesto en marcha actividades de difusión y capacitación para la divulgación de los derechos humanos, y ha realizado consultas públicas sobre las políticas y los proyectos legislativos más importantes.

9.En cuanto al apoyo a las personas con discapacidad, es particularmente digno de mención que la Ley núm. 9/2011 establece un sistema para la concesión de prestaciones por discapacidad a los residentes permanentes de la RAE de Macao con discapacidad y proporciona servicios gratuitos de atención de la salud.

10.No obstante, la RAE de Macao es consciente de que todavía quedan aspectos por mejorar, y el Gobierno seguirá asignando recursos para la plena aplicación de la Convención.

Sistema de evaluación del tipo y el grado de discapacidad, registro y emisión de la tarjeta de discapacidad

11.Con el objeto de aplicar la Ley núm. 9/2011, se aprobó el Reglamento Administrativo 3/2011, que regula los tipos y los grados de discapacidad y los criterios de evaluación correspondientes. Además, la Orden 45/2011 del Secretario de Asuntos Sociales y Cultura, modificada por la Orden 104/2017 del Secretario de Asuntos Sociales y Cultura, establece los instrumentos y los métodos para la clasificación de los tipos y los grados de discapacidad; y la Orden 251/2011 del Jefe del Ejecutivo enuncia las formalidades y los documentos necesarios para solicitar la prestación por discapacidad, el monto de la prestación y las formas en que se otorga. Entre 2011 y 2017, aproximadamente 18.000 personas en total solicitaron los servicios de evaluación de la discapacidad.

12.De conformidad con la legislación de la RAE de Macao, una persona con discapacidad se define como aquella que, por motivo de pérdida o anomalía, congénita o adquirida, de la estructura o la función psicológica, intelectual, física o anatómica susceptible de provocar restricciones de capacidad, puede estar en situación de desventaja para el desempeño de actividades consideradas normales, teniendo en cuenta la edad, el sexo y los principales indicadores sociales (artículo 2 del Decreto Ley núm. 33/99/M).

13.En el artículo 2 del Reglamento Administrativo 3/2011 se distinguen seis tipos de discapacidad: deficiencia visual, deficiencia auditiva, deficiencia del habla, discapacidad física, discapacidad intelectual y discapacidad mental; a su vez, según su gravedad, la discapacidad se clasifica en cuatro grados: leve, moderada, grave o muy grave.

14.Las solicitudes para obtener las tarjetas del registro de evaluación de la discapacidad deben ser presentadas por las personas con discapacidad o sus representantes legítimos, o bien otras personas (en circunstancias especiales) en su nombre. Después de recibir una solicitud, la Oficina de Bienestar Social (OBS) debe evaluar al solicitante con arreglo a los criterios establecidos en el anexo del Reglamento Administrativo 3/2011 y a los instrumentos y los métodos para la clasificación de los tipos y los grados de discapacidad, con la asistencia de otras entidades cuando sea necesario para determinar tipo y grado. Si no está de acuerdo con el resultado de la evaluación, la parte interesada puede pedir una revisión. Si la Oficina de Bienestar Social acepta el pedido, el Grupo de Revisión llevará a cabo un examen y presentará sus recomendaciones al Director de esta Oficina para que se adopte una decisión definitiva. Si la parte interesada está en desacuerdo con la decisión final, podrá apelar ante el tribunal (arts. 3, párrs. 1 y 5; 4, párrs. 1 a 3; 10 y 12 a 14 del Reglamento Administrativo 3/2011).

15.La Oficina de Bienestar Social expide las tarjetas del registro de evaluación de la discapacidad, que tienen una validez máxima de cinco años y deben contener información sobre la identidad de la persona con discapacidad y sobre el tipo y el grado de discapacidad. No obstante, si la situación de la discapacidad se considera irreversible, el plazo de vigencia podría superar los cinco años (arts. 7, párr. 2, y 8 del Reglamento Administrativo 3/2011).

Servicios de rehabilitación. Plan Programático Decenal de Rehabilitación de 2016 a 2025

16.A fin de aplicar la Convención, la Estrategia de Incheon de la Comisión Económica y Social de las Naciones Unidas para Asia y el Pacífico y el Decreto Ley núm. 33/99/M, en 2013 el Gobierno de la RAE de Macao creó un equipo de estudio interdepartamental para investigar, coordinar, supervisar y evaluar la totalidad del plan de desarrollo trazado por la RAE de Macao con el objeto de prestar asistencia para la rehabilitación de las personas con discapacidad y su integración en la comunidad.

17.Tras estudiar la tendencia de la evolución y las valiosas experiencias internacionales, analizar los servicios de rehabilitación de Macao y las condiciones de vida de las personas con discapacidad, y escuchar las observaciones de las personas con discapacidad, sus familias y las organizaciones de rehabilitación, en 2016 el equipo formuló el Plan Decenal, que fue sometido a una consulta pública para recabar las opiniones de distintos sectores de la sociedad.

18.El Plan Decenal abarca 13 ámbitos de servicios: prevención y diagnóstico de la discapacidad, rehabilitación médica, formación preescolar y guarderías, educación, empleo y readaptación profesional, asistencia residencial, apoyo de la comunidad, seguridad social, creación de organizaciones de autoayuda de personas con discapacidad, construcción accesible (corredores, instalaciones y transporte, información y aplicación de la tecnología de las comunicaciones), actividades recreativas y culturales, y educación pública. Hay alrededor de 350 planes de acción de corto plazo (2016 y 2017), de mediano plazo (2018 a 2020) y de largo plazo (2021 a 2025) destinados a estimular la integración social de las personas con discapacidad promoviendo sistemáticamente el desarrollo sostenible de los servicios de rehabilitación a través del sistema.

19.El Gobierno de la RAE de Macao ha venido prestando gran atención al Plan Decenal, que está dirigido y cuya promoción está supervisada por el Jefe del Ejecutivo, en tanto que la Comisión de Asuntos de Rehabilitación, integrada por 15 representantes de las ONG pertinentes, se encarga de supervisar la ejecución del Plan, expresar opiniones y proponer recomendaciones para mejorarlo.

20.En la práctica, con el propósito de organizar, coordinar y facilitar la ejecución del Plan Decenal, mediante la Orden 394/2016 del Jefe del Ejecutivo se estableció un Grupo Directivo Interdepartamental compuesto por los jefes de los departamentos públicos encargados de los asuntos vinculados a las personas con discapacidad en diferentes ámbitos y presidido por el Secretario de Asuntos Sociales y Cultura y por el Director de la OBS. Además, hay grupos de tareas interdepartamentales encargados de coordinar y poner en marcha proyectos de cooperación entre departamentos, de conformidad con las instrucciones del Grupo Directivo.

21.Desde que se inició la implementación del Plan Decenal, todos los departamentos han terminado las 155 tareas de la primera fase (2016 y 2017) según el calendario previsto y está avanzando correctamente la ejecución de las 125 medidas del plan de mediano plazo (2018 a 2020). Esas medidas abarcan, entre otras cuestiones, la atención médica, el empleo, el apoyo de la comunidad, la vida y la educación, y han obtenido algunos logros. Se suministra información detallada en las disposiciones correspondientes del presente informe.

Entidades competentes en la RAE de Macao y su cooperación con la sociedad

22.Al ser responsables de promover las políticas de rehabilitación y de asegurar que las personas con discapacidad participen en ellas, el Gobierno de la RAE de Macao y las ONG siempre han mantenido relaciones de colaboración.

23.En la actualidad, hay varias comisiones que tienen como finalidad la protección de los derechos e intereses de las personas con discapacidad y otros grupos vulnerables, entre ellas el Consejo de Bienestar Social (Reglamento Administrativo 33/2003), la Comisión de Asuntos de las Personas de Edad (Orden 307/2007 del Jefe del Ejecutivo), la Comisión de Asuntos de Rehabilitación (Orden 239/2008 del Jefe del Ejecutivo) y la Comisión de Asuntos de la Mujer y el Niño (Reglamento Administrativo 27/2016). El Gobierno ha estado alentando a distintas ONG a tomar parte directa en los asuntos públicos y a ayudar al Gobierno en la formulación y la aplicación de políticas mediante su actuación en las comisiones pertinentes. En 2016 también se estableció un grupo de trabajo interdepartamental para el seguimiento de la aplicación de los tratados de derechos humanos y las recomendaciones de los órganos creados en virtud de tratados de las Naciones Unidas.

24.A fin de promover la amplia participación de distintos sectores de la sociedad en los asuntos públicos, en 2011 se aprobaron las Directrices Normativas para las Consultas sobre Políticas Públicas (Orden 224/2011 del Jefe del Ejecutivo). A lo largo de estos años, los proyectos de ley y las propuestas de políticas referentes a las cuestiones de las personas con discapacidad que fueron objeto de consultas públicas incluyen la Ley Marco de Derechos y Garantías de los Ancianos (2012), la Política de Macao para la Juventud (2012), la modificación del Código Penal de Macao (2015), el Mecanismo de Protección para los Ancianos, la modificación del Sistema de Educación Especial y el Plan Decenal (2016).

III.Aplicación de derechos específicos

Artículo 5 (Igualdad y no discriminación)

25.En cuanto a las recomendaciones que figuran en el párrafo 89 de las observaciones finales del Comité, cabe reafirmar que los principios de igualdad y no discriminación constituyen el núcleo del sistema jurídico de la RAE de Macao (véanse más detalles en los párrafos 78, 100 y subsiguientes de la parte III del documento básico de China).

26.El artículo 4 del Decreto Ley núm. 33/99/M dispone claramente que las personas con discapacidad gozarán de los derechos que otorga la ley y tendrán los mismos deberes que las demás, en condiciones de plena igualdad, con excepción del ejercicio o el cumplimiento de aquellos para los que estén incapacitadas. El artículo 5 d) del mismo Decreto Ley enuncia además que debe eliminarse la discriminación por motivos de discapacidad y que, paulatinamente, debe lograrse que todas las personas con discapacidad dispongan de un entorno físico adecuado, cuenten con servicios sociales y médicos, reciban educación, trabajen y disfruten de la vida cultural.

27.Cabe señalar que, en la RAE de Macao, la Comisión contra la Corrupción también desempeña la función de defensor del pueblo, ya que impulsa la protección de los derechos, la libertad y los intereses individuales, y garantiza que el ejercicio de los poderes públicos se ajuste a los criterios de justicia, legalidad y eficiencia. La Ley núm. 10/2000 del Marco Jurídico de la Comisión contra la Corrupción, modificada por la Ley núm. 4/2012, refuerza las facultades de supervisión del defensor del pueblo sobre los actos administrativos, incluidas las averiguaciones, la formulación de recomendaciones y la corrección de los actos administrativos ilegales o injustos, en particular los que afectan el ejercicio de los derechos humanos.

Artículos 6 y 7 (Mujeres con discapacidad y niños y niñas con discapacidad)

28.Además de estipular un cuidado especial para las personas con discapacidad, el artículo 38 de la Ley Fundamental también concede protección especial a las mujeres y los menores.

29.En lo que respecta a la protección jurídica de las mujeres y los niños, la Ley núm. 8/2017 modificó el Código Penal de Macao con la tipificación como delito del acoso sexual (art. 164 A) y la penalización de los actos de acoso vinculados al contacto físico de índole sexual con un año de cárcel o una multa de 120 días como pena máxima. En caso de que medien circunstancias agravantes (art. 171), en especial que la víctima tenga 14 años o más, pero menos de 16, sea incapaz o tenga capacidad reducida debido a una enfermedad o a una deficiencia física o mental, la pena se agravará en un tercio. Al acoso sexual cuyas víctimas sean menores de 14 años es aplicable la nueva disposición relativa al delito de agresión sexual contra niños (art. 166, párr. 4 a)), que se castiga con una pena máxima de tres años de cárcel.

30.Además, mediante la Ley núm. 8/2017 se modificaron también las disposiciones pertinentes del Código Penal de Macao para tipificar la pornografía infantil como delito independiente castigado con penas de 1 a 8 años de prisión (art. 170 A) y ampliar el alcance del delito de prostitución infantil y de otros delitos contra la libre determinación sexual, con el objeto de reforzar la protección de los niños (arts. 166, 169 A y 170).

31.El respeto de la igualdad de derechos e intereses de la mujer y la protección del desarrollo saludable del niño son signos que indican el desarrollo y el progreso de una región. El Gobierno de la RAE de Macao añadió las cuestiones relativas a los derechos y los intereses de los niños al campo de acción de la Comisión Consultiva para Asuntos de la Mujer, cuyo nombre pasó a ser Comisión de Asuntos de la Mujer y el Niño. Este organismo asiste al Gobierno en el desarrollo integral de las tareas relacionadas con las mujeres y los niños, y en la salvaguardia de las oportunidades, los derechos y la dignidad de las mujeres y los niños. Está dirigido por el Secretario de Asuntos Sociales y Cultura y por el Director de la OBS, y está integrado por representantes de los departamentos públicos competentes en los ámbitos de los servicios sociales, los asuntos jurídicos, el trabajo, la seguridad pública, la salud, la cultura y la educación, y por 15 representantes de ONG y miembros destacados y reconocidos de la comunidad (Reglamento Administrativo 27/2016).

32.De la Comisión de Asuntos de la Mujer y el Niño dependen el Grupo de Tareas para el Seguimiento de los Objetivos de Desarrollo de la Mujer de Macao y el Grupo de Tareas para la Vigilancia de los Derechos y los Intereses del Niño. Tomando como base la situación real de Macao, el primero de ellos tiene como propósito general la igualdad entre los géneros y el desarrollo integral, y ha fijado objetivos para el adelanto de la mujer en ocho esferas: la incorporación de la perspectiva de género, la participación de la mujer en la adopción de decisiones y el papel de la mujer en la capacitación en materia de educación, la atención de la salud, la seguridad y el derecho, el bienestar social, la economía, los medios de comunicación y la cultura. Entre los objetivos declarados, 21 son de política y abarcan también temas de discapacidad, con un total de 79 medidas de corto, mediano y largo plazo. Además, se creó la base de datos sobre las mujeres de Macao (http://database.camc.gov.mo/#/category/1), y la base de datos sobre los niños de Macao está en vías de preparación. Según datos de la Comisión de Asuntos de la Mujer y el Niño, en 2017 había 5.743 mujeres y 687 niños con discapacidad.

33.La RAE de Macao ha estado prestando particular atención al desarrollo temprano de los niños con discapacidad y se ha dedicado a ofrecer asistencia especial y condiciones adecuadas para su desarrollo personal. El principio del interés superior del niño constituye la piedra angular de todas las leyes, las políticas y los reglamentos relativos a los menores.

34.En 2016, el Gobierno estableció el Centro de Evaluación Integral de los Niños, dirigido por un equipo de coordinación interdepartamental, que presta un servicio centralizado de evaluación integral del desarrollo para niños de 6 años o menos, a fin de alcanzar los objetivos de la intervención temprana mediante la detección, la evaluación, el diagnóstico y el tratamiento tempranos.

35. Asimismo, el Centro se propone reducir al mínimo el tiempo de espera de los diagnósticos médicos, la evaluación funcional, los servicios de tratamiento, la colocación en un establecimiento educativo y los servicios sociales, y ayudar a las familias a solucionar los problemas que encuentren durante el proceso. Desde la creación del Centro, el tiempo necesario para las evaluaciones se redujo de un año a un mes o menos, como promedio, y en 2017 se tramitaron más de 2.000 casos.

36.Por otra parte, en 2017 el Gobierno estableció el Centro de Rehabilitación y Tratamiento para Niños, con el objeto de controlar, en forma más rápida y eficiente, la rehabilitación y el tratamiento tras la evaluación. Desde la creación del Centro, el tiempo de espera para recibir tratamiento se redujo considerablemente: para logopedia pasó de 18 a 6 meses y para terapia ocupacional, de 15 a 3 meses. En 2017 se realizaron más de 2.000 sesiones de tratamiento y rehabilitación.

37.Con el fin de reducir la demanda de tratamiento y capacitación de niños de 0 a 3 años con necesidades especiales, la OBS colaboró con el centro de servicios integrados para la familia, administrado por una ONG, e introdujo planes de servicios con formación para la vida cotidiana, como base para ayudar a las familias a dominar las técnicas necesarias para educar y capacitar a los niños en el hogar.

38.En lo que respecta a la asistencia financiera, el monto de la prestación concedida a todos los niños menores de 4 años es similar al monto de la prestación especial por discapacidad, con independencia del grado de discapacidad (art. 7, párr. 6, de la Ley núm. 9/2011, y art. 4, párr. 6, del Reglamento Administrativo 3/2011).

Artículo 8 (Toma de conciencia)

39.Para mejorar la difusión de los derechos de las personas con discapacidad, la OBS, la Oficina de Asuntos Jurídicos, la Oficina de Asuntos Cívicos y Municipales, la Oficina de Educación y Asuntos de la Juventud (OEAJ), la Comisión de Asuntos de Rehabilitación y el grupo de trabajo formado por personas con discapacidad lanzaron campañas educativas relacionadas con la Convención con el lema de “¡Igualdad de oportunidades para una sociedad inclusiva!”, que se pusieron en marcha en 2010.

40.A lo largo de estos años, además de organizar anualmente actividades para el Día Internacional de la Rehabilitación, de dar a la Convención una difusión continua y amplia a través de recursos multimedia, folletos y artículos vinculados a los derechos de las personas con discapacidad, y de exhibir carteles en las oficinas, el Gobierno ha organizado actividades destinadas a dar a conocer la legislación pertinente (por ejemplo, concursos de preguntas y respuestas, realización de anuncios, carteles y videoclips, concursos de diseño y clases introductorias para funcionarios públicos) y campañas de concienciación en las escuelas (constituidas por exposiciones y juegos interactivos, orientación a los estudiantes y sesiones de formación para el personal docente), y ha patrocinado ONG para que implementaran actividades de promoción en la comunidad. El número total de participantes en las actividades pertinentes pasó de 5.735 en 2012 a 24.404 en 2017, y el monto de la prestación patrocinada por la OBS aumentó de 319.030 patacas a 704.206 patacas.

41.En 2014 se introdujo el Plan de Subsidios en Apoyo de los Familiares con Autismo o Síndrome de Down y Actividades de Educación Comunitaria, para respaldar a las instituciones que promuevan iniciativas de educación comunitaria y de apoyo a las familias.

42. En lo que respecta a la escuela, la OEAJ ha estado otorgando subvenciones a instituciones de orientación a fin de ayudarlas a organizar actividades sobre distintos temas encaminadas a facilitar el crecimiento saludable y el desarrollo integral de los estudiantes, entre las que se destaca la iniciativa que tiene como tema la integración de las personas con discapacidad y las personas sin discapacidad, que contó con 580 sesiones y 29.925 participantes entre 2010 y 2017.

43.Para evaluar la eficacia de la difusión, en 2015 el Gobierno encomendó a una institución académica la ejecución de un estudio sobre la actitud de los ciudadanos de Macao hacia las personas con discapacidad y su comprensión de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, y adoptó estrategias específicas acordes con los resultados del estudio. Como parte de esas estrategias se intensificó la divulgación de información sobre la Convención a través de Internet, se organizaron más actividades de promoción junto con instituciones de rehabilitación y escuelas, y se incrementaron las subvenciones pertinentes.

44.En 2016 la OBS publicó folletos sobre la forma de recibir a personas con discapacidad, a fin de que el personal de trato directo con el público pudiera dispensar a las personas con discapacidad la asistencia adecuada. Además, en 2017 se prepararon folletos informativos acerca de las instalaciones sin barreras, con el propósito de que la población comprendiera mejor y valorara los dispositivos auxiliares y las instalaciones accesibles para personas con discapacidad.

Artículo 9 (Accesibilidad) y artículo 20 (Movilidad personal)

45.Las disposiciones jurídicas sobre accesibilidad enunciadas en el informe inicial siguen siendo válidas.

46.La RAE de Macao comprende perfectamente la gran importancia de construir un entorno sin obstáculos para la integración de las personas con discapacidad en la comunidad y no ha dejado de optimizar las instalaciones sin barreras en los lugares públicos; por ejemplo, ha construido baños accesibles, ascensores, rampas, vías para sillas de ruedas, senderos para ciegos, plataformas elevadoras, tableros en los ascensores para usuarios en silla de ruedas, bandas táctiles de advertencia a lo largo de las sendas en lugares públicos y mostradores bajos diseñados para la recepción del público. Además, en la mayoría de los puentes peatonales se han instalado ascensores con botones y tableros en braille, y señales acústicas para los usuarios en silla de ruedas. Las aceras cuentan con recorridos táctiles y hay semáforos electrónicos con señales sonoras y vibraciones para indicar los cruces. Por otra parte, en relación con los servicios públicos, se dará prioridad a la prestación de servicios a las personas con discapacidad o se ofrecerá la asistencia del personal designado al efecto, según las circunstancias.

47.Para seguir optimizando la eliminación de obstáculos en los establecimientos, en 2016 el Gobierno creó un grupo de trabajo interdepartamental y colaboró con ONG y asociaciones de personas con discapacidad para aprobar las Directrices sobre la Construcción sin Barreras acorde al Diseño Universal de la RAE de Macao (las Directrices), que complementan la Ley núm. 9/83/M de Eliminación de las Barreras en la Construcción y se aplicarán en 2018. Se recomendó que todas las construcciones públicas nuevas y todos los proyectos nuevos subvencionados por el Estado se ajustaran a las Directrices en sus trabajos de construcción y se alentó a todos los departamentos públicos a mejorar gradualmente los establecimientos donde se prestan servicios de apoyo suprimiendo las barreras, según lo dispuesto en las Directrices.

48.A fin de fortalecer los conocimientos sobre las Directrices y la capacidad de ejecutarlas de los departamentos públicos y de los profesionales de la ingeniería y la construcción, la OBS ha estado organizando actividades de capacitación y reuniones explicativas. Cabe señalar que estas reuniones se llevaron a cabo en un entorno sin barreras, con el uso del sistema de bucle de inducción, interpretación en lengua de señas, estenografía y lupas, para permitir a los asistentes comprender la función proactiva y la importancia de este tipo de equipamiento para la participación social de las personas con discapacidad.

49.Con el objeto de facilitar la movilidad de las personas con discapacidad en el transporte público, en los contratos concedidos a los servicios públicos de autobuses se establece claramente que por lo menos el 10 % del número total de vehículos en funcionamiento debe tener espacio para sillas de ruedas y que estas unidades deben estar identificadas en su exterior y contar, entre otras cosas, con puertas que permitan ascender y descender fácilmente, pasillos amplios, suficiente cantidad de pasamanos, mecanismos de sujeción de sillas de ruedas y plataformas elevadoras.

50.El Gobierno ha instado a las empresas a sustituir progresivamente los autobuses viejos por otros nuevos de piso bajo que produzcan bajos niveles de emisiones y dispongan de espacios para sillas de ruedas. En 2017, los autobuses con espacios de este tipo representaban más del 50 % de todos los autobuses en funcionamiento, mientras que los de piso bajo constituían más del 60 %. Además, en cada autobús deben reservarse al menos cuatro asientos para personas con discapacidad, embarazadas y otras personas que los necesiten, y deben instalarse recursos de transmisión audiovisual para suministrar información sobre la ruta del autobús; la información visual se debe exhibir en chino tradicional y en portugués, y la transmisión de audio se debe realizar en cantonés, portugués, mandarín e inglés.

51.En relación con los servicios de taxi, la atención brindada a las personas con discapacidad incluye el transporte gratuito de los perros guía de pasajeros ciegos; asimismo, los taxistas están obligados a ayudar a los pasajeros con necesidades especiales a entrar y salir de los vehículos y a colocar sus equipajes (que comprenden la silla de ruedas) en el baúl del automóvil. Por otra parte, en beneficio de los pasajeros que tienen necesidad de contratar servicios de traslado puerta a puerta por vía telefónica, mediante aplicaciones móviles y a través de páginas web, en 2017 comenzaron a funcionar taxis especiales con taxímetros parlantes y con tarjetas grabadas que indican los números de matrícula del vehículo instaladas en el interior. En la actualidad, en la flota hay cinco taxis accesibles sin barreras.

52.En lo que respecta a la garantía de la movilidad individual, en 2016 se creó un grupo de trabajo interdepartamental destinado a coordinar y optimizar el sistema de apoyo para la prestación del servicio de dispositivos de asistencia y a mejorar la difusión de la información pertinente. La OBS también tiene previsto efectuar un estudio sobre la demanda y la planificación de este servicio; además, introdujo un plan de subvenciones de los dispositivos de asistencia y colaboró con distintas ONG en la creación de servicios orientados a ofrecer recursos para obtener estos dispositivos. En la actualidad, las personas con discapacidad que atraviesan dificultades financieras pueden solicitar subvenciones para la compra de equipos o dispositivos auxiliares (art. 8, párr. 1, del Reglamento Administrativo 6/2007, Sistema de Prestaciones para Personas y Familias en Situación de Pobreza). En el cuadro que figura a continuación se presenta la situación del otorgamiento de la mencionada prestación por la OBS entre 2010 y 2017.

Apoyo prestado a personas con discapacidad para la compra de equipos o dispositivos auxiliares

Año

2010

2011

2012

2013

2014

2015

2016

2017

Núm . de familias

19

16

18

26

19

12

15

10

Núm . de personas

19

17

18

26

28

12

15

12

Monto (patacas)

224 840

201 134

315 560

595 748

301 246

343 567

313 392

383 850

Fuente: OBS.

Artículo 10 (Derecho a la vida) y artículo 14 (Libertad y seguridad de la persona)

53.El marco jurídico aplicable a estas disposiciones descrito en el informe inicial sigue siendo válido.

54.La discapacidad por sí misma no justifica la privación de la libertad ni ningún otro acto que restrinja la libertad, y tales actos constituyen delitos penales según el Código Penal de Macao. Cabe subrayar que el delito de exposición o abandono se refiere específicamente a las personas con discapacidad y está castigado con pena de 1 a 5 años de prisión. En caso de que el autor del delito sea ascendiente, descendiente, adoptante o adoptado de la víctima, la pena se agravará y será de 2 a 5 años de cárcel; si el hecho redunda en un daño grave a la integridad física de la víctima, el autor será sancionado con 2 a 8 años de prisión y si provoca la muerte de la víctima, la pena será de 5 a 15 años de cárcel (art. 135 del Código Penal).

55.Como se mencionó en el informe inicial, las víctimas de delitos violentos o sus familias (cuando las víctimas hubieran fallecido) pueden solicitar un subsidio especial, incluso si se desconoce la identidad del autor del delito o este no puede ser procesado o condenado (Ley núm. 6/98/M de Regulación de la Protección de las Víctimas de Delitos Violentos). Ninguna víctima con discapacidad presentó una solicitud entre 2010 y 2017.

56.Para facilitar a las personas con deficiencia auditiva y deficiencia del lenguaje sus pedidos de asistencia, la Fuerza de Policía de Seguridad Pública introdujo en 2015 el servicio de SMS de emergencia, que funciona las 24 horas. Asimismo, además de ofrecer locales básicos sin barreras y servicios de interpretación en lengua de señas, ha instalado cinco juegos de equipo de comunicaciones con el sistema de bucle de inducción en las subdivisiones policiales de contacto directo con el público, a fin de mejorar la comunicación entre los agentes de policía y las personas con deficiencia auditiva.

Artículo 11 (Situaciones de riesgo y emergencias humanitarias)

57.La información suministrada con respecto a esta disposición en el informe inicial sigue siendo válida.

58.En la práctica, en caso de accidentes públicos o desastres naturales, la OBS prestará asistencia de emergencia o servicios de acogida y organizará el alojamiento en centros de gestión de desastre para las personas con discapacidad que lo necesiten. El alojamiento de emergencia y temporal en centros de acogida para rehabilitación se reserva para las personas con discapacidad que han sufrido desastres o accidentes. Por otra parte, cabe señalar que el Gobierno está formulando un plan específico de evacuación de las personas vulnerables, incluidas aquellas con discapacidad, para que puedan ser evacuadas de manera segura y con la asistencia adecuada cuando se produzcan desastres.

Artículo 12 (Igual reconocimiento como persona ante la ley) y artículo 13 (Acceso a la justicia)

59.En relación con el informe inicial, los cambios se refieren principalmente a la sustitución del Decreto Ley núm. 41/94/M por la Ley núm. 13/2012. Con la aprobación del nuevo Sistema de Asistencia Letrada, los residentes (personas físicas o personas jurídicas sin fines de lucro) con dificultades financieras pueden hacer valer sus derechos e intereses legítimos en los procedimientos judiciales. El Sistema también es aplicable a los trabajadores extranjeros y a quienes poseen condición de refugiado o permisos especiales de estadía en el país (por ejemplo, estudiantes extranjeros). En consecuencia, en virtud del Reglamento Administrativo 1/2013 se creó la Comisión de Asistencia Jurídica, que se encarga de cuestiones como el examen y la aprobación de las solicitudes de asistencia letrada y la adopción de decisiones sobre la designación de abogados de oficio para los tribunales.

60.En lo atinente a la participación de las personas con discapacidad en los procedimientos judiciales y de investigación, se podrá proporcionar a estas personas el apoyo de dispositivos de asistencia, intérpretes y especialistas y, cuando sea necesario, el tribunal podrá permitir que los actos procesales se lleven a cabo fuera del tribunal o que se utilicen otros medios, como la comunicación escrita, telefónica o directa con el tribunal, en lugar de la comparecencia personal. Asimismo, en cuanto a los procedimientos penales, si el sospechoso es menor de edad o tiene discapacidad sensorial, intelectual o mental, es obligatorio prestarle la asistencia jurídica de abogados (arts. 91, 482, 528, 540 y 542 del Código de Procedimiento Civil de Macao y arts. 53, párr. 1 d), y 83 del Código Penal). Entre 2010 y 2017, el tribunal proporcionó servicios de interpretación en lengua de señas para personas con discapacidad en 11 ocasiones y corrió con los gastos pertinentes.

61.En 2014, la Policía Judicial dictó instrucciones internas en las que se establecía que, si el sospechoso, el detenido, la víctima o el testigo son personas con discapacidad, la información sobre su género y su edad, por ejemplo, debe constar en el expediente correspondiente para que las unidades de investigación tomen conocimiento de ello y presten la asistencia apropiada. Además, en las instrucciones también se indicó, por ejemplo, que si una persona con discapacidad sensorial es sospechosa de haber cometido un delito, una vez que haya sido declarada sospechosa se le debe otorgar la asistencia de los abogados.

Artículo 15 (Protección contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes)

62.El marco jurídico relativo a la prohibición de la tortura o los tratos inhumanos o degradantes no ha variado; para obtener más información al respecto, puede consultarse el informe sobre la Convención contra la Tortura presentado por la RAE de Macao.

63.El Decreto Ley núm. 40/94/M sobre el Régimen de Aplicación de Medidas Privativas de la Libertad Personal dispone el suministro de sillas de ruedas, bastones, andadores y otros dispositivos médicos que se ajusten a las necesidades especiales de los reclusos con discapacidad. La fortaleza física, la inteligencia, las aptitudes profesionales y las preferencias de los reclusos se toman en cuenta al asignarles el trabajo y la formación en artes y oficios.

64.La cárcel mejora constantemente su configuración interna para eliminar las barreras; por ejemplo, se han ampliado las entradas y la superficie de las celdas y los baños; se han colocado mesas bajas en los comedores para comodidad de los usuarios de sillas de ruedas; se han instalado intercomunicadores junto a las camas y en las entradas de los baños para que los presos con discapacidad puedan solicitar asistencia y en 2014 se compraron vehículos de transporte con plataformas para el ascenso y el descenso de reclusos con discapacidad.

65.Entre 2010 y 2017, en 12 ocasiones la Oficina de Servicios Penitenciarios organizó programas de capacitación para el ingreso y el ascenso laboral de guardias de prisión, que contaron con 336 participantes y cuyo contenido incluyó las convenciones de derechos humanos, como la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la Convención contra la Tortura y la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial.

66.Ningún recluso con discapacidad intelectual o mental cumplió condena en la cárcel de Coloane entre 2010 y 2017, mientras que hubo 11 presos con discapacidad física o sensorial, 3 de los cuales todavía están cumpliendo su pena. No hubo ningún preso con discapacidad que se quejara de haber sufrido torturas u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.

67.En el sistema escolar, las Directrices sobre las Obligaciones Docentes publicadas por la Oficina de Educación y Asuntos de la Juventud (OEAJ) prohíbe claramente infligir cualquier forma de castigo corporal a los alumnos. En consonancia con la aplicación de la Ley núm. 2/2016, la OEAJ publicó las Directrices sobre el Procedimiento de Notificación de Presuntos Casos de Violencia Doméstica (Escuelas), que distribuyó a todas las escuelas, e incluyó, en las Directrices sobre el Funcionamiento Escolar, disposiciones relativas a la protección y la asistencia a estudiantes maltratados. Entre 2010 y 2017 la OEAJ tramitó 3 casos de castigos físicos a estudiantes con necesidades especiales; en 2 de los casos se brindó orientación a los estudiantes y sus familias, y en el otro se alojó al estudiante en una vivienda protegida.

Artículo 16 (Protección contra la explotación, la violencia y el abuso)

68.El principal cambio vinculado a esta disposición es la aprobación de la Ley núm. 2/2016, que crea un marco jurídico e institucional mediante la tipificación de la violencia doméstica como delito independiente (delito de acción pública) y establece el marco institucional para la intervención de las entidades públicas en los casos de violencia doméstica, el tipo de delito de violencia en el hogar y su correspondiente pena, y las medidas de protección y asistencia a las víctimas.

69.Cabe subrayar que lo dispuesto en el artículo 18, párrafo 2, de la Ley núm. 2/2016 agrava la pena por actos de violencia doméstica sobre personas con discapacidad: si la víctima es menor de 14 años, está incapacitada o es vulnerable por motivos de edad, embarazo, enfermedad o deficiencia física o mental, la pena de 1 a 5 años de cárcel pasará a ser de 2 a 8 años. Si el hecho redunda en un daño grave a la integridad física de la víctima, el autor será sancionado con 3 a 12 años de prisión, y si provoca la muerte de la víctima, la pena será de 5 a 15 años de cárcel.

70.A fin de evitar que un acto de violencia doméstica se repita, se pueden imponer sanciones accesorias, entre ellas la prohibición de todo tipo de contacto con la víctima; la prohibición de permanecer o ingresar en determinados lugares, como la casa de la víctima o sus familiares, o su lugar de trabajo o la escuela; la prohibición de poseer armas, objetos o instrumentos que pueden utilizarse para perpetrar actos de violencia doméstica, y la prohibición de ejercer algunas actividades profesionales (art. 19 de la Ley núm. 2/2016).

71.A continuación se responderá detalladamente a las recomendaciones formuladas en el párrafo 91 de las observaciones finales del Comité.

72.En lo que respecta a la difusión, en 2016 el Gobierno organizó varias sesiones informativas sobre la Ley núm. 2/2016 y sobre las directrices relativas al procedimiento de atención de los casos de violencia doméstica y su sistema de denuncia; estas actividades estuvieron dirigidas a los agentes de policía de trato directo con el público y contaron con más de 1.000 participantes. En 2017, con la asistencia de más de 1.000 miembros del personal médico, trabajadores sociales, consejeros y agentes de policía, se organizaron, entre otras, las siguientes actividades de difusión: el Curso de Capacitación sobre el Trato hacia los Niños Víctimas de Abusos o los Testigos Mentalmente Incapacitados, el Curso de Manejo de Casos de Violencia Doméstica (Agresión Sexual) que Afectan a Niños, la Capacitación sobre Estrategias de Investigación Penal y Procedimientos de Manejo de Presuntos Casos de Abuso Infantil y los seminarios sobre Violencia Doméstica y sobre Delitos contra la Libertad Sexual y la Autodeterminación Sexual.

73.De conformidad con la ley mencionada, el Gobierno adopta medidas preventivas, punitivas, de protección y restaurativas para evitar la violencia doméstica. La OBS está encargada de coordinar la tarea de prevención de la violencia en el hogar, detectar las situaciones peligrosas y aplicar las medidas generales de protección. Las entidades públicas y privadas que, durante el ejercicio de su labor, tengan sospechas o información de que se han producido actos de violencia doméstica están obligadas a comunicarlo de inmediato a la OBS (arts. 3, 5 y 6 de la Ley núm. 2/2016).

74.Además, se han establecido tres servicios telefónicos de asistencia para casos de violencia doméstica que funcionan durante las 24 horas: la línea directa para denuncias policiales, el teléfono de asistencia para los residentes y el teléfono de emergencia para las instituciones de servicios sociales. Además, la Policía Judicial instaló una sala con material didáctico para ayudar a los niños afectados por la violencia doméstica a describir los casos en cuestión en un ambiente distendido.

75.Cuando la OBS tiene información o toma conocimiento de que una persona recibe un trato violento, organizará reuniones con distintas dependencias, como el hospital, la policía, la escuela y la institución de rehabilitación para identificar el tipo de caso y las necesidades de servicios, y para proporcionar un plan de seguridad, que comprenderá, entre otras cosas, la denuncia a la policía o al Ministerio Público; el acogimiento de emergencia; tratamiento médico gratuito; consultas jurídicas; la solicitud al tribunal de que adopte medidas de protección a fin de prohibir que el agresor se ponga en contacto con la víctima; servicios de asistencia social; cambio de escuela, y asistencia laboral y financiera.

76.En 2017, de conformidad con el artículo 7 de la Ley núm. 2/2016, la OBS creó el Sistema Central de Registro de Casos de Violencia Doméstica, con el objeto de contribuir a los análisis de las características y las tendencias del fenómeno de la violencia en el hogar y de formular las medidas preventivas correspondientes. Hubo 96 casos de violencia doméstica en 2017: 20 casos con 22 niños como víctimas, 73 casos donde la víctima fue el cónyuge, 1 caso de 1 persona con discapacidad física y otro de 1 persona con discapacidad mental; en los 3 casos restantes, 1 tuvo como víctima a 1 anciano y los otros 2, a 3 miembros de la familia. El comportamiento violento consistió principalmente en violencia física, que se cometió en 64 casos (el 66,7 %); se registraron además 5 casos de maltrato psicológico (el 5,2 %), 6 casos de abuso sexual (el 6,3 %), 2 casos de atención inadecuada de niños (el 2,1 %) y 19 casos de múltiples formas de violencia y abuso (el 19,8 %).

77.Entre 2010 y 2017, la Policía atendió 2.847 casos de violencia que involucran a miembros de la familia (no encuadran en el delito de violencia doméstica tipificado en la Ley núm. 2/2016, sino en el delito contra la integridad física). Entre ellos, hubo 3 casos de víctimas con discapacidad, las 3 de género femenino, 2 de ellas con discapacidad intelectual y 1 con deficiencia visual; en 2 de los casos, los autores fueron los maridos, y en el otro, el padre. En el cuadro que figura a continuación se presentan los datos estadísticos pertinentes.

Casos de violencia (integridad física) que involucran a miembros de la familia

Año

2010

2011

2012

2013

2014

2015

2016

2017

Núm. total de casos

424

352

341

296

353

273

383

425

Cónyuge (núm. de casos)

296

260

258

203

241

207

275

312

• Esposa como víctima (núm. de personas)

269

243

231

186

229

194

239

291

• Esposo como víctima (núm. de personas)

27

17

27

17

12

13

36

21

Otros familiares involucrados (núm. de casos)

128

92

83

93

112

66

108

113

• Víctima mayor de 18 años (núm. de personas)

89

68

65

73

90

50

74

76

• Víctima menor de 18 años (núm. de personas)

30

16

11

8

15

8

28

51

Fuente: Secretaría de Seguridad .

Observación: Dado que en algunos casos se había producido una lucha, las dos partes se consideraron sospechosas, por lo que hay situaciones en las que el número de víctimas es inferior al de casos.

78.Desde la aprobación de la Ley núm. 2/2016, la Policía atendió 19 casos de violencia doméstica. En 16 de ellos, la víctima era la esposa y en los 3 restantes, los delitos se cometieron contra otros miembros de la familia (2 víctimas eran menores); ninguno de estos casos involucró a personas con discapacidad.

79.Entre 2010 y 2017 hubo, en total, 35 casos de delitos penales contra víctimas con discapacidad (incluidos los 3 casos de violencia entre familiares indicados más arriba), sobre los que se suministra la siguiente información específica.

Víctima

Año

Tipo de delito

Género

Edad en el momento de la causa

Tipo de discapacidad

2010

Violación

F

25

Discapacidad intelectual

2011

Violación

F

19

Discapacidad intelectual

2012

Atentado contra la integridad física

F

47 (observación)

Discapacidad mental

Violación

F

29

Discapacidad intelectual

2013

Violación

F

16

Discapacidad intelectual

2014

Violación

F

30

Deficiencia auditiva

Violación

F

20

Discapacidad intelectual

2015

Atentado contra la integridad física

F

27

Discapacidad intelectual

Atentado contra la integridad física

F

19

Discapacidad intelectual

Violación

F

38

Discapacidad mental

Violación

F

19

Discapacidad intelectual

Coerción sexual y robo

F

19

Discapacidad intelectual

2016

Atentado contra la integridad física

F

51 (observación)

Discapacidad mental

Atentado contra la integridad física

M

63

Deficiencia visual

Atentado contra la integridad física

F

27

Discapacidad intelectual

Atentado contra la integridad física

F

51 (observación)

Discapacidad mental

Atentado contra la integridad física

F

51

Discapacidad mental

Atentado contra la integridad física

F

51 (observación)

Discapacidad mental

Abuso sexual de personas sin capacidad de oponer resistencia

F

27

Discapacidad intelectual

Abuso sexual de personas sin capacidad de oponer resistencia

F

45

Discapacidad intelectual

Abuso sexual de personas sin capacidad de oponer resistencia

F

22

Discapacidad intelectual

Abuso sexual contra niños

F

12

Discapacidad intelectual

Robo

F

51 (observación)

Discapacidad mental

Robo

F

38

Discapacidad mental

2017

Abuso sexual contra niños

M

9

Trastorno por déficit de atención con hiperactividad y autismo

Atentado contra la integridad física

F

51 (observación)

Discapacidad mental

Atentado contra la integridad física

F

43

Discapacidad intelectual

Atentado contra la integridad física

F

32

Discapacidad intelectual

Atentado contra la integridad física

F

11

Discapacidad intelectual

Atentado contra la integridad física

F

36

Deficiencia visual

Abuso sexual de personas sin capacidad de oponer resistencia

F

21

Discapacidad intelectual

Abuso sexual de personas sin capacidad de oponer resistencia

F

33

Discapacidad mental

Coerción sexual

F

44

Discapacidad mental

Robo

M

25

Discapacidad intelectual

Injuria

M

55

Discapacidad física

Fuente: Secretaría de Seguridad .

Observación: Las víctimas eran la misma persona.

Artículo 17 (Protección de la integridad personal)

80.El marco jurídico relativo a la protección de la integridad personal no ha variado. Practicar, sin consentimiento legal, procedimientos o tratamientos médicos, incluidos la esterilización y el aborto forzados, a personas con discapacidad constituye un delito penal (arts. 136, 138, 139 y 150 del Código Penal de Macao).

81.Solo ajustándose a criterios estrictos y objetivos (incluida la asistencia de un abogado) y cumpliendo con la supervisión judicial prevista en el Decreto Ley núm. 31/99/M sobre el Sistema de Salud Mental, se puede hospitalizar obligatoriamente a las personas con enfermedades mentales graves; la decisión de imponer o mantener la hospitalización obligatoria puede apelarse.

82.Según la información proporcionada por la Oficina de Salud, entre 2010 y 2017 se registraron en cada año, sucesivamente, 16, 10, 16, 17, 12, 8, 16 y 28 casos de hospitalización obligatoria, es decir, 123 en total. En mismo período hubo en total 631 casos remitidos a las instituciones de rehabilitación de la comunidad por el Departamento de Psiquiatría, con 68, 56, 114, 77, 51, 76, 78 y 111 casos anuales, sucesivamente.

Artículo 18 (Libertad de desplazamiento y nacionalidad)

83.La información relativa al marco jurídico suministrada en el informe inicial sigue siendo válida.

Artículo 19 (Derecho a vivir de forma independiente y a ser incluido en la comunidad)

84.A fin de respetar el principio de los servicios de rehabilitación referente a “la participación en la integración, teniendo como base la comunidad”, el Centro de Evaluación Integral para Servicios de Rehabilitación, dependiente de la OBS, realiza completas evaluaciones interprofesionales para personas con discapacidad y recomienda los servicios apropiados para que ellas puedan recibir el apoyo que necesitan a fin de vivir en su comunidad.

85.A través de medios como el apoyo técnico, la ayuda financiera y el suministro de instalaciones o materiales, la OBS apoya a las instituciones de rehabilitación que prestan servicios para las personas con discapacidad, incluidos alojamiento, establecimientos de transición, centros de educación y capacitación para la primera infancia, centros de atención temporal, centros de capacitación diurnos, centros de servicios de readaptación profesional y empleo, servicios de divulgación en las comunidades, servicios de apoyo y orientación, atención médica programada, servicios de acompañamiento y autobuses para traslado a establecimientos de rehabilitación.

86.Además, en 2017 la OBS comenzó a optimizar la configuración de los establecimientos que prestan servicios sociales para hacerla más accesible, tarea en la que dio prioridad a las instituciones de rehabilitación. También subvencionó la capacitación permanente de los empleados de estas instituciones para mejorar la calidad de sus servicios. Entre 2010 y 2017, la OBS siguió aumentando las subvenciones para instituciones y asociaciones de rehabilitación, que llegaron a los 266.308.020 de patacas en 2017, lo cual representa un incremento de 3,7 veces en relación con las cifras de 2010.

87.En cuanto a las recomendaciones que figuran en el párrafo 93 de las observaciones finales del Comité, a fin de ayudar a las personas con discapacidad y los ancianos físicamente débiles a vivir en la comunidad, la OBS dispone de cinco equipos de atención domiciliaria y apoyo para prestar servicios, por ejemplo, de distribución de comidas, limpieza del hogar, asistencia con la higiene personal, acompañamiento, lavandería, compras, orientación, asesoramiento teléfonico, actividades comunitarias, visitas a domicilio y servicios de atención de la salud en el hogar. Los servicios pertinentes se optimizaron en 2017 y, de estar dirigidos a personas con discapacidad leve, pasaron a tener como objetivo a personas con discapacidad de grado moderado o de mayor gravedad. Por otra parte, se elaborarán planes de cuidado personal, cuyo estado se examinará periódicamente.

88.La OBS tenía previsto crear otros dos equipos de servicios en 2018, uno de los cuales estaría destinado principalmente a la atención de personas con discapacidad. Además, quienes lo necesiten pueden utilizar el servicio de llamadas de emergencia para atención en el hogar (más que nada orientado a los ancianos y las personas con discapacidad), que comprende servicios de ambulancia, el contacto con las familias y recordatorios de atención médica regular. El número de usuarios de este servicio ha aumentado considerablemente, ya que se triplicó entre 2010 y 2017. En el cuadro que figura a continuación se presenta información detallada a este respecto.

Número de usuarios del servicio de llamadas de emergencia para atención en el hogar y monto del subsidio correspondiente

Año

Núm ero de casos en los que se usó el servicio

Monto del subsidio (patacas)

2010

1 383

4 382 611 , 50

2011

2 535

4 594 987 , 32

2012

2 734

4 824 491 , 19

2013

3 073

6 585 325 , 58

2014

3 323

6 777 727 , 61

2015

3 697

7 362 005 , 85

2016

4 041

8 611 881 , 97

2017

4 336

9 046 985 , 63

Monto total

52 186 016 , 65

Fuente: OBS.

89.En los últimos años, se incrementaron las plazas para el uso de los servicios, incluidos los servicios en centros diurnos de capacitación, rehabilitación profesional y formación en la primera infancia, las cuales pasaron de 980 en 2010 a 1.310 en 2017, lo que equivale a un aumento de alrededor del 34 %. En la actualidad, la OBS y distintas ONG han creado conjuntamente dos albergues auxiliares y un establecimiento de transición para proporcionar servicios de vivienda de tipo familiar y de escala reducida a las personas con discapacidad leve que están en condiciones de llevar adelante actividades básicas de autocuidado, para que puedan aprender a desenvolverse en un grupo y prepararse para la vida cotidiana. En la actualidad, hay 11 establecimientos de ONG que prestan servicios de vivienda para personas con discapacidad; la situación correspondiente a la utilización de los servicios se ilustra en el cuadro que figura a continuación.

Servicios de vivienda para personas con discapacidad

Establecimiento (a cargo de una ONG)

Beneficiarios de los servicios

Plazas

Número de usuarios

2010

2011

2012

2013

2014

2015

2016

2017

Hogar Luís Gonzaga

Varones con discapacidad intelectual o discapacidad mental crónica, desde los 16 años

200

193

196

193

196

193

191

192

195

Centro de Santa Margarida

Mujeres con discapacidad intelectual o discapacidad mental crónica, desde los 16 años

115

68

88

93

97

103

105

103

104

Centro de Santa Lúcia

Mujeres con discapacidad intelectual o discapacidad mental crónica, desde los 16 años

58

49

44

48

49

48

48

48

53

Hogar Nossa Senhora da Penha

Personas con discapacidad intelectual o física, de 0 a 15 años

28

26

24

22

24

25

26

14

18

Residencia Mong-Há

Personas con discapacidad mental de 18 a 60 años que reciben rehabilitación

39

11

7

21

31

26

20

25

21

Complejo de Servicios de Hong Lok , de la Asociación de Padres de Personas con Discapacidad Mental

Personas con discapacidad intelectual leve o moderada, desde los 16 años

24

17

17

21

19

19

19

20

17

Ying Lok de la Sección de Servicios Sociales de la Iglesia Metodista de Macao

Varones con discapacidad intelectual moderada o grave, desde los 16 años

36

-

9

27

34

36

31

30

Residencia Starlight , de la Asociación de Padres de Personas con Discapacidad Mental

Personas con discapacidad intelectual leve o moderada, desde los 16 años

45

-

-

6

13

15

21

Baía do Sol, de la Sección de Servicios Sociales de la Iglesia Metodista de Macao

Personas con discapacidad intelectual moderada o grave, desde los 16 años

118

-

-

-

-

49

90

Programa de Auxilio. Residencial Apoyo Feliz

Personas con discapacidad mental desde los 18 años que reciben rehabilitación

38

-

-

-

-

9

17

Centro Long Ching de la Sociedad Fu Hong de Macao

Varones con discapacidad intelectual moderada o grave, desde los 16 años

100

-

-

-

-

10

Fuente: OBS.

Observación: “ Plazas ” se refiere a la capacidad máxima, mientras que el símbolo “ - ” significa “ no se aplica ” .

90.Para mayor beneficio de la movilidad de las personas con discapacidad, la Oficina de Bienestar Social amplió sus servicios de “rehabus”. Por un lado, con la colaboración de diversas ONG, en 2017 puso en marcha la prestación de los servicios sin necesidad de reserva previa; por el otro, otorgó subsidios a algunas instituciones para la compra de más vehículos, gracias a lo cual el número de unidades pasó de 9 en 2010 a 13 en 2017.

91.En 2014 la OBS presentó el Plan Concesionario para Titulares de las Tarjetas del Registro de la Discapacidad, con el propósito de coordinar y alentar a diferentes instituciones a ofrecer privilegios y medidas para conveniencia de las personas con discapacidad. Al año 2017, había más de 150 unidades que otorgaron más de 300 descuentos de precios y exenciones y dieron prioridad a los servicios para personas con discapacidad.

Artículo 21 (Libertad de expresión y de opinión y acceso a la información)

92.El marco jurídico de la RAE de Macao vinculado a esta disposición sigue siendo válido. En los últimos años, el Gobierno ha trabajado muy activamente para mejorar los formatos de comunicación accesibles, a través de medidas como las siguientes: la publicación, en 2014, de las Directrices sobre Normas para el Sitio Web del Departamento de Gobierno, vinculadas a las Pautas Internacionales de Accesibilidad al Contenido en la Web; el uso de vídeos y transmisiones de voz en los servicios públicos; el uso adecuado de medios comunes, como el sistema de bucle de inducción, los equipos de transmisión digital, la interpretación en lengua de señas, la grabación rápida, los documentos con código Voiceye y la audiodescripción en las actividades organizadas; y la concesión de subvenciones a centros de acogida para rehabilitación para sus compras del equipo informático adecuado.

93.Cabe señalar que la OBS está redactando directrices para los departamentos estatales y organizaciones privadas en las que se les instruye sobre la aplicación de medios accesibles en las publicaciones de información y las actividades públicas más importantes para garantizar el derecho a la información a las personas con discapacidad.

94.Por otra parte, la OBS organizó, junto con instituciones de rehabilitación, actividades de promoción de la lengua de señas en escuelas, empresas, instituciones de servicio social y departamentos públicos, y ha otorgado a distintas ONG subvenciones para la contratación de intérpretes de lengua de señas. En 2017 también puso en marcha el Plan de Subvenciones para la Capacitación de Intérpretes de Lengua de Señas.

95.Con el fin de desarrollar el servicio de audiodescripción, la OBS ha estado subvencionando a las organizaciones de apoyo a personas con deficiencia visual para que puedan adquirir nuevos equipos para audiodescripción y organizó, en 2017, un programa de capacitación con la participación de 25 funcionarios de departamentos públicos e instituciones privadas.

Artículo 22 (Respeto de la privacidad)

96.La información suministrada con respecto a esta disposición en el informe inicial no ha variado en líneas generales.

97.La legislación de la RAE de Macao protege la intimidad de la persona, y cualquier comportamiento que vulnere la privacidad puede constituir un delito penal. Los datos personales relacionados con el estado de salud se consideran información delicada y, en principio, su tratamiento queda prohibido, salvo que medien circunstancias legítimas, por ejemplo, la protección del principio de no discriminación y la adopción de medidas especiales de protección, y el titular de los datos hubiera manifestado claramente su consentimiento. Además, la entidad encargada del tratamiento de los datos personales debe asegurarse de que la información esté lógicamente separada de otros datos personales, incluso si la información se refiere a los procedimientos administrativos relacionados con la solicitud de prestación por discapacidad y con el servicio de atención gratuita de la salud (arts. 7 y 16 de la Ley núm. 8/2005 de Protección de los Datos Personales, y art. 14 de la Ley núm. 9/2011). Asimismo, en el artículo 7 de la Ley núm. 2/2016 también se dispone que el registro central de los casos de violencia doméstica debe garantizar el respeto de la privacidad de las personas involucradas y que debe asentar únicamente la información importante a los efectos jurídicos.

98.Entre 2010 y 2017 la Oficina de Protección de Datos Personales solo recibió una denuncia, que un hombre con discapacidad mental presentó en 2014. Tras la investigación pertinente, se determinó que el caso en cuestión no infringía las disposiciones de la Ley núm. 8/2005 y, por lo tanto, la denuncia fue desestimada.

Artículo 23 (Respeto del hogar y de la familia)

99.El marco jurídico vinculado a esta disposición no ha variado.

100.El Gobierno de la RAE de Macao ofrece a las familias de personas con discapacidad apoyo directo para sus actividades diarias, por un lado, y alienta a las instituciones de rehabilitación a prestarles servicios de orientación, por el otro. En la actualidad, hay tres instituciones de rehabilitación a las que se conceden subvenciones para que ofrezcan, por ejemplo, consultas sobre servicios, seminarios educativos y actividades sociales a estas familias, a fin de ayudarlas a afrontar sus problemas cotidianos, mejorar su capacidad para manejar el estrés y ampliar su red de apoyo. En 2016 se organizó capacitación sobre el fortalecimiento de las prácticas de trabajo social orientado a las familias de personas con discapacidad, dirigida a mejorar las habilidades de apoyo del personal de las instituciones de rehabilitación. Cabe mencionar que el Gobierno tiene previsto iniciar un estudio sobre la viabilidad de otorgar una prestación a los cuidadores para aliviar la presión económica que sufren.

101.Además, continuamente se organizan actividades para padres e hijos, o reuniones encaminadas a consolidar el conocimiento de los padres sobre la formación y el cuidado de los niños con necesidades especiales en el hogar, y a mejorar las relaciones entre padres e hijos. Entre 2010 y 2017 se realizaron aproximadamente 210 actividades para padres e hijos a las que asistieron alrededor de 7.500 personas y 180 actividades para padres que reunieron a unos 4.100 participantes.

102.El Gobierno ha venido ayudando a los padres que lo necesiten (incluidos los padres con discapacidad) a desempeñar sus deberes parentales a través de diversas medidas, como la asistencia financiera, la instrucción sobre la función parental, la orientación y los servicios de la comunidad; asimismo, los establecimientos de servicios sociales de diversas ONG realizan tareas de prevención para evitar que haya niños con discapacidad ocultados, abandonados, descuidados o aislados y, siempre que sea necesario, el Gobierno organiza el alojamiento, la matriculación, el asesoramiento y la asistencia en la tramitación de la tutela o la adopción de menores necesitados. Entre 2010 y 2017 se produjo un caso de abandono de un niño con discapacidad.

103.En la actualidad Macao dispone de 55 guarderías, con unas 10.000 plazas en total. Entre ellas, hay 18 no subvencionadas (con aproximadamente 1.800 plazas) y 37 subvencionadas por la OBS (con unas 8.200 vacantes, que equivalen al 80% del total de las plazas de Macao). Asimismo, la OBS subvenciona 8 albergues para niños, niñas y adolescentes, y 1 internado, con unas 570 plazas; actualmente viven en estos albergues siete niños y adolescentes con discapacidad.

Artículo 24 (Educación)

104.En lo que respecta a la educación no terciaria, se introdujo el Plan Decenal de Desarrollo de la Educación no Terciaria (2011 a 2020), cuyas principales tareas consisten en la optimización de las configuraciones del software y el hardware para la educación especial y en la modificación del Decreto Ley núm. 33/96/M para mejorar el sistema de educación especial.

105.Los niños que llegan a la edad escolar de 3 años o los estudiantes de educación no terciaria de 21 años o menos a los que se presume con necesidades especiales serán evaluados por el Centro de Orientación Educativa y de Educación Especial, dependiente de la Oficina de Educación y Asuntos de la Juventud (OEAJ), que recomendará su ubicación en el establecimiento educativo que corresponda.

106.De hecho, el Gobierno ha venido considerando la educación inclusiva como la principal pauta para la aplicación de la educación especial, lo que es congruente con la recomendación que figura en el párrafo 95 de las observaciones finales del Comité. El artículo 12 de la Ley núm. 9/2006 establece claramente que “la aplicación de la educación especial se prioriza en las escuelas comunes de manera inclusiva”. Entre 2010 y 2017, la OEAJ ofreció 180 sesiones de capacitación a profesionales de la educación especial a fin de enseñarles cómo asistir a los estudiantes con discapacidad e impartir educación inclusiva, por ejemplo, mediante talleres sobre la enseñanza a los estudiantes con deficiencia visual, talleres de braille y cursos de orientación y movilidad para instructores, con la participación de aproximadamente 5.730 personas.

107.Durante los años académicos de 2010/11 a 2017/18, el número de estudiantes que recibía educación inclusiva en el sistema de educación no terciaria aumentó marcadamente, de 426 a 1.348 (1.011 varones y 338 mujeres). En el cuadro siguiente aparece desglosado por etapa educativa.

Ciclos lectivos de 2010/11 y 2017/18 (por nivel educativo)

Año académico

Nivel educativo

M

Porcentaje del núm ero de estudiantes de sexo masculino en cada nivel educativo

F

Porcentaje del núm ero de estudiantes de sexo femenino en cada nivel educativo

Educación formal

Educación formal y educación no formal

Educación formal

Educación formal y educación no formal

2010/11

Preprimaria

70

1 , 3

1 , 3

14

0 , 3

0 , 3

Primaria

197

1 , 6

1 , 6

71

0 , 6

0 , 6

Secundaria

70

0 , 4

0 , 3

42

0 , 2

0 , 2

2011/12

Preprimaria

39

0 , 6

0 , 6

12

0 , 2

0 , 2

Primaria

210

1 , 8

1 , 8

76

0 , 7

0 , 7

Secundaria

92

0 , 5

0 , 5

55

0 , 3

0 , 3

2012/13

Preprimaria

45

0 , 7

0 , 7

10

0 , 2

0 , 2

Primaria

234

2 , 0

2 , 0

79

0 , 7

0 , 7

Secundaria

102

0 , 6

0 , 5

46

0 , 3

0 , 3

2013/14

Preprimaria

72

1 , 0

1 , 0

26

0 , 4

0 , 4

Primaria

274

2 , 3

2 , 3

92

0 , 8

0 , 8

Secundaria

152

0 , 9

0 , 8

76

0 , 5

0 , 5

2014/15

Preprimaria

97

1 , 3

1 , 3

27

0 , 4

0 , 4

Primaria

313

2 , 5

2 , 5

109

0 , 9

0 , 9

Secundaria

182

1 , 2

1 , 1

78

0 , 5

0 , 5

2015/16

Preprimaria

115

1 , 3

1 , 3

29

0 , 4

0 , 4

Primaria

391

2 , 8

2 , 8

130

1 , 0

1 , 0

Secundaria

193

1 , 3

1 , 2

91

0 , 7

0 , 6

2016/17

Preprimaria

141

1 , 5

1 , 5

38

0 , 4

0 , 4

Primaria

485

3 , 3

3 , 3

162

1 , 2

1 , 2

Secundaria

214

1 , 5

1 , 4

94

0 , 7

0 , 7

2017/18

Preprimaria

168

1 , 7

1 , 7

44

0 , 5

0 , 5

Primaria

598

3 , 8

3 , 8

191

1 , 3

1 , 3

Secundaria

245

1 , 8

1 , 7

103

0 , 8

0 , 8

Fuente: Oficina de Educación y Asuntos de la Juventud (OEAJ) .

108.Las Directrices sobre el Funcionamiento Escolar distribuidas por la OEAJ establecen claramente que las escuelas deben realizar ajustes y prestar asistencia en relación con el entorno de aprendizaje y la enseñanza para los alumnos con necesidades educativas especiales, incluidos la pluralidad de medios de evaluación, el permiso para utilizar métodos de respuesta adecuados y el ajuste de la construcción de establecimientos escolares para personas con discapacidad física, visual, auditiva o intelectual. Con este fin se ha creado el Fondo de Desarrollo de la Educación, que otorga a las escuelas subvenciones para la compra de material didáctico y equipos auxiliares, y para la construcción de un entorno accesible para los alumnos con necesidades educativas especiales.

109.El Centro de Orientación Educativa y de Educación Especial, dependiente de la OEAJ, ha estado prestando servicios a estudiantes con necesidades educativas especiales; en el cuadro que figura a continuación se presenta la información sobre los casos que fueron objeto de seguimiento entre 2010 y 2017.

Casos tratados por el Centro de educación especial

Tipo

2010/11

2011 / 12

2012/13

2013/14

2014/15

2015/16

2016/17

Cita para consulta profesional (núm. de veces)

191

200

200

113

/

/

/

Consulta con profesionales de educación especial

/

/

/

91

249

214

127

Consultas telefónicas o visitas domiciliarias (núm. de veces)

617

601

587

667

824

789

412

Evaluación integral (núm. de casos)

130

/

/

/

/

/

/

Evaluación de la capacidad cognitiva (núm. de casos)

98

/

/

/

/

/

/

Evaluación para la colocación en un establecimiento educativo (núm. de casos)

137

368

440

568

577

749

414

Evaluación profesional (Núm. de casos)

63

/

/

/

/

/

/

Evaluación para determinar el tratamiento

Logopedia

40

182

226

307

293

271

117

Terapia ocupacional

18

87

133

129

144

116

92

Fisioterapia

10

70

87

101

104

95

14

Seguimiento profesional (núm. de veces)

Logopedia

79

290

719

1071

778

872

1 674

Terapia ocupacional

48

121

156

34

0

0

253

Fisioterapia

42

278

811

590

439

662

531

Visitas periódicas a las escuelas inclusivas para apoyar a los estudiantes con necesidades especiales (núm. de veces)

305

284

284

221

99

41

22

Fuente: Oficina de Educación y Asuntos de la Juventud (OEAJ).

110.Con respecto a la educación terciaria, el Decreto Ley núm. 11/91/M fue sustituido por la Ley núm. 10/2017 del Sistema de Educación Terciaria, en cuyo artículo 4 se establece que el Gobierno debe fijar la igualdad en la enseñanza terciaria como criterio de admisión y debe respetar el principio de no discriminación.

111.Todos los institutos de educación terciaria de Macao han adoptado múltiples medidas en respuesta a las recomendaciones, contenidas en el párrafo 95 de las observaciones finales del Comité, de promover el acceso de las personas con discapacidad a la enseñanza superior, en particular la formulación de la Política de Matriculación de Estudiantes con Discapacidad y los Arreglos Especiales para los Exámenes de Estudiantes con Trastornos Físicos y Psicológicos, como la extensión de la duración de los exámenes; la provisión de dispositivos de asistencia; la organización de las preguntas y las respuestas de los exámenes; la creación del Comité de Políticas y Servicios para Estudiantes con Discapacidad; la preparación de la página web para difundir la política de matriculación y los servicios para estudiantes con discapacidad; la organización del servicio de estudiantes embajadores para apoyar a los estudiantes con discapacidad; la organización de actividades para promover la integración social de las personas con y sin discapacidad; la celebración de la Semana Internacional de las Personas con Deficiencia Auditiva; la divulgación de la Convención, y la instalación de computadoras que sean adecuadas para los estudiantes con deficiencia visual (que permitan escuchar y leer información electrónica).

112.Entre los años académicos de 2010/11 y 2016/17, el número de estudiantes con discapacidad en los institutos de educación terciaria de Macao en cada año, sucesivamente, fue de 5 (4 hombres y 1 mujer), 7 (5 hombres y 2 mujeres), 10 (9 hombres y 1 mujer), 19 (16 hombres y 3 mujeres), 19 (16 hombres y 3 mujeres), 22 (17 hombres y 5 mujeres) y 19 (13 hombres y 6 mujeres).

113.Desde 2011, el Gobierno promueve el Programa de Desarrollo de la Educación Continua (AR 16/2011), encaminado a alentar, en todos los residentes, incluidas las personas con discapacidad, el aprendizaje permanente y el perfeccionamiento de sus habilidades y sus cualidades personales.

Artículo 25 (Salud) y artículo 26 (Habilitación y rehabilitación)

114.El principal cambio en relación con estas disposiciones es la introducción de la Ley núm. N 9/2011 que, con el objeto de proteger su salud, garantiza a las personas con discapacidad el acceso gratuito a servicios adecuados de atención sanitaria.

115.A fin de que las personas con discapacidad puedan recibir tratamiento médico, la Oficina de Salud estableció para ellas un “paso verde” y dispuso que las consultas médicas se organizaran dando prioridad a sus necesidades, además de añadir la función de recordatorio gráfico al sistema de consulta médica, para que el personal médico comprendiera las necesidades de las personas con discapacidad y les prestara asistencia adecuada de manera oportuna.

116.Con el objeto de llegar a un pronto diagnóstico y dispensar oportunamente el tratamiento necesario, la Oficina de Salud amplió los servicios de examen auditivo de los recién nacidos a todos los niños menores de 1 año de Macao y ha estado prestando servicios de tratamiento para los niños con trastornos del desarrollo y proporcionando servicios de rehabilitación a personas con discapacidad o transfiriéndolas a otras instituciones de rehabilitación.

117.En lo referente a la adaptación y la rehabilitación para las personas con discapacidad, la OBS ha venido apoyando a algunas ONG para que ofrezcan múltiples servicios de rehabilitación. Entre 2010 y 2017, el número de establecimientos de servicios de rehabilitación aumentó gradualmente de 25 a 33 con 2.303 plazas, lo que representa un incremento aproximado del 60 % con respecto a 2010. En el cuadro que figura a continuación se presenta información detallada a este respecto.

Núm ero y plazas de los diferentes tipos de servicios y establecimientos de rehabilitación

Año

2010

2011

2012

2013

2014

2015

2016

2017

Tipo de establecimiento

Núm .

Plazas

Núm .

Plazas

Núm .

Plazas

Núm .

Plazas

Núm .

Plazas

Núm .

Plazas

Núm .

Plazas

Núm .

Plazas

Centro de rehabilitación

5

405

6

468

6

468

6

468

7

513

7

513

9

677

10

777

Centro de capacitación diurno

9

539

9

569

9

659

9

659

9

704

9

708

9

683

9

723

Centro de readaptación profesional

6

223

7

240

7

265

7

265

8

313

8

313

5

233

5

333

Centro de intervención y educación tempranas

2

201

2

201

2

201

2

201

2

201

2

201

3

286

3

286

Servicios de “ rehabus ” y acompañamiento

2

-

2

-

2

-

2

-

2

-

2

-

2

-

2

-

Servicios integrales

Alojamiento

1

24

1

24

1

1

1

24

1

24

1

24

2

24

2

24

Capacitación diurna

-

2

-

-

-

70

70

Readaptación profesional

17

-

6

-

-

-

90

90

Recursos para padres

-

-

9

-

-

-

-

-

Proyecto especializado

1

-

1

-

2

-

2

-

2

-

2

-

2

-

2

-

Total

26

1 409

28

1 502

29

1 617

29

1 617

31

1 755

31

1 759

32

2 063

33

2 303

Fuente: OBS.

Observación: El símbolo “ - ” significa “ no se aplica ” . Noventa y dos plazas para prestación de asistencia en uno de los centros de intervención y educación tempranas se transfirieron a la OEAJ en 2014.

Número de usuarios de servicios y centros de rehabilitación

Tipo de discapacidad

2010

2011

2012

2013

2014

2015

2016

2017

Discapacidad física

1 502

1 388

1 342

1 398

1 730

754

1 596

763

Discapacidad intelectual

396

400

503

498

670

731

646

643

Discapacidad mental

607

670

766

857

868

880

934

1 061

Deficiencia auditiva

368

303

320

476

385

423

463

546

Deficiencia del habla

-

117

160

62

67

85

87

96

Deficiencia visual

67

74

80

74

87

83

88

92

Autismo

162

186

156

45

33

28

23

29

Discapacidades múltiples

411

408

331

362

398

445

455

450

Otras

416

638

671

584

614

1 431

586

1 266

Total

3 939

4 184

4 329

4 356

4 852

4 860

4 878

4 946

Fuente : OBS.

Observaciones : No se dispone de estadísticas acerca de usuarios con deficiencias del habla en 2010.

118.Con el propósito de mejorar la calidad de los servicios de rehabilitación, en 2016 y 2017 la OBS organizó actividades de capacitación, como cursos prácticos, estudios de casos, visitas e intercambios para fisioterapeutas, terapeutas ocupacionales y logopedas de instituciones de rehabilitación; en 2017 participaron en ellas 53 instituciones y 79 personas. Se introdujo un programa de subsidios para alentar a las instituciones de rehabilitación a impartir capacitación permanente para los cuidadores personales y los coordinadores de actividades. Por otra parte, en 2015 se organizó el programa de primeros auxilios para la salud mental, con el objeto de perfeccionar los conocimientos del personal de las instituciones de servicio social sobre salud mental y enseñarle las técnicas fundamentales para aliviar problemas emocionales; desde su inicio hasta 2017, el número total de participantes ascendió a 379. Asimismo, desde 2016 la Oficina ofrece programas de formación de instructores cualificados en primeros auxilios para la salud mental.

Artículo 27 (Trabajo y empleo)

119.Los principales cambios vinculados con esta disposición son la Ley núm. 10/2015 del Régimen de Garantía de Créditos Laborales y el Reglamento Administrativo 24/2015 del Fondo de Garantía de Créditos Laborales. En virtud de estos instrumentos, las reclamaciones surgidas de las relaciones laborales que originalmente tramitaba el Fondo de Seguridad Social, en la actualidad están a cargo de este Fondo, que tiene personalidad jurídica, para garantizar el pago de las reclamaciones laborales cuando los deudores no cumplen sus obligaciones.

120.En cuanto a las recomendaciones enunciadas en el párrafo 97 de las observaciones finales del Comité, el Gobierno ha adoptado diversas medidas para apoyar el empleo de las personas con discapacidad. Tras evaluar a los solicitantes de empleo con discapacidad, la OBS les ofrece formación técnica apropiada y asistencia en el empleo; asimismo, el Grupo de Tareas para el Desarrollo de la Capacidad, creado por la Oficina de Asuntos Laborales, les proporciona servicios gratuitos de inscripción de solicitudes y de localización de puestos adecuados, y también los acompaña y los asiste en entrevistas (por ejemplo, con intérpretes de lengua de señas) y realiza visitas de seguimiento una vez obtenido el trabajo. Entre 2010 y 2017 se organizaron 21 seminarios de orientación laboral y 6 talleres de simulacros de entrevistas para personas con discapacidad.

Situación de los solicitantes de empleo con discapacidad inscritos por primera vez y recomendaciones exitosas

Año

2010

2011

2012

2013

2014

2015

2016

2017

Núm. de solicitantes de empleo registrados por primera vez

130

63

62

65

80

47

81

78

Núm. de solicitantes recomendados que obtuvieron empleo

46

46

50

44

35

30

36

61

Fuente : Oficina de Asuntos Laborales.

Observación : A efectos de coordinar la información con la entrada en vigor del Reglamento Administrativo 3/2011, las enfermedades crónicas, los espasmos y otras dolencias ya no están incluidas en los datos.

121.Con el fin de reforzar las posibilidades de empleo de las personas con discapacidad, la Oficina de Asuntos Laborales ha estado organizando actividades de capacitación o apoyando a instituciones de rehabilitación que las organizan; la situación pertinente se presenta en el cuadro que figura a continuación.

Curso de capacitación

Año

Tipo de discapacidad

Discapacidad intelectual

Discapacidad física

Deficiencia auditiva

Deficiencia visual

Discapacidad mental

Discapacidades múltiples

Curso de capacitación para la elaboración y la venta de sándwiches (intermedio)

2009/10

10

0

0

0

0

0

Curso de panadería y pastelería

2015

16

0

0

0

0

0

Formación práctica intensiva

2015

4

16

15

2

4

4

Total

30

16

15

2

4

4

71 ( 38 hombres y 33 mujeres )

Fuente : Oficina de Asuntos Laborales.

122.En lo que respecta a alentar el empleo de las personas con discapacidad, el Gobierno de la RAE de Macao otorga a las empresas o a las ONG que cumplen los requisitos legales para la contratación de personas con discapacidad una subvención de 13.800 patacas en seis cuotas mensuales por cada empleado. Cabe mencionar que se está redactando el proyecto de ley de beneficios fiscales para el empleo de personas con discapacidad, que tiene por objeto seguir impulsando esta contratación.

123.La OBS ofreció fondos iniciales por valor de 2.000.000 y 3.000.000 de patacas en 2010 y 2014, respectivamente, a través del Plan de Subvenciones para Promoción Profesional de las Personas con Discapacidad, con el propósito de subvencionar a ONG para que crearan dos empresas sociales; en 2017 se establecieron, en instituciones de rehabilitación, seis centros de readaptación profesional con unas 420 plazas, para ofrecer servicios como educación sobre planificación del proyecto de vida, capacitación sobre trabajo protegido, recomendaciones laborales, y apoyo y seguimiento en el empleo.

124.Es de destacar que, desde 2017, se ha ampliado el alcance de las medidas temporales de subsidio a los ingresos implantadas en 2008, para incluir a las personas con discapacidad, y se han flexibilizado los criterios de aplicación para impulsar y respaldar el empleo de estas personas.

125.Desde 2013, todos los veranos la Oficina de Asuntos Laborales organiza actividades para adquirir experiencia laboral dirigidas a estudiantes con discapacidad. Hasta el 2017, habían participado 79 personas (37 hombres y 42 mujeres) de 17 a 24 años. De ellas, 63 eran personas con discapacidad mental; 4, con discapacidad física; 3, con autismo; 6, con discapacidad de aprendizaje, y 3, con discapacidades múltiples.

126.Desde 2003 se entregan, en años alternos, el Premio al Empleador de Personas con Discapacidad y el Premio al Empleado Sobresaliente con Discapacidad. El número de empresas nominadas aumentó de 60 en 2011 a 78 en 2017, y los empleados con discapacidad propuestos como sobresalientes fueron 264 (148 hombres y 116 mujeres) entre 2010 y 2017. Los datos pertinentes figuran en el cuadro siguiente.

Número de trabajadores con discapacidad nominados para el Premio al Empleado Sobresaliente con Discapacidad

Tipo de discapacidad

Año

Discapacidad intelectual

Discapacidad física

Deficiencia auditiva

Deficiencia visua l

Discapacidad mental

Enfermedad crónica

Deficiencia del habla

Discapacidades múltiples

Otras

2010

15

14

24

0

1

0

1

5

0

2012

25

12

25

3

0

1

0

5

0

2014

23

14

26

1

3

0

0

1

1

2016

29

10

16

0

4

0

0

4

1

Total

92

50

91

4

8

1

1

15

2

Fuente: Oficina de Asuntos Laborales.

127.Entre 2010 y 2017, la Oficina de Asuntos Laborales recibió solo una denuncia por despido por sordera y, tras la investigación correspondiente, el caso se cerró por falta de mérito.

128.En lo que respecta al mantenimiento del empleo de los trabajadores que hayan sufrido lesiones resultantes de la actividad laboral, la ley establece que los empleadores deben organizar un trabajo adecuado, en consonancia con las condiciones físicas de los trabajadores durante los períodos de incapacidad temporal. Si el empleador despide al trabajador en cuestión sin razones que lo justifiquen, el trabajador recibirá una indemnización equivalente a tres meses de sueldo; no obstante, el monto no será inferior a las 10.000 patacas que corresponden por despido injustificado (art. 55, párrs. 1 y 3, del Decreto Ley núm. 40/95/M modificado).

129.Durante el período que abarca el informe, la Oficina de Asuntos Laborales recibió cuatro denuncias por despido injustificado de sendos trabajadores. Después de la investigación y el seguimiento pertinentes, los empleadores rectificaron sus actos irregulares en todos los casos. Además, según la información judicial, de 2012 a 2017 los accidentes de trabajo ocasionaron la discapacidad de 1.777 personas, y las indemnizaciones correspondientes alcanzaron un monto total de 252.747.562,77 de patacas.

Artículo 28 (Nivel de vida adecuado y protección social)

130.La información suministrada con respecto a esta disposición en el informe inicial sigue siendo válida. Las personas con discapacidad o sus familias que se encuentren en dificultades financieras pueden solicitar la prestación general (Reglamento Administrativo 6/2007), que es de carácter mensual. Durante el período sobre el que se informa, se relajaron nuevamente los requisitos necesarios para esta solicitud, a fin de ampliar el alcance de la asistencia prestada y el número de beneficiarios, información que se presenta en el cuadro siguiente.

Prestación mensual concedida a las personas con discapacidad o sus familias

Año

Familia

Persona

Monto del subsidio (patacas)

2010

244

251

7 364 824

2011

233

239

7 232 488

2012

228

234

8 112 910

2013

253

258

9 270 007

2014

251

257

10 418 882

2015

256

266

10 138 838

2016

260

267

10 639 683

2017

296

306

12 756 457

Fuente : OBS.

131.Además, las familias monoparentales, las de personas con discapacidad y las de enfermos crónicos también pueden solicitar la prestación especial otorgada mensualmente para actividades de aprendizaje, la atención de la salud y la discapacidad (Orden 18/2003 del Secretario de Asuntos Sociales y Cultura, modificada). Los montos de las prestaciones se habían ajustado en 2011 y 2014; para actividades de aprendizaje, ascendían a 200 patacas (alumnos de preescolar y primaria), 400 patacas (alumnos de secundaria) y 600 patacas (estudiantes universitarios); para la atención de la salud, los montos eran de 1.000 patacas (persona sola) y 800 patacas (persona con familia), y para discapacidad, de 800 patacas (persona sola) y 600 patacas (persona con familia).

132.En el cuadro que figura a continuación se presenta la situación de la prestación por discapacidad entre 2010 y 2017.

Familias beneficiadas

2010

2011

2012

2013

2014

2015

2016

2017

Tipo de discapacidad/Núm ero

Familia beneficiada

Beneficiarios

Familia beneficiada

Beneficiarios

Familia beneficiada

Beneficiarios

Familia beneficiada

Beneficiarios

Familia beneficiada

Beneficiarios

Familia beneficiada

Beneficiarios

Familia beneficiada

Beneficiarios

Familia beneficiada

Beneficiarios

Discapacidad intelectual

189

194

182

186

189

194

194

202

198

207

180

184

164

167

149

155

Ceguera o deficiencia visual

72

81

73

82

84

91

87

95

88

96

84

91

75

82

72

79

Deficiencia auditiva

58

59

55

55

63

63

61

61

74

74

73

73

66

66

62

63

Discapacidad física

112

114

111

112

112

114

136

139

141

147

134

140

126

130

108

115

Parálisis

59

60

58

59

57

58

56

58

45

46

34

35

31

31

28

28

Discapacidad que obliga a permanecer en cama largo tiempo

8

8

7

7

7

7

7

7

5

5

3

3

3

3

4

4

Otros

33

34

44

45

37

37

55

55

74

76

59

60

52

53

47

49

T otal (Observación)

509

525

507

520

528

538

587

599

615

622

554

559

502

506

451

474

Monto total (patacas)

1 927 060

1 742 700

2 676 300

23 168 792

3 931 800

3 825 570

3 559 930

3 270 830

Fuente: OBS .

Observación: Puede haber más de un miembro con discapacidad en una misma familia, por lo cual los números de beneficiarios fueron mayores que los de las familias beneficiadas. Asimismo, las personas con discapacidad de una misma familia podrían tener más de un tipo de discapacidad, razón por la cual el número de familias beneficiadas con integrantes con diferentes tipos de discapacidad y el número de beneficiarios podrían solaparse en el cuadro. Sin embargo, las cifras totales muestran el número real de familias y personas beneficiadas.

133.Como se mencionó anteriormente, los titulares de las tarjetas del registro de evaluación de la discapacidad pueden solicitar a la OBS la prestación por discapacidad, que se clasifica específicamente en prestación general, concedida a las personas con discapacidad leve o moderada, y prestación especial, otorgada a las personas con discapacidad grave o extremadamente grave (arts. 3 y 6, párr. 1, de la Ley núm. 9/2011).

134.Desde la entrada en vigor de la Ley núm. 9/2011, tanto la prestación general como la prestación especial se han incrementado en numerosas ocasiones; la primera aumentó gradualmente de 6.000 patacas a 8.000 patacas por año, mientras que la segunda pasó de 12.000 patacas a 16.000 patacas anuales (Orden 317/2016 del Jefe del Ejecutivo).

135.A fin de salvaguardar las condiciones de vida fundamentales de las personas con discapacidad, el Gobierno de la RAE de Macao introdujo, en 2014, la pensión temporal por discapacidad, que consiste en 3.450 patacas mensuales otorgadas a quienes hubieran perdido la totalidad de su capacidad de trabajo y reúnan determinados requisitos. Se está estudiando la posibilidad de incluir esta prestación en el sistema de seguridad social, con el propósito de transformarla en una medida de protección permanente para personas con discapacidad.

Artículo 29 (Participación en la vida política y pública)

136.La información suministrada con respecto a esta disposición en el informe inicial sigue siendo válida.

137.En la práctica, durante los días de los comicios, los trabajadores que desarrollan sus tareas en las mesas de votación prestan la asistencia necesaria, por ejemplo, atención especial para personas con discapacidad y mujeres embarazadas. En la elección de la Asamblea Legislativa de 2017, se proporcionaron grabaciones sonoras de los perfiles de los candidatos y papeletas de voto y sobres en braille para ayudar a las personas con deficiencia visual a rellenar las papeletas. Mientras tanto, se añadió a los vídeos promocionales la interpretación en lengua de señas para que las personas con deficiencia auditiva pudieran comprender más fácilmente el procedimiento de votación y las cuestiones conexas que requieren atención.

138.En lo que respecta a la inscripción de personas con discapacidad como postulantes a la administración pública, el artículo 31 del Reglamento Administrativo 14/2016 sobre la Contratación, la Selección, el Ascenso y la Capacitación de los Funcionarios Públicos dispone que, a fin de garantizar la igualdad en la selección, los departamentos responsables deben tomar las medidas pertinentes para atender las necesidades especiales de los candidatos con discapacidad. Según las estadísticas de la Oficina de la Administración y la Función Públicas, había 65 funcionarios públicos con discapacidad en 2017, lo que equivalía al 0,21 % del total de la plantilla. Entre ellos, 29 eran personas con discapacidad física; 3, con deficiencia visual; 11, con deficiencia auditiva; 1, con deficiencia del habla; 4, con discapacidad intelectual; 1, con discapacidad mental, y 16, con otros trastornos.

Artículo 30 (Participación en la vida cultural, las actividades recreativas, el esparcimiento y el deporte)

139.El cambio más importante vinculado a esta disposición es la enmienda de la Reglamentación de los Premios Pecuniarios de los Juegos Deportivos de Alto Nivel mediante la Orden 176/2015 del Secretario de Asuntos Sociales y Cultura, que unifica las normas y las disposiciones relativas a las recompensas para la actuación deportiva de las personas con discapacidad y las personas sin discapacidad y, de este modo, consagra la dedicación y el empeño de todos los atletas por igual.

140.La RAE de Macao ha estado promoviendo las actividades deportivas como uno de los medios de rehabilitación para las personas con discapacidad. Entre 2010 y 2017, la Oficina de Deportes organizó 558 clases de deportes y recreación para todos adecuadas para personas con discapacidad (con más de 8.500 plazas); también realiza todos los años, durante dos meses, actividades de verano. Hasta la fecha, se han dictado 220 clases (4.142 plazas). Asimismo, la Oficina organiza actividades deportivas integradas de distinta temática para personas con discapacidad y sin discapacidad, a fin de que las personas con discapacidad puedan integrarse en la sociedad a través del deporte. Durante el período antedicho, subvencionó a organizaciones deportivas de personas con discapacidad para que 4.000 beneficiarios pudieran tomar parte en unas 300 actividades y competencias deportivas nacionales y extranjeras.

141.En lo que respecta a la participación de las personas con discapacidad en la cultura y el arte, las actividades pertinentes organizadas por el Gobierno son siempre gratuitas para ellas; además, se les reservan espacios específicos y se les ofrece asistencia, incluidos el transporte gratuito y los servicios de visitas guiadas. Entre 2010 y 2017, la Oficina de Asuntos Culturales subvencionó u ofreció 140 representaciones y actividades de intercambio, como conciertos, obras de teatro, espectáculos de danza, exposiciones y el Festival Cinematográfico para Personas con Deficiencia Auditiva; asimismo, aplicó medios para acceso universal, entre ellos subtitulado, servicios de vídeo descriptivo, interpretación teatral e interpretación en lengua de señas para las personas con discapacidad.

IV.Obligaciones específicas

Artículo 31 (Recopilación de datos y estadísticas)

142.El Gobierno estableció el Sistema de Evaluación, Inscripción y Certificación para la Clasificación del Tipo y el Grado de Discapacidad, tomando como modelo la Clasificación Internacional del Funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud. De conformidad con el artículo 15 de este modelo, la OBS debe abrir un expediente para cada parte interesada, en el que consten datos sobre su identificación y su informe de evaluación. El contenido de este informe se ingresará en la base de datos de evaluación de la discapacidad para facilitar a los departamentos oficiales pertinentes la labor de configuración de los servicios de bienestar social para las personas con discapacidad; los datos reunidos servirán de pauta fundamental para la aprobación, el seguimiento y la evaluación de las políticas de rehabilitación, así como para mejorarlas continuamente. En 2017 había 11.845 titulares de tarjetas del registro de evaluación de la discapacidad, lo que equivalía al 1,8% de la población de Macao; su número había aumentado en 704 personas en comparación con las cifras de 2011. Los datos pertinentes se consignan en el cuadro que aparece a continuación.

Número de titulares de tarjetas del registro de evaluación de la discapacidad, por sexo y por tipo y grado de discapacidad (a 2017)

Tipo/grado de discapacidad

Por tipo, pero no por nivel

Discapacidad leve

Discapacidad moderada

Discapacidad grave

Discapacidad extremadamente grave

M

F

Núm ero total de personas

Discapacidad física

9

2 145

1 146

825

189

2 289

2 025

4 314

Deficiencia visual

3

128

24

159

293

308

299

607

Deficiencia auditiva

18

702

914

248

539

1 255

1 166

2 421

Discapacidad intelectual

38

387

368

235

105

625

508

1 133

Discapacidad mental

35

817

554

922

106

1 103

1 331

2 434

Deficiencia del habla

0

11

6

24

0

37

4

41

Discapacidades múltiples

3

119

187

323

263

485

410

895

Total

106

4 309

3 199

2 736

1 495

6 102

5 743

11 845

Fuente: OBS.

Observaciones : 1. Por tipo, pero no por nivel: De conformidad con el Reglamento Administrativo 3/2011, los niños menores de 4 años serán evaluados únicamente para determinar el tipo de discapacidad. 2. En el caso de las personas con discapacidades múltiples, el monto del subsidio por discapacidad se fijará de acuerdo con el nivel de discapacidad más alto.

Número de titulares de tarjetas del registro de evaluación de la discapacidad, por grupo etario (a 2017)

Grupo etario

Discapacidad física

Deficiencia visual

Deficiencia auditiva

Discapacidad intelectual

Discapacidad mental

Deficiencia del habla

Discapacidades múltiples

Número total

4 años o menos

9

3

18

38

35

0

3

106

4 a 6

6

2

7

25

59

0

13

112

7 a 17

40

8

38

147

117

0

119

469

18 a 21

19

4

12

116

27

0

56

234

22 a 34

162

19

118

412

284

0

174

1 169

35 a 44

156

20

100

153

340

0

79

848

45 a 54

451

55

204

103

499

5

70

1 387

55 a 64

1 307

117

502

96

608

17

110

2 757

65 a 74

1 058

173

635

37

268

14

84

2 269

75 a 84

613

136

462

5

114

5

84

1 419

85 o más

493

70

325

1

83

0

103

1 075

Total

4 314

607

2 421

1 133

2 434

41

895

11 845

Porcentaje

36 , 42

5 , 12

20 , 44

9 , 57

20 , 55

0 , 35

7 , 56

100 , 00

Fuente: OBS .

Observación: Los datos se clasifican por grupo de edad a la fecha de las estadísticas.

Artículo 32 (Cooperación internacional) y artículo 33 (Aplicación y seguimiento nacionales)

143.En lo que respecta a la promoción de los derechos de las personas con discapacidad, la RAE de Macao está dispuesta a emprender iniciativas de cooperación internacional en los ámbitos correspondientes y en el marco de su competencia, conforme a lo dispuesto en el artículo 136 de la Ley Fundamental.

144.El Plan Decenal se ha incluido en el Plan de Desarrollo Quinquenal de la RAE de Macao (2016 a 2020) como una de las claves del desarrollo general de Macao. Cuenta con un mecanismo de evaluación y examen que consta de una evaluación y un examen anuales, la evaluación de mitad del período en el quinto año y la conclusión, al cabo de los diez años, para examinar la eficacia de la labor realizada. Se informará regularmente a la sociedad acerca de la situación del Plan, con el objeto de ajustarlo y mejorarlo conforme a los cambios en el desarrollo social y a las demandas de las personas con discapacidad.